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LICEO ARKADIA COLOMBIA Sede A Calle 142c N° 138ª-60 San Carlos de Tibabuyes (Suba) Telefóno: 538 67 73 Fax: 687 3835 Sede B Campestre Calle 131c N° 126 -48 Estrellita 1 Telefóno: 795 8802 Sede C Av.Carrera 118 N°135ª – 24. Villamaria II Sector Teléfono: 689 4017 Sede D Carrera 139 Nº 142 F - 58 San Carlos de Tibabuyes Telefono: 693 8279 E-mail: [email protected]

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LICEO ARKADIA

COLOMBIA

Sede A Calle 142c N° 138ª-60

San Carlos de Tibabuyes (Suba)Telefóno: 538 67 73

Fax: 687 3835

Sede B CampestreCalle 131c N° 126 -48

Estrellita 1Telefóno: 795 8802

Sede C Av.Carrera 118 N°135ª – 24.

Villamaria II SectorTeléfono: 689 4017

Sede DCarrera 139 Nº 142 F - 58San Carlos de Tibabuyes

Telefono: 693 8279

E-mail: [email protected]

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LICEO ARKADIA COLOMBIA

Oración al Corazon de nuestra Madre Maria

A Tí que eres la Madre,que amas con ternura,

venimos a ofrecerte nuestra viday a decirte que te amamos;

que somos tus hijos que confiamosen el poder de tu protección.

Llévanos sobre tu corazónjunto al Niño que descansa en tus brazos,

consuélanos en la aflicción,fortalécenos en la tentación.

Haznos crecer en la fe, en la esperanza,y en el amor a Dios y a los hermanos.

Conserva en nuestro interiorla alegría de ser hijos de la Iglesia.

Impúlsanos para que seamosentusiastas evangelizadores del Reino.

Y que tu bendición nos acompañe, Madrehasta ver la hermosura de Dios en el Cielo.

Amén

Dirección editorial, fotografía & producción:

Saron editores.www.saroneditores.com

Tel: 277 4862 - 311 599 73 23 Impresión: Grafiset de Colombia

RH: Allergy/Alergia:

E.P.S./Entidad prestadora de servicios de salud (E.P.S.):

Address/Dirección: Phone/Tel.:

Doctor/Médico:

Address/Dirección: Phone/Tel.:

Others/Otros:

Signatures/Firmas

Father/Padre Mother/Madre Student/Estudiante

Personal Data

Name/Nombre:

ID card/T.I. No.

Grade/Grado:

Address/Dirección:

Father/Padre:

Address/Dirección: Phone/Tel.:

Mother/Madre:

Address/Dirección: Phone/Tel.:

Clinic DataDatos Clínicos

In case of emergency, callEn caso de emergencia avisar a

Datos Personales

Name/Nombre: Affinity/Afinidad:

Address/Dirección: Phone/Tel.:

Name/Nombre: Affinity/Afinidad:

Address/Dirección: Phone/Tel.:

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LICEO ARKADIA COLOMBIA

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Manual de convivencia 2015

MANEJO DE LA AGENDA Y USO DEL MANUAL DE CONVIVENCIA

PARA EL ESTUDIANTE• Llevar diariamente la agenda al colegio• Anotar específica y claramente cada uno de los

compromisos, trabajos y lecciones recomendados por los maestros

• Es Importante que registre los compromisos en la fecha en que deben ser entregados o que corresponde clase

• Diariamente revisar la agenda en casa, para distribuir adecuadamente el tiempo entre los compromisos y actividades complementarias de cada área del conocimiento.

• Utilizarla como instrumento de comunicación entre el padre y la institución.

• Leer y entender las normas definidas en el manual de convivencia para desarrollar comportamientos acordes a la sana convivencia

PARA EL PADRE O ACUDIENTE• Revisarla y firmarla diariamente• Exigir y motivar a sus hijo para que la diligencie

adecuadamente• Es necesario que el padre de familia firme las

observaciones escritas por maestros y directivos• El espacio de observaciones también puede ser

utilizado por los padres o acudientes cuando tengan la necesidad de hacerlo para aclarar una duda, para solicitar una información, o para informar a cerca de algo que interese a la institución o al padre de familia.

• Conocer junto con su hijo(a) el manual de convivencia, para que al reclamar derechos de su acudido o de sí tenga claridad del cumplimiento de los deberes.

PARA EL MAESTRO• Verificar en clase si las tareas, trabajos y lecciones

están consignadas en el control de acuerdo a lo estipulado

• Revisar la agenda para estimular su diligenciamiento• Corroborar si las observaciones escritas por cada

maestro fueron firmadas por el padre o acudiente.• Hacer las citaciones a padres en el espacio

correspondiente para esto, anotando allí si asistió o no, a la citación o reunión.

• Tener el control y seguimiento de actividades de refuerzo y/o recuperación por inasistencia justificada.

• Hacer uso del manual de convivencia para proceder a decidir sobre algún comportamiento del estudiante en forma justa y equitativa.

PARA EL TUTOR DE GRUPO• Revisar la agenda semanalmente y firmarla para

estimular y comprometer al educando en su diligenciamiento.

• Efectuar el control de la asistencia de los padres a las reuniones generales o a las citaciones que usted haya realizado, en el respectivo espacio.

• Utilizarla como instrumento de control y seguimiento de la asistencia, llegadas tarde, inasistencia, justificaciones, presentación de trabajos, refuerzos y recuperaciones.

• Analizar junto con el grupo a su cargo el manual de convivencia social en las horas de tutoría, para lograr el uso y aplicación de los principios que garantizan la sana convivencia, y presentar las reformas o modificaciones pertinentes ante las instancias responsables.

PARA LOS DIRECTIVOS• Es necesario que el padre de familia o acudiente

solicite los permisos en forma escrita por medio de la agenda y se presente personalmente a gestionarlo

• Hacer la citación de los padres con horas y lugar de atención

• Citar al padre de familia para informar sobre rendimiento académico o de convivencia del estudiante

• Usar la agenda como medio de comunicación entre los directivos y padres de familia.

• Es importante utilizar el manual de convivencia cada vez que se pretende tomar decisiones de tipo disciplinario, para garantizar el debido proceso y que la actuación se ajuste a las normas allí descritas.

“Recuerda que soy el reflejo de ti mismo, diligénciame y cuídame”Éxitos en tus labores escolares

INTRODUCCIÓNI. JUSTIFICACIÓN GENERAL

Teniendo en cuenta el artículo 73 de la Ley 115 de 1994 o Ley General de Educación que ordena a los establecimientos educativos públicos y privados elaborar un Proyecto Educativo Institucional que contenga entre otros, los reglamentos que deben seguir los miembros de las comunidades educativas, y en concordancia, con el artículo 87 de esta misma Ley, donde se ordena que en cada establecimiento educativo debe existir un Reglamento o Manual de Convivencia que define “los derechos y obligaciones, de los estudiantes”, la comunidad del LICEO ARKADIA COLOMBIA presenta el siguiente Manual, especificando que es un documento construido en diferentes escenarios de participación, y que pretende propiciar el desarrollo integral de la persona, considerando a los estudiantes como el centro del proceso formativo, favoreciendo un ambiente de sana convivencia, que les permita asumir su libertad con responsabilidad, orden, respeto y disciplina.

1. El Manual de Convivencia de manera amplia, genera obligaciones para todas las personas que conforman la comunidad educativa: estudiantes, padres de familia y/o acudientes, directivos,

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LICEO ARKADIA COLOMBIA

docentes, profesores, personal administrativo y de servicios vinculados con el Colegio. Es responsabilidad de todos no sólo cumplirlo, sino también socializarlo, velar por su cumplimiento y colaborar en su evaluación y perfeccionamiento.

2. De manera específica, el documento define los principios reguladores, procedimentales y pedagógicos sobre los cuales se establece un marco general de convivencia para toda la comunidad del LICEO ARKADIA COLOMBIA, y precisa los derechos y deberes de los diferentes actores que intervienen en el proceso educativo y sus relaciones con los demás estamentos de la comunidad educativa, para que sean asumidos con responsabilidad y autonomía.

3. De manera puntual, el Manual de Convivencia busca garantizar a todos los miembros de la comunidad, y especialmente a los estudiantes y padres de familia, la aplicación del Derecho Fundamental al Debido Proceso, contenido en el artículo 29 de la Constitución Política respetando el conducto regular, exigiendo a los estudiantes el cumplimiento de sus deberes y garantizando sus derechos, para lograr la interiorización y seguimiento de los principios de convivencia.

II. OBJETIVOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA 1. Dar a conocer a los estudiantes, los principios que orientan el quehacer del Colegio, sus deberes y derechos, las normas que rigen la vida de la comunidad educativa, los procedimientos de todas las actuaciones académicas y de convivencia; los estímulos y las acciones correctivas que le son aplicables como miembro de la institución.

2. Fomentar en los estudiantes comportamientos y/o conductas adecuados/as que le permitan una formación integral cristiana, ética, humana, académica y social.

3. Ofrecer mecanismos y procedimientos que permitan apoyar la formación moral e intelectual del estudiante, desarrollando un marco general de Convivencia para la institución.

III. HORIZONTE INSTITUCIONALCARACTERIZACIÓN DE LA INSTITUCION EDUCATIVA.

NOMBRE: LICEO ARKADIA COLOMBIA

DIRECCCIÓN: Calle 142 C Nº 138 A 60

TELEFONOS: 5386773

JORNADA: UNICA

GENERO: MIXTO

PROPIETARIO: SONIA ESMERALDA GONZALEZ CIFUENTES

NIVELES: PREESCOLAR, BASICA, MEDIA, EDUCACIÓN ESPECIAL

CARÁCTER: PRIVADO

NATURALEZA: SOCIEDAD LTDA

APROBACION: RESOLUCIÓN 110250 DE SEPT 4/ DE 2013, RESOLUCIÓN 110155 DE MAYO 16 DE 2013 RESOLUCION 110214 DE 5 DE SEPTIEMBRE DE 2012, RESOLUCIÓN 110014 31 DE ENERO/2013

INSCRIPCION EN SED: 31100197505

INSCRIPCION DANE: 311001097500

REGISTRO ICFES: 085639

RESEÑA HISTÓRICAHacia el año 1994 el Licenciado en filosofía y letras Armando Moreno Ortiz, evidenció a través de un estudio la situación de instituciones educativas en el sector, por lo cual se funda el colegio bajo el principio de Educación Para Aprender a Vivir y a partir de la concepción de un espacio donde se aprende y trabaja por la felicidad de la comunidad, denominándolo Liceo (Lykeion) que significa lugar donde se adquiere conocimiento, Arkadia que significa lugar de la felicidad, ambos términos de origen griego y Colombia para rendirle homenaje a nuestra patria, promoviendo un pensamiento de superación y mejora de la calidad de vida. Dentro de este proceso, hacia el año 2003 se implementó la enseñanza para la comprensión como estrategia metodológica que facilita el aprendizaje autónomo y constructivo por el estudiante. El enfoque se caracteriza por hacer activo el aprendizaje del estudiante, invita a practicar el ejercicio del liderazgo en todas las dimensiones del ser y esto ha permitido definir una corriente constructivista como modelo pedagógico. Los programas de atención a educación especial y de articulación de la educación media con la educación superior han dado respuesta a las necesidades educativas y expectativas de la comunidad, posibilitando la atención educativa a niños en condición de discapacidad tanto en aula regular como en aula exclusiva y garantizando la continuidad de los egresados en el proceso de formación superior.

SÍMBOLOS DEL LICEO ARKADIA COLOMBIA

ESCUDOEl escudo está enmarcado con las iníciales de la institución L.A.C y cada letra representa uno de los tricolores de nuestra bandera: Amarrillo, azul y rojo. En medio de las iníciales encontramos un bumerán de color verde que significa el compromiso que tiene la institución con el medio ambiente. Su forma triangular representa la triada del SABER, SER Y HACER de la persona. En el centro están los tres pilares de nuestra institución: SABER, EXCELENCIA Y AUTONOMÍA.

BANDERAEs de forma rectangular de color blanco, símbolo de Pureza, Fe, Hidalguía, Integridad, Firmeza y Obediencia. En el centro encontramos el escudo antes descrito.

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Manual de convivencia 2015

HIMNO AL LICEO ARKADIA COLOMBIALetra y música: Yineth Castro

C-F-G-C

I ESTROFA

En Arkadia hay saber y excelencianuevos frutos de la juventudy alegría que todos los días

se refleja en deberes y amor

II ESTROFA

Respondemos hacia la comunidaddescubriendo la nueva generaciónen Colombia hay riqueza y libertadtransformamos nuestra sociedad

CORO…

Adelante, con talante humanista de aliento y pasión

Adelante, siempre grandes en Arkