sindicato industrisl sa fundicion libertad[1]-1

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ORES LIH OVALLE OR PROM NCIAL DEL TRJtBAJO SANTIAGO. DlnE_=UN INSPECCION PROVINCI SANTIAGO UNID. ORG ..S1DIC CERTIFICAD 0 NQ 000796 SANTIAGO, ?IMOlllth CERTIFICA: El Inspector Provincial del Trabajo que suscribe, Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 2Q - transitorio del D.L. NQ 2.756, de 1979, la Personalidad Juridi- ca del SINDICATO INDUSTRIAL SOCIEDAD ANONIMA FUNDICION LIBERTAD — .6 KCJPFER HERMANOS (P. J. Oct°. Ng 1.211, de 8 de Junio de 19311 del M. de Justicie ) caducO por el solo Ninisterio de la Ley, al no haber adecuado, antes del 31 de Diciembre de 1980, sus - Estatutos a las disposiciones legales contenidas en el citado - D .L. Se extiende el presente certificado en confor- midad a las instrucciones impartidas en el Oficio Circular NQ - 12, de 20 de Diciembre de 1983, de la Direccion del Trabajo, - fin ser incorporado al expediente de liquidaciOn de bienes de - la mencionada OrganizaciOn Sindical. LHGB DISTRIBUCION: - D. del T. - U. Sindical.

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ORES LIH OVALLE

OR PROM NCIAL DEL TRJtBAJO SANTIAGO.

DlnE_=UN • INSPECCION PROVINCI

SANTIAGO UNID. ORG..S1DIC

CERTIFICAD 0 NQ 000796

SANTIAGO, ?IMOlllth

CERTIFICA: El Inspector Provincial del Trabajo que suscribe,

Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 2Q -

transitorio del D.L. NQ 2.756, de 1979, la Personalidad Juridi- ca del SINDICATO INDUSTRIAL SOCIEDAD ANONIMA FUNDICION LIBERTAD — .6

KCJPFER HERMANOS (P. J. Oct°. Ng 1.211, de 8 de Junio de 19311 del M.

de Justicie ) caducO por el solo Ninisterio de la Ley,

al no haber adecuado, antes del 31 de Diciembre de 1980, sus -

Estatutos a las disposiciones legales contenidas en el citado - D.L.

Se extiende el presente certificado en confor-

midad a las instrucciones impartidas en el Oficio Circular NQ -

12, de 20 de Diciembre de 1983, de la Direccion del Trabajo, -

fin ser incorporado al expediente de liquidaciOn de bienes de -

la mencionada OrganizaciOn Sindical.

LHGB

DISTRIBUCION:

- D. del T. - U. Sindical.

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Estatutos del Sindicato Industrial

"FundiciOn Libertadr

Articulo 19— En Santiago de Chile a 4 de Octubre de 1929, se fund6 entre obre- ros y obreras, una organizacion, que de acuerdo con lo dispuesto en la Ley N° 405 7 del 29 de Septiembre de 1924, se denominarA SINDICATO INDUSTRIAL ``FUNDICION LIBERTAD".

Tambien podran pertenecer al Sindicato los Empleados con Sueldo que ne exceda de $ 400.

Art. 29—El Sindicato tendra por objeto principal:

1°— El extricto cumplimiento de las , yes Sociales y procedera siempre ciiiendose en us metodos de accion a la defensa de los trabajadores, y a dar cumplimiento a todas las Leyes que benefician a sus asociados.

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?I/Go — 16 —

krt. 399—El Sindicato auspiciarit y pro-Tejera toda iniciativa de caracLr cultural, siempre que sus recursos financieros se lo permitan.

Art. 40°—Se deja establecido que la fe-cha de fundaciOn del Sindicato sera cele-brada anualmente y como un homenaje al fundador de la Ffibrica don Francisco Ki_ipfer.

Art. 419—Si se extingue la empresa o si por causa de caracter permanente como cambio de jiro, o restriction de la produc-ciOn, solo diera trabajo durante 6 meses a un numero inferior a 20 obreros se liqui-dara el Sindicato en la siguiente forma, los Fondos se repartiran entre los actuales miembros en proporciOn a sus cuotas con que hayan contribuido al Sindicato.

REGLAMENTOS DE SESIONES

rticulo 1°—Las sesiones comenzaran a l■brara fijada con anterioridad, y si a dicha hora no hubiere el quorum reglamentario se esperara por un cuarto de hora, siempre que no reclamaren las tres quintas partes de los asistentes.

-- 17 --

Art. 2°—Las sesiones duraran dos horas y solo podra prorrogarse la hora siempre que erten de acuerdo las tres cuartas partes de los asistentes.

Art. 3°—El Presidente y Sect:-_tario de-beran estar 10 minutos antes de Is hora en que debera conmenzar la sesiOn, segtin la hora fijada.

Art. 49—Las sesiones se dividiran en cuentas, incidentes y Orden del Dia. Den-tro de la Cuenta se dara lectura al Acta de is sesiOn anterior como al mismo tiempo a la Correspondencia, los Directores o Sindi-cados informaran sobre el estado de los enfermos, trabajo de las Comisiones y en general todo asunto de caracter social en que hayan tenido participaciOn. En los In-cidentes se podra promover cualquier asun-to que tenga relaciOn con la itarcha del Sindicato. En la Orden del Dia se discuti-ran todos los asuntos puestos en Tabla.

Art. 5°—A las sesiones del Directorio podran asistir los sindicados que lo deseen, y tendran derecho a voz solo pars proponer e ilustrar al Directorio en alguna materia de de interes general para el Sindicato, en nin-

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gain momento para entorpecer 1a marcha de este Cuerpo Directivo.

Art. 69—Ningiin Director o Sindicado podra hater uso de Ia palabra por más de tres veces en una misma sesion sobre la misma materia, despues que haya hecho uso de la palabra mas de tres veces sobre el mismo asunto, sintetizara sus ideas en una indication o Voto a fin de evitar debates largos e infructuosos.

Art. 7°—Las indicaciones formuladas en

la hora de Incidentes, seran votadas al ter-mino de ellos, y las propuestas en Tabla despues de agotado el debate sobre la ma-teria que se a propuesto, salvo que la terce-ra parte de los asistentes pidiera votacion para la sesion siguiente.

Art. 89—Toda renuncia no podra ser discutida ni votada hasta la sesion siguiente en la que ha sido presentada debiendo co-locar en primer lugar de la Tabla y citarse especialmente para ello.

Art. 9°—Las votaciones seran Nomina-les y Secretas,.

Nominates. Cuando asi lo pidan 5 socios en junta general, y uno de sus miembro3 en

lo —

ner el Sindicato a medida que sus capita lo permitan. 4°—Con las donaciones, muTr-has, Etc., que percibiran de acuerdo con la Ley respectiva.

Art. 36°—Los fondos serail jirados por el Presidente del Sindicato, obrando de co-mtin acuerdo con el Secretario Tesorero, y siempre que dichos jiros sean autorizados previamente por la Asamblea General o el Directorio, en la forma prevista en estos t7. .-statutos.

Art. 379—Estos fondos sran deposita-dos en la Caja Nacional de Ahorros o en la Oficina más prOxima al Establecimiento Industrial en que trabajan sus asociados.

TITULO 109

Disposiciones Generales

Art. 389—El Sindicato, cuando sus fon-dos se lo permitan procedera a Ia instala-lacion de la Secretaria, con Local ar para sesiones, Biblioteca, Sala de Dist..., ciones Etc. la administraciOn de este Local tendra un Reglamento especial aprovado por la Asamblea General Igual sucedera con 10 Mutualidad.

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noviciado de 90 dias a con.ar despues ire la fecha de su incorporaciOn para tenet derecho a la Mutualidad. 29—Los que cum-plieran lo expuesto en el inciso an`, rior, ten-dran tambien un noviciado de 90 &as.

Art. 339—Dejaran de ser socio3 del Sin-dicato: 19—Los que pierdan las facultade3 que le asigna la Ley. 29—Los que difamen u ofendan la dignidad del Sindicato o la de sus miembros. 3°—Faitar al cumplimiento de los Reglamentos y Estatutos.

Art. 349—Todo socio escluido en virtud de estas disposiciones, podra rei*.corporarse al Sindicato, siempre que bajo palabra de honor proceda a enmendar las faltas co-metidas, ademas debera abonar as cuotas durante el tiempo excluido.

TITULO 99

De los Fondos del Sindicato.

Lrt. 359—Los fondos del SinJicato se formaran como sigue: / 9—Con las cuotas de los asociados. 29—Con los beneficios que acuerda la Ley de Sindicatos Industria-les. 39—Con los beneficios que pueda te-

19

sesiOn de Directorio. Secretas. En todo asunto cuya discusiOn

afecte personal algim Director o Sindicado. Art. 109—En las votaciones que hubie-

ren votos en blanco, dichos vote no se computaran en pro ni en contra del objetivo de la votaciOn.

Art. 119—En las votaciones que se re-quiera simple mayoria y resultare empate de votos, se repetira la votaciOn, si por se-gunda vez se produjiera empate se Mara por rechazada la proposiciOn.

Art. 129—En las votaciones solo podran tomar parte los sindicados presentee en la Sala, en ningan caso podra votar un Director o Sindicado que se encuentre afec-do personalmente en el asunto del devate.

Art. 139— Toda peticiOn de segunda discusiOn para llevarse a efecto, necestara ser apoyada por 5 sindicados en Junta Ge-neral, y un Director en sesiOn de Directo-rio.

Art. 149—Las sesiones extraordinarias tanto de Directorio como Generales se des-tinaran exclusivamente al objetivo de la convocatoria, no pudiendo tratarse de otro

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turas y todos los documentos por pagar: itualmente visaran los Balances Men-suales que presentara el Tesorero .

Art. 28.—Los tres Directores se podran constituir cuando lo crean conveniente, en Comision revisora de Cuentas, para infor-mar en la Asamblea General; acerca dc.l movimiento de la Caja, Libros y Balance.

En estas funciones se haran acompari<1; por la Comision de Contabilidad, formada por tres miembros elegidos por la Asam-blea General; esta Comision terminara su misiOn en cada Balance.

TITULO 89

De los Socios del Sindicato.

Art. 29.— Podran pertenecr al Sindicato "FundiciOn Libertad", todo ciudadano sin distincion de clases, nacionalidacl o sexo, c.• --apre que lo autoricen las Leyes respecti-

o laboren dentro del Establocimiento. Art. 30.— Todo socio se compromete

bajo palabra de honor cumplir las Leyes Estatutos y Reglamentos que poadran en practica este Sindicato.

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personal ajenos a los intereses , sociales, y sera facultativo del Presidente prohibir del use de la palabra durante toda la sesion al Sindicado que formulare proposiciones de la naturaleza que prohibe este Articulo.

Art. 209—Toda acusacion debera pre-sentarse al Directorio por escrito con espe-cificacien concreta de los cargos que moti-van la denuncia.

Art. 219—E1 Directorio en su primera sesicin anual, fijara el dia y la 1,,-,za de las sesiones extraordinarias o modifkar las de-sinadas para las ordinarias.

Art. 22°— Los presentes Reglamentos serail validos, para las sesiones cle Directo-rio y Asambleas Generales.

Articulo trartsitorio:—No se considera-ra cerrado este Reglamento de Sesiones pu-diendose agregarle nuevbs articulos si la Asamblea lo estima necesario.

Aprovados en Asamblea General, efec-tuada el 3 de Febrero de 1931.

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LIasesorara al Directorio segail el Aril-

cuo 8° de estos estatutos. Art. 229—Son obligaciones d los Dele-

gados. 19—Concurrir a las sesiones del cl-:- rectorio, con derecho a voz, 29—Represen-tar a los sindicados de sus respectivas sec-ciones. 39—Formular los reclaims a que hace referencia el Articulo 209. 49—Cum plir las comisiones que el directorio les en-comiende y dar a sus representados cuenta de la marcha o situation del Sindicato.

TITULO 79

Del Presidente, Secretario, Tesorero y Directores

,Art. 239—E1 Presidente, cabeza visible del sindicato, lo representara oficialmente dentro y fuera de el, ante las autordades ptiblicas y patrones, haciendose acompaiiar

los 4 miembros restantes que forman ihiDirectorio.

Art. 249—Presidira las reuniones de Ia Asamblea General y del Directorio. Firma-ra las actas, acuerdos y documentos del Sin-dicato.

dido por un Medico del Seguro Obligato-. rio, y en el que se establezca lo siguiente: 1° Fecha desde cuando fue atendido, 29 Si esta o no imposibilitado para trabajar y 3° La enfermedad que padece el interesado.

Art. 69—P ar a toda enfermedad, el sub-sidio se pagara desde la 14 semana y pa-gado en semanas vencidas.

Art. 79—Si se enfermare un sindicado y faltaren dias para finalizar la semana, el te-sorero le abonara los dias segun in cantidad que le corresponderia percibir la 14 semana y seguira de Sabado a Sabado.

Art. 89—ENFERMEDADES NATURA-LES. El subsidio sera el siguiente: La 1a se-mana $ 15.— y las demas semanas $ 10.—hasta enterar doce semanas. Si los fondos de Mutualidad Ilegaren a $ 2.000, (Dos mil pesos) se aumentara el subsidio a $ 20.—, la primera semana y $ 15.— las que siguen hasta enterar las dote semanas. Y si los fondos bajaren a $ 1.000, (Mil pesos) se reducira el subsidio a Ia cantidad que se pa-gaba antes.

Las sindicadas y los menores de 18 alias recibiran un subsidio de $ 10.-1a pirmera

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rt. 14°—Si por cualquier circunstancias, es as personas no fueran elejidas o si las elejidas no se reunieran de inmediato. El Directorio que termina hara entrega de sus facultades a los 5 obreros más antiguos de la Falarica, o los que sigan en antigiiedad que pertenezcan y esten al dia en el pago de las cuotas del Sindicato, ocupando este,: puestos mientras se normaliza la adminis-traciOn de la InstituciOn.

z TITULO 59

Del Directorio

Art. 159—El Directorio, como entidad directiva y administrativa del Sindicato ac-tuara en su nombre, y en todo lo relacio-nado con el mejor cumplimiento de las Le-yes Sociales, Estatutos y Reglamentos.

t. 169—E1 Directorio devela reunirse po menos una vez a la semara y ex- gion traorc:iinariamente cuando lo soliciten tres de sus miembros.

Art. 179—Cualquier miembro del Di-rectorio sera reemplazable cuando renuncie

mun, se citara a junta general y acordara si otorga o deniega el subsidio.

Art. 129—Queda establecido: que todo sindicado que haya recibido subsidio de la Mutualidad durante las dote semanas, no podran acogerse a dicho beneficio hasta dos rnese3 despues de recibir su Ultimo sub-sidio, a excepciOn de los CrOnicos y Socia-les, para quienes rije lo estipulado en los Articulos 10 y 11, de estos Reglamentos.

At. 139—Los recibos de pago de subsi-s

Bios, ademas de ser firmados por el inte- resado, Tesorero y delegado de Taller, se-rail visads por el Presiclente del Sindicato

• quien les pondra su visto bueno. 149—Mientras dure el noviciado de

IDS sindicados, en caso de enfermedad el clirecto-io podra autorizar suscripciones en

vo de aquel. Art. 159—Si el enfermo se encuentra

hospitalizado o se meclicina en su hogar, el delegado le hara entrega del subsidio, el Sindicr'eo pagara el gasto de movilizaciOn, irnputandose el gasto a la Mutualidad.

Art. 169—Por ningOn motivo el Teso-rero podia pagar subsidio, si el interesado

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;stos u ocupaciones, con derecho a voz y voto, siempre que estuvieren al dia en el pago de sui cuotas.

Art. 6°—Esta Asamblea por voto secre-to y acumulativo, en conformidad a la Ley, designath 5 personas que deveran consti-tuir el Directorio del Sindicato.

Art. 79—El directorio estara formado co-mo sigue, un Presidente, un Secretario, un tesorero y tres Directores. Se nombrara Te-sorero en caso que se estime necesario por recargo de trabajo del Secretario, el cual debera ser uno de los Directores.

Art. 89—E1 Directorio estara asesorad,- por un Delegado de cada section del Es-tablecimiento, estos Delegados solo ten dran derecho a voz en las sesiones del Di-rectorio.

Art. 99—E1 Directorio de acuerdo con stablecido en los Articulos, 69, 79, 99. y

!Cy', de la Ley de Sindicatos Industriale: estara obligado a administrar los bienes del Sindicato y a la ejecuciOn de todo lo que emana de las Leyes, Estatutos y Reglamen-toss.

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Art. 219—En caso que el fallecido no tu-viera deudos esa cuota quedara sin efecto.

a) En este caso el Sindicato nombrara una ComisiOn para que concurra a los Fn-nerales.

b) El Directorio autorizara el g:Isfos ne-cesario para el mejor desempeno de la Co-misiOn, y sera con cargo a la Mutualidad.

Art. 229—Para los casos establecIdos en el Art. 21, los sindicados reunidos en junta general, podran acordar cobrar la cuota Mortuoria, con el objeto de comprarle al fallecido un Nicho Perpetuo con su respec-tiva lapida a nombre del Sindicato y el di-nero sohrante pasara a incrementar los fon-dos de la Mutualidad.

At. 239—El directorio junto con el mier-pe de Delegados seran los que solucionen Ins dudas que se presenten en la interpreta-cJOn de los casos estipulados en estos Re-glamentos, y los casos que ellos no lo esti-pulen.

Art. 249—Si un sindicado tuviera dos aiios de permanencia en el, y se retirare del establecimiento, y no hubiera tenido bene-

L

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4 --

§h"9—Propendera al mejoramiento econ6-

co .e intelectual de sus asociados. 3°—Representar en forma aniplia y efi-

ciente ante los Patrones y Autoridades constituidas, a todos sus asociados.

49—Representar a los sindicados en el ejercicio de los Contratos individuales y colectivos.

59—Representar a los asociados en los conflictos colectivos ante los Patrones y es-pecialmente ante los Tribunales del Traba-jo, que se refiera a la defensa ec.en6mica y razonada de los sindicados y a la soluciOn pacifica de las dificultades de orden indus-trial que surjan entre asociados y Patro-nes.

69—Atendera con preferencia a los si-guientes puntos. A)Cooperativas de Con-sumo, B) InstalaciOn de Local propio, C) Mutualidad.

t:rt. 3° Conforme a la Ley, este Sin-to tiene duraciOn ilimitada. En caso de

disoluciOn se precedera de acuerdo con el Ai ticulo N° 12, de la Ley respectiva, y en conformidad al Articulo N9 41 de estos Estatutos.

Republica de Chile TRANSCRIPtliON DEL DECRETO QUE MINISTERIO DE CONCEDE PERSONERIA JURID1CA

MEIsfESTAR SOCIAL

No, 3909

Santiago, 24 de Junio de 1931.

Tengo el agrado de transcribir a Ud. el si-guiente decreto del Ministerio de Justicia: "Sec. P. No 1211.- Santiago 8 de Junio de 1931. - Hoy se decret6 lo qua sigue: Vistos estos antecedentes; teniendc presente lo dispuesto en la Orden Ministe-rial No. 29 de 28 de Mayo Ultimo, del Ministerio de Bienestar Social, y de acuerdo con el decreto No. 498 de 17 de Marzo de 1930, del tnismo Ministerio, en re-

% lacion con el Art. 15 del decreto No. 2148, de 16 de Noviembre de 1928, sobre reglamentacion de la Ley de Organizaci6n Sindical, DEC RET 0: lo. - Cone& dose personalidad Juridica a la corporation denomi-

f nada cSINDICATO INDUSTRIAL FUNDICION LIBERTAD" con domicilio en Santiago, y V.-Apra& base los estatutos que se acompafinn, por los cuales ha de rejirse dicha corporaci6n.- Tomese razors, co-muniquese, pupliquese einsertese en el boletin de las Leyes y Decretos del Gobierno. — C. IBANEZ C. —ANTONIO PLANET."

Lo que pongo en su conocimiento pars los fi-nes consiguientes.

Saluda 'a Ud. (Firmado)

' (Hay un Timbre)

Al Presidente del Sindicato Industrial "Fundici6n Libertad"- Santiago.

Inspeccion General del Trabajo

Dpto, de Asociaciones ABW-EGV. 64-1.

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ficio de la Mutualidad en caso de enferme-dad tendra una ayuda de $ 10.00 si se en-. fermare, durante 4 semanas.

Art. 259—Estos Reglamentos empezarlin a rejir, desde el dia de ser aprobados por la Junta General, sin esperar la aprobaciOn del Acta.

Aprobados por la Asamblea General

efectuada el 16 de Junio de 1932.

I■INIIII•1111•1111

— 5 —

TITULO 29

Declaracion de Principios

Art. 4°—El Sindicato declara: 1 9—Que procurara por medio de la cons-

tancia y del esfuerzo de cada asociado, el mejoramiento progresivo, tanto econOrnico espiritual y social a que tienen derecho.

2°—Que el Sindicato auspiciara confor-m e a las disposiciones Legales y a lo esta-blecido en estos Estatutos, las soluciones de paz y armonia en las dificultades que surgen entre patrones y sindicados.

3°—Que cuando se hayan agotado los medios y recursos que se fijan en la Ley y estos Estatutos, recurrira a los Tribunales del Trabajo y hard valer derechos que na-cen del trabajo bien organizado.

TITULO 39

De la Constituchin del Sindicato.

Art. 59—La Asamblea General es la su-prema autoridad del Sindicato, y la corn-ponen todos los socios sin distinciOn de

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no ha cumplido, lo dispuesto en los articu-

los 39 y 59 de estos reglamentos.

Art. 179—En caso que un socio tenga que irse a un Sanatorio u otra parte y ten-ga que hacer desembolsos subidos se le po-dra anticipar los subsidios en relaciOn con el tiempo que estara en tratamiento, y de acuerdo con estos Reglamentos.

Art. 189—El tesorero dark cuenta al di-rectorio, cuando los fondos destinados a la Mutualidad lleguen a $ 100.— para que este cite a la brevedad posible a Junta Ge-neral, y esta se Ilevaia a efecto con el na-mero que asista y sus acuerdos seran vklidos siempre que para este solo objeto, se avise en in Pizarra de la Fkbrica o por la Prensa, con dos dias de anticipaciOn a la Reunion.

Art. 199—El Sindicato no autorizara nin-una erogaciOn que no valla con el visto bue-no del directorio.

Art. 209—En caso de fallecimiento de un sindicado, se cobrara una cuota extraor-dinaria de $ 2.00 en beneficio de In familia o de la persona, que por escrito lo haya de-jado establecido en el Sindicato el falleci-do.

— I

TITULO 49

De la Asamblea General

Art. 109—La Asamblea General, estu-

diara, resolvers y acordark todos los asun-tos que estime convenientes para la buena marcha de la InstituciOn y que sea ajena a las atribuciones del Directorio.

Art. 119—La Asamblea se reunira a lo menos una vez al mes, en el Local y hora que el Directorio designe previarnente, de-viendo funcionar con el treinta por ciento de los membros que pertenecen al Sindica-to, salvo la segunda citaciOn que la hark con el numero que asista.

Art. 129—La Asamblea podra reunirse extraordinariamente a solicitud del Presi-dente o cuando lo soliciten por escrito 15 socios, deviendo indicarse en los avisos de citation, el objeto de to convoca toria.

Art. 139—En el mes de Mayo de callea alio, habrk una asamblea general, destinada tanicamente a elegir de acuerdo non las dis-posiciones legales, a las 5 personas que de-berAn reemplazar al Directorio.

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semana y $ 7.50, las demas semanas, slem-pre que los Fondos lleguen a $ 2.000 (Dos mil pesos) y serail rebajados a $ 7.50. la primera semana y $ 5.— las demas, si es-tos bajaren a $ 1.000 (Mil pesos).

Art. 99—ACCIDENTES DEL TRABA. JO. Todo accidentado recibira un subsidio de $ 10.— semanales, desde la primera se-mana hasta enterar dor- semanas tarnbien se aumentara e1. subsidio a $ 15.— desde la primera hasta la Ultima semana siempre que los Tondos lleguen a lo estipulado en el Art. 89, y se rebajaran a $ 10.—si estos bajaren.

Art. 10—SOCIALES. El que se enferma-re de males venereos, recibira un subsidio igual que .el de enfermedades naturales, y no podra acojerse a los beneficios de la Mutualidad si durante el mismo alio a con-tar desde la fecha de su Ultimo subsidio, volviere a reincidir en esta rlase de enfer-med ad es.

Art. 11°—CRONICAS. Esta clase de en fermos recibiran un subsidio de $ 10.— se-manales durante 16 semanas. Si despues de mejorarse vuelve a sufrir la misma en-fermedad antes de los 6 meses como mini-

en forma indeclinable de su puesto o ci do sea el caso aplicar lo estipulado enamel

ArtIculo 79, de la Ley respectiva. Art. 18°--El Directorio, bajo su respon-

sabilidad, autorizara los pagos y cobros que el Sind,cato tenga que efectuar 10 que eje-cutara el Presidente y el Tesore-u.

Ar.. 199—Vijilara las diversas obras destinadas al fiel cumplimiento de las Le-yes, Estatutos y Reglamentos.

Art. 209.—E1 Directorio, obrando de acuerdo con el Cuerpo de Delegados, es-tudiara resolvers y presentara si el caso es justificado, los reclamos que los sindicados formulen contra un compaiiero, Jefe o Pa-tron.

Estas seran privadas y solo seran some-tidas a la Asamblea General, si lo estima conveniente y lo solicita el interesado.

TITULO 6°

De los Delegados.

Art. 219--Cada SecciOn del Estableci-miento obrando separadamente design, un representante en calidad de Delegado

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REGLAMENTOS DE MUTUALIDAD

Articulo N° 1°—De la cuota mensual de $ 2. que se descontarA de una sola vez se destinara el 40 %, para fondos generales v el 60 %, para la mutualidad.

Art. 29—Para los efectos de la Mutuali-dad las enfermedades se dividiran en 4, a saber: Naturales, Accidentes, Sociales y Cronicas, siempre que estas no scan Socia-les.

Art. 39—Para tener derecho a la Mutua-lidad, todo socio deverA estar al dia en las cuotas y pasar por un noviciado de tres me-ses.

Art. 49—.Flabiendo caido enfermo o ac-cidentado un sindicado, el delegado del taller respectivo, comunicara este en la se-skin de Directorio o Junta General que se efectrie indicando: fecha, y si el enfermo se medicina en su domicilio o se encuentra ho'pitalizado.

Art. 5°—Para tener derecho a suboidio el idteresado comprobara su enfermedad con el certificado medico del Facultativo que lo atienda siempre que este sea expe-

Art. 259—En caso de ausencia del Pr, dente. presidira uno de los Directores gyre sea elegido por la Asamblea, igual sera en las sesIones del directorio.

Art. 269—Corresponde al secretario Te-sorero. 19—Llevar el Libro de Actas. de Rejistros y Correspondencia. 29--Atender a la correspondencia del Sindicato. 39— Mantener un archivo de la documentacion enviada y recibida por el Sindicato. Como Tesorero. 19—Llevar un libro diario, y los libros de Contabilidad que sean necesarios. 29— Presentar mensualmente un balance en que se dtalle el movimiento de los fondos habidos. 3°—Efectuar los pagos y las in-versiones que acuerde el Directorio o Asam-blea General. 4°—Colocar a la vista de los asociados mensualmente un detalle de las entradas y salidas habidas en las Cajas.

Art. 27.—Los Directores son los cola..., radores más cercanos del Presidente y 3 -- cretario Tesorero, desemperiarAr sus fun-ciones de acuerdo con las disposiciores generales de estos Estatutos; Visaran las

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asunto sino con el voto favorable de las tres cuartas partes de los asistentes en Jun-ta General, y dos Directores en SesiOn de Directorio.

Art. 159—En las sesiones extraordinarias solo habra cuentas y orden del dia.

Art. 169—La Orden del Dia en toda se-siOn podra sex alterada por la sola facultad del presidente, sin necesidad de consultar a la Sala, pero cuando un asunto no se termi-

• nare en una sesiOn, se d;scutira de preferen-cia en la prOxima reunion.

Art. 179—En todas las Sesiones el Di-rector o Sindicado que use de la palabra debera dirijirse solo al Presidente, sin que le sea permitido por ninguna causa entablar dialogos o contestar interrupciones que perturben el orden de la discusien.

Art. 189—Todo Director o Sindicado esta obligado a respetar cualquier llamado al orden que le dirija el Presidente, y si por tres veces consecutivas no obedeciere, sera suspendido del derecho de usar de la pala-bra, durante tres sesiones.

Art. 199=No se aceptara ninguna pro-posiciOn que envuelva asuntos de caracter

13 ---

a)—Cooperar al mejor ito de este dicato, en beneficio de la mancornuniAS

y propio. b)—Respetar y hater respetar los dere-

chos que nazcan de estas obligaciones. c)—Someter en forma prevista por es-

tos Estatutos, las quejas y reclamos que tengan necesidad de formular, bajo pala-bra de honor, comprometerse a acatar las resoluciones que sobre dicho reclamo tome el Directorio.

3197—Cualquier asociado que desoi-ga Ian disposiciones tomadas por la Asam-blea General o del Directorio sera sometido a juicio o sumario breve que abrira el Di-

rectorio cuya resoluciOn pondra en cono-cimiento de la Asamblea.

Art. 329—Todo socio pagara una cuota mensual de $ 2.— Las socias pagaran $ 1. mensual, y los beneficios que otorgue la Mutualidad seran rebajados en un cinc ta por ciente: 1°—Los obreros que no-men el Libro de Rejistros dentro IGS treintC

dias despues de aprovados estos Estatutos para ingresar al Sindicato, pagaran una in-corporaciOn de tres pesos, y pasaran por

Page 16: Sindicato Industrisl Sa Fundicion Libertad[1]-1

I.

S.A. FUNDICION LIBERTAD 2$ 6(

KUPFER HNOS. M. R.

imiumesuemilainasia

LIBERTAD 53

I ELIFUNDS

9 1 3 - 90081

Santiago, 17 de Julio de 1968„

SA/30

Senores Direcci6n del Trabajo Organizaciones Sindicales Contabilidad Sindical Presente

Muy senores nuestros:

19-16°. -/6 ty96irei3 sinvt.teert

REF.: Relacion de dineros entregados al Sindicato Industrial Fundici6n Libertad para el Fondo de Auxilio de Cesantia.

Con relaciSn a su atenta del 12 del presente, envia-mos a Uds, la relacidn de dineros entregados al Sindicato Industrial Fundi-ci6n Libertad, para el Fondo de Auxilio de Cesantia.

Aporte Obrero Aporte Patronal Total

1965 Septiembre 1.880.29 4 1.811.60 3.691.89. Octubre 1,710,14 1,709.97 3.420.11.

Noviembre 1.882.28 • 1,873,98 3.756.26. Diciembre 1.416.80 1.416.81 2.833.61-

1966 Enero 892,31 2.042.36 2.934.67' Febrero 1.447.21 1.932,33' 3.379.54 Marzo 1.732.02. 2,138.92 3.870.94 Abril 1.731,49 2,119,77 3.851,26 Mayo 1.788,31 2.201.56x' 3,989.87, Junio 1.813.864.* 2.196.29%7 4,010.15, Julio 1.775,30 i 2.009.57 3.784.87 Agosto 1.800.017 2.113.19 3.913.20 Septiembre 1.764.96/ 1.905,10 3.670.06 -

- Octubre 1.801.35' 1.903,89 3.705.24- Noviembre 1.723.55/ 1.930.82 3.654.37. Diciembre 1.684.08 1.942.46 3.626.54'

1967 Enero 1,690.98 2.298.31 3.989.29 - Febrero 1.591.62 1.113.18 2.704.80 Marzo 2.109.26 30n 2.407,27 4.516.53' Abril 2.117.80 2,270.11 4.387.91 Mayo 2.126,30 2.307.22 4.433.52 V Junio 2.078.62 2.312.64 4.391.26 Julio 2,100.14 2.382.25 4.482.39 -

CASILLA 195-D - DIR. TEL. "KUEPFER" - SANTIAGO DE CHILE

Page 17: Sindicato Industrisl Sa Fundicion Libertad[1]-1

M. R.

2.4

Aporte Obrero Aporte Patronal Total

Agosto 2.119,71 2.439.12 4.558.83• Septiembre 2,065.19 2.114.80 4.179.99

44.843.58 50.893.52 95.737.10 ' ====== ===1•1111:211111

Saluda atentamente a Uds.

. • I LION LIBERTAD

pfer Hrps. 4 '

Ii ,•rio Oliv. res M.

tp

Sub -Getente A nistrativo.

Page 18: Sindicato Industrisl Sa Fundicion Libertad[1]-1

SANTIAGO, 15 de Julio do 1965

e Toro Mendez FE DEL IKTARTAMENTO DE ORG. SOCIALES

lez 07. DE KARIM

2411,C - 71INP.IT3RIO DE JUSTICIA CONCEDE PEUONALIDAD JURIDICA A 3INDICATO

OE INDICA,-

N0 1 2 1 1

SANTIAGO, 8 de Junio de 1931.-

VISTOS estos anteeedentes; teniendo pre-

sente lo dispuesto en la orden Ministerial :j° 29, de -

28 de Mayo dltino, del Ministerio de Bienestar Social,

y de acuerdo con el Decreto N° 498, de 17 de aro de

1930, del mismo Ministerio, en relaci6n eon el articulo

15 del Decreto N° 2.14 de 16 de Noviembre de 192, so-

bre ReglamentaciAn de la Ley de Organizaci6n Andical:

1) E C It E T 0 :

1°.- Concedese personalidad jurldica a la cororaci6n

denominada "SINDICATO INDUSTI1AL FUNDICION LIBE4TAD",

con domicilio en Santiago; y

20.- Arru6banse los esti que se acompaflan, 2or -

los cuales ha de regirse dicha cor-)oracidn.-

T6mese raz6n, comunfquese, publiquese e

ins4rtese or. el Boletfn de las Leyes y Decreto s de Go

bierno.-

C. IBAfiEZ C.

Antonio Planet.-

"LA PRESENTE ES COPIA FIEL DL SU ORIGINAL, ODTENIDA -

"DEL DIARIO OFICIAL N. 15094; DE 11 DE JUNIO DE 1931"

Page 19: Sindicato Industrisl Sa Fundicion Libertad[1]-1

SINDICATO Wttl(OjtkiXIX DE TRABAJADORES ( ex-S.1.)

Libertad, KUpfer Hermr.n7. _

ELECCIONES DE OIRECTORIOS

FECHA 11-11-70, of. 5292 21-12-70 FECHA 17-7-73 Of.2411 10-9-73 Pdte.

Secr.

Tesor.

Direc.

Direc.

Ricardo A. Urquieta

Omar Cortez Hernandez

Hugo Orellana Parada Fred Rojas Chacana ,- Juan Castro Barriza

pate.

sem

Tesor.

Direc.

Direc.

Cesar Gonzalez Ortega

Sergio Mardones Riquelme

Hugo Orellana Parade

?Ubaldo Gutihrrez Bra; 00000, Carlos.,.Rojas .Pinto

FECHA 23.11.71 Of 456 4-2-71 FECHA 13-3-74i- Of786, 1Q-4-74.-

Pdte.

Se -

T" • Direc.

Direc.

-,,e : ONAR CORTEZ HERNANDEZ

HUGO ORELLANA PARADA

LARLOS.A,ROJAS PINTO JUAN CTRO BAPRAZA

VTCT07.. ::.7:; 777,s

Pdte.

Sem .

Tesor

Direc.

Direc.

Carlos Rojas Pinto

Nibaldo Gutiarrez Bravo Hugo Orellanaa:Parada

FECHA 1 1 3-3-74.- Ord.711,de :778.. FECHA .rd, 50, 19 2 79 17 11-78, 0 1 Pdte. Carlos Rojas Pinto Pdte. FERNANDO CEPEDA - GALARCE

Seer. Nibaldo Gutiirres Bravo Secr OSCAR MANUEL MALDONADO Tesor. Hugo Orellana Parades /

l Tesor. HER RAND() ALN4.L.DO LEMUS GU! Dir Q ic. .1 Direc. RREZ,

Vt AL i Direc.

FECHA FECHA

Pdte. Pdte.

Secr. Secr.

Tesor. Tesor.

Direc. Direc.

Mme. Mmc. ,

riE.

Page 20: Sindicato Industrisl Sa Fundicion Libertad[1]-1

19 77 Hombres Mujer

147 11 segfin n5min

19

Hombres

160

78 Mujer

7

19714. —

IHombres I Mujer

no dica

-4.)

-•osaaAaa 'a ua

EDTpuT as OWUD vaauTwouap as onTsaons of uaanb 'pagaactTki u9TDTpun,q TeTagsnpuT

o4RoTpuTs ap •4sz. ap •Jai QT eganade as "I•Di ap ap 'ge u9Tnniosau IOd

:S3NOIDITAII3SEIO

INSCRIPCION REGISTRO NACIONAL AN 4P.- t/

Clasif. Nomencl. . Cap. 2-3 Rubro 3411 Fecha Fundacion 4 de Octubre de 1929.-

LOCALIDAD ANTIAGO N.° CIUDAD

PEt'uONALIDADA; Rec. Ministerial Ng JUhiDICA ,(Depreto N.° 1211

CANC. PEW. recreto

29, de 2 de Mayo de 1931.- FECHA: 2 de Junio de 1931.-

FECHA:

REFORMAS DE ESTATUTOS NUMERO DE SOCIOS ACTIVOS

Domicilio del Sind.: ALLE

Res N.° Fecha:

Resol. N.° Fecha:

Resol. N.° Fecha:

Resol. N.' Fecha:

Resol. N.° Fecha:

Resol. N.° Fecha:

19 70 19 1973 Hombres I Mt I Hombres Muter Hombres I Mujer

332. -0- 300.- 19 78.- I 76

Hombres I Mujer

Hombres Mujer

12 n6mina 147. 8.- 1;,7

sei:un

TARJETA N.° 4.- bi

CARPETA N ° 19.-20

Page 21: Sindicato Industrisl Sa Fundicion Libertad[1]-1

,

JWTA DE 1CPORMA..TZTATVTOS SINDICATO 31/13TRIAL PUNDICION LI3RTAD,0,-

T.:21 Santiao, a diecic..iete de 00:u-bre de mil nov cientos ~een- t.71 y oche, siondo las diecisis hor,., ea calla 2.c o.:'an a nd-

zero euarenta y nueve, en presencia de la Inseetora del Tru-

bajo seora Margarita Maria Alnonacid Tait, c.e eunieron fios-

oientef.; ouarenta :mica de un total de trescientoe seis del

de. q20 IVA:iThIAL FUUDICION LIMMITAD, eon el in :43 proce-.er a is reforfla de los estatutoe de 1- Or&miza.16, que so

denominard :i0.01;jr) P111ICIGl I;IAIOJV) !Lt:;4U:N13., Emproca Metaldrgica, 74revia lao ex-

plicaclones dadae por la func onaria as Iftente, se irocedid a

iar lecture al mom texto Ae los estatutoo del Siadicto el

quo fue aprobadeam enie;dao y conforms al ojelar que se

adjuni;t: e la prevent° y de la 1,11e! forma :arte iara todes lfectos deja ocnstaneia que la Insectora que

cribe instruy6 h los interet:;a(ioe acera de be trimitee a

uir :at la al,r0baciern be lo e estatutos y quo dievonan de un

plaza de st.se,nta dfas, a center desde eta feeha i,are Inleiar los triimites del c!xpediente respectivos raja apercibtnie:Ito

de declaz'arlos Jesieti4oe si asi no to hicieren. C3RTIPICADO:

La Insectorg del Trajo que suscribe certifies qua Nara el

deearrollo lel acto obtervaron todas 1a disposiciones le-

Falee y reglamenl:arice y de los eetatutos. Para eonstancia de

to eual se levoeta la prets.ente ac ta ea euatro ojemplares.

mARGARIIA UARIA AZXOFACID TAIT Irm:cTos..A 'AL TLAIAAJO.- Ac-

ta de la Aeamtlea en lue se acor46 Lo7,brar a In per=

Ada 4e tramitar la reform de lom eetatutos soil

Page 22: Sindicato Industrisl Sa Fundicion Libertad[1]-1

DICATO INDUMLATe LIBMTAD. Seel& en eti- o,vein.

ticuatro de Oetutro de ri1 novecientos steer:to y oche.- e abrl6

la reuaidn olendo las dieciseis home, bajo la presidencia del

titular comeieeero HUGO CAEILANA, azieti6 el reoto del Direoto-

ric y doscientos oaereata nocloc de un tote,' de tresciontoe

ob::etivo de la convoc.to1a rue con el tin de nom..

brur y auterizr ampliamette a la seera Wela kontere

de erofasidn Contueor, con eetudio en ealle Use Iver ndmero

ciento cuarenta y dos de 6autiage, i4.r& que se etcargue de

trete/ ar la aprobacidt de le reforva de los eetatutcs socia-

les de la oreanizacidn, °pro asimiweo, pare. que acepte totes

'az modificueionee eve las Autoridades estieen teecesariaa

tntroducir en la documentacidn quo se acumule.- th mds que-

trater se levantd la reunidn eiendo lap diecicco home.-

?R4;1=M Mtge Orellana. 1311CRTARI erntnden.- 401001.0

Y 7:

e.

AtiliU044211Q2A- _43te SiLdic4to

fue funded() en 6-Let/leis° de Chile, oot fecha ouitro de Octubre

de ell tovecienta veietinueve, y obtuvo personalidad jurfdioa

por 'Decreto -:eleero mil doscientoe once de fecha echo de Juni°

de mil novecite%eoe treinta y uno del Ulnieterio de Juoticia

bajo el nombre de Sindicate Induetyelal Pendicicir -Jibertadose

dotoreismard to suceeivo:

FUL R.TAS, con domic lie en la

Comuna de iego, ear ToviLcia del micelo nombre.

rtfce_l Agutdo.- ardicato tiene per objeto preferente

obtener el cumrlimierto de las leyes sociales qua beialficiet a

los asoolados y ero!lcier ri_es de cool.eracion dentro de lee

Trineiplos eieesliontes: a) Procurer el mayor bieeestar ecoz.a5-

ctoo y secial de sae aleabroe y 41.1 eerfeccionami

t„eel, cultural y profeeieleali b) Representer 1

Page 23: Sindicato Industrisl Sa Fundicion Libertad[1]-1

5 7.

lbw

sombiese easswe de todoe Ice azocidoe y c) Atender on pre-

ferercia be sUuicntes beneficios: ProiAcier y :fomentr la

oran1zaci6n de cs-:,perativn2 de consunlo y de elificci6n;fun,

idn de caja de carat adquisicf6r. de local. :.)roi,io pare

el t,, in.dicsto; or6anisci6n d eervicios de asistencia social

privela :arz' los asocic1os con el car4oter de mutualidados e

instlacidnde bibliotecas ;alie de estudios cultul%Alesw.-

Art'clJn larcerow,. !;e lecla;ra :us el Ziriicato es ajene a todo

partiizo politico y credo religioso 7 qua 3U eat-41.0 de aocidn

se liz.itrS • exolusivamente a thtervenir en asuntos re

tee a la eituci6n ecoraSmico-social de aus asociados.

12_,L=12.2.7 t;:te Sindicato tendril durcit5p ilimita a, salvo

ue le afoote alone de 1a causales de disoluoldny. i es

disolvi• re el Amdic:.:to sus fondosio bienes y dtiles iAlsartin

a. oder do la Cooperative :!e 7d'Ificaci6n Alberto npfer, con

:Jecreto de rersorali&ld Jurficta ndnoro trescle:ltos ochant;:i y

tree, de priptero ds Abril le mil n:)vecientoe eczenta y seis.-

21 lauidalor nerd nombrndo yor el Yinisterlo del Tmbajo y

'erevisidn 2ocal, a propuezte le la Direeci6n del Trtajo.- SO s:r Artloulo ',olirAtot. La Asam.

blea constituL:e la :4xisa autoridad d la IrIztitucift y

compone de todos be aoolos, los ouales tendrin dertehe a vcz

y veto.- naLrd doe ()lases de As=lnble al Ordinnriss y

ordinaries.. Par.a seeionar nerd neoeeario un qudrum de tin

treinta or oiewto do socion en I'rimera atlas:116n; en o-

tr cit,:ci6n et sesionard con los socios que asistan.-io as

cuerdas de Aamtlea r verirem la 4ra-beat% de la mayoria

delc. oeios asistenes a It sesi6n, Artloulo

Lae aitcliorr.e. a Asembleaa Ordinaries o -ixtrk.ordil'erias se bardiv

por medio de .1,c,rtroles oolocados on dos dfaa de antis:Elia

a to ncnos, en los Uzi:axes de trabajo y 94_16n social, t ;

iicaci6n del dfa„ hora, y local de la reuni6n, do"

Io, si la eonvocLAcria es en prinera o en otr. cit.eidn

Page 24: Sindicato Industrisl Sa Fundicion Libertad[1]-1

41*

2-4-714-0

caso 4e At;'-b1ea ,ra clecci6r 0 eensur de Directorio o i's-

fa le entstutoe for carte se cGloe.aAn c(In ciao° &Ise

de antleti6u* lo ieuOt3.Artfculo S La AvunLlea

Oriria, reuril- , a to aenn, una ve7 al nee .ara Aketu-

diar resolverauntoe quo cstine convenientse pare is

major mare 1e is Instituoi6v* den ro de be presoptos leg*.

les vizel,t^4. Son. Asumblea* 1:xtraordilAir

las convoeAsst or geuerdo del DirooLorio; a solicitud del

treintt, 1,)or ciente, a to nenos* de los saw:judos; a or inic-

tiva del Preuiderte4 111 testae **atones no 3e podrd tratar otrt

cuestiones sue lure e7trietumeute erlulciaa an 1 oconvoctoria.,-

7412121iitrai.24:- La rimmeids de

ales* edlo irocedert el se r.opo;..0

a Is que afJeta par to menos igual

quells er qua se toad el acuerdo•.

reformer lea estatutoe del A...iloato, on be mrteles de citoc16

a Aaanblea* se darAr a ecnocer las reformas S ee provision*

ir.diedrdoes adorn!** que los Asrblefietes paellas plantear otram

reforms.. quorum de ac.16n i,ara sets acts orr4 del cincuen.

ta. elnco kcr ciento del to.t-,a1 de low seeeiados, tants en pri-

me:'a cotb en etre oit416a y Is reform requer1r4 r ra au se-

probaci6r la aceptacids de la nayoria de be socion asinteteo E

is r0uni4n.- TITT700 Tnnezto„ DA

,7j...riro or Auualasiate. an Asseblea ;-:i'sord.i.r.a.ria, pre dida

pox' un Inueoto7r dal Trabao, voto secrete y aounuloo.

tivo* ae designardu los (linos socios quo deben constltuir al

larsatortow- Lot miemOroa del D:Lrecterio put!. .en ter rallegidoe

indeflnidemente.. hattasmig iCi. ' 3,11 10 ilosibleoinr•

esigiatasents depu6e de ser elezidoe los component-a del Di-

un aeu rde tonado en Avvti•

en Uriti. Asasbl,a posterior

poret!,ntl4et de toots* que p.

Irt.17J: 0 P-_qm

rnotorio, es constituimn . or vot,- o 6n dire

curios de Oresidents, Tencrero y

los quo esumir4n sus funoioneo dentro de ice

Otf. •

doe V4freolftreti -.imovoRt

rki d

tea.. 4040101010444 ZI los caws lc e

illementaria per renunoia. muerte* cene-.4ra* ctoJters, de uuo

Page 25: Sindicato Industrisl Sa Fundicion Libertad[1]-1

2-414

0 ale treetorec, se conveo rd a eaci6n y c desarre-

Ilard an la fern& ve::”dA ,7!11 b rticules precctell-Ate, .Ele-

y;i.les 41 a lea reemplazanT,es, el Directeria dvi..1:LrAv4 ?reel.

erte, f:ocretftrie 'reererra, er co .LLe la vacax4e hays sig.

do t,e! all:uncle de t1,3 Arvi LiaLUILua.lialIgA. Den.

tro del erflde para el cuul rue eleido el Directorleore.

7io aQuerde de is majaria de sus miem4ro4, pedri medifiwas la

cazposicitin de is mesa directiva q integran• 1 cuerde ae

toma:4 -par vet *ton directs entre len dirlgentes y aerd dad*

s eerocer a ln Anamblea y 'or escritl a is Inepeeeidu del

Tredajc• 7)Seine $1 se Ixedajere it relaum-

111. oia e1 car e Pre, earetarie o de Tecqrerettin

n.tle elle einif ue dinizier del c 1760 de diriente,e1 'area-

torte roeedr a constituirme de nuove anti el Ivpecter del

Trabale. In forma de eleFire ser& directa entre lea miembres

del Nrectorie o por vote ereta.. Az- 04 7 Ad", 11112t7

IgA.i trectarie adninietrr4 lea rendes del andie- t* y

rar 1 iraltequies fijan la ley y este() estatu.

tee.. r,rIScalopfc*a;4i-st:Vv.- ki iraetarie eelebrar4

rtes ov.dtiarlau l'er le Tatnee Ur4a vt,r, a is SOM8A6 y ex.

trdinaria73 or orden del PreeVeLte a cuuade le solicit-a

per eac*ita tree le .3ue sismbres, indicant:le el Obj4tf de

convaatoria•- iAe citseicrlos eerAn escrita, personal a

cal& %recta.r, on un ea de articidacidn, a to 7;lenes,- a

saran de nevidn rev!. is m.:v'arfa Is sue camenentes y les u*

eueraos do Dfreeterie requerirla la k.;rqbealiln de la

le les Directories aulsentee at la 2oLini6n.s. A le

31 eatorio baje au respabilidA j c14ndase

al 'r.dtt;u2 -to General de Ingres** e inverstents, auteritr4

leo vo y cobra* quo el Siritic) teava cue efeetuar, lo,

clue aran el '?remident* y Tesurerq, ebrande conji

21 Di—cterie en el nee'Oo: 1! tee tql

e4;lia a presentaf4 a la censic_eracidn de Is

Pret:a7uesta Sel.eral le Tzrestie e Inversion**,

Page 26: Sindicato Industrisl Sa Fundicion Libertad[1]-1

414

bae a las cuotas ordiLarias y otras entradac, el que er el

cure° del mien() ties, .ara 103 efectos (e au aprobaciSn, L;ie -

nittrd a la inspeeaidn del Trabajo, aconva4ado de los docuren,

toe enuncladoe en el Tecreto -Aeclunertario ndmero trey

veintitretit de veintitrts de Junto ae vil now, ientoe seaenta

y cuatro. Si a la fecha de- la eonfeccion

del preawiueato .6enera1. de Ingreaos e Inversiones no se hubie-

re rocibido la ,:articiact6n en las utilidadee y est* ocurre

poatertormentelo tal artiel .,citin se preempmeetard coia cox

plemento del presuollsto Geval vti7ente.. Art!CUi0 Vjiuo

Primer?... Tan pron,o coo las IA)sibilidadez econ6micac lo per.

attar.. el Directorio bare,irftIr folitot jle contn_an el

text° de la Ley siL“Acalt eu Rejaneto, estou eat“tutos j

regiamentos interroe de la Inatituci6n, los cal",s ser4n re-

partidas a los soctos,, a

)..rtT011119.1100-0-441 Ziegundo&-e-

rtin facultadeu y 4ebere2 de/ Presijertes a) Aeumir la repro-

sertacidn judicial i extrajudicial del Ardicatc; b) ijrdenar

al Secretario convcue a la Asamblea o al Directorio; c)Pre-

sidir las aeuicJazs de Azambla y del Directorio; d) Pirnar

las actasdenAs doeumentoel e) Claueurar be debates cuundo

gttime auficientemente diecutidos uz tem, proyecto 0 o0t6n,

y f) Dar cuerta verbal de la labor del Directorto en c.;ta A,

sar4blea Ordinaria y de ln laho anual per medio de una Nemo-

ria a la gut dart' 1 c,.ura en la dltina sambla de au perfo-

Ar“culo Irldeir4 Tercero.- n cato de ausencia del i4re-

stdene, pryaidir4 el nienbro del Directorto ,.jte e:Fle desig-

ne.- Articulc Viesinc Crarto.- Corner onde al becratarlo:ORe

ductar lau actas de seelones do Aaanblea y de Dtrectorio,

la que illeludible=ente dard 11,etura er la prdxiins 19,0r4t

OfitrreL-. 4

0 ti e;_._

ordi iia o extraordinartn; b) Recibir y deur

pond encia dejando copia en .ticr uaria tie lot

Jos. y autonir$r, conjuntanete con el Presii.en'.e, lot &otter./

Page 27: Sindicato Industrisl Sa Fundicion Libertad[1]-1

toe ador4,40 y remit r10s con o.,ortoLidad; c) Llevar al

ale los librou le acUs y 4* :-. 46tro eceicia, con sus dive.

ciones 7 eleage neceeurios j los archiva:c:es de 1* oo.

rrecpordezia cLb1is y decac%ada,. 1-14*, k:,e los libroe

lebee timbrada per la ln a) !lacer

l oituciones a rIeziones ,ue or'-ene el .rewi,:zente; e) Uante.

nt.r d su cargo y jo su rec,c4reabilidad L timble 3ocial y

el civo..' Art4C Correspond* al ':041=31. o:

) utet bajo su custodia los tondos, valort.e. 1;04100

nu blee i !tiles j e,yeres de 1 ori;anisacioas b) Mocandar l

cuottic de lot:, aocios; c) Llevar, de aouerdo con el Coat .ftor

del Sind:jest° los libroa regleaeul,..rios di contabilidA,100

cuales et cads una de aue hojas dehen ectLir tinbradoe por la

Inspeestift del Tr&J4jo; d) Efectuar, de acurdo con el Iliesto.

:lento el paw" deIaZ iLvereiones que el Ptrectorio o la Aean.

blea resuelvan, ajustAo el preeu,-utao compettLtemente

tad°, e) Confeeviotar meteualmente un e tudo de eaja can el i45-

talle de ingresu y evresos, 1O CWJ ee fijarAn in 1u4sres

visible del establoitietto y &slat social, y un balance moues

tral de Cep, ewe coJa se envtar6 a la Inapeccidt del Trabalow-

stoe Balances deben air oanfeceionados or el Oanta4or del Si

dicsto y Ls Coatia de Ocatabilidad seLcionadt

mAc adelarlte; f) Pe.:.,)sitar be f*ids de la or41isaci6n en

el :Niue* del . _.'stado w.f4 erdximoo no pudieLdo mantener-en Caja

una 3U,u sulArior a la .4,ue (ija la Ley; 6) i entresar ou cur-

o can4ecciunard un t:,11allct c,cLaral o inverrio j 01 sato

cor: la intervencidndel C;o: ,;_tlior del Stedisato,

y h) i To-sorer° aerd reepoLc-;ble del estado de caja y tendrd

la otaiticidn de rechasar todo giro no ajuetudo a it cc

consultAo en el preaupuetto correepondiente, entenedmiost

asifrismo quo lei ;,41,oe los hare. contra prez,entaoion

* recibo debidaueute extend:14o, dccuce:Aos quo

denados cuidadosameLte.

bligacionee de lee Xrecto a) .etzplazar al Teo

Page 28: Sindicato Industrisl Sa Fundicion Libertad[1]-1

2-4/ r+ii-

Seeretario en eu.s ousel-eine aceidentlea; y b) Cuando to enti.

men convenient*, podrdn conetituirse en Camisidn lievisora de

Cuentes, ra informar a la Asambles del **tad° de 2.1 Tesore-

ria*. En e,.,:tan funniones se haran acompaAar or la k.omiti6n

de Oontabilidad y i ?reeidente y Tecorere deber4n proi,orcionr

los antecedentes y fcilidadea quo requieran.. TITU10 QUILTO„.

Artge o1cL iptir0.- La faena o

i.ece/J1 de la empreti. quit cueute cot cinco o nds aindies6o8

podre desinar un re2rezentante en ealiud de Delegado que sac-

sorard al Directorlo.- auto ara efectuar esta desi6naciAin

deber6 ser oontrolado por el President., quirt actuara en

compa:la del Secretario. Arti .10 • et

obligaeiones de be Delegadoss a) Conourrir a las oesiones

de Direetorio c©n dereeho a vox; b) Representar a los sindica4

dos de la secei6n o fans, y c) (oeperar a las labores del Di-

rectorio y dar ouenta a sus representadoe le la aituanft y

mareha delindieato.-7.1-amil.z. Arqu.

licIutuag12=4.7 Perterecerdn a este Cindicto, todos los obreros mayor's de ileeiacho atos que traba:en en is Toolednd

Andnima ?undicidn Libertad-Kupfer Hermanos, ubleada on la. Co-

muna do 7:ango.... ATtgoR19 TrWeiqo.. Serdn oblii.Aciones de

los soolosi a) Cumplir las 'eyes y estos estatutoe; b) Conourrir

a las reuniones a que se lee convoque y cooperar al major dxi-

to de la labor dol Amdieto, Interviniendo en los debates

cua:Alo sea neoesario y acetmndo los cargos y comi,Aones

que se: les eneonienden; a) is socios .a. gar6n una ouota nen.

sun' ordlaria de dos escudos.- Admits, las euotati ordtnarias

que cstablexcan lostjamentos interros del Sindicato,apro!--,

doe ,or la Direoc16n del Trabajo.- El eistema de la cuota memo

sual ordinal-ia podrd aer modificado por la mayoria

de la Asarble oonvocada con est* obj,to y con aei :79+1

del cir.cuent y cineo por ciente de los occios.

se deberd comunio:r a la Inereccift de/ '''rnbajo 1,\

Page 29: Sindicato Industrisl Sa Fundicion Libertad[1]-1

reccOn del 8610 Cur este requivito 3odrd an rur

en viencia; d) Dar av;:so al 6ecretario cuando cLmbie de doll

eiLio o se produocau a1,urun varisciones en lor a,,..tos persona..

les y fumiliaree que alran las anot,ciotee del ref,,:istro de

00Ci06; e) Oonscer estoe esti y velar ',,or el respeto

-6a 0 la :Andi-

eto en OØ de fallecimieto Ue un eo io o de un f=iliar del

mime, ;Dodrzi 1,ropotoinar una ayuda a las per 114.0 qua irdique

el leto aprobAo i,or la Lireccidn del Traajo, etvo non..

to y condioiones de pugo se consignaran en el mismo, Este ayuda

le financiarA en bue a ouotas cobras or, la o!:ortunidbld Sri

'jue ocurra un a defuncidn de socio o ''arkiliar de 42te oin que

on ocasidm pued1:; eotablecerce cotlzaciones petriddicar,

.tendientesL a femur un folido ?era lA atencjdn de este beLe-

ficio Los socioe perderdn nu

call de tales ouundo de;len de pertenecer a la ez4presa on

en del .'.ii.ndic04.

• 4:4 „r 4

(alio sr. 2erci.o Sn la reuniA5n•siijuiente 4 la. elec.

cin del Dirs?torlo, la Aumblea elegird una Comlsidn de Co

tabilidd, comoAeste de tree asociados, nu Director's, quo du

ravdun ,a- o en funciones y cuya misidn erd rovietr lot: 11-

16 bros, cuentz t balances y ooutrolar los rondos de Waverer-fa.-

ul " Aden.;so si lDirectoris lo esti

potAble, obtenard la Ascialoleuf la designacion de Comtnbnes

que lo aresoren4 "Astes COMiSiGlIe0 estardz compueslas de tree

cocios, no Directerec, y eu labor corresponderd a lon stmien..

tes fines: a) Costal& de Aelstei4cia y PreVisidncidItque

se preocu:.,are de fomenter y or44nIsar cooperativas de

oonou, y de ificacidn; nejoramieto de la previi6n; cons.

trucci6u de un mausoleo; orgaulsacidn de servicios de ayuda, a

:*414; qua ;7rocurard 14 instalacfAn de eecuelas e iristitutr

, nales o indus..riales ;t:.re los socios y aus fanjliu oraaa7-4

gaol& de bibliotecas y orlAnizacidn re oursoe y conforenett;

enternos y a deudoe de los falleciace; b) Comiti

Page 30: Sindicato Industrisl Sa Fundicion Libertad[1]-1

3.0 8

43obre le,Jslacidn social r eduoactdn cfvloz Conitd de De.

portec y cola labor :;et dirigi fomentzx la cu1.

tura ffsica de ].o obreroe r sus fesiliz..;res y l& organizacift

de fiestas i entretenieL.tos 'par lo!mim=$,u cbjeto de cul-

el corAn conociento de loc; aro, iados entre sf y entre

lu$ failir* ___;a0katighitolikk``

..;io del Sindicz,to ce fez'-'

mard come signet si Con L cuotas de ice asociadool b) Con

is partieipacift de laa utilidades e la empress; a) Con los

bereficioe qua pu tener el Sindic to a nedida que sus oa..

pitales be persitang d) Con las ere:loiones voluntarida qui

en au favor bleier= los **otos a tercerso personas; y e) Cos

.Lai4 multas quo persiba de *puerto con eetoe estatutoo*.

La Orgasiaaaift, a redid que su

Atrinonie 10 ermita fornari vn for:do especial 1.ze eervird

de gararLtie u las reoponsabilidades quo puedan inounbirle

con Tr,ctivo de la colebrucidn de contra-too coleotivos de Tra.

bajo,....41TrZIALIaLTO '7x,r5UniS•

342tiz;o.. Los miembroo del tfirectorio podrtn goer sensur eve

y i-sr4 onto efectoe el o los accios interesadoo deberAn so-

licitr por escrito al ?resider-As del andicato, eon ao4a

a la Inspeocidn del Trabajo, la celebracidn de ulla :;sasblea

Yatrordinaria para votar la certouraw. Nn one° but is canes.

ra arecte al 'residente del Sindicato la solicitnd se formari

direcAamente a la Inepecoldn 4.1 Tye:We corresrondlente la

que, en este mmo, tImari is iniaiativa ?era bacr 1 con.

vocatoria".. Azgailaja,‘WELMOn= La petiaidn ift

um contra contra Direotores se rF)ratt1v,A1 beAr.inse en cargos fU.

damoLadoo j ooscretoo, con copeaifioa- tft is ellen en cede

cirountAancia j hatAndoles ocnirtsr en re:;;eotiv

tu4,. Artagula_bdiLailmaJaman*. La ,31 1Ata oorifortel*

at,1r la ceYtaur - , quo involucre a %Inc o d.

rd dividida en dos pert's, entendl4n40ss rue la3

oioueo equivalen a uns gala geoids cor.titl;ada 491; -

Page 31: Sindicato Industrisl Sa Fundicion Libertad[1]-1

die y con la conomr...encia e n lia, iectar del Trabajo en lac

dos °tapas. La riaera aar e Je l esion eet4 de_tinada a car

a conocer a la Asantaca to c,rgos notivan la oenstaaa yoa

la Yea, aara escuahar, obliaaaameaa los deacaraos que deseen

expener a la Asamblta quienta aaareacan eeaun1a

parte, cumplido lo preoe,lentemente emputato,eatt diriOalaa

tomar la votaelda censura.- ArJci10 q4a4rMar601.1p...- Li a-

eamblefata manifez:1, au volaatad en ekiula aecreta, de is.

gual color y tamaac, en que ,alard au deciaitin con loti voca.

bloa "IL" o "ar o Coto afirmativo o ne, ativo, rea,activaten

TratAndose Oe pers-naa -ue Lo aeaaa leer o aacribir ee

pedir6 el concarao del Inspector del Trabajo alaisteate o del

fUncionario decignado it efecto.- Ze laimervaran los aistenao

di citaci6n, vcytci6n escrutinio aae el pre,:ente eaituto

dies para eleccients de directorea. voto no ca rant1,7 litiUly ea unipersoaal..

u d P:

aazal

n tl avant() de censu colactivas ya sea a toda al direct°.

rat) a a de un diaector, el azaablefeta con deaecha a voto

tiene la ilbertad de detarmiaar, en el mint vot000bre quie.

nee nerecen aer censuaados y quieaes no contare con

voto iTrareso, en dos luaares visiblee de la sala de oesidn ce

axalbi a la individualizaci6n de lae person par censurar

y e/ sufraaante las escribiri en la c6dula agreaaaado a cads

aorbre las palabras "el" o "no", aeaan lo estime. itylAulo

Cilladratelmo AvauLdo.- La Asamblca, ei ada coaforme a eatoa

eatatutoa, sesionard con el treir.ta por ciento de los zocioa

del andicato„ taato en primera como en otra oitoi6n y is

cenaura en oualquier ea), requerird ..:rz. au aarobacida la

aceiAaaidn de la mayoria de los socios aeisteatea a la: rem-

nitin.. La a2rolaci6h de is. cenaura iavolucra ara el o-Iap afe

gadoe la dejacidn inmediat del carao.. Articule

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12 241 14

,Jtret7,r0.- ninoina deterrinacift Awl* Ambles, tome sears eon.

Ilprirelasents

eicioLes de este Titulo.-

4.■ -are0.4.4lo ko,.„ multar

rialentes fates u

ci.da a las sesio.

Ile: Allee es casvetwer, eepeo et quo se - re.

11,Jeve el Ilirs,;orio o ren los Priteuruts.tos; b)

r en Thrma rave\Worms *if Inv)** 1!;. Ley y eatos es.

tat,:ttose,ra) A ;00., nten a laikael.: o tra1 LUS

debe ottservarse deAtro i3oca2-Wrtallr- or litotes que a

jsicio de le ALrflbleskosaktuipan fai

cln.

t nerecedords de Kama

Cuadrin ct-Aa mtllta ro podri ser

uvt-Aor :_aor •e dos cuot%,,s y media ordirarla 1 primers

res, ni a':or de oirioo cotas ord.luarinz en clam de reineiden.

cis,. SI monto de estms nultas roc:re., iser nodificade an las edemas

condieiones indica el artic4lo treinte;"111 -Areotorio y

C",omiiaones ?n,.! rir Alr rOt- dos eon el doble del valor de its

*encloses.. Ar'' La Asambleti en reu.

ti6, corvoot-a etereiramerte podri splicer santioLlls de suen.

cidn e loo beneficics aociales haste por un periodo de seis

rase's, er>"..rc e un cuando la grzvedad de las falt‘ a en

que el eoclo inourra aPf. to sooneejare.. Arviculit 04a4r4.-1 a

41. sus relacio es con el Ziudicato, los scram estin

cometld, a i juriudicci6r diseipliLaria del Directorie. de

ova reaslucidn, sin err.barjo :veden reelanar a Ia Asamblea y

en d tiro trthC la Ir-:e cidn del Trat4.3o.. Viet* Duane..

Hay un a firma ilec;ible y un timbre.. anClay. Pigirta

Jo. ":trionirare; 414g1na tree.

titlie 5eirsocios"; Polgina cuatro, "eat.es 4jfl

"eacrite, Ntgina seis. "P.E.E.'I_ Jel; Agin* slet ir *enseres"; sgeLeral", Pdgina oohs,. "convenlentew; ,i4s",,i'"A4.

- v -,,,,,,,:-• 1 c ' dee,e; :Ina dies. "hleiereee 4eonsta1 Pic et,

*soslonaret. VAIMILDOY "'SW"' =TRIO 15, Pizisa ewe. Aumulativo ;....

SLUE LIV-Afis P tha one*. **cumulative, -V.:.,JE.DQY

e v4Ut nieise-atias

; c.

LI

Ion lipt4-05 t.tle rseulter sa17,ables de Las e

cr444onesslt)'ite-4anivei

"Siridicto"; "G40'4 MOS.

Page 33: Sindicato Industrisl Sa Fundicion Libertad[1]-1

mosoolirr —

LlaraIDAW "Rfe .ades.

KIR OS. INSPECTUR DEL TRABAJO.-

DIRECCTOI TI.ABAJO

E)P.'(7). S - DI ALS

c•;-3

art1117 0

S&L,GiLigu

t_';NOto. Org. Siricliceies