sesion 2 curso basico de terminologia juridica en medios

13
Sesión 2.

Upload: tury-rock

Post on 14-Jul-2015

478 views

Category:

Education


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Sesion 2 curso basico de terminologia juridica en medios

Sesión 2.

Page 2: Sesion 2 curso basico de terminologia juridica en medios

Conceptos en procesos civiles.Conceptos en procesos civiles.(utilizados en los medios de comunicación)(utilizados en los medios de comunicación)

Alimentos:Alimentos: son los recursos necesarios para la vida son los recursos necesarios para la vida diarias, comida, vestido, educación y recreación, diarias, comida, vestido, educación y recreación, mismos deben ser proveídos por los padres.mismos deben ser proveídos por los padres.

Desistimiento:Desistimiento: forma de concluir un procedimiento sin forma de concluir un procedimiento sin resolver el fondo del asunto a solicitud del demandante.resolver el fondo del asunto a solicitud del demandante.

Juzgados Familiares, Civiles y Menores. Juzgados Familiares, Civiles y Menores. Pensión alimenticia: Pensión alimenticia: misma es determinada por un juez misma es determinada por un juez

dentro de un juicio a favor de los acreedores dentro de un juicio a favor de los acreedores alimentarios (esposa, hijos, padres).alimentarios (esposa, hijos, padres).

Embargo: Embargo: forma de garantizar el pago reclamado, con forma de garantizar el pago reclamado, con el secuestro de bienes ordenados por un juez dentro de el secuestro de bienes ordenados por un juez dentro de procedimiento.procedimiento.

Page 3: Sesion 2 curso basico de terminologia juridica en medios

Conceptos en procesos penales.Conceptos en procesos penales.(utilizados en los medios de comunicación)(utilizados en los medios de comunicación)

Estado Jurídico de un individuo.Estado Jurídico de un individuo.- Actor: Actor: Persona que demanda en un proceso.Persona que demanda en un proceso.- Demandante: Demandante: Quien demanda, pide, insta o solicita; el Quien demanda, pide, insta o solicita; el

que entabla una acción judicial; el que pide algo en que entabla una acción judicial; el que pide algo en juicio; quien asume la iniciativa procesal.juicio; quien asume la iniciativa procesal.

- Demandado: Demandado: Aquel contra el cual se pide algo mediante Aquel contra el cual se pide algo mediante juicio civil o contencioso administrativo.juicio civil o contencioso administrativo.

- - Indiciado: Indiciado: Es el que se encuentra proceso o dentro de u Es el que se encuentra proceso o dentro de u proceso judicial.proceso judicial.

- - Querellado: Querellado: Aquel en contra de quien se presenta la Aquel en contra de quien se presenta la querellaquerella

- - DenunciadoDenunciado: Aquel en contra de quien se presenta la : Aquel en contra de quien se presenta la querellaquerella

Page 4: Sesion 2 curso basico de terminologia juridica en medios

Conceptos en procesos penales.Conceptos en procesos penales.(utilizados en los medios de comunicación)(utilizados en los medios de comunicación)

- Procesado:Procesado: Persona frente a la cual es dictado auto de Persona frente a la cual es dictado auto de procedimiento por existir indicios racionales de que ha procedimiento por existir indicios racionales de que ha participado en la comisión de un delito.participado en la comisión de un delito.

- Enjuiciado: Enjuiciado: El que se encuentra procesado, dentro del El que se encuentra procesado, dentro del juicio.juicio.

- - Sentenciado: Sentenciado: Aquel al que se le dictado una resolución Aquel al que se le dictado una resolución absolutoria o condenatoria.absolutoria o condenatoria.

- Reo:Reo: persona acusada de un delito o declarada culpable. persona acusada de un delito o declarada culpable.- Detenido:Detenido: arrestado (por autoridad administrativa) arrestado (por autoridad administrativa)- ConsignadoConsignado: El que es remitido por AMP al Juez: El que es remitido por AMP al Juez- Aprehendido:Aprehendido: Detenido por cometer un ilícito, en flagrancia Detenido por cometer un ilícito, en flagrancia

o en orden de aprensión del juez.o en orden de aprensión del juez.- Arraigado:Arraigado: Detenido provisionalmente por una orden de un Detenido provisionalmente por una orden de un

Juez para integrar una averiguación y posterior Juez para integrar una averiguación y posterior consignación (quien dicta la orden, AMP o Juez?)consignación (quien dicta la orden, AMP o Juez?)

Page 5: Sesion 2 curso basico de terminologia juridica en medios

Conceptos en procesos penales.Conceptos en procesos penales.(utilizados en los medios de comunicación)(utilizados en los medios de comunicación)

Diferencia entre Denuncia y QuerellaDiferencia entre Denuncia y Querella

Denuncia:Denuncia: se presenta por hechos de los que se presenta por hechos de los que se puede desprender un delito sin precisar el se puede desprender un delito sin precisar el presunto actor.presunto actor.

Querella:Querella: Se presenta por hechos que se imputan a Se presenta por hechos que se imputan auna persona determinada.una persona determinada.

““Los menores no son delincuentes, son infractores”Los menores no son delincuentes, son infractores”

Page 6: Sesion 2 curso basico de terminologia juridica en medios

Conceptos en procesos penales.Conceptos en procesos penales.(utilizados en los medios de comunicación)(utilizados en los medios de comunicación) Auto: Auto:

a) Forma de resolución judicial, fundada, a) Forma de resolución judicial, fundada, que decide cuestiones secundarias, que decide cuestiones secundarias, previas, incidentales o de ejecución, previas, incidentales o de ejecución, para las que no se requiere sentencia. para las que no se requiere sentencia.

b) Conjunto de actuaciones o piezas de b) Conjunto de actuaciones o piezas de un procedimiento judicial.un procedimiento judicial.

Page 7: Sesion 2 curso basico de terminologia juridica en medios

Auto de Formal Prisión o de prisión Auto de Formal Prisión o de prisión preventiva:preventiva:

Cuando el juzgador decide procesar al Cuando el juzgador decide procesar al inculpado por estimar que el ministerio público inculpado por estimar que el ministerio público acreditó el cuerpo del delito y la probable acreditó el cuerpo del delito y la probable responsabilidad dictando “Auto de formal responsabilidad dictando “Auto de formal prisión” si merece pena privativa de la libertad prisión” si merece pena privativa de la libertad o (Auto de sujeción a proceso) si la pena no es o (Auto de sujeción a proceso) si la pena no es privativa de la libertad o es alternativa o fijando privativa de la libertad o es alternativa o fijando el objeto del proceso penal.el objeto del proceso penal.

Page 8: Sesion 2 curso basico de terminologia juridica en medios

Auto de Libertad:Auto de Libertad: Si se considera que no Si se considera que no han quedado acreditados el cuerpo del delito o han quedado acreditados el cuerpo del delito o la probable responsabilidad debe dictar una la probable responsabilidad debe dictar una resolución a la que se designa “Auto de resolución a la que se designa “Auto de libertad por falta de elementos para procesar o libertad por falta de elementos para procesar o por falta de méritos”, también el juzgador por falta de méritos”, también el juzgador puede dictar un “Auto de libertad absoluta” puede dictar un “Auto de libertad absoluta” cuando estime que ha quedado plenamente cuando estime que ha quedado plenamente demostrado algún elemento negativo del demostrado algún elemento negativo del delito.delito.

Page 9: Sesion 2 curso basico de terminologia juridica en medios

Auto de Libertad condicionada:Auto de Libertad condicionada: medida medida alternativa a una pena privativa de alternativa a una pena privativa de libertad, como la prisión o el arresto libertad, como la prisión o el arresto domiciliario. domiciliario.

Fianza Judicial: Fianza Judicial: La que tiene por objeto La que tiene por objeto garantizar responsabilidades dentro de garantizar responsabilidades dentro de un juicio. un juicio.

Page 10: Sesion 2 curso basico de terminologia juridica en medios

Conceptos en procesos penales.Conceptos en procesos penales.(utilizados en los medios de comunicación)(utilizados en los medios de comunicación)

Ordenes emitidas por autoridadesOrdenes emitidas por autoridades Orden de arraigo:Orden de arraigo: emitida por un juez para evitar que las emitida por un juez para evitar que las

personas puedan evadir la acción de la justicia en un personas puedan evadir la acción de la justicia en un procedimiento que se inicia en su contra.procedimiento que se inicia en su contra.

Orden de detención:Orden de detención: emitida por el AMP o por un juez para emitida por el AMP o por un juez para sujetar a proceso a una persona.sujetar a proceso a una persona.

Orden de presentación:Orden de presentación: emitida simplemente para cumplir el emitida simplemente para cumplir el llamado del AMP o el Juez.llamado del AMP o el Juez.

Orden de ejecución:Orden de ejecución: emitida para que se cumpla con una emitida para que se cumpla con una sentencia.sentencia.

Orden de comparecencia:Orden de comparecencia: emitida a las personas involucradas emitida a las personas involucradas en una averiguación previa o en un juicio.en una averiguación previa o en un juicio.

Orden de aprehensión:Orden de aprehensión: se dicta cuando un procesado es se dicta cuando un procesado es encintrado culpable y no se encuentra detenido.encintrado culpable y no se encuentra detenido.

Page 11: Sesion 2 curso basico de terminologia juridica en medios

Pruebas PenalesPruebas Penales..

La prueba penal: La prueba penal: dato verificado idóneo para dato verificado idóneo para acreditar la presunción de un delito, el objeto de la acreditar la presunción de un delito, el objeto de la prueba puede ser para acreditar un hecho o un derecho prueba puede ser para acreditar un hecho o un derecho dentro de un procedimiento.dentro de un procedimiento.

El procedimiento probatorio: El procedimiento probatorio: es una etapa del es una etapa del proceso para comprobar la verdad o falsedad, la certeza proceso para comprobar la verdad o falsedad, la certeza o la equivocación que son objeto de prueba, las o la equivocación que son objeto de prueba, las afirmaciones sobre los hechos objeto del proceso.afirmaciones sobre los hechos objeto del proceso.

““El que afirma esta obligado a probarlo”El que afirma esta obligado a probarlo”

““En México existe la presunción de la inocencia” En México existe la presunción de la inocencia”

Page 12: Sesion 2 curso basico de terminologia juridica en medios

CAREO. CAREO. Puede ser constitucional, probatorio y Puede ser constitucional, probatorio y supletorio (confrontar personalmente a los involucrados supletorio (confrontar personalmente a los involucrados en un proceso, es decir cara a cara)en un proceso, es decir cara a cara)

CAREO CONSTITUCIONAL. CAREO CONSTITUCIONAL. Más que un acto Más que un acto probatorio es un derecho concedido al inculpado para probatorio es un derecho concedido al inculpado para que el reo vea y conozca a las personas que declaren que el reo vea y conozca a las personas que declaren en su contra. Para que no se puedan formar en su contra. Para que no se puedan formar artificialmente testimonios en su prejuicio y para darle artificialmente testimonios en su prejuicio y para darle ocasión de hacerles las preguntas que estime ocasión de hacerles las preguntas que estime pertinentes a su defensa.pertinentes a su defensa.

CAREO PROBATORIOCAREO PROBATORIO. Es un medio, un método o una . Es un medio, un método o una guía que mediante la discusión de versiones guía que mediante la discusión de versiones contradictorias está encaminado a descubrir o afirmar la contradictorias está encaminado a descubrir o afirmar la versión correcta en la que el juez tiene a la vez la versión correcta en la que el juez tiene a la vez la posibilidad de convencerse del o de los datos posibilidad de convencerse del o de los datos declarados.declarados.

Page 13: Sesion 2 curso basico de terminologia juridica en medios

PERITAJE. PERITAJE. Consiste en el informe o Consiste en el informe o declaración de un experto en una rama del declaración de un experto en una rama del saber, en el que previa aplicación del método saber, en el que previa aplicación del método científico expresa su juicio, opinión o resultado científico expresa su juicio, opinión o resultado en torno a una cuestión específica, científica o en torno a una cuestión específica, científica o artística que se le ha planteado. (Peritos en artística que se le ha planteado. (Peritos en materia especifica)materia especifica)

RECONSTRUCCIÓN DE HECHOSRECONSTRUCCIÓN DE HECHOS. . Medio Medio probatorio, es la reproducción de la forma o probatorio, es la reproducción de la forma o modo y circunstancias en que ocurrió cierto modo y circunstancias en que ocurrió cierto hecho, en términos generales es la hecho, en términos generales es la reproducción o escenificación de una conducta reproducción o escenificación de una conducta que se afirma que así ha ocurridoque se afirma que así ha ocurrido..