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Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia de Tenancingo
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Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia de Tenancingo
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Contenido
Presentación…………………………………………….………………………… 3
Objetivos del Programa Anual de Evaluaciones……………………….……... 4
1. Marco Legal…………...…………………………………………..………. 5
2. Marco de referencia y Conceptual de Consistencia y Resultados……………………………….……………………….………..
14
2.1 Objetivos……………………………………………………..…………….. 18
2.2 Alcance……………………………………………………….……………. 20
3. Glosario de términos………………….………………………………….. 21
3.1 Siglas y Acrónimos..………………………………………………………. 32
4. Áreas Administrativas Responsables…………………………..………. 34
5. Programa Presupuestal a evaluar……………………………………… 35
6. Seguimiento del Programa Anual de Evaluación..……………….…… 37
7. Seguimiento a los Aspectos Susceptibles de Mejora………..……..… 38
8. El Proceso de Evaluación del Desempeño…….……………….……… 40
9. Sistema de Monitoreo y Evaluación...………………………………….. 42
10. Cronograma de Ejecución de las Evaluaciones del Desempeño……………………………………………………….………..
43
10.1 Términos de Referencia……………………………………………..…. 43
Bibliografía………………………………………………………………………….. 44
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Presentación
El Sistema de Evaluación del Desempeño, es el conjunto de elementos
metodológicos que permiten realizar una valoración objetiva del desempeño de los
programas bajo los principios de verificación del grado de cumplimiento de metas y
objetivos, con base en indicadores estratégicos y de gestión que permita conocer el
impacto social de los programas y proyectos en operación.
Por consiguiente la Evaluación Municipal, complementa al Sistema de Evaluación
de la Gestión Municipal, como punto medular en el desarrollo municipal; dar a
conocer el grado de cumplimiento de los objetivos y metas contempladas en el Plan
de Desarrollo Municipal 2019-2021 de Tenancingo que contempla el Programa
Trianual del Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia del mismo
periodo; permitiendo la implementación de medidas correctivas a través de la
detección de los aspectos susceptibles de mejora.
En virtud de lo anterior, el presente documento ampara la organización de ejecución
del Programa Anual de Evaluaciones 2020,(PAE) que tiene por objeto definir el
Programa presupuestario (Pp) del Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de
la Familia de Tenancingo; el tipo de evaluación que se aplicará al programa y el
calendario de ejecución de la evaluación externa; cuyas recomendaciones del
proceso de Evaluación del Desempeño 2020, permita fortalecer y transformar las
capacidades administrativas al mismo: establecer una estrategia de cambio con una
clara definición de lo que hay que operar para obtener, la adopción de la Gestión
para Resultados (GpR) para la administración, evaluación y asignación de los
recursos públicos en términos constitucionales y de leyes reglamentarias, y más
allá, una administración pública moderna que se caracterice por la adopción de
elementos que sustente decisiones acertadas en la ejecución de programas y
proyectos reales.
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Objetivos del Programa Anual de Evaluaciones
I. Calendarizar las metas del Programa presupuestario y determinar los
costos de los recursos para su cumplimiento, mismos que se sujetarán a
Evaluación del Desempeño en el ejercicio fiscal 2020.
II. Determinar el tipo de evaluación que se aplicará al Programa
presupuestario, como parte de un proceso integral y gradual para apoyar
las decisiones en materia presupuestal.
III. Establecer el calendario de ejecución de las evaluaciones durante el
ejercicio fiscal 2020 del Programa presupuestario en operación.
IV. Establecer la coordinación interinstitucional para realizar los trabajos de
evaluación del programa.
V. Vincular el calendario de ejecución de la evaluación con el calendario de
actividades de la programación y presupuestario para el ejercicio fiscal
2020.
VI. Articular el resultado de la evaluación del Programa presupuestario como
elemento relevante del Presupuesto Basado en Resultados y del Sistema
de Evaluación del Desempeño.
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1. Marco Legal
El Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos sienta
las bases de la política financiera para el desarrollo nacional. Implica que la
producción de información local es fundamental para clasificar a los territorios por
su grado de funcionamiento y progreso con respecto a las metas.
En esencia los ámbitos de gobierno deben evaluar los resultados que se obtengan
con los recursos públicos, y administrarlos bajo los principios de eficiencia, eficacia,
economía, transparencia y honradez, a fin de satisfacer los objetivos a los que estén
destinados. Es éste uno de los pilares estratégicos de la Cuarta Transformación,
relacionado con la adecuación y reorientación del marco presupuestario para
promover la productividad y austeridad. En materia de gasto público, se plantea una
estructura institucional que asegure una orientación a resultados verificables y
tangibles, eficientes y transparentes.
Ley General de Contabilidad Gubernamental
Con respecto a las disposiciones reglamentarias, en atención a la Ley General de
Contabilidad Gubernamental en sus Artículos 56, 57, 61 y 79; la Ley Federal de
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, artículos 2 fracción LI, 85, 110 y 111.
Esta disposición contribuye al andamiaje legal que permite mayor orden y certeza
en el ejercicio de los recursos públicos. La información financiera se presenta de
forma clara, sencilla y accesible, no solo a los órganos de fiscalización y evaluación,
sino a la sociedad en general. Contribuye para fortalecer la rendición de cuentas.
Teniendo por objeto fortalecer el ciclo de la hacienda pública en todas sus etapas,
a partir de la planeación y hasta la rendición de cuentas, a través de la información
que genere el Presupuesto basado en Resultados y el Sistema de Evaluación del
Desempeño, con ello cumple los principios de eficiencia, eficacia, economía
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honradez y transparencia.
Esta Ley, tiene por objeto transparentar y homogeneizar la información financiera
de los tres órdenes de gobierno durante el proceso de administración y aplicación
de los recursos públicos.
Estas disposiciones reglamentarias federales, coinciden para el ejercicio del gasto
público se desarrolle en un marco de responsabilidad, austeridad, eficiencia y
transparencia en la conducción de las finanzas públicas, con la finalidad de hacer
más con menos y hacerlo cada vez mejor.
Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
Para fines del presente programa, es el producto de lo que reglamentan los artículos
74 fracción IV, 75, 126, 127 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, en materia de programación, presupuestación, aprobación, ejercicio,
control y evaluación de los ingresos y egresos públicos federales.
Los sujetos obligados a cumplir las disposiciones de esta Ley deberán observar que
la administración de los recursos públicos federales se realice con base en criterios
de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad,
transparencia, control, rendición de cuentas y equidad de género.
La Auditoría fiscalizará el estricto cumplimiento de las disposiciones de esta Ley por
parte de los sujetos obligados, conforme a las atribuciones que le confieren la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley de Fiscalización
Superior de la Federación.
Por otra parte, el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal
2019 fortalece el carácter de la Evaluación del Desempeño. A continuación, se cita
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en lo general las disposiciones para el presente ejercicio.
TITULO SEGUNDO DEL FEDERALISMO
CAPÍTULO ÚNICO De los recursos federales transferidos a las entidades
federativas, a los municipios y a las demarcaciones territoriales de la Ciudad de
México.
Artículo 7. El ejercicio de los recursos federales aprobados en este Presupuesto de
Egresos para ser transferidos a las entidades federativas y. por conducto de éstas,
a los municipios y a las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, así
como el de los recursos federales que se ejerzan de manera concurrente con
recursos de dichos órdenes de gobierno, se sujetará a las disposiciones legales
aplicables, al principio de anualidad y a lo siguiente:
El resultado de la distribución entre las entidades federativas de los recursos que
integran los fondos del Ramo General 33 Aportaciones Federales para Entidades
Federativas y Municipios, se presenta en el Tomo IV de este Presupuesto de
Egresos, con excepción del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de
los Estados y del Distrito Federal (FASP), cuya distribución se realizará conforme a
lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley de Coordinación Fiscal;
II. Los recursos federales a que se refiere este artículo, distintos a los previstos en
la Ley de Coordinación Fiscal, serán ministrados siempre y cuando las entidades
federativas y, en su caso, los municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad
de México, cumplan con lo previsto en la Ley Federal de Presupuesto y
Responsabilidad Hacendaria, la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades
Federativas y los Municipios, la Ley General de Contabilidad Gubernamental, el
Presupuesto de Egresos y las demás disposiciones jurídicas aplicables, así como,
en su caso, los convenios correspondientes, mismos que deberán ser públicos en
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términos de las disposiciones jurídicas aplicables;
VIII. Las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la
Ciudad de México deberán enviar a la Secretaria, a través del sistema al que hace
referencia el artículo 85 de la ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad
Hacendaria la información de las evaluaciones que lleven a cabo sobre recursos
federales transferidos, en los términos de las disposiciones aplicables. La Secretaria
deberá reportar dicha información en los Informes Trimestrales;
CAPITULO VIII De la evaluación del desempeño
Artículo 25. La evaluación de los programas presupuestarios a cargo de las
dependencias y entidades, derivados del sistema de planeación democrática del
desarrollo nacional, se sujetará a lo establecido en la Ley Federal de Presupuesto
y Responsabilidad Hacendaria, a los lineamientos emitidos por la Secretaria y el
Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, y a las demás
disposiciones aplicables, y se llevará a cabo en los términos del Programa Anual de
Evaluación, que emitan, de manera conjunta, dichas instituciones.
Las dependencias y entidades responsables de los programas, deberán observar lo
siguiente:
b) Las evaluaciones y otros ejercicios de análisis realizados conforme al programa
anual de evaluación;
d) Los criterios y recomendaciones que, en su caso, emitan la Secretaria y el
Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, en los términos
de las disposiciones aplicables
III. La evaluación se realizará de acuerdo con lo establecido en el programa anual
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de evaluación y presentará los resultados de las evaluaciones de acuerdo con los
plazos previstos en dicho programa, a la Cámara de Diputados, a la Auditoria, a la
Secretaria y al Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social,
de conformidad con las disposiciones aplicables.
IV. Elaborar un programa de trabajo para dar seguimiento a los principales hallazgos
y resultados de las evaluaciones conforme al Mecanismo para el seguimiento de
aspectos susceptibles de mejora vigente, definido por la Secretaría y el Consejo
Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo.
Los compromisos se formalizarán mediante instrumentos específicos, se reportarán
los avances y resultados que se alcancen mediante el sistema de evaluación del
desempeño y se publicarán en los términos de las disposiciones aplicables.
La información que se haya obtenido del seguimiento a los compromisos de mejora
y de las evaluaciones, correspondiente al ejercido fiscal 2019 y, en su caso, a
ejercicios fiscales anteriores, se tomará en cuenta como parte de un proceso
gradual y progresivo, durante 2019 y para los procesos presupuestarios
subsecuentes;
V. Cubrir el costo de las evaluaciones de las políticas o los programas operados o
coordinados por ellas con cargo a su presupuesto y conforme al mecanismo de pago
que se determine. Las evaluaciones deberán realizarse por instituciones
académicas y de investigación, personas físicas o morales especializadas en la
materia u organismos especializados, de carácter nacional o internacional, que
cuenten con reconocimiento y experiencia en las respectivas materias de los
programas en los términos de las disposiciones aplicables. Asimismo, podrán
realizar contrataciones para que las evaluaciones a que se refiere este artículo
abarquen varios ejercicios fiscales, en los términos de la Ley Federal de
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
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La contratación, operación y supervisión de la evaluación externa, objetiva,
imparcial, transparente e independiente, al interior de cada dependencia y entidad,
se deberá realizar por una unidad administrativa ajena a la operación del programa
a evaluar y al ejercido de los recursos presupuestarios, en los términos de las
disposiciones aplicables.
El total de las erogaciones que se lleven a cabo para realizar las diferentes etapas
de las evaluaciones se deberá registrar de manera específica para su plena
transparencia y rendición de cuentas;
VI. Publicar y dar transparencia a las evaluaciones, en los términos de las
disposiciones aplicables.
Las dependencias y entidades deberán reportar el avance en el cumplimiento de las
metas de los programas, los resultados de las evaluaciones y el grado de
cumplimiento de los aspectos que sean susceptibles de mejora derivados de las
mismas, en los Informes Trimestrales que corresponda, de conformidad con las
disposiciones de la Secretaria y del Consejo Nacional de Evaluación de la Política
de Desarrollo Social.
Dicha información será publicada en las respectivas páginas de Internet de las
dependencias y entidades.
Por su parte, la Secretaría integrará la información relativa al avance de
cumplimiento de metas, a los resultados de las evaluaciones y al seguimiento a los
aspectos que sean susceptibles de mejora. Asimismo, las dependencias y
entidades publicarán dicha información en su página de Internet y la integrarán a
los informes correspondientes en términos de las disposiciones aplicables.
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La Secretaría y el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo
Social, establecerán los modelos de términos de referencia y demás elementos
particulares que se requieran para las evaluaciones y coordinarán el proceso
correspondiente, de conformidad con las disposiciones aplicables y sus
competencias respectivas.
VII. La Cámara de Diputados, a través de las comisiones legislativas, la Auditoria y
los centros de estudios correspondientes que lo soliciten, en los términos previstos
en las disposiciones aplicables, tendrán acceso a la información relativa a la matriz
de indicadores para resultados de los programas, al seguimiento del avance de
cumplimiento de las metas de los indicadores de los programas, y a las
evaluaciones realizadas, misma que será pública y estará disponible en las
respectivas páginas de Internet de las entidades o dependencias correspondientes.
La Secretaria definirá los criterios específicos a seguir al respecto y proporcionará
capacitación y asistencia técnica para que las instancias de la Cámara de Diputados
que lo soliciten puedan llevar a cabo directamente la operación de las consultas y
la generación de los reportes que requieran, con base en la información disponible
en el sistema correspondiente;
VIII. La Secretaria podrá apoyar a las entidades federativas y, por conducto de
éstas, a los municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en
materia de planeación, programación, presupuesto, contabilidad y sistemas, así
como para instrumentar la evaluación del desempeño, de conformidad con los
artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 85 y 110
de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendada. 49 de la Ley de
Coordinación Fiscal y 80 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental;
IX. Implantar mecanismos para innovar y modernizar el funcionamiento
organizacional y el proceso de presupuesto y gasto público, con el objeto de que la
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información obtenida del seguimiento del cumplimiento de las metas de los
indicadores de los programas, de las evaluaciones realizadas a los programas, y
del seguimiento a los resultados de éstas, se utilice gradualmente en las decisiones
presupuestarias y en la gestión de los programas. Lo anterior será coordinado por
la Secretaría;
X. Capacitar y coadyuvar a la especialización de los servidores públicos
involucrados en las funciones de planeación, evaluación, coordinación de las
políticas y programas, así como de programación y presupuesto, para impulsar una
mayor calidad del gasto público con base en el presupuesto basado en resultados
y la evaluación del desempeño. Para ello, las dependencias y entidades
responsables podrán solicitar el apoyo de la Secretaria y del Consejo Nacional de
Evaluación de la Política de Desarrollo Social en sus procesos de capacitación;
XI. Publicar en los portales de Internet de cada dependencia o entidad, para dar
transparencia, a todas las evaluaciones, estudios y encuestas, que con cargo a
recursos fiscales hagan las dependencias y entidades, aun cuando no sean parte
del programa anual de evaluación, y
XII. Las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad
de México, a más tardar a los 20 días naturales posteriores al término del segundo
trimestre de 2020, deberán enviar, en los términos que establezca la Secretaria y
mediante el sistema al que hace referencia el artículo 85 de la Ley Federal de
Presupuesto y Responsabilidad Hacendada, informes definitivos sobre el ejercicio,
destino, resultados y, en su caso, reintegros, de los recursos federales que les
fueron transferidos durante 2019. Lo anterior, sin perjuicio de la información que
deben reportar al finalizar cada trimestre de 2020.
La Secretaria deberá incluir en el segundo Informe Trimestral la información
definitiva anual a que hace referencia el párrafo anterior.
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Las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de
México serán responsables de la información de su competencia que se entregue a
la Secretaria, incluyendo su veracidad y calidad.
Código Financiero del Estado de México y Municipios
Particularmente, en su Capítulo Segundo de la Integración y Presentación del
Presupuesto de Egresos, que refiere al proceso integral en sus artículos 290, 291,
292, 293, 294, 295, 297, 298, 300, 301, 302, 303, 304, Capítulo Tercero de la
Ejecución del Presupuesto de Egresos, 306, 307. 310, 317 Bis, 317 Bis A, 318, 319,
320, 322, 324, 324 Bis, Capitulo Cuarto del Control, Información y Evaluación del
Gasto Publico, y 327-A el cual se atenderá.
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2. Marco de Referencia y Conceptual de Consistencia y Resultados
Transparencia y Acceso a la Información Pública en materia de Información
Financiera
En cumplimiento al Decreto por el que reforma y adiciona a la LGCG el actual Titulo
Quinto, "De la Transparencia y Difusión de la Información Financiera", el cual
introduce en su artículo 61 la obligación de incorporar en el proceso de integración
de la información financiera para la elaboración de los presupuestos, los resultados
que deriven de los procesos de implantación y operación del PbR y del SED,
establecidos en términos del Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos; en su Artículo 64 señala que la información que establezca el
CONAC relativa a la evaluación del desempeño de los programas y políticas
públicas se difundirá en Internet, y que se deberá incluir en la presentación de la
Ley de Ingresos y el Proyecto de Presupuesto de Egresos, información disponible
relativa a la evaluación más reciente; en su Artículo 79 instruye a publicar el PAE
así como las metodologías e indicadores de desempeño; y en su artículo 80 lo
inherente revisar y, en su caso, actualizar los indicadores de los fondos de
aportaciones federales y de los programas y convenios a través de los cuales se
transfieran recursos federales, y que son la base para evaluar los resultados que se
obtengan con dichos recursos.
La implantación y consolidación del PbR-SED para el Sistema Municipal DIF de
Tenancingo para el periodo 2019-2021 representa un importante reto en materia de
desarrollo institucional. Por tal motivo, y considerando que la implantación del
mismo es un proceso gradual, para la elaboración del Diagnóstico 2020.
En apego al marco legal de referencia donde establece los criterios generales que
rigen la contabilidad gubernamental y la información financiera de los entes
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públicos, con el fin de lograr su adecuada armonización. En ese sentido, se atenderá
lo señalado en los artículos 79 y 80 de la LGCG.
El Artículo 79 de la LGCG establece lo siguiente:
“Los entes públicos deberán publicar en sus páginas de Internet a más tardar el
último día hábil de abril su programa anual de evaluaciones, así como las
metodologías e indicadores de desempeño. (...)
“La Secretaria de Hacienda y el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de
Desarrollo Social, en el ámbito de su competencia y de conformidad con el artículo
110 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaba, enviarán al
Consejo, los criterios de evaluación de los recursos federales ministrados a las
entidades federativas, los municipios, y los órganos político-administrativos de las
demarcaciones territoriales del Distrito Federal, así como los lineamientos de
evaluación que permitan homologar y estandarizar tanto las evaluaciones como los
indicadores para que dicho Consejo, en el ámbito de sus atribuciones, proceda a
determinar los formatos para la difusión de los resultados de las evaluaciones,
conforme a lo establecido en el artículo 56 de esta Ley.” En su Anexo número 1.
La Gestión para Resultados. (GpR) Es el Modelo de coordinación de proceso e
interrelación de variables, permite garantizar la integración del proyecto de
presupuesto de egresos del sector público, que sustente programas y proyectos de
inversión que se ejecutarán un ejercicio fiscal, orientando éstos a la realización de
acciones que den cumplimiento a objetivos planteados en los Planes de Desarrollo,
mismos que serán verificados a través de indicadores y metas programadas a un
tiempo establecido; lo que podrá lograr efectos multiplicadores del desarrollo y el
beneficio social (Manual para la planeación, programación y presupuestación
municipal para el ejercicio fiscal 2020. Gobierno del Estado de México).
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Elementos
Figura No. 1 Subsistema del PbR y el enfoque del Sistema de GpR.
Adoptar el modelo de cultura organizacional, directiva y de gestión con éntasis en
los resultados, propicia que las acciones se orienten hacia el cumplimiento de los
objetivos para otorgar a la población respuesta a sus necesidades o demandas
presentes y futuras, aplicando los conceptos de la GpR, permitiendo la distribución
de recursos de manera eficiente y eficaz.
Con respecto a la adopción del PbR, identifica un múltiple efecto integral de tres
fases de impacto que se ha buscado en la vinculación de competencias en el marco
del Sistema Nacional de Planeación Democrática, bajo los siguientes procesos:
Coordinación. Establecer mecanismos de coordinación entre el presupuesto con
el Plan de Desarrollo y de coordinación y difusión con las estructuras de las
administraciones públicas, en la ejecución de acciones que permitan entregar los
resultados que la población espera, es decir llevar a cabo acciones que identifiquen
Gestión para Resultados
Estructura programática
Categoría
Finalidad Función Subsunción Programa Subprograma Proyecto
Misión Visión Objetivos Valores Indicadores Estratégicos y de gestión
Presupuesto base de Resultados
Evaluación del Desempeño
Transparencia y Acceso a la Información Pública
Rendición de cuentas Informe programático
trimestral
Informe de gobierno
Informe de ejecución del programa
Informe de cuenta
publica Informes en el portal de
transparencia
Ente publico
Programa
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el valor público que se otorga.
Evaluación. En esta segunda fase, vincular el proceso integral de la planeación,
programación, presupuestación, seguimiento y ejercicio de los recursos con la
evaluación de las políticas públicas de los programas presupuestarios y programas
del desempeño institucional; con el objetivo de impulsar el logro de los resultados y
la aplicación del gasto público.
Modernización y Mejoramiento de Mediano Plazo. Tercera y última fase que tiene
como objetivo alinear las estrategias del Plan de Desarrollo con el mejoramiento de
la gestión de las dependencias de la administración pública, lo que permitirá a través
del proceso de la evaluación, estudio, definición e implantación de mejores políticas
y medidas que apoyen mejoras de eficiencia y eficacia en la aplicación de los
recursos.
En el marco de desarrollo institucional del sector público, se prevé los siguientes
tipos y alcances de evaluación:
Evaluación de Consistencia y Resultados. Analiza el diseño, operación y
medición de los resultados de un Programa presupuestario de manera general,
identificando áreas de oportunidad en cualquiera de los aspectos analizados.
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2.1 Objetivos
Objetivo general
Desarrollar Evaluación de consistencia y resultados, para analizar sistemáticamente
el diseño y desempeño global del Programa presupuestario. Que brinde acceso a
la conceptualización y metodología en su diseño de indicadores, así como evaluar
elementos que permiten conocer las principales potencialidades, dificultades y
límites del diseño e implementación de los indicadores con base en la matriz del
Marco Lógico, elementos que permitirán medir el impacto social.
Objetivos específicos:
Analizar la lógica y congruencia en el diseño del programa, su vinculación
con la planeación sectorial y nacional, la consistencia entre el diseño y la
normatividad aplicable, así como las posibles complementariedades y/o
coincidencias con otros programas federales;
Identificar si el programa cuenta con instrumentos de planeación y
orientación hacia resultados;
Examinar si el programa ha definido una estrategia de cobertura de mediano
y de largo plazo y los avances presentados en el ejercicio fiscal evaluado;
Analizar los principales procesos establecidos en las Reglas de Operación
del Programa (ROP) o en la normatividad aplicable: así corno los sistemas
de información con los que cuenta el programa y sus mecanismos de
rendición de cuentas;
Identificar si el programa cuenta con instrumentos que le permitan recabar
información para medir el grado de satisfacción de los beneficiarios del
programa y sus resultados.
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Examinar los resultados del programa respecto a la atención del problema
para el que fue creado.
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2.2 Alcance
Contar con un diagnóstico sobre la capacidad institucional, organizacional y de
gestión de los programas orientada hacia resultados. Además de proveer
información que retroalimente el diseño, la gestión y los resultados del programa.
Se entenderá por evaluación de políticas públicas, aquella dirigida a pronunciarse
sobre los resultados en el cumplimiento de objetivos generales de "política", así
como la resolución de un determinado problema en un área o sector de la política
(social, salud, educación). Este tipo de evaluación requiere integrar métodos de tipo
cuantitativo y cualitativo y el uso de la información tiene una mayor relevancia para
decisiones de políticas públicas.
Por evaluación de programas públicos se entenderá aquella dirigida a evaluar los
impactos o resultados de una intervención pública directa sobre una realidad social.
El uso de su información también involucra decisiones políticas amplias, pero se
focaliza más hacia decisiones que tienen que ver con mejorar el funcionamiento del
programa y el impacto hacia la población específica que sirve.
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3. Glosario de términos
Asamblea General: es la Asamblea General del COPLADEMUN;
Asociacionismo: alianza territorial intergubernamental para impulsar una región en
la prestación de bienes y servicios locales a través de infraestructura básica es una
alternativa para solucionar problemas comunes que detonen un desarrollo;
(Vázquez, 2014)
Ayuntamiento: órgano colegiado de Gobierno de elección popular directa que tiene
a su cargo la administración de los recursos públicos del municipio y ejerce
autoridad en el ámbito de su competencia;
Aspectos susceptibles de mejora: a los hallazgos, debilidades, oportunidades y
amenazas identificadas en la evaluación externa y/o informes, que pueden ser
atendidos para la mejora del programa;
Análisis costo-beneficio: en inversión pública, contempla además de los
beneficios y costos privados del proyecto, los efectos indirectos externalidades que
genera y los intangibles. Por tanto, el análisis se efectúa desde un enfoque social
en el que los beneficios de un proyecto para la sociedad están dados por el valor de
los bienes y servicios de que la sociedad dispone adicionalmente por el proyecto
(Castañeda, 2010)
Armonización Contable: criterio general para la contabilidad gubernamental y la
emisión de información financiera de los tres órdenes de gobierno, a efecto de lograr
su adecuada armonización. Bajo el esquema, facilita el registro y la fiscalización de
los activos, pasivos, ingresos y gastos con el fin de medir la eficacia, economía y
eficiencia del gasto e ingresos públicos, la administración de la deuda pública, así
como las obligaciones contingentes y el patrimonio del Estado; (LGCG, vigente)
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Capacidad de endeudamiento: límite hasta el cual una entidad económica está en
condiciones de cumplir con las obligaciones de pasivo, sin descuidar el
cumplimiento de su programa de trabajo por falta de fondos. Esto implica, que el
único elemento que condiciona la magnitud de los pagos que se pueden hacer por
concepto de endeudamiento es la disponibilidad de ahorros en el tiempo, ya que
una entidad que no genera los ahorros suficientes para cubrir el servicio y
amortización de la deuda, se encuentra ante una situación de insolvencia que la
orillará a renegociar la deuda, que en ocasiones puede ser en condiciones más
onerosas y que finalmente se reflejará en una imagen crediticia negativa; (Ley de
Deuda Pública del Estado de México).
CONEVAL: Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social;
Concertación: acción conjunta entre varias personas o niveles de gobierno que
pretende un entendimiento o la realización de un suceso, para complementar
esfuerzos en la búsqueda de objetivos comunes Este entendimiento deberá tener
resultados que incidan en los procesos sociales, económicos y políticos de un
ámbito territorial;
Convenio de coordinación: instrumento de orden público por medio del cual, la
administración de gobierno, estatal y municipales convienen en crear, trasferir,
modificar o extinguir con los ciudadanos, grupos u organizaciones sociales y
privadas aquellas obligaciones de las partes firmantes para cumplir objetivos y
metas plasmados en los planes de desarrollo;
Convenio de participación: instrumento de orden público por medio del cual la
administración pública, estatal y municipal convienen con los ciudadanos, grupos u
organizaciones sociales y privados crear, trasferir, modificar o extinguir aquellas
obligaciones de las partes firmantes para cumplir objetivos y metas plasmados en
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los planes de desarrollo;
COPLADEMUN: Comité de Planeación para el Desarrollo Municipal;
Corto plazo: período hasta de un año, en el cual el presupuesto por programas
determina y orienta en forma detallada las asignaciones y el destino de los recursos
para la realización de acciones concretas;
Cultura de legalidad: implica que los integrantes de una sociedad aceptan el
imperio de la ley en función de sus convicciones personales, de sus valores,
principios y razonamientos. Aceptan y ejercitan su ciudadanía y reconocen y
respetan el valor de la ciudadanía de los demás, los derechos del otro, la dignidad
de los demás ciudadanos.
Desempeño Presupuestal: es la parte central de análisis financiero, incluyendo el
pronóstico de las tendencias del presupuesto. En gran medida, el desempeño
presupuestal incluye el análisis cuantitativo de indicadores estandarizados;
Desarrollo: es el proceso de cambio social que persigue corno finalidad de
igualación de las oportunidades sociales, políticas, económicas y de desarrollo en
un medio ambiente adecuado para los habitantes de una delimitación territorial;
gubernamental. Estas categorías programáticas incluyen funciones, subfunciones,
programas, subprogramas y proyectos.
Diagnóstico: descripción, evaluación y análisis de la situación actual y la trayectoria
actual e histórica de la realidad económica, ambiental, política y social de algún
fenómeno o variable que se deseé estudiar:
Dictamen de reconducción y actualización: documento que contiene los
elementos de justificación detallada, sobre las modificaciones que deben de sufrir
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las estrategias de desarrollo en términos de la Ley;
Ejecución: realizar, o llevar a la práctica lo que se ha establecido en la fase de
programación.
Estado de derecho: estado en el que autoridades e individuos se conducen con
apego a las normas jurídicas que protegen los derechos y libertades inherentes de
las personas y que debe ser aplicado por instituciones imparciales y accesibles que
generan certidumbre;
Estrategia de desarrollo: Es el camino a seguir en las grandes líneas de acción
contenidas en las políticas de desarrollo estatal, para alcanzar los objetivos y metas
formulados en el corto, mediano y largo plazos;
Estructura programática: conjunto de categorías y elementos sistemáticos que
permiten relacionar el gasto público con resultados; vincular las acciones del sector
público con los programas; facilitar el diseño y el seguimiento de los planes y
programas, así como, con las funciones encomendadas al gobierno.
La finalidad de las categorías programáticas es disponer de una clasificación de
agregación o suma del gasto público en términos de la orientación del quehacer
gubernamental. Estas categorías programáticas incluyen funciones y subfunciones,
programas, subprogramas y proyectos.
Los elementos programáticos son: los objetivos, la misión, los propósitos
institucionales, los indicadores y las metas.
Evaluación: proceso que tiene como finalidad determinar el grado de eficacia y
eficiencia, con que han sido empleados los recursos destinados a alcanzar los
objetivos previstos, posibilitando la determinación de las desviaciones y la adopción
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de medidas correctivas que garanticen los cumplimientos adecuado de las metas;
Evaluación Externa: a la que se realiza a través de personas tísicas o morales
especializadas con experiencia probada en la materia que corresponda evaluar, que
cumplan con los requisitos de objetividad, independencia, imparcialidad, y
transparencia y las demás que se establezcan en las disposiciones aplicables;
Evaluación programática presupuestal: conjunto de acciones de supervisión y
verificación, orientadas a valorar la congruencia existente entre el ejercicio de los
recursos financieros asignados a una determinada instancia, y el cumplimiento de
las metas y objetivos contenidos en sus respectivos programas anuales de trabajo.
a efecto de diseñar medidas preventivas o correctivas que permitan la optimización
de los recursos y la eficacia de las metas comprometidas;
Evaluación socioeconómica: es un estudio que comprueba la rentabilidad de un
proyecto, es decir, la conveniencia social de su ejecución, permite que al presentar
la solicitud de crédito a las instituciones financieras que elijan, es muy probable que
sea aprobado, sobre todo por la Banca de Desarrollo, cuyo interés principal es el
crecimiento económico de las entidades federativas y los municipios. Así como la
mejora del bienestar social;
Federalismo hacendario: convenios de descentralización en rubros estratégicos
para el desarrollo de cada entidad. Los órdenes de gobierno establecen una mejor
relación con base en la transferencia de facultades ejecutiva, responsabilidades y
recursos, que permita contribuir a elevar la eficiencia del gasto público en atención
a los grupos sociales desfavorecidos y mejorar la participación social; (Ley de
Coordinación Fiscal)
Función: conjunto de actividades afines y coordinadas, necesarias para alcanzar
los objetivos de las instituciones, de cuyo ejercicio generalmente es responsable
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uno o más órganos o unidades administrativas; se define a partir de las
disposiciones jurídico-administrativas;
Gasto Federalizado: el Gasto Federalizado se integra por los recursos federales
que se transfieren a las entidades federativas, municipios y demarcaciones
territoriales del Distrito Federal, los cuales son fundamentales para apoyar el
financiamiento de sus estrategias y programas de desarrollo; representan una parte
mayoritaria de sus ingresos totales, a saber, para los gobiernos de los estados en
promedio el 90% y para los municipios alrededor del 65%, aunque en los rurales y
marginados supera el 90%. (ASF)
Esos recursos son transferidos a esos órdenes de gobierno por dos vías: la primera
se refiere a las participaciones federales, que son de libre administración hacendaria
y no son auditables por la ASF; la segunda corresponde a las transferencias
condicionadas o Gasto Federalizado programable, cuyo destino y modalidad de
ejercicio obedece a la normativa correspondiente y pueden ser fiscalizados por la
ASF;
Inversión en programas y proyectos de Infraestructura y equipamiento: a los
recursos destinados a mantener e incrementar la capacidad productiva del sector
público de las Entidades o al cumplimiento de las funciones públicas, a través de la
construcción, reconstrucción, ampliación, conclusión, mantenimiento, conservación,
mejoramiento y modernización de la infraestructura pública, así como las
erogaciones orientadas a la infraestructura para proporcionar e impulsar servicios
sociales, desarrollo social, desarrollo urbano, rural y regional, seguridad pública,
protección civil, investigación científica y desarrollo tecnológico, apoyo a las
actividades económicas y adquisición de reservas territoriales necesarias para la
construcción de infraestructura y las asociadas al ordenamiento y desarrollo rural,
urbano y regional. Incluye el equipamiento necesario o relacionado directamente
con dicha infraestructura, otros gastos inherentes a la elaboración y evaluación de
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proyectos, así como a la ejecución, supervisión y control de los proyectos u obras
ejecutadas por contrato o administración, nuevas o en proceso;
Intermunicipalita: proceso de estudio político y social para sumar voluntades entre
ámbitos de gobierno, representa una mejor alternativa para la solución a problemas
engendrados por los movimientos sociales regionales, tanto urbanos como rurales.
