secretaría de medio ambiente dirección administrativa

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Centro de Gobierno, 2° piso, carretera 57 km 6.5 con Blvd. Centenario de Torreón. C.P. 25294, Saltillo, Coahuila. (844) 698 10 34, ext. 7266, www.sma.gob.mx, mail: [email protected] Secretaría de Medio Ambiente Dirección Administrativa Lineamientos Administrativos 2021

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Secretaría de Medio Ambiente

Dirección Administrativa

Lineamientos Administrativos

2021

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Centro de Gobierno, 2° piso, carretera 57 km 6.5 con Blvd. Centenario de Torreón. C.P. 25294, Saltillo, Coahuila. (844) 698 10 34, ext. 7266, www.sma.gob.mx, mail: [email protected]

Objetivo. Establecer y dar a conocer los mecanismos orientados para cumplir con la normatividad en materia administrativa a las que deberán de sujetarse las diferentes áreas de esta Secretaría con la finalidad de accesar a recursos para cumplir con sus actividades. Fundamentos Jurídicos: Serán fundamento legal de estos lineamientos Administrativos de la Secretaría de Medio Ambiente:

I. Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza. II. Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Coahuila de Zaragoza. III. Ley de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales para el Estado. IV. Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos Estatales y Municipales del Estado de Coahuila de

Zaragoza. V. Ley de Hacienda para el Estado de Coahuila de Zaragoza. VI. Ley de Ingresos del Estado. VII. Presupuesto de Egresos del Estado. VIII. Ley para la Distribución de Participaciones y Aportaciones Federales a los Municipios del Estado de

Coahuila de Zaragoza. IX. Ley Reglamentaria del Presupuesto de Egresos del Estado de Coahuila de Zaragoza. X. Ley de Obras Públicas para el Estado de Coahuila de Zaragoza. XI. Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios para el Estado de Coahuila de

Zaragoza. XII. Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento. XIII. Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento. XIV. Reglas Operativas de Austeridad y Ahorro de la Administración Pública Estatal. XV. Ley del Sistema de Información Estadística y Geográfica del Estado de Coahuila de Zaragoza. XVI. Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza. XVII. Decreto que establece las medidas de austeridad y ahorro de la Administración Pública Estatal. XVIII. Demás aplicables.

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Primero.- del control de personal

I. Jornada Laboral y horario 1.1. Se entiende por jornada laboral, el tiempo diario que el trabajador está obligado a prestar sus

servicios, que en total será de treinta y cinco horas a la semana.

1.2. El horario ordinario de labores será de las 9:00 a las 16:00 horas, de lunes a viernes.

1.3. La jornada laboral está comprendida en el horario ordinario de labores, los trabajadores contarán con media hora para consumo de alimentos.

1.4. La hora para tomar los alimentos, será determinada para cada trabajador y por su jefe inmediato superior, de acuerdo con las necesidades de su área.

1.5. Durante su jornada laboral, los trabajadores no podrán abandonar las instalaciones, salvo autorización respaldada mediante pase de salida.

1.6. Los pases de salida serán responsabilidad de cada área y deberán de ser autorizados por el jefe inmediato superior y/o Subsecretario y en caso de no encontrarse, acudir para la firma con el responsable de recursos humanos y se entregarán al encargado de recepción.

1.7. El trabajador deberá registrar su salida al momento que abandonen la Secretaría, almuerzo, estacionamiento, o por el motivo que indiquen en el pase de salida, una vez que se incorporen a la Secretaría deberán registrar su entrada.

1.8. El trabajador deberá registrar su salida al término de su horario. Ningún trabajador podrá permanecer en las instalaciones sin causa justificada.

II. Asistencia y Puntualidad 2.1. Se considerará como falta, cuando el trabajador registre su entrada a las 9:21 am en adelante.

2.2. Los retardos se aplicarán cuando el trabajador registre su entrada de las 9:11am hasta las 9:20am. Más de 3 retardos en un período de 30 días, será considerado como una falta.

2.3. Cuando el trabajador haya acumulado más de 3 faltas sin ningún justificante, en un período de 30 días de manera consecutiva, se considerará como Abandono de empleo.

2.4. Las licencias médicas expedidas por el ISSSTE deberán presentarse en un período no mayor a 48 horas a la Dirección Administrativa.

2.5. Los justificantes, tarjetas informativas, viáticos o comisiones sobre el tema de no asistencia deberán presentarse a la Dirección Administrativa en un período como máximo de 3 días hábiles, de no contar con el sello de recibido, se considerará como falta(s).

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I. Asuntos Generales 1.- El entrenamiento o capacitación se realizará con base a un diagnóstico de necesidades

avalado por la Secretaría de Finanzas y autorizado por la Secretaría de Fiscalización y Rendición de Cuentas, para lo cual las áreas deberán de solicitar a esta Dirección Administrativa la Gestión ante las dependencias mencionadas anteriormente para lo cual deberá de entregar justificación que ampare la capacitación requerida.

2.- La contratación de personal, queda estrictamente sujeta a la aulor1zación de !a Secretaria de Finanzas, previa justificación por parte de las áreas sobre la necesidad de efectuarla.

3.- En el caso de la contratación de personal por honorarios que sea necesario para el cumplimiento de los programas, deberá justificarse por parte de las áreas y solicitarlo a esta Área Administrativa para su gestión ante la Secretaria de Finanzas.

Segundo.- de los Materiales y Suministros

I. El suministro de materiales será proporcionado a las diferentes áreas mediante la elaboración de la requisición de material respectiva. Para el surtimiento de ésta deberá de considerarse la existencia de estos en el almacén de esta Secretaría, ya que se depende del surtido por parte de la Dirección General de Adquisiciones.

II. En el caso de requerimientos imprevistos se deberá hacer la solicitud justificada por escrito a esta Dirección Administrativa, la cual solicitará a la Secretaria de Finanzas el o los artículos solicitados.

III. Las diferentes áreas deberán de enviar dentro de los primeros diez días del último trimestre del año el requerimiento mínimo anual indispensable para el desarrollo de sus actividades, esto para contar con el requerimiento que formará parte del Programa Estimado Anual de Adquisiciones (PEAA) de la Dirección de Adquisiciones de la Secretaría de Finanzas.

Tercero.- de los Servicios.

I. Servicios de Mensajería. 1.1. Para servicios de mensajería la solicitud de valijas y/o guías de mensajería deberá de

hacerse a esta Área Administrativa, en el caso de guías esta será atendida de acuerdo a la existencia de las mismas.

II. Del Mantenimiento Vehicular 2.1. Para el mantenimiento preventivo y de reparación de vehículos oficiales este deberá de

hacerse por escrito y autorizado por el (la) Subsecretario(a), a esta Dirección Administrativa, la cual solicitará a la Secretaría de Finanzas el servicio requerido.

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2.2. En el caso de mantenimiento vehicular con recursos de programas, este deberá realizarse en establecimientos previamente autorizados por la Secretaria de Finanzas, además deberán apegarse al siguiente procedimiento:

• Verificar con la Dirección Administrativa solvencia financiera para mantenimiento vehicular, evitar comprometer recurso sin tener la seguridad de solventar el gasto.

• La solicitud de servicio de mantenimiento deberá ser realizado mediante Orden de Servicio misma que deberá ser elaborada por el área solicitante en el formato correspondiente y entregarla al proveedor.

• La solicitud de pago deberá de elaborarse en los formatos o sistema que para tal fin designe la Dirección Administrativa, acompañada por cuadro comparativo, cotizaciones, factura original firmada por el proveedor con su copia correspondiente, así como la validación del SAT, orden de servicio original y entregar archivos PDF y XML de la factura.

• Una vez realizado el pago el área solicitante será el responsable de solicitar al proveedor la emisión del “Complemento para Recepción de Pagos” en su formato PDF y XML y hacerlo llegar a la Dirección Administrativa. Cabe mencionar que este documento es obligatorio, y en caso de incumplimiento el proveedor no será elegible para próximas adquisiciones o servicios.

• No se aceptarán pagos con cotizaciones y cuadros comparativos posteriores a la fecha de la factura, ni pagos con documentación faltante o de facturas con 30 días anteriores a la solicitud de pago.

• El área será la responsable de llevar el control de bitácora de mantenimiento vehicular, mismo que deberá entregar en caso de que los órganos fiscalizadores así lo soliciten.

III. Servicios de asesoría, estudios e investigación 3.1. Para contratar servicios de asesoría, estudios e investigación, deberá de solicitar mediante

oficio la gestión para la autorización de este servicio a la Secretaría de Finanzas señalando de manera clara y especifica el servicio, estudio o investigación que se requiera.

Las solicitudes de transferencia de recurso se recibirán en esta Dirección Administrativa hasta las 14 hrs.

IV. De los Viáticos.

3.1. La solicitud deberá de hacerse mediante los formatos y/o sistema que para tal fin así lo disponga esta Dirección Administrativa, debidamente autorizados.

3.2. Con la finalidad de asegurar la oportuna ministración del recurso, la solicitud deberá de presentarse con un mínimo de 24 horas de anticipación, acompañada de su oficio de comisión debidamente autorizados por el titular del área.

3.3. Los viáticos se concederán, atendiendo a los montos establecidos por la SEFIR y la SEFIN (anexo 1)

MEXICO
Resaltado
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3.4. Sólo se otorgarán viáticos y en su caso combustible, al personal adscrito al Gobierno del Estado, quedando prohibido el pago por estos conceptos a terceras personas, excepto en los casos en que éstos se especifiquen en los contratos, convenios o reglas de operación, mismos que deberán ajustarse a lo estipulado en los presentes lineamientos.

3.5. Se otorgarán como máximo 20 km adicionales para recorridos internos.

3.6. En el caso de llevar provisiones del lugar de origen se autorizarán un máximo de $150.00 (ciento cincuenta pesos) diarios por persona.

3.7. Cuando la comisión conferida corresponda a un mismo día, y ésta se lleve a cabo dentro de un perímetro menor a 60 km del lugar de asignación, únicamente se proveerá de combustible. Si la comisión concluye después del horario laboral, se otorgará lo correspondiente a la comida.

3.8. El día del inicio de la comisión no se otorgará el desayuno. Cuando la comisión inicie antes de las 7:00 a.m. de acuerdo con la hora de salida marcada en el formato de salida del vehículo no se aplicará este criterio.

3.9. Cuando el hotel designado para el hospedaje incluya el almuerzo, o en su caso la totalidad de los alimentos, no se otorgarán viáticos por concepto de alimentación que vayan incluidos dentro del hospedaje.

3.10. El día del término de la comisión no se otorgará lo correspondiente a la cena. Si el término es anterior a las 04:00 p.m., la comida no se considera. El término de la comisión corresponderá a la hora de registro de llegada del vehículo.

3.11. La comprobación será por el 100% del gasto, la documentación comprobatoria deberá de cumplir con los requisitos fiscales vigentes, así mismo se deberá de entregar tickets, facturas electrónicas y sus archivos XML correspondientes, así como su validación impresa del portal del SAT, se deberá de considerar además los siguientes aspectos relacionados con la comprobación de recurso:

a. No se aceptarán tickets y compras de comida chatarra.

b. Cuando la comisión sea en alguna ranchería, ejido o lugar en el que las opciones de alimento sean reducidas y no sea posible encontrar lugares con comprobantes que reúnan los requisitos fiscales, se deberán de presentar documentos firmados y sellados por el comisariado ejidal.

c. Los comprobantes deberán corresponder a los importes, periodo y conceptos para los que fueron otorgados, además del lugar de la comisión y/o los lugares de su trayecto. Por ningún motivo se compensarán recursos otorgados por un concepto con otro. En el caso de facturas de alimentos no se aceptarán de la localidad donde inicia y termina la comisión.

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d. Los alimentos deberán de comprobarse de acuerdo a la programación realizada y presentar facturas acordes a la programación, desayuno-comida-cena (3 facturas), comida-cena (2 facturas), desayuno-comida (2 facturas) o únicamente comida (1 factura), en todos los casos a excepción cuando se proporciona únicamente la comida, en su comprobación deberá de presentar las facturas correspondientes a cada alimento por día o un mínimo de dos facturas por día de comisión. En caso de presentar una sola factura por la totalidad del viatico diario, deberá de acompañarse de los tickets correspondientes a los tres consumos en caso contrario, esta se tomará únicamente por el monto correspondiente a la comida de ese día.

e. No se aceptarán facturas de consumo compartidas entre los comisionados.

f. En el caso de facturas que contengan el concepto de propinas, el monto de este concepto no será considerado en el monto total de la factura.

g. En el caso de pago de taxis, se deberá de presentar comprobante con número de folio, nombre de la empresa, número de placas, recorrido realizado y monto.

h. El recurso de alimento es diario y recurso no ejercido un día no podrá ser transferido a otro.

i. Recurso no ejercido deberá de ser reintegrado a la cuenta del proyecto y se deberá de anexar el comprobante a la comprobación correspondiente.

j. Todo documento comprobatorio deberá de ser entregado con nombre y firma del comisionado, en un lugar que no obstruya o empalme con los datos de la factura. Será responsabilidad del comisionado el incluir facturas duplicadas y se hará acreedor a sanciones que van de un acta administrativa y en caso de reincidencia la inhabilitación para volver a ejercer recurso.

k. En todos los casos el comisionado deberá de entregar facturas que contengan datos fiscales correctos, legibles, claros y sin correcciones, ralladuras, sucias, alteradas o mutiladas.

3.12. Deberá de incluir un informe resumen de la comisión en la comprobación de recurso de no más de 10 líneas.

3.13. La comprobación deberá de entregarse en un plazo no mayor a tres días hábiles después de terminada la comisión. Transcurrido ese plazo esta Dirección Administrativa solicitará el reintegro de los recursos o en su defecto el descuento vía nómina, los enlaces administrativos serán responsables de la revisión y que la documentación comprobatoria sea integrada correctamente. Cuando aplique reintegro a cuenta éste deberá realizarse en un plazo no mayor a tres días hábiles después de terminar la comisión, de no ser así se informará al Órgano de Control Interno para que proceda con la sanción administrativa.

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3.14. No se otorgará recursos sin haber comprobado viáticos anteriores, por disposición del Órgano Auditor de la Secretaría de Fiscalización y Rendición de Cuentas, la comprobación del recurso deberá ser entregada a esta Dirección Administrativa en un plazo no mayor a tres días posteriores al término de la comisión.

Otras Disposiciones Referentes a Viáticos. -

1.- De ser posible se planearán viáticos coordinados entre las áreas a manera que se optimice los gastos de hospedaje y transporte.

2.- Se deberán de reducir al mínimo indispensable los viajes locales, nacionales, e internacionales de acuerdo al programa de operación de cada organismo.

3.- La programación de viáticos se llevará a cabo quincenalmente.

V. De gastos a comprobar.

1.- Del Combustible o El cálculo de combustible deberá de realizarse en función del recorrido y del vehículo

a utilizar, considerando que éste debe cumplir con los parámetros que para tal fin dispuso la Secretaría de Finanzas en coordinación con la Secretaría de Fiscalización de acuerdo con Anexo 1.

o La solicitud deberá de llevarse a cabo en los formatos y/o sistema que para tal fin así lo disponga esta Dirección Administrativa, debidamente autorizados por el Subsecretario del Área.

o La comprobación deberá de incluir factura original, copia con firma y nombre de quien solicita, tickets, validación del SAT, bitácora de combustible original con el recorrido realizado, informe de la comisión o actividades realizadas y memoria fotográfica, en caso de no haber ejercido la totalidad del recurso se anexará comprobante del reintegro por la cantidad no ejercida, deberá de entregar además factura electrónica (PDF y XML).

En caso de ejercer la totalidad del recurso, la(s) factura(s) no deberán de rebasar la cantidad solicitada.

Los reembolsos por este concepto quedarán sujetos a la solvencia presupuestal y previa autorización del Titular de la Dependencia.

No se aceptarán reembolsos de facturas con 30 días anteriores a la fecha de la solicitud de reembolso.

o En el caso de compra de vales de combustible será responsabilidad del Jefe de Área o Subsecretario que la distribución de estos se apegue a las tarifas y factores establecidas por la Secretaría de Finanzas (anexo 1), así mismo será el responsable de que se lleven las bitácoras de gasto de combustible donde quede asentado los recorridos realizados y deberá de entregarlos en caso de auditorías de Órganos Fiscalizadores.

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2.- De los Alimentos

o El cálculo de alimentos deberá de realizarse en función del número de personas beneficiadas, para tal fin se deberá de apegar a lo estipulado en el punto II.2.1 de Las Reglas de Operación del Programa General de Austeridad y Ahorro, sujetándose a la tarifa de $100.00 (cien pesos 00/100 M.N.) por persona.

o La solicitud deberá de llevarse a cabo en los formatos y/o sistema que para tal fin así lo disponga esta Dirección Administrativa, debidamente autorizados por el Subsecretario del Área.

o La comprobación deberá de incluir, factura original y copia con firma y nombre de quien solicita, tickets, validación del SAT, bitácora de alimentos con la firma y nombre de las personas que consumieron alimentos, informe de la comisión o actividades realizadas y memoria fotográfica, en caso de no haber ejercido la totalidad del recurso se anexará comprobante del reintegro por la cantidad no ejercida, deberá de entregar además factura electrónica (PDF y XML).

En caso de ejercer la totalidad del recurso, la(s) factura(s) no deberán de rebasar la cantidad solicitada.

Los reembolsos quedarán sujetos a la solvencia presupuestal y previa autorización del Titular de la Dependencia.

No se aceptarán reembolsos de alimentos de facturas con 30 días anteriores a la fecha de la solicitud de reembolso.

o En el caso de compra de tarjetas de alimentos será responsabilidad del Jefe de Área o Subsecretario que la distribución de estos se apegue a las tarifas establecidas por la Secretaría de Finanzas, un máximo de $100.00 pesos diarios por persona, así mismo será el responsable de que se lleven las bitácoras de consumo de alimentos, donde deberá de quedar asentado el personal y periodo de consumo, mismo que deberá de entregar en caso de auditorías de órganos fiscalizadores.

3.- Otros Conceptos

o La solicitud deberá de llevarse a cabo en los formatos y/o sistema que para tal fin así lo disponga esta Dirección Administrativa, debidamente autorizados por el Subsecretario del Área, deberá de incluir además justificación del gasto.

o La comprobación deberá de incluir, factura original y copia con firma y nombre de quien solicita, validación del SAT, informe de la comisión o actividades realizadas y memoria fotográfica, en caso de no haber ejercido la totalidad del recurso se anexará comprobante del reintegro por la cantidad no ejercida, deberá de entregar además factura electrónica (pdf y xlm).

Importante: La Dirección Administrativa dentro de sus atribuciones tiene la facultad para rechazar cualquier comprobante incorrecto o de dudosa procedencia. Quedando en claro que es responsabilidad del comisionado o solicitante la veracidad de la información entregada en su documentación comprobatoria.

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Cuarta.- de las Adquisiciones y eventos.

Nota Importante: La ley de Adquisiciones en su artículo 22, tercer párrafo a la letra dice: “Para toda adquisición o contratación de los servicios definidos en esta Ley, que se realicen en total o parte con fondos estatales, las dependencias, entidades y municipios, sólo podrán aceptar proposiciones y celebrar contrato, con las personas físicas y morales inscritas en el Padrón cuyo Certificado de Aptitud esté vigente en la fecha de presentación y apertura de las proposiciones. En el caso de Invitación a cuando menos tres personas se vigilará que los licitantes que se encuentren inscritos y vigentes a la fecha de la presentación de sus proposiciones, así mismo para el caso de adjudicación directa se solicitará el Certificado antes de la firma del contrato o la asignación del pedido.” Por lo anterior en caso de requerir los servicios de proveedores o prestadores de servicios que no se encuentren dados de alta en el padrón de proveedores invariablemente deberá de solicitar a la Dirección Administrativa la gestión para la autorización de excepción al Padrón, por parte de la Secretaría de Fiscalización, mediante escrito, acompañada por dictamen que justifique la decisión de adjudicar la contratación o solicitud de servicio, mismo que será elaborado por el área solicitante. Es importante no realizar la contratación o adjudicación en tanto no se tenga la autorización, por lo que deberá de programar sus actividades de manera que permita llevar en tiempo y forma el evento o la adquisición programada.

I. De los Eventos.

Consideraciones Generales: No se podrán aplicar recursos públicos para la realización de eventos y reuniones distintos a los que para el cumplimiento de las funciones propias de sus funciones se prevean. Para eventos o capacitaciones aprovechar los espacios de las dependencias y entidades de acuerdo a listado de espacios disponibles de dependencias centralizadas y entidades para estatales de acuerdo a anexo II. Se evitará la contratación de templetes para la celebración de eventos públicos. En caso de ser necesario el arrendamiento de mobiliario y equipo para la realización de cualquier tipo de evento, se promoverá la contratación regional o local, con la finalidad de evitar gastos por concepto de viáticos, fletes y/o traslados, previo análisis y evaluación de costos en que se incurran. Para llevar a cabo la realización de eventos y/o reuniones además de considerar los puntos anteriores, se deberá de apegar al siguiente procedimiento:

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o Se deberá verificar suficiencia presupuestal en esta Dirección Administrativa, se evitará en lo sucesivo comprometer recurso sin tener la seguridad de solvencia para llevar a cabo el pago correspondiente.

o El Pago deberá de ser hecho mediante formato que para tal fin disponga esta Dirección

Administrativa, debidamente autorizada por el Subsecretario. o En la solicitud de pago se deberá de incluir, factura original con nombre y firma del

responsable del evento, copia legible de factura, validación de la factura en el SAT, cuadro comparativo, cotizaciones, antecedentes del evento, memoria fotográfica e informe del evento, además se entregará la factura electrónica (PDF y archivo XML). Una vez realizado el pago el área solicitante será la responsable de solicitar al proveedor o prestador de servicios la emisión del Complemento para Recepción de Pagos en su formato PDF y XML y hacerlo llegar a la Dirección Administrativa. Cabe mencionar que este documento es obligatorio, y en caso de incumplimiento el proveedor o prestar de servicios no será elegible para próximas adquisiciones o servicios.

II. De las Adquisiciones. - Para las adquisiciones se deberá de llevarse conforme a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios para el Estado de Coahuila de Zaragoza, teniendo en cuenta los montos máximos de cada operación. De acuerdo al Decreto que reforma diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de Coahuila, publicado en el Periódico Oficial número 26 de fecha 29 de marzo de 2013, en la que se especifica que el único organismo facultado para llevar a cabo los procedimientos de licitación y contratación de adquisiciones, así como de obra pública de las Dependencias que forman parte de la Administración Pública Estatal es la Dirección General de Adquisiciones de la Secretaria de Fianzas. Misma que llevará a cabo esto mediante el Sistema Electrónico de Contrataciones Gubernamentales (COMPRANET) o los medios o mecanismos que ellos decidan. Con base a lo anterior las adquisiciones se deberán de sujetar al siguiente procedimiento:

o Se deberá solicitar la verificación de la suficiencia presupuestal a esta Dirección Administrativa.

o Con la finalidad de evitar sanciones o requerimientos del SAT de acuerdo con las nuevas

disposiciones fiscales las solicitudes de pago deberán de hacerse a nombre del o los proveedores.

o Se evitará la adquisición de artículos, insumos y productos de lujo e innecesarios de acuerdo

con el anexo III o Toda adquisición mayor de $1,000.00 (mil pesos 00/100 m.n.) y hasta $ 25,769.45 (veinticinco

mil setecientos sesenta y nueve pesos 45/100 m.n.) deberá de contar con su orden de compra (original y copia) elaborada por la Subsecretaría solicitante misma que se adjuntará a la solicitud de pago y la otra deberá entregarse al área de almacén.

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o Para toda adquisición mayor de $ 25,769.45 (veinticinco mil setecientos sesenta y nueve

pesos 45/100 m.n.), deberá solicitar mediante oficio se gestione ante la Dirección de Adquisiciones la contratación de los bienes para lo cual deberá de anexar al oficio catálogo de conceptos y estudio de mercado reciente (cotizaciones), cuadro comparativo

o Toda adquisición deberá de tener su entrada en el almacén general de esta Secretaría, por

lo que invariablemente los bienes deberán de ser revisados contra factura, por personal de Servicios de Recursos Materiales de esta Secretaría, el cual registrará los artículos y emitirá su salida del almacén en caso de que el área así lo requiera.

o Para pagos menores de $ 25,769.45 (veinticinco mil setecientos sesenta y nueve pesos 45/100

m.n.) se elaborará la solicitud de pago en el formato o sistema que para tal fin disponga esta Dirección Administrativa, deberá de adjuntar:

• Factura original firmada con copia legible • Orden de compra firmada de recibida por el proveedor (original y copia) • Cotizaciones • Cuadro comparativo • Memoria fotográfica (frente, trasera, lado izquierdo, lado derecho, número de serie

y modelo, y demás que se consideren necesaria, cuando así aplique) • Factura electrónica (PDF y XML) • Validación del SAT

o Para pagos mayores de $ 25,769.45 (veinticinco mil setecientos sesenta y nueve pesos 45/100

m.n.) se elaborará la solicitud de pago en el formato o sistema que para tal fin disponga esta Dirección Administrativa, deberá de adjuntar

• Factura original firmada con copia legible • Orden de compra o la propuesta económica que haya entregado finanzas • Contrato (en caso de aplicar) • Cotizaciones (en caso de aplicar) • Cuadro comparativo (en caso de aplicar) • Memoria fotográfica (frente, trasera, lado izquierdo, lado derecho, número de serie

y modelo, y demás que se consideren necesaria, cuando así aplique) • Factura electrónica (pdf y xml) y validación del SAT

Una vez realizado el pago el área solicitante será la responsable de solicitar al proveedor o prestador de servicios la emisión del Complemento para Recepción de Pagos en su formato PDF y XML y hacerlo llegar a la Dirección Administrativa. Cabe mencionar que este documento es obligatorio, y en caso de incumplimiento el proveedor o prestar de servicios no será elegible para próximas adquisiciones o servicios.

o La programación de adquisiciones se entregará quincenalmente.

Esta Dirección de acuerdo a sus atribuciones, implementará las medidas que más convengan, sean preventivas o correctivas, encaminadas a dar claridad a la ejecución del recurso que esta Secretaría ejerce, en cumplimiento a las obligaciones encomendadas por el Ejecutivo Estatal.

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Perif. Luis Echeverría y Eje 2 S/N, Centro Metropolitano 25020, Saltillo, Coah.

Teléfono: (844) 986-9800.

ANEXO I

TARIFAS AUTORIZADAS PARA EL OTORGAMIENTO DE VIÁTICOS DE ALIMENTOS Y FACTORES DE COMBUSTIBLE AL 11 DE FEBRERO DE 2019

FACTORES DE COMBUSTIBLE

TIPO FACTOR POR KM

ANTERIOR ACTUAL 2018 2019

4 cilindros 1.82 2.05 6 cilindros 2.46 2.76 8 cilindros 3.38 3.80

El importe de combustible se otorgará multiplicando el factor por kilómetro por los kilómetros que se recorrerán del lugar de origen al lugar dónde se llevará a cabo la comisión, considerando el retorno y recorridos locales.

VIÁTICOS DE ALIMENTOS 2019 COAHUILA DE ZARAGOZA

CONCEPTO

TÉCNICO DE APOYO Y MANDOS MEDIOS

DIRECTORES DE ÁREA A SECRETARIO

GENERAL FUERA DEL ESTADO

Desayuno $100.00 $100.00 $150.00 Comida $150.00 $200.00 $250.00 Cena $150.00 $150.00 $200.00 Máximo diario $400.00 $450.00 $600.00

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