sesiÓn ordinaria del ayuntamiento pleno del dia 31 …...importe de 18.000 € iva excluido. visto...

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1 SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 31 DE MARZO DE 2010 En el Salón de Plenos del edificio consistorial de la Plaza de San Marcelo, a treinta y uno de marzo de dos mil diez. Bajo la presidencia del Ilmo. Sr. Alcalde, D. Francisco Javier Fernández Álvarez y con asistencia de los Sres. y Sras., Chamorro Rodríguez (D. Javier), García del Blanco (D. Iban), Cabezas Pérez (Dña. Gema), Rodríguez Picallo (Dña. Natalia), Gutiérrez González (D. Francisco Javier), Travesi Lobato (Dña. Susana), Fernández Cardo (D. Miguel Ángel), Pérez Lamo (D. Agustín Mariano) y Díaz Santiago (Dña. Catalina), miembros de la Junta de Gobierno Local, así como de los Concejales Sres. y Sras., Alonso Pérez (Dña. María José), Canuria Atienza (D. Vicente), Cayón Diéguez (D. Julio Nicolás), Díez Díaz (D. José Antonio), Fernández Pérez (Dña. Evelia), Franco Villadangos (D. Fernando), González Rodríguez (Dña. María Teresa), Guada Sanz (Dña. Ana María), Gutiérrez Álvarez (Dña. Teresa Jesús), Míguélez Pariente (Dña. Mª. Aránzazu), Moro Menéndez (Dña. Mª. Mercedes), Nogal Villanueva (D. Luís), Pardo Fernández (D. Abel Eugenio), Pérez Cubero (D. Rafael), Rodríguez Díaz (Dña. María), Salguero García (D. Fernando) y Santos Santos (Dña. Tomasa) y de la Sra. Vicesecretaria General Dña. Marta M. Fuertes Rodríguez, en funciones de Secretaria, se reunió, en sesión ordinaria, el Pleno de este Excmo. Ayuntamiento. Asiste también la Sra. Viceinterventora Dña. Mª Luisa de la Fuente Rodríguez y el Sr. Oficial Mayor, D. José Manuel Martínez Fernández. Antes del inicio de la sesión se guardó un minuto de silencio con motivo de los fallecimientos de mujeres que han tenido lugar últimamente como consecuencia de la violencia de género. La Presidencia declaró abierta y pública la sesión a las diez horas y treinta minutos. 1.- APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.- Leída el acta de la sesión ordinaria del día 5 de marzo de 2010, por unanimidad se acordó su aprobación. 2.- RATIFICACION DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- Por la Secretaria se dio lectura del Decreto de 18 de marzo de 2010 que a continuación se transcribe: “En León a 18 de marzo de 2010

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SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO

DEL DIA 31 DE MARZO DE 2010

En el Salón de Plenos del edificio consistorial de la Plaza de San Marcelo, a treinta y uno de marzo de dos mil diez. Bajo la presidencia del Ilmo. Sr. Alcalde, D. Francisco Javier Fernández Álvarez y con asistencia de los Sres. y Sras., Chamorro Rodríguez (D. Javier), García del Blanco (D. Iban), Cabezas Pérez (Dña. Gema), Rodríguez Picallo (Dña. Natalia), Gutiérrez González (D. Francisco Javier), Travesi Lobato (Dña. Susana), Fernández Cardo (D. Miguel Ángel), Pérez Lamo (D. Agustín Mariano) y Díaz Santiago (Dña. Catalina), miembros de la Junta de Gobierno Local, así como de los Concejales Sres. y Sras., Alonso Pérez (Dña. María José), Canuria Atienza (D. Vicente), Cayón Diéguez (D. Julio Nicolás), Díez Díaz (D. José Antonio), Fernández Pérez (Dña. Evelia), Franco Villadangos (D. Fernando), González Rodríguez (Dña. María Teresa), Guada Sanz (Dña. Ana María), Gutiérrez Álvarez (Dña. Teresa Jesús), Míguélez Pariente (Dña. Mª. Aránzazu), Moro Menéndez (Dña. Mª. Mercedes), Nogal Villanueva (D. Luís), Pardo Fernández (D. Abel Eugenio), Pérez Cubero (D. Rafael), Rodríguez Díaz (Dña. María), Salguero García (D. Fernando) y Santos Santos (Dña. Tomasa) y de la Sra. Vicesecretaria General Dña. Marta M. Fuertes Rodríguez, en funciones de Secretaria, se reunió, en sesión ordinaria, el Pleno de este Excmo. Ayuntamiento. Asiste también la Sra. Viceinterventora Dña. Mª Luisa de la Fuente Rodríguez y el Sr. Oficial Mayor, D. José Manuel Martínez Fernández. Antes del inicio de la sesión se guardó un minuto de silencio con motivo de los fallecimientos de mujeres que han tenido lugar últimamente como consecuencia de la violencia de género. La Presidencia declaró abierta y pública la sesión a las diez horas y treinta minutos. 1.- APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.- Leída el acta de la sesión ordinaria del día 5 de marzo de 2010, por unanimidad se acordó su aprobación.

2.- RATIFICACION DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- Por la Secretaria se dio lectura del Decreto de 18 de marzo de 2010 que a continuación se transcribe:

“En León a 18 de marzo de 2010

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Vista la Sentencia 437/2010 del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y

León, Sala de lo Contencioso Administrativo, recaída en el procedimiento ordinario 00578/2008 seguido frente al Excmo. Ayuntamiento de León por parte de la Cámara de la Propiedad Urbana de León y Provincia.

Visto que es necesario preparar el recurso de casación ordinario con

carácter urgente por los plazos marcados por la normativa aplicable, y la imposibilidad de ampliar los medios personales y materiales con que cuenta el Ayuntamiento para cubrir las necesidades que se trata de satisfacer con el presente contrato.

Por la acreditada experiencia del Gabinete J&A GARRIGUES SLP, con CIF

B81709081, quien ha presentado oferta por la realización de los trabajos por importe de 18.000 € IVA excluido.

Visto que el artículo 21.1.k) de la Ley 7/85 de 2 de abril atribuye la

competencia al alcalde para el ejercicio de las acciones judiciales y administrativas y la defensa del Ayuntamiento, en caso de urgencia, en materia de la competencia del Pleno, dando cuenta al mismo en la primera sesión que se celebre para su ratificación.

Considerando que conforme al art. 21.1.f) de la Ley 7/85, de 2 de abril, de

Bases de Régimen Local, en relación con los arts.166.2 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y 55 del RD 500/1.990, de 20 de abril, así como las Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal, la autorización, disposición y reconocimiento de la obligación corresponde al Presidente de la Corporación, si bien estas atribuciones han sido delegadas en la Junta de Gobierno Local mediante Decreto de 20 de julio de 2009 .

En virtud de lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 30/92 de 26 de

noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, relativo a la avocación de la competencia previamente delegada, esta Alcaldía-Presidencia RESUELVE:

PRIMERO.- Avocar la competencia para la aprobación del presente

expediente, por razones de urgencia acreditada en los plazos reducidos para la presentación de este recurso, teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 21.1 k) de la LRBRL, modificada por la Ley 57/2003 de 26 de diciembre.

SEGUNDO.- Contratar los trabajos de “análisis técnico-jurídico de la

Sentencia 437/2010 del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sala de lo Contencioso Administrativo recaída en el procedimiento ordinario 00578/2008 seguido frente al Ayuntamiento de león por parte de la Cámara de la Propiedad Urbana de León y Provincia. Estudio de la posibilidad de formular recurso de casación ordinario, en su caso, preparación y presentación del correspondiente anuncio de recurso, cuyo plazo finaliza el próximo lunes 22 de marzo.

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TERCERO.- Autorizar y disponer gasto a favor de la empresa J&A GARRIGUES SLP, con CIF B81709081 y domicilio en C/ Hermosilla 3, 28001, Madrid, y en su nombre y representación D. Fernando Herrero González con DNI 9771183R para la ejecución del presente contrato por importe de 18.000 € IVA excluido.

Así lo acuerda, manda y firma el Alcalde-Presidente, ante mí, la Secretaria

General, que doy fe.”

Con la venia de la Presidencia toma la palabra el Concejal del Grupo Municipal del Partido Popular, D. Luís Nogal Villanueva, que dice lo siguiente:

Este Decreto de la Alcaldía, más que un Decreto, la verdad sea dicha, nos

parece un despropósito o mejor dicho un conjunto de despropósitos y desprecios y me explico. Desprecio total y absoluto a los profesionales de la casa, en este caso a los servicios jurídicos. Desprecio al trabajo de los profesionales de la casa que sabiendo que este expediente no se ajustaba a la legalidad, ya que había varias sentencias que así lo dictaban, se esforzaron y trabajaron lo indecible para intentar revivir un muerto. Desprecio a los leoneses que presentamos el recurso y que pese a tener una sentencia favorable no hemos visto cumplidos nuestros derechos. Desprecio al resto de los leoneses que pese a no haber presentado el recurso confiaron en la palabra del Alcalde cuando manifestó que si hubiera una sentencia contraria pagaría no sólo a los que hubieran presentado recurso sino a todos los contribuyentes. Desprecio a la legalidad al no asumir una sentencia de un Tribunal Superior de Justicia. Desprecio a asumir la realidad, ya que al no cumplir la sentencia deja el recado, en término vulgar, al futuro equipo que gobierne la ciudad después del año 2011. Desprecio a los profesionales y despachos de Abogados de León a los que no se tienen en consideración a la hora de reexternalizar este recurso. Desprecio a los leoneses y leonesas al cargar a costa de sus bolsillos los gastos que conlleva la presentación de este recurso, o sea los 18.000 € que acabamos de hablar. Y por último, desprecio a la opinión pública al no querer asumir sus propios errores y asumir de una forma personal el coste de este recurso de 18.000 €. Por dicho motivo vamos a votar en contra de este Decreto.

A continuación interviene el Concejal Delegado de Economía y Hacienda, D. Miguel Ángel Fernández Cardo, del Grupo Municipal Socialista, que se expresa como sigue:

A pesar de que el Partido Popular parece no querer enterarse la obligación

de esta Corporación es defender del mejor modo posible los derechos de la ciudad, precisamente para poder mejorarla y poder invertir más en su futuro. Bien es cierto que, en este caso no se desprecia a nadie, en este caso lo único que se hace es apoyar de un modo especial a lo que supone un trabajo especial y extraordinario como es este Recurso de Casación.

Se explica muy bien en la documentación que Vd. “desprecia tanto” diciendo

que ante la imposibilidad de aumentar en estos momentos la dotación personal de Asesoría Jurídica es necesario incrementar esos recursos mediante contratos externos, no hay mayor complicación.

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Pero le decía que lo importante es representar lo mejor posible los intereses

de esta ciudad. Si el Ayuntamiento de León no presentase el Recurso de Casación, que es lo que Vds. querían, la Diputación Provincial podría decir que el Ayuntamiento de León no defendió bien los intereses de esta ciudad y, por tanto, podría excusarse en eso para evitar su responsabilidad. Por tanto, esta Corporación no ha tenido más remedio que hacer dos cosas: Una, cumplir el Boletín Oficial de 31 de diciembre de 2007 publicado por la Diputación Provincial. Y, dos, hacer todo lo posible para ganar ese recurso, para así, en caso de que hipotéticamente se pudiera dar una sentencia contradictoria hacer que el estropicio lo pague quien lo hizo, que fue la Diputación Provincial con su no publicación efectiva del Boletín el día 31 de diciembre de 2007.

Comprendo que tengan que venir aquí a decir lo que les dictan desde la

Diputación pero no olviden que sus obligaciones no son como Diputados Provinciales sino como Concejales de este Ayuntamiento. Luego oponerse a la mejor defensa de los derechos de este Ayuntamiento no parece que sea coherente con lo que es el mandato que los ciudadanos, sin duda, a Vds. también les ha hecho.

Seguidamente toma la palabra el Concejal del Grupo Municipal del Partido Popular, D. Luís Nogal Villanueva, que se expresa en los términos siguientes:

Ocurre lo que siempre está haciendo, Sr. Cardo, que es intentar mezclar los

intereses de la ciudad con los intereses del equipo de gobierno de este Ayuntamiento. A nosotros nadie nos tiene que decir lo que tenemos que hacer ni de la Diputación ni de ningún sitio, somos lo suficientemente capaces para saber y poder entender, no entender, leer, y que no interpretar, la sentencia del Tribunal Superior de Justicia con respecto a la resolución del IBI. Digo leer porque es muy sencillo, hay que leer el fallo de la denuncia y en el fallo lo dice todo, no intente buscar entre líneas porque entre líneas se puede buscar cualquier cosa. De todas formas sabe que el recurso como acaba de decir Vd. ahora mismo hipotéticamente, o sea que ni Vd. mismo confía que ese recurso salga adelante porque sabe que hay muchas sentencias de muchos tribunales en ese sentido, y las sentencias son claras, claras, le puedo decir, si quiere, hasta varias ciudades que tengo las sentencias, que si quiere me ofrezco a dejárselas. Llámese con el tema de Salamanca, con el tema de Burgos, y demás. Se están intentando agarrar a un clavo ardiendo y el problema no es que les sujete ese clavo sino que se van a quemar y están ya quemados de tanto agarrarse a ese clavo.

Por lo tanto le digo no mezcle los intereses de la ciudad con los intereses

suyos particulares y nosotros al ser ciudadanos de León, leoneses, defendemos no solamente los intereses de la ciudad de León sino de todos los leoneses, de los que viven en la ciudad de León y los ciudadanos que viven en la ciudad de León tienen el derecho, porque la sentencia así se lo dice, de que se les devuelva el dinero que se les ha cobrado de más por el tema del IBI. Por lo tanto asuman Vds. el coste de este despropósito que van a hacer que es el recurso, asúmanlo Vds. el coste y paguen a los ciudadanos que es lo que tienen que hacer.

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Toma la palabra el Concejal Delegado de Economía y Hacienda, D.

Miguel Ángel Fernández Cardo, del Grupo Municipal Socialista, que dice lo siguiente:

Claro hipotéticamente, yo no sé cuál es su formación pero cualquiera que

haya tratado con Juzgados y Tribunales sabe que siempre cabe la posibilidad de recurrir, siempre. Evidentemente desde el principio he defendido que aún la mala actuación de la Diputación no puede poner en tela de juicio la fecha de un Boletín Oficial, por eso seguimos defendiendo esa postura.

No obstante no se preocupe porque el primer interés de los ciudadanos es

que en 2007 este Ayuntamiento no quebrase ni en 2008 ni en 2009. A pesar de todas las maniobras de obstrucción, que no de oposición, sino de obstrucción que Vds. han protagonizado.

Esa subida del IBI ha permitido que sigamos prestando los servicios en esta

ciudad, afortunadamente. Ese es el primer interés de los ciudadanos y ese, evidentemente, no ha sido sus intereses dado que han buscado de manera torticera obstruir absolutamente la actuación de este Ayuntamiento.

Pero bueno, esa es su responsabilidad, la nuestra es que siga funcionando

la ciudad, la nuestra es defender los intereses de los ciudadanos y vuelvo a repetirlo, en el hipotético caso de que al final el Tribunal Supremo diga que la publicación realizada por la Diputación Provincial no fue válida no se preocupe que los ciudadanos leoneses verán reintegrado su patrimonio a través de la Diputación Provincial, que es a quien Vd. parece que quiere defender.

Finaliza el Ilmo. Sr. Alcalde, D. Francisco Fernández Álvarez, que se

expresa en los siguientes términos: Yo quisiera aclarar aquí algunas cosas. Mire, Sr. Nogal, cuando Vd. habla de

desprecio a los profesionales de esta casa no habrá Vd. podido encontrar ni encontrará nunca por parte de este equipo de gobierno descalificativos a los profesionales de esta casa. Yo si miro y si quiere lo miramos conjuntamente podemos encontrar muchos suyos, para empezar y de algún miembro del equipo más. Mire, quizás no creo que se estén reponiendo de las acusaciones que Vds. han hecho, lo digo porque no está aquí hoy el Interventor ni tampoco la Secretaria, pero son dos de las personas, es decir de los profesionales de esta casa, que han tenido que aguantar hasta llamarles antidemocráticos. Entonces, como siempre una vez más su manera de juzgar hoy es un desprecio a los profesionales pero cuando a Vds. no les dan la razón no les digo nada.

Y mire nosotros no es un desprecio, lo que entendemos es que en esta casa

hay buenos profesionales pero como todo en la vida en un momento dado se necesita gente especializada y los profesionales de esta casa son buenos profesionales pero tampoco en este caso son especialistas en el tema que nosotros

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queremos que se ocupe. Y mire es otra forma también de su discurso. Vds. tiene derecho a hacer recurso, porque les ampara la legalidad; nosotros no tenemos derecho a hacer un recurso aunque nos ampare la legalidad, es decir, llámenlo ustedes cómo ven las cosas, es decir, ustedes si tienen derechos porque para eso son ciudadanos españoles y del Partido Popular, pero nosotros, que no sabemos si somos leoneses, ni tan poco sabemos si somos españoles, y además lo que si sabemos claramente es que no somos del Partido Popular, pues miren ustedes, no tenemos derecho a hacer un recurso que nos ampare la legalidad; esa es la forma de hacer ustedes, esa es la visión que tienen .Y mire, a nosotros nos ampara la legalidad, y sino demuestren ustedes lo contrario de que esto no es así, de que no tenemos derecho a hacer este recurso de casación. El derecho lo tenemos, lo que no hacemos es como usted, nosotros no sabemos si lo aceptaran o no, en eso tiene razón, usted ya sabía la Sentencia antes de que se hiciera pública, eso nosotros no lo sabemos, entonces lo veremos. Que nos dan la razón, pues mire nos la dan. Que no nos la dan, pues también cumpliremos de acuerdo la Sentencia que se produzca, y nada más Sr. Nogal.

El Pleno Municipal acuerda por dieciséis votos a favor de los

Concejales de los Grupos Socialista y Unión del Pueblo Leonés y once votos en contra de los Concejales del Grupo Popular, la ratificación del Decreto de 18 de marzo de 2010.

3.- PROPUESTAS DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA SOBRE

NOMBRAMIENTO DE REPRESENTANTES EN ÓRGANOS COLEGIADOS.- Se da cuenta de las propuestas formuladas por la Portavoz del Grupo Municipal Socialista, Dª Natalia Rodríguez Picallo, presentadas los días 24 y 26 de marzo de 2010, que a continuación se transcriben:

“Natalia Rodríguez Picallo, como Portavoz del Grupo Político del PSOE,

propone el cambio de titularidad en el próximo Pleno, de los Concejales Don Agustín Mariano Pérez Lamo y Doña María Rodríguez Díaz, titulares de la Junta de Explotación del Esla-Valderaduey y de la Comisión de Embalses de la Cuenca del Duero (Sección Órbigo), por las Concejalas Doña Natalia Rodríguez Picallo y Doña Catalina Díaz Santiago.”

“Natalia Rodríguez Picallo, como Portavoz del Grupo Político del PSOE,

propone el cambio de titularidad en el próximo Pleno, de los Concejales Don Agustín Mariano Pérez Lamo, titular, y Doña María Rodríguez Díaz, suplente de la Junta de Explotación del Órbigo por las Concejalas Doña Catalina Díaz Santiago, como titular; y como suplente la Concejala Doña Natalia Rodríguez Picallo.

En la Comisión de Planificación Hidrológica de la Cuenca del Duero, como

titular se designa a Doña Natalia Rodríguez Picallo en sustitución de Don Agustín Mariano Pérez Lamo.”

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““Natalia Rodríguez Picallo, como Portavoz del Grupo Político del PSOE,

propone el cambio de titularidad en el próximo Pleno, del Consejo Escolar del Centro de Adultos Faustina Álvarez a Doña Catalina Díaz Santiago, en sustitución de Doña Teresa Gutiérrez Álvarez.

Asimismo, se designa como representante de este Ayuntamiento en el

consejo Escolar del Colegio de Educación Especial Concertado “La Luz” (ASPACE-León) a Doña Teresa Gutiérrez Álvarez.”

Abierto el turno de intervenciones y no produciéndose ninguna seguidamente por el Pleno Municipal se procede a votar las propuestas formuladas por la Portavoz del Grupo Municipal Socialista, que son aprobadas por unanimidad de todos los miembros.

4.- INFORME-MEMORIA DE LA COMISIÓN ESPECIAL DE

SUGERENCIAS Y RECLAMACIONES 2009.- Se da cuenta del informe-memoria de la actividad realizada por la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones durante el año 2009, aprobado por la propia Comisión en sesión ordinaria celebrada el día 26 de Febrero de 2009, por mayoría de votos (6 votos a favor PSOE: 5 y UPL: 1, y con la reserva de voto de PP: 4), de conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento de de dicha Comisión, y que es del tenor literal siguiente:

“La Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones, se constituye como un órgano de supervisión de la actividad municipal, entre cuyas funciones destaca, defender los derechos vecinales, tal y como refleja la Exposición de Motivos, y la de detectar las deficiencias que presente la Administración Municipal para su posterior subsanación, así como impulsar los derechos de participación de las vecinas y vecinos de León en relación con la búsqueda de la eficacia en la gestión de los recursos públicos, tal y como establece su Reglamento regulador, aprobado por el Pleno del Excmo. Ayuntamiento de León el día 30 de Enero de 2007 y publicado en el BOP el 31 de Mayo del mismo año.

En el artículo 28 de dicho Reglamento, establece, que la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones elevará un informe anual al Pleno de la Corporación en el que dará cuenta del número y tipología de las sugerencias, reclamaciones y quejas dirigidas a la Administración Municipal, así como de las deficiencias observadas en el funcionamiento de los servicios municipales, con exposición de las sugerencias y reclamaciones no admitidas. Podrá igualmente evaluar el grado de cumplimiento de los compromisos asumidos por la Corporación, así como formular recomendaciones generales para la mejora de los servicios públicos y la atención ciudadana.

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Es necesario recordar, que la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones, inicia su actividad, el día 19 de Diciembre de 2007, con la sesión constitutiva, pero es ya en el año 2008, cuando de forma ordinaria celebra sus sesiones estudiando en ellas las reclamaciones y sugerencias que se admiten a trámite, así como analizando los informes que se derivan por las Concejalías competentes en cada caso. Durante el año 2009, la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones, se ha reunido en 6 ocasiones en las fechas que a continuación se citan:

• 22 de enero de 2009 • 17 de marzo de 2009 • 9 de julio de 2009 • 22 de septiembre de 2009 • 20 de noviembre de 2009 • 28 de diciembre de 2009

Durante el ejercicio 2008, se celebraron 6 sesiones igualmente, utilizándose las 2 primeras en su mayor parte, para adoptar acuerdos en relación con el funcionamiento ordinario de la Comisión, y admitiéndose 57 presentados directamente por los vecinos y las vecinas y 5 presentados por el Partido Popular. En las diferentes sesiones del año 2009, desde el primer momento, la Comisión ha tratado de estudiar un importante número de reclamaciones y sugerencias, admitiéndose 171 presentados directamente por los ciudadanos y 17 presentados por el Partido Popular, aumentando por tanto notablemente la actividad respecto al ejercicio anterior. El procedimiento utilizado al igual que en el año 2008 en la tramitación de los expedientes, es el siguiente:

• En la Concejalía de Participación Ciudadana, se reciben comunicaciones de los ciudadanos, a través de diferentes canales, así, a través del Registro General, el servicio de atención telefónica 010 y el correo electrónico.

• Posteriormente, desde la Concejalía de Participación Ciudadana, se da

traslado de estas comunicaciones, a las Concejalías competentes para que adopten las medidas oportunas, tendentes a solucionar la cuestión o para que valoren la conveniencia o no de aceptar la petición formulada, sin esperar a la celebración de la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones, agilizando así el procedimiento, y evitando retrasos innecesarios en la solución de incidencias.

• Con anterioridad a la celebración de la sesión, el Secretario de la Comisión,

valora cuales son las comunicaciones que tienen entidad para ser objeto de

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estudio en la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones, distinguiendo las que tienen una especial trascendencia de aquellas otras que hacen referencia a simples incidencias, y no incluyendo aquellas comunicaciones en las que no consta el domicilio de la persona , ya que la apertura de un expediente, supone el inicio de un procedimiento administrativo, por lo que éste solamente debería iniciarse para cuestiones planteadas por personas perfectamente identificadas, y respecto de las que conste un domicilio a efectos de notificaciones, facilitándose no obstante, a los miembros de la Comisión, la posibilidad de consultar las comunicaciones que se hayan realizado por si estiman oportuno la inclusión de alguna más.

• La Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones, adopta el acuerdo

de admisión a trámite de los expedientes propuestos, así como la petición de informes a las Concejalías competentes en cada caso concreto.

• Así mismo, y una vez que los informes son evacuados por las Concejalías,

se presentan a la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones, para proceder en su caso al archivo de los expedientes, comunicando tanto el acuerdo de la admisión de los expedientes como del archivo de los mismos.

En algunas ocasiones, las Concejalías competentes en cada caso, explican la situación existente respecto de un expediente concreto, admitiéndose tal explicación como informe al mismo, por acuerdo de la Comisión. El número de expedientes admitidos durante el año 2009 es de 188, no obstante hay que tener en cuenta que la última sesión celebrada por la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones durante el año 2008, fue el día 28 de Octubre, por lo que durante el año 2009, se han tramitado las comunicaciones recibidas con posterioridad a dicha fecha, y hasta el 11 de Diciembre de 2009. Dentro de estos expedientes se incluyen también, las comunicaciones presentadas por el Partido Popular, en el que se recogen las peticiones que les son puestas de manifiesto por las Asociaciones Vecinales, recibiendo un tratamiento diferente al del resto de los expedientes, ya que son debatidos en las propias sesiones, solicitándose si procede la emisión de informes a las Concejalías. Realizando un estudio general de las comunicaciones realizadas, es posible determinar los problemas e inquietudes más importantes: Así uno de los asuntos que ha originado un mayor número de expedientes, son los problemas derivados de las nevadas producidas a finales de 2008 y comienzos de 2009, no sólo durante los días de las nevadas, si no con posterioridad a estas, ya que alguna de las reclamaciones, tiene por objeto poner de manifiesto la existencia de placas de hielo en días posteriores. Este asunto, fue objeto de debate en la sesión celebrada el día 17 de Marzo de 2009, donde Dª. Gema Cabezas Pérez, señala que el dispositivo se organiza desde el Servicio de Limpieza y colabora el Servicio de Obras, y que son situaciones extraordinarias que superan las previsiones, al igual que en otros

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lugares, indicando que el procedimiento de actuación fue el adecuado, y que incluso se incorporaron al trabajo, operarios que estaban de vacaciones, dándose preferencia a la limpieza de accesos a Colegios y Centros de Salud entre otros

Por su parte Dª Tomasa Santos Santos, Concejala del PP y Dª. Ángeles González Espadas, Presidenta de la Federación de Asociaciones de Vecinos, entienden que no hubo previsión ni continuidad en las labores de limpieza. Otra preocupación de la ciudadanía se sitúa en las elevada velocidad de los vehículos en diferentes puntos de la ciudad, solicitando y reclamando al mismo tiempo la adopción de medidas, mediante la intensificación de vigilancia, colocación de radares, pasos de peatones elevados… así podemos hacer referencia a zonas como la Avenida de Nocedo, C/Moisés de León, Paseo de La Granja….remitiendo en la mayor parte de las ocasiones los informes, al estudio de los mismos en el marco del Plan de Movilidad, y más recientemente ya, constatando la existencia de pasos elevados como con el informe emitido respecto del expediente 91/09, referido a la Avenida Peregrinos. De forma paralela, ha surgido un importante, número de reclamaciones en cuanto a la necesidad de pintado de los pasos de peatones, algo que no obstante, ha tenido respuesta por parte de los servicios municipales a la vista de los informes emitidos respecto de vías como la C/Medul o la zona del Colego de Quevedo. En materia de mantenimiento, al igual que en el ejercicio anterior ha habido un importante número de expedientes en relación con el estado de conservación de los parques y jardines de la ciudad, entre los que se pueden citar: C/alcalde Francisco Crespo, Avenida Antibióticos, Avenida San Mamés, Francisco Molleda, Parque Juan Morano, Parque Barrio de La Asunción….., y concentrándose en su mayor parte dichas reclamaciones, durante la primavera, y principios de verano Los informes emitidos, en unos casos indican que no se constatan problemas de mantenimiento, y en otros aceptan la existencia de algún déficit en cuanto a la prestación del servicio e indicando que se da traslado a la empresa adjudicataria del servicio de mantenimiento. Relacionado con el punto anterior, se encuentran las numerosas solicitudes de poda de árboles que se han tramitado, pudiendo destacar zonas como la Avenida Madrid, Barrio de El Ejido, C/Santo Toribio de Morgovejo, zona de Pabellón San Esteban, C/Gregorio Hernández……. Los informes referidos a esta categoría de expedientes, señalan, que no es posible realizar la poda en cualquier momento, así por ejemplo las tareas de poda de árboles de hoja caduca deberá realizarse durante los meses de noviembre a mayo, indicando en algunos de ellos, fechas concretas para la realización de las tareas dentro del plan de poda existentes: C/Maestro Uriarte mediados de marzo, C/Fraga Iribarne primera quincena del mes de abril, Avda. Carlos Pinilla primera semana del mes de Febrero, y en otros casos como en la Avenida Reino de León, que la poda ya ha sido realizada durante los días 16,17 y 18 de noviembre.

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Otra categoría importante de expedientes ha sido originada por la necesidad manifestada por los ciudadanos, de que la ciudad alcance mayores cotas de accesibilidad. Han sido abundantes las reclamaciones-sugerencias en las que se demandaban rebajes de bordillos, destacando en este punto el informe emitido desde el Servicio de Obras, en septiembre de 2009, en el que se señalan las calles y nº de pasos de peatones en los que se han realizado rebajes de aceras y bordillos. A modo de resumen, el informe señala que los rebajes se han realizado en 58 pasos de peatones de 34 calles de la ciudad. En relación con el área de Deportes, destacan los expedientes que reclamaban un acondicionamiento adecuado en las instalaciones deportivas de La Palomera, concretamente en el campo de fútbol, que ya ha sido efectuado. En materia de infraestructuras son frecuentes los expedientes en los que se pone de manifiesto la deficiente situación de mantenimiento de la vía pública, así Mariano Andrés, C/Bermudo II, Plaza San Francisco……….., así como recientemente, un incremento de las reclamaciones por una deficiente iluminación en zonas de la ciudad: Avenida Madrid a partir del número 34, C/Fotógrafo P. Gracia, Victoriano Cremer, C/Dámaso Merino……. En relación con el transporte, las reclamaciones-sugerencias incluyen en su mayor parte la solicitud de intensificación de alguna de las líneas, como por ejemplo las líneas del Hospital, indicando en sus informes la Concejalía de Transportes, que se procedió a reforzar la línea 1 a fin de incrementar la frecuencia de paso hacia el Complejo Hospitalario. A continuación se presentan datos estadísticos resultantes del estudio y análisis de los expedientes:

EXPEDIENTES ADMITIDOS

Presentados directamente por los ciudadanos/as

171

Presentados por el Partido

Popular

17

TIPOLOGÍA(Presentados por los ciudadanos)

Reclamaciones 139 Sugerencias 32

12

ÁREAS MUNICIPALES A LAS QUE SE DIRIGEN LOS EXPEDIENTES(En

algunos casos un mismo expediente se remite a diferentes Concejalías o Servicios)

Policía Local y Tráfico

40

Servicio de Parques y Jardines

51

Servicio de Limpieza

45

Infraestructuras

30

Urbanismo

2

Deportes

8

Transportes

13

Comercio

1

INFORMES EMITIDOS POR LOS DIFERENTES SERVICIOS

Policía Local y Tráfico

26

Servicio de Parques y Jardines

51

Urbanismo

6

Infraestructuras

6

Transportes

6

Deportes

7

Servicio de Limpieza

5

Comercio

1

TOTAL

108

13

El número total de expedientes que se archivan por la admisión de informes emitidos es de 94.

CLASIFICACIÓN POR RAZÓN DE GÉNERO DE LOS EXPEDIENTES ADMITIDOS DURANTE EL AÑO 2009

Nº EXPEDIENTES

Hombres

97

Mujeres 74

Por categoría RECLAMACIONES

SUGERENCIAS

Hombres

80 17

Mujeres

59 15

En función de la naturaleza del asunto principal de la Reclamación o Sugerencia: DEPORTE

S M. AMBIENTE

TRANSPORTES

OBRAS URBANISMO

POLICÍA LOCAL

TOTAL

Hombres

8 52 2 10 25 97

Mujeres

------- 44 10 9 11 74

El presente informe-memoria, se completa con las actas de las sesiones celebradas por la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones, durante el año 2009, que incluyen en forma de Anexos, los expedientes admitidos a trámite y los informes emitidos por las diferentes Concejalías.”

Con la venia de la Presidencia toma la palabra el Concejal Delegado

Participación Ciudadana, Plan Municipal de Drogas, Derechos Humanos y Diversidad, del Grupo Municipal del PSOE, D. Vicente Canuria Atienza, que dice lo siguiente:

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Un año más venimos a traer el informe Memoria de la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones del año 2009, tal y como el Reglamento de Participación Ciudadana obliga, en el aprobado por esta Corporación en la Legislatura 2003-2007.

El informe Memoria de esta Comisión se deduce de su contenido el aumento

de la atención realizada al ciudadano durante el ejercicio 2009, ampliando esa atención y resolución de los problemas y sugerencias que los propios ciudadanos nos han facilitado durante todo el año. Así, ha habido mucha participación por parte de los ciudadanos y 17 expedientes solicitados por el propio Partido Popular que con ello, lo que se ha hecho es traer a la Comisión algunas de las reivindicaciones vecinales ya directamente emitidas por los propios Presidentes de las Asociaciones pero en todo caso, al ser un órgano en el que se está dando participación a los vecinos a través de su representante, la Presidenta de la Federación de Asociaciones de Vecinos de la Ciudad de León, entendemos que es un paso más que este Ayuntamiento da para conseguir esa cercanía con los ciudadanos que es lo que pretende este Equipo de Gobierno día a día y cada vez más. En total, han ido informes emitidos por los diferentes servicios, 26 de policía local y trafico, 51 del servicio de parques y jardines, 6 de urbanismo, 6 de infraestructuras, transportes 6, deportes 7, servicio de limpieza 5, comercio 1 y en definitiva, también ha habido 97 expedientes solicitados por hombres, 74 por mujeres y el computo total de todo ello nos hace indicar que la Comisión de Sugerencias, Quejas y Reclamaciones en el año 2009 ha intensificado su trabajo, de atención al ciudadano y de cercanía a los vecinos.

Seguidamente toma la palabra la Concejala del Grupo Municipal del

Partido Popular, Dª Tomasa Santos Santos, que se expresa en los términos siguientes:

Hoy se trae a este Pleno el informe-memoria anual de la Comisión de

Sugerencias y Reclamaciones, cumpliendo el mandato que se establece en el Reglamento de la citada Comisión.

En primer lugar nos gustaría que esta Comisión tuviera mayor

preponderancia de la que se le da como método para canalizar las quejas y sugerencias de los vecinos. En este sentido se acordó una periodicidad mensual, y tanto este año, como en el año anterior, solo se ha reunido en 6 ocasiones, habiendo periodos de 4 meses que no se ha reunido, como así ha ocurrido de marzo a julio, por ello creemos que se sigue sin darle la importancia que merece esta Comisión. Por otra parte, en el artículo 28 del Reglamento se establece que en el informe debería constar una exposición de la reclamaciones y sugerencias no admitidas, las cuales no aparecen por ningún lado, como tan poco aparecen en el informe las recomendaciones a cerca de la mejora de los servicios públicos.

Mire, Sr. Canuria, nosotros en reiteradas ocasiones le hemos

manifestado que no estamos de acuerdo con el archivo de las quejas que no se han solucionado, instándole a un seguimiento de las mismas hasta su resolución, usted en principio estuvo de acuerdo pero posteriormente se ha negado a ello.

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Por una parte, es cierto que esta Comisión no es operativa, y por ello creemos que debería instar a las demás Concejalías a que se implicaran más en la resolución de los problemas y emitieran el informe con la mayor brevedad posible, porque hemos constatado que hay informes que se tardan más de 6 meses.

En la reunión del 9 de julio, y así consta en el acta, se acordó solicitar

el informe a los 15 días, y así también lo establece el Reglamento, y esto tampoco se ha cumplido. Si bien, creemos que ha habido una leve mejoría en el funcionamiento y en relación con el año anterior, consideramos que es insuficiente y que se debería trabajar más para que la respuesta a los ciudadanos sea más rápida, ágil y eficaz, sobre todo eficaz. Por estos motivos, anticipo que nuestro voto a este informe-memoria es la abstención.

Interviene nuevamente, el Concejal Delegado de Participación

Ciudadana, Plan Municipal de Drogas, Derechos Humanos y Diversidad, D. Vicente Canuria Atienza quien dice:

Para concretar, y agradeciendo el tono del Partido Popular en el sentido de

que es así como debemos trabajar en este Ayuntamiento, intentando mejorar lo que cada año vamos realizando, si me gustaría matizar dos pequeños detalles, en cuanto a la solicitud de archivo de los expedientes que usted llama no resueltos, estamos esperando, y se lo voy a leer, desde la Comisión 3, 4, celebrada en junio de 2009, que se señala al final: “por último se acuerda admitir todos los informes que se han presentado, salvo aquellos que el Grupo Popular entienda que deba corregir, cuestión que debe ser notificada al Secretario de la Comisión.”

Ayer mismo, con el propio Secretario, estuvimos comprobando que desde el

Partido Popular, desde esa fecha hasta hoy, no nos han señalado ni un solo expediente en relación con esta cuestión, en relación con las cuestiones que deben ser archivadas. No se preocupe, porque en todo caso sabe que en esta Comisión estamos trabajando con absoluta cordialidad, pero es verdad que alguna de las cuestiones que usted me ha comentado, quizás debíamos haberlas conocido en la propia Comisión, puesto que hoy, es una dación de cuenta, no se aprueba nada, porque donde se aprueba es en la Comisión, y es ahí donde se tenía que haber producido el debate, pero bien, en todo caso ustedes lo han traído al Pleno bajo su criterio tan digno como el de los demás pero claro, no es lo que dice el Reglamento; pero lo único que si le digo, es algo en lo que yo también creo, que debemos implicarnos todos en el trabajo hacia los ciudadanos y en atender sus sugerencias y sus reclamaciones y lo que sea preciso, pero por favor, dígaselo usted también a sus compañeros y compañeras del Grupo Popular , que no se cansan en las distintas Comisiones Informativas que tiene este Ayuntamiento, de traer de la competencia que usted tiene, distintos temas a Comisión de Urbanismo, a la Comisión de Cultura, a la Comisión de Turismo y Fiestas. Evidentemente son ustedes mismos los que no creen en esta Comisión, porque los expedientes que deberían tramitar en la Comisión de Quejas, Sugerencias y Reclamaciones se los piden resolver a otros Concejales en otras Comisiones. No obstante, aceptando que el trabajo que ustedes pretenden es mejorar esta Comisión, les emplazo a que así lo hagamos y en el futuro podamos traer en el próximo año una memoria mucho

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más completa de atención a los ciudadanos que es lo que les preocupa a ustedes y a nosotros.

Con la venia, interviene nuevamente la Concejala del Grupo Popular Dª

Tomasa Santos Santos: Nosotros siempre estamos dispuestos a colaborar en esta Comisión como

así lo hemos venido haciendo hasta ahora. Mire, Sr. Canuria, su buena intención no se la niego, la realidad que refleja este informe es que ha habido un aumento de las quejas vecinales ,hemos pasado de 62 en el año 2008 a 188 en el año 2009, lo que supone un aumento del 300% en el nº de reclamaciones vecinales. Para nosotros éste es un indicador de la creciente insatisfacción ciudadana con el funcionamiento de los servicios municipales, y todo ello, teniendo en cuenta que no todas las quejas pasan por esta Comisión. Así, por ejemplo, ustedes han tenido la mayor manifestación en la ciudad de León con la presentación de 74.000 recursos en contra de la abusiva subida del IBI, para los que ya hay sentencia desfavorable al equipo de gobierno. También han tenido manifestaciones en contra de la privatización del agua, manifestaciones de los vendedores del rastro, o las trece manifestaciones de los vecinos de Puente Castro, a las puertas del Ayuntamiento por los incumplimientos de este equipo de Gobierno con su barrio. También le quiero recordar las 1.200 firmas de los vecinos y de 43 comerciantes en contra de las obras de Fernández Ladreda, así como las numerosas quejas de vecinos y comerciantes de Mariano Andrés y de otras zonas afectadas por las obras, debido al retraso, paralización e improvisación de las mismas. Hoy podíamos continuar con otras muchas más, pero solamente me he referido a las de mayor transcendencia y que ponen de manifiesto el verdadero sentir de los vecinos ante la actuación de éste equipo de gobierno municipal, quejas que como he dicho no pasan por la Comisión de Sugerencias y reclamaciones, pero ahí están y no se pueden negar.

Finaliza el Ilmo. Sr. Alcalde, D. Francisco Fernández Álvarez, que se

expresa en los siguientes términos: Lo que tengo que decirles es que dice usted que pasamos de 62 a 188.

Claro, y los vecinos tienen suerte que lo pueden hacer, porque con ustedes no podían, no había Comisión, entonces claro, había cero. Si lo hubiéramos hecho como ustedes, estábamos en cero. Nosotros si atendemos a los vecinos y por eso si tenemos quejas y sugerencias, pero si lo hubiéramos hecho como ustedes, nos salíamos del mapa, Dña. Tomasa. Y bueno, referente a lo que usted comenta, claro, decisiones hay que tomar, y fíjese las que hemos tenido que tomar porque no las tomaron ustedes, y como ustedes no tomaban ninguna decisión, ni pagaban ni tomaban decisiones, era como el cuento de la cigarra y la hormiga, al sol y con la guitarra, y así estamos como estamos.

Sin más intervenciones, el Pleno queda enterado del informe-memoria de la

actividad realizada por la Comisión Especial de Sugerencias y reclamaciones durante el año 2009, anteriormente transcrito.

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5.- PROPUESTA DE ADHESIÓN AL CONVENIO DE COLABORACION

ENTRE LA AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Y LA FEDERACION ESPAÑOLA DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS.- Se da cuenta del dictamen emitido por la Comisión Municipal Informativa de Hacienda, Empleo, Régimen Interior y Personal, en reunión, extraordinaria y urgente, celebrada el día 26 de marzo de 2010, que a continuación se transcribe:

“Por unanimidad de los miembros de la Comisión, se acuerda declarar la urgencia de este asunto, e igualmente por unanimidad se informa favorablemente la propuesta formulada por el Sr. Concejal Delegado de Economía y Hacienda, de adhesión al Convenio de Colaboración entre la Agencia Estatal de Administración Tributaria ( AT ) y la Federación Española de Municipios y Provincias ( FEMP ), en materia de información tributaria y colaboración en la gestión de recaudación, suscrito en Abril de 2003, en los términos contenidos en los Anexos I y II del citado Convenio”

Abierto el turno de intervenciones y no produciéndose ninguna seguidamente por el Pleno Municipal se procede a votar el dictamen de la Comisión Municipal Informativa de Hacienda, Empleo, Régimen Interior y Personal, en reunión, extraordinaria y urgente, celebrada el día 26 de marzo de 2010, trascrito anteriormente, que es aprobado por unanimidad de todos los miembros.

6.- PROPUESTA DE APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 15 DE LA LEY

52/2007 DE LA MEMORIA HISTÓRICA.- Se da cuenta del dictamen emitido por la Comisión Municipal Informativa de Hacienda, Empleo, Régimen Interior y Personal, en reunión celebrada el día 26 de marzo de 2010, que a continuación se transcribe:

“Por unanimidad de los miembros de la Comisión, se acuerda solicitar del Gobierno, de conformidad con lo dispuesto en artículo 15 de la Ley 52/2007 de 26 de Diciembre, Ley de la Memoria Histórica, su colaboración para la adopción de las medidas pertinentes en cuando a cumplimiento de lo establecido en dicha disposición legal.” El Pleno Municipal acordó, por unanimidad, aprobar la propuesta formulada por la Comisión Municipal Informativa Hacienda, Empleo, Régimen Interior y Personal, en reunión celebrada el día 26 de marzo de 2010 transcrita anteriormente.

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Interviene el Ilmo. Sr. Alcalde, D. Francisco Fernández Álvarez, que se expresa en los siguientes términos: Quisiera dar las gracias a todos los grupos por la unanimidad alcanzada. Muchas gracias. 7.- PROPUESTA DENOMINACIÓN NOMBRES DE CALLES.- Se da cuenta del dictamen emitido por la Comisión Municipal Informativa de Hacienda, Empleo, Régimen Interior y Personal, en reunión celebrada el día 26 de marzo de 2010, que a continuación se transcribe:

“Por unanimidad de los miembros de la Comisión, se informa favorablemente

la propuesta de la Real Hermandad de Jesús Divino Obrero de dar al Parque situado frente al Polideportivo Salvio Barrioluengo en el Barrio del Ejido el nombre de “Real Hermandad de Jesús Divino Obrero”.

Igualmente por unanimidad se acuerda incluir en la Bolsa de nombre de

calles existente en el Ayuntamiento las propuestas por la Asociación Víctimas del Terrorismo, a D. Federico Carro Jiménez, D. José Rodríguez Lama, D. Gonzalo Rey Ámez y Dª Guadalupe Redondo Vian.

En cuanto a la propuesta formulada por la Técnica Adjunta a J. Servicio de

Régimen Interior, de dar denominación a calles nuevas de la Ciudad, se acuerda remitir la propuesta, plano de calles y bolsa de calles existentes en este momento en la misma, para asignar denominación concreta de las mismas en una Comisión que se celebre al respecto.”

Interviene el Ilmo. Sr. Vicealcalde, D. Javier Chamorro Rodríguez, del

Grupo Municipal Unión del Pueblo Leones, que se expresa como sigue: Ya hace unos meses, tuvimos usted y yo, una reunión con los

representantes de la Asociación de Víctimas del terrorismo, y en aquella reunión surgió el compromiso de esta Corporación de ir dando el nombre de víctimas del terrorismo concretas a distintas calles de la ciudad.

Hay una calle en la actualidad que es la C/ Víctimas del terrorismo, en la

cual y actualmente solo hay dos vecinos porque es una calle en la zona de Eras de Renueva, en la zona de chalets, que en repetidas ocasiones me han comentado la posibilidad de que esa calle de victimas de terrorismo, cambiásemos el nombre de esa calle por el de alguna victima en concreto del terrorismo; entiendo que le nombre de una calle Víctimas del terrorismo, pues no es excesivamente agradable como para tenerlo como residencia. Entendiendo que damos cumplimiento a la solicitud de la Asociación de Víctimas del terrorismo y a la vez, a esta petición vecinal, yo propondría al Concejal de régimen interior, que iniciemos ya en vez de dejar una bolsa con el nombre de las cuatro víctimas del terrorismo, que el primero de esa lista, entiendo que será por orden de importancia o de antigüedad mejor dicho, entiendo que será el primero “D. Federico Carro Jiménez”, que

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sustituyéramos el nombre de la actual calle Víctimas del terrorismo , por el de calle Federico Carro Jiménez, y de esta forma damos cumplimiento a la solicitud, que es lo que comente ya antes con el Grupo Popular y creo que no hay ningún problema y están de acuerdo en ello.

Seguidamente interviene el Ilmo. Sr. Alcalde, D. Francisco Fernández

Álvarez, quien aclara: Bueno, víctimas del terrorismo leones, es decir, leoneses, no en general. Toma la palabra el Concejal del Grupo Municipal del Partido Popular, D.

Julio Cayón Diéguez, que se expresa en los términos siguientes: Efectivamente estamos totalmente conformes con la propuesta que hace el

Sr. Vicealcalde. Entendemos que rotular una calle con el nombre Asociación Víctimas del terrorismo ,la verdad es que para los vecinos parece que no están cómodos con ello, lo entendemos, pero sobre todo exactamente matizar que las cuatro personas que figuran en esta propuesta, Federico Carro Jiménez que será el primero al cual se le otorga la calle, José Rodríguez Lama, Gonzalo Rey Ámez y Guadalupe Redondo Vian, efectivamente son victimas con vinculaciones con León, y creo que en este caso supone un homenaje a cada uno de ellos el rotular una calle, una avenida o una plaza ,lo que corresponda, con su recuerdo, por lo tanto, el grupo Popular está conforme y de acuerdo.

El Pleno Municipal acordó, por unanimidad, aprobar la propuesta

formulada por la Comisión Municipal Informativa de Hacienda, Empleo, Régimen Interior y Personal, en reunión celebrada el día 26 de marzo de 2010 transcrita anteriormente.

8.- EXPEDIENTES DE RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE

CRÉDITOS.- Se da cuenta del dictamen emitido por la Comisión Municipal Informativa de Hacienda, Empleo, Régimen Interior y Personal, en reunión celebrada el día 26 de marzo de 2010, que a continuación se transcribe:

“Se da cuenta a continuación de un expediente de reconocimiento

extrajudicial de deuda a favor de distintos proveedores, por los conceptos e importes que se señalan en la facturación adjunta, cuya cuantía total asciende a 293.198,65 Euros, que ha sido objeto de informe por parte del Sr. Interventor Municipal en los siguientes términos: “Informe que se emite por la Intervención del Ayuntamiento de León, en ejercicio de las funciones de control y fiscalización interna atribuidas a la intervención en la DA 2ª de la Ley 7/2007 de 12 de abril reguladora del Estatuto

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Básico del Empleado Público, con el contenido y alcance delimitado en los artículos 213 y siguientes del RDL 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el TRLRHL y con sujeción a las bases de ejecución del presupuesto aprobado para el presente ejercicio.

Por la Concejalía de Economía y Hacienda, previo Dictamen de la Comisión Informativa de Hacienda, Empleo, Régimen Interior y Personal se propone al Pleno Municipal la adopción del siguiente Acuerdo:

“Aprobar mediante Reconocimiento Extrajudicial de crédito las siguientes facturas por los conceptos, importes y proveedores en los términos de la relación que se señala a continuación, cuya cuantía total asciende a 293.108,65 €

LA COFRADIA DE IDEAS, S.L.

CIF B83929455

IMPORTE: 5.441,00 €

Nº FRA FECHA CONCEPTO IMPORTE

54/04 18/11/2004 PLAN MODERNIZACION Y CALIDAD, ESTUDIO SATISFACCION USUARIOS, J.G.L. 2.12.04 2.929,00

55/04 23/11/2004 DISEÑO, CREATIVIDAD Y ARTES FINALES, J.G.L. 2.12.04 1.392,00

1 7/8 03/06/2008 CREATIVIDAD ANUNCIO EN PRENSA 1.120,00

A&B LABORATORIOS DE BIOTECNOLOGIA, S.A.

CIF A01316637

IMPORTE: 905,08 €

Nº FRA FECHA CONCEPTO IMPORTE

03/39772 28/11/2003 SUMINISTRO MATERIAL JARDINES 905,08

LUIS FRECHILLA, S.L.

CIF B33453069

IMPORTE 112,16 €

Nº FRA FECHA CONCEPTO IMPORTE

8264 20/08/2005 REACTIVOS PARA INSTALACIONES DEPORTIVAS 112,16

ASAC COMUNICACIONES, S.L.

CIF B33490426

IMPORTE: 10.726,52

Nº FRA FECHA CONCEPTO IMPORTE

62209 04/12/2006 BOLSA 50 HORAS SOPORTE SISTEMAS 3.004,40

70578 10/04/2007 MANTENIMIENTO SISTEMAS, SOPORTE TECNICO SENIOR, INFORMATICA 3.002,08

70814 14/05/2007 EQUIPAMIENTO Y PROGRAMAS, INFORMATICA 1.717,96

71292 11/07/2007 REVISION UNIDAD ALMACENAMIENTO ISCSI, INFORMATICA 3.002,08

21

GONZALEZ DIEZ, MARIANO MANUEL

CIF 009763441X

IMPORTE: 348,00 €

Nº FRA FECHA CONCEPTO IMPORTE

119 05/07/2007 REALIZACION VIDEO MUNICIPALIA 2007 348,00

ALVAREZ FERNANDEZ, ANIANO

CIF 009608177L

IMPORTE: 21.435,63 €

Nº FRA FECHA CONCEPTO IMPORTE

80 10/07/2007 SUMINISTRO PLANTAS, JARDINES 2.862,25

106 26/12/2007 SUMINISTRO SEMILLAS Y PLANTAS, JARDINES 18.573,38

LEON CADENAS, MIGUEL A.

CIF 035546766J

IMPORTE: 31.003,21 €

Nº FRA FECHA CONCEPTO IMPORTE

500036 06/04/2005 PLACAS HOMENAJE, FUNCIONARIOS POLICIA LOCAL POR 25 AÑOS DE SERVICIO 1.204,08

500356 19/04/2005 BOLÍGRAFOS, PINS, MECHEROS, LLAVEROS, CATEDRAL Y GRABACIÓN, POLICÍA 364,24

500339 06/10/2005 TROFEOS 1º, 2º Y 3º CLASIFICADO, MEDALLAS ETC. VIII C. ESPAÑA MUNTAIN BIKE 1.033,00

500373 27/10/2005 TROFEOS FIESTA SAN MARCELO 2005, POLICÍA 810,00

600297 30/08/2006 PLACAS HOMENAJE, 25º ANIVERSARIO PROMOCIÓ DE BOMBEROS 1981, 1.9.2006 1.487,70

700206 16/05/2007 SUMINISTRO TROFEOS, CONCEJALIA DE DEPORTES 2.621,60

700205 16/05/2007 SUMINISTRO TROFEOS, CONEJALIA DE DEPORTES 2.668,00

700204 16/05/2007 SUMINISTRO TROFEOS, CONCEJALIA DE DEPORTES 2.886,08

700203 16/05/2007 SUMINISTRO TROFEOS, CONCEJALIA DE DEPORTES 2.946,40

700111 21/05/2007 SUMINISTRO TROFEOS Y MATERIAL DEPORTIVO, CONCEJALIA DE DEPORTES 2.400,04

700115 21/05/2007 SUMINISTRO TROFEOS, CONCEJALIA DE DEPORTES 2.441,80

700114 21/05/2007 SUMINISTRO TROFEOS Y MEDALLAS, CONCEJALIA DE DEPORTES 2.679,60

700113 21/05/2007 1 JUEGO DE PORTERIAS FUTBOL 7, DEPORTES PALOMERA 2.813,00

700112 21/05/2007 RED PROTECCION CAMPO FUTBOL PUENTE CASTRO 2.975,40

700440 08/11/2007 39 TROFEOS DEPORTIVOS, FIESTAS SAN MARCELO 2007 1.672,27

DIEZ ALVAREZ, MIGUEL ANGEL

CIF 009763238Z

IMPORTE: 16.634,40 €

Nº FRA FECHA CONCEPTO IMPORTE

21 31/03/2005 REPARACIONES RUEDAS MAQUINARIA JARDINES, MARZO 560,28

35 30/04/2005 RUEDAS MAQUINARIA JARDINES, ABRIL 578,84

46 30/05/2005 REPARACIONES RUEDAS VEHICULOS JARDINES, MAYO 737,76

22

59 30/06/2005 REPARACIONES RUEDAS VEHICULOS JARDINES, JUNIO 390,92

72 30/07/2005 REPARACIONES RUEDAS VEHICULOS JARDINES, JULIO 290,00

76 30/08/2005 REPARACIONES RUEDAS VEHICULOS JARDINES, AGOSTO 469,80

90 30/09/2005 REPARACIONES RUEDAS VEHICULOS JARDINES, SEPTIEMBRE 1.241,20

103 30/10/0005 RUEDAS VEHICULOS P.MOVIL 3.602,96

104 30/10/2005 REPARACIONES RUEDAS MAQUINARIA JARDINES, OCTUBRE 198,36

123 30/11/2005 REPARACION RUEDAS VEHICULOS PARQUE MOVIL 697,16

163 31/03/2006 REPARACIONES RUEDAS VEHICULOS PARQUE MOVIL 309,72

214 30/09/2006 REPARACIONES RUEDAS VEHICULOS JARDINES, SEPTIEMBRE 635,68

219 30/10/2006 REPARACIONES RUEDAS VEHICULOS JARDINES, OCTUBRE 328,28

241 30/11/2006 LAVADOS VEHICULOS, NOVIEMBRE 296,38

242 30/11/2006 LAVADO VEHICULOS PARQUE MOVIL, NOVIEMBRE 66,70

243 30/11/2006 LAVADO VEHICULOS, NOVIEMBRE 1.584,56

244 30/11/2006 REPARACIONES RUEDAS VEHICULOS JARDINES, NOVIEMBRE 559,12

274 30/01/2007 REPARACIONES RUEDAS VEHICULOS JARDINES, ENERO 419,92

295 30/03/2007 REPARACIONES RUEDAS VEHICULOS JARDINES, MARZO 513,88

306 30/04/2007 REPARACIONES RUEDAS VEHICULOS JARDINES, ABRIL 851,44

319 30/05/2007 REPARACIONES RUEDAS VEHICULOS JARDINES, MAYO 969,76

331 30/06/2007 RUEDAS MAQUINARIA JARDINES, JUNIO 205,32

350 30/07/2007 REPARACIONES RUEDAS MAQUINARIA JARDINES, JULIO 230,84

359 30/08/2007 REPARACIONES RUEDAS JARDINES, AGOSTO 284,20

1668 28/02/2005 REPARACIONES RUEDAS MAQUINARIA JARDINES, FEBRERO 611,32

CAFETESA, S.L.

CIF B24085482

IMPORTE: 2.775,88 €

Nº FRA FECHA CONCEPTO IMPORTE

1026/07 10/04/2007 REVISION Y REPARACION CAFETERA Y LAVAVAJILLAS CAFETERIA ORDOÑO 2.775,88

LOPEZ BOLAÑOS, MANUEL

CIF 011673794Y

IMPORTE: 3.070,52 €

Nº FRA FECHA CONCEPTO IMPORTE

8/6 02/02/2006 INS.4 PAGINAS REVISTA LEON CIUD.Y PUEBLOS ENTREVIST TV, FITUR 2006 3.070,52

ALMACENES TOME Y GARCIA, S.L.

CIF B24011801

IMPORTE: 3.231,28 €

Nº FRA FECHA CONCEPTO IMPORTE

125 30/05/2008 SUMINISTRO DE CALZADO, PERSONAL EMPLEADO EN R. VIRGEN DEL CAMINO 3.231,28

VIVEROS GALILEO, S.L. LABORAL

23

CIF B24365611

IMPORTE: 12.076,56 €

Nº FRA FECHA CONCEPTO IMPORTE

1070040 02/04/2007 SUMINISTRO SEMILLAS, JARDINES 3.065,55

1070044 12/04/2007 SUMINISTRO SEMILLAS, JARDINES 3.070,90

1070063 02/05/2007 SUMINISTRO SUSTRATO PLANTA TEMPORADA, JARDINES 3.312,72

1070067 14/05/2007 SUMINISTRO SEMILLAS, JARDINES 2.627,39

GAS NATURAL SERVICIOS SDG, S.A.

CIF A08015497

IMPORTE : 47.776,67 €

Nº FRA FECHA CONCEPTO IMPORTE

FE08321040330651 03/07/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, CENTRO CÍVICO EL CRUCERO, JULIO 184,82

FE08321040713453 10/07/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, CENTRO CÍVICO LA ASUNCIÓN, JULIO 200,05

FE08321041171659 16/07/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, CENTRO DE MAYORES PUENTE CASTRO, JULIO 270,84

FE08321041927895 24/07/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, CENTRO CANSECO, JULIO 429,03

FE08321043049018 07/08/2008 TÉRMINO FIJO Y ALQUILER DE CONTADOR, CENTRO CÍVICO 97,66

FE08321043049021 07/08/2008 TÉRMINO FIJO Y ALQUILER DE CONTADOR, COLEGIO P. LOPE DE VEGA 103,40

FE08321043049012 07/08/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, AULA EDIFICIO ABELLÓ-ILDEFE 198,60

FE08321043569891 14/08/2008 TÉRMINO FIJO Y ALQUILER DE CONTADOR, COLEGIO LA GRANJA 103,40

FE08321043569892 14/08/2008 TÉRMINO FIJO Y ALQUILER DE CONTADOR, COLEGIO CAMINO DEL NORTE 103,40

FE08321043569893 14/08/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, COLEGIO PONCE DE LEÓN 149,77

FE08321043569897 14/08/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, GUARDERÍA PÍO XII 429,62

FE08321043850359 18/08/2008 TÉRMINO FIJO Y ALQUILER DE CONTADOR, CENTRO SOCIAL LA ASUNCIÓN 200,05

FE08321043850356 18/08/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, COLEGIO LA PALOMERA 432,40

FE08321043850357 18/08/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, GUARDERÍA LA ASUNCIÓN 453,64

FE08321044661596 27/08/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, ESCUELA DE TRABAJO 18,66

FE08321045688942 09/09/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, CENTRO CÍVICO 81,39

FE08321045710835 09/09/2008 TÉRMINO FIJO Y ALQUILER DE CONTADOR, COLEGIO SAN CLAUDIO 81,39

FE08321045688943 09/09/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, PALACIO D. GUTIÉRRE 447,83

FE08321045688946 09/09/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, COLEGIO P. LOPE DE VEGA 495,19

FE08321046162256 15/09/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, GUARDERÍA PÍO XII 79,07

FE08321046162251 15/09/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, COLEGIO P. LA GRANJA 98,41

FE08321046198180 16/09/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, COLEGIO P. PONCE DE LEÓN 479,64

FE08321046198186 16/09/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, CENTRO LA ASUNCIÓN 2.367,82

FE08321046630372 19/09/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, CENTRO SOCIAL CANSECO 290,26

FE08321048114580 08/10/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, CASA CONSISTORIAL, PLAZA S. MARCELO 86,18

FE08321048114575 08/10/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, CENTRO CÍVICO 758,01

FE0832104568244 15/10/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, CENTRO DE 124,84

24

INFORMACIÓN JUVENIL

FE08321048568250 15/10/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, COLEGIO CAMINO DEL NORTE 166,63

FE08321049654997 21/10/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, ESCUELA DE TRABAJO 71,99

FE08321050663769 07/11/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, CASA CONSISTORIAL DE SAN MARCELO 304,38

FE08321050663759 07/11/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, COLEGIO ANTONIO VALBUENA 1.631,52

FE08321050663768 07/11/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, COLEGIO P. LOPE DE VEGA 2.171,75

FE08321051224784 14/11/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, COLEGIO PONCE DE LEÓN 233,52

FE08321051224786 14/11/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, AULAS ILDEFE, AV. MARIANO ANDRÉS 411,39

FE08321051224788 14/11/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, COLEGIO LA PALOMERA 421,13

FE08321051224782 14/11/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, COLEGIO P. CAMINO DE NORTE 1.576,90

FE08321051224781 14/11/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, COLEGIO LA GRANJA 2.658,73

FE08321051224790 14/11/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, AUDITORIO 5.451,19

FE08321053314449 09/12/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, CASA CONSISTORIAL 1.617,23

FE08321053314440 09/12/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, AULAS DEL ILDEFE EN EDIFICIO ABELLÓ 1.721,60

FE08321053337757 09/12/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, COLEGIO LUIS VIVES2 2.212,33

FE08321053314446 09/12/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, PALACIO D. GUTIÉRRE 2.389,07

FE08321053314442 09/12/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, COLEGO ANTONIO VALBUENA 2.609,59

FE08321053314448 09/12/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, COLEGIO P. LOPE DE VEGA 3.144,48

FE08321053838123 15/12/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, ESCUELAS MARIANO ANDRÉS 527,56

FE08321053838125 15/12/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, GUARDERÍA PÍO XII 739,19

FE08321053838126 15/12/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, COLEGIO LA PALOMERA 879,58

FE08321053838121 15/12/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, COLEGIO PONCE DE LEÓN 955,28

FE08321053838114 15/12/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, CENTRO DE INFORMACIÓN JUVENIL 1.218,90

FE08321053838120 15/12/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, COLEGO P. CAMINO DEL NORTE 1.832,09

FE08321053838118 15/12/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, COLEGIO LA GRANJA 3.321,36

FE08321054273436 18/12/2008 DERECHOS DE ALTA/ACOMETIDA Y TÉRMINO FIJO,COLEGIO CAMINO DEL NORTE 743,91

GENARO FONTECHA, S.L.

CIF B24074262

IMPORTE: 95.069,52 €

Nº FRA FECHA CONCEPTO IMPORTE

001107/96 11/06/1996 SUMINISTRO PINTURA, COTON ESCOLAR (AÑO 1996) 841,42

002428/99 31/10/1999 DISOLVENTES. CENTRO DE LOS OFICIOS 83,06

001859/01 30/06/2001 SUMINISTRO PINTURA, MERCADO DE GANADOS (AÑO 2001) 147,93

002216/01 31/07/2001 SUMINISTRO PINTURA, HISPANICO (AÑO 2001) 842,59

004076/01 31/12/2001 SUMINISTRO PINTURA, JARDINES (AÑO 2001) 68,08

002433/02 31/07/2002 SUMINISTRO PINTURA, HISPANICO (AÑO 2002) 1.949,51

002856/02 31/08/2002 SUMINISTRO PINTURA, HISPANICO (AÑO 2002) 1.162,35

25

002829/03 31/08/2003 SUMINISTRO PINTURA, HISPANICO (AÑO 2003) 172,21

004323/03 31/12/2003 SUMINISTRO PINTURA, HISPANICO (AÑO 2003) 761,02

003379/04 30/09/2004 SUMINISTRO PINTURA, HISPANICO (AÑO 2004) 1.497,36

004273/04 30/11/2004 SUMINISTRO PINTURA, PALACIO DE DEPORTES 388,39

106/05 31/01/2005 KILATE AMARILLO ORO, LILATE AZUL ANCLA, PALETINA - TALLER OBRAS 50,29

109/05 31/01/2005 FIBRA DE VIDRIO PROQUINSA - OBRAS 264,13

381/05 12/02/2005 DIVERSO MATERIAL Y HERRAMIENTAS DE PINTURA- OBRAS, E.MUSICA 359,28

386/05 12/02/2005 DIVERSO MATERIAL Y HERRAMIENTAS DE PINTURA- OBRAS, CARNAVAL 2005 403,24

379/05 12/02/2005 DIVERSO MATERIAL Y HERRAMIENTA DE PINTURA - OBRAS, TALLER 405,97

384/05 12/02/2005 DIVERSO MATERIAL Y HERRAMIENTAS DE PINTURA- OBRAS,MAMPARAS ORDOÑO II 433,27

382/05 12/02/2005 DIVERSO MATERIAL Y HERRAMIENTAS DE PINTURA- OBRAS, GUARDERIA PIO XII 616,73

380/05 12/02/2005 PINTURA, PINCELES, SILICONA... - OBRAS, NAVIDAD 2.004 707,87

383/05 12/02/2005 DIVERSO MATERIAL Y HERRAMIENTAS DE PINTURA- OBRAS, COLEGIO ANEJAS 846,35

385/05 12/02/2005 DIVERSO MATERIAL Y HERRAMIENTAS DE PINTURA- OBRAS,C.P.LUIS VIVES 1.438,82

378/05 12/02/2005 MIX KILATE LAC BASE, DESCARGAS COLORANTE - OBRAS, C.P.LUIS VIVES 1.758,40

896/05 31/03/2005 DIVERSO MATERIAL Y HERRAMIENTAS DE PINTURA- OBRAS, ESPABILA 583,27

1178/05 01/04/2005 DIVERSO MATERIAL Y HERRAMIENTAS DE PINTURA- OBRAS,COLEGIO PONCE Y S.CLAUDIO 334,32

1177/05 01/04/2005 DIVERSO MATERIAL Y HERRAMIENTAS DE PINTURA- OBRAS, TALLER 608,62

1179/05 01/04/2005 DIVERSO MATERIAL Y HERRAMIENTAS DE PINTURA- OBRAS, CAMPO DE FUTBOL 2.428,75

1231/05 12/04/2005 DIVERSO MATERIAL Y HERRAMIENTAS DE PINTURA- OBRAS, C.P.LUIS VIVES 554,70

001470/05 30/04/2005 SUMINISTRO PINTURA, HISPANICO 2.089,25

1812/05 25/05/2005 DIVERSO MATERIAL Y HERRAMIENTAS DE PINTURA- OBRAS, MANTENIMIENTO ORDOÑO II 49,37

1818/05 25/05/2005 DIVERSO MATERIAL Y HERRAMIENTAS DE PINTURA- OBRAS, LOCAL ARMUNIA 170,20

1816/05 25/05/2005 DIVERSO MATERIAL Y HERRAMIENTAS DE PINTURA- OBRAS, PLZ.JUAN DE AUSTRIA 206,92

1817/05 25/05/2005 DIVERSO MATERIAL Y HERRAMIENTAS DE PINTURA- OBRAS, C.P.GONZALEZ DE LAMA 517,81

1811/05 25/05/2005 DIVERSO MATERIAL Y HERRAMIENTAS DE PINTURA- OBRAS,LOCAL AV.LA FACULTAD 611,47

1814/05 25/05/2005 DIVERSO MATERIAL Y HERRAMIENTAS DE PINTURA- OBRAS,COLEGIO JAVIER/VALBUENA 633,89

1819/05 25/05/2005 DIVERSO MATERIAL Y HERRAMIENTAS DE PINTURA- OBRAS, APARCAMIENTO CAMIONES 779,54

1815/05 25/05/2005 DIVERSO MATERIAL Y HERRAMIENTAS DE PINTURA- OBRAS, CAMPO DE FUTBOL 1.387,75

1810/05 25/05/2005 DIVERSO MATERIAL Y HERRAMIENTAS DE PINTURA- OBRAS,CENTRO SOCIAL LA SERNA 1.782,34

1813/05 25/05/2005 DIVERSO MATERIAL Y HERRAMIENTAS DE PINTURA- OBRAS, BANCO JARDINERIA 378,73

1919/05 31/05/2005 2 DE TIERRA OCRE N3 1K - OBRAS 6,15

001915/05 31/05/2005 SUMINISTRO PINTURA, JARDINES 104,86

1918/05 31/05/2005 DIVERSO MATERIAL Y HERRAMIENTAS DE PINTURA- OBRAS,FONTANERIA Y C.P.GUMERSINDO 549,86

2289/05 10/06/2005 DIVERSO MATERIAL Y HERRAMIENTAS DE PINTURA- OBRAS, BIBLIOTECA S.LORENZO 334,47

2288/05 10/06/2005 DIVERSO MATERIAL Y HERRAMIENTAS DE PINTURA- OBRAS, COLEGIO C.H.F. 355,30

2290/05 10/06/2005 DIVERSO MATERIAL Y HERRAMIENTAS DE PINTURA- OBRAS, TALLER 373,75

26

2287/05 10/06/2005 DIVERSO MATERIAL Y HERRAMIENTAS DE PINTURA- OBRAS, R.VIRGEN DEL CAMINO 417,44

2286/05 10/06/2005 DIVERSO MATERIAL Y HERRAMIENTAS DE PINTURA- OBRAS, C.S.BARRIO INMACULADA 2.255,69

002458/05 30/06/2005 SUMINISTRO PINTURA, JARDINES 73,20

002460/05 30/06/2005 CYMAELASTIC IMPER. GRIS, FIBRA DE VIDRIO PROQUINSA, CINTA FAMA, CEPILLO ALAMBRE. 1.176,37

2285/05 05/07/2005 DIVERSO MATERIAL Y HERRAMIENTAS DE PINTURA- OBRAS, 588,27

002994/05 31/07/2005 SUMINISTRO PINTURA, HISPANICO 71,80

003000/05 31/07/2005 PALACIO DON GUTIERRE, MIX CUMBRE MATE BASE 814, DESCARGAS COLORAN., ROLOPEL 10. 160,20

002993/05 31/07/2005 MATERIAL INSTALACIONES DEPORTIVAS CHF 201,54

003003/05 31/07/2005 BOLERA SAN FRANCISCO. MATERIAL 271,51

003002/05 31/07/2005 CONCEJALIA DE JUVENTUD, HAMERITE LISO VERDE, DISOLVENTE HAMERITE... 295,58

002998/05 31/07/2005 COLEGIO GUMERSINDO AZCARATE, TEMPLE GEAM BLANCO, RUALAIX AGUAPLAST, TAPAMUEBLES 438,46

003001/05 31/07/2005 ALBERGUE DE PEREGRINOS. PYMA P-300 FENIX BASE BL 15L. RUALAIX AGUAPLAST... 453,62

003007/05 31/07/2005 BANCOS JARDINERAS. CETOL TGL SATIN INCOLORO, RECAMBIO TIPO FLOCADO AMARILLO... 514,38

005999/05 31/07/2005 COLEGIO LOPE DE VEGA, TEMPLE GEAM BLANCO LISO, PYMA P-300 FENIX BASE... 537,10

003004/05 31/07/2005 CAMPO FUTBOL, PROCOSOL PINTURA GRIS. 597,17

002996/05 31/07/2005 BIBLIOTECA LUIS PASTRANA. MIX PAREDES Y TECHOS, DESCARGAS COLORAN.MIX... 601,77

002997/05 31/07/2005 PYMA P-300 FENIX BASE BL, TAPAMUEBLES GRUESO PENTRILO, RUALAIX AGUAPLAST VERDE.. 640,76

003005/05 31/07/2005 FIESTA DE SAN JUAN, CUMBRE SATIN AMARILLO BA, SILICONA ACRILICA BLANCA,... 837,64

003006/05 31/07/2005 CENTRO SOCIAL LA INMACULADA 1.327,13

003603/05 31/08/2005 SUMINISTRO PINTURA, HISPANICO 92,80

003610/05 31/08/2005 OBRA PLAZA GANDO.Ç 121,78

003608/05 31/08/2005 COLEGIO DE LA PALOMERA. PYMA P-300 FENIX BASE BL 15L, TEMPLE GEAM BLANCO... 123,30

003602/05 31/08/2005 MATERIAL INSTALACIONES DEPORTIVAS CHF 202,47

003611/05 31/08/2005 OBRA COLEGIO PONCE. PROCOTEX LISO MARFIL PIED, PROCOTEX LISO PIEDRA... 407,40

003607/05 31/08/2005 OBRA PARQUE DE LOS REYES 508,00

003609/05 31/08/2005 OBRA TALLER. PROCOBAR SIST. POL. FONDO, PROCOBAR SIST. POL. SATINAD... 569,43

003605/05 31/08/2005 OBRA RESIDENCIA VIRGEN DEL CAMINO. SAXON LOC CEREZO, SAXON MANTA. 1.058,82

003606/05 31/08/2005 TANATORIO JULIO DEL CAMPO. CYMAELASTIC IMPER.ROJO OXI. 4.527,22

004103/05 30/09/2005 Obra Apartamentos Junta de Castilla y León 97,16

004466/05 30/09/2005 SUMINISTRO PINTURA, HISPANICO 211,15

004100/05 30/09/2005 Obra Bancos mesas parque San Francisco 224,91

004102/05 30/09/2005 Obra Aulas Seminario Mayor 255,29

004105/05 30/09/2005 Obra Guardería San Isidoro 386,33

004101/05 30/09/2005 Obra Bancos Exteriores 561,15

004104/05 30/09/2005 Mercado de Ganado 644,38

004465/05 30/09/2005 Material para el CHF 699,36

004107/05 30/09/2005 Obra colegio Gumersindo Azcarate. 1.074,17

004106/05 30/09/2005 Obra Colegio San Claudio 1.123,53

004876/05 31/10/2005 MATERIAL INSTALACIONES DEPORTIVAS CHF 540,71

004878/05 31/10/2005 Obra Chalet Padre Isla 1.271,22

27

002793/05 04/11/2005 CYMAELASTIC IMPER.GRIS, CINTA FAMA . CENTRO CIVICO CRUCERO 271,30

005053/05 14/11/2005 Obra Merdado de Ganado 105,49

005058/05 14/11/2005 Obra Escuela Municipal de Música 150,14

005056/05 14/11/2005 Obra Colegio San Javier. 209,12

005055/05 14/11/2005 Obra Auditorio 237,60

005052/05 14/11/2005 Obra Albergue de Peregrinos 240,36

005050/05 14/11/2005 Obra Colegio Anejas 254,65

005059/05 14/11/2005 Obra Centro Social Padre Isla 296,51

005057/05 14/11/2005 Obra Colegio Gumersindo Azcárate. 313,34

005054/05 14/11/2005 Obra Taller Pintura 491,34

005060/05 14/11/2005 Material Colegio Cervantes. 1.973,35

005182/05 30/11/2005 Servicios Taller. 102,40

005185/05 30/11/2005 SUMINISTRO PINTURA, POLIDEPORTIVO CHF 718,96

005188/05 30/11/2005 Almacen. 1.537,96

005653/05 23/12/2005 Instal. Depor. Trobajo del Cerecedo 71,83

005652/05 23/12/2005 Despacho Banco España 119,16

005651/05 23/12/2005 Local S. Vicente Martí. 138,17

005650/05 23/12/2005 Centro S. Parque los Reyes 145,45

005646/05 23/12/2005 Palacio Don Gutierre 243,52

005645/05 23/12/2005 Taller de Pintura 249,13

005649/05 23/12/2005 Bancos Jardineras 529,93

005644/05 23/12/2005 Colegio Quevedo. 770,52

005643/05 23/12/2005 Obra: Carroza Navidad 1.013,42

005647/05 23/12/2005 Obra Locales Julio del Campo 1.062,46

005648/05 23/12/2005 Colegio Cervantes 1.563,49

005745/05 31/12/2005 SUMINISTRO PINTURA, POLIDEPORTIVO CHF 129,41

000558/06 28/02/2006 OBRA: RESIDENCIA V. DEL CAMINO 649,88

000559/06 28/02/2006 OBRA: CAMARA DE COMERCIO 3.030,79

003133/06 31/07/2006 SUMINISTRO PINTURA, OBRA COLEGIO LOPE DE VEGA 2.284,89

004025/06 31/08/2006 SUMINISTRO PINTURA, PALACIO DON GUTIERRE 99,37

004030/06 31/08/2006 SUMINISTRO PINTURA PARA BANCOS Y JARDINERAS 190,08

004028/06 31/08/2006 SUMINISTRO PINTURA, TALLER OBRAS 264,89

004031/06 31/08/2006 SUMINISTRO PINTURA, COLEGIO LOPE DE VEGA 295,70

004029/06 31/08/2006 SUMINISTRO PINTURA PARA BANCOS 349,74

004034/06 31/08/2006 SUMINISTRO PINTURA, OBRA PROCURADOR DEL COMUN 533,76

004037/06 31/08/2006 SUMINISTRO PINTURA, COLEGIO ANEJAS 755,64

004032/06 31/08/2006 SUMINISTRO PINTURA, COLEGIO PALOMERA 785,23

004026/06 31/08/2006 SUMISTRO PINTURA, ALMACEN OBRAS 797,34

004033/06 31/08/2006 SUMINISTRO PINTURA, RESIDENCIA VIRGEN DEL CAMINO 907,15

004027/06 31/08/2006 SUMINISTRO PINTURA GUARDERIA DAMA ARINTERO Y CENTRO CIVICO 939,36

004035/06 31/08/2006 SUMINISTRO PINTURA, FIESTAS SAN JUAN 1.050,61

004036/06 31/08/2006 SUMINISTRO PINTURA, OBRA PARQUE INFANTIL DE TRAFICO 1.452,81

004701/06 19/10/2006 SUMINISTRO PINTURA, PARQUE INFANTIL TRAFICO 87,58

28

004703/06 19/10/2006 SUMINISTRO PINTURA, OBRA COLEGIO QUEVEDO 196,86

004700/06 19/10/2006 SUMINISTRO PINTURA, IX EXPOSICION CANINA 204,43

004702/06 19/10/2006 SUMINISTRO PINTURA, TALLER OBRAS 228,60

004704/06 19/10/2006 SUMINISTRO PINTURA, BARANDILLA RIO 411,32

004705/06 19/10/2006 SUMINISTRO PINTURA, OBRA COLEGIO PONCE 669,95

004699/06 19/10/2006 SUMINISTRO PINTURA, FIESTAS SAN FROILAN 713,96

004839/06 31/10/2006 MATERIAL LABORATORIO MUNICIPAL 399,64

005716/06 30/11/2006 SUMINISTRO PINTURA, OBRA ESCUELA TALLER PUENTE CASTRO 19,38

005717/06 30/11/2006 SUMINISTRO PINTURA, OBRAS FONTANERIA 93,23

005718/06 30/11/2006 SUMINISTRO PINTURA, COLEGIO SAN ISIDORO 3.130,41

006150/06 31/12/2006 SUMINISTRO PINTURA MERCADO CONDE 72,59

006147/06 31/12/2006 SUMINISTRO PINTURA MERCADO DE GANADO 95,75

006148/06 31/12/2006 SUMINISTRO PINTURA EDFICIO ORDOÑO II 109,41

006146/06 31/12/2006 SUMINISTRO PINTURA, CENTRO CIVICO 170,28

006142/06 31/12/2006 SUMINISTRO PINTURA OFICINA DE LA JUVENTUD 191,43

006141/06 31/12/2006 SUMINISTRO PINTURA PERGOLAS CALLE SAN PEDRO 210,66

006143/06 31/12/2006 SUMINISTRO PINTURA LAVADEROS OTERUELO-CASA CULTURA 224,60

005880/06 31/12/2006 SUMINISTRO PINTURA GUARDERIA LA ASUNCION, OBRAS 228,76

006152/06 31/12/2006 SUMINISTRO PINTURA GUARDERIA PIO XII, OBRAS 376,97

006151/06 31/12/2006 SUMINISTRO PINTURA, CEAS Bº INMACULADA Y CEAS PADRE ISLA 391,09

005881/06 31/12/2006 SUMINISTRO PINTURA DICIEMBRE, PALACIO DE DEPORTES 429,55

006149/06 31/12/2006 SUMINISTRO PINTURA ASOCIACION VECINOS QUEVEDO 441,39

006139/06 31/12/2006 SUMINISTRO PINTURA, CEAS FRONTON Y ARMUNIA 499,91

006144/06 31/12/2006 SUMINISTRO PINTURA LOCAL C/ PEÑA ERCINA 508,13

006153/06 31/12/2006 SUMINISTRO PINTURA CARROZAS 612,54

006145/06 31/12/2006 SUMINISTRO PINTURA GUARDERIA PIO XII 825,05

SOCIEDAD ESTATAL DE CORREOS Y TELEGRAFOS

CIF 83052407

IMPORTE: 24.008,40€

Nº FRA FECHA CONCEPTO IMPORTE

4000419955 31/10/2009 SERVICIOS DE CORREOS, RECAUDACIÓN, OCTUBRE 24.008,40

GARCIA FERNANDEZ, MIGUEL ANGEL

NIF 9648474-C

IMPORTE : 2.722,70 €

Nº FRA FECHA CONCEPTO IMPORTE

11/11/1999 HONORARIOS DIRECC E INSP.OBRAS URB.PEÑA LABRA NORTE 1.978,06

15/02/2001 HONOR. DIRECC E INSPECC.OBRAS URB.TRAMO C/ VEGARADA 744,64

29

NEGRAL FEO, MARTIN

NIF 09677684-C

IMPORTE : 3.514,40 €

Nº FRA FECHA CONCEPTO IMPORTE

11/11/1009 HONORARIOS DIRECC E INSP.OBRAS URB.PEÑA LABRA NORTE 1.978,06

15/02/2001 HON.REDACC.PROYECTO ADIC.URBANIZ. C/ VEGARADA 791,70

15/02/2001 HONOR. DIRECC E INSPECC.OBRAS URB.TRAMO C/ VEGARADA 744,64

MAPFRE SEGUROS GENERALES

CIF A28141935

IMPORTE: 550,00 €

Nº FRA FECHA CONCEPTO IMPORTE

230642071 20/10/2008 SEGURO ACCIDENTES COLECTIVOS ACTIVIDAD ROCODROMO 2008-2009 400,00

230642935 20/10/2008 SEGURO ACCIDENTES ACTIVIDAD PROMOCIONAL DE RAPPEL 24 AL 25 OCTUBRE 150,00

MEJORAS E. DE RECURSOS E INVEST., S.A.

CIF A79985925

IMPORTE: 11.706,72

Nº FRA FECHA CONCEPTO IMPORTE

09/317 02/04/2009 CERT. 11ª, ALQUILER CON DERECHO A COMPRA, EQUIPOS DETECCIÓN DE FUGAS, RED AGUAS 11.706,72

En relación con la propuesta y documentación remitida, se realizan las siguientes CONSIDERACIONES:

PRIMERA: El Presupuesto Municipal, de acuerdo a lo regulado en el artículo

162 del RD Legislativo 2/2004 de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL) constituye la expresión cifrada, conjunta y sistemática de las obligaciones que, como máximo, puede reconocer la Entidad, teniendo en cuenta que de acuerdo al 163 de la misma norma, el ejercicio presupuestario coincide con el año natural y que, según el 176, con cargo a los créditos del estado de gastos de cada presupuesto sólo podrán contraerse obligaciones derivadas de adquisiciones, obras, servicios y demás prestaciones o gastos en general que se realicen en el año natural del propio ejercicio presupuestario.

SEGUNDA: El artículo 60.2 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el

que se desarrolla la Ley de Haciendas Locales en materia presupuestaria reconoce la facultad del Pleno para realizar el reconocimiento extrajudicial, siendo entonces cuando, según el artículo 26 del Real Decreto citado, es posible su aplicación a créditos del presupuesto vigente. No obstante, ésta no puede en ningún caso ser de tal extensión que perjudique la aplicación de la normativa citada en el párrafo anterior, esto es, que imposibilite el reconocimiento de las obligaciones que durante el ejercicio presupuestario se generen, por lo que en caso

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de utilizar crédito consignado para el ejercicio vigente, sería necesario efectuar una retención previa con la previsión de gasto por los distintos conceptos de gastos de inversión previstos en el año, antes de disponer del crédito presupuestario de dichas partidas o de la bolsa de vinculación jurídica. En este caso, el crédito consumido ha sido habilitado previamente en el presupuesto vigente para el ejercicio 2.010.

TERCERA: De conformidad con la Base de Ejecución cuadragésimo primera

del Presupuesto General vigente, prorrogado del ejercicio 2009, se tramitará el expediente de reconocimiento extrajudicial de crédito para la imputación al presupuesto corriente de obligaciones derivadas de gastos efectuados en ejercicios anteriores. La competencia para el reconocimiento extrajudicial de créditos corresponde al Pleno de la Corporación.

CUARTA: Todas las facturas incluidas en la presente propuesta para su

aprobación mediante Reconocimiento Extrajudicial de Crédito están suscritas por el/los responsable/s del gasto y conformadas por el Concejal Delegado del Área.

De acuerdo con lo anterior, se emite informe SIN REPAROS a la propuesta

remitida. El Pleno es el órgano competente para resolver sobre la propuesta

planteada, teniendo en cuenta las limitaciones sobre el crédito anual de acuerdo a lo anteriormente manifestado.

De conformidad con el anterior informe por el Sr. Concejal Delegado de Economía y Hacienda, se formula la siguiente propuesta: Aprobar mediante Reconocimiento Extrajudicial de crédito las siguientes facturas por los conceptos, importes y proveedores en los términos de la relación que se señala a continuación, cuya cuantía total asciende a 293.108,65 EUROS

LA COFRADIA DE IDEAS, S.L.

CIF B83929455

IMPORTE: 5.441,00 €

Nº FRA FECHA CONCEPTO IMPORTE

54/04 18/11/2004 PLAN MODERNIZACION Y CALIDAD, ESTUDIO SATISFACCION USUARIOS, J.G.L. 2.12.04 2.929,00

55/04 23/11/2004 DISEÑO, CREATIVIDAD Y ARTES FINALES, J.G.L. 2.12.04 1.392,00

1 7/8 03/06/2008 CREATIVIDAD ANUNCIO EN PRENSA 1.120,00

A&B LABORATORIOS DE BIOTECNOLOGIA, S.A.

CIF A01316637

IMPORTE: 905,08 €

Nº FRA FECHA CONCEPTO IMPORTE

03/39772 28/11/2003 SUMINISTRO MATERIAL JARDINES 905,08

31

LUIS FRECHILLA, S.L.

CIF B33453069

IMPORTE 112,16 €

Nº FRA FECHA CONCEPTO IMPORTE

8264 20/08/2005 REACTIVOS PARA INSTALACIONES DEPORTIVAS 112,16 ASAC COMUNICACIONES, S.L.

CIF B33490426

IMPORTE: 115.611,24 €

Nº FRA FECHA CONCEPTO IMPORTE

62209 04/12/2006 BOLSA 50 HORAS SOPORTE SISTEMAS 3.004,40

70578 10/04/2007 MANTENIMIENTO SISTEMAS, SOPORTE TECNICO SENIOR, INFORMATICA 3.002,08

70814 14/05/2007 EQUIPAMIENTO Y PROGRAMAS, INFORMATICA 1.717,96

71292 11/07/2007 REVISION UNIDAD ALMACENAMIENTO ISCSI, INFORMATICA 3.002,08

GONZALEZ DIEZ, MARIANO MANUEL

CIF 009763441X

IMPORTE: 348,00 €

Nº FRA FECHA CONCEPTO IMPORTE

119 05/07/2007 REALIZACION VIDEO MUNICIPALIA 2007 348,00

ALVAREZ FERNANDEZ, ANIANO

CIF 009608177L

IMPORTE: 21.435,63 €

Nº FRA FECHA CONCEPTO IMPORTE

80 10/07/2007 SUMINISTRO PLANTAS, JARDINES 2.862,25

106 26/12/2007 SUMINISTRO SEMILLAS Y PLANTAS, JARDINES 18.573,38

LEON CADENAS, MIGUEL A.

CIF 035546766J

IMPORTE: 31.003,21 €

Nº FRA FECHA CONCEPTO IMPORTE

500036 06/04/2005 PLACAS HOMENAJE, FUNCIONARIOS POLICIA LOCAL POR 25 AÑOS DE SERVICIO 1.204,08

500356 19/04/2005 BOLÍGRAFOS, PINS, MECHEROS, LLAVEROS, CATEDRAL Y GRABACIÓN, POLICÍA 364,24

500339 06/10/2005 TROFEOS 1º, 2º Y 3º CLASIFICADO, MEDALLAS ETC. VIII C. ESPAÑA MUNTAIN BIKE 1.033,00

500373 27/10/2005 TROFEOS FIESTA SAN MARCELO 2005, POLICÍA 810,00

600297 30/08/2006 PLACAS HOMENAJE, 25º ANIVERSARIO PROMOCIÓ DE BOMBEROS 1981, 1.9.2006 1.487,70

700206 16/05/2007 SUMINISTRO TROFEOS, CONCEJALIA DE DEPORTES 2.621,60

700205 16/05/2007 SUMINISTRO TROFEOS, CONEJALIA DE DEPORTES 2.668,00

700204 16/05/2007 SUMINISTRO TROFEOS, CONCEJALIA DE DEPORTES 2.886,08

700203 16/05/2007 SUMINISTRO TROFEOS, CONCEJALIA DE DEPORTES 2.946,40

700111 21/05/2007 SUMINISTRO TROFEOS Y MATERIAL DEPORTIVO, CONCEJALIA DE DEPORTES 2.400,04

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700115 21/05/2007 SUMINISTRO TROFEOS, CONCEJALIA DE DEPORTES 2.441,80

700114 21/05/2007 SUMINISTRO TROFEOS Y MEDALLAS, CONCEJALIA DE DEPORTES 2.679,60

700113 21/05/2007 1 JUEGO DE PORTERIAS FUTBOL 7, DEPORTES PALOMERA 2.813,00

700112 21/05/2007 RED PROTECCION CAMPO FUTBOL PUENTE CASTRO 2.975,40

700440 08/11/2007 39 TROFEOS DEPORTIVOS, FIESTAS SAN MARCELO 2007 1.672,27

DIEZ ALVAREZ, MIGUEL ANGEL

CIF 009763238Z

IMPORTE: 16.634,40 €

Nº FRA FECHA CONCEPTO IMPORTE

21 31/03/2005 REPARACIONES RUEDAS MAQUINARIA JARDINES, MARZO 560,28

35 30/04/2005 RUEDAS MAQUINARIA JARDINES, ABRIL 578,84

46 30/05/2005 REPARACIONES RUEDAS VEHICULOS JARDINES, MAYO 737,76

59 30/06/2005 REPARACIONES RUEDAS VEHICULOS JARDINES, JUNIO 390,92

72 30/07/2005 REPARACIONES RUEDAS VEHICULOS JARDINES, JULIO 290,00

76 30/08/2005 REPARACIONES RUEDAS VEHICULOS JARDINES, AGOSTO 469,80

90 30/09/2005 REPARACIONES RUEDAS VEHICULOS JARDINES, SEPTIEMBRE 1.241,20

103 30/10/0005 RUEDAS VEHICULOS P.MOVIL 3.602,96

104 30/10/2005 REPARACIONES RUEDAS MAQUINARIA JARDINES, OCTUBRE 198,36

123 30/11/2005 REPARACION RUEDAS VEHICULOS PARQUE MOVIL 697,16

163 31/03/2006 REPARACIONES RUEDAS VEHICULOS PARQUE MOVIL 309,72

214 30/09/2006 REPARACIONES RUEDAS VEHICULOS JARDINES, SEPTIEMBRE 635,68

219 30/10/2006 REPARACIONES RUEDAS VEHICULOS JARDINES, OCTUBRE 328,28

241 30/11/2006 LAVADOS VEHICULOS, NOVIEMBRE 296,38

242 30/11/2006 LAVADO VEHICULOS PARQUE MOVIL, NOVIEMBRE 66,70

243 30/11/2006 LAVADO VEHICULOS, NOVIEMBRE 1.584,56

244 30/11/2006 REPARACIONES RUEDAS VEHICULOS JARDINES, NOVIEMBRE 559,12

274 30/01/2007 REPARACIONES RUEDAS VEHICULOS JARDINES, ENERO 419,92

295 30/03/2007 REPARACIONES RUEDAS VEHICULOS JARDINES, MARZO 513,88

306 30/04/2007 REPARACIONES RUEDAS VEHICULOS JARDINES, ABRIL 851,44

319 30/05/2007 REPARACIONES RUEDAS VEHICULOS JARDINES, MAYO 969,76

331 30/06/2007 RUEDAS MAQUINARIA JARDINES, JUNIO 205,32

350 30/07/2007 REPARACIONES RUEDAS MAQUINARIA JARDINES, JULIO 230,84

359 30/08/2007 REPARACIONES RUEDAS JARDINES, AGOSTO 284,20

1668 28/02/2005 REPARACIONES RUEDAS MAQUINARIA JARDINES, FEBRERO 611,32

CAFETESA, S.L.

CIF B24085482

IMPORTE: 2.775,88 €

Nº FRA FECHA CONCEPTO IMPORTE

1026/07 10/04/2007 REVISION Y REPARACION CAFETERA Y LAVAVAJILLAS CAFETERIA ORDOÑO 2.775,88

LOPEZ BOLAÑOS, MANUEL

CIF 011673794Y

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IMPORTE: 3.070,52 €

Nº FRA FECHA CONCEPTO IMPORTE

8/6 02/02/2006 INS.4 PAGINAS REVISTA LEON CIUD.Y PUEBLOS ENTREVIST TV, FITUR 2006 3.070,52

ALMACENES TOME Y GARCIA, S.L.

CIF B24011801

IMPORTE: 3.231,28 €

Nº FRA FECHA CONCEPTO IMPORTE

125 30/05/2008 SUMINISTRO DE CALZADO, PERSONAL EMPLEADO EN R. VIRGEN DEL CAMINO 3.231,28

VIVEROS GALILEO, S.L. LABORAL

CIF B24365611

IMPORTE: 12.076,56 €

Nº FRA FECHA CONCEPTO IMPORTE

1070040 02/04/2007 SUMINISTRO SEMILLAS, JARDINES 3.065,55

1070044 12/04/2007 SUMINISTRO SEMILLAS, JARDINES 3.070,90

1070063 02/05/2007 SUMINISTRO SUSTRATO PLANTA TEMPORADA, JARDINES 3.312,72

1070067 14/05/2007 SUMINISTRO SEMILLAS, JARDINES 2.627,39

GAS NATURAL SERVICIOS SDG, S.A.

CIF A08015497

IMPORTE : 47.776,67 €

Nº FRA FECHA CONCEPTO IMPORTE

FE08321040330651 03/07/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, CENTRO CÍVICO EL CRUCERO, JULIO 184,82

FE08321040713453 10/07/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, CENTRO CÍVICO LA ASUNCIÓN, JULIO 200,05

FE08321041171659 16/07/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, CENTRO DE MAYORES PUENTE CASTRO, JULIO 270,84

FE08321041927895 24/07/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, CENTRO CANSECO, JULIO 429,03

FE08321043049018 07/08/2008 TÉRMINO FIJO Y ALQUILER DE CONTADOR, CENTRO CÍVICO 97,66

FE08321043049021 07/08/2008 TÉRMINO FIJO Y ALQUILER DE CONTADOR, COLEGIO P. LOPE DE VEGA 103,40

FE08321043049012 07/08/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, AULA EDIFICIO ABELLÓ-ILDEFE 198,60

FE08321043569891 14/08/2008 TÉRMINO FIJO Y ALQUILER DE CONTADOR, COLEGIO LA GRANJA 103,40

FE08321043569892 14/08/2008 TÉRMINO FIJO Y ALQUILER DE CONTADOR, COLEGIO CAMINO DEL NORTE 103,40

FE08321043569893 14/08/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, COLEGIO PONCE DE LEÓN 149,77

FE08321043569897 14/08/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, GUARDERÍA PÍO XII 429,62

FE08321043850359 18/08/2008 TÉRMINO FIJO Y ALQUILER DE CONTADOR, CENTRO SOCIAL LA ASUNCIÓN 200,05

FE08321043850356 18/08/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, COLEGIO LA PALOMERA 432,40

FE08321043850357 18/08/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, GUARDERÍA LA ASUNCIÓN 453,64

FE08321044661596 27/08/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, ESCUELA DE TRABAJO 18,66

FE08321045688942 09/09/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, CENTRO CÍVICO 81,39

FE08321045710835 09/09/2008 TÉRMINO FIJO Y ALQUILER DE CONTADOR, COLEGIO SAN CLAUDIO 81,39

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FE08321045688943 09/09/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, PALACIO D. GUTIÉRRE 447,83

FE08321045688946 09/09/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, COLEGIO P. LOPE DE VEGA 495,19

FE08321046162256 15/09/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, GUARDERÍA PÍO XII 79,07

FE08321046162251 15/09/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, COLEGIO P. LA GRANJA 98,41

FE08321046198180 16/09/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, COLEGIO P. PONCE DE LEÓN 479,64

FE08321046198186 16/09/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, CENTRO LA ASUNCIÓN 2.367,82

FE08321046630372 19/09/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, CENTRO SOCIAL CANSECO 290,26

FE08321048114580 08/10/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, CASA CONSISTORIAL, PLAZA S. MARCELO 86,18

FE08321048114575 08/10/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, CENTRO CÍVICO 758,01

FE0832104568244 15/10/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, CENTRO DE INFORMACIÓN JUVENIL 124,84

FE08321048568250 15/10/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, COLEGIO CAMINO DEL NORTE 166,63

FE08321049654997 21/10/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, ESCUELA DE TRABAJO 71,99

FE08321050663769 07/11/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, CASA CONSISTORIAL DE SAN MARCELO 304,38

FE08321050663759 07/11/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, COLEGIO ANTONIO VALBUENA 1.631,52

FE08321050663768 07/11/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, COLEGIO P. LOPE DE VEGA 2.171,75

FE08321051224784 14/11/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, COLEGIO PONCE DE LEÓN 233,52

FE08321051224786 14/11/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, AULAS ILDEFE, AV. MARIANO ANDRÉS 411,39

FE08321051224788 14/11/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, COLEGIO LA PALOMERA 421,13

FE08321051224782 14/11/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, COLEGIO P. CAMINO DE NORTE 1.576,90

FE08321051224781 14/11/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, COLEGIO LA GRANJA 2.658,73

FE08321051224790 14/11/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, AUDITORIO 5.451,19

FE08321053314449 09/12/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, CASA CONSISTORIAL 1.617,23

FE08321053314440 09/12/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, AULAS DEL ILDEFE EN EDIFICIO ABELLÓ 1.721,60

FE08321053337757 09/12/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, COLEGIO LUIS VIVES2 2.212,33

FE08321053314446 09/12/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, PALACIO D. GUTIÉRRE 2.389,07

FE08321053314442 09/12/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, COLEGO ANTONIO VALBUENA 2.609,59

FE08321053314448 09/12/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, COLEGIO P. LOPE DE VEGA 3.144,48

FE08321053838123 15/12/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, ESCUELAS MARIANO ANDRÉS 527,56

FE08321053838125 15/12/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, GUARDERÍA PÍO XII 739,19

FE08321053838126 15/12/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, COLEGIO LA PALOMERA 879,58

FE08321053838121 15/12/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, COLEGIO PONCE DE LEÓN 955,28

FE08321053838114 15/12/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, CENTRO DE INFORMACIÓN JUVENIL 1.218,90

FE08321053838120 15/12/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, COLEGO P. CAMINO DEL NORTE 1.832,09

FE08321053838118 15/12/2008 CONSUMO DE GAS Y OTROS CONCEPTOS, COLEGIO LA GRANJA 3.321,36

FE08321054273436 18/12/2008 DERECHOS DE ALTA/ACOMETIDA Y TÉRMINO FIJO,COLEGIO CAMINO DEL NORTE 743,91

GENARO FONTECHA, S.L.

