sesiÓn ordinaria del ayuntamiento pleno del dia 21 de ... · dª isabel carrasco lorenzo. 2.-...

72
1 SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE DICIEMBRE DE 2012 En el Salón de Plenos del edificio consistorial de la Plaza de San Marcelo, a veintiuno de diciembre de dos mil doce. Bajo la presidencia del Ilmo. Sr. Alcalde, D. Emilio Gutiérrez Fernández y con asistencia de los Sres. y Sras. Rajoy Feijoo (D. Agustín), Gavilanes Fernández-Llamazares (D. Ricardo), Reyero Gutiérrez (D. Francisco-Javier), Martín Granizo-López (Dª Belén), García Valadés (D. Juan Pablo), López Benito (D. José María), Lesmes Flórez (Dª Nuria), Gutiérrez Rabanal (Dª Montserrat) y Cayón Diéguez (D. Julio Nicolás), miembros de la Junta de Gobierno Local, así como de los Concejales Sres. y Sras., Alonso Castro, (D. Miguel), Álvarez Casáis (Dª María José), Canuria Atienza (D. Vicente), Carrasco Lorenzo (Dª Isabel), Chamorro Rodríguez (D. Javier), Díez Díaz (D. José Antonio), Díaz Santiago (Dña. Catalina), Fernández Pérez (Dña. Evelia), García Suárez (Dª María José), Guerrero Rodríguez (Dª Patricia), Gutiérrez González (D. Francisco Javier), López Sendino (D. Eduardo Manuel), Pérez Lamo (D. Agustín Mariano), Rodríguez Díaz (Dña. María), Rodríguez Picallo (Dña. Natalia), Travesí Lobato (Dña. Susana), Villa Paredes (D. Ángel Claudio) y de la Sra. Secretaria General, Dña. Carmen Jaén Martín, se reunió, en sesión ordinaria, el Pleno de este Excmo. Ayuntamiento. Asisten también el Sr. Interventor, D. Gabriel Menéndez Rubiera y la Sra. Vicesecretaria General, Dña. Marta M. Fuertes Rodríguez. Antes del inicio de la sesión se guardó un minuto de silencio en memoria de las mujeres fallecidas desde la fecha de la última sesión plenaria, víctimas de la violencia de género. La Presidencia declaró abierta y pública la sesión a las once horas. 1.- APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.- Pregunta el Sr. Presidente si existe alguna observación que hacer al acta de la sesión ordinaria del día 22 de noviembre de 2012, y no formulándose ninguna la misma fue aprobada por unanimidad de los miembros presentes.

Upload: others

Post on 29-Sep-2020

3 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

1

SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO

DEL DIA 21 DE DICIEMBRE DE 2012 En el Salón de Plenos del edificio consistorial de la Plaza de San Marcelo, a veintiuno de diciembre de dos mil doce. Bajo la presidencia del Ilmo. Sr. Alcalde, D. Emilio Gutiérrez Fernández y con asistencia de los Sres. y Sras. Rajoy Feijoo (D. Agustín), Gavilanes Fernández-Llamazares (D. Ricardo), Reyero Gutiérrez (D. Francisco-Javier), Martín Granizo-López (Dª Belén), García Valadés (D. Juan Pablo), López Benito (D. José María), Lesmes Flórez (Dª Nuria), Gutiérrez Rabanal (Dª Montserrat) y Cayón Diéguez (D. Julio Nicolás), miembros de la Junta de Gobierno Local, así como de los Concejales Sres. y Sras., Alonso Castro, (D. Miguel), Álvarez Casáis (Dª María José), Canuria Atienza (D. Vicente), Carrasco Lorenzo (Dª Isabel), Chamorro Rodríguez (D. Javier), Díez Díaz (D. José Antonio), Díaz Santiago (Dña. Catalina), Fernández Pérez (Dña. Evelia), García Suárez (Dª María José), Guerrero Rodríguez (Dª Patricia), Gutiérrez González (D. Francisco Javier), López Sendino (D. Eduardo Manuel), Pérez Lamo (D. Agustín Mariano), Rodríguez Díaz (Dña. María), Rodríguez Picallo (Dña. Natalia), Travesí Lobato (Dña. Susana), Villa Paredes (D. Ángel Claudio) y de la Sra. Secretaria General, Dña. Carmen Jaén Martín, se reunió, en sesión ordinaria, el Pleno de este Excmo. Ayuntamiento. Asisten también el Sr. Interventor, D. Gabriel Menéndez Rubiera y la Sra. Vicesecretaria General, Dña. Marta M. Fuertes Rodríguez. Antes del inicio de la sesión se guardó un minuto de silencio en memoria de las mujeres fallecidas desde la fecha de la última sesión plenaria, víctimas de la violencia de género. La Presidencia declaró abierta y pública la sesión a las once horas. 1.- APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.- Pregunta el Sr. Presidente si existe alguna observación que hacer al acta de la sesión ordinaria del día 22 de noviembre de 2012, y no formulándose ninguna la misma fue aprobada por unanimidad de los miembros presentes.

Page 2: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

2

Entra en el Salón de Plenos la Concejala del Grupo Municipal Popular, Dª Isabel Carrasco Lorenzo.

2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- Por la Secretaria se dio lectura del Decreto que a continuación se transcribe:

“En León, a veinte de noviembre de dos mil doce.

RESULTANDO.- Que con fecha 20 de noviembre actual, el Letrado Asesor de este Ayuntamiento ha emitido informe con el contenido siguiente:

“Con fecha 13 de Noviembre de 2012 se ha recibido en la Asesoría Jurídica

Municipal el Auto Nº 689 de fecha 6/11/2012 dictado por el TSJ Castilla y León, Sala de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid en la Pieza de Medidas Cautelares Nº 1153/2012 en relación con la impugnación del acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de León de fecha 26/06/2012 de aprobación definitiva del Presupuesto General y la Plantilla del Personal para el ejercicio 2012, cuyo recurso fue interpuesto por D. JUSTO CAMPOAMOR GONZALEZ y 10 MAS.

El citado Auto contiene la siguiente parte dispositiva: “LA SALA ACUERDA: Estima parcialmente la pretensión cautelar formulada

por la representación procesal de D. JUSTO CAMPOAMOR GONZALEZ, D. SERGIO GALLARDO MARTINEZ, D. DIEGO PRIETO HERRERO, D. JAVIER FERNANDEZ MERINO, D. DIEGO LOPEZ ALVAREZ, D. EDUARDO MOREIRO RAMOS, D. LUIS-ALBERTO FERNANDEZ GARCIA, D. SALVADOR GARCIA PERES, D. DIEGO CASTAÑO GONZALEZ, D. ALVARO ASTORGA DE PRADO Y D. ADRIAN GONZALEZ PUENTE, ello acordando la suspensión del Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de León de 26 de junio de 2012 (G.O.P. de 12 de julio), que aprobó definitivamente el Presupuesto General de Ayuntamiento de León para el ejercicio 2012 y sus Bases de ejecución, así como la Plantilla de Personal y la Relación de Puestos de Trabajo, en cuanto a la amortización de la plazas de Bombero-Conductor de la Plantilla de Personal, incluidas en las Ofertas Pública de Empleo de 2008 y 2010 y de los puestos de trabajo de la Relación de Puestos de Trabajo a proveer con las mismas.

No se hace imposición de las costas del presente incidente. Esta resolución no es firme y frente a ella cabe interponer Recurso de

Casación ante la Sala Tercera del T.S., recurso que se preparará ante esta Sala en el plazo de 10 días y previa interposición del Recurso de Reposición en el plazo de los 5 días siguientes al de su notificación”.

CONSIDERANDO Que el Sr. Letrado estima que el Auto dictado no se

ajusta al ordenamiento jurídico ni ha apreciado correctamente los intereses de los actores, así como el interés general que resulta de la medida acordada, tal como se puso de manifiesto en el escrito de oposición formulado en esta Pieza de Medidas Cautelares.

Page 3: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

3

CONSIDERANDO. Que es procedente interponer Recurso de Reposición,

previo a la preparación del de Casación, en el plazo de CINCO días, que vence el día de la fecha.

A la vista de las atribuciones que me confiere el art. 21.1 k) de la Ley 7/1985,

de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, he resuelto: Interponer recurso de reposición, previo a la preparación del de casación,

contra el Auto Nº 689 de fecha 6/11/2012 dictado por el TSJ Castilla y León, Sala de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid en la Pieza de Medidas Cautelares Nº 1153/2012 en relación con la impugnación del acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de León de fecha 26/06/2012 de aprobación definitiva del Presupuesto General y la Plantilla del Personal para el ejercicio 2012, cuyo recurso fue interpuesto por D. JUSTO CAMPOAMOR GONZALEZ y 10 MAS.

Del presente Decreto se dará cuenta a la Junta de Gobierno Local en la

primera sesión que celebre. Así lo acordó, mandó y firma, el Ilmo. Sr. Alcalde, D. Emilio Gutiérrez Fernández, ante mí, la Secretaria, que doy fe.”

El Pleno Municipal acuerda quedar enterado y ratificar el decreto de la

Alcaldía-Presidencia, anteriormente transcrito, por quince votos a favor de los Concejales del Grupo Popular y doce votos en contra de los Concejales de los Grupos Socialista y Unión del Pueblo Leonés.

3.- DACIÓN DE CUENTA DEL INFORME DEL SR. INTERVENTOR

MUNICIPAL EN RELACIÓN AL R.D. 7/2012 POR EL QUE SE CREA EL FONDO PARA LA FINANCIACIÓN DE LOS PAGOS A PROVEEDORES.- Se da cuenta del informe emitido por el Sr. Interventor con fecha 19 de octubre de 2012, que es del tenor literal siguiente:

“De conformidad con lo establecido por los artículos 82 y 83 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común; y el artículo 175 del Reglamento de Organización Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, aprobado por Real Decreto 2568/86 de 28 de noviembre. De conformidad con el artículo 4 del Real Decreto 1174/1987, de 18 de septiembre, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional. Dando cumplimiento a la obligación de información regulada por los artículos 6 y 27 de la Ley Orgánica 02/2012, de 27 de abril, de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera; desarrollada por los artículos 4 y 10 de la Orden HAP 2105/2012, de 1 de octubre 2012. Emite el siguiente INFORME:

Page 4: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

4

Primero.- La función del presente informe es comentar, completar y ampliar la información contenida en el formulario cumplimentado al efecto en la oficina virtual del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, y con este fin se adjuntará al referido formulario. Segundo.- Comentario respecto al informe trimestral de seguimiento de ingresos. Los créditos definitivos del presupuesto de ingresos han sufrido una disminución de 4.738.000€, originada por la modificación de crédito en la que se registro la devolución del IBI en ejecución de sentencia judicial que declaró no sujeta a derecho el aumento del tipo aprobado en su día. Se ha recibido un ingreso de capital no previsto correspondiente a la aportación de un equipamiento “campo de golf”, valorado en 1.549.000€. El resto corresponde a la subvención recibida de la Junta de Castilla y León con cargo al Fondo de Cooperación. Los ingresos del capítulo 8 son la incorporación de remanente afectado por importe de 8.500.000€, y la previsión de ingreso por la participación en capital de la sociedad de economía mixta EMILSA, disolución que no ha sido ejecutada al día de la fecha. El ingreso del capítulo 9 por importe de 6.400.000€ corresponde al préstamo del artículo 177.5 de la LHL, aprobado pero no formalizado al día de la fecha. Respecto de los ajustes en ingresos propuestos en el Plan, señalar el impacto negativo que ha tenido la disminución de 4.738.000€, originada por la devolución del IBI en ejecución de sentencia judicial. La causa del resto de desajustes por disminución de ingresos asociada a la medida 1 de subidas tributarias, está en la reducción en 2.400.000€ de los DR por Impuesto sobre Incremento de Valor de Terrenos de Naturaleza Urbana, y de 1.400.000€ en la Tasa por RSU. La subida de las tarifas en tasas y precios no ha tenido repercusión ya que ha entrado en vigor en el mes de octubre, y además se ha visto reducido su efecto por la disminución del número de usuarios en determinados servicios. Tercero.- Comentario respecto al informe trimestral de seguimiento de gastos. El importante incremento de los gastos de inversión, se debe fundamentalmente a la subvención recibida para la obra del Palacio de Congresos por importe de 8.000.000€, y al resto de subvenciones recibidas para las obras del patrimonio. El aumento del saldo de obligaciones pendientes de aplicar al presupuesto, cuenta 413, se debe a que han “salido de los cajones” y se han registrado en contabilidad el total de facturas correspondientes a gastos de ejercicios cerrados no registrados. El periodo medio de pago de factura se había aproximado ya a los 40 días, habiéndose quebrado esta tendencia como consecuencia del incendio sufrido por las dependencias del Ayuntamiento ocurrido el día 10 de agosto pasado. Respecto de los ajustes en gastos propuestos en el Plan, señalar que aún no han sido modificados los contratos de servicios de limpieza viaria, RSU, y transporte urbano de viajeros (medida 16) por lo que sus efectos aún no se reflejan en la reducción de gastos. Cuarto.- Comentario respecto al informe trimestral de seguimiento de magnitudes y endeudamiento. Destacar los 18.440.000€ de operaciones de tesorería vivas, cuya finalidad es cubrir el déficit permanente de tesorería causado por los “pagos pendientes de aplicación”, cuenta 555, que el Ayuntamiento ha acumulado a lo largo de los últimos años y que ascienden a la cantidad de 31.808.100€. Estas operaciones de tesorería se han convertido en “deuda

Page 5: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

5

permanente”, por la que se abonan intereses pero que no es posible devolver, en tanto no se genere superávit acumulado por el mismo importe. El resto de variaciones en la deuda se han originado como consecuencia del Plan de Pago a Proveedores del RD 04/2012, cuyas operaciones de préstamo han ascendido a la cantidad de 164.781.000€.”

Con la venia de la Presidencia toma la palabra el Portavoz del Grupo Municipal de la Unión del Pueblo Leonés, D. Javier Chamorro Rodríguez, que se expresa como sigue: No sé si es posible solicitar una aclaración al informe del Sr. Interventor. Muchas gracias. En el apartado segundo, en el párrafo tercero dice textualmente: “Los ingresos del capítulo 8 son la incorporación de remanente afectado por importe de 8.500.000€, y la previsión de ingreso por la participación en capital de la sociedad de economía mixta EMILSA, disolución que no ha sido ejecutada al día de la fecha.” Dice esta frase en concreto: EMILSA, disolución que no ha sido ejecutada al día de la fecha. Dado que en una de las reclamaciones de la U.P.L. también nos referíamos a unos ingresos previstos por la disolución de la Sociedad EMILSA, que se me ha contestado que era un error, pero dado que vuelvo a ver aquí una frase que dice: “disolución que no ha sido ejecutada al día de la fecha”, no sé si aquí también hay un error o se refiere a otra empresa y en cualquier caso me gustaría que aclararan, que creo que no porque además lo he hablado con la Concejala de Régimen Interior, incluso, que no tienen intención de disolver EMILSA, pero es que aquí vuelve a utilizar una expresión que parece que lo deja abierto. Me gustaría que aclarara ese extremo. Interviene a continuación el Sr. Interventor, D. Gabriel Menéndez Rubiera, que se expresa en los términos siguientes:

La explicación es sencilla. Estamos hablando de mi informe de evaluación

del plan de ajuste. En el año 2012, se dice en el presupuesto, que se va a disolver la Sociedad EMILSA y con ella se van a financiar unos gastos de inversión. No se disuelve y lo que digo en el informe de evaluación del Plan de Ajuste es que esa medida no se ha ejecutado. En el año 2013 viene otra medida semejante para el presupuesto que es la disolución de la Sociedad Palacio de Congresos. Estamos hablando del informe de evaluación del plan de ajuste de 2012 y lo otro es una medida para el presupuesto de 2013. No sé si he aclarado la pregunta.

Informe de evaluación plan de ajuste 2012 relativo a presupuesto de 2012. Toma la palabra de nuevo el Sr. Chamorro para decir: Sí únicamente quizás es una cuestión meramente de redacción. A mí me

preocupa el que diga “disolución que no ha sido ejecutada al día de la fecha”, por eso planteo ¿está previsto o no?

El Sr. Interventor responde:

Page 6: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

6

Yo tengo que hacer un informe que tengo que remitir antes del día 15 de

octubre, que en ese caso se amplía el plazo a 23 de octubre, y yo tengo que decir qué es lo que ha ocurrido a 23 de octubre y a 23 de octubre yo lo que puedo decir es que no se ha disuelto. Lo que no sé es lo que se va a hacer en noviembre ni en diciembre. Tengo que decir qué se ha hecho en octubre y en octubre no se ha hecho la disolución.

La Corporación acuerda quedar enterada del informe del Sr.

Interventor Municipal, anteriormente transcrito.

4.- EXPEDIENTE DE RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRÉDITOS Nº 8/2012: APROBACIÓN.- Se da cuenta del dictamen emitido por la Comisión Municipal Informativa de Hacienda y Régimen Interior, en reunión celebrada el día 18 de diciembre de 2012, que se transcribe a continuación: “La Presidencia da cuenta del Expediente de Reconocimiento Extrajudicial de Créditos nº 8/2012, tramitado por la Concejalía de Hacienda, explicando que el mismo incluye una serie de facturas de proveedores, correspondientes a Ejercicios ya vencidos, que es preciso afrontar para la buena marcha de la Administración Municipal, cuyo importe total asciende a la cantidad de 597.354,58 euros, diciendo que tales gastos tienen encaje en el Presupuesto Municipal del Ejercicio 2012. Tras un breve debate, la Comisión, con el voto a favor de los nueve Concejales presentes en la reunión, Sres. Rajoy Feijóo (D. Agustín), Lesmes Flórez (D.ª Nuria), Gutiérrez Rabanal (D.ª Montserrat), Reyero Gutiérrez (D. Francisco Javier), Gavilanes Fernández-Llamazares (D. Ricardo), Gutiérrez González (D. Francisco Javier), Canuria Atienza (D. Vicente), Fernández Pérez (D.ª Evelia) y Chamorro Rodríguez (D. Javier); lo que hace un total de nueve votos a favor de la propuesta, ninguno en contra y ninguna abstención, acuerda informar favorablemente la siguiente propuesta de acuerdo municipal: “Primero.- Aprobar el Expediente de Reconocimiento Extrajudicial de Créditos nº 8/2012, a favor de los terceros que seguidamente se relacionan, que incluye las facturas por los conceptos e importes que se muestran en la relación que se acompaña, por cuantía total de 597.354,58 euros.

TELEFONICA DE ESPAÑA, S.A.U. A82018474

TOTALES 46.787,23

Documento Fecha Doc. Concepto Importe

2011D4167300 29/04/2011 TELEFONÍA FIJA CENTRO ABELLO. ABRIL 2011 191,23

2011D4167200 29/04/2011 TELEFONÍA FIJA CENTRO DE LOS OFICIOS , MES DE ABRIL 242,90

2011D4167400 29/04/2011 TELEFONÍA FIJA ILDEFE. MES DE ABRIL 2011 346,21

2011D4099400 20/04/2011 TELEFONÍA FIJA SAN MARCELO. MES DE ABRIL 2011 3.002,14

2011D3891900 29/04/2011 TELEFONÍA FIJA ORDOÑO II. MES DE ABRIL DE 2011 37.125,39

60-GOTG-002784 04/08/2000 FACTURA TELEFONÍA FIJA 1.295,86

24-G6C8-000001 13/07/2000 TELEFONÍA FIJA. CONSUMO 2.642,77

Page 7: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

7

24H7C8000001 19/08/2007 CONSUMO TELEFONÍA FIJA 811,29

24I7VE000553 06/10/2007 CONSUMO TELEFONÍA FIJA 704,15

24E9VE000092 20/05/2009 CONSUMO TELEFONÍA FIJA 425,29

IBERDROLA GENERACIÓN, S.A.U. A95075586

TOTALES 545.367,01

Documento Fecha Doc. Concepto Importe

20111028040000021 28/10/2011 CONSUMO ENERGÍA ELÉCTRICA GUARDERIAS OCT. 2011. ICO 2012 319,97

201111028040000020 28/10/2011 CONSUMO ENERG. ELÉCT. RES. V. DEL CAMINO OCT. 2011. ICO 2012 2.246,60

20111028040000022 28/10/2011 CONSUMO ENERG. ELÉCT. MERCADOS OCT. 2011. ICO 2012 2.438,49

2011028040000017 28/10/2011 SUMINISTRO ENERG. ELÉCT. COLEGIOS, OCTUBRE 2011. ICO 2012 15.319,52

2021111028040000019 28/10/2011 CONSUMO ENERG. ELÉCTRICA DEPORTES, OCTUBRE 2011. ICO 2012 28.350,47

202111028040000018 28/10/2011 CONSUMO ENERG. ELÉCT. DEPENDENCIAS OCTUBRE 2011. ICO 2012 68.445,14

20111028040000016 28/10/2011 SUM. ENERG. ELÉCT. ALUMBRADO PÚBLICO OCT. 2011. ICO 2012 130.208,00

2011112904000021 29/11/2011 SUM. ENERG. ELÉCT. GUARDERIAS NOVIEMBRE 2011. ICO 2012 558,77

20111129040000020 29/11/2011 SUM. ENERG. ELÉCT. RES. ANCIANOS. NOVIEMBRE 2011. ICO 2012 2.612,80

20111129040000022 29/11/2011 SUM. ENERG. ELÉCT. MERCADOS NOVIEMBRE 2011. ICO 2012 3.557,89

20111129040000017 29/11/2011 SUM. ENERG. ELÉCT. COLEGIOS NOVIEMBRE 2011. ICO 2012 18.011,02

20111129040000023 29/11/2011 SUMINISTRO ENERGÍA ELÉCTRICA COLEGIOS, NOVIEMBRE 2011 26.358,12

201111290040000019 29/11/2011 SUMINISTRO ENERGÍA ELÉCTRICA COLEGIOS, NOVIEMBRE 2011 28.929,63

20111129040000018 29/11/2011 SUM. ENERG. ELÉCT. DEPENDENCIAS NOVIEMBRE 2011. ICO 201+2 75.291,45

20111129040000016 29/11/2011 SUM. ENERG. ELÉCT. ALUMBRADO PÚBLICO NOV. 2011. ICO 2012 142.719,14

SOLIDARIDAD Y TRABAJO V. DEL CAMINO, S.L. B24420101

TOTALES 5.200,34

Documento Fecha Doc. Concepto Importe

1100338 27/04/2011 3ª VOLUNTARIA NO DOMICILIADA, RECAUDACION 569,31

00469 02/05/2011 4ª VOL. NO DOMICILIADA 3.252,38

1100460 18/05/2011 NOTIFICACIONES PROV. APREMIO, MAYO 551,67

1100560 02/06/2011 RECIBOS DEV. 4ª VOLUNTARIA 139,11

1100561 02/06/2011 RECIBOS DE 3º VOLUNTARIA 18,83

1100562 02/06/2011 NOTIFICACION PROVIDENCIA APREMIO 2º, MAYO 669,04

Segundo.- En su consecuencia, autorizar y disponer los anteriores gastos, aprobando igualmente las correspondientes obligaciones de pago.”

Abierto el turno de intervenciones y no produciéndose ninguna seguidamente por el Pleno Municipal se procede a votar el dictamen de la Comisión Municipal Informativa de Hacienda y Régimen Interior, en reunión celebrada el día 18 de diciembre de 2012, trascrito anteriormente, que es aprobado por unanimidad de todos los miembros.

5.- EXPEDIENTE DE RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRÉDITOS Nº 9/2012: APROBACIÓN.- Se da cuenta del dictamen emitido por la Comisión Municipal Informativa de Hacienda y Régimen Interior, en reunión celebrada el día 18 de diciembre de 2012, que se transcribe a continuación: “La Presidencia da cuenta del Expediente de Reconocimiento Extrajudicial

Page 8: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

8

de Créditos nº 9/2012, tramitado por la Concejalía de Hacienda, explicando que el mismo incluye una serie de facturas de proveedores, correspondientes a Ejercicios ya vencidos, que es preciso afrontar para la buena marcha de la Administración Municipal, cuyo importe total asciende a la cantidad de 2.299,11 euros, diciendo que tales gastos tienen encaje en el Presupuesto Municipal del Ejercicio 2012. Tras un breve debate, la Comisión, con el voto a favor de los nueve Concejales presentes en la reunión, Sres. Rajoy Feijóo (D. Agustín), Lesmes Flórez (D.ª Nuria), Gutiérrez Rabanal (D.ª Montserrat), Reyero Gutiérrez (D. Francisco Javier), Gavilanes Fernández-Llamazares (D. Ricardo), Gutiérrez González (D. Francisco Javier), Canuria Atienza (D. Vicente), Fernández Pérez (D.ª Evelia) y Chamorro Rodríguez (D. Javier); lo que hace un total de nueve votos a favor de la propuesta, ninguno en contra y ninguna abstención, acuerda informar favorablemente la siguiente propuesta de acuerdo municipal: “Primero.- Aprobar el Expediente de Reconocimiento Extrajudicial de Créditos nº 9/2012, a favor de los terceros que seguidamente se relacionan, que incluye las facturas por los conceptos e importes que se muestran en la relación que se acompaña, por cuantía total de 2.299,11 euros.

SEVERO FERRERO MANZANAL B24420101 TOTALES 552,00

Documento Fecha Doc. Concepto Importe

1/10 21/04/2010 TALLER CIBER JOVEN ENERO A MARZO 2010, ESPABILA 552,00

COMERCIAL SORIA, S.A. A24086324 TOTALES 14,23

Documento Fecha Doc. Concepto Importe

2011/407120 08/06/2011 EQ ZONA 16 SOBRES 14,23

OLAS Y NIEVES, S.L. B24586158 TOTALES 220,50

Documento Fecha Doc. Concepto Importe

03/26/10/2009 26/10/2009 ALOJAMIENTO Y DESAYUNO 73,50

02/26/10/2009 26/10/2009 ALOJAMIENTO Y DESAYUNO 73,50

01/26/10/2009 26/10/2009 ALOJAM Y DESAYUNO, PRESENTACIÓN MADRID RENFE... 73,50

CONTENEDORES Y SERVICIOS SANITARIOS ,S.A. A33052309

TOTALES 788,54

Documento Fecha Doc. Concepto Importe

02-010864 01/02/2002 MANT 3 CONTENEDORES, CHF-MEDIO AMBIENTE 144,32

02-050871 31/05/2002 IPC AÑO 2002, SERV MANT, CONTEN HIGIENICOS 136,42

02-050872 31/05/2002 IPC AÑO 2001, SERV MANT CONTENEDORES HIGIENICOS 253,90

02-050873 31/05/2002 DIF IPC AÑO 2002, SERV CONTENEDORES HIGIENICOS 253,90

Page 9: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

9

CENTRO DE PERSONALIZACION DE IMAGEN CPI B24414039

TOTALES 723,84

Documento Fecha Doc. Concepto Importe

2/2008 02/01/2008 SERVICIO AZAFATAS, FESTIVAL DE MAGIA - DICIEMBRE 2007 723,84

Segundo.- En su consecuencia, autorizar y disponer los anteriores gastos, aprobando igualmente las correspondientes obligaciones de pago.” Abierto el turno de intervenciones y no produciéndose ninguna seguidamente por el Pleno Municipal se procede a votar el dictamen de la Comisión Municipal Informativa de Hacienda y Régimen Interior, en reunión celebrada el día 18 de diciembre de 2012, trascrito anteriormente, que es aprobado por unanimidad de todos los miembros.

6.- EXPEDIENTE DE RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRÉDITOS Nº 10/2012: APROBACIÓN.- Se da cuenta del dictamen emitido por la Comisión Municipal Informativa de Hacienda y Régimen Interior, en reunión celebrada el día 18 de diciembre de 2012, que se transcribe a continuación: “La Presidencia da cuenta del Expediente de Reconocimiento Extrajudicial de Créditos nº 10/2012, tramitado por la Concejalía de Hacienda, explicando que el mismo incluye facturas de proveedores, correspondientes a Ejercicios ya vencidos, que han sido ya abonadas con cargo a los préstamos concertados por este Ayuntamiento con diversas Entidades Financieras en virtud de lo dispuesto en los Reales Decretos-leyes 4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales, y 7/2012, de 9 de marzo, por el que se crea el Fondo para la financiación de los pagos a proveedores, los denominados Préstamos ICO, que han posibilitado tanto el pago de obligaciones reconocidas de Ejercicios cerrados, como el pago de obligaciones pendientes de reconocer, siendo éstas últimas a las que se refiere el presente Expediente, que se detallan en el documento Anexo a la Propuesta. Tras un breve debate, la Comisión, con el voto a favor de los nueve Concejales presentes en la reunión, Sres. Rajoy Feijóo (D. Agustín), Lesmes Flórez (D.ª Nuria), Gutiérrez Rabanal (D.ª Montserrat), Reyero Gutiérrez (D. Francisco Javier), Gavilanes Fernández-Llamazares (D. Ricardo), Gutiérrez González (D. Francisco Javier), Canuria Atienza (D. Vicente), Fernández Pérez (D.ª Evelia) y Chamorro Rodríguez (D. Javier); lo que hace un total de nueve votos a favor de la propuesta, ninguno en contra y ninguna abstención, acuerda informar favorablemente la siguiente propuesta de acuerdo municipal: “Primero.- Aprobar el Expediente de Reconocimiento Extrajudicial de Créditos nº 10/2012, a favor de los terceros que se relacionan en el Anexo a la propuesta que obra en el expediente administrativo, que viene integrado por un

Page 10: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

10

total de 77 folios, a doble cara, numerados y sellados, que se inicia con el proveedor Olea Oinaz, Fidel, Fra. 0013/10, por importe de 7.831,40 euros y finaliza con el proveedor Steer Davies Gleave Limited, factura 0052/2010, por importe de 11.800,00 euros, y que incluye las facturas por los conceptos e importes que se muestran en la mencionada Relación, por cuantía total de 61.316.050,61 euros. Segundo.- En su consecuencia, autorizar, disponer, obligar los anteriores gastos, que ya han sido hecho efectivos con cargo a los préstamos concertados por este Ayuntamiento con diversas Entidades Financieras en virtud de lo dispuesto en los Reales Decretos-leyes 4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales, y 7/2012, de 9 de marzo, por el que se crea el Fondo para la financiación de los pagos a proveedores.” Abierto el turno de intervenciones y no produciéndose ninguna seguidamente por el Pleno Municipal se procede a votar el dictamen de la Comisión Municipal Informativa de Hacienda y Régimen Interior, en reunión celebrada el día 18 de diciembre de 2012, trascrito anteriormente, que es aprobado por unanimidad de todos los miembros. 7.- MODIFICACIÓN DE ORDENANZAS FISCALES REGULADORAS DE IMPUESTOS Y TASAS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO 2013: RESOLUCIÓN DE RECLAMACIONES Y APROBACIÓN DEFINITIVA.- Se da cuenta del dictamen emitido por la Comisión Municipal Informativa de Hacienda y Régimen Interior, en reunión celebrada el día 18 de diciembre de 2012, que se transcribe a continuación: “La Presidencia da cuenta de la reclamación formulada en fecha 10 de diciembre de 2012 por D. Manuel Domínguez Chico, en representación del partido político “Izquierda Unida”, con C.I.F. nº G-78269206, en su calidad de Coordinador Local de dicho Partido en León, contra los acuerdos adoptados por el Pleno del Ayuntamiento de León en sesión celebrada el día 30 de octubre de 2012 (Punto 4 del Orden del Día) mediante los que se produjo la modificación de Ordenanzas Fiscales reguladoras de Impuestos y Tasas Municipales para el Ejercicio 2013, indicando que si bien dicha reclamación, de claro contenido político, es muy genérica y menciona muchas de las tasas municipales modificadas sin referirse, en concreto, a ninguna de ellas, estima prudente, por razones de estricta seguridad jurídica, considerar que la misma se interpone contra todas ellas. En el expediente obra informe emitido por el Jefe de Servicio de Asuntos Económicos de este Ayuntamiento en fecha 17 de diciembre de 2012, proponiendo la desestimación de dicha reclamación por las razones aducidas en el mismo. Interviene el Sr. Presidente, quien dice que, en estos momentos, no es posible atender ninguna de las peticiones realizadas por el partido político

Page 11: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

11

“Izquierda Unida” en su escrito de reclamación, ciertamente genérico, por lo que propone la desestimación del mismo. Tras un breve debate, la Comisión, con el voto a favor de los cinco Concejales del Grupo del Partido Popular, Sres. Rajoy Feijóo (D. Agustín), Lesmes Flórez (D.ª Nuria), Gutiérrez Rabanal (D.ª Montserrat), Reyero Gutiérrez (D. Francisco Javier), y Gavilanes Fernández-Llamazares (D. Ricardo); el voto en contra de los tres Concejales del Grupo Socialista, Sres. Gutiérrez González (D. Francisco Javier), Canuria Atienza (D. Vicente) y Fernández Pérez (D.ª Evelia); y la abstención del Concejal del Grupo de la Unión del Pueblo Leonés, Sr. Chamorro Rodríguez (D. Javier); lo que hace un total de cinco votos a favor de la propuesta, tres en contra y una abstención, acuerda informar favorablemente la siguiente propuesta de acuerdo municipal: “Primero.- Desestimar la reclamación formulada por D. Manuel Domínguez Chico, en representación del partido político “Izquierda Unida”, con C.I.F. nº G-78269206, en su calidad de Coordinador Local de dicho Partido en León, contra los acuerdos adoptados por el Pleno del Ayuntamiento de León en sesión celebrada el día 30 de octubre de 2012 (Punto 4 del Orden del Día), de aprobación inicial de la modificación de Ordenanzas Fiscales reguladoras de Impuestos y Tasas Municipales con efectos del día 1º de enero de 2013, por las razones que se contienen en el informe del Sr. Jefe de Servicio de Asuntos Económicos emitido en fecha 17 de diciembre de 2012. Segundo.- En su consecuencia, aprobar definitivamente los citados acuerdos municipales, que quedan establecidos en los siguientes términos: “Uno.- Aprobar definitivamente la modificación del artículo 7º.1 de la “Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica”, que queda redactado de las siguiente manera: “Artículo 7º.- CUOTA TRIBUTARIA 1. El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica se exigirá con arreglo al siguiente cuadro de Tarifas:

Clase de Vehículo y Potencia del mismo Cuota (€) A) TURISMOS: De menos de 8 caballos fiscales 20,85 De 8 hasta 11,99 caballos fiscales 58,30 De 12 hasta 15,99 caballos fiscales 128,55 De 16 hasta 19,99 caballos fiscales 167,00 De 20 caballos fiscales en adelante 208,75 B) AUTOBUSES: De menos de 21 plazas 139,70 De 21 a 50 plazas 198,75 De más de 50 plazas 239,75 C) CAMIONES: De menos de 1.000 Kg. de carga útil 67,80 De 1.000 a 2.999 Kg. de carga útil 139,70 De más de 2.999 a 9.999 Kg. de carga útil 207,80

Page 12: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

12

De más de 9.999 Kg. de carga útil 271,00 D) TRACTORES: De menos de 16 caballos fiscales 29,80 De 16 a 25 caballos fiscales 46,75 De más de 25 caballos fiscales 139,70 E) REMOLQUES Y SEMIRREMOLQUES ARRASTRADOS POR VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA:

De menos de 1.000 Kg. de carga útil y más de 750 Kilogramos de carga útil

29,80

De 1.000 a 2.999 Kg. de carga útil 46,75 De más de 2.999 Kg. de carga útil 139,70 F) OTROS VEHÍCULOS: Ciclomotores 8,60 Motocicletas hasta 125 c.c. 8,90 Motocicletas de más de 125 hasta 250 c.c. 15,30 Motocicletas de más de 250 hasta 500 c.c. 30,40 Motocicletas de más de 500 hasta 1.000 c.c. 58,30 Motocicletas de más de 1.000 c.c. 128,55

- Se modifica el artículo 10º de la Ordenanza, relativo a “Solicitudes de exención”, añadiendo un punto 5 al apartado a) del mismo, con la siguiente redacción: “a.5) Certificado expedido por la Jefatura Provincial de Tráfico en el que conste relación nominativa de todos los vehículos matriculados a nombre del solicitante.”

- Se modifica el apartado 8 del artículo 8º de la Ordenanza, relativo a “Exenciones y bonificaciones”, dando al mismo la siguiente redacción: “8. Gozarán de una bonificación del 50 por 100 en la cuota del Impuesto los vehículos que tengan una antigüedad de veinticinco o más años y que, además, no superen los doce caballos fiscales de potencia. Para el inicio del cómputo de la antigüedad del vehículo se tomará como referencia la fecha de su fabricación y, si esta no se conociera, se tomará como tal la de su primera matriculación, y, en defecto de ésta, la fecha en que el correspondiente modelo, tipo y variante se dejó de fabricar. Los beneficiarios de esta bonificación solo podrán disfrutar de la misma, simultáneamente, para un máximo de dos vehículos que, obligatoriamente, deberán estar matriculados a nombre del mismo titular que solicita el beneficio fiscal.”

Dos.- Aprobar definitivamente las siguientes modificaciones de las Ordenanzas Fiscales Reguladoras de las Tasas por prestación de servicios o realización de actividades de competencia local: - Se modifica el apartado 3 del artículo 8º de la “Ordenanza Fiscal reguladora de las tasas por recogida de basuras y otros residuos sólidos urbanos”, mediante la actualización de la cuantía de las tarifas de la Tasa a la variación experimentada por el Índice de Precios de Consumo durante el último año, quedando redactado dicho apartado de la siguiente manera: “Artículo 8º.- CUOTA TRIBUTARIA

(…)

Page 13: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

13

3. Regirá el siguiente Cuadro de Tarifas: A) Viviendas:

Viviendas en Tarifa (€)

Calles de 1ª y 2ª categorías 12,60

Calles de 3ª y 4ª categorías 10,90

Calles de 5ª y 6ª categorías 8,85

B) Establecimientos comerciales, industriales y oficinas: B.1) General.- - Por cada uno, con superficie hasta 50 m

2, al trimestre o fracción........ 26,70 €

- Cuando la superficie exceda de 50 m

2, se incrementará según la siguiente escala:

Superficie Tarifa (€)

Más de 50 m2 hasta 100 m

2 33,40

Más de 100 m2 hasta 200 m

2 40,00

Más de 200 m2 hasta 500 m

2 53,15

Más de 500 m2 hasta 750 m

2 66,40

Más de 750 m2 79,60

En el supuesto de que la oficina o establecimiento se halle ubicado en la misma vivienda, sin separación, se aplicará únicamente la tarifa precedente, quedando incluida en ella la tarifa correspondiente del apartado A) anterior. B.2) Casos particulares.- Las cuotas correspondientes a los locales genéricos que, a continuación, se relacionan, a excepción de los recogidos en el apartado B.3) como casos especiales nominados, se fijan, por trimestre o fracción, en las cantidades que se indican seguidamente.

Locales destinados a Tarifa (€)

1. Almacenes al por mayor de frutas y verduras 424,25 2. Grandes Almacenes (Se entiende por grandes almacenes los que dispongan de más de dos plantas)

238,65

3. Supermercados, economatos y cooperativas: - Hasta 150 m

2 de superficie

Si cuentan con carnicería o pescadería, experimentarán por cada una de tales actividades un recargo de…………………………………………….. 26,85 € - De más de 150 m

2 de superficie

Si cuentan con carnicería o pescadería, experimentarán por cada una de tales actividades un recargo de……………………………………………… 33,50 €

106,85

132,60

4. Pescaderías, carnicerías, fruterías y similares Asentadores de pescados

86,85 251,95

5. Bares, restaurantes, cafeterías, cafés, cervecerías y similares: Restaurantes: - De superficie hasta 200 m

2

- De superficie superior a 200 m2

Cafeterías: - Categoría especial - Categoría 1ª - Categoría 2ª

119,50 265,10

119,50 99,60 86,35

Page 14: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

14

- Bares, cafeterías, cafés, cervecerías y similares en que se sirvan comidas, platos combinados y similares - Restantes establecimientos

99,60 59,85

6. Hoteles, hostales, etc.: - Por plaza Con un mínimo de…………………………………………………………. 60,95 € - Tratándose de establecimientos de 4 y 5 estrellas, por plaza Con un mínimo de…………………………………………………………. 72,80 €

1,92

2,40

7. Cines y teatros 106,30

8. Discotecas, salas de fiesta, bingos y salas de espectáculos: - Hasta 500 m

2 de superficie

- De más de 500 m2 de superficie

106,30

132,60 9. Bancos y entidades de crédito: - Oficina principal - Sucursales

238,60

132,60 10. Centros oficiales: - Hasta 10 empleados o funcionarios - De más de 10 empleados o funcionarios hasta 30 - De más de 30 empleados o funcionarios.

132,60 238,65 463,85

11. Colegios, residencias, academias, guarderías y similares: - Con internado y comedor - Con comedor y sin internado - Academias y guarderías en pisos - Restantes centros

132,60 106,30 40,00 66,35

12. Hospitales, sanatorios, clínicas y similares: - Ambulatorios - Centros restantes: * Hasta 50 camas o plazas * De más de 50 camas o plazas

371,15

185,65 371,15

13. Talleres y similares: - Medianos talleres (de más de 100 m

2 hasta 500 m

2)

- Grandes talleres (de más de 500 m2)

146,00 238,65

14. Puestos exteriores de los Mercados y Plaza Mayor, al día: - Que excedan de 8 m

2

- Restantes puestos

1,02 0,75

B.3 Casos especiales.- Los siguientes establecimientos, edificios, empresas o industrias, vienen gravados con una tasa especial conforme a la siguiente relación:

Establecimiento/Empresa/Edificio/Industria Tarifa (€)

Casa Cuartel de la Guardia Civil (Incluye solo las dependencias oficiales, quedando excluidas las 75 viviendas a las que se aplicará la tarifa general de vivienda)

611,20

Palacio de la Excma. Diputación Provincial 940,85 Delegación de Hacienda 940,85 Delegación de la AEAT 940,85 Subdelegación del Gobierno 940,85

Page 15: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

15

Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) 940,85 Instituto Nacional de Empleo (INEM) 940,85 Cuarteles de la Avda. de Asturias 940,85 Cárcel de León 940,85 Residencia de San Cayetano 940,85 Correos y Telecomunicaciones 940,85 Universidad (Pabellón de Gobierno y Edificio Albéitar) 940,85 Edificio de los Juzgados 940,85 RENFE – Estación 1.404,30 Edificio Servicio Territorial Junta Castilla y León 1.731,50 Universidad (Campus de Vegazana) 1.934,20 Complejo Asistencial de León 3.868,35 Editorial Evergráficas, S.A. 116,20 Cooperativa Farmacéutica Leonesa 463,85 Sociedad Recreativa "La Venatoria” 463,85 Sociedad Recreativa "Club Peñalba" 463,85 Sociedad Recreativa "Nuevo Recreo Industrial" 463,85 El Corte Inglés 619,90 Centro Comercial Espacio León 619,90 Mercaleón, S.A. 656,15 Tapicerías Soto, S.L. 738,05 Restaurante Goofy 1.185,80 Restaurante McDonald's 1.185,80 Museo de Arte Contemporáneo de Castilla y León 1.731,50 Estación Depuradora de Aguas Residuales (EDAR) 3.867,90 Centro Carrefour 5.007,05 Toys'R'us 5.007,05

C) Recogidas especiales: A petición de los interesados, y si ello resulta posible, a la vista del sistema de organización del servicio, podrán establecerse modalidades especiales de recogida de residuos sólidos urbanos para algún caso de los contemplados en el apartado B) anterior, fijándose en tal supuesto las tarifas, que en ningún caso serán inferiores a las del apartado B), en base a los costes del servicio para el Ayuntamiento, con arreglo al régimen económico vigente entre el Ayuntamiento y el concesionario.”

- Se modifica el artículo 7º y la Disposición Adicional Segunda de la “Orde-nanza Fiscal reguladora de las tasas por el servicio de extinción de incendios”, mediante la actualización de la cuantía de las tarifas de la Tasa a la variación experimentada por el Índice de Precios de Consumo durante el último año, quedando redactados dichos preceptos de la siguiente manera: “Artículo 7º.- TARIFAS

Las tarifas a aplicar serán las que se indican a continuación: Personal.- Por hora o fracción:

Medios personales Tarifa (€)

- Bombero, Conductor, Cabo, Sargento o Suboficial 22,30 - Oficial 27,65 - Aparejador / Arquitecto Técnico 33,25 - Arquitecto 38,60

Material.- Por hora o fracción:

Medios materiales Tarifa (€)

- Por cada vehículo que se utilice 55,10 - Material auxiliar, como barca con motor, auto-bombas, generadores, etc. 22,25

Page 16: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

16

(…) Disposiciones Adicionales.-

(…) Segunda.- En tales casos regirán las tarifas que se establecen bajo los artículos 6º y 7º y además: - Por cada vehículo utilizado: 0,481 euros por kilómetro recorrido, computándose ida y vuelta.”

- Se modifican las cuotas mínimas establecidas en los artículos 11º.1,B) y 12º.1,B) de la “Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por prestación del servicio de ayuda a domicilio, servicio de lavandería, comida a domicilio y servicio de teleasistencia”, mediante la actualización de la cuantía de las tarifas de la Tasa a la variación experimentada por el Índice de Precios de Consumo durante el último año, quedando establecidas dichas cuotas mínimas de la siguiente manera: “Artículo 11º.- CUOTA CORRESPONDIENTE AL SERVICIO DE COMIDA Y LAVANDERÍA. (…) B) Para el resto de las personas usuarias, la aportación se calcular aplicando la siguiente fórmula, con un mínimo de 2,13 euros y un máximo equivalente al 65% del coste del servicio:

Aportación = (R - IPREMb) x S x 0,006 Donde: “R” es la renta computable entre el número de miembros ponderado, y entre 12 meses. Los miembros computables se ponderan a razón de 1 la persona interesada y cónyuge o pareja de hecho en régimen de gananciales, y 0,3 el resto. “IPREMb” es la cuantía mensual del Indicador público de renta de efectos múltiples del mismo ejercicio que la renta utilizada. “S” es el número de servicios de comida y/o lavandería que recibe al mes. (…)” “Artículo 12º.- CUOTA CORRESPONDIENTE AL SERVICIO DE TELEASISTENCIA. (…) B) Para el resto de las personas usuarias, la aportación será equivalente al 4% de la renta ponderada una vez restado el IPREM del mismo ejercicio de la renta, con un mínimo de 2,13 euros y un máximo equivalente al 90% del coste del servicio:

Aportación = (R - IPREMb) x 0,04 Donde: “R” es la renta computable entre el número de miembros ponderado, y entre 12 meses. Los miembros computables se ponderan a razón de 1 la persona interesada y cónyuge o pareja de hecho en régimen de gananciales, y 0,3 el resto.

Page 17: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

17

“IPREMb” es la cuantía mensual del Indicador público de renta de efectos múltiples del mismo ejercicio que la renta utilizada. (…)”

- Se modifica el artículo 5º de la “Ordenanza Fiscal reguladora de las tasas por licencias de autotaxis y demás vehículos de alquiler”, mediante la actualización de la cuantía de las tarifas de la Tasa a la variación experimentada por el Índice de Precios de Consumo durante el último año, quedando redactado dicho precepto de la siguiente manera: “Artículo 5º.- CUOTA TRIBUTARIA

La cuota tributaria se determinará por una cantidad fija señalada según la naturaleza del servicio o actividad, de acuerdo con las siguientes tarifas: 1ª) Por cada concesión y expedición de licencia 183,55 € 2ª) Por cada autorización de cambio de parada 126,15 € 3ª) Por cada autorización para transmisión de licencias:

a) Transmisión "mortis causa" a favor del cónyuge viudo o herederos forzosos: El 1 por 100 del valor de la transmisión, en cuantía de 729,45 € b) Para el resto de las transmisiones: En cuantía, de 1.459,05 € 4ª) Por cada autorización de sustitución de vehículos:

a) Si es sustitución voluntaria 126,15 € b) Si es sustitución impuesta legalmente 63,05 € 5ª) Por cada revisión de los vehículos o su documentación:

a) Por revisión anual ordinaria 47,30 € b) Por cada revisión extraordinaria, a instancia de parte 52,75 € 6ª) Por los derechos de examen para obtener el permiso municipal de conducir 16,00 € 7ª) Por la expedición del permiso municipal de conducir vehículos de alquiler 26,40 €”

- Se modifica el apartado 2 del artículo 5º de la “Ordenanza Fiscal reguladora de las tasas por la prestación de servicios de competencia municipal por espectáculos, paso de grandes transportes o caravanas u otras actividades que exijan la prestación de servicios especiales”, mediante la actualización de la cuantía de las tarifas de la Tasa a la variación experimentada por el Índice de Precios de Consumo durante el último año, quedando redactado dicho apartado de la siguiente manera: “Artículo 5º.- CUOTA TRIBUTARIA (…) 2. A tal efecto, se aplicarán las siguientes tarifas: I. Servicios señalados en los apartados a) y c) del artículo 2º.1:

Medios personales y/o materiales Tarifa (€) 1º.- Por cada policía local, bombero, funcionario o trabajador, por cada hora o

Page 18: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

18

fracción…………………………………………………………………………………… 43,00 2º.- Por cada motocicleta, incluida su dotación, por cada hora o fracción……….. 49,60 3º.- Por cada vehículo municipal, con dotación máxima de dos personas, por cada hora o fracción…………………………………………………………………….

128,60

II. Servicios señalados en el apartado b) del artículo 2º.1: Por servicio prestado, sin distinción según la hora en que se preste: 129,50 €. (…)”

- Se modifica el artículo 6º de la “Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por actuación municipal de control posterior a la apertura de establecimientos”, mediante la actualización de la cuantía de las tarifas de la Tasa a la variación experimentada por el Índice de Precios de Consumo durante el último año, quedando redactado dicho precepto de la siguiente manera: “Artículo 6º.- CUOTA TRIBUTARIA

1. La cuota tributaria consistirá en una cantidad fija, que se determinará en función de la superficie total del establecimiento según se establece en el siguiente cuadro de Tarifas:

Superficie Tarifa (€)

Hasta 50 m2 500,45

De 51 a 100 m2 750,45

De 101 m2 a 200 m

2 1.125,55

De 201 m2 a 500 m

2 1.667,55

De 501 m2 a 1.500 m

2 2.502,10

De 1.501 m2 a 5.000 m

2 3.751,50

De más de 5.000 m2 5.627,35

No obstante lo anterior, la cuota tributaria tendrá, en todo caso, un importe mínimo de 125,15€. 2. En el caso de verificaciones negativas por parte de la Administración, la cuota tributaria se reducirá en un 25%. 3. En los casos de cambios de titularidad de licencias de apertura ya otorgadas y cambios de titularidad de actividades sometidas al nuevo régimen de comprobación, la cuota tributaria consistirá en una cantidad fija que ascenderá a 250,30 €.”

