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Acta Junta de Gobierno Local ordinaria de fecha 14 de noviembre de 2019 Ayuntamiento de Talavera de la Reina Oficialía Mayor SESION ORDINARIA CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL, EN PRIMERA CONVOCATORIA. CON FECHA CATORCE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECINUEVE. ASISTENTES: ALCALDE -PRESIDENTE D. Agustina García Elez TENIENTES DE ALCALDE: D. Luis Enrique Hidalgo Díaz Da Flora M.a Bellón Aguilera CONCEJALES: D. Carlos Gil Sanz D. Sergio Juan Gutiérrez Hernando Da Nuria Sánchez Fernández D. Sergio de la Llave Muñoz Da Paloma Sánchez Garrido INTERVENTOR: D. José Carlos Ameiro González OFICIAL MAYOR EN FUNCIONES DE SECRETARIO GENERAL: D. José Antonio del Valle Casitas En la Ciudad de Talavera de la Reina, siendo las ocho horas y treinta minutos del día catorce de noviembre de dos mil diecinueve, se reúnen en el Salón de Gestores de estas Casas Consistoriales los señores al margen relacionados, integrantes todos ellos de la Junta de Gobierno Local, al objeto de celebrar sesión ordinaria, en primera convocatoria, bajo la Presidencia de la Sra. Alcaldesa-Presidenta, para la que habían sido convocados previamente y con la antelación debida. Se hace constar la inasistencia de la Sra. Concejala Da Monserrat Muro Martín. Declarada abierta la Sesión por la Presidencia, se pasó a la consideración del siguiente "ORDEN DEL DIA". 1

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Acta Junta de Gobierno Local ordinaria de fecha 14 de noviembre de 2019

Ayuntamiento de Talavera de la Reina

Oficialía Mayor

SESION ORDINARIA CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL, EN PRIMERA CONVOCATORIA. CON FECHA CATORCE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECINUEVE.

ASISTENTES:

ALCALDE-PRESIDENTE D. Agustina García Elez

TENIENTES DE ALCALDE: D. Luis Enrique Hidalgo Díaz Da Flora M.a Bellón Aguilera

CONCEJALES:D. Carlos Gil Sanz D. Sergio Juan Gutiérrez Hernando Da Nuria Sánchez Fernández D. Sergio de la Llave Muñoz Da Paloma Sánchez Garrido

INTERVENTOR:D. José Carlos Ameiro González

OFICIAL MAYOR EN FUNCIONES DE SECRETARIO GENERAL: D. José Antonio del Valle Casitas

En la Ciudad de Talavera de la Reina, siendo las ocho horas y treinta minutos del día catorce de noviembre de dos mil diecinueve, se reúnen en el Salón de Gestores de estas Casas Consistoriales los señores al margen relacionados, integrantes todos ellos de la Junta de Gobierno Local, al objeto de celebrar sesión ordinaria, en primera convocatoria, bajo la Presidencia de la Sra. Alcaldesa-Presidenta, para la que habían sido convocados previamente y con la antelación debida.

Se hace constar la inasistencia de la Sra. Concejala Da Monserrat Muro Martín.

Declarada abierta la Sesión por la Presidencia, se pasó a la consideración del siguiente "ORDEN DEL DIA".

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Acta Junta de Gobierno Local de fecha 14 de noviembre de 2019

Ayuntamiento de Talavera de la Reina

Oficialía Mayor

LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL en sesión ordinaria de fecha 14 DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECINUEVE adoptó los siguientes acuerdos:

N.° 529.- RESOLUCIÓN DE LA ALCALDIA PRESIDENCIA SOBRE CAMBIO DE HORA DE CELEBRACION DE JUNTA DE GOBIERNO LOCAL.- TOMA DE CONOCIMIENTO.

Se dio cuenta de la Resolución dictada por esta Alcaldía Presidencia con fecha 12 de noviembre de 2019 sobre cambio de hora de celebración de la Junta de Gobierno Local ordinaria pasando a celebrarse el dia 14 de Noviembre (jueves) a las 8.30 horas.

La Junta de Gobierno Local tomó conocimiento de la citada Resolución.

N.° 530.- BORRADOR ACTA SESION ANTERIOR.

La Junta de Gobierno Local aprueba por unanimidad el correspondiente a la sesión ordinaria celebrada con fecha 7 de noviembre de 2019.

N° 531. PERSONAL.- PERSONACIÓN EN PROCEDIMIENTO DESPIDO/CESES EN GENERAL 655/2019, QUE SE SIGUE EN EL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO TRES DE TALAVERA DE LA REINA.

Vista la Propuesta formulada por la Concejala Delegada de Régimen Interior de fecha 8 de noviembre de 2019, cuyo tenor literal es el siguiente:

"Vista la Cédula de Citación recibida en esta Administración, con fecha de registro de entrada 6 de noviembre de 2019, bajo número 35559, del Juzgado de lo Social Número Tres de Talavera de la Reina, correspondiente al Procedimiento Despido/Ceses en general 655/2019 que se sigue en ese Juzgado, comunicando interposición de demanda por parte de xxxxxxx contra este Ayuntamiento, citando a las partes, que "deben comparecer el día 14/01/2020, a las 11:20 horas, en CL Charcón, 33 — Sala 001, al acto de conciliación ante el Letrado de la Administración de Justicia y, en caso de no avenencia, el día 14/01/2020, a las 11:20 horas en Cl. Charcón, 33 —Sala 001, al acto de juicio".

Es por lo que se propone a la Junta de Gobierno Local la adopción del siguiente acuerdo:

Primero.- La personación en el Procedimiento Despido/Ceses en general 655/2019, que se sigue en el Juzgado de lo Social Número Tres de Talavera de la Reina.

Segundo.- Autorizar al Sr. Alcalde-Presidente para la designación del Letrado que actúe en nombre y representación de este Excmo. Ayuntamiento en el procedimiento anteriormente referenciado, dando traslado de la misma al Servicio- é' Contratación.

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Acta Junta de Gobierno Local de fecha 14 de noviembre de 2019

Ayuntamiento de Talavera de la Reina

Oficialía Mayor

Tercero.- La notificación de esta Resolución a cuantos aparezcan como interesados en el mismo."

La Junta de Gobierno Local acuerda, por unanimidad de sus miembros, aprobar la preinserta propuesta en sus propios términos.

NÚM. 532 - EXPEDIENTE 14/2019 CPE — CONTRATO DE SUMINISTRO, EN RÉGIMEN DE ALQUILER, DE UNA LICENCIA EN MODO SOFTWARE DE UNA PLATAFORMA DE LICITACIÓN ELECTRÓNICA.- CLASIFICACIÓN Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN

Se da cuenta del expediente tramitado para la adjudicación del contrato de suministro, en régimen de alquiler, de una licencia en modo software de una plataforma de licitación electrónica, según el siguiente detalle:

Núm. Lote

Denominación Presupuesto base de licitación € sin IVA

Propuesta económica

1

Suministro, en régimen de alquiler, de una licencia en modo software de una plataforma de lidtadón electrónica que incluirá mantenimiento, asistencia y soporte técnico, y los servidos de instalación, implantación, carga de datos y formación, para el Ayuntamiento de Talavera de la Reina, del Organismo Autónomo del Cultura, de IPETA y la Empresa municipal de Gestión de infraestructuras y Servidos Públicos Municipales del Ayuntamiento de Talavera de la Reina, S.A.

130.000,00E 35,00%

Vista el Acta de la Mesa de Contratación de fecha 6 de noviembre de 2019, en la que se concluye que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 150 de la Ley 9/2017, de 9 de noviembre, de Contratos del Sector Público y la Cláusula 32 del PCAP la Mesa procede a excluir la ofertas que no cumplen los requisitos del pliego, evaluar y clasificar las ofertas, así como a realizar propuesta a favor del candidato con mejor puntuación, dando lugar el siguiente resultado:

PRIMERO.- Proponer declarar admitidos los siguientes licitadores: PIXELWARE S.A.

SEGUNDO.- Evaluar las ofertas por lotes dando el siguiente resultado:

Suministro, en régimen de alquiler, de una licencia en modo software de una plataforma de licitación electrónica que incluirá mantenimiento, asistencia y soporte técnico, y los servicios de instalación, implantación, carga de datos y formación

Núm Licitador Oferta criterios no valorables en cifras o porcentajes

Oferta criterios valorables en cifras o porcentajes

Presupuesto en E

TOTAL

1 PIXELWARE S.A. 60,00% 35,00% 100.000,00E 95,00%

TERCERO.- Proponer la siguiente clasificación:

Suministro, en régimen de alquiler, de una kende en modo software de una plataforma de licitación electrónica que incluirá mantenimiento, asistencia y soporte técnico, y los servidos de instalación, implantación, carga de datos y formación

Núm Licitador Total

1 PIXELWARE S.A. 5,00%

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Acta Junta de Gobierno Local de fecha 14 de noviembre de 2019

Ayuntamiento de Talavera de la Reina

Oficialía Mayor

CUARTO.- Proponer la adjudicación a favor del candidato con mejor puntuación tal y como se especifica a continuación:

Denominación Licitador NIF Presupuesto € sin IVA

Importe 21% IVA

Presupuesto € con IVA

Suministro, en régimen de alquiler, de una licencia en modo software de una plataforma de licitación electrónica que incluirá mantenimiento, asistencia y soporte técnico, y los servicios de instaladón, implantación, carga de datos y formación, para el Ayuntamiento de Talavera de la Reina, del Organismo Autónomo del Cultura, de IPETA y la Empresa municipal de Gestión de Infraestructuras y Servicios Públicos Municipales del Ayuntamiento de Talavera de la Reina, S.A.

PIXELWARE S.A. A81142358 100.000,00E 21.000,00 E 121.000,00E

Oferta que se desglosa de la siguiente manera:

Concepto Precio anual E sin IVA

Importe E IVA Precio anual E con IVA

Precio total del contrato E sin IVA

Importe E IVA total del contrato

Precio total del contrato Econ IVA

Alquiler de la licencia

13.000,00 2.730,00 15.730,00 65.000,00 13.650,00 78.650,00

Concepto Precio sin IVA Importe IVA Precio con IVA

Servicio de implantación 25.000,00 5.250,00 30.250,00

A la vista de lo anterior, la Junta de Gobierno Local acuerda por unanimidad:

Primero.- Aceptar la propuesta presenta por la Mesa de Contratación y, en consecuencia,:

1°.- Declarar admitidos los siguientes licitadores: PIXELWARE S.A.

2°.- Evaluar las ofertas por lotes dando el siguiente resultado:

Suministro, en régimen de alquiler, de una licencia en modo software de una plataforma de licitación electrónica que incluirá mantenimiento, asistencia y soporte técnico, y los servicios de instalación, implantación, carga de datos y formación

Núm Licitador Oferta criterios no valorables en cifras o porcentajes

Oferta criterios valorables en cifras o porcentajes

Presupuesto en £

TOTAL

1 PIXELWARE S.A. 60,00% 35,00% 100.000,00E 95,00%

3°.- Clasificar las ofertas como se expone a continuación:

Suministro, en régimen de alquiler, de una licenda en modo software de una plataforma de licitación electrónica que incluirá mantenimiento, asistencia y soporte técnico, y los servidos de instalación, Implantación, carga de datos y formación

Núm Licitador Total

1 PIXELWARE S.A. 5,00%

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Acta Junta de Gobierno Local de fecha 14 de noviembre de 2019

Ayuntamiento de Talavera de la Reina

Oficialía Mayor

4°.- Proponer la adjudicación a favor del candidato con mejor puntuación tal y como se especifica a continuación:

Denominación Licitador NIE Presupuesto E sin IVA

Importe 21% IVA

Presupuesto € con IVA

Suministro, en régimen de alquiler, de una licencia en modo software de una plataforma de licitación electrónica que incluirá mantenimiento, asistencia y soporte técnico, y los servicios de instalación, implantación, carga de datos y formación, para el Ayuntamiento de Talavera de la Reina, del Organismo Autónomo del Cultura, de IPETA y la Empresa municipal de Gestión de Infraestructuras y Servidos Públicos Municipales del Ayuntamiento de Talavera de la Reina, S.A.

PIXELVVARE S.A. A81142358 100.000,00E 21.000,00 € 121.000,00€

Segundo.- Requerir a la citada empresa para constituir la garantía definitiva, por un importe de 5.000,00 € euros, así como presentar la documentación establecida en la Cláusula 33 del Pliego de Cláusulas Administrativas y en el Cuadro de Características del Contrato en el plazo de 10 días hábiles de conformidad con lo dispuesto en el artículo 150.2 de la LCSP y a contar de conformidad con lo dispuesto en la Disposición adicional decimoquinta de la LCSP

Todo ello con la advertencia que en el caso de la no presentación de dicha documentación, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose a exigirle el importe del 3% del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad, sin perjuicio de lo establecido en la letra a) del apartado 2 del artículo 71 de la LCSP, y se efectuará propuesta de adjudicación a favor del siguiente candidato en puntuación, otorgándole el plazo de 10 días hábiles para presentar la documentación que le sea requerida.

NÚM. 533 — EXPTE. 37/2019 CEP — CONTRATO DE SUMINISTRO DE VEHÍCULOS DESTINADOS A LA RECOGIDA DE RESIDUOS DOMÉSTICOS DEL MUNICIPIO DE TALAVERA DE LA REINA.- APROBACIÓN DEL EXPEDIENTE.

Con fecha 6 de noviembre de 2019 se formula por el Concejal de Medio Ambiente solicitud de tramitación del contrato de suministro de vehículos destinados a la recogida de residuos domésticos del municipio de Talavera de la Reina que se tiene previsto financiar por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), para lo que se acompaña Memoria justificativa motivando la necesidad de la contratación (artículos 28 y 116 de la LCSP), informe sobre la insuficiencia de medios propios para afrontar el servicio (artículo 30.3 de la LCSP), Decreto de 4 de octubre de 2019 // iniciando el expediente y aprobando la citada Memoria, informe sobre retención pié crédito emitido por la Intervención de Fondos Municipales y Pliego de Prescripdoh Técnicas Particulares.

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Acta Junta de Gobierno Local de fecha 14 de noviembre de 2019

Ayuntamiento de Talavera de la Reina

Oficialía Mayor

En el expediente administrativo consta el correspondiente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que regirá en la licitación, así como informe jurídico de la Secretaría General.

Considerando que estamos ante la tramitación de un expediente ordinario de un contrato que tiene carácter administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP), como contrato típico de suministro definido en el artículo 16 de la LCSP, que su adjudicación se pretende llevar a cabo a través del procedimiento abierto al que le es de aplicación lo dispuesto en los artículos 116 y 117 en cuanto a la preparación del expediente, y artículo 156 de la LCSP en cuanto al procedimiento de adjudicación.

La Junta de Gobierno Local, vistos los informes de la Secretaria General y la fiscalización de conformidad de la Intervención Municipal, acuerda por unanimidad:

Primero.- Aprobar el expediente de contratación para la adjudicación del contrato de suministro de vehículos destinados a la recogida de residuos domésticos del municipio de Talavera de la Reina que se tiene previsto financiar por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), aprobándose a estos efectos los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas Particulares, disponiendo la apertura del procedimiento de adjudicación por el procedimiento abierto.

Segundo.- Aprobar el gasto que conlleva la presente licitación, que asciende a la cantidad de 783.000,00 euros sin IVA, 21% de IVA que asciende a 164.430,00 euros, siendo el importe total 947.430,00 euros con IVA.

N.° 534 - LICENCIAS PARTICULARES DE OBRAS.-REHABILITACIÓN DE EDIFICIO PARA LA MEJORA DE LA ACCESIBILIDAD COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE CALLE DE LA SOLANA N.° 7

Vista la solicitud de la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS de Calle Solana 7, de licencia de obras de REHABILITACIÓN DE EDIFICIO PARA LA MEJORA DE LA ACCESIBILIDAD (Ref. catastral: 3753107UK4235S) de Talavera de la Reina.

Vistos asimismo los informes técnico y jurídico emitidos al efecto.

La Junta de Gobierno Local acordó por unanimidad:

Primero.- CONCEDER a la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS Calle Solana 7, representada por , licencia de obras DE REHABILITACIÓN DE EDIFICIO PARA LA MEJORA DE LA ACCESIBILIDAD (Ref. catastral: 3753107UK4235S), de Talavera de la Reina.

Segundo.- Notificar al interesado que, de conformidad con el artículo 167 del TRLOTAU, el plazo de inicio de las obras será de tres meses contados a partir de la recepción de la notificación de la concesión de la licencia; el plazo de suspensión no podrá ser superior a un mes, ni acumuladamente más de 20 por 100 del tiempo previsto para la ejecución de las mismas, previa petición al Ayuntamiento; y el plazo,d

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Acta Junta de Gobierno Local de fecha 14 de noviembre de 2019

Ayuntamiento de Talavera de la Reina

Oficialía Mayor

ejecución será TRES MESES contados a partir de la finalización del plazo de tres meses de inicio.

Tercero.- Dispone del plazo de UN MES DESDE LA FECHA DE OTORGAMIENTO de la presente licencia, para formular la AUTOLIQUIDACIÓN PROVISIONAL del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, debiendo dirigirse al efecto, a la OFICINA DE GESTIÓN TRIBUTARIA de esta Administración para su expedición informática; advirtiéndole asimismo que las autoliquidaciones que se presenten fuera de plazo, sufrirán los recargos establecidos en la Ley General Tributaria (art. 27, Ley 58/2003 de 17 de diciembre; Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, Artículo 5° Sección 1a, B.O.P. n° 296 de 28 de diciembre de 2006.

N.°.- 535.- LICENCIAS PARTICULARES DE OBRAS.- CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA UNIFAMILIAR EN C/JACINTO BENAVENTE N.° 9.- XXXXXXX

Vista la solicitud de XX:V.)00(X, de licencia de obras de CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA UNIFAMILIAR Y PISCINA en Calle Jacinto Benavente, 39, de Talavera de la Reina (Ref. Catastral: 5458905UK4255N).

Vistos asimismo los informes técnico y jurídico emitidos al efecto.

La Junta de Gobierno Local acordó por unanimidad:

. Conceder a XXXXXXX( , licencia de obras de CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA UNIFAMILIAR Y PISCINA en C/ Jacinto Benavente n.° 39, de Talavera de la Reina (Ref. Catastral: 5458905UK4255N).

. Plazos de inicio y de ejecución: Notificar al interesado que, de conformidad con el artículo 167 del TRLOTAU, el plazo de inicio de las obras será de tres meses contados a partir de la recepción de la notificación de la concesión de la licencia; el plazo de suspensión no podrá ser superior a un mes, ni acumuladamente más de 20 por 100 del tiempo previsto para la ejecución de las mismas, previa petición al Ayuntamiento; y el plazo de ejecución será de nueve meses contados a partir del inicio

. Pago del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras: dispone del plazo de UN MES DESDE LA FECHA DE OTORGAMIENTO de la presente licencia, para formular la AUTOLIQUIDACIÓN PROVISIONAL del impuesto referido, debiendo dirigirse al efecto, a la OFICINA DE GESTIÓN TRIBUTARIA de esta Administración para su expedición informática; advirtiéndole asimismo que las autoliquidaciones que se presenten fuera de plazo, sufrirán los recargos establecidos en la Ley General Tributaria (art. 27, Ley 58/2003 de 17 de diciembre; Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, Artículo 5° Sección 1°, B.O.P. n° 296 de 28 de diciembre de 2006.

. Sujeción a Licencia de Primera ocupación: De conformidad con la Disposición Adicional de la Ordenanza Municipal de Licencia de Primera Utilización y Ocupación de Edificios e Instalaciones en General, el titular de esta licencia está sujeto a la,/ obligación de solicitar Licencia de Primera Utilización y Ocupación por ,e1/

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Acta Junta de Gobierno Local de fecha 14 de noviembre de 2019

Ayuntamiento de Talavera de la Reina

Oficialía Mayor

procedimiento previsto en el artículo 3° de la mencionada Ordenanza ( BOP de Toledo n° 108, de fecha 11 de mayo de 2001), debiendo obligatoriamente adjunta con dicha solicitud, el Libro del Edificio.

N° 536 - LICENCIAS PARTICULARES DE OBRAS.- CONSTRUCCIÓN DE PISCINA EN C/ JOSÉ BARCENAS N.° 97-A.- XXXXXXXXX

Vista la solicitud de xxxxxxxxx, de licencia de obras de construcción de piscina en Calle Jose Bárcena 97-A (Ref. Catastra1:4964052UK4246S; actual 4964087UK4246S0001) de Talavera de la Reina..

Vistos asimismo los informes técnico y jurídico emitidos al efecto.

La Junta de Gobierno Local acordó por unanimidad:

Primero.- Conceder a xxxxxxxxxx, licencia de obras de construcción de piscina en vivienda un ifam iliar sita en Calle José Bárcena, 97- A (Ref. Catastral:4964052UK4246S; actual 4964087UK424680001) de Talavera de la Reina.

Segundo.- Notificar al interesado que, de conformidad con el artículo 167 del TRLOTAU, el plazo de inicio de las obras será de tres meses contados a partir de la recepción de la notificación de la concesión de la licencia; el plazo de suspensión no podrá ser superior a un mes, ni acumuladamente más de 20 por 100 del tiempo previsto para la ejecución de las mismas, previa petición al Ayuntamiento; y el plazo de ejecución será de cuatro semanas contados a partir del inicio .

Tercero: Dispone del plazo de UN MES DESDE LA FECHA DE OTORGAMIENTO de la presente licencia, para formular la AUTOLIQUIDACIÓN PROVISIONAL del impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, debiendo dirigirse al efecto, a la OFICINA DE GESTIÓN TRIBUTARIA de esta Administración para su expedición informática; advirtiéndole asimismo que las autoliquidaciones que se presenten fuera de plazo, sufrirán los recargos establecidos en la Ley General Tributaria (art. 27, Ley 58/2003 de 17 de diciembre; Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, Artículo 5° Sección l a, B.O.P. n° 296 de 28 de diciembre de 2006.

NÚM.- 537.-EXPTE. 7/17 PG.-PROYECTO DE BASES PARA LA FORMULACIÓN DE PROGRAMA DE ACTUACIÓN URBANIZADORA Y SELECCIÓN DE AGENTE URBANIZADOR PARA EL DESARROLLO DE LA UNIDAD DE ACTUACIÓN Al 16 RES DEL P.E.V.T. CREADO "EX NOVO" DEL PLAN DE ORDENACIÓN MUNICIPAL DE TALAVERA DE LA REINA.-APROBACIÓN,

Vista la Propuesta del Concejal Delegado de Planificación Urbana y Accesibilidad de fecha 11 de noviembre de 2019 para la aprobación, si procede, del Proyecto de Bases para la formulación de Programa de Actuación Urbanizadora y selección de agente urbanizador para el desarrollo de la Unidad de Actuación Al 16/2

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Acta Junta de Gobierno Local de fecha 14 de noviembre de 2019

Ayuntamiento de Talavera de la Reina

Oficialía Mayor

RES del P.E.V.T., creado "ex novo" del Plan de Ordenación Municipal de Talavera de la Reina.

Considerando que el artículo 86 del Reglamento de la Actividad de Ejecución aprobado por Decreto 29/2011, de 19 de abril (en adelante RAE) y que desarrolla el vigente Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio dey de la Actividad Urbanística de Castillas-La Mancha aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 18 de mayo (en adelante TRLOTAU/2010), establece la necesidad de aprobar unas bases para iniciar la tramitación, por gestión indirecta, de un Programa de Actuación Urbanística y selección del Agente Urbanizador, que de conformidad con el artículo 85 del RAE, podrán redactarse de oficio por el Ayuntamiento o a instancia de parte interesada que entre la documentación integrante de la alternativa técnica presentada podrá incluir una propuesta de Bases para la adjudicación del Programa.