CIF B24074262

IMPORTE: 95.069,52 €

35

Nº FRA FECHA CONCEPTO IMPORTE

001107/96 11/06/1996 SUMINISTRO PINTURA, COTON ESCOLAR (AÑO 1996) 841,42

002428/99 31/10/1999 DISOLVENTES. CENTRO DE LOS OFICIOS 83,06

001859/01 30/06/2001 SUMINISTRO PINTURA, MERCADO DE GANADOS (AÑO 2001) 147,93

002216/01 31/07/2001 SUMINISTRO PINTURA, HISPANICO (AÑO 2001) 842,59

004076/01 31/12/2001 SUMINISTRO PINTURA, JARDINES (AÑO 2001) 68,08

002433/02 31/07/2002 SUMINISTRO PINTURA, HISPANICO (AÑO 2002) 1.949,51

002856/02 31/08/2002 SUMINISTRO PINTURA, HISPANICO (AÑO 2002) 1.162,35

002829/03 31/08/2003 SUMINISTRO PINTURA, HISPANICO (AÑO 2003) 172,21

004323/03 31/12/2003 SUMINISTRO PINTURA, HISPANICO (AÑO 2003) 761,02

003379/04 30/09/2004 SUMINISTRO PINTURA, HISPANICO (AÑO 2004) 1.497,36

004273/04 30/11/2004 SUMINISTRO PINTURA, PALACIO DE DEPORTES 388,39

106/05 31/01/2005 KILATE AMARILLO ORO, LILATE AZUL ANCLA, PALETINA - TALLER OBRAS 50,29

109/05 31/01/2005 FIBRA DE VIDRIO PROQUINSA - OBRAS 264,13

381/05 12/02/2005 DIVERSO MATERIAL Y HERRAMIENTAS DE PINTURA- OBRAS, E.MUSICA 359,28

386/05 12/02/2005 DIVERSO MATERIAL Y HERRAMIENTAS DE PINTURA- OBRAS, CARNAVAL 2005 403,24

379/05 12/02/2005 DIVERSO MATERIAL Y HERRAMIENTA DE PINTURA - OBRAS, TALLER 405,97

384/05 12/02/2005 DIVERSO MATERIAL Y HERRAMIENTAS DE PINTURA- OBRAS,MAMPARAS ORDOÑO II 433,27

382/05 12/02/2005 DIVERSO MATERIAL Y HERRAMIENTAS DE PINTURA- OBRAS, GUARDERIA PIO XII 616,73

380/05 12/02/2005 PINTURA, PINCELES, SILICONA... - OBRAS, NAVIDAD 2.004 707,87

383/05 12/02/2005 DIVERSO MATERIAL Y HERRAMIENTAS DE PINTURA- OBRAS, COLEGIO ANEJAS 846,35

385/05 12/02/2005 DIVERSO MATERIAL Y HERRAMIENTAS DE PINTURA- OBRAS,C.P.LUIS VIVES 1.438,82

378/05 12/02/2005 MIX KILATE LAC BASE, DESCARGAS COLORANTE - OBRAS, C.P.LUIS VIVES 1.758,40

896/05 31/03/2005 DIVERSO MATERIAL Y HERRAMIENTAS DE PINTURA- OBRAS, ESPABILA 583,27

1178/05 01/04/2005 DIVERSO MATERIAL Y HERRAMIENTAS DE PINTURA- OBRAS,COLEGIO PONCE Y S.CLAUDIO 334,32

1177/05 01/04/2005 DIVERSO MATERIAL Y HERRAMIENTAS DE PINTURA- OBRAS, TALLER 608,62

1179/05 01/04/2005 DIVERSO MATERIAL Y HERRAMIENTAS DE PINTURA- OBRAS, CAMPO DE FUTBOL 2.428,75

1231/05 12/04/2005 DIVERSO MATERIAL Y HERRAMIENTAS DE PINTURA- OBRAS, C.P.LUIS VIVES 554,70

001470/05 30/04/2005 SUMINISTRO PINTURA, HISPANICO 2.089,25

1812/05 25/05/2005 DIVERSO MATERIAL Y HERRAMIENTAS DE PINTURA- OBRAS, MANTENIMIENTO ORDOÑO II 49,37

1818/05 25/05/2005 DIVERSO MATERIAL Y HERRAMIENTAS DE PINTURA- OBRAS, LOCAL ARMUNIA 170,20

1816/05 25/05/2005 DIVERSO MATERIAL Y HERRAMIENTAS DE PINTURA- OBRAS, PLZ.JUAN DE AUSTRIA 206,92

1817/05 25/05/2005 DIVERSO MATERIAL Y HERRAMIENTAS DE PINTURA- OBRAS, C.P.GONZALEZ DE LAMA 517,81

1811/05 25/05/2005 DIVERSO MATERIAL Y HERRAMIENTAS DE PINTURA- OBRAS,LOCAL AV.LA FACULTAD 611,47

1814/05 25/05/2005 DIVERSO MATERIAL Y HERRAMIENTAS DE PINTURA- OBRAS,COLEGIO JAVIER/VALBUENA 633,89

1819/05 25/05/2005 DIVERSO MATERIAL Y HERRAMIENTAS DE PINTURA- OBRAS, APARCAMIENTO CAMIONES 779,54

1815/05 25/05/2005 DIVERSO MATERIAL Y HERRAMIENTAS DE PINTURA- OBRAS, CAMPO DE FUTBOL 1.387,75

1810/05 25/05/2005 DIVERSO MATERIAL Y HERRAMIENTAS DE PINTURA- OBRAS,CENTRO SOCIAL LA SERNA 1.782,34

36

1813/05 25/05/2005 DIVERSO MATERIAL Y HERRAMIENTAS DE PINTURA- OBRAS, BANCO JARDINERIA 378,73

1919/05 31/05/2005 2 DE TIERRA OCRE N3 1K - OBRAS 6,15

001915/05 31/05/2005 SUMINISTRO PINTURA, JARDINES 104,86

1918/05 31/05/2005 DIVERSO MATERIAL Y HERRAMIENTAS DE PINTURA- OBRAS,FONTANERIA Y C.P.GUMERSINDO 549,86

2289/05 10/06/2005 DIVERSO MATERIAL Y HERRAMIENTAS DE PINTURA- OBRAS, BIBLIOTECA S.LORENZO 334,47

2288/05 10/06/2005 DIVERSO MATERIAL Y HERRAMIENTAS DE PINTURA- OBRAS, COLEGIO C.H.F. 355,30

2290/05 10/06/2005 DIVERSO MATERIAL Y HERRAMIENTAS DE PINTURA- OBRAS, TALLER 373,75

2287/05 10/06/2005 DIVERSO MATERIAL Y HERRAMIENTAS DE PINTURA- OBRAS, R.VIRGEN DEL CAMINO 417,44

2286/05 10/06/2005 DIVERSO MATERIAL Y HERRAMIENTAS DE PINTURA- OBRAS, C.S.BARRIO INMACULADA 2.255,69

002458/05 30/06/2005 SUMINISTRO PINTURA, JARDINES 73,20

002460/05 30/06/2005 CYMAELASTIC IMPER. GRIS, FIBRA DE VIDRIO PROQUINSA, CINTA FAMA, CEPILLO ALAMBRE. 1.176,37

2285/05 05/07/2005 DIVERSO MATERIAL Y HERRAMIENTAS DE PINTURA- OBRAS, 588,27

002994/05 31/07/2005 SUMINISTRO PINTURA, HISPANICO 71,80

003000/05 31/07/2005 PALACIO DON GUTIERRE, MIX CUMBRE MATE BASE 814, DESCARGAS COLORAN., ROLOPEL 10 . 160,20

002993/05 31/07/2005 MATERIAL INSTALACIONES DEPORTIVAS CHF 201,54

003003/05 31/07/2005 BOLERA SAN FRANCISCO. MATERIAL 271,51

003002/05 31/07/2005 CONCEJALIA DE JUVENTUD, HAMERITE LISO VERDE, DISOLVENTE HAMERITE... 295,58

002998/05 31/07/2005 COLEGIO GUMERSINDO AZCARATE, TEMPLE GEAM BLANCO, RUALAIX AGUAPLAST, TAPAMUEBLES 438,46

003001/05 31/07/2005 ALBERGUE DE PEREGRINOS. PYMA P-300 FENIX BASE BL 15L. RUALAIX AGUAPLAST... 453,62

003007/05 31/07/2005 BANCOS JARDINERAS. CETOL TGL SATIN INCOLORO, RECAMBIO TIPO FLOCADO AMARILLO... 514,38

005999/05 31/07/2005 COLEGIO LOPE DE VEGA, TEMPLE GEAM BLANCO LISO, PYMA P-300 FENIX BASE... 537,10

003004/05 31/07/2005 CAMPO FUTBOL, PROCOSOL PINTURA GRIS. 597,17

002996/05 31/07/2005 BIBLIOTECA LUIS PASTRANA. MIX PAREDES Y TECHOS, DESCARGAS COLORAN.MIX... 601,77

002997/05 31/07/2005 PYMA P-300 FENIX BASE BL, TAPAMUEBLES GRUESO PENTRILO, RUALAIX AGUAPLAST VERDE.. 640,76

003005/05 31/07/2005 FIESTA DE SAN JUAN, CUMBRE SATIN AMARILLO BA, SILICONA ACRILICA BLANCA,... 837,64

003006/05 31/07/2005 CENTRO SOCIAL LA INMACULADA 1.327,13

003603/05 31/08/2005 SUMINISTRO PINTURA, HISPANICO 92,80

003610/05 31/08/2005 OBRA PLAZA GANDO.Ç 121,78

003608/05 31/08/2005 COLEGIO DE LA PALOMERA. PYMA P-300 FENIX BASE BL 15L, TEMPLE GEAM BLANCO... 123,30

003602/05 31/08/2005 MATERIAL INSTALACIONES DEPORTIVAS CHF 202,47

003611/05 31/08/2005 OBRA COLEGIO PONCE. PROCOTEX LISO MARFIL PIED, PROCOTEX LISO PIEDRA... 407,40

003607/05 31/08/2005 OBRA PARQUE DE LOS REYES 508,00

003609/05 31/08/2005 OBRA TALLER. PROCOBAR SIST. POL. FONDO, PROCOBAR SIST. POL. SATINAD... 569,43

003605/05 31/08/2005 OBRA RESIDENCIA VIRGEN DEL CAMINO. SAXON LOC CEREZO, SAXON MANTA. 1.058,82

003606/05 31/08/2005 TANATORIO JULIO DEL CAMPO. CYMAELASTIC IMPER.ROJO OXI. 4.527,22

004103/05 30/09/2005 Obra Apartamentos Junta de Castilla y León 97,16

004466/05 30/09/2005 SUMINISTRO PINTURA, HISPANICO 211,15

004100/05 30/09/2005 Obra Bancos mesas parque San Francisco 224,91

004102/05 30/09/2005 Obra Aulas Seminario Mayor 255,29

37

004105/05 30/09/2005 Obra Guardería San Isidoro 386,33

004101/05 30/09/2005 Obra Bancos Exteriores 561,15

004104/05 30/09/2005 Mercado de Ganado 644,38

004465/05 30/09/2005 Material para el CHF 699,36

004107/05 30/09/2005 Obra colegio Gumersindo Azcarate. 1.074,17

004106/05 30/09/2005 Obra Colegio San Claudio 1.123,53

004876/05 31/10/2005 MATERIAL INSTALACIONES DEPORTIVAS CHF 540,71

004878/05 31/10/2005 Obra Chalet Padre Isla 1.271,22

002793/05 04/11/2005 CYMAELASTIC IMPER.GRIS, CINTA FAMA . CENTRO CIVICO CRUCERO 271,30

005053/05 14/11/2005 Obra Merdado de Ganado 105,49

005058/05 14/11/2005 Obra Escuela Municipal de Música 150,14

005056/05 14/11/2005 Obra Colegio San Javier. 209,12

005055/05 14/11/2005 Obra Auditorio 237,60

005052/05 14/11/2005 Obra Albergue de Peregrinos 240,36

005050/05 14/11/2005 Obra Colegio Anejas 254,65

005059/05 14/11/2005 Obra Centro Social Padre Isla 296,51

005057/05 14/11/2005 Obra Colegio Gumersindo Azcárate. 313,34

005054/05 14/11/2005 Obra Taller Pintura 491,34

005060/05 14/11/2005 Material Colegio Cervantes. 1.973,35

005182/05 30/11/2005 Servicios Taller. 102,40

005185/05 30/11/2005 SUMINISTRO PINTURA, POLIDEPORTIVO CHF 718,96

005188/05 30/11/2005 Almacen. 1.537,96

005653/05 23/12/2005 Instal. Depor. Trobajo del Cerecedo 71,83

005652/05 23/12/2005 Despacho Banco España 119,16

005651/05 23/12/2005 Local S. Vicente Martí. 138,17

005650/05 23/12/2005 Centro S. Parque los Reyes 145,45

005646/05 23/12/2005 Palacio Don Gutierre 243,52

005645/05 23/12/2005 Taller de Pintura 249,13

005649/05 23/12/2005 Bancos Jardineras 529,93

005644/05 23/12/2005 Colegio Quevedo. 770,52

005643/05 23/12/2005 Obra: Carroza Navidad 1.013,42

005647/05 23/12/2005 Obra Locales Julio del Campo 1.062,46

005648/05 23/12/2005 Colegio Cervantes 1.563,49

005745/05 31/12/2005 SUMINISTRO PINTURA, POLIDEPORTIVO CHF 129,41

000558/06 28/02/2006 OBRA: RESIDENCIA V. DEL CAMINO 649,88

000559/06 28/02/2006 OBRA: CAMARA DE COMERCIO 3.030,79

003133/06 31/07/2006 SUMINISTRO PINTURA, OBRA COLEGIO LOPE DE VEGA 2.284,89

004025/06 31/08/2006 SUMINISTRO PINTURA, PALACIO DON GUTIERRE 99,37

004030/06 31/08/2006 SUMINISTRO PINTURA PARA BANCOS Y JARDINERAS 190,08

004028/06 31/08/2006 SUMINISTRO PINTURA, TALLER OBRAS 264,89

004031/06 31/08/2006 SUMINISTRO PINTURA, COLEGIO LOPE DE VEGA 295,70

004029/06 31/08/2006 SUMINISTRO PINTURA PARA BANCOS 349,74

004034/06 31/08/2006 SUMINISTRO PINTURA, OBRA PROCURADOR DEL COMUN 533,76

38

004037/06 31/08/2006 SUMINISTRO PINTURA, COLEGIO ANEJAS 755,64

004032/06 31/08/2006 SUMINISTRO PINTURA, COLEGIO PALOMERA 785,23

004026/06 31/08/2006 SUMISTRO PINTURA, ALMACEN OBRAS 797,34

004033/06 31/08/2006 SUMINISTRO PINTURA, RESIDENCIA VIRGEN DEL CAMINO 907,15

004027/06 31/08/2006 SUMINISTRO PINTURA GUARDERIA DAMA ARINTERO Y CENTRO CIVICO 939,36

004035/06 31/08/2006 SUMINISTRO PINTURA, FIESTAS SAN JUAN 1.050,61

004036/06 31/08/2006 SUMINISTRO PINTURA, OBRA PARQUE INFANTIL DE TRAFICO 1.452,81

004701/06 19/10/2006 SUMINISTRO PINTURA, PARQUE INFANTIL TRAFICO 87,58

004703/06 19/10/2006 SUMINISTRO PINTURA, OBRA COLEGIO QUEVEDO 196,86

004700/06 19/10/2006 SUMINISTRO PINTURA, IX EXPOSICION CANINA 204,43

004702/06 19/10/2006 SUMINISTRO PINTURA, TALLER OBRAS 228,60

004704/06 19/10/2006 SUMINISTRO PINTURA, BARANDILLA RIO 411,32

004705/06 19/10/2006 SUMINISTRO PINTURA, OBRA COLEGIO PONCE 669,95

004699/06 19/10/2006 SUMINISTRO PINTURA, FIESTAS SAN FROILAN 713,96

004839/06 31/10/2006 MATERIAL LABORATORIO MUNICIPAL 399,64

005716/06 30/11/2006 SUMINISTRO PINTURA, OBRA ESCUELA TALLER PUENTE CASTRO 19,38

005717/06 30/11/2006 SUMINISTRO PINTURA, OBRAS FONTANERIA 93,23

005718/06 30/11/2006 SUMINISTRO PINTURA, COLEGIO SAN ISIDORO 3.130,41

006150/06 31/12/2006 SUMINISTRO PINTURA MERCADO CONDE 72,59

006147/06 31/12/2006 SUMINISTRO PINTURA MERCADO DE GANADO 95,75

006148/06 31/12/2006 SUMINISTRO PINTURA EDFICIO ORDOÑO II 109,41

006146/06 31/12/2006 SUMINISTRO PINTURA, CENTRO CIVICO 170,28

006142/06 31/12/2006 SUMINISTRO PINTURA OFICINA DE LA JUVENTUD 191,43

006141/06 31/12/2006 SUMINISTRO PINTURA PERGOLAS CALLE SAN PEDRO 210,66

006143/06 31/12/2006 SUMINISTRO PINTURA LAVADEROS OTERUELO-CASA CULTURA 224,60

005880/06 31/12/2006 SUMINISTRO PINTURA GUARDERIA LA ASUNCION, OBRAS 228,76

006152/06 31/12/2006 SUMINISTRO PINTURA GUARDERIA PIO XII, OBRAS 376,97

006151/06 31/12/2006 SUMINISTRO PINTURA, CEAS Bº INMACULADA Y CEAS PADRE ISLA 391,09

005881/06 31/12/2006 SUMINISTRO PINTURA DICIEMBRE, PALACIO DE DEPORTES 429,55

006149/06 31/12/2006 SUMINISTRO PINTURA ASOCIACION VECINOS QUEVEDO 441,39

006139/06 31/12/2006 SUMINISTRO PINTURA, CEAS FRONTON Y ARMUNIA 499,91

006144/06 31/12/2006 SUMINISTRO PINTURA LOCAL C/ PEÑA ERCINA 508,13

006153/06 31/12/2006 SUMINISTRO PINTURA CARROZAS 612,54

006145/06 31/12/2006 SUMINISTRO PINTURA GUARDERIA PIO XII 825,05

SOCIEDAD ESTATAL DE CORREOS Y TELEGRAFOS

CIF 83052407

IMPORTE: 24.008,40€

Nº FRA FECHA CONCEPTO IMPORTE

4000419955 31/10/2009 SERVICIOS DE CORREOS, RECAUDACIÓN, OCTUBRE 24.008,40

GARCIA FERNANDEZ, MIGUEL ANGEL

39

NIF 9648474-C

IMPORTE : 2.722,70 €

Nº FRA FECHA CONCEPTO IMPORTE

11/11/1999 HONORARIOS DIRECC E INSP.OBRAS URB.PEÑA LABRA NORTE 1.978,06

15/02/2001 HONOR. DIRECC E INSPECC.OBRAS URB.TRAMO C/ VEGARADA 744,64

NEGRAL FEO, MARTIN

NIF 09677684-C

IMPORTE : 3.514,40 €

Nº FRA FECHA CONCEPTO IMPORTE

11/11/1009 HONORARIOS DIRECC E INSP.OBRAS URB.PEÑA LABRA NORTE 1.978,06

15/02/2001 HON.REDACC.PROYECTO ADIC.URBANIZ. C/ VEGARADA 791,70

15/02/2001 HONOR. DIRECC E INSPECC.OBRAS URB.TRAMO C/ VEGARADA 744,64

MAPFRE SEGUROS GENERALES

CIF A28141935

IMPORTE: 550,00 €

Nº FRA FECHA CONCEPTO IMPORTE

230642071 20/10/2008 SEGURO ACCIDENTES COLECTIVOS ACTIVIDAD ROCODROMO 2008-2009 400,00

230642935 20/10/2008 SEGURO ACCIDENTES ACTIVIDAD PROMOCIONAL DE RAPPEL 24 AL 25 OCTUBRE 150,00

MEJORAS E. DE RECURSOS E INVEST., S.A.

CIF A79985925

IMPORTE: 11.706,72

Nº FRA FECHA CONCEPTO IMPORTE

09/317 02/04/2009 CERT. 11ª, ALQUILER CON DERECHO A COMPRA, EQUIPOS DETECCIÓN DE FUGAS, RED AGUAS 11.706,72

Por unanimidad de los miembros de la Comisión, se informa favorablemente la propuesta.”

Abierto el turno de intervenciones y no produciéndose ninguna seguidamente por el Pleno Municipal se procede a votar el dictamen de la Comisión Municipal Informativa de Hacienda, Empleo, Régimen Interior y Personal, en reunión, extraordinaria y urgente, celebrada el día 26 de marzo de 2010, trascrito anteriormente, que es aprobado por unanimidad de todos los miembros.

40

9.- PROPUESTA DE MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL

REGULADORA DE LAS TASAS POR ESTACIONAMIENTO EN LA ZONA ORA.- Se da cuenta del dictamen emitido por la Comisión Municipal Informativa de Hacienda, Empleo, Régimen Interior y Personal, en reunión, extraordinaria y urgente, celebrada el día 26 de marzo de 2010, que a continuación se transcribe:

“Se dio cuenta del expediente tramitado en virtud de una propuesta remitida por el Consejo de Administración de la Sociedad Mixta “EULSA”, relativa a la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de las Tasas por Estacionamiento de Vehículos en la zona ORA, según la propuesta de ampliación y nueva regulación del servicio ORA, en la que por la Técnico Adjunta a Jefe de Servicio de Asuntos Económicos, ha emitido el siguiente informe: “PRIMERO: Que por el Pleno Municipal, en sesión celebrada en fecha 5 de Marzo de 2010, fue aprobada inicialmente la modificación del Servicio zona ORA, estableciendo nuevas vías públicas de rotación azul y de residentes o zona verde, así como una nueva modalidad especial de estacionamientos de larga estancia, denominada zona naranja. Esta modificación está actualmente en fase de exposición pública, tras su aprobación inicial como así se ha expuesto.

SEGUNDO, Que paralelamente a la meritada modificación del servicio en sí, es necesario proceder a la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de las Tasas por el estacionamiento de vehículos en la zona ORA, toda vez que, es necesario incluir en la misma las Tarifas correspondientes a la nueva de estacionamientos de larga duración denominada zona naranja.

TERCERO, Que hay que tener en cuenta, asimismo, que en la sesión

plenaria antes citada, al mismo tiempo que se aprobaba la modificación en cuestión, se acordaba una reducción general de la Tarifa actual en zona azul y verde en porcentaje del 5%, en la que se incluía ya la bajada general del 3,1%, aprobada inicialmente en sesión plenaria de fecha 2 de Febrero de 2010, actualmente en fase de exposición pública, y de un 10% en la zona naranja sobre la propuesta en el estudio económico adjunto; acuerdos que propician necesariamente modificación de la Ordenanza Fiscal correspondiente.

RESULTANDO, primero, que tal y como se ha expuesto, estamos ante una

modificación de la Ordenanza Fiscal vigente para reducir las actuales Tarifas en zona azul y verde en un 5% (que incluye ya la bajada del 3,1%) y para el establecimiento de una nueva tarifa para los estacionamientos de larga duración o zona naranja, siendo la propuesta en el estudio económico adjunto, proporcional a la ya vigente y a la que habrá que aplicar, asimismo, una reducción del 10%, según el referido acuerdo antes citado

RESULTANDO, segundo, que teniendo en cuenta lo anterior es claro que

con la modificación propuesta se sigue cumpliendo el mandato normativo del Art. 24.2 del R.D. Legislativo 2/2004, de 5 de Marzo, por el que se aprueba el Texto

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Refundido de la Ley Reguladora de Las Haciendas Locales que establece que, en general, el importe de las Tasas por la prestación de un servicio o la realización de una actividad, no podrá exceder, en su conjunto, del coste real o previsible del servicio o actividad de que se trate o en su defecto, del valor de la prestación recibida, al tratarse de modificaciones por reducción de Tarifas y del establecimiento de una nueva para la zona naranja proporcional a las ya existentes y a la que, a su vez se le aplica un porcentaje de reducción más amplio, esto es de un 10% frente al 5% para las ya existentes, zona azul y verde.

RESULTANDO, tercero, que consta en el expediente, memoria económica

sobre la propuesta de referencia con estudio de viabilidad o análisis pormenorizado de los costes del servicio y de la cobertura de los mismos tal y como así se establece en el Art. 25 de la meritada Ley Reguladora de las Haciendas Locales, por lo que.

CONSIDERANDO lo anteriormente expuesto y en aplicación de lo

preceptuado en los referidos preceptos legales, la Técnico que suscribe, informa favorablemente la propuesta de modificación de la Ordenanza Fiscal en cuestión, la cual deberá de tramitarse según el procedimiento establecido en el Art. 17 de la citada Norma, para lo cual deberá aprobarse inicialmente, con exposición al público durante 30 días hábiles, aprobación definitiva si se hubieren presentado alegaciones en la fase anterior y publicación del texto íntegro de la modificación, teniendo en cuenta que no entrará en vigor antes de la misma.

Es todo lo que tengo el honor de informar, no obstante, la Corporación con su superior criterio decidirá lo que estime más conveniente para los intereses Municipales.”

De conformidad con lo expuesto en el anterior informe por el Sr. Concejal Delegado de Economía y Hacienda se formula la siguiente propuesta:

“Vista Propuesta remitida por el Consejo de Administración de la Sociedad

Mixta “EULSA”, relativa a la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de las Tasas por Estacionamiento de Vehículos en la zona ORA, y el informe favorable de la Sra. Técnico Adjunta al Jefe de Servicio de AA.EE., a la aprobación de dichas modificaciones en los términos remitidos por la Entidad concesionaria del servicio en cuestión, lo cual supone modificar las Tarifas actuales de las Tasas de referencia, disminuyendo, en un porcentaje del 5% las relativas a la zona azul y verde de residentes (dicho porcentaje incluye ya la disminución del 3,1% aprobada inicialmente por el Pleno de fecha 2 de Febrero de 2010, actualmente en fase de información pública) y la creación de una nueva Tarifa aplicable a una nueva modalidad de estacionamiento de larga estancia, denominada zona naranja, aprobada inicialmente en la última sesión plenaria celebrada, actualmente en fase de información pública, Tarifa que se ha calculado proporcionalmente a las ya vigentes con una reducción del 10% por lo que, visto cuanto antecede y teniendo en cuenta que según los informes técnicos que constan en el expediente con las modificaciones propuestas se cumple el mandato normativo del Art. 21.1 del R.D. Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la

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Ley Reguladora de las Haciendas Locales, por esta Concejalía se propone al Pleno Municipal la adopción del siguiente acuerdo: “MODIFICAR el Art. 6º, Tarifas, de la Ordenanza Fiscal Reguladora de las Tasas por Estacionamiento de Vehículos en la zona ORA, según la propuesta adjunta remitida por la Sociedad Concesionaria del Servicio “EULSA” y que supone una reducción del 5% de las Tasas actuales aplicables a la zona ORA azul y verde de residentes (lo cual incluye la bajada del 3,1% general de las Tasas aprobada por el Pleno de fecha 2 de Febrero de 2010) y la creación de una nueva zona de estacionamiento de larga duración denominada zona naranja, para la cual se aplicarán las Tarifas actuales con una reducción sobre las mismas del 10%.

Sometida a votación la anterior propuesta, se aprueba con los votos a favor

de los cinco Concejales del Grupo PSOE y los dos del Grupo UPL, pidiendo el Sr. Nogal que conste en acta, que los cuatro Concejales del Grupo PP reservan el voto para el Pleno.”

Con la venia de la Presidencia toma la palabra el Concejal del Grupo

Municipal del Partido Popular, D. Fernando Salguero, que dice lo siguiente: Vaya por delante que el Grupo popular va a aprobar esta modificación de la

Ordenanza Reguladora a pesar de considerar que es un instrumento para la ampliación de la zona hora con la que ya se ha manifestado en Plenos anteriores no estar de acuerdo, pero esta mañana revisando lo que venía a Pleno en cuanto a la modificación, entiendo que hay que reformular la modificación del artículo 6º,ya que habla aquí, paso muy deprisa, dice que “modificar el artículo 6º según la propuesta adjunta remitida por la Sociedad CEULSA y que supone una reducción del 5% de las tasas actuales aplicables a la zona ORA azul y verde de residentes, lo cual incluye la baja del 3,1% general de las tasa s aprobada por el Pleno Municipal de fecha 2 de febrero de 2010, hasta ahí de acuerdo, y la creación de una nueva zona de estacionamiento de larga duración denominada zona naranja, de acuerdo, está en exposición pública, pero señala “para la cual se aplicarán las tarifas actuales con una reducción sobre las mismas del 10%”, entiendo que esto no está correctamente expresado porque no hay tarifas actuales, y además, es que la reducción del 10% no es exactamente sobre unas tarifas de zona hora azul, sino que es en una tabla de trabajo que se ha manejado en el Consejo de Administración, y la expresión de este articulo no es correcta.

Interviene a continuación el Portavoz del Grupo Municipal de la Unión

del Pueblo Leones, D. Javier Chamorro Rodríguez, que se expresa de la siguiente forma:

En primer lugar, manifestar una vez más, que ya lo manifestamos en el

anterior Pleno, que esta reducción de las tasas de la ORA vienen como consecuencia de la condición puesta por el Grupo de la UPL para apoyar esta modificación de la ORA, y en segundo lugar, darle la razón a D. Fernando Salguero puesto que es cierto que la redacción, yo entiendo que no es correcta, lo que se

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produce a lo largo del trabajo de fijación de estas tarifas, se está trabajando con una hoja de precios para esa zona naranja que hasta ahora no existía ,y es sobre esa hoja de trabajo sobre la que la UPL solicita una reducción del 10%, y por tanto entiendo que no es correcto que se diga en el acuerdo que hay una reducción del 10% sobre las tarifas existente, puesto que no existía una tarifa de la zona naranja. Quizás lo que hay que hacer es, que si es correcto, el 5% en la zona azul, pero al referirse a la zona naranja, simplemente deberemos aprobar las tarifas concretas que se aprueban ahora; no hay una reducción sobre nada preexistente puesto que no existía, insisto, era una herramienta de trabajo sobre la cuales estamos trabajando y sobre esa hoja de trabajo, la UPL solicitó que se redujeran un 10%, creo que tiene toda la razón el Portavoz en este asunto del Partido Popular.

Seguidamente toma la palabra la Concejala Delegada de Deportes y

Bomberos, Dª Natalia Rodríguez Picallo, del Grupo Municipal Socialista, quien dice:

Como dice mi compañero, D. Javier Chamorro, tiene usted razón, en este sentido, entonces si les parece, el texto sería simplemente y la creación de una nueva zona de estacionamiento de larga duración denominada zona naranja, por la cual se aplicarán las tarifas que se acompañan a este expediente, aunque es cierto que el 10% ha sido en el documento de trabajo, porque no existía una aprobación inicial.

Terminado el turno de intervenciones, se procede a votar la propuesta

de la Comisión Municipal Informativa de Hacienda, Empleo, Régimen Interior y Personal, en reunión, extraordinaria y urgente, celebrada el día 26 de marzo de 2010, anteriormente transcrita, que resultó aprobada por unanimidad de los miembros presentes, con l corrección realizada en el último párrafo de la propuesta de acuerdo.

10.- RECURSO DE ALZADA PRESENTADO POR Dª AMABILIA FERNÁNDEZ SUÁREZ CONTRA ACUERDO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DEL SERVICIO MUNICIPALIZADO DE AGUAS.- Se da cuenta del dictamen emitido por la Comisión Municipal Informativa de Medio Ambiente, Desarrollo Sostenible y Nuevas Tecnologías, en reunión celebrada el día 15 de marzo de 2010, que se transcribe a continuación: “Se da cuenta de escrito presentado por Dª Amabilia Fernández Suárez, por el que interpone recurso de alzada contra acuerdo del Consejo de Administración del Servicio Municipalizado de Aguas, adoptado en sesión de 22 de diciembre de 2009, por el que se desestimaba reclamación planteada por la interesada contra liquidaciones de la tasa por suministro de agua que le eran giradas trimestralmente, alegando que el consumo liquidado no era real. El recurso ha sido informado por el Servicio de Aguas, indicando que, como se expresa en el acuerdo desestimatorio ahora impugnado, se trata en el presente

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caso de un contador de difícil acceso para ser leído por los empleados del Servicio, y, además, parado por avería. En estos supuestos se actúa como previene la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Suministro de Agua Potable y Servicios Complementarios, cuyo artículo 12º.2 señala literalmente que “en los casos en que, por distintas causas, tales como ausencia, dificultad en la lectura, etc., no haya podido procederse a la lectura del contador de agua, se procederá a estimar el consumo del usuario afectado en los términos y con el criterio establecido en el punto anterior de este artículo”, esto es, “se liquidará el consumo con arreglo a la cantidad consumida en el mismo período del año inmediatamente anterior, y si ello no pudiera llevarse a efecto, por cualquier causa, se estimará dicho consumo aplicando la media aritmética simple del agua consumida en los trimestres inmediatamente anteriores, hasta un máximo de tres trimestres.” Del cálculo del consumo siguiendo esta media aritmética, resultaron los 42 m3 que le fueron facturados durante los periodos objeto de reclamación. Concluye el informe del Servicio de Aguas manifestando su extrañeza por las afirmaciones de la reclamante sobre la contestación que se le daba ante sus reiteradas quejas (la cantidad facturada era “la que marcaba el contador”), pues ante cualquier queja de este tenor se hubiera contestado “que lo que precisábamos era que nos facilitaran las lecturas para poder facturar lo realmente consumido, pero no ocurrió, principalmente porque el contador estaba averiado y no contaba, hasta últimos del año 2009 en que se sustituyó por otro nuevo”. Expuesto el informe del Servicio de Aguas, y a la vista de lo prevenido en la Ordenanza reguladora de la Tasa por Suministro de Agua Potable y Servicios Complementarios, con la que es conforme la actuación de aquél, la Comisión, por unanimidad, acuerda proponer al Pleno la desestimación del recurso de alzada interpuesto por Dª Amabilia Fernández Suárez contra acuerdo del Consejo de Administración del Servicio Municipalizado de Aguas, adoptado en sesión de 22 de diciembre de 2009.” Abierto el turno de intervenciones y no produciéndose ninguna, seguidamente se procede a votar el dictamen de la Comisión Municipal Informativa de Medio Ambiente, Desarrollo Sostenible y Nuevas Tecnologías, en reunión celebrada el día 15 de marzo de 2010, transcrito anteriormente y que es aprobado por unanimidad de todos los miembros presentes. 11.- ESTUDIO DE DETALLE DE LA PARCELA R-9.1 DEL POLÍGONO DE LA LASTRA, REFERENCIA CATASTRAL 9880401TN8198S0001FJ: APROBACIÓN DEFINITIVA.- Se da cuenta del dictamen emitido por la Comisión Municipal Informativa de Urbanismo, vivienda, Obras, Infraestructuras y Parque Móvil, en reunión celebrada el día 15 de marzo de 2010, que se transcribe a continuación:

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“Se dio cuenta del expediente número 113/2009 del Servicio de Planeamiento, Gestión, Vivienda y Patrimonios Públicos del Suelo, promovido por la entidad mercantil “VIRGILIO PEREZ, S.L.”, C.I.F. número B-24303117, relativo al Proyecto de Estudio de Detalle de la parcela R-9.1 procedente del desarrollo del polígono de La Lastra de suelo urbanizable programado, y asumido por el Plan General de Ordenación Urbana de León como sector SPA 21-01, con frente a las calles Campos Góticos y Lázaro Cárdenas y el espacio peatonal ZV1-S, referencia catastral 9880401TN8198S0001FJ. Cuyo Proyecto redactado por el Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos Dña. Magdalena Barreales Caballero, tiene como objeto la modificación de la ordenación volumétrica dispuesta para la planta baja de la edificación sita en la Unidad Residencial R-9.1 del Plan Parcial del Sector La Lastra.

RESULTANDO.- Que, previos los pertinentes informes técnicos y jurídicos, emitidos en sentido favorable por los Técnicos Municipales, en sesión ordinaria celebrada por la Junta de Gobierno Local el día 9 de diciembre de 2009, se acuerda la aprobación inicial del citado instrumento de planeamiento, de conformidad con el documento presentado el día 30 de octubre de 2009, por la entidad mercantil VIRGILIO PÉREZ, S.L. y redactado por la Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos Dña. Magdalena Barreales Caballero. Siendo la finalidad del Estudio de Detalle objeto de aprobación inicial, la modificación de ciertos cambios en aspectos de tipología edificatoria de la parcela en cuestión, con respecto a la ordenación contenida en el Plan Parcial del Sector La Lastra, referidos exclusivamente a la ocupación en planta baja de la parcela, con definición de nuevos fondos edificables, y sin incidencia sobre otros parámetros reguladores, como pueden ser la edificabilidad, alturas o distribución de usos. En concreto, se incrementa el área de ocupación de suelo en planta baja, en lo que se refiere al frente respecto al espacio peatonal ZV1-S, pasando de 11,00 metros de fondo, a 16,40 metros, a contar desde la alineación del soportal previsto, mientras que se elimina en lo que se refiere al frente a la calle Lázaro Cárdenas, que pasa a constituir un espacio diáfano, a excepción de la ocupación exigida estrictamente por el núcleo de portales y escaleras, que se define mediante un sólido capaz. Esta modificación limitada afecta exclusivamente a los espacios interiores de la parcela, y no tiene incidencia sobre el soportal de uso público previsto en la ordenación, respetando los objetivos, criterios y demás condiciones y determinaciones señaladas en el Plan General de Ordenación Urbana, y dando cumplimiento a las determinaciones obligatorias establecidas en el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, reflejadas en la documentación legalmente establecida.

Acordándose, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 52.1 de la Ley 5/1999, de 8 de abril de Urbanismo de Castilla y León (LUCyL), la apertura de un periodo de información pública por plazo de un mes y restantes trámites legales. RESULTANDO.- Que se han remitido ejemplares del documento presentado a la Excma. Diputación Provincial y al Servicio Territorial de Fomento de la Junta de Castilla y León, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 52.4 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León (LUCyL) - en la redacción dada al mismo por la Ley 10/2002, de 10 de julio - y 153 del Decreto 22/2004, de

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29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León (RUCyL).

RESULTANDO.- Que, durante el trámite de información pública del anterior acuerdo, efectuado mediante la publicación de anuncios en la prensa local de 24 de diciembre de 2009, en el B.O.C. y L. nº 12, de 20 de enero de 2010, Tablón de Anuncios y Página Web Municipal y demás medios previstos por la legislación vigente, NO CONSTA QUE SE HAYAN FORMULADO ALEGACIONES, tal como atestigua la Certificación expedida por la Sra. Secretaria General con fecha 23 de febrero de 2010, obrante en el expediente.

RESULTANDO.- Que, una vez finalizado el periodo de información pública, consta la emisión de Informe emitido por la EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE LEÓN, mediante Decreto de fecha 12 de enero de 2009 de la Ilma. Sra. Presidenta de dicha entidad, con entrada en el Registro General del Ayuntamiento el día 26 de enero de 2010, en el que se informa favorablemente el expediente relativo al presente Estudio de Detalle.

RESULTANDO.- Que, finalizado el plazo de tres meses previsto en los artículos 52.4.d) de la Ley de Urbanismo y 153.3.c) del Reglamento, no consta la emisión del informe interesado del Servicio Territorial de Fomento de la Junta de Castilla y León. CONSIDERANDO.- Que, en el día de la fecha, se ha emitido informe en sentido favorable por la Excma. Diputación Provincial, y que respecto del Informe solicitado al Servicio Territorial de Fomento de la Junta de Castilla y León, a tenor de lo dispuesto en los artículos 52.4 de la LUCyL y 153 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, se entiende favorable a todos los efectos al no haber sido remitido en el plazo previsto en los citados preceptos.

CONSIDERANDO.- Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la LUCyL y 131 de su Reglamento de desarrollo, los Estudios de Detalle, pueden tener por objeto, en sectores de suelo urbano consolidado “completar o modificar las determinaciones de ordenación detallada”, siendo este el objeto del Proyecto de Estudio de Detalle presentado, por cuanto que el Sector La Lastra (SPA 21-01) es un ámbito de Suelo Urbano Consolidado, y la finalidad del documento presentado no es otra que la modificación de la ordenación detallada prevista en el vigente Plan General de Ordenación Urbana con relación a la señalada parcela, modificando un aspecto concreto de la ordenación volumétrica dispuesta para la planta baja de la edificación sita en la Unidad Residencial R-9.1 del Plan Parcial del Sector La Lastra, con cumplimiento de las prescripciones y determinaciones de ordenación general establecidas en el Plan General de Ordenación Urbana. CONSIDERANDO.- Que, de acuerdo con lo informado por los Técnicos Municipales del Gabinete de Urbanismo, el proyecto de Estudio de Detalle presentado, es coherente con el Plan General de Ordenación Urbana de la ciudad vigente, aprobado por Orden de la Consejería de Fomento FOM/1270/04, de 4 de agosto, de la Junta de Castilla y León (artículos 45.2 LUCyL y 132 RUCyL), y

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contiene todos los documentos necesarios para reflejar sus determinaciones, dando así cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 136 del RUCyL. CONSIDERANDO.- Que en la tramitación del expediente se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 52 de la LUCyL y 153, 154 y 155 del RUCyL, detentando la Administración Municipal legitimidad para la aprobación definitiva de este instrumento de planeamiento de desarrollo, de conformidad con lo establecido en los artículos 55 de la LUCyL y 163.a) del RUCyL. Y CONSIDERANDO.- Lo dispuesto en los citados preceptos, sancionadores de la competencia municipal para la aprobación definitiva de los Estudios de Detalle, en los artículos 60 y 61 de la LUCyL y 165, 174 y 175 del RUCyL, que regulan el contenido del acuerdo de aprobación y sus efectos, y en el ejercicio de la competencia sancionada en el art. 22.2.c de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local (en la redacción dada al mismo por la Ley 57/2003, de 16 diciembre ), SE ACORDÓ: 1º.- Aprobar definitivamente el Proyecto de Estudio de Detalle de la parcela R-9.1 procedente del desarrollo del polígono de La Lastra de suelo urbanizable programado, y asumido por el Plan General de Ordenación Urbana de León como Sector SPA 21-01, con frente a las calles Campos Góticos y Lázaro Cárdenas y el espacio peatonal ZV1-S, referencia catastral 9880401TN8198S0001FJ, promovido por la entidad mercantil “VIRGILIO PEREZ, S.L.”, cuyo Proyecto redactado por la Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos Dña. Magdalena Barreales Caballero, tiene como objeto la modificación de la ordenación volumétrica dispuesta para la planta baja de la edificación sita en la Unidad Residencial R-9.1 del Plan Parcial del Sector La Lastra, de conformidad con el documento de planeamiento presentado en este Ayuntamiento el día 30 de octubre de 2009. 2º.- Notificar el presente acuerdo, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 61.2 y 140.3 de la Ley de Urbanismo de Castilla y León y 174 de su Reglamento de desarrollo, a la Administración del Estado, a la Diputación Provincial y al Registro de la Propiedad, a estas tres instancias se remitirá un ejemplar del instrumento aprobado en soporte digital y a la Administración de la Comunidad Autónoma, adjuntando al oficio de notificación a ésta última un ejemplar del instrumento aprobado con todos sus planos y documentos, junto con su soporte digital, para su traslado a la Comisión Territorial de Urbanismo, así como al Promotor del expediente.

3º.- Publicar este acuerdo de aprobación definitiva en el Boletín Oficial de Castilla y León y en la página Web del Ayuntamiento, con las particularidades previstas en el art. 61.2 de la Ley de Urbanismo de Castilla y León y 175 de su Reglamento de desarrollo. Como anexo al acuerdo se publicarán en el BOCyL la memoria vinculante y las normas urbanísticas del instrumento aprobado, así como una relación de los demás documentos que integren el instrumento aprobado. Teniendo esta publicación carácter gratuito a tenor de lo dispuesto en el artículo 175 del RUCyL, circunstancia que se pondrá en conocimiento de los responsables de los distintos Boletines.

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4º.- Insertar en la página Web Municipal (www.aytoleon.es) el instrumento de

planeamiento de desarrollo definitivamente aprobado, a efectos de lo dispuesto en el artículo 144 de la LUCYL.

5º.- Dar traslado del acuerdo a las Adjuntías de Obras y Establecimientos, a

efectos de lo dispuesto en el art. 53.2 de la Ley de Urbanismo, relativo a la finalización del plazo de suspensión de licencias.

