seguridad e higiene unidad 4-1

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SEGURIDAD DE LAS OPERACIONES POR: CASTILLO ORTEGA ANA LAURA COLÍN GARCÍA HECTOR E. MARTINEZ TAPIA ELENA AMAYA

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introduccion a la seguridad

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Page 1: Seguridad e Higiene Unidad 4-1

SEGURIDAD DE LAS OPERACIONES

POR:CASTILLO ORTEGA ANA LAURA

COLÍN GARCÍA HECTOR E.MARTINEZ TAPIA ELENA AMAYA

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RIESGOS DE TRABAJOART. 473 L. F .T.: SON LOS ACCIDENTES Y ENFERMEDADES A

QUE ESTÁN EXPUESTOS LOS TRABAJADORES EN EJERCICIO O CON MOTIVO DEL TRABAJO.

ACCIDENTE DE TRABAJO

ACCIDENTE DE TRAYECTO

ENFERMEDAD DE TRABAJO

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POSIBLES CONSECUENCIAS DE LOS RIESGOS DE TRABAJO

1. INCAPACIDAD TEMPORAL

2. INCAPACIDAD PARCIAL PERMANENTE

3. INCAPACIDAD TOTAL PERMANENTE

4. MUERTE

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ACCIDENTES DE TRABAJO

ES TODA LESIÓN ORGÁNICA O PETURBACIÓN FUNCIONAL INMEDIATA O POSTERIOR O LA MUERTE, PRODUCIDA REPENTINAMENTE EN EJERCICIO O CON MOTIVO DEL TRABAJO, CUALESQUIERA QUE SEA EL LUGAR Y EL TIEMPO EN QUE SE PRESENTEN

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ACCIDENTE DE TRAYECTO

ES EL QUE LE OCURRE AL TRABAJADOR AL DESPLAZARSE DIRECTAMENTE DE SU CASA AL TRABAJO O VICEVERSA, EN TIEMPO Y RECORRIDOS LÓGICOS.

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FACTORES DE LOS ACCIDENTES DE TRABAJO

CONDICIONES PELIGROSAS (FALLO TÉCNICO)

ACTOS INSEGUROS (ERROR HUMANO)

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CONDICIONES PELIGROSAS (FALLO TÉCNICO)

ATRIBUIBLES AL ESTADO FÍSICO QUE GUARDAN INSTALACIONES, MAQUINARIA, EQUIPO, HERRAMIENTAS, ETC., Y QUE POR SU SITUACIÓN PUEDEN, DADAS LAS CIRCUNSTANCIAS PROVOCAR UNA LESIÓN EN EL TRABAJADOR EXPUESTO.

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CONDICIONES PELIGROSAS MAS FRECUENTES

DEFECTO DE LOS AGENTESPISOS RESBALOSOS, MATERIALES CORTANTES O PELIGROSOS PELIGROS DE INDUMENTARIA Y VESTIDOFALTA DE ROPA ADECUADA, FALTA DE E.P.P PELIGROS DEL MEDIO AMBIENTEAMPLITUD INADECUADA, ESPACIO INSUFICIENTE PROTEGIDO INADECUADAMENTESIN GUARDAS, EQUIPO ELÉCTRICO SIN AISLAR PELIGROS POR COLOCACIÓNESTIBA INADECUADA, COLOCACIÓN INADECUADA MÉTODOS, MATERIALES Y/O PROCEDIMIENTOS

PELIGROSOS.USO DE HERRAMIENTAS INADECUADAS, PROCEDIMIENTOS

PELIGROSOS,

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ACTOS INSEGUROS (ERROR HUMANO)

ATRIBUIBLE A LA ACTITUD DEL TRABAJADOR EN EL MOMENTO DE EJERCITAR LA ACTIVIDAD LABORAL, SU RESPUESTA ANTE LO AGRESIVO DE SU ENTORNO

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ERRORES HUMANOS MÁS FRECUENTES (ACTOS

INSEGUROS) NO USAR EL EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL

DISPONIBLE. USO DE ACCESORIOS DE INDUMENTARIA PERSONAL

INSEGUROS. ADOPTAR POSICIONES O ACTITUDES PELIGROSAS. LIMPIAR, ENGRASAR, O REPARAR EQUIPO O

MAQUINARIA EN MOVIMIENTO . COLOCAR, MEZCLAR Y COMBINAR EN FORMA INSEGURA. HACER INOPERANTES LOS DISPOSITIVOS DE

SEGURIDAD. OPERAR O TRABAJAR A VELOCIDAD INSEGURA. COMPORTAMIENTO INAPROPIADO EN EL TRABAJO. USO INAPROPIADO DE LAS MANOS O DE OTRAS PARTES

DEL CUERPO.

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INVESTIGACIÓN DE LOS ACCIDENTES

DESCUBRIR LAS CAUSAS QUE LE DIERON ORIGEN, PARA APLICAR LAS MEDIDAS DE CONTROL, TANTO EN LAS CONDICIONES DEL MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO COMO EN LOS ACTOS INSEGUROS A FIN DE EVITAR QUE SE REPITAN

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Causas directas o inmediatas

Condiciones y/o Actos inseguros

Causas Indirectas o mediatas

Deficiente capacitaciónActitud negativaJornada excesivaRitmo aceleradoRelaciones interpersonales difícilesProblemas familiares

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ELEMENTOS DE LA INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES

Obtener el reporte. Declaración del trabajador y testigos. Informe médico. Reconocimiento del sitio. Determinar acto y/o condición

insegura. Estudiar los hechos en conjunto.

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COMISIONES MIXTAS DE

SEGURIDAD E HIGIENE

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COMISIONES MIXTAS DE S. E H.

C.P.E.U.M. ART. 123 FRACCIÓN XV EL PATRON ESTA OBLIGADO A LA OBSERVANCIA LOS PROCEPTOS EN MATERIA DE SEG. E HIG. EN SU CENTRO DE TRBAJO

LEY FEDERAL DEL TRABAJO ARTÍCULO 509 Y510 CONFORMACION DE LA C.S.H.T.

R.F.S.H.M.A.T. ART. 17 OBLIGACIONES DE LOS PATRONES, ART. 125 EN UN PLAZO NO MAYOR DE 30 DIAS Y ART.126. ACTIVIDADES DE LA C.S.H.T.

NOM-019-STPS-2011

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NOM-019-STPS-2011

ESTABLECER LOS REQUERIMIENTOS PARA LA CONSTITUCIÓN, INTEGRACIÓN, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS COMISIONES DE SEGURIDAD E HIGIENE EN LOS CENTROS DE TRABAJO.

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COMISIONES DE SEGURIDAD E HIGIENE

Son organismos bipartitos en las empresas, conformados por igual número de representantes de los trabajadores y del patrón.

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OBLIGACIONES DEL PATRÓN

Constituir e integrar al menos una comisión en el centro de trabajo.

Designar a sus representantes para participar en la comisión que se integre en el centro de trabajo (Sindicato).

Contar con el acta de constitución de la comisión del centro de trabajo, y de sus actualizaciones.

Contar con el programa anual de los recorridos de verificación de la comisión.

Contar con las actas de los recorridos de verificación realizados por la comisión.

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Proporcionar a la comisión un diagnóstico sobre seguridad y salud en el trabajo.

Dar facilidades y permisos necesarios a los integrantes. Apoyar la investigación de los accidentes y enfermedades de

trabajo. Atender y dar seguimiento a las medidas propuestas por la

comisión. Proporcionar a los integrantes de la comisión, al menos una vez

por año, capacitación para la adecuada realización de sus funciones.

Exhibir a la autoridad del trabajo los documentos que la presente Norma le obligue a elaborar y poseer, cuando aquélla así lo requiera.

Brindar facilidades a los integrantes de la comisión para que utilicen los apoyos informáticos desarrollados por la Secretaría.

Difundir entre los trabajadores, por cualquier medio: La integración de la comisión; Los resultados de las investigaciones sobre accidentes y

enfermedades de trabajo; Las medidas propuestas por la comisión relacionadas con la

prevención de riesgos de trabajo.

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OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES

Participar como miembros de la comisión, cuando sean designados:

A través del sindicato, mediante consulta entre los trabajadores

Por la mayoría de los trabajadores, a falta de sindicato. Participar como coordinador, secretario o vocal de la

comisión, cuando sean designados. Proponer a la comisión medidas para prevenir accidentes y

enfermedades de trabajo. Atender las medidas preventivas de seguridad y salud en el

trabajo que señale el patrón y/o la comisión,

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CONSTITUCIÓN E INTEGRACIÓN

Cada comisión deberá estar integrada por: Un trabajador y el patrón o su representante,

cuando el centro de trabajo cuente con menos de 15 trabajadores,

Un coordinador, un secretario y los vocales que acuerden el patrón o sus representantes y el sindicato, cuando el centro de trabajo cuente con 15 trabajadores o más.

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El patrón deberá formalizar la constitución de cada comisión, a través de un acta DATOS MÍNIMOS DEL ACTA DE CONSTITUCIÓN

Datos del centro de trabajo:

El nombre, denominación o razón social;

El domicilio completo; El R.F.C; El Registro Patronal (IMSS); La rama industrial o

actividad económica; La fecha de inicio de

actividades; El número de trabajadores; El número de turnos;

Datos de la comisión: La fecha de integración

de la comisión; El nombre y firma del

patrón y representante de trabajadores(menos de 15 trabajadores)

El nombre y firma del coordinador, secretario y vocales, (15 trabajadores o más).

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FUNCIONAMIENTO DE LA C.S.H.T.

Los nombramientos de coordinador, secretario y vocales tendrán una vigencia de dos años.

En caso de ausencia temporal del coordinador o del secretario de la comisión, su cargo será ocupado por uno de los vocales, de la representación que corresponda.

El programa anual de recorridos de verificación deberá integrase dentro de los treinta días naturales siguientes a la constitución de la comisión. Posteriormente, se deberá conformar el programa dentro de los primeros treinta días naturales de cada año.

En el programa anual se determinarán las prioridades de los recorridos de verificación, con base en las áreas con mayor presencia de agentes y condiciones peligrosas o inseguras.

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Los recorridos de verificación previstos en el programa anual de la comisión, se deberán realizar al menos con una periodicidad trimestral, bimestral, mensual y/o cada 15 días.

Para la identificación de agentes, condiciones peligrosas o inseguras y actos inseguros en el centro de trabajo, la comisión podrá hacer uso del diagnóstico sobre seguridad y salud en el trabajo;

Para la identificación, determinación de las disposiciones normativas y además la determinación de las medidas por adoptar podrá utilizar el Asistente para la Identificación de las NOM´s

Para la identificación de agentes, condiciones peligrosas o inseguras y actos inseguros en el centro de trabajo, la comisión podrá hacer uso del diagnóstico sobre seguridad y salud en el trabajo;

Para la identificación, determinación de las disposiciones normativas y además la determinación de las medidas por adoptar para prevenir riesgos de trabajo en el centro de trabajo en materia de seguridad y salud la comisión podrá utilizar el Asistente para la Identificación de las Normas Oficiales Mexicanas

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En la ciudad de ________ , siendo las _____ horas del día ____ del mes de ________________ de ______, se reunieron los trabajadores administrativos y operativos de la empresa denominada “____________________________________________”, con R.F.C. _________________ y registro patronal del IMSS __________________, ubicada en ________________________________ con teléfono ___________, fax ____________ y correo electrónico ___________________________, ubicada dentro de la rama o actividad económica ________________________________________, con fecha de inicio de actividades _______________ y con un total de _______ trabajadores, con el objeto de integrar la COMISIÓN DE SEGURIDAD E HIGIENE, con fundamento en los términos del Artículo 509 de la Ley Federal del Trabajo, Artículos 125 y 126 del Reglamento Federal de Seguridad e Higiene y Medio Ambiente de Trabajo y Disposición 6 de la NOM-019- STPS-2011, relativa a la constitución, integración, organización y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene. Acto seguido, el C. ______________________________________________________ en su carácter de ____________________________ designa por parte de la empresa a los CC. ___________________________________________________________________________, los cuales aceptan el cargo conferido quienes protestan cumplir dicho cargo con honestidad. Enseguida, los trabajadores reunidos con el mismo propósito en común acuerdo o por mayoría, designaron a los CC. ___________________________________________________________________________, quienes encontrándose así mismo presentes, aceptan el cargo conferido, protestando cumplir con honestidad. Se les hace saber a las personas designadas como integrantes de la Comisión de Seguridad e Higiene, que como obligaciones elementales para cumplir sus funciones, se establecen las contenidas en el Artículo 126 del Reglamento Federal de Seguridad e Higiene y Medio Ambiente de Trabajo: No habiendo otro asunto que tratar, se levanta la sesión, siendo las ____ horas del día de su celebración, firmando al calce y margen los que en la misma intervinieron para constancia. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Nombre de la empresa y firma del propietario o representante legal

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FUNCIONES DEL COORDINADOR Presidir las reuniones de trabajo de la comisión; Dirigir y coordinar el funcionamiento de la comisión; Promover la participación de los integrantes de la comisión y constatar que cada uno de ellos cumpla con

las tareas asignadas; Integrar el programa anual de los recorridos de verificación de la comisión y presentarlo al patrón;

Consignar en las actas de los recorridos de verificación de la comisión: Los agentes, condiciones peligrosas o inseguras y actos inseguros identificados. Los resultados de las investigaciones sobre las causas de los accidentes y enfermedades de trabajo. Las medidas para prevenirlos. Coordinar las investigaciones sobre las causas de los accidentes y enfermedades de trabajo; Elaborar al término de cada recorrido de verificación, conjuntamente con el secretario de la comisión, el

acta correspondiente; Entregar al patrón las actas de los recorridos de verificación y analizar conjuntamente con él las medidas

propuestas para prevenir los accidentes y enfermedades de trabajo; Dar seguimiento a la instauración de las medidas propuestas por la comisión relacionadas con la

prevención de riesgos de trabajo; Asesorar a los vocales de la comisión y al personal del centro de trabajo, en la identificación de agentes,

condiciones peligrosas o inseguras y actos inseguros en el medio ambiente laboral; Participar en las inspecciones sobre las condiciones generales de seguridad e higiene que practique la

autoridad laboral en el centro de trabajo, en su caso; Solicitar, previo acuerdo de la comisión, la sustitución de sus integrantes, Proponer al patrón el programa anual de capacitación de los integrantes de la comisión.

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FUNCIONES DEL SECRETARIO Convocar a los integrantes de la comisión a las reuniones de trabajo Organizar y apoyar, de común acuerdo con el coordinador, el desarrollo de las reuniones de trabajo de

la comisión; Convocar a los integrantes de la comisión para realizar los recorridos de verificación programados; Integrar a las actas de recorridos de verificación de la comisión:

1) Los agentes, condiciones peligrosas o inseguras y actos inseguros identificados;

2) Los resultados de las investigaciones sobre las causas de los accidentes y enfermedades de trabajo.

Las medidas para prevenirlos Apoyar la realización de investigaciones sobre las causas de los accidentes y enfermedades de

trabajo; Elaborar al término de cada recorrido de verificación, conjuntamente con el coordinador de la

comisión, el acta correspondiente; Recabar las firmas de los integrantes de la comisión en las actas de los recorridos de verificación; Presentar y entregar las actas de recorridos de verificación al patrón, conjuntamente con el

coordinador de la comisión; Mantener bajo custodia copia de: Las actas de constitución y su actualización; Las actas de los recorridos de verificación que correspondan al programa anual de recorridos de

verificación del ejercicio en curso y del año inmediato anterior; La evidencia documental sobre la capacitación impartida el ejercicio en curso y el año inmediato

anterior a los integrantes de la propia comisión, y La documentación que se relacione con la comisión; Participar en las inspecciones sobre las condiciones generales de seguridad e higiene que practique

la autoridad laboral en el centro de trabajo, en su caso, y Integrar el programa anual de capacitación de los integrantes de la comisión.

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FUNCIONES DE LOS VOCALES

Participar en las reuniones de trabajo de la comisión; Participar en los recorridos de verificación; Detectar y recabar información sobre los agentes, condiciones peligrosas

o inseguras y actos inseguros identificados en sus áreas de trabajo; Colaborar en la realización de investigaciones sobre las causas de los

accidentes y enfermedades de trabajo; Revisar las actas de los recorridos de verificación; Participar en el seguimiento a la instauración de las medidas propuestas

por la comisión; Apoyar las actividades de asesoramiento a los trabajadores para la

identificación de agentes, condiciones peligrosas o inseguras y actos inseguros en su área de trabajo;

Identificar temas de seguridad y salud en el trabajo para su incorporación en el programa anual de capacitación;

Participar en las inspecciones sobre las condiciones generales de seguridad e higiene.