Conforme establece el artículo 86.3 del RAE "Las Bases para la adjudicación del Programa de Actuación Urbanizadora se tramitarán y aprobarán bajo el procedimiento establecido par las ordenanzas municipales en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local...."

Considerando que, las Entidades Locales tienen atribuidas en cuanto Administraciones Públicas de carácter territorial, en el ejercicio de su derecho a la autonomía y en el ámbito de sus competencias, la potestad normativa, cuyo más claro exponente en la regulación de su actividad hacia el exterior e interior es la potestad de ordenanza y reglamentaria, artículos 137 y 140 de la Constitución y arts. 2 y 4 de la Ley de Bases de Régimen Local, y en relación al Urbanismo, siendo una función pública la gestión y el desarrollo del planeamiento, el Ayuntamiento propone las presentes Bases para la Formulación y adjudicación de un Programa de Actuación Urbanizadora.

Visto el informe jurídico de fecha 11.11.2019 que obra en el expediente.

La Junta de Gobierno Local acuerda por unanimidad:

PRIMERO.-La aprobación del Proyecto de Bases para la formulación de Programa de Actuación Urbanizadora y selección de agente urbanizador para el desarrollo de la Unidad de Actuación Al 16 RES del P.E.V.T., creado "ex novo" del Plan de Ordenación Municipal de Talavera de la Reina.

SEGUNDO.-Elevar al Pleno del Ayuntamiento, conforme al Artículo 99 ROP, para la aprobación inicial y, en su caso, la definitiva, de las Bases para la formulación de Programa de Actuación Urbanizadora y selección de agente urbanizador para el desarrollo de la Unidad de Actuación Al 16 RES del P.E.V.T., creado "ex novo" del Plan de Ordenación Municipal de Talavera de la Reina.., de conformidad con las competencias que le confiere el artículo 123.1.d) de la Ley 7/85 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

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Acta Junta de Gobierno Local de fecha 14 de noviembre de 2019

Ayuntamiento de Talavera de la Reina

Oficialía Mayor

NÚM.- 538.-EXPTE. 6/18 PG.-PROYECTO DE BASES PARA LA FORMULACIÓN DE PROGRAMA DE ACTUACIÓN URBANIZADORA Y SELECCIÓN DE AGENTE URBANIZADOR PARA EL DESARROLLO DEL POLÍGONO "CONSTRUCCIONES RESTY" NC-AT-1.02 PERI 6 DE LOS DEFINIDOS POR EL PLAN DE ORDENACIÓN MUNICIPAL DE TALAVERA DE LA REINA-APROBACIÓN.

Vista la Propuesta del Concejal Delegado de Planificación Urbana y Accesibilidad de fecha 11 de noviembre de 2019 para la aprobación, si procede, del Proyecto de Bases para la formulación de Programa de Actuación Urbanizadora y selección de agente urbanizador para el desarrollo del Polígono "Construcciones Resty" NC-AT-1.02 PERI 6 de los definidos por el Plan de Ordenación Municipal de Talavera de la Reina.

Considerando que el artículo 86 del Reglamento de la Actividad de Ejecución aprobado por Decreto 29/2011, de 19 de abril (en adelante RAE) y que desarrolla el vigente Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio dey de la Actividad Urbanística de Castillas-La Mancha aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 18 de mayo (en adelante TRLOTAU/2010), establece la necesidad de aprobar unas bases para iniciar la tramitación, por gestión indirecta, de un Programa de Actuación Urbanística y selección del Agente Urbanizador, que de conformidad con el artículo 85 del RAE, podrán redactarse de oficio por el Ayuntamiento o a instancia de parte interesada que entre la documentación integrante de la alternativa técnica presentada podrá incluir una propuesta de Bases para la adjudicación del Programa.

Conforme establece el artículo 86.3 del RAE "Las Bases para la adjudicación del Programa de Actuación Urbanizadora se tramitarán y aprobarán bajo el procedimiento establecido par las ordenanzas municipales en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local...."

Considerando que, las Entidades Locales tienen atribuidas en cuanto Administraciones Públicas de carácter territorial, en el ejercicio de su derecho a la autonomía y en el ámbito de sus competencias, la potestad normativa, cuyo más claro exponente en la regulación de su actividad hacia el exterior e interior es la potestad de ordenanza y reglamentaria, artículos 137 y 140 de la Constitución y arts. 2 y 4 de la Ley de Bases de Régimen Local, y en relación al Urbanismo, siendo una función pública la gestión y el desarrollo del planeamiento, el Ayuntamiento propone las presentes Bases para la Formulación y adjudicación de un Programa de Actuación Urbanizadora.

Visto el informe jurídico de fecha 11.11.2019 que obra en el expediente.

La Junta de Gobierno Local acuerda por unanimidad:

PRIMERO.-La aprobación del Proyecto de Bases para la formulación de Programa de Actuación Urbanizadora y selección de agente urbanizador para el desarrollo del Polígono "Construcciones Resty" NC-AT-1.02 PERI 6 de los definidos por el Plan de Ordenación Municipal de Talavera de la Reina.

SEGUNDO.-Elevar al Pleno del Ayuntamiento, conforme al Artículo 99 ROP, para la aprobación inicial y, en su caso, la definitiva, de las Bases para la formulación de Programa de Actuación Urbanizadora y selección de agente urbanizador para el desarrollo del Polígono "Construcciones Resty" NC-AT-1.02 PERI 6 de los definidos por el Plan de Ordenación Municipal de Talavera de la Reina.., de conformidad con las competencias que le confiere el artículo 123.1.d) de la Ley 7/85 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. /

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N° 539: CONTRATOS PRORROGADOS EXCEDIENDO PERIODO FIJADO COMO MAXIMO

Vista la propuesta del Concejal Delegado de Economía y Hacienda de fecha 5 de noviembre de 2019 y el informe del Interventor General de 29 de octubre de 2019 relativo a CONTRATOS PRORROGADOS EXCEDIENDO PERIODO FIJADO COMO MAXI MO.