En lo legal, existe el referente normativo para iniciar, desarrollar y mantener
esquemas de colaboración, coordinación y cooperación de medios económicos,
financieros, técnicos y tecnológicos, para armonizar con la sociedad civil en aras de
un desarrollo económico más equilibrado. (Vázquez, 2014)
Línea de acción: estrategia concreta generalmente de alcance anual que permite
avanzar hacia el cumplimiento de los objetivos. También entendida como expresión
detallada del conjunto de estrategias para cumplir con los objetivos. El resultado
final de una línea de acción deriva en formular o establecer una meta:
Meta: dimensionamiento del objetivo que se pretende alcanzar en términos de
cantidad, tiempo y espacio determinados, con los recursos necesarios;
Metodología del Marco Lógico: (MML) método orientado a la solución de
problemas específicos. Se desarrolla en tres fases: en la primera, se identifica el
problema a resolver, por medio de un diagnóstico sistémico amplio que permita
establecer las causas del problema y por qué no ha logrado ser resuelto; en la
segunda fase, se construye un modelo sistémico que expresa las condiciones
lógicas de toda índole que deben cumplirse para que el problema se resuelva; y en
la tercera fase, se construye un instrumento gerencial que registra la estrategia de
solución, en la forma de una matriz de objetivos secuenciales que deben alcanzarse.
En esta fase se incorporan los indicadores necesarios para mantener el seguimiento
y control sobre la gestión de la solución específica; (Aldunate y Córdova, 2010)
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Misión: enunciado o la razón de ser de una dependencia, entidad o unidad
responsable, así como el beneficio que se pretende generar para la sociedad;
Objetivo: expresión cualitativa de un propósito que se pretende alcanzar en un
tiempo y espacio específicos a través de determinadas acciones; para alcanzar una
meta, que contribuirá a lograr los objetivos de los planes de desarrollo;
Programación: proceso a través del cual se definen estructuras programáticas,
metas, tiempos, responsables, instrumentos de acción y recursos necesarios para
el logro de los objetivos del plan;
Programa comunitario: conjunto de actividades enfocadas a promover el
crecimiento y desarrollo de sectores sociales de carácter comunitario, para
responder a sus necesidades y mejorar sus niveles de vida e ingreso, donde
intervienen y participan los sectores público, social y privado a través de
dependencias de los gobiernos federal, estatal y municipales, y de organizaciones
sociales y privadas;
Programa especial: instrumento que contiene las prioridades para el desarrollo y
que en su elaboración intervienen dos o más dependencias coordinadoras de
sector;
Programa micro regional: instrumento de planeación que, de acuerdo con su
particularidad, temporalidad y ámbito territorial, comprende la aplicación y operación
de acciones de política económica, social y ambiental de impacto específico dentro
de la economía y desarrollo regional, aprovechando sus recursos y su ubicación
geográfica estratégica, para cumplir los objetivos de los planes y programas;
Programa regional: instrumento que incluye los proyectos y acciones del ámbito
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regional, considerados prioritarios o estratégicos, en función de las objetivos y
metas fijados en los planes de desarrollo;
Pobreza multidimensional: la pobreza extrema, la cual se asocia a la percepción
de ingresos menores a los necesarios para cubrir las necesidades alimenticias
básicas y tres o más carencias sociales, y la pobreza moderada, la cual se asocia
a ingresos menores que los necesarios para satisfacer las necesidades básicas,
pero suficientes para cubrir los requerimientos alimentarios esenciales, aunque se
padezca una de las seis carencias sociales; (Programa Sectorial de Mediano Plazo
2012-2117. Gobierno del Estado de México)
Presupuesto base Resultados: (PbR) conjunto de elementos de planeación,
programación, presupuestación y evaluación mediante los cuales se programan las
actividades vinculadas a la asignación del presupuesto, al tiempo de que soportadas
por herramientas que permiten que las decisiones incidentes en el proceso
presupuestario, incorporen sistemáticamente las consideraciones sobre los
resultados obtenidos y esperados de la aplicación de los recursos públicos, y que
motiven a las estructuras de la administración pública a lograrlos, con el objeto de
mejorar la calidad del gasto público y la rendición de cuentas; (Manual para la
planeación, programación y presupuestación municipal para el ejercicio fiscal 2020;
Gobierno del Estado de México)
Proceso de Planeación para el Desarrollo: fases en las que se establecen
directrices se definen estrategias y se seleccionan alternativas y cursos de acción
en función de objetivos y metas generales, recursos económicos. Ambientales,
sociales y políticos, tomando en consideración la disponibilidad de recursos reales
y potenciales. Está integrado por las etapas de diagnóstico, formulación,
aprobación, ejecución, control y evaluación;
Programa: instrumento de los planes que ordena y vincula, cronológica, espacial,
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cuantitativa y técnicamente las acciones o actividades y los recursos necesarios.
Programa sectorial: instrumento de los planes de desarrollo que comprende
proyectos y acciones relativos a un sector de la economía y/o de la sociedad,
coordinado por una o más dependencias. Se integran bajo la responsabilidad de las
dependencias coordinadoras de los sectores, atendiendo a las estrategias del
desarrollo del Estado de México y municipios;
Proyecto: conjunto de actividades afines y complementarias que se derivan de un
programa y que tiene como características, un responsable, un periodo de
ejecución, costos estimados y resultados esperados;
Plan de desarrollo: lineamientos rectores para los cuales se fijan los grandes
objetivos y las prioridades que permiten enfrentar y superar los problemas y
demandas sociales, politices y económicas Además es el instrumento flexible para
hacer coherentes las acciones del sector público, crear el marco que induzca y
realice la acción social o privada y coordine la acción intergubernamental. Este
puede ser según su jurisdicción, municipal, estatal o nacional;
Sistema de Evaluación del Desempeño: (SED) al conjunto de elementos
metodológicos que permitan realizar una valoración objetiva del desempeño de los
programas, bajo los principios de verificación del grado de cumplimiento de metas
y objetivos, con base en indicadores estratégicos y de gestión que permitan conocer
el impacto social de los programas y de los proyectos;
Recomendaciones: a las sugerencias emitidas por el evaluador, derivadas de los
hallazgos, oportunidades, debilidades y amenazas identificadas en la evaluación
externa que tienen el propósito de contribuir a la mejora del programa;
Rendición de Cuentas: el gobierno es capaz y tiene la intención de mostrar hasta
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qué punto las medidas que aplica y las decisiones que toma son congruentes con
objetivos claramente definidos y acordados; (OCDE)
Tecnologías de la Información y Comunicación: (TICs) herramienta de software,
que se caracterizada por el uso generalizado en todas las actividades humanas y
por una fuerte tendencia a la mundialización económica y cultural; ver, exige de
todos los ciudadanos nuevas competencias personales, sociales y profesionales
para poder afrontar los continuos cambios que imponen en todos los ámbitos los
rápidos avances de la Ciencia y la nueva economía global;
Términos de Referencia: (TdR) el informe de evaluación que elabore el evaluador
externo deberá incluir un apartado en el que se expongan, de forma breve y
resumida, las fortalezas y oportunidades, debilidades y amenazas, así como las
recomendaciones de cada uno de los temas de la evaluación que hayan sido
analizados.
A efectos de determinar los TdR, los entes públicos podrán considerar los
elaborados por el Consejo Nacional para la Evaluación de Política de Desarrollo
Social, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Secretaria de la Función
Pública;
Transparencia: las medidas que toma el gobierno, así como sus decisiones y los
procesos que llevan a las mismas, están abiertos en un nivel de escrutinio adecuado
para ser objeto de revisión por otros sectores del gobierno o por la sociedad civil y,
en algunos casos, instituciones externas;(OCDE)
Transparencia focalizada: proceso de identificación, sistematización y difusión de
información relevante para el público. La transparencia focalizada busca ser un
espacio de consulta útil para la toma de decisiones de los ciudadanos respecto a
bienes y servicios públicos o privados.
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3.1. Siglas y Acrónimos
ASF. Auditoria Superior de la Federación.
BID. Banco Interamericano de Desarrollo.
CONAC. Comité Nacional de Armonización Contable.
GpR. Gestión para Resultados.
GpRD. Gestión para Resultados en el Desarrollo.
LCF. Ley de Coordinación Fiscal.
LFPRH. Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
LGCG. Ley General de Contabilidad Gubernamental.
LTAIP. Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de
México y Municipios.
MML. Metodología del Marco Lógico.
M&E. Monitoreo y Evaluación.
OSFEM. Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México.
OCDE. Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico.
PbR. Presupuesto base Resultados.
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Pp. Programa presupuestario.
SED. Sistema de Evaluación del Desempeño.
SHCP. Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
SNCF. Sistema Nacional de Coordinación Fiscal.
TdR. Términos de Referencia.
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4. Áreas administrativas responsables
El Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia de Tenancingo cuenta
con una estructura organizacional administrativa, que le permite cumplir con las
atribuciones en la operación de los Programas presupuestarios aprobados, con
independencia a la naturaleza legal y jurídica que les da lugar, particularmente, las
unidades administrativas que atenderán en su cumplimiento, serán las
responsables de los Programas presupuestarios y las indicadas en el presente
programa.
Los aspectos de coordinación y cumplimiento del presente programa, le competen
a la Dirección del Sistema, en términos de Norma vigente, por consiguiente, en la
parte de evaluación a la operación del Programa presupuestario, será atendido por
el promotor del programa dependiente de la Dirección del Sistema Municipal DIF.
En la parte financiera, será atendida por la Tesorería del Sistema. Así mismo será
el conducto para la verificación y cumplimiento a las observaciones que se
desprendan sobre este programa al amparo de las atribuciones del Órgano Superior
de Fiscalización del Estado de México y del Instituto de Transparencia y Acceso a
la Información Pública del Estado de México en el ámbito de su competencia.
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5. Programa presupuestal a ser evaluado
En el marco de la Estructura Programática 2020, la integración del Presupuesto
Municipal para el ejercicio fiscal de 2020, se conforma de 6 categorías. Por el cual
se seleccionará el programa y proyecto, sujeto de Evaluación contemplado en este
programa.
Los aspectos a evaluar en programas públicos son:
✓ Diseño.
✓ Procesos.
✓ Resultados.
✓ Gestión.
✓ Impactos.
La evaluación estratégica se desarrolla en las etapas, de acuerdo con la siguiente
ruta en su operación.
El Desempeño puede ser medido desde los siguientes ámbitos:
Ámbito del Resultado. Este puede ser medido como resultado intermedio o final.
El resultado intermedio corresponde a los cambios en el comportamiento, estado,
actitud o certificación de los beneficiarios una vez recibidos los bienes o servicios
de un programa o acción pública. La ocurrencia de estos cambios facilita y hace
más probable alcanzar los resultados finales. El resultado final o impacto
corresponde a los cambios más permanentes en los beneficiarios debido a los
bienes o servicios recibidos e implica un mejoramiento sostenible en las condiciones
de dichos beneficiarios.
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Ámbito de Producto. Se refiere a los bienes y servicios públicos entregados a los
usuarios o beneficiarios, incluyendo las características o atributos más importantes
de estos productos. Corresponden al primer resultado de un programa o acción
pública, reflejando la relación binomio insumos-productos, la cual es contenida en
el presupuesto.
Evaluación de Programas Públicos. La evaluación de programas públicos debe
considerar los distintos aspectos de la implementación, incluyendo la revisión de su
diseño, de su organización y procesos de gestión. También el análisis de los
indicadores de resultados (eficacia, eficiencia, economía y calidad) en los
beneficiarios. De este análisis deben surgir un conjunto de recomendaciones que
permitan abordar los problemas o deficiencias identificadas en la evaluación.
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6. Seguimiento del Programa Anual de Evaluación
La evaluación debe cumplir los siguientes requisitos para asegurar su calidad y
Transparencia:
✓ Independencia: la evaluación debe ser externa a la dependencia y/o entidad
responsable del programa evaluado;
✓ Transparencia: los resultados de la evaluación deben ser públicos;
✓ Técnicamente confiables: la evaluación debe ser pertinente y objetiva, estando
todos los juicios fundamentados en antecedentes estrictamente técnicos;
✓ Oportuna: la evaluación debe proveer información en los tiempos adecuados
para apoyar la toma de decisiones:
✓ Eficiente: el costo de la evaluación debe guardar relación con los resultados que
se espera de ella.
Para lograr cumplir con estos requisitos, se requiere que las evaluaciones sean
desarrolladas por Instancias Técnicas de Evaluación o por consultores externos al
sector público. Por ello, la importancia, implicaciones y transcendencia que el
profesional consultor que esté a cargo de ejecutar el proceso de evaluación y
asegurar la calidad técnica de las evaluaciones sea una instancia con toma de
decisiones autónomas.
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7. Seguimiento a los aspectos susceptibles de mejora
Los Aspectos Susceptibles de Mejora son los hallazgos identificados de la
aplicación de la planeación estratégica institucional en los componentes de las
debilidades, oportunidades y amenazas identificadas en la evaluación interna o
externa, las cuales pueden ser atendidas para la mejora de los programas con base
en las recomendaciones y sugerencias señaladas por el evaluador externo a fin de
mejorar los Programas presupuestarios. (Pp)
Los objetivos específicos del Mecanismo son:
1. Establecer el proceso para el seguimiento a recomendaciones de
evaluaciones externas para hacer efectivo el uso de los hallazgos de las
evaluaciones en la mejora de los programas y políticas;
2. Definir los responsables de establecer los instrumentos de trabajo para
dar seguimiento a los aspectos susceptibles de mejora, así como para la
formalización de los mismos;
3. Definir las fechas de entrega de los documentos de seguimiento a los
aspectos susceptibles de mejora.
A partir de este proceso se acordará con la instancia municipal los compromisos de
mejora específicos.
Los Aspectos Susceptibles de Mejora se clasificarán bajo las siguientes
modalidades:
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• Específicos. (Atendible por la unidad responsable de la ejecución del Pp)
• Institucionales. (Atendible por la dependencia o entidad a la que pertenece la
unidad responsable de la ejecución del Pp)
• Interinstitucionales. (Atendible por más de una dependencia, o entidades que
influyen en la ejecución del Pp).
• Intergubernamentales. (Atendible por más de un orden de gobierno)
Con base a lo anterior, la dependencia deberá elaborar un documento de trabajo
para dar seguimiento a los principales resultados de las evaluaciones, integrando
los aspectos que sean susceptibles de mejora de las políticas y de los programas
correspondientes.
La información que se haya obtenido del seguimiento a los compromisos de mejora
y de las evaluaciones, deberá ser considerada por la dependencia como parte de
un proceso gradual y progresivo durante 2020 y para los procesos presupuestales
subsecuentes.
Las Evaluaciones en curso establecidas en el PAE, deberán continuar hasta su
conclusión y dar cumplimiento a las disposiciones aplicables en la materia.
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8. El Proceso de Evaluación del Desempeño
La Evaluación del Desempeño, es el Instrumento de medición que permite
conocer además del alcance de las acciones que se realizan en un período, los
resultados que tales acciones generan para lograr los objetivos planteados.
empleando para ello indicadores de desempeño que ponderen el efecto de los
bienes producidos y de los servicios prestados a la población por el gobierno, califica
la calidad de los insumos y recursos empleados, así como la eficiencia, eficacia e
impacto de los procesos y resultados.
Esquema No. 1 Ciclo de la Evaluación del Desempeño
Es por ello que el PAE forma parte del Sistema de Evaluación del Desempeño,
(SED) en este último se plasma el conjunto de procesos y elementos metodológicos
que permiten realizar sistemáticamente el seguimiento y la evaluación de las
políticas, las instituciones y los programas implementados por las dependencias y
entidades para lograr un valor público.
El SED, en su mayor consolidación, brindará la información necesaria para valorar
objetivamente y mejorar de manera continua el desempeño de las políticas Públicas
Programa Anual de Evaluacion
(PAE)
Terminos de referencia y Evaluaciones
Reporte de resultados de las
EvaluaionesTrasparencia y
Rendicion de cuentas
Seguimiento a Aspectos Suceptibles
de Mejora
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de los Pp, así (como para determinar el impacto que los recursos públicos tienen en
el bienestar de la población.
El Sistema de Evaluación del Desempeño. Consiste en la consolidación de un
sistema de Indicadores, tanto estratégicos y de gestión enfocados a las acciones, a
las metas y a los proyectos, lo que permite tener un panorama real sobre los
resultados y el impacto de las acciones del sector público desarrolladas por los
gobiernos a nivel país, y con ello, estar en posibilidades de ser más contundentes
en la toma de decisiones, para direccionar los proyectos del gobierno local.
Reporte Anual de la Gestión para Resultados. Corresponde a un documento de
cuenta pública o memoria técnica el cual debe incorporar los principales resultados
de la Gestión Institucional, su asociación con los recursos presupuestarios, el nivel
de cumplimiento de las metas comprometidas y las razones de los resultados
obtenidos.
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9. Sistema de Monitoreo y Evaluación
Los estudios sobre los sistemas de Monitoreo y Evaluación en operación, han
demostrado un amplio abanico de posibilidades de aprovechamiento de información
y tienen la finalidad en su operación de procesos, tales como:
A. Medir los resultados producidos por el gobierno (productos, resultados
intermedios e impactos).
B. Identificar a nivel de agencia individual, un sector, un gobierno en su globalidad,
o dentro de un programa público.
C. Proporcionar información sobre el desempeño de las políticas, los programas y
los proyectos públicos, en los niveles nacionales, sectoriales hasta nivel municipal.
D. Permite identificar qué funciona, qué no funciona y las razones.
E. Proporcionan información sobre el desempeño de los entes públicos.
F. Para administrar los sistemas se necesitan de proveer información sistemática y
regular, y el uso, de la información de Monitoreo y Evaluación en los distintos niveles
de gobierno.
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10. Cronograma de Ejecución de las Evaluaciones del Desempeño
Las actividades a desarrollar a través de la Evaluación interna, se sujetará al modelo
de Evaluación del Desempeño documentada por CONEVAL.
La Evaluación del Desempeño tiene un sustento cualitativo, es una disciplina que
requiere de una amplia experiencia por parte del Evaluador multidisciplinario y de
una metodología rigurosa de trabajo, que implique un conocimiento profundo y
entendimiento de la razón de ser o del propósito del ente público a evaluarse.
En tal virtud, por ser una cuarta evaluación, se programaron las siguientes acciones
específicas, a través de la descripción siguiente:
Cronograma de Ejecución de actividades al Tipo de Evaluación
No. Tipo de
Evaluación
Programa
presupuestario
Instancia
municipal
Periodo de
ejecución
Fecha de
evaluación
Producto
entregable
1 Consistencia
y Resultados
Bienestar y
orientación
Juvenil
Sistema
Municipal para
el Desarrollo
Integral de la
Familia
Dirección
2019-2020
Diciembre
2020
Documento con
desarrollo
metodológico e
informes
10.1. Términos de Referencia de las Evaluaciones. (TdR)
Los componentes serán analizados desde su misión, visión, objetivos estratégicos,
marco jurídico, plan, programas, proyectos, estructura, operación, recursos,
población objetivo, identificación de factores críticos de desempeño para atender en
aspectos susceptibles de mejora, sistemas de medición de resultados, metas e
indicadores, que permitan contar con elementos suficientes de juicio, para valorar y
verificar el grado de cumplimiento de las metas y objetivos, con la finalidad de
recomendar futuras asignaciones presupuestales y promover acciones de mejora
de la gestión.
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(2017) Ley General de Contabilidad Gubernamental. CONEVAL.
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Desarrollo Social y la Unidad de Desempeño de la Secretaria de Hacienda y Crédito
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