señor: juez de reparto | oficina de apoyo · prueba de conocimientos básicas y funcionales ......

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Señor: J u e z d e reparto | OFICINA DE APOYO E. S. D. 2 3 JUL 2018 JESÚS ENRIQUE QUIJANO C, identificada con la cédula de ciudadanía No. 79408070 expedida en Bogotá D,C, residente en Bogotá D.C., obrando en causa propia, por medio del presente escrito presento a usted acción de tutela contra la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL -CNSC-, la UNIVERSIDAD DE PAMPLONA y el SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE -SENA-, para que se me protejan mis derechos fundamentales a la igualdad, trabajo, el debido proceso, buena fe y acceso al desempeño de funciones y cargos públicos, previstos en los artículos 13, 25, 29, 83 y 125 de la Constitución Política, vulnerados por las entidades tuteladas y se ordene modificar los resultados de la prueba de conocimientos básicas y funcionales en el concurso abierto de méritos adelantado por las citadas entidades para proveer definitivamente los empleos vacantes del Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, - "Convocatoria No. 436 de 2017 - SENA", de acuerdo con los siguientes 1. Realicé inscripción para el cargo de instructor - OPEC 58632 en el concurso abierto de méritos para proveer definitivamente los empleos vacantes del Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, - "Convocatoria No. 436 de 2017 - SENA". 2. El 6 de mayo de 2018, en Bogotá D.C. en la Institución Universitaria Los Libertadores Bloque Bolívar, salón 525 presenté la prueba escrita sobre Competencias Básicas, Funcionales y Comportamentales, para acceder para el cargo instructor OPEC 58632 3. El 25 de mayo de 2018, a través de la plataforma Web SIMO, la CNSC y la Universidad de Pamplona, publicaron los resultados de la prueba escrita sobre Competencias Básicas, Funcionales y Comportamentales. En la prueba de Competencias Básicas, Funcionales obtuve un puntaje de 63.70. El resultado obtenido afectó negativamente mis expectativas de continuar en el proceso de concurso abierto de méritos para el cargo de instructor OPEC 58632, del Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, - "Convocatoria No. 436 de 2017 - SENA", ya que, para continuar en el concurso debía obtener mínimo 65 puntos en la mencionada prueba. 4. De conformidad con el hecho anterior, y que las preguntas planteadas en la evaluación de conocimientos básicos y funcionales para el cargo de Instructor - OPEC 58632, en un porcentaje importante e influyente en el resultado, no correspondieron con la preparación que realicé para presentarme a la prueba ni con mis conocimientos profesionales y experiencia en el cargo para el que estoy concursando, dentro del término legal correspondiente, presenté reclamación en el marco del Documento Compilatorio de los Acuerdos Contentivos de la Convocatoria No. 436 de 2017, para conocer el cuadernillo de la prueba y hoja de respuestas. En consecuencia, el 23 de Junio de 2018, realicé cotejo de mis respuestas frente a la hoja de respuestas consideradas correctas por la Universidad de Pamplona, para la prueba escrita sobre Competencias Básicas, Funcionales y Comportamentales, que presenté en virtud a la convocatoria No. 436 de 2017-SENA. HECHOS

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S e ñ o r : J u e z d e r e p a r t o | OFICINA DE APOYO E. S. D. 2 3 JUL 2018

JESÚS ENRIQUE QUIJANO C, identificada con la cédula de ciudadanía No. 79408070 expedida en Bogotá D,C, residente en Bogotá D.C., obrando en causa propia, por medio del presente escrito presento a usted acción de tutela contra la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL -CNSC-, la UNIVERSIDAD DE PAMPLONA y el SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE -SENA-, para que se me protejan mis derechos fundamentales a la igualdad, trabajo, el debido proceso, buena fe y acceso al desempeño de funciones y cargos públicos, previstos en los artículos 13, 25, 29, 83 y 125 de la Constitución Política, vulnerados por las entidades tuteladas y se ordene modificar los resultados de la prueba de conocimientos básicas y funcionales en el concurso abierto de méritos adelantado por las citadas entidades para proveer definitivamente los empleos vacantes del Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, - "Convocatoria No. 436 de 2017 -SENA", de acuerdo con los siguientes

1. Realicé inscripción para el cargo de instructor - OPEC 58632 en el concurso abierto de méritos para proveer definitivamente los empleos vacantes del Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, - "Convocatoria No. 436 de 2017 -SENA".

2. El 6 de mayo de 2018, en Bogotá D.C. en la Institución Universitaria Los Libertadores Bloque Bolívar, salón 525 presenté la prueba escrita sobre Competencias Básicas, Funcionales y Comportamentales, para acceder para el cargo instructor OPEC 58632

3. El 25 de mayo de 2018, a través de la plataforma Web SIMO, la CNSC y la Universidad de Pamplona, publicaron los resultados de la prueba escrita sobre Competencias Básicas, Funcionales y Comportamentales. En la prueba de Competencias Básicas, Funcionales obtuve un puntaje de 63.70. El resultado obtenido afectó negativamente mis expectativas de continuar en el proceso de concurso abierto de méritos para el cargo de instructor OPEC 58632, del Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, - "Convocatoria No. 436 de 2017 - SENA", ya que, para continuar en el concurso debía obtener mínimo 65 puntos en la mencionada prueba.

4. De conformidad con el hecho anterior, y que las preguntas planteadas en la evaluación de conocimientos básicos y funcionales para el cargo de Instructor - OPEC 58632, en un porcentaje importante e influyente en el resultado, no correspondieron con la preparación que realicé para presentarme a la prueba ni con mis conocimientos profesionales y experiencia en el cargo para el que estoy concursando, dentro del término legal correspondiente, presenté reclamación en el marco del Documento Compilatorio de los Acuerdos Contentivos de la Convocatoria No. 436 de 2017, para conocer el cuadernillo de la prueba y hoja de respuestas. En consecuencia, el 23 de Junio de 2018, realicé cotejo de mis respuestas frente a la hoja de respuestas consideradas correctas por la Universidad de Pamplona, para la prueba escrita sobre Competencias Básicas, Funcionales y Comportamentales, que presenté en virtud a la convocatoria No. 436 de 2017-SENA.

HECHOS

5. Dentro de la oportunidad legal, presenté ampliación de la reclamación de la prueba escrita sobre Competencias Básicas y Funcionales, frente a los ítems que presentaban yerros de redacción, ambigüedad en sus características sintácticas y semánticas, ausencia de respuesta correcta, preguntas con varias opciones correctas, lo cual, a la hora de seleccionar la respuesta, inducía al error al evaluado. Otros ítems, presentaron desaciertos porque la respuesta clave (acertada o correcta) para la Universidad de Pamplona, no correspondía con la respuesta correcta (ejemplo pregunta No 61 competencias funcionales), el grado de especificidad, pertinencia, contenido y validez de los saberes evaluados, desbordaban el componente de conocimientos básicos y funcionales, ya que no se encontraban en el marco del material institucional o ejes temáticos señalados como temas de evaluación para las competencias básicas y funcionales, en el nivel de instructor de Gestión de Mercados, en algunas preguntas funcionales del tema de mercadeo las opciones de respuesta se basaron solo en definiciones reduccionistas, de un sola bibliografía, cuando estos conocimientos son más amplios en diversas fuentes, aceptaron como verdad absoluta una sola definición y bibliografía. Así las cosas, según el caso de cada pregunta, se solicitó: validar la respuesta correcta (pregunta 61 competencias funcionales), admitir las opciones de respuesta correcta por mí reclamada, retirar los ítems con ambigüedad de mi calificación o retirarlos del cuadernillo de preguntas en las OPEC del cargo instructor. Además que se observó no hubo unificación de criterios para las respuestas dadas a las diferentes reclamaciones

6. La COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL, a través de la Universidad de Pamplona, frente a la solicitud presentada y señalada en el hecho anterior, en su contestación, se remite a reproducir parcialmente los artículos 28 y 29 del Acuerdo No. CNSC 20171000000116 del 24-07-2017 y a numerar que "Para el proceso de elaboración de las pruebas, la Universidad de Pamplona contó con varios puntos de control para el proceso, los cuales se pueden dividir básicamente en procedimientos de seguridad y procedimientos técnicos y metodológicos", temas que no fueron objeto de la reclamación, y sin embargo; no se pronunció de fondo y de manera satisfactoria frente a los aspectos puntuales de la reclamación. En este sentido, en su conclusión señala que los ítems están bien elaborados y en consecuencia se mantiene la calificación valorada.

7. La CNSC, La Universidad de Pamplona el Servicio Nacional de aprendizaje SENA, vulneraron el principio de la buena fe de las actuaciones de las entidades estatales, dado que como concursante, se señalaron como referente para la preparación y presentación de esta prueba, los ejes temáticos mostrados en la tabla 1.

Tabla 1. Ejes temáticos nivel instructor. Pruebas de conocimientos básicos y Funcionales.

1 . E j e s T e m á t i c o s -C o m p e t e n c i a s b á s i c a s .

2 . E jes t e m á t i c o s -C o m p e t e n c i a s F u n c i o n a l e s .

R E S O L U C I O N N U M E R O 1458 . P o r la c u a l s e a c t u a l i z a e l M a n u a l E s p e c í f i c o d e F u n c i o n e s y d e C o m p e t e n c i a s L a b o r a l e s p a r a l o s e m p l e o s d e la P l a n t a de P e r s o n a l d e l S e r v i c i o N a c i o n a l d e A p r e n d i z a j e - S E N A

1.1 N i v e l e s A s e s o r -P r o f e s i o n a l -I n s t r u c t o r .

2 .3 N i v e l I n s t r u c t o r

A n e x o - E m p l e o s d e l n i v e l I n s t r u c t o r

Derecho Admin is t ra t i vo P e d a g o g í a y D idáct ica para la Fo rmac ión Pro fes iona l

1. Estructura del sistema educativo nacional. 2. Formación profesional: Definición institucional, fundamentos y características. 3. Contexto social, productivo y tecnológico para la formación profesional: Caracterización del sector, análisis funcional, planes de desarrollo nacional, regional, territorial y sectorial. 4. Sujeto de formación: Características sociales y económicas, estilos y ritmos de aprendizaje. 5. Interacción con el sujeto deformación: Comunicación, asesoría, acompañamiento, mejoramiento pedagógico 6. Diseño curricular: Marco conceptual, características y tipos según niveles de formación, metodologías, procesos y

Cód igo Ún ico Disc ip l inar io

P e d a g o g í a y D idáct ica para la Fo rmac ión Pro fes iona l

1. Estructura del sistema educativo nacional. 2. Formación profesional: Definición institucional, fundamentos y características. 3. Contexto social, productivo y tecnológico para la formación profesional: Caracterización del sector, análisis funcional, planes de desarrollo nacional, regional, territorial y sectorial. 4. Sujeto de formación: Características sociales y económicas, estilos y ritmos de aprendizaje. 5. Interacción con el sujeto deformación: Comunicación, asesoría, acompañamiento, mejoramiento pedagógico 6. Diseño curricular: Marco conceptual, características y tipos según niveles de formación, metodologías, procesos y