La Junta de Gobierno Local acuerda por unanimidad: 1°) Las Unidades Gestoras afectadas deberán emitir informe sobre los siguientes extremos:

a) causas que han motivado que, después de aprobarse la prórroga y continuidad del contrato, no se haya iniciado y tramitado nuevo expediente de adjudicación,

b) Si la prestación contenida en el contrato, objeto de la orden de continuidad, se ha prestado a plena conformidad del Ayuntamiento.

2°) Se ha de Reconocer las actuaciones ejecutadas por el contratista, con las prestaciones realizadas, y las que en lo sucesivo, se produzcan, hasta la adjudicación del nuevo contrato, previa la conformidad del Servicio o Unidad Gestora. 3°) Requerir al Servicio o Unidad Gestora, responsables de la actuaciones a contratar, para que, conjuntamente con el Servicio de Contratación, procedan de inmediato al inicio y tramitación del nuevo expediente de adjudicación.

Vista la propuesta a que se hace referencia y demás actuaciones obrantes en el expediente, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de miembros, acordó aprobar la propuesta referida en sus propios términos.

N.° 540 .TOMA DE CONOCIMIENTO-RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO INTERPUESTO POR -JUZGADO DE CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO NUMERO 3 DE TOLEDO

Se da cuenta por la Concejalía de Hacienda y Contrataciones y Seguimiento de Concesiones de la interposición de recurso-administrativo interpuesto por XXXXXXXXXX en procedimiento abreviado 344/2019, juzgado de lo contencioso Administrativo n.° 3 de Toledo.

Dicho recurso se interpone contra la desestimación al recurso de reposición interpuesto contra la providencia de apremio, derivado de unas liquidaciones emitidas por este Ayuntamiento por el concepto de Impuesto de Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. Se acuerda la personación en dicho procedimiento y nombramiento de Letrado

La Junta de Gobierno tomó conocimiento

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N° 541.A).- ASUNTO DE TRAMITE URGENTE "SOLICITUD DE SUBVENCIÓN PEE DIRIGIDO A MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO Y MUJERES EN SITUACIÓN DE ESPECIAL VULNERABILIDAD EN EL AMBITO RUTAL".

Previa declaración de urgencia que fue acordada con el voto favorable de la mayoría absoluta legal de miembros que componen este Órgano Colegiado, tal como exige el artículo 51 del Texto Refundido de Régimen Local, de 18 de abril de 1.986, fue adoptado el siguiente acuerdo:

Se dio cuenta de la Propuesta de la Concejala Delegada de Promoción Económica Empresarial y Coordinación e Impulso de Programas de Desarrollo y Presidenta del O.A.L INICIATIVA PARA LA PROMOCIÓN ECONÓMICA DE TALAVERA, cuyo tenor literal es el siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:

I. Que con fecha 31 de octubre de 2019 se ha publicado en el Diario Oficial de Castilla La Mancha Decreto 259/2019, de 29 de octubre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para el desarrollo de un programa de inserción laboral en el marco del Pacto de Estado en materia de Violencia de Género, dirigido a mujeres víctimas de violencia de género y a mujeres en situación de especial vulnerabilidad en el ámbito rural, con la finalidad de avanzar en la construcción de una sociedad libre de violencia de género, facilitando el acceso normalizado a un puesto de trabajo y la reinserción laboral a mujeres que sufren violencia de género y/o discriminación múltiple por pertenencia a colectivos especialmente vulnerables, acelerando con ello su recuperación física, anímica, emocional y económica..

II. Que de acuerdo con el Artículo 4 de dicha norma "Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en este decreto: b) Para las ayudas previstas en la Línea 2: (Ayudas para la formalización de contratos temporales, no inferiores a 180 días de duración, con mujeres pertenecientes al colectivo indicado en el artículo 8.2.c), proporcionándoles una práctica profesional adecuada al nivel de estudios cursados o la experiencia previa adquirida. 1°. Las Entidades Locales de Castilla-La Mancha y las entidades vinculadas o dependientes de las mismas.

III. La cuantía de la subvención se establece en los siguientes importes: a) Para las líneas 1 y 2, por cada contrato temporal formalizado de, al menos, 180 días de duración, el importe de la subvención será de 6.500 euros. Cuando las contrataciones se realicen en municipios incluidos en el Anexo del Decreto 31/2017, de 25 de abril, por el que se establece el procedimiento de gobernanza de la Inversión Territorial Integrada (ITI) de Castilla-La Mancha para el período de programación 2014-2020, como es el caso de Talavera de la Reina, o con arreglo a la distribución municipal que, en su caso, se determine en posterior

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períodos de programación; así como en los territorios de los municipios considerados zonas prioritarias, reguladas en la Ley 5/2017, de 30 de noviembre, de Estímulo Económico de Zonas Prioritarias en Castilla-La Mancha, y que han sido establecidas en el Anexo del Decreto 52/2018, de 31 de julio, de delimitación geográfica de zonas prioritarias de Castilla-La Mancha, la cuantía se incrementará un 20%. (7.800€ por contrato).

IV. El importe de la subvención concedida por contrato de trabajo irá destinado a sufragar el coste laboral y no podrá ser superior, en ningún caso, al importe abonado por la entidad beneficiaria en dicho concepto. La entidad debe abonar a la persona contratada, al menos, el importe fijado como salario mínimo interprofesional.

V. Que para la implementación de estas Ayudas el Ayuntamiento de Talavera cuenta con el Organismo Autónomo Local INICIATIVA PARA LA PROMOCIÓN ECONÓMICA DE TALAVERA, dependiente del AYUNTAMIENTO DE TALAVERA DE LA REINA, en quien tiene delegadas las competencias municipales de Promoción Económica, Formación y Empleo. Resultando que: Se ha redactado 1 Proyecto al objeto de presentarlos para su aprobación mediante la presentación de la correspondiente solicitud de Subvención, para la contratación de un total de 9 trabajadoras, que habrán de contratarse para la ejecución del siguiente Proyecto:

1. "CONSTRUCCIÓN Y REPARACIÓN DE CASETAS MUNICIPALES DE MADERA PARA DESTINARLAS A FERIAS DE MUESTRAS Y EXPOSICIONES". (9 trabajadoras)

FUNDAMENTOS JURÍDICOS:

a) La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. b) El Real Decreto-ley 9/2018, de 3 de agosto, de medidas urgentes para el desarrollo del Pacto de Estado contra la violencia de género. c) La Ley 4/2018, de 8 de octubre, para una sociedad libre de violencia de género en Castilla-La Mancha. d) El texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre y su reglamento de desarrollo en materia de subvenciones, aprobado por Decreto 21/2008, de 5 de febrero. d) El texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre. e) El texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre y demás normativa aplicable a los procesos selectivos de contratación de personal al servicio de la Administración Local. f) La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, en su preceptos básicos.

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g) El texto refundido de la Ley de Empleo, aprobado por Real Decreto legislativo 3/2015, de 23 de octubre. h) Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla La Mancha i) Ley 7/2014, de 13 de noviembre, de Garantía de los Derechos de las Personas con Discapacidad en Castilla-La Mancha. j) El II Plan Estratégico para la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres de Castilla-La Mancha (2019-2024). k) La Ley 12/2010, de 18 de noviembre, de Igualdad entre Mujeres y Hombres de Castilla-La Mancha. 1) Ley 14/2020, de 16 de diciembre, de Servicios Sociales de Castilla-La Mancha.

En base, pues, a las consideraciones que anteceden, la Concejala Delegada de Promoción Económica Empresarial y Coordinación e Impulso de Programas de Desarrollo, a la Junta de Gobierno Local realiza la siguiente PROPUESTA de acuerdos a adoptar:

PRIMERO.-Aprobar El Proyecto de Intervención anteriormente relacionado en la forma en que viene propuesto.

SEGUNDO.- Aprobar la solicitud de la subvención para la contratación de los 9 trabajadoras necesarias para el desarrollo del Proyecto referenciado.

TERCERO.-Facultar al O.A.L IPETA, para que de acuerdo con la Delegación de competencias en materia de empleo efectuada por esta Junta con fecha 18 de Diciembre de 2014, y ratificada por el Pleno de la Corporación Municipal, realice todos los trámites relacionados con la solicitud y la tramitación de la subvención correspondiente y, posteriormente, gestione la correspondiente selección y contratación de trabajadores, así como la coordinación, con el Centro de la Mujer de Talavera de la Reina para el control de las trabajadoras contratados."

La Junta de Gobierno Local acuerda por unanimidad aprobar la preinserta propuesta en sus propios términos.

N° 541.13).-ASUNTO DE TRÁMITE URGENTE.- "SOLICITUD DE SUBVENCIÓN PEE DIRIGIDO A PERSONAS DESEMPLEADAS EN RIESGO DE EXCLUSIÓN SOCIAL".

Previa declaración de urgencia que fue acordada con el voto favorable de la mayoría absoluta legal de miembros que componen este Órgano Colegiado, tal como exige el artículo 51 del Texto Refundido de Régimen Local, de 18 de abril de 1.986, fue adoptado el siguiente acuerdo:

Doña PALOMA SANCHEZ GARRIDO, Concejala Delegada de Promoción Económica Empresarial y Coordinación e Impulso de Programas de Desarrollo, Presidenta del O.A.L IPETA, a la Junta de Gobierno Local eleva la siguiente

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:

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I. Que con fecha 30 de septiembre de 2019 se ha publicado en el Diario Oficial de Castilla La Mancha la Orden de 160/2019, de 23 de septiembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades locales y entidades sin ánimo de lucro para la contratación de personas desempleadas y en situación de exclusión social cofinanciada por el Fondo Social Europeo, con la finalidad de crear oportunidades de inserción en el mercado laboral, mediante la contratación temporal de personas desempleadas, para la ejecución de proyectos de interés general y social; así como actualizar o renovar sus competencias profesionales y prevenir las situaciones de exclusión social, mediante la posibilidad de realizar con ellas acciones de orientación laboral y/o de formación profesional para el empleo.

II. Que de acuerdo con el Artículo 3 de dicha Orden "Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en esta orden:.

• Las Entidades Locales de Castilla-La Mancha, las entidades vinculadas o dependientes de las mismas y las agrupaciones de municipios"

III. Que de acuerdo con el Artículo 8. Ambito de los proyectos." Los contratos subvencionados al amparo de la presente orden se formalizarán para la ejecución de proyectos de interés general o social relacionados con los siguientes ámbitos:

a) Energías renovables. b) Infraestructuras hidráulicas y de abastecimiento. c) Trabajos relacionados con el medioambiente: conservación y mantenimiento

del medio natural, gestión y tratamiento de residuos, etc. d) Urbanismo y vivienda e) Patrimonio histórico-artístico. f) Protección contra la contaminación acústica, lumínica y atmosférica. g) Infraestructuras viarias y de mantenimiento de viviendas sociales y de

instalaciones de servicios públicos. h) Atención a personas en situación de exclusión social. i) Información y promoción turística y cultural. j) Comedores escolares. k) Proyectos que faciliten el acogimiento de asilados y refugiados. I) Otros proyectos de especial relevancia para la entidad beneficiaria.

IV. Que de acuerdo con el Artículo 9 de la citada Orden "Los proyectos a realizar con cargo a este programa deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Que se trate de proyectos de interés general y social que sean competencia de las entidades beneficiarias o que se encuentren dentro de sus fines u objeto; si bien deberán estar diferenciados de aquéllos otros que desempeñe la entidad beneficiaria, que no son objeto de estas subvenciones, sin que puedan coincidir en su ejecución. Quedan expresamente excluidos aquellos proyectos que contemplen actuaciones por las que la entidad beneficiaria perciba

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contraprestación económica o que supongan reducción, sustitución o amortización de puestos de trabajo o puedan dejar sin efecto el orden establecido en bolsas de trabajo propias de la entidad.

b) Que sean ejecutados directamente por las entidades beneficiarias, quedando prohibida la subcontratación.

c) Que en su ejecución o prestación se favorezca la orientación laboral y la formación y práctica profesional de las personas desempleadas participantes, a fin de facilitar la actualización o adquisición de nuevas competencias.

d) Que, en caso de que los proyectos sean ejecutados en una zona o localidad con ciclos de empleo estacional, sean realizados preferentemente en periodos de bajo nivel de contratación

V. La Financiación de estos Proyectos se llevará a cabo de la siguiente manera:

• De acuerdo con el Artículo 12.1 de la Orden, "En el supuesto de las entidades locales de Castilla-La Mancha, las entidades vinculadas o dependientes de las mismas y las agrupaciones de municipios, la cuantía total de la subvención que podrán recibir, vendrá determinada por la aportación de una parte fija de la Administración Regional y otra parte de las correspondientes Diputaciones Provinciales, en los términos que se establecen en los correspondientes convenios de cooperación

• Cuando las contrataciones se realicen en municipios incluidos en el Anexo al Decreto 31/2017, de 25 de abril, por el que se establece el procedimiento de gobernanza de la Inversión Territorial Integrada (ITI) de Castilla-La Mancha para el período de programación 2014-2020 o con arreglo a la distribución municipal que, en su caso, se determine en posteriores períodos de programación; así como en los territorios de los municipios considerados zonas prioritarias, reguladas en la Ley 5/2017, de 30 de noviembre, de Estímulo Económico de Zonas Prioritarias en Castilla-La Mancha, Como es el caso de Talavera de la Reina, las entidades locales de Castilla-La Mancha, las entidades vinculadas o dependientes de las mismas y las agrupaciones de municipios, podrán recibir una subvención de:

a) Si el contrato temporal es de duración inferior a 180 días naturales, la cuantía de la subvención se graduará en función de la duración de la contratación, estableciéndose dicha cuantía en estas bases, en referencia a un mes de contratación (30 días) (42 E/día).

b) Con carácter excepcional y siempre que la entidad solicitante lo justifique adecuadamente, podrá subvencionarse con una duración máxima de 270 días naturales, hasta un 10% de los contratos concedidos a la entidad, para desempeñar tareas de orientación, formación o de coordinación o dirección de los proyectos, siempre que se trate de personas con algún tipo de cualificación o especialización, acreditada por la entidad. La cuantía de la subvención se graduará en función de la duración de la contratación.

VI. El importe de la subvención concedida por contrato de trabajo irá destinado a sufragar el coste laboral y no podrá ser superior, en ningún caso, al impojj-

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abonado por la entidad beneficiaria en dicho concepto. La entidad debe abonar a la persona contratada, al menos, el importe fijado como salario mínimo interprofesional.

VII. Que para la implementación de estas Ayudas el Ayuntamiento de Talavera cuenta con el Organismo Autónomo Local INICIATIVA PARA LA PROMOCIÓN ECONÓMICA DE TALAVERA, dependiente del AYUNTAMIENTO DE TALAVERA DE LA REINA, en quien tiene delegadas las competencias municipales de Promoción Económica, Formación y Empleo.

Resultando que:

Se han redactado 3 grandes Proyectos al objeto de presentarlos para su aprobación mediante la presentación de la correspondiente solicitud de Subvención, para la contratación de un total de 295 trabajadores, que habrán de contratarse para la ejecución de las de los siguientes 3 Proyectos:

1. "COORDINACIÓN Y APOYO A LA PUESTA EN MARCHA DEL PLAN DE EMPLEO DE TALAVERA DE LA REINA". ( 16 trabajadores)

2. "FORMACIÓN PARA EL EMPLEO PARA LOGRAR LA INSERCIÓN SOCIO-LABORAL DE PERSONAS DESEMPLEADAS Y EN SITUACIÓN DE EXCLUSIÓN SOCIAL". ( 137 trabajadores)

3. "ACCIONES PARA UNA TALAVERA CIUDAD SOSTENIBLE".(142 trabajadores)

FUNDAMENTOS JURÍDICOS:

a) El Reglamento (UE) n° 1303/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013 y por el Reglamento (UE) n° 1304/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre el Fondo Social Europeo. b) El texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre y su reglamento de desarrollo en materia de subvenciones, aprobado por Decreto 21/2008, de 5 de febrero. c) El texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre. d) El texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre y demás normativa aplicable a los procesos selectivos de contratación de personal al servicio de la Administración Local. e) La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, en sus preceptos básicos. f) El texto refundido de la Ley de Empleo, aprobado por Real Decreto legislativo 3/2015, de 23 de octubre. g) Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha. Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo.

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h) Ley 7/2014, de 13 de noviembre, de Garantía de los Derechos de las Personas con Discapacidad en Castilla-La Mancha. i) Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.

En base, pues, a las consideraciones que anteceden, la Concejala Delegada de Promoción Económica Empresarial y Coordinación e Impulso de Programas de Desarrollo, a la Junta de Gobierno Local realiza la siguiente PROPUESTA de acuerdos a adoptar:

PRIMERO.-Aprobar los Proyectos de Intervención anteriormente relacionados en la forma en que vienen propuestos.

SEGUNDO.- Aprobar la solicitud de la subvención para la contratación de los 295 trabajadores necesarios para el desarrollo de los 3Proyectos antes relacionados.

TERCERO.-Facultar al O.A.L IPETA, para que de acuerdo con la Delegación de competencias en materia de empleo efectuada por esta Junta con fecha 18 de Diciembre de 2014, y ratificada por el Pleno de la Corporación Municipal, realice todos los trámites relacionados con la solicitud y la tramitación de la subvención correspondiente y, posteriormente, gestione la correspondiente selección y contratación de trabajadores, así como la coordinación con los diferentes encargados de Servicios Municipales para el control de los trabajadores contratados."

La Junta de Gobierno Local acuerda por unanimidad aprobar la preinserta propuesta en sus propios términos.

Y no habiendo más asuntos de qué tratar, ni declarado de urgencia algún otro incidental, por la Presidencia se levantó la sesión siendo las ocho horas y cuarenta y cinco minutos extendiéndose el presente borrador de acta que firma la Sra. Alcaldesa , de lo que yo, como Oficial Mayor en funciones de Secretario, certifico. ,

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