- Se modifica el artículo 6º de la “Ordenanza Fiscal reguladora de las tasas por licencias ambientales”, mediante la actualización de la cuantía de las tarifas de la Tasa a la variación experimentada por el Índice de Precios de Consumo durante el último año, quedando redactado dicho precepto de la siguiente manera: “Artículo 6º.- CUOTA TRIBUTARIA

1. La cuota tributaria consistirá en una cantidad fija, que se determinará en función de la superficie total del establecimiento según se establece en el siguiente cuadro de tarifas:

Superficie Tarifa (€)

Hasta 50 m2 750,45

De 51 a 100 m2 1.126,55

De 101 m2 a 200 m

2 1.667,55

Page 19: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

19

De 201 m2 a 500 m

2 2.501,10

De 501 m2 a 1.500 m

2 3.751,50

De 1.501 m2 a 5.000 m

2 5.627,35

De más de 5.000 m2 8,132,75

2. En los casos en que la actividad municipal se hubiera iniciado efectivamente, y el expediente terminase por cualquier forma admitida en derecho distinta a la resolución expresa (renuncia, desistimiento o caducidad), se aplicará sobre la cuota tributaria una reducción del 50 por 100. 3. En caso de denegación expresa de la licencia, se aplicará sobre la cuota tributaria una reducción del 25 por 100. 4. No obstante lo previsto en los números anteriores, la cuota tributaria tendrá, en todo caso, un importe mínimo de 125,15 €. 5. La renuncia o desistimiento de la licencia ya concedida no es causa de reducción alguna en el importe de la cuota, y el interesado viene obligado al pago íntegro de la misma.”

- Se modifican las cuotas mínimas recogidas en el artículo 6º.2 de la “Ordenanza Fiscal reguladora de las tasas por prestación de servicios urbanísticos”, mediante la actualización de la cuantía de las tarifas de la Tasa a la variación experimentada por el Índice de Precios de Consumo durante el último año, quedando establecidas dichas cuotas mínimas de la siguiente manera: “Artículo 6º.- BASE IMPONIBLE Y TARIFAS

(…) 2. Los tipos de gravamen son los que se señalan en las siguientes Tarifas:

Tarifa 1ª.- (…) La cuota resultante, aún en el supuesto del número 4 de este artículo, no será inferior a 125,15 euros, que tendrá el carácter de mínima. Tarifa 2ª.- (…) En los casos precedentes se aplicará como cuota mínima la de 125,15 euros. Tarifa 3ª.- (…) Con cuota mínima de 125,15 euros. Tarifa 4ª.- (…) Con cuota mínima de 125,15 euros. (…)”

Page 20: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

20

Asimismo se modifica el importe del pago a cuenta recogido en el artículo 8º.2 de la citada Ordenanza, quedando establecido el mismo de la siguiente manera: “Artículo 8º.- NORMAS DE GESTIÓN

(…) 2. El interesado deberá abonar, a la presentación de la instancia, la cantidad de 125,15 euros, entendida como pago a cuenta de la tasa, deducible de la cuota resultante de la liquidación que se practique.”

- Se modifica el artículo 10º de la “Ordenanza Fiscal reguladora de las tasas por los documentos que expidan o de que entiendan la Administración Municipal o las autoridades municipales a instancia de parte”, mediante la actualización de la cuantía de las tarifas de la Tasa a la variación experimentada por el Índice de Precios de Consumo durante el último año, quedando redactado dicho precepto de la siguiente manera: “Artículo 10º.- TARIFAS

Las tasas a satisfacer serán las que se contienen en el siguiente Cuadro de Tarifas:

I.- Documentos expedidos por la Administración Municipal.-

Clase de documento Tarifa (€)

1. Por expedición de cualquier tipo de certificación 3,10 2. Por expedición de cualquier tipo de informe 3,10

3. Por compulsa de documentos, por cada diligencia de compulsa formalizada Se establece, en todo caso, una cuota mínima por compulsa de documentos de 2,69 €

1,34

4. Por cada licencia para anunciar artículos, productos o actividades de carácter industrial, comercial o profesional, por medio de vehículo con megafonía, por día y vehículo

19,20 5. Por cada escrito solicitando la incoación del expediente de declaración de ruina de edificios, a instancia de parte

249,35

6. Por cada informe o certificación que se expida sobre características de terreno o consulta a efecto de edificación, a instancia de parte

50,15

7. Por la expedición de duplicados de licencia de apertura 10,25

8. Por cada licencia para exposición y/o venta de objetos, en los casos que así se autorice por la Administración Municipal, en salones de hoteles, hostales u otros edificios de uso público similares, se abonará una tasa por día del 50 por 100 del importe diario de alquiler de la sala donde se desarrolle la actividad. El hotel, hostal o establecimiento en que se vaya a desarrollar la actividad tendrá la condición de sustituto del contribuyente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 23.2 de la Ley 39/1988, Reguladora de las Haciendas Locales.

Page 21: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

21

9. Cambio de titularidad y prórroga de licencias urbanísticas: Los cambios de titularidad autorizados y la prórroga de licencias urbanísticas a que se refiere el artículo 10 de la Ordenanza reguladora de las Tasas por Licencias Urbanísticas, devengarán la tasa de un 2 por 100 sobre la cuota del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.

10. Por tramitación de modificaciones en proyectos o memorias, ya aprobados, de expedientes de obras, introducidas durante la ejecución de las mismas: A) En caso de obras menores B) En caso de obras mayores, la cuota resultará de la aplicación de un porcentaje del 3 por 100 sobre la tasa por licencias urbanísticas liquidada inicialmente en el expediente, estableciéndose una cuota mínima de El devengo de esta tasa tendrá lugar con independencia de las liquidaciones del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, y de la Tasa por Licencia Urbanística, que procedan en caso de que las modificaciones introducidas impliquen un incremento en el presupuesto inicial.

18,85

139,80

11. Por cada informe arqueológico emitido a instancia de parte 50,10 12. Por cada certificación que se expida sobre antigüedad de edificios o construcciones

16,60

13. Por cada certificación que se expida sobre no incoación de expediente de infracción urbanística

16,60

14. Por cada talonario de recibos por servicios de autotaxi 2,70

15 Por cada informe técnico sobre verificación de aislamientos acústicos en establecimientos

546,00

16. Por cada informe técnico sobre verificación y control de limitadores acústicos en establecimientos

273,10

17. Por cada Estudio de medición de campos electromagnéticos realizado en instalaciones de telefonía móvil y otras instalaciones similares

1.364,80

18. Por cada licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos 47,20

II.- Documentos expedidos por los Servicios Técnicos Municipales.-

Clase de documento Tarifa (€)

1. Por expedición de copias de planos de alineación de calles o de planos obrantes en expedientes de licencias de obra, por cada metro cuadrado o fracción del plano

20,20 2. Por cada certificación sobre informe técnico, emitido en valoración de daños por incendios y otras peritaciones sobre edificios

50,10

3. Por la expedición de cédula urbanística: 0,063840 €/m

2 edificable, con un

mínimo de 50,10 €, y un máximo de 498,25 €.

4. Por tramitación de Instrumentos de Ordenación o de Gestión Urbanística de cualquier clase, o sus modificaciones: A) Avances de planeamiento: Por cada metro cuadrado de edificabilidad máxima autorizada en el Plan General de Ordenación en la superficie total comprendida en el Avance

0,006865

Page 22: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

22

B) Planes Urbanísticos de cualquier clase o sus modificaciones: Por cada metro cuadrado de edificabilidad máxima autorizada en el Plan General de Ordenación en la superficie total comprendida en el Plan C) Estudios de Detalle: C.1) Estudios de Detalle que tengan por objeto completar o modificar la ordenación detallada del Plan General de Ordenación: Por metro cuadrado de superficie edificable o edificación comprendida en el Estudio de Detalle C.2) Estudios de Detalle que tengan por objeto establecer la ordenación detallada, en suelo urbano no consolidado: Por metro cuadrado de edificabilidad máxima autorizada en el Plan General de Ordenación Urbana en la superficie comprendida en el Estudio de Detalle D) Parcelaciones, agrupaciones y divisiones de fincas: - Hasta 250 m

2 de superficie, por metro cuadrado

- Por el exceso: * De más de 250 m

2 hasta 1.000 m

2, por metro cuadrado

* De más de 1.000 m2 hasta 5.000 m

2, por metro cuadrado

* De más de 5.000 m2, por metro cuadrado

En todo caso, se establece una cuota máxima de 452,10 €. E) Proyectos de Actuación: E.1) Proyectos de Actuación que incluyan determinaciones básicas sobre urbanización y reparcelación: Se aplicará una cuota fija de E.2) Proyectos de Actuación que incluyan determinaciones básicas sobre urbanización y completas sobre reparcelación: El importe de la tasa resultará de sumar a la cuota fija anterior (438,80 €), la cantidad que resulte de aplicar una tarifa de 0,010340 €, por cada metro cuadrado de superficie edificable comprendida en el Proyecto. E.3) Proyectos de Actuación que incluyan determinaciones básicas sobre reparcelación y completas sobre urbanización: El importe de la tasa resultará de sumar a la cuota fija anterior (438,80 €), la cantidad que resulte de aplicar, al presupuesto de ejecución de las obras de urbanización, los porcentajes siguientes: - Hasta 60.101,21 € de presupuesto: 2,00 % - De 60.101,22 € hasta 300.506,05 €: 1,00 % - De 300.506,06 € en adelante: 0,50 % E.4) Proyectos de Actuación que incluyan determinaciones completas sobre reparcelación y sobre urbanización:

0,011705

0,190515

0,011700

0,096695

0,066180 0,029035 0,011705

438,80

Page 23: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

23

La cuota de la tasa resultará de sumar los siguientes importes: a) La cantidad que resulte de aplicar una tarifa de 0,010340 €, por cada metro cuadrado de superficie edificable comprendida en el Proyecto. b) La cantidad que resulte de aplicar, al presupuesto de ejecución de las obras de urbanización, los porcentajes siguientes: - Hasta 60.101,21 € de presupuesto: 2,00 % - De 60.101,22 € hasta 300.506,05 €: 1,00 % - De 300.506,06 € en adelante: 0,50 % F) Proyectos de reparcelación independientes: Por cada metro cuadrado de superficie edificable comprendida en el Proyecto G) Proyectos de normalización de fincas: Por cada metro cuadrado de superficie edificable comprendida en el Proyecto H) Proyectos de urbanización: - Hasta 60.101,21 € de presupuesto: 2,00 % - De 60.101,22 € hasta 300.506,05 €: 1,00 % - De 300.506,06 € en adelante: 0,50 % I) Otros expedientes a instancia de parte (aprobación de Estatutos, constitución de entidades urbanísticas colaboradoras, etc.): Por cada informe técnico o jurídico, dictamen de Comisión o acuerdo Corporativo

0,010340

0,010340

48,60

III.- Títulos y nombramientos.-

Clase de documento Tarifa (€)

1. Por cada credencial de vigilante particular nocturno 9,95 2. Por cada credencial de guarda particular jurado 19,60

3. Por cada nota de aumento de demarcación que se haga constar en un título de guarda particular jurado

9,95

IV.- Trabajos realizados por los Servicios Informáticos.- 1. En los trabajos en que intervenga el Servicio Municipal de Informática, a instancia de parte, devengarán las siguientes tasas:

Clase de documento Tarifa (€)

a) Por cada hora de trabajo de Analista o Programador 48,90 b) Por cada hora de trabajo de Operador 24,75 c) Por cada registro procesado 0,032030 d) Por cada línea impresa a 10 CPI 0,018240 e) Por cada línea impresa a 15 CPI 0,023160 f) Papel standard de 11" por 381 mm. original, por unidad 0,039375 g) Papel standard de 11" por 381 mm. original y una copia cada pliego 0,068245 h) Papel standard de 11" por 381 mm. original y dos copias cada pliego 0,099380 i) Papel standard de 11" por 381 mm. original y tres copias cada pliego 0,130075

Page 24: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

24

Nota.- En las líneas impresas no se computarán aquellas que sean de cabecera. 2. Solicitado, por un particular o entidad, un trabajo, por el Jefe de la Dependencia se practicará una liquidación previa y provisional, que deberá ser abonada por el interesado. Ultimado el trabajo, se practicará la liquidación definitiva que corresponda, procediéndose en dicho momento bien al reintegro del exceso percibido del interesado, bien a exigir a éste el ingreso complementario que resulte, en el momento de la entrega del trabajo.”

- Se modifica el apartado 1 del artículo 5º de la “Ordenanza Fiscal reguladora de las tasas por suministro a particulares de placas, textos de publicaciones y otros efectos”, mediante la actualización de la cuantía de las tarifas de la Tasa a la variación experimentada por el Índice de Precios de Consumo durante el último año, quedando redactado dicho apartado de la siguiente manera: “Artículo 5º.- CUOTA TRIBUTARIA

1. La cuota tributaria consistirá en la cantidad resultante de la aplicación de las siguientes tarifas: a) Por cada placa de señalización de vados 14,50 € b) Por cada placa de matrícula de ciclomotores 5,30 € c) Por cada ejemplar de Ordenanzas: 1. Ejemplar completo 25,70 € 2. Ejemplar individual 1,81 € d) Por ejemplar completo del Presupuesto Municipal Ingresos y Gastos 8,80 € e) Plan General de Ordenación Urbana de León:

Concepto Tarifa (€)

1. Por cada ejemplar completo del Plan General de Ordenación Urbana de León, en soporte DVD, y extensión de los archivos “.pdf”……………

14,60

2. Por cada ejemplar completo del Plan General de Ordenación Urbana de León, en soporte DVD, y extensión de los archivos “.doc” y “.dwg”..…

1.200,95

3. Por cada ejemplar completo del Plan General de Ordenación Urbana de León, en soporte papel…………………………………………………….

954,80

4. Por el Tomo 1/7, “Memoria” del Plan General de Ordenación Urbana de León, en soporte papel (270 páginas y encuadernación en espiral)…

192,25

5. Por el Tomo 2/7, “Planos de Ordenación” del Plan General de Ordenación Urbana de León, en soporte papel (128 hojas DIN A-3, 5 planos DIN A-0 y encuadernación en espiral)………………………………………..

276,30

6. Por el Tomo 3/7, “Normas Urbanísticas y Catalogación” del Plan General de Ordenación Urbana de León, en soporte papel (194 hojas DIN A-3 y encuadernación en espiral)……………………………………………

150,25

7. Por el Tomo 4/7, “Normas Urbanísticas. Actuaciones en Suelo Urbano Consolidado” del Plan General de Ordenación Urbana de León, en soporte papel (75 hojas DIN A-3 y encuadernación en

78,25

Page 25: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

25

espiral)……………..

8. Por el Tomo 5/7, “Normas Urbanísticas. Ordenación de Sectores en Suelo Urbano No Consolidado” del Plan General de Ordenación Urbana de León, en soporte papel (103 hojas DIN A-3 y encuadernación en espiral)………………….........................................................................

96,20

9. Por el Tomo 6/7, “Normas Urbanísticas. Ordenación de Sectores en Suelo Urbanizable Delimitado”, del Plan General de Ordenación Urbana de León, en soporte papel (67 hojas DIN A-3 y encuadernación en espiral)…………………..............................................................................

70,30

10. Por el Tomo 7/7, “Estudio Económico Financiero” del Plan General de Ordenación Urbana de León, en soporte papel (22 hojas DIN A-3 y encuadernación en espiral)……………………………………………………

72,20

11. Por el Tomo “Addenda a la Memoria. Población y Vivienda” del Plan General de Ordenación Urbana de León, en soporte papel (30 hojas DIN A-3 y encuadernación en espiral)……........................................................

48,15 f) Por ejemplar de Ordenanzas del Plan Especial de Ordenación, Mejora y Protección de la Ciudad Antigua 13,05 € g) Por ejemplar de Planos del Plan Especial de Ordenación, Mejora y Protección de la Ciudad Antigua 25,65 € h) Por ejemplar de Ordenanzas del Plan Especial de Protección del Conjunto Urbano de la Ciudad de León 13,05 € i) Por ejemplar de planos o de fichas del Plan Especial de Protección del Conjunto Urbano de la Ciudad de León 25,65 € j) Por ejemplar del libro "Guía Práctica de la Cantería" 34,15 € k) Por cada tarjeta magnética de acceso de vehículos al Casco Histórico. 8,75 € l) Por la venta de libros editados por el Ayuntamiento de León: 1. Libros de hasta 150 páginas 7,40 € 2. Libros de más de 150 y hasta 300 páginas 14,60 € 3. Libros de encuadernación o edición especial 28,95 € 4. Ejemplares excepcionales o facsímiles: Se fijará el importe de la tasa, para cada caso, por acuerdo de la Junta de Gobierno Local. m) Listados solicitados a partir de datos obrantes en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales: 1. Por cada Listado General de Asociaciones 10,00 € 2. Restantes listados (parciales) 6,75 €”

- Se modifica el apartado 1 del artículo 7º de la “Ordenanza Fiscal reguladora de las tasas por prestación de servicios y aprovechamientos especiales en el mercado de abastos y otros mercados municipales de venta en puestos no permanentes”, mediante la actualización de la cuantía de las tarifas de la Tasa a la variación experimentada por el Índice de Precios de Consumo durante el último año, quedando redactado dicho apartado de la siguiente manera:

“Artículo 7º.- CUOTA TRIBUTARIA

Page 26: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

26

1. La cuota tributaria consistirá en la cantidad resultante de la aplicación de las siguientes tarifas:

PLAZA DEL CONDE LUNA

Concepto Tarifa (€)

Caseta especial, cada una al mes 201,95 Caseta de primera, cada una al mes 151,65 Almacenes sótano, por m

2 y mes 9,80

Almacén Sótano nº 1, de 14 m2, al mes 137,20

Almacén Sótano nº 2, 3, 4 y 5, de 5,9 m2, al mes 57,80

Almacén Sótano nº 6, de 8,75 m2, al mes 85,75

Espacio Anexionado a Puestos 54 y 56, al mes 84,35 Espacio Anexionado a Puesto 42, al mes 9,05 Puesto Ocasional, exterior por m

2 y día 1,90

Son casetas especiales las señaladas con los números 1, 2, 3, 4, 5, 10, 11, 16, 17, 22, 23, 28, 29, 33, 34, 38, 39, 43, 51, 53, 54 y 56. Son casetas de primera las señaladas con los números 6, 7, 8, 9, 12, 13, 14, 15, 18, 19, 20, 21, 24, 25, 26, 27, 30, 31, 32, 35, 36, 37, 40, 41, 42, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 52, 55, 57, 58, 59 ,60, 61 y 62. Son almacenes en el sótano los señalados con los números 1 (14 m

2), 2, 3, 4 y 5 (todos

ellos de 5,9 m2), 6 (8,75 m

2), y 7 (14 m

2).

Son espacios anexionados los unidos inseparablemente a las casetas números 54 y 56 (+/- 7 m

2).

Las casetas, almacenes y espacios ocupados eventualmente pagarán el quíntuplo de las tarifas anteriores. Las casetas, puestos o espacios sitos en cualquier zona del Mercado y no contemplados anteriormente, se regirán por las condiciones que se establezcan en la correspondiente concesión administrativa que se otorgue por el Ayuntamiento de León.

PLAZA MAYOR

Concepto Tarifa (€)

Módulo Exterior de 6 m2, por día 7,35

Módulo Interior de 6 m2, por día 5,00

Puesto temporal u ocasional, por m2 y día 1,90

RASTRO

Concepto Tarifa (€)

Puesto de 6 m. de frente x 5 m. de fondo, por día 16,50 Puesto de 4 m. de frente x 5 m. de fondo, por día 11,00 Puesto de 2 m. de frente x 5 m. de fondo, por día 5,50

MERCADILLO DE VENTA DE FLORES EN EL CEMENTERIO

- Por metro cuadrado y día 7,60 €

MERCADILLO DE NAVIDAD

- Por metro cuadrado y día 3,15 €

MERCADILLO “FIESTAS DE SAN JUAN Y SAN PEDRO”

- Por metro cuadrado y día 5,10 €

Page 27: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

27

PLAZA DE COLÓN

Concepto Tarifa (€)

Puesto exterior de 6 m., por día 11,40 Puesto exterior de 4 m., por día 7,60 Puesto exterior de 2 m., por día 3,80

MERCADILLO BELENISTA

- Por metro cuadrado y día 1,40 €

CASOS GENERALES

Concepto Tarifa (€)

Por cada m2 de espacio ocupado por cualquier puesto de

venta sin especificar la actividad

1,90 Por cada m

2 de espacio ocupado para la venta de planta de

sementera

3,80 Por cada m

2 de espacio ocupado para la venta de flores 7,60”

Asimismo, se modifica el artículo 6º de la citada Ordenanza Reguladora, que queda redactado de la siguiente manera: “Artículo 6º.- EXENCIONES Y BONIFICACIONES

1. No se reconoce ninguna exención en las cuotas tributarias a que se refiere el artículo siguiente. 2. Gozarán de una bonificación del 5 por 100 del importe total de la cuota tributaria, aquellos contribuyentes que soliciten y efectúen el pago anual de la misma. 3. Gozarán de un bonificación, en porcentaje del 50 por 100 de la cuota tributaria, aquellos aprovechamientos especiales del Mercado de Abastos Municipal del Conde Luna que tengan por objeto la realización de actividades de promoción y dinamización de dicho Mercado.”

- Finalmente, se modifica el apartado 1 del artículo 6º de la “Ordenanza Fiscal reguladora de las tasas por la prestación del servicio de matrimonios civiles”, mediante la actualización de la cuantía de las tarifas de la Tasa a la variación experimentada por el Índice de Precios de Consumo durante el último año, quedando redactado dicho apartado de la siguiente manera: “Artículo 6º.- CUOTA TRIBUTARIA

1. La cuota tributaria consistirá en una cantidad fija, resultante de la aplicación de las siguientes tarifas: a) Empadronados (al menos uno de los dos contrayentes):

- En horario de mañana 168,05 € - En horario de tarde 220,50 € b) No empadronados:

- En horario de mañana 195,00 € - En horario de tarde 249,20 €”

Tres.- Aprobar definitivamente las siguientes modificaciones de las Ordenanzas Fiscales Reguladoras de las Tasas por utilización privativa o

Page 28: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

28

aprovechamiento especial del dominio público local: - Se modifica el apartado 4 del artículo 6º de la “Ordenanza Fiscal reguladora de las tasas por ocupaciones del subsuelo, suelo y vuelo de terrenos de uso público local”, mediante la actualización de la cuantía de las tarifas de la Tasa a la variación experimentada por el Índice de Precios de Consumo durante el último año, quedando redactado dicho apartado de la siguiente manera: “Artículo 6º.- CUOTA TRIBUTARIA

(…) 4. Las tarifas de la Tasa serán las siguientes: Tarifa Primera.- Ocupación del subsuelo de la vía pública

Concepto Tarifa (€)

1. Por cada metro lineal de cable de baja tensión, al año 0,091 2. Por cada metro lineal de cable de alta tensión, al año 0,144

3. Por cada metro lineal de cable para telecomunicaciones o fibra óptica, en galerías o canalizaciones subterráneas de titularidad municipal, por Empresa autorizada con la que exista Convenio de colaboración, al año

2,03 4. Por cada metro lineal de cable para telecomunicaciones o fibra óptica, en galerías o canalizaciones subterráneas de titularidad municipal, por Empresa autorizada con la que no exista Convenio de colaboración, al año

4,04 5. Por cada metro lineal de cable para telecomunicaciones o fibra óptica, en galerías o canalizaciones subterráneas de titularidad no municipal pero cuyo uso esté cedido al Ayuntamiento de León, por Empresa autorizada, al año

4,04 6. Por cada metro lineal de cable no especificado en otros epígrafes, al año 0,091

7. Por cada metro lineal de tubería, cualquiera que sea su clase, al año 0,091

8. Por cada tanque o depósito de combustible de cualquier clase, por m

3 de

capacidad, al año

13,80 9. Por cada transformador o distribuidor, por m

3 de capacidad, al año 13,80

Tarifa Segunda.- Ocupación del suelo de la vía pública

Concepto Tarifa (€)

1. Por cada enrejado, boca de carga, claraboya o instalación análoga, que no exceda de un m

2, al año

Por cada m

2 de exceso o fracción, al año…………………………………… 8,95 €

7,72

2. Por cada surtidor de gasolina u otros combustibles, al año 271,30

3. Por cada transformador o estación eléctrica, cuya ocupación de vía pública no exceda de 20 m

2, al

año................................................................................ Por cada m

2 de exceso o fracción, al año……………………………………. 7,72 €

68,10

Page 29: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

29

4. Por cada aparato o máquina de venta de expedición automática de cualquier producto o servicio o báscula de peso, al año

98,85

5. Por cada poste o palomilla de cualquier clase, al año 5,17

6. Por cada caja de amarre, distribución o registro, al año 4,58

7. Por cabinas fotográficas y máquinas de xerocopias, por m

2 o fracción,

al año

108,70 8. Por cada Cajero Automático de una Entidad Financiera, situado en la fachada o para cuyo manejo sea necesaria la ocupación de las aceras o vías públicas, al año

117,85 9. Por utilización de una plaza en el aparcamiento municipal del Estadio “Reino de León”, al día

1,07

10. Por utilización del aparcamiento municipal del Área Deportiva de “Puente Castro”, al día

126,25

Tarifa Tercera.- Ocupación del vuelo de la vía pública 1. Por cada metro lineal de cable aéreo o línea de alta tensión que vuele sobre la vía pública, al año 0,228 € 2. Marquesinas.- Por cada m

2 de fachada, o fracción, al año:

Categoría de la calle Tarifa (€)

En calles de 1ª y 2ª categorías 2,290

En calles de 3ª y 4ª categorías 1,860

En calles de 5ª y 6ª categorías 0,958

3. Toldos.- Por metro lineal de toldo o fracción, en sentido paralelo a la fachada, al año:

Categoría de la calle Tarifa (€)

En calles de 1ª y 2ª categorías 1,225

En calles de 3ª y 4ª categorías 0,958

En calles de 5ª y 6ª categorías 0,681

4. Miradores.- Por cada mirador de hasta 2 m

2, al año:

Categoría de la calle Tarifa (€)

En calles de 1ª y 2ª categorías 1,225

En calles de 3ª y 4ª categorías 0,958

En calles de 5ª y 6ª categorías 0,681

Por cada m

2, o fracción de más de 0,5 m

2, de exceso 0,681 €

5. Balcones.- Por cada balcón, al año:

Categoría de la calle Tarifa (€)

En calles de 1ª y 2ª categorías 0,920

En calles de 3ª y 4ª categorías 0,681

En calles de 5ª y 6ª categorías 0,447

En caso de balcones y miradores que sobresalgan más de 0,5 metros sobre la vía pública, se aplicará un recargo del 35 por 100.

Page 30: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

30

A efectos de las precedentes tarifas, se consideran miradores los cuerpos volantes cubiertos por otros elementos análogos o por tejadillo o cobertizos y se hallen limitados lateralmente por paredes. Se consideran balcones todos los demás salientes de la edificación, en plantas destinadas a oficinas o viviendas, que tengan comunicación con éstas. En caso de balcón corrido se considerará un balcón por cada habitación que comunique con el mismo. Tarifa Cuarta.- Otras instalaciones distintas de las incluidas en las tarifas anteriores

Concepto Tarifa (€)

1. Subsuelo: por cada m3 del subsuelo, realmente ocupado,

medidas sus dimensiones, con espesores de muros de contención, soleras y losas, al año

13,80

2. Suelo: por cada m2 o fracción, al año 54,30

3. Vuelo: por cada m

2 o fracción, medido en proyección

horizontal, al año

43,55”

Asimismo, se modifica el artículo 5º de la Ordenanza, que queda redactado de la siguiente manera: “Artículo 5º.- EXENCIONES Y BONIFICACIONES

1. El Estado, las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales no estarán obligadas al pago de la tasa por los aprovechamientos inherentes a los servicios públicos de comunicaciones que exploten directamente y por todos los que inmediatamente interesen a la seguridad ciudadana o a la defensa nacional. 2. No vendrán tampoco obligados al pago de esta tasa las ocupaciones que se produzcan como consecuencia de la colocación de adornos, instalación de luces navideñas y otras actuaciones similares, durante los días de Navidad y Semana Santa, por parte de los establecimientos comerciales, hosteleros y similares de la Ciudad, siempre que las mismas se ajusten a lo establecido en el Anexo a esta Ordenanza. 3. Fuera de los casos establecidos en los números anteriores, no se reconoce ninguna exención, reducción o bonificación en el pago de esta tasa.”

Finalmente, se introduce un Anexo a la Ordenanza con la siguiente redacción:

“ANEXO

Regulación las ocupaciones que se produzcan como consecuencia de la colocación de adornos, instalación de luces navideñas y otras actuaciones similares, durante los días de Navidad y Semana

Santa, por parte de los establecimientos comerciales, hosteleros y similares de la Ciudad 1. La colocación de adornos, instalación de luces navideñas y la realización de otras actuaciones similares por parte de los establecimientos comerciales, hosteleros y similares, durante las Fiestas de Navidad y en la Semana Santa, que implique la utilización del suelo y vuelo de uso público local, no requerirá solicitud previa, pudiendo no obstante, la Autoridad Municipal o sus Agentes, en el ejercicio de sus funciones, requerir su retirada temporal o definitiva con motivo de la celebración de eventos y obras municipales, así como en aquellas otras situaciones en las que tales adornos, luces, etc. puedan suponer peligro para las personas o las cosas, o impidan el paso de vehículos en zonas peatonales. 2. A los efectos de lo dispuesto en el apartado anterior, se considera período de Fiestas de Navidad desde el día 1 de diciembre de cada año, hasta el día 7 de enero del año siguiente. Asimismo, se considera período de Semana Santa desde el lunes de la semana anterior a ésta, hasta el domingo de Resurrección.

Page 31: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

31

3. Los establecimientos que deseen acogerse a lo dispuesto en el apartado 1 anterior, deberán disponer de un seguro de responsabilidad civil general que cubra los posibles riesgos que se ocasionen por la colocación de adornos, instalación de luces navideñas, etc., que deberán exhibir a los Agentes e Inspectores municipales cuando éstos lo requieran, siendo en todo caso responsables de tales daños. 4. Los elementos decorativos, luces, etc. se colocarán, como normal general, adosados a la fachada del establecimiento, garantizando la estabilidad de los mismos, no pudiendo realizarse obras o anclajes a la vía pública. Asimismo, deberán permitir la libre circulación de los peatones (1,50 metros de anchura) y vehículos autorizados (3 metros en zonas peatonales de uso mixto). 5. Los elementos de carácter móvil únicamente podrán permanecer en la vía pública durante el horario de apertura del establecimiento, así como durante el periodo de cierre entre la jornada de mañana y tarde. 6. No podrán instalarse tales adornos, luces, ni ningún otro elemento en los lugares que a continuación se indican: a) En las salidas de emergencia, en todo su ancho, más 1,0 metro a cada lado de las mismas. b) En las paradas de transporte público regularmente establecidas. c) En los pasos de peatones y en los vados de vehículos, más 1,0 metro a cada uno de sus lados. d) En los accesos a locales o edificios contiguos, más 0,50 metros a cada lado de los mismos. e) Adosados a escaparates o ventanales de otros establecimientos. f) En las vías públicas destinadas al tráfico de vehículos.”

- Se modifica el apartado 2 del artículo 6º de la “Ordenanza Fiscal reguladora de las tasas por ocupación de terrenos de uso público municipal con mercancías, materiales de construcción, contenedores de escombros, grúas, vallas, puntales, asnillas, andamios y otras instalaciones análogas”, mediante la actualización de la cuantía de las tarifas de la Tasa a la variación experimentada por el Índice de Precios de Consumo durante el último año, quedando redactado dicho apartado de la siguiente manera: “Artículo 6º.- CUOTA TRIBUTARIA

(…) 2. Las tarifas de la Tasa, en euros, serán las siguientes: Tarifa 1ª.- Ocupación de terrenos de uso público con vallas, sean o no para obras, y otras instalaciones análogas

Tiempo de Ocupación Categoría de la Calle

1ª / 2ª 3ª / 4ª 5ª / 6ª

- Durante los seis primeros meses de ocupación, por metro lineal o fracción, al mes o fracción………………………

3,83 2,98 1,91

- Tiempo restante, por metro lineal o fracción, al mes o fracción…………………………………………………………

5,59 4,26 2,98

Page 32: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

32

Tarifa 2ª.- Ocupaciones de terrenos de uso público con puntales, asnillas, andamios y elementos análogos

Tiempo de Ocupación Categoría de la Calle

1ª / 2ª 3ª / 4ª 5ª / 6ª

- Durante los seis primeros meses de ocupación, por metro cuadrado o fracción, al mes o fracción…………………

3,83 2,98 1,91

- Tiempo restante, por metro cuadrado o fracción, al mes o fracción………………………………………………………

5,59 4,26 2,98

Tarifa 3ª.- Ocupaciones de terrenos de uso público con silos, casetas de obra, mercancías y otros materiales de construcción

Concepto Categoría de la Calle

1ª / 2ª 3ª / 4ª 5ª / 6ª

- Por metro cuadrado o fracción, al mes o fracción……… 18,60 13,90 9,55 Tarifa 4ª.- Ocupaciones de terrenos de uso público con contenedores o sacos para recogida de escombros y similares

Concepto Categoría de la Calle

1ª / 2ª 3ª / 4ª 5ª / 6ª

- Por cada recipiente, al día……………………….. 4,85 3,83 2,98 Tarifa 5ª.- Ocupaciones con grúas

Concepto Tarifa (€)

- Por cada grúa cuyo brazo o pluma que ocupe en su recorrido el vuelo de la vía pública, al semestre……………………………………………………………………...

91,55

- Por ocupaciones del suelo de la vía pública con grúas, por metro cuadrado de ocupación, al semestre………………………………………………………………….

45,85”

- Se modifica el apartado 1 del artículo 6º de la “Ordenanza Fiscal reguladora de las tasas por utilización privativa o aprovechamiento especial de la vía pública con entradas de vehículos a través de las aceras y reservas de vía pública para carga y descarga de mercancías y aparcamiento exclusivo”, mediante la actualización de la cuantía de las tarifas de la Tasa a la variación experimentada por el Índice de Precios de Consumo durante el último año, quedando redactado dicho apartado de la siguiente manera: “Artículo 6º.- CUOTA TRIBUTARIA

1. La cuota tributaria consistirá en la cantidad resultante de la aplicación de las siguientes tarifas, en euros: I. Entrada de vehículos con carácter permanente:

Concepto Categoría de la Calle

1ª / 2ª 3ª / 4ª 5ª / 6ª

1) Por cada paso o entrada en establecimientos, comerciales o industriales, al año…………………………………...

181,25

108,95

64,45

2) Por cada paso o entrada en garaje de guardería de uso particular o de uso comercial, al año:

Page 33: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

33

a) Hasta una cabida de 4 vehículos………………………… b) Con cabida de 4 a 25 vehículos…………………………. c) Con cabida de 26 a 50 vehículos………………………… d) Con cabida de más de 50 vehículos……………………..

117,45 145,05 190,90 263,30

90,80 100,30 136,55 190,85

49,20 64,25 90,80 118,40

Estos importes son para pasos o entradas de hasta cuatro metros lineales. Por el exceso se abonará una cuota proporcional a dicho exceso que resulte de la aplicación de estos importes, con un recargo del 50 por 100. II. Entrada de vehículos con limitación de horario:

Concepto Categoría de la Calle

1ª / 2ª 3ª / 4ª 5ª / 6ª

1) Por cada paso o entrada en establecimientos, comerciales o industriales, al año…………………………………...

106,45

64,25

37,55

2) Por cada paso o entrada en garaje de guardería de uso particular o de uso comercial, al año: a) Hasta una cabida de 4 vehículos………………………… b) Con cabida de 4 a 25 vehículos…………………………. c) Con cabida de 26 a 50 vehículos………………………… d) Con cabida de más de 50 vehículos……………………..

69,50 85,45 112,10 154,75

53,60 58,85 80,20 112,10

29,15 37,55 53,90 69,95

Estos importes son para pasos o entradas de hasta cuatro metros lineales. Por el exceso se abonará una cuota proporcional a dicho exceso que resulte de la aplicación de estos importes, con un recargo del 50 por 100. III. Reservas de espacios que se concedan en la vía pública para carga y descarga:

Concepto Categoría de la Calle

1ª / 2ª 3ª / 4ª 5ª / 6ª

1) Con carácter de utilización permanente, por metro lineal o fracción y día………………………………………………

1,224

0,692

0,341

2) Con carácter de limitación de horario, por metro lineal o fracción, y día……………………………………………...

0,766

0,383

0,176

IV. Reservas de espacios en la vía pública para aparcamiento exclusivo y otros aprovechamientos especiales:

Concepto Categoría de la Calle

1ª / 2ª 3ª / 4ª 5ª / 6ª

Hasta 10 metros lineales, al año..…………………………… 380,25 298,30 149,40 Por el exceso de 10 metros lineales se abonará la cuota proporcional a dicho exceso que resulte de la aplicación de los importes del número anterior, con un recargo del 50 por 100.”

- Se modifica el apartado 2 del artículo 6º de la “Ordenanza Fiscal Reguladora de las tasas por ocupación de terrenos de uso público local con mesas y sillas con finalidad lucrativa”, mediante la actualización de la cuantía de las tarifas de la Tasa a la variación experimentada por el Índice de Precios de Consumo durante el último año, quedando redactado dicho apartado de la si-guiente manera: “Artículo 6º.- CUOTA TRIBUTARIA

Page 34: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

34

(…) 2. Se establecen tres modalidades de tarifas: por día, por temporada, y por año; pudiendo optar el interesado por una u otra modalidad, siempre que el aprovechamiento tenga lugar dentro del período correspondiente. a) Tarifas por día - Por cada velador o mesa con cuatro sillas:

Euros/día - En calles de 1ª y 2ª categorías 0,93 - En calles de 3ª y 4ª categorías 0,72 - En calles de 5ª y 6ª categorías 0,41

b) Tarifas por temporada - Por cada velador o mesa con cuatro sillas:

Euros/temporada - En calles de 1ª y 2ª categorías 45,65 - En calles de 3ª y 4ª categorías 30,50 - En calles de 5ª y 6ª categorías 15,30

c) Tarifas por año - Por cada velador o mesa con cuatro sillas: Se aplicará la tarifa por temporada regulada en el apartado b) anterior, incrementada en un 20 por 100.”

Asimismo, se modifica el artículo 7º de la Ordenanza Fiscal reguladora de estas tasas, mediante la introducción de un nuevo apartado 5 con el siguiente contenido: “5. No se autorizará la instalación de mesas y sillas en las vías públicas a los titulares de esta clase de aprovechamientos que tengan deudas pendientes en la Recaudación Municipal por tal concepto.”

- Se modifican los apartados 2 y 5 del artículo 6º de la “Ordenanza Fiscal reguladora de las tasas por instalación de quioscos en la vía pública”, mediante la actualización de la cuantía de las tarifas de la Tasa a la variación experimentada por el Índice de Precios de Consumo durante el último año, quedando redactados dichos apartados de la siguiente manera: “Artículo 6º.- CUOTA TRIBUTARIA

(…) 2. Las tarifas de la Tasa serán las siguientes:

Categoría de la calle

Hasta 5 m2

Tarifa mensual Por el exceso: por cada

m2 o fracción, al mes

1ª 103,60 26,30

2ª 72,60 20,80

3ª 52,00 15,85

4ª 31,20 10,50

5ª 15,85 5,40

6ª 5,40 1,12

Page 35: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

35

(…) 5. Supuesto especial quioscos O.N.C.E. Para permitir la efectiva integración de las personas minusválidas que venden el cupón normalizado de la Organización Nacional de Ciegos de España (0.N.C.E.), se establece una cuota especial para esta Institución, consistente en el pago de la cantidad de 8,30 euros anuales por cada quiosco de la O.N.C.E., sea cual fuere el lugar, la superficie y la categoría de la vía pública donde esté ubicado el mismo.”

- Se modifica el apartado 2 del artículo 6º de la “Ordenanza Fiscal reguladora de las tasas por instalación de puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos y atracciones, situados en terrenos de uso público”, mediante la actualización de la cuantía de las tarifas de la Tasa a la variación experimentada por el Índice de Precios de Consumo durante el último año, quedando redactado dicho apartado de la siguiente manera: “Artículo 6º.- CUOTA TRIBUTARIA

(…) 2. Las tarifas de la tasa serán las siguientes: Tarifa Primera.- Puestos no permanentes a) Tarifa general: Por metro cuadrado, fracción y día:

Categoría de la calle Tarifa (€)

En calles de 1ª y 2ª categorías 1,022

En calles de 3ª y 4ª categorías 0,654

En calles de 5ª y 6ª categorías 0,394

b) Tarifas especiales:

Concepto Tarifa (€)

- Licencia para la venta ambulante al brazo de globos, sortijas, flores o similares, por día…………………………………..

1,032

- Licencia para venta ambulante en carro que se desplaza, de globos, sortijas, flores o similares, por día…………………

2,77

Tarifa Segunda.- Puestos temporales de venta de helados u otros artículos de temporada Las licencias se concederán por licitación, de modo que en este caso el importe de la tasa vendrá determinado por el valor económico de la proposición sobre la que recaiga la concesión, autorización o adjudicación. Antes de la instalación del puesto y en calidad de depósito para responder de los posibles deterioros del pavimento y demás obligaciones de la concesión, el interesado ingresará la cantidad que se fije en el pliego de condiciones. En el supuesto de ausencia de licitación, regirán las tarifas para puestos no permanentes, reducidas en un 75 por 100. Tarifa Tercera.- Puestos, barracas o casetas de venta, espectáculos o atracciones en terrenos de la Feria o asimilados

Page 36: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

36

a) Durante las fiestas patronales de San Juan y San Pedro y Ferias de Octubre, el importe de la tasa consistirá en el canon de concesión, de acuerdo con el pliego de condiciones que rija la subasta. En su defecto, regirán las siguientes tarifas:

Concepto Tarifa (€)

1. Barracas y casetas de espectáculos o recreos, por m2 o

fracción y día………………………………………………………

0,958

2. Barracas, casetas y puestos de venta, por m2 o fracción y

día………………………………………………………………...

2,67

3. Barracas, casetas o puestos destinados a tómbolas, rifas y similares, por m

2 o fracción y día……………………………..

1,34

4. Circos y teatros, por m

2 o fracción y día…………………… 0,958

5. Puestos de venta durante los periodos oficiales de las fiestas de San Juan y San Pedro y de San Froilán, por m

2 o

fracción y día………………………………………………………

5,10

6. Puestos de venta durante el periodo comprendido entre los días 15 de diciembre de cada año y 7 de enero del año siguiente, por m

2 o fracción y día……………………...

2,67 b) Durante el resto del año regirán las tarifas siguientes:

Concepto Tarifa (€)

1. Barracas y casetas de espectáculos o recreos, por m2 o

fracción y día………………………………………………………

0,309

2. Barracas, casetas y puestos de venta, por m2 o fracción y

día………………………………………………………………….

0,394

3. Barracas, casetas o puestos destinados a tómbolas, rifas y similares, por m

2 o fracción y día……………………………..

0,420

4. Circos y teatros, por m

2 o fracción y día……………………. 0,309”

- Se modifica el apartado 2 del artículo 6º de la “Ordenanza fiscal reguladora de las tasas por portadas, escaparates y vitrinas”, mediante la actualización de la cuantía de las tarifas de la Tasa a la variación experimentada por el Índice de Precios de Consumo durante el último año, quedando redactado dicho apartado de la siguiente manera: “Artículo 6º.- CUOTA TRIBUTARIA

(…) 2. Las tarifas de la Tasa serán las siguientes: Por metro cuadrado o fracción, al año:

Categoría de la calle Tarifa (€)

En calles de 1ª y 2ª categorías 4,36

En calles de 3ª y 4ª categorías 3,46

Page 37: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

37

En calles de 5ª y 6ª categorías 2,67”

Tercero.- Las anteriores modificaciones entrarán en vigor el día 1º de enero de 2013, una vez tramitadas las mismas conforme a las prescripciones legales y tras la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de León del texto íntegro del acuerdo definitivo de aprobación de las mismas.” Con la venia del Ilmo. Sr. Alcalde toma la palabra el Concejal del Grupo Municipal de la Unión del Pueblo Leonés, D. Eduardo López Sendino, que se expresa del modo siguiente: Hemos apreciado en lo que se nos ha facilitado un error en cuanto al punto B.3, cuando dice: “Casos especiales, el gravamen por una tasa especial”, porque entre las empresas y organismos públicos que se determinan figura uno de ellos, que es Tapicerías Soto S.L. La citada empresa ya no existe, está liquidada, entró en concurso y, actualmente, está, absolutamente, desaparecida, con lo cual entendemos que hay ahí un error al contemplar una tasa de Tapicerías Soto S.L. de 738,05 € de una Sociedad que ya no existe, pero no ya este año, ya ni el año pasado existía. También tenemos que decir que por nuestra parte consideramos excesivo, absolutamente, desproporcionado que en el apartado de tarifas, correspondiente a documentos expedidos por la Administración Municipal, en el punto 5 se dice: por cada escrito solicitando la incoación del expediente de declaración de ruina a instancia de parte, una tarifa de 249,35 €, por el simple hecho de solicitar la ruina. Es un simple escrito solicitando la ruina, por algo que podría ser efectuado de oficio por la propia Administración Municipal; entendemos que es un importe excesivo. Otra cuestión será diferente cuando se produzca la propia declaración de ruina; pero por el simple escrito solicitando la incoación del expediente nos parece un precio absolutamente desorbitado. Y en el punto correspondiente a trabajos realizados por los Servicios Informáticos por nuestra parte entendemos que debería de suprimirse en su totalidad porque entendemos que los Servicios Informáticos deben de dedicarse a la labor propia informática para servicios del propio organismo público, Ayuntamiento de León, pero lo que no tiene sentido ninguno es que se dedique a la competencia con las empresas informáticas de León y provincia. Entendemos que no es lo más adecuado para el mantenimiento de los puestos de trabajo informáticos de las empresas de informática de la provincia de León de que haya una competencia que entendemos, absolutamente, desleal por parte de los propios servicios informáticos del Ayuntamiento de León. Por tanto, entendemos que debería de ser suprimido tal tipo de partida. A continuación interviene el Portavoz del Grupo Municipal Socialista, D. José Antonio Díez Díaz, que dice lo siguiente: Tan sólo para manifestar nuestra postura en este punto y los dos siguientes de no aprobación o de voto en contra, teniendo en cuenta ya las exposiciones que

Page 38: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

38

realizamos en la aprobación inicial y que no ha habido cambios sustanciales en las mismas. Interviene el Concejal Delegado de Hacienda y Nuevas Tecnologías, D. Agustín Rajoy Feijoo, que se expresa en el sentido siguiente: Estamos resolviendo una reclamación que se ha presentado; lo que estamos aprobando es la resolución de una reclamación que se ha presentado a la aprobación de las tasas, es lo que estamos haciendo. No estamos hablando de las tasas, eso es en otro momento anterior, en las comisiones informativas, que es donde procede hablar del contenido de ellas. Es más, precisamente, no hemos admitido en la Comisión esta reclamación porque no se refería a las tasas en concreto, sino que eran propuestas y mociones que si podrán tenerse en cuenta en futuras reuniones de la Comisión en lo relativo a nuevas tasas que estaban hablando en esta reclamación. No hablaba sobre las tasas que en este momento están aprobándose. Terminado el turno de intervenciones se procede a votar la propuesta de la Comisión Municipal Informativa de Hacienda y Régimen Interior, en reunión celebrada el día 18 de diciembre de 2012, anteriormente transcrita, que resultó aprobada por quince votos a favor de los Concejales del Grupo Popular y doce votos en contra de los Concejales de los Grupos Socialista y Unión del Pueblo Leonés. 8.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR UTILIZACIÓN DEL SERVICIO MUNICIPAL DE TRANSPORTE COLECTIVO DE SUPERFICIE: RESOLUCIÓN DE RECLAMACIONES Y APROBACIÓN DEFINITIVA.- Se da cuenta del dictamen emitido por la Comisión Municipal Informativa de Hacienda y Régimen Interior, en reunión celebrada el día 18 de diciembre de 2012, que se transcribe a continuación: “La Presidencia da cuenta de la reclamación formulada en fecha 10 de diciembre de 2012 por D. Manuel Domínguez Chico, en representación del partido político “Izquierda Unida”, con C.I.F. nº G-78269206, en su calidad de Coordinador Local de dicho Partido en León, contra los acuerdos adoptados por el Pleno del Ayuntamiento de León en sesión celebrada el día 30 de octubre de 2012 mediante los que se produjo la modificación de Ordenanzas Fiscales reguladoras de Impuestos y Tasas Municipales para el Ejercicio 2013, indicando que si bien dicha reclamación, de claro contenido político, es muy genérica y menciona muchas de las tasas municipales modificadas sin referirse, en concreto, a ninguna de ellas, estima prudente, por razones de estricta seguridad jurídica, considerar que la misma se interpone también contra la modificación de la “Ordenanza Fiscal reguladora de las Tasas por utilización del servicio municipal de transporte colectivo de superficie” aprobada inicialmente por el Pleno Municipal en su reunión del día 30 de octubre de 2012 (Punto 5 del Orden del Día).

