sin título 1

Download Sin título 1

If you can't read please download the document

Upload: yei-bolso

Post on 05-Aug-2015

20 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

1. En Uruguay, la expresin Jura de la Constitucin hace referencia al acto ocurrido el 18 de julio de 1830, cuando se jur la primera constitucin nacional. 2. La ceremonia se inici en horas de la maana con un acto religioso. A las 10:30 sali el gobierno del Fuerte (sede del gobierno en la actual Plaza Zabala) con su cortejo y se dirigi a la 1 iglesia Matriz para asistir al tedeum que se haba dispuesto, tomando asiento conforme al ceremonial decretado el 13 de julio. 3. Terminado el tedeum, el gobierno se dirigi al edificio que haba sido erigido para el Cabildo de Montevideo, en uno de cuyos salones prestaron juramento a la Constitucin los miembros de la Asamblea General Constituyente y Legislativa del Estado, el Gobernador y Capitn General Provisorio Juan Antonio Lavalleja, los ministros, el Cura Vicario, los Jefes de Tribunales y Oficinas y los Comandantes de Cuerpos y Jefes de Estado Mayor del Ejrcito. 4. Acto seguido, todos los civiles reunidos en la plaza fueron invitados a subir sucesivamente a una tarima colocada frente al Cabildo, en cuyos balcones se encontraban las autoridades pblicas, a prestar juramento de fidelidad a la Constitucin, pasando frente al Alcalde Ordinario de Montevideo 5. Juris a Dios y a la Patria cumplir y hacer cumplir en cuanto de Vos dependa, la Constitucin del Estado Oriental del Uruguay sancionada el 10 de Setiembre de 1829 por los representantes de la Nacin? Juris sostener y defender la forma de gobierno Representativo Republicano que establece la Constitucin? Si as lo hicireis Dios os ayudar; si no, l y la Patria os lo demandarn 6. Juris a Dios y a la Patria cumplir y hacer cumplir en cuanto de Vos dependa, la Constitucin del Estado Oriental del Uruguay sancionada el 10 de Setiembre de 1829 por los representantes de la Nacin? Juris sostener y defender la forma de gobierno Representativo Republicano que establece la Constitucin? Si as lo hicireis Dios os ayudar; si no, l y la Patria os lo demandarn