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SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Y CULTURA SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN BÁSICA COORDINACIÓN ESTATAL DEL PROGRAMA ESCUELA SEGURA TALLER DE CAPACITACIÓN PARA LA CONSTRUCCIÓN DE LOS ACUERDOS ESCOLARES DE CONVIVENCIA Junio de 2015. 1

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SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Y CULTURASUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN BÁSICA

COORDINACIÓN ESTATAL DEL PROGRAMA ESCUELA SEGURA

TALLER DE CAPACITACIÓN PARA LA CONSTRUCCIÓN DE LOSACUERDOS ESCOLARES DE CONVIVENCIA

Junio de 2015.

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Propósitos de este momento:

• Orientar a los equipos técnicos de las áreas de educación básica para que capaciten a la estructura educativa en la construcción de los Acuerdos Escolares para la Convivencia (AEC), desde una perspectiva incluyente, democrática y pacífica, mediante el análisis del Marco de Convivencia Escolar para la Educación Básica del Estado de Sinaloa (MCEBES) y el Formulario Lógico Jurídico (Lineamientos).

Junio de 2015.

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Taller de capacitación:Construcción de los Acuerdos escolares para la convivencia

Agenda

15 minutosBienvenida y exposición de motivos.Dinámica de presentación.

30 minutos Actividad 1. Sensibilización y reflexión del colectivo respecto a las normas.

2 horas

Actividad 2. Implicaciones de la Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes (LGDNNA) y Análisis del Marco de Convivencia Escolar para la Educación Básica del Estado de Sinaloa.

1 horaActividad 3. Lectura y revisión de propuestas de expertos, para la construcción de acuerdos en ambientes escolares.

1 hora 25 minutos

Actividad 4. Formulario Lógico Jurídico para la Elaboración de los Acuerdos Escolares para la Convivencia (lineamientos) y recomendación N°21 de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

Comida

1 horaActividad 5. Revisión de estrategias de participación escolar para la construcción de los acuerdos escolares de convivencia.

30 minutosActividad 6. Análisis de las sugerencias para la elaboración de los Acuerdos Escolares para la Convivencia.

20 minutos Acuerdos y compromisos3

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¿Por qué es importante analizar la normatividad escolar?Es importante recuperar las opiniones e ideas que los propios participantes vayan dando. Sin embargo, se recomienda a quienes funjan como facilitadores que consideren las siguientes ideas a fin de reforzar y complementar lo dicho por los asistentes al taller

• Para transparentar los criterios que regulan la convivencia escolar y revisar su pertinencia.• Descubrir si son afines a los principios que tienen su fundamento en el respeto a la dignidad humana.• Se requiere un debate público para que no se preste a discrecionalidad la aplicación de las normas.•Aunque, “la aprobación y publicación de un reglamento escolar no elimina de facto la posibilidad de que al interior de una escuela se incurra en abusos y prácticas discrecionales de poder” (Gutiérrez Cham, 2009:1082).

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Menciona aquella norma y sanción más injusta que les hayan aplicado en la escuela (o que hayan visto que se aplicó a alguien más).

• ¿Por qué consideran que fue injusta la aplicación de la norma o sanción? (emociones en juego, derechos vulnerados, percepción sobre la justicia...)

• ¿Qué creen que pretendía la autoridad al aplicar esa norma o sanción?

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EQUIPO TÍTULOS CAPÍTULOS PÁGINAS

1 Titulo primero: Disposiciones Generales Capítulo II Del Departamento de Convivencia Escolar

Pp. 68-69

Título Segundo: De los acuerdos escolares para la convivencia

Capítulo I

Pág. 69

Capítulo II De los valores y principios escolares Pp. 69-70

2 Título Tercero: De los derechos y deberes de la comunidad escolar

Capítulo I De los derechos de la comunidad escolar

Pp. 71-72

Capítulo II De los derechos de las alumnas y los alumnos

Pp. 73-76

Capítulo III De los derechos y deberes de las madres y padres de familia o tutores

Pp. 76-79

3 Título Tercero: De los derechos y deberes de la comunidad escolar

Capítulo IV De los derechos y deberes del personal docente y de apoyo a la educación

Pp. 80-83

Capítulo V De los derechos y deberes del director de la escuela

Pp. 84-89

4 Titulo cuarto: De las conductas que atentan contra la convivencia escolar, las medidas disciplinarias y los procedimientos de aplicación

Capítulo I De las conductas que atentan contra la sana convivencia escolar

Pp. 89-93

5 Titulo cuarto: De las conductas que atentan contra la convivencia escolar, las medidas disciplinarias y los procedimientos de aplicación

Capítulo II De las medidas disciplinarias y procedimientos de aplicación

Pp. 93-98

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1. ¿Qué implicaciones tienen estos principios rectores en el desarrollo y aplicación de los Acuerdos Escolares para la Convivencia?

2. ¿Por qué es importante que los Acuerdos Escolares para la Convivencia se rijan por estos principios?

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EL SENTIDO DEL REGLAMENTO DE CONVIVENCIAXimena Bugueño, Isidora Mena (Julio de 2008)

Toda sociedad y grupo humano que comparte un espacio requiere contar con un marco de acuerdos que le permita convivir de manera armónica, para conseguir sus metas y resguardar la seguridad y el bienestar de sus miembros. Las escuelas son organizaciones que tienen la misión del aprendizaje y la formación de sus estudiantes.Para esto requieren de un marco de acuerdos que oriente las prácticas y comportamientos de los distintos actores para el logro de su misión. Estos acuerdos han sido denominados de distintos modos: “Reglamento de Disciplina”, “Reglamento Interno”, “Reglamento de Convivencia”, entre otros.Nota: Para estos efectos, a nivel nacional y estatal se denomina Acuerdo Escolar para la Convivencia.

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¿Por qué resulta tan importante contar con Acuerdos para la Convivencia en la organización escolar?

La convivencia es una dimensión central dentro de la organización escolar. Los procesos de enseñanza/aprendizaje, así como los procesos de gestión institucional, se asientan sobre las relaciones entre sus actores. Los acuerdos para relacionarse en función de las metas darán origen a un tipo de convivencia.Y el tipo y calidad de la convivencia, definirán en gran parte el potencial de logro de los objetivos de la institución escolar: entregar educación de calidad.

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¿Qué es y en qué consisten los “acuerdos” o “reglamento” de convivencia?

El Acuerdo Escolar para la Convivencia (AEC) es un documento oficial de los establecimientos educativos en el cual, con mayor o menor participación de la comunidad educativa, se han definido un conjunto de normas que orientan las relaciones interpersonales entre los distintos actores y permiten lograr las metas institucionales. Regula el comportamiento de losdistintos actores de acuerdo al rol que tienen dentro de la comunidad educativa en los distintos ámbitos de la vida escolar. Horarios, responsabilidades, tareas centrales, formas de relación y cumplimiento de metas, entre otros, en función siempre del logro de los objetivos de aprendizaje.

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Enfoques tradicionales de construcción de normativas.

Tradicionalmente los “acuerdos” de convivencia han sido construidos desde un enfoque basado en la obediencia y no de la formación de ciudadanos autónomos y responsables. Se habla de un enfoque heterónomo (que significa que la norma viene de afuera), vs. un enfoque de autonomía ( la norma es una apropiación personal). La expectativa está puesta en que los estudiantes sigan las órdenes y acaten las normas (“debes hacerlo, el reglamento dice...”), sin necesariamente reflexionar acerca de la relación de ellas con el logro de los objetivos educativos (“me conviene hacerlo porque esto me permite lograr esto otro, que me es relevante”).

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Enfoques tradicionales de construcción de normativas.

También es común que las normas definan lo que “no está permitido hacer” en vez de aclarar la “conducta esperada”. El supuesto de aprendizaje es que los estudiantes, a partir de las sanciones que sucederán cuando realice la conducta inadecuada, aprenderán a no realizarla. Ese es un enfoque basado en el castigo, y no en la formación del sentido de la relación y modelo de convivencia que se quiere establecer.

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Nuevas necesidades formativas: nuevo enfoque del Acuerdo Escolar para la Convivencia (AEC).

Desde esta perspectiva, un Acuerdo Escolar para la Convivencia requiere considerar normas y procedimientos que favorezcan la comprensión del sentido de las normas, la toma de decisiones responsable y con autonomía moral, el desarrollo de competencias sociales, afectivas y éticas, con capacidad de reflexión critica.

El rol del adulto, más que resguardar el cumplimiento de las normas, es promover la reflexión y el análisis del sentido dela norma, las consecuencias de la transgresión de la norma y la búsqueda de procedimientos de corrección y reparación.

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Acuerdos Escolares para la Convivencia y su modelo de disciplina de base

Todo Acuerdo Escolar para la Convivencia, como instrumento con finalidad formativa, responde a una manera particular de comprender la disciplina y su funcionalidad. Curwin y Mendler, en su libro “Disciplina con dignidad” (2003), realizan una interesante conceptualización de la disciplina formativa, entendida como resultado de un Modelo de Responsabilidad, contrapuesto al tradicional Modelo de Obediencia. En dicho documento realizan un paralelo para diferenciar ambos modelos.

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Criterios de comparación

Perspectiva tradicional de la disciplina: Modelo de Obediencia.

Perspectiva formativa de la disciplina:Modelo de Responsabilidad.

Meta principal Que los alumnos sigan órdenes . Enseñar a los alumnos a tomar decisiones responsables; desarrollar en los alumnoscompetencias sociales, pensamiento crítico y autonomía moral que posibiliten una convivencia positiva.

Supuestos

El alumno aprende en reacción al control externo de los adultos.

El alumno aprende al internalizar el sentido de las normas y desarrollar las habilidades sociales necesarias para convivir positivamente con otros.

“Alumno disciplinado”: alumnos obedientes que respetan y hacen lo que el adulto considera adecuado, acatan y asumen normas.

“Alumno disciplinado”: alumnos capaces de tomar decisiones responsables en pos del bien común, se regulan autónomamente, haciéndose responsable de sus acciones.

La gravedad de la transgresión es independiente de las características personales de quién transgrede y del contexto en que se produce la transgresión.

Se intenta comprender la transgresión en el contexto en que ocurrió y acogiendo los significados que le otorgan los actores involucrados.

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Criterios de comparación

Perspectiva tradicional de la disciplina: Modelo de Obediencia.

Perspectiva formativa de la disciplina:Modelo de Responsabilidad.

Efectos sobre la moralidadde los alumnos

Moralidad basada en la minimización de consecuencias negativas: “actúo para tratar de no recibir castigo”.

Moralidad basada en la coherencia entre el actuar y las metas y valores personales, que han sido internalizados. Se actúa en pos de consecuencias sobre los otros involucrados, y en caso de haber perjudicado a alguien, es conducido a una conducta reparatoria.

Escasa comprensión del sentido de las normas.

Los alumnos comprenden el sentido de las normas, lo que predice mayor posibilidad de que los alumnos respeten estas normas.

Elaborar y utilizar un Acuerdo Escolar para la Convivencia basado en los principios de un enfoque formativo es un cambio que requiere tiempo, decisión y fundamentalmente espacios para el diálogo y reflexión entre los distintos actores de la comunidad educativa.

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FORMULARIO LÓGICO JURÍDICO PARA LA ELABORACIÓN DE LOS ACUERDOS ESCOLARES PARA LA CONVIVENCIA

El Gobernador Constitucional del Estado, Lic. Mario López Valdez, expidió el Decreto que instituyó el Marco de Convivencia Escolar para la Educación Básica del Estado de Sinaloa, el cual fue publicado en el Periódico Oficial de nuestra entidad federativa, el 08 de mayo de 2015.

El Marco de Convivencia Escolar para la Educación Básica del Estado de Sinaloa, (MCEBES), es el documento rector en cada comunidad escolar, para promover una convivencia escolar inclusiva, democrática y pacífica, con una cultura apegada al respeto de los derechos humanos, de la diversidad y la paz; a la igualdad y erradicación de la violencia de género; que contribuya a mejorar los ambientes de aprendizaje en las escuelas del Sistema Educativo Estatal.

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El MCEBES, define, a los Acuerdos Escolares para la Convivencia (AEC), como el conjunto de normas, que “orientan las relaciones entre los integrantes de la comunidad escolar; definen las características de las conductas cívicas y éticas que deberán promoverse para lograr el desarrollo integral de sus educandos y del resto de sus miembros; así como los fines del logro educativo para la sana convivencia; el respeto a los derechos humanos y a la naturaleza; la erradicación de la violencia de género; y con ello sentar las bases para contar con escuelas democráticas, pacíficas e inclusivas.

