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MARÍA DEL CARMEN PÉREZ PÉREZ Subdirectora de Políticas y Planes Ambientales Bogotá D.C., Octubre 29 de 2010

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Page 1: Secretaría de Ambiente

MARÍA DEL CARMEN PÉREZ PÉREZ

Subdirectora de Políticas y Planes Ambientales

Bogotá D.C., Octubre 29 de 2010

Page 2: Secretaría de Ambiente

La conformación de la hoy llamada región:

• 1973 Ecología y expansión urbana (Universidad Nacional de Colombia)

• 1994 (Ley 128, Áreas metropolitanas) y Plan estratégico Bogotá 2000 (Jaime Castro)

• 2000 Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá

• 2001 Mesa de Planificación Regional Bogotá - Cundinamarca

• 2003 Documento CONPES 3256 Región Bogotá - Cundinamarca

• 2004 Revisión del POT de Bogotá (modelo Ciudad-Región)

• 2007 Convenio interadministrativo D.C- Departamento de Cundinamarca (Región-Capital)

• 2009 Lineamientos de Política Ambiental para la Región Central (IAvH)

Page 3: Secretaría de Ambiente

• Carencia de una cultura e identidad ambiental Regional.

• Ausencia de planes ambientales regionales eficaces, y carencia de

mecanismos o instrumentos de financiación que orienten recursos hacia

proyectos o iniciativas que impacten positivamente los ecosistemas de la

región.

• La carencia de acuerdo sobre una plataforma mínima de trabajo conjunto.

• Débil compromiso con la institucionalidad ambiental e inexistencia de

acciones de articulación institucional.

• Ausencia de mecanismos que faciliten la difusión de la información

ambiental Regional.

Page 4: Secretaría de Ambiente

• Conservación uso y recuperación del recurso hídrico

• Armonización y coordinación de los determinantes ambientales,

especialmente en lo referido a la Estructura Ecológica Regional (EER)

• Comunicación, información e investigación en la construcción de la

identidad regional

• Promoción de la producción mas limpia

• Armonización, coordinación e integración institucional ambiental en la

Región Capital

Page 5: Secretaría de Ambiente

1. Fortalecimiento institucional de la Región

Capital, Bogotá -Cundinamarca :

• Crear e implementar instancia decoordinación para planeación, gestión yoperación de proyectos

• Tramitar ante el Gobierno Nacional y elCongreso de la República los proyectosnormativos requeridos para constituir laRegión Capital.

•Promocionar la participación directa de los municipios de la Región Capital, en las acciones y proyectos que hacen parte de las agendas regionales

Page 6: Secretaría de Ambiente

2. Agenda regional para la productividad y equidad:

Planear de forma coordinada los usos del suelo de los municipios que conforman la Región Capital, atendiendo a su vocación productiva y su dotación actual.

Page 7: Secretaría de Ambiente

• Homologar obligaciones

urbanísticas y tributarias inherentes

a la clasificación de suelos en el

ámbito regional.

• Formular y ejecutar estudios,

planes maestros y proyectos

regionales para la movilidad, el

abastecimiento alimentario, la

vivienda, la dotación de servicios

públicos y equipamientos sociales.

Page 8: Secretaría de Ambiente

3. Agenda Regional de Sostenibilidad Ambiental:

• Definir, adoptar y conservar la EER

• Revisar y ajustar el POMCA del ríoBogotá (articulación con los de Salitre,Fucha y Tunjuelo)

• Definir medidas de protección yconservación de áreas sin categoríasde protección

• Impulsar el PMA de la RFP BosqueOriental de Bogotá

Page 9: Secretaría de Ambiente

• Manejar la actividad minera con altos estándares ambientales unificados y concertados.

• Formular y desarrollar un plan integrado de cambio climático para la Región Capital.

• Formular e implementar una línea estratégica regional para la protección del recurso hídrico.

• Gestión integral de residuos en la Región Capital.

Page 10: Secretaría de Ambiente

PROPUESTA

ACCIONES AMBIENTALES EN EL

PLAN NACIONAL DE DESARROLLO

CIUDAD-REGIÓN

Page 11: Secretaría de Ambiente

• Contar con un mecanismo nacional para la captación, administración y

colocación de recursos para el financiamiento de proyectos

ambientales regionales.

• Observatorios Ambientales Regionales.

Page 12: Secretaría de Ambiente

“El Gobierno Nacional asignará recursos, previo estudio elaborado por el MAVDT y el DNP, con la administración

del FONADE, para la financiación de proyectos ambientales de cobertura regional para la recuperación

o la conservación de la oferta ambiental de las eco-regiones del país. Promoverá también la estructuración

de los Observatorios Ambientales Regionales.”

Page 13: Secretaría de Ambiente

• El proyecto de LOOT no recoge la problemática ambiental de losterritorios, ni la incidencia del crecimiento sobre los ecosistemasestratégicos de la región.

• El LOOT centra su atención en temas de desarrollo económico ysocial, no incluye componente ambiental (ecosistemasestratégicos, recurso hídrico, procesos de industrialización,minería, entre otros)

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OB

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Page 14: Secretaría de Ambiente

• Conformar unidades regionales - responsabilidades y armonizaciónde políticas de desarrollo.

• Estandarizar normas tributarias- agenda conjunta de finanzaspúblicas que orienten la toma de decisiones y fortalezcan eldesarrollo territorial regional.

• Aunar esfuerzos para superar la débil capacidad institucional.

• Facilitar la articulación y definición de prioridades, entre ellas lasambientales (figuras de ciudad región y otras similares frente aplanes municipales de los entes territoriales que conforman la regióndeterminada).

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Page 15: Secretaría de Ambiente

“Facúltese al Gobierno Nacional para que, previa consulta con el Consejo Nacional de Planeación y los

Consejos departamentales y municipales de planeación, establezca los mecanismos y los diversos esquemas de cooperación y de integración regional entre los entes territoriales para la realización de acciones de interés

común.”

Page 16: Secretaría de Ambiente

• Replantear la tasa retributiva, a fin de incidir en elcomportamiento de los contaminadores, y revisar la forma decálculo de factor regional.

• Revisar la reglamentación de tasas por uso orientada a laequidad sobre el valor real del recurso y la reducción de loscostos de transacción.

• Generar la reglamentación de las tasas compensatorias, quepermita cuantificar el daño ambiental y garantizar larenovabilidad del recurso.

Page 17: Secretaría de Ambiente

“El Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, realizará, en un plazo no superior a un año,

previa consulta con las demás autoridades ambientales, la modificación de las tasas retributivas y por uso y

reglamentará las compensatorias, para garantizar su efectividad como instrumentos económicos y su

adecuado recaudo”.

Page 18: Secretaría de Ambiente

Garantizar el cierre financiero y así la construcción de la PTARCanoas. Indispensable el compromiso claro y explícito delGobierno Nacional en aportar los recursos que lecorresponden.

Page 19: Secretaría de Ambiente

“El Gobierno Nacional aportará los recursos que le correspondan para realizar el cierre financiero del proyecto de construcción de la PTAR Canoas del río

Bogotá, para lo cual efectuará la coordinación y negociación respectivas con la CAR y el Distrito Capital. Cualquier diferencia al respecto será dirimida por una comisión de tres expertos independientes, contratada

por el MAVDT.”

Page 20: Secretaría de Ambiente

“Previa reglamentación, el Gobierno Nacional participará en la cofinanciación de la ejecución de los

POMCA para las cuencas priorizadas mediante Decreto 1480 de 2007, formulados y debidamente aprobados

por las autoridades ambientales”.

Page 21: Secretaría de Ambiente

Definir y establecer criterios y determinantes para larelación entre la EE a nivel nacional, regional y local,identificando requerimientos de coordinación parainversiones y acciones conjuntas (Gobierno Nacional,CAR, AAU y municipios).

Page 22: Secretaría de Ambiente

“El Gobierno Nacional, mediante una comisión técnica y en consulta con las autoridades ambientales y los

municipios, definirá y establecerá la relación armónica entre las estructuras ecológicas de escala nacional, regional y local, identificando los requerimientos de coordinación para inversiones y otras acciones de

conservación. Esas acciones e inversiones deben ser complementarias a las previstas para los POMCA.”

Page 23: Secretaría de Ambiente

• Generación de programas regionales de manejo de residuos,especialmente en la búsqueda de alternativas de sitios dedisposición (relleno sanitario, áreas de reciclaje yescombreras)

• Establecimiento de parámetros e incentivos a programas decooperación entre los entes territoriales.

• Adopción e implementación de programas efectivos dereciclaje.

Page 24: Secretaría de Ambiente

“El MAVDT, previa consulta con las autoridades municipales y los entes territoriales, establecerá una estrategia de manejo regional

de residuos sólidos y las obligaciones mutuas que se generan entre municipios productores y municipios receptores,

estableciendo para estos últimos ventajas que les hagan posible aprovechar los potenciales terrenos para esta labor, con beneficios

económicos y sociales.Asimismo, el MAVDT formulará, mediante talleres de trabajo con

las autoridades municipales y ambientales, las bases de programas efectivos de reciclaje para todas las ciudades del país.”

Page 25: Secretaría de Ambiente

• Se requiere un marco regulatorio ambiental en el que el desarrollode actividades mineras tenga como requisito previo la expediciónde permiso o licencia ambiental.

• Trabajar y reglamentar el apoyo de los organismos judiciales y depolicía, para el control y erradicación de la minería ilegal.

• Desarrollar normas que armonicen la reglamentación minera, con laambiental y territorial.

• Establecer mecanismos de compensación.

• Control y seguimiento ambiental más estricto- Dotación de recursosa las autoridades ambientales.

Page 26: Secretaría de Ambiente

“El Gobierno Nacional, en un plazo no superior a un año, presentará una reforma al Código de Minas que establezca las siguientes condiciones:

1. Las entidades encargadas de otorgar los respectivos títulos mineros a través de contratos de concesión minera, no podrán proceder a la celebración de los mismos sin que previamente se verifique, con las AA de la respectiva jurisdicción, si el área en la

que se encuentran los minerales objeto de estos, no corresponde a una zona excluible de la minería a que se refiere el art. 4 de la Ley 1382/10 o que corresponda a áreas no

compatibles con la minería en desarrollo del art. 61 de la Ley 99/93.2. Establecer el licenciamiento ambiental para la fase de exploración.

3. La asignación de recursos para el apoyo de los organismos judiciales y de policía orientados al control y erradicación de la minería ilegal.

4. Implementación de instrumentos de compensación ambiental para que las explotaciones legales restauren (además de la unidad de trabajo) otras áreas degradadas. Estos mecanismos se complementarán con el pago por servicios

ambientales. 5. Los títulos mineros que no tengan licencia ambiental en zonas excluidas serán

derogados y se realizará la delimitación de ecosistemas que generen áreas de exclusión minera.”

Page 27: Secretaría de Ambiente

• Las AAU, las CAR, las CADS y los Institutos deinvestigación no cuentan con un espacio formal, a escalanacional, de coordinación y de intercambio deinformación y con el MAVDT.

• No existen estudios sistemáticos sobre los fenómenosrelacionados con el medio ambiente urbano.

Page 28: Secretaría de Ambiente

I. “Créase la Comisión Nacional de Coordinación de la gestión ambiental, compuesta por sendos delegados del MAVDT, las autoridades ambientales y los institutos de investigación ambiental, cuyas funciones serán:

• Recomendar acciones para la armonización de las regulaciones y decisiones ambientales en el país;• Intercambiar experiencias y examinar soluciones conjuntas; • Establecer mecanismos de cooperación y apoyo mutuo; • Evaluar los impactos ambientales de las políticas públicas nacionales y su ejecución a nivel regional y local.”

El Ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial presidirá esta Comisión y el Viceministro de Ambiente desempeñará la Secretaría Técnica.Esta comisión se reunirá por derecho propio cada tres meses y hará quórum con dos terceras partes de sus integrantes. En forma extraordinaria lo hará cuando la convoque el MAVDT o la tercera parte de las entidades integrantes.La asistencia a esta Comisión tiene carácter obligatorio para el representante legal de las entidades que la conforman y es indelegable.” II. “Créase el Instituto de investigaciones ambientales urbanas que tendrá por funciones investigar y formular recomendaciones sobre los problemas ambientales urbanos con miras a garantizar la habitabilidad y sostenibilidad ambiental. El Gobierno Nacional realizará los estudios y asignará los recursos para este propósito en un plazo máximo de dos años.”

Page 29: Secretaría de Ambiente

¡ GRACIAS !