secretarÍa de la funciÓn pÚblica.- subsecretarÍa jurÍdica y de prevenciÓn.- direcciÓn...

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Expediente.- I/08/B/2011 -1- SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA.- SUBSECRETARÍA JURÍDICA Y DE PREVENCIÓN.- DIRECCIÓN JURÍDICA.- En la Ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, a los 07 siete días del mes de julio del 2011 dos mil once.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ---- Téngase por presentado el escrito de fecha 01 de julio del 2011 dos mil once, suscrito por ---------------, quien se ostenta sin acreditarlo como representante legal de la empresa “---------------”, señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones, el ubicado en ---------------, en esta ciudad, autorizando para tales efectos a los CC. --------------- y ---------------, por medio del cual promueve Inconformidad en contra del Fallo de fecha 24 veinticuatro de junio del 2011 dos mil once, de la Licitación Pública que emitió el Comité de Adquisiciones y Servicios del Comité Estatal de Sanidad Vegetal del Estado de Chiapas; adjuntando a su promoción copias simples de las siguientes pruebas documentales que se relacionan: 1. Escritura pública número 432 cuatrocientos treinta y dos, volumen 12 doce, de fecha 24 de enero de 1992, pasada ante la fe del Licenciado ---------------, Notario Público nùmero - ----, en la ciudad de Tapachula, Chiapas; 2. Escrito de fecha 23 de junio del 2011, suscrito por los CC. --------------- y ---------------, dirigido al Comité Estatal de Sanidad Vegetal del Estado de Chiapas; 3. Propuesta técnica del proveedor --------------; 4. Escrito expedido por el Comité Estatal de Sanidad Vegetal del Estado de Chiapas, con fecha de envío el 21 de junio del 2011; 5. Oficio número CESAVE CHIAPAS/0090/2011, de fecha 17 de junio del 2011, suscrito por los CC. Ing. Guillermo de Jesús Moguel Gómez, Asesor del Secretario del Campo, M. C. Alexander Pérez Miceli, Jefe del Programa de Sanidad Vegetal en Chiapas, e Ing. ---------------, Gerente del ---------------; 6. Escrito expedido por el Comité Estatal de Sanidad Vegetal del Estado de Chiapas, con fecha de envío el 30 de junio del 2011; 7. Oficio número CESAVE CHIAPAS/0094/2011, de fecha 28 de junio del 2011, suscrito por el C. Ing. Juan Pablo Rodríguez Matuz, Gerente del CESAVE CHIAPAS; 8. Escrito sin fecha, suscrito por los CC. Ing. Luis Gerardo Conde Gutiérrez, Asesor del Secretario del Campo, M. C. Alexander Pérez Miceli, Jefe del Programa de Sanidad Vegetal en Chiapas, e Ing. Juan Pablo Rodríguez Matuz, Gerente del CESAVE CHIAPAS; 9. Lista de asistencia del Comité de Adquisiciones y Servicios, de fecha 24 de junio del 2011; 10. Oficio número SC/0232/2011, de fecha 23 de junio del 2011, suscrito por el Ing. Guillermo de Jesús Moguel Gómez, Asesor; 11. Oficio con número de folio 00163, de fecha 18 de agosto del 2004, expedido por la CICOPLAFEST; 12. Oficio con número de folio COF 006703, de fecha 10 de junio del 2011, expedido por la Secretaría de Salud, y; 13. Oficio de fecha 28 de enero del 2002, expedido por la CICOPLAFEST.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

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Expediente.- I/08/B/2011

- 1 -

SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA.- SUBSECRETARÍA JURÍDICA Y

DE PREVENCIÓN.- DIRECCIÓN JURÍDICA.- En la Ciudad de Tuxtla

Gutiérrez, Chiapas, a los 07 siete días del mes de julio del 2011 dos mil

once.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

---- Téngase por presentado el escrito de fecha 01 de julio del 2011 dos mil

once, suscrito por ---------------, quien se ostenta sin acreditarlo como

representante legal de la empresa “---------------”, señalando como domicilio

para oír y recibir todo tipo de notificaciones, el ubicado en ---------------, en esta

ciudad, autorizando para tales efectos a los CC. --------------- y ---------------, por

medio del cual promueve Inconformidad en contra del Fallo de fecha 24

veinticuatro de junio del 2011 dos mil once, de la Licitación Pública que

emitió el Comité de Adquisiciones y Servicios del Comité Estatal de Sanidad

Vegetal del Estado de Chiapas; adjuntando a su promoción copias simples de

las siguientes pruebas documentales que se relacionan: 1. Escritura pública

número 432 cuatrocientos treinta y dos, volumen 12 doce, de fecha 24 de enero

de 1992, pasada ante la fe del Licenciado ---------------, Notario Público nùmero -

----, en la ciudad de Tapachula, Chiapas; 2. Escrito de fecha 23 de junio del

2011, suscrito por los CC. --------------- y ---------------, dirigido al Comité Estatal

de Sanidad Vegetal del Estado de Chiapas; 3. Propuesta técnica del proveedor

--------------; 4. Escrito expedido por el Comité Estatal de Sanidad Vegetal del

Estado de Chiapas, con fecha de envío el 21 de junio del 2011; 5. Oficio

número CESAVE CHIAPAS/0090/2011, de fecha 17 de junio del 2011, suscrito

por los CC. Ing. Guillermo de Jesús Moguel Gómez, Asesor del Secretario del

Campo, M. C. Alexander Pérez Miceli, Jefe del Programa de Sanidad Vegetal

en Chiapas, e Ing. ---------------, Gerente del ---------------; 6. Escrito expedido por

el Comité Estatal de Sanidad Vegetal del Estado de Chiapas, con fecha de

envío el 30 de junio del 2011; 7. Oficio número CESAVE CHIAPAS/0094/2011,

de fecha 28 de junio del 2011, suscrito por el C. Ing. Juan Pablo Rodríguez

Matuz, Gerente del CESAVE CHIAPAS; 8. Escrito sin fecha, suscrito por los

CC. Ing. Luis Gerardo Conde Gutiérrez, Asesor del Secretario del Campo, M. C.

Alexander Pérez Miceli, Jefe del Programa de Sanidad Vegetal en Chiapas, e

Ing. Juan Pablo Rodríguez Matuz, Gerente del CESAVE CHIAPAS; 9. Lista de

asistencia del Comité de Adquisiciones y Servicios, de fecha 24 de junio del

2011; 10. Oficio número SC/0232/2011, de fecha 23 de junio del 2011, suscrito

por el Ing. Guillermo de Jesús Moguel Gómez, Asesor; 11. Oficio con número

de folio 00163, de fecha 18 de agosto del 2004, expedido por la

CICOPLAFEST; 12. Oficio con número de folio COF 006703, de fecha 10 de

junio del 2011, expedido por la Secretaría de Salud, y; 13. Oficio de fecha 28 de

enero del 2002, expedido por la CICOPLAFEST.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

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Atento a lo anterior resulta oportuno transcribir lo preceptuado por el artículo 67

la Ley de Adquisiciones, Arrendamiento de Bienes Muebles y Contratación de

Servicios para el Estado de Chiapas; reformado el 31 de diciembre del 2009,

publicado en el Periódico Oficial 208-4a sección:

“Artículo 67.- Los licitantes podrán inconformarse por escrito ante la Función Pública por cualquier acto relativo a los procedimientos de licitación pública, invitación abierta e invitación restringida, cuando se contravengan las disposiciones que rigen la materia objeto de la Ley.”

“El escrito en el que se interponga la inconformidad deberá presentarse dentro de los cinco días hábiles siguientes a aquél en que se ejecutó el acto que se impugne.”

“Transcurrido el plazo establecido en este artículo, precluye para los licitantes el derecho a inconformarse, sin perjuicio de que la Función Pública pueda actuar en cualquier tiempo en términos de Ley.”

Atento a lo anterior, si bien es cierto, el numeral antes transcrito establece que

los licitantes podrán inconformarse por cualquier acto relativo a los

procedimientos de licitación, cuando se contravengan las disposiciones que

rigen la materia; cierto lo es también que los constriñe a presentar la

inconformidad dentro de los cinco días hábiles siguientes a aquél en que

se ejecutó el acto que se impugne, y del cómputo realizado entre el acto

impugnado por el ocursante, que lo es el Acta de Fallo de fecha 24

veinticuatro de junio del 2011 dos mil once, de la Licitación Pública que

emitió el Comité de Adquisiciones y Servicios del Comité Estatal de Sanidad

Vegetal del Estado de Chiapas, y la interposición del escrito de Inconformidad

que lo fue hasta el 05 cinco de julio del 2011 dos mil once, transcurrieron 07

siete días hábiles, habiendo feneciendo el término para inconformarse el día

01 uno de julio del año que transcurre, ubicándose con su conducta en la

hipótesis descrita en el párrafo tercero del artículo 67 de la ley que rige la

materia, el cual señala: “Transcurrido el plazo establecido en este artículo, precluye

para los licitantes el derecho a inconformarse…”; siendo atribuible dicho atraso en

la interposición de la inconformidad, exclusivamente al licitante en mención,

teniéndose entonces como actos consentidos.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Sirviendo de apoyo a la anterior consideración, la Jurisprudencia, visible en la

Novena Época, Instancia Segundo Tribunal Colegiado del Sexto Circuito,

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su gaceta, tomo II, agosto de

1995, tesis VI.2o. J/21, página 291.

“ACTOS CONSENTIDOS TÁCITAMENTE. Se presumen así, para los efectos del amparo, los actos del orden civil y administrativo, que no hubieren sido reclamados en esa vía dentro de los plazos que la ley señala.”

Por lo que de conformidad con los artículos 16 de la Constitución Política de los

Estados Unidos Mexicanos; 45 primer párrafo de la Constitución Política del

Estado de Chiapas; 27, fracción III y 30, fracciones XXXIII y XXXIV, de la Ley

Expediente.- I/08/B/2011

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Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas; 67, de la Ley de

Adquisiciones, Arrendamiento de Bienes Muebles y Contratación de Servicios

para el Estado de Chiapas; 1, 2, 11, 40, fracción XXVI, del Reglamento Interior

de esta Dependencia; este Órgano de Control determina desechar la

Inconformidad, por las consideraciones y fundamentos expuestos, sin entrar

al fondo del asunto planteado. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

---- Notifíquese personalmente al promovente la presente determinación en el

domicilio señalado, por conducto de los Licenciados Ulises Marcelo Cerdio

Cabañas, Juan Carlos Morales Pérez y/o Raymundo Chirino Flores

indistintamente, a quienes se habilitan como notificadores en términos de la

fracción XL, del artículo 40 del Reglamento Interior de esta Secretaría, para los

efectos legales correspondientes. Notifíquese y Cúmplase.- - - - - - - - - - - - - - - -

La presente determinación puede ser impugnada a través del recurso de

revisión o Juicio Contencioso Administrativo, previstos en la Ley de

Procedimientos Administrativos para el Estado de Chiapas. Notifíquese y

Cúmplase.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

---- Así lo acordó, mandó y firma la Ciudadana Licenciada ELMY ANETT

ARTEAGA CRUZ, Directora Jurídica de la Subsecretaría Jurídica y de

Prevención de la Secretaría de la Función Pública, ante los testigos de

asistencia Licenciados Marco Antonio Escobar Álvarez y Juan Carlos Morales

Pérez.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -