secretaria gral. presidencia de guatemala

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  • 7/24/2019 SECRETARIA GRAL. PRESIDENCIA DE GUATEMALA

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    La Secretara General de la Presidencia, es el ente administrativo

    responsable, de brindar apoyo jurdico, legal y administrativo al

    despacho superior de la Presidencia y a las unidades que dependen

    de la misma, para contribuir a la consolidacin de un sistema

    institucional, eficaz y democrtico que proporcione estabilidad,

    confianza y credibilidad en el que hacer de la Presidencia de la

    !ep"blica# proporcionando con sus dictmenes resultados efectivos y

    de trascendencia que se traduzcan en beneficio de los guatemaltecos$

    INTRODUCCIN

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    Con el propsito de proporcionar una visin

    respecto a las funciones que competen ejecutar a

    la Secretara, dentro de este trabajo de

    investigacin se presenta un resumen de aquellos

    aspectos que son puntuales para proporcionar una

    perspectiva del actuar dentro del aparato

    administrativo del Estado.

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    FUNC!NES "#NC"$%ES

    & %ramitar los asuntos de Gobierno del &espacho delPresidente de la !ep"blica$

    & 'rindar apoyo al Presidente de la !ep"blica en las funcionesde preparacin y seguimiento de la ejecucin del programa

    gubernamental que tienen atribuidas$

    & La comunicacin entre el Gobierno y los otros organismos del(stado, as como las funciones de coordinacin y asistencia

    en sus relaciones con el )ongreso de la !ep"blica$

    & Las funciones necesarias para la seguridad y certeza jurdicadel accionar de la Presidencia de la !ep"blica# y Las demsatribuciones legalmente encomendadas, as como las

    restantes que se determinen en el presente reglamento$

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    FUNC!N NS''UC!N$%

    &e acuerdo al *rtculo ocho de la Ley del

    +rganismo (jecutivo, &ecreto n"mero -./0,

    la Secretara General es una dependencia de

    apoyo a las funciones del Presidente de la

    !ep"blica y no ejerce funciones de ejecucin deprogramas, de proyectos y de ninguna otra

    funcin a cargo de 1inisterios u otras

    instituciones de Gobierno$

    La Secretara General de la Presidencia de la

    !ep"blica se constituye como el rgano

    responsable del apoyo jurdico y administrativo

    de carcter inmediato al Presidente de la

    !ep"blica$

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    ES'#UC'U#$ !#($NC$ $U'!#)$)ES

    $C'U$%ES2 Secretario General de la Presidencia de la !ep"blica2 Subsecretario General de la Presidencia de la !ep"blica2 *uditoria 3nterna2 *sesora, jurdica y )uerpo )onsultivo2 &ireccin (jecutiva &e *nlisis de )ontrataciones2 &ireccin (jecutiva &e *dministracin2 &ireccin (jecutiva &e 4inanzas2 &ireccin (jecutiva &e !ecursos 5umanos2 &ireccin (jecutiva &e 3nformtica

    2 &ireccin (jecutiva &e Planificacin

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    *$#C! N!#*$'+!

    )onstitucin Poltica de la !ep"blica de Guatemala 6!eformada por el *cuerdo

    Legislativo n"mero 7./8 del 0 de noviembre de //89 :*rtculo ;$

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    Controles Internos Y Externos

    Controles Interno%os controles internos de la secretaria estn regulados en

    su reglamento orgnico, acuerdo gubernativo interno -/0

    1232, que establece en su ttulo +, $rt. 3 4 35, auditora

    interna 4 sus funciones, tambi6n lo establece en los

    $rtculos 12 4 13, direccin ejecutiva de 7nan8as 4 sus

    funciones.

    Controles ExternosEl control e9terno es reali8ado por parte de la Contralora

    (eneral de Cuentas, por el aporte presupuestario que

    recibe la institucin del presupuesto (eneral del Estado.

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    Auditora Interna. %a Unidad de $uditora nterna es el rgano de control interno 7nanciero 4

    administrativo de la Secretaria (eneral 4 el titular de la misma es el $uditor nterno.

    Funciones. $ la Unidad de $uditora nterna de la Secretaria (eneral le corresponden las funciones

    siguientes:

    Elaborar el "lan $nual de $uditora nterna ;"$$< para cada ejercicio 7scal, con la aprobacin del

    Secretario (eneral de la "residencia de la #ep=blica, enviando la copia correspondiente a la

    Contralora (eneral de Cuentas, de conformidad con el pla8o establecido en las Normas de $uditoria

    (ubernamental>

    "racticar peridicamente auditorias 7nancieras con el objeto de veri7car, evaluar 4 anali8ar la

    con7abilidad 4 racionabilidad del uso 4 manejo de los recursos de la Secretaria (eneral>

    #eali8ar auditoras administrativas, operacionales 4 otras espec7cas que requiera el Secretario

    (eneral, con el 7n de mejorar 4 fortalecer el desempe?o de las funciones 4 actividades que

    desarrollan los diferentes rganos de la Secretaria (eneral>

    #eali8ar las actividades conforme a los "rincipios (enerales de Control nterno, Normas de $uditoria(ubernamental, le4es, acuerdos 4 manuales que rijan la organi8acin 4 actividad de la Secretaria(eneral, as@como la ejecucin del gasto p=blico>

    +elar porque las auditoras sean preventivas, oportunas 4 e7cientes por medio de la veri7cacin delos controles internos, con el objeto de fortalecerlos, mejorarlos o implementarlos, recomendando ensu caso la incorporacin de sistemas de control interno efectivos>

    *antener constante comunicacin 4 coordinacin con la Contralora (eneral de Cuentas>

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    Direccin Ejecutiva De Finanzas

    $ la )ireccin Ejecutiva de Finan8as le corresponden las funciones siguientes:

    Funciones:%a )ireccin Ejecutiva de Finan8as tiene por objeto facilitar el desempe?o e7ciente 4 gil

    de la Secretara (eneral

    Formular, implementar 4 actuali8ar peridicamente los procedimientos administrativos 4 de manejo de

    recursos 7nancieros>

    Elaborar conjuntamente con la )ireccin Ejecutiva de $dministracin los "lanes Estrat6gicos 4

    !perativos e informes de ejecucin de metas de la Secretara (eneral

    )esarrollar las actividades de compras 4 proveedura>

    +elar que el inventario de los bienes de la Secretara (eneral est6 actuali8ado 4 que se encuentren

    debidamente registrados en las tarjetas de responsabilidad respectivas> Coordinar con las autoridades superiores de la Secretara (eneral el presupuesto de la misma, en

    funcin de las polticas 4 planes, en concordancia con los instrumentos legales que regulan la materia>

    #eali8ar directa 4 oportunamente, ante el *inisterio de Finan8as "=blicas, las gestiones pertinentes que

    conlleve la aprobacin del presupuesto anual de la Secretara (eneral>

    )irigir, coordinar 4 controlar el proceso de ejecucin 7nanciera de la Secretara (eneral, velando por el

    cumplimiento de las disposiciones legales de la materia>

    +igilar el cumplimiento de las polticas 4 normas de7nidas por los rganos rectores del Sistema

    integrado de $dministracin Financiera 0S$F0 4 los Sistemas ntegrados $dministrativos> 4 administrar

    con e7cacia 4 e7ciencia los diferentes elementos del S$F, velando por el uso correcto 4 transparente

    de los recursos de la Secretara (eneral>

    +elar por la correcta distribucin de las instalaciones 4 =tiles al servicio de la Secretara (eneral>

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    SS'E*$S ! 'ACNC$S )E !#($NB$CN )E %$$)*NS'#$CN "D%C$

    Es la forma de organi8acin administrativa que se basa en la

    concentracin de poder de mando 4 en la jerarqua. En el ejercicio

    de la funcin estatal, el Estado debe coordinar la accin de las

    distintas instituciones 4 personas p=blicas que lo integran,

    estableciendo un vnculo entre s a trav6s de una organi8acin que

    asigne la competencia que corresponde a cada dependencia, que

    regule las relaciones entre ellos 4 que a la ve8 7je la condicin

    jurdica de las personas que lo conforman. %a organi8acin

    administrativa se de7ne como:

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    Clasi7cacin de las formas de organi8ar a la administracinp=blica: Concentracin o centrali8acin administrativa: istricamente en nuestro pas la administracin

    p=blica se Ga caracteri8ado por la e9istencia de una gestin centrali8ada, donde un poder se

    sobrepone a otro, absorbe 4 toma progresivamente atribuciones 4 facultades tanto polticas

    como administrativas. Se de7ne a la centrali8acin de la siguiente manera:

    )esconcentracin administrativa: %a organi8acin administrativa desconcentrada, nace como

    contraposicin a la centrali8acin administrativa, buscando eliminar el e9cesivo centralismo,

    que Gace que la administracin p=blica se torne lenta en sus decisiones 4 evita la rigide8 delcentralismo burocrtico.

    )escentrali8acin administrativa: Este sistema aparece cuando en la administracin p=blica

    estatal se decide crear personas jurdicas p=blicas, encargadas de prestar servicios p=blicos

    espec7cos o varios servicios en territorios determinados.

    $utonoma administrativa Este sistema o forma de organi8ar a la administracin p=blica se

    caracteri8a por que los rganos tienen su propia le4 4 se rigen por ella, se considera como una

    facultad de actuar en una forma independiente 4 adems tienen la facultad de darse sus

    propias instituciones que lo regirn 4 lo ms importante el auto7nanciamiento, sin necesidad de

    recurrir al presupuesto general del Estado

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    Caractersticas De La Centralizacin:

    Superior Herrquico. "orque es el ms alto grado dentro de la escala. #elacin de subordinacin. %os rganos administrativos pertenecen a la jerarqua

    administrativa. Se mani7estan los poderes: de mando, disciplinario, de avocacin. "oder de decisin: carcter poltico.

    Elementos De La Centralizacin:

    Unidad de mando: "residente.

    Herarqua: elemento principal. Control: lo ejerce el superior. "otestad de revisin: de los subordinados. . Facultad de decidir la competencia.

    Ventajas De La Centralizacin:

    $segura el control poltico %as actuaciones de los subordinados es controlada por el centro poltico. %os procedimientos administrativos son uniformes. %os servicios p=blicos se prestan en forma econmica. El control 4 7scali8acin. %as polticas administrativas son uniformes

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    SS'E*$ )E N(#ES! )E SUS FUNC!N$#!S"D%C!S Concepto De Funcionario

    Un servidor p=blico es una persona que brinda un servicio

    de utilidad social. Esto persona quiere decir que aquello que reali8a

    bene7cia a otras personas 4 no genera ganancias privadas ;ms all del

    salario que pueda percibir el sujeto por este trabajo

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    Denicin De Funcionario

    El vnculo jurdico laboral que une al Estado con los particulares

    que pasan a formar parte del servicio civil desde el momento que

    se inician en el ejercicio del cargo Gasta la entrega del mismo.

    El $rtculo 32J, 32K 4 33- de la Constitucin "oltica de la

    #ep=blica de (uatemala, establece: L%os trabajadores del Estado

    estn al servicio de la administracin p=blica 4 nunca de partido

    poltico, grupo, organi8acin o persona algunaM, L%as relaciones

    del Estado 4 sus entidades descentrali8adas o autnomas con sus

    trabajadores se rigen por la %e4 de Servicio Civil, con e9cepcin

    de aquellas que se rijan por le4es o disposiciones propias de

    dicGas entidades.

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    !E"VICI# CIVIL E$ %&A'E(ALA

    Caractersticas Del !ervicio Civil

    Constitu4e un acto administrativo de nombramiento o investidura.

    Concurre la voluntad del Estado

    %a relacin funcional genera efectos jurdicos entre el Estado 4 el particular que acepta

    el cargo

    'odos los derecGos 4 obligaciones se encuentran en la le4.

    )ebe de fomentarse la e7ciencia en la $dministracin "=blica.

    !torgar garantas a los Servidores "=blicos de sus derecGos

    $aturaleza )urdica Del !ervicio Civil

    Constitu4e un acto administrativo de nombramiento o de investidura, en donde

    concurren la voluntad administrativo de nombramiento o de investidura, en donde

    concurren la voluntad del Estado que decide 4 la del particular que acepta el cargo,

    generando efectos jurdicos entre ambos de conformidad con los derecGos 4

    obligaciones previamente establecidos en la le4 4 el propsito de servicio a la

    colectividad.

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    'ipos De !ervicios En El

    Estado*

    El Servicio E9ento: No est sujeto a la %e4 del Servicio Civil, 4 comprende los puestos

    de Funcionarios nombrados por el "residente, *inistros 4 +iceministros, Secretarios,

    Subsecretarios, Consejeros de la "residencia, )irectores (enerales 4 (obernadores

    )epartamentales. todos aquellos funcionarios cu4o listado se encuentra en el

    artculo -1 de la %e4 del Servicio Civil )ecreto 3J/K

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    !istemas De In+reso Al !ervicio Civil

    #egularmente se implementa el ngreso al Servicio por !posicin, ;$rtculo /1 %e4 del Servicio

    Civil )ecreto 3J/K El $lcalde> el #ector> %os

    diputados.

    ngreso por Nombramiento: ;servicio e9ento< Es cuando un superior jerrquico tiene la facultad de

    nombrar a subordinados:

    Nombramiento discrecional: cuando el superior jerrquico Gace el nombramiento observando ms

    que los requisitos que debe de cumplir.

    Nombramiento Condicionado: Oueda a condicin una persona frente a los dems candidatos.

    Nombramiento reservado: 'oma en cuenta la carrera administrativa 4 el sometimiento obligatorio

    a un e9amen de oposicin.

    ngreso por Contrato: ;Servicio sin !posicin< Se re7ere a las consultaras, generalmente con

    profesionales 4 t6cnicos ;21P

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    $simismo podemos mencionar lo que

    establece la %e4 de "robidad 4#esponsabilidades de Funcionarios 4Empleados "=blicos en los artculos - 4 /:L"ara los efectos de la aplicacin de esta %e4,

    se consideran funcionarios p=blicos todasaquellas personas a las que se re7ere elartculo / de la misma, sin perjuicio de que seles identi7que con otra denominacinM.

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    C!NS)E#$C!NES

    Oue esta Secretara preste asesoras con profesionalismo 4 adecuadas a

    cada necesidad de la "residencia, para que Ga4a transparencia en los

    asuntos tratados por el )espacGo "residencial.

    +elar para que los asuntos de (obierno que Gan requerido de su apo4o, se

    desarrollen e7ca8 e inmediatamente para el buen desempe?o de las partes

    relacionadas.

    "romover la transparencia en los procesos de nombramiento del m9imo

    dirigente de esta entidad para que sea dirigida por personas con alto

    profesionalismo 4 responsabilidad.

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    C!NC%US!NES

    %a Secretara (eneral de la "residencia de la #ep=blica se constitu4e prcticamente como el rganoresponsable del apo4o jurdico 4 administrativo de carcter inmediato al "residente de la #ep=blica 4

    sabemos que a este le compete 4 corresponde la revisin 4 aprobacin de todos aquellos

    e9pedientes que se someten a su conocimiento 4 aprobacin, es responsable de evacuar las

    consultas verbales o escritas que se Gagan a autoridades superiores 4 de coordinar 4 uni7car la

    opinin jurdica de los distintos asuntos administrativos del (obierno.

    "or lo que entendemos que dicGa secretaria es sumamente importante para el desarrollo 4

    funcionalidad en los diferentes procesos que se reali8an dentro de estado de gobierno.

    %as principales fortale8as del sistema de centrali8acin en (uatemala, es la e9istencia de normas 4

    principios dentro del ordenamiento jurdico que fundamentan la centrali8acin> como lo es la

    Secretara (eneral al tener un orden jerrquico.

    En (uatemala el rgano principal de a la administracin p=blica es el !rganismo Ejecutivo> el cual

    constitu4e la centrali8acin. "or lo que la Secretara (eneral depende del !rganismo Ejecutivo.

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    "EC#(E$DACI#$E!

    Fortalecer los mecanismos de seleccin, contratacin 4 remocin del servicio civil de las

    instituciones que componen el sector justicia, en nuestro caso a la Secretara (eneral,para evitar cualquier tipo de intervencin e9terna a los procesos previamente dise?ados.

    Solicitar a los funcionarios involucrados en decisiones de seleccin, contratacin 4

    remocin del servicio civil 7rmar una Ldeclaracin de imparcialidadM, en la cual juran no

    tener ning=n vnculo con ninguno de los candidatos o funcionarios en cuestin.

    El procedimiento de seleccin deben ser competitivos, lo cual requiere de la publicacin

    oportuna 4 adecuada de las vacantes, los requisitos 4 los pla8os correspondientes.

    $simismo, los candidatos deben ser evaluados sobre la base de sistemas de puntuacin

    que permitan la comparacin objetiva de las Gabilidades 4 e9periencias ofrecidas.

    Crear mecanismos e7caces 4 e7cientes de evaluacin de desempe?o de los funcionarios

    que integran la Secretara (eneral de la "residencia.

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