Par t i c ipac ión C i u d a d a n a

P e d a g o g í a y D idáct ica para la Fo rmac ión Pro fes iona l

1. Estructura del sistema educativo nacional. 2. Formación profesional: Definición institucional, fundamentos y características. 3. Contexto social, productivo y tecnológico para la formación profesional: Caracterización del sector, análisis funcional, planes de desarrollo nacional, regional, territorial y sectorial. 4. Sujeto de formación: Características sociales y económicas, estilos y ritmos de aprendizaje. 5. Interacción con el sujeto deformación: Comunicación, asesoría, acompañamiento, mejoramiento pedagógico 6. Diseño curricular: Marco conceptual, características y tipos según niveles de formación, metodologías, procesos y

Ges t ión de Proyec tos

P e d a g o g í a y D idáct ica para la Fo rmac ión Pro fes iona l

1. Estructura del sistema educativo nacional. 2. Formación profesional: Definición institucional, fundamentos y características. 3. Contexto social, productivo y tecnológico para la formación profesional: Caracterización del sector, análisis funcional, planes de desarrollo nacional, regional, territorial y sectorial. 4. Sujeto de formación: Características sociales y económicas, estilos y ritmos de aprendizaje. 5. Interacción con el sujeto deformación: Comunicación, asesoría, acompañamiento, mejoramiento pedagógico 6. Diseño curricular: Marco conceptual, características y tipos según niveles de formación, metodologías, procesos y

S i s t emas de Ges t ión Integral

P e d a g o g í a y D idáct ica para la Fo rmac ión Pro fes iona l

1. Estructura del sistema educativo nacional. 2. Formación profesional: Definición institucional, fundamentos y características. 3. Contexto social, productivo y tecnológico para la formación profesional: Caracterización del sector, análisis funcional, planes de desarrollo nacional, regional, territorial y sectorial. 4. Sujeto de formación: Características sociales y económicas, estilos y ritmos de aprendizaje. 5. Interacción con el sujeto deformación: Comunicación, asesoría, acompañamiento, mejoramiento pedagógico 6. Diseño curricular: Marco conceptual, características y tipos según niveles de formación, metodologías, procesos y

T \ t

procedimientos, estructura, competencias, capacidades, conocimientos, configuración de perfiles de ingreso y egreso. 7. Desarrollo Curricular: Definición, características y elementos según niveles de formación, instancias, secuenciación didáctica, ordenamiento de actividades y productos. 8. Didácticas de la formación: Definición, tipos y características según población sujeto, niveles de formación y modalidades de atención. 9. Planeación didáctica: Lineamientos, referentes, elementos, principios, productos, condiciones (espacio educativo, número de personas, tiempos de formación, asesoría y acompañamiento); materiales y recursos didácticos (definición, características, clases, y aplicaciones). 10. Pedagogía para la formación profesional: Modelo y estrategias. 1 1 . Proceso de enseñanza y aprendizaje: Características, elementos, ambiente educativo, procedimiento, instancias y contexto de la especialidad a impartir. 12. Manual de enseñanza y aprendizaje en la formación profesional. 13. Evaluación del aprendizaje: Definición, principios, propósitos, tipos (diagnóstica, formativa y sumativa) características (según población sujeto, modalidad de atención y nivel de formación); técnicas e instrumentos (tipos, características, procedimientos), estructura de pruebas de evaluación y bancos de preguntas; procedimiento e instancias de evaluación de aprendizaje. 14. Evaluación de la formación (proceso, producto e impacto): Definición, propósito, técnicas e instrumentos, 15. Investigación aplicada, técnica y pedagógica: Definición, características, tipos, metodología, métodos, técnicas y procedimientos; formulación y planteamientos de problemas. 16. Informática aplicada al proceso de formación profesional: Fundamentación y operación en su desempeño laboral. 17. Sistema integrado de gestión para la formación profesional SENA: Definición, componentes, relaciones, procesos, procedimientos e instrumentos, marco normativo.

C o n t r a t a c i ó n E s t a t a l Ges t ión de M e r c a d o s

1. Fundamentos de mercado: Concepto de mercado, tipos de mercado, oferta y demanda de productos, indicadores económicos generales. 2. Conceptos de direccionamiento estratégico: Misión, visión, políticas, objetivos, metas, estrategias, tácticas y actividades; entorno empresarial, micro y microambiente, matrices y herramientas de diagnóstico. 3. Inteligencia de mercados: Información base para la toma de decisiones, tendencias de mercado, análisis de la competencia, proveedores y fuerzas gubernamentales. 4. Comportamiento del consumidor: Perfil de clientes, competidores, consumidores y usuarios, necesidades, gustos, hábitos, deseos, motivos e intereses; momentos en el proceso de compra. Neuromarketing. 5. Segmentación de mercados: Tipos de segmentación; variables de segmentación, minería de datos, análisis del comportamiento del segmento. 6. Investigación de mercados: Tipos de investigación, problema de investigación, objetivos, datos cualitativos y cuantitativos, fuentes de información, estadística descriptiva, muestreo, métodos de recolección, hallazgos e informes de investigación. 7. Plan de mercadeo: - Variables de mercadeo -mezcla de mercadeo, indicadores clave de desempeño (Key Performance Indicators), indicadores financieros, pronostico y presupuesto de ventas. 8. Precio: Tipos de precio, métodos y técnicas de fijación de precio, factores que inciden en la fijación, estrategias de fijación de precios. 9. Canales de Distribución (place): Estrategias, políticas y tipos de distribución, tipos de canales, cobertura de mercado; formatos comerciales; costos y gastos asociados a la distribución, tipos de intermediarios. 10. Producto y servicios: Ciclo de vida del producto, pruebas de mercado, características del producto, marca, empaques, envases y embalaje, ficha técnica de los productos, desarrollo de nuevos productos, portafolio de productos, reciclaje de empaques y envases. 11 .Exhibición de productos: Espacios, distribución en planta, planimetría, diseño de stand, tipos merchandising, contratación de espacios, puntos fríos y callentes, material POP, técnicas y estrategias de exhibición, vitrinismo. 12. Promoción y publicidad: Comunicación, contactos comerciales, medio de comunicación, tipos de campañas, relaciones públicas, organización de eventos comerciales; CRM, marketing directo, medios masivos. 13. Comercio electrónico, Tipos de comercio electrónico, social media, modelos de negocio on-llne.

C o n s t i t u c i ó n P o l í t i c a Ges t ión de M e r c a d o s

1. Fundamentos de mercado: Concepto de mercado, tipos de mercado, oferta y demanda de productos, indicadores económicos generales. 2. Conceptos de direccionamiento estratégico: Misión, visión, políticas, objetivos, metas, estrategias, tácticas y actividades; entorno empresarial, micro y microambiente, matrices y herramientas de diagnóstico. 3. Inteligencia de mercados: Información base para la toma de decisiones, tendencias de mercado, análisis de la competencia, proveedores y fuerzas gubernamentales. 4. Comportamiento del consumidor: Perfil de clientes, competidores, consumidores y usuarios, necesidades, gustos, hábitos, deseos, motivos e intereses; momentos en el proceso de compra. Neuromarketing. 5. Segmentación de mercados: Tipos de segmentación; variables de segmentación, minería de datos, análisis del comportamiento del segmento. 6. Investigación de mercados: Tipos de investigación, problema de investigación, objetivos, datos cualitativos y cuantitativos, fuentes de información, estadística descriptiva, muestreo, métodos de recolección, hallazgos e informes de investigación. 7. Plan de mercadeo: - Variables de mercadeo -mezcla de mercadeo, indicadores clave de desempeño (Key Performance Indicators), indicadores financieros, pronostico y presupuesto de ventas. 8. Precio: Tipos de precio, métodos y técnicas de fijación de precio, factores que inciden en la fijación, estrategias de fijación de precios. 9. Canales de Distribución (place): Estrategias, políticas y tipos de distribución, tipos de canales, cobertura de mercado; formatos comerciales; costos y gastos asociados a la distribución, tipos de intermediarios. 10. Producto y servicios: Ciclo de vida del producto, pruebas de mercado, características del producto, marca, empaques, envases y embalaje, ficha técnica de los productos, desarrollo de nuevos productos, portafolio de productos, reciclaje de empaques y envases. 11 .Exhibición de productos: Espacios, distribución en planta, planimetría, diseño de stand, tipos merchandising, contratación de espacios, puntos fríos y callentes, material POP, técnicas y estrategias de exhibición, vitrinismo. 12. Promoción y publicidad: Comunicación, contactos comerciales, medio de comunicación, tipos de campañas, relaciones públicas, organización de eventos comerciales; CRM, marketing directo, medios masivos. 13. Comercio electrónico, Tipos de comercio electrónico, social media, modelos de negocio on-llne.

P r e s u p u e s t o P ú b l i c o

Ges t ión de M e r c a d o s

1. Fundamentos de mercado: Concepto de mercado, tipos de mercado, oferta y demanda de productos, indicadores económicos generales. 2. Conceptos de direccionamiento estratégico: Misión, visión, políticas, objetivos, metas, estrategias, tácticas y actividades; entorno empresarial, micro y microambiente, matrices y herramientas de diagnóstico. 3. Inteligencia de mercados: Información base para la toma de decisiones, tendencias de mercado, análisis de la competencia, proveedores y fuerzas gubernamentales. 4. Comportamiento del consumidor: Perfil de clientes, competidores, consumidores y usuarios, necesidades, gustos, hábitos, deseos, motivos e intereses; momentos en el proceso de compra. Neuromarketing. 5. Segmentación de mercados: Tipos de segmentación; variables de segmentación, minería de datos, análisis del comportamiento del segmento. 6. Investigación de mercados: Tipos de investigación, problema de investigación, objetivos, datos cualitativos y cuantitativos, fuentes de información, estadística descriptiva, muestreo, métodos de recolección, hallazgos e informes de investigación. 7. Plan de mercadeo: - Variables de mercadeo -mezcla de mercadeo, indicadores clave de desempeño (Key Performance Indicators), indicadores financieros, pronostico y presupuesto de ventas. 8. Precio: Tipos de precio, métodos y técnicas de fijación de precio, factores que inciden en la fijación, estrategias de fijación de precios. 9. Canales de Distribución (place): Estrategias, políticas y tipos de distribución, tipos de canales, cobertura de mercado; formatos comerciales; costos y gastos asociados a la distribución, tipos de intermediarios. 10. Producto y servicios: Ciclo de vida del producto, pruebas de mercado, características del producto, marca, empaques, envases y embalaje, ficha técnica de los productos, desarrollo de nuevos productos, portafolio de productos, reciclaje de empaques y envases. 11 .Exhibición de productos: Espacios, distribución en planta, planimetría, diseño de stand, tipos merchandising, contratación de espacios, puntos fríos y callentes, material POP, técnicas y estrategias de exhibición, vitrinismo. 12. Promoción y publicidad: Comunicación, contactos comerciales, medio de comunicación, tipos de campañas, relaciones públicas, organización de eventos comerciales; CRM, marketing directo, medios masivos. 13. Comercio electrónico, Tipos de comercio electrónico, social media, modelos de negocio on-llne.

j 14. Técnicas de ventas y negociación: Toma de decisiones, tipos de negociación, tipos de acuerdo comercial, características del servicio al cliente, condiciones de negociación, momentos del

l proceso de venta.

Fuente: Construcción propia. Guía de Orientación al Aspirante. Pruebas escritas de Competencias Básicas, Funcionales y Comportamentales. Convocatoria No 436 de 2017. Servicio Nacional de Aprendizaje. Listado de ejes temáticos. Páginas 2, 82-83. Disponible en: h t t p s : / / w w w . c n s c . q o v . c o / D o c u m e n t a c i o n C N S C / C o n v o c a t o r i a s 2 0 1 7 / 4 3 6 S E N A / G u i a s / e j e s 2 . p d f . Y Reso luc ión N ú m e r o 1458 de 2 0 1 7 . Por la cua l se ac tua l iza el Manua l Especí f i co de Func iones y de C o m p e t e n c i a s Labora les para los e m p l e o s de la P lanta de Persona l del Serv ic io Nac iona l de Ap rend i za je - S E N A . A n e x o - E m p l e o s del n ivel Instructor. D ispon ib le en :

En este orden de ideas, como concursante, se me indicó que "La prueba sobre competencias básicas, evalúa los niveles de dominio sobre los saberes básicos y sobre lo que todo servidor público, al servicio del Estado debe conocer de este", pero, conforme a lo descrito en el hecho No. 5 los ítems reclamados presentan un grado de especificidad y conocimiento que difieren ostensiblemente de los "saberes básicos de un servidor público y funcionales para el cargo de instructor", tal como se puede apreciar en la siguiente explicación:

Preguntas Competencias básicas:

Eje t e m á t i c o

R e s p u e s t a C N S C - U n i v e r s i d a d d e P a m p l o n a .

O b s e r v a c i o n e s a la r e s p u e s t a d e la C N S C y U n i v e r s i d a d d e P a m p l o n a .

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Pregunta 8. La opción D es la correcta, porque el Numeral 4 del Artículo 2.2.1.1.2.1.1 del Decreto 1082 de 2015, establece que si el contrato es de concesión, la entidad estatal no debe publicar el modelo financiero utilizado en su estructuración. En relación a la proposición A no es correcta, porque el Numeral 4 del Artículo 2.2.1.1.2.1.1 del Decreto 1082 de 2015, establece que si el contrato es de concesión, la entidad estatal no debe publicar el modelo financiero utilizado en su estructuración.

La respuesta de la Universidad desestimó mis argumentos referentes a retirar esta pregunta del cuestionario aplicado a mi OPEC, por presentar un grado de especificidad del ítem que no estaba acorde con los ejes temáticos y nivel de conocimiento requerido en esta temática para el nivel de instructor (ver anexo ampliación de la reclamación a la Universidad de Pamplona), o en su defecto hacer diferenciación porcentual a la calificación asignada a este ítem, aplicando la discriminación positiva, mencionada en el derecho constitucional y fundamental a la igualdad, no resulta equitativo asignar el mismo valor porcentual al nivel instructor que a los niveles asesores y profesional. Así las cosas, en su respuesta se limita a indicar el argumento de la respuesta clave para ellos y el por qué mi opción de respuesta no era la correcta, denegando mi pretensión sin ningún tipo de argumentación legal referida a mi petición, dado que no se estaba reclamando la validez de la pregunta, sino la pertinencia de la pregunta para el perfil del cargo de instructor. Pero, es importante mencionar aquí que, en la respuesta dada a un concursante para cargo similar pero, diferente OPEC, la CNSC y la Universidad de Pamplona le refirieron: "Sub tema: es tud ios previos y p l iegos de cond i c i ones " Lo anterior, denota la especificidad del ítem, contraviniendo lo señalado respecto de que estos ítems buscan evaluar los niveles de domin io sobre los saberes bás icos.

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En la pregunta N°10 Enunciado del ítem Según la Constitución Política de Colombia, la paz se considera un Clave: C Justificación de la clave: La opción C es la clave, porque es lo dispuesto en el Artículo 22 de la Constitución Política de Colombia, el cual establece que "La paz es un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento."

En mi reclamación solicité se validara mi opción de respuesta, asignándole un valor porcentual, dado que mi respuesta también es cierta, en este orden de cosas, hay tres respuestas que son verdad, cada uno con un peso porcentual diferente. La CNSC y la Universidad de Pamplona, se remite solo a colocar el artículo 22 de la constitución, pero esto no contesta mi reclamación, por ello solicito que se verifique mi argumentación, para dar respuesta y se dé como válida mi respuesta seleccionada.

I 1

Preguntas prueba conocimientos funcionales:

Eje temático: Gestión de Mercados - Pedagog ía y Didáct ica para la Fo rmac ión Pro fes iona l y espec í f i cos técn icos

Eje t e m á t i c o

R e s p u e s t a C N S C - U n i v e r s i d a d d e P a m p l o n a .

O b s e r v a c i o n e s a la r e s p u e s t a d e la C N S C y U n i v e r s i d a d d e P a m p l o n a .

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Número de la pregunta: 1

Enunciado del ítem: Del mercadeo se desprende el término mercado, que se define como: Clave: A Justificación de la clave: La opción A es la clave, porque el mercado hace referencia a ios consumidores, segmento, target group que están dispuestos, quieren y pueden comprar un producto o un servicio para la satisfacción de sus necesidades.

La universidad no dio respuesta a mi petición, tan solo se limitó a emitirme como respuesta la consideración de, porque era esa la respuesta acertada, en este sentido, la CNSC y la universidad de Pamplona se está sesgando a una sola definición, y a una sola fuente, la cual no menciona y no tuvo en cuenta mi argumentación debidamente referenciada, pues en su respuesta no se refiera a esta, desestimando así, mi petición, a la vez que en su respuesta omitió dar un argumento que justificara la negación de mi pretensión.

Ge

stió

n d

e M

erc

ad

os

Número de la pregunta: 8

Enunciado del ítem: Un segmento de mercado debe cumplir con ciertas características, particularmente, la accesibilidad se refiere:

Clave: B

Justificación de la clave: La opción B es la clave, porque la accesibilidad se refiere al balance que una empresa hace con base en la prospección del segmento y a su vez define la posibilidad de llegar a dicho segmento. Un segmento debe cumplir con las características de mensurabilidad, magnitud, oportunidad y operatividad.

La respuesta de la Universidad desestimó mis argumentos referentes a retirar esta pregunta del cuestionario aplicado a mi OPEC, por presentar un grado de especificidad del ítem que no estaba acorde con los ejes temáticos y nivel de conocimiento requerido en esta temática para el nivel de instructor (ver anexo ampliación de la reclamación a la Universidad de Pamplona). Al punto que, en el manual de funciones área temática de Gestión de Mercados del SENA en los Conocimientos básicos o esenciales en cuanto a los específicos (Técnicos), en el tema de Segmentación solo se debió preguntar por los temas de: Tipos de segmentación, variables de segmentación, minería de datos, y análisis del comportamiento del segmento. El tema de características al que pertenece el término de accesibilidad no está contemplado en este manual, por lo tanto no debió ser tenido en cuenta para formular una pregunta de este tema.

La petición de anular esta pregunta de mi calificación, me fue negada, sin analizar los argumentos expresados por mí, debidamente citados y referenciados, y no me contestaron frente al manual de funciones área temática de Gestión de Mercados del SENA. Por lo anterior solicito a la universidad de Pamplona que se me dé respuesta acorde a las razones expuestas y se anule la pregunta en mención.

Número de la pregunta: 34

Enunciado del ítem:

Una empresa usa vahos intermediarios en su canal de distribución para obtener mayor cobertura y abastecer el mayor número de puntos de venta; en este caso desarrolla canales

Clave: D

Justificación de la clave:

La opción D es la clave, porque el canal de distribución largo está compuesto por más de dos intermediarios, lo que facilita el tránsito de los productos desde el fabricante hasta el detallista favoreciendo la obtención del producto por parte del consumidor.

La respuesta emitida por la Universidad de Pamplona, desconoce la reclamación realizada en cuanto a que la pregunta tenía error en la redacción y en el contenido gramatical del enunciado de la pregunta. De otra parte, se hizo un análisis a la redacción de la pregunta, de la que se concluyó que su redacción infería a error, por lo que, en caso de no ser aceptada la petición anterior, se solicitó anular la pregunta; pero en este sentido, la Universidad tampoco se pronunció, faltando así a su deber legal de dar respuesta completa a las peticiones formuladas por los reclamantes.

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Número de la pregunta: 44

Enunciado del ítem:

Los tipos de evidencias que identifican los logros de los aprendices, son de Clave: A

Justificación de la clave:

La opción A es la clave, porque así se establece en el documento Procedimientos para la Ejecución de Acciones de Formación Profesional Integral que plantea que dichas evidencias son de conocimiento y desempeño, incluyendo dentro de esta última las de proceso y producto.

En este caso la universidad de Pamplona solo acudió a un aparte de un documento institucional, desconociendo otros documentos oficiales que amplían el tema mencionado, los cuales referencio en mi reclamación (Ver anexo reclamación argumentación pregunta 44 preguntas funcionales), y que permiten inferir que mi respuesta también es correcta.

Número de la pregunta: 43

Enunciado del ítem:

El Modelo Pedagógico del SENA plantea un nuevo enfoque del proceso evaluativo de los aprendizajes alcanzados por los aprendices, el cual se denomina

Clave: D

Justificación de la clave:

La opción D es la clave, porque así se establece en el documento Modelo Pedagógico de la Formación profesional integral del SENA, el cual hace énfasis en la participación del aprendiz en la evaluación y garantiza el autoaprendizaje

Se solicitó que se anulara la pregunta del proceso de evaluación, porque inducía a error desde su concepción, razón por la cual en la ampliación de la reclamación se argumentó con los referentes y lineamientos institucionales, la interpretación equivocada de la lectura de un párrafo de un documento institucional, sin tener en cuenta todo el contexto de la evaluación de la Formación Profesional Integral del SENA, por tanto la pregunta en su redacción, y posterior interpretación genera un margen de error, para elegir o no elegir alguna de las dos opciones.

Es decir que la respuesta de la universidad de Pamplona, otra vez se limita a señalar como válida su respuesta clave (con el error señalado), sin hacer referencia o pronunciarse de manera alguna a la solicitud planteada.

Número de la pregunta: 61

Enunciado del ítem:

En el plan de mejoramiento acordado con un aprendiz se ha concertado la recolección de nuevas evidencias en un tiempo determinado, las cuales no son soportadas por el aprendiz; ante esta situación el instructor

Clave: C

Justificación de la clave:

La opción C es la clave, porque según el "Procedimiento para la ejecución de acciones de formación profesional integral", una vez se incumple el plan de mejoramiento, el Instructor debe reportar la novedad, mediante el diligenciamiento de formatos establecidos

La justificación de la universidad de Pamplona para denegar esta pregunta, es errada, no se ajusta a lo que dice el documento que cita, ("Procedimiento para la ejecución de acciones de formación profesional integral) el cual está publicado en el SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN Y AUTOCONTROL en la plataforma compromiso, del SENA, al revisar este documento no hace mención a lo que preguntan en el enunciado, frente a plan de mejoramiento, ni se observa la justificación de la universidad de pamplona, a su vez que no justifica porque mi opción de respuesta no es la válida.

8. Durante la prueba no se dieron todas la condiciones requeridas para la presentación de la prueba, tal como se dio a conocer oportunamente el día de la presentación de la prueba y en la reclamación presentada a la CNSC y Universidad de Pamplona, por ejemplo, el día de la prueba no se me suministró información del formulario o formato de preguntas dudosas que debió suministrar el Jefe de Salón según lo ha establecido la Comisión Nacional del Servicio Civil, mi salón asignado para la presentación de la prueba fue el 525 de la Institución Universitaria Los Libertadores Bloque Bolívar Bogotá D.C.; al. hacer la solicitud al Jefe de Salón, este y el líder del

I t •

proceso, manifestaron que no estaba contemplado, En este sentido, la Universidad en su respuesta no se pronunció respecto a esta queja.

9. En consecuencia, a la reclamación presentada, no se modificó la calificación a favor de las 4 preguntas reclamadas como correctas, ni se anuló de mi calificación las 4 preguntas con errores en los enunciados, ratificándose el puntaje registrado en la plataforma SIMO, es de 63,70 para las pruebas básicas y funcionales con reporte el día 2018-07-13. Resultado que, acorde a lo señalado en el hecho No 3, sigue resultando desfavorable a mis expectativas de continuar en el concurso, resultado que hubiese sido diferente, si la Universidad hubiese acogido en derecho mis pretensiones.

lO.Teniendo en cuenta que la CNSC y la Universidad de Pamplona en su escrito de respuesta menciona que: "Contra esta decisión que resuelve la reclamación contra los resultados obtenidos en la prueba de COMPETENCIAS BASICAS, FUNCIONALES Y COMPORTAMENTALES, no procede ningún recurso quedando en firme la misma." Y que el concurso de méritos tiene unas fechas establecidas para cada etapa del proceso, resulta la acción de tutela el mecanismo pertinente por su celeridad en el amparo de los derechos a mí vulnerados, en el presente concurso.

Por lo anterior, Señor Juez, considero y reitero que se vulneran mis derechos fundamentales a la igualdad, trabajo, el debido proceso, y los constitucionales de buena fe y acceso al desempeño de funciones y cargos públicos, previstos en los artículos 13, 25, 29, 83 y 125 de la Constitución Política, respectivamente, por la falta de calificación o ponderación correcta en la calificación de las preguntas reclamadas, en las que se evidencia inconsistencia en las respuestas emitidas a las solicitudes realizadas en la reclamación interpuesta.

JURAMENTO

En cumplimiento del requisito del artículo 38 del Decreto 2591 del 19 de noviembre de 1991, bajo la gravedad del Juramento manifiesto que no he formulado acción de tutela por los hechos antes relatados.

PRUEBAS

Solicito al Señor Juez, se sirva tener como tales y darle pleno valor probatorio a las siguientes:

1. Copia de la reclamación y ampliación de la reclamación presentada ante la CNSC en apllcativo SIMO.

2. Copia de la respuesta a mi reclamación contra los resultados de las pruebas de Competencias Básicas, Funcionales y Comportamentales. Radicado N°: 139504323 -142393244.

PRETENSIONES

1. Que se corrija la calificación registrada en el SIMO de (63,70) al anular (retirar) del cuestionario y asignar puntaje porcentual a las opciones de respuesta de las preguntas reclamadas por los errores presentados durante la presentación de la prueba y en la redacción de los ítems, mencionados en los hechos 1 a 9.

)

I 1

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Considero que me ha sido violado el derecho a la igualdad definido en la Constitución Política de Colombia, Artículo 13.

Lo anterior con fundamento en el artículo 28 del Documento Compilatorio de los Acuerdos Contentivos de la Convocatoria No. 436 de 2017 SENA, el cual establece en su Artículo 28° que la ponderación de las pruebas se establecería previamente, cosa que no se ha efectuado por parte de las guías de la comisión ni por la universidad de pamplona.

Ello tiene relación con el principio de legalidad (Art. 29 C.N.) ya que no se supo con antelación los porcentajes de la ponderación de las preguntas básicas y funcionales, hecho que se junta a la ausencia de información clara, precisa, y específica sobre las formas de evaluar este tipo de preguntas.

Todo lo anterior pone una irregularidad grave en la calificación de mi prueba, ya que como lo demostré en el hecho 6 de esta reclamación, tengo muchas más preguntas correctas que las que la calificación registrada en el SIMO no me otorgó.

Atendiendo a la posibilidad de solicitar una protección temporal y previa, a los derechos violentados y para evitar un perjuicio irremediable, conforme lo consagrado en el artículo 7 del Decreto 2591 del 19 de noviembre de 1991, solicito al honorable Señor Juez, que se decrete provisionalmente y de manera cautelar. LA SUSPENSIÓN DE LA "CONVOCATORIA No. 436 de 2017 - SENA" a fin de evitar que se me retire de la lista de instructores que presentarán la prueba técnico pedagógica, que es la fase siguiente del concurso, por cuanto resultará ineficiente la tutela de los derechos pedidos en protección, porque el concurso quedará definido y terminado para todos los participantes, incluidos los que se encuentren en tránsito de tutela, haciendo intrascendente el fallo y la protección concedida.

La suscrita puede ser notificada en la Secretaría del Juzgado, o en la Diagonal 182 No 20 - 17 interior 6 apartamento 11-22, de esta ciudad de Bogotá D.C.

La parte accionada recibirá notificación así: la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL en la Carrera 16 No.96-64, Piso 7, Bogotá D.C. Colombia; El SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE -SENA- en la Calle 57 No. 8-69 Bogotá D.C. y la UNIVERSIDAD DE PAMPLONA, en la Calle 71 No. 11-51 de la ciudad de Bogotá D.C

Atentamente,

M E D I D A S P R O V I S I O N A L E S

NOTIFICACIONES

Correo! [email protected] Teléfono: 3166912421

Bogotá, 31 de mayo de 2018

Señores Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC E.S.D.

A S U N T O :

R E C L A M A C I Ó N contra el resultado de mi prueba Escrita de Competencias Básicas, Funcionales y Comportamentales dentro de la convocatoria 436 de la convocatoria 436 de 2017 Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA

Respetados señores:

J E S Ú S E N R I Q U E Q U D A N O C A I C E D O , identificado como aparece al pie de de mi correspondiente firma, inscrita(o) en la convocatoria 436 de 2017 Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, OPEC 58632 informo a ustedes por medio de este escrito y dentro de la oportunidad previamente establecida 1 en Acuerdo No. CNSC - 20171000000116 del 24 de julio de 2017 y sus modificaciones, QUE presento ante ustedes R E C L A M A C I Ó N formal frente a los resultados que la CNSC me comunicó el día 25 de mayo de 2018 con respecto a mi prueba Escrita de Competencias Básicas, Funcionales y Comportamentales dentro de la Convocatoria en referencia, en razón a que:

i) los resultados que por medio de esta reclamación controvierto no corresponden con mis conocimientos, experiencia y la preparación que realicé para presentarme a dicha prueba

ii) Muchas de las preguntas que se formularon en desarrollo de la prueba, no correspondían a los lineamientos de la Guía de Orientación al Aspirante diseñada para la presentación de prueba Escrita de Competencias Básicas, Funcionales y Comportamentales, en el entendido de que esta, también es parte de las reglas del concurso

1 Inciso 2 articulo 34 Acuerdo No. CNSC - 20171000000116: El plazo para realizar las reclamaciones es de cinco (5) días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de los resultados, en consonancia con lo establecido en el artículo 13 del Decreto Ley 760 de 2005.

iii) Las siguientes son algunos ejemplos de preguntas que me generaron dudas e inquietudes sobre su pertinencia, respecto de la Guía de Orientación al Aspirante diseñada para la presentación de prueba Escrita de Competencias Básicas, Funcionales, igualmente describo ambigüedades en su formulación:

• En una pregunta de competencias básicas me generó confusión, y considero que es ambigua, pues dos opciones contenían respuestas que eran verdad, la pregunta se refería al tema de la paz en su artículo 22 de la constitución, en esta había dos opciones que contenían lo correcto, en una decía que la paz es un derecho y un deber, y en otra decía que la paz era un deber, si bien la primera es más completa, la segunda también es correcta, porque no se puede decir que la afirmación que dice que la paz es un deber, es algo incorrecto.

• En las preguntas de contratación estatal, sobre terminación de un contrato, me genero confusión pues según normativa estudiada hay modos normales y anormales para la terminación de contratos, en las opciones de respuesta había varias formas de terminación- que eran correctas.

• En el Manual Especifico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la Planta de Personal del Servicio Nacional de Aprendizaje, en las Competencias Laborales Funcionales, en los Conocimientos Básicos o Esenciales en su parte de Específicos (Técnicos), no contempla ni figura el concepto de Producto Mercado, que en mercadeo específicamente se conoce como Matriz de Ansoff, sobre este concepto se formuló una pregunta, este tema a nivel tecnológico el SENA no lo maneja, pues es de un nivel de alta dirección, igualmente se formuló una pregunta que se relacionó con la Matriz de Boston que tampoco está contemplada en los conocimientos básicos y esenciales.

• Sobre el Manual Especifico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la Planta de Personal del Servicio Nacional de Aprendizaje, en las Competencias Laborales Funcionales, en los Conocimientos Básicos o Esenciales en su parte de Generales (Pedagógicos y Didácticos), se hacen preguntas sobre evaluación, que son ambiguas pues se prestan para diversas interpretaciones, teniendo en cuenta que en los conceptos de producto o desempeño, dentro de

ellos están implícitos los demás, ejemplo cuando un aprendiz presenta un producto, allí está implícito el desempeño y el conocimiento y en un desempeño está implícito el conocimiento (Evaluación del Aprendizaje Blanca López Frías, 2005, Editorial Trillas), este tipo de preguntas me generaron confusión y afectaron mi desempeño.

• Sobre el mismo manual mencionado en el numeral anterior, se formuló una pregunta que mencionaba sobre que se debe hacer cuando un colegio que maneja articulación, no tiene un salón disponible para atender aprendices del SENA, me queda la duda si esto son funciones esenciales, o pertenece a competencias laborales, funcionales, conocimiento pedagógico y didáctico, pues las opciones de respuestas apuntaban a aspectos operativos, como terminar el convenio, o buscar un salón en el SENA entre otras. Además, esta pregunta me parece sesgada hacia los concursantes que trabajan, o han trabajado en áreas del SENA que tienen que ver con articulación con la media técnica (colegios).

Al acceder a la prueba podré ver con más precisión la composición de cada pregunta y opciones de respuesta, además de otras preguntas con características similares, que afectaron mi desempeño en la prueba. Aclaro que es muy difícil recordar el número de las preguntas, teniendo en cuenta que el día de la prueba no era permitido ingresar elementos adicionales como hojas o celulares.

Así las cosas, con el propósito de materializar una revisión y reclamación eficaz, imparcial y objetiva sobre el resultado cuestionado a ustedes expresamente MANIFIESTO LA NECESIDAD DE ACCEDER A LA PRUEBA Y SU CALIFICACIÓN de conformidad con el procedimiento establecido para tal fin en el Acuerdo 20161000000086 del 4 de mayo de 2016

Q U I J A N O C A I C E D O l i o , 7)9408070

OffEG 5 8 6 3 2 D I R E C C I O N D i agona l 1 8 2 N° 20 17 int, 6 apto 11 -22 Emai l i q u i i a no c@rn i s ena . edu . co Celu lar 3 1 6 6 9 1 2 4 2 1

RECLAMACIÓN SOBRE PRUEBAS BÁSICAS, FUNCIONALES Y COMPORTAMENTALES

SEÑORES COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL UNIVERSIDAD DE PAMPLONA

REF. RECLAMACIÓN SOBRE PRUEBAS BÁSICAS, FUNCIONALES, Y COMPORTAMENTALES. CONVOCATORIA 436 DE 2017.

RECLAMANTE: Jesús Enrique Quijano Caicedo

Jesús Enrique Quijano C mayor de edad, vecino de esta ciudad, identificado con c e . No 79408070, obrando en representación propia, interpongo RECLAMACIÓN sobre la evaluación de PRUEBAS BÁSICAS, FUNCIONALES, Y COMPORTAMENTALES realizada el día 06 de mayo, en el marco de la convocatoria No 436 de 2017, y sobre la cual se solicitó la presentación del cuadernillo de respuestas a la Comisión Nacional del Servicio Civil para efectos de la presente reclamación, y que tiene como términos para presentarse los días 25 y 26 de junio, reclamación que presento con base en los siguientes

HECHOS

1. Que presenté las pruebas para el cargo de instructor OPEC 58632 en Bogotá, en la Fundación Universitaria los Libertadores, bloque Bolívar, salón 525

2. Que para el día de la prueba no se me suministró el formulario o formato de preguntas dudosas que debió suministrar el Jefe de Salón según lo ha establecido la Comisión Nacional del Servicio Civil.

3. Que la calificación registrada en la plataforma SIMO para las pruebas básicas y funcionales fue de 63.70

4. Que la calificación registrada en la plataforma SIMO para las pruebas comportamentales fue de 84.37

5. Que revisado el cuadernillo de respuestas suministrado por la Comisión Nacional de Servicio Civil se tiene que se me evaluó mal por lo siguiente:

PREGUNTA NUMERO 8 PRUEBA BASICA

Respuesta del reclamante en la prueba

A. Atenderá la solicitud y le hará entrega del respectivo modelo financiero

Respuesta CNSCN/Unipamplona CLAVE

D. No está obligado a publicar el modelo financiero utilizado en su estructuración

Argumentación de la reclamación para solicitar anulación

La formulación y especificidad de la pregunta, requiere para su resolución un conocimiento técnico y especializado en materia de contratación estatal y experiencia en la ordenación del gasto, al punto que la pregunta se formuló concretamente con base en el Decreto 1082 de 2015. "Artículo 2.2.1.1.2.1.1. Estudios y documentos previos". En esta pregunta, no se tuvo en cuenta que para el nivel de instructor dentro de los ejes temáticos para las competencias básicas se señaló como tema "Contratación estatal", sin indicar subtemas tan específicos. En este orden de ideas, el dominio de los conocimientos relativos al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública señalado en la Ley 80 de 1993 y la Ley 1150 de 2007 modificatoria de la Ley 80, son pertinentes y suficientes para un servidor público que va a desarrollar las competencias y funciones del cargo de instructor de la OPEC 58632.

Por lo anterior, en aplicación al principio de equidad, respetuosamente solicito se retire o anule esta pregunta para el cargo de instructor de la OPEC 58632, dado que no puede ser equivalente el grado de complejidad, especificidad y profundidad del conocimiento requerido para los niveles asesor y profesional, comparado con los requisitos de formación académica del nivel instructor.

PREGUNTA NUMERO 9 PRUEBA BASICA

Respuesta del reclamante en la prueba

Ante la omisión de los padres no se considera vulnerado ningún derecho

Respuesta CNSCN/Unipamplona Clave

Se ha vulnerado el derecho al libre desarrollo de la personalidad

Argumentación de por qué debe ser anulada de mi calificación de prueba:

Pregunta que dentro del campo semántico induce al error por la imposibilidad de compresión lógica del contexto, dado que los distractores no corresponden con el enunciado de la pregunta; por lo tanto, no es viable responder correctamente lo demandado. Se señala el distractor "B" referido a la vulneración del derecho al libre desarrollo de la personalidad como la clave válida, lo cual no es cierto para el caso

planteado, porque éste es un derecho conexo y derivado del derecho a la "personalidad jurídica" contemplado en el artículo 14 de la Constitución Política.

En este sentido, y en apoyo a mi sentir, es importante revisar y tener en cuenta que, en distintas ocasiones, durante el estudio de casos parecidos y en una situación similar a la planteada en la pregunta de la referencia (específicamente el caso de la Sentencia T-329A de 2012, que se refiere a una persona que, solicita la expedición de la cédula de ciudadanía y le es negada por la Registraduría Civil; la persona se encuentra detenida por las autoridades por el delito de hurto, y no pudo ser debidamente identificada, pues no contaba con un documento de identidad, tarjeta de identidad o registro civil de nacimiento porque sus padres nunca lo inscribieron en el registro civil de nacimiento), todo el análisis del caso giro en torno al "derecho fundamental a la personalidad jurídica", considerándolo como un derecho exclusivo de la persona natural (Sentencia T-476 de 1992) que implica condiciones tales como el nombre, la nacionalidad, la capacidad para contraer obligaciones y adquirir derechos y el estado civil, por ende es esencial para que la persona pueda asegurar y acceder al ejercicio continuo y libre de muchos otros derechos, entre ellos el libre desarrollo de la personalidad (Corte Constitucional. Sentencias T 240 y T 421 de 2017). Así las cosas, para que se vulnere el derecho al libre desarrollo de la personalidad, primero se requiere el reconocimiento de la personalidad jurídica. Así se demuestra a la luz del derecho, que el distractor "B " de esta pregunta no es el correcto.

De otra parte, el distractor "A" hace referencia a la "personería jurídica", el cual siguiendo la definición del artículo 633 del Código Civil, denomina persona jurídica, a una persona ficticia, capaz de ejercer derechos y contraer obligaciones civiles, y de ser respetada judicial y extra judicialmente" (Sentencia T-476 de 1992), por ende, en principio, el distractor "A" no podría ser considerado como respuesta válida. Sin embargo, tratándose de las personas naturales por vía jurisprudencial la Corte Constitucional en diversas sentencias, le ha dado el mismo trato a las expresiones "personería jurídica" y "personalidad jurídica" (Sentencia SU696/15. Numeral 5.3). En este orden de ideas, dependiendo del grado de conocimiento que se tenga en materia de derecho constitucional y en derechos humanos fundamentales, el distractor "A" tiene dos interpretaciones diferentes y excluyentes; por tal razón, comedidamente solicito se anule la pregunta para la prueba de la OPEC en la que estoy concursando ya que ninguna de las cuatro opciones de respuesta es válida.

De acuerdo a lo anterior solicitó esta pregunta, me sea anulada de la calificación de mi prueba

Pregunta N°10 pruebas básicas Respuesta del reclamante en la prueba-Un deber Respuesta CNSCN/ Unipamplona Derecho y deber

Argumentación de por qué debe ser considerada correcta:

La constitución en su artículo 22 dice "La paz es un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento" en este caso tres de las opciones que presenta la prueba de Unipamplona en esta pregunta son ciertas, pues una dice que es un deber, otra que es un derecho y hay una tercera que manifiesta que es un derecho y deber, si bien en la constitución expresa que la paz es un derecho y un deber, la una no es excluyente de la otra, por lo tanto decir que la paz es un deber, o que la paz es un derecho son afirmaciones ciertas, que no conllevan a que quien lo manifieste este diciendo algo incorrecto. Por lo anterior solicito a que se le dé una puntuación a cada una de las opciones

mencionadas, en mi calificación de esta pregunta, de tal manera que la opción seleccionada por mi (Un deber) sea tenida en cuenta como válida.

Pregunta N ° l pruebas funcionales Respuesta del reclamante en la pruéba­l os productos ofrecidos en un mercado establecido Respuesta CNSCN/ Unipamplona El conjunto de consumidores que están dispuestos a comprar un producto

Argumentación de por qué debe ser considerada correcta:

La bibliografía para el concepto de mercado es numerosa en marketing, por lo tanto, considero que no se puede sesgar a una sola definición, en el SENA la bibliografía es general y existen autores muy importantes que científicamente definen este concepto de manera mas amplia, por ejemplo Jerome MacCarthy y William D, Perreault en su libro Marketing un Enfoque Global, 13 edición Editorial Me Graw- Hill en su capítulo 1, La función del Marketing en la economía global, define en la página 14 el termino de mercado de la siguiente manera: "¿Qué es el mercado? Se refiere al grupo de consumidores potenciales con necesidades similares que están dispuestos a intercambiar algo de valor con los vendedores que ofrecen bienes, servicios o ambas cosas", luego dice "Esto se puede hacer en forma directa en un lugar físico (Por ejemplo, en un mercado de agricultores)."

De acuerdo con lo anterior al manifestar que el mercado se define "Conjunto de consumidores que están dispuestos a comprar un producto" como lo dice Unipamplona y es correcto, pero igualmente cuando se dice que el mercado se define "Los productos ofrecidos en un mercado establecido", también es una definición cierta, porque esta en el contexto de lo que es un mercado, esto porque éste concepto en su concepción más completa, muestra que está compuesto por consumidores, vendedores y un lugar físico donde se da el intercambio.

Por lo anterior, solicito respetuosamente, que la respuesta que seleccione, (Los productos ofrecidos en un mercado establecido) sea tenida en cuenta como válida.

Pregunta N°8 pruebas funcionales Respuesta del reclamante en la prueba-A las barreras que la empresa decide sobrepasar con el objetivo de captar clientes potenciales Respuesta CNSCN/ Unipamplona Grado en que la empresa concentra sus esfuerzos de mercadotecnia en el segmento seleccionado Argumentación de por qué debe ser anulada de mi calificación de prueba:

La respuesta seleccionada como correcta por la universidad de Pamplona, genera confusión frente a lo que se maneja en las definiciones de los textos sobre la accesibilidad en el tema de segmentación, para ello presento tres definiciones de tres documentos de marketing, el primero es el de Ricardo Fernández Valiñas, editorial Mac Graw-Hill, quien en el Capítulo 2, el subtítulo Características de un segmento de mercado, afirma sobre accesibilidad que un segmento "Debe ser accesible, o sea se debe llegar al público integrante de manera sencilla". En otro documento denominado Marketing y más, autor Mad Comunicación de editorial de Confemetal _Madrid España afirma en su capítulo 7, en el subtítulo "Requisitos necesarios para segmentar de forma efectiva en la página 362, afirma lo siguiente sobre la "Accesibilidad": "Los segmentos deben ser de fácil acceso por parte de las empresas interesadas, en servirles o dirigirse a ellos, esto implica un conocimiento de hechos tales como donde adquieren normalmente los productos los consumidores incluidos en cada segmento, cuando los adquieren (horarios, días, componentes estacionales, medios de comunicación a los que se encuentran expuestos)." Robert Dvoskin en su libro de Fundamentos de Marketing, editorial Granica de Buenos Aires, afirma sobre los criterios para una segmentación efectiva define la accesibilidad de la siguiente forma:

"Los segmentos elegidos deben ser accesibles a las actividades de marketing, un segmento al que no sea posible llegar con esta estrategia, ya sea por motivos geográficos, o temporales, por falta de exposición a los medios de difusión existentes, o por falta de exposición a los medios de difusión existentes, o por factores referidos, a las características del negocio, no puede definirse como segmento objetivo" Anexo De estas definiciones se entiende que en segmentación la accesibilidad, se trata del acceso, de llegar, y de conocer el segmento, las claves u opciones de respuesta dadas por Unipamplona, no se refiere a estos aspectos, e induce a confusión.

De otro lado en el manual de funciones área temática de Gestión de Mercados en los Conocimientos básicos o esenciales en cuanto a los específicos (Técnicos) numeral 5 dice que sobre la Segmentación de Mercados: se debe tener en cuenta los Tipos de segmentación, variables de segmentación, minería de datos, y análisis del comportamiento del segmento, en este caso la accesibilidad no corresponde con ninguno de los anteriores pues éste concepto esta contemplado en los criterios para segmentar y las características de un segmento, que son diferentes a los mencionados, por lo tanto la accesibilidad no debió ser tenida en cuenta en las preguntas de la prueba funcional por Unipamplona, por cuanto el manual no obliga al instructor a dominar este concepto.

Por los motivos anteriores solicito respetuosamente me sea anulada esta pregunta en la calificación de mi prueba.

PREGUNTA NUMERO 11 PRUEBA FUNCIONAL

Respuesta del reclamante en la prueba

a. El proceso de diseño de nuevos productos para nuevos mercados. Respuesta CNSCN/Unipamplona Clave d. la creación de nuevos productos para los mercados actuales de la empresa

Argumentación de por qué debe ser anulada de mi calificación de prueba:

La pregunta está mal redactada y carece de información al enunciar "En las estrategias de producto- mercado, se identifica el desarrollo de producto como"; es una pregunta que genera confusión por su planteamiento y al mismo tiempo genera confusión en las respuestas. Al colocar en la pregunta estrategia de producto-mercado genera confusión y es incorrecto ya que el desarrollo de productos se debe preguntar desde una alternativa estratégica que es la "matriz de oportunidades estratégicas" que acopla productos y mercados.

Fuente libro Marketing Lamb, Hair, McDaniel, sexta edición, Charles W. Lamb Jr., Joseph F. Hair, Jr., Cari McDaniel. Editorial Thomson Learning, México, 2002. Capítulo 2 Pág. 40 y 41

Por lo anterior solicito sea anulada esta pregunta en mi prueba por carecer de la información necesaria para contestarla correctamente.

Pregunta N°34 pruebas funcionales Respuesta del reclamante en la prueba-Intensivos Respuesta CNSCN/ Unipamplona Largos Argumentación de por qué debe ser considerada correcta:

El enunciado de la pregunta no es claro en su forma gramatical, e induce al que contesta a confundirse pues al final de este enunciado usa la palabra "desarrollan" que indica una acción, pues es un verbo conjugado, y la respuesta que seleccionan es nlargo"que habla de una composición, es decir se refiere a una "forma" de cómo deben ser estos los canales, que pueden ser largos o cortos, para este caso sería más pertinente utilizar palabras que conllevan a identificar una forma, como decir, estos canales se denominan largos o cortos y no se generaría la confusión.

De otro lado la palabra "desarrollan" al ser un verbo se refiere más a la distribución con canales intensivos, que nos indica como se hace, es decir busca llegar a la mayoría de los puntos de venta para tener mas cobertura. En este orden de ¡deas la forma gramatical del enunciado me llevo a escoger la opción intensivos. Por los motivos anteriores solicito muy respetuosamente que la opción que seleccione se considere válida para mi calificación de la prueba.

Pregunta N°40 pruebas funcionales Respuesta del reclamante en la prueba-Trimestres Respuesta CNSCN/ Unipamplona Módulos Argumentación de por qué debe ser anulada de mi calificación de prueba: Según el documento del procedimiento de diseño curricular código GFPI-P-001, establecido en el aplicativo compromiso del sistema integrado de gestión y autocontrol SIGA, en el numeral 1 de las generalidades se establece: "Todos los programas de formación del SENA se diseñan con el enfoque para desarrollo de competencias, deben ser pertinentes, tener identificada y proyectada la demanda, cumplir con la política del SENA y la normatividad vigente que permitan asegurar las condiciones de calidad para la formación." Como se puede observar en la estructura de un programa de formación ofertado y orientado actualmente; por lo cual se concluye que ninguna de las opciones de respuesta está de acuerdo con el proceso de diseño curricular vigente y en consecuencia con la estructura de los programas. Fuente: http://compromiso.sena.edu.co/documentos/vista/descarga.php?id=1169

Por lo anterior solicito se anule esta pregunta de mi la evaluación de mi prueba porque ninguna de las opciones de respuesta colocadas por la universidad de Pamplona es válida.

Pregunta N°44 pruebas funcionales Respuesta del reclamante en la prueba Conocimiento y desempeño Respuesta CNSCN/ Unipamplona Desempeño y producto Argumentación de por qué debe ser considerada correcta:

Según el documento del procedimiento de ejecución de la formación profesional integral código GFPI-P-006, establecido en el aplicativo compromiso del sistema integrado de gestión y autocontrol SIGA, en el numeral 5 Orientar las actividades de aprendizaje en su descripción dice en uno de sus apartes: De acuerdo a lo establecido en las guías de aprendizaje y en las Guías para desarrollar el proceso formativo GFPI-G-013, oriente asesore acompañe permanentemente a los aprendices, en el desarrollo de las actividades de aprendizaje (presenciales, virtuales y a distancia) teniendo en cuenta el reconocimiento de aprendizajes previos, los estilos y ritmos de aprendizaje, de sus aprendices y necesidades individuales promoviendo el aprendizaje significativo, la

i

solución creativa de problemas, el desarrollo de estrategias para el desarrollo autónomo, el uso de las Tic y el trabajo colaborativo, planeando acciones de refuerzo y apoyo que motiven y fundamenten al aprendiz para el desarrollo de competencias, resaltando la importancia del portafolio de evidencias de aprendizaje como instrumento, de autorregulación informando como deber ser administrado, y como serán los mecanismo de evaluación, teniendo en cuenta que ésta es permanente, y de carácter cualitativo. Es importante señalar que los resultados de aprendizaje son integradores de conocimiento y habilidades, su logro se tipifica en evidencias de conocimiento, actuación y desempeño y de producto, los cuales deben incluirse en el portafolio de evidencias del aprendiz, según las actividades a desarrollar dispuestas en la guía de aprendizaje. Fuente: http://compromiso.sena. edu.co/documentos/vista/descarga.php?id=1340

Igualmente, en la Guía de Desarrollo Curricular código GFPI -G-012, que se encuentra en el aplicativo compromiso del sistema integrado de gestión y autocontrol SIGA, en el numeral 4. DEFINICIONES dice lo siguiente:

Evidencias de aprendizaje: Pruebas manifiestas de aprendizaje recobradas directamente en el proceso de formación. Son recolectadas con la orientación del instructor utilizando métodos técnicas e instrumentos de evaluación seleccionados, según sean evidencias de conocimiento, de desempeño, (de proceso y producto, permitiendo reconocer los logros obtenidos por el aprendiz en términos del saber, saber hacer y del ser.

Fuente: http://compromiso.sena.edu.co/documentos/vista/descarga.php?id=1306

De acuerdo a lo anterior se puede observar claramente que las evidencias de aprendizaje con los que se identifican logros de aprendizajes son de conocimiento, desempeño y producto, por lo tanto, las opciones de respuesta Desempeño conocimiento es correcta y la seleccionada por mi Desempeño y producto también es correcta. Por lo anterior solicito respetuosamente, que la respuesta que seleccione, (Desempeño y producto) sea tenida en cuenta como válida.

PREGUNTA NUMERO 43 PRUEBA FUNCIONAL

Respuesta del reclamante en la prueba

Formativa

Respuesta CNSCN/Unipamplona Clave

Formadora

Argumentación de por qué debe ser anulada de mi prueba.

El enunciado de la pregunta se controvierte debido a que no presenta dentro las opciones una respuesta que tome de manera amplia y completa la naturaleza de la Formación profesional integral en cuanto al manejo de un tema tan amplio en sus concepciones y desarrollo institucional, como lo es la evaluación. Y que por el contrario se reduce a un solo elemento que no recoge de manera idónea la pretensión de la evaluación, como una de las acciones que establece la formación profesional integral, contemplada ampliamente el modelo pedagógico institucional del SENA . En este sentido a continuación se enuncia la presentación de la pregunta en los

términos más acercados a la formulación de la pregunta que realizó la Universidad de pamplona en el cuaderno de respuestas suministrado en la prueba realizada, para luego pasar a exponer a los argumentos que permiten controvertir el contenido de las opciones de respuesta ofrecidas, y por ello mismo entrar a defender el hecho de que conducen a una interpretación errónea de acuerdo a la forma como se encuentran enunciadas. El enunciado de la pregunta conduce a elegir entre respuestas que ofrecen tres opciones desconociendo de fondo que el Modelo pedagógico del SENA , y su documentación desarrollada plantea que en la evaluación de los aprendizajes se debe tener en cuenta la relación que existen para la formación profesional integral entre el Instructor y el Aprendiz, como los sujetos principales del quehacer tanto formativo como evaluativo. Además, que, en la adquisición de aprendizaje y valoración de los mismos, se conciben tres tipos de evaluación. A saber: a) formativa, b) sumativa y c) formadora.

Para ampliar la anterior consideración, se toma como documento de base el "Modelo Pedagógico de la Formación Profesional Integral del SENA", en el cual se precisa que:

"Para efecto de un nuevo enfoque sobre el proceso evaluativo, el Modelo Pedagógico considera la evaluación como un proceso de aprendizaje, constituida como un medio y no como un fin. La literatura sobre evaluación, inscrita tanto en los documentos universales como en los institucionales SENA , aclara la diferencia entre evaluación sumativa y formativa. "(Pág 100) (Disponible en: http://rvcmar.org/EDT M O D E L O P E D A G SENA /MODEL O%20PEDAG%20DE%20LA%20FPI%20SENA.pdf )

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Por lo tanto, la presente pregunta se controvierte y se objeta desde la idea de la Integralidad de la Formación profesional integral y de cómo ello se refleja en los procesos de enseñanza-aprendizaje-evaluación, además que como se refiere en el texto citado se hace distinción específicamente entre la evaluación sumativa y la formativa. Es decir que quien hace una mala interpretación del modelo pedagógico es la Universidad de Pamplona al indicar en la clave que la evaluación en el S E N A es formadora, contradiciendo los elementos investigativos de más de 60 años del modelo pedagógico del SENA , sin la fuerza de verdad del método científico para afirmar lo anterior. En este sentido el enunciado de la pregunta solo toma una parte de la concepción de la evaluación del documento denominado "Modelo pedagógico de la formación profesional integral del SENA", teniendo como único referente el párrafo que se presenta a continuación, como se observa está relacionado directamente con el planteamiento de dicho enunciado:

"Mientras que la evaluación sumativa orienta la toma de decisiones respecto a la certificación o calificación, una vez logrados los Resultados de Aprendizaje prescritos en los Programas y Proyectos de Formación, la evaluación formativa da luz sobre ese indeterminado proceso de desarrollo. Ante nuevas perspectivas, el MP propone avanzar, hacia una evaluación formadora; arranque del mismo Aprendiz y se fundamente en el auto-aprendizaje." (Pág. 101)

Al considerar la evaluación como un fin, se infiere que está implícita en todos los momentos de la formación, que detalla los procesos y los logros alcanzados durante el aprendizaje, pero que además, está sujeta a la etapa de formación y constituida por los tres tipos de evaluación mencionados anteriormente. Por ello se argumenta que el enunciado de la pregunta recoge de manera directa la idea del párrafo citado, desconociendo los siguientes párrafos donde se afirma que la evaluación corresponde a un proceso integral, lo cual se constituye en una lectura reduccionista de la concepción institucional sobre la evaluación. De esta manera la lectura limitada que se realiza del párrafo termina por generar un contrasentido en relación con toda la propuesta evaluativa que se da dentro de la institución, ya que se pierde el contexto global del documento en lo referente a la evaluación. En consecuencia la manera como está planteada la pregunta induce a error, ya que las opciones de respuesta están planteadas en términos monológicos (las opciones de respuesta en solo se presentan en forma de una sola opción correcta y por tanto excluyente), desconociendo que la heteroevaluación, autoevaluación y coevaluación son propias del modelo pedagógico institucional y apoyan los procesos formativos inherentes a la Formación profesional integral

consignados en el arriba citado "Modelo pedagógico de la formación profesional integral del SENA".

A continuación, se citan los párrafos que corroboran a la afirmación de la controversia y objeción a la pregunta:

a) En el Modelo pedagógico de la formación profesional integral del S E N A se afirma que la integralidad de la evaluación donde se muestran los tres tipos de evaluación atendiendo a sus protagonistas (heteroevaluación dada desde el instructor; autoevaluación dada desde el aprendiz; y coevaluación dada entre aprendices e instructor):

"Aunque se concibe en el MPI que el proceso de evaluación debe considerarse como una acción autónoma -autoevaluación-, no se encuentra deslindada de una evaluación participativa -coevaluación- en la cual intervienen los pares (otros Aprendices y el propio instructor)". (Pág. 102)

El modelo pedagógico considera a la evaluación un instrumento fundamental en el desarrollo de la formación, dado que abarca toda la concepción epistemológica, axiológica y antropológica, que el aprendiz debe desarrollar durante su formación. Razón por la cual sostiene que se deben considerar nuevos paradigmas para la evaluación de los aprendizajes. Se plantea la integración de lo que se considera Evaluación Formativa (instructor) y Formadora (aprendiz), entendiendo que una está sujeta a la otra, que están interrelacionados y que mantienen una permanente dinámica, por lo tanto, ambas son fundamentales en la concepción de la formación, y no se determina que desde el modelo pedagógico exista una el enfoque desde las perspectiva, enfoque, tendencia y paradigma formadora, como se mencionó anteriormente, de tal forma que al sustraer una afirmación y declararla como tautológica se produce una equivocación de la comprensión de la evaluación en el S ENA . En el modelo pedagógico de la formación profesional integral del S E N A se afirma la integralidad de la evaluación donde se muestra los tres tipos de evaluación atendiendo a sus protagonistas (heteroevaluación dada desde el instructor; autoevaluación dada desde el aprendiz; y coevaluación dada entre aprendices e instructor):

"La evaluación formativa es una respuesta a la iniciativa del instructor y forma parte del contexto desde el cual se desarrolla la práctica pedagógica, que en el mismo sentido se concibe como procesal. Es inherente a la evaluación, la recopilación de la información sistemática y coherente para la toma de decisiones y emisión de juicios de valor. La evaluación formadora arranca del propio aprendiz

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fundamenta en el autoaprendizaje; la evaluación formativa es una respuesta a la iniciativa del instructor, mientras que la evaluación formadora responde a la iniciativa aprendiz." (Pág.101)

Desde esta perspectiva, para la evaluación el primer abanderado es el instructor seguido del aprendiz, el primero desde su ideología, metodología, pedagogía y prácticas académicas, quien direcciona de manera objetiva y neutral la comprensión de los saberes y los aprendizajes, la utilización de los conocimientos, la autonomía de la información y la socialización de los mismo a través de la racionalidad comunicativa. Ahora el aprendiz, debe transformar y evolucionar los conceptos preconcebidos, para atender a nuevos objetos de conocimientos propios de su saber técnico, a través de procesos autónomos intelectuales que le permitan, poner en escena sus habilidades cognitivas, dialógicas y críticas. Entonces se puede determinar, que la ¡mplementación de la evaluación debe contener las dos nociones Formativa y Formadora, dado que, tiene como objeto guiar al aprendiz desde sus dificultades, para ayudarlo a descubrir procedimientos que le permitan avanzar en su aprendizaje, teniendo en cuenta los intereses particulares del mismo y su ritmo de desarrollo.

Los procesos de evaluación deben ser el principio y el fin de todo acto educativo; la evaluación es el mecanismo, por medio del cual se retoma información que debe ser utilizada como indicador y guía de la programación y planeamiento estratégico de los procesos de formación a implementar. Este proceso evaluativo, tal cual como lo menciona el Modelo Pedagógico del SENA , pretende integrar a los aprendices e instructores como actores del proceso formativo, en la valoración final no solo de los aprendizajes sino también en la consideración del desarrollo humano. Para tal fin, la evaluación está organizada en tres momentos, que busca retomar la mayor cantidad de información a fin de usarla en el diseño de planes de mejoramiento dirigido a los procesos de formación humana. En cada uno de los momentos del proceso evaluativo se tendrán en cuenta los aspectos axiológicos, los aspectos cognitivos y los aspectos procedimentales evidenciados en el desarrollo de las actividades de la formación en las cuales los actores principales son el Instructor y el Aprendiz. La evaluación en el Sena es por procesos, formativa, en el enfoque por competencias, y en el marco de la gestión del conocimiento. Incluye el reconocimiento de aprendizajes previos. Se realiza la autoevaluación, coevaluación, heteroevaluación. De acuerdo a ello se pueden afirmar las siguientes características en cada uno de los tipos de evaluación:

H E T E R O E V A L U A C I Ó N : es el proceso realizado por el docente al interior de su espacio académico y brinda la información del desempeño de los aprendices en las dinámicas académicas específ icas.

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AUTOEVALUAC IÓN : en este momento se busca la apropiación por parte los aprendices de su proceso de formación, la cual se realiza a través de un proceso de metacognición que le permita al aprendiz plantear los mecanismos que desde su juicio considere necesarios para superar las dificultades que evidencie en su proceso formativo. C O E V A L U A C I Ó N : En esta dinámica se reúnen los aprendices en pequeños grupos con el fin de realizar un proceso de reflexión frente a cómo se ven los aprendices en los desempeños cognitivos y procedimentales. b) De otra parte en la Guía Desarrollo Curricular de los procesos de formación del S E N A (documento que está dentro de la plataforma institucional para la gestión de la calidad compromiso.sena.edu.co) Y desde el rigor de la gestión y ejecución de la formación profesional actual 2018 del SENA , como lo exige la constitución política de 1991 en lo artículos 209 y 269 "Todas las entidades públicas en sus diferentes órdenes y niveles deben contar con métodos y procedimientos de control interno" para el caso del S E N es el SIGA (Integración de Sistemas de Gestión. Intégrense en un solo Sistema de Gestión los demás Sistemas de Calidad de qué trata la Ley 872 de 2003 y de Desarrollo Administrativo de que trata la Ley 489 de 1998. El sistema de gestión deberá articularse con los Sistema Nacional e Institucional de Control Interno, consagrado en la Ley 87 de 1993 y en los artículos 27 al 29 de la Ley 489 de 1998, de tal manera que permita el fortalecimiento de los mecanismos, métodos y procedimientos de control dentro de los organismos y entidades del estado), en este orden en dicho documento como guia para el desarrollo curricular en el cuerpo del texto en el ítem 9.2 Técnicas e Instrumentos para la Evaluación, del documento denominado "GFPI-G-012 Guía Desarrollo Curricular" (Disponible en http://compromiso.sena.edu.co/documentos/docs pdf/1487204582 GFPI -G-012 Guia Desarrollo Curricular.docx.pdf ), se plantea que:

"Generalmente, se tiende a relacionar la Evaluación con la asignación de una nota o calificación. Sin embargo, la Evaluación de un proceso de aprendizaje va más allá de eso, debe entenderse como un proceso de aprendizaje y hace parte de lo que se ha llamado Evaluación Formativa o Valoración Integral, además de ser formadora los procesos de formación y de evaluación están interrelacionados y mantienen una permanente dinámica: por lo tanto, algunas veces se pierden las fronteras entre las estrategias de aprendizaje y los instrumentos de evaluación: su selección y utilización depende de los resultados que se guieren obtener, es decir, de la información que se necesita conocer" (SENA, Procedimiento para la ejecución de acciones de formación profesional integral, 2006). Este tipo de valoración se realiza esencialmente con el propósito de obtener información que permita orientar al Aprendiz para que alcance los Resultados de Aprendizaje establecidos. Esto se logra a partir de un seguimiento constante de su proceso de aprendizaje y que se enfoque, por una parte, en

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cada uno de los aspectos o áreas que influyen en el desempeño del Aprendiz (su esfuerzo e interés, el nivel de comprensión del tema, las estrategias que utiliza para aprender y para solucionar problemas), y por la otra, en aquellos aspectos que el Instructor debe mejorar o implementar para mejorar el proceso de enseñanza y de aprendizaje." (Págs. 50-51) (Subrayado fuera de texto, con fines ilustrativos)

Finalmente, este texto retoma la idea de que la evaluación es un proceso de aprendizaje, y que está relacionado con la Evaluación formativa y formadora. Esto significa que no se puede concebir la una sin la otra ya que la primera corresponde a procesos que adelanta el instructor y la segunda a la iniciativa del aprendiz.

