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N= SECCION ADMINISTRATIVA MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA DECRETO Nº 3208 MGJ REVOCANDO DECRETO Paraná, 28 de septiembre de 2018 VISTO: El Decreto Nº 17/18 MGJ; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo se designó a la señora Silvina María Calveyra, Coordinadora de Prevención y Abordaje Integral de Tráfico, Trata de Niños, Niñas y Adolescentes y Trabajo Infantil, en el ámbito de la Dirección General de Asistencia Integral a la Víctima del Delito, dependiente de la Secretaría de Justicia del Ministerio de Gobierno y Justicia; Que dentro del ámbito del Ministerio de Gobierno y Justicia funciona el Consejo Provincial de Prevención, Protección y Asistencia a las Víctimas y Testigos de la Trata y Tráfico de Personas, razón por la cual resulta menester adecuar la función y dependencia de la señora Calveyra al citado organismo, en vez de la Dirección General de Asistencia Integral a la Víctima del Delito, dependiente de la Secre- taría de Justicia; Que en consecuencia corresponde revocar el Decreto Nº 17/18 MGJ; Que se ha propuesto designar como coordinadora a la señora Silvina María Calveyra, DNI Nº 17.517.922, quien reúne los requisitos de idoneidad propios para la tarea encomendada; Por ello; El Gobernador de la Provincia DECRETA: Art. 1º — Revócase el Decreto Nº 17/18 MGJ, de conformidad a lo expresado en los considerandos precedentes. Art. 2º — Desígnase a partir de la fecha del presente Coordinadora del Consejo Provincial de Prevención, Protección y Asistencia a las Víctimas y Testigos de la Trata y Tráfico de Personas en el ámbito del Ministerio de Gobierno y Justicia, a la señora Silvina María Calveyra, DNI Nº 17.517.922, de conformidad a lo expresado en los considerandos precedentes. Art. 3º — El presente decreto será refrendado por la señora Minis- tra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia. Art. 4º — Comuníquese, publíquese y archívese. GUSTAVO E. BORDET Rosario M. Romero DECRETO Nº 3209 MGJ ADSCRIBIENDO A AGENTE Paraná, 28 de septiembre de 2018 VISTO: La presente gestión iniciada por el señor presidente de la Hono- rable Cámara de Senadores de Entre Ríos; y CONSIDERANDO: Que, a fojas 1 obra misiva suscripta por el señor presidente de la Honorable Cámara de Senadores de Entre Ríos, por la que solicita la Adscripción a la Honorable Cámara de Senadores de Entre Ríos del agente Walter Fabricio Caraballo, DNI Nº 25.033.317, Legajo Personal Nº 171.599, categoría 8 Administrativo, personal de la planta permanente de la Secretaría de Justicia; y Que dicho pedido se fundamenta en la necesidad de contar con los servicios del agente Caraballo debido a que el mismo reúne las condiciones de idoneidad y confianza necesarias para llevar a cabo las funciones encomendadas; y Que, a fojas 3, el señor Secretario de Justicia presta su conformi- dad; y Que, a fojas 5, la señora Ministra de Gobierno y Justicia autoriza la continuidad el Trámite; y Que, a fojas 7, el agente de marras presta su conformidad; y Que, a fojas 8, el señor coordinador de la Secretaría de Justicia informa que la adscripción interesada no genera la necesidad de cubrir la función del agente Caraballo con una nueva incorporación; y Que, a fojas 9, obra intervención de rigor de la Dirección General de Recursos Humanos de la Gobernación; y Que, a fojas 11 y vuelta, la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno y Justicia, no encuentra objeciones jurídicas que efectuar a la prosecución del trámite; y Que la presente gestión se encuadra conforme a lo dispuesto en los alcances de los artículos 36º, 39º y 42º de la Ley Nº 9.755, Marco de Regulación del Empleo Público de la Provincia y su modificatoria Ley Nº 9.811, Ley Nº 10.271, artículo 6º y su modificatoria Ley Nº 10.334; Por ello; El Gobernador de la Provincia DECRETA: Art. 1º — Adscríbase al agente Walter Fabricio Caraballo, DNI Nº 25.033.317, Legajo Personal Nº 171.599, categoría 8 Administrati- vo, personal de la planta permanente de la Secretaría de Justicia, a la Honorable Cámara de Senadores de Entre Ríos, a partir de la fecha del presente y por el término de doce (12) meses, de confor- midad a lo expresado en los considerandos precedentes. Art. Encuádrese la presente gestión conforme a lo dispuesto en los alcances de los artículos 36º, 39º y 42º de la Ley Nº 9.755, Nº 26.617- 055/19 PARANA, jueves 21 de marzo de 2019 EDICION: 30 Págs. - $ 10,00 Página Oficial del Gobierno: www.entrerios.gov.ar/ Página Oficial del Boletín: www.entrerios.gov.ar/boletin/ E-mail:[email protected] GOBERNADOR DE LA PROVINCIA VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA Ministerio de Gobierno y Justicia Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas Ministerio de Desarrollo Social Ministerio de Salud Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios Secretaría General de la Gobernación Cr. D. Gustavo Eduardo Bordet Cr. D. Adán Humberto Bahl Dra. Da. Rosario Margarita Romero Cr. D. Hugo Alberto Ballay Lic. Da. María Laura Stratta Lic. Da. Sonia Mabel Velázquez Ing. D. Luis Alberto Benedetto D. Edgardo Darío Kueider

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Page 1: SECCION ADMINISTRATIVA€¦ · Calveyra al citado organismo, en vez de la Dirección General de Asistencia Integral a la Víctima del Delito, dependiente de la Secre-taría de Justicia;

N =

SECCION ADMINISTRATIVA

MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA

DECRETO Nº 3208 MGJREVOCANDO DECRETO

Paraná, 28 de septiembre de 2018VISTO:

El Decreto Nº 17/18 MGJ; yCONSIDERANDO:

Que mediante el mismo se designó a la señora Silvina MaríaCalveyra, Coordinadora de Prevención y Abordaje Integral de Tráfico,Trata de Niños, Niñas y Adolescentes y Trabajo Infantil, en el ámbitode la Dirección General de Asistencia Integral a la Víctima del Delito,dependiente de la Secretaría de Justicia del Ministerio de Gobiernoy Justicia;

Que dentro del ámbito del Ministerio de Gobierno y Justicia funcionael Consejo Provincial de Prevención, Protección y Asistencia a lasVíctimas y Testigos de la Trata y Tráfico de Personas, razón por lacual resulta menester adecuar la función y dependencia de la señoraCalveyra al citado organismo, en vez de la Dirección General deAsistencia Integral a la Víctima del Delito, dependiente de la Secre-taría de Justicia;

Que en consecuencia corresponde revocar el Decreto Nº 17/18MGJ;

Que se ha propuesto designar como coordinadora a la señoraSilvina María Calveyra, DNI Nº 17.517.922, quien reúne los requisitosde idoneidad propios para la tarea encomendada;

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º — Revócase el Decreto Nº 17/18 MGJ, de conformidad a lo

expresado en los considerandos precedentes.Art. 2º — Desígnase a partir de la fecha del presente Coordinadora

del Consejo Provincial de Prevención, Protección y Asistencia a lasVíctimas y Testigos de la Trata y Tráfico de Personas en el ámbitodel Ministerio de Gobierno y Justicia, a la señora Silvina MaríaCalveyra, DNI Nº 17.517.922, de conformidad a lo expresado en losconsiderandos precedentes.

Art. 3º — El presente decreto será refrendado por la señora Minis-tra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia.

Art. 4º — Comuníquese, publíquese y archívese.GUSTAVO E. BORDETRosario M. Romero

DECRETO Nº 3209 MGJADSCRIBIENDO A AGENTE

Paraná, 28 de septiembre de 2018VISTO:

La presente gestión iniciada por el señor presidente de la Hono-rable Cámara de Senadores de Entre Ríos; yCONSIDERANDO:

Que, a fojas 1 obra misiva suscripta por el señor presidente de laHonorable Cámara de Senadores de Entre Ríos, por la que solicitala Adscripción a la Honorable Cámara de Senadores de Entre Ríosdel agente Walter Fabricio Caraballo, DNI Nº 25.033.317, LegajoPersonal Nº 171.599, categoría 8 Administrativo, personal de laplanta permanente de la Secretaría de Justicia; y

Que dicho pedido se fundamenta en la necesidad de contar conlos servicios del agente Caraballo debido a que el mismo reúne lascondiciones de idoneidad y confianza necesarias para llevar a cabolas funciones encomendadas; y

Que, a fojas 3, el señor Secretario de Justicia presta su conformi-dad; y

Que, a fojas 5, la señora Ministra de Gobierno y Justicia autorizala continuidad el Trámite; y

Que, a fojas 7, el agente de marras presta su conformidad; yQue, a fojas 8, el señor coordinador de la Secretaría de Justicia

informa que la adscripción interesada no genera la necesidad decubrir la función del agente Caraballo con una nueva incorporación; y

Que, a fojas 9, obra intervención de rigor de la Dirección Generalde Recursos Humanos de la Gobernación; y

Que, a fojas 11 y vuelta, la Dirección General de Asuntos Jurídicosdel Ministerio de Gobierno y Justicia, no encuentra objecionesjurídicas que efectuar a la prosecución del trámite; y

Que la presente gestión se encuadra conforme a lo dispuesto enlos alcances de los artículos 36º, 39º y 42º de la Ley Nº 9.755, Marcode Regulación del Empleo Público de la Provincia y su modificatoriaLey Nº 9.811, Ley Nº 10.271, artículo 6º y su modificatoria Ley Nº10.334;

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º — Adscríbase al agente Walter Fabricio Caraballo, DNI Nº

25.033.317, Legajo Personal Nº 171.599, categoría 8 Administrati-vo, personal de la planta permanente de la Secretaría de Justicia,a la Honorable Cámara de Senadores de Entre Ríos, a partir de lafecha del presente y por el término de doce (12) meses, de confor-midad a lo expresado en los considerandos precedentes.

Art. 2º — Encuádrese la presente gestión conforme a lo dispuestoen los alcances de los artículos 36º, 39º y 42º de la Ley Nº 9.755,

Nº 26.617- 055/19 PARANA, jueves 21 de marzo de 2019 EDICION: 30 Págs. - $ 10,00

Página Oficial del Gobierno: www.entrerios.gov.ar/ Página Oficial del Boletín: www.entrerios.gov.ar/boletin/

E-mail:[email protected]

GOBERNADOR DE LA PROVINCIAVICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIAMinisterio de Gobierno y JusticiaMinisterio de Economía, Hacienda y FinanzasMinisterio de Desarrollo SocialMinisterio de SaludMinisterio de Planeamiento, Infraestructura y ServiciosSecretaría General de la Gobernación

Cr. D. Gustavo Eduardo BordetCr. D. Adán Humberto BahlDra. Da. Rosario Margarita RomeroCr. D. Hugo Alberto BallayLic. Da. María Laura StrattaLic. Da. Sonia Mabel VelázquezIng. D. Luis Alberto BenedettoD. Edgardo Darío Kueider

Page 2: SECCION ADMINISTRATIVA€¦ · Calveyra al citado organismo, en vez de la Dirección General de Asistencia Integral a la Víctima del Delito, dependiente de la Secre-taría de Justicia;

Marco de Regulación del Empleo Público de la Provincia y su modi-ficatoria Ley Nº 9.811, Ley N 10.271, artículo 6º y su modificatoriaLey Nº 10.334.

Art. 3º — Dispóngase que la Honorable Cámara de Senadores deEntre Ríos comunique mensualmente a la Secretaría de Justicia lasinasistencias en las que incurriere y/o licencias de las que hiciera usoel agente Walter Fabricio Caraballo.

Art. 4º — El presente decreto será refrendado por la señora Minis-tra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia.

Art. 5º — Comuníquese, publíquese y archívese.GUSTAVO E. BORDETRosario M. Romero

— — —DECRETO Nº 3210 MGJ

ADSCRIBIENDO A AGENTEParaná, 28 de septiembre de 2018

VISTO:La presente gestión iniciada por la que el señor presidente de la

Honorable Cámara de Senadores de la Provincia interesa la adscrip-ción del agente Omar Orlando Losso; yCONSIDERANDO:

Que mediante la misma el señor Vicegobernador y presidente de laHonorable Cámara de Senadores de la Provincia de Entre Ríossolicita la adscripción del agente Losso, DNI Nº 14.908.596, LegajoNº 195.209, con situación de revista en la Secretaría de Justicia, paraprestar servicios en la misma, a partir del día 18 de diciembre de 2017y por el término de un (1) año; y

Que, a fojas 2 y 6, el señor Secretario de Justicia insta la prosecucióndel trámite e informa que lo interesado no genera la necesidad de cubrirla función del agente Losso, incorporando nuevo personal; y

Que, a fojas 5, obra la conformidad del agente Losso; yQue, a fojas 7, el Ministerio de Gobierno y Justicia autoriza la

continuidad del trámite interesado; yQue, a fojas 8, la Dirección General de Recursos Humanos de la

Secretaría de Modernización del Estado, Ciencia y Tecnología infor-ma que se estaría en condiciones de continuar con el trámite corres-pondiente; y

Que, a fojas 10/11 emite dictamen de su competencia la DirecciónGeneral de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno y Justicia,expresando que no encuentra objeciones jurídicas que realizar a lointeresado; y

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º — Adscríbase, a partir del día 18 de diciembre de 2017 y por

el término de un (1) año, al agente Omar Orlando Losso, DNI Nº14.908.596, Legajo Personal Nº 195.209, con situación de revista enla Secretaría de Justicia a la Honorable Cámara de Senadores de laProvincia de Entre Ríos.

Art. 2º — Encuádrese la presente gestión en los alcances de losartículos 36º, 39º y 42º de la Ley Nº 9.755, modificada por la Ley Nº9.811, Ley Nº 10.271, artículo 6º y su modificatoria Ley Nº 10.334.

Art. 3º — La Honorable Cámara de Senadores de la Provincia deEntre Ríos comunicará mensualmente a la Secretaría de Justicia, laefectiva prestación de los servicios del agente Losso, así comotambién las licencias e inasistencias en las que incurriere el agentedurante el período dispuesto por esta norma legal.

Art. 4º — El presente decreto será refrendado por la señora Minis-tra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia.

Art. 5º — Comuníquese, publíquese y archívese.GUSTAVO E. BORDETRosario M. Romero

— — —DECRETO Nº 3211 MGJ

Paraná, 28 de septiembre de 2018Disponiendo el pase a retiro voluntario, con goce de haberes, del

Comisario de Policía don Jorge Alberto Hernández, clase 1964, M Nº17.122.485, Legajo Personal Nº 20.543, Legajo Contable Nº 103.469,numerario de la Dirección Ayudantía General.

— — —DECRETO Nº 3212 MGJ

RATIFICANDO RESOLUCIÓNParaná, 28 de septiembre de 2018

VISTO:La Resolución Nº 013 de la Dirección General del Notariado, Regis-

tros y Archivos, de fecha 30 de agosto de 2017; yCONSIDERANDO:

Que por la citada norma legal se asigna transitoriamente la Jefaturade División Publicidad Registral del Registro de la Propiedad Inmue-ble de Gualeguaychú a la agente María Fernanda Borrajo, DNI Nº25.018.919, Legajo Personal Nº 64.990, categoría 8 Administrativab) Ejecución, a partir del 1 de septiembre de 2017, en reemplazo desu titular agente Dora Esther Godoy por producirse el cese en susfunciones el 31 de agosto de 2017; y

Que, a fojas 8, se adjunta Resolución Nº 2.515 de fecha 26 de juniode 2017 de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia deEntre Ríos, concediendo el beneficio de jubilación ordinaria común ala agente Dora Esther Godoy; y

Que, en virtud de ello, a fojas 24 y vuelta, obra nota de la señoraDirectora General del Notariado, Registros y Archivos, de fecha 6de septiembre de 2017, solicitando asignar la función que deten-taba la agente Godoy a la agente Borrajo, en razón de suscapacidades y desempeño satisfactorio en sus funciones; y

Que, a fojas 26 y vuelta, obra intervención de la DirecciónGeneral de Recursos Humanos de la Gobernación; y

Que, a fojas 28/29, la Dirección General del Servicio Administra-tivo Contable del Ministerio de Gobierno y Justicia, efectúa eldetalle del costo y adjunta volante de reserva preventiva del gasto,debidamente intervenido por la Contaduría General de la Provin-cia; y

Que, a fojas 31/32, obra intervención la Dirección General deAsuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno y Justicia, instandoa la prosecución del trámite y al dictado del acto administrativoque apruebe la asignación por responsabilidad funcional interesa-da; y

Que la presente gestión se encuadra en los alcances de losDecretos Nºs. 5.384/03 GOB, 2.426/04 GOB y 7.376/08 GOB;

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º — Ratifíquese la Resolución Nº 13 de la Dirección Gene-

ral del Notariado, Registros y Archivos, de fecha 30 de agosto de2017, de conformidad a lo expresado en los considerandos prece-dentes.

Art. 2º — Reconócese lo actuado en la atención de la Jefaturade División Publicidad Registral del Registro de la PropiedadInmueble de Gualeguaychú a la agente María Fernanda Borrajo,DNI Nº 25.018.919, Legajo Personal Nº 64.990, categoría 8 Admi-nistrativa, b) ejecución, a partir del día 1 de septiembre de 2017y hasta la fecha del presente decreto.

Art. 3º — Asígnese transitoriamente la función de jefa de Divi-sión Publicidad Registral del Registro de la Propiedad Inmueblede Gualeguaychú a la agente María Fernanda Borrajo, DNI Nº25.018.919, Legajo Personal Nº 64.990, categoría 8 Administrati-va, b) ejecución, a partir de la fecha del presente.

Art. 4º — Encuádrese la presente gestión en las disposicionesde los Decretos Nºs. 5.384/03 GOB, 2.426/04 GOB y 7.376/08GOB.

Art. 5º — Impútese el gasto a: Dirección de Administración 966- Carácter 1 - Jurisdicción 20 - Subjurisdicción 02 - Entidad 0000- Programa 18 - Subprograma 00 - Proyecto 00 - Actividad 01 -Obra 00 - Finalidad 1 - Función 20 - Fuente de Financiamiento 11- Subfuente de Financiamiento 0001 - Inciso 1 - Partida Principal1 - Partida Parcial 3/4/6 - Partida Subparcial 1111/1100/1001/1031/1051 - Departamento 84 - Ubicación Geográfica 07 delpresupuesto vigente.

Art. 6º — Autorícese a la Dirección General del Servicio Admi-nistrativo Contable del Ministerio de Gobierno y Justicia a liquidary hacer efectivo el pago del adicional por responsabilidad funcio-nal, a la agente María Fernanda Borrajo, DNI Nº 25.018.919, deconformidad a lo dispuesto en los artículos 2º y 3º de esta normalegal.

Art. 7º — El presente decreto será refrendado por la señoraMinistra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia.

Art. 8º — Comuníquese, publíquese, remítase a la DirecciónGeneral del Servicio Administrativo Contable del Ministerio deGobierno y Justicia a sus efectos y oportunamente archívese.

GUSTAVO E. BORDETRosario M. Romero

— — —DECRETO Nº 3213 MGJ

MODIFICANDO DECRETOParaná, 28 de septiembre de 2018

VISTO:El Decreto Nº 1.274 MGyJ, de fecha 26 de mayo de 2017; y

CONSIDERANDO:Que por el citado texto legal se dispuso el pase a retiro voluntario

del entonces Suboficial Principal de Policía don Raúl Cirilo Cerra-no; clase 1966, MI Nº 17.615.594, Legajo Personal Nº 21.603,Legajo Contable Nº 116.521, numerario de la Dirección Operacio-nes y Seguridad, conforme a lo establecido en los artículos 253ºinciso 1) y 257º de la Ley 5.654/75, reformada por la Ley 8.707; y

Que en fecha 29 de diciembre de 2017, desde la fuerza seprocedió a disponer mediante Resolución D.P. Nº 2.444 la promo-ción al grado inmediato superior del solicitante, por lo que seadvierte que resulta a la fecha incorrecta el grado consignado enel Decreto Nº 1.274 MGyJ; y

Que, a fojas 129, la Sección Asesoría Letrada, dependiente dela Dirección Personal de la Jefatura de Policía de la Provincia,establece mediante Dictamen Nº 101/18 que conforme a los ante-cedentes citados corresponde dictarse el acto administrativo porel cual se deje sin efecto el retiro voluntario fijado por medio deDecreto Nº 1.274/17 y disponer el mismo con la jerarquía queactualmente posee el señor Cerrano; y

2 BOLETIN OFICIAL Paraná, jueves 21 de marzo de 2019

Page 3: SECCION ADMINISTRATIVA€¦ · Calveyra al citado organismo, en vez de la Dirección General de Asistencia Integral a la Víctima del Delito, dependiente de la Secre-taría de Justicia;

Que, a fojas 133, obra intervención de la Dirección General deAsuntos Jurídicos del MGyJ; y

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º — Modifíquese el Decreto Nº 1.274 MGyJ, de fecha 26 de

mayo de 2017, solo en lo que respecta al cargo que ostenta elfuncionario “Suboficial Principal” de Policía don Raúl Cirilo Cerrano;clase 1966, MI Nº 17.615.594, Legajo Personal Nº 21.603, LegajoContable Nº 116.521, numerario de la Dirección Operaciones y Se-guridad, correspondiéndole a partir del 1 de enero de 2018 el cargode “Suboficial Mayor”, de conformidad a lo expresado en los consi-derando de los presentes.

Art. 2º — El presente decreto será refrendado por la señora Minis-tra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia y por el señor MinistroSecretario de Estado de Economía, Hacienda y Finanzas.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese. Con copia del presente, pa-sen las actuaciones a la Jefatura de Policía de la Provincia y a la Cajade Jubilaciones y Pensiones de la Provincia. Oportunamente, archí-vense.

GUSTAVO E. BORDETRosario M. RomeroHugo A. Ballay

— — —DECRETO Nº 3214 MGJ

RATIFICANDO RESOLUCIÓNParaná, 28 de septiembre de 2018

VISTO:La Resolución Nº 015 de la Dirección General del Notariado, Regis-

tros y Archivos, de fecha 22 de septiembre de 2017; yCONSIDERANDO:

Que por la citada norma legal se asigna transitoriamente la Jefaturade División Protocolos y Expedientes del departamento Archivo No-tar ia l de Paraná al agente Rubén Darío Hernández, DNI Nº26.809.008, Legajo Personal Nº 137.125, Administrativo b) Ejecu-ción, a partir del 2 de octubre de 2017; y

Que mediante el mismo acto administrativo se asigna transitoria-mente la Jefatura de División Trámites del Departamento ArchivoNotarial de Paraná a la agente María Fernando Zingg, DNI Nº24.155.985, Legajo Personal Nº 144.636, categoría 6 Administrativa,b) Ejecución, a partir del 2 de octubre de 2017; y

Que obra nota de la señora Directora General del Notariado, Regis-tros y Archivos, de fecha 4 de octubre de 2017, informando que elagente Hernández detentaba la Jefatura de División Trámites delmencionado organismo conforme Decreto Nº 3.698/07 GOB; y

Que se informa que la Jefatura de la División Protocolos y Expe-dientes del Departamento Archivo se encuentra vacante debido a larenuncia de la agente María Florencia Noé, DNI Nº 27.006.793, apartir del 1 de junio de 2016; y

Que interviene la Dirección General de Recursos Humanos de laGobernación, entendiendo que las actuaciones deben ser elevadasa la Superioridad en razón de que el artículo 1º del Decreto Nº5.384/03 GOB, establece que la única facultada para asignar funcio-nes es la autoridad de nombramiento, asistiendo el derecho a losagentes a la percepción del adicional por responsabilidad funcionalprevisto en el Anexo I - punto G del Decreto Nº 4458/90 MGJOSP ysu modificatorio Decreto Nº 2.426/04 GOB y consignarse las funcio-nes en carácter transitorio conforme Decreto Nº 7.376/08 GOB; y

Que la Dirección General del Servicio Administrativo Contable Mi-nisterio de Gobierno y Justicia, efectúa el detalle del costo e interve-nido por la Contaduría General de la Provincia, e informa que elagente Hernández percibe el adicional por responsabilidad funcionalcorrespondiente a una Jefatura de División, por lo que la asignaciónde funciones interesada no ocasionaría mayores costos; y

Que obra intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicosdel Ministerio de Gobierno y Justicia, instando a la prosecución deltrámite y al dictado del acto administrativo que reconozca las asigna-ciones por responsabilidad funcional interesadas; y

Que la presente gestión se encuadra en los alcances de los Decre-tos N°s. 5.384/03 GOB, 2.426/04 GOB y 7.376/08 GOB;

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º — Ratifíquese la Resolución Nº 015 de la Dirección General

del Notariado, Registros y Archivos, de fecha 22 de septiembre de2017, y reconócese lo actuado desde el 2 de octubre de 2017 y hastala fecha del presente decreto, de conformidad a lo expresado en losconsiderandos de esta norma legal.

Art. 2º — Asígnese transitoriamente la función de Jefe de DivisiónProtocolos y Expedientes del departamento Archivo Notarial de Paraná alagente Rubén Darío Hernández, DNI Nº 26.809.008, Legajo Personal Nº137 125, personal de planta permanente categoría 3 Administrativo, b)Ejecución, a partir de la fecha del presente.

Art. 3º — Déjese sin efecto la función de jefe de División Trámitesdel Departamento Archivo Notarial de Paraná al agente Rubén DaríoHernández, DNI Nº 26.809.008, Legajo Personal Nº 137.125, perso-nal de planta permanente, categoría 3 Administrativo, b) Ejecución,a partir de la fecha de la presente norma legal.

Art. 4º — Asígnese transitoriamente la función de Jefa de DivisiónTrámites del Departamento Archivo Notarial de Paraná a la agenteMaría Fernanda Zingg, DNI Nº 24.155.985, Legajo Personal Nº144.636, categoría 6 Administrativa b) Ejecución, a partir de lafecha del presente.

Art. 5º — Impútase el gasto a: Dirección de Administración 966 -Carácter 1 - Jurisdicción 20 - Subjurisdicción 02 - Entidad 0000 -Programa 18 - Subprograma 00 - Proyecto 00 - Actividad 01 - Obra00 - Finalidad 1 - Función 20 - Fuente de Financiamiento 11 -Subfuente del Financiamiento 0001 - Inciso 1 - Partida Principal 1- Partida Parcial 3/4/6 - Partida Subparcial 1111/1100/1001/1031/1051 - Departamento 84 - Ubicación Geográfica 07 del presu-puesto vigente.

Art. 6º — Autorízase a la Dirección General del Servicio Adminis-trativo Contable de la Jurisdicción 20, a liquidar y hacer efectivoslos pagos de los adicionales por responsabilidad funcional, deconformidad a lo dispuesto en los artículos 2º y 4º de esta normalegal.

Art. 7º — El presente decreto será refrendado por la señora Mi-nistra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia.

Art. 8º — Comuníquese, publíquese, remítase a la Dirección Ge-neral del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Gobier-no y Justicia a sus efectos y oportunamente archívese.

GUSTAVO E. BORDETRosario M. Romero

— — —DECRETO Nº 3215 MGJ

RATIFICANDO RESOLUCIÓNParaná, 28 de septiembre de 2018

VISTO:La Resolución Nº 1625, de la Dirección General del Registro del

Estado Civil y Capacidad de las Personas, de fecha 27 de noviem-bre de 2017; yCONSIDERANDO:

Que por la citada resolución se encarga la atención de la Jefaturade la Oficina del Registro del Estado Civil y Capacidad de lasPersonas de Santa Elena a la agente Nora Marcela Lima, DNI Nº17.959.005, Legajo Personal Nº 105.969, categoría 4 jefa de Divi-sión, en forma transitoria a partir del día 1 de octubre de 2017 yhasta el día 31 de diciembre de 2017, inclusive, atento a que sutitular agente Alicia del Carmen Albornoz cesó en fecha 30 deseptiembre de 2017 por acogimiento al régimen previsional; y

Que, a fojas 6, la Dirección General del Servicio AdministrativoContable del Ministerio de Gobierno y Justicia informa que la agenteAlbornoz percibe en concepto de adicional por responsabilidadfuncional el equivalente al treinta por ciento (30%) de la categoría1, y la agente Lima percibe en concepto de dicho adicional elequivalente al veinticinco por ciento (25%) de la categoría 2; y

Que, a fojas 7 y vuelta, interviene la Dirección General de Recur-sos Humanos de la Gobernación; y

Que, a fojas 8 y vuelta, la Dirección General de Asuntos Jurídicosde este ministerio manifiesta que no existen objeciones jurídicasque efectuar a la prosecución del tramite; y

Que, a fojas 10/11, interviene la Dirección General del ServicioAdministrativo Contable del Ministerio de Gobierno y Justicia, ad-juntando volante con el costo del reemplazo y de reservas preven-tivas del crédito;

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º — Ratifíquese en todos sus términos la Resolución Nº

1.625, de fecha 27 de noviembre de 2017, de la Dirección Generaldel Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, confor-me a lo expresado en los considerandos de esta norma legal.

Art. 2º — Reconócese lo actuado en la atención de la Jefatura delRegistro del Estado Civil y Capacidad de las Personas de SantaElena a la agente Nora Marcela Lima, DNI Nº 17.959.005, LegajoPersonal Nº 105.969 categoría 4 jefa de División, en forma transi-toria a partir del día 1 de octubre de 2017 y hasta el 31 de diciembrede 2017 inclusive.

Art. 3º — Encuádrase la presente gestión en las previsiones delDecreto Nº 5.384/03 GOB y 2.426/04 GOB.

Art. 4º — Impútese el gasto a Dirección de Administración 966 -Carácter 1 - Jurisdicción 20 - Subjurisdicción 02 - Entidad 0000 -Programa 17 - Subprograma 00 - Proyecto 00 - Actividad 01 - Obra00 - Finalidad 1 - Función 20 - Fuente de Financiación 11 - Subfuen-te de Financiación 0001 - Inciso 1 - Partida Principal 1 - PartidaParcial 3/4/6 - Partida Subparcial 1111/1100/1001/1031/1051 - De-partamento 84 - Ubicación Geográfica 07 del presupuesto del año2018.

Art. 5º — Autorízase a la Dirección General del Servicio Adminis-trativo Contable del Ministerio de Gobierno y Justicia, a liquidar yhacer efectivo el pago de la diferencia porcentual del cinco porciento (5%) del adicional por responsabilidad funcional, a la agenteNora Marcela Lima, DNI Nº 17.959.005, Legajo Personal Nº

Paraná, jueves 21 de marzo de 2019 BOLETIN OFICIAL 3

Page 4: SECCION ADMINISTRATIVA€¦ · Calveyra al citado organismo, en vez de la Dirección General de Asistencia Integral a la Víctima del Delito, dependiente de la Secre-taría de Justicia;

105.969, correspondiente al período que resulta de la aplicación delartículo 2º de la presente norma legal.

Art. 6º — El presente decreto será refrendado por la señora Minis-tra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia.

Art. 7º — Comuníquese, publíquese con copia de la presente pasenlas actuaciones a la Dirección General del Servicio AdministrativoContable sus efectos y oportunamente archívese.

GUSTAVO E. BORDETRosario M. Romero

— — —DECRETO Nº 3216 MGJ

ACEPTANDO RENUNCIAParaná, 28 de septiembre de 2018

VISTO:La gestión iniciada en el ámbito de la Comisión Médica, dependien-

te de este Ministerio de Gobierno y Justicia; yCONSIDERANDO:

Que, mediante la misma, el director del mencionado organismoinforma sobre la renuncia del doctor Octavio Gómez Núñez, DNI Nº31.017.646, al contrato de locación de obra celebrado oportunamentecon la señora Ministra de Gobierno y Justicia y aprobado por DecretoNº 1.004 MGJ, de fecha 2 de mayo de 2018; y

Que, a fojas 3 obra renuncia escrita presentada por el doctorOctavio Gómez Núñez al contrato de locación de obra que detenta,a partir del mes de junio de 2018; y

Que, a fojas 11 y vto. obra intervención de la Dirección General deAsuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno y Justicia, indicandoque el artículo 78º inciso g) de la Ley 9.755 Marco Regulatorio delEmpleo Público de la Provincia prevé entre las causas de conclusióndel vínculo con el Estado Provincial, a la rescisión del contrato, parael caso de personal bajo el régimen de contrataciones;

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º — Acéptase la renuncia del doctor Octavio Gómez Núñez,

DNI 31.017.646, al contrato de obra que detenta en la AdministraciónPública Provincial, a partir del 31 de mayo del corriente año y en virtudde lo expuesto en los considerandos precedentes.

Art. 2º — Encuádrase la presente gestión en el artículo 78º incisog) de la Ley Nº 9.755, Marco de Regulación del Empleo Público de laProvincia.

Art. 3º — El presente decreto será refrendado por la señora Minis-tra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia.

Art. 4º — Comunícase, publícase, con copia dar intervención a laDirección General de Recursos Humanos y a la Dirección General delServicio Administrativo Contable del Ministerio de Gobierno y Justiciay oportunamente archivar.

GUSTAVO E. BORDETRosario M. Romero

— — —DECRETO Nº 3217 MGJ

Paraná, 28 de septiembre de 2018Disponiendo el pase a retiro voluntario, con goce de haberes, del

Suboficial Mayor de Policía don Héctor Aresio Osuna, clase 1959, MINº 13.703.391, Legajo Personal Nº 20.845, Legajo Contable Nº105.909, numerario de la Jefatura Departamental Federal.

— — —DECRETO Nº 3218 MGJ

Paraná, 28 de septiembre de 2018Disponiendo el pase a retiro voluntario, con goce de haberes, del

Suboficial Principal Alcides Victorino Lacuadra, DNI Nº 16.799.152,L.P. Nº 108.144 numerario dependiente de la Dirección General delServicio Penitenciario de la Provincia de Entre Ríos.

— — —DECRETO Nº 3219 MGJ

Paraná, 28 de septiembre de 2018Disponiendo el pase a retiro voluntario, con goce de haberes, del

Suboficial Principal de Policía don Alberto Ramón Aguirre, clase1960, MI Nº 13.717.825, Legajo Personal Nº 18.414. Legajo ContableNº 55.612, numerario de la Jefatura Departamental Paraná.

— — —DECRETO Nº 3220 MGJ

Paraná, 28 de septiembre de 2018Disponiendo el pase a retiro voluntario, con goce de haberes, del

Suboficial Mayor de Policía don Juan Carlos Ramón Garay, clase1969, MI Nº 20.656.422, Legajo Personal Nº 20.965, Legajo ContableNº 109.539, numerario de la Jefatura Departamental Villaguay.

— — —DECRETO Nº 3221 MGJ

Paraná, 28 de septiembre de 2018Disponiendo el pase a retiro voluntario, con goce de haberes, del

suboficial mayor de Policía don José Luis Gallo, clase 1967, MI Nº18.323.298, Legajo Personal Nº 20.963, Legajo Contable Nº 109.537,numerario de la Jefatura Departamental Concordia.

— — —DECRETO Nº 3222 MGJ

Paraná, 28 de septiembre de 2018Disponiendo el pase a retiro voluntario, con goce de haberes, del

suboficial mayor de Policía don Armando Basilio López, clase1963, MI Nº 16.360.131, Legajo Personal Nº 21.648, Legajo Con-table Nº 116.566, numerario de la Jefatura Departamental Concor-dia.

— — —DECRETO Nº 3223 MGJ

DESESTIMANDO RECURSOSParaná, 28 de septiembre de 2018

VISTO:Los recursos de apelación jerárquica interpuestos por el señor

Mario Raúl López contra las Resoluciones Nºs. 4.159/16 CGE y4.160/16 CGE; yCONSIDERANDO:

Que a través de la Resolución Nº 4.159/16 no se hace lugar alrecurso de revocatoria interpuesto por el señor Mario Raúl Lópezcontra lo dictaminado por Jurado de Concursos en fecha 2 deseptiembre de 2016; y

Que mediante la Resolución Nº 4.160/16 se dispone la instruc-ción de un sumario administrativo al señor Mario Raúl López porencontrar su conducta presuntamente incurso en lo normado porel artículo 6º, incisos a), d) y f) del Decreto Nº 155/62 IF-MHEyE- “Estatuto del Docente Entrerriano y la Ley de Educación Provin-cial Nº 9.890, artículo 131º, incisos a) y d); en base a los siguientescargos de hecho: presunto plagio de proyecto y presentación delmismo en un concurso docente; y

Que Fiscalía de Estado emite Dictamen Nº 131/18 indicandorespecto del aspecto formal de los presentes recursos, que ambosfueron interpuestos en fecha 5 de diciembre de 2016 conformesello de Mesa de Entradas de Gobernación, mientras que los actosfueron notificados al recurrente en fecha 18 de noviembre de 2016conforme cédula de notificación de fojas 20 vta. y 109 vto.; por loque debe considerarse que los mismos han sido interpuestos entiempo y forma, conforme a los preceptos del artículo 62º de laLey de Procedimientos para Trámites Administrativos Nº 7.060; y

Que ingresando al análisis sustancial del recurso incoado contrala Resolución Nº 4.159/16 CGE, dicha norma legal no hizo lugaral reclamo presentado por el recurrente, tendiente a procurar larevocación de lo dictaminado por Jurado de Concursos del Con-sejo General de Educación obrante en copia a fojas 84 de lospresentes, vinculada a la evaluación referida al concurso del cargode coordinador de carrera Profesorado Modalidad Técnico Profe-sional convocado por el Instituto de Educación Superior; y

Que, al respecto, resulta preciso destacar que la normativaconcursal no ha sido objeto de previa impugnación por el concur-sante, habiéndose sometido voluntariamente a aquella, sin reser-vas ni objeciones a los lineamientos del proyecto, por lo que nopuede válidamente cuestionar sus efectos y consecuencias jurídi-cas sin vulnerar sus propios actos; y

Que se deja expresa constancia que el recurrente se desempeñacomo docente del Nivel Superior Universitario y no Universitarioy del Profesorado Técnico Profesional, en pleno conocimiento dela normativa aplicable y de los alcances e incumbencias de lafunción a la que aspira; y

Que, en este orden, examinado el caso puntual, se destaca queel señor López mantiene un vínculo laboral con la administraciónregido, sometido y regulado por normas locales específicas quevoluntariamente aceptó, consintió y se obligó a cumplir, con ta-reas, horarios, derechos, obligaciones y modalidades de servicioque el quejoso debe acatar, en calidad de agente dependiente delConsejo General de Educación; y

Que de la lectura del escrito de interposición del recurso traídoa consideración, se advierte que las impugnaciones manifestadaspor el recurrente versaron sobre meras discrepancias o disconfor-midad con la modalidad de evaluación, e intenta desacreditar elaccionar de la administración en el trámite de las actuacionesefectuando juicio de disvalor sobre las apreciaciones y considera-ciones que el jurado efectuó a su examen y el puntaje al que arribórespecto al proyecto de Coordinación de Carreras presentado porel quejoso; y

Que corresponde destacar que el control de legalidad que lecompete tanto al Consejo General de Educación como a Fiscalíade Estado debe respetar el poder exclusivo de valoración otorga-do al jurado examinador y sólo merituar si se sobrepasan suslímites, dado que, aunque existan varias soluciones razonables,no procede imponer el propio punto de vista acerca de lo que esmás adecuado, sino sólo verificar si la ponderación y a efectuadapor el órgano de selección se ajusta a pautas aceptables, auncuando fueran opinables; y

Que en ese sentido, el órgano revisor, que se aboca a resolverel recurso de apelación jerárquica interpuesto, se debe limitar aconstatar la existencia del vicio de arbitrariedad con la ostensibi-lidad exigida por la norma, ya que se halla legalmente limitado aejercer un control de legalidad de lo actuado por el órgano exami-nador (Jurado de Concursos) quien no puede ingresar a reconsi-derar los parámetros y/o la forma en que puntuó a cada partici-pante so pena de incurrir en intromisión de competencias quepertenecen a un órgano diferente e independiente corno tal endicha función, excediendo el marco de la autorización legal para

4 BOLETIN OFICIAL Paraná, jueves 21 de marzo de 2019

Page 5: SECCION ADMINISTRATIVA€¦ · Calveyra al citado organismo, en vez de la Dirección General de Asistencia Integral a la Víctima del Delito, dependiente de la Secre-taría de Justicia;

actuar en violación del principio de legalidad; limitación que se ex-tiende, con el alcance predicado, a Fiscalía de Estado; y

Que siguiendo con este razonamiento, el Consejo General de Edu-cación y el señor gobernador de la Provincia deben limitarse acontrolar si, en el caso concreto, el proceder del cuerpo examinadorha sido correcto o por el contrario arbitrario o con violación al debidoproceso, y sólo si ese vicio surgiera de manera ostensible y manifies-ta, debería anular lo actuado y ordenar a otro jurado llevar adelanteuna nueva evaluación de las pruebas; y

Que de lo expuesto se infiere que si se atendiera a lo planteado porel recurrente y el Consejo General de Educación analizara y, en basea las nuevas consideraciones, modificara el puntaje asignado porJurado de Concursos tal como se plantea en la pretensión recursiva,incurriría en una intromisión de facultades que le están vedadas porla ley, en violación a los principios de legalidad y debido procesoadjetivo y subjetivo; y

Que, en virtud de todo lo expuesto, siendo que no se vislumbra viciode ilegalidad en la Resolución Nº 4.159/16 CGE, habiendo sidodictada por autoridad competente, corresponde desestimar el recursode apelación jerárquica interpuesto contra la misma por el señorMario Raúl López; y

Que procediendo a analizar la cuestión sustancial del recurso inter-puesto contra la Resolución Nº 4.160/16 CGE surge relevante lodispuesto en la citada resolución, por la cual se dispone la sustancia-ción del sumario administrativo al agente por encontrarse su conduc-ta presuntamente incursa en incumplimiento de los deberes contem-plados en el Decreto Ley Nº 155/62 IF-MHEyE “Estatuto del DocenteEntrerriano” particularmente en las previsiones del artículos 6º inci-sos a)" desempeñar con dignidad, eficacia y lealtad las funcionesinherentes al cargo, d) Observar una conducta acorde con la funcióneducativa y no desempeñar actividades que afecte la dignidad docen-te... f) cumplir los reglamentos y disposiciones que se dicten para lamejor organización y gobierno de la enseñanza"; y

Que cabe destacar que la Dirección de Asuntos Jurídicos del Con-sejo General de Educación aconseja el rechazo del recurso en aná-lisis, debiendo confirmarse en todos sus aristas la Resolución Nº4.160/16 CGE, la cual no logra conmoverse ante los fundamentosesbozados en el escrito recursivo y encontrándose en la resoluciónen crisis todos los elementos formales y sustanciales que todo actoadministrativo. para ser tal, debe tener; y

Que no existe une crítica razonada a la Resolución Nº 4.160/16 CGE,pudiendo el quejoso desarrollar la defensa técnica y material dentro delproceso del sumario instruido en el artículo 1º de la misma; y

Que Fiscalía de Estado señala que concurren otras circunstancias–además de las expuestas en el citado dictamen– que aconsejandesestimar los planteos del recurrente; y

Que el señor López expone que el acto recurrido resulta ilegítimo ya que vulnera principios constitucionales básicos que afectan suderecho al trabajo y a la debida defensa, sin especificar a cuálesnormas hace referencia; y

Que además el docente centra su exposición en apreciacionessubjetivas interpretando que, al disponerse el sumario, se afecta subuen nombre y honor, estigmatizando su persona y afectando subienestar psicofísico; y

Que, asimismo, se agravia al advertir que desconoce el acta origi-naria, si bien analiza sus fundamentos y redacción la cual a suentender, es de notoria parcialidad y prejuzgamiento y advierte en sutercer agravio tener conocimiento de la misma al momento de formu-lar la impugnación y la acompaña como prueba documental en sulibelo recursivo; y

Que prosigue su análisis y hace hincapié en cuestiones formalesdel tramite del acta, y advierte que" en ningún momento se pide quese presente un proyecto original o de autoría del postulante"; y

Que concluye manifestando que, en su opinión, la Administraciónya ha condenado su accionar antes del inicio del proceso investiga-tivo; y

Que, al respecto, corresponde indicar que el acto impugnado –Re-solución Nº 4.160/16 CGE– sin perjuicio de que goza de presunciónde legitimidad, es irrecurrible en los términos que opone el agente,por cuanto las cuestiones invocadas serán objeto de la investigaciónsumarial y el cuestionamiento sobre las circunstancias de hechoimputadas podrán tener planteamiento oportuno en las distintas eta-pas reguladas en la normativa que reglamenta el procedimiento encuestión; y

Que vinculadas a las circunstancias de hecho que motivan investi-gación, es el sumario administrativo el procedimiento idóneo tendien-te a comprobar la existencia de la irregularidad y garantizar el debidoderecho de defensa del sumariado, así lo establece el Decreto Nº2/70 SGG, en su artículo 20º; y

Que en ese contexto, la regla es que, salvo ostensibles y gravesvicios, resulta formalmente inadmisible el presente recurso, dirigidoa cuestionar algo que ya es un acto administrativo definitivo –comoy a se observara– no sancionatorio, sino que al disponer la instrucciónde un procedimiento ante una posible comisión de una falta adminis-trativa por parte del mencionado docente, –quien goza de la garantíadel debido proceso y defensa–, el acto impugnado no ha adoptadomedida disciplinaria a su respecto y no tiene virtualidad para provocarlesión actual a un interés jurídico; y

Que, en razón de lo expuesto, no siendo la Resolución Nº 4.160/16

CGE un acto impugnable en los términos de las Leyes Nº 7.060 yNº 7061, según lo ha convalidado el Superior Tribunal de Justiciade Entre Ríos, Fiscalía de Estado aconseja desestimar el recursode apelación interpuesto por el señor Mario Raúl López contra lamisma, disponiéndose el inicio del proceso sumarial correspondien-te; y

Que el presente se dicta en el marco de lo establecido por elartículo 175º, inciso 24º de la Constitución Provincial y artículo 60º,último párrafo de la Ley Nº 7.060 de Procedimientos para TrámitesAdministrativos;

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º — Desestímense los recursos de apelación jerárquica in-

terpuestos por el señor Mario Raúl López, DNI Nº 13.631.048,contra las Resoluciones Nº 4.159/16 CGE y Nº 4.160/16 CGE,atento a los argumentos invocados en los considerandos preceden-tes.

Art. 2º — El presente decreto será refrendado por la señora Mi-nistra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, y archívese.GUSTAVO E. BORDETRosario M. Romero

— — —DECRETO Nº 3224 MGJ

RECHAZANDO RECURSOParaná, 28 de septiembre de 2018

VISTO:El recurso de apelación jerárquica interpuesto por la Cabo Técnica

de Pol icía Marcela Silvina Retamar, L.P. Nº 25.366, MI Nº23.619.630, contra la Resolución JDP-SAJ Nº 140/16; yCONSIDERANDO:

Que la Cabo Técnica de Policía Marcela Silvina Retamar sepresenta con el patrocinio letrado de su abogado defensor e inter-pone recurso de apelación jerárquica contra la Resolución JDP-SAJNº 140/16, de fecha 25 de mayo de 2016 (fojas 161), mediante lacual el jefe Departamental Paraná resuelve rechazar el recurso derevocatoria interpuesto por la defensa (fojas 144-146), en el marcode un sumario administrativo que se le sigue por presunto abandonode servicio e insubordinación; y

Que el sumario administrativo se inició en fecha 23 de noviembrede 2015 contra la citada funcionaria, decisión formalizada por Re-solución JDP-SAJ Nº 442/15, que luego de desplegarse en todassus etapas por parte de la instrucción, en la instancia del artículo207º del RGP la encartada presentó un descargo (fojas 129-132),ante el rechazo por parte del instructor, la defensa interpuso unrecurso de revocatoria (fojas 144), el cual fue rechazado por el jefeDepartamental Paraná por Resolución JDP-SAJ Nº 140/16 (fojas161), y contra dicho acto interpuso recurso de apelación jerárquicafundado en el artículo 60º y siguientes de la Ley de ProcedimientoAdministrativo 7.060; y

Que el recurrente se agravia contra la Resolución JDP-SAJ Nº140/16, por la cual se dispuso no hacer lugar al recurso de revoca-toria planteado, por considerarlo la autoridad de la cual emana elmismo improcedente bajo los lineamientos del Reglamento Generalde Policía, y de conformidad a los fundamentos esgrimidos en losconsiderandos de dicho decisorio; el quejoso aduce que oportuna-mente se cuestionó la resolución dictada por la instrucción atentoa que la misma no cumplía con las formas mínimas, en la cual elmismo no hace lugar al descargo planteado oportunamente, recha-zando así mismo la prueba ofrecida. La defensa replica que sevulneró su derecho a ofrecer y producir pruebas; y

Que, a fojas 197, ha tomado intervención la División AsesoríaLetrada de la Policía de la Provincia, mediante Dictamen Nº 685,considerando que el recurso de apelación ha sido incoado en legaltiempo, resultando en consecuencia formalmente procedente, en-tendiendo que el acto impugnado fue emitido por autoridad compe-tente, siguiendo el procedimiento legal establecido, con las forma-lidades que el mismo impone, por lo tanto resulta válido y legítimo,debiéndose rechazar el recurso interpuesto, aconsejando la eleva-ción de las actuaciones al Poder Ejecutivo Provincial; y

Que, a fojas 203/204, intervino la Dirección de Asuntos Jurídicosdel Ministerio de Gobierno y Justicia mediante dictamen técnicolegal Nº 897/16 DAJ-MGJ, por el cual tras analizar la cuestión deestudio concluye que el recurso interpuesto no cumple con la for-malidad suficiente para su procedencia, toda vez que todo lo actua-do hasta esta instancia debería ajustarse dentro de la Ley 5.654/75,pues el accionar de la encartado al momento no ha tenido reprochealguno dentro del sumario iniciado, por lo que correspondería nohacer lugar al mismo y consecuentemente proseguir la instrucciónpara lograr la concreción de la resolución definitiva en autos; y

Que, a fojas 206/208, obra intervención de Fiscalía de Estado dela Provincia mediante Dictamen Nº 258/18, quien señala que exis-tiendo un régimen especial de impugnación, no es procedenteacudir al régimen general de la Ley Nº 7.060, el que es aplicable enforma supletorio, considera el recurso interpuesto, desde el puntode vista formal inadmisible y corresponde sea rechazado, propician-do la continuidad del sumario hasta el total cumplimiento de todas

Paraná, jueves 21 de marzo de 2019 BOLETIN OFICIAL 5

Page 6: SECCION ADMINISTRATIVA€¦ · Calveyra al citado organismo, en vez de la Dirección General de Asistencia Integral a la Víctima del Delito, dependiente de la Secre-taría de Justicia;

sus etapas, de acuerdo al artículo 208º del RGP, con la participacióndel Consejo de Disciplina Policial, quien luego de su intervención deasesoramiento elevará las mismas al señor Jefe de Policía de EntreRíos, autoridad que resolverá en definitiva; y

Que continúa su análisis la Fiscalía de Estado de la Provinciasosteniendo que es imprescindible señalar que existiendo un régimenespecial de impugnación, no es procedente acudir al régimen generalde la Ley 7.060, el que es aplicable solo en forma supletoria. Partien-do de esa premisa debe referirse que en el capítulo V, artículos 213al 224 de la Ley 5.654/75, están los preceptos que regulan la materia,de cuya interpretación integral puede extraerse como principio gene-ral que los actos meramente impulsores del trámite del sumario noson impugnables, estando reservada dicha calidad a aquellos actosadministrativos que ponen fin al procedimiento aplicando una sanción(artículos 213 y 217); y

Que la excepción está dada por un recurso de nulidad, previsto enel artículo 221º, con un plazo de 5 días a contar desde la vista corridapara efectuar el descargo del artículo 207 del RGP, o bien desde lanotificación de la resolución recaída en definitiva; y

Que en razón de todo lo expuesto, corresponde el rechazo delrecurso de apelación interpuesto por la Cabo Técnica de PolicíaMarcela Silvina Retamar, contra la Resolución JDP-SAJ Nº 140/16de fecha 25 de mayo de 2016, y que el sumario continúe hasta el totalcumplimiento de todas sus etapas, en cuanto los agravios expuestosno tienen entidad para modificar lo resuelto en la misma;

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º — Rechácese el recurso de apelación jerárquica interpuesto

por la cabo técnica de Policía Marcela Silvina Retamar, L.P. Nº25.366, MI Nº 23.619.630, con el patrocinio letrado de su abogadoCésar Ariel Cesario, contra la Resolución JDP-SAJ Nº 140/16, defecha 25 de mayo de 2016, en virtud a lo expresado en los conside-randos precedentes.

Art. 2º — El presente decreto será refrendado por la señora Minis-tra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese. Con copia del presente, pa-sen las actuaciones a la Jefatura de Policía de la Provincia y oportu-namente archívese.

GUSTAVO E. BORDETRosario M. Romero

— — —DECRETO Nº 3225 MGJ

RECHAZANDO RECURSOParaná, 28 de septiembre de 2018

VISTO:El recurso de apelación jerárquica interpuesto por el Oficial Ayudan-

te de la Policía de Entre Ríos Ulises Emanuel Losa, MI Nº 32.275.516,L.P Nº 30.259, contra la Resolución D.P. Nº 59/17, de fecha 4 deenero de 2017; yCONSIDERANDO:

Que se inicia el trámite administrativo mediante el recurso inter-puesto contra la Resolución JDP-SAJ Nº 195/16 que dispuso sancio-nar con diez (10) días de arresto al oficial ayudante Ulises EmanuelLosa, el que se hizo lugar parcialmente por el señor jefe Departamen-tal Paraná a través de la Resolución JDP SAJ Nº 208/16, de fecha 13de julio de 2016, obrante a fojas 33; y

Que luego la agente continúa la vía recursiva por ante el mismoseñor Director Departamental Paraná, quien desestima dicha impug-nación a través de la Resolución JDP-DAJ Nº 231/16, de fecha 5 deagosto de 2016, obrante a fojas 48/50, previa intervención de laAsesoría Letrada de la citada departamental; y

Que, posteriormente, interpone recurso ante el señor director deOperaciones y Seguridad, quien desestima dicha impugnación me-diante la Resolución DOS S.G. Nº 201/16, previa intervención de laDivisión Asesoría Letrada de la Policía de la Provincia de Entre Ríos,quien se expide a fojas 60/62 mediante Dictamen Nº 833/16, enten-diendo que debería rechazarse la nulidad planteada; y

Que luego Losa interpone nuevo recurso de apelación jerárquicacontra la citada resolución –obrante a fojas 68/71– y ante el señorJefe de Policía de la Provincia, quien, mediante Resolución D.P. Nº59/17, obrante a fojas 99/100 y previa intervención de la DivisiónAsesoría Letrada de la Policía de Entre Ríos mediante Dictamen Nº112016 dispuso el rechazo del mismo; y

Que notificado en fecha 10 de enero de 2017, el funcionario sepresenta nuevamente, interponiendo el presente recurso de apela-ción jerárquica ante este Poder Ejecutivo; y

Que obra a fojas 131/132 intervención de la Dirección de AsuntosJurídicos del Ministerio de Gobierno y Justicia mediante DictamenTécnico Legal Nº 224/17, donde tras analizar los antecedentes des-criptos y analizados, se advierte que de acuerdo a la naturaleza dela sanción aplicada y las disposiciones del RGP, el planteo no resultaprocedente. Que el artículo 218º de la Ley Nº 5.654/75 estipula en la

materia que “... en los casos de denegatorio podrá seguirse lainstancia reiterando el reclamo ante el superior que jerárquica-mente le siga, dentro de las 48 (cuarenta y ocho) horas siguientesa la notificación del rechazo; pudiendo seguirse las instanciashasta llegar al jefe de Policía de la Provincia”, previéndose la víaante el Poder Ejecutivo únicamente para los casos en que el Jefede Policía hubiere dispuesto la sanción - artículo 219º Ley5.654/75, supuesto diametralmente distinto al traído a análisis,resultando aplicables las atribuciones reconocidas por el plexolegal de rito al jefe de Policía de la Provincia –artículo 31º Ley5.654/75–; y

Que obra a fojas 133 intervención de Fiscalía de Estado de laProvincia, mediante Dictamen Nº 263/18, concluyendo que hansido agotadas las instancias recursivas en el RGP, para el casode sanciones leves como la aplicada al recurrente, asimismoreitera la aplicación de los artículos 218º y 219º del RGP, advir-tiendo que con el dictado de la Resolución D.P. Nº 59/17 se agotóla vía administrativa prevista para la revisión de las sancionesimpuestas por la comisión de faltas leves, impuestas por el supe-rior inmediato; y

Que, asimismo, señala la Fiscalía de Estado que, de las cons-tancias de autos, surge que se ha seguido correctamente elprocedimiento para el castigo de las faltas leves y se ha garanti-zado el derecho de defensa del hoy recurrente. En este sentido,puede confrontarse el aprovechamiento y/o agotamiento de todaslas etapas recursivas previstas en el RGP, para este tipo desanciones correctivas; y

Que por lo expuesto se aconseja rechazar el recurso interpuestopor el Oficial Ayudante Ulises Emanuel Losa por ante el señorgobernador de la Provincia para impugnar la sanción de diez (10)días de arresto impuesta, debiendo ser confirmada la ResoluciónD.P. Nº 59/17 dictada previamente por el señor Jefe de Policía deProvincia; y

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º — Rechácese el recurso de apelación interpuesto por el

Oficial Ayudante de la Policía de Entre Ríos Ulises Emanuel Losa,M Nº 32.275.516, L.P. Nº 30.259, contra la Resolución D.P. Nº59/17 conforme los motivos expresados en el considerando.

Art. 2º — Ratificar en todos sus términos la Resolución D.P. Nº59/17, en virtud de lo expresado en el considerando.

Art. 3º — El presente decreto será refrendado por la señoraMinistra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia.

Art. 4º – Comuníquese, publíquese. Con copia del presente, pa-sen las actuaciones a la Jefatura de Policía de la Provincia yoportunamente archívense.

GUSTAVO E. BORDETRosario M. Romero

— — —DECRETO Nº 3226 MGJ

DESESTIMANDO RECURSOParaná, 28 de septiembre de 2018

VISTO:El recurso de apelación jerárquica contra Resolución Nº

1.423/16 CJyPER que dispone el cese de funciones y recurso derevocatoria contra Decreto Nº 1.311/16 MGyJ, que dispuso el pasea retiro obligatorio interpuestos por el Oficial Principal de la Policíade la Provincia de Entre Ríos, señor Claudio Jorge Terenzano, MINº 20.255.951; yCONSIDERANDO:

Que analizados los remedios interpuestos a fojas 189/191 y197/201 cabe poner de resalto que la doctora Buttazzoni sepresenta invocando la figura de la gestión de negocios ajenos, concita del artículo 45º del CPCC; y

Que si bien la figura del gestor de negocios no se encuentraprevista en nuestra ley de trámite administrativo constituye unafigura del derecho común (artículo 1.781º Código Civil y Comer-cial) aplicable en el ámbito del derecho administrativo con lasadaptaciones propias de éste y que, a falta de regulación procesalpropia en este ámbito, se considera procedente la integración poranalogía con las reglas procesales contenidas en el Código Pro-cesal Civil y Comercial que regula esta figura en el artículo 45º; y

Que ello, claro está, de conformidad a las consideraciones,recaudos y efectos a los que se encuentra sometida la figura,regulada en el cuerpo normativo precedentemente citado, en suintegridad, y a que no podría efectuarse la aplicación de una figuraregulada en otro cuerpo normativo en forma parcial o fragmentadasin contemplar los efectos para ella previstos, en dicha regulación,so pena de incurrir en una creación de una figura sui generis, queno guarda coherencia o sujeción legal ni con lo normado en elrégimen de trámite administrativo, ni con lo regulado en el códigomencionado; y

6 BOLETIN OFICIAL Paraná, jueves 21 de marzo de 2019

Page 7: SECCION ADMINISTRATIVA€¦ · Calveyra al citado organismo, en vez de la Dirección General de Asistencia Integral a la Víctima del Delito, dependiente de la Secre-taría de Justicia;

Que, en este sentido, el artículo 45º del CPCyCER reza: “Cuandodeban realizarse actos procesales urgentes y existan hechos o cir-cunstancias que impidan la actuación de la arte que ha de cumplirlos,podrá ser admitida la comparecencia en juicio de quien no tuviererepresentación conferida. Si dentro de los cuarenta (40) días hábiles,contados desde la primera presentación del gestor, no fueren acom-pañados los instrumentos que acrediten la personalidad o la parte noratifícase la gestión, será nulo todo lo actuado por el gestor y (...). Lanulidad en su caso se producirá por el sólo vencimiento del plazo sinque se requiera intimación previa”; y

Que en función a dicha disposición, cabe considerar que habiendosido interpuestos los escritos recursivos en fecha 21 de julio de 2016–conforme cargo de Mesa de Entradas, Salidas y Archivo de laGobernación obrante a fojas 191 vta. y 201 de autos– y que, noobstante la contundencia de la norma transcripta, se procedió aemplazar a la doctora Buttazzoni, en fecha 18 de enero de 2017–conforme surge de la cédula de notificación que se agrega a fojas219– para que acompañe el correspondiente poder, lo que no hizo,no cabe más que concluir que ha transcurrido con creces el empla-zamiento que la disposición legal otorga para la presentación dedicho poder o en su caso la ratificación de lo así gestionado por eldirecto interesado, de modo que deviene como consecuencia nece-saria la nulidad de lo actuado; y

Que, siendo así, teniendo en cuenta el efecto ex tunc de lasnulidades, corresponde tener a los recursos como no interpuestos, atenor de lo cual, resulta inoficioso el tratamiento de la cuestión defondo planteada; y

Que la razón por la que corresponde dicha solución en el presenteestriba en la circunstancia de considerar que el principio de informa-lismo implica la posibilidad para el administrado de subsanar lasdeficiencias formales no esenciales, ello así, y si tenemos en cuentade que en el caso se trata nada más y nada menos que de la ausenciade la firma del interesado y/o de la falta de acreditación mediantecarta poder de la representación invocada por parte de una profesio-nal del derecho que por sí sola peticiona la aplicación de la figuralegal de la gestión de negocios ajenos, con lo cual, pareciera razo-nable entender que media conocimiento de los términos legales enque opera la gestión y que transcurrió un plazo más que prudencialpara subsanar la deficiencia apuntada, considerando que la mismareviste gravedad o esencialidad suficiente para que ante su incumpli-miento, se tenga como ocurrida la consecuencia arriba señalada; y

Que desde la Fiscalía de Estado se aconseja desestimar los recur-sos articulados y proceder al archivo de las actuaciones;

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º — Desestímase el recurso de apelación jerárquica contra

Resolución Nº 1.423/16 CJyPER que dispone el cese de funciones yel recurso de revocatoria contra Decreto Nº 1.311/16 MGyJ quedispuso el pase a retiro obligatorio interpuesto por el Oficial Principalde la Policía de la Provincia de Entre Ríos, señor Claudio JorgeTerenzano, MI Nº 20.255.951, conforme los motivos expresados enlos considerandos precedentes.

Art. 2º — El presente decreto será refrendado por la señora Minis-tra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese. Con copia del presente, pa-sen las actuaciones a la Jefatura de Policía de la Provincia y oportu-namente archívense.

GUSTAVO E. BORDETRosario M. Romero

— — —DECRETO Nº 3227 MGJ

RECHAZANDO RECURSOParaná, 28 de septiembre de 2018

VISTO:El recurso de revocatoria contra el Decreto Nº 5.001/14 MGJ y el

recurso de apelación jerárquica contra la Resolución D.P. Nº 147/15,interpuestos por el Cabo 1º (R) de la Policía de la Provincia de EntreRíos, señor Ángel Oscar Piter, MI Nº 22.925.267; yCONSIDERANDO:

Que el recurso fue interpuesto en fecha 25 de febrero de 2015 –cfr.fojas 138– y notificado el decreto y la resolución puesta en crisis enfecha 13 de febrero de 2015 –cfr. fojas 148–, debe considerarse almismo introducido en tiempo y forma; y

Que, a fojas 167/168 obra intervención de la Fiscalía de Estado dela Provincia, compartiendo los lineamientos de la opinión legal vertidapor la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno yJusticia a fojas 154 y 165; y

Que ingresando en el análisis de la presentación de fojas 138, seadvierte que el Cabo 1º Piter impugna en el mismo escrito el DecretoNº 5.001/14 MGJ, que dispuso su pase a retiro obligatorio por invalidezy la consecuente Resolución D.P. Nº 147/15, que fija la fecha de cesede funciones del recurrente a partir del 28 de febrero de 2015; y

Que sus agravios se limitan a manifestar su disconformidad, através de afirmaciones dogmáticas –sin que se advierta argumentojurídico serio a ponderar en esta instancia– sobre la calificación queoportunamente y en sede administrativa policial, se determinó en

relación con las lesiones como “desvinculadas del servicio policialactivo”, dado que afirma que conforme documental médica obranteen el expediente (no especifica cual) se debió considerar su dolen-cia vinculada al servicio. Además, entiende que el porcentaje deincapacidad para la vida civil del 10%, que la junta médica delorganismo previsional oportunamente determinó, resultaría bajodebiendo fijarse, sin expresar fundamento alguno, en un 70%; y

Que, a fojas 72/73 obra glosada, la constancia de la ResoluciónD.P. Nº 1.734/13, en donde se observa el rechazo del recurso deapelación y nulidad interpuesto por el señor Piter, contra la referidaResolución DAI Nº 340/13; y

Que en este contexto, cabe advertir que no obra constancia enéstas actuaciones que el señor Piter recurriera la misma dentro delmarco de la información sumaria detallada ut supra, encontrándo-nos en esta instancia, que el carácter de las dolencias del recurren-te, como desvinculadas del servicio, es una cuestión que se encuen-tra definida y resuelta con carácter firme y no puede ser válidamentecuestionada a través del recurso articulado contra el Decreto5.001/14 MGJ, puesto que no guarda relación estricta ni reproducesu contenido; y

Que debe aclararse que el Decreto Nº 5.001/14 MGJ, que endefinitiva se dicta como consecuencia de resoluciones emitidas enel marco de una información sumaria instruida en sede policial poraplicación de normas especiales del RGP, dispuso el pase a retiroobligatorio por invalidez del recurrente, en base a dictámenes pre-visionales técnicos, que determinaron un grado de incapacidad del66%, situación que llegó consolidada en esta instancia; y

Que obra intervención de competencia de la División AsesoríaLetrada de la Policía de Entre Ríos, mediante Dictámenes Nos.209/15 y 254/15, efectuado el análisis formal del recurso interpues-to; y

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobiernoy Justicia interviene a fojas 154 y 165, opinando que los agraviosesgrimidos por el recurrente no logran conmover los actos adminis-trativos atacados, por lo que deberían ser rechazados los mismos;

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º — Rechácense el recurso de revocatoria contra el Decreto

Nº 5.001/14 MGJ y el recurso de apelación jerárquica contra laResolución D.P. Nº 147/15, interpuestos por el Cabo 1º (R) de laPolicía de la Provincia de Entre Ríos, señor Ángel Oscar Piter, MINº 22.925.267, conforme los motivos expresados en los conside-randos precedentes.

Art. 2º — El presente decreto será refrendado por la señora Mi-nistra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese. Con copia del presente pa-sen las actuaciones a la Jefatura de Policía de la Provincia yoportunamente archívense.

GUSTAVO E. BORDETRosario M. Romero

— — —DECRETO Nº 3251 MGJ

Paraná, 28 de septiembre de 2018Reconociendo el gasto realizado por la Dirección General de

Notariado, Registros y Archivo por el monto total de $ 3.200,00, deacuerdo a la factura Nº 0001-00002966, de la firma Minolcop, deJosé Luis Ietri.

Autorizando a la Dirección General del Servicio AdministrativoContable del Ministerio de Gobierno y Justicia a efectuar el pagoreconocido en el presente a la firma Minolcop, de José Luis Ietri,previa presentación del Certificado de Libre Deuda, según lo esta-blecido por Resolución Nº 16/12 ATER.

— — —DECRETO Nº 3259 MGJ

Paraná, 3 de octubre de 2018Aprobando el contrato de locación de obra oportunamente cele-

brado entre la señora Ministra de Gobierno y Justicia, RosarioMargarita Romero, y el señor Sergio Rubén Hartmann, DNI Nº17.491.112, por el término de 12 meses, a partir del día 1º de enerode 2018, el que adjunto forma parte integrante del presente decreto.

Autorizando a la Dirección General del Servicio AdministrativoContable del Ministerio de Gobierno y Justicia, a liquidar y hacerefectivos los pagos, conforme lo dispuesto por el presente, previapresentación de la certificación de los trabajos efectuados, facturacorrespondiente y Certificado de Libre Deuda, conforme ResoluciónNº 16 ATER.

— — —DECRETO Nº 3260 MGJ

AFECTANDO TERRENO A USO EXCLUSIVOParaná, 3 de octubre de 2018

VISTO:Las presentes actuaciones, mediante las cuales se gestiona la

Paraná, jueves 21 de marzo de 2019 BOLETIN OFICIAL 7

Page 8: SECCION ADMINISTRATIVA€¦ · Calveyra al citado organismo, en vez de la Dirección General de Asistencia Integral a la Víctima del Delito, dependiente de la Secre-taría de Justicia;

afectación exclusiva al Poder Judicial de la Provincia de Entre Ríosde una fracción de terreno destinado a la construcción de un edificiopara el Juzgado de Paz de la localidad de Ibicuy; yCONSIDERANDO:

Que el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Entre Ríossolicita la cesión y/o afectación de una fracción de terreno de uninmueble de mayor superficie de titularidad del Superior Gobierno dela Provincia, ubicado en calle Belgrano esquina Almafuerte de esaciudad; y

Que conforme al Plano de Mensura Nº 108.349, cuya contrataciónfuera dispuesta por el Poder Judicial a solicitud del departamentoEjecutivo provincial, el inmueble en cuestión se ubica en el Departa-mento Islas del Ibicuy, Distrito Ibicuy, planta urbana, manzana Nº 51,lote Nº 3 (parte), superficie total origen: 4.320,00 m2; y

Que según plano y ficha de transferencia correspondiente, la frac-ción cuya afectación se interesa consta de una superficie de 720 m2(setecientos veinte metros cuadrados), domicilio parcelario: calle Nº12 - Manuel Belgrano y calle Nº 13 - Almafuerte (esquina), PartidaCatastral Nº 131.534, de acuerdo a los siguientes límites y linderos:Noreste: recta (1-2) al S 35º 41’ E de 20,00 metros, linda con calleNº 12- Manuel Belgrano; Sureste: recta (2-3) al S 54º 19’ O de 36,00metros, linda con calle Nº 13 - Almafuerte; Suroeste: recta (3-4) al N35º 41’ O de 20,00 metros, linda con lote Nº 6 de César A. Painemillay otra; Noroeste: recta (4-1) al N 54º 19’ E de 36,00 metros, linda conGobierno de la Provincia de Entre Ríos, tomo: 25, folio 10, fecha deinscripción: 9.1.1912; y

Que tal afectación se motiva en la necesidad del Poder Judicial dedisponer de un edificio propio en la mencionada localidad, que viabi-lice la prestación de un mejor servicio de justicia a la ciudadanía; y

Que la fracción de terreno solicitada se encuentra ociosa y libre deedificaciones; y

Que obra dictamen de la Dirección General de Asuntos Jurídicosdel Ministerio de Gobierno y Justicia; y

Que es intención del Poder Ejecutivo hacer lugar a lo requerido;Por ello;

El Gobernador de la ProvinciaD E C R E T A :

Art. 1º — Aféctase al uso exclusivo del Poder Judicial una fracciónde terreno de un inmueble de mayor superficie, ubicado en el Depar-tamento Islas del lbicuy, Distrito Ibicuy, Municipio de Ibicuy, plantaurbana, manzana Nº 51; lote Nº 3 (parte), superficie total de origen:4.320,00 m2 (cuatro mil trescientos veinte metros cuadrados) y unasuperficie a afectar de 720 m2 (setecientos veinte metros cuadrados),domicilio parcelario: calle Nº 12 - Manuel Belgrano y calle Nº 13 -Almafuerte (esquina), Partida Catastral Nº 131.534; de acuerdo a lossiguientes límites y linderos:

NORESTE: recta (1-2) al S 35º 41’ E de 20,00 metros, linda concalle Nº 12 - Manuel Belgrano.