6º.- Dar traslado del presente acuerdo a la Dirección General de Catastro, junto con un ejemplar debidamente diligenciado y su correspondiente soporte informático, en el ejercicio del deber de colaboración previsto en el artículo 36.2 del Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 marzo.” Abierto el turno de intervenciones y no produciéndose ninguna, seguidamente se procede a votar el dictamen de la Comisión Municipal Informativa de Urbanismo, vivienda, Obras, Infraestructuras y Parque Móvil, en reunión celebrada el día 15 de marzo de 2010, transcrito anteriormente ,es aprobado por unanimidad de todos los miembros presentes.

12.- PROYECTO DE MODIFICACIÓN DEL PLAN GENERAL DE

ORDENACIÓN URBANA DE LA CIUDAD DE LEÓN EN EL AMBITO DEL PLAN ESPECIAL DE SAN JUAN Y SAN PEDRO DE RENUEVA: APROBACIÓN INICIAL.- Se da cuenta del dictamen emitido por la Comisión Municipal Informativa de Urbanismo, vivienda, Obras, Infraestructuras y Parque Móvil, en reunión celebrada el día 23 de marzo de 2010, que se transcribe a continuación:

“Se da cuenta del informe emitido por la Jefa del Servicio de Planeamiento,

Gestión y vivienda y Patrimonios Públicos del Suelo que es del tenor literal siguiente: “Se dio cuenta del expediente núm. 176/2009 del Servicio de Planeamiento, Gestión, Vivienda y Patrimonios Públicos del Suelo, promovido por este Ayuntamiento con el objeto de tramitar y aprobar el Proyecto denominado Modificación del Plan General de Ordenación Urbana de la ciudad de León en el ámbito del Plan Especial de San Juan y San Pedro de Renueva”, y RESULTANDO: Que, con fecha con fecha 29 de junio de 2009 se presenta por la entidad “OMICRON-AMEPRO, S.A.”, adjudicataria del contrato de asistencia técnica para la elaboración de la aludida modificación del Plan General, la documentación técnica correspondiente que ha sido redactada por Dª Magdalena Barreales Caballero, Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos y por los Arquitectos D. Javier Ruiz Sánchez, D. Félix Álvarez Álvarez y Dª Beatriz Fernández Agueda, cuyo objeto consiste en llevar a cabo la modificación de ciertas determinaciones de ordenación detallada del vigente Plan General, con el fin de

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dotar de coherencia normativa a este instrumento y al Plan Especial de San Juan y San Pedro de Renueva. RESULTANDO: Que, el origen del Plan Especial de San Juan y San Pedro de Renueva se sitúa en el Decreto del Ministerio de Educación Nacional 2222/1962, de 5 de septiembre, de declaración de Conjunto Histórico Artístico de diferentes zonas de la ciudad, así como en la Orden de la Dirección General de Bellas Artes de 4 de septiembre de 1964, por la que se dictan las Instrucciones para la aprobación de Proyectos de obras a realizar en las zonas de la ciudad de León afectadas por la declaración de Conjunto Histórico Artístico. Esta última disposición amplió el ámbito de protección de la declaración de Conjunto Histórico Artístico, incluyendo el edificio de la Iglesia de San Juan y San Pedro de Renueva dentro de uno de los ámbitos afectados por la calificación de “zona de Ordenación Especial” (perímetro sepia). Posteriormente, el Plan General de Ordenación urbana de la ciudad de León del año 1980, delimitó el ámbito del Plan Especial, el cual fue objeto de aprobación definitiva por acuerdo plenario de 22 de diciembre de 1992. Por lo que se refiere al vigente Plan General, aprobado por Orden FOM de 4 de agosto de 2004, el art. 315.1.b de sus Normas Urbanísticas, incluye el Plan Especial de San Juan y San Pedro de Renueva en los instrumentos de planeamiento vigentes en la ciudad de León, por lo que las determinaciones aplicables a su ámbito serían las propias del citado Plan Especial. Esto no obstante, el mismo art. 315, en su apdo. 2.c) introduce modificaciones en la ordenación, si bien no establece un nuevo régimen urbanístico completo, puesto que determinaciones tales como alturas, intensidad edificatoria y sistemas de gestión, no se especifican, incurriendo en contradicciones entre ambos documentos que impiden determinar con claridad el régimen urbanístico de las fincas incluidas en su ámbito de aplicación. Es por ello que el objeto del Proyecto de modificación objeto del presente procedimiento no es otro que el de resolver la actual situación de incompatibilidad existente entre los dos documentos de planeamiento general y especial, vigentes en este ámbito.

RESULTANDO: Que, respecto del citado Proyecto de Modificación se ha emitido por los Técnicos del Gabinete Municipal de Urbanismo, el siguiente informe: “En cumplimiento de lo dispuesto en providencia dictada por la Secretaría General y relativo al expediente nº 56/07 del Negociado de Contratación, correspondiente al contrato de “Asistencia técnica consistente en la Revisión del Plan Especial de San Juan y San Pedro de Renueva para su adaptación al Plan General de Ordenación Urbana de León”, a la vista de la documentación presentada por la entidad “OMICRON-AMEPRO, S.A.”, con fecha 25 de febrero de 2009, en su calidad de adjudicataria del citado contrato, se informa lo siguiente: El contrato de asistencia técnica de referencia fue adjudicado a la entidad “OMICRON-AMEPRO, S.A.”, en el importe ofertado de 72.870,00 euros, IVA incluido, por acuerdo de la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el día 15 de enero de 2007, firmándose el correspondiente contrato el día 26 de febrero de 2007. De acuerdo con lo establecido por el Pliego de Prescripciones Administrativas Particulares que rigen el Contrato, el plazo de ejecución total es de NUEVE MESES, pero con

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plazos parciales de 3, 2, 1, 1 y 2 meses para las diferentes fases a ejecutar, interrumpiéndose el cómputo de plazos en función de las decisiones municipales. Previamente al informe especifico relativo a la documentación presentada, hay que hacer constar que, aunque la misma haya sido remitida al Negociado de Contratación, pues se redacta en cumplimiento del ya citado Contrato de Asistencia Técnica, dado que se trata de un documento de planeamiento, entendemos que se debe iniciar el correspondiente expediente en el Servicio de Urbanismo para su tramitación. Entrando en el análisis de la documentación presentada entendemos deben aclararse algunas cuestiones previas. La razón fundamental que conduce a la elaboración del presente documento consiste en que si bien el Plan Especial de San Juan y San Pedro de Renueva, aprobado en 1.993, constituye un planeamiento declarado en vigor por el vigente Plan General de Ordenación Urbana de 2.004, tal y como se determina en el art. 315 de sus N.U., lo cierto es que, de acuerdo con lo señalado en el mismo artículo, apartados 1.b), 2.c) y 3, planos de ordenación del P.G.O.U., hoja J-10, y apartado 3.6.2.A, PE 06-01, de la Memoria, se establece un trazado viario y de alineaciones sustancialmente distinto del recogido en el Plan Especial, lo cual constituye una evidente contradicción que impide determinar cuál es el régimen urbanístico aplicable a cada parcela, y ello en muy distintos aspectos de la ordenación y la gestión. Ante todo ello se apreció la necesidad de redactar una revisión o modificación del citado Plan Especial a fin de concretar con claridad la ordenación que debe operar en el ámbito, superando la contradicción entre Plan Especial y Plan General.

Por otra parte, debe aclararse que, tal y como se estableció en el expediente, el objeto del contrato era el de “Revisión” del citado Plan Especial, para su adaptación al P.G.O.U., si bien, como se puede comprobar, al documento presentado se le ha dado forma de “Modificación” del Plan General en el ámbito del Plan Especial de San Juan y San Pedro de Renueva, aspecto que se ha considerado conveniente plantear, de común acuerdo con el Equipo Redactor, pues si bien ello no plantea especiales diferencias en lo práctico ni en lo documental, lo cierto es que parece más correcto desde el punto de vista formal y procedimental. Efectivamente, el hecho de que el Plan Especial de San Juan y San Pedro de Renueva se encuentre asumido por el Plan General parece determinar que lo más correcto sea plantear el documento como “Modificación” del Plan General, y no como “Revisión” del Plan Especial. En cualquier caso, como se ha dicho, la cuestión no tiene mayor trascendencia, tampoco en lo que al desarrollo del contrato se refiere, pues incluso en el mismo Pliego de Prescripciones Técnicas (Prescripción 6), ya se señalaba la posible necesidad de plantear esta modificación, teniendo en cuenta además, que, en cualquier caso, las determinaciones que se establecen en el área se circunscriben al ámbito de la ordenación detallada. Además de lo anterior, debe tenerse en cuenta que el Plan Especial de San Juan y San Pedro de Renueva constituye al mismo tiempo un Plan Especial de Protección en el entorno de la Iglesia de este nombre, por establecerlo así la Instrucción de declaración monumental del año 1962 de la Dirección General de Bellas Artes, y un Plan Especial de Reforma Interior, en el ámbito global en su día fijado por el P.G.O.U. de León de 1982, que también ha sido recogido en el P.G.O.U. vigente. Al profundizarse ahora en los aspectos de la ordenación del ámbito, se fue planteando la necesidad de replantear la misma desde una perspectiva de conjunto, de forma que se pueda hacer frente al proceso de deterioro urbano mediante una solución integral, que garantice tanto la equidistribución como la viabilidad de la intervención, cuestiones que probablemente, por el alcance de las mismas, no fue posible abordar en el momento de elaboración de la revisión del P.G.O.U. Este planteamiento, propuesto por el equipo redactor, es el que se ha asumido, siendo ésta una razón adicional que ha llevado a plantear el documento redactado como modificación del Plan General vigente, tal y como se ha señalado. Los objetivos específicos que se pretende conseguir con la ordenación y forma de gestión previsto, son los siguientes: - Reordenar un área deteriorada.

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- Poner en valor la Iglesia de San Juan y San Pedro. - Integrar en lo posible el ámbito en la trama urbana colindante. - Incrementar el espacio destinado a dotaciones públicas. - Facultar la gestión y asegurar su viabilidad. Entrando en el análisis de la ordenación prevista, donde el punto de vista de la estructura urbana, la solución propuesta da continuidad a la calle Tres Mitras, manteniendo su ancho en la zona Norte, abriendo un espacio público junto a la Iglesia de San Juan y San Pedro de Renueva y ampliando su latitud hasta los diez metros, desde dicho espacio hasta la calle Federico Echevarría, a fin de poder ser tratada dicha calle como un viario de coexistencia. Se trata de poner en valor la Iglesia de San Juan y San Pedro de Renueva, eliminando las edificaciones auxiliares adosadas al edificio y creando un espacio público en torno a él, además de permitir la ubicación de parcelas destinadas a equipamiento, aprovechando la fuerte diferencia de cota existente. Desde el punto de vista de la ordenación volumétrica, la solución propuesta es, en términos generales, la de edificación entre medianeras en manzana cerrada, por ser la que mejor se adapta a la tipología predominante en la zona, de forma que permite completar manzanas preexistentes. En lo que se refiere a la gestión, se han distinguido dos zonas en función del estado de conservación de la edificación, aquélla en la que se puede mantener la parcelación y en la que se puede edificar directamente vía licencia, y aquélla en que será necesario proceder a una normalización de fincas y urbanización para la posterior edificación, para lo que se ha de delimitado una Actuación Aislada, en suelo urbano consolidado, de Normalización y Urbanización, que se denomina AA-PE 06-01. Respecto de las dotaciones urbanísticas previstas, además de mantener la Iglesia de San Juan y San Pedro de Renueva y el equipamiento local de la calle Padre Isla, nº 51, se destinan a equipamiento local otras dos parcelas, una situada al Norte de la Iglesia, aprovechando el desnivel existente entre las calle Eladio Tejedor y Álvaro López Núñez, y otra parcela, con fachada a las calles Sobarriba, Tres Mitras y a una calle en L de nuevo trazado, con lo que se incrementarían sensiblemente las dotaciones previstas. La ordenación también plantea la posibilidad de ubicar un aparcamiento subterráneo de titularidad privada bajo el viario, con dos objetivos, por una parte cubrir la exigencia de aparcamiento necesario y paliar el déficit en el entorno, y por otra mejorar las posibilidades de gestión de la Actuación Aislada prevista, habilitando expresamente al necesario documento de gestión para el desdoblamiento de la propiedad en suelo, destinado a viario público, y subsuelo, destinado al aparcamiento privado. Todas las determinaciones de la Modificación del P.G.O.U. de León en el ámbito del Plan Especial de San Juan y San Pedro de Renueva, se contienen en el documento referenciado presentado, que se estructura de la siguiente forma: I.- Memoria de Información Urbanística. II.- Memoria Vinculante. III.- Normativa. IV Catálogo de elementos protegidos. V.- Planos. VI.- Estudio Económico. El contenido documental entendemos, como así se expresa en la Memoria Vinculante, se encuentra adecuado a lo establecido en el Art. 136.3 del R.U.C. y L., y de forma sintética, es el siguiente: I.- Memoria de Información Urbanística.

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Se define el objeto y el carácter de la modificación que se plantea en virtud de los antecedentes legislativos y su relación con el planeamiento de rango superior y se contienen los estudios propios de este documento en cuanto a delimitación, estudio de la propiedad y parcelación, características y estado de la edificación y de la red viaria e infraestructuras y dotaciones existentes.

II.- Memoria Vinculante.

Se justifica la conveniencia y oportunidad de la modificación, señalando los objetivos y criterios de la propuesta, se describe la propuesta, determinando la zonificación, las tipologías edificatorias y una propuesta de gestión. Para justificar el cumplimiento de los requisitos legales para su aprobación, se contiene un balance macrourbanístico y un cuadro general de características, se señala en virtud del carácter de la modificación el procedimiento de aprobación y tramitación, y por último se incluye una relación de las modificaciones que se introducen en el documento del Plan General y su nueva redacción en la Memoria Vinculante y en las Normas Urbanísticas del P.G.O.U., así como el reflejo gráfico de dichas modificaciones en la hoja J-10 del documento de Planos del P.G.O.U. III.- Normativa Urbanística. Contiene este documento las disposiciones comunes correspondientes, condiciones de desarrollo y ejecución de la modificación del P.G.O.U., régimen urbanístico del Sector, Ordenanzas Generales de la Edificación, Condiciones Particulares de cada zona de Ordenanzas y Fichas Pormenorizadas de cada Área de Ordenación. IV.- Catálogo de elementos protegidos. El documento asume, sin modificación alguna, el catálogo de elementos protegidos del Plan Especial anterior, aprobado con fecha 22 de diciembre de 1.992, por cuanto, aunque el catálogo constituye determinación de ordenación general, no es preciso adoptar cautela especial en este sentido, por no sufrir variación el mismo. V.- PLANOS. Contiene este documento las determinaciones gráficas relativas a la información urbanística y a la ordenación y gestión propuestas. VI.- Estudio Económico. Se contiene una valoración de la urbanización y gestión de la Actuación Aislada delimitada (AA PE 06-01) y un escueto análisis de las posibilidades de gestión pública o privada de la misma. En lo que se refiere al cumplimiento de los requerimientos establecidos por la Ley de Urbanismo de Castilla y León, y tal y como se contiene en el documento de Memoria Vinculante, debe señalarse que el ámbito del Plan Especial objeto de la modificación se encuentra incluido en la Unidad Urbana F, definida en el P.G.O.U., cuyo índice de edificabilidad neto es de 1,44 m2/m2, inferior al máximo de densidad establecido en el art. 36 de la L.U.C. y L., y en consecuencia, podrían haberse planteado incrementos de edificabilidad. No obstante lo cual, no se produce este incremento de edificabilidad, pues en la propuesta planteada la edificabilidad total proyectada es de 45.345,00 m2, inferior a los 46.466,00 m2 que se hubiesen podido edificar con la ordenación prevista en el Plan Especial vigente.

Al no existir aumento de edificabilidad, no es necesario prever, como se establece en el art... 173 del RUCyL, incremento proporcional de las reservas de suelo para espacios libres públicos y demás dotaciones urbanísticas. Sin embargo, como ya se ha comentado, se ha aumentado la superficie destinada a equipamientos, que pasa de 1284,00 m2 en el Plan

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Especial vigente a 2380,00 m2, en la propuesta, aumentando también la superficie de red viaria que pasa de 2356,00 m2 en el Plan Especial vigente a 2596,00 m2 en la propuesta.

En el ámbito del Plan Especial de San Juan y San Pedro de Renueva el Plan General de Ordenación no se incluyen sistemas generales, por lo que la modificación que se plantea no supone alteración alguna de los mismos. Por último, hay que hacer constar que la modificación se refiere exclusivamente a determinaciones de ordenación detallada, pues la única determinación de ordenación general que contiene el vigente Plan General de Ordenación Urbana de León, en el ámbito del Plan Especial de San Juan y San Pedro de Renueva, aparte, como es natural, de su clasificación como suelo urbano consolidado, es el catálogo de elementos protegidos, asumiéndose como propio el catálogo contenido en el Plan Especial vigente, sin modificación de ninguna de sus determinaciones, como ya se indicó anteriormente. No obstante, a los efectos de que el Plan presentado constituya un documento refundido completo es por lo que se ha incluido el apartado de catálogo. Entendemos que por su naturaleza, la modificación que se propone no se encuentra dentro los supuestos señalados en el art... 52. bis de la L.U.CyL por los que deba someterse a trámite ambiental. Igualmente, de conformidad con lo señalado en el presente informe, entendemos que la modificación planteada únicamente incide en aspectos de ordenación detallada y por lo tanto deberán ser tramitados de conformidad con los arts. 153 a 158 y 165 del RUCyL, tal y como se señala en el art.. 120 del mismo. Desde el punto de vista sectorial, entendemos que el contenido de la modificación propuesta carece de incidencia sobre ferrocarriles, carreteras o dominios públicos hidráulicos. Sin embargo, puesto que la modificación se refiere al ámbito de la “Zona de ordenación especial” (perímetro sepia) recogido en el artículo 4 de la Orden de 4 de septiembre de 1964, relativa a la declaración monumental de San Juan y San Pedro de Renueva, parece que debiera solicitarse el informe vinculante del Servicio Territorial de Patrimonio Cultural. En consecuencia con todo lo expuesto, los técnicos que suscriben entienden que queda acreditada en el documento, la conveniencia y oportunidad de la modificación que se propone, así como su interés público, por lo que se propone su admisión a trámite y subsiguiente tramitación.” RESULTANDO.- Que, en la Memoria Vinculante del Proyecto de Modificación presentado se señala el alcance de las modificaciones, identificando pormenorizadamente las determinaciones cuya modificación se pretende, todas ellas de ordenación detallada, así como los cambios que se introducen respecto de las vigentes, justificando su oportunidad y conveniencia para el interés público, sin que supongan influencia alguna en el modelo de ordenación general ni sobre el modelo territorial vigente. Se señala que la única determinación de ordenación general que se incluye en el Proyecto de modificación es el Catálogo de Elementos Protegidos, el cual se respeta en su integridad sin introducir modificación alguna, incluyéndose únicamente a los efectos de dar a este Proyecto el carácter de documento refundido.

RESULTANDO.- Que, conforme a lo dispuesto en los artículos 52.4 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, 153 del Decreto 22/2004, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, una vez elaborados los instrumentos de planeamiento urbanístico y dispuestos para su aprobación inicial, se solicitará previamente a la misma los

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informes exigidos por la legislación sectorial estatal o autonómica. En este sentido, se ha solicitado la emisión de informe con remisión de ejemplares completos del Proyecto de Modificación, a la Excma. Diputación Provincial y al Servicio Territorial de Fomento de la Junta de Castilla y León. Asimismo, conforme a lo establecido en los arts. 43 y 54 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, del Patrimonio Cultural de Castilla y León y 90 y ss. y 94 del Decreto 37/2007, de 19 de abril, por el que se aprueba el Reglamento para la protección del Patrimonio Cultural de Castilla y León, se ha remitido al Servicio Territorial de Cultura y Turismo un ejemplar del documento.

CONSIDERANDO.- Que el Proyecto redactado contiene los documentos necesarios para reflejar adecuadamente sus determinaciones, en concreto los cambios que se introducen en las determinaciones vigentes, entre ellos, una memoria vinculante en la que se justifica la conveniencia de la modificación propuesta y se acredita su interés público; la identificación y justificación pormenorizada de las determinaciones que se alteran y el análisis de la influencia sobre el modelo territorial y sobre la ordenación general vigente. De todo ello se concluye que resulta plenamente justificado en el documento que la modificación propuesta carece de toda influencia sobre el modelo territorial que pudieran establecer los instrumentos de ordenación del territorio, no presentando incidencia alguna sobre el modelo de ordenación general establecido en el vigente Plan General, dando así cumplimiento a lo establecido en los artículos 51 de la Ley y 169 del Reglamento de Urbanismo.

CONSIDERANDO.- Que la modificación objeto del presente procedimiento no afecta a zonas verdes o espacios libres y equipamientos públicos existentes o previstos en el planeamiento, ni supone incrementos de volumen edificable o densidad de población.

CONSIDERANDO.- Que resulta acreditado en el Proyecto de modificación del Plan General objeto de este procedimiento, que se trata de una modificación puntual de aspectos de ordenación detallada, sin que en ningún caso pueda ser calificada de revisión, tal y como ésta es definida en los arts. 57 de la Ley y 168 del Reglamento, en cuanto total reconsideración de la ordenación general establecida.

CONSIDERANDO.- Que, el Proyecto de modificación, dada la naturaleza de los cambios que introduce, no presenta incidencia alguna sobre el medio ambiente por lo que no resulta exigible la práctica del trámite ambiental al que aluden los arts. 52 bis de la Ley de Urbanismo y 157 del Reglamento. Por otra parte, el Proyecto que nos ocupa no produce ninguna afección sobre infraestructuras o bienes de dominio público titularidad de otras Administraciones que darían lugar a la exigencia de emisión de los correspondientes informes sectoriales.

CONSIDERANDO.- Que, las determinaciones del Plan General que

pretenden modificarse a través del Proyecto objeto de este procedimiento, tienen la consideración de determinaciones de ordenación detallada, por lo que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 58.3 de la Ley de Urbanismo y 169.4 y 170 del Reglamento, se ajustará su tramitación al procedimiento establecido para su primera aprobación, si bien, “En los municipios con Plan general de

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Ordenación Urbana adaptado a esta Ley, corresponde al Ayuntamiento la aprobación definitiva de las modificaciones de planeamiento que no afecten a la ordenación general vigente”, por lo que corresponderá al Pleno Municipal la adopción del acuerdo de aprobación definitiva. Por lo tanto, el procedimiento a seguir, de acuerdo con lo previsto en los arts. 52, 54, 58.3.a), en relación con el 55.2.a) de la Ley de Urbanismo y correlativos del Reglamento, estará integrado por los siguientes trámites: aprobación inicial por el Pleno Municipal con el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la corporación, conforme establece el art. 47.2.ll) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; apertura del preceptivo periodo de información pública por un periodo de dos a tres meses, que determinará la suspensión del otorgamiento de licencias y de la tramitación de otros instrumentos de planeamiento y gestión urbanística en las áreas afectadas y, por último, aprobación definitiva por el Pleno Municipal por idéntica mayoría.

Vistos los expuestos antecedentes y considerando las normas jurídicas de

aplicación antes expuestas, en ejercicio de la competencia que a este órgano le confiere el artículo 22.2.c de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, SE ACORDO: 1º.- Aprobar inicialmente el Proyecto denominado “Modificación del Plan General de Ordenación Urbana de la ciudad de León en el ámbito del Plan Especial de San Juan y San Pedro de Renueva”, promovido por este Ayuntamiento y elaborado por la entidad OMICRON AMEPRO, S.A., adjudicataria del contrato de asistencia técnica convocado a tal objeto, redactado por Dª Magdalena Barreales Caballero, Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos y por los Arquitectos D. Javier Ruiz Sánchez, D. Félix Álvarez Álvarez y Dª Beatriz Fernández Agueda, cuyo objeto consiste en llevar a cabo la modificación de ciertas determinaciones de ordenación detallada del vigente Plan General referidas al ámbito del Plan Especial de San Juan y San Pedro de Renueva, con el fin de dotar de coherencia normativa a ambos instrumentos de planeamiento, tal y como se ha descrito en los antecedentes del presente acuerdo. 2º.- Disponer la apertura de un periodo de información pública que se desarrollará conforme a lo determinado en los arts. 142 de la Ley de Urbanismo y 155 y 432 del Reglamento y proceder a la inserción de los preceptivos anuncios en el Boletín Oficial de Castilla y León, en uno de los diarios de mayor difusión de la provincia, en la página Web del Ayuntamiento de León y en el Tablón de Anuncios Municipal. La duración del periodo de información pública será de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación del último de los anuncios antes citados. Durante la información pública podrá consultarse toda la documentación relacionada con el expediente expuesto en el Servicio de Planeamiento, Gestión, Vivienda y Patrimonios Públicos del Suelo de este Ayuntamiento (planta quinta del edificio consistorial, sito en la Avda. Ordoño II, 10), de lunes a viernes en horario de 9,00 a 14,00 horas, pudiendo obtenerse copias de la documentación técnica y presentarse tanto alegaciones como sugerencias, informes y todo tipo de documentos complementarios.

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3º.- Suspender el otorgamiento de las licencias urbanísticas previstas en el art. 97.1 de la Ley de Urbanismo, en las áreas donde se prevea alterar el régimen urbanístico vigente, de conformidad con lo establecido en el artículo 53 del citado texto legal. En los mismos términos se suspenderá la tramitación de otros instrumentos de planeamiento y gestión urbanística en las áreas afectadas. Los efectos de la suspensión se extinguirán por la aprobación definitiva de la modificación y, en todo caso, por el transcurso de dos años desde la aprobación inicial, de conformidad con lo establecido en el art. 53 de la Ley de Urbanismo. De este acuerdo se dará traslado al Servicio de Medio Ambiente, Establecimientos e Intervención en el uso del suelo, a fin de que se proceda a comunicar la suspensión del otorgamiento de licencias a quienes hubieran formulado solicitud con anterioridad al mismo en las áreas afectadas por el Proyecto objeto del presente procedimiento, de acuerdo con lo dispuesto en referido art. 53.1. El presente acuerdo se notificará igualmente a quienes hubieran solicitado licencia con anterioridad al mismo, así como a los promotores de los instrumentos de planeamiento y gestión urbanística en las áreas afectadas, de acuerdo con lo dispuesto en referido art. 53.1.” Hizo uso de la palabra Dª Mercedes Moro para decir que su Grupo se va a reservar el voto hasta el Pleno porque hay que analizar el documento con calma, y solicita sea facilitado un ejemplar del mismo. Le contesta la Presidencia para decir que, desearía que esta modificación se aprobara por consenso, sobre todo por lo que significa poner en valor la Iglesia de San Juan y San Pedro.

Sometido a votación el informe- propuesta anteriormente trascrito, se propone al Pleno Municipal, con los votos a favor del grupo PSOE y Unión del Pueblo Leones, que hacen un total de 7 votos y la reserva de voto de los 4 Concejales del Grupo Popular, su aprobación.”

Con la venia del Ilmo. Sr. Alcalde, toma la palabra la Concejala del

Grupo Popular Dª Mercedes Moro Menéndez, que se expresa como sigue: Esta zona afectada por un Plan Especial, San Juan y San Pedro de renueva,

que lleva 17 años aprobada, desde entonces, era un Plan especial que tenía tres objetivos, mejora, ordenación y mejora y protección. Lo único que se ha conseguido es la protección ,porque realmente no se ha tocado la zona y por lo tanto, la Iglesia que se estaba protegiendo ha quedado protegida, no se ha tocado, pero todo el resto no se ha hecho nada y la zona se ha ido degradando año tras año, hasta el estado en que se encuentra actualmente, por lo tanto, creemos que es oportuno el que se realice esta modificación o que se afronte esta modificación, peor cuando hemos analizado el expediente hemos encontrado algunas cuestiones que nos parecen que deben examinarse, analizarse, incluso no nos parecen las más adecuadas en la Ordenación. Así, por ejemplo, se permite un edificio con

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fachada a la calle Sorriba, que es paralelo a la Iglesia de Renueva, que está en el proyecto de Plan Especial, estaba a 7 metros de la Iglesia, y ahora se arrima dejándolo a 5; lo demás estaba previsto con tres plantas, y ahora se permiten 6 plantas. Nos parece que esto va a mejorar poco la protección de la Iglesia.

Se delimita una actuación aislada que abarca la edificación más degradada

de la zona, pero se excluye la parte delantera del edificio de Padre Isla, 56, es éste mismo al que nos estamos refiriendo, que en la actualidad tiene 5 plantas y que ya el Plan Especial consideraba nocivo. En la modificación se reordena retirándolo 7 metros, pero esto no va a ser factible nunca, porque este edificio no hay nada que le incite a su demolición, a su sustitución, no hay ningún incentivo que propicie la sustitución de éste edificio, y que por lo tanto vamos a tener la medianería contra la Iglesia sine die, por lo tanto este Plan no arregla nada al respecto puesto que lo deja excluido de la Unidad de Actuación.

Luego, ase aumentan las alturas de un modo excesivo en la zona de la calle

tres Mitras, que antes tenía 8 metros en el Plan Especial y se ha aumentado a 10, en toces, en base a eso, parece ser que pasa de 5 alturas que debería a 8, y nos parece que es muchísimo 3 alturas más, pero además, en relación con la Ordenanza de Zonas, que es la del enchanche, con el ensanche podían hacer tres, ya la volumetría especial que permitía el Plan eran 5 y ahora 8, no hay una justificación para esto. Y luego, dejan también fuera de la Unidad de Actuación todos los edificios que dan fachada a Padre Isla y a Federico Echevarría, que tienen en la actualidad 10 y 12 plantas, y sin embargo se cuantifican a efectos de cálculo de edificabilidad de la zona, como la Ordenanza que se va a permitir, que son 5 y 7 plantas, quiere decirse, que el cálculo de edificabilidad que se realiza es totalmente ficticio, no tiene nada que ver porque esos edificios no se va a producir la sustitución en muchísimos años.

En una palabra, en la nueva ordenación lo que pasa es que es un poco

contraria, o sea, lleva los criterios contrarios a los que sostiene el Plan general en su conjunto. El Plan General en su conjunto da alturas en función del ancho de calle, a mayor anchura de calles más alturas, en esta modificación resulta que las calles cuanto más estrechas son, mas alturas se permiten, así, en Padre Isla que tiene 18 metros se permite 5 plantas, en Federico Echevarría que tiene 10 y tiene la zona del vial 7, y luego la calle Tres Mitras que es de 10, pasa a 8. Todo esto parece que no se va a conseguir con ello, con la propuesta, una verdadera protección de la zona.

Hay otros pequeños errores, como por ejemplo que hay documentos

disconformes, por ejemplo los planos de ordenación, pero eso creo que hay que sustituirlos, o sea, no son las mismas alturas las que dice el Plano O-3B que el que dice el Plano J-10. Pero hay que sustituirlos, hay que poner la documentación que diga toda lo mismo, que ordene todo de la misma forma.

Por lo tanto, creemos que tenemos enfrentarnos a la problemática que en

eso estamos de acuerdo, que esta generada desde hace 17 años, y creemos que el momento es el adecuado, pero lo que no nos parece es que con esto se consigue la protección de la Iglesia y no parece que se consiga una mejora de la

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ordenación con el documento que han presentado. Como estamos solo en una aprobación inicial, y tiene que pasar una serie de

tamices, creemos que estos tamices tendrán que ir, pienso, por lo que estamos apuntando y no vamos a ir en contra, sino que nos vamos a abstener, pero creemos que el documento requiere un análisis más despacio y mejorarlo.

Seguidamente interviene el Concejal Delegado de Urbanismo, Medio

Ambiente y Desarrollo Sostenible del Grupo Municipal Socialista, D. Francisco Javier Gutiérrez González, que dice lo siguiente:

Dª Mercedes, va a conseguir usted que me entiendan mejor a mí que a

usted, mis compañeros de bancada lo van a agradecer, porque con el J-01…, bueno, bromas aparte, en primer lugar quiero agradecer el tono en que ha hecho la intervención, y decirle que evidentemente usted sabe de la complejidad de este Plan Especial, sabe que desde el año 80 es un problema en la Ordenación de León que es difícil de resolver. Yo creo que sí que tiene algunas virtudes y se ha intentado dar protagonismo a la Iglesia de forma que la Iglesia recobre el protagonismo que tiene en esa área; evidentemente no con el criterio general en función del ancho de la calle, precisamente por esa circunstancia central que tiene la Iglesia. Yo lo que le propongo, aunque en la Comisión de Urbanismo no tuvimos oportunidad de ver lo bien que tenían estudiado el tema, y no hicieron ninguna observación hasta hoy que es el Pleno, pues yo le propongo lo siguiente, si le parece, todas estas observaciones que ha hecho usted hoy, nosotros vamos a analizarlas y vamos a procurar llegar a un consenso de forma que tras esta aprobación inicial, en el trámite de información pública, también de oficio, podemos proponer las modificaciones que estimemos oportunas, siempre y cuando estas observaciones que usted ha hecho luego cuando vamos a plasmarlas en el Planeamiento pues sean más adecuadas; en algunas puedo llegar a estar de acuerdo con usted, en otras de las que ha expresado ahora seguramente no sea fácil ponernos de acuerdo. En cualquier caso, ya digo que lo importante es que la Iglesia de Renueva que es una Iglesia que lleva más de 20 años acosada por los edificios que tiene alrededor, con un Plan especial que no ha sido posible desarrollar, y creo que es un momento adecuado para tratar este tipo de situaciones con la tranquilidad necesaria. Le ofrezco el periodo de información pública para de común acuerdo trabajar y mejora esos aspectos que seguramente alguno pueda ser mejorable como usted ha dicho.

Responde la Concejala del Grupo Popular Dª Mercedes Moro

Menéndez, en el sentido siguiente: No tenemos ningún inconveniente en decir las cosas que tengamos que

decir en las Comisiones, como usted bien sabe, no obstante, cuando disponemos del Plan, con un día de anticipación, es difícil poder estudiarlo en profundidad, o no en demasiada profundidad, pero bueno, estudiarlo simplemente. Cuando lo hemos estudiado lo decimos, y en cuanto a que está acosada y es necesario, por eso precisamente nos vamos a abstener, lo que pasa es que parece que como si se buscara acosarla más, con más alturas.

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Terminado el turno de intervenciones se procede a votar la propuesta de la

Comisión Municipal Informativa de Urbanismo, vivienda, Obras, Infraestructuras y Parque Móvil, en reunión celebrada el día 23 de marzo de 2010, que resultó aprobada por 16 votos a favor de los Concejales del Grupo Socialista y Unión del Pueblo Leones, y la abstención de los 11 Concejales del Grupo Popular.

13.- RENUNCIA AL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN NEGOCIADO

SIN PUBLICIDAD PARA CONTRATAR LA “CONCESIÓN PARA LA CONSTRUCCIÓN, MANTENIMIENTO Y EXPLOTACIÓN DEL TRANVÍA DE LEÓN, EN EL QUE SE INCLUYEN COMO PRESTACIONES ANEJAS LA REDACCIÓN DEL PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN Y LA ADQUISICIÓN DE MATERIAL MÓVIL.- Se da cuenta del dictamen emitido por la Comisión Municipal Informativa de Urbanismo, vivienda, Obras, Infraestructuras y Parque Móvil, en reunión celebrada el día 23 de marzo de 2010, que se transcribe a continuación:

“Se da cuenta de la propuesta formulada por el Sr. Concejal Delegado de

Medio Ambiente, Desarrollo Sostenible, Urbanismo y Vivienda que es del tenor literal siguiente:

“El Ayuntamiento de León tramitó un expediente administrativo para la implantación de un tranvía como medio de transporte colectivo urbano de viajeros en la ciudad, mediante un contrato administrativo de concesión de obra pública de iniciativa privada, partiendo del estudio de viabilidad presentado por la empresa ACCIONA, S.A., al amparo de lo estipulado en el artículo 112.5 de la Ley de Contratos del Sector Público. El día 10 de julio de 2009 el Pleno municipal aprobó el expediente de contratación y los pliegos para adjudicación de esta concesión por procedimiento abierto. Tras los correspondientes anuncios de la licitación en el DOUE el día 17 de julio de 2009 y en el BOE, el día 22 de agosto de 2009, se presentó una única oferta de manera conjunta por las empresas: ACCIONA, S.A., SIEMENS, S.A. y ALESA, S.A.U. Analizada dicha oferta, a la vista de los informes emitidos por los técnicos municipales y de acuerdo con la propuesta de la Mesa de contratación, el Pleno municipal, en sesión de fecha 21 de diciembre de 2009, acordó declarar desierto el procedimiento de contratación tramitado. El Sr. Concejal de Medioambiente, Desarrollo Sostenible, Urbanismo y Vivienda dispone el inicio de un nuevo expediente de contratación para tratar de adjudicar esta concesión por procedimiento negociado sin publicidad, sin modificar los pliegos de prescripciones técnicas particulares, ni documentos preparatorios del anterior expediente, tramitado por procedimiento abierto. El Pleno municipal, en la misma sesión de 21 de diciembre de 2009 aprobó el expediente de contratación por procedimiento negociado sin publicidad, facultando al Sr. Alcalde para realizar la correspondiente invitación al respecto, al menos, oferta a tres empresas con capacidad y solvencia adecuadas para ejecutar este contrato, de acuerdo con lo exigido en el PCAP. Estas invitaciones no se han cursado hasta la fecha.

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El día 5 de febrero 2010 se somete a la consideración del Pleno municipal una propuesta de “Convenio marco para la integración de la línea de FEVE en la ciudad de León”. Esta propuesta es aprobada por unanimidad de todos los grupos municipales, firmándose el día 6 de febrero de 2010 el convenio en cuestión, por parte del Sr. Ministro de Fomento, D. José Blanco López, el Sr. Alcalde del Ayuntamiento de León, D. Francisco Fernández Álvarez y el Presidente de FEVE. D. Ángel Villalba Álvarez.

En virtud de dicho convenio las tres partes firmantes “consideran que la solución más adecuada para la integración de la línea de FEVE en la ciudad de León consiste en la transformación del actual tramo ferroviario urbano en un sistema tranviario de ancho métrico, de modo que permita la circulación de vehículos tranvía integrados a cota en la trama urbana, tanto por parte de FEVE como lo que serán utilizados por el Ayuntamiento de León en su Tranvía Urbano, cuyo proyecto está actualmente en tramitación y que será adaptado al ancho métrico. Asimismo es objeto del presente convenio iniciar el estudio de las distintas posibilidades que permitan que FEVE pueda colaborar con el Ayuntamiento en la puesta en marcha de nuevos ramales de acceso al complejo Hospitalario y el acceso a la Universidad de León en sus trayectos habituales de origen o destino León, en las condiciones que acuerden Ayuntamiento, FEVE afectada por el presente convenio para su integración.” La formalización del convenio señalado supone un cambio sustancial en el proyecto de tranvía en la ciudad de León tal y como había sido concebido en los correspondientes expedientes de contratación, motivo por el que se considera necesario renunciar al procedimiento negociado sin publicidad aprobado el día 21 de diciembre de 2009. En consecuencia con lo expuesto y visto el informe jurídico del Sr. Oficial Mayor de fecha 12 de febrero de 2010, se propone al Pleno la adopción del siguiente acuerdo:

PRIMERO: Renunciar al procedimiento negociado sin publicidad y tramitación ordinaria, de la concesión de obra pública para la “Construcción, mantenimiento y explotación de un tranvía en la ciudad de León, incluyendo la redacción del proyecto de construcción y la adquisición del material móvil”, aprobado por acuerdo municipal de fecha 21 de diciembre de 2009, por razones de interés público derivadas del nuevo planteamiento del sistema tranviario en el municipio de León establecido en el “Convenio Marco entre el Ministerio de Fomento, el Ente Público Ferrocarriles de Vía Estrecha (FEVE) y el Ayuntamiento de León, para la integración de la línea de FEVE en la ciudad de León”, aprobado por el pleno municipal en sesión extraordinaria celebrada el día 5 de febrero de 2010 y formalizado el día 6 de febrero.

SEGUNDO: Declarar expresamente que no procede notificación ni indemnización alguna al no haberse realizado ninguna invitación a empresas para presentar ofertas al procedimiento de contratación al que se renuncia, no siendo tampoco necesario informar del acuerdo a la Comisión Europea al no haber sido

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objeto de anuncio en el DOUE, por no ser preceptivo, el expediente de contratación que se cierra.”

Sometido a votación la propuesta anteriormente trascrita, se propone al Pleno Municipal con los votos a favor del grupo PSOE y Unión del Pueblo Leones, que hacen un total de 7 votos y la reserva de voto de los 4 Concejales del Grupo Popular, su aprobación.”

Con la venia de la Presidencia, hace uso de la palabra la Concejala del

Grupo Municipal del Partido Popular, Dª Teresa González que se expresa en los siguientes términos:

Adelantarle como no podría ser de otra forma, que nuestro voto va a ser a

favor en este punto, a favor de cómo se ha dicho, de renunciar al procedimiento por el cual se empecinaron y quisieron llevar hasta sus últimas consecuencias, aun sabiendo que su tranvía, Sr. Fernández, su tranvía, estaba en vía muerta y todos sabíamos que había descarrilado.

Lo que mal empieza mal acaba, y lo único que han conseguido pues ha sido

perder dos años en publicidad y propaganda para un proyecto de tranvía construido en el aire, eso sí, con mucha grandeza y que le daba la espalda a FEVE. ¿Se da cuenta, Alcalde, de que iban a cometer un error irreversible con su proyecto de tranvía en León? ,y cuando usted levante la mano para votar este punto será el momento en que todos ustedes nos habrán dado la razón, la razón de los debates que hemos planteado, que primero se debía llevar a cabo el proyecto de integración con FEVE, aunque sea sin palabras y sin querer admitirlo, pero lo tendrán que hacer.

A continuación vamos a tirar su proyecto de tranvía, Sr. Gutiérrez, y lo

primero que debe hacer es pasar a la hemeroteca, no quitar porque entonces estaría falseando los datos, tiene que saberse que un día usted estuvo en contra de esta integración, me estoy refiriendo a los comentarios de su página Web, que están ahí. Ahora mismo, en este momento y si quiere aquí están, se los puedo enseñar, ustedes califican por todos los lados esta integración con FEVE, la considera inviable, exactamente dice, y lo digo en presente porque está aquí, dentro de sus cometarios, en su página Web, que la considera inviable, exactamente dice “que no comprende cómo alguien puede justificar la viabilidad de este proyecto”. Menos mal que después de dos años, tiempo ha tardado, se le han aclarado las ideas, pase a la hemeroteca estos comentarios como lo que algún día dijo.

Sus manifestaciones no hay por donde cogerlas y para que lo sepan los

leoneses, lo que hoy es blanco para usted, mañana puede ser negro, no lo sabemos. Así es muy difícil creer a un Concejal de Urbanismo que un día levanta tranvías en el aire, y al día siguiente los hace descarrilar porque se desdice de sus palabras, no me estoy inventando nada sino que estoy hiendo a lo que está escrito.

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¿No será que lo que a ustedes les fallan son los argumentos? Pero todos

nos alegramos de que por fin se hayan caído de la burra y hayan desechado su tranvía socialista planteado con un ancho de vía internacional; no llego y no llegamos a comprender la insistencia para seguir con un proyecto al que después de múltiples debates en este Salón de Plenos en los cuales no cedían ni en un milímetro, simplemente para demostrar que sus intereses individuales estaban por encima del interés de los vecinos de León.

Para finalizar, si advertirles que desde la oposición en este poco tiempo que

nos queda, no dejaremos de advertirles de los tramites del cumplimiento de la legalidad, aunque estos de ser legal, para usted Alcalde, sea un rollo. Quisiera en este sentido comentarles un detalle que puedo pasar inadvertido, porque lo tenemos muy claro desde el Partido Popular y lo saben todos los leoneses, es que su agencia de márquetin y publicidad del PSOE funciona a las mil maravillas. Hicieron venir el Ministro de Fomento para firmar la aprobación inicial de un borrador de Convenio para la integración de FEVE, documento que ahora mismo está expuesto en el BOCYL y que está expuesto para poder recibir las alegaciones oportunas. Supongo que también tendrán que volver a invitar al Ministro para que firme el documento definitivo y así volvemos a vender otra vez, una vez más, un Convenio; hasta que hagan algo de verdad igual tenemos que esperar a que el Ministro vuelva no sé cuándo.

Pero bueno, ahora está encima de la Mesa otro proyecto que empieza por

Feve y del que se necesita también dinero para llevarlo a cabo. En este momento no hay consignación presupuestaria en los presupuestos, y de los 150 millones de euros, al Ministro se le olvidaron 100, que pasa ¿Qué con su compromiso no va mas allá para igualar las palabras que en su día dijo el Alcalde? Mire Alcalde, cuando el Ministerio de Fomento, ese que ha visto recortado drásticamente su presupuesto para éste año, consigne los 50 millones, ya no digo los 150, sino los 50 millones en el banco, entonces podrá levantar la cabeza, entonces, lo único que queda es esperar a que haya algo en los presupuestos para este proyecto, pero si todo va según las previsiones del Banco de España, el futuro no será blanco, sino todo lo contrario, muy negro para todos los españoles, y esperemos que este proyecto no pase a integrar el lote de los muchos proyectos que integran el plan éste y del que todavía no tenemos un balance.

Responde el Concejal delegado de Urbanismo, Medio Ambiente y

Desarrollo Sostenible del Grupo Municipal Socialista, D. Francisco Javier Gutiérrez González, en el sentido siguiente:

Le ha faltado, el ojalá vaya todo muy mal, ojala España tenga problemas,

ojalá no haya dinero en el Gobierno de España para financiar nada…, le ha faltado el “ojalá”, usted sabrá. Miré Dª Teresa, yo no tengo una página Web, tengo un blog y le agradezco que lo siga porque a lo mejor así acaba entendiendo del tranvía, hoy de momento ya empiezan a votar a favor, nos ha costado dos años, bueno, van llegando como llegaron al Palacio de Congresos y como llegaron a Michaisa y a tantos proyectos que llegan al final, pero bueno, por lo menos van llegando.

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Me voy a referir a algunas cuestiones que usted ha expuesto, en primer lugar y además puede releer el blog porque además creo que viene bien explicado y si no lo intentaré explicar mejor, lo que tenemos ahora es una red integrada entre Feve y Ayuntamiento, que es lo que se pretendía, una red integrada. El proyecto municipal era una línea, algo más de 6 Km que está integrado en esa red, luego ni se ha tirado a ningún sitio ni se ha perdido, ni está en ningún limbo, forma parte de esa red, y esa línea tiene otra que conforman una “Y” que es la integración de Feve, y todo es un conjunto, y ahí estamos trabajando, Ayuntamiento y Feve, y ese proyecto es totalmente compatible con la línea que hizo el Ayuntamiento como le he referido y con los planteamientos que tiene ahora FEVE, por eso estamos trabajando en conjunto y por eso, estamos buscando formulas para crear un organismo entre ambos que pueda gestionar esa red, de manera que yo creo que usted no dice al menos toda la verdad cuando dice que hemos perdido dos años. Los que han perdido dos años son otras ciudades, por ejemplo la misma Castilla y León, usted lo ha visto en prensa como puede ser Valladolid que comenzaron con otro tipo de planteamientos de transporte urbano en el centro y que ahora están dando proyectos muy parecidos a los que este equipo de gobierno ha planteado en León hace ya dos años, y que por eso, esos proyectos que planteamos hace dos años tienen financiación y sí tienen visitas de Ministros. Yo entiendo que a usted no le guste que el Ministro de Fomento visite la ciudad y se suscriba un Convenio y ese Convenio tenga una cantidad importante para la integración de FEVE, porque lo que ustedes consiguieron en nueve años fue una visita del entonces Ministro de Fomento a una maqueta de una cabina del AVE y lo que dejó eso fue una factura en el Auditorio de un Congreso que hubo que pagar después, entonces, estas son las distintas formas que usted entiende de propaganda y de todas estas cuestiones a las que alude, pero lo que le interesa a los leoneses es que ahora la ciudad de León va a tener un tranvía moderno, integrado con FEVE, va a tener un Palacio de Congresos que lo quisiera Valladolid, va a tener soterrado el Cruce de Michaisa, se va a eliminar el paso a nivel y ahora si se está haciendo la integración ferroviaria que ustedes estuvieron vendiendo más 20 años, y esto les molesta, y entendemos que les moleste, pero bueno, yo creo que ciegos los leoneses no son, y no se preocupe usted que esto lo comprobará. Por lo tanto, y en el punto que hoy nos trae a debatir en este Pleno, yo le agradezco que por fin el Grupo Popular esté a favor del tranvía, y mire, no es un tranvía socialista ni de la Unión del Pueblo Leones, ni del PP, es un tranvía de los ciudadanos, porque se le olvida muy a menudo que a ustedes le eligen Concejales, no le eligen Concejales desde el Partido Popular, usted es aquí Concejala, y yo también y es de todos los leoneses, a ver si empiezan a entenderlo.

Interviene la Concejala del Grupo Popular Dª Teresa González,

diciendo: Decir que es muy fácil como está hablando, pero al final no se refiere,

perdón, es un blog donde usted tiene sus declaraciones, dice si a esto unimos que FEVE tiene casi tan poco dinero como el Ayuntamiento de León, o al menos esa impresión da, nos preguntamos quien es el que no se entera aquí de lo que esta, pero en fin respetamos como siempre todas las opiniones y siempre procuramos el debate sano y educado de las ideas, y esto se lo digo que lo contesta Paco

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Gutiérrez el 23 de diciembre. Vamos a ver, usted quiere confundir a la gente, no quiere admitir su propio

error, el Partido Popular siempre, desde el primer debate del tranvía, siempre hemos dicho que lo que se debe priorizar es la integración con Feve, no se lo voy a volver a repetir, porque los leoneses lo saben, que usted encima de estar confundido, quiere confundir a los demás.

Finaliza el Ilmo. Sr. Alcalde, D, Francisco Fernández Alvarez, diciendo: Yo, como usted se ha referido a mí, que si llevo la cabeza baja, intento

llevarla alta porque si encima la bajo igual no se me ve, entonces voy a intentar seguir con la cabeza alta todo lo posible, y mire, lo que usted habla de futuro negro y todas esas cosas, de verdad, es que siempre están con el mismo discurso y de verdad, el voy a dar la razón al Sr. Gutiérrez, solamente les falta ya el “ojalá”, porque nada de lo que se hace en esta Ciudad, nada, les parece bien y nada está bien, habrá algo, no sé que amanece por la mañana, porque no se, nada, y no es darles o no la razón, si es que lo que queremos es que haya un tranvía, es lo que pedimos, nada más, ya hora les parece mal que venga le Ministro. Cuando no viene es que entonces no nos apoyan, si vienen es que han venido, si dicen que si no dicen, miren, cada vez que viene le Sr. Herrera, y viene muchas veces, y eso sí, la verdad es que hay que decir que habla, pero otra cosa no, es decir, que entonces a mi me gustaría también que viniera y también hiciera alguna cosa de vez en cuando y además cuando no lo hace que ustedes se lo dijeran, pero bueno, ustedes a lo suyo, sigan ahí y nosotros a lo nuestro también.

Sin más intervenciones, la Corporación por unanimidad, visto el dictamen

favorable emitido por la Comisión Municipal Informativa de Urbanismo, Vivienda, Obras, Infraestructuras y Parque Móvil de 23 de Marzo de 2010, acordó:

PRIMERO: Renunciar al procedimiento negociado sin publicidad y tramitación ordinaria, de la concesión de obra pública para la “Construcción, mantenimiento y explotación de un tranvía en la ciudad de León, incluyendo la redacción del proyecto de construcción y la adquisición del material móvil”, aprobado por acuerdo municipal de fecha 21 de diciembre de 2009, por razones de interés público derivadas del nuevo planteamiento del sistema tranviario en el municipio de León establecido en el “Convenio Marco entre el Ministerio de Fomento, el Ente Público Ferrocarriles de Vía Estrecha (FEVE) y el Ayuntamiento de León, para la integración de la línea de FEVE en la ciudad de León”, aprobado por el pleno municipal en sesión extraordinaria celebrada el día 5 de febrero de 2010 y formalizado el día 6 de febrero.

SEGUNDO: Declarar expresamente que no procede notificación ni indemnización alguna al no haberse realizado ninguna invitación a empresas para presentar ofertas al procedimiento de contratación al que se renuncia, no siendo tampoco necesario informar del acuerdo a la Comisión Europea al no haber sido

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objeto de anuncio en el DOUE, por no ser preceptivo, el expediente de contratación que se cierra.”

14.- PROYECTO DE MODIFICACION PUNTUAL DEL PGOU DE LA CIUDAD DE LEON Nº 1/2010, REFERENTE A LOS SECTORES DE ORDENACION ASUMIDA 03-01,03-02,03-03 Y 15-04: APROBACION INICIAL.- Se da cuenta del dictamen emitido por la Comisión Municipal Informativa de Urbanismo, vivienda, Obras, Infraestructuras y Parque Móvil, en reunión celebrada el día 29 de marzo de 2010, que se transcribe a continuación: “Se da cuenta del informe elaborado por la Jefa del Servicio de Planeamiento, Gestión, Vivienda y Patrimonios Públicos del Suelo, que es del tenor literal siguiente: “Se dio cuenta del expediente núm. 32/2010 del Servicio de Planeamiento, Gestión, Vivienda y Patrimonios Públicos del Suelo, promovido por este Ayuntamiento con el objeto de tramitar y aprobar el Proyecto denominado “Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de la ciudad de León, 1/2010” referente a los sectores de ordenación asumida 03-01, 03-02, 03-03 y 15-04, RESULTANDO: Que, con fecha con fecha 17 de marzo de 2010 se presenta por la entidad “OMICRON-AMEPRO, S.A.”, adjudicataria del contrato de asistencia técnica para la elaboración de la aludida modificación del Plan General, la documentación técnica correspondiente que ha sido redactada por Dª Magdalena Barreales Caballero, Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos y por el Arquitecto D. Félix Álvarez Álvarez, cuyo objeto consiste en llevar a cabo la modificación de ciertas determinaciones del vigente Plan General referentes a determinados ámbitos definidos como suelos en régimen singular por el art. 358 de las Normas Urbanísticas y, más concretamente, los denominados Sectores de Ordenación Asumida (SOA) en el párrafo 2 del citado artículo, todo ello con el fin de clarificar el régimen urbanístico aplicable a los mismos. RESULTANDO: Que, el art. 109.2 del Decreto 22/2004, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, prevé la posibilidad de que el planeamiento general, en relación con los ámbitos sobre los que haya sido aprobado previamente un instrumento de planeamiento de desarrollo, establezca determinaciones de ordenación general con el grado de precisión que exija la clase y categoría de suelo en la que se incluyan los terrenos, pudiendo mantener en vigor dicho instrumento de planeamiento de desarrollo como “planeamiento asumido”, limitándose a señalar las determinaciones del mismo a las que otorgue carácter de ordenación general, en su caso. El vigente Plan General de Ordenación Urbana de León, aprobado por Orden FOM de 4 de agosto de 2004, haciendo uso de la posibilidad que habilita el citado art. 109.2 del Reglamento de Urbanismo, ha definido en el art. 358 de sus Normas Urbanísticas determinados ámbitos que denomina “Suelos en régimen singular”, como aquellos que han sido

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delimitados por instrumentos de planeamiento de desarrollo aprobados en aplicación de regímenes urbanísticos anteriores, o mediante modificaciones puntuales del planeamiento general anterior. El párrafo 2, apartado a) de este precepto incluye en este régimen especial a los denominados “Sectores de Ordenación Asumida” (SOA), que define como “ámbitos delimitados y ordenados mediante modificaciones puntuales aprobadas definitivamente del Plan General de ordenación urbana precedente de 1982, en diferente grados de gestión y ejecución, cuyos plazos para el cumplimiento de deberes urbanísticos aún no han finalizado, según el régimen anterior”. Respecto de estos ámbitos, el Plan General ha establecido determinaciones de ordenación general y ha mantenido en vigor los instrumentos en los que se estableció la ordenación detallada si bien, al propio tiempo, ha introducido modificaciones de diversa entidad, que no siempre se han trasladado de forma coordinada a la documentación que integra el Plan General, generando equívocos e imprecisiones. RESULTANDO: Que, el Proyecto de Modificación objeto del presente procedimiento, pretende superar las contradicciones detectadas en las determinaciones previstas para los Sectores de Ordenación Asumida del Plan General denominados SOA 03-01, 03-02, 03-03 y 15-04, con el fin de clarificar el régimen urbanístico de estos ámbitos, de tal modo que se permita determinar inequívocamente las determinaciones del régimen precedente que son asumidas por el planeamiento vigente y precisar con claridad las modificaciones que sobre aquél ha introducido el Plan vigente.

RESULTANDO.- Que, respecto del expresado Proyecto de Modificación, se emite el pertinente informe por los Técnicos del Gabinete de Urbanismo Municipal, con fecha 17 de marzo de 2010, cuyo contenido literal es el siguiente:

“En cumplimiento de lo dispuesto en Providencia dictada con fecha 18

de marzo de 2.010 por la Jefa del Servicio de Planeamiento Gestión, Vivienda y Patrimonios Públicos del Suelo, relativa al expediente 32/10 de dicho Servicio, correspondiente a la entrega nº 6 del contrato de “Asistencia técnica consistente en la redacción de documentos de diversas modificaciones del PGOU de León” (expediente 2/08 del Negociado de Contratación), a la vista de la documentación remitida con fecha 17 de marzo de 2010 por la empresa adjudicataria, Omicron-Amepro, S.A, denominada “Modificación del Plan General de Ordenación Urbana de León. 1/2010”, se informa lo siguiente: Como se indicó, este documento constituye la sexta entrega del Contrato de Asistencia Técnica antes citado, e incluye distintas modificaciones relativas a las determinaciones de ciertos sectores denominados de “ordenación asumida” (SOA), correspondientes a ordenaciones detalladas de algunos ámbitos, establecidas previamente a la entrada en vigor de la revisión del PGOU, que éste asumió íntegramente, si bien introduciendo en algunos casos ciertas modificaciones puntuales de entidad diversa. Estos sectores de “ordenación asumida”, tienen la consideración de suelos en régimen singular, tal y como señala el PGOU, en razón de que proceden de modificaciones del PGOU anterior, que la posterior Revisión del PGOU

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asumió, siéndoles aplicable el régimen que operaba cuando se redactaron tales modificaciones. El problema consiste en que, a la hora de trasladar el contenido de las ordenaciones de los citados ámbitos a los distintos documentos gráficos y escritos del PGOU, esto se hizo planteándose buen número de discrepancias, errores y contradicciones entre dichos documentos, lo que no permite concretar con precisión el régimen urbanístico aplicable a dichos suelos. Con la modificación presentada, se pretende clarificar el régimen aplicable a dichos ámbitos, recogiendo correctamente en el PGOU las determinaciones que afectan a aquellos suelos cuya “ordenación asumida” se entiende que se recoge íntegramente, así como aquéllas otras para las cuales, y de forma puntual, la revisión del PGOU decidió introducir expresamente variaciones sobre tales ordenaciones, de tal manera que todos los documentos que integran el PGOU coincidan a la hora de fijar el régimen urbanístico aplicable. Esta problemática es especialmente patente en el sector SOA 03-01, ámbito de suelo totalmente desarrollado, en régimen de vivienda unifamiliar aislada, habiendo culminado su proceso de planeamiento de desarrollo (Estudio de Detalle), y gestión (reparcelación y urbanización), habiendo sido inscritas en el Registro de la Propiedad las parcelas resultantes, y habiéndose concedido numerosas licencias de edificación. Sobre este ámbito, y dentro de los diferentes documentos del PGOU, se han detectado diversas contradicciones, aparte que lo que se señala resulta incompatible con la condición de “ordenación asumida”, que por otra parte, el PGOU pretende establecer para estos suelos. Resulta claro lo que la revisión del PGOU pretendía para estos suelos, pero no se dio adecuado traslado de todo ello a sus diferentes documentos (Memoria, planos de ordenación, Normas y ficha individualizada). Esta modificación afecta también a los sectores SOA-03-02, SOA 03-03 y SOA 15-04, si bien en este caso, con un alcance mucho más limitado, circunscribiéndose a corregir algunos errores puntuales que se contienen en las fichas y ordenación gráfica incluidos en el PGOU, entre ellos, un error de superficie de sector consignado en la ficha del SOA-03-02, que ahora se corrige en base a la medición objetiva sobre la base cartográfica del PGOU, errores de las fichas en cuanto a la fecha que se señala de aprobación de las modificaciones del PGOU anterior de las que proceden las ordenaciones SOA, o errores en las alturas de edificación señaladas gráficamente en los planos de ordenación del PGOU respecto del SOA-15-04, ya gestionado. De todo ello se da cuenta de forma detallada en la Memoria Vinculante del documento, a la que nos remitimos íntegramente, donde se contiene una amplia justificación de las modificaciones introducidas y de sus efectos. El documento, por otra parte, se estima completo en cuanto a determinaciones y documentación, de conformidad con lo señalado en el art. 169 del RUCyL, desarrolladas en una Memoria Vinculante y Planos de Ordenación, en su estado actual y modificado, incluyendo un documento

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denominado “Resumen ejecutivo”, con los contenidos propios del mismo, de acuerdo con la Ley de suelo R.D. 2/2008. A la vista de todo ello, entendemos que queda acreditado en el documento la conveniencia y oportunidad de la Modificación, así como su interés público, por lo que procedería someter el presente documento a tramitación, proponiéndose su aprobación inicial por el órgano municipal correspondiente. Teniendo en cuenta que las modificaciones, si bien tienen el único objeto de depurar y concretar aspectos contradictorios que se contienen en el PGOU respecto de suelos denominados de “ordenación asumida”, entendemos que, como se señala en el documento, afectan a determinaciones de “Ordenación General” (contenidos en la Memoria y fichas específicas de sectores del PGOU), por cuanto su aprobación parece que debe corresponder al órgano competente de la Comunidad Autónoma, debiendo el expediente tramitarse de conformidad con todo ello.”

RESULTANDO.- Que, en la Memoria Vinculante del Proyecto de Modificación presentado se señala el alcance de las modificaciones, identificando pormenorizadamente las determinaciones cuya modificación se pretende, así como los cambios que se introducen respecto de las vigentes, justificando su oportunidad y conveniencia para el interés público, sin que supongan influencia alguna en el modelo de ordenación general ni sobre el modelo territorial vigente. RESULTANDO.- Que, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 52.4 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, 153 del Decreto 22/2004, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, se han remitido ejemplares del Proyecto de Modificación a la Excma. Diputación Provincial y al Servicio Territorial de Fomento de la Junta de Castilla y León a fin de emisión de los preceptivos informes exigidos por las citadas disposiciones.

CONSIDERANDO.- Que el Proyecto redactado contiene los documentos necesarios para reflejar adecuadamente sus determinaciones, en concreto los cambios que se introducen en las determinaciones vigentes, entre ellos, una memoria vinculante en la que se justifica la conveniencia de la modificación propuesta y se acredita su interés público; la identificación y justificación pormenorizada de las determinaciones que se alteran y el análisis de la influencia sobre el modelo territorial y sobre la ordenación general vigente. De todo ello se concluye que resulta plenamente justificado en el documento que la modificación propuesta carece de toda influencia sobre el modelo territorial que pudieran establecer los instrumentos de ordenación del territorio, no presentando incidencia alguna sobre el modelo de ordenación general establecido en el vigente Plan General, dando así cumplimiento a lo establecido en los artículos 51 de la Ley y 169 del Reglamento de Urbanismo.

CONSIDERANDO.- Que la modificación objeto del presente procedimiento

no afecta a zonas verdes o espacios libres y equipamientos públicos existentes o

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previstos en el planeamiento, ni supone incrementos de volumen edificable o densidad de población.

CONSIDERANDO.- Que resulta acreditado en el Proyecto de modificación del Plan General objeto de este procedimiento, que se trata de una modificación puntual de determinaciones de ordenación general, sin que en ningún caso pueda ser calificada de revisión, tal y como ésta es definida en los arts. 57 de la Ley y 168 del Reglamento, en cuanto total reconsideración de la ordenación general establecida.

CONSIDERANDO.- Que, el Proyecto de modificación, dada la naturaleza de los cambios que introduce, no presenta incidencia alguna sobre el medio ambiente por lo que no resulta exigible la práctica del trámite ambiental al que aluden los arts. 52 bis de la Ley de Urbanismo y 157 del Reglamento. Por otra parte, el Proyecto que nos ocupa no produce ninguna afección sobre infraestructuras o bienes de dominio público titularidad de otras Administraciones que darían lugar a la exigencia de emisión de los correspondientes informes sectoriales.

CONSIDERANDO.- Que, de conformidad con lo establecido en los arts. 33.2 y 41 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León y 79 y 80 del Decreto 22/2004, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Urbanismo, los instrumentos de planeamiento general tiene como objeto establecer la ordenación general, sin perjuicio de que también puedan establecer la ordenación detallada. El Proyecto de modificación objeto de este procedimiento incide en determinaciones que el propio Plan General considera de ordenación general y así se señala expresamente en el art. 359.2 de las Normas Urbanísticas, al indicar que “En todo caso, desde este Plan General, a los efectos de lo dispuesto en el art. 109.2 del R.U.C.Y.L., se establece que tienen el carácter de ordenación general todas las determinaciones de los ámbitos incluidos en este capítulo según resulta de los planos de ordenación y de las fichas individualizadas de cada uno de ellos, que se incorporan al final del mismo”. En consecuencia, la competencia para la aprobación definitiva del presente Proyecto corresponde a la Administración de la Comunidad Autónoma, tal como señala el artículo 58.3 de la Ley de Urbanismo.

CONSIDERANDO.- Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 52 y siguientes de la Ley de Urbanismo, aplicables por virtud de la remisión que a ellos efectúa el art. 58 del mismo texto, arts. 154 y siguientes del Reglamento de Urbanismo, así como lo previsto en los artículos 22.2 c) y 47.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el procedimiento a seguir para la aprobación del presente Proyecto de Modificación del Plan General, se integra de los trámites siguientes:

- Acuerdo de aprobación inicial que deberá ser adoptado por el Pleno Municipal, con el voto favorable de la mayoría absoluta del numero legal de miembros de la Corporación, cuyo acuerdo determinará la suspensión del otorgamiento de las licencias, así como de la tramitación de otros instrumentos de planeamiento y gestión urbanística en las áreas afectadas.

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- Iniciación de un trámite de información pública por un periodo de dos a tres meses.

- Acuerdo de aprobación provisional por el Pleno Municipal con idéntico quórum que el anterior.

- Acuerdo de aprobación definitiva competencia de la Administración de la Comunidad Autónoma.

Vistos los expuestos antecedentes y considerando las normas jurídicas de aplicación antes citadas, en ejercicio de la competencia que a este órgano le confiere el artículo 22.2.c de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, SE ACORDO: 1º.- Aprobar inicialmente el Proyecto de Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de la ciudad de León promovido por este Ayuntamiento, de conformidad con la documentación técnica aportada con fecha 17 de marzo de 2010 por la entidad “OMICRON-AMEPRO, S.A.”, adjudicataria del contrato de asistencia técnica convocado a tal objeto y redactado por los Técnicos de dicha empresa, la Ingeniero de Caminos Dª Magdalena Barreales Caballero y el Arquitecto D. Félix Álvarez Álvarez, cuyo objeto consiste en la modificación de una serie de determinaciones del vigente Plan General referentes a los sectores de ordenación asumida 03-01, 03-02, 03-03 y 15-04,

2º.- Disponer la apertura de un periodo de información pública que se desarrollará conforme a lo determinado en los arts. 142 de la Ley de Urbanismo y 155 y 432 del Reglamento y proceder a la inserción de los preceptivos anuncios en el Boletín Oficial de Castilla y León, en uno de los diarios de mayor difusión de la provincia, en la página Web del Ayuntamiento de León y en el Tablón de Anuncios Municipal. La duración del periodo de información pública será de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación del último de los anuncios antes citados. Durante la información pública podrá consultarse toda la documentación relacionada con el expediente expuesto en el Servicio de Planeamiento, Gestión, Vivienda y Patrimonios Públicos del Suelo de este Ayuntamiento (planta quinta del edificio consistorial, sito en la Avda. Ordoño II, 10), de lunes a viernes en horario de 9,00 a 14,00 horas, pudiendo obtenerse copias de la documentación técnica y presentarse tanto alegaciones como sugerencias, informes y todo tipo de documentos complementarios. 3º.- Suspender el otorgamiento de las licencias urbanísticas previstas en el art. 97.1 de la Ley de Urbanismo, en las áreas donde se prevea alterar el régimen urbanístico vigente, de conformidad con lo establecido en el artículo 53 del citado texto legal. En los mismos términos se suspenderá la tramitación de otros instrumentos de planeamiento y gestión urbanística en las áreas afectadas. Los efectos de la suspensión se extinguirán por la aprobación definitiva de la modificación y, en todo caso, por el transcurso de dos años desde la aprobación inicial, de conformidad con lo establecido en el art. 53 de la Ley de Urbanismo. De este acuerdo se dará traslado al Servicio de Medio Ambiente, Establecimientos e Intervención en el uso del suelo, a fin de que se proceda a comunicar la

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suspensión del otorgamiento de licencias a quienes hubieran formulado solicitud con anterioridad al mismo en las áreas afectadas por el Proyecto objeto del presente procedimiento, de acuerdo con lo dispuesto en referido art. 53.1. El presente acuerdo se notificará igualmente a quienes hubieran solicitado licencia con anterioridad al mismo, así como a los promotores de los instrumentos de planeamiento y gestión urbanística en las áreas afectadas, de acuerdo con lo dispuesto en referido art. 53.1.” Sometido a votación el informe-propuesta anteriormente trascrito, se propone al Pleno Municipal, con los votos a favor de los Concejales de los Grupos Socialista y Unión del Pueblo Leonés, lo que hacen un total de 7 votos a favor y la reserva de voto de los Concejales del Grupo Popular, lo que hace un total de 4 abstenciones, su aprobación.” Abierto el turno de intervenciones y no produciéndose ninguna seguidamente por el Pleno Municipal se procede a votar el dictamen de la Comisión Municipal Informativa de Urbanismo, vivienda, Obras, Infraestructuras y Parque Móvil, en reunión celebrada el día 29 de marzo de 2010, que es aprobado por unanimidad de todos los miembros presentes. 15.- PROYECTO DE MODIFICACION PUNTUAL DEL PGOU DE LEON 2/2010. MODIFICACION DEL PLAN ESPECIAL DEL CONJUNTO URBANO DE LA CIUDAD DE LEON.- Se da cuenta del dictamen emitido por la Comisión Municipal Informativa de Urbanismo, vivienda, Obras, Infraestructuras y Parque Móvil, en reunión celebrada el día 29 de marzo de 2010, que se transcribe a continuación: “Se da cuenta del informe elaborado por el Técnico Adjunto a la Jefa de Servicio de Planeamiento, gestión, Vivienda y Patrimonios Públicos del Suelo, que es del tenor literal siguiente: “Se dio cuenta del expediente número 35/2010 del Servicio de Planeamiento, Gestión, Vivienda y Patrimonios Públicos del Suelo, promovido por este Ayuntamiento, relativo al Proyecto de Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de León 2/2010: Modificación del Plan Especial del Conjunto Urbano de la Ciudad de León, según documentación técnica aportada con fecha 18 de marzo de 2010 por la empresa “OMICRON-AMEPRO, S.A.”, adjudicataria del contrato de asistencia técnica convocado a tal objeto y redactado por los Técnicos de dicha empresa, la Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos Dña. Magdalena Barreales Caballero y el Arquitecto D. Félix Álvarez Álvarez. Cuyo objeto, en resumen, es la modificación de una serie de determinaciones recogidas en el Catálogo de Edificación y Bienes Protegidos, contenido en el Volumen 2 del Plan Especial de Protección del Conjunto Urbano de la Ciudad de León (P.E.C.U.), asumido como Catálogo Arquitectónico del P.G.O.U., que afectan a varios inmuebles catalogados, cuyas características se entiende que no responden al