Los Acuerdos Escolares para la Convivencia, tendrán como base de sustentación los principios y procedimientos expresados en el MCEBES. Serán emitidos, divulgados y sancionados, coordinadamente, entre el Consejo Técnico Escolar y el Consejo Escolar de Participación Social en la Educación.

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Deberán participar, democráticamente en la conciliación y suscripción de los AEC, además del Director: el personal docente y de apoyo a la educación, los padres de familia, así como dos alumnos, hombre y mujer, por cada grado escolar. Estos pactos escolares serán revisados, actualizados y suscritos dentro de los primeros 30 días contados a partir del inicio del ciclo escolar; mientras tanto surtirán plenos efectos, los aprobados para el ciclo escolar anterior.

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Los Acuerdos Escolares para la Convivencia, deberán incluir al menos los siguientes apartados:

• Fundamentación jurídica y propósitos o considerandos. En este apartado se especificarán los elementos relativos a la convivencia inclusiva, democrática y pacífica, a una cultura apegada al respeto de los derechos humanos, de la diversidad y la paz, de la igualdad y de la erradicación de la violencia de género;

• Cuerpo normativo. Deberá contener las normas necesarias enunciadas en positivo, de manera que destaquen la conducta deseada con un lenguaje claro y concreto que dé certidumbre en su aplicación; se deben contemplar derechos y obligaciones de todos los actores de la comunidad escolar.

ESTRUCTURA DE LOS ACUERDOS ESCOLARES PARA LA CONVIVENCIA

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• Medidas disciplinarias: Deberán estar claramente definidas, guardar relación con las faltas cometidas, la edad de los educandos y ser respetuosas de los derechos del debido proceso y legítima defensa, de quienes infringen la norma, principio o valor garantizados por la disciplina escolar; Tendrán un carácter formativo. Se concebirán en un proceso que fomente en el educando el sentido de responsabilidad, consecuencia de sus actos, según las características de los distintos niveles y modalidades educativas; Deberán ser graduales y proporcionales con la transgresión cometida;

ESTRUCTURA DE LOS ACUERDOS ESCOLARES PARA LA CONVIVENCIA

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• Medidas disciplinarias: Considerarán todo el contexto en el que se comete la transgresión, según los diferentes actores, los antecedentes previos y otros factores que inciden en las mismas, manteniendo la igualdad de todos frente a las normas; Deberán definirse en el marco del debido proceso y la legítima defensa, esto es, del respeto al derecho de ser escuchado y presentar argumentos, alegatos o pruebas atenuantes o de descargo;

Quedan expresamente prohibidas, las medidas disciplinarias que atenten contra el derecho a la educación o que impidan la continuidad de los educandos en el Sistema Educativo, así como aquellas que atenten contra la dignidad o integridad de la persona.

 

ESTRUCTURA DE LOS ACUERDOS ESCOLARES PARA LA CONVIVENCIA

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Entre las medidas disciplinarias, deberá darse prioridad a aquellas de carácter formativo, como las siguientes: Reparación del Daño: Cuando se haya dañado a otra persona, grupo de personas, o a la propia institución escolar, se propondrá la reparación. El daño y la reparación, serán de carácter material y moral. La reparación favorece, en quien transgrede la norma, en el logro de una conciencia acerca del daño que causó y la responsabilidad que tiene hacia los afectados por su conducta;

ESTRUCTURA DE LOS ACUERDOS ESCOLARES PARA LA CONVIVENCIA

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Compromiso de Cambio de Conducta: Quien transgredió la norma, se compromete por escrito a un cambio de comportamiento. Lo anterior se realizará con conocimiento, acuerdo, participación y apoyo de los padres o tutores; Experiencias de Aprendizaje: Estas sanciones se aplican a quien transgredió la norma, “Experiencias que favorezcan la empatía con otras personas y el vínculo con la comunidad escolar”, como realizar algunos trabajos en apoyo o ayuda de otros estudiantes.

ESTRUCTURA DE LOS ACUERDOS ESCOLARES PARA LA CONVIVENCIA

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Sugerencias para la elaboración de los Acuerdos Escolares para la Convivencia (AEC) desde un enfoque formativo de la responsabilidad.1. Los Acuerdos Escolares para la Convivencia no sólo deben ajustarse a las leyes

nacionales, sino además constituyen una oportunidad para conocer las “leyes” que regulan el comportamiento ciudadano del país, promoviendo una convivencia escolar coherente y afin con los lineamientos formativos nacionales.

2. Deben atender y respetar de manera íntegra lo establecido en el Marco de Convivencia Escolar para la Educación Básica del Estado de Sinaloa publicado en el Periódico Oficial “El Estado de Sinaloa” No. 55 el 8 de mayo de 2015.

3. Participación: Los acuerdos deben tener sentido y legitimidad para el conjunto de actores del sistema educativo. Contemplar no solo deberes y sanciones sino también los derechos. 4. Hacer referencia a los valores y principios educativos acordados y definidos en la Ruta de mejora del centro escolar que se consideran necesarios para una convivencia armónica de la comunidad educativa y la consecución de los objetivos de la institución.

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5. Referir a las responsabilidades y derechos de los distintos actores de la comunidad educativa de acuerdo a su rol: en términos de conductas esperadas, en un lenguaje claro y que estimule el desarrollo de conductas prosociales y colaborativas, con un lenguaje formativo por sobre un lenguaje sancionador.

6. Categorización y jerarquización de las normas: tanto para su comprensión como para la aplicación de procedimientos se requiere que las normas se clasifiquen y jerarquicen de acuerdo a: a) el ámbito referido, por ejemplo, responsabilidad con las actividades

escolares, relaciones con el grupo de pares relaciones con docentes y administrativos, etc.

b) la gravedad de su transgresión: el objetivo formativo de una norma guarda relación con el cuidado del sentido de proporcionalidad y además de gradualidad en la aplicación de las sanciones.

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Sugerencias para la elaboración del Acuerdo Escolar para la Convivencia desde un enfoque formativo de la responsabilidad.

7. Especificación de los procedimientos frente a las trasgresiones. Es central que una norma cumpla con el “debido proceso” para constituirse en norma válida para la comunidad. Esto significa poder establecer criterios, actores participantes y procedimientos para evaluar la falta y encontrar una solución formativa y no preasignar sanciones a determinadas faltas sin haber analizado la situación. No olvidar otorgar otras oportunidades para ejercitar las nuevas conductas.

8. Revisión y actualización periódica del AEC. Las normas que buscan un fin formativo no pueden quedar “petrificadas” ni ser “inamovibles bajo ningún punto de vista”, en tanto se adecúan según el contexto y la cultura escolar.

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Otras recomendaciones

• Debe contemplar los derechos y deberes de todos los actores escolares: alumnos, maestros, padres de familia, director y personal de apoyo.

• Tomar en cuenta el contexto de la escuela al momento de elaborar el Acuerdo Escolar para la Convivencia.

• Mencionar el para qué de la medida: ejemplo: debes traer el uniforme escolar

para tu propia seguridad.

• Considerar la participación de los órganos escolares APF, CEPS, Sociedad de alumnos, etc., tanto en sus opiniones como en sus compromisos.

• Debe cuidarse el equilibrio entre derechos y obligaciones.

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Otras recomendaciones

• Es necesario establecer vínculos entre los derechos y deberes de los diferentes actores.

• Considerar la participación, la inclusión, la equidad, el respeto y la solidaridad como elementos centrales.

• Contemplar la posibilidad de considerar aspectos de salud pero vinculados a convivencia: ejemplo “si en la tienda escolar se discrimina a los alumnos”.

• El Acuerdo Escolar para la Convivencia es formativo y pedagógico.

• Establecer con claridad los procesos de sanción.29

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SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN BÁSICADIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO DE LA GESTIÓNE INNOVACIÓN EDUCATIVA

Diseño

Sensibilización

Creación de los

acuerdos

Consenso, redacción y difusión

Aplicación y seguimiento

AEC

Flexibles, perfectibles y mejorables

Participación

activa de la

comunidad

escolar

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¡GRACIAS POR SU ATENCIÓN!

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