separaciones dañinas y divorcios - dra. perez buacar - 2009
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divorcios y separaciones dañinasTRANSCRIPT
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PLURALISMO EN FORMAS DE FAMILIA
DIFERENTES PERCEPCIONES
Estática Dinámica
Dra. Yolanda N. Pérez Buacar & Dra. Ruth Viviana Basso
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CADENA COMPLEJA DE TRANSICIONES FAMILIARES
Modelo de Familia Nuclear
Por Ruptura Hogar Monoparental
Una nueva unión Familia Ensamblada
Por Viudez Hogar Monoparental
Dra. Yolanda N. Pérez Buacar & Dra. Ruth Viviana Basso
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Familias Ensambladas
(o Bifocales)
Parentalidad Biológica y Psicosocial
Los nuestros Los míos y los tuyos
Vínculos fraternos de hermanos bilaterales o unilaterales
Hermanos y hermanastros
Etiquetas peyorativas: madrastra, padrastro, etc.
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Desencadenantesde
Conflictos Familiares
Falta de respeto por ex-parejas
Discriminación de hermanos y
hermanastros
Falta de comunicación
Interrogatorios insidiosos
Mentir a los menores
Impedir visitas familiares (ex-
parejas)
Hostilidad contra la flia
ampliada
Falta de respeto a los abuelos
Dra. Yolanda N. Pérez Buacar & Dra. Ruth Viviana Basso
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ESPÍAS
ALIADOS
COBRADORESVERDUGOS
REHENES
JUECES
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NO USAR A
LOS HIJOS COMO
DILEMA: ¿PARTIR O COMPARTIR?
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FAMILIAComo Arte de la CONVIVENCIA
LIMITES (son reglas de esa convivencia)
PROYECTO (supone afecto, seguridad, Compromiso)
SUPERACIÓN DE MIEDOS Y PREJUICIOS(terapia)
Dra. Yolanda N. Pérez Buacar & Dra. Ruth Viviana Basso
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La presencia del padre
(ej. de avión bimotor)
Modelo forjador de identidad
Agente de contención
Soporte material
Capital social
Múltiples estrategiasDe supervivencia de la mujer sola
Actividad laboral
Ayuda familiar
Ayudas públicas
Disminución del nivel de vida
Sobrecarga de roles
Interrumpe perfeccionamientos
Insuficiencia de la cuota alimentaria
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MIRADA SOCIAL sobre la Posición de la Mujer
HORA DE BALANCES
Avances con discriminaciónLegislación
Conducción
Qué ganó la mujer
Derechos
Libertades
Decisiones
Qué perdió
Salud
Tic-tac biológico
Recarga de obligaciones
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Datos objetivos (sobre la mujer):
+ del 50% de la población, + del 50% universidades, +30% del aparato productivo. Gremios: 80% de afiliadas pero conducidos por hombres
La mujer pretende
complementarse
SIEMPRE CON
el hombre
NO
contra el hombre
Complementarse
Vivenciar la reciprocidad
ROLES FIJOS NO, SINO COMPARTIDOS (Cursos prematrimoniales, técnica doméstica para ambos sexos)
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CONCUBINATO(Convivencia estable y singular)
Limitación Jurídicade los Concubinos en comparación con los cónyuges
No se deben
alimentos
fidelidad
asistencia
No son herederos
No pueden adoptar conjuntamente
Pueden celebrar entre sí los Contratos prohibidos a los esposos
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CONCUBINOS
CARENCIAL
UNIÓN LIBRE Indiferente
FORZOSO porque subsiste el ligamen
UTÓPICO no aceptan intromisión del Estado en su vida privada
carece de motivación p/rito civil
económicamente precaria, deficitaria
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CARACTERES(Es un matrimonio aparente sin vínculo jurídico)
CONVIVENCIA UNICIDAD
PÚBLICO PERMANENCIA
Lecho
mesa
SINGULAR
baño
notorio LEALTAD
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SE DEBE DIFERENCIAR EL CONCUBINATO
DE
Unión precaria
Noviazgo con cohabitación
Amistad con sexo
Principio de vida en común
El concubinato no implica la existencia de una sociedad de hecho.
No hace nacer un condominio
Errores en los
encuadres jurídicos
Para probar la existencia de una sociedad de hecho:
Aportes Participación en las ganancias y pérdidas
Affectio societatis (art.1648 C.C.)
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CÓDIGO CIVIL (abstencionista)
Arts. 202, inc. 1º; 214: concubinato como causal de divorcio
Arts.210, 218: Divorciada que percibe alimentos, si se concubina pierde el derecho
Art. 211: pierde la atribución de la vivienda si se concubina
Art. 223, inc. 1º: matrimonio anulado
Art. 312: no pueden adoptar en forma conjunta
Art. 3573: matrimonios in extremis
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La Legislación argentina está a medio camino entre el abstencionismo y la regulación
Consideran al concubinato:
las leyes de Jubilaciones y Pensiones
las obras sociales
las locaciones
transplante de órganos
violencia familiar
riesgos del trabajo
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PRUEBAS EN CONTRA DEL CONCUBINATO
RELACIÓN PASAJERA
DESAVENENCIAS
DISTANCIAMIENTO FRECUENTE
CARECEN DE DESCENDENCIA
UNIÓN CIRCUNSTANCIAL
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Paulatino reconocimiento social y legal de los concubinos
Continúan con locación de vivienda
Cobran indemnización laboral
Cobran indemnizacion por muerte accidental
Derecho a pensión
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La ley no sanciona la convivencia sin matrimonio pero sí la pena el art.1078 CC
Daño moral: no
Daño psicológico: sí
1078 colisiona la reparación plena e integral del daño, desconoce a la concubina el dolor por perder la seguridad y tranquilidad
Dra. Yolanda N. Pérez Buacar & Dra. Ruth Viviana Basso