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nivel de protección asignado, así como admitir la elevación del número de plantas, dentro de las establecidas por la ordenanza aplicable del P.G.O.U., en aquellos casos que ello se estima admisible en razón del nivel de protección asignado, de las características del edificio y de las condiciones de entorno, de tal manera que, en tales supuestos, los edificios podrían además acomodarse a las determinaciones de aprovechamiento permitidas por dicho P.G.O.U. RESULTANDO.- Que, respecto del expresado Proyecto de Modificación, se emite el pertinente informe por los Técnicos Municipales del Gabinete de Urbanismo, de fecha 22 de marzo de 2010, cuyo contenido literal es el siguiente: “En cumplimiento de lo dispuesto en Providencia dictada con fecha 18 Marzo de 2010 por la Jefe de Servicio de Planeamiento, Gestión, Vivienda y Patrimonios Públicos del Suelo, relativa al expediente 35/10 de dicho Servicio, correspondiente a la entrega nº 7 del Contrato de “Asistencia Técnica consistente en la redacción de documentos de diversas modificaciones del P.G.O.U. de León” (expediente 2/08 del Negociado de Contratación), a la vista de la documentación remitida con fecha 18 de Marzo de 2010 por la empresa adjudicataria, “Omicrón-Amepro S.A.”, denominada “Modificación del Plan General de Ordenación Urbana de León, 2/2010”, se informa lo siguiente: Como se indicó, este documento constituye la séptima entrega del Contrato de Asistencia Técnica antes citado, e incluye la modificación de una serie de determinaciones recogidas en el Catálogo de Edificación y Bienes Protegidos, contenido en el Volumen 2 del Plan Especial de Protección del Conjunto Urbano de la Ciudad de León (P.E.C.U.), asumido como Catálogo Arquitectónico del Plan General de Ordenación Urbana de León, y que afectan a varios inmuebles catalogados. El objeto de la modificación es el de ajustar el grado de protección establecido por el P.E.C.U. -y en consecuencia por el Plan General de Ordenación Urbana, que asumió todas las determinaciones del mismo-, para aquellos elementos catalogados cuyas características se entiende que no responden al nivel de protección asignado, así como admitir la elevación del número de plantas, dentro de las establecidas por la ordenanza aplicable del P.G.O.U., en aquellos casos que ello se estima admisible en razón del nivel de protección asignado, de las características del edificio y de las condiciones de entorno, de tal manera que, en tales supuestos, los edificios podrían además acomodarse a las determinaciones de aprovechamiento permitidas por dicho P.G.O.U. La modificación que se propone se basa en el hecho de que teniendo la mayoría de inmuebles protegidos en el vigente P.E.C.U un origen urbanístico común y unas condiciones estilísticas similares, se establecen sin embargo diferencias entre ellos en cuanto a los criterios de protección e intervención, que muchas veces no se encuentran debidamente justificados. Por otra parte, flexibilizar las posibilidades de intervención sobre las edificaciones incluidas en el Catálogo, aparte de resultar en muchos casos una exigencia técnica actual por razón de la necesaria adaptación de los inmuebles a las modernas condiciones en materia de accesibilidad, seguridad o habitabilidad, se entiende que ello podrá redundar en beneficio de la

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conservación de los valores contenidos en ellos, y que justificaron su inclusión, pues de otra manera, nunca serían objeto de su necesaria rehabilitación. Estas modificaciones se concretan de forma individualizada, para cada uno de los edificios objeto de las mismas, en el documento presentado, al que nos remitimos para mayor detalle. Además de ello, se propone la corrección de errores e indefiniciones que se han detectado en algunas de las fichas del Catálogo, como son las referencias al estado en el que se encuentran algunas edificaciones, que no se corresponde con la realidad, a la obligación de ejecución de obras en edificios, que ya han sido realizadas, o a la eliminación de elementos que realmente no existen. Asimismo, se corrigen las contradicciones existentes en la Relación de Bienes Protegidos del Catálogo, en la que el grado de protección señalado para algunos elementos no coincide con el que se asigna en su ficha individualizada. Los edificios protegidos que son objeto de modificación en alguna de las determinaciones del P.E.C.U. que le afectan, son los siguientes: 1.- Inmueble situado en la C/ Colón nº 20 (Ficha de Catálogo nº 21) 2.- Escuelas de la Avda. Mariano Andrés nº 68 (Ficha de Catálogo nº 78) 3.- Inmueble situado en la Avda. Ordoño II nº 5 (Ficha de Catálogo nº 83) 4.- Inmueble situado en la Avda. Ordoño II nº 12 (Ficha de Catálogo nº 87) 5.- Inmueble situado en la Avda. Ordoño II nº 14 (Ficha de Catálogo nº 88) 6.- Inmueble situado en la Avda. Ordoño II nº 27 (Ficha de Catálogo nº 97) 7.- Inmueble situado en la Avda. Padre Isla nº 4 (Ficha de Catálogo nº 109) 8.- Inmueble situado en la c/ Federico Echevarría nº 6 (Ficha de Catálogo nº 141) 9.- Inmueble situado en c/ Ramiro Valbuena nº 13 (Ficha del Catálogo nº 144) 10.-Inmueble situado en la Avda. Ramón y Cajal nº 19 (Ficha Catálogo nº 148) 11.-Inmueble situado en la Avda. Ramón y Cajal nº 39 (Ficha de Catálogo nº 153-154) 12.-Inmueble situado en la Avda. Roma nº 9 (Ficha de Catálogo nº 170) De todas las modificaciones propuestas para las determinaciones aplicables a cada edificio se da cuenta de forma detallada en la Memoria Vinculante del documento, a la que nos remitimos íntegramente, donde se contiene una amplia justificación de aquéllas y sus efectos. El documento, por otra parte, se estima completo en cuanto a determinaciones y documentación, de conformidad con la señalado en el art. 169 del RUCyL desarrolladas en una Memoria Vinculante y la relación de Bienes Protegidos y Fichas del Catálogo de Edificación del Plan Especial de Protección del Conjunto Urbano de la Ciudad de León, en su estado actual y modificado, incluyendo un documento denominado “Resumen ejecutivo” con los contenidos propios del mismo, de acuerdo con la Ley de Suelo R.D. 2/2008. A la vista de todo ello, entendemos que queda acreditado en el documento, la conveniencia y oportunidad de la Modificación, así como su interés público, por lo que procedería someter el mismo a tramitación, proponiéndose su aprobación

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inicial por el órgano municipal correspondiente. Debe hacerse la precisión de que las determinaciones que son objeto de modificación (adición de alturas, en algunos casos) no suponen incremento de la edificabilidad o del aprovechamiento, toda vez que, como es sabido, estos parámetros realmente son establecidos por el propio P.G.O.U. por cada ordenanza de zona, y no por el P.E.C.U., de tal manera que lo único que hace este último instrumento, en algunos casos, es establecer una posible limitación singular a la aplicación de tales parámetros, en razón de la protección del inmueble, lo que, en su caso, sería objeto de posible indemnización. En base a lo anterior, se estima que no nos encontramos en ninguno de los supuestos contemplados en el art. 173 del RUCyL. Teniendo en cuenta que las modificaciones se refieren al Catálogo de Elementos Protegidos del Plan General de Ordenación Urbana de León, que de acuerdo con lo establecido en el art. 80.1.a) 4º del RUCyL, constituye una determinación de ordenación general, se estima que su aprobación definitiva debe corresponder al órgano competente de la Comunidad Autónoma, debiendo el expediente tramitarse de conformidad con todo ello. En lo que se refiere a los informes sectoriales a solicitar previamente al acuerdo de aprobación inicial, de acuerdo con lo establecido en la ORDEN FOM/404/2005, de 11 de Marzo, entendemos que, en principio, no sería necesario solicitar informe alguno de la Administración General del Estado, y en cuanto a la Comunidad Autónoma, entendemos que únicamente debería recabarse el informe del Servicio Territorial de Fomento. En lo que respecta al informe del Servicio Territorial de Cultura, cabe señalar que no se estima en principio necesario, en base a lo señalado en dicha Orden FOM, pues la modificación no afecta a Bienes de Interés Cultural ni a sus entornos de protección, y aunque tres de los edificios afectados por la modificación, los correspondientes a las fichas nº 109, nº 148 y nº 153-154, están ubicados en la zona de cautela arqueológica denominada “Zona 4 - Asentamientos bajo el Cerro”, las modificaciones contenidas en el documento tampoco afectarían al régimen de protección arqueológico establecido en el art. 311 de las Normas Urbanísticas del P.G.O.U. (no implican la realización de obra alguna). No obstante, por los técnicos del Servicio deberá determinarse lo que resulte más oportuno en relación con este particular. También debe señalarse que, al tratarse de un procedimiento cuya aprobación corresponde al órgano competente de la Comunidad Autónoma, dicho órgano podrá, si así lo estima oportuno, recabar, durante la tramitación del expediente, el informe sectorial correspondiente en materia de patrimonio. También deberá solicitarse, lógicamente, el informe de la Excma. Diputación de León.” RESULTANDO.- Que, en la Memoria Vinculante del Proyecto de Modificación del P.G.O.U. presentado, se señala el alcance de la modificación, identificando y justificando pormenorizadamente las determinaciones cuya modificación se pretende, y los cambios que se introducen respeto de las determinaciones vigentes, justificando su oportunidad y conveniencia para el

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interés público. En esencia, de conformidad con lo expuesto en la Memoria vinculante del documento y con el Informe emitido por los Técnicos Municipales del Gabinete de Urbanismo, dicho documento contempla un listado de inmuebles, doce en total, que en una u otra medida, participan de la problemática señalada, y para los que se propone la modificación de las determinaciones aplicables a cada edificio contenidas en el Plan Especial de Protección del Conjunto Urbano, ajustando el grado de protección establecido por el P.EC.U. respecto de aquellos elementos catalogados cuyas características no responden al nivel de protección asignado, especificándose en la Memoria Vinculante, de forma detallada en cada caso, una amplia justificación de la modificación y de sus efectos. Asimismo, se procede a la corrección de diversas incoherencias detectadas entre el grado de protección asignado en las fichas del Catálogo y el asignado en la relación de bienes protegidos, como por ejemplo las referencias al estado en el que se encuentran algunas edificaciones, que no se corresponde con la realidad, a la obligación de ejecución de obras en edificios, que ya han sido realizadas, o a la eliminación de elementos que realmente no existen. La modificación propuesta, de conformidad con el artículo 80.1.a) 4ª del RUCyL, tiene la consideración de Modificación de Ordenación General al afectar al Catálogo de Elementos Protegidos del Plan General de Ordenación Urbana de León RESULTANDO.- Que, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 52.4 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, y 153 del Decreto 22/2004, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, se han remitido ejemplares del Proyecto de Modificación a la Excma. Diputación Provincial y al Servicio Territorial de Fomento de la Junta de Castilla y León, a fin de emisión de los preceptivos Informes, exigidos por las citadas disposiciones. CONSIDERANDO.- Que el Proyecto redactado contiene los documentos necesarios para reflejar adecuadamente sus determinaciones, dando así cumplimiento a lo establecido en los artículos 51 de la LUCyL y 169 del RUCyL, en especial los cambios que se introducen en las determinaciones vigentes y, entre otros, la Memoria vinculante en que se contiene: la justificación de la conveniencia de la modificación propuesta acreditando su interés público; la identificación y justificación pormenorizada de las determinaciones que se alteran y el análisis de la influencia de la modificación sobre el modelo territorial y sobre la ordenación general vigente, resultando plenamente justificado que al no haberse aprobado definitivamente Directrices de Ordenación Territorial que afecten al Municipio de León, no existe incidencia de esta modificación en la ordenación territorial, ni implica una influencia negativa en la ordenación general vigente. CONSIDERANDO.- Que las modificaciones propuestas no implican en ningún caso la disminución de la superficie ni de la funcionalidad de los espacios libres públicos y de los equipamientos, ni suponen incremento de edificabilidad o de la densidad de población prevista por el P.G.O.U., no encontrándonos, por tanto,

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en ninguno de los supuestos de los artículos 172 y 173 del RUCyL. CONSIDERANDO.- Que queda plenamente justificado que la modificación propuesta no constituye en modo alguno una Revisión del Plan General, entendida como la total reconsideración de la ordenación general establecida (arts. 57 LUCyL y 168 RUCyL), debiendo considerarse como una mera Modificación puntual del mismo (arts. 58 LUCyL y 169 RUCyL). CONSIDERANDO.- Que, a la vista de lo dispuesto en el artículo 52 bis “Trámite Ambiental” de la LUCyL (en la redacción dada por la Ley 4/2008), queda plenamente justificado que la presente Modificación carece de cualquier incidencia sobre aspectos ambientales, no estando incursa en ninguno de los supuestos establecidos en la citada disposición, de tal manera que no resulta exigible el trámite ambiental en el presente procedimiento. CONSIDERANDO.- Que la normativa urbanística en general y, en concreto, los artículos 33, 41 y 42 de la LUCyL, sistematizan los contenidos del planeamiento en dos clases de determinaciones: de ordenación general y de ordenación detallada. CONSIDERANDO.- Que la presente modificación, tal y como se ha expuesto con anterioridad, tiene la consideración de Modificación de Ordenación General, de tal manera que la aprobación definitiva corresponde a la Administración de la Comunidad Autónoma. En este sentido, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 52 y siguientes de la LUCyL, -aplicables por remisión del art. 58-, 154 y siguientes del RUCyL y en los artículos 22.2 c y 47.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, el procedimiento de tramitación y aprobación comprende en esencia los siguientes trámites:

a) Aprobación inicial: competencia del Pleno Municipal, siendo necesario el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación. Acuerdo que determinará la suspensión del otorgamiento de licencias y de la tramitación de otros instrumentos de planeamiento y gestión urbanística en las áreas afectadas.

b) Apertura de un trámite de información pública: Art. 52 LUCyL. c) Aprobación provisional: competencia del Pleno Municipal requiriendo el

mismo quórum que el de aprobación inicial (Art. 54.1 LUCyL) d) Aprobación definitiva: competencia de la Administración de la Comunidad

Autónoma (Art. 54.2 LUCyL). De conformidad con los antecedentes de hecho y consideraciones jurídicas que han quedado expuestas, y en ejercicio de las competencias que a este órgano le confiere el artículo 22.2.c de la Ley 7/1985, de 2 de abril, en la redacción dada al mismo por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre de Medidas para la Modernización del Gobierno Local, SE ACORDÓ: 1º.- Aprobar inicialmente el Proyecto de Modificación Puntual del Plan

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General de Ordenación Urbana de León 2/2010: Modificación del Plan Especial del Conjunto Urbano de la Ciudad de León, promovido por este Ayuntamiento y elaborado por la entidad mercantil OMICRON AMEPRO, S.A., adjudicataria del contrato de asistencia técnica convocado a tal objeto, redactado por Dña. Magdalena Barreales Caballero, Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos y el Arquitecto D. Félix Álvarez Álvarez, según documentación técnica aportada con fecha 18 de marzo de 2010, cuyo objeto es la modificación de una serie de determinaciones recogidas en el Catálogo de Edificación y Bienes Protegidos, contenido en el Volumen 2 del Plan Especial de Protección del Conjunto Urbano de la Ciudad de León (P.E.C.U.), asumido como Catálogo Arquitectónico del P.G.O.U., que afectan a varios inmuebles catalogados, tal y como se ha descrito en los antecedentes del presente acuerdo. 2º.- Disponer la apertura de un periodo de información pública que se desarrollará conforme a lo determinado en los arts. 142 de la Ley de Urbanismo y 155 y 432 del Reglamento y proceder a la inserción de los preceptivos anuncios en el Boletín Oficial de Castilla y León, en uno de los diarios de mayor difusión de la provincia, en la página Web del Ayuntamiento de León y en el Tablón de Anuncios Municipal. La duración del periodo de información pública será de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación del último de los anuncios antes citados. Durante la información pública podrá consultarse toda la documentación relacionada con el expediente expuesto en el Servicio de Planeamiento, Gestión, Vivienda y Patrimonios Públicos del Suelo de este Ayuntamiento (planta quinta del edificio consistorial, sito en la Avda. Ordoño II, 10), de lunes a viernes en horario de 9,00 a 14,00 horas, pudiendo obtenerse copias de la documentación técnica y presentarse tanto alegaciones como sugerencias, informes y todo tipo de documentos complementarios. 3º.- Suspender el otorgamiento de las licencias urbanísticas previstas en el art. 97.1 de la Ley de Urbanismo, en las áreas donde se prevea alterar el régimen urbanístico vigente, de conformidad con lo establecido en el artículo 53 del citado texto legal. En los mismos términos se suspenderá la tramitación de otros instrumentos de planeamiento y gestión urbanística en las áreas afectadas. Los efectos de la suspensión se extinguirán por la aprobación definitiva de la modificación y, en todo caso, por el transcurso de dos años desde la aprobación inicial, de conformidad con lo establecido en el art. 53 de la Ley de Urbanismo. De este acuerdo se dará traslado al Servicio de Medio Ambiente, Establecimientos e Intervención en el uso del suelo, a fin de que se proceda a comunicar la suspensión del otorgamiento de licencias a quienes hubieran formulado solicitud con anterioridad al mismo en las áreas afectadas por el Proyecto objeto del presente procedimiento, de acuerdo con lo dispuesto en referido art. 53.1. El presente acuerdo se notificará igualmente a quienes hubieran solicitado licencia con anterioridad al mismo, así como a los promotores de los instrumentos de planeamiento y gestión urbanística en las áreas afectadas, de acuerdo con lo dispuesto en referido art. 53.1.”

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Abierto el turno de intervenciones hizo uso de la palabra Dª mercedes Moro Menéndez, quien dijo que tiene la sensación de que esta modificación del Plan especial del Conjunto Urbano se ha realizado a instancia de terceros, y no sabe si todos los edificios protegidos que son objeto de la modificación son todos los que deberían estar en esta modificación. Por ello, le gustaría saber si se ha realizado un estudio objetivo para llegar a la propuesta que ahora se presenta. Continúa su intervención señalando, que lee nivel de protección de algunos de los edificios es muy restrictivo y se equipara al nivel de protección que tiene la Catedral de León, por ello considera que debería establecerse un nivel de protección intermedio. Le contesta el Sr. Presidente que desde el año 2003 se ha realizado un análisis y una revisión general de las fichas del catálogo, todo con el mismo criterio, además de tener en cuenta las alegaciones presentadas por particulares. Sometido a votación el informe-propuesta anteriormente trascrito, se propone al Pleno Municipal, con los votos a favor de los Concejales de los Grupos Socialista y Unión del Pueblo Leonés, lo que hacen un total de 7 votos a favor y la reserva de voto de los Concejales del Grupo Popular, lo que hace un total de 4 abstenciones, su aprobación.” Abierto el turno de intervenciones y no produciéndose ninguna seguidamente por el Pleno Municipal se procede a votar el dictamen de la Comisión Municipal Informativa de Urbanismo, vivienda, Obras, Infraestructuras y Parque Móvil, en reunión celebrada el día 29 de marzo de 2010, que es aprobado por unanimidad de todos los miembros presentes. 16.- PLAN PARCIAL DEL SECTOR DE SUELO URBANIZABLE DELIMITADO ULD 02-02: APROBACION DEFINITIVA.- Se da cuenta del dictamen emitido por la Comisión Municipal Informativa de Urbanismo, vivienda, Obras, Infraestructuras y Parque Móvil, en reunión celebrada el día 29 de marzo de 2010, que se transcribe a continuación: “Se dio cuenta del expediente número 109/2007 del Servicio de Planeamiento, Gestión, Vivienda y Patrimonios Públicos del Suelo, promovido por este Excmo. Ayuntamiento, relativo al Proyecto de Plan Parcial del Sector de Suelo Urbanizable Delimitado ULD 02-02, del Plan General de Ordenación Urbana, situado al norte del término municipal, entre el barrio de la Inmaculada y la Ronda Norte, que limita; por el Norte, con la Ronda Norte y el sector NC 02-01; por el Sur, con el barrio de la Inmaculada; por el Oeste, con el sector ULD 02-01 y, por el Este, con el sector Ventas Oeste (SPA 02-01) y el Complejo Hospitalario. Cuyo documento, redactado por los técnicos del Gabinete de Urbanismo Municipal D. Miguel Figueira Moure y D. Vicente Gutiérrez González, así como por la Arquitecto del ILRUV, Dña. Carmen Ibáñez León, tiene como objeto establecer las

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determinaciones de ordenación detallada del citado Sector ULD 02-02, con cumplimiento de las determinaciones de ordenación general establecidas en el Plan General de Ordenación Urbana de León, y RESULTANDO.- Que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 52.4 de la LUCyL y 153 del RUCyL, respecto del citado documento de planeamiento, se han recabado los Informes exigidos por la legislación sectorial del Estado y de la Comunidad Autónoma, así como de la Diputación Provincial y del órgano urbanístico de la Comunidad Autónoma. En concreto, se ha remitido ejemplares del documento, a efectos de la emisión de los preceptivos Informes, a la Excma. Diputación Provincial, al Servicio Territorial de Fomento de la Junta de Castilla y León, a la unidad de Carreteras del Estado en León y a la Confederación Hidrográfica del Duero. RESULTANDO.- Que, previos los pertinentes informes técnicos y jurídicos, emitidos en sentido favorable por los Técnicos Municipales, en sesión ordinaria celebrada por la Junta de Gobierno Local el día 11 de mayo de 2007, se acuerda la aprobación inicial del citado instrumento de planeamiento, de conformidad con el documento redactado por los técnicos del Gabinete de Urbanismo Municipal D. Miguel Figueira Moure y D. Vicente Gutiérrez González, así como por la Arquitecto del ILRUV, Dña. Carmen Ibáñez León. Siendo la finalidad del Plan Parcial objeto de aprobación inicial, establecer las determinaciones de ordenación detallada del citado Sector ULD 02-02, respetando los objetivos, criterios y demás condiciones y determinaciones señaladas en el Plan General de Ordenación Urbana, y dando cumplimiento a las determinaciones obligatorias establecidas en el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, reflejadas en la documentación legalmente establecida. Acordándose, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 52.1 de la Ley 5/1999, de 8 de abril de Urbanismo de Castilla y León (LUCyL), la apertura de un periodo de información pública por plazo de un mes y restantes trámites legales. RESULTANDO.- Que, durante el trámite de información pública del anterior acuerdo, efectuado mediante la publicación de anuncios en la prensa local de 1 de junio de 2007, en el B.O.C. y L. nº 113, de 12 de junio de 2007, B.O.P. nº 114 de 12 de junio de 2007, Tablón de Anuncios y demás medios previstos por la legislación vigente, se ha formulado el día 2 de julio de 2007 escrito de alegaciones suscrito por D. José Manuel Fernández Carnero, en nombre y representación de la entidad mercantil Carbajal de Inversiones S.L. RESULTANDO.- Que, una vez finalizado el periodo de información pública, consta la emisión de los siguientes Informes con respecto al instrumento de planeamiento de desarrollo objeto del expediente que nos ocupa: - Informe emitido mediante Decreto de la Ilma. Sra. Presidenta de la EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL, de fecha 14 de marzo de 2008, mediante el cual se señalan determinadas consideraciones y puntualizaciones referentes a aspectos urbanísticos, entendiendo que el Plan Parcial presentado es impreciso o no justifica suficientemente ciertas determinaciones urbanísticas en diversos aspectos que se

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señalan en el Informe, como por ejemplo que la superficie del sector según el Plan es 102.475,84 m2 ligeramente inferior (1%) respecto a la recogida en el PGOU (103.015,25 m2), que la documentación gráfica informativa no está a la escala mínima de 1/1000 que indica el artículo 136 del RUCyL, que la asignación y justificación de los coeficientes de ponderación en relación con los diferentes usos no se basa en valores concretos, sino estimativos, por lo que se entiende no está suficientemente justificado, etc.… Señalando asimismo, que el Plan Parcial no afecta a bienes o derechos de la Diputación Provincial. - Informe emitido por la CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO. Con fecha 18 de mayo de 2007, desde dicho organismo del Ministerio de Medio Ambiente, se solicita la subsanación de la documentación inicialmente aportada a efectos de acreditar la disponibilidad de recursos hídricos suficientes para la nueva actuación urbanística. El día 6 de julio de 2007, el Ayuntamiento de León, envía la documentación requerida, solicitando nuevamente la emisión del informe preceptivo con relación al asunto de referencia. Posteriormente es emitido Informe con fecha 20 de diciembre de 2007 por la CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO, en el cual, a la vista de los datos disponibles se concluye que existe disponibilidad de agua para atender las demandas originadas por el Plan Parcial del sector de suelo urbanizable delimitado ULD 02-02, para la creación de 430 viviendas tomando el agua directamente de la red de abastecimiento municipal y no teniendo necesidad de efectuar modificación de las características de la concesión para atender dicha sobredemanda. Asimismo, no se ve inconveniente en la captación que se pretende realizar mediante sondeo para el riego de las zonas verdes, debiendo solicitarse la correspondiente concesión de aguas ante la Confederación Hidrográfica. Desde el punto de vista del saneamiento de aguas y su depuración, se concluye que la localidad de León dispone de un sistema de depuración mediante fangos activos, cuyo estado de funcionamiento es correcto, de forma que en principio no existe inconveniente en la aprobación del Plan Parcial ULD 02-02, en cuanto a las infraestructuras de saneamiento y depuración, si bien, en caso de necesidad, se deberán ampliar y/o adaptar dichas infraestructuras para poder garantizar un tratamiento adecuado de la totalidad de los vertidos. En cualquier circunstancia, se especifican las obligaciones de carácter general en materia de vertidos. - Informe emitido por la UNIDAD DE CARRETERAS DEL ESTADO EN LEÓN. Con fecha 10 de mayo de 2007, dicho organismo del Ministerio de Fomento, emite un INFORME DESFAVORABLE, en base a las prescripciones que se enumeran a continuación: I.- Debe aparecer representada la línea límite de edificación y el resto de zonas de protección de la carretera de titularidad estatal LE-20, Ronda Este de León: Dominio Público, Servidumbre y Afección, todas medidas horizontalmente desde la arista exterior de la explanación. II.- Debe recogerse expresamente la prohibición, sin que de derecho a

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indemnización, de todo tipo de publicidad visible desde la zona de dominio público de las carreteras estatales, en aras a no eludir la prohibición del artículo 24.1 de la Ley 25/1988, de 29 de julio, de Carreteras. III.- Respecto a la regulación de accesos, habrá de estarse a lo dispuesto en el Capítulo II del Título III del Reglamento de Carreteras, Real Decreto 1982/1994, de 2 de septiembre, en relación con el artículo 28.1 de la Ley, y de lo regulado en la Orden Ministerial de 16 de diciembre de 1997, que regula los accesos a las carreteras del Estado, siendo necesario para la ejecución de nuevos accesos o modificación de los existentes la presentación de solicitud y proyecto ante la Dirección General de Carreteras. IV.- Debe aportarse un estudio de tráfico en el que se justifique que el tráfico inducido por la actuación propuesta no afecta negativamente a la capacidad ni al nivel de servicio de la carretera LE-20 ni a sus accesos. V.- Debe plasmarse en la Memoria que cualquier obra o actuación que pretenda ser realizada en la zona de afección deberá cumplir lo especificado en la Ley 25/1988, de 29 de julio, de Carreteras y su Reglamento de desarrollo. VI.- Debe recogerse en la Memoria los estudios correspondientes de determinación de los niveles sonoros esperables, así como la obligatoriedad de establecer las limitaciones a la edificabilidad o de disponer los medios de protección acústica imprescindibles, en caso de superarse los umbrales recomendados, de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente. VII.- Respecto a las Normas de Protección, se recogerá expresamente la aplicación de la Ley 25/1988. Mediante Oficio de fecha 9 de septiembre de 2009, con entrada en el Registro de la Unidad del Carreteras de León, el siguiente día 10, el Ayuntamiento de León, remite por duplicado ejemplar el Anexo del Plan Parcial del Sector ULD 02-02 del PGOU (Septiembre 2009), a efectos subsanar las deficiencias observadas en el Informe de fecha 10 de mayo de 2007, anteriormente descritas, así como cumplimentar las observaciones que sobre el mismo han formulado los técnicos de la empresa concesionaria adjudicataria de la conservación integral de la vía del Ministerio de Fomento LE-20 Ronda Este de León. Posteriormente es emitido Informe con fecha 22 de octubre de 2009 por la Dirección General de Carreteras, Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla y León Occidental, Unidad de Carreteras en León, con el sentido siguiente: “A la vista de la documentación presentada por el Ayuntamiento de León para la aprobación del Plan Parcial del Sector de Suelo Urbanizable Delimitado ULD 02-02 del Plan General de Ordenación Urbana, este Servicio de Conservación y Explotación emite un INFORME FAVORABLE, por lo que a la carretera de Titularidad Estatal LE-20 se refiere. - No consta, en el día de la fecha, la emisión de Informe por el Servicio Territorial de Fomento de la Junta de Castilla y León.

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RESULTANDO.- Que, respecto del expresado Proyecto de Plan Parcial del Sector de Suelo Urbanizable Delimitado ULD 02-02, se emite el pertinente informe por los Técnicos Municipales del Gabinete de Urbanismo, de fecha 1 de marzo de 2010, cuyo contenido literal es el siguiente: “Mediante el presente informe se remiten, a los efectos de su aprobación definitiva, cinco ejemplares en soporte papel y digital del Proyecto de Plan Parcial del sector de suelo urbanizable delimitado ULD 02-02, redactado por estos servicios técnicos municipales, en cumplimiento del Convenio suscrito en su momento entre este Excmo. Ayuntamiento y los propietarios de determinados terrenos incluidos en el sector. Este Convenio tenía por objeto el de permitir la disponibilidad de dichos terrenos en orden a la construcción y explotación, en régimen de concesión administrativa, del aparcamiento subterráneo previsto en las proximidades del complejo hospitalario, así como viario de acceso. La responsabilidad de redacción de este documento, corresponde, por aplicación de dicho Convenio, a este Excmo. Ayuntamiento, que encomienda su redacción a estos servicios técnicos. La razón que ha determinado el retraso en la presentación de este documento para someterlo a aprobación definitiva ha sido la necesidad de adaptarlo tanto a las prescripciones de los distintos informes emitidos durante su período de tramitación, como a los cambios legislativos habidos durante este tiempo en la legislación urbanística estatal y autonómica. La adaptación más relevante se produce como consecuencia de los distintos informes emitidos por la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla y León Occidental acerca de la incidencia de la carretera de titularidad estatal, LE-20, Ronda Este de León, sobre el sector. La cuestión fundamental consiste en la necesidad de delimitar correctamente las líneas de defensa de la citada carretera, esto es, dominio público, afección, servidumbre y línea de edificación, lo que a su vez tiene efectos sobre la delimitación del sector, obligando, aunque sea por escasa superficie, a reelaborar todo el documento. Ha sido preciso realizar este trabajo en dos ocasiones, pues aún cuando ya había sido consensuado anteriormente con dicho organismo la delimitación de tales líneas de defensa de la Ronda Este (expresamente se solicitó del citado organismo la definición de la línea de dominio público), habiéndose elaborado un documento corregido en Agosto de 2.009 en base al criterio establecido por la Demarcación, lo cierto es que ha sido necesario volver a reelaborar todo el documento como consecuencia de informe posterior emitido por la entidad UTE COEX LEÓN -empresa concesionaria de este Ministerio en lo tocante a determinados servicios de mantenimiento de vías de titularidad estatal-, al incidir sobre el sector un reciente Proyecto dirigido a la ejecución de paso inferior bajo la Ronda Este a la altura de Hospitales (Clave 45-LE-4060), lo que supone una nueva definición de la línea de dominio público de esta carretera, y a su vez, un nuevo reajuste en la delimitación del sector. En cualquier caso, con fecha 23/10/09, tiene finalmente entrada en el expediente informe favorable de la citada Demarcación de Carreteras, respecto del Plan Parcial en cuestión, en base a documentación corregida remitida desde este Excmo. Ayuntamiento con fecha 10/09/09, donde se recogen las prescripciones establecidas, teniendo por objeto el documento que ahora se remite recoger y

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refundir todas estas cuestiones. Igualmente se recogen y refunden en este documento algunas otras cuestiones derivadas de otros informes que obran en el expediente, así como, tal y como se señaló, la adaptación a diversos cambios normativos que se han producido durante este período de tramitación. Se reseñan a continuación los cambios introducidos en el documento como consecuencia de los informes sectoriales emitidos y los recientes cambios legislativos: - Informes de la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla y León Occidental. Ya se han señalado básicamente las cuestiones que se derivan de los informes emitidos por este organismo estatal en relación con la LE-20, Ronda Este, siendo el informe inicial de 25/05/07. Como se ha dicho, con fecha 10/09/09 se emite finalmente, por la citada Demarcación, informe favorable respecto de la documentación remitida con fecha 10/09/09 al objeto de subsanar las cuestiones señaladas por dicho organismo, que se incluye en el presente documento. Las cuestiones corregidas, inciden en diversos aspectos, como son la necesidad de definir de forma expresa las líneas de defensa de la citada Ronda, especialmente de la línea de dominio público, de lo que se desprende una ligera corrección de la delimitación del sector, así como la inclusión de ciertos aspectos normativos de carácter sectorial, como son los relativos al régimen de accesos a las carreteras del estado, legislación sobre ruido en lo que se refiere a medidas de protección sobre la citada vía o el régimen de publicidad visible desde la zonas de dominio público de carreteras estatales. Nos remitimos, en lo que a estas cuestiones se refiere, al citado informe de la Demarcación y al contenido del documento que se presenta. - Informe con registro de entrada 08/01/08, del Ministerio de Medio Ambiente, Confederación Hidrográfica del Duero, entendiéndose emitido en sentido favorable en relación con la disponibilidad de agua y recursos hídricos para atender las demandas originadas por el Plan Parcial objeto de tramitación, así como respecto del saneamiento de aguas y depuración. - Informe con registro de entrada 28/03/08, de la Excma. Diputación Provincial, donde se realizan determinadas objeciones al documento objeto de tramitación. Sobre este particular, debe señalarse, en primer lugar, que dicho informe se encuentra emitido fuera de plazo. La solicitud del mismo se formula desde el expediente con fecha 16/04/07, estableciéndose en el punto 3.c) del art. 153 del RUCyL, que el plazo para su emisión sería de tres meses a contar de dicha fecha. Si los informes fuesen notificados transcurridos dicho plazo, como es el caso, establece dicho artículo que “podrán no ser tenidos en cuenta”. En segundo lugar, los técnicos que suscriben entienden, tal y como se ha indicado en informes anteriores, que el informe emitido por la Diputación Provincial supone una extralimitación en el marco de competencia que le reconoce la legislación urbanística, expresándose en el punto 3.a) del ya citado art. 153 del RUCyL que el carácter desfavorable de los informes “sólo podrá afectar a las cuestiones respecto de las cuales el informe resulte vinculante”, esto es, las estrictas competencias provinciales, como son, lógicamente, las afecciones que pudieran existir sobre bienes o derechos de titularidad de dicha administración, que no se producen en

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este caso. Por último, y aparte de lo anterior, los técnicos que suscriben consideran que gran parte de las consideraciones señaladas en el informe constituyen meras apreciaciones técnicas, susceptibles, por tanto, de interpretación y opinión, en las que el informe de la Diputación no parece que debiera entrar, pues es a los servicios técnicos municipales a los que corresponde las funciones de asesoramiento del órgano que detenta la competencia para la aprobación de los instrumentos que establecen la ordenación detallada, que es, en este caso, un órgano municipal -el Pleno- (máxime cuando el documento ha sido redactado por estos servicios técnicos). No obstante lo anterior, se analizarán las cuestiones contenidas en el informe: - Se señala que la superficie del sector según el planeamiento es ligeramente inferior a la consignada en el Plan General. En este sentido debe señalarse que es práctica habitual -y conveniente, por otra parte- operar ciertos ajustes superficiales en el planeamiento de desarrollo con respecto al Plan General, debido a posibles errores cartográficos -que conviene depurar en base al nuevo levantamiento topográfico que se haga-, a errores en los límites de propiedad o bien por otras causas justificadas. De todo ello se da cuenta dentro de la Memoria del documento. El art. 6 de las Normas Urbanísticas del PGOU habilita expresamente para realizar este ajuste, dentro de la tolerancia superficial del 5% (en este caso, es ligeramente superior al 1%). Estos ajustes pueden incluso venir impuestos por los propios informes sectoriales (vinculantes), al delimitarse las zonas de afección y dominio público de determinadas infraestructuras, que pueden venir incorrectamente definidas en el PGOU, como ocurre en este caso, tal y como se informó anteriormente, con respecto a la Ronda Este, todo ello de acuerdo con lo señalado en los informes emitidos por la Demarcación de Carreteras del Estado. - En cuanto a los planos de información del documento, se incluyen a la escala 1/1.000 señalada. - Los coeficientes de ponderación asignados en el documento a los diferentes usos, en contra de lo que se señala en el informe, sí son valores concretos, que se indican expresamente en los diferentes apartados de Memoria, Cuadro General, Ordenanzas y Planos, y que son, 1, para el uso Residencial plurifamiliar libre o Predominante, 0,80, para el Residencial Plurifamiliar en vivienda protegida, 0,65, para el Equipamiento Privado, y 0,70 para el Sistema Local de Servicios Urbanos -centros de transformación- Estos coeficientes se introducen, de forma justificada, como establece el art. 102 del RUCyL (actualmente suprimido), en base lógicamente al criterio técnico de los redactores y de los datos de los que se dispone, tratándose todo ello dentro del epígrafe IV.1 de la Memoria Vinculante. Aparte de lo anterior, los últimos cambios introducidos en la legislación urbanística han restado importancia a la fijación de tales coeficientes de ponderación en el instrumento de planeamiento (como por otra parte resulta lógico). En este sentido, según reciente modificación del RUCyL, se ha eliminado el art. 102, que es precisamente el que regulaba los aspectos relativos a la fijación de tales

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coeficientes (y al que se alude en el informe provincial, por cuanto la consideración de dicho informe provincial pierde ahora su referencia legal), y se ha modificado el art. 240 de dicho RUCyL, en el que se establece que los Proyectos de Actuación “pueden actualizar el cálculo del aprovechamiento medio, como resultado de los ajustes de los coeficientes de ponderación que se justifiquen mediante un estudio de mercado de suelo que forme parte integrante de su documentación “, lo que permite, como resulta lógico, desplazar a la fase de gestión la decisión sobre un asunto de esta naturaleza que incide más en el proceso de equidistribución que en la ordenación propiamente dicha. - La justificación de la definición del sistema local de vía públicas que se hace en el documento, en base a lo señalado en el art. 104 del RUCyL, resulta, al criterio de los que suscriben, totalmente correcta, dedicándose a ello un apartado completo dentro del epígrafe IV.1 de la Memoria Vinculante. La forma en que se justifique la idoneidad y suficiencia de este sistema corresponde al criterio técnico del redactor, toda vez que el RUCyL no establece especial condición sobre el particular. El hecho de que en este apartado haya también una remisión, en cuanto a la justificación de la capacidad y funcionalidad del viario, al análisis que sobre el particular hace el Plan General, entendemos que no es un defecto, sino al contrario, cosa muy conveniente, al enmarcarse esta materia dentro del contexto del modelo del PGOU, toda vez que la movilidad y el tráfico, como es lógico, no es un problema local de un sector, sino del conjunto urbano. Por otro lado, una parte importante del viario previsto en el sector viene ya impuesto o determinado en el propio PGOU (no es por tanto determinación establecida desde el Plan Parcial), lo que no viene sino a ratificar lo señalado. - En cuanto a lo que se señala respecto de la conexión de infraestructuras del sector a las redes generales, es cuestión que se explica por sí misma. Si, como se afirma en el informe, el presente documento ha sido redactado por los servicios técnicos municipales, conocedores y responsables de la situación de las infraestructuras de abastecimiento y saneamiento, y se ha entendido en el documento que las redes generales existentes reúnen suficiencia y capacidad para admitir la conexión de las redes previstas en el sector, sin necesidad de proceder a su refuerzo, se deberá presumir la veracidad de todo ello, sin que se deba ponerse ningún tipo de objeción en el informe provincial. Bien, todo ello resulta bastante absurdo, y nos devuelve a las consideraciones anteriores acerca de la extralimitación en la que se incurre en dicho informe. En cualquier caso, se informa que el documento dedica el apartado completo 2.2 de la Memoria Informativa, “Redes de servicios actuales. Puntos de enganche y acometida”, el II.3 de la Memoria Vinculante, “Red viaria. Infraestructuras proyectadas” y el art. 25 de las N.U. “Normas generales de urbanización”, aparte el Estudio Económico y diversos planos específicos de Información y Ordenación, a tratar sobre esta cuestión de las infraestructuras y su conexión, entendemos que con profundidad y amplitud suficiente, desde luego válidas para un documento de esta naturaleza, pues, como se sabe, en el instrumento de planeamiento de desarrollo únicamente deben plantearse unas estimaciones técnicas generales, a los efectos de evaluar su viabilidad, siendo el Proyecto de Urbanización a quién corresponde desarrollar en detalle todas estas cuestiones.

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- Respecto de la necesidad de reflejar las áreas para juego infantil en las reservas para espacios libres públicos, de acuerdo con lo señalado en el art. 105 del RUCyL, se informa lo siguiente. La citada prescripción del Reglamento ha sido interpretada por estos servicios técnicos en el sentido de que el instrumento de ordenación detallada debe establecer efectivamente esta obligación, pero más bien como una prescripción general que debe tener su adecuada concreción en el Proyecto de Urbanización, como instrumento que desarrolla en detalle las determinaciones técnicas del planeamiento. Como es sabido, el diseño y definición técnica de los espacios libres públicos no se suele plantear en el planeamiento de desarrollo (habitualmente, en el planeamiento simplemente se “zonifican” las áreas dotacionales), por lo que carece de sentido definir con precisión la ubicación de estas áreas de juego infantil, cuando será el Proyecto de Urbanización quién concrete y defina todas estas cuestiones. En este sentido, el art. 18 de las N.U. de este Plan Parcial, que regula los Sistemas Locales de Espacios Libres (SL-EL), establece efectivamente esta obligación, estableciendo que corresponde concretar en detalle este aspecto en el posterior Proyecto de Urbanización, como desarrollo del Plan Parcial. Ahora bien, a fin de observar esta determinación de una manera más formal, se incluye en el documento la delimitación de estas “áreas de juego infantil”, dentro de las zonas de espacios libres, si bien de una manera meramente “orientativa” -como no puede ser de otra manera- para el futuro Proyecto de Urbanización. - En cuanto al estudio económico de la actuación, se señala en el informe que se trata de una estimación de previsiones, que impide analizar en detalle la valoración de las dotaciones previstas. Esta cuestión se explica también por sí misma, pues, como es sabido también, el objeto del estudio económico de un instrumento de planeamiento de desarrollo es precisamente éste, el de formular una estimación o avance de previsiones económicas y financieras, sin llegar al grado de precisión de un Proyecto de Urbanización, pues para esto se redacta este último documento, que establece el grado de detalle necesario que permita la ejecución material de las obras. Es más, ni siquiera es preciso que el instrumento de gestión, Proyecto de Actuación, que se redacta en fase posterior a la del planeamiento, incluya en todos los casos las determinaciones “completas” de urbanización, pues cabe elaborarlo incluyendo unas simples determinaciones “básicas” de urbanización. Carece por tanto de sentido, pongamos por caso, que el instrumento de planeamiento incluya un capítulo de unidades de obra desglosadas equivalente al de un Proyecto ejecutivo como es el de Urbanización. - Se afirma por último que el Plan Parcial no afecta a bienes o derechos de esa Diputación Provincial, aspecto éste que sí entraría dentro del ámbito de competencias provinciales. - En cuanto a los cambios normativos habidos durante este período de tramitación, se informa que el documento que se remite se encuentra ya adaptado a los mismos. Las modificaciones legislativas operadas son básicamente las siguientes. Por una parte se promulgó la Ley estatal 8/2007, de 28 de mayo, de suelo. Esta

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Ley introduce cambios en cuanto al régimen de reserva de vivienda protegida para sectores -ya trasladados a la nueva normativa autonómica-. Para el caso concreto que nos ocupa, que afecta a suelo urbanizable, son cambios que en realidad no inciden en el presente documento, toda vez que por mandato del PGOU, ya hubo de hacerse una reserva de edificabilidad con destino a vivienda protegida del 50% del total de edificabilidad residencial, con lo que ya se encontraba por encima de las nuevas previsiones legales en este sentido. Por otra parte, se introduce la exigencia de nuevos contenidos documentales, como son los denominados “Resumen ejecutivo” e “Informe de sostenibilidad económica” -cuya regulación se recoge también ya en el nuevo Reglamento de Urbanismo autonómico-, y que se incorporan también al documento. Por otro lado, se promulga la Ley 4/2008, de 15 de septiembre, de medidas sobre urbanismo y suelo -que modifica la LUCyL-, así como los Decretos 6/2008 y 45/2009, por los que se modifica el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, adaptándolo a la LUCyL modificada y nueva Ley estatal de suelo. En lo que al presente Plan Parcial respecta, los cambios más significativos se refieren al nuevo criterio de reserva de sistemas dotacionales locales, que se establece ya sobre la superficie construida (no sobre la ponderada en el uso predominante), modificándose también los índices de reserva para equipamientos públicos, espacios libres y aparcamientos, lo que obliga a ciertas adaptaciones en este sentido, que no alteran en lo sustancial la ordenación. Otros aspectos legislativos se refieren a ligeros cambios en el criterio de determinación del aprovechamiento medio o la fijación de coeficientes de ponderación (ya comentados anteriormente). Bien, señalado lo anterior, se remiten los citados ejemplares del Plan Parcial en tramitación, para su aprobación definitiva, todo ello sin perjuicio de lo que pueda señalarse por la Adjuntía del Servicio. A los efectos de lo prevenido en el arte 158 del RUCyL, ”Cambios posteriores a la información pública”, resulta claro que los cambios introducidos en el documento no constituyen alteración sustancial del mismo, pues aún cuando ha sido necesario introducir diversos ajustes superficiales y numéricos derivados de la adaptación a la línea de dominio público de la LE-20 y también de las nuevas exigencias legales en materia de reservas dotacionales, no se produce en absoluto una transformación del modelo urbanístico inicialmente elegido (véanse los planos de ordenación). Por último, debe señalarse que obraba en el expediente alegación formulada con fecha 02/07/07 por la entidad “Carbajal de Inversiones, S.L.”, en la que señala que ésta es titular, por compraventa -aporta a estos efectos copia de escrituras de propiedad-, de diversas fincas integradas en el sector, por lo que solicita se rectifique este extremo en el apartado del Plan Parcial, “RELACIÓN DE FINCAS APORTADAS”, toda vez que en él figuran los antiguos titulares. Se procede por tanto también a modificar esta cuestión en el documento, si bien es un asunto que tiene una importancia relativa dentro del instrumento de planeamiento, pues será en el Proyecto de Actuación donde proceda depurar con mayor precisión todas estas situaciones.” CONSIDERANDO.- Que, tal como ha quedado expuesto en los antecedentes de la presente resolución, en el día de la fecha se han emitido

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informes en sentido favorable por la Confederación Hidrográfica del Duero y por la Unidad de Carreteras del Estado en León. Asimismo como ha quedado expuesto, se ha emitido Informe extemporáneo por la Diputación Provincial en el que se señalan determinadas consideraciones y puntualizaciones, interpretando que el Plan Parcial presentado es impreciso o adolece de determinadas deficiencias relativas a la justificación de determinaciones urbanísticas en diversos aspectos que se señalan en el Informe. Señalando, asimismo, que no afecta a bienes o derechos de la Diputación Provincial. Respecto del contenido de dicho Informe, hemos de remitirnos, en su integridad a las consideraciones expuestas por los Técnicos Municipales en su informe de fecha 1 de marzo de 2010, que se asumen y aprueban en todo su contenido, cabiendo reiterar que, tal y como dispone el artículo 153 del RUCyL, el Informe de la Diputación Provincial es “vinculante en lo que afecte a sus competencias y orientativo en cuanto a las restantes determinaciones y a la documentación…” El artículo 52.4 de la LUCyL, determina que “los Informes serán vinculantes cuando así lo determine la legislación sectorial, pero sólo dentro del ámbito competencial que justifique su emisión”. Por último, en igual sentido, cabe citar el artículo 83 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, LRJAPyPAC, que regula el régimen de los informes preceptivos estableciendo que “salvo disposición expresa en contrario, los informes serán facultativos y no vinculantes”, refiriéndose en su apartado 4 a los informes que deban ser emitidos por Administraciones públicas distintas de las que tramita el procedimiento “en orden a expresar el punto de vista correspondiente a sus competencias respectivas…”, y que asimismo precisa que “el informe emitido fuera de plazo podrá no ser tenido en cuenta al adoptar la correspondiente resolución.” Al respecto, hay que afirmar que el Informe emitido por la Diputación Provincial, no tiene carácter vinculante, en cuanto a las cuestiones planteadas, referidas a aspectos estrictamente urbanísticos, respecto de los que formula su propia interpretación, están fuera del ámbito competencial de la Diputación Provincial y pertenecen, por tanto, a la esfera propia de la competencia urbanística municipal, habiendo sido objeto de examen en los pertinentes Informes emitidos por los servicios técnicos y jurídicos municipales, de conformidad con los cuales, en interpretación y aplicación de dicha normativa, se entiende que el Plan Parcial objeto del presente expediente cumple con las determinaciones legalmente establecidas. En tal sentido, ha de recordarse que tal como dispone el artículo 3 de la LUCyL, la dirección y control de la actividad urbanística corresponden a la Comunidad Autónoma y a los municipios de Castilla y León, dentro de sus respectivas competencias, estableciendo el artículo 5 del RUCyL, en su apartado 2 que la competencia para desarrollar la actividad urbanística pública corresponde a los Municipios. En este sentido, la única cuestión del Informe que se refiere expresamente a competencias propias de la Diputación, sería la contenida en el punto octavo, que señala que: “El Plan Parcial no afecta a bienes o derechos propiedad de esta Diputación Provincial”.

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CONSIDERANDO.- Que, respecto del informe solicitado al Servicio Territorial de Fomento, a tenor de lo dispuesto en los artículos 52.4 de la LUCyL y 153 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, se entiende favorable a todos los efectos al no haber sido remitido en el plazo previsto en los citados preceptos. CONSIDERANDO.- Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 46 de la LUCyL y 137 de su Reglamento de desarrollo, los Planes Parciales, como instrumentos de planeamiento de desarrollo, tienen por objeto establecer la ordenación detallada de los sectores de suelo urbanizable; siendo este el objeto del Proyecto de Plan Parcial presentado, por cuanto que el Sector ULD 02-02 es un ámbito de Suelo Urbanizable Delimitado, y la finalidad del documento presentado no es otra que establecer la ordenación detallada del mismo, con cumplimiento de las prescripciones y determinaciones de ordenación general establecidas en el Plan General de Ordenación Urbana. CONSIDERANDO.- Que, el proyecto de Plan Parcial redactado por los Técnicos Municipales del Gabinete de Urbanismo, es coherente con el Plan General de Ordenación Urbana de la ciudad vigente, aprobado por Orden de la Consejería de Fomento FOM/1270/04, de 4 de agosto, de la Junta de Castilla y León (artículos 45.2 LUCyL y 132 RUCyL), y contiene todos los documentos necesarios para reflejar sus determinaciones, dando así cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 142 del RUCyL. CONSIDERANDO.- Que en la tramitación del expediente se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 52 de la LUCyL y 153, 154 y 155 del RUCyL, detentando la Administración Municipal legitimidad para la aprobación definitiva de este instrumento de planeamiento de desarrollo, de conformidad con lo establecido en los artículos 55 de la LUCyL y 163.b) del RUCyL. CONSIDERANDO.- Que los cambios posteriores a la información pública, introducidos respecto del documento aprobado en sesión ordinaria celebrada por la Junta de Gobierno Local el día 11 de mayo de 2007, derivados de la definición y adaptación de la línea límite de edificación y el resto de zonas de protección (dominio público, servidumbre y afección) de la carretera de titularidad estatal LE-20, y de las nuevas exigencias legales en materia de reservas dotacionales, no implican una transformación del modelo urbanístico inicialmente elegido, tal y como dispone el artículo 158 del RUCyL, no siendo precisa la apertura de un nuevo periodo de Información Pública. Y CONSIDERANDO.- Lo dispuesto en los citados preceptos, sancionadores de la competencia municipal para la aprobación definitiva de los Planes Parciales, en los artículos 60 y 61 de la LUCyL y 165, 174 y 175 del RUCyL, que regulan el contenido del acuerdo de aprobación y sus efectos, y en el ejercicio de la compe-tencia sancionada en el art. 22.2.c de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, SE ACORDÓ: 1º.- Estimar la alegación presentada el día 2 de julio de 2007 por D. José Manuel Fernández Carnero, en nombre y representación de la entidad mercantil

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CARBAJAL DE INVERSIONES S.L., con N.I.F. B-24272510, referente a la titularidad de diversas fincas integradas en el Sector de Suelo Urbanizable Delimitado ULD 02-02, adquiridas por dicha mercantil, toda vez que en el apartado del Plan Parcial “Relación de Fincas Aportadas”, figuraban los antiguos titulares. 2º.- Aprobar definitivamente el Proyecto de Plan Parcial del Sector de Suelo Urbanizable Delimitado ULD 02-02, del Plan General de Ordenación Urbana, situado al norte del término municipal, entre el barrio de la Inmaculada y la Ronda Norte, promovido por este Excmo. Ayuntamiento, cuyo documento, redactado por los técnicos del Gabinete de Urbanismo Municipal D. Miguel Figueira Moure y D. Vicente Gutiérrez González, así como por la Arquitecto del ILRUV, Dña. Carmen Ibáñez León, tiene como objeto establecer las determinaciones de ordenación detallada del citado Sector ULD 02-02, con cumplimiento de las determinaciones de ordenación general establecidas en el Plan General de Ordenación Urbana de León. 3º.- Notificar el presente acuerdo, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 61.2 y 140.3 de la Ley de Urbanismo de Castilla y León y 174 de su Reglamento de desarrollo, a la Administración del Estado, a la Diputación Provincial y al Registro de la Propiedad, a estas tres instancias se remitirá un ejemplar del instrumento aprobado en soporte digital y a la Administración de la Comunidad Autónoma, adjuntando al oficio de notificación a ésta última un ejemplar del instrumento aprobado con todos sus planos y documentos, junto con su soporte digital, para su traslado a la Comisión Territorial de Urbanismo, así como al Promotor del expediente. 4º.- Publicar este acuerdo de aprobación definitiva en el Boletín Oficial de Castilla y León y en la página Web del Ayuntamiento, con las particularidades previstas en el art. 61.2 de la Ley de Urbanismo de Castilla y León y 175 de su Reglamento de desarrollo. Como anexo al acuerdo se publicarán en el BOCyL la memoria vinculante y las normas urbanísticas del instrumento aprobado, así como una relación de los demás documentos que integren el instrumento aprobado. Teniendo esta publicación carácter gratuito a tenor de lo dispuesto en el artículo 175 del RUCyL, circunstancia que se pondrá en conocimiento de los responsables de los distintos Boletines. 5º.- Insertar en la página Web Municipal (www.aytoleon.es) el instrumento de planeamiento de desarrollo definitivamente aprobado, a efectos de lo dispuesto en el artículo 144 de la LUCYL. 6º.- Dar traslado del acuerdo al Servicio de la Oficina de Medio Ambiente, Establecimientos y de Intervención en el Uso del Suelo, a efectos de lo dispuesto en el art. 53.2 de la Ley de Urbanismo, relativo a la finalización del plazo de suspensión de licencias. 7º.- Dar traslado del presente acuerdo a la Dirección General de Catastro, junto con un ejemplar debidamente diligenciado y su correspondiente soporte informático, en el ejercicio del deber de colaboración previsto en el artículo 36.2 del Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto

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Legislativo 1/2004, de 5 marzo. Hizo uso de la palabra Dª Mercedes Moro Menéndez quien dijo que el último informe que consta en el expediente es el de Carreteras, que es del mes de octubre de 2009, habiéndose emitido por los Técnicos Municipales el correspondiente informe con fecha 1 de marzo de 2010, lo que supone un retraso importante en la tramitación del expediente. Sometido a votación el informe-propuesta anteriormente trascrito, se propone al Pleno Municipal, con los votos a favor de los Concejales de los Grupos Socialista y Unión del Pueblo Leones, lo que hacen un total de 7 votos a favor y la reserva de voto de los Concejales del Grupo Popular, lo que hace un total de 4 abstenciones, su aprobación.” Abierto el turno de intervenciones y no produciéndose ninguna seguidamente por el Pleno Municipal se procede a votar el dictamen de la Comisión Municipal Informativa de Urbanismo, vivienda, Obras, Infraestructuras y Parque Móvil, en reunión celebrada el día 29 de marzo de 2010, que es aprobado por unanimidad de todos los miembros presentes. 17.- MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL DE LA UNIÓN DEL PUEBLO LEONÉS SOBRE DENOMINACIÓN DE NUEVAS VÍAS PÚBLICAS O ROTONDAS CON EL NOMBRE DE LAS CIUDADES HERMANADAS CON LA CIUDAD DE LEÓN.- Se da cuenta de la moción presentada por el Sr. Portavoz del Grupo Municipal de la Unión del Pueblo Leonés, D. Javier Chamorro Rodríguez, con fecha 29 de marzo de 2010, que se transcribe a continuación: Que al amparo de la Legislación sobre Régimen Local vigente presenta para su debate, y en su caso aprobación, por el Pleno de este ayuntamiento la siguiente MOCIÓN: El hermanamiento entre ciudades viene a ser una práctica que, en la actualidad, trata de estrechar lazos y fomentar las relaciones entre localidades con algún vínculo histórico. La ciudad de León ha adquirido, a través del protocolo de hermanamiento de ciudades, un compromiso de colaboración con las dos últimas ciudades hermanadas, Bragança y Chartres. Uno de los puntos acordados en los acuerdos es el de dedicar el nombre de la ciudad con la que se firma el hermanamiento a una vía pública o rotonda. De esta forma León cuenta con una calle en Bragança cuya placa lleva el nombre de “Vía Cidade de León”. Como resultado de la colaboración entre ciudades y siguiendo el espíritu del hermanamiento entre las mismas, cuyo objetivo es el de mantener las

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buenas relaciones entre las localidades hermanadas, así como gesto de respeto hacia nuestras ciudades hermanas SOLICITA: 1º- Que todos los grupos políticos que integran esta corporación se manifiesten a favor del nombramiento de nuevas vías públicas o rotondas con el nombre de las ciudades hermanadas con la ciudad de León, Ciudad de Bragança y Ciudad de Chartres. 2º-Que este acuerdo se de traslado a las mencionadas ciudades.” Con la venia de la Presidencia, toma la palabra el Vicealcalde D. Javier Chamorro Rodríguez, Portavoz del Grupo de la Unión del Pueblo Leones, que se expresa como sigue: Muy brevemente, únicamente lo que solicita la UPL es que le demos cumplimiento a lo que otras ciudades están haciendo con León, ciudades hermanadas como Braganza, en la cual mi compañero Miguel Ángel Fernández Cardo o algún compañero más, fuimos testigos del día en que se inauguraba la avenida Ciudad de león en Braganza que era una , y Vicente Canuria, perdón, que hace gestos de que él también estaba, pues han inaugurado una avenida “Ciudad de León” que además es una gran avenida comparable a una de nuestras rondas, es una avenida importante en la ciudad, en Chartres, también cuando estuvimos a finales del año pasado, también nos enseñaron la Plaza de Évora, que es una ciudad con la que están hermanados y es una plaza importante e iban hacer una plaza también de León, y sin embargo, León no está cumpliendo en reciprocidad con lo que hacen otras ciudades; simplemente creo que es de bien nacidos el ser agradecidos, y si se firma un hermanamiento con otra ciudad, entre otras cosas es para que en ambas ciudades se conozca la otra, y una forma de dar a conocer la otra ciudad dentro de la nuestra es con algo tan sencillo como poner el nombre de esas calles a nuestras ciudades o plazas, y ahí es por lo que solicito al Concejal de Régimen Interior pues que se preferencia de alguna forma en calle o plazas importantes, o incluso aplicando la Ley de Memoria Histórica si fuese necesario quitar el nombre de alguna calle importante de León o céntrica de León, pues si se pudiera dar esos nombre a la ciudad de Braganza, Ciudad de Chartres, Ciudad de Córdoba en breve porque estamos en un proceso de hermanamiento con la ciudad de Córdoba, y otras ciudades con lasque nos hemos hermanado en el pasado y que tan poco tienen ninguna referencia en nuestra ciudad. Simplemente la propuesta es esta, muy sencilla y creo que entendible y asumible. Hace uso de la palabra el Concejal del Grupo Popular, D. Julio Cayón, que dice: Por su puesto Sr. Chamorro ,que vamos a votar afirmativamente a esa moción, pero si quiero que quede constancia en este Pleno, que el Grupo Municipal Popular presentó con fecha 27 de octubre en el registro, una solicitud

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diciendo precisamente que se rotulase una calle con el nombre de “ciudad de Chartres” o de su catedral. Este escrito se llevó a Comisión Informativa de hacienda, etc., con fecha 25 de noviembre y se informó favorablemente. Textualmente le leo, son cuatro líneas formuladas por este Portavoz en el Ayuntamiento de León proponiendo dedicar el nombre de un calle de la ciudad de Chartres o a su Catedral, con la que recientemente se ha firmado un protocolo de hermanamiento, aprobado por el Pleno de 31 de julio pasado, aceptándose la anterior propuesta: “se acuerda por unanimidad incluir en la bolsa de calles existentes el de Ciudad de Chartres”. Su moción, evidentemente viene a corroborar lo que este Grupo Popular pidió en Comisión y como le digo, fue aceptada, pero por eso ahora se la vamos a votar afirmativamente. Pero dicho esto, con el fin de que conste en Acta, yo le propongo que la enriquezca más con lo siguiente, con la instalación en las principales vías de entrada a nuestra ciudad, de la señalización adecuada a la normativa europea en la que se señale o se recoja las ciudades con las que León está hermanada. Esta es nuestra propuesta para enriquecer su moción, y como decía antes, que conste también en acta en este Pleno, que el Grupo Popular Municipal, ya propuso y le fue aceptada la calle con el nombre de ciudad de Chartres. Interviene la Concejala Delegada de Obras, Promoción Industrial y Nuevas tecnologías del Grupo Municipal Unión del Pueblo Leones, que se expresa como sigue: Muchas gracias Sr. Cayón, pero bueno, de poner de manifiesto aquí que ya tengo encargado los trabajos para que así conste en las principales entradas, o sea, me he adelantado a su petición y no es por dar cumplimiento a algo que ha expuesto en este Pleno, sino que es algo que ya tenía en mi cartera de trabajo para hacer más atractiva la entrada a la ciudad de León. Lo único que estaba pendiente y puede corroborarlo algún técnico Municipal, estaba pendiente de que me facilitaran exactamente que protocolos de hermanamientos tenemos porque no quedaba muy claro por ejemplo con la Ciudad de Vorónezh y alguna otra ciudad que se había visitado; entonces hubo un cambio en la Técnico que llevaba estos expedientes y no constaba fehacientemente en los archivos si con la ciudad de Vorónezh existía un protocolo real de hermanamiento, entonces estaba pendiente de cerrar exactamente cuáles eran las ciudades hermanadas. Con la venia de la Presidencia, interviene nuevamente D. Julio Cayón Diéguez, quien dice: Nos congratulamos de que Sr. Cabezas, usted ya esté en primera fila en este sentido de colocar los carteles correspondientes, pero nosotros seguimos diciendo que al igual que hemos propuesto por delante, la calle a favor de la ciudad de Chartres, y que en fin, vamos a votar pese a eso, que sí a la moción, pues a pesar incluso de que usted ya tenga preparado los carteles o los rótulos o en fin, lo que usted crea conveniente o la normativa europea le permita,

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nosotros abogamos por que en esta moción se incluya también la propuesta de ello. Cierra el debate el Sr. Concejal Delegado de Personal y Régimen Interior del Grupo Municipal Socialista, D. Iban García del Blanco, que dice lo siguiente: Solamente decir que el Grupo Socialista está a favor de las dos propuestas. Terminado el turno de intervenciones, el Pleno Municipal procede a votar la moción presentada por el Sr. Portavoz del Grupo Municipal de la Unión del Pueblo Leonés, D. Javier Chamorro Rodríguez, con fecha 29 de marzo de 2010, que es aprobado por unanimidad de todos los miembros presentes con la matización realizada por el Portavoz del Grupo Municipal del Partido Popular, arriba transcrito 18.- MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL DE LA UNIÓN DEL PUEBLO LEONÉS SOBRE DENOMINACIÓN DE LA AUTOVÍA GIJÓN-SEVILLA “VÍA DE LA PLATA” CON EL NOMBRE DE LA AUTOVÍA “REINO DE LEÓN”.- Se da cuenta de la moción presentada por el Sr. Portavoz del Grupo Municipal de la Unión del Pueblo Leonés, D. Javier Chamorro Rodríguez, con fecha 29 de marzo de 2010, que se transcribe a continuación:

“Que al amparo de la Legislación sobre Régimen Local vigente presenta para su debate, y en su caso aprobación, por el Pleno de este ayuntamiento la siguiente MOCIÓN:

En el actual año 2010 se cumplirán mil cien años del traslado en el año 910 de la corte del Reino de Asturias a León por el Rey García I, primogénito del último rey Asturiano, Alfonso III el Magno. Nacía así el Reino de León, reino que se mantendría como tal durante 320 años, hasta el año 1230, y posteriormente, federado a la Corona de Castilla, hasta el año 1518.

La importancia histórica de este Reino en la configuración de España y Portugal y su influencia en toda Europa se ha ido olvidando con el tiempo, especialmente tras el actual diseño del mapa autonómico de España, pese a que la huella de esta herencia sigue siendo bien patente. La conmemoración de este 1.100 Aniversario es un momento para tratar de poner en valor la aportación sociocultural y política del Reino de León en todo el viejo continente, y en la organización de actos para conmemorar este evento están implicadas las tres administraciones territoriales. La Vía de la Plata supuso una de las principales rutas de expansión del Reino de León hacia el sur, y eje central del territorio del Reino que llegaba por el oeste hasta el Atlántico y por el Este hasta Toledo. La actividad de los Reyes leoneses a

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lo largo de esta ruta es constante: El traslado de la corte de Oviedo a León en el año 910, el traslado de los restos de San Isidoro de Sevilla a León por Fernando I en el año 1063; las Cortes celebradas en Benavente en 1202; el cerco de Zamora, la Universidad de Salamanca desde 1218; la conquista y repoblación de Extremadura, que permite la del Reino de Sevilla cuando el Rey leonés de Castilla, Fernando III, unifica por herencia las dos coronas, etc. Las huellas del trajín de los reyes leoneses por esta ruta sigue visible hoy en día, y además de en las ciudades ya mencionadas, se puede encontrar aún el idioma leonés hablado en zonas del norte Cáceres, poblaciones con el nombre de León unido a su topónimo original, o el propio símbolo de la ciudad de Sevilla, dado por el citado rey leonés que la conquistó.

En vista de los antecedentes citados, creemos que dada la ocasión y relevancia de la fecha, sería el momento adecuado de reconsiderar su valoración y hacer justicia histórica. Es por lo sucintamente expuesto que SOLICITAMOS: PRIMERO.- Completar la denominación de la Autovía Gijón-Sevilla, “Vía de la Plata”, con el nombre histórico de “AUTOVÍA REINO DE LEÓN” para recuperar y recordar la presencia de este Reino en esta esencial vía de comunicación del oeste peninsular, y su aportación a la configuración sociocultural y política de Europa. SEGUNDO.- Dar Traslado de la citada Moción al Ministerio de Fomento para que tenga por presentada la misma y acepte la solicitud del Pleno del Ayuntamiento de León, incorporando la nueva denominación a la Autovía Gijón-Sevilla “ Vía de la Plata “ TERCERO.- Dar Traslado de la citada Moción al Presidencia del Gobierno para que tenga por presentada la misma.” Con la venia de la Presidencia, toma la palabra el Sr. Portavoz del Grupo Municipal de la Unión del Pueblo Leonés, D. Javier Chamorro Rodríguez, que se expresa en los términos siguientes:

Doy lectura muy rápida a la moción porque creo que es lo que mejor justifica el porqué de esta solicitud: En el año 2010 se cumplen mil cien años del traslado en el año 910 de la corte del Reino de Asturias a León por el Rey García I, primogénito del último rey Asturiano, Alfonso III el Magno. Nacía así el Reino de León, que se mantendrá como tal hasta el año 1230, y posteriormente, federado a la Corona de Castilla, hasta el año 1518.

La importancia histórica de este Reino en la configuración de España y Portugal y su influencia en toda Europa se ha ido olvidando con el tiempo, especialmente tras el actual diseño del mapa autonómico de España, pese a que la huella de esta herencia sigue siendo bien patente. La conmemoración de este 1.100 Aniversario es un momento para tratar de poner en valor la aportación sociocultural y política del Reino de León en todo el viejo continente, y en la organización de actos para conmemorar este evento están implicadas tres administraciones territoriales.

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La Vía de la Plata supuso una de las principales rutas de expansión del

Reino de León hacia el sur, y eje central del territorio del Reino que llegaba por el oeste hasta el Atlántico y por el Este hasta Toledo. La actividad de los Reyes leoneses a lo largo de esta ruta de la plata es constante: El traslado de la corte de Oviedo a León en el año 910, el traslado de los restos de San Isidoro de Sevilla a León por Fernando I en el año 1063; las Cortes celebradas en Benavente en 1202; el cerco de Zamora, la Universidad de Salamanca desde 1218; la conquista y repoblación de Extremadura, que permite posteriormente la del Reino de Sevilla, etc. Las huellas del trajín de los reyes leoneses por esta ruta sigue visible hoy en día, y además de en las ciudades ya mencionadas, se puede encontrar aún el idioma leonés, variantes del idioma leones, hablado en zonas del norte de Cáceres, poblaciones con el nombre de León unido a su topónimo original, en la zona de Huelva y Extremadura, o el propio símbolo de la ciudad de Sevilla, dado por el citado rey leonés que la conquistó.

En vista de los antecedentes citados, lo que solicitamos en vista de que es clara la influencia leonesa a lo largo de toda esta ruta antigua de la plata sin entrar en polémica sobre ruta de la plata, vía de la plata, que no es nuestra intención, que no queremos entrar en esa polémica, ni quitar siquiera obviamente le nombre que se le ha dado a esta autovía, autovía de la plata, no queremos quitar ese nombre también histórico, sino que también queremos aprovechando este 1100 aniversario del reino de León, y aprovechando esa norme vinculación histórica que todo este territorio del norte a sur tiene con el reino de León, proponemos ampliar el nombre de la autovía de la plata con la frase reino de León, es decir “autovía de la Plata-reino de León” sin quitar evidentemente el actual nombre de autovía de la plata. Por tanto, la solicitud es completar esta denominación de autovía de Gijón a Sevilla, que actualmente se denomina vía de la Plata con el nombre histórico Reino de León o Autovía de la Plata-Reino de León. Y dar traslado de esta solicitud al Ministerio de Fomento y a la Presidencia del Gobierno que de momento la ocupa un leonés a ver si nos hace caso y conseguimos que se vea el nombre de reino de León en una autovía muy importante en la Península Ibérica.

Seguidamente interviene el Concejal del Grupo Municipal del Partido

Popular, D. Julio Cayón Diéguez, que dice lo siguiente: De nuevo nosotros vamos a votar afirmativamente como no podía ser de

otra manera como diría mi compañera teresa a esta moción; si quiero recordarles Sr. Chamorro, que es una autovía que desde Astorga se está creando un contencioso importante por parte del propio Ayuntamiento, ya que siguen defendiendo que realmente el tramo histórico y real de esta Autovía es desde Mérida a Astorga. No sé en qué va a acabar esta moción al final, no sé si va a ser aceptada en su momento y se va a modificar el nombre, pero en cualquier caso, todo donde figure el nombre de León, y en este caso reino de León, este Grupo Popular lo apoya sin ninguna reserva y sin ninguna duda.

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Le responde el Sr. Portavoz del Grupo Municipal de la Unión del Pueblo Leonés, D. Javier Chamorro Rodríguez:

En cualquier caso, yo no me meto en esa polémica como decía, la ruta

histórica llegue hasta dónde llegue, la realidad es que la autovía de la Plata es la que va desde Gijón a Sevilla, con independencia que yo no me meto si tienen razón o no mis compañeros y leoneses de Astorga en su reivindicación que lo sé, incluso de la UPL, mi Concejal en Astorga también es un firme defensor de lo que usted ha planteado y lo comentaba con él antes de presentar esta moción, no alteramos no entramos en esa polémica, simplemente es un añadido a lo que actualmente está ya en vigor . Es lo que usted dice pero bueno, lo quiero dejar muy claro.

Terminado el turno de intervenciones ,el Pleno Municipal procede a votar la moción presentada por el Sr. Portavoz del Grupo Municipal de la Unión del Pueblo Leonés, D. Javier Chamorro Rodríguez, con fecha 29 de marzo de 2010, que es aprobado por unanimidad de todos los miembros presentes. 19.- DACIÓN DE CUENTA DE ACUERDOS DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL Y DECRETOS DE LA ALCALDIA Y DE LOS CONCEJALES/AS DELEGADOS/AS.- Quedó enterado el Pleno Municipal de la relación de acuerdos de la Junta de Gobierno Local y Decretos de la Alcaldía y Concejales/as Delegados/as dictados desde el 2 de marzo de 20010 hasta la fecha de la convocatoria de esta sesión. 20.- RUEGOS Y PREGUNTAS.- Abierto por la Presidencia el turno de ruegos y preguntas previsto en el orden del día, no se formuló ninguna.

Y no habiendo más asuntos que tratar, la Presidencia dio por terminada la Sesión a las once horas y cuarenta y cinco minutos, de la que se extiende la presente acta, de todo lo cual, como Secretaria, doy fe.