En conclusión en el enunciado de la pregunta y afirmación cuando la universidad plantea en el cuaderno de preguntas de la prueba que "El Modelo Pedagógico del S E N A plantea un nuevo enfoque del proceso evaluativo de los aprendizajes alcanzados por los aprendices el cual se denomina evaluación.." hay que decir con base en el sustento anterior que es un documento el que menciona el modelo pedagógico del cual se extrae una parte del texto y no es el modelo pedagógico del S E N A ya que este se compone académicamente de sustentos epistemológicos, enfoques, paradigmas, modelos, tendencias, corrientes y los lineamientos institucionales de la actualidad que son los que guían el horizonte del desarrollo curricular actualmente en SENA .

Por lo tanto, en virtud de los argumentos presentados con base en los textos y documentación institucional, solicito que esta pregunta sea revisada dentro de los argumentos controvertidos y expuestos anteriormente. Y a que las opciones de respuesta a, b, c, y d, como quedó demostrado en la argumentación realizada, no pueden ser consideradas de manera aislada, sino como un todo, que conlleva su naturaleza como un fin en sí mismo. Esto significa que al presentar estas opciones de respuesta la universidad de Pamplona está promoviendo una inducción al error, toda vez que se muestra como válida una sola de ellas, sabiendo de su naturaleza integral. Esto se encuentra sustentado en la idea de la concepción epistemológica de fondo, que indica que no puede haber un proceso formativo donde no participen aprendices e instructor, en un sistema de interacción permanente que va más allá de la simple apreciación formadora, instaurándose en la dimensión del ser, saber y hacer como referente completo de la Formación profesional integral que caracteriza al S E N A y le permite tener su sello particular frente a otras instituciones de formación.

Fuente

http://rvcmar.orR/EDT MODELO PEDAG SENA/MODELO%20PEDAG%20DE%20LA%20FPl%20SE NA.pdf Pag 15 y 85,

Por anterior solcito respetuosamente esta pregunta se anulada de la calificación de mi prueba.

Pregunta N°59 pruebas funcionales Respuesta del reclamante en la prueba-Competencias, Resultados de Aprendizaje, estrategias de aprendizaje Respuesta CNSCN/ Unipamplona Competencias, Resultados de Aprendizaje, Actividades

Argumentación de por qué debe ser anulada de mi prueba.

GUÍA DESARROLLO CURRICULAR Código GFPI-G-012 8. Orientaciones para elaborar la planeación pedagógica. (PÁG 25, 26, 27) Las variables pedagógicas que el SENA ha establecido en desarrollo de la planeación pedagógica son: Los conocimientos del saber, los conocimientos del proceso, los resultados de aprendizaje, los criterios de evaluación, las actividades de aprendizaje en las áreas de desarrollo cognitivo, procedimental y valorativo-actitudinal; son individuales o grupales y presenciales desescolarizadas. La duración de las actividades de aprendizaje, estrategias didácticas utilizadas, los ambientes de aprendizaje incluidos los escenarios, los elementos y condiciones relacionadas con la seguridad industrial, la salud ocupacional y el medio ambiente, los materiales de formación y los instructores responsables. La descripción de las evidencias de aprendizaje. Por regla general la caracterización de cada una de estas variables depende del análisis de la variable inmediatamente anterior. Ello significa que existe un orden lógico en la determinación de las variables que integran la planeación pedagógica. Desde el punto de vista pedagógico, la variable desde la cual se parte (variable independiente) para la determinación del resto de variables son los conjuntos combinados de Resultados de Aprendizaje. La expresión conjuntos combinados se refiere a que, en lo sucesivo, en cualquier análisis que se emprenda para diseñar actividades de aprendizaje y, en cumplimiento del principio de integralidad de la formación profesional, se debe realizar la planeación tanto de los resultados de aprendizaje de carácter específico, como de los de la integralidad de la formación. Cabe señalar que el trabajo pedagógico propiamente dicho en el marco de la planeación pedagógica se lleva a cabo no a partir del análisis de las competencias en sí, sino del análisis pedagógico de los resultados de aprendizaje que la integran. El orden lógico aludido, que obedece al principio causa-efecto, opera de la siguiente manera en la matriz de formato GFPI-F-018 de Planeación pedagógica una vez caracterizadas todas las variables: Si se da el desarrollo de todas las actividades de aprendizaje; se alcanzan los resultados de aprendizaje; si están disponibles los ambientes de aprendizaje y los materiales de formación; pueden desarrollar las estrategias didácticas activas y así sucesivamente.

Fuente: http://compromiso.sena.edu.co/documentos/vista/descarga.php?id=1306

También se puede observar en numeral 8.3 de esta Guía, Variables implícitas en la planeación pedagógica que la respuesta seleccionada por Unipamplona es incompleta frente a lo cómo presenta la secuencia generando confusión, cuando afirma respecto de la secuencia para la planeación pedagógica debe seguir la secuencia "Competencias, Resultados de Aprendizaje, Actividades" no tienen en cuenta todo el conjunto de variables que se deben utilizar para elaborar la planeación pedagógica, como lo describe este numeral que afirma lo siguiente: La Planeación Pedagógica constituye una fase del proceso formativo, correspondiente al ámbito de instrumentación didáctica; es decir, de la puesta en operación de principios y criterios establecidos en el diseño curricular del programa de formación. El SENA ha establecido para las planeaciones pedagógicas las siguientes variables: resultados de aprendizaje, actividades de aprendizaje, duración de las actividades de aprendizaje, estrategias didácticas, ambientes de aprendizaje (incluidos los escenarios, los materiales de formación, y los instructores responsables, y los elementos y condiciones relacionadas con la seguridad industrial, la salud ocupacional, y el medio ambiente), los criterios de evaluación y las evidencias de aprendizaje, (de conocimiento, de desempeño y de producto). Fuente: http://compromiso.sena. edu. co/documentos/vista/descarga.php?id=1306

El instructor del SENA debe conocer todo el proceso de planeación en su desempeño, y esto, no consiste en saber de memoria una secuencia de pasos de un formato, en este caso el GPFI-018 Planeación_Pedagógica_Proyecto Formativo, y que es presentada fraccionada en la respuesta a solo tres pasos, como los son las Competencias, Resultados de Aprendizaje, Actividades" desconociendo todos los demás componentes de esta planeación descritos en el numeral 8.3. Por todo lo anterior respetuosamente, solicito que esta pregunta me sea anulada en la calificación de mi prueba

Pregunta N°61 pruebas funcionales Respuesta del reclamante en la prueba-Aplica nuevos instrumentos de recolección de evidencias Respuesta CNSCN/ Unipamplona Informa al coordinador académico sobre los resultados Argumentación de por qué debe ser considerada correcta:

Teniendo en cuenta la guía para desarrollar los procesos formatlvos del SISTEMA INTEGRADO DE GESTION Y AUTOCONTROL Con vigencia 2017-02-23. Pagina 13 Manifiesta:

Teniendo en cuenta que la evaluación del aprendizaje es permanente de carácter cualitativo, el instructor (es) verifica la suficiencia y la calidad de la información que suministran las evidencias de aprendizaje identificando con el aprendiz sus logros y

dificultades durante su etapa lectiva. Cuando las evidencias presentadas no permiten alcanzar el logro de los resultados de aprendizaje, el instructor (es) acuerdan con el aprendiz, mejorar o presentar nuevas evidencias de aprendizaje, según lo establecido en el reglamento del aprendiz SENA;

De acuerdo al reglamento del aprendiz, se realizará el plan de mejoramiento académico concertado aprendiz-instructor o coordinador académico como medida adoptada para definir acciones de formación, previo agotamiento de estrategias pedagógicas del Instructor e iniciativas del aprendiz, para garantizar el logro de los resultados de aprendizaje, el cual deberá ejecutarse dentro del termino de un mes, contado a partir de la concertación del mismo con el aprendiz.

Se deben identificar el o los resultados de aprendizaje que no han sido alcanzados y las evidencias de aprendizaje que debe presentar el aprendiz, en el plan, y se registran en el acta respectiva. Cuando definitivamente el aprendiz no cumple con las actividades propias del proceso de aprendizaje o de los compromisos adquiridos como aprendiz SENA, sin justa causa, el aprendiz es remitido por parte del instructor a comité de evaluación y seguimiento, donde se aplicará lo establecido en el reglamento del aprendiz SENA.

Fuente: h t t p : / / c o m p r o m i s o . s e n a . e d u . c o / d o c u m e n t o s / v i s t a / d e s c a r q a . p h p ? i d = 1 3 0 9

Por lo anterior, se da por entendido que cuando las evidencias presentadas por el aprendiz no permiten alcanzar el logro de los resultados de aprendizaje, el instructor (es) acuerdan con el aprendiz, mejorar o presentar nuevas evidencias de aprendizaje, esto concuerda con la pregunta seleccionada por mí, "Aplica nuevos instrumentos de recolección de evidencias" para lo cual el aprendiz será llevado directamente a comité de evaluación y seguimiento, mas no al coordinador como lo dice la opción de respuesta de la universidad de Pamplona para esta pregunta. De acuerdo a esto solicito respetuosamente se considerada como válida la opción de respuesta seleccionada por mí.

6. Que en el cuadernillo de respuesta que presentó la CNSC el día 23 de junio de 2018 no se establecieron los porcentajes de la ponderación de cada una de las preguntas de las pruebas básicas y funcionales.

PRETENSIONES

1. Que se corrija la calificación registrada en el SIMO de 63,70 por la que se presenta en el hecho No 5.

2. Que se conteste por parte de la CNSC y Unipamplona ¿Cuál es el porcentaje de ponderación de cada una de las preguntas establecidas en las pruebas básicas y funcionales?

3. Que se conteste por parte de la CNSC y Unipamplona ¿Cuál es el porcentaje de la ponderación de las preguntas que respondí en las pruebas básicas y funcionales?

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Lo anterior con fundamento en el artículo 28 del Documento Compilatorio de los Acuerdos Contentivos de la Convocatoria No. 436 de 2017 SENA, el cual establece en su Artículo 28° que la ponderación de las pruebas se establecería previamente, cosa que no se ha efectuado por parte de las guías de la comisión ni por la universidad de pamplona.

Ello tiene relación con el principio de legalidad (Art. 29 C.N.) ya que no se supo con antelación los porcentajes de la ponderación de las preguntas básicas y funcionales, hecho que se junta a la ausencia de información clara, precisa, y específica sobre las formas de evaluar este tipo de preguntas.

Todo lo anterior pone una irregularidad grave en la calificación de mi prueba, ya que como lo demostré en el hecho 5 de esta reclamación, tengo muchas más preguntas correctas que las que la calificación registrada en el SIMO no me otorgó.

Notificaciones

Podré ser notificado(a) en:

Correo: [email protected]

Celular 316691241

Dirección: Diagonal 182 # 20-17 interior 6, apartamento 11-22 de Bogotá,

Atentamente,

Jesús Enrique Quijano C

C.C.,79408070 de Bogotá.