Page 39: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

39

En el expediente obra informe emitido por el Jefe de Servicio de Asuntos Económicos de este Ayuntamiento en fecha 17 de diciembre de 2012, proponiendo la desestimación de dicha reclamación por las razones aducidas en el mismo. Tras un breve debate, la Comisión, con el voto a favor de los cinco Concejales del Grupo del Partido Popular, Sres. Rajoy Feijóo (D. Agustín), Lesmes Flórez (D.ª Nuria), Gutiérrez Rabanal (D.ª Montserrat), Reyero Gutiérrez (D. Francisco Javier), y Gavilanes Fernández-Llamazares (D. Ricardo); el voto en contra de los tres Concejales del Grupo Socialista, Sres. Gutiérrez González (D. Francisco Javier), Canuria Atienza (D. Vicente) y Fernández Pérez (D.ª Evelia); y la abstención del Concejal del Grupo de la Unión del Pueblo Leonés, Sr. Chamorro Rodríguez (D. Javier); lo que hace un total de cinco votos a favor de la propuesta, tres en contra y una abstención, acuerda informar favorablemente la siguiente propuesta de acuerdo municipal: “Primero.- Desestimar la reclamación formulada por D. Manuel Domínguez Chico, en representación del partido político “Izquierda Unida”, con C.I.F. nº G-78269206, en su calidad de Coordinador Local de dicho Partido en León, contra los acuerdos adoptados por el Pleno del Ayuntamiento de León en sesión celebrada el día 30 de octubre de 2012 (Punto 5 del Orden del Día), por los que se aprobó el establecimiento de las nuevas Tasas por utilización del servicio municipal de transporte público colectivo de superficie en el municipio de León, así como la modificación de la “Ordenanza Fiscal reguladora de las Tasas por utilización del servicio municipal de transporte colectivo de superficie”, todo ello con efectos del día 1º de enero de 2013, por las razones que se contienen en el informe del Sr. Jefe de Servicio de Asuntos Económicos emitido en fecha 17 de diciembre de 2012. Segundo.- En su consecuencia, aprobar definitivamente los citados acuerdos municipales, que quedan establecidos en los siguientes términos: Uno.- Aprobar definitivamente el establecimiento de las Tasas por utilización del servicio municipal de transporte colectivo de superficie que se recogen en el artículo 6º de la nueva “Ordenanza Fiscal Reguladora de las Tasas por utilización del servicio municipal de transporte colectivo de superficie” cuyo texto íntegro seguidamente se transcribe. Dos.- Aprobar definitivamente la modificación de la vigente “Ordenanza Fiscal Reguladora de las Tasas por utilización del servicio municipal de transporte colectivo de superficie”, dando nueva redacción a la misma, que queda establecida en los siguientes términos: “ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR UTILIZACIÓN DEL

SERVICIO MUNICIPAL DE TRANSPORTE COLECTIVO DE SUPERFICIE Artículo 1º.- FUNDAMENTO Y REGULACIÓN LEGAL

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 al 19, 20 al 27 y 57 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el Ayuntamiento de León establece la Tasa por utilización del servicio municipal de transporte colectivo de superficie establecido dentro del Término Municipal de León, que se regirá por lo establecido en el citado Texto Refundido y demás disposiciones legales y

Page 40: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

40

reglamentarias de aplicación, así como por lo dispuesto en esta Ordenanza. Artículo 2º.- ÁMBITO DE APLICACIÓN

1. La prestación del servicio comprende el establecimiento de líneas de transporte entre distintos puntos del Municipio de acuerdo con las demandas de movilidad de los ciudadanos, habilitando según la conveniencia y disposición la ubicación de distintas paradas para subir y dejar viajeros a lo largo del recorrido. 2. Las tasas aprobadas por el Ayuntamiento de León serán de aplicación en todos los medios de transporte urbano colectivo gestionados, directa o indirectamente, por el Ayuntamiento de León, en los términos que se establecen en la presente Ordenanza y en el contrato que, en su caso, rija en la gestión indirecta del servicio. Artículo 3º.- HECHO IMPONIBLE

Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación del servicio municipal de transporte colectivo de superficie. Artículo 4º.- SUJETO PASIVO

Son sujetos pasivos de la tasa los usuarios del servicio que constituye su hecho imponible. Artículo 5º.- EXENCIONES Y BONIFICACIONES

Fuera de los supuestos previstos en las Normas de Funcionamiento del Servicio Municipal de Transporte Urbano sobre aplicación de tarifa reducida y uso gratuito del servicio, no se reconoce ninguna exención, reducción o bonificación en el pago de esta tasa. Artículo 6º.- CUOTA TRIBUTARIA

1. La cuota tributaria consistirá en la cantidad resultante de la aplicación de las siguientes tarifas:

1ª.- Billete ordinario 1,20 €/viaje

2ª.- Abono ordinario (válido para 10 viajes, salvo servicios especiales) 0,75 €/viaje

3ª.- Abono especial Pensionista (para usuarios cuya pensión no supere el SMI, siendo beneficiario también su cónyuge cuando los ingresos de ambos por todos los conceptos no superen el SMI incrementado en un 30%)

0,30 €/viaje

4ª.- Abono Pensionista (para usuarios cuya pensión no supere el SMI incrementado en un 50%, siendo beneficiario también su cónyuge cuando los ingresos de ambos, por todos los conceptos, no superen el SMI incrementado en un 80%

0,65 €/viaje

5ª.- Abono especial Estudiante 0,65 €/viaje

6ª.- Abono especial Discapacitado (para usuarios con discapacidad reconocida por Organismo Oficial competente en grado igual o superior al 65%)

0,65 €/viaje

7ª.- Abono especial Familia Numerosa 0,65 €/viaje

8ª.- Pase Mensual 36,00 €

9ª.- Pase Anual (válido también para servicios especiales) 307,05 €

10ª.- Servicios especiales (serán los que se establezcan por el Ayuntamiento o a instancia de parte: nocturno, Día de Todos los Santos, etc.)

1,30 €/viaje

11ª.- Por la certificación del perfil acreditativo del derecho a disfrutar de una tarifa reducida en cualquiera de sus modalidades

4,60 €

12ª.- Por la renovación, motivada por pérdida o deterioro, de la tarjeta a que dé derecho la certificación anterior

9,00 €

13ª.- Expedición de tarjeta sin contacto 2,00 €

Los usuarios del Abono especial de Pensionista, Discapacitado, Estudiante y Familia

Page 41: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

41

Numerosa deberán justificar su situación ante el Excmo. Ayuntamiento de León (Oficina Municipal de Transporte), quien emitirá la certificación correspondiente del perfil acreditativo de la misma, debiendo, en todo caso, estar empadronados en el Municipio de León, salvo los estudiantes, quienes deberán, no obstante, acreditar que se encuentran matriculados, en el momento de la solicitud, en un Centro Oficial de Enseñanza. 2. En las anteriores tarifas se encuentra incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.) que, en su caso, se devengue conforme a la normativa vigente. Artículo 7º.- NORMAS DE GESTIÓN

1. El uso del documento que permita la utilización del Servicio Municipal de Transporte Urbano con billete reducido no será válido para los servicios especiales. 2. De aprobarse modificaciones en las anteriores tarifas, los títulos de transporte en vigor (tarjetas, bonobús, etc.), cualquiera que sea su modalidad, tendrán un plazo de caducidad de 30 días naturales, contados a partir del día de entrada en vigor de las nuevas tarifas, pudiendo los usuarios, dentro de dicho plazo, canjearlas por nuevas tarjetas, previo abono de la correspondiente diferencia. 3. Los pases anuales tendrán la validez de un año, contado a partir de la fecha de su expedición, fecha que se hará constar en el propio pase. 4. Los pases mensuales tendrán la validez de un mes, plazo que se computará desde el día 10 de cualquier mes hasta el día 9 del mes natural siguiente, ambos inclusive. Artículo 8º.- DEVENGO

La tasa se devenga en el momento de la utilización del servicio de transporte urbano. Artículo 9º.- INGRESO

1. El ingreso de la tasa se realizará al tiempo de la adquisición del billete o título de transporte que dé derecho a la utilización del transporte urbano, cualquiera que sea la modalidad del mismo. 2. Los conductores de los vehículos de transporte urbano no vendrán obligados a admitir billetes superiores a 10 (DIEZ) euros. Artículo 10º.- ADMINISTRACIÓN Y COBRO

1. Emitido el billetaje del Servicio Municipal de Transporte Urbano por el Ayuntamiento de León, se procederá a su ingreso en la Cuenta Extrapresupuestaria abierta al efecto, cargándose a la Empresa concesionaria según las necesidades del servicio, rindiendo ésta cuentas periódicamente. 2. La Empresa concesionaria ingresará en el Ayuntamiento, dentro de los diez primeros días de cada mes, en formalización, el importe de la recaudación correspondiente al mes anterior. Simultáneamente, también en formalización, el Ayuntamiento hará efectivo al concesionario el importe de dicha recaudación en concepto de pago "a cuenta" de la certificación mensual de servicios correspondiente, antes de su aprobación por la Junta de Gobierno Local, quedando autorizada la propia Junta para acordar el pago complementario de cualquier otra cantidad a cuenta que se estime precisa. Artículo 11º.- RÉGIMEN SANCIONADOR

En todo lo relativo a la calificación de las infracciones tributarias, así como a la determinación de las sanciones que, en cada caso, proceda imponer por causa de aquéllas, se aplicará el régimen sancionador regulado en el Título IV de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en el Real Decreto 2063/2004, de 15 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General del Régimen Sancionador Tributario, y en las demás disposiciones dictadas en desarrollo de los mismos, así como en lo dispuesto en esta Ordenanza.”

Page 42: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

42

Tercero.- Las anteriores modificaciones entrarán en vigor el día 1º de enero de 2013, una vez tramitadas las mismas conforme a las prescripciones legales y tras la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de León del texto íntegro del acuerdo definitivo de aprobación de las mismas.” Abierto el turno de intervenciones y no produciéndose ninguna seguidamente por el Pleno Municipal se procede a votar la propuesta de la Comisión Municipal Informativa de Hacienda y Régimen Interior, en reunión celebrada el día 18 de diciembre de 2012, anteriormente transcrita, que resultó aprobada por quince votos a favor de los Concejales del Grupo Popular y doce votos en contra de los Concejales de los Grupos Socialista y Unión del Pueblo Leonés. 9.- MODIFICACIÓN DE DIVERSAS ORDENANZAS FISCALES REGULADORAS DE TASAS MUNICIPALES PROPUESTA POR LA CONCEJALÍA DE SANIDAD, COMERCIO Y CONSUMO: RESOLUCIÓN DE RECLAMACIONES Y APROBACIÓN DEFINITIVA.- Se da cuenta del dictamen emitido por la Comisión Municipal Informativa de Hacienda y Régimen Interior, en reunión celebrada el día 18 de diciembre de 2012, que se transcribe a continuación: “La Presidencia da cuenta de la reclamación formulada en fecha 10 de diciembre de 2012 por D. Manuel Domínguez Chico, en representación del partido político “Izquierda Unida”, con C.I.F. nº G-78269206, en su calidad de Coordinador Local de dicho Partido en León, contra los acuerdos adoptados por el Pleno del Ayuntamiento de León en sesión celebrada el día 30 de octubre de 2012 mediante los que se produjo la modificación de Ordenanzas Fiscales reguladoras de Impuestos y Tasas Municipales para el Ejercicio 2013, indicando que si bien dicha reclamación, de claro contenido político, es muy genérica y menciona muchas de las tasas municipales modificadas sin referirse, en concreto, a ninguna de ellas, estima prudente, por razones de estricta seguridad jurídica, considerar que la misma se interpone también contra la modificación de las Ordenanzas Fiscales reguladoras de Tasas propuesta en fecha 19 de octubre de 2012 por la Concejalía de Sanidad, Comercio y Consumo, que fue aprobada por el Pleno Municipal en su reunión del día 30 de octubre de 2012 (Punto 6 del Orden del Día). En el expediente obra informe emitido por el Jefe de Servicio de Asuntos Económicos de este Ayuntamiento en fecha 17 de diciembre de 2012, proponiendo la desestimación de dicha reclamación por las razones aducidas en el mismo. Tras un breve debate, la Comisión, con el voto a favor de los cinco Concejales del Grupo del Partido Popular, Sres. Rajoy Feijóo (D. Agustín), Lesmes Flórez (D.ª Nuria), Gutiérrez Rabanal (D.ª Montserrat), Reyero Gutiérrez (D. Francisco Javier), y Gavilanes Fernández-Llamazares (D. Ricardo); el voto en contra de los tres Concejales del Grupo Socialista, Sres. Gutiérrez González (D. Francisco Javier), Canuria Atienza (D. Vicente) y Fernández Pérez (D.ª Evelia); y la abstención del Concejal del Grupo de la Unión

Page 43: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

43

del Pueblo Leonés, Sr. Chamorro Rodríguez (D. Javier); lo que hace un total de cinco votos a favor de la propuesta, tres en contra y una abstención, acuerda informar favorablemente la siguiente propuesta de acuerdo municipal: “Primero.- Desestimar la reclamación formulada por D. Manuel Domínguez Chico, en representación del partido político “Izquierda Unida”, con C.I.F. nº G-78269206, en su calidad de Coordinador Local de dicho Partido en León, contra los acuerdos adoptados por el Pleno del Ayuntamiento de León en sesión celebrada el día 30 de octubre de 2012 (Punto 6 del Orden del Día), por los que se aprobó la modificación de diversas Ordenanzas Fiscales reguladoras de Tasas propuesta por la Concejalía de Sanidad, Comercio y Consumo, con efectos del día 1º de enero de 2013, por las razones que se contienen en el informe del Sr. Jefe de Servicio de Asuntos Económicos emitido en fecha 17 de diciembre de 2012. Segundo.- En su consecuencia, aprobar definitivamente las citadas modificaciones, que quedan establecidas en los siguientes términos: “Uno.- Aprobar definitivamente la revisión de las tarifas de recogidas en los apartados 1 y 2 del artículo 6º de la “Ordenanza Fiscal Reguladora de las Tasas por prestación de servicios y aprovechamientos especiales en el Mercado Nacional de Ganados”, modificando igualmente el artículo 5º de dicha Ordenanza, que queda redactado de la siguiente manera: “Artículo 5º.- EXENCIONES Y BONIFICACIONES

No se reconocerá ninguna exención, bonificación o reducción en el pago de esta tasa.”

Las nuevas tarifas que ahora se revisan quedan establecidas en las siguientes cuantías: “Artículo 6º.- CUOTA TRIBUTARIA

1. La cuota tributaria consistirá en la cantidad resultante de la aplicación de las siguientes Tarifas: Primera.- Entrada de Ganado

Concepto Tarifa (€)

a) Vacuno mayor y mediano, por res………………………….. 3,85 b) Terneros, por res……………………………………………… 1,80 c) Lanar, por cabeza…………………………………………….. 0,95 d) Porcino de cría, por cabeza…………………………………. 1,15 e) Porcino de ceba, por cabeza………………………………… 2,15 f) Equino, por cabeza……………………………………………. 3,85

Segunda.- Entrada de Vehículos

Concepto Tarifa (€)

a) Por cada automóvil…………………………………………… 0,95 b) Por cada furgoneta o vehículo hasta 3.000 Kg. de PMA.. 3,25 c) Por cada camión o vehículo de más de 3.000 Kg. de PMA 5,50 d) Por cada vehículo de transporte de mercancías diversas.. 6,30

No están obligados al pago de la tasa por entrada de vehículos:

Page 44: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

44

a) El personal al servicio de las empresas que exploten los locales comerciales o la cafetería-restaurante ubicados en el recinto del Mercado. b) Los proveedores de bienes y servicios de las empresas que exploten los locales comerciales y la cafetería-restaurante ubicados en el recinto del Mercado. c) Los vehículos autotaxis. d) Los vehículos que entren en el recinto del Mercado por segunda vez en el mismo día sin transportar ganado. Por la Gerencia del Mercado se podrán establecer sistemas de control de acceso al recinto del Mercado de los vehículos anteriormente relacionados. Tercera.- Puestos de Venta en Ferias a) Por cada puesto de venta y día en Ferias, incluido vehículo…………… 45,00 € Cuarta.- Servicios de Limpieza y Desinfección de vehículos de transporte de ganado Por limpieza y desinfección de vehículos de transporte de ganado y emisión de certificado:

Concepto Tarifa (€)

a) Vehículos de hasta 2.000 kg. de PMA 10,00 b) Vehículos de 2.001 a 10.000 kg. de PMA 15,00 c) Vehículos de 10.001 a 25.000 kg. de PMA 25,00 d) Vehículos de 25.001 a 35.000 kg. de PMA y vehículos de de 10.001 a 25.000 kg. de PMA con más de un piso

50,00

e) Vehículos de más de 35.000 kg. de PMA 100,00 Quinta.- Otros conceptos

Concepto Tarifa (€)

a) Por pesada en básculas, por animal………………….…….. 0,95 b) Por cada paquete de paja……………….…………………… 5,80 c) Por estancia de reses en Lazareto por día……………….… 5,00

Sexta.- Prolongación del horario oficial de Mercado por necesidades de los usuarios compradores a) Por hora o fracción, transcurridos 15 minutos desde la hora de cierre oficial del Mercado………………………………………………………………………… 214,50 € Séptima.- Utilización de boxes y corrales a) Por unidad............................................................................................... 22,50 € Octava.- Retirada, tratamiento y destrucción de cadáveres de animales en el recinto del Mercado

Concepto Tarifa (€)

a) Por retirada de equino y vacuno, por animal………………. 375,00 b) Por retirada de ovino, caprino y porcino, por animal……… 70,00

2. En las tarifas anteriores está incluido el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.), al tipo vigente en cada momento.”

Dos.- Aprobar definitivamente la revisión de la tarifa 18 del apartado I del artículo 10º de la “Ordenanza Fiscal Reguladora de las Tasas por los

Page 45: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

45

documentos que expidan o de que entiendan la Administración Municipal o las Autoridades municipales, a instancia de parte”, y establecer una nueva tasa por la expedición de duplicados de licencias de animales potencialmente peligrosos, dando nueva redacción a la citada tarifa 18 que queda establecida de la siguiente forma: “18. a) Por cada licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos

45,65

b) Por cada duplicado de licencia de animales potencialmente peligrosos 9,60”

Tres.- Aprobar definitivamente la modificación de las Tasas por la prestación del servicio municipal de recogida de perros propuesta por la Concejalía de Sanidad. Comercio y Consumo, modificando igualmente el artículo 5º de la “Ordenanza Fiscal Reguladora de las Tasas por el servicio municipal de recogida de perros”, y dando nueva redacción al citado artículo, que queda establecido de la siguiente forma: “Artículo 5º.- CUOTA TRIBUTARIA

La cuota tributaria será la cantidad resultante de la aplicación de las siguientes tarifas:

Concepto Tarifa (€)

1. Por cada perro ingresado para su observación por mordedura o situación análoga, al día………………………………

4,50

2. Por cada perro capturado en la vía pública y reclamado por su dueño…….……………………………………………

99,95

En el supuesto de la tarifa 2 anterior, si la estancia del animal no llega a 15 días, se descontará la cantidad de 1,00 euro por cada día que falte hasta cumplir el citado plazo, en concepto de manutención del animal. Si la estancia del animal supera los 15 días, se añadirá la cantidad de 1,00 euro por cada día que exceda de los 15 primeros días de estancia, en concepto de manutención del animal.

Tercero.- Las anteriores modificaciones entrarán en vigor el día 1º de enero de 2013, una vez publicadas las mismas en el Boletín Oficial de la Provincia de León en la forma legalmente establecida.” Abierto el turno de intervenciones y no produciéndose ninguna seguidamente por el Pleno Municipal se procede a votar la propuesta de la Comisión Municipal Informativa de Hacienda y Régimen Interior, en reunión celebrada el día 18 de diciembre de 2012, anteriormente transcrita, que resultó aprobada por quince votos a favor de los Concejales del Grupo Popular y doce votos en contra de los Concejales de los Grupos Socialista y Unión del Pueblo Leonés. 10.- CUADRO DE PRECIOS UNITARIOS PARA LA REALIZACIÓN DE LOS SERVICIOS O TRABAJOS QUE PRESTA LA SOCIEDAD MIXTA “AGUAS

Page 46: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

46

DE LEÓN, S.L.” A LOS USUARIOS DEL SERVICIO, QUE HAN SIDO APROBADOS POR EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA CITADA SOCIEDAD EN SU REUNIÓN DEL DÍA 31 DE OCTUBRE DE 2012: APROBACIÓN.- Se da cuenta del dictamen emitido por la Comisión Municipal Informativa de Hacienda y Régimen Interior, en reunión celebrada el día 12 de diciembre de 2012, que se transcribe a continuación: “La Presidencia da cuenta del Expediente tramitado para la aprobación de los Cuadros de Precios que actualmente obran en los Anexos nº 1 y 2 de la “Ordenanza Fiscal reguladora de las Tasas por suministro de agua potable y servicios complementarios”, que ahora se refunden en un único Cuadro de Precios Unitarios, y que ha sido aprobado por el Consejo de Administración de la Sociedad Mixta “Aguas de León, S.L.” en su reunión del pasado día 31 de octubre de 2012. En el expediente obra informe jurídico, emitido por la Técnico Municipal responsable de Tasas y Precios Públicos, del que se desprende que los citados precios no tienen carácter de tasas, pues no se cumplen las premisas establecidas en el artículo 20 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, ni son precios públicos, ya que para ello tendrían que ingresarse directamente en las arcas municipales, por lo que estamos ante un supuesto de precios privados intervenidos administrativamente en virtud de la potestad de fijar tarifas del servicio concedido, lo que exige la adopción del correspondiente acuerdo por el órgano municipal competente. Tras un breve debate, la Comisión, con el voto a favor de los cinco Concejales del Grupo del Partido Popular, Sres. Lesmes Flórez (D.ª Nuria), Gutiérrez Rabanal (D.ª Montserrat), Reyero Gutiérrez (D. Francisco Javier), Villa Paredes (D. Ángel) y Gavilanes Fernández-Llamazares (D. Ricardo); así como de los tres Concejales del Grupo del Partido Socialista, Sres. Canuria Atienza (D. Vicente), Gutiérrez González (D. Francisco Javier) y Fernández Pérez (D.ª Evelia); y el voto en contra del Concejal del Grupo de la Unión del Pueblo Leonés, Sr. Chamorro Rodríguez (D. Javier); lo que hace un total de ocho votos a favor de la propuesta, uno en contra y ninguna abstención, acuerda informar favorablemente la siguiente propuesta de acuerdo municipal: “Primero.- Autorizar a la Sociedad Mixta “AGUAS DE LEÓN, S.L.”, con C.I.F. nº B-24604373 la percepción de los Precios Unitarios para la realización de los servicios o trabajos que presta la Sociedad a los usuarios del servicio que figuran como Anexo nº 1 de la “Ordenanza Fiscal reguladora de las Tasas por suministro de agua potable y servicios complementarios”, que han sido aprobados por el Consejo de Administración de dicha Sociedad Mixta en sesión celebrada en fecha 31 de Octubre de 2012, según el siguiente detalle:

ANEXO nº 1

CUADROS DE PRECIOS UNITARIOS 1. MANO DE OBRA del personal de Aguas de León

Categoría Valor de la hora

Page 47: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

47

Diurna (€) Nocturna (€) Festiva (€)

Capataz 40,50 52,35 60,75

Oficial 28,88 37,53 43,31

Conductor 28,35 36,68 42,53

Peón 27,51 33,78 41,27

2. BAJAS (desmontaje o precintado del contador)

Este servicio se va a considerar a coste cero. En años anteriores se facturaba de acuerdo con el calibre del contador, incluyendo mano de obra y desplazamiento del personal, para precintar o desmontar el contador in situ.

Calibre del contador Importe (€)

13 mm 0,00

20 mm 0,00

25 mm 0,00

30 mm 0,00

40 mm 0,00

50 mm 0,00

65 mm 0,00

80 ó más mm 0,00

3. FIANZAS

Se fijan unas fianzas al realizar el contrato para cumplimiento de las obligaciones dimanantes del contrato y para cada uno de los usos correspondientes.

Uso Doméstico………………. 50€ Uso Comercial……………….. 65€ Uso Industrial………………… 150€ Uso Obras……………………. 80€

4. AGUA SUMINISTRADA a otras localidades y municipios y otros servicios a prestar a) Suministro de Agua en ALTA a los Ayuntamientos limítrofes

Se facturará todo el consumo de acuerdo con los convenios fijados con los citados Ayuntamientos y el Ayuntamiento de León:

Villaquilambre.…………………………………… 0,220 €/m3 Valverde (La Virgen del Camino)……………… 0,255 €/m3

b) Suministro de Agua para empresas de limpieza de aguas residuales

En este apartado se va a considerar que estas empresas que se darán de ALTA en el agua y alcantarillado con un contador móvil B. Riego por cada camión que realizan estos servicios, para su uso en la ciudad de León. Se fija también en este apartado la cuantía de la sanción cuando por parte de estas empresas u otras conecten ilegalmente a las bocas de riego o tomen agua para el consumo de agua clandestinamente. La sanción será de 600,00 € y de otros 600,00 €, en el caso que evacuen los fangos o lodos en los colectores del

Page 48: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

48

Alcantarillado del municipio de León. En los casos que las empresas sean reincidentes, se les duplicará la sanción progresivamente. c) Otras tasas por servicios a realizar: En este apartado se consideran las siguientes tasas:

- Por corte y reapertura de acometida por personal……… 38,47 €/Ud. - Por corte y reapertura por impago.……………………….. 90,00 € - Por verificación del contador….…………………………… 50,00 € - Por venta de bombín maestro…………………………….. 28,00 € - Por venta de candado maestro……………………………. 7,50 € - Por venta del cajetín de contador…..……………………... 58,50 € - Precio por enganche puntual en boca de riego………….. 15,50 €/día

01 ACOMETIDAS ABASTECIMIENTO 01.1 ACOMETIDA POLIETILENO HASTA 6 METROS UD

Acometida de agua potable realizada con tubería de polietileno de baja densidad de 32 mm. PN10, conectada a la red principal de abastecimiento, con banda y cabezal toma de fundición salida 1", codo y enlaces de latón, formación de arqueta con tubo corrugado y registro de fundición de 30x30 en acera y llave de corte de 1", incluso rotura y reposición de firme existente (asfalto y acera) con una longitud máxima de 6 m. Medida la unidad terminada.

a2 OFICIAL 4,000 h 28,87 115,48 a3 PEÓN 4,000 h 27,51 110,04 b1 BANDA ACERO INOX 100 (105-125) L=285 1,000 ud 26,04 26,04 b2 CABEZ. COLL. TC. UNIV. 80-100-1" R-1411 1,000 ud 18,06 18,06 b3 CODO 90º LATON ESTAMPADO E-302 M-H 1" 1,000 ud 4,21 4,21 b4 ENLACE R.M. G-91 M. LATON 32-1" 3,000 ud 5,24 15,72 b5 V. BOLA P/RECTO RH. G545 FF.C/CUA. 1" 1,000 ud 18,94 18,94 b6 TUBO PE40 BD SDR7, 4 DN32 PN10 R100 6,000 m 1,60 9,60 b7 TUBO CORRUGADO D200 0,500 m 6,24 3,12 b8 REG. HIDRAULICA 300X300 B125 AGUA 1,000 ud 23,36 23,36 c1 Hormigón HA-25/P/20 0,350 m3 70,00 24,50 c2 Arena machacada para tapado y solera tubo 0,700 m3 20,96 14,67 c3 Zahorra natural puesta en obra 2,600 m3 12,09 31,43 c4 CENTENO PORTLAND 5,000 kg 0,29 1,45 c5 Aglomerado D12 suministro en planta 0,490 Tn 61,50 30,14 c6 Baldosas 1,750 m2 9,00 15,75 m1 Corte c/sierra disco 12,000 m 1,78 21,36 m2 Excav. hidráulica neumáticos 84 CV 4,000 h 33,74 134,96 m3 Martillo sobre Excav. hidráulica 84CV 0,500 h 43,86 21,93 m4 Camión basculante 4,000 h 39,77 159,08 t1 CANON VERT. / M3 ESCOMB 0,729 m3 16,00 11,66

TOTAL PARTIDA… 811,51

ASCIENDE EL PRECIO TOTAL DE LA ACOMETIDA INCLUIDA ESTAS CONDICIONES TECNICAS A LA CANTIDAD DE OCHOCIENTOS ONCE EUROS CON CINCUENTA CÉNTIMOS. 01.2 COSTE ADICIONAL POR METRO LINEAL ML

Coste adicional por metro de acometida cuando las mismas superen los 6 metros de longitud. a2 OFICIAL 1,500 h 28,87 43,31 a3 PEÓN 1,500 h 27,51 41,27 b6 TUBO PE40 BD SDR7, 4 DN32 PN10 R100 1,000 m 1,60 1,60 c2 Arena machacada para tapado y solera tubo 0,120 m3 20,96 2,52 c3 Zahorra natural puesta en obra 0,430 m3 12,09 5,20 c5 Aglomerado D12 suministro en planta 0,140 Tn 61,50 8,61 m1 Corte c/sierra disco 2,000 m 1,78 3,56 m2 Excav. hidráulica neumáticos 84 CV 0,300 h 33,74 10,12 m3 Martillo sobre Excav. hidráulica 84CV 0,080 h 43,86 3,51 m4 Camión basculante 0,300 h 39,77 11,93 t1 CANON VERT. / M3 ESCOMB 0,120 m3 16,00 1,92

Page 49: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

49

TOTAL PARTIDA… 133,55

ASCIENDE EL PRECIO TOTAL DEL METRO LINEAL DE LA ACOMETIDA INCLUIDA ESTAS CONDICIONES TECNICAS A LA CANTIDAD DE CIENTO TREINTA Y TRES EUROS CON CINCUENTA Y CINCO CÉNTIMOS. CUANDO LAS CONDICIONES TÉCNICAS DE LA ACOMETIDA, COMO POR EJEMPLO EL DIÁMETRO, EL PAVIMENTO, ETC, SEAN DIFERENTES A LAS AQUÍ ESPECIFICADAS, SE REALIZARA UN NUEVO PRESUPUESTO ADAPTADO A ESTAS VARIABLES DE ACUERDO CON EL REGLAMENTO. TAMBIÉN SE PODRÁ REALIZAR UN NUEVO PRESUPUESTO EN FUNCIÓN DE LAS VARIABLES DE LAS OBRAS A EJECUTAR POR PARTE DEL SOLICITANTE. NOTA ACLARATORIA: EN TODOS LOS PRECIOS DEL PRESENTE CUADRO NO ESTÁ INCLUIDO EL IVA.

2 ACOMETIDAS SANEAMIENTO 02.1 ACOMETIDA RED GRAL.SANEAM. HM D=200 UD

Acometida domiciliaria de saneamiento a la red general municipal, hasta una distancia máxima de 8 m., formada por: corte de pavimento por medio de sierra de disco, rotura del pavimento con martillo picador, excavación mecánica de zanjas de saneamiento en terrenos de consistencia dura, rotura, conexión y reparación del colector existente, colocación de tubería de PVC corrugado SN 8 de 200 mm de diámetro, tapado posterior de la acometida y reposición completa del pavimento, incluyendo también la reposición de la calzada y la acera, incluso formación de arqueta de registro con ladrillo macizo de 40x40 y tapa de fundición, sin incluir formación del pozo en el punto de acometida y con p.p. de medios auxiliares. a2 OFICIAL 5,000 h 28,87 144,35 a3 PEÓN 5,000 h 27,51 137,55 a9 TUBO CORRUGADO D200 8,000 m 6,24 49,92 a10 REG. HIDRAULICA 400X400 B125 SANEAMIENTO 1,000 ud 31,68 31,68 c1 Hormigón HA-25/P/20 0,350 m3 70,00 24,50 c2 Arena machacada para tapado y solera tubo 1,360 m3 20,96 28,51 c3 Zahorra natural puesta en obra 7,040 m3 12,09 85,11 c4 CENTENO PORTLAND 15,000 kg 0,29 4,35 c7 Ladrillo 35,000 ud 0,12 4,20 c5 Aglomerado D12 suministro en planta 0,770 Tn 61,50 47,36 c6 Baldosas 1,750 m2 9,00 15,75 m1 Corte c/sierra disco 16,000 m 1,78 28,48 m2 Excav. hidráulica neumáticos 84 CV 4,000 h 33,74 134,96 m3 Martillo sobre Excav. hidráulica 84CV 0,500 h 43,86 21,93 m4 Camión basculante 3,719 h 39,77 147,90 t1 CANON VERT. / M3 ESCOMB 0,728 m3 16,00 11,65

TOTAL PARTIDA… 918,20

ASCIENDE EL PRECIO TOTAL DE LA ACOMETIDA DE SANEAMIENTO INCLUIDA ESTAS CONDICIONES TÉCNICAS A LA CANTIDAD DE NOVECIENTOS DIECIOCHO EUROS CON VEINTE CÉNTIMOS. 02.2 COSTE ADICIONAL POR METRO ML

Coste adicional por metro de acometida cuando las mismas superen los 8 metros de longitud. a2 OFICIAL 1,500 h 28,87 43,31 a3 PEÓN 1,500 h 27,51 41,27 a9 TUBO CORRUGADO D200 1,000 m 6,24 6,24 c2 Arena machacada para tapado y solera tubo 0,170 m3 20,96 3,56 c3 Zahorra natural puesta en obra 0,880 m3 12,09 10,64 c5 Aglomerado D12 suministro en planta 0,140 Tn 61,50 8,61 m1 Corte c/sierra disco 2,000 m 1,78 3,56 m2 Excav. hidráulica neumáticos 84 CV 0,500 h 33,74 16,87 m3 Martillo sobre Excav. hidráulica 84CV 0,100 h 43,86 4,39 m4 Camión basculante 0,500 h 39,77 19,89 t1 CANON VERT. / M3 ESCOMB 0,060 m3 16,00 0,96

TOTAL PARTIDA… 159,30

ASCIENDE EL PRECIO TOTAL DEL METRO LINEAL LA ACOMETIDA DE SANEAMIENTO INCLUIDA ESTAS CONDICIONES TÉCNICAS A LA CANTIDAD DE CIENTO CINCUENTA Y NUEVE EUROS CON

Page 50: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

50

TREINTA CÉNTIMOS. CUANDO LAS CONDICIONES TÉCNICAS DE LA ACOMETIDA, COMO POR EJEMPLO EL DIÁMETRO, EL PAVIMENTO, ETC, SEAN DIFERENTES A LAS AQUÍ ESPECIFICADAS, SE REALIZARA UN NUEVO PRESUPUESTO ADAPTADO A ESTAS VARIABLES DE ACUERDO CON EL REGLAMENTO. TAMBIÉN SE PODRÁ REALIZAR UN NUEVO PRESUPUESTO EN FUNCIÓN DE LAS VARIABLES DE LAS OBRAS A EJECUTAR POR PARTE DEL SOLICITANTE. NOTA ACLARATORIA: EN TODOS LOS PRECIOS DEL PRESENTE CUADRO NO ESTÁ INCLUIDO EL IVA.

03 OPERACIONES EN ACOMETIDAS 03.1 APERTURA Y CIERRE DE ACOMETIDA UD

Desplazamiento hasta el lugar demandado por el usuario para proceder a la apertura o cierre de acometida domiciliaria. O01OA030 Oficial primera 1,000 h 28,87 28,87 U8376374 Gastos desplazamiento y varios 1,000 ud 9,60 9,60

TOTAL PARTIDA… 38,47

ASCIENDE EL PRECIO TOTAL DE ESTE TRABAJO A LA CANTIDAD DE TREINTA Y OCHO EUROS CON CUARENTA Y SIETE CÉNTIMOS . NOTA ACLARATORIA: EN TODOS LOS PRECIOS DEL PRESENTE CUADRO NO ESTÁ INCLUIDO EL IVA

Segundo.- Notificar este acuerdo a la Sociedad Mixta “AGUAS DE LEÓN, S.L.”, a los efectos oportunos. Tercero.- Ordenar la publicación del presente acuerdo en el B.O.P. de León para general conocimiento, así como en los demás medios que se consideren procedentes a tal fin.” Abierto el turno de intervenciones y no produciéndose ninguna seguidamente por el Pleno Municipal se procede a votar la propuesta de la Comisión Municipal Informativa de Hacienda y Régimen Interior, en reunión celebrada el día 12 de diciembre de 2012, anteriormente transcrita, que resultó aprobada por veinticinco votos a favor de los Concejales de los Grupos Popular y Socialista y dos votos en contra de los Concejales del Grupo Unión del Pueblo Leonés. 11.- PRESUPUESTO GENERAL Y PLANTILLA DE PERSONAL DEL AYUNTAMIENTO DE LEÓN PARA EL EJERCICIO 2013: RESOLUCIÓN DE RECLAMACIONES Y APROBACIÓN DEFINITIVA.- Se da cuenta del dictamen emitido por la Comisión Municipal Informativa de Hacienda y Régimen Interior, en reunión celebrada el día 18 de diciembre de 2012, que se transcribe a continuación: “La Presidencia da cuenta de las reclamaciones presentadas contra el Presupuesto General del Ayuntamiento de León para el Ejercicio 2013 y sus Bases de Ejecución, así como contra la Plantilla de Personal que obra como “Anexo de Personal” a dicho Presupuesto, indicando que son un total de siete las reclamaciones formuladas, y proponiendo que la Comisión se pronuncie

Page 51: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

51

individualmente sobre cada una de las reclamaciones formuladas, lo que se acuerda por unanimidad. En el expediente obran informes técnicos sobre las reclamaciones formuladas emitidos por la Técnico Municipal adjunta al Jefe de Servicio de Asuntos Económicos en fecha 13 de diciembre de 2012, y por el propio Jefe de Servicio de Asuntos Económicos en fecha 17 de diciembre de 2012. Seguidamente, el Sr. Secretario de la Comisión da cuenta de las reclamaciones formuladas atendiendo al orden de entrada en el Registro de la Corporación Municipal, adoptándose por la Comisión los siguientes acuerdos: “Primero.- Se da cuenta de la reclamación formulada en fecha 30 de noviembre de 2012 por D. Carlos J. Suárez García, con D.N.I. nº 9.751.127-R, en representación de la Entidad Mercantil “Mercados Centrales de Abastecimiento de León, MERCALEÓN, S.A.”, con C.I.F. nº A-24214447, quien solicita la inclusión en el Presupuesto del Ejercicio 2013 de la cantidad de 125.919,74 euros, correspondiente a la anualidad del año 2013 del Convenio suscrito entre dicha Entidad Mercantil y el Ayuntamiento de León en fecha 27 de enero de 2011. En el expediente obra informe favorable a la estimación de dicha reclamación emitido por el Jefe de Servicio de Asuntos Económicos en fecha 17 de diciembre de 2012, por las razones que obran en el mismo. Hace uso de la palabra el Sr. Gutiérrez González, quien pregunta por qué es posible utilizar el superávit inicial para dar cobertura presupuestaria a esta reclama-ción, y no lo es para dar cobertura presupuestaria a las 12 plazas de bomberos cuya oposición se encuentra suspendida. Contesta el Sr. Presidente, que el superávit inicial tiene como destino el pago de deudas ya reconocidas, como es el caso del Convenio suscrito entre el Ayuntamiento de León y Mercaleón, S.A., mientras que las 12 plazas de bombero puede ser un gasto futuro, pero no constituye en la actualidad una deuda. Replica el Sr. Gutiérrez González, quien solicita que conste en acta que el Equipo de Gobierno entiende que un caso sí es posible utilizar el superávit inicial, mientras que en el otro no. Contesta la Presidencia que así es, y que se recoja en acta. Finalizado el debate, la Comisión, con el voto a favor de los nueve Concejales presentes en la reunión, Sres. Rajoy Feijóo (D. Agustín), Lesmes Flórez (D.ª Nuria), Gutiérrez Rabanal (D.ª Montserrat), Reyero Gutiérrez (D. Francisco Javier), Gavilanes Fernández-Llamazares (D. Ricardo), Gutiérrez González (D. Francisco Javier), Canuria Atienza (D. Vicente), Fernández Pérez (D.ª Evelia) y Chamorro Rodríguez (D. Javier); lo que hace un total de nueve votos a favor de la propuesta, ninguno en contra y ninguna abstención, acuerda informar favorablemente la siguiente propuesta de acuerdo municipal: “Único.- Estimar la reclamación formulada por la Entidad Mercantil

Page 52: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

52

“Mercados Centrales de Abastecimiento de León, MERCALEÓN, S.A.”, con C.I.F. nº A-24214447, contra el Presupuesto General del Ejercicio 2013, habilitando en el Estado de Gastos de dicho Presupuesto la partida presupuestaria 05.3110.44924, transferencia corriente a Mercados Centrales de Abastecimiento, Mercaleón, S.A., por importe de 125.919,74 euros. La financiación de dicho mayor gasto se realizará: a) Mediante la minoración de la partida presupuestaria 06.94320.46301 del Estado de Gastos del Presupuesto General del Ejercicio 2013, que recoge una aportación a la Mancomunidad SALEAL por importe de 70.750,00 euros que no resulta necesario presupuestar. b) Mediante la minoración del superávit inicial del Presupuesto General para el Ejercicio 2013, por importe de 55.169,74 euros. Asimismo, deberá incluirse la aportación a MERCALEÓN, S.A. entre las sub-venciones directas a que se refiere la Base 94ª de las de Ejecución del Presupuesto del Ejercicio 2013, eliminado de dicha Base la subvención a la Mancomunidad SALEAL que, como ya se ha expuesto, no resulta necesaria.” Segundo.- Se da cuenta de la reclamación formulada en fecha 10 de diciembre de 2012 por D. Manuel Domínguez Chico, en representación del partido político “Izquierda Unida”, con C.I.F. nº G-78269206, en su calidad de Coordinador Local de dicho Partido en León, por la que se solicita la retirada inmediata del Presupuesto para 2013 inicialmente aprobado por las razones que se esgrimen en el escrito de reclamación, proponiendo la aprobación de un nuevo Presupuesto “acorde con las necesidades de la ciudad de León y sus vecinos y vecinas”. En el expediente obra informe favorable a la desestimación de dicha reclamación emitido por el Jefe de Servicio de Asuntos Económicos en fecha 17 de diciembre de 2012, por entender que el escrito de reclamación presentado por Izquierda Unida no puede considerarse como una reclamación al Presupuesto, ya que el mismo no cumple los requisitos a que se refiere el artículo 170.2 del Texto Refundido de la vigente Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y ello sin perjuicio de que la Corporación Municipal adopte el acuerdo que estime procedente, dado el claro contenido político del mencionado escrito. Interviene el Sr. Gutiérrez González, quien dice que estamos en una Comisión integrada por miembros de partidos políticos, y que lo que hace Izquierda Unida, como partido político que no tiene representación municipal, es proponer una alternativa al Presupuesto de 2013 inicialmente aprobado, alternativa que puede ser considerada con independencia de los requisitos establecidos en la Ley. Seguidamente, se produce un breve debate sobre el contenido del escrito de reclamación presentado por el partido político “Izquierda Unida”, tras el cual la Comisión, con el voto a favor de los cinco Concejales del Grupo del Partido Popular, Sres. Rajoy Feijóo (D. Agustín), Lesmes Flórez (D.ª Nuria), Gutiérrez Rabanal (D.ª Montserrat), Reyero Gutiérrez (D. Francisco Javier), y Gavilanes

Page 53: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

53

Fernández-Llamazares (D. Ricardo); el voto en contra de los tres Concejales del Grupo Socialista, Sres. Gutiérrez González (D. Francisco Javier), Canuria Atienza (D. Vicente) y Fernández Pérez (D.ª Evelia); y la abstención del Concejal del Grupo de la Unión del Pueblo Leonés, Sr. Chamorro Rodríguez (D. Javier); lo que hace un total de cinco votos a favor de la propuesta, tres en contra y una abstención, acuerda informar favorablemente la siguiente propuesta de acuerdo municipal: “Único.- Desestimar la reclamación formulada por el partido político “Izquierda Unida” de León, con C.I.F. nº G-78269206, contra el Presupuesto General del Ejercicio 2013, por considerar que el citado escrito de reclamación no reúne los requisitos establecidos en el artículo 170.2 del Texto Refundido de la vigente Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, para que dicho escrito pueda ser considerado como una reclamación al citado Presupuesto.” Tercero.- Se da cuenta de la reclamación formulada en fecha 12 de diciembre de 2012 por D. Francisco Solana Bajo, con D.N.I. nº 9.725.861-N, en representación de D. Justo Campoamor González, con D.N.I. 71.445.229-F, y once particulares más, todos ellos aspirantes en el procedimiento selectivo al que se refiere el acuerdo adoptado en fecha 28 de septiembre de 2010 por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de León, mediante el que se aprobaron las Bases de la convocatoria para la provisión, por oposición libre, de 12 plazas de Bombero-Conductor, mediante la que se solicita que se deje sin efecto la amortización de 12 plazas de Conductor-Bombero de la Plantilla de Personal Funcionario del Ayuntamiento de León que figura en el Anexo de Personal al Presupuesto General del Ejercicio 2013, incorporándose al Estado de Gastos de dicho Presupuesto los créditos presupuestarios correspondientes a dichas plazas. Asimismo, se solicita que se incremente el Estado de Ingresos del Presupuesto Municipal del Ejercicio 2013 con la minoración realizada en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles para proceder a la devolución de las cantidades resultantes de la Sentencia del Tribunal Supremo de 19 de diciembre de 2011, de manera que dichas devoluciones se practiquen exclusivamente a los sujetos pasivos que ostentan tales derechos subjetivos, y no a todos los sujetos pasivos. En el expediente obra informe favorable a la desestimación de la primera de dichas reclamaciones emitido por la Técnico Municipal adjunta al Jefe de Servicio de Asuntos Económicos en fecha 13 de diciembre de 2012, por las razones que se contienen en el mismo. Interviene el Sr. Gutiérrez González, quien dice que ya ha expuesto en la Comisión ordinaria celebrada con anterioridad la opinión de su Grupo sobre dicha cuestión, que ahora reitera, y que sigue sin entender por qué se puede dar cobertura presupuestaria a la reclamación formulada por Mercaleón, y no a esta reclamación. Contesta la Presidencia que en el informe técnico emitido sobre esta reclamación se recogen los argumentos que aconsejan su desestimación, y en cuanto a la segunda cuestión planteada por los reclamantes, dice que se trata de

Page 54: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

54

un acuerdo municipal adoptado con anterioridad que ya es firme. Finalizado el debate, la Comisión, con el voto a favor de los cinco Concejales del Grupo del Partido Popular, Sres. Rajoy Feijóo (D. Agustín), Lesmes Flórez (D.ª Nuria), Gutiérrez Rabanal (D.ª Montserrat), Reyero Gutiérrez (D. Francisco Javier), y Gavilanes Fernández-Llamazares (D. Ricardo); y el voto en contra de los tres Concejales del Grupo Socialista, Sres. Gutiérrez González (D. Francisco Javier), Canuria Atienza (D. Vicente) y Fernández Pérez (D.ª Evelia); así como del Concejal del Grupo de la Unión del Pueblo Leonés, Sr. Chamorro Rodríguez (D. Javier); lo que hace un total de cinco votos a favor de la propuesta, cuatro en contra y ninguna abstención, acuerda informar favorablemente la siguiente propuesta de acuerdo municipal: “Único.- Desestimar la reclamación presentada por D. Francisco Javier Solana Bajo, con N.I.F. nº 9.725.861-N, en nombre y representación, debidamente acreditada, de D. Justo Campoamor González, con N.I.F. nº 71.445.229-F, D. Sergio Gallardo Martínez, con N.I.F. nº 44.433.498-M, D. Diego Prieto Herrero, con N.I.F. nº 9.800.155-Q, D. Javier Fernández Merino, con N.I.F. nº 71.421.085-J, D. Diego López Álvarez, con N.I.F. nº 71.431.026-H, D. Eduardo Moreiro Ramos, con N.I.F. nº 70.892.638-Z, D. Luis Alberto Fernández García, con N.I.F. nº 10.888.146-S, D. Salvador García Pérez, con N.I.F. nº 71.426.346-F, D. Diego Castaño Álvarez, con N.I.F. nº 71.019.725-A, D. Álvaro Astorga de Prado, con N.I.F. nº 71.421.450-X, y de D. Adrián González Puente, con N.I.F. nº 71.431.611-M, todos ellos aspirantes en el proceso selectivo convocado para la provisión, mediante oposición libre, de 12 plazas de Bombero-Conductor por acuerdo de la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada en fecha 28 de Septiembre de 2010, contra el Presupuesto General del Ejercicio 2013 y contra la aprobación de la Plantilla de Personal que obra como Anexo a dicho Presupuesto, por entender que el acuerdo municipal al que se alude en la reclamación está siendo objeto de un procedimiento de revisión de oficio, que continúa su tramitación, debiendo estarse a lo que resulte de la resolución definitiva del mismo, sin que sea posible en este momento dotar presupuestariamente dichas plazas dada la difícil situación económica por la que atraviesa el Ayuntamiento de León, quien tiene obligación de dar cumplimiento al Plan de Ajuste aprobado por el Pleno Municipal en sesión de 30 de marzo de 2012, Plan de Ajuste que ha sido aprobado igualmente por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y que vincula a la Administración Municipal en virtud de la Ley Orgánica 2/2012, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. Todo ello sin perjuicio de dar estricto cumplimiento al Auto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de 6 de noviembre de 2012, lo que se llevará a efecto en la forma legalmente establecida.” Cuarto.- Se da cuenta de las reclamaciones formuladas en fecha 14 de di-ciembre de 2012 por D. Javier Chamorro Rodríguez, en su calidad de Portavoz del Grupo Municipal de la Unión del Pueblo Leonés, contra el Presupuesto General del Ejercicio 2013 y contra la Plantilla de Personal que obra como Anexo a dicho Presupuesto, en forma de tres escritos de reclamación, que se tratan individualmente.

Page 55: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

55

- En el primero de dichos escritos, el reclamante considera que la Plantilla del Parque de Bomberos es insuficiente para la atención de la ciudad de León; y, teniendo en cuenta que se trata de un servicio de prestación obligatoria para el Ayuntamiento de León, propone un aumento de la partida destinada a dicho personal en el importe necesario para aumentar la misma en 12 plazas, que son las plazas cuyo procedimiento de selección se encuentra actualmente paralizado por la Administración Municipal. En el expediente obra informe favorable a la desestimación de dicha reclamación emitido por el Jefe de Servicio de Asuntos Económicos en fecha 17 de diciembre de 2012, por las razones que obran en el mismo. Tras un breve debate, la Comisión, con el voto a favor de los cinco Concejales del Grupo del Partido Popular, Sres. Rajoy Feijóo (D. Agustín), Lesmes Flórez (D.ª Nuria), Gutiérrez Rabanal (D.ª Montserrat), Reyero Gutiérrez (D. Francisco Javier), y Gavilanes Fernández-Llamazares (D. Ricardo); y el voto en contra de los tres Concejales del Grupo Socialista, Sres. Gutiérrez González (D. Francisco Javier), Canuria Atienza (D. Vicente) y Fernández Pérez (D.ª Evelia); así como del Concejal del Grupo de la Unión del Pueblo Leonés, Sr. Chamorro Rodríguez (D. Javier); lo que hace un total de cinco votos a favor de la propuesta, cuatro en contra y ninguna abstención, acuerda informar favorablemente la siguiente propuesta de acuerdo municipal: “Único.- Desestimar la primera de las reclamaciones formuladas por el “Grupo Municipal de la Unión del Pueblo Leonés” contra el Presupuesto General del Ejercicio 2013 y contra la Plantilla de Personal que obra como Anexo a dicho Presupuesto, por las razones que se contienen en el informe emitido por el Sr. Jefe de Servicio de Asuntos Económicos en fecha 17 de diciembre de 2012, del que ya tiene conocimiento el reclamante.” - En el segundo de los escritos de reclamación, se aduce que el Presupuesto General del Ejercicio 2013 prevé un ingreso de 600.000,00 euros como resultado de la liquidación de la Empresa Mixta EMILSA; y puesto que no existe ningún acuerdo al respecto, solicita que se elimine dicha previsión del Estado de Ingresos del citado Presupuesto. En el expediente obra informe favorable a la desestimación de dicha reclamación emitido por el Jefe de Servicio de Asuntos Económicos en fecha 17 de diciembre de 2012, por las razones que obran en el mismo. Hace uso de la palabra el Sr. Presidente, quien dice que no se trata de la Sociedad Mixta EMILSA, sino de la Sociedad Mixta “Palacio de Congresos y Exposiciones de León, S.A.”, y que si consta así en el Estado de Gastos del Presupuesto, se trata de un error que se corregirá de oficio. Tras un breve debate, la Comisión, con el voto a favor de los cinco Concejales del Grupo del Partido Popular, Sres. Rajoy Feijóo (D. Agustín), Lesmes Flórez (D.ª Nuria), Gutiérrez Rabanal (D.ª Montserrat), Reyero Gutiérrez (D. Francisco Javier), y Gavilanes Fernández-Llamazares (D.

Page 56: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

56

Ricardo); la abstención de los tres Concejales del Grupo Socialista, Sres. Gutiérrez González (D. Francisco Javier), Canuria Atienza (D. Vicente) y Fernández Pérez (D.ª Evelia); y el voto en contra del Concejal del Grupo de la Unión del Pueblo Leonés, Sr. Chamorro Rodríguez (D. Javier); lo que hace un total de cinco votos a favor de la propuesta, uno en contra y tres abstenciones, acuerda informar favorablemente la siguiente propuesta de acuerdo municipal: “Único.- Desestimar la segunda de las reclamaciones formuladas por el “Grupo Municipal de la Unión del Pueblo Leonés” contra el Presupuesto General del Ejercicio 2013 y contra la Plantilla de Personal que obra como Anexo a dicho Presupuesto, por las razones que se contienen en el informe emitido por el Sr. Jefe de Servicio de Asuntos Económicos en fecha 17 de diciembre de 2012, del que ya tiene conocimiento el reclamante.” - Finalmente, en el tercer escrito de reclamación presentado, el Grupo Municipal de la U.P.L. entiende insuficientes las previsiones presupuestarias que se recogen en el Presupuesto del Ejercicio 2013 para mantener los servicios de lim-pieza viaria y de recogida de basuras, especialmente en lo relativo al mantenimiento de los actuales puestos de trabajo. En el expediente obra informe favorable a la desestimación de dicha reclamación emitido por el Jefe de Servicio de Asuntos Económicos en fecha 17 de diciembre de 2012, por las razones que obran en el mismo. Tras un breve debate, la Comisión, con el voto a favor de los cinco Concejales del Grupo del Partido Popular, Sres. Rajoy Feijóo (D. Agustín), Lesmes Flórez (D.ª Nuria), Gutiérrez Rabanal (D.ª Montserrat), Reyero Gutiérrez (D. Francisco Javier), y Gavilanes Fernández-Llamazares (D. Ricardo); y el voto en contra de los tres Concejales del Grupo Socialista, Sres. Gutiérrez González (D. Francisco Javier), Canuria Atienza (D. Vicente) y Fernández Pérez (D.ª Evelia); así como del Concejal del Grupo de la Unión del Pueblo Leonés, Sr. Chamorro Rodríguez (D. Javier); lo que hace un total de cinco votos a favor de la propuesta, cuatro en contra y ninguna abstención, acuerda informar favorablemente la siguiente propuesta de acuerdo municipal: “Único.- Desestimar la tercera y última de las reclamaciones formuladas por el “Grupo Municipal de la Unión del Pueblo Leonés” contra el Presupuesto General del Ejercicio 2013 y contra la Plantilla de Personal que obra como Anexo a dicho Presupuesto, por las razones que se contienen en el informe emitido por el Sr. Jefe de Servicio de Asuntos Económicos en fecha 17 de diciembre de 2012, del que ya tiene conocimiento el reclamante.” Quinto.- Se da cuenta de la reclamación formulada en fecha 14 de diciembre de 2012 por D. José Antonio Díez Díaz, en su calidad de Portavoz del Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de León, mediante un escrito único al que –se afirma– se acompañan un total de 28 enmiendas/alegaciones al Presupuesto del Ejercicio 2013 y a la Plantilla de Personal que obra como Anexo a dicho Presupuesto, si bien el número de escritos cuantificado por el Servicio de Asuntos Económicos es de 22, que se tratan conjuntamente.

Page 57: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

57

En el expediente obra informe favorable a la desestimación de dicha reclamación emitido por el Jefe de Servicio de Asuntos Económicos en fecha 17 de diciembre de 2012, por entender que los escritos presentados no pueden considerarse como reclamaciones contra el Presupuesto del Ejercicio 2013, dado que los mismos no cumplen los requisitos a que se refiere el artículo 170.2 del Texto Refundido de la vigente Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y ello sin perjuicio de que la Corporación Municipal adopte los acuerdos que estime procedentes en relación con las enmiendas y alegaciones presentadas, dado que lo que se propone en las mismas son opciones alternativas al Presupuesto inicialmente aprobado. Interviene el Sr. Gutiérrez González, quien dice que va a reiterar lo que ya dijo con anterioridad, de que estamos en una Comisión integrada por miembros de partidos políticos, y que lo que el Grupo Socialista, como partido político, hace es proponer alegaciones y enmiendas alternativas al Presupuesto inicialmente aprobado, que pueden ser consideradas o no por el Equipo de Gobierno Municipal con independencia de que las mismas cumplan o no los requisitos establecidos en la norma. Tras un breve debate, la Comisión, con el voto a favor de los cinco Concejales del Grupo del Partido Popular, Sres. Rajoy Feijóo (D. Agustín), Lesmes Flórez (D.ª Nuria), Gutiérrez Rabanal (D.ª Montserrat), Reyero Gutiérrez (D. Francisco Javier), y Gavilanes Fernández-Llamazares (D. Ricardo); el voto en contra de los tres Concejales del Grupo Socialista, Sres. Gutiérrez González (D. Francisco Javier), Canuria Atienza (D. Vicente) y Fernández Pérez (D.ª Evelia); y la abstención del Concejal del Grupo de la Unión del Pueblo Leonés, Sr. Chamorro Rodríguez (D. Javier); lo que hace un total de cinco votos a favor de la propuesta, tres en contra y una abstención, acuerda informar favorablemente la siguiente propuesta de acuerdo municipal: “Único.- Desestimar la reclamación formulada por el “Grupo Municipal So-cialista del Ayuntamiento de León” en forma de 22 escritos de alegaciones y enmiendas al Presupuesto General del Ejercicio 2013 y a la Plantilla de Personal que obra como Anexo a dicho Presupuesto, por considerar que los citados escritos no reúnen los requisitos establecidos en el artículo 170.2 del Texto Refundido de la vigente Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, para que puedan ser considerados como reclamaciones al citado Presupuesto.” Sexto.- Se da cuenta, asimismo, de la reclamación interna presentada el día 14 de diciembre de 2012 por Dª. Montserrat Gutiérrez Rabanal, en su calidad de Concejal-Delegada de Familia, Bienestar Social y Mayores, contra las Bases de Ejecución del Presupuesto General del Ejercicio 2013, al objeto de incluir en las mismas una disposición que permita agilizar la gestión de las ayudas de emergencia otorgadas por la Entidad Local. En el expediente obra informe favorable a la estimación de dicha reclamación emitido por el Jefe de Servicio de Asuntos Económicos en fecha 17 de diciembre de 2012, por las razones que obran en el mismo.

Page 58: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

58

Tras un breve debate, la Comisión, con el voto a favor de los nueve Concejales presentes en la reunión, Sres. Rajoy Feijóo (D. Agustín), Lesmes Flórez (D.ª Nuria), Gutiérrez Rabanal (D.ª Montserrat), Reyero Gutiérrez (D. Francisco Javier), Gavilanes Fernández-Llamazares (D. Ricardo), Gutiérrez González (D. Francisco Javier), Canuria Atienza (D. Vicente), Fernández Pérez (D.ª Evelia) y Chamorro Rodríguez (D. Javier); lo que hace un total de nueve votos a favor de la propuesta, ninguno en contra y ninguna abstención, acuerda informar favorablemente la siguiente propuesta de acuerdo municipal: “Único.- Estimar la reclamación formulada por Dª. Montserrat Gutiérrez Rabanal, en su calidad de Concejal-Delegada de Familia, Bienestar Social y Mayores de este Ayuntamiento, contra las Bases de Ejecución del Presupuesto General del Ejercicio 2013, modificando la Base Nonagésima del citado Presupuesto mediante el añadido a la misma de un nuevo punto 3 con el siguiente contenido: “3. En el supuesto de ayudas de emergencia social otorgadas en aplicación de la “Ordenanza reguladora de las Ayudas de Emergencia Social”, las fases de compromiso del gasto (D), reconocimiento de la obligación (O) y orden de pago (P) se acumularán en una fase única, DOP, cuya aprobación corresponde al Concejal-Delegado de Hacienda. A tal efecto, por la Intervención Municipal se diseñará un modelo de impreso para gestionar tales ayudas que recoja dicha acumulación de fases del gasto.”

La citada Base de Ejecución 90ª queda aprobada con la modificación anteriormente transcrita.” Séptimo.- Se da cuenta, finalmente, de la reclamación interna presentada el día 14 de diciembre de 2012 por D. Agustín Rajoy Feijóo, en su calidad de Concejal Delegado de Hacienda y Nuevas Tecnologías, contra las Bases de Ejecución del Presupuesto General del Ejercicio 2013, al objeto de suprimir la exigencia de que las facturas deban venir firmadas por el Concejal-Delegado del Área como trámite previo al reconocimiento de la obligación que se contiene en el párrafo segundo del apartado 1 de la Base Vigésima Quinta. Interviene el Sr. Presidente, quien dice que con ello se pretende evitar retrasos en la tramitación de facturas, a la vista de que el “conforme” del Concejal del Área no añade valor alguno en el proceso de control y fiscalización de tales documentos, pues el mismo ya ha intervenido en las fases previas del gasto. En el expediente obra informe favorable a la estimación de dicha reclamación emitido por el Jefe de Servicio de Asuntos Económicos en fecha 17 de diciembre de 2012, por las razones que obran en el mismo. Tras un breve debate, la Comisión, con el voto a favor de los cinco Concejales del Grupo del Partido Popular, Sres. Rajoy Feijóo (D. Agustín), Lesmes Flórez (D.ª Nuria), Gutiérrez Rabanal (D.ª Montserrat), Reyero Gutiérrez (D. Francisco Javier), y Gavilanes Fernández-Llamazares (D. Ricardo); y la abstención de los tres Concejales del Grupo Socialista, Sres. Gutiérrez González (D. Francisco Javier), Canuria Atienza (D. Vicente) y Fernández Pérez (D.ª Evelia); así como del Concejal del Grupo de la Unión del Pueblo Leonés, Sr. Chamorro Rodríguez (D. Javier); lo que hace un total de cinco

Page 59: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

59

votos a favor de la propuesta, ninguno en contra y cuatro abstenciones, acuerda informar favorablemente la siguiente propuesta de acuerdo municipal: “Único.- Estimar la reclamación formulada por D. Agustín Rajoy Feijóo, en su calidad de Concejal-Delegado de Hacienda y Nuevas Tecnologías de este Ayuntamiento, contra las Bases de Ejecución del Presupuesto General del Ejercicio 2013, modificándose el párrafo segundo del apartado 1 de la Base Vigésima Quinta de las de Ejecución del citado Presupuesto, mediante la supresión de la expresión “que deberá venir conformado por el Concejal-Delegado del Área”, de manera que dicho párrafo quedará redactado de la siguiente manera: “Esta acreditación se realizará mediante factura, certificado o documento equivalente

suscrito por el responsable del gasto. En el caso de certificaciones de obra emitidas por Técnico Municipal competente, será suficiente el informe del responsable del programa de gasto en el que se exprese la existencia de la certificación de obra.”

La citada Base de Ejecución 25ª.1 queda aprobada con la modificación anteriormente transcrita.” Seguidamente, el Sr. Secretario de la Comisión da cuenta del informe emitido en fecha 17 de diciembre de 2012 por la jefe de Servicio de Asuntos Generales, D.ª Esther Figueira Moure, relativo a la Plantilla Municipal para el Ejercicio 2013, en el que se pone de manifiesto: a) Que está en marcha un procedimiento de despido colectivo que no ha concluido al día de la fecha, que va a implicar modificaciones de la Plantilla de Personal inicialmente aprobada con el Presupuesto del Ejercicio 2013, modificaciones que aún no se han trasladado a la misma. b) Que en la modificación de la Plantilla de Personal Laboral Fijo Discontinuo aprobada por el Pleno Municipal en sesión celebrada el día 25 de septiembre de 2012, se deslizaron una serie de errores y omisiones que es preciso rectificar, formulando propuesta sobre unos y otras. c) Que habiéndose dictado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León Auto de fecha 6 de noviembre de 2012, mediante el que se acuerda la suspensión del acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de León de 26 de junio de 2012 por el que se aprobó definitivamente el Presupuesto General del Ayuntamiento de León para el Ejercicio 2012, sus Bases de Ejecución y la Plantilla de Personal para dicho Ejercicio, en lo que se refiere a la amortización de 12 plazas de Bombero-Conductor incluidas en las Ofertas de Empleo Público de los años 2008 y 2010, procede dar cumplimiento al mismo adoptando las medidas oportunas. Tras un breve debate, la Comisión acuerda que por el Servicio de Asuntos Generales se incoen los correspondientes expedientes relativos a las citadas cuestiones, para su tramitación en los términos legalmente establecidos. Por todo lo expuesto, de conformidad con los acuerdos anteriormente adoptados, y dando cumplimiento lo dispuesto en el artículo 169 del vigente Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, la Comisión acuerda

Page 60: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

60

informar favorablemente la aprobación definitiva del Presupuesto General del Ayuntamiento de León para el Ejercicio 2013, así como las Bases de Ejecución de dicho Presupuesto y la Plantilla de Personal que obra como “Anexo de Personal” al mismo, en los términos en que se produjo la aprobación inicial de los citados documentos por el Ayuntamiento Pleno en su reunión del día 22 de noviembre de 2012, más las modificaciones introducidas como consecuencia de la estimación de las reclamaciones a que se refieren los apartados Primero, Sexto y Séptimo anteriores, desestimándose las restantes reclamaciones presentadas contra dichos documentos en los términos que se recogen en los apartados Segundo, Tercero, Cuarto y Quinto anteriores.” Con la venia del Ilmo. Sr. Alcalde, hace uso de la palabra el Portavoz del Grupo Municipal Socialista, D. José Antonio Díez Díaz, que se expresa en los siguientes términos: Hoy traemos a este Pleno la aprobación definitiva del Presupuesto General y de la Plantilla de Personal del Ayuntamiento de León. Un presupuesto que como ya incidimos en su aprobación inicial tiene un marcado carácter antisocial, es un presupuesto que se aleja muchísimo de los ciudadanos, fundamentalmente, de aquellos que ahora mismo peor lo están pasando, que, lamentablemente, cada día son más y, además, que se acerca demasiado mucho a los bancos. Por lo tanto, y en base a lo que expuse en la aprobación inicial desde el Grupo Municipal Socialista hemos presentado una serie de propuestas, de propuestas políticas, para intentar mejorar, en la medida de lo posible, este presupuesto, sobre todo en aquello referente a la ciudadanía. Propuestas, por un importe cercano, levemente superior a los 7 millones de Euros, de los cuales 2 millones y medio, aproximadamente, de Euros provendrían de mayores exigencias al resto de administraciones públicas. Unas alegaciones con un fuerte y marcado carácter social y que, como les digo aquí, no suponen ningún incremento en partidas de gasto para el Ayuntamiento sino lo que se propone son modificaciones en cuanto donde asignar los recursos o la creación de algunas nuevas, pero no contienen incrementos presupuestarios, tan sólo aquellas que proceden de los incrementos que se piden de las exigencias a las Administraciones Públicas correspondientes. Algo que yo creo que es una obligación del gestor de una ciudad. En este sentido las enmiendas que presentamos son enmiendas, como bien he dicho, orientadas a los ciudadanos. Enmiendas en el sentido de ayudar, por ejemplo, a las personas que ahora mismo se encuentran en una grave situación o en dificultades de poder tener un desahucio; enmiendas o propuestas políticas en lo referente a políticas activas de la creación de empleo; enmiendas referentes a la juventud; enmiendas referentes al comercio, a nuestra promoción turísticas, a nuestros programas de igualdad, a nuestro bienestar social, a las políticas de dependencia, de teleasistencia. También los temas relacionados con la violencia de género y, también, de manera notable, algunas modificaciones en cuanto a la plantilla en lo referente a las plazas de bomberos. Un tema importante en referencia a la seguridad ciudadana en estos momentos.

Page 61: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

61

Por lo tanto, son propuestas, como digo en su mayoría de importante carácter social, y que no representan más que realizar algunos cambios, desde el punto de vista presupuestario ¿qué es lo que nosotros les pedimos que hagamos a cambio de modificar en el presupuesto estas partidas que sirvan de una manera clara para favorecer a aquellos que peor ahora mismo lo están pasando? Pues les pedimos que se reduzcan los gastos de Alcaldía, los gastos de protocolo; que los miembros corporativos de este Ayuntamiento, así como el personal de confianza y los grupos políticos también nos reduzcamos una parta importante de nuestras percepciones económicas. Pedimos y exigimos mayor implicación y reivindicación ante las Administraciones públicas y, por tanto, yo creo que son alegaciones todas ellas que de alguna manera lo que buscan es dar un giro a este presupuesto, un presupuesto alejado de la ciudadanía y buscar de nuevo encontrarnos con aquellos que, ahora mismo, peor lo están pasando, que como he dicho al principio, lamentablemente, cada vez son más. Hay algunas enmiendas que sí me gustaría comentar aunque sea de una manera muy sucinta; dos o tres, no pretendo aburrir mucho más tampoco, pero yo creo que este Ayuntamiento en un momento de dificultad que viven los ciudadanos donde cada día es más notorio las dificultades que tienen para mantener sus viviendas, este Ayuntamiento, a través del ILRUV, podría crear un servicio de mediación entre los ciudadanos y las administraciones u organismos que, de alguna manera, sirvieran para mejorar sus condiciones cara a la tramitación de sus problemas de desahucio así como incorporar alguna partida presupuestaria, concretamente, retraída de la Alcaldía para crear un fondo en torno a 200.000 € para colaborar en los casos de desarraigo familiar que se puedan producir. También hemos hecho alguna enmienda en referencia a las propuestas de políticas activas de creación de empleo, a través también del ILDEFE, otra sociedad pública de este Ayuntamiento, se podría destinar los fondos que hemos recibido hace diez días, aproximadamente, referentes al anterior Fondo de Cooperación Local, de financiación incondicionada para este Ayuntamiento de casi 900.000 € que sean destinadas, íntegramente, a estas políticas activas de creación de empleo. Así como, también, exigir a la Comunidad Autónoma dentro del plan de choque contra el empleo o a favor de empleo, mejor dicho, que se está realizando ahora mismo, la exigencia de una cantidad importante que contribuya a hacer proyectos de base tecnológica que ayuden, ahora mismo, a conformar una base o un tejido empresarial de gente joven, suficientemente, preparada y que encuentran muchísimos problemas ahora para mantener o intentar crear o buscar un empleo en esta ciudad. También las enmiendas relacionadas con el bienestar social. Exigir a la Administración Autonómica, a la Junta, de alguna manera, que no rebaje, en estos momentos, sus aportaciones o sus subvenciones en esta materia. Temas como la teleasistencia o temas como la ayuda a domicilio o las políticas referentes a todo aquello que tiene que ver con temas relacionados con la dependencia, creemos, que son fundamentales en este momento. Por lo tanto lo que pedimos, en este caso, es una mayor implicación de la Administración Autonómica para que estos

Page 62: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

62

programas de bienestar social puedan llevarse a cabo. Bueno, estas son algunas de nuestras propuestas, como pueden ver un marcado carácter social tienen. Pero como ya hemos visto, y ha dado lectura la Secretaría, nuestras propuestas de tipo político no han sido tenidas en cuenta ni consideradas por considerar que incumplen el art. 170.2 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Yo no encuentro en la Ley, en ese artículo un punto donde diga que no se puedan atender propuestas políticas o que no se puedan realizar modificaciones presupuestarias; lo que dice ese artículo es que, únicamente, se podrán presentar reclamaciones por tres aspectos concretos pero no dice lo otro, no dice que Vds. no puedan admitir ni puedan debatir ni podamos hablar sobre política, que es lo que hay que hablar en este Pleno en relación a modificaciones presupuestarias. Y eso Vd. sabe, Sr. Alcalde, que eso es así y, mire, es tan así que incluso los informes de los técnicos en su punto final siempre hacen constar una frase que no la puedo decir, literalmente, pero viene a decir algo así: no obstante la aprobación o no de estas alegaciones, reclamaciones, etc. quedará a disposición de lo que la Corporación Municipal considere más oportuno respecto a su aprobación o desestimación. Es decir, que no es taxativa en cuanto que Vds. no puedan admitir propuestas de carácter político que pueda ser debatido y que puedan suponer una modificación de partidas presupuestarias. Yo sé, Sr. López Benito, que no le gusta escucharlo, pero sé que es así, le veo raro, pero es así. O sea el art. 170.2 dice lo que dice pero no quiera que diga lo que no dice. Entonces, viendo que se va a hurtar del debate democrático en este Pleno y a esta ciudad, en relación con temas tan importantes como los que estamos mencionando y que sin lugar a dudas podrían suponer una mejora muy importante para muchos ciudadanos y ciudadanas de esta ciudad, nosotros, consideramos que no es de aplicación el que Vds. se escuden, únicamente, en ese artículo para omitir o evitar este debate. Yo conozco, como Vd. y como la mayoría de mis compañeros, como ha funcionado, históricamente, este Ayuntamiento. Vd. lo conocerá todavía mejor que yo, pero, evidentemente, sabemos qué pasó el año pasado, qué pasaron los años anteriores y, sobre todo, qué pasaron, y no se olviden, los 25 años anteriores de gobierno, que Vds. han tenido en esta ciudad, del Partido Popular. Por lo tanto, nuestras propuestas son propuestas que tienen ideas, son propuestas que no tienen herencia y son propuestas que determinan, claramente, las diferencias políticas entre Vds. y nosotros. No se trata de una cuestión de economía, se trata de una cuestión de ideología. Vds. quieren convencer a la ciudadanía que lo que se hace es porque no hay más remedio y nosotros, evidentemente, les decimos que existe otra manera muy diferente de poder abortar los problemas, de poder ayudar a la gente y de poder comprometerse por ellos. Por eso yo, desde aquí, Sr. Alcalde, le propongo la posibilidad de llegar a algunos pactos, a algunos acuerdos respecto a este presupuesto. Intentar modificar partidas que yo creo que no son tan complicadas y que, además, yo creo que darían un buen ejemplo a la ciudadanía para con ello poder lograr minorar o ayudar a aquellas personas que cada vez son más y peor lo están pasando. Seguidamente interviene el Portavoz del Grupo Municipal de la Unión

Page 63: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

63

del Pueblo Leonés, D. Javier Chamorro Rodríguez, que se expresa del siguiente modo: La U.P.L., desde el momento en que se trajo a este Pleno la aprobación inicial de este Presupuesto, ya manifestamos nuestra postura en contra del mismo. Son muchísimas las cosas que no nos gustan, son muchísimas las cosas que cambiaríamos. Entendemos que es un presupuesto marcado por unas decisiones impuestas por el Partido Popular a nivel nacional, yo, incluso, lo he dicho varias veces que no es responsabilidad de los que están sentados en el equipo de gobierno actual del Ayuntamiento pero sí del Partido Popular, en este caso, a nivel nacional que ha establecido una serie de medidas que están ahogando a los Ayuntamientos y, en concreto, al Ayuntamiento de León, con un plan de ajuste que hace que nuestros recortes sean continuos y sean brutales. Y todo eso, como digo, ya fue manifestado en el día que se trajo a debate la aprobación inicial del Presupuesto. Digo esto porque es cierto que serían muchas las cosas que cambiaríamos pero sí que es cierto que yo también interpreto la Ley de Haciendas Locales en el sentido que textualmente dice la Ley: que sólo caben, leo el artículo 170, párrafo 2º, punto 2º de la Ley de Haciendas Locales que dice que: “únicamente podrán entablarse reclamaciones contra el presupuesto a) por no haberse ajustado su elaboración y aprobación a los trámites establecidos en esta Ley; b) Por omitir el crédito necesario para cumplimiento de obligaciones exigibles a la entidad local en virtud de precepto legal o de cualquier otro título legítimo y c) Por ser de manifiesta insuficiencia los ingresos con relación a los gastos presupuestados o bien de estos respecto a las necesidades para las que esté previsto.” Sólo prevé estas tres posibilidades. De ahí que la U.P.L. ya el año pasado y hace tiempo que lo venimos haciendo nos ceñimos a la Ley. Y en ese sentido, únicamente, hemos presentado tres reclamaciones que creo que encajan en estos supuestos previstos en el art. 170.2. En concreto, reclamamos una mayor previsión presupuestaria para cubrir las 12 plazas de bomberos que, entendemos de una manera injusta, está paralizada por este equipo de gobierno. Creemos que es una necesidad incrementar la plantilla del parque de bomberos y esa sí que es una obligación, establecida por Ley, de este Ayuntamiento y por tanto entra, como digo, en los supuestos del artículo 170. Creemos que se debe de dotar presupuestariamente esas 12 plazas, entre otras cosas, por la necesidad de que existan esas 12 plazas y también ya por una cuestión de justicia con las 12 personas que se han visto inmersas en un procedimiento, tremendamente, desagradable e injusto con ellos y con sus familias. En mitad de un procedimiento de oposición se encuentran en tierra de nadie. En segundo lugar, hemos solicitado un incremento del presupuesto destinado a la limpieza y recogida de residuos, también eso es una competencia obligatoria del Ayuntamiento y entendemos que en el presupuesto lo que se ha recogido es insuficiente para mantener la calidad en la prestación del servicio como venía desarrollándose hasta ahora, es un convencimiento que tenemos, que no va a ser posible mantener esos niveles de calidad a los que estábamos acostumbrados y que, además, va a afectar a las condiciones laborales de los

Page 64: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

64

trabajadores. De ahí que solicitemos el incremento en el presupuesto que haga que la calidad siga siendo la misma que veníamos disfrutando hasta este momento y que permita la conservación de las condiciones laborales de los trabajadores. Y, la última de las reclamaciones que hemos presentado, es por un posible error o no error que iba relacionado con la aclaración que he solicitado al Interventor en la dación de cuenta del punto 3º del orden del día. Y en ese sentido es por qué se prevé la existencia de un ingreso de 600.000 € como resultado de la liquidación de la Empresa Mixta EMILSA, dado por hecho que no se va a disolver EMILSA entendemos que aquí se está fijando un ingreso de 600.000 € que no se corresponde con la realidad, según se me ha manifestado por parte del Concejal de Hacienda es un error, no se refiere a la Empresa Mixta EMILSA sino al Palacio de Congresos, pero en cualquier caso nosotros detectamos ese posible error, o ese error claro, en parte del presupuesto y de ahí viene nuestra reclamación. Dicho esto, son las tres únicas reclamaciones que presentamos con independencia de que estemos en contra del Presupuesto y de muchísimas cosas del Presupuesto y modificaríamos muchísimas de las cuestiones que en él se recogen y que, incluso, estaríamos a favor de la inmensa mayoría, por no decir todas, de las propuestas que ha hecho el Partido Socialista pero, entendemos, que no es éste el momento para realizar esas propuestas, sí que creemos que se deben de hacer, no se debe hurtar el debate político nunca jamás en un Pleno y yo ahí estoy, totalmente, de acuerdo con el Portavoz del Partido Socialista, se debe debatir, es bueno debatir y para eso estamos aquí pero, entendiendo que el art. 170 permite lo que permite, nosotros, únicamente, hemos presentado esas tres reclamaciones, insisto, sin que ello quiera decir que estamos de acuerdo con el resto del Presupuesto Municipal. A continuación y con la venia de la Presidencia hace uso de la palabra el Concejal Delegado de Hacienda y Nuevas Tecnologías, D. Agustín Rajoy Feijoo, que se expresa como sigue: Bien. Reiterar lo que acaba de exponer nuestro compañero D. Javier Chamorro, el Portavoz de la U.P.L., que la Ley dice lo que dice, hay un momento para la enmienda, la aprobación y la devolución, que es cuando se aprobó el Presupuesto inicial, ahora no toca, ni con enmiendas ni con propuestas de resolución, ahora no toca. Hay de todas formas, estas enmiendas, estas alegaciones, comisiones informativas donde caben y donde deben debatirse y plantearse pero es un momento muy anterior, ahora no toca, simplemente. En cuanto a la parte un poco más política o algunos temas que se han hablado, el primero de que es un presupuesto para la banca, en fin, es un presupuesto para los ciudadanos de León y el Ayuntamiento de León y sacarlos de la situación en la que se encontraban. El pago de la deuda ha significado un gran alivio para muchas familias leonesas, muchas de ellas venían al Ayuntamiento, cuando yo entré, llorando porque no cobraban y despedían a su gente. En fin eso de que es un presupuesto para los bancos vamos a dejarlo porque no merece

Page 65: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

65

muchos más comentarios. En cuanto al tema de bomberos está bien explicada la propuesta que hizo la Comisión Informativa. Hay un procedimiento de revisión de oficio y, además, hay un plan de obligado cumplimiento que es un plan de ajuste aprobado por el Ministerio de Hacienda en base a lo cual los bancos y el ICO nos prestaron una gran cantidad de dinero que permitió aliviar a las economías de los autónomos y empresarios que nos habían prestado servicios y suministros al Ayuntamiento. Además, Vds. mismos tenían sus propias limitaciones cuando tomaron la decisión que tomaron de iniciar esa oposición. Tenían un plan de ajuste de 2008 a 2010 que también era de obligado cumplimiento para Vds., y que no cumplieron, que les prohibía dotar esas plazas. Hay informes internos de que no había dotación presupuestaria y hay motivos suficientes, a mi juicio para iniciar la revisión de oficio que se ha iniciado. En cuanto a los gastos de la Alcaldía, bueno, una cosa es, y es un criterio de la Concejalía del equipo económico, hay que tener gastos disponibles a favor del Alcalde por si hay un acto extraordinario lo cual no quiere decir que se gasten. No destaca nuestro Alcalde por ser muy gastador, creo que la ejecución de esos gastos no llega o ronda los 500 €. En otros ejercicio he visto cerca de 1.000.000 €. En fin no creo que deba hablar mucho más del tema porque se sostiene poco. En cuanto a desahucios e ILRUV pues me sorprende un poco. Volvemos a los Arquitectos con los desahucios, no lo entiendo muy bien pero, en fin, hay una normativa, un convenio que ha salido hace poco entre la banca y la Junta de Castilla y León en la que participamos también los Ayuntamientos con personal específico formado en los CEAS, que pueden atender estos casos y, además, se pactaron por los bancos y las administraciones interlocutores únicos para no meternos todos en el medio, resolver el problema al ciudadano y no molestarle con mucha política. Ya hay un mecanismo: esperemos que funcione, lo apoyaremos y lo impulsaremos en todo lo que podamos. Yo creo que nada más. En el turno de réplica toma la palabra el Portavoz del Grupo Municipal Socialista, D. José Antonio Díez Díaz, que dice lo siguiente: Nosotros estamos haciendo propuestas políticas. Estamos diciendo, como bien dice Vd., que se quiten gastos de Alcaldía y que se destinen a ayudar a las personas que ahora mismo están en proceso de desahucio. Le decimos que nos reduzcamos el sueldo un 25 % para también ayudar a las personas que peor lo están pasando o le digo que destine la financiación incondicional de la creación de empleo. Yo le estoy hablando de política y le, insisto, el art. 170.2 no dice que esto no se pueda hacer ni siquiera dice que no se puedan admitir estas propuestas de carácter político. Dice lo que dice, otra cosa es la voluntad que cada uno tenga en ese sentido. Yo en este sentido también me sorprende que el Sr. Alcalde que es una persona que siempre se ha mostrado, de alguna manera, con voluntad, por lo menos lo que me transmite o lo que sé, de ayudar a la gente, de intentar colaborar

Page 66: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

66

con ellos y estas cuestiones me sorprende muy mucho; luego, cómo utilizan la demagogia y cómo es posible que Vds. preparen una campaña. Una campaña en la que Vds. le piden a los ciudadanos, a los trabajadores, a las familias que aporten, apelando a su buen corazón y apelando a la buena voluntad de las personas, dinero en una cuenta para luego facilitarles o ayudar a una serie de familias que lo están pasando mal. A mí de verdad me parece que eso es lamentable, o sea, yo no sé cómo Vds., de verdad, pueden pensar que pidiendo eso a esos ciudadanos que están sufriendo sus recortes en materia social, sus recortes en materia educativa, sus recortes en cualquier ámbito; ahora mismo en el que estamos desarrollando la actividad, se están viendo acometidos a subidas de impuestos, se están viendo con nuevas tasas, incrementos de multas… Vds. tienen, a mi entender, la poca vergüenza, encima, de decirles que contribuyan, -perdón Alcalde retiro lo de la vergüenza porque veo que no le ha sentado bien- a arreglar sus desaguisados. Es decir, a todos aquellos que Vds. han recortado les piden luego a los que les recortan que contribuyan para facilitar y ayudar a las personas que peor lo están pasando. La verdad es que es algo increíble. Yo ayer cuando mi niño salió del colegio y me dio las notas con las notas venía “la cartita”. Claro es una pena que no estuviera Vd. allí porque a mí me vinieron varios padres a preguntarme por esa “cartita”, ya les dije pues no sé, sé que el Alcalde vive cerca de aquí igual os lo encontráis y le podéis preguntar. Porque la gente no entiende, absolutamente, nada de eso, no entiende que Vds. estén aplicándoles recortes, que les estén subiendo impuestos y encima les pidan que contribuyan a arreglar lo que Vds. están, totalmente, dejando a un lado, aparcado. Yo creo que esto sí que es una clara demagogia. Yo lo que le pido a Vds., que no es demagogia, es que nos recortemos todos los cargos corporativos, personal de confianza y grupos políticos el 25 %, lo donemos a las personas, que son más de 200.000 € al año, lo donemos a los ciudadanos que, realmente, están en dificultad, a esas familias y a otras muchas más y que predique Vd. con el ejemplo, que aquí no estamos para caridad. Vd. no es la Iglesia Católica, Vd. es el Alcalde, el Alcalde de la ciudad, Vd. tiene que buscar propuestas y ayudar a los ciudadanos y no buscar esta demagogia que, de verdad, ayer me hubiera gustado que hubiera estado conmigo allí en el colegio cuando se me acercaron un par de padres a preguntarme por la “cartita”. Entonces yo sí que le digo que Vd. sí que practica la demagogia, la demagogia no es coger y decir que de tu sueldo, de su salario Vd. hace un esfuerzo y lo dedica a los demás. Eso no es demagogia, demagogia es la que Vd. hace para luego además hacerse una foto con las 80 familias después de lo que les están apretando y haciendo sufrir al resto de los ciudadanos. Vds. lo justifican todo con ese magnífico plan de ajuste. Ese plan de ajuste con el que todos los ciudadanos tenemos que tener un sufrimiento porque así lo dice el plan de ajuste. Tenemos que vernos sometidos por ese plan de ajuste que contempla el plan Montoro, que contempla las subidas de impuestos, las reducciones de servicios, recortes, etc. Yo le quisiera decir en este sentido que cuando el Ministerio aprobó este

Page 67: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

67

plan de ajuste, yo que recuerde no incluía la municipalización del Servicio de Basuras. No incluía tampoco 221 trabajadores en el capítulo 1, que yo recuerde, igual estoy confundido, luego me lo aclaran ¿Cómo es posible aprobar un presupuesto con un informe favorable si no incluye el plan de ajuste todas estas medidas que Vds. están adoptando o han acordado y que yo lo que veo aquí es cómo ha aplicado el 170. O sea aquí el 170, ni fu ni fa; para lo que le interesa el 170 vale, para lo que le interesa no vale. O sea para no debatir conmigo, para no tomar en cuenta las posturas o las propuestas políticas el 170, ahora para coger Vd. meter en el presupuesto partidas que no existen en el plan de ajuste cuando, realmente, sabe que, salvo autorización expresa del Ministerio, no se pueden hacer modificaciones en el capítulo 1, etc., Vd. lo hace y ese es su artículo 170. Bueno, pues me parece muy bien. Vd. con este ajuste nos pide a los ciudadanos o a la ciudad que nos hagamos el “haraquiri”, que nos recortemos de todo, que nos apretemos de todo y Vd., sin embargo, utiliza el plan de ajuste y el art. 170 como a Vd. le parece. Yo no sé, el acuerdo que ha firmado Vd., que lo tengo aquí, que lo han firmado dos Concejales suyos con competencias delegadas y que es firmado por Vd., incluye 221 trabajadores en el capítulo 1. Incluye una serie de cuestiones que yo, de verdad, no puedo entender cómo se puede hablar de ellas y firmarlas el sábado y hoy traer un presupuesto donde yo por más que miro no encuentro ninguna partida de 8 ó 9.000 millones de euros en el capítulo 1 destinada al servicio de basuras, es que no la encuentro. Entonces, Vd. me tendrá que decir cómo puede justificar eso; Vd. adopta un acuerdo y luego ese acuerdo está contra el plan de ajuste; Vd. hace un plan de ajuste que tiene que volver a rehacer, que tiene que esperar a que se lo apruebe el Ministerio y después podrá adoptar las medidas que adopte. No, pero Vd. ya firma un acuerdo, dice que lo hace; aquí en el Presupuesto no aparece. Yo creo que este presupuesto no contempla consignación presupuestaria para un acuerdo que Vd. ha adoptado el sábado. Vd. me lo tendrá que explicar a mí y a todos los ciudadanos y a los trabajadores. A ver cómo eso es posible, pero esto no es del 170, esto será de otra historia. Vd. no quiere, evidentemente, aceptar el debate político, no lo quiere aceptar porque no le interesa. Vds. tienen su forma de actuar y yo creo que en el momento en que vivimos, momentos difíciles y muy complicados, son los momentos de verdad donde en el debate político se deben plasmar las claras diferencias, las diferencias políticas ideológicas que hay entre Vds. y nosotros. Pero, claro, eso no interesa; aquí todo es economía, aquí no hay ideología y a seguir para adelante. Yo, viendo y reiterando el tema de la falta de consignación presupuestaria del acuerdo adoptado, y yo, sí, ahora apelando al 170, reclamo “in voce” que este presupuesto se retire. Amparándome en todo lo que he dicho se retire porque no cumple, absolutamente, para nada ese plan de ajuste ni lo que el Ministerio ha concedido o aprobado. A mí me gustaría ver también cuál es el informe de la Intervención respecto a ese acuerdo que tampoco lo he visto ni lo he encontrado. Ya no sólo hablar de la estabilidad presupuestaria sino hablar de cómo se realiza esto en este presupuesto que nosotros hacemos ahora ¿O es que lo van a modificar en enero? No podrán porque tendrán que mandarlo todavía al Ministerio. Yo creo que, de verdad, este

Page 68: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

68

presupuesto, con este tema, es insostenible. O sea, esto, tanto que le gustan los artículos, de verdad, yo creo que esto no es asumible. Podría hacerse, evidentemente un análisis complejo de cómo es posible que Vd. no quiera debatir, políticamente, propuestas que puedan llegar a los ciudadanos y, sin embargo, se salte el artículo con el que defiende esa falta de debate con lo que a Vd. le parece. Por lo tanto, decirle que lamento mucho no poder apoyar esta aprobación definitiva del presupuesto por todo lo que he comentado, anteriormente, y si rogarle que en el futuro se permita, a pesar del 170 o del 180, o del 169 que también dice algunas cosas que no les interesan demasiado, pues, permita el debate político, el poder confrontar las ideas, el que cada uno pueda expresar cuál es su visión o cuál es la postura que quiere adoptar respecto a los problemas que tiene la gente que para eso es para lo que, realmente, estamos aquí. Porque si aquí a lo que venimos es a decir lo que dice el plan de ajuste y a decir poco más, pues, la verdad es que yo creo que muchos no deberíamos estar aquí. Cierra el debate el Ilmo. Sr. Alcalde, D. Emilio Gutiérrez Fernández, que se expresa en los términos siguientes: Antes de proceder a la votación me van a permitir que haga algunas consideraciones sobre el presupuesto. Realmente es un presupuesto presentado en tiempo y en forma. El pasado 16 de noviembre se entregó a los grupos de la oposición. Por lo tanto hemos sido serios y rigurosos. Después de muchos años el Ayuntamiento de León dispone de un presupuesto aprobado antes de que finalice el año, por ello quiero felicitar a todo el equipo económico del Ayuntamiento de León y al responsable del mismo, a D. Agustín Rajoy Feijoo. En segundo lugar, quiero decir que es un presupuesto real. Gastos e ingresos ajustados, no como hacían y se hacía en la anterior legislatura. Quiero recordar que el presupuesto de 2008 ha sido anulado por los Tribunales de Justicia. En tercer lugar, es un presupuesto que busca la viabilidad y sostenibilidad del Ayuntamiento, de nuestro Ayuntamiento, que sigue con graves problemas económicos ya que debemos casi cuatro veces lo que ingresamos al año. En quinto lugar, es un presupuesto social, con mayúsculas, donde se prima el apoyo a las familias y a las personas más necesitadas. Solamente quiero mencionar las ayudas de emergencia que, semanalmente, se vienen aprobando en este Ayuntamiento. Y, también, quiero decir que existe un programa, precisamente, de asesoramiento y ayuda para aquellas personas que tienen problemas en desahucios. En sexto lugar, es un presupuesto comprometido con nuestra y con las necesidades de la ciudad. En séptimo lugar, es un presupuesto con el que vamos pagando deudas. Aquí parece que algunas personas siguen creyendo que se puede seguir funcionando sin pagar la deuda que se había generado anteriormente.

Page 69: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

69

El presupuesto de 2013 será de 131.000.000 € en cifras redondas. En 2010, prorrogado a 2011 fue de más de 170.000.000 € y el de 2012 fue de algo más de 134.000.000 €. Este presupuesto de 2013 tendrá un superávit aproximado de 4.000.000 €. Respecto a las enmiendas que Vds. han presentado les tengo que decir que se está incumpliendo, como también se ha dicho aquí, incluso por algún grupo de la oposición, los artículos 169 y 170 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales 2/2005, de 5 de marzo y no hurtando debates como también ha indicado el Portavoz del Partido Socialista. Porque el artículo 170 dice lo que dice y no lo que alguien quiera interpretar. Vds. tenían que haber hecho este trabajo hace un mes pero como no lo han hecho, Vds. sabrán por qué, vienen ahora a este Pleno a dar, me ha sonado en algún momento, una especie de mitin, quizás a buscar ese rédito mediático sin ánimo de colaborar de verdad en la solución de los problemas de esta ciudad. Y solamente voy a mencionar un asunto. Vd. Sr. Portavoz del PSOE tiene un doble discurso, no sé si doble moral, el único que ha mejorado sus emolumentos aquí es Vd. Dos concejales tenían una percepción, Vd. no se conformaba con una, Vd. ha cogido dos, la de los dos. Quiero decir que el único que ha mejorado aquí es Vd. Y es que, mire, en política el político que no depende de su sueldo es más libre, personalmente, e independiente de su partido. Da la circunstancia que el Alcalde es más libre porque no dependo de la política, puedo depender de mi sueldo. Vds. podían haber traído hoy a este Pleno, reclamaciones, tal y como se establece en el citado artículo 170. Las enmiendas las tenían que haber presentado en el Pleno del pasado 22 de noviembre, tal y como establece el art. 168 de la Ley de Haciendas Locales. En resumen, este equipo de gobierno está cumpliendo con los requisitos de los planes de ajuste y saneamiento aprobados en la primavera de este año y sin el cumplimiento de estos planes el Ayuntamiento no es viable. Que es lo que parece que algunos quieren que ocurra. Por ello, este Presupuesto contribuye, en primer lugar, a hacer viable el Ayuntamiento. En segundo lugar, a mantener los servicios básicos. En tercer lugar, a apoyar las políticas sociales. Y en cuarto lugar, a pagar la deuda “heredada”. Espero que el año que viene, a la hora de aprobar los presupuestos, este debate o las cosas en general sean o puedan ser de otra manera. El Portavoz del Grupo Municipal Socialista, D. José Antonio Díez Díaz, pide la palabra para contestar por alusiones. El Alcalde responde: No, estamos ya en la votación

Page 70: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

70

Terminado el turno de intervenciones se procede a votar la propuesta de la Comisión Municipal Informativa de Hacienda y Régimen Interior, en reunión celebrada el día 18 de diciembre de 2012, anteriormente transcrita, que resultó aprobada por quince votos a favor de los Concejales del Grupo Popular y doce votos en contra de los Concejales de los Grupos Socialista y Unión del Pueblo Leonés. 12.- PROPUESTA DE LOS TRES GRUPOS POLÍTICOS EN APOYO DE LOS TRABAJADORES DEL PARADOR DE SAN MARCOS.- Se da cuenta de una moción presentada por los Portavoces de los Grupos Políticos del Ayuntamiento de León en apoyo a los trabajadores del Parador de San Marcos, que se transcribe a continuación:

“Javier Chamorro Rodríguez, Portavoz del Grupo Municipal de la Unión del Pueblo Leonés, José Antonio Diez Díaz, Portavoz del Grupo Municipal Socialista y José María López Benito, Portavoz del Grupo Municipal Popular, de conformidad con la legislación sobre régimen local vigente, desean someter a la consideración del Pleno del Ayuntamiento de León la siguiente

MOCIÓN

El Parador de San Marcos es un edificio emblemático de esta ciudad, siendo una de las señas de identidad no sólo de la propia cadena de establecimientos hoteleros sino de la ciudad de León. La red de Paradores ha conseguido promocionar nuestra ciudad a nivel nacional e internacional a través de la imagen del Parador de San Marcos, siendo éste uno de los principales reclamos turísticos de nuestro municipio.

La creación de la empresa pública Paradores de España S.A. supuso desde su origen una herramienta eficaz para cumplir distintos objetivos: el mantenimiento en un estado óptimo de conservación de edificios singulares del patrimonio nacional, la promoción turística de las localidades donde se ubican los paradores y la creación y mantenimiento de una marca de prestigio, sinónimo de calidad en la oferta turística de España a nivel internacional.

Siempre ha existido una estrecha relación entre el parador de San Marcos y el Ayuntamiento de León, que se ha concretado en distintos convenios de colaboración y en actuaciones conjuntas que han resultado muy beneficiosas para la imagen de la ciudad y para el impulso del sector turístico, especialmente con la realización de eventos congresuales así como de actividades culturales, gastronómicas y sociales.

La calidad del Parador de San Marcos como establecimiento hotelero, el único calificado de cinco estrellas gran lujo en la ciudad de León, es reconocida nacional e internacionalmente con galardones y distintivos, entre otros la Q de Calidad Turística, que le acredita como uno de los mejores hoteles asentados en España.

Page 71: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

71

Las dificultades económicas y la situación que atraviesa Paradores de España S.A. ha llevado a esta empresa a anunciar medidas que pueden afectar a la plantilla y a los proyectos de futuro del Parador de San Marcos de León.

Los grupos políticos con representación en el Ayuntamiento de León, sensibles ante esta situación solicitamos:

Que el Pleno del Ayuntamiento de León manifieste su respaldo a la labor desempeñada por todos los profesionales que desarrollan su trabajo en el Parador de San Marcos de León, reclamando el mantenimiento de todos los puestos de trabajo y la viabilidad del establecimiento. Igualmente, reclamamos las inversiones necesarias para que el parador de San Marcos siga siendo un referente dentro de la cadena hotelera y un elemento dinamizador del sector turístico de nuestra ciudad.”

Interviene el Ilmo. Sr. Alcalde, D. Emilio Gutiérrez Fernández, para decir No sé si hay intervenciones o con total contundencia este Pleno apoya a los trabajadores en los términos que se ha leído y con total contundencia, también, este Pleno solicita las inversiones necesarias para relanzar o para modernizar paradores, como se recoge en este acuerdo al que se ha llegado de los tres grupos políticos que configuran esta Corporación Municipal. Seguidamente por el Pleno Municipal se procede a votar la moción de los Grupos Políticos del Ayuntamiento de León en apoyo a los trabajadores del Parador de San Marcos, trascrita anteriormente, que es aprobado por unanimidad de todos los miembros. 13.- DACIÓN DE CUENTA DE ACUERDOS DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL Y DECRETOS DE LA ALCALDÍA Y DE LAS CONCEJALÍAS DELEGADAS.- Quedó enterado el Pleno Municipal de la relación de acuerdos de la Junta de Gobierno Local y Decretos de la Alcaldía y Concejalías Delegadas dictados desde el 19 de noviembre de 2012 hasta la fecha de la convocatoria de esta sesión. 14.- RUEGOS Y PREGUNTAS.- No se formularon.

Finaliza el Ilmo. Sr. Alcalde, D. Emilio Gutiérrez Fernández, diciendo: Antes de concluir esta sesión plenaria, Señoras, Señores Concejales, Concejalas, quiero felicitarles y desearles una Feliz Navidad y un próspero Año Nuevo. Que nos veamos en el 2013.

Page 72: SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL DIA 21 DE ... · Dª Isabel Carrasco Lorenzo. 2.- DACIÓN CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDIA-PRESIDENCIA.- ... “Con fecha 13 de Noviembre

72

Y no habiendo más asuntos que tratar, la Presidencia dio por terminada la Sesión a las doce horas y quince minutos, de la que se extiende la presente acta, de todo lo cual, como Secretaria, doy fe