seguridad y salud en el trabajo
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SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO. EL CONTRATO DE TRABAJO. DEPENDENCIA SUBORDINACION. Es actuar bajo el poder de dirección y organización de otra persona, llamada empresario o empleador. RIESGO LABORAL. Es la posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo. - PowerPoint PPT PresentationTRANSCRIPT
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
EL CONTRATO DE TRABAJO
personal
retribuido
dependienteajeno
voluntario
• Es actuar bajo el poder de dirección y organización de otra persona, llamada empresario o empleador.
DEPENDENCIA SUBORDINACION
RIESGO LABORAL
• Es la posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo.
TIPOS DE RIESGOS
RIESGOS QUIMICOS
RIESGOS FISICOS
RIESGOS PSICOFÍSICOS
RIESGOS BIOLÓGICOS
PREVENCIÓN
• El conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas en todas las fases de actividad de la empresa con el fin de evitar los riesgos derivados del trabajo
DERECHO A LA PROTECCION DEL TRABAJADOR
Artículo 14 de la LPRL
• «Los trabajadores tienen derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo. El citado derecho supone la existencia de un correlativo deber del empresario de protección de los trabajadores frente a los riesgos laborales
• Los derechos de información, consulta y participación, formación en materia preventiva, paralización de la actividad en caso de riesgo grave e inminente y vigilancia de su estado de salud, en los términos previsto en la presente Ley, forman parte del derecho de los trabajadores a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo
SEGURIDAD Y SALUD
PRINCIPIOS DE LA ACCIÓN PREVENTIVA
• Evitar los riesgos• Evaluar los riesgos que no se pueden evitar• Combatir los riesgos en origen• Adaptar el trabajo a la persona• Tener en cuenta la evolución de la técnica• Sustituir lo peligroso por lo que no lo es• Adoptar medidas que anteponga la protección
colectiva frente a la individual• Prever las distracciones no temerarias del
trabajador.
PLAN DE PREVENCIÓN
EVALUACIÓN DEL RIESGO
FORMACIÓN PREVENTIVA
• Teórica
• Práctica
• Suficiente
• Adecuada
COORDINACIÓN• Todos los empresarios
deben cooperar en la aplicación de la normativa sobre prevención.
• Concertar medios, esfuerzos para una acción común.
• Todo ello a través de una adecuada coordinación
COODINACIÓN DE ACTIVIDADES
• Subcontratación:
• Ley 32/2006 reguladora de la subcontratación en el sector de la Construcción
• Subcontratación:
• Ley 32/2006 reguladora de la subcontratación en el sector de la Construcción
COLECTIVOS ESPECIALES
• TRABAJADORES ESPECIALMENTE SENSIBLES A DETERMINADOS RIESGOS
• MUJERES EMBARAZADAS O EN PERIODO DE LACTANCIA
• MENORES
• TRABAJADORES TEMPORALES
ORGANIZACIÓN DE LA PREVENCIÓN
• El empresario directamente
• Trabajadores designados• Servicio de prevención
propio• Servicio de prevención
ajeno• Servicio de prevención
mancomunado
PARTICIPACION
Delegado de Prevención
Comité de Seguridad y Salud
RESPONSABILIDAD
RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA
• El Inspector de Trabajo y SS controla el cumplimiento de la normativa laboral
• Levanta Acta de Infracción por los incumplimientos
• Procedimiento administrativo
• Sanción: multas
RESPONSABILIDAD PENAL
• Artículo 316 CP “Los que con infracción de las normas de prevención de riesgos laborales y estando legalmente obligados, no faciliten los medios necesarios para que los trabajadores desempeñen su actividad con las medidas de seguridad e higiene adecuadas, de forma que pongan así en peligro grave su vida, salud o integridad física, serán castigados con las penas de prisión de seis meses a tres años y multa de seis a doce meses.
RESPONSABILIDAD CIVIL Y RECARGO DE PRESTACIONES
• Es necesario que se produzca un resultado lesivo:
Indemnización• Lesión
• Muerte
¡Con la prevención ganamos todos!
María del Carmen Aguilar del CastilloUniversidad de Sevilla
Gracias