SURESTE: recta (2-3) al S 54º 19’ O de 36,00 metros, linda concalle Nº 13 – Almafuerte.

SURESTE: recta (3-4) al N 35º 41’ O de 20,00 metros, linda con loteNº 6 de César A. Painemilla y otra.

NOROESTE: recta (4-1) al N 54º 19’ E de 36,00 metros, linda conGobierno de la Provincia de Entre Ríos, tomo: 25, folio 10, fecha deinscripción: 9.1.1912; de conformidad a lo expuesto en los conside-randos precedentes.

Art. 2º — La presente afectación se dispone a los efectos que elinmueble descripto precedentemente sea destinado a la construccióndel Edificio del Juzgado de Paz de la localidad de Ibicuy.

Art. 3º — El presente decreto será refrendado por la señora Minis-tra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia.

Art. 4º — Comunícase, publícase y oportunamente archívase.GUSTAVO E. BORDETRosario M. Romero

— — —DECRETO Nº 3265 MGJ

APROBANDO ACTUACIÓN EN LICITACIÓN PÚBLICAParaná, 3 de octubre de 2018

VISTO:Las presentes actuaciones, mediante las cuales la Dirección Gene-

ral del Servicio Penitenciario de Entre Ríos solicita autorización parala compra de cuatro (4) vehículos tipo furgón 0 kilómetro con destinoa ese servicio, a través de la Unidad Central de Contrataciones de laProvincia, y;CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Nº 226 MGJ, se autorizó a la UnidadCentral de Contrataciones del Estado a efectuar un llamado a licita-ción pública para realizar dicha compra; y

Que en tal sentido, se efectuó la Licitación Pública Nº 11/18,recibiéndose ofertas de tres casas del ramo, conforme surge del Actade Apertura de ofertas obrante a fojas 137/ 38; y

Que, a fojas 40/42, obran las constancias de las publicaciones delllamado a licitación pública; y

Que según Acta Nº 78/18 obrante a fojas 151/153, la Comisiónde Compras interviniente determinó aprobar todo lo actuado en laLicitación Pública Nº 11/18; tener por desistida las ofertas de lasfirmas Nation S.A. y Nation Santa Fe S.A., atento a las notaspresentadas a fojas 145 y 146, donde lo manifiestan expresamen-te, de conformidad con lo previsto en el numeral 1.6. del pliego decondiciones particulares, sin perjuicio de que el vehículo de menorprecio cotizado por la firma Nation Santa Fe S.A. no da cumpli-miento a la totalidad de los requisitos exigidos en los pliegos porposeer una cilindrada inferior al mínimo solicitado, entre otras,resultando a su vez de prestaciones menores en relación al restode los vehículos cotizados; y adjudicar a la firma AutomotoresMega S.A. la provisión de cuatro (4) vehículos utilitarios tipofurgón, marca Mercedes Benz, modelo Vito furgón 111 cdi v1, 0kilómetro, nuevos, sin uso, con alarma, gato mecánico, balizas,botiquín, y demás equipamiento, de conformidad con lo requeridoen los pliegos y lo expresado en su oferta a fojas 66/85 y notaaclaratoria a fojas 145, a un precio unitario de pesos setecientoscuarenta y nueve mil novecientos cincuenta ($ 749.950,00) y porun importe total de pesos dos millones novecientos noventa ynueve mil ochocientos ($ 2.999.800,00); por cumplir con los plie-gos, ajustarse técnicamente a lo requerido y resultar el preciocotizado acorde a los valores de mercado, según lo expresa elinforme técnico elaborado por la Dirección de Automotores de laProvincia de Entre Ríos a fojas 142/144 y, asimismo, convenientesegún lo considerado en el acta por el director Principal de Admi-nistración del Servicio Penitenciario; y

Que obra a fojas 142/144 el informe técnico elaborado por elseñor Director de Automotores del MGJ, en el que constan lascaracterísticas de las ofertas presentadas, en base a la compara-ción con las características técnicas solicitadas en el objeto delpliego de condiciones particulares; y

Que en todo lo actuado han intervenido la Dirección Principal deAdministración del Servicio Penitenciario Provincial y la UnidadCentral de Contrataciones del Estado, los que han velado por elcumplimiento estricto de todas las reglamentaciones vigentes; y

Que se ha adjuntado el comprobante de la Reserva Preven-tiva del Gasto, el que se encuentra debidamente intervenidopor el señor contador auditor de la Contaduría General de laProvincia; y

Que ha emitido Dictamen Legal la Asesoría Legal de la DirecciónPrincipal de Administración de la Dirección General del ServicioPenitenciario de Entre Ríos; y

Que ha tomado intervención de su competencia la Dirección deAsuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno y Justicia; y

Que lo gestionado encuadra en los alcances del artículo 26º,inciso a) Ley 5.140 de Administración Financiera, t.u.o. DecretoNº 404/95 MEOSP, y sus modificatorias, incluida la Ley Nº 8964y sus concordantes con los artículos 5º inciso 1), 6º inciso 1), 7ºinciso 1) nivel 1, y 8º inciso 1); y 9º al 104º del Decreto Nº 795/96MEOSP, Reglamentario de las Contrataciones del Estado y modi-ficatorios, incluido el Decreto Nº 723/17 MEHF y Decreto Nº1.779/17 MEHF;

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º — Apruébase todo lo actuado en la Licitación Pública Nº

11/18 llevada a cabo a través de la Unidad Central de Contrata-ciones del Estado, atento a lo aconsejado en el Acta Nº 78/18obrante a fojas 151/153 por la Comisión de Compras intervinientey a lo demás expresado en los considerandos del presente decre-to.

Art. 2º — Téngase por desistidas las ofertas de las firmas NationS.A. y Nation Santa Fe S.A., atento a las notas presentadas a fojas145 y 146 donde lo manifiestan expresamente, de conformidadcon lo previsto en el numeral 1.6. del pliego de condicionesparticulares.

Art. 3º — Adjudícase a la firma “Automotores Mega S.A.” laprovisión de cuatro (4) vehículos tipo furgón, marca MercedesBenz, modelo Vito furgón 111 cdi v1 0 kilómetro, nuevos, sin uso,demás especificaciones de conformidad con lo expresado en suoferta y lo establecido en los pliegos, a un precio unitario de pesossetecientos cuarenta y nueve mil novecientos cincuenta ($749.950,00) y por un importe total de pesos dos millones nove-cientos noventa y nueve mil ochocientos ($ 2.999.800,00), porhaber dado cumplimiento a los pliegos, ajustarse la oferta presen-tada a lo requerido y resultar el precio cotizado acorde a losvalores de mercado según lo expresado en el informe técnicoelaborado por la Dirección de Automotores de la Provincia, a fojas142/144.

Art. 4º — Autorízase a la Dirección Principal de Administracióndel Servicio Penitenciario Provincial a hacer efectivo el pago dela presente adjudicación a la firma “Automotores Mega S.A.”,

8 BOLETIN OFICIAL Paraná, jueves 21 de marzo de 2019

Page 9: SECCION ADMINISTRATIVA€¦ · Calveyra al citado organismo, en vez de la Dirección General de Asistencia Integral a la Víctima del Delito, dependiente de la Secre-taría de Justicia;

según lo determinado en el artículo 3º del presente decreto, previapresentación de las facturas debidamente conformadas por el titulardel área y Certificado de Libre Deuda conforme Resolución Nº 16/12ATER.

Art. 5º — Impútase el gasto a: Dirección de Administración 976 -Carácter 1 - Jurisdicción 20 - Subjurisdicción 02 - Entidad 0000 -Programa 25 - Subprograma 00 - Proyecto 00 - Actividad 01 - Obra00 - Finalidad 2 - Función 20 - Fuente de Financiamiento 11 -Subfuente de Financiamiento 0001 - Inciso 4 - Partida Principal 3 -Partida Parcial 2 - Partida Subparcial 0000 - Departamento 84 -Ubicación Geográfica 07, del presupuesto vigente.

Art. 6º — El presente decreto será refrendado por la señora Minis-tra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia.

Art. 7º — Comuníquese y publíquese. Con copia del presente, pa-sen estas actuaciones por su orden a la Unidad Central de Contrata-ciones del Estado y a la Dirección General del Servicio Penitenciariode Entre Ríos, a sus efectos. Oportunamente, archívense.

GUSTAVO E. BORDETRosario M. Romero

— — —DECRETO Nº 3266 MGJ

Paraná, 3 de octubre de 2018Disponiendo el pase a retiro voluntario, con goce de haberes, del

sargento ayudante de Policía don Román Norberto Rodríguez, clase1973, MI Nº 23.232.965, Legajo Personal Nº 22.563, Legajo ContableNº 124.351, numerario de la Jefatura Departamental Gualeguay.

— — —DECRETO Nº 3275 MGJ

DISPONIENDO INCORPORACIÓN DE INMUEBLESParaná, 3 de octubre de 2018

VISTO:La gestión iniciada en el ámbito de la Cámara de Senadores de la

Provincia; yCONSIDERANDO:

Que mediante la misma, se tramita la titularización del inmuebleubicado en la ciudad de Villaguay, identificado como chacra 257,Partida Provincial Nº 60.504, Plano de Mensura Nº 19.967, con unasuperficie total de dieciséis hectáreas, cincuenta áreas, cincuentacentiáreas (16 hs 50 as 50 cas), sin inscripción registral; y

Que el inmueble en cuestión ha sido declarado de utilidad públicaconforme las disposiciones de la Ley Nº 10.081, encontrándoseafectado a la concreción del Parque Industrial de Villaguay; y

Que conforme los relevamientos realizados, el inmueble no tieneinscripción registral ni dueño o poseedor conocido, tratándose de unespacio libre de ocupación y ocupantes, por lo que en función de lasprevisiones normativas vigentes, resulta ser un inmueble del dominioprivado del Estado que, como tal, debe incorporarse al patrimonio delSuperior Gobierno de la Provincia; y

Que conforme a ello, la Administradora Tributaria de Entre Ríos -ATER, adjunta las fichas aptas para transferencia de inmuebles detitularidad del Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, Planode Mensura Nº 30.642 y 30.643; y

Que obra dictamen de la Dirección General de Asuntos Jurídicosdel Ministerio de Gobierno y Justicia, sin objeciones jurídicas para lacontinuidad del trámite; y

Que la presente gestión se encuadra en las disposiciones de la LeyNº 9.741; y

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º — Dispóngase la incorporación al dominio privado del Supe-

rior Gobierno de la Provincia de los inmuebles identificados de lasiguiente manera:

1º.- Plano de Mensura Nº 30.642, ubicado en la Provincia de EntreRíos, Departamento Villaguay, Municipio de Villaguay, ejido de Villa-guay, zona de chacras, chacra Nº 257, domicilio parcelario: chacraNº 257, con una superficie de diecisiete hectáreas, once áreas,dieciséis centiáreas (17 has, 11 as, 16 cas); con los siguientes límitesy linderos:

NORTE: recta 1-2 amojonada S 89º 40’ E de 426,30 metros, lindan-do, calle pública en medio, con chacra Nº 262;

ESTE: recta 2-3 amojonada S 0º 52’ O de 401,40 metros, lindando,calle pública en medio, con chacra Nº 256;

SUR: recta 3-4 amojonada N 89º 40’ O de 426,30 metros, lindando,calle pública en medio, con chacra Nº 218;

OESTE: recta 4-1 amojonada N 0º 52 E, de 401,40 m lindando,boulevard en medio, con chacra Nº 258.

2º.- Plano de Mensura Nº 30.643, ubicado en la Provincia de EntreRíos, Departamento Villaguay, Municipio de Villaguay, ejido de Villa-guay, zona de chacras, lote calles, domicilio parcelario: chacra Nº257-calles; con una superficie de dos hectáreas, trece áreas, dieci-siete centiáreas (2 has, 13 as, 17 cas); con los siguientes límites ylinderos:

NORTE: recta a-b amojonada S 49º 40’ E de 451,30 m, lindando enuna parte con chacra Nº 262 y en otra con calle pública;

ESTE: recta b-c amojonada S Oº 52’ O de 425,00 m, lindando conchacra Nº 256;

SUR: recta c-3 amojonada N 89º40’ O de 25,00 m, lindando concalle pública; recta 3-2 amojonada N 0º 52’ E de 401,40 m. y recta2-1 amojonada N 89º 40’ O de 426,60 m., ambas lindando conchacra Nº 257 de Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos;

OESTE: recta 1-a amojonada N 0º 52-E de 25,00 m, lindando conboulevard en medio con chacra Nº 258.

Art. 2º — Autorízase a la Escribanía Mayor de Gobierno a realizarlos trámites conducentes para la instrumentación de la escriturapertinente conforme a lo dispuesto en el artículo 1º del presente.

Art. 3º — El presente decreto será refrendado por la señora Mi-nistra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia.

Art. 4º — Comunícase, publícase, con copia del presente remí-tanse las actuaciones a la Escribanía Mayor de Gobierno y oportu-namente archívase.

GUSTAVO E. BORDETRosario M. Romero

— — —DECRETO Nº 3276 MGJ

APROBANDO CONVENIO DE COLABORACIÓNParaná, 3 de octubre de 2018

VISTO:La gestión iniciada en el ámbito del Ministerio de Gobierno y

Justicia; yCONSIDERANDO:

Que mediante la misma interesa la aprobación del convenio decolaboración, celebrado entre el Ministerio de Gobierno y Justiciade la Provincia de Entre Ríos, representado en este acto por laseñora Ministra doctora Rosario Margarita Romero, y la DirecciónNacional de Migraciones, representada en este acto por su director,doctor Horacio José García; y

Que el citado convenio tiene como objeto establecer las basessobre las cuales las partes se prestarán cooperación y asistenciarecíproca de carácter académico, cultural, tecnológico y de servicioen las áreas de sus respectivos conocimientos y competencias; y

Que la cooperación y asistencia recíproca prevista en el conveniose efectivizará mediante la adopción de medidas de coordinación yacción en común en todas las áreas propias de sus respectivasincumbencias, siempre y cuando las circunstancias lo aconsejen ypermitan; y

Que cualquiera de las partes podrá rescindir el convenio, median-te comunicación escrita dirigida a la otro con seis (6) meses deanticipación, sin que la denuncia afecte acciones pendientes o encurso de ejecución que no fuesen expresamente rescindidas porambos organismos; y

Que el convenio tendrá vigencia por un periodo de dos (2) años acontar desde la fecha de su suscripción, prorrogándose automáti-camente por el mismo término por una vez, salvo que alguna de laspartes lo denuncie con una anticipación no menor a treinta (30) días,sin generar este último temperamento derecho a reclamos de nin-guna naturaleza. En lo sucesivo, el convenio podrá renovarse porperiodos iguales mediante el intercambio de notas ratificatoriasoficializadas con una antelación de sesenta (60) días corridosprevios a la expiración de cada período; y

Que obra dictamen de la Dirección General de Asuntos Jurídicosdel Ministerio de Gobierno y Justicia; sin objeciones jurídicas queformular para la continuidad del trámite;

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º — Apruébase el convenio de colaboración, celebrado en-

tre el Ministerio de Gobierno y Justicia de la Provincia de Entre Ríos,representado en este acto por la señora Ministra, doctora RosarioMargarita Romero, y la Dirección Nacional de Migraciones, repre-sentada en este acto por su director, doctor Horacio José García;el cual adjunto forma parte integrante del presente; de conformidadcon lo detallado en los considerandos precedentes.

Art. 2º — El presente decreto será refrendado por la señora Mi-nistra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, y oportunamente archívese.GUSTAVO E. BORDETRosario M. Romero

— — —DECRETO Nº 3277 MGJ

APROBANDO CONVENIO DE ADHESIÓNParaná, 3 de octubre de 2018

VISTO:La gestión iniciada en el ámbito del Ministerio de Gobierno y

Justicia; yCONSIDERANDO:

Que mediante la misma interesa la aprobación del convenio deadhesión e implementación del Sistema Federal de InformaciónCriminal sobre el Delito de Trata de Personas, celebrado entre el

Paraná, jueves 21 de marzo de 2019 BOLETIN OFICIAL 9

Page 10: SECCION ADMINISTRATIVA€¦ · Calveyra al citado organismo, en vez de la Dirección General de Asistencia Integral a la Víctima del Delito, dependiente de la Secre-taría de Justicia;

Ministerio de Seguridad de la Nación, representado en este acto porla señora ministra de Seguridad, doctora Patricia Bullrich, y la Pro-vincia de Entre Ríos, representada en este acto por la señora Ministrade Gobierno y Justicia, doctora Rosario Romero; y

Que mediante Resolución Nº 848, de fecha 31 de agosto de 2011,del Ministerio de Seguridad de la Nación, se creó el Sistema Integra-do de Información Criminal del Delito de Trata de Personas (SISTRA-TA), el cual tiene por objeto consolidar de manera sistemática yuniforme la información de tipo cuantitativa y cualitativa a proveer porla Policía Federal Argentina, Prefectura Naval Argentina, Gendarme-ría Nacional Argentina y la Policía de Seguridad Aeroportuaria; y

Que mediante Resolución Nº 787, de fecha 27 de julio de 2017, delMinisterio de Seguridad de la Nación, se creó el Sistema Federal deInformación Criminal sobre el Delito de Trata de Personas, con el finde contribuir a una mejor comprensión del fenómeno criminal de latrata de personas en todo el territorio de la república, permitiendotomar decisiones adecuadas en materia política criminal contra eldelito precitado; y

Que, conforme a todo ello, por el convenio citado, la Provincia deEntre Ríos se adhiere al Sistema Federal de Información Criminalsobre el Delito de Trata de Personas y se compromete a cargar losdatos sobre la comisión de delitos de trata de personas, y a respetarlas pautas establecidas en el anexo del convenio, que será conocidoy adoptado por el personal policial o autoridad competente en materiade seguridad, para la confección de los datos; y

Que obra intervención de la Dirección General de Asuntos Jurídicosdel Ministerio de Gobierno y Justicia, sin observaciones jurídicas queformular para la continuidad del trámite;

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º — Apruébase el convenio de adhesión e implementación del

Sistema Federal de Información Criminal sobre el Delito de Trata dePersonas, celebrado entre el Ministerio de Seguridad de la Nación,representado en este acto por la señora Ministra de Seguridad,doctora Patricia Bullrich, y la Provincia de Entre Ríos, representadaen este acto por la señora Ministra de Gobierno y Justicia, doctoraRosario Romero, el cual adjunto forma parte integrante del presentedecreto, de conformidad con lo detallado en los considerandos pre-cedentes.

Art. 2º — El presente decreto será refrendado por la señora Minis-tra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, y oportunamente archívese.GUSTAVO E. BORDETRosario M. Romero

— — —DECRETO Nº 3278 MGJ

RECONOCIENDO GASTOParaná, 3 de octubre de 2018

VISTO:Las presentes actuaciones iniciadas por la Subsecretaría de Dere-

chos Humanos; yCONSIDERANDO:

Que mediante las mismas se tramita el reconocimiento y pago dela factura Nº 001-00001417, de fecha 27 de marzo de 2018, por elmonto total de pesos siete mil ochocientos ($ 7.800,00) del “ComplejoEscuela Hogar Eva Perón” y la factura Nº 002-00000001, de fecha 1de mayo de 2018, por el monto total de pesos cuarenta y siete milquinientos ($ 47.500,00) de la señora Luciana Mariel Cuenca, enconcepto de alojamiento y honorarios del elenco de la obra “Lápices:un musical con memoria”; y

Que a fojas 13/14 lucen las facturas correspondientes debidamenteconformada por el señor subsecretario de Derechos Humanos; y

Que, a fojas 22, la señora ministra de Gobierno y Justicia de laProvincia autoriza el reconocimiento y pago del gasto efectuado porel organismo interesado; y

Que, a fojas 24, obra intervención de la Dirección General delServicio Administrativo Contable del Ministerio de Gobierno y Justicia,adjuntando a fojas 23 el volante de reserva preventiva del gasto, conla debida intervención de la Contaduría General de la Provincia; y

Que, a fojas 26/27, la Dirección General de Asuntos Jurídicos delMinisterio de Gobierno y Justicia aconseja su elevación a la órbitasuperior a consideración y decisión final;

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º — Reconócese el gasto realizado por la Subsecretaría de

Derechos Humanos por el monto total de pesos siete mil ochocientos($ 7.800,00), de acuerdo a la factura Nº 0001-00001417 del “Comple-jo Escuela Hogar Eva Perón” y por el monto total de pesos cuarentay siete mil quinientos ($ 47.500,00), de acuerdo a la factura Nº0002-00000001 de la señora Luciana Mariel Cuenca, conforme loexpresado en los considerandos precedentes.

Art. 2º — Impútase el gasto de $ 7.800,00 a: Dirección de Admi-nistración 966 - Carácter 1 - Jurisdicción 20 - Subjurisdicción 02- Entidad 0000 - Programa 03 - Subprograma 00 - Proyecto 00 -Actividad 01 - Obra 00 - Finalidad 1 - Función 20 - Fuente deFinanciamiento 11 - Subfuente de Financiamiento 0001 - Inciso 3- Partida Principal 9 - Partida Parcial 9 - Partida Subparcial 0000- Departamento 84 - Ubicación Geográfica 07 y el gasto de $47.500.00 a: Dirección de Administración 966 - Carácter 1 - Juris-dicción 20 - Subjurisdicción 02 - Entidad 0000 - Programa 03 -Subprograma 00 - Proyecto 00 - Actividad 01 - Obra 00 - Finalidad1 - Función 20 - Fuente de Financiamiento 11 - Subfuente deFinanciamiento 0001 - Inciso 3 - Partida Principal 4 - PartidaParcial 9 - Partida Subparcial 0000 - Departamento 84 - UbicaciónGeográfica 07, del presupuesto vigente.

Art. 3º — Autorízase a la Dirección General del Servicio Admi-nistrativo Contable del Ministerio de Gobierno y Justicia, a efec-tuar los pagos reconocidos en el artículo 1º de la presente, previapresentación del Certificado de Libre Deuda según lo establecidopor Resolución Nº 16/12 ATER.

Art. 4º — El presente decreto será refrenado por la señora Mi-nistra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia.

Art. 5º — Regístrese, comuníquese, publíquese y archívense.GUSTAVO E. BORDETRosario M. Romero

— — —DECRETO Nº 404 MGJ

OTORGANDO APORTES NO REINTEGRABLES APARTIDOS POLITICOS

Paraná, 20 de marzo de 2019VISTO:

Las Leyes 9659 y modificatorias y N° 10.615, y los Decretos N°4312/18 MGJ y N° 4313/18 MGJ; yCONSIDERANDO:

Que mediante Decreto N° 4.312/18 MGJ, se dispone la convo-catoria al electorado de la Provincia de Entre Ríos para el día 9de junio de 2019, a los efectos que procedan a elegir la fórmulade Gobernador y Vicegobernador; diecisiete (17) Senadores Pro-vinciales titulares y diecisiete (17) suplentes, treinta y cuatro (34)diputados provinciales titulares y treinta y cuatro (34) suplentes,y vocales titulares y suplentes de las Juntas de Gobierno y Comu-nas; y

Que mediante Decreto N°4313/18 MGJ, se fija el día 14 de abrilde 2019 para la realización de las Elecciones Primarias, Abiertas,Simultáneas y Obligatorias; y

Que al establecerse las citadas fechas, se ha producido eldesdoblamiento de las elecciones provinciales respecto de lasnacionales; y

Que como consecuencia de ello, las fuerzas políticas que parti-cipan de la contienda electoral en las distintas categorías y cargosque se eligen han solicitado aportes que le permitan afrontar losgastos que demande la impresión de boletas; y

Que conforme a ello, se han recibido notas de los apoderadosde Partidos Vecinalistas Municipalistas de la Provincia de EntreRíos, Partido Político Provincial Confederación Vecina lista EntreRíos, Partido Político Vecinal Uruguay Se Puede, Partido NuevaIzquierda, Partido Socialista de la Provincia de Entre Ríos, UniónCívica Radical Distrito Entre Ríos, Partido Municipal. Unión Veci-nal Aldea Brasilera, Partido Ser, Acción Ciudadana por Tala,Frente Justicialista Creer Entre Ríos, Partido Municipal Políticaspara la República, Partido Vecinalista Inclusión Vecinal San Beni-to, Alianza Cambiemos; y

Que dicho aporte se hará extensivo a las demás fuerzas políticashabilitadas del Distrito e inscriptas a participar de las EleccionesPrimarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias que lo soliciten; y

Que a fs. 17 obra solicitud al Tribunal Electoral Provincial el delnúmero total de fuerzas políticas reconocidas oficialmente queparticiparán en la elección del próximo día 14 de abril de 2019; y

Que es criterio de este Poder Ejecutivo que en la materializaciónde tales aportes prime la equidad en la distribución involucrandoa las fuerzas políticas del distrito que hayan solicitado tales con-tribuciones; y

Que el mismo debe resultar objetivo y racional a los efectos deno caer en diferencias desproporcionadas o injustificadas respec-to de un partido sobre el otro y ajustándose a las posibilidadespresupuestarias de la Provincia; y

Que por ello, y para tal distribución, se han tomado como crite-rios las categorías de cargo y los distritos en los cuales losdistintos partidos políticos presentan sus candidatos, en númerode boletas requeridas en las referidas elecciones, posibilitando,con los aportes otorgados que los mismos sean afectados en laimpresión de boletas, debiendo rendir cuenta de los mismos anteel Tribunal de Cuentas de la Provincia dentro de los tres (3) mesesde finalizado el comicio; y

10 BOLETIN OFICIAL Paraná, jueves 21 de marzo de 2019

Page 11: SECCION ADMINISTRATIVA€¦ · Calveyra al citado organismo, en vez de la Dirección General de Asistencia Integral a la Víctima del Delito, dependiente de la Secre-taría de Justicia;

Que dicho ello, recibirán un mayor aporte aquellas fuerzas políticasque presenten candidatos en todas las categorías de cargo que sedisputan y en todo el circuito electoral de la Provincia, reduciéndoseel mismo proporcionalmente, respecto de aquellas otras fuerzasvecinales o municipales o que solo disputan los comicios en algunoo algunos circuitos electorales; conforme lo solicitado por las distintasfuerzas políticas y de acuerdo al monto presupuestado, a valores demercado informado por el Director de la Imprenta y Boletín Oficial dela Provincia de Entre Ríos y hasta un padrón electoral; y

Que obra dictamen de la Dirección General de Asuntos Jurídicosdel Ministerio de Gobierno y Justicia, sin objeciones legales queformular para la continuidad del trámite; y

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1°.- Otórgase un aporte no reintegrable a los partidos políticos

que participen en el comicio electoral del día el día 14 de abril de 2019para la realización de las Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneasy Obligatorias -P.A.S.O, con el objeto de solventar los gastos que debenafrontar los mismos para la impresión de boletas, con el cargo de rendircuentas ante el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia; confor-me a lo expuesto en los considerandos precedentes.-

Art. 2°.- Dispónese que el monto de los aportes otorgados en elartículo precedente, se realizará proporcionalmente a las categoríasde cargos y circuitos electorales, donde compitan electoralmente lasfuerzas políticas que hayan oficializado sus candidatos por ante elTribunal Electoral de la Provincia hasta un padrón electoral.-

Art. 3°.- Facúltase al Ministerio de Gobierno y Justicia a dictar losactos administrativos que resulten necesarios a fin de hacer efectivoslos pagos establecidos en el artículo 1° del presente conforme a lassolicitudes de los partidos políticos que lo hayan solicitado.-

Art. 4°.- Facúltase, a la Dirección General del Servicio Administra-tivo Contable del Ministerio de Gobierno y Justicia, a realizar todaslas adecuaciones presupuestarias que fueran necesarias para cum-plimentar con lo dispuesto en el Artículo 1° del presente decreto yhacer efectivo los pagos.-

Art. 5°.- El presente Decreto será refrendado por la señora MinistraSecretaria de Estado de Gobierno y Justicia.-

Art. 6°.- Comunícase, publícase y oportunamente archívase.GUSTAVO E. BORDETRosario M. Romero

MINISTERIO DE ECONOMIA, HACIENDA Y FINANZAS

DECRETO Nº 3228 MEHFDESIGNACIÓN

Paraná, 28 de septiembre de 2018VISTO:

La presentación efectuada por el doctor Julián Aníbal Gracia, DNI Nº20.189.172, solicitando su designación como Procurador Fiscal; yCONSIDERANDO:

Que de acuerdo a las disposiciones del artículo 209º de la Consti-tución Provincial, el Decreto Nº 5.028/11 GOB y la Resolución Nº 3/16F.E. la Fiscalía de Estado es el organismo encargado de promoverlas acciones judiciales para la percepción de las acreencias fiscalesde los tributos administrados por la Administradora Tributaria deEntre Ríos, siendo el fiscal de Estado el apoderado para representary defender los intereses del Estado Provincial en todo litigio referidoal cobro de los conceptos enunciados, que además tiene la atribuciónde sustituir facultades en quien o quienes el organismo designe;

Que la Fiscalía de Estado ha verificado que el profesional cumplecon los antecedentes y requisitos, considerando conveniente su de-signación como Procurador Fiscal;

Que el aludido profesional estará encargado de llevar a cabo accio-nes concretas con el fin de promover buenas conductas impositivaspor parte de los contribuyentes y accionar mediante apremio fiscal,a quienes se les detectase morosidad en el pago de sus obligacionesimpositivas;

Que conforme lo establece el segundo párrafo del artículo 116º delCódigo fiscal (t.o. 2014) el cobro de las obligaciones fiscales debellevarse a cabo a través de procuradores fiscales que designe elPoder Ejecutivo;

Que el señor Fiscal de Estado, el señor Ministro de Economía,Hacienda y Finanzas y la Administradora Tributaria de Entre Ríos hantomado intervención, de conformidad a lo dispuesto por el Decreto Nº1.559/16 GOB;

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º — Desígnase Procurador Fiscal con Jurisdicción en todo el

ter r i to r io prov inc ia l , a l doctor Ju l ián Aníbal Gracia, DNI Nº20.189.172, Matrícula Provincial Nº 4.170, folio 114, tomo I del Cole-

gio de Abogados de Entre Ríos, con domicilio legal en calle CórdobaNº 177, de la ciudad de Paraná, Provincia de Entre Ríos, en virtudde lo expresado en los considerandos del presente decreto.

Art. 2º — Autorízase a la Escribanía mayor de Gobierno a otorgarel Poder General para actuar en juicios y asuntos administrativos afavor del doctor Julián Aníbal Gracia, teniendo en cuenta lo dispues-to en el artículo 1º del presente decreto.

Art. 3º — El presente decreto será refrendado por el señor Minis-tro Secretario de Estado de Economía, Hacienda y Finanzas.

Art. 4º — Regístrese, comuníquese, publíquese, archívese y pa-sen las presentes actuaciones a la Administradora Tributaria, a susefectos.

GUSTAVO E. BORDETHugo A. Ballay

— — —DECRETO Nº 3262 MEHF

MODIFICANDO ARTÍCULOParaná, 3 de octubre de 2018

VISTO:El Decreto Nº 1.462 MEHF, de fecha 1º de junio de 2018; y

CONSIDERANDO:Que el mencionado decreto modifica lo dispuesto el Decreto Nº

788/18 MEHF, agregando además de los incrementos de haberesotorgados para el mes de marzo, los incrementos correspondientea los meses de julio y septiembre 2018, conforme lo acordado en lanegociación paritaria;

Que respecto del incremento de septiembre corriente, se fijó entodos los casos en el 2%, calculado sobre los haberes vigentes afebrero de 2018;

Que se han mantenido reuniones con representantes de todos losgremios de los agentes provinciales;

Que atento a la evolución de las variables macroeconómicas y delas finanzas provinciales se hace necesario reformular el incremen-to otorgado a partir de septiembre;

Que es decisión del Poder Ejecutivo elevar al 5% el incremento apartir del 1º de septiembre de 2018, calculado sobre los haberesdel mes de febrero de 2018, porcentaje que incluye el 2% yaotorgado;

Que habiendo analizado la proyección presupuestaria y financierase decide otorgar los incrementos detallados;

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º — Modifícase el artículo 1º del Decreto Nº 1.462/18 MEHF,

el que quedaría redactado de la siguiente manera:Punto índice - mar-18 - jul-18 - sep-18Jornada Simple - 5,7261 - 6,2033 - 6,4684Prolongación de Jornada y Jornada Completa - 9,8944 - 10,7189

– 11,1770Art. 2º — Modifícase el artículo 2º del Decreto Nº 1.462/18 MEHF

el que quedaría redactado de la siguiente manera:“Artículo 2º. Increméntase los valores del adicional remunerativo

no bonificable establecido por Decreto Nº 5.863/05 MEHF (Código06) vigentes a febrero de 2018 en un ocho por ciento (8%) a partirdel 10 de marzo de 2018, en un nueve por ciento (9%) a partir del1º de julio de 2018 y en un cinco por ciento (5%) a partir del 1º deseptiembre de 2018, todos calculados sobre los haberes febrero2018, para todos los cargos docentes y horas cátedra de nivelsecundario y superior, quedando fijados los mismos en los valoresque se detallan en los Anexos I, II y III”.

Art. 3º — Modifícase el artículo 3º del Decreto Nº 1.462/18 MEHF,el que quedaría redactado de la siguiente manera:

“Artículo 3º.- Increméntase el monto de la compensación portraslado, establecida por Decreto Nº 2.309/92 MGJE (Código 029),fijando el tope de la misma en pesos dos mil doscientos ($ 2.200)a partir del 1º de marzo de 2018, en pesos dos mil trescientossetenta y tres ($ 2.373) a partir del 1º de julio de 2018 y en pesosdos mil cuatrocientos setenta ($ 2.470) a partir del 10 de septiembrede 2018".

Art. 4º — Modifícase el artículo 4º del Decreto Nº 1.462/18 MEHF,el que quedaría redactado de la siguiente manera:

“Artículo 4º.- Increméntase el valor vigente a febrero de 2018 deladicional remunerativo creado por el artículo 9º de Decreto Nº880/14 MEHF en un ocho por ciento (8%) a partir del 1° de marzode 2018, en un nueve por ciento (9%) a partir del 1°de julio de 2018y un cinco por ciento (5%) a partir del 1° de septiembre de 2018,todos calculados sobre los haberes febrero 2018".

Art. 5º — Establécese un adicional de carácter remunerativo nobonificable a partir del 1º de marzo de 2018 por la suma de pesoscuatrocientos cincuenta ($ 450) para cargos docentes de JornadaSimple o grupos de 15 horas cátedra o su proporcionalidad o por lasuma de pesos novecientos ($ 900) para los cargos docentes dejornada completa, es decir los que tienen en el código 052 la

Paraná, jueves 21 de marzo de 2019 BOLETIN OFICIAL 11

Page 12: SECCION ADMINISTRATIVA€¦ · Calveyra al citado organismo, en vez de la Dirección General de Asistencia Integral a la Víctima del Delito, dependiente de la Secre-taría de Justicia;

cantidad de 600 puntos índices o más y para los cargos directivoscon más de 2.000 puntos índices en su código 01, siendo esta últimasuma el tope por agente.

Art. 6º — Modifícase el artículo 6º del Decreto Nº 1.462/18 MEHFel que quedaría redactado de la siguiente manera:

“Artículo 6º: Fíjese, a partir del 1º de marzo de 2018, a partir del 1ºde julio de 2018 y a partir del 1º de septiembre de 2018, los montosdel haber mínimo de bolsillo, neto de asignaciones familiares y dedescuentos de ley, incluyendo el adicional remunerativo no bonifica-ble establecido por Decreto Nº 5.863/05 MEHF (Código 006) y elFondo Nacional de Incentivo Docente (Código 84 o 99) de correspon-der, en los valores que se indican, liquidándose las diferencias paraalcanzar los nuevos haberes mínimos como un complemento decarácter remunerativo no bonificable:

Vigencia desde - Jornada simple (carga semanal mínima 20horas) - Jornada completa (desde 600 puntos) - Jornada simple(menor 20 horas)

1º de Marzo 2018 - $ 12.752,00 - $ 18.541,00 - $ 11.233,001º de Julio 2018 - $ 13.666,00 - $ 19.789,00 - $ 12.021,001º de Septiembre 2018 - $ 14.174,00 - $ 20.483,00 - $ 12.458,00Dichos mínimos están conformados por el haber abonado por la

Provincia de Entre Ríos a lo que se le adiciona lo que liquida y abonael Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación enconcepto de Fondo Nacional de Incentivo Docente (FONID), dispues-to y reglamentado por Ley Nº 25.053, Decreto Nº 878/99 PEN ymaterial didáctico (Código 44), lo que determina el haber mínimo totalque percibirá cada docente".

Art. 7º — Increméntase el monto de las transferencias a das Escue-las Públicas de Gestión Privada, en la oportunidad y por el importeque resulte de los incrementos otorgados por el presente.

Art. 8º — Impútase el gasto resultante en las partidas específicasde cada una de las jurisdicciones.

Art. 9º — El presente decreto será refrendado por la señora Minis-tra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia y por el señor MinistroSecretario de Estado de Economía, Hacienda y Finanzas.

Art. 10º — Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.GUSTAVO E. BORDETRosario M. RomeroHugo A. Ballay

— — —DECRETO Nº 3263 MEHF

ESTABLECIENDO TRAMOS Y MONTOS DE ASIGNACIONESParaná, 3 de octubre de 2018

VISTO:El Decreto Nº 2.548/18 MEHF; y

CONSIDERANDO:Que por dicha norma se estableció el monto de las asignaciones

familiares y el monto de los haberes nominales que determinan elvalor a percibir por tales conceptos;

Que a partir de septiembre de 2018, han entrado en vigenciaincrementos otorgado a las remuneraciones en esta AdministraciónPública Provincial;

Que conjuntamente se entiende oportuno modificar la escala dehaberes nominales, aplicables para determinar el valor a liquidar portales conceptos, a fin de adecuarlos a la nueva estructura salarial;

Que, además, la Administración Nacional de la Seguridad Social hadeterminado nuevos valores a partir del 1°de septiembre de 2018 delas asignaciones familiares;

Que, en la misma línea, es intención del Poder Ejecutivo Provincialincrementar a partir del 1° de septiembre de 2018, el monto de laasignación por prenatal, asignación por hijo, asignación por hijo concapacidades diferentes, asignación por nacimiento, asignación poradopción y asignación por matrimonio;

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º — Establécese a partir del 1º de septiembre de 2018, los

tramos de haberes nominales y los montos de las asignacionesfamiliares Ley Nº 5.729 y sus modificatorias, correspondiente a lasprestaciones de la asignación por prenatal, asignación por hijo, asig-nación por hijo con capacidades diferentes, asignación por nacimien-to, asignación por adopción y asignación por matrimonio, en losvalores que a continuación se detallan:

Prestación - Haberes Nominales - MontoAsignación por Prenatal/ Asignación por Hijo - hasta $ 22.839 - $

1.648- - mayor $ 22.839 hasta $ 29.061 - $ 1.134- - mayor $ 29.061 hasta $ 59.554 - $ 683- - mayor $ 59.554 - $ 350Asignación por Hijo con Capacidades Diferentes - hasta $ 29.061 -

$ 5.491- - mayor $ 29.061 hasta $ 59.554 - $ 3.882- - mayor $ 59.554 - $ 2.449

- - hasta $ 59.554 - $ 1.963Asignación por Nacimiento - mayor $ 59.554 - $ 1.204- - hasta $ 59.554 - $ 11.758Asignación por Adopción - mayor $ 59.554 - $ 7.238- - hasta $ 59.554 - $ 2.941Asignación por Matrimonio - mayor $ 57.554 - $ 1.809Art. 2º — El presente decreto será refrendado por el señor

Ministro Secretario de Estado de Economía, Hacienda y Finanzas.Art. 3º — Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

GUSTAVO E. BORDETHugo A. Ballay

— — —DECRETO Nº 3264 MEHF

OTORGANDO INCREMENTO DE HABERESParaná, 3 de octubre de 2018

VISTO:Los Decretos N°s. 1.980/18, 1.981/18, 2.549/18, 2.550/18,

2.551/18, 2.552/18 y 2.553/18, todos del MEHF; yCONSIDERANDO:

Que por los mencionados decretos se otorgaron incrementos apartir del 1º de julio y 1º de septiembre del corriente;

Que respecto del incremento de septiembre 2018, se fijó entodos los casos en el 2%, calculado sobre los haberes vigentes afebrero de 2018;

Que se han mantenido reuniones con representantes de todoslos gremios de los agentes provinciales;

Que atento a la evolución de las variables macroeconómicas yde las finanzas provinciales se hace necesario reformular el incre-mento otorgado a partir de septiembre;

Que es decisión del Poder Ejecutivo elevar al 5% el incrementoa partir del 1º de septiembre de 2018, calculado sobre los haberesdel mes de febrero de 2018, porcentaje que incluye el 2% yaotorgado;

Que, además, se ha detectado un error involuntario en el artículo5º del Decreto Nº 1.981/18 MEHF, que limita la modificación deladicional por actividad crítica o riesgosa al ámbito del Ministeriode Salud;

Que habiendo analizado la proyección presupuestaria y finan-ciera se decide otorgar los incrementos detallados;

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º — Otórguese un incremento del cinco por ciento (5%), a

los haberes de los agentes de los Escalafones General, Vial,Seguridad, Sanidad Carrera Profesional Asistencia, Sanidad Ca-rrera Enfermería, Sanidad Carrera, Agentes Sanitarios, MédicosResidentes Ley Nº 8.951, Instructores de Médicos Residentes yColaboradores Docentes del Programa de Residencias Médicas yAutoridades Superiores y Personal Superior Fuera de Escalafón,calculado sobre los haberes de febrero de 2018, dicho incrementoincluye el dos por ciento (2%), establecido a partir del 1º deseptiembre de 2018, por los Decretos N°s. 1.980/18, 1.981/18,2.549/18 2.550/18, 2.551/18 2.552/18 y 2.553/18 todos del MEHF.

Art. 2º — Establécese los nuevos montos de los conceptos sa-lariales en los valores que se expresan en los anexos I a V, queforman parte del presente decreto.

Art. 3º — Ratifíquese el haber mínimo, neto de asignaciones yde descuentos de ley, establecido por los Decretos N°s. 1.980/18,1.981/18 y 2.552/18, todos del MEHF.

Art. 4º — Sustitúyase el artículo 5º del Decreto Nº 1.981/18MEHF, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“Artículo 5º.- Modifíquese el adicional por actividad crítica oriesgosa creada por el Decreto Nº 4.458/90 MGOJSP y modificadopor los Decretos Nos. 7.465/94 MAS, 3.509/10 MEHF, 477/11MEHF y 676/15 MEHF (Códigos 201, 210 y 212), en el caso delCódigo 210 tomando como base de cálculo la categoría 5 delEscalafón General en lugar de la categoría 7 y para los trescódigos elevando el porcentaje del adicional creado por el DecretoNº 1.916/90 MEHF (Código 130), a tomar en la base de cálculodel treinta por ciento (30%) al cincuenta por ciento (50%)”.

Art. 5º — Impútese el gasto resultante en las partidas presu-puestarias específicas de cada una de las jurisdicciones.

Art. 6º — El presente decreto será refrendado por la señoraMinistra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia, y por elseñor Ministro Secretario de Estado de Economía, Hacienda yFinanzas.

Art. 7º — Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.GUSTAVO E. BORDETRosario M. RomeroHugo A. Ballay

12 BOLETIN OFICIAL Paraná, jueves 21 de marzo de 2019

Page 13: SECCION ADMINISTRATIVA€¦ · Calveyra al citado organismo, en vez de la Dirección General de Asistencia Integral a la Víctima del Delito, dependiente de la Secre-taría de Justicia;

ANEXO IEscalafón GeneralValores vigentes desde el 1º de septiembre de 2018Descripción - Básico (Código 001) - Adic. rem. Bonif. (Código

005) - Adic. rem. (Código 130) - Adic. rem. (Código 192)Categoría 1 - 7.645 - - 6.019 - -Categoría 2 - 6.409 - - 5.098 - -Categoría 3 - 5.427 - - 4.396 - -Categoría 4 - 4.841 - 95 - 4.153 - 71Categoría 5 - 4.336 - 181 - 3.666 - 240Categoría 6 - 3.654 - 199 - 3.653 - 245Categoría 7 - 3.287 - 181 - 3.599 - 265Categoría 8 - 2.960 - 233 - 3.120 - 433Categoría 9 - 2.752 - 268 - 2.979 - 481Categoría 10 - 2.552 - 299 - 2.889 - 514Adicional no remunerativo no bonificable creado por Decreto Nº

768/12 MEHF (Código 17): $ 545.

ANEXO IIEscalafón Sanidad Carrera EnfermeríaValores vigentes a partir del 1º de septiembre de 2018Cargo - Básico (Código 001) - Adic. rem. Bonif. P/Ant. (Código

130) - Adic. Dto. 5.248/08 MEHF (Código 192)Tramo “A” - 7.382 - 4.385 - 705Tramo “B” - 5.539 - 3.569 - 885Valores de la compensación por mayor horario (Código 018) a partir

del 1º de septiembre de 2018Cargo Antigüedad / MontoCargo - 0% - 10% - 22% - 42% - 72% - 90% - 100%Tramo “A” - 3.423 - 3.766 - 4.172 - 4.863 - 5.884 - 6.501 - 6.845Tramo “B” - 2.562 - 2.824 - 3.131 - 3.647 - 4.414 - 4.879 - 5.135Los montos de cada tramo incluyen el valor base y un complemento

por antigüedad.

ANEXO IIIEscalafón Salud Carrera Profesional Asistencial valores vigen-

tes desde el 1º de septiembre de 2018Cargo Gr-Tr-Cat. - Descripción - Básicos (Cód. 001) - Bon. Rem.

(Cód. 016) - Adic. rem. (Cód. 130)0 - 0 - 03 - Director N. VII - D. Simple - 5.780 - 2.699 - 4.0980 - 0 - 02 - Director N. IV - D. Simple - 4.892 - 2.541 - 3.8990 - 0 - 04 - Jefe de Serv. - D. Simple - 4.892 - 2.541 - 3.8990 - 0 - 05 - Secret. Técn. - D. Simple - 4.892 - 2.541 - 3.8990 - 0 - 01 - Director N. III - D. Simple - 4.365 - 2.281 - 3.7780 - 0 - 07 - Subj. de Serv. - D. Simple - 4.365 - 2.281 - 3.7780 - 0 - 08 - Director N.I - D. Simple - 3.910 - 1.662 - 3.6810 - 0 - 11 - Prof. Asistente - D. Simple - 3.910 - 2.218 - 3.7580 - 0 - 10 - Prof. Adjunto - D. Simple - 4.297 - 2.236 - 3.8260 - 0 - 06 - Med. Int. de Guardia D. Simple - 6.549 - 1.922 - 4.2720 - 0 - 03 - Director N. VI - D. Compl. - 19.572 - - 6.7340 - 0 - 02 - Director N. IV - D. Compl. - 15.629 - - 6.1270 - 0 - 04 - Jefe de Serv. - D. Compl. - 15.629 - - 6.1270 - 0 - 05 - Secret. Técn. - D. Compl. - 15.629 - - 6.1270 - 0 - 01 - Director N. III - D. Compl. - 15.629 - - 5.7660 - 0 - 07 - Subj. de Serv. - D. Compl. - 15.629 - - 5.7660 - 0 - 10 - Prof. Adjunto - D. Compl. - 15.629 - - 5.7190 - 0 - 08 - Director N. I - D. Compl. - 15.629 - - 5.4520 - 0 - 11 - Prof. Asistente - D. Comp. - 15.629 - - 5.4520 - 0 - 06 - Med. Int. de Guardia D. Compl. - 15.629 - - 6.454- - Médico Instructor - 15.629 - - 6.708

ANEXO IVEscalafón SeguridadValores vigentes desde el 1º de septiembre de 2018G.T.C AT - Jerarquía - Básicos (Cód. 001) - Adic. rem. (Cód. 017)

- Adic. rem. (Cód. 130) - Plus mayor Servicio (Cód. 176) - Adic.No Rem. (C. 276/296) - Adic. Act. Riesgosa e Insalubre (Cód. 286)

- - Clase 10: Pers. Policial - - - - - - -1.0.2 - Comisario general - 19.414 - 7.416 - 3.687 - 6.899 - 869 -

8691.0.3 - Comisario mayor - 16.935 - 7.416 - 3.371 - 6.899 - 869 - 8691.0.4 - Comisario inspector - 15.781 - 7.416 - 3.030 - 6.899 - 869 -

8691.0.5 - Comisario principal - 13.542 - 7.416 - 2.712 - 8.619 - 869 -

8691.0.6 - Comisario - 12.947 - 7.416 - 2.590 - 8.619 - 869 - 8691.0.7 - Subcomisario - 11.106 - 7.416 - 2.361 - 8.619 - 869 - 8691.0.8 - Oficial principal - 8.849 - 7.416 - 2.064 - 8.619 - 869 - 8691.0.9 - Oficial inspector - 7.538 - 7.416 - 1.886 - 8.619 - 869 - 8691.0.10 - Oficial Subinspector - 6.833 - 7.416 - 1.798 - 8.619 - 869 -

869

1.0.11 - Oficial ayudante - 6.050 - 7.416 - 1.696 - 8.619 - 869 - 8692.0.1 - Suboficial mayor - 8.275 - 7.416 - 1.962 - 8.619 - 869 - 8692.0.2 - Suboficial principal - 7.595 - 7.416 - 1.869 - 8.619 - 869 -

8692.0.3 - Sargento ayudante - 7.082 - 7.416 - 1.798 - 8.619 - 869 -

8692.0.4 - Sargento primero - 5.356 - 7.416 - 1.537 - 8.619 - 869 - 8692.0.5 - Sargento - 5.178 - 7.416 - 1.496 - 8.619 - 869 - 8692.0.6 - Cabo primero - 4.991 - 7.416 - 1.455 - 8.619 - 869 - 8692.0.7 - Cabo - 4.662 - 7.416 - 1.397 - 8.619 - 869 - 8692.0.8 - Agente - 4.269 - 7.416 - 1.377 - 8.619 - 869 - 869

ANEXO VEscalafón VialValores vigentes desde el 1º de septiembre de 2018Cargo - Descripción - Básico401 a 406 - Clase I a VI - 5.616407 - Clase VII - 6.247408 - Clase VIII - 6.945409 - Clase IX - 7.721410 - Clase X - 8.584411 - Clase XI - 9.545412 - Clase XII - 10.613413 - Clase XIII - 11.800414 - Clase XIV - 13.122415 - Clase XV - 14.590416 - Clase XVI - 16.222417 - Clase XVII - 18.037418 - Clase XVIII - 20.053419 - Clase XIX - 22.301420 - Clase XX - 24.790Escalafón SeguridadValores vigentes desde el 1º de septiembre de 2018G.T.C AT - Jerarquía - Básicos (Cód. 001) - Adic. rem. (Cód.

017) - Adic. rem. (Cód. 130) - Plus mayor Servicio (Cód. 176) -Adic. no Rem. (C. 276/296) - Adic. Act. Riesgosa e Insalubre(Cód. 286)

- - Clase 11: Pers. Serv. Penitenciario - - - - - - -1.0.1 - Insp. Gral. Serv. Penit. - 19.414 - 7.416 - 3.687 - 6.899 -

869 - 8691.0.2 - Prefecto - 16.935 - 7.416 - 3.371 - 6.899 - 869 - 8691.0.3 - Subprefecto - 15.781 - 7.416 - 3.030 - 6.899 - 869 - 8691.0.4 - Alcaide mayor - 13.542 - 7.416 - 2.712 - 8.619 - 869 - 8691.0.5 - Alcaide - 12.947 - 7.416 - 2.590 - 8.619 - 869 - 8691.0.6 - Subalcaide - 11.106 - 7.416 - 2.361 - 8.619 - 869 - 8691.0.7 - Adjutor principal - 8.849 - 7.416 - 2.064 - 8.619 - 869 - 8691.0.8 - Adjutor - 7.538 - 7.416 - 1.886 - 8.619 - 869 - 8691.0.9 - Subadjutor - 6.833 - 7.416 - . 1.798 - 8.619 - 869 - 8692.0.1 - Suboficial mayor - 8.275 - 7.416 - 1. 962 - 8.619 - 869 - 8692.0.2 - Suboficial principal - 7.595 - 7.416 - 1.869 - 8.619 - 869 -

8692.0.3 - Sargento ayudante - 7.082 - 7.416 - 1.798 - 8.619 - 869 -

8692.0.4 - Sargento primero - 5.356 - 7.416 – 1.537 - 8.619 - 869 -

8692.0.5 - Sargento - 5.178 - 7.416 - 1.496 - 8.619 - 869 - 8692.0.6 - Cabo Primero - 4.991 - 7.416 - 1.455 - 8.619 - 869 - 8692.0.7 - Cabo - 4.662 - 7.416 - 1.397 - 8.619 - 869 - 8692.0.8 - Agente Guardia Cárcel - 4.269 - 7.416 - 1.377 - 8.619 - 869

- 869

MINISTERIO DE PLANEAMIENTO,INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS

DECRETO Nº 3201 MPIySRECTIFICANDO DECRETO

Paraná, 28 de septiembre de 2018VISTO:

El Decreto Nº 2.381 MPIyS, de fecha 2 de agosto de 2018, yCONSIDERANDO:

Que mediante la citada norma legal se reubicó al agente MiguelÁngel Durán, DNI Nº 14.367.076, Legajo Nº 110.245, en una cate-goría 3 - Administrativo y Técnico, Técnico “B” de la planta depersonal permanente de la Subsecretaría de Arquitectura y Cons-trucciones; y

Que, con posterioridad, la Dirección General del Servicio Adminis-trativo Contable del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura yServicios informa que se omitió mencionar que la reubicación esca-lafonaria, es a partir del 1 de junio de 2015, habiendo dicho orga-nismo efectuado la correspondiente previsión presupuestaria; y

Que en para (sic) regularizar la situación planteada, corresponde

Paraná, jueves 21 de marzo de 2019 BOLETIN OFICIAL 13

Page 14: SECCION ADMINISTRATIVA€¦ · Calveyra al citado organismo, en vez de la Dirección General de Asistencia Integral a la Víctima del Delito, dependiente de la Secre-taría de Justicia;

rectificar el Decreto Nº 2.381 MPIyS, de fecha 2 de agosto de 2018,en su artículo 2º; y

Que han tomado intervención en lo que es de su competencia, elDepartamento Legal de la Subsecretaría de Arquitectura y Construc-ciones y la Dirección General del Servicio Administrativo Contabledel Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios; y

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º — Rectitícase el Decreto Nº 2.381 MPIyS, de fecha 2 de

agosto de 2018, en su artículo 2º, el que quedará redactado de lasiguiente manera:

“Artículo 2º.- Reubícase, a partir del 1 de junio de 2015, al agenteMiguel Ángel Durán, DNI Nº 14.367.076. legajo Nº 110.245, en unacategoría 3 - Administrativo y Técnico, Técnico ‘B’ de la planta depersonal permanente de la Subsecretaría de Arquitectura y Construc-ciones, conforme al detalle del Anexo III”.

Art. 2º — El presente decreto será refrendado por el señor MinistroSecretario de Estado de Planeamiento, Infraestructura y Servicios.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, archívese y pásense las ac-tuaciones a la Dirección General del Servicio Administrativo Contabledel Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios para eldebido trámite. Cumplido, a la Subsecretaría de Arquitectura y Cons-trucciones a sus efectos.

GUSTAVO E. BORDETLuis A. Benedetto

— — —DECRETO Nº 3202 MPIyS

Paraná, 28 de septiembre de 2018Reconociendo los trabajos ejecutados y autorizando el pago de la

Factura “B” Nº 002-00000270 de fecha 4.12.17, de pesos quinientosveintitrés mil novecientos ochenta y siete con veinte centavos ($523.987,20) obrante en las presentes actuaciones, emitida por lafirma Hosifa Constructora S.A. respecto a la obra realizada en laEscuela Nº 44 “Domingo Faustino Sarmiento” - Federal, Departamen-to Federal.

Facultando a la Tesorería General de la Provincia, previa interven-ción de la Dirección General del Servicio Administrativo Contable delMinisterio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios, para queefectivice el pago a la firma Hosifa Constructora S.A., conforme a lodispuesto, con cargo de oportuna rendición ante el Tribunal de Cuen-tas de la Provincia.

— — —DECRETO Nº 3203 MPIyS

Paraná, 28 de septiembre de 2018Reconociendo el gasto y autorizando el pago de tareas complemen-

tarias realizadas en los períodos de enero a agosto de 2016 a favordel agente Celestino Juan Brutti, DNI Nº 13.343.048, la suma de $14.073,98.

Reconociendo el gasto y autorizando el pago de tareas complemen-tarias realizadas en los períodos de enero a agosto de 2016, a favordel agente Cristian Daniel Brasseur, DNI Nº 22.737.851, la suma de$ 13.148,06.

Autorizando a la Dirección de Administración de la Unidad EjecutoraProvincial a hacer efectivo el pago de lo dispuesto en el presente.

— — —DECRETO Nº 3204 MPIyS

Paraná, 28 de septiembre de 2018Facultando a la Tesorería General de la Provincia a emitir el pago

a la empresa CEMyC SRL, por un monto total de $ 351.086,21, enconcepto de intereses por el pago fuera de término de parte delCertificado de Obra Nº 11 y su anexo y Nos. 15 al 19 y sus respectivosanexos de redeterminación provisoria, correspondientes a la obra“Construcción nuevo edificio Centro Educativo Terapéutico - Paraná,Departamento Paraná”, conforme a la liquidación elaborada por elDepartamento Costos de la Subsecretaría de Arquitectura y Cons-trucciones y aprobada mediante la Resolución Nº 46/18 SSAyC,norma legal que forma parte como anexo del presente decreto,debiendo la firma antes mencionada presentar la factura debidamen-te conformada, previa emisión de la correspondiente orden de pagopara la atención del gasto,con cargo de oportuna rendición ante elTribunal de Cuentas de la Provincia.

— — —DECRETO Nº 3205 MPIyS

APROBANDO AMPLIACIONES CONTRACTUALESParaná, 28 de septiembre de 2018

VISTO:El Decreto Nº 284/18 MPIyS mediante el cual se prevén los fondos

para solventar erogaciones derivadas de estudios y proyectos y enparticular los Servicios de Proyecto e Inspección de la Subsecretaríade Arquitectura y Construcciones;CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Nº 504/18 MPIyS se aprobaron los contratos

de locación de obra detallados en el Anexo I adjunto a dichanorma, con ámbito de ejecución en la Subsecretaría de Arquitec-tura y Construcciones; y

Que el Poder Ejecutivo Provincial se encuentra facultado paraefectuar las modificaciones contractuales y erogaciones deriva-das de las inspecciones técnicas de las obras públicas que seejecutan, gastos de funcionamiento y el asesoramiento técnicoespecífico para el servicio de inspección, con cargo a las partidasdestinadas para este fin mediante Decreto Nº 284/18 MPIyS; y

Que la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones ha ela-borado las minutas incluyendo la nueva obra a ejecutar y loshonorarios que percibirán por ello cada uno de los profesionales;técnicos e idóneos con funciones en las distintas oficinas de laProvincia, a quienes se les ha encomendado dichos emprendi-mientos, por los períodos indicados en los contratos, a partir dela toma de posesión; y

Que ha tomado intervención la Subsecretaría de Arquitectura yConstrucciones y Dirección General del Servicio AdministrativoContable del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servi-cios, respecto a lo que es de su competencia;

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º — Apruébanse las ampliaciones contractuales de las per-

sonas contratadas de obra con función en las distintas oficinas dela Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones, por los perío-dos y montos previstos y conforme las adendas que en susoriginales integran el presente.

Art. 2º — La Subsecretaría de Arquitectura y Construccionesemitirá la certificación necesaria para el pago de los honorariosconvenidos, previo cumplimiento por parte del contratado de lacontraprestación obligada y la documentación exigida.

Art. 3º — El pago lo efectuará la Dirección General del ServicioAdministrativo Contable del Ministerio de Planeamiento, Infraes-tructura y Servicios, con cargo a los fondos dispuestos por DecretoNº 284/18 MPIyS.

Art. 4º — Impútase el gasto de $ 1.000.000 a la partida presu-puestaria: Dirección de Administración 958 - Carácter 1 - Jurisdic-ción 25 - Subjurisdicción 01 - Entidad 0000 - Programa 16 -Subprograma 00 - Proyecto 11 - Actividad 00 - Obra 17 - Finalidad3 - Función 20 - Fuente de Financiamiento 11 - Subfuente deFinanciamiento 0001 - Inciso 4 - Partida Principal 2 - PartidaParcial 1 - Partida Subparcial 0000 - Departamento 99 - UbicaciónGeográfica 99 del presupuesto vigente.

$ 766.640,84: Proyecto 12 - Obra 10.Art. 5º — El presente decreto será refrendado por el señor Mi-

nistro Secretario de Estado de Planeamiento, Infraestructura yServicios.

Art. 6º — Comuníquese, publíquese, archívese y pase a la Sub-secretaría de Arquitectura y Construcciones para notificación yprosecución de su trámite.

GUSTAVO E. BORDETLuis A. Benedetto

— — —DECRETO Nº 3206 MPIyS

Paraná, 28 de septiembre de 2018Facultando a la Tesorería General de la Provincia a emitir el

pago a la empresa CEMyC SRL, por un monto total de $ 99.230,74,en concepto de intereses por pago fuera de término los Certifica-dos de Obra Nos. 1 al 6 y sus anexos, correspondiente a la obra“Refuncionalización, restauración y puesta en valor Escuela Nº 2‘25 de Mayo’ - Paraná, Departamento Paraná”, conforme la liqui-dación elaborada por el Departamento Costos de la Subsecretaríade Arquitectura y Construcciones, y aprobada mediante Resolu-ción Nº 79 SSAyC, de fecha 10 de abril de 2018, norma legal queforma parte con su Anexo I del presente decreto, debiendo la firmaantes mencionada presentar la factura debidamente conformada,previa emisión de la correspondiente orden de pago para la aten-ción del gasto, con cargo de oportuna rendición ante el Tribunalde Cuentas de la Provincia.

— — —DECRETO Nº 3207 MPIyS

Paraná, 28 de septiembre de 2018Aprobando una partida ampliatoria de $ 2.180.524,23, con desti-

no a la obra “Reparación y puesta en valor Escuela Nº 8 ‘20 deJunio’ - Ibicuy, Departamento Islas del Ibicuy”, a los efectos decubrir el monto aprobado por Resolución Nº 138/16 SSyAC y laatención de los anexos de los Certificados de Obra Nos. 9 al 13R.P., emitidos según el cálculo del factor de redeterminación pro-visoria, aprobado por Resolución Nº 314/11 MPIyS y su Anexo I.

Disponiendo que a través de la Subsecretaría de Arquitectura yConstrucciones se implemente la formalización y /o actualizacióndel convenio con la asociación cooperadora de la Escuela Nina Nº

14 BOLETIN OFICIAL Paraná, jueves 21 de marzo de 2019

Page 15: SECCION ADMINISTRATIVA€¦ · Calveyra al citado organismo, en vez de la Dirección General de Asistencia Integral a la Víctima del Delito, dependiente de la Secre-taría de Justicia;

8 “20 de Junio” de la localidad de Ibicuy, Departamento Islas delIbicuy, el cual deberá obrar en poder de la subsecretaría antesmencionada, previo a efectuar la entrega del cheque pertinente.

Facultando a la Tesorería General de la Provincia a efectivizar losfondos dispuestos por el presente, debiendo ese organismo efectivi-zar la entrega a través de la Subsecretaría de Arquitectura y Cons-trucciones, mediante cheque que será librado a nombre de la asocia-ción cooperadora de la Escuela Nina Nº 8 “20 de Junio” de la localidadde Ibicuy, Departamento Islas del Ibicuy, efectuando luego las rendi-ciones por medio del recibo debidamente conformado, cumpliendo deesta manera su obligación en el aspecto renditivo.

La Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones procederá, den-tro de los 30 días corridos de recibido el cheque, a la remisión delcheque debidamente conformado y con la certificación de las firmaspor el funcionario que efectúa la entrega, a la Dirección General delServicio Administrativo Contable del Ministerio de Planeamiento,Infraestructura y Servicios, debiéndose aplicar las disposiciones es-tablecidas por el Decreto Nº 6.440/94 SOySP.

— — —DECRETO Nº 3230 MPIyS

HACIENDO LUGAR A LIQUIDACIÓN Y PAGOParaná, 28 de septiembre de 2018

VISTO:La presente actuación iniciada por la empresa constructora Dos

Arroyos S.A., en su carácter de contratista de la obra “Limpieza ycanalización del Arroyo Sagastume tramo Arroyo Sagastume Chico -Ruta Nº 46 - Villa Paranacito, Departamento Islas del Ibicuy - EntreRíos”; yCONSIDERANDO:

Que la misma fue adjudicada a la firma Constructora Dos ArroyosS.A. por Decreto Nº 1.769/14 MPIyS, previa licitación pública, acordea su propuesta de $ 17.873.186,69, con un plazo de ejecución de obrade 365 días corridos, formalizándose el contrato de obra pertinentea través de la Escribanía Mayor de Gobierno; y

Que por la misma solicita se proceda a liquidar y pagar los interesesmoratorios devengados por el pago fuera de término de los Certifica-dos de Obra Ejecutada y Redeterminado Provisorio Nº 32; y

Que de fojas 3 a 5 obran copias de los certificados enunciadosexpedidos por la Dirección de Hidráulica, donde se consignan lasfechas de vencimiento de cada certificado citado procedentemente,y a fojas 6 y 7 el Departamento Construcciones de la citada direcciónemite el informe pertinente; y

Que a fojas 10 la Dirección General del Servicio AdministrativoContable del MPIyS informa las fechas de pago de los certificados,de donde surge que se produjo retraso en el pago de los Certificadosde Obra Ejecutada y Redeterminado Provisorio Nº 32; y

Que la Dirección General del Servicio Administrativo Contable delMPIyS agregó a fojas 13 Anexo I con el monto total a efectivizar de$ 15.261,85; en concepto de intereses por mora en el pago de losCertificados de Obra Ejecutada y Redeterminado Provisorio Nº 32;ya fojas 12 el cálculo de tasa activa del Banco de la Nación Argentinade los intereses moratorios; y

Que a fojas 18 obra reserva preventiva del crédito pertinente con ladebida intervención de la Contaduría General de la Provincia, através de la contadora delegada; y

Que surge del dictamen de fojas 33 y 34, de la asesora legal de laDirección de Hidráulica, que resulta procedente reconocer el interéspor la demora en que incurrió la administración en el pago de loscertificados mencionados precedentemente aduciendo que el interés“es la obligación accesoria consistente en dar una cantidad de cosasfungibles, que es rendida por una obligación de capital, y que se mideen proporción al importe o al valor de capital, y al tiempo de indispo-nibilidad de dicho capital para el acreedor” (conf. Oscar D. Mariconde- El Régimen Jurídico de los Intereses - 1980, página 41), tratandode mantener intacto en su significación económica el patrimonio dela firma en virtud del principio de la integridad del patrimonio (artícu-los 14, 14 bis, 17 y 31 Constitución Nacional); y

Que han tomado intervención la Dirección de Asuntos Jurídicos delMPIyS y la Dirección General del Servicio Administrativo Contabledel MPIyS y la asesora legal de la Dirección de Hidráulica en lo quees de sus competencias como, asimismo, el señor Ministro Secretariode Estado de Planeamiento, Infraestructura y Servicios, de conformi-dad a lo dispuesto por Decreto Nº 307/16 MPIyS; y

Que la presente gestión encuadra en las previsiones del artículo57º del Decreto Ley de Obras Públicas Nº 6.351, ratificado por LeyNº 7.495, y concordantes del Decreto Reglamentario Nº 958/79 SO-ySP, como así también en las disposiciones del Decreto Nº 3.694/91MGJEOySP, modificado por Decreto Nº 7.846/04 MEHyF, por el cualse establece el índice aplicable para el reconocimiento de interesesmoratorios;

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º — Hágase lugar a la solicitud de liquidación y pago de

intereses moratorios devengados por el pago fuera de término delos Certificados de Obra Ejecutada y Redeterminado Provisorio Nº32, correspondientes a la obra: “Limpieza y canalización del ArroyoSagastume, tramo Arroyo Sagastume Chico - Ruta Nº 46 - VillaParanacito, Departamento Islas del Ibicuy - Entre Ríos”, ejecutadapor la empresa Constructora Dos Arroyos S.A., contratista de lamisma, por los motivos expuestos en los Considerandos del presen-te texto legal.

Art. 2º — Apruébase la liquidación practicada por la DirecciónGeneral del Servicio Administrativo Contable del MPIyS, por el valortotal de pesos mil doscientos sesenta y uno con ochenta y cincocentavos ($ 15.261,85), en concepto de intereses moratorios, y quecomo Anexo I integra el presente decreto, por el pago fuera detérmino de los Certificados de Obra Ejecutada y RedeterminadoProvisorio Nº 32, correspondientes a la obra: “Limpieza y canaliza-ción del Arroyo Sagastume tramo Arroyo Sagastume Chico - RutaNº 46 Villa Paranacito, Departamento Islas del Ibicuy - Entre Ríos”,ejecutada por la empresa Constructora Dos Arroyos S.A.

Art. 3º — Facúltase a la Dirección General del Servicio Adminis-trativo Contable del MPIyS a efectivizar a la empresa ConstructoraDos Arroyos S.A. la suma de pesos quince mil doscientos sesentay uno con ochenta y cinco centavos ($ 15.261,85), acorde a lodispuesto en los artículos 1º y 2º del presente texto legal, debiendola citada empresa presentar la factura debidamente conformada yprevia emisión de la correspondiente orden de entrega para laatención del gasto, con cargo de oportuna rendición ante el Tribunalde Cuentas de la Provincia.

Art. 4º — Impútese el gasto a: Dirección de Administración 958,Carácter 1, Jurisdicción 25, Subjurisdicción 01, Entidad 0000, Pro-grama 17, Subprograma 00, Proyecto 03, Actividad 00, Obra 17,Finalidad 4, Función 34, Fuente Financiamiento 11, Subfuente Fi-nanciamiento 0001, Inciso 4, Partida Principal 2, Partida Parcial 2,Partida Subparcial 0000, Departamento 63, Ubicación Geográfica99, del presupuesto año 2018.

Art. 5º — El presente decreto será refrendado por el señor Minis-tro Secretario de Estado de Planeamiento, Infraestructura y Servi-cios.

Art. 6º — Comuníquese, publíquese y archívese, y pase la actua-ción a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable elMPIyS, para la prosecución del trámite.

GUSTAVO E. BORDETLuis A. Benedetto

— — —DECRETO Nº 3257 MPIyS

RATIFICANDO CONVENIOParaná, 3 de octubre de 2018

VISTO:El proyecto de la obra: “Planta compacta potabilizadora de agua

para la localidad de Villa Paranacito” - Villa Paranacito, Departa-mento Islas del Ibicuy; yCONSIDERANDO:

Que el citado proyecto ha sido confeccionado por el Área Técnicade la Dirección Provincial de Obras Sanitarias de Entre Ríos, conun presupuesto oficial que asciende a la suma de $ 11.810.842,80a valores del mes de agosto de 2018 y un plazo de ejecución de120 días corridos; y

Que la localidad de Villa Paranacito se encuentra ubicada alSureste de la Provincia de Entre Ríos, contando con una poblaciónque asciende a 5.200 habitantes. El objetivo de este proyecto esemplazar una nueva planta potabilizadora de cincuenta (50)m3/hora de capacidad que tratará el agua proveniente del río Para-nacito, de manera de reforzar la dotación y a que el módulo insta-lado no satisface la totalidad de la demanda, además de ser el únicosistema de producción de agua potable se hace imposible su repa-ración y mantenimiento debido a que para ello se debería cortar elsuministro a todos los habitantes por tiempo prolongado. La insta-lación de un nuevo módulo de potabilización permitirá reparar elexistente y sumar a la demanda de agua potable a toda la poblaciónpor un periodo de 20 años en forma continua, permanente y cum-pliendo con las demandas de las dotaciones de cálculo; y

Que los pliegos general y complementario de condiciones son losaprobados por Decreto Nº 27/06 GOB, modificado por Decreto Nº3.264/16 MPIyS; y

Que por Resolución Nº 61/18 DPOSER se aprobó el Proyecto dela Obra, con un presupuesto oficial por la suma de $ 9.601.769,70a valores de abril de 2018 y mediante Resolución Nº 77/18 DPO-SER, el Área Técnica actualizó el presupuesto oficial el que ascien-de a la suma de $ 11.810.842,80 a valores de agosto de 2018, porlo que se revocó la Resolución Nº 61/18 DPOSER y se aprobó elproyecto de obra integrada por plano de ubicación, memoria des-criptiva, memoria técnica, pliego general de condiciones, AnexosPGC, pliego complementario de condiciones, Anexo PCC, pliegogeneral de especificaciones técnicas, pliego complementario deespecificaciones técnicas, cómputo, equipos, análisis de precios,

Paraná, jueves 21 de marzo de 2019 BOLETIN OFICIAL 15

Page 16: SECCION ADMINISTRATIVA€¦ · Calveyra al citado organismo, en vez de la Dirección General de Asistencia Integral a la Víctima del Delito, dependiente de la Secre-taría de Justicia;

plan de trabajo, curva de inversiones, planos del proyecto, y presu-puesto oficial; y

Que la Dirección Provincial de Obras Sanitarias informa que seencuentra disponible a la fecha la suma de $ 1.200.000, asumiendoel compromiso de disponer la totalidad de los fondos a instancia dela adjudicación; y

Que la Dirección Provincial de Obras Sanitarias de Entre Ríosprocedió a celebrar un convenio con la Municipalidad de Villa Para-nacito, para el uso del espacio público para la libre disponibilidad,aprobado por Ordenanza Nº 8/18 y Decreto Nº 179/18; y

Que han tomado intervención la Dirección General del ServicioAdministrativo Contable del Ministerio de Planeamiento, Infraestruc-tura y Servicios, la Contaduría General de la Provincia, la AsesoríaLegal de la Dirección Provincial de Obras Sanitarias de Entre Ríos,como así también la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio dePlaneamiento, Infraestructura y Servicios, en lo que es de su compe-tencia; y

Que se dio cumplimiento a lo establecido por el Decreto Nº 307/16MPIyS; y

Que por lo expuesto procede autorizar el llamado a licitación públi-ca, con ajuste a las prescripciones de los artículos 9º, inciso a), 10ºinciso a), punto 1 y 12º primer párrafo, primera parte, del Decreto LeyNº 6.351, ratificado por Ley Nº 7.495 y concordantes del DecretoReglamentario Nº 958/79 SOySP, Decreto 27/06 GOB, modificadopor Decreto Nº 3.264/16 MPIyS, Régimen Provincial Redetermina-ción de Precios, aprobado por Decreto Nº 2.715/16 MPIyS y laEstructura de Ponderación de Insumos Principales aprobada porResolución Nº 1.178/17 MPIyS, como así también en el artículo 17ºinciso a) de la Ley Nº 5.140 de Administración Financiera de losBienes y las Contrataciones - t.u.o. por Decreto Nº 404/95 MEOSP yatento a su incidencia en más de un ejercicio presupuestario;

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º — Ratifícase el convenio celebrado entre la Dirección Pro-

vincial de Obras Sanitarias de Entre Ríos, representado por su direc-tor general ingeniero Sergio Raúl Pascual, por una parte y por la otrala Municipalidad de Villa Paranacito, representada por su presidenteel contador Gabriel García, aprobado por Ordenanza Nº 8/18, DecretoNº 179/18 que forman parte del presente decreto.

Art. 2º — Autorízase a la Dirección Provincial de Obras Sanitariasde Entre Ríos a efectuar el llamado a licitación pública para contratarla ejecución de la obra: “Planta compacta potabilizadora de agua parala localidad de Villa Paranacito”, Villa Paranacito, Departamento Islasdel Ibicuy", con un presupuesto oficial de pesos once millones ocho-c ientos d iez mi l ochoc ientos cuarenta y dos con 80/100 ($11.810.842,80) a valores del mes de agosto de 2018 y un plazo deejecución de ciento veinte (120) días corridos, de conformidad a lospliegos general y complementario de condiciones, aprobados porDecreto Nº 27/06 GOB, modificado por Decreto Nº 3.264/16 MPIyS yResolución Nº 77/18 DPOSER, norma que aprobó el proyecto deobra.

Art. 3º — Autorízase a la Dirección Provincial de Obras Sanitariasde Entre Ríos a invertir hasta la suma de pesos un millón doscientosmil ($ 1.200.000), disponiendo el monto restante al momento de laadjudicación.

Art. 4º — Impútese el gasto a: Dirección de Administración: 958 -Carácter: 1 - Jurisdicción: 25 - Subjurisdicción: 01- Entidad: 0000 -Programa: 20- Subprograma: 00 - Proyecto: 01 - Actividad: 00 - Obra:20 - Finalidad: 3 - Función: 80 - Fuente de Financiamiento 11 -Subfuente 0001 - Inciso: 4 - Partida Principal: 2 - Partida Parcial: 1 -Partida Subparcial: 0000 - Departamento: 63 - Unidad Geográfica: 02del presupuesto vigente.

Art. 5º — El presente decreto será refrendado por el señor MinistroSecretario de Estado de Planeamiento, Infraestructura y Servicios.

Art. 6º — Comuníquese, publíquese, archívese, y pásense las ac-tuaciones a la Dirección Provincial de Obras Sanitarias de Entre Ríos,para la prosecución de su trámite.

GUSTAVO E. BORDETLuis A. Benedetto

— — —DECRETO Nº 3258 MPIyS

AUTORIZANDO LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICAParaná, 3 de octubre de 2018

VISTO:La gestión promovida por la Subsecretaría de Arquitectura y Cons-

trucciones, interesando la ejecución de la obra “Construcción EscuelaSecundaria Nº 87 y refuncionalización y ampliación Escuela PrimariaNº 33 ‘Los Sauces’ - Sauce Pinto, Departamento Paraná”, yCONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Nº 266/18 SSAyC, se aprobó el ProyectoNº E-20-17 de la obra referenciada, con un presupuesto oficial de $17.478.894, en concepto de materiales y mano de obra, con preciosvigentes al mes de junio de 2018, estipulándose un plazo de ejecu-

ción de los trabajos de 420 días corridos, conformado por: circular,memoria descriptiva, pliego complementario de condiciones, car-tel de obra, anexo pliego complementario, pliego general de con-diciones, anexo pliego general, cláusulas técnicas particulares,especificaciones técnicas generales - estructuras de hormigónarmado, especificaciones técnicas generales - estructuras metá-licas, especificaciones técnicas generales - instalaciones eléctri-cas, especificaciones técnicas generales - instalaciones sanita-rias, especificaciones técnicas generales - instalaciones de gasenvasado, especificaciones técnicas generales - planilla de mez-clas, computo métrico, presupuesto, curva de inversiones, planillade artefactos y accesorios y planos; y

Que la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones, confor-me lo dispuesto por Resolución Nº 1.178/17 MPIyS y a los efectosde determinar la estructura de ponderación de insumos principa-les estableció que el tipo de obra a ejecutarse, está contempladacomo Obra de Arquitectura, Columna 1. Arquitectura - 2. Nuevade Alta y Baja Complejidad, según el anexo del artículo 34° delpliego complementario de condiciones; y

Que, en consecuencia, corresponde autorizar a la Subsecretaríade Arquitectura y Construcciones a efectuar el llamado a licitaciónpública para contratar la obra referenciada, en concordancia conlos pliegos aprobados por Decreto Nº 27/06 GOB, modificado porDecreto Nº 3.264/16 MPIyS; y

Que la obra aludida se encuentra prevista en el presupuestovigente de la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones, conun crédito de $ 300.000, monto considerado suficiente para cubrirlos gastos de licitación y proceso de la misma; y

Que es propio aclarar que previa adjudicación de dicha obra, laSubsecretaría de Arquitectura y Construcciones, en coordinacióncon la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Econo-mía, Hacienda y Finanzas, adoptarán las medidas pertinentespara la previsión e incorporación del crédito necesario, destinadoa cubrir los gastos que genera la misma tanto en el presenteejercicio presupuestario, como en el año 2019; y

Que han tomado intervención de competencia la Asesoría Legalde la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones, la Conta-duría General de la Provincia y la Dirección General del ServicioAdministrativo Contable del Ministerio de Planeamiento, Infraes-tructura y Servicios. Asimismo, se ha dado cumplimiento a lodispuesto por el Decreto Nº 307/16 MPIyS; y

Que la obra se ejecutará por el sistema de contratación, deconformidad a lo establecido en el artículo 9º, inciso a) y artículo10º, inciso a) punto 1 por Unidad de Medida y artículo 12º primerpárrafo, primera parte del Decreto Ley de Obras Públicas Nº 6.35,ratificado por Ley Nº 7.495 y concordantes con su Decreto Regla-mentario Nº 958/79 SOySP, en concordancia con los pliegosaprobados por Decreto Nº 27/06 GOB, modificado por Decreto Nº3.264/16 MPIyS, como así también, el artículo 17º, inciso a) delDecreto Nº 404/95 MEOySP - texto único y ordenado de la Ley Nº5.140 de Administración Financiera, de los Bienes y las Contrata-ciones, atento a su incidencia en más de un ejercicio presupues-tario;

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º — Autorízase a la Subsecretaría de Arquitectura y Cons-

trucciones a efectuar el llamado a licitación pública para contratarla ejecución de la obra “Construcción Escuela Secundaria Nº 87y refuncionalización y ampliación Escuela Primaria Nº 33 ‘LosSauces’ - Sauce Pinto, Departamento Paraná”, con un presupues-to oficial de pesos diecisiete millones cuatrocientos setenta y ochomil ochocientos noventa y cuatro ($ 17.478.894) en concepto demateriales y mano de obra, con precios vigentes al mes de juniode 2018, estipulándose un plazo de ejecución de los trabajos decuatrocientos veinte (420) días corridos, de conformidad a ladocumentación técnica aprobada por Resolución Nº 266 SSAyC,de fecha 22 de agosto de 2018.

Art. 2º — Autorízase a la Subsecretaría de Arquitectura y Cons-trucciones a invertir hasta la suma de pesos trescientos mil ($300.000) en el presente ejercicio presupuestario, con destino a laobra motivo de estos actuados.

Art. 3º — La Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones,en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto delMinisterio de Economía, Hacienda y Finanzas, adoptarán las me-didas pertinentes para la previsión e incorporación del créditonecesario, destinado a cubrir los gastos que genera la obra en elejercicio del 2019.

Art. 4º — Impútese a la partida presupuestaria: Dirección deAdministración 958 - Carácter 1 - Jurisdicción 25 - Subjurisdicción01 - Entidad 0000 - Programa 16 - Subprograma 00 - Proyecto 73- Actividad 00 - Obra 89 - Finalidad 3 - Función 42 - Fuente deFinanciamiento 14 - Subfuente de Financiamiento 9952 - Inciso 4

16 BOLETIN OFICIAL Paraná, jueves 21 de marzo de 2019

Page 17: SECCION ADMINISTRATIVA€¦ · Calveyra al citado organismo, en vez de la Dirección General de Asistencia Integral a la Víctima del Delito, dependiente de la Secre-taría de Justicia;

- Partida Principal 2 - Partida Parcial 1 - Partida Subparcial 0000 -Departamento 84 - Ubicación Geográfica 99 del presupuesto vigente.

Art. 5º — El presente decreto será refrendado por el señor MinistroSecretario de Estado de Planeamiento, Infraestructura y Servicios.

Art. 6º — Comuníquese, publíquese, archívese y pásense las pre-sentes actuaciones a la Subsecretaría de Arquitectura y Construccio-nes, a sus efectos.

GUSTAVO E. BORDETLuis A. Benedetto

— — —DECRETO Nº 3261 MPIyS

RECTIFICANDO PARCIALMENTE DECRETOParaná, 3 de octubre de 2018

VISTO:El Decreto Nº 2.783 MPIyS, de fecha 6 de septiembre de 2018; y

CONSIDERANDO:Que por el artículo 1º de la mencionada norma se aprobó el conve-

nio suscripto entre el Gobernador de la Provincia y el presidentemunicipal de la localidad de Colonia Avellaneda y se otorgó a estaúltima un aporte no reintegrable para la ejecución de la obra: “Repa-ración integral de calles Yáñez Martín, Manuel Belgrano y completa-miento del pavimento de calles Juan L. Ortiz y Antonio Serrano, nuevacarpeta asfáltica”; y

Que en la citada norma legal se omitió aprobar la adenda modifica-toria del convenio oportunamente suscripto, la que se acompañacomo parte integrante del presente; y

Que corresponde en este acto rectificar parcialmente el Decreto Nº2.783 MPIyS, de fecha 6 de septiembre de 2018;

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º — Rectifícase parcialmente el Decreto Nº 2.783 MPIyS, de

fecha 6 de septiembre de 2018, en su artículo 1º el que quedaráredactado de la siguiente manera:

“Artículo 1º.- Apruébese el convenio y la adenda suscripta, queadjuntos forman parte del presente, y otórgase en consecuencia a laMunicipalidad de Colonia Avellaneda, en la persona de su presidentemunicipal señor Eduardo Dellizzotti, DNI Nº 14.150.383, un aporte noreintegrable por un monto total de pesos doce millones cuatrocientossesenta y cinco mil ochocientos ochenta y tres con setenta y sietecentavos ($ 12.465.883,77), otorgado en el marco del convenio pre-viamente citado, en carácter de primer desembolso una suma depesos tres millones ciento dieciséis mil cuatrocientos setenta connoventa y cuatro centavos ($ 3.116.470,94), con destino a la ejecu-ción de la obra: ”Reparación integral de calles Yáñez Martín, ManuelBelgrano y completamiento del pavimento de calles Juan L. Ortiz yAntonio Serrano, nueva carpeta asfáltica, Departamento Paraná",restando tres desembolsos de acuerdo al avance según lo pactadoen la cláusula 4º del mismo".

Art. 2º — El presente decreto será refrendado por el señor MinistroSecretario de Estado de Planeamiento, Infraestructura y Servicios.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, archívese y pasen las actua-ciones a la Dirección General del Servicio Administrativo Contabledel Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios, para eldebido trámite.

GUSTAVO E. BORDETLuis A. Benedetto

SECCION JUDICIAL

SUCESORIOSANTERIORES

C O N C O R D I A

En trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia Civil y Comer-cial Nº 6, de la ciudad de Concordia, Entre Ríos, a cargo del Dr. DiegoLuis Esteves, Juez interino, Secretaría a cargo de la Dra. NataliaGambino, en los autos “González Héctor Oscar s/ Sucesorios (Civil)”,Expte. Nº 8730, cita por el término de treinta días corridos a quienesse consideren con derecho a los bienes quedados por el fallecimientode don HECTOR OSCAR GONZALEZ, ocurrida en esta ciudad deConcordia en fecha 9/05/2017 y vecino que fuera de esta ciudad.

La resolución que lo ordena en su parte pertinente reza: “Concordia,26 de febrero de 2019. … Visto: … Resuelvo: … 3. Mandar a publicaredictos por tres veces en el Boletín Oficial y en un diario local paraque en el plazo de treinta días corridos se presenten todos aquellosque se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante,para que así lo acrediten. … 11. … 12. … A lo demás, oportunamente.Diego Luis Esteves, Juez interino”.

Concordia, 28 de febrero de 2019 – Natalia Gambino, secretaria.F.C. 0001-00009989 3 v./21.3.19

F E D E R A C I O N

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Fede-ración, Entre Ríos, sito en el 2º piso de Centro Cívico de estaciudad, a cargo del Dr. Juan Angel Forneron, Secretaría única, acargo de quien suscribe, en los autos caratulados “Miller María Evas/ Sucesorio ab intestato”, Expte. Nº 16.084, cita y emplaza por eltérmino de treinta (30) días, a herederos y acreedores de doñaMARIA EVA MILLER, MI Nº 5.395.203, vecina que fuera del Dpto.de Federación, fallecida en la ciudad de Federación (ER), el día 22de julio de 2017. Publíquese por tres días.

Federación, 17 de diciembre de 2018 – Santiago A. Bertozzi,secretario int.

F.C. 0001-00009912 3 v./21.3.19— — —

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Fede-ración, Entre Ríos, a cargo del Dr. Mariano Morahan, Secretaríaúnica, a cargo de quien suscribe, sito en el 2°Piso de Centro Cívicode esta ciudad, en los autos caratulados “Flurin Esteher s/ Suceso-rio ab intestato”, Expte. N°16.085, cita y emplaza por el término detreinta (30) días a herederos y acreedores de Doña ESTEHERFLURIN, MI 5.064.722, que fallecida en la ciudad de Federación (E.R.) el día 5 de abril de 2015, a la edad de noventa y tres (93) años,en esta ciudad de Federación, Provincia de Entre Ríos. Publiquesepor tres días.

Federación, 28 de setiembre de 2018 – Arturo N. Mc Loughlin,secretario supl.

F.C. 0001-00009913 3 v./21.3.19

SUCESORIOSNUEVOS

P A R A N A

La Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civily Comercial Nº 4 de la ciudad de Paraná, Dra. Elena B. Albornoz,Secretaría Nº 4 de quien suscribe, en los autos caratulados “ZanettaJuan Francisco s/ Sucesorio ab intestato” Exp. Nº 23490, cita yemplaza por el término de treinta (30) días a herederos y acreedoresde JUAN FRANCISCO ZANETTA, DNI Nº 27.157.988, vecino quefuera del Departamento Paraná, fallecido en la ciudad de Paraná,en fecha 01/12/2018. Publíquese por un día.

Paraná, 28 de febrero de 2019 – Juliana M. Ortiz Mallo, secreta-ria.

F. 011-00000014 1 v./21.3.19— — —

C O N C O R D I A

El Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 4 de esta ciudad de Concor-dia y a cargo del Dr. Alejandro Rodríguez, Secretaría, a cargo de laDra. Ana María Noguera, ha dispuesto en los autos “Prado TomásAlberto s/ Sucesorio ab intestato” (Expte. Nº 9864), citar el portérmino de treinta días corridos a quienes se consideren con dere-cho a los bienes dejados por el señor TOMAS ALBERTO PRADO,DNI Nº 10.699.369, vecino que fuera de la localidad de Concordia,fallecido en fecha 18 de noviembre de 2013.

Para mejor recaudo, se transcribe la resolución pertinente: “Con-cordia, 20 de diciembre de 2018... Resuelvo: 1.-... 2.- Estandoacreditada prima facie la legitimación y resultando que el Juzgadoes competente para entender en el proceso, a mérito de la partidade defunción acompañada y lo dispuesto en los Arts. 718 y 728 delCPC declárese abierto el juicio sucesorio de Tomás Alberto Prado,DNI Nº 10.699.369, fallecido en fecha 18/11/2013, vecino que fuede la ciudad de Concordia, ER. 3.-Mandar publicar edictos por tresveces en el Boletín Oficial y en un diario de esta ciudad, citando atodos los que se consideren con derecho a los bienes dejados porel causante, para que lo acrediten dentro del término de treinta (30)días (conf. Art. 2340 del Cód. Civil y Comercial de la Nación,aprobado mediante Ley Nº 26.994, vigente a partir del 1/08/2015 yArt. 728 del CPCyC). Haber saber que los edictos deberán contenertodos los datos necesarios para quienes son citados tomen conoci-miento cabal del motivo de su citación. Firmado: Dr. AlejandroRodríguez, Juez suplente”.

Concordia, 28 de febrero de 2019 – Ana M. Noguera, secretaria.F. 011-00000021 3 v./25.3.19

— — —El Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial Nº 6, a cargo

del Dr. Diego Luis Esteves, Juez interino, Secretaría única de lasuscripta Dra. Natalia Gambino, sito en calle Mitre 28, 2º piso deesta ciudad de Concordia, Entre Ríos, en los autos caratulados

Paraná, jueves 21 de marzo de 2019 BOLETIN OFICIAL 17

Page 18: SECCION ADMINISTRATIVA€¦ · Calveyra al citado organismo, en vez de la Dirección General de Asistencia Integral a la Víctima del Delito, dependiente de la Secre-taría de Justicia;

“Chiarappa, Gladis Beatriz s/ Sucesorio ab intestato” (Expte. Nº8737), cita por treinta días corridos, a todos aquellos que se consi-deren con derecho a los bienes dejados por fallecimiento de GLADISBEATRIZ CHIARAPPA, DNI 13.575.902, vecina que fuera de la loca-lidad de Puerto Yeruá, Dto. Concordia. Falleció en Concordia, EntreRíos el 30 de julio de 2018.

La resolución que ordena el presente, en su parte pertinente dice:“Concordia, 6 de marzo de 2019. Visto: … Resuelvo: … 2.- Decretarla apertura del juicio sucesorio de Gladis Beatriz Chiarappa, vecinaque fuera de esta ciudad. 3.- Mandar publicar edictos por tres vecesen el Boletín Oficial y en un diario local, citando por treinta díascorridos a quienes se consideren con derecho a los bienes dejadospor el causante, para que así lo acrediten...A lo demás, oportunamen-te. Fdo. Dr. Diego Luis Esteves, Juez”.

Concordia, 8 de marzo de 2019 – Natalia Gambino, secretaria.F. 011-00000022 3 v./25.3.19

— — —El señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 30 de

Concordia, Entre Ríos, sito en calle Bartolomé Mitre Nº 26/28, 2do.Piso, Dr. Jorge Ignacio Ponce, interino, Secretaría a cargo de Dr.Alejandro Centurión, suplente, en autos: “Scevola, Carlos Alberto s/Sucesorio ab intestato” (Expte. Nº 6580), cita y emplaza a quienes seconsideren con derecho a los bienes quedados por el fallecimientode don CARLOS ALBERTO SCEVOLA, MI 10.685.575, fallecido eldía 26 de agosto de 2018, vecino que fuera de la ciudad de Concordia,E. Ríos, para que dentro del plazo de treinta días corridos lo acredi-ten, bajo apercibimiento de ley.

A los efectos que corresponda se transcribe la resolución que ensu parte pertinente, dice “Concordia, 15 de febrero de 2019. Visto: …Resuelvo: 1.- … 2.- Decretar la apertura del juicio sucesorio abintestato de Carlos Alberto Scevola, DNI Nº 10.685.575, vecino quefue de esta ciudad. 3.- Mandar publicar edictos por tres días en elBoletín Oficial y diario local, citando a todos aquellos que se consi-deren con derecho a los bienes quedados por fallecimiento del cau-sante, para que dentro del plazo de treinta días corridos lo acrediten,bajo apercibimiento de ley. 4.- … 5.- … 6.- … 7.- … 8.- … 9.- … A lodemás, oportunamente. Fdo. Jorge Ignacio Ponce, Juez suplente”.

Concordia, 28 de febrero de 2019 – Alejandro Centurión, secreta-rio supl.

F. 011-00000033 3 v./25.3.19— — —

G U A L E G U A Y

La Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civily Comercial Nro. 2 de la ciudad de Gualeguay, Dra. Teresita InésFerreyra, Secretaría única de quien suscribe, en los autos caratula-dos “Juarez Laura Cristina s/ Sucesorio ab intestato” Expte. Nº 1449,cita y emplaza por el término de treinta días a herederos y acreedoresde LAURA CRISTINA JUAREZ, DNI 14.381.734, fallecida en fecha23 de octubre de 2003 en la ciudad de Gualeguay.

El auto que en su parte pertinente dice: “Gualeguay, 13 de diciem-bre de 2018... Conforme los lineamientos establecidos, se provee enconsecuencia. Publíquense edictos por un día en el Boletín Oficial,llamando durante treinta días que se contarán a partir de la últimapublicación a todos los que se consideren con derecho a los bienesdejados por la causante debiendo acreditarlo dentro de dicho plazo,en consecuencia a lo solicitado en el apartado III -in fine- en esteestado no ha lugar. Fdo. Teresita Inés Ferreyra, Juez”.

Gualeguay, 8 de febrero de 2019 – Rosa M. Fernández, secretaria.F. 011-00000025 1 v./21.3.19

— — —

G U A L E G U A Y C H U

El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil yComercial Nº 2 de la ciudad de Gualeguaychú, Secretaría Nº 2 de laDra. Sofía De Zan, en los autos caratulados “Garro Carlos Alberto s/Sucesorio ab intestato” Exp. Nº 11868, cita y emplaza por el términode diez (10) días a herederos y acreedores de CARLOS ALBERTOGARRO, DNI Nº 13.815.513, nacido en Gualeguaychú, el 26 de mayode 1960, hijo de Ricardo Ramón Garro y de Olga Nelly Angelini,vecino que fuera de la localidad de Gualeguaychú, con último domi-cilio en Barrio VICOER Magnasco, Mzna. 4, Casa 4, fallecido en estaciudad, el 31 de enero de 2019, a la edad de 58 años. Publíquese portres días.

Gualeguaychú, 1 de marzo de 2019 – Ricardo J. Mudrovici, secre-tario subrog.

F. 011-00000031 3 v./25.3.19— — —

El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil yComercial Nº 3 de la ciudad Gualeguaychú, Leonardo Portela, Secre-taría Nº 3 de quien suscribe, en los autos caratulados “Fogel José s/Sucesorio ab intestato” Expte. Nº 7485, cita y emplaza por el término

de diez (10) días a herederos y acreedores de quien fuera vecinode esta ciudad llamado: JOSE FOGEL, MI 5.880.562, fallecido eldía 25 de agosto de 2011, en Gualeguaychú. Publíquese por tresdías.

Gualeguaychú, 21 de febrero de 2019 – Javier Mudrovici,secretario.

F. 011-00000032 3 v./25.3.19— — —

L A P A Z

En los autos caratulados “Flores Elsa Beatriz s/ Sucesorio abintestato” Nº de Ent. 6122, año 2018, en trámite ante el Juzgadode Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral Nº 2 de laciudad de La Paz, Provincia de Entre Ríos, a cargo de la Dra. SilviaAlicia Vega, Secretaría única de la Dra. Rosana María Sotelo, secita y emplaza a herederos, acreedores y todos los que se consi-deren con derechos sobre los bienes dejados por ELSA BEATRIZFLORES, DNI Nº 14.507.587, argentina, estado civil casada, naci-da el 27/11/1961, en La Paz, Entre Ríos, fallecida en la ciudad deLa Paz (ER) el 02 de julio de 2004, hija de Lorenzo Flores y VictoriaArener, con último domicilio en Barrio La Milagrosa de la ciudad deLa Paz, Dpto. La Paz, Provincia de Entre Ríos, para que en eltérmino de treinta (30) días lo acrediten. Publíquese por un día.

La Paz, 22 de febrero de 2019 – Rosana M. Sotelo, secretaria.F. 011-00000015 1 v./21.3.19

— — —

S A N S A L V A D O R

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y delTrabajo de San Salvador, Entre Ríos, a cargo del Dr. Ricardo A.Larocca, Secretaría interina del Dr. Arturo Horacio Mc. Loughlin,en autos caratulados “Kloster María Teresa s/ Sucesorio ab intes-tato” (Expte. Nº 3821), cita y emplaza a Elvira Romana Kloster;Ignacio Silvestre Kloster; José Alejandro Kloster y María ElenaKloster; María Rosa Kloster; Marcelo Kloster; Luis Antonio Kloster;Jorge Alfredo Kloster y todos los que se consideren con derechoa los bienes dejados al fallecimiento ocurrido en San Salvador, E.Ríos, el 06-12-2018 de doña MARIA TERESA KLOSTER, DNI Nº9.982.723, vecina que fuera de la ciudad de San Salvador, Pro-vincia de Entre Ríos, para que en un plazo de treinta días loacrediten.

La resolución que lo ordena textualmente dice: “San Salvador,20 de febrero de 2019. Visto: … Resuelvo: 2.- Mandar publicaredictos por tres veces en el Boletín Oficial y en un diario de laciudad de Concordia, Entre Ríos, tamaño mínimo de fuente: cuer-po 9, conforme información vertida por los diarios a los efectos deque sea legible en forma óptima, citando por treinta (30) días a losherederos denunciados Elvira Romana Kloster; Ignacio SilvestreKloster; José Alejandro Kloster; Enrique Kloster; María ElenaKloster; María Rosa Kloster; Marcelo Kloster; Luis Antonio Kloster;Jorge Alfredo Kloster ya todos aquellos que se consideren conderecho a los bienes dejados por la causante, María TeresaKloster, DNI 9.982.723, vecina que fuera de esta ciudad, fallecidael día 6 de diciembre de 2018, para que así lo acrediten. RicardoA. Larocca, Juez Civil, Comercial y del Trabajo”.

San Salvador, 26 de febrero de 2019 – Arturo H. Mc Loughlin,secretario prov.

F. 011-00000023 3 v./25.3.19— — —

V I C T O R I A

El señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de laciudad de Victoria, Provincia de Entre Ríos, doctor Luis FranciscoMarquez Chada, a cargo del despacho, Secretaría de la doctoraMaricela Faccendini, en los autos caratulados “Flores Julio Ricar-do; Enrique Rosa Clotilde s/ Sucesorio ab intestato acumulado”(Expte. Nº 3500), cita y emplaza por treinta (30) días a partir dela última publicación, la que se hará por tres veces, a herederosy acreedores de doña ROSA CLOTILDE ENRIQUE, DNI NºF4.841.147, fallecida en la ciudad de Nogoyá el día 21 de julio de2010, siendo su último domicilio en Bv. Brown s/n de la ciudad deVictoria, Provincia de Entre Ríos.

Victoria, 26 de febrero de 2019 – Maricela Faccendini, secre-taria.

F. 011-00000027 3 v./25.3.19

CITACIONESANTERIORES

P A R A N A

a NEREO SEBASTIAN COMASPor d ispos ic ión de S.S. la Sra. Jueza de Trans ic ión N° 1 de

esta ciudad, S. Ma. Paola Fi rpo, se c i ta y emplaza a NEREO

18 BOLETIN OFICIAL Paraná, jueves 21 de marzo de 2019

Page 19: SECCION ADMINISTRATIVA€¦ · Calveyra al citado organismo, en vez de la Dirección General de Asistencia Integral a la Víctima del Delito, dependiente de la Secre-taría de Justicia;

SEBASTIAN COMAS, argentino, soltero, DNI N° 29.447.760, conúltimo domicilio conocido en calle San Lorenzo N°240 de la localidadde General Ramírez, Dpto Diamante, para que en el término de diez(10) días contados a partir de la última publicación del presente,comparezca ante este Juzgado de Transición N° 1 - ubicado en elEdificio de Tribunales, sito en calle Laprida y Córdoba, 1° piso, deParaná, a prestar declaración testimonial en la Causa N° 58497,caratulada “Actuaciones s/ Testimonios (remitidos por Sala I deTransición de Juicio - Autos Mendoza s/ Homicidio)”.

Como recaudo se transcribe la resolución que ordena el presente yque dice: “Paraná, 22 de febrero de 2019. En virtud de lo informadopor personal de la Policía de Comisaría de la ciudad de Ramírez yconstancias de autos, cfr. fs. 774, cítese mediante edicto a NereoSebastián Comas a prestar declaración testimonial, en la forma y porel término dispuesto en el Art. 154 del C.P.P. - Notifíquese.- Fdo. S.Ma. Paola Firpo, Jueza de Transición N° 1 - Ante mí: Carlos HugoRíos, secretario interino”.

Paraná, 11 de marzo de 2019 – Carlos H. Ríos, secretario supl.14312 5 v./22.3.19

— — —

C O N C O R D I A

a JORGE FACUNDO RAMON PEREZPor disposición del Dr. Nuñez Martín, Fiscal de la Unidad Fiscal

Concordia, interviniente en el legajo N°4643/18 caratulado “Pérez,María del Rosario s/ Su denuncia abuso sexual”; se cita y emplaza a:JORGE FACUNDO RAMON PEREZ, Documento Nacional Identidad32.695.717, nacido el día 06/07/1987 en la ciudad de Concordia,último domicilio conocido en calle José León Suárez, Buenos Aires,para que en el término de cinco días (05) contados a partir de la últimapublicación del presente, comparezca ante la Unidad Fiscal Concor-dia, a fin de designar abogado defensor y constituir domicilio, bajoapercibimiento de declarar su rebeldía y ordenar su inmediata captu-ra.

La medida dispuesta en parte pertinente dice: “Concordia, 8 demarzo de 2019.- Visto: ... Considerando: Que de las constancias delpresente, surge que el sospechado Jorge Facundo Ramón Pérez noreside en el domicilio consignado,desconociendo su paradero actual,por lo que, dispongo: 1.- Citese mediante edictos que serán publica-dos en el Boletín Oficial por el término de ley, solicitando se agregueun ejemplar de dicho boletín con el edicto publicado”.

Concordia, 8 de marzo de 2019 – José Martín Nuñez, FiscalJurisdicción Concordia.

14319 5 v./26.3.19— — —

a ANTONIO MANUEL MAIDANAPor disposición del Dr. Concordia -Fiscalía Aux. N° 1 (Dr. Azcué),

Fiscal de la Unidad Fiscal Concordia, interviniente en el legajo N°5752/15 caratulado “Maidana, Antonio Manuel s/ Abuso de armas”,se cita y emplaza a: ANTONIO MANUEL MAIDANA, de 50 años años,Documento Nacional Identidad 17.433.725, estado civil soltero, pro-fesión empleado, nacido el día 01/05/1965 en la ciudad de Concordia,Prov. de Entre Ríos, último domicilio conocido en calle Cda. Odiardcasa N° 6, B° 90 Viviendas, Concordia; para que en el término decinco días (05) contados a partir de la última publicación del presente,comparezca ante la Unidad Fiscal Concordia, a fin de prestar decla-ración en carácter imputado, bajo apercibimiento de declarar surebeldía y ordenar su inmediata captura.-

La medida dispuesta en parte pertinente dice: “Concordia, 7 demarzo de 2019.- Visto: ... Considerando: Que de las constancias delpresente, surge que el imputado Antonio Manuel Maidana no resideen el domicilio denunciado, por lo que no se lo pudo notificar de laaudiencia dispuesta, por lo que, dispongo: 1.- Citese mediante edic-tos que serán publicados en el Boletín Oficial por el término de ley,solicitando se agregue un ejemplar de dicho Boletín con el edictopublicado”.

Concordia, 7 de marzo de 2019 – Francisco Azcué, Fiscal AuxiliarJurisdicción Concordia.

14320 5 v./26.3.19— — —

a LUCIANO LEANDRO PORTILLOPor disposición del Dr. Concordia -Fiscalía Aux. N° 1 (Dr. Azcué),

Fiscal de la Unidad Fiscal Concordia, interviniente en el legajo N°940/18 caratulado “Portillo, Luciano Leandro s/ Robo en grado detentativa”; se cita y emplaza a LUCIANO LEANDRO PORTILLO, de21 años años, Documento Nacional Identidad 39.663.882, estadocivil soltero, profesión, nacido el día en la ciudad de, último domicilioconocido en calle Churruain N°59, Concordia; para que en el términode cinco días (05) contados a partir de la última publicación delpresente, comparezca ante la Unidad Fiscal Concordia, a fin deprestar declaración en carácter imputado, bajo apercibimiento dedeclarar su rebeldía y ordenar su inmediata captura.-

La medida dispuesta en parte pertinente dice: “Concordia, 7 demarzo de 2019.- Visto: ... Considerando: Que de las constancias delpresente, surge que el imputado Luciano Leandro Portillo no resideen el domicilio denunciado, por lo que no se lo pudo notificar de laaudiencia dispuesta, por lo que, dispongo: 1.- Citese medianteedictos que serán publicados en el Boletín Oficial por el término deley, solicitando se agregue un ejemplar de dicho Boletín con eledicto publicado”.

Concordia, 7 de marzo de 2019 – Francisco Azcué, Fiscal Auxi-liar Jurisdicción Concordia.

14321 5 v./26.3.19

CITACIONNUEVA

C O N C O R D I A

a JOSE HUMBERTO DOMINGUEZEl Juzgado de Paz de la c iudad de Concordia Pcia. de Entre

Ríos a cargo del Dr. Luis E. Stempels, Secretar ía única a cargode Estela B. Izagui r re de Lanaro, s i to en Mitre N°28 planta baja,en autos caratu lados “ Adminis tradora Tr ibutar ia de Entre Ríosc/ Domínguez, José Humberto s/ Apremio” (Nº 14863) ci ta aJOSE HUMBERTO DOMINGUEZ, DNI N° 13.198.757 para quedentro del término de cinco días comparezca a tomar la inter-venc ión que le corresponda en los presentes autos, bajo aper-c ib imiento de designársele defensor de ausentes y cont inuarel t rámite del presente.-

Concordia, 6 de dic iembre de 2018 – Estela B. Izaguirre deLanaro, secretaria.

F. 012-00000008 2 v./22.3.19

REMATESANTERIORES

P A R A N A

Por Oscar CornejoMatr . 102 COMPER

Volkswagen modelo 285-Bora 2.0 – Dominio NTE 546La Sra. Juez de Pr imera Instanc ia en lo Civ i l y Comerc ial Nº

10, Dra. Adr iana B. Acevedo, Secretar ía Nº 2 de la Dra. MónicaB. Atenc io, ha dispuesto que en los autos “ HSBC Bank Argen-t ina SA c/ Borgetto Alexis Hernán s/ Ejecuc ión prendar ia” ,Expte. Nº 47505, año 2017, que el mart i l lero Oscar Cornejo,subaste en el Salón del Coleg io de Mart i l leros de Entre Ríos,s i to en cal le Santa Fe 434, de esta ciudad, un automóvi l marcaVolkswagen, modelo 285-Bora 2.0 del año 2014, domin io NTE-546, motor marca Volkswagen N° CBP489383, chasis marcaVolkswagen N° 3VWSB49M5DMO67628, al contado, y al mejorpostor , deb iendo in tegrar qu ién resul te comprador el to tal delprecio obten ido, con más el 10% de honorar ios del mart i l lero .

Día, hora y base de la subasta: La misma se real izará el día 03de abr i l próx imo a las 10:00 y con la base de $ 22.481,86.

Sistema de venta: Por la base est ipulada, al contado y al mejorpostor . El sel lado previsto por el Art . 210 del Código Fiscal y elArt . 12, Inc. 10 de la Ley Imposit iva deberá acredi tarse dentrode los quince (15) días de not i f icada la aprobación del remate-Art . 240 Cod. Ci t . Los hipotét icos compradores deberán con-curr i r al acto munidos del documento de ident idad.

Se deja constancia que el adquirente está ob l igado al pagodel impuesto automotor desde que se hal lare en condic ionesde ser aprobado el remate o se ostente la posesión, lo pr imeroque ocurra (Art . 279 - Código Fiscal)

Exhib ic ión: El b ien, podrá ser examinado los días 29 del ctey 1 de abr i l en el domici l io de cal le Macia 486 en el horar io de17 a 19, prev ia concertación con el mart i l lero.

Para mayor in formación consul tar con el mart i l lero a losteléfono 4372697, y/o 155·448787 o en Mil ler 1869.

Paraná, 14 de marzo de 2019 - Romina Otaño, secretaria.F.C. 0001-00009990 3 v./21.3.19

— — —Por Oscar Cornejo

El señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil yComercial N° 9 -Concursos y Quiebras- Dr. Angel Luis Moia, a cargode la Secretaría N°2 a cargo del Dr. Luciano José Tochetti, interino,sito en calle Santiago del Estero N° 382 de la ciudad de Paraná,

Paraná, jueves 21 de marzo de 2019 BOLETIN OFICIAL 19

Page 20: SECCION ADMINISTRATIVA€¦ · Calveyra al citado organismo, en vez de la Dirección General de Asistencia Integral a la Víctima del Delito, dependiente de la Secre-taría de Justicia;

comunica por cinco (5) días que en los autos caratulados: “CalderónDiz Pedro Máximo S. Conc. Prev. - Hoy quiebra s/ Incidente desubasta”, N° 2945, el día jueves 4 de abril de 2019 a las 09:30 horasse subastará sin base, al contado, en dinero en efectivo y al mejorpostor un bien inmueble de propiedad de la fallida, Matrícula N°164352, ubicado en la Provincia de Entre Ríos, Departamento Para-ná, Municipio de Paraná, con domicilio parcelario en calle San MartínN° 1475, superficie de trescientos noventa y seis metros cuadrados(396,00 m2), Partida Municipal N° 6088/5, Partida Provincial N°10-003783-8, Plano de Mensura N°3192, en el estado y condicionesen que se encuentra, y no se admitirán reclamos de ningún tipo.

Se encuentra prohibida la compra en comisión y la compensaciónen los términos del Art. 211 LCQ; se encuentra prohibida la cesiónde los derechos de subasta. En el acto del remate del inmueble, elque resulte comprador deberá constituir domicilio conforme lo dis-puesto por el Art. 37 del CPCC y depositar el diez por ciento (10%)del valor en concepto de seña, la comisión del martillero equivalenteal cuatro por ciento (4%) del precio de la subasta y abonar el selladodel dos con treinta por ciento (2,30%) previsto por los Arts. 195 y 209- último párrafo- del Código Fiscal t.o. 2018 y el Art. 13 Inc. 5° a) dela Ley Impositiva N° 9622 - t.o. 2018.

Son a cargo del comprador los gastos de inscripción, y transferenciadel inmueble. Los interesados en adquirir el bien ordenado en lapresente subasta, deberán registrarse, previo al inicio del acto, acre-ditando identidad sólo mediante el Documento Nacional de Identidad(DNI), dejándose expresa constancia que quienes no se encuentranregistrados no podrán participar de la subasta como oferentes.

El saldo del precio deberá abonarse en el término de cinco (5) díasde aprobado el remate -Art. 566 del CPCC, mediante depósito judicialen el Nuevo Banco de Entre Ríos S.A. - Sucursal Tribunales, anombre del suscripto y como pertenecientes a estas actuaciones,bajo los apercibimientos establecidos en el Art. 570 del CPCC.

Los impuestos, contribuciones y tasas inherentes al período com-prendido entre la declaración de quiebra y la toma de posesión deladquirente, serán reconocidos como acreencias del concurso y seránsolventados con la preferencia del Art. 240 LCQ; y, los devengadoscon posterioridad a la toma de posesión estarán a cargo del adqui-rente desde la misma o desde que se hallare en condiciones detomarla, Art. 149 del Código Fiscal- t.o. 2018-. El inmueble se en-cuentra ocupado por el grupo familiar del fallido.

El inmueble podrá ser revisado los días 29 de marzo y 1 de abril enel horario de 16 a 18 horas, previa concertación con el martilleroOscar Cornejo (teléfonos 0343 - 4372697 y 0343 - 155448787.

DEJO CONSTANCIA que el edicto que antecede deberá publicarsepor cinco (5) días en el Boletín Oficial y “El Diario” de Paraná, sinnecesidad de previo pago y sin perjuicio de asignarse los fondosnecesarios para oblar el costo de publicación, cuando los hubiere(Art. 273 Inc. 8, LCQ).

Paraná, 7 de marzo de 2019 – Luciano José Tochetti, secretarioint.

F. 012-00000002 5 v./26.3.19— — —

F E D E R A C I O N

Por Norma Beatriz PérezMatr. 822

El señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil yComercial Nº 2 de Chajarí a cargo del Dr. Mariano Luis Velazco, Juez,Secretaría de la Dra. Verónica P. Ramos, en autos caratulados “Ligade Fútbol de Chajarí c/ González Fernando Rubén s/ Preparación dela vía ejecutiva (hoy: Ejecutivo)”, Expte. Nº 4537/17, comunica quela martillera Norma Beatriz Pérez, rematará el día 29 de marzo de2019, a las 10:00 horas o al día siguiente si este resultare feriado oinhábil judicial por ante la actuaria, en las galerías del Juzgado, enel 2º piso, sito en calle Estrada y Urquiza.

Decreta la venta en subasta pública de los derechos y accioneshereditarios que le corresponden al demandado Fernando RubénGonzález en el proceso sucesorio caratulado “González Rubén Ame-rico s/ Sucesorio” (Expte. Nº 6259), que tramita por ante el JuzgadoCivil y Comercial Nº 1 de esta ciudad-; sin base y al contado, delsiguiente bien inmueble ubicado en la Provincia de Entre Ríos, De-partamento Federación, Planta Urbana de Chajarí, Lote Nº 93, Man-zana Nº 34, Solar Nº 2, Partida Nº 108.130, Catastro Nº 14.931,Matrícula Nº 7.056, Superficie 613,32 m2., ubicado en calle Brasil yCorrientes este inmueble se desglosa de una mayor superficie.

Quien resulte comprador deberá abonar, en el acto, además de lacomisión del martillero el (10), diez por ciento del precio (Art. 12, Inc.f, Ley 9847). Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el CódigoFiscal y la Ley Impositiva vigente, dentro del término de quince díasde aprobado el remate, deberá también abonar el impuesto de selloscorrespondiente.

Los Dres. Héctor Pedro Veller e Ignacio Doubell se encuentranfacultados para intervenir en el diligenciamiento de los despachosa librarse.-

La resolución pertinente dice: “Chajarí, 11 de febrero de 2019.Publíquense edictos por dos (2) días en el Boletín Oficial y diario“El Sol” de la ciudad de Concordia, en la forma y por el término deley; debiendo cumplimentarse esta exigencia con una antelaciónmínima de seis días hábiles a la fecha de la subasta (conf. Art.552 y cc. del CPCC y Punto 6.3.3. RJCCER).- Dr. Mariano LuisVelazco, Juez Civil y Comercial Nº 2”.

Los interesados deberán consultar a la martillera en RoqueSáenz Peña 3055 o al Tel. 03456-423553 en el horario de 8 hs a12 hs y de 16 hs a 19 hs., en días hábiles. No aceptándose reclamoalguno una vez finalizada la subasta. La comisión es el 10%, nose cobra IVA.

Chajarí, 13 de marzo de 2019 – Verónica P. Ramos, secretaria.F. 011-00000009 2 v./21.3.19

CONCURSO PREVENTIVOANTERIOR

C O R D O B A

Edicto: Juzg. Primera Inst. y 29° Nom. en lo Civ. y Com. (Conc.y Soc. N° 5), Córdoba

Autos: Expediente: 7861944 - Grupo Pilar S.A. - Gran concursopreventivo

“Sentencia número: 5. Córdoba, 07/02/2019. Y Vistos: .... yConsiderando: ... Se Resuelve: I) Declarar abierto el concursopreventivo de GRUPO PILAR SOCIEDAD ANONIMA (CUIT 30-70762831 2), inscripta en el Registro Público de Comercio de estaciudad de Córdoba, Protocolo de Contratos y Disoluciones, bajola Matrícula 2122-A, con sede social en Ruta 13, km 2,5 de laciudad de Pilar, Provincia de Córdoba... X) Fijar plazo para quelos acreedores presenten las peticiones de verificación de suscréditos ante el síndico, hasta el 2 de mayo de 2019 inclusive. Fdo.Jalom Debora Ruth, Juez. Sindicatura Plural: Cdres. Cres. StellaMaría Elena; Crespo, Juan José; Perasso, Fernando Daniel. Do-micilio: 25 de Mayo 267, 2do. P. Of. ”A", Córdoba.

María Eugenia Pérez, prosecretaria letrada.F.C. 0001-00009994 5 v./26.3.19

CONCURSO PREVENTIVONUEVO

G U A L E G U A Y C H U

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3, dela ciudad de Gualeguaychú, Provincia de Entre Ríos, a cargo delDr. Leonardo Portela, Secretaría Nº 3, a cargo del Dr. RicardoJavier Mudrovici, hace saber por cinco días que en los autoscaratulados “Agro Los Mistoles SRL s/ Concurso preventivo",Expte. N° 7368, Año 2018, se ha decretado la apertura del con-curso preventivo de Agro Los Mistoles SRL, CUIT Nº 30 -70821842-8, con domicilio legal en calle Magnasco N° 52 de laciudad de Gualeguaychú, Provincia de Entre Ríos.

Las resoluciones que ordenan el presente en sus partes perti-nentes dicen: “Gualeguaychú, 7 de diciembre de 2018 .... SeResuelve: 1.- Declarar la apertura del concurso preventivo de AgroLos Mistoles SRL, con domicilio legal en calle Magnasco N°52 deesta ciudad, inscripta en la Dirección de Inspección de PersonasJurídicas bajo matrícula 332, Art. 6, segundo párrafo, de la LCQ-;... XIV.- Notificar y registrar. Fdo. Leonardo Portela, Juez”.

“Gualeguaychú, 6 de marzo de 2019. Visto y Considerando: ...Se Resuelve: ... II.- Readecuar el cronograma del concurso pre-ventivo, a saber: a.- Fijar el día 29 de abril de 2019 -inclusive-como fecha hasta la -cual los acreedores deben presentar suspedidos de verificación ante el Síndico; b.- Fijar el 10 de junio de2019 para que el síndico presente sus informes individuales, y eldía 29 de julio de 2019 para que presente el informe general; c.-Fijar el día 28 de noviembre de 2019 como finalización del períodode exclusividad, y el día 20 de noviembre de 2019 a la hora 10:00hs. para la realización de la audiencia informativa; … IV.- Notificary registrar. Fdo. Leonardo Portela, Juez”.-

Asimismo se hace saber que el Síndico designado en autos esel Contador Horacio Alfredo Larrivey, Matrícula Profesional Nº983, con domicilio constituido en calle Colombo N° 1170 de estaciudad.

Gualeguaychú, 11 de marzo de 2019 – Ricardo J. Mudrovici,secretario.

F. 011-00000024 5 v./27.3.19

20 BOLETIN OFICIAL Paraná, jueves 21 de marzo de 2019

Page 21: SECCION ADMINISTRATIVA€¦ · Calveyra al citado organismo, en vez de la Dirección General de Asistencia Integral a la Víctima del Delito, dependiente de la Secre-taría de Justicia;

QUIEBRASNUEVAS

P A R A N A

El señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil yComercial N° 9 -Concursos y Quiebras- Dr. Angel Luis Moia, Secre-taría N° 2 a cargo del Dr. Luciano José Toche Elda Beatriz Osman,sito en calle Santiago del Estero N° 382 de la ciudad de Paraná,comunica por cinco (5) días que en los autos caratulados: “AyalaMariela Noemí S- Pedido de quiebra promovido por deudor s/ Quie-bra”, Expte. N°3587, en fecha 28/02/2019 se ha declarado la quiebrade MARIELA NOEMI AYALA, DNI 23.578.336, CUIL 27-23578336-9,argentina, quien manifestó ser de estado civil soltera, con domicilioreal en calle Las Golondrinas N° 222, Departamento 3, de la ciudadde Oro Verde; y domicilio procesal en calle Santa Fe N° 348, Depto.1 “C”, de la ciudad de Paraná, Provincia de Entre Ríos y se hadispuesto que los acreedores podrán presentar sus pedidos de veri-ficación ante la sindicatura, Cr. Leonardo Jorge Tomas con domicilioconstituido en calle Belgrano N° 545 de esta ciudad, quien atenderálos días lunes a viernes de 9 a 12 hs. y los días lunes a jueves de 16a 18 horas (días hábiles judiciales) hasta el día 24/04/2019 inclusive.

Se han fijado los días 07/06/2019 y 06/08/2019 para que el síndicopresente, respectivamente, los informes previstos en los Arts. 35 y39 por remisión del Art. 200 de la Ley 24.522.

DEJO CONSTANCIA que el edicto que antecede deberá publicarsepor cinco (5) días en el Boletín Oficial y “El Diario” de Paraná, sinnecesidad de previo pago y sin perjuicio de asignarse los fondosnecesarios para oblar el costo de publicación, cuando los hubiere(Art. 89 Ley 24.522).

Paraná, 8 de marzo de 2019 – Luciano José Tochetti, secretarioint.

F. 012-00000003 5 v./27.3.19— — —

C O N C O R D I A

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 5, concompetencia en Concursos, Quiebras y Procesos de Ejecución, de laciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos, a cargo de la Dra.Flavia Elisa Pasqualini, Secretaria Nº 2, a cargo de la Dra. María RosaGalindo, comunica por cinco (5) días que en los autos caratulados:“Maderera Pampa Soler S.R.L. s/ Quiebra” (Expte. Nº CQ-034), se hadecretado la quiebra de MADERERA PAMPA SOLER SRL, CUIT30-71403613-7, inscripta ante la Dirección de Inspección de Perso-nas Jurídicas en fecha 17/07/2014 al Número 1.012, con domiciliosocial en calle De los Viñedos Nº 271, Concordia, habiéndose desig-nado síndico a la Contadora Nora Noemí Vargas, Matrícula Nº 1892,con domicilio en calle Salta N° 294, de esta ciudad, habiendo fijadohorario de atención en días hábiles judiciales dentro del horario de8,00 a 12,00 hs., y fijado el 08 de abril de 2019 como vencimiento delplazo para que los acreedores presenten por ante la Sindico suspeticiones de verificación de créditos y títulos justificativos de losmismos. Se deja constancia que la recepción de las verificaciones decréditos se realizaran los días hábiles judiciales dentro del horario de8,00 a 12,00 hs.

La parte pertinente de la resolución dice: “Concordia, 13 de febrerode 2019. Visto: ... Considerando: ... Resuelvo: 1.- Declarar la quiebrade Maderera Pampa Soler SRL, CUIT Nº 30-71403613-7, inscriptapor ante la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas en fecha17-07-2017 al Número 1.012, con domicilio social en calle De LosViñedos Nº 271 de esta ciudad de Concordia (Arts. 81, 83, 84, 88inciso 1º de la LCQ.).-

2.- Encuadrar al presente como pequeña quiebra (Arts. 288 y 289LCQ.).- …

6.- Ordenar al administrador de la sociedad fallida, Sr. ClaudioEmanuel Cabaña, gerente, y a terceros que entreguen al síndicotodos los bienes y documentación de aquellos, bajo las penas yresponsabilidades de ley. (Arts. 88, incisos 3º, 4º, 177 y 180 de laLCQ.).- …

9.- Hacer saber a la fallida y a su administrador Sr. Claudio EmanuelCabaña y a terceros, que se encuentra prohibido hacer pagos a lafallida, los que serán ineficaces (Art. 88, inciso 5º y 109 de la LCQ.).Comunicar mediante oficio de estilo al Nuevo Banco de Entre RíosS.A. la medida aquí dispuesta, como depositario de las Cuentas deDepósitos Judiciales de la jurisdicción, con habilitación de días yhoras inhábiles que fueren menester.- …

18.- Disponer la publicación de edictos en la forma prevista por elartículo 89 de la Ley 24.522 por el término de cinco (5) días, en elBoletín Oficial, sin necesidad de previo pago y sin perjuicio de asig-

narse los fondos cuando los hubiere, por Secretaría y dentro de lasveinticuatro (24) horas de la aceptación del cargo por parte delSíndico que resulte designado (Art. 89 de la LCQ.).-...

19.- Fijar el día 08 de abril de 2.019, como vencimiento del plazopara que los acreedores presenten por ante el Síndico, sus peticio-nes de verificación de créditos y títulos justificativos de los mismos(Arts. 88, últ. párr., 32 y 200 de la LCQ.).- …

20.- Fijar el día 27 de mayo de 2.019 para que el síndico presenteel informe individual previsto en el Art. 35 y 200 de la LCQ., y el día24 de julio de 2.019 para el informe general previsto en el Art. 39 y200 de la misma ley, (Arts. 88, últ. párr., 35, 39, 200 y 202 de laLCQ.).- …

30.- Notifíquese y regístrese.- Fdo. Flavia E. Pasqualini, Jueza".Y “Concordia, 26 de febrero de 2019. Visto: … Resuelvo: Aclarar

que la fecha de inscripción de Maderera Pampa Soler SRL, en laDirección de Inspección de Personas Jurídicas es de fecha17/07/2014. Fdo. Flavia E. Pasqualini, Jueza”.

A sus efectos se transcribe el Art. 273 inciso 8 de la LCQ: “Todaslas transcripciones y anotaciones registrales y de otro carácter queresulten imprescindibles para la protección de la integridad delpatrimonio del deudor, deben ser efectuadas sin necesidad delprevio pago de aranceles, tasas y otros gastos, sin perjuicios de suoportuna consideración dentro de los créditos a que se refiere elArt. 240. Igual norma se aplica a los informes necesarios para ladeterminación del activo o el pasivo”,

Concordia, 26 de febrero de 2019 – María Rosa Galindo, secre-taria.

F. 012-00000004 5 v./27.3.19— — —

G U A L E G U A Y C H U

El Juzgado de Primera Instancia de lo Civil y Comercial N° 2 deGualeguaychú, a cargo del Dr. Marcelo J. Arnolfi, Secretaría N°2 acargo de la suscripta, sito en calle Sáenz Peña N°94 de esta ciudadde Gualeguaychú, comunica por cinco días que en los autos “BroinNatalia Elizabeth s/ Pedido de quiebra promovido por deudor”(Expte. N° 11730), el día 15 de febrero de 2019, se decretó laqu ieb ra de la Sra . NATALIA ELIZABETH BROIN, DNI N°28.699.440, con domicilio denunciado en calle Emma BarrandeguyNº 3397 “B”, de la ciudad de Paraná y real en calle Borques N°580de esta ciudad de Gualeguaychú-.

El síndico designado Contadora Liliana Susana Martinet, CUIT N°27-10058204-5, con domicilio legal en calle España N° 294 deGualeguaychú, ante quien deberán presentar los acreedores lostítulos justificativos de sus créditos y los pedidos de verificaciónhasta el día 03 de Abril de 2019, en el domicilio mencionado los díaslunes, miércoles y viernes y en el horario de 10 a 12 horas.

Estableciendo a los efectos de presentar los informe individual ygeneral previstos en los Arts. 35 y 39 de la Ley 24.522, los días: 16de Mayo de 2019 y 01 de julio de 2019 respectivamente.

Decretar la inhibición general de bienes e inhibición de la fallidade lo cual junto con la declaración de quiebra se tomará razón enla Dirección de Registro y Archivos, Registro de la Propiedad In-mueble de esta ciudad y de Paraná y Registro Nacional de laPropiedad Automotor librándose los respectivos oficios a los regis-tros pertinentes.-

Ordenar a la deudora y a terceros que entreguen al síndico todoslos bienes y documentación de aquella, bajo las penas y responsa-bilidades de ley.-

Intimar a la deudora para que entregue al síndico dentro de lasveinticuatro (24) horas toda la documentación relacionada con sucontabilidad y giro de su actividad así como la entrega de sus bienes(Art. 88 Inc. 4 LC) como asimismo para que constituya domicilioprocesal en el radio del Juzgado, dentro de las cuarenta y ochohoras bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los Estradosdel Juzgado.-

Prohibir hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces.- Orde-nar interceptar la correspondencia de la deudora y entregarla alsíndico, a cuyo fin se oficiará al Correo Argentino y demás empresasconcesionarias, para que disponga su retención y remisión al fun-cionario indicado.-

Efectuar mediante oficios las comunicaciones necesaria para ase-gurar el cumplimiento del Art. 103 de la LCQ.: prohibición de ausen-tarse del país sin autorización judicial concedida en cada caso, a:Policía Federal, Provincial, Gendarmería, y Dirección General deMigraciones a los fines previstos por el Art. 88 Inc. 8 LCQ: Ordenarla publicación de edictos, dentro de las veinticuatro (24) horas dela aceptación de la designación por parte del Síndico y en la formaprevista por el artículo 89 de la Ley 24.522 por el término de cincodías (5) en el Boletín Oficial y en el diario local “El Día” el cual

Paraná, jueves 21 de marzo de 2019 BOLETIN OFICIAL 21

Page 22: SECCION ADMINISTRATIVA€¦ · Calveyra al citado organismo, en vez de la Dirección General de Asistencia Integral a la Víctima del Delito, dependiente de la Secre-taría de Justicia;

corresponde por orden de lista, sin necesidad de previo pago y sinperjuicio de asignarse los fondos cuando los hubiere.

Encargase a la Sindicatura la confección y diligenciamiento de losmismos como así también del resto de los despachos que se ordenen.

Gualeguaychú, 27 de febrero de 2019 – Ricardo J. Mudrovici,secretario.

F. 012-00000005 5 v./27.3.19

PROYECTO Y DISTRIBUCION FINALNUEVOS

P A R A N A

El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil yComercial N° 9 Concursos y Quiebras- de Paraná, Dr. Ángel LuisMoia, Secretaría Nº 2 a cargo de la suscripta, en los autos caratula-dos: “Triagro SRL s/ Pedido de quiebra (prom. Nuevo Banco de EntreRíos) s/ Quiebra”, Expte. Nº 47, dispuso la publicación de edictos enel Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos, por 2 (dos) días,haciendo saber que fue presentado el informe final y proyecto dedistribución de fondos, y la regulación de honorarios conforme loprescripto por el Art. 218 de la Ley 24.522.

La presente publicación será por el termino ordenado, sin pagoprevio y sin perjuicio de asignarse los fondos necesarios para oblarel costo de la publicación, cuando los hubiere (Art. 273, Inc. 8,24522).

Paraná, 28 de febrero de 2019 – Luciano José Tochetti, secretarioint.

F. 012-00000006 2 v./22.3.19— — —

C O N C O R D I A

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 5 concompetencia en Concursos, Quiebras y Procesos de Ejecución, de laciudad de Concordia (ER), a cargo de la Dra. Flavia Elisa Pasqualini,Secretaría N°1 a cargo de la Dra. María Ester Pons, hace saber queen los autos “Kloss, Hnos. S.H. y/o Kloss, Sergio, Kloss, UbaldoAlejandro y Kloss, Milton Gustavo Sociedad de Hecho y otros s/Concurso preventivo hoy quiebra”, (Expte. N°CQ-005), se ha presen-tado el informe final y proyecto de distribución de fondos, asimismose han regulado los honorarios de los profesionales actuantes, el cualserá aprobado si no se formula oposición dentro del plazo de diez(10) días a que se refiere el Artículo 218 LCQ. Publíquese por dos(2) días.

Concordia, 26 de febrero de 2019 – María Ester Pons, secretaria.F. 012-00000007 2 v./22.3.19

LLAMADO A CONCURSOANTERIOR

V I C T O R I A

El Tribunal integrado por el Juez de Primera Instancia en lo Civil yComercial Dr. Luis Francisco Marquez Chada, el Sr. Juez de Garan-tías y Transición, Dr. José Alejandro Calleja y el Sr. Juez de FamiliaCivil y Penal de Menores Dr. Juan Eduardo Lloveras, todos de estaciudad de Victoria, Entre Ríos, hacen saber por dos veces, que porresolución de fecha 12 de marzo de 2019 se ha resuelto llamar aconcurso abierto de antecedentes y oposición para ingreso al PoderJudicial de Entre Ríos, para cubrir vacantes que se produzcan duran-te la vigencia del presente concurso en el cargo de Escribiente de laJurisdicción Victoria.

Asimismo se dispuso la apertura de un registro de aspirantes en elJuzgado Civil y Comercial, sito en calle Mitre N° 581 de esta ciudad,donde se recepcionarán los formularios de inscripción -en original ycopia a partir del día 10 de abril de 2019 y por el plazo de veinte (20)días corridos en el horario de 9:00 a 11:00 horas.

Los mencionados formularios deberán ser descargados de la pági-na Web del Poder Judicial de Entre Ríos cuya dirección es: www.ju-sentrerios.gov.ar. En esa oportunidad deberán acompañar indefecti-blemente los recaudos que se mencionan en el inciso 3), no aceptán-dose la presentación de documentación alguna con posterioridad.

Conjuntamente con la inscripción deberá detallarse la documentalque se adjunta para su fácil cotejo, y deberá acompañar copia delformulario respectivo quien pretenda recibo de presentación (punto2 del Acuerdo N° 14/09), Establecer que los aspirantes deberán ser,conforme Art. 3 Decreto Ley 5143 y Art. 6 Reglamento 16, argentinosnativos o naturalizados, tener como mínimo 18 años de edad, acre-

ditar buena salud, presentar fotocopia autenticada de Título Se-cundario y/o certificado analítico, certificado de Buena Conductaexpedido por la autoridad policial del domicilio del postulante;original y fotocopia del documento de identidad; declaración jura-da de no estar comprendido en las inhibiciones establecidas en elArt. 8° del Decreto Ley 5.143 y de las establecidas en el Inc. h)especificarlas e indicar respecto a quién; constituir domicilio den-tro del radio urbano de esta ciudad; acompañar los títulos yantecedentes que se invoquen en copias autenticadas.

Sólo serán computables los mencionados en el Art. 7 del Regla-mento 16 de Ingreso, Ascenso y Traslado de personal y sólo seráncomputados los que se presenten al momento de la inscripción.No se podrá inscribir el interesado que no tenga domicilio real enla jurisdicción de Victoria con una antigüedad mínima de seis (6)meses al momento de la inscripción, salvo que sea nativo de lamisma. No serán recepcionadas las inscripciones que no reúnanlos recaudos precedentes.

Serán rechazadas “in limine” las solicitudes que no reúnan lascondiciones precedentemente enunciadas, debiendo confeccio-narse una lista con los admitidos. Los postulantes deberán pre-sentarse personalmente o por medio de apoderado. Para acreditarantecedentes por cargo desempeñado en el Poder Judicial, debe-rá acompañarse certificación expedida por el Secretario del Orga-nismo respectivo, acerca de cada cargo y lapso temporal labora-do, computado desde la fecha de toma de juramento hasta elúltimo día de desempeño, y adjuntar copia del oficio de designa-ción y acta de juramento.

Cuando exista desempeño en más de un organismo judicial, lasconstancias mencionadas deberán ser otorgadas por cada uno deellos. Convocar a la prueba de oposición, la cual estará compuestade las siguientes etapas:

PRIMERA ETAPA: PRUEBA DE TIPEADO: Esta prueba tendrácarácter eliminatorio y consistirá en el copiado en computadorade un texto que se sorteará de una nómina confeccionada previa-mente al efecto. El postulante deberá escribir correctamente,como mínimo, ciento treinta (130) palabras en cuatro (4) minutos.No se computarán palabras con errores mecanográficos u ortográ-ficos, las palabras duplicadas y las que no estén en el textooriginal.

Se computarán como media falta los errores de acentuación, laspalabras cortadas o unidas indebidamente y los errores de mayús-cula o minúscula. Se otorgará hasta un máximo de quince (15)puntos, con asignación del mayor puntaje al postulante que hayaconsignado mayor cantidad de palabras. Al resto de los examina-dos se asignará el puntaje en forma proporcional a la cantidad depalabras escritas.

Esta etapa se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Edificiode Tribunales, iniciándose el día 22 de mayo de 2019 a la hora8:00, por grupos que se establecerán de acuerdo al número deinscriptos, debiendo los interesados notificarse a través de lapublicación en mesa de entradas del Juzgado Civil y Comercialsito en calle Mitre N° 581, o de la página Web del Poder Judicialde Entre Ríos.

SEGUNDA ETAPA: EXAMEN DE ORTOGRAFIA: los postulan-tes que hayan aprobado la primera etapa deberán realizar unaprueba de ortografía con carácter eliminatorio, consistente en lacorrección de un texto con errores en computadora sobre temasde índole jurídica, aprobándose esta instancia con el sesenta porciento (60%) del total del puntaje asignado según la reglamenta-ción.

TERCERA ETAPA: EXAMEN DE CONOCIMIENTO: los aspiran-tes que hayan aprobado la etapa de tipeo y ortografía, deberánsometerse a una prueba de conocimiento, con carácter eliminato-rio, la cual consistirá en un examen con la modalidad de opciónVerdadero o Falso (V/F), escrita o en computación, cuyo temarioy material de estudio se encuentra en la página Web del PoderJudicial mencionada ut supra, aprobándose esta prueba con elsetenta por ciento (70%) del total del puntaje asignado según lareglamentación.

Respecto de la segunda y tercera etapa, se llevarán a cabo elmismo día y en el mismo lugar y que serán publicadas en mesade entradas del Juzgado Civil y Comercial local sito en calle MitreN° 581 y en la página Web del Poder Judicial de Entre Ríos. Lospostulantes quedarán notificados del resultado de cada etapa dela prueba de oposición al finalizar las mismas. Los aspirantesdeberán presentarse en el horario fijado por el Tribunal para cadaprueba y acreditar su identidad con documento original frente alActuario bajo pena de ser excluidos del Concurso.

Quienes no concurran a la prueba de oposición prevista en elArt. 9 del Reglamento 16, quedarán sin más eliminados del Con-curso. Hacer saber que para la calificación se asignará el total de

22 BOLETIN OFICIAL Paraná, jueves 21 de marzo de 2019

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puntos que resulte de la suma del puntaje asignado por los antece-dentes y títulos y los que se adjudiquen por la prueba de oposición,de conformidad a la reglamentación vigente.

Hacer saber a quienes se postulen que todas las notificaciones quese dispongan con motivo del concurso se practicarán publicando loslistados resultantes de las distintas etapas evaluativas en el transpa-rente existente en mesa de entradas del Juzgado Civil y Comercial yen la página Web del Poder Judicial de la Provincia de Entre Ríosreferenciada. Sin perjuicio de ello, la planilla con el orden de méritofinal se notificará en los domicilios constituidos por los postulantes.

Secretaría, 12 de marzo de 2019 – Maricela Faccendini, secreta-ria.

F. 012-00000001 2 v./21.3.19

SENTENCIASANTERIORES

P A R A N A

En los autos Nº 6584 caratulados: “Canteros Jonathan Jesús Exe-quiel s/ Hurto”, que tramitaran por ante esta Oficina de Gestión deAudiencias de Paraná, mediante juicio oral, se ha dispuesto librar elpresente, a fin de comunicarle que se ha dispuesto la inhabilitaciónabsoluta por el tiempo de la condena respecto de Jonathan Canteros.

Como recaudo se transcribe a continuación la parte pertinente dela sentencia que así lo dispone: “En la ciudad de Paraná, Capital dela Provincia de Entre Ríos, a los trece días del mes de septiembredel año dos mil dieciocho... Resuelvo: I.- Declarar a JONATHANJESUS EXEQUIEL CANTERO, ya filiado, autor material y penalmenteresponsable de los delitos de portación ilegitima de arma de guerra(Legajo de Fiscalía Nº 52743); hurto en grado de tentativa (Legajo deFiscalía Nº 52884) -Arts. 189 bis, 162 y 42 del CP -reunidos entre síbajo las reglas del concurso real y en calidad de autor -Arts. 45 y 55del Código Penal- y, en consecuencia, condenarlo a la pena de tresaños y seis meses de prisión de ejecución efectiva, -Art. 5 del CódigoPenal, debiendo comenzar su cumplimiento en la Unidad Penal Nº 1de Paraná a partir que adquiera firmeza la presente.

II.- Dictar el sobreseimiento de JONATHAN JESUS EXEQUIELCANTERO por los delitos de hurto y hurto tentado -Art. 162 y 42 CP,Legajo de Fiscalía N° 30573- en virtud Arts. 62 Inc. 2); 63 y 67 delC.P., y Art. 397 Inc. 6) del CPP.

III.- Declarar las costas del proceso a su cargo -Art. 584/585 ss. ycc. del C.P.P. - y eximirlo de su efectivo pago atento a su notoriainsolvencia.

IV.- Ordenar el decomiso y destrucción de los efectos depositadosbajo Nº 7700; Nº 4232 y el Nº 7839 consistente en tres (3) cartuchoscal. 11,25 mm. y dos vainas y proyectiles de igual calibre. Ordenar ladevolución del efecto depositado Nº 7839, pistola calibre 11,25 mm.marca Ballester Molina Serie Nº 101212 a la Policía de la Provinciade Tucumán.

V.- Incorporar las evidencias -ahora pruebas- relacionadas, obran-tes en el legajo de evidencias arrimado por la Fiscalía al presentedebiendo anexarse por cuerda las mismas.-

VI.- Protocolícese, regístrese, comuníquese la presente, sólo en suparte dispositiva, a la Jefatura de Policía de Entre Ríos, BoletínOficial, Área de Antecedentes Judiciales del S.T.J. y Registro Nacio-nal de Reincidencia y, en estado archívese.- Fdo: Mauricio M. Mayer,Juez de Garantías N° 4".-

El mencionado Jonathan Canteros, es argentino, soltero, ayudantede albañil, DNI 35.422.296, nacido en Paraná, el 24/09/1990, hijo deRoberto Rafael Cantero y de Roxana Estela Paez, domiciliado enBarrio Lomas del Mirador II, de Paraná.

Se hace saber que el vencimiento de la pena impuesta, comoasimismo de la inhabilitación es el 19/05/2022 (diecinueve de mayode dos mil veintidós).-

Paraná, 21 de febrero de 2019 – Adriana Arus, secretaria Oficinade Gestión de Audiencias.

14314 3 v./21.3.19— — —

En los autos Nº 10051 caratulados: “Abasto Alexander Ariel s/Atentado a la autoridad”, que tramitaran por ante esta Oficina deGestión de Audiencias de Paraná, mediante juicio oral, se ha dispues-to librar el presente, a fin de comunicarle que se ha dispuesto lainhabilitación absoluta por el tiempo de la condena respecto deAlexander Ariel Abasto.

Como recaudo se transcribe a continuación la parte pertinente dela sentencia que así lo dispone: “En la ciudad de Paraná, Capital dela Provincia de Entre Ríos, a los veintisiete días del mes de noviembredel año dos mil dieciocho... SENTENCIA: I.- Declarar que ALEXAN-

DER ARIEL ABASTO, ya filiado, es autor material y responsable delos delitos de amenazas calificadas por haber sido perpetradas conun arma de fuego, robo agravado por el uso de arma de fuego -doshechos-, atentado a la autoridad y lesiones leves calificadas, deso-bediencia judicial y amenazas calificadas y, en consecuencia con-denarlo a la pena de cinco (5) años y dos (2) meses de prisión decumplimiento efectivo y accesorias legales del Art. 12 del C. Penal,comprensiva de la condena de tres años de ejecución condicionaldictada por el Sr. Juez de Garantías Nº 2 de esta ciudad, Dr. JoséEduardo Ruhl en fecha 10/10/2017 -Arts. 391 del CPP, 5, 12, 40,41, 45, 149 bis, 166 Inc. 2º, 238 Inc. 2º y 4º, 92 en función del Art.89, 239, 149 bis y 55 del Código Penal, suscitados en el marco deuna situación de violencia de género -Ley 26485 y Ley 10058 deadhesión provincial.-

II— Disponer la continuidad del alojamiento del condenadoAlexander Ariel Abasto, en la Unidad Penal Nº 1 de esta ciudad afin de cumplimentar la misma.-

III.- Diferir el computo de pena hasta tanto adquiera firmeza lapresente.-

IV.- Imponer las costas causídicas al condenado, eximiéndolo delpago de las mismas atento a su notoria insolvencia (Art. 585 yconds. del CPP).-

V.- Notificar la presente a las víctimas de autos.-VI.- Comunicar la presente, sólo en su parte dispositiva a Jefatura

de la Policía de Entre Ríos, Área de Antecedentes Judiciales delSuperior Tribunal de Justicia, Junta Electoral Municipal, JuzgadoElectoral y Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminaly Carcelaria y demás comunicaciones.-

VII.- Protocolícese, regístrese, líbrense los despachos del caso yoportunamente, archívese. Fdo. Dr. Elvio Osir Garzon, Juez deGarantías Nº 5”.

El mencionado Alexander Ariel Abasto, es argentino, alias “Ca-chete”, changarín, nacido en Paraná, el 23/12/1996, hijo de RamónCecilio Abasto (F) y de Angela Juana Boaglio, domiciliado en Barrio98 Viviendas, Mz. D, Casa 65, calle Bordón y Hernandarias, deParaná, DNI 40.160.010, con Prontuario Policial Nº 796237ig.-

Se hace saber que el vencimiento de la pena impuesta, comoasimismo de la inhabilitación es el 23/08/2023 (veintitrés de agostode dos mil veintitrés).-

Paraná, 8 de marzo de 2019 – Adriana Arus, secretaria Oficinade Gestión de Audiencias.

14315 3 v./21.3.19— — —

En los autos N°7209, caratulados “Favotti Oscar s/ Corrupción demenores (remitido a juicio de la ciudad de Diamante)”, que tramita-ran por ante esta Oficina de Gestión de Audiencias de Paraná,mediante juicio oral, se ha dispuesto librar el presente, a fin decomunicarle que se ha dispuesto la inhabilitación absoluta por eltiempo de la condena, respecto de Oscar Favotti.

Como recaudo se transcribe a continuación la parte pertinente dela sentencia que así lo dispone: “En la ciudad de Paraná, capital dela Provincia de Entre Ríos, a los veintiocho días del mes de febrerodel año dos mil diecinueve. … SENTENCIA: I) Declarar a OSCARFAVOTTI, de las demás condiciones personales consignadas enautos, autor material y responsable del delito de corrupción demenores agravada por ser la victima menor de 13 años y ser el autorconviviente y encargado de la guarda y condenarlo a la pena únicade dieciséis (16) años de prisión de cumplimiento efectivo y acce-sorias legales del Art. 12 Cód. Penal, comprensiva de la anteriorcondena dictada por el Juzgado Correccional Nº 1 de ésta capital,en fecha 30.08.2016, por el delito de estupro en la Causa Nº 10055- Arts. 5, 12, 58, 125 segundo y tercer párrafo, 120, 55 y 45 delCódigo Penal.-

II) Declarar las costas a cargo del imputado -Arts. 585 del CPP.-III) Hacer lugar al pedido de prisión preventiva del imputado,

Oscar Favotti, solicitado por la Fiscalía, y en consecuencia revocarla excarcelación que oportunamente se le concediera, conforme losmotivos expuestos precedentemente, disponiendo su alojamientoen la Unidad Penal Nº 1.

IV) No regular los honorarios profesionales del Dr. Javier I. Aiani,por no haberlo peticionado expresamente -Art. 97 Inc. 1) de la Ley7046.-

V) Fijase audiencia para el día miércoles 14 de marzo de 2018, alas 8,30 horas, a los efectos de la lectura íntegra de la presentesentencia.-

VI) Protocolícese, regístrese, comuníquese la presente, sólo ensu parte dispositiva, a la Oficina de Gestión de Audiencias, Jefaturade Policía de Entre Ríos, Boletín Oficial, Juzgado Electoral, Secre-taría Electoral Municipal, Área de Antecedentes Judiciales delS.T.J. y Registro Nacional de Reincidencia, líbrense los despachospertinentes, practíquese por la Dirección de O.G.A. cómputo de

Paraná, jueves 21 de marzo de 2019 BOLETIN OFICIAL 23

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pena y en estado archívese. Fdo: Dra. María Carolina Castagno,Vocal de Juicio y Apelaciones Nº 1, Dr. José María Chemez, Vocalde Juicio y Apelaciones Nº 9, Dr. Rafael Martín Cotorruelo, Vocal deJuicio y Apelaciones Nº 8”.-

El mencionado Oscar Favotti, es argentino, soltero, músico y cho-fer, nacido en Lanús, Pcia. de Buenos Aires, el 03/07/1979, hijo deCándido Floduardo y de Teresita Elsa Fernández, domiciliado en 5de Octubre N° 764, de Diamante, E.Ríos, Documento Nacional Iden-tidad 27.373.110 y Prontuario Policial N° 55892ig.

Se hace saber que el vencimiento de la pena impuesta, comoasimismo de la inhabilitación es el siete de marzo de dos mil treintay cuatro (07/03/2034).

Paraná, 12 de marzo de 2019 – Adriana Arus, secretaria Oficinade Gestión de Audiencias.

14316 3 v./21.3.19— — —

En los autos Nº 10764 caratulados: “Calcena Lazaro Jesús s/Amenazas calificadas (denunciante Larrosa Andrés Claudio)”, quetramitaran por ante esta Oficina de Gestión de Audiencias de Paraná,mediante juicio oral, se ha dispuesto librar el presente, a fin decomunicarle que se ha dispuesto la inhabilitación absoluta por eltiempo de la condena respecto de Lazaro Jesús Calcena.

Como recaudo se transcribe a continuación la parte pertinente dela sentencia que así lo dispone: “En la ciudad de Paraná, Capital dela Provincia de Entre Ríos, a los trece días del mes de diciembre delaño dos mil dieciocho... FALLO: 1º) Dictar el sobreseimiento deLAZARO JESUS CALCENA, ya filiado, por la comisión de los delitosde lesiones leves; desobediencia judicial y daño a bienes del estadoen concurso real; Arts. 5 inciso 7), 395, 396, 397 incisos 7 del CPP,89, 239, 184 inciso 5º y 55 del Código Penal, siendo en relación aesos hechos las costas de oficio, Arts. 584 y 585 del C.P.P.

2º) Declarar que LAZARO JESUS CALCENA ya filiado, es autormaterial y responsable de los delitos de robo calificado por el uso dearmas en grado de tentativa; daño; robo en grado de tentativa;amenazas calificadas por el uso de armas; receptación sospechosade bienes; amenazas calificadas por el uso de armas y robo enconcurso real, y en consecuencia, condenarlo a la pena de cuatroaños de prisión de cumplimiento efectivo y accesorias legales, Arts.5, 12, 166 inciso 2º primer párrafo y 42, 183, 164 y 42, 149 bis, primerpárrafo, segunda parte, 277 inciso 1º apartado c), 149 bis, primerpárrafo, segunda parte, 164 y 55 del Código Penal, manteniendo sualojamiento en la Unidad Penal Nº 1 de esta ciudad.

3º) Ordenar que por OGA se practique de inmediato computo depena, atento la renuncia de los plazos para recurrirla presente sen-tencia, el que una vez firme se remitirá juntamente con copia certifi-cada de la presente sentencia a la Sra. Jueza de Ejecución de Penasy Medidas de Seguridad de esta ciudad y a la Dirección del ServicioPenitenciario de Entre Ríos

4º) Imponer las costas al condenado, eximiéndoselo de su efectivopago atento su notoria insolvencia Arts. 584 y 585 del CPP …

6º) Autorizar el traslado de Lazaro Jesús Calcena hasta la casa desu madre Dora Luisa Cuello sita en calle Simón Bolívar Casa 4 BarrioMacarone de Paraná en el día de la fecha, por el lapso de una hora,bajo segura custodia por parte de personal de Alcaidia de Tribunalesy una vez finalizada la visita deberá ser reintegrado a la Unidad PenalNº 1 de esta ciudad.

7º) Comunicar la presente, sólo en su parte dispositiva, a la Jefaturade la Policía de Entre Ríos, Área de Antecedentes Judiciales delSuperior Tribunal de Justicia, Oficina de Efectos Secuestrados delS.T.J., Junta Electoral Municipal, Juzgado Electoral, Registro Nacio-nal de Reincidencia y Estadística Criminal y Carcelaria y demásorganismos administrativos.

8º) notificar a las víctimas de los hechos la presente sentencia, Art.73 inciso e) del CPPER a quienes asimismo se les consultará si deseaser informado acerca de los planteos referidos en el artículo 11 bisde la Ley Nº 24.660, modificada por Ley 27.375, relativos a la posi-bilidad de incorporación del condenado Calcena al régimen de salidastransitorias y demás institutos previstos en dicha norma.

9º) Registrar y oportunamente, archivar. Finalmente se deja cons-tancia que la audiencia se realizó en el Salón de Audiencia Nº 2 y esarchivada en soporte digital con las formas establecidas en el Art.166 del C.P.P., requiriendo para su registro la grabación de 1 DVDidentificándose cada copia con número de Legajo, carátula, día de laaudiencia y salón.-

Con lo que no siendo para más a las 12.10 hs, se labra la presenteacta que, previa lectura y ratificación, se firma para debida constanciapor los comparecientes al momento de la impresión. Fdo: Dr. RicardoBonazzola, Juez de Garantías Nº 3”.-

El mencionado Lazaro Jesús Calcena, es argentino, soltero, deso-cupado, nacido en Paraná, el 28/06/1984, hijo de Ramón IsaiasCalcena (F) y de Dora Luisa Cuella, domiciliado en calle Simón

Bo l íva r , casa 4 , Paraná , Documento Nac iona l Ident idad31.484.917 y Prontuario Policial Nº 722.831ig.

Se hace saber que el vencimiento de la pena impuesta, comoasimismo de la inhabilitación es el 31/10/2022 (treinta y uno deoctubre de dos mil veintidós).-

Paraná, 13 de marzo de 2019 – Adriana Arus, secretaria Oficinade Gestión de Audiencias.

14317 3 v./22.3.19— — —

En los autos Nº 10147 caratulados: “Miño Lucas Tobias - Miran-da Ezequiel Hernán - Troncoso Brian Fabián s/ Homicidio enocasión de robo (Victima Bandeira Gustavo)”, que tramitaran porante esta Oficina de Gestión de Audiencias de Paraná, mediantejuicio oral, se ha dispuesto librar el presente, a fin de comunicarleque se ha dispuesto la inhabilitación absoluta por el tiempo de lacondena respecto de Lucas Tobias Miño.

Como recaudo se transcribe a continuación la parte pertinentede la sentencia que así lo dispone: “En la ciudad de Paraná,Capital de la Provincia de Entre Ríos, a los siete días del mes dediciembre del año dos mil dieciocho, ... SENTENCIA: I) Declararque LUCAS TOBÍAS MIÑO, ya filiado, es autor material y respon-sable del delito de homicidio en ocasión de robo en grado detentativa, de conformidad a lo establecido en los Arts. 165, 42 y45 del Código Penal; y en consecuencia condenarlo a la pena desiete (07) años y seis (06) meses de prisión -cfme. Arts. 40, 41 yccds. del C. Penal-.

II) Dictar el sobreseimiento de EZEQUIEL HERNÁN MIRANDA,ya filiado, por el delito de homicidio en ocasión de robo en gradode tentativa -cfme. Arts. 165 y 42 del C. Penal y 397 Inc. 5º y ccds.del CPPER-.

III) Disponer el decomiso y destrucción -cfme. Arts. 23 del C.Penal y 578 del CPPER, de los siguientes elementos que obransecuestrados en el Legajo de Fiscalía: 1º) Efecto Nº 12864: Unabolsa de nylon, con círculos rojos, un sobre blanco, un arma defuego tipo revólver cal. 22 corto, marca Pasper SRL serie Nº28262, de ocho alveolos, con cachas plásticas color marrón enbuen estado; y 2º) Efecto Nº 12863: Dos vainas servidas y dosproyectiles cal. 22 largo.-

IV) Disponer la devolución a Exequiel Hernán Miranda de lossiguientes elementos: 1º) Efecto Nº 12455: de Una campera tipoinflable, de color crema con detalles en sus hombros de color azul,con capucha, con marca Playmen y (01) una gorra tipo visera, tipocamuflada, con su visera de color negra; y 2º) Efecto Nº 12459:un teléfono celular marca J2 prime el cual posee patrón de bloqueo( p i n ) N º 4 5 6 4 d e l a e m p r e s a P e r s o n a l , N º d e I M E I352940095747508 con batería de la misma marca, chip colocadode la empresa Personal Nº 89543420916752849143 posee tarjetade memoria de 8 Gb.-

V) Disponer la devolución a Lucas Tobías Miño de los siguienteselementos: 1º) Efecto Nº 12457: 05 de anillos de mano; y 2º)Efecto Nº 12458: un teléfono celular marca Samsung modelo J1de color negro con Nº de IMEI 358943/06/363687/1 con chip de laempresa Claro Nº 8954310175046955402 con batería de la mismamarca, con una funda transparente el cual se encuentra en regularestado de conservación.-

VI) Imponer las costas al condenado Miño -cfme. Arts. 584 yccdes. del CPPER-, eximiéndoselo de su efectivo pago en aten-ción a su insolvencia.-

VII) Incorporar al presente las pruebas obrantes en el Legajo Nº82330, acompañado por la Fiscalía, debiendo personal de OGAanexar por cuerda el mismo.-

VIII) Practicar en forma inmediata por OGA el respectivo cóm-puto de pena en relación al condenado Lucas Tobías Miño, atentola renuncia al término para recurrir expresada por las partes en laaudiencia, debiendo remitirse -conjuntamente con copia íntegrade esta sentencia- al Juzgado de Ejecución de Penas y Medidasde Seguridad de la ciudad de Paraná y a la Dirección del ServicioPenitenciario de Entre Ríos.-

IX) Disponer que por OGA se consulte a la víctima si desea serinformada acerca de los planteos referidos en el artículo 11 bis dela Ley Nº 24.660, modificada por Ley Nº 27.375, relativos a laposibilidad de incorporación del condenado Miño al régimen desalidas transitorias y demás institutos previstos en dicha norma.-

X) Comunicar la presente -sólo en su parte dispositiva- a laJefatura de Policía de Entre Ríos, Área de Antecedentes Judicia-les del Superior Tribunal de Justicia, Registro Nacional de Rein-cidencia y Estadística Criminal y Carcelaria y demás ÓrganosAdministrativos correspondientes.-

XI) Registrar y notificar -cfme. Art. 73 inciso e) del CPPER-,efectuar las comunicaciones correspondientes, y oportunamentearchivar.-

24 BOLETIN OFICIAL Paraná, jueves 21 de marzo de 2019

Page 25: SECCION ADMINISTRATIVA€¦ · Calveyra al citado organismo, en vez de la Dirección General de Asistencia Integral a la Víctima del Delito, dependiente de la Secre-taría de Justicia;

Finalmente se deja constancia que la audiencia es grabada ensoporte digital con las formas establecidas en el Art. 166 del C.P.P.-Con lo que no siendo para más siendo las 11.05 horas, se labra lapresente acta que, previa lectura y ratificación, se firma para debidaconstancia por los comparecientes.- Fdo. Elisa Zilli, Juez de Garan-tías Nº 6”.

El mencionado Lucas Tobias Miño, es argentino, soltero, estudian-te, nacido en Paraná, el 06/02/2000, hijo de Daniel Miño y de MarisaMartínez, domiciliado en Tacuarí Nº 131, de Paraná, 42.581.659.-

Se hace saber que el vencimiento de la pena impuesta, comoasimismo de la inhabilitación es el 10/01/2026 (diez de enero de dosmil veintiséis).-

Paraná, 13 de marzo de 2019 – Adriana Arus, secretaria Oficinade Gestión de Audiencias.

14318 3 v./22.3.19

SECCION GENERAL

LICITACIONESANTERIORES

P A R A N A

MINISTERIO DE PLANEAMIENTO, INFRAESTRUCTURA YSERVICIOS DE LA PROVINCIA DE ENTRE RIOS

SECRETARIA MINISTERIAL DE PLANEAMIENTO,INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS

SUBSECRETARIA DE ARQUITECTURA Y CONSTRUCCIONES“Ampliación y refacción EET N° 18 “Gral. Manuel E. Savio”, 1°

Etapa, Urdinarrain, Dpto. Gualeguaychú”Licitación Pública N° 07/2019

Obra autor izada por Decreto Nº 333/19 MPIySOBJETO: provis ión de mater iales y mano de obra según pl iego

para la obra: “ Ampl iación y refacc ión E.E.T. Nº 18 “ Gral . ManuelN. Savio” - 1º Etapa – Urdinarrain - Departamento Gualeguaychú”

UBICACIÓN: La obra se encuentra en la cal le Presbítero F. Kaulesquina 3 de Febrero de la c iudad de Urdinarrain , DepartamentoGualeguaychú.-

APERTURA DE LAS OFERTAS: Día 17 de Abr i l de 2019 a las11:00 horas, en el establecimiento escolar .-

PRESUPUESTO OFICIAL: $ 6.720.694,04 (pesos seis mi l lonessetecientos vein te mi l seiscientos noventa y cuatro con 04/100).-

CAPACIDAD DE CONTRATACIÓN: $ 11.681.206,31 (pesos oncem i l lones seisc ien tos ochen ta y un mi l dosc ien tos seis con31/100).-

SISTEMA DE CONTRATACIÓN: el s istema de contratación serámediante un idad de medida, provis ión de mater iales, mano deobra y prec ios un itar ios .-

PLAZO DE EJECUCIÓN: se establece un plazo de ejecución delos t rabajos de 210 (doscientos diez) días corr idos.-

VALOR DEL PLIEGO: $ 100 (pesos c ien).-CONSULTA DE PLIEGOS: En la Direcc ión de Estud ios y Proyec-

tos de la Subsecretar ía de Arqu i tectura y Construcc iones, Casade Gobierno, 2º Piso, de la c iudad de Paraná, Teléfono (0343)4221616 en el horar io de 07:00 a 13:00 Hs. y en la Pagina Webhttp: //www.entrer ios.gov.ar /minplan/l ic i tac iones, hasta el 01 deabr i l de 2019.-

VENTA DE PLIEGOS: En la Dirección Presupuestar ia Admin is-t rat iva de la Subsecretar ía de Arqui tectura y Construcc iones dela Ciudad de Paraná en el Departamento Paraná, Teléfono (0343)-422 1616 en el horar io de 07.00 a 13.00 Hs., hasta el 01 de Abr i lde 2019.-

F. 012-00000009 2 v./21.3.19— — —

D I A M A N T E

MUNICIPIO DE LIBERTADOR SAN MARTINLicitación Pública N° 08/2019

OBJETO: adquis ic ión de concreto y emulsión asfál t ica.FECHA DE APERTURA: 04 de abr i l de 2019. Hora 10:00.LUGAR DE APERTURA: Edif ic io Munic ipal .PRESUPUESTO OFICIAL: $ 1.448.000,00.VALOR DEL PLIEGO: $ 1.500,00.Mauro E. Fernández, Area de Suministros.

F.C. 0001-00009988 3 v./21.3.19— — —

MUNICIPALIDAD DE DIAMANTELicitación Pública N° 06/19

OBJETO: concesión del derecho de uso y explotación, del localcomercial Nº 6, ubicado en la terminal de ómnibus de nuestra ciudad.

APERTURA: día miércoles 03 de abril de 2019.HORA: once (11,00).LUGAR DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS: Municipalidad

de Diamante (Entre Ríos), Echagüe y Eva Perón, CP 3105.Por Consultas:Oficina de Compras, Tel. 0343 - 4981614 - Fax: 0343 - 4982096

Int. 147 - [email protected] de Turismo, Tel. 0343 - 4985019Ver pliegos en la Página Web: www.diamante.gob.ar - www.dia-

mante.tur.arVALOR DE LOS PLIEGOS: $ 120,00 (pesos ciento veinte).Mariela Ruge, a/c Dirección de Compras.

F.C. 0001-00009992 3 v./21.3.19— — —

G U A L E G U A Y C H U

MUNICIPALIDAD DE URDINARRAINLicitación Pública N° 01/19

OBJETO: mano de obra y materiales para la construcción de laPlaza del Barrio Jesús Obrero a ejecutarse según planilla de coti-zación, especificaciones técnicas y planos adjuntos Nº 01 - 02 - 03- 04 - 05 - 06 - 07 - 08 - 09 - 10 - 11 y 12 del Anexo I.-

PRESENTACION DE OFERTAS: Hasta el día 04 de abril de 2019,a la hora 10:00 hs. En la Oficina de Contrataciones del Municipio.-

PRESUPUESTO OFICIAL: $ 2.633.250,00 (dos millones seiscien-tos treinta y tres mil doscientos cincuenta).-

CONSULTAS, INFORMES Y ENTREGA DE PLIEGOS: Municipa-lidad de Urdinarrain, Dr. V. Silva Nº 417, CD 2826 – Urdinarrain,Entre Ríos, Telfax Nº 03446- 480616 / interno 206.

En días hábiles, en el horario de 7:00 hs. A 12:00 hs. - mail:[email protected]

Urdinarrain, 18 de marzo de 2019 – Alberto P. Mornacco, inten-dente municipal; Alberto J. Ledri, secretario municipal.

F.C. 011-00000008 3 v./22.3.19— — —

L A P A Z

MUNICIPALIDAD DE PIEDRAS BLANCASLicitación Pública Nº 04/2019

La Municipalidad de Piedras Blancas llama a Licitación Pública N°04/2019 para la provisión de 20 artefactos de 50 watts y 20 artefac-tos de 100 watts para iluminación pública con tecnología led.

MONTO MAXIMO DE LA LICITACION: es de pesos trescientos mil($ 300.000,00).

LUGAR, FECHA Y HORA DE APERTURA DE SOBRES: en laMunicipalidad de Piedras Blancas, el día 3 de abril de 2019 a la hora11:00.

PLIEGO: disponible en Tesorería Municipal y en la página webOficial www.piedrasblancas.gov.ar, a partir del 18 de marzo.

Piedras Blancas, 12 de marzo de 2019 – Julio C. Weisheim,intendente municipal.

F.C. 0001-00009949 5 v./22.3.19— — —

MUNICIPALIDAD DE LA PAZLicitación Pública Nº 06/19

OBJETO: llamado a Licitación Pública N° 06/19, dispuesto porDecreto N° 148/19, con el objeto de llevar adelante la adquisicióne instalación: “Carpa de lona - Natatorio Polideportivo Municipal”,todo ello en el marco del pliego de bases y condiciones generalesy particulares (anexos) de la Municipalidad de La Paz.-

CONSULTAS: Oficina de Despacho (Tel: 03437- 424620), Muni-cipalidad de La Paz, Echagüe y Moreno, 1er. Piso (3190) La Paz(ER), desde el 15 de marzo de 2019 hasta el día del acto deapertura.

ADQUISICION DEL PLIEGO: La adquisición del pliego de basesy condiciones será gratuita y podrá retirarse en Tesorería Municipal(Palacio Municipal, Planta Baja) y/o descargarse de la Página Webdesde el 15 de marzo de 2019, en días y horarios hábiles adminis-trativos.

PRESUPUESTO OFICIAL: el presupuesto oficial de la LicitaciónPública Nº 06/19, Decreto Nº 148/19, asciende a la suma de “pesossetecientos setenta mil con 00/100 ($ 770.000,00), que se abonaránsegún lo estipulado en el pliego de bases y condiciones generalesy particulares, (anexos).-

LUGAR DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS: Departamentode Despacho, Secretaria de Gobierno, de la Municipalidad de LaPaz.-

Paraná, jueves 21 de marzo de 2019 BOLETIN OFICIAL 25

Page 26: SECCION ADMINISTRATIVA€¦ · Calveyra al citado organismo, en vez de la Dirección General de Asistencia Integral a la Víctima del Delito, dependiente de la Secre-taría de Justicia;

APERTURA DE LAS PROPUESTAS: diez de abril de dos mil dieci-nueve (10/04/19), a las 10;00 horas en el Salón del Honorable Con-cejo Deliberante de la Municipalidad de La Paz.

La Paz, 14 de marzo 2018 – Bruno Sarubi, presidente municipal;Duval Rubén Müller, secretario de Gobierno.

F.C. 0001-00009991 3 v./21.3.19— — —

MUNICIPALIDAD DE LA PAZLicitación Pública Nº 05/19

OBJETO: llamado a Licitación Pública N° 05/19, dispuesto porDecreto N° 087/19, con el objeto de llevar adelante la ejecución dela obra: “Playon de descarga y maniobras en planta de reciclado” dela Municipalidad de La Paz; todo ello en el marco del pliego de basesy condiciones generales y particulares (anexos) de la Municipalidadde La Paz.-

CONSULTAS: Oficina de Despacho (Tel: 03437- 424620), Munici-palidad de La Paz, Echagüe y Moreno, 1er. Piso, (3190) La Paz(E.R.), desde el 18 de marzo de 2019 hasta el día del acto deapertura.

ADQUISICION DEL PLIEGO: La adquisición del pliego de bases ycondiciones será gratuita y podrá retirarse en Tesorería Municipal(Palacio Municipal – Planta Baja) y/o descargarse de la Página Webwww.lapaz.gob.ar desde el 18 de marzo de 2019, en días y horarioshábiles administrativos.

PRESUPUESTO OFICIAL: el presupuesto oficial de la LicitaciónPública N° 05/19, Decreto N° 087/19, asciende a la suma de pesos“qu in ientos cuarenta mil seiscientos sesenta con 00/100” ($540.660,00); que se abonarán según lo estipulado en el pliego debases y condiciones generales y particulares, (anexos).-

LUGAR DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS: Departamento deDespacho – Secretaria de Gobierno, de la Municipalidad de La Paz.-

APERTURA DE LAS PROPUESTAS: cuatro de abril de dos mildiecinueve (04/04/19), a las 10:00 horas en el Salón del HonorableConcejo Deliberante de la Municipalidad de La Paz.-

La Paz, 15 de marzo 2018 – Bruno Sarubi, presidente municipal;Duval Rubén Müller, secretario de Gobierno.

F.C. 011-00000007 3 v./22.3.19— — —

C . D E L U R U G U A Y

MUNICIPALIDAD DE CONCEPCION DEL URUGUAYLicitación Pública Nº 15/2019

OBJETO: “Refacciones Sum Hogar Geriátrico”, en un todo de acuer-do a los pliegos de bases, condiciones particulares y demás docu-mentación.

FECHA APERTURA: 03 de Abril de 2019Hora: 10:00RECEPCION DE PROPUESTAS: Departamento Suministros, Muni-

cipalidad de Concepción del Uruguay, San Martín y Moreno, Concep-ción del Uruguay, Entre Ríos.-

LUGAR APERTURA: Departamento Suministros, Municipalidad deConcepción del Uruguay, San Martín y Moreno, Concepción delUruguay, Entre Ríos.

PRESUPUESTO OFICIAL: $ 1.300.498,67PLIEGO CONDICIONES: $ 1.300,00. A la venta Tesorería Municipal

hasta 24 horas hábiles anteriores al acto de apertura.GARANTIA OFERTA: 1% del presupuesto oficial.FIANZA CONTRATO: 5% del monto de obra contratado.En caso que la fecha de apertura resultare feriado o no laborable,

la misma se efectuará el día hábil siguiente.Coordinación General de Infraestructura, marzo de 2019 – Alfredo

Fernández, Coordinador Gral. de Infraestructura.F.C. 011-00000003 3 v./22.3.19

— — —MUNICIPALIDAD DE CONCEPCION DEL URUGUAY

Licitación Pública Nº 16/2019OBJETO: “Provisión y colocación de carteles nomencladores”, en

un todo de acuerdo a los pliegos de bases, condiciones particularesy demás documentación.

FECHA APERTURA: 28 de marzo de 2019Hora: 10:00RECEPCION DE PROPUESTAS: Departamento Suministros, Muni-

cipalidad de Concepción del Uruguay, San Martín y Moreno, Concep-ción del Uruguay, Entre Ríos.-

LUGAR APERTURA: Departamento Suministros, Municipalidad deConcepción del Uruguay, San Martín y Moreno, Concepción delUruguay, Entre Ríos.

PRESUPUESTO OFICIAL: $ 1.800.000,00PLIEGO CONDICIONES: $ 1.800,00 A la venta Tesorería Municipal

hasta 24 horas hábiles anteriores al acto de apertura.GARANTIA OFERTA: 1% del presupuesto oficial.FIANZA CONTRATO: 5% del monto de obra contratado.

En caso que la fecha de apertura resultare feriado o no labora-ble, la misma se efectuará el día hábil siguiente.

Coordinación General de Infraestructura, marzo de 2019 – Al-fredo Fernández, Coordinador Gral. de Infraestructura.

F.C. 011-00000004 3 v./22.3.19— — —

MUNICIPALIDAD DE CONCEPCION DEL URUGUAYLicitación Pública Nº 17/2019

OBJETO: “Adquisición de 24 Toneladas de Cloro Gaseoso”, enun todo de acuerdo a los pliegos de bases, condiciones particula-res y demás documentación.

FECHA APERTURA: 29 de marzo de 2019Hora: 10:00RECEPCION DE PROPUESTAS: Departamento Suministros,

Municipalidad de Concepción del Uruguay, San Martín y Moreno,Concepción del Uruguay, Entre Ríos.-

LUGAR APERTURA: Departamento Suministros, Municipalidadde Concepción del Uruguay, San Martín y Moreno, Concepcióndel Uruguay, Entre Ríos.

PRESUPUESTO OFICIAL: $ 2.750.000,00PLIEGO CONDICIONES: $ 2.750,00 A la venta Tesorería Muni-

cipal hasta 24 horas hábiles anteriores al acto de apertura.GARANTIA OFERTA: 1% del presupuesto oficial.FIANZA CONTRATO: 5% del monto de obra contratado.En caso que la fecha de apertura resultare feriado o no labora-

ble, la misma se efectuará el día hábil siguiente.Coordinación General de Infraestructura, marzo de 2019 – Al-

fredo Fernández, Coordinador Gral. de Infraestructura.F.C. 011-00000005 3 v./22.3.19

LICITACIONESNUEVAS

P A R A N A

MUNICIPALIDAD DE PARANALicitación Pública N° 38/2019

OBJETO: Adquis ic ión de 250.000 l i t ros de gas oíl grado 3,120.000 l i t ros de gas oíl grado 2 y 120.000 l i t ros de nafta súper.

APERTURA: 26 de marzo de 2019 a las 08:00 horas en Direc-c ión de Suministros, 9 de Ju l io Nº 679, Paraná, Entre Ríos.

VENTA DE PLIEGOS: Direcc ión de Suminis tros.VALOR DEL PLIEGO: $ 500CONSULTAS: [email protected] .ar Tel : (0343) 4232529 /

4218436Licitación Pública N° 39/2019

OBJETO: Adquis ic ión de 25 toneladas de emulsión ráp idaB.C.R -1 y de 25 toneladas de fuel oíl 70-30.

APERTURA: 27 de marzo de 2019 a las 08:00 horas en Direc-c ión de Suministros, 9 de Ju l io Nº 679, Paraná, Entre Ríos.

VENTA DE PLIEGOS: Direcc ión de Suminis tros.VALOR DEL PLIEGO: $ 500CONSULTAS: [email protected] .ar Tel : (0343) 4232529 /

4218436Licitación Pública N° 40/2019

OBJETO: Adquis ic ión de mater iales e insumos eléct r icos.APERTURA: 27 de marzo de 2019 a las 09:00 horas en Direc-

c ión de Suministros, 9 de Ju l io Nº 679, Paraná, Entre Ríos.VENTA DE PLIEGOS: Direcc ión de Suminis tros.VALOR DEL PLIEGO: $ 500CONSULTAS: [email protected] .ar Tel : (0343) 4232529 /

4218436Licitación Pública N° 41/2019

OBJETO: Adquis ic ión de insumos para obras sanitar ias .APERTURA: 28 de marzo de 2019 a las 08:00 horas en Direc-

c ión de Suministros, 9 de Ju l io Nº 679, Paraná, Entre Ríos.VENTA DE PLIEGOS: Direcc ión de Suminis tros.VALOR DEL PLIEGO: $ 500CONSULTAS: [email protected] .ar Tel : (0343) 4232529 /

4218436F. 012-00000016 (OP 19431) 3 v./25.3.19

— — —MUNICIPALIDAD DE PARANALicitación Pública N° 42/2019

OBJETO: Adquis ic ión de al imentos para la conformación demódulos al imentar ios.

APERTURA: 28 de marzo de 2019 a las 09:30 horas en Direc-c ión de Suministros, 9 de Ju l io Nº 679, Paraná, Entre Ríos.

VENTA DE PLIEGOS: Direcc ión de Suminis tros.VALOR DEL PLIEGO: $ 500

26 BOLETIN OFICIAL Paraná, jueves 21 de marzo de 2019

Page 27: SECCION ADMINISTRATIVA€¦ · Calveyra al citado organismo, en vez de la Dirección General de Asistencia Integral a la Víctima del Delito, dependiente de la Secre-taría de Justicia;

CONSULTAS: [email protected] Tel: (0343) 4232529/ 4218436Licitación Pública N° 43/2019

OBJETO: Adquisición de 8.000 chapas y 4.000 tirantes.APERTURA: 28 de marzo de 2019 a las 11:00 horas en Dirección

de Suministros, 9 de Julio Nº 679, Paraná, Entre Ríos.VENTA DE PLIEGOS: Dirección de Suministros.VALOR DEL PLIEGO: $ 500CONSULTAS: [email protected] Tel: (0343) 4232529/ 4218436

Licitación Pública N° 44/2019OBJETO: Adquisición de juego de sabanas y toallas (color blanco)

y colchones de una plaza.APERTURA: 29 de marzo de 2019 a las 08:00 horas en Dirección

de Suministros, 9 de Julio Nº 679, Paraná, Entre Ríos.VENTA DE PLIEGOS: Dirección de Suministros.VALOR DEL PLIEGO: $ 200CONSULTAS: [email protected] Tel: (0343) 4232529/ 4218436

Licitación Pública N° 45/2019OBJETO: Alquiler de baños químicos.APERTURA: 29 de marzo de 2019 a las 09:00 horas en Dirección

de Suministros, 9 de Julio Nº 679, Paraná, Entre Ríos.VENTA DE PLIEGOS: Dirección de Suministros.VALOR DEL PLIEGO: $ 200CONSULTAS: [email protected] Tel: (0343) 4232529/ 4218436

Licitación Pública N° 46/2019OBJETO: Adquisición de artículos de bazar.APERTURA: 29 de marzo de 2019 a las 10:00 horas en Dirección

de Suministros, 9 de Julio Nº 679, Paraná, Entre Ríos.VENTA DE PLIEGOS: Dirección de Suministros.VALOR DEL PLIEGO: $ 200CONSULTAS: [email protected] Tel: (0343) 4232529/ 4218436

F. 012-00000017 (OP 19432) 3 v./25.3.19

SUSPENSION DE LICITACIONNUEVA

P A R A N A

MUNICIPIO DE ORO VERDELicitación Pública N° 02 MOV/2019

SuspensiónEl Munic ip io de Oro Verde, mediante Resolución N°21 MOV/19,

dispuso la suspensión por el término de un mes de la Lic i tac iónPúbl ica N° 02 MOV/2019, para la compra de un vehícu lo t ipofurgón apto y con equipamiento para el serv ic io de ambulancia.

Oro Verde, 15 de marzo de 2019 – José Luis Dumé, presidentemunicipal; Hilario G. Gasparini, secretario de Gobierno.

F. 011-00000017 5 v./27.3.19

SOLICITUD DE COTIZACIONNUEVA

P A R A N A

GOBIERNO DE ENTRE RIOSMINISTERIO DE SALUD

DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION1.1. Objeto : Alqui ler de un inmueble en la ciudad de Paraná

(Provincia de Entre Ríos), para ser dest inado al funcionamientode la Dirección de Emergencia Sani tar ia dependiente del Min is-ter io de Salud.

El inmueble que se interesa alqui lar debe corresponderse a unapropuesta preferentemente con las siguientes caracter íst icas:

Ubicación: En la c iudad de Paraná, en un rad io aproximado de10 cuadras del Minis ter io de Salud.

Deberá contar preferentemente con:Ocho (8) ambientes para ser ut i l izados como:Una (01) of ic ina para Mesa de Entradas y Expedientes (04

Agentes)Una (01) of ic ina de Personal (03 Agentes).Una (01) of ic ina de Coordinación (06 Agentes).Una (01) of ic ina de Jefe de Departamento y personal de Admi-

nistración (05 Agentes).Una (01) of ic ina del DirectorUna (01) Recepción del Director .Dos (02) baños.Un (01) Depósi to para insumos.Espacio para estacionamiento de Ambulancias y Vehículos.Servic ios: Instalac ión de electr ic idad preferentemente tr i fásica

(con condic iones para la instalac ión de aire acondic ionado),gas, agua, c loacas y sani tar ios , hab i l i tados y en perfecto esta-do de func ionamiento . Se pr iv i legiarán las condic iones edi l i -c ias en general refer idas a la Ef ic ienc ia Energét ica y las carac-ter íst icas de las instalaciones de elect r ic idad, gas, agua, c loa-ca, teléfono, etc .

Estado general : Buen estado de habitabi l idad y conservación,sobre todo en lo que respecta a condic iones de albañi ler ía engeneral , p isos, paredes, techos y aberturas (revoque, p intura,terminac iones, funcionamiento y otros), considerándose prefe-rentemente a aquel las construcc iones que se adapten para eluso a otorgar le a las mismas.

In formes y pl iegos de condic iones: Div is ión Compras y Fac-turación del Departamento Contratac iones dependiente de laDirecc ión General de Admin is trac ión del Minister io de Salud deEntre Ríos, s i to en cal le 25 de Mayo N° 139 P.B. (3100) Paraná- Telefax (0343) 420 9646/422 8382 Interno 2. E-mai l : saludcom-pras@hotmai l .com

Lugar y fecha de apertura de las propuestas: en Div is iónCompras y Facturación, anter iormente ci tada, el d ía: 29/03/19 alas 10:00 horas.

Paraná, 15 de marzo de 2019 – Agustín Esteban Carosini, jefede Dpto. Contrataciones.

F. 012-00000010 1 v./21.3.19

ASAMBLEAANTERIOR

P A R A N A

CAMARA DE PRODUCTORES PORCINOS DE ENTRE RIOSConvocatoria

La comisión d irect iva de la Cámara de Productores Porcinosde Entre Ríos, los convoca a la 6º Asamblea General Ord inar iaque se real izará el día jueves 4 de abr i l de 2019, a las 17 hs, enel salón de la Cooperat iva Agrícola Ganadera y de Serv ic iosPúbl icos Ltda. de Aranguren (COOPAR), en esquina Il l ia y Mo-reno de Aranguren, y a los f ines de tratar orden del día:

1 - Lectura y aprobación del acta anter ior .2 - Designación de dos socios para que suscr iban el acta de

asamblea junto con el pres idente y el secretar io.3 - Aprobac ión de la memoria, estados contables y el informe

de la comis ión revisora de cuentas, correspondientes los ante-r iores al Ejerc ic io Económico Nº 7, cerrado el 31/12/2018.

4 - Elecciones de las autor idades de la comisión di rect iva ycomis ión revisora de cuentas.

NOTA: Quorum Art . 21: “ Las Asambleas se celebran vál ida-mente aún en los casos de reformas de estatutos y diso luc iónsocial , sea cual fuere el número de soc ios concurrentes, mediahora después de la f i jada en la convocator ia, s í antes no sehubiese reunido la mayoría abso luta de los socios con derechoa voto” .

Paraná, 15 de marzo de 2019 – Juan Pablo Cerini, presidente.F.C. 011-00000006 3 v./22.3.19

ASAMBLEASNUEVAS

P A R A N A

CIRCULO DE OFICIALES POLICIA DE ENTRE RIOS –ASOCIACION MUTUAL

Convocatoria Asamblea General ExtraordinariaEl Círculo de Ofic iales Pol icía de Entre Ríos Asociación Mu-

tual -28 de Jul io- convoca a Asamblea General Ext raord inar iapara el d ía miérco les 08 de mayo 2019 alas 09.00 hs. en la SedeSocial de cal le Cervantes N° 357 de la ciudad de Paraná, con elObjeto de tratar el s iguiente orden del día:

1 - Const i tución de la Asamblea2 - Designac ión de dos asociados para f i rmar el Acta.-3 - Tratamiento de modif icac ión del ar t icu lo 56° del estatuto

(dest ino de los b ienes remanentes en caso de disoluc ión).-4 - Información general de las act iv idades de la Inst i tución.-NOTA: Si no hubiese quórum a la hora ind icada se procederá

a esperar 30 minutos a part i r del cual ses ionará con la cant idadde socios presentes (ar t ículo 39° del estatuto).

Héctor Marcelo Claria, secretario general.F. 011-00000018 1 v./21.3.19

Paraná, jueves 21 de marzo de 2019 BOLETIN OFICIAL 27

Page 28: SECCION ADMINISTRATIVA€¦ · Calveyra al citado organismo, en vez de la Dirección General de Asistencia Integral a la Víctima del Delito, dependiente de la Secre-taría de Justicia;

COLEGIO DE ESCRIBANOS DE ENTRE RIOSConvocatoria

El Coleg io de Escr ibanos de Entre Ríos convoca a los señoressocios a la Septuagésima Cuarta (74º) Asamblea General Ordina-r ia que se celebrará el sábado 13 de abr i l de 2019 a part i r de las10,00 horas, en la Sede de la Delegac ión Notar ial Gualeguaychú,s i ta en cal le 3 de Febrero N° 22 de esa c iudad, para conside rarel s i guiente orden del d ía:

1 - Considerac ión de la memoria anual y aprobac ión del balancegeneral , cuenta de gastos y recursos, informe del ó r gano def iscal ización, proyecto de distr ibuc ión de resu l tados.

2 - Considerac ión de la memoria anual de la caja notar ial yaprobación del balance general , cuenta de gastos y recursos ydistr ibuc ión de resu l tados.

3 - Renovac ión parcial del consejo direct ivo : elección de presi -dente; v icepres idente 2º; secretar io general ; tesorero y seis con-sejeros t i tu lares; dos revisores de cuentas t i tu lares y un rev isorde cuentas suplente por el tér mino de dos años por f inal izac iónde sus mandatos. v icepresidente 1º y cuatro consejeros t i tu lares(por un año por renuncia).

4 - Des ignac ión de la sede de la próxima asamblea generalord inar ia y extraordinar ia.

5 - Designación de tres soc ios para autor izar , aprobar y suscr i -b i r el acta respect iva.

Laura F. Camejo, presidente; Juan F. Urriste, secretario general.Artículo 12º de los estatutos sociales: Las asambleas sesio narán

con la presencia de la mitad más uno de los socios ac tivos.- Si unahora después de la señalada en la convocatoria para la iniciación nose hubiere logrado la asistencia reque rida, se constituirá con elnúmero de socios presentes.-

F. 011-00000019 1 v./21.3.19— — —

COLEGIO DE ESCRIBANOS DE ENTRE RIOSConvocatoria

El Colegio de Escribanos de Entre Ríos convoca a los señoressocios a la Trigésimo Sexta (36º) Asamblea General Extraordinariaque se celebrará el sábado 13 de abril de 2019 a partir de las 9,00horas en la Sede de la Delegación Notarial Gualeguaychú, sita encalle 3 de Febrero N° 22 de esa ciudad, para considerar el siguienteorden del día:

1 - Consideración de la actualización anual (período 2019-2020) deAportes (dispuesto por la 27º Asamblea General Extraordinaria rea-lizada en la ciudad de Villaguay el 2/10/2010).

2 - Consideración del mantenimiento del aporte fijo abonado ajubilados y pensionados (dispuesto por la 30º Asamblea GeneralExtraordinaria del 27/04/2013 realizada en la ciudad de Gualeguay-chú).

3 - Ratificación de los incrementos en la contribución mensual, concarácter de subsidio, que efectuó el Colegio de Escribanos duranteel año 2018 a los Jubilados y Pensionados de la Caja Notarial deAcción Social Provincia de Entre Ríos.

4 - Ratificación de los incrementos en el monto de los haberes dejubilados y pensionados de la Caja Notarial de Acción Social de laProvincia de Entre Ríos dispuestos por las Resoluciones CN Nº26/2018 de fecha 31/08/2018 y Nº 1/2019 de fecha 15/02/2019.

5 - Designación de tres socios para autorizar, aprobar y suscribir elacta respectiva.

Laura F. Camejo, presidente; Juan F. Urriste, secretario general.Artículo 12º de los estatutos sociales: Las asambleas sesionarán

con la presencia de la mitad más uno de los socios activos.- Si unahora después de la señalada en la convocatoria para la iniciación nose hubiere logrado la asistencia requerida, se constituirá con elnúmero de socios presentes.

F. 011-00000020 1 v./21.3.19— — —

CONSEJO EMPRESARIO DE ENTRE RIOSConvocatoria Asamblea

Convocase a los asociados a la Asamblea Anual Ordinaria a cele-brarse el día jueves 11 de abril de 2019 a las 18 hs. en la sede delConsejo Empresario de Entre Ríos, sito en Alameda de la Federación290, 6°Piso de la ciudad de Paraná, para tratar los siguientes puntosdel orden del día:

1 - Designación de socios para que firmen el acta.2 - Consideración y aprobación de memoria, balance general y

cuadro de gastos y recursos correspondientes al ejercicio socialcerrado el 31 de diciembre de 2018.

3 - Elección de: presidente; vicepresidente primero; secretario;tesorero; vocal titular primero y segundo; vocal suplente primero ysegundo y comisión revisora de cuentas: tres miembros titulares ydos miembros suplentes.-

NOTA: En la primera convocatoria la asamblea se celebrará con lapresencia del 51% de los socios con derecho a voto, una hora

después, si no hubiese conseguido ese número, se celebrará conla presencia del 30% de los socios con derecho a voto, de acuerdoa lo establecido en el artículo trigésimo de los estatutos sociales.

Paraná, marzo de 2019 – Juan Diego Etchevehere, presidente.F. 011-00000028 1 v./21.3.19

— — —UNION DE KINESIOLOGOS DE ENTRE RIOS (UKER)

Convocatoria Asamblea Anual OrdinariaLa comisión directiva de la Unión de Kinesiólogos de Entre Ríos

(U.K.E.R.) convoca a sus asociados a la Asamblea Anual Ordina-ria a celebrarse el día 12 de abril de 2019 a las 19.30 horas encalle 25 de mayo N°375, quinto piso de la ciudad de Paraná (E.R.),de acuerdo a lo establecido con los Arts. 22, 23 ss. y cc. de losEstatutos Sociales para tratar el siguiente orden del día:

1 - Lectura y consideración del acta de la Asamblea anualordinaria anterior.-

2 - Lectura y consideración de la memoria anual, y de los estadoscontables con informe de la comisión revisora de cuentas.-

3 - Elección de la comisión directiva y de los revisores decuentas, mediante acto eleccionario que se realizará conforme lasdisposiciones del estatuto.-

4 - Tratamiento y aprobación del Acta N° 219 de comisióndirectiva de fecha 17/5/17 referida a la situación de los asociadoscon convenios individuales con IOSPER y PAMI para el caso quela UKER celebre un convenio colectivo con las mencionadas obrassociales.-

5 - Designación de dos asociados para suscribir el acta deasamblea.-

Paraná, 12 de marzo de 2019 – Ayelen G. Ramírez, presidenta;Alicia I. Levrand, secretaria.

F. 011-00000034 3 v./25.3.19— — —

C O L O N

ASOCIACION DEPARTAMENTAL COLONENSE DE BASQUETConvocatoria

La Asociación Departamental Colonense de Básquet (ADCB),llama a su Asamblea General Ordinaria, a llevarse a cabo el día9 de abril de 2019, a las 21.00 hs, en 12 de Abril 187, de la ciudadde Colón, con el fin de tratar el siguiente orden del día:

1 - Aprobar y/o modificar el inventario, balance y memoria de lacomisión directiva, para el ejercicio 2018-2019.

2 - Designar los miembros de la comisión directiva y revisoresde cuentas.

3 - Considerar y resolver temas propuestos por los clubes miem-bros de la Asociación, Club Atlético Villa Elisa, Club La Armonía,Club La Unión, Club Social y Deportivo San José.

4 – Otros.Colón, marzo de 2019 – La comisión directiva y clubes aso-

ciados.F. 011-00000026 1 v./21.3.19

— — —

F E D E R A C I O N

LIGA FEDERAENSE DE FUTBOLConvocatoria Asamblea General Ordinaria

El consejo directivo de la Liga Federaense de Fútbol - Federa-ción - Entre Ríos, de acuerdo a lo establecido en su Estatutoconvoca a Asamblea Ordinaria a las instituciones afiliadas a estaLiga a realizarse el día 27 de marzo de 2019, a las 20,30 horasen las instalaciones de la Liga Federaense de Fútbol, ubicada encalle Mandisoví 1273, de esta ciudad de Federación (Entre Ríos)para tratar el siguiente orden del día:

A - Consideración y aprobación de la memoria y balance delejercicio finalizado al 31 de diciembre de 2018.

B - Informe de la comisión revisora de cuentas.C - Designación de dos socios presentes para suscribir el acta

juntamente con el secretario y presidente.NOTA: De acuerdo a lo establecido en el estatuto de la Liga

Federaense de Fútbol, Federación, Entre Ríos: Capítulo Cinco.De las asambleas. Articulo 19°: La Asamblea sesionará válida-mente con la asistencia de la mitad más uno de sus integrantes,y pasada la medía hora con el número que hubiere.

Federación, marzo de 2019 – Omar I. Serofani, presidente;Jorge A. Peliquero, secretario.

F. 011-00000013 1 v./21.3.19— — —

R . D E L T A L A

BIBLIOTECA POPULAR MARIO D. CARRUEGOConvocatoria

Se invita a ustedes por medio de la presente a la Asamblea

28 BOLETIN OFICIAL Paraná, jueves 21 de marzo de 2019

Page 29: SECCION ADMINISTRATIVA€¦ · Calveyra al citado organismo, en vez de la Dirección General de Asistencia Integral a la Víctima del Delito, dependiente de la Secre-taría de Justicia;

General Ordinaria a realizarse el día 10 de abril de 2019 a las 20,30horas en el local que actualmente funciona la Biblioteca Popular“Mario Domingo Carruego”, sito en calle Gualeguaychú 443, paratratar el siguiente orden del día:

-Lectura y aprobación del acta anterior.-Lectura y consideración de memoria y balance, e informe de los

revisores de cuentas del ejercicio finalizado al 31 de diciembre de2018.

-Renovación total por término mandato de comisión directiva.-Designación de dos asambleístas para firmar el acta de la asam-

blea.NOTA: Si a la hora fijada no hubiera la mitad más uno de los socios

activos, la asamblea sesionará media hora después con los sociospresentes.

Lidia Susana Becher, presidente.F. 011-00000029 1 v./21.3.19

— — —

V I C T O R I A

CLUB DEPORTIVO 25 DE MAYOConvocatoria Asamblea General Ordinaria

La comisión directiva del Club Deportivo “25 de Mayo” atento a lodispuesto en el estatuto y reglamento general vigente, convoca a sussocios a la Asamblea General Ordinaria, a llevarse a cabo el día lunesprimero de abril del año dos mil diecinueve (01/04/2019) a las vein-tiuna horas (21 hs.) en nuestra sede social ubicada en Avda. Congre-so y Urquiza de esta ciudad, para tratar el siguiente orden del día:

1 - Lectura y consideración de la memoria anual de la presidencia.2 - Lectura y consideración del balance general de tesorería al

treinta y uno de diciembre del año dos mil dieciocho (31.12.2018) éinforme de la comisión revisora de cuentas.

3 - Proclamación de electos.4 - Tratamiento de la cuota social.5 - Designación de dos socios asambleístas para firmar el acta de

asamblea conjuntamente con el presidente y prosecretario general.IMPORTANTE: Primera convocatoria hora veintiuna (21,00 Hs.),

Segunda convocatoria hora veintiuna y treinta (21,30 Hs.).Victoria, 13 de marzo de 2019 – Federico E. Almada, presidente;

Patricia Torregiani, secretaria general.F. 011-00000011 1 v./21.3.19

CONVOCATORIA A ELECCIONESNUEVA

V I C T O R I A

CLUB DEPORTIVO 25 DE MAYOConvocatoria a elecciones

La comisión direct iva del Club Deport ivo “ 25 de Mayo“ atentoa lo d ispuesto en el estatuto y reglamento general v igente, con-voca a sus socios para el día domingo treinta y uno de marzo delaño dos mi l d iecinueve (31/03/2019) de diez a doce horas y dediec iocho a vein te horas (10 hs. a 12 hs. y de 18 hs. a 20 hs), aefecto de l levar a cabo las elecciones para la renovación parc ialde la comisión direct iva, a saber: un presidente y un v icepresi -dente, por f inal izac ión de mandato y por el termino de dos años;tres vocales t i tu lares por f inal izac ión de mandato y por el termi-no de dos años; un vocal t i tu lar por renuncia y por el termino deun año, cuatro vocales suplentes por f inal izac ión de mandato ypor el termino de un año; tres rev isores de cuentas por f inal iza-c ión de mandato y por el termino de dos años.

Victor ia, 13 de marzo de 2019 – Federico E. Almada, presidente;Patricia Torregiani, secretaria general.

F. 011-00000012 1 v./21.3.19

CITACIONESANTERIORES

P A R A N A

a los herederos de JOSE ANTONIO SALDAÑA“ El Sr. Coordinador General de la Subsecretar ía de Adminis tra-

c ión del Minis ter io de Desarro l lo Social de la Prov inc ia de EntreRíos, Sr. Diego A. Faccendin i , c i ta y emplaza a los herederos deDon JOSE ANTONIO SALDAÑA, qu ien fuera personal de esta

jur isd icc ión, para que se presenten en la Subsecretar ía deAdministración de este Min ister io , s i to en cal le Cervantes Nº296 de esta ciudad de Paraná, dentro del p lazo de cinco días acontar de la úl t ima publ icac ión, la que se hará por c inco (5)días."

Paraná, 12 de marzo de 2019 – María L. Stratta, Ministra deDesarrollo Social.

14311 5 v./22.3.19

COMUNICADOSNUEVOS

F E D E R A C I O N

BIBLIOTECA POPULAR URQUIZA DE CHAJARIConvocatoria Asamblea General Ordinaria N° 107

Se convocó a los señores Asociados a la Bibl ioteca PopularUrquiza de Chajar í, a la Asamblea General Ordinar ia N° 107, quese celebró el día 20 de marzo de 2019, a la hora 20, en el localde la sede soc ial , s i to en cal le Avda. Belgrano N° 1375 de laciudad de Chajar í, Provincia de Entre Ríos, donde se trató els iguiente orden del día:

1 - Lectura y cons iderac ión acta asamblea anter ior .2 - Lectura y cons iderac ión de memoria y balance correspon-

dientes al Ejerc ic io f inal izado el 30 -11-18.3 - Renovac ión parc ial de m iembros de la com is ión d i rec t i -

va.4 - Designación de dos asambleístas para f i rmar el acta que

se labre, con juntamente con el secretar io y presidente.En caso de no tener quórum a la hora señalada, la asamblea

sesionará a la hora 20,30 (veinte treinta) con los socios presen-tes, cualquiera sea su número.

La comisión directiva.F. 011-00000030 1 v./21.3.19

— — —INSTITUTO AUTARQUICO DE PLANEAMIENTO Y VIVIENDA

Mediante el presente se comunica a los Srs. Enrique NorbertoAlcaraz, MI N° 17.044.966 y María Inés Fernández, MI N°17.760.986, sus sucesores y/o herederos, que en el Expediente N°62553-178701-2017, caratulado “Ramírez Marisa Ivana”, ha recaí-do la Resolución de Directorio IAPV N°495, de fecha 26 de febrerode 2019, la cual dispone: “Dejar sin efecto en sus partes pertinen-tes, la Resolución de Directorio N° 0482/01 Anexo II, en cuantodispone la adjudicación de la Vivienda N° 8, Manzana G, pertene-ciente al Grupo Habitacional El Morro 23 Viviendas, a favor deAlcaraz Enrique Norberto, MI Nº 17.044.966 y Fernández MaríaInés, MI N° 17.760.986".

Paraná, 28 de febrero de 2019 – Damián Zof, secretario delDirectorio IAPV.

F. 012-00000011 3 v./25.3.19— — —

INSTITUTO AUTARQUICO DE PLANEAMIENTO Y VIVIENDAMediante el presente se comunica a los Sres. Magistrelli Marcelo

Antonio, MI Nº 14.751.046 y a la Sra. Burgos Susana Beatriz, MI Nº16.353.291, que en el Expediente N°57907-146340-14, caratulado“Strack Graciana Elizabeth”, ha recaído la Resolución de DirectorioNº 496, de fecha 26 de febrero de 2019, la cual dispone “Revocarel acta de tenencia precaria suscripta oportunamente por esteInstituto con los Sres. Magistrelli Marcelo Antonio, MI N°14.751.046y a la Sra. Burgos Susana Beatriz, MI Nº 16.353.291".

Paraná, 26 de febrero de 2019 – Damián Zof, secretario delDirectorio IAPV.

F. 012-00000012 3 v./25.3.19— — —

INSTITUTO AUTARQUICO DE PLANEAMIENTO Y VIVIENDAMediante el presente se comunica a los herederos y/o sucesores

de la Sra. Silvia Beatriz González, MI Nº 18.071.743, que en elExpediente N°64432-188898-18, caratulado “Correa Gabriel Alber-to Domingo”, ha recaído la Resolución de Directorio N° 543, defecha 06 de marzo de 2019, la cual dispone: “Revocar la tenenciaprecaria suscripta oportunamente con la Sra. Silvia Beatriz Gonzá-lez, MI N° 18.071.743, sobre la Vivienda N° 7, Manzana 17, SectorI ”Paraná 600 Viviendas - Colonia Avellaneda", todo ello en meritoa los considerandos precedentes.

Paraná, 7 de marzo de 2019 – Damián Zof, secretario del Direc-torio IAPV.

F. 012-00000013 3 v./25.3.19

Paraná, jueves 21 de marzo de 2019 BOLETIN OFICIAL 29

Page 30: SECCION ADMINISTRATIVA€¦ · Calveyra al citado organismo, en vez de la Dirección General de Asistencia Integral a la Víctima del Delito, dependiente de la Secre-taría de Justicia;

NOTIFICACIONESNUEVAS

P A R A N A

PROVINCIA DE ENTRE RIOSCONSEJO GENERAL DE EDUCACION

MESA GENERAL DE ENTRADASLa Sra. Pres identa del Consejo General de Educación de la

Prov incia de Entre Ríos, not i f ica al Señor Romero, Rogel io Je-sús, DNI N° 27.483.205, que en Expediente Grabado N° 1464738este organismo ha emit ido la Resoluc ión N° 0420/19 CGE quedice:

“ Visto : … Considerando: El Consejo General de Educac iónResuelve: Art . 1°.- Aprobar y dar por f inal izado el sumario admi-nistrat ivo mandado a instru ir por Resoluc ión N° 3357 CGE defecha 27 de sept iembre de 2016, al Sr. Rogel io Jesús Romero,DNI N° 27.483.205, Maestro Or ientador Integrador Ti tu lar de laEscuela Pr imar ia N° 2 ” General Las Heras" del DepartamentoFel ic iano, atento a lo expuesto en los cons iderandos preceden-tes.

Art . 2°.- Apl icar la medida sancionator ia cesantía al docenteRogel io Jesús Romero, DNI N°27.483.205 en el cargo de MaestroOrientador Integrador Ti tu lar de la Escuela Pr imar ia N° 2 “ Gene-ral las Heras” del Departamento Fel ic iano, con la correspondien-te baja de setenta (70) puntos en la Hoja de Concepto AnualProfes ional en el ú l t imo período evaluado, según lo establece elArt ículo 61° Inc iso h) del Decreto ley N" 155/62 IF MHEyE “ Esta-tuto del Docente Entrerr iano” , por hal lar su conducta incursa envio lación del Art ículo 6°, Inc isos a) y f) del c i tado Decreto ley, apart i r de la not i f icación de la presente norma legal y atento a lascondic iones de la misma.-

Art . 3°.- Determinar que la Dirección Departamental de Escue-las de Fel ic iano proceda a apl icar la baja admin ist rat iva porcesantía, a part i r de la emisión de la presente norma legal, aldocente Rogel io Jesús Romero, DNI N° 27.483.205, en el cargode Maestro Orientador In tegrador de la Escuela Pr imar ia N° 2“ General las Heras” del Departamento Fel ic iano.-

Art . 4°.- Determinar que las autor idades de la Escuela Pr imar iaN° 2 “ General Las Heras” del Departamento Fel ic iano procedana reg is trar en la Hoja del Concepto Profesional de úl t imo añoevaluado al docente Rogel io Jesús Romero, DNI N° 27.483.205,según lo indicado en la presente norma legal, la baja de setenta(70) puntos debajo del ítem medidas discip l inar ias: Resoluc ióny Fecha. Transcr ib i r al dorso de la hoja el Art ícu lo 2° de lapresente, debajo del cual se regis trará la not i f icación del docen-te. Una vez f i rmada y sel lada deberá elevarse por tr ip l icado alTr ibunal de Cal i f icaciones y Discip l ina para su aprobac ión yreg is tro.-

Art . 5°.- De forma" .Paraná, 11 de marzo de 2019 – Vanesa L. Demediuk, secretaria

general CGE.F. 012-00000014 3 v./25.3.19

— — —

C O N C O R D I A

La Regional Salto Grande del Instituto Autárquico de Planeamientoy Vivienda de Entre Ríos (IAPV), con domicilio en calle La Rioja Nº618 de la ciudad de Concordia, Entre Ríos dispone la publicación delpresente edicto por tres (3) días en el Boletín Oficial, a los fines denotificar a la Sra. Brest Amelia, DNI Nº 10.165.379. Que en Expte:15258-17016/2012, R.S.G. 48096-136692/2013, sede se ha dictadoResolución de Directorio N°0595, que en su parte pertinente dispone:Paraná, 08 de abril de 2013. Visto: … Considerando: ... El Directoriodel IAPV - Resuelve: Art. 1º.- … Art. 2°.- Revocar el convenio detenencia precar ia suscr ip to con la Señora Amel ia Brest , MI13.165.379, por la entrega de la Vivienda N°27 del Grupo Habitacio-nal Feliciano 30 Unidades - Programa Federal Plurianual, en méritode los considerandos que anteceden.-

Art. 3°.- ... Art. 4°.- Autorizar a la Asesoría Legal de la GerenciaRegional Salto Grande a iniciar las acciones legales que correspon-dan a fin de recuperar la vivienda.

Art. 5°.- Pasar las presentes a la Gerencia Regional Salto Grandepara que notifique fehacientemente a la Sra. Brest, de lo resueltorespetando el derecho de defensa acorde a la Ley de ProcedimientosAdministrativos.-

Art. 7°.- Registrar, comunicar y archivar. Fdo. Alfredo DanielFrancolini, vicepresidente, A.S. José Áloy, vocal, Ing. AlejandroAlbero Rojas, vocal”.

Concordia, 6 de marzo de 2019 – Luis María S. D’Avila, gerenteIAPV Regional Salto Grande.

F. 012-00000015 3 v./25.3.19

SUMARIODECRETOS

Ministerio de Gobierno y JusticiaAño 2018

3208, 3209, 3210, 3211, 3212, 3213, 3214, 3215, 3216, 3217,3218, 3219, 3220, 3221, 3222, 3223, 3224, 3225, 3226, 3227,3251, 3259, 3260, 3265, 3266, 3275, 3276, 3277, 3278,

Año 2019404

Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas3228, 3262, 3263, 3264,Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios

3201, 3202, 3203, 3204, 3205, 3206, 3207, 3230, 3257, 3258,3261

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30 BOLETIN OFICIAL Paraná, jueves 21 de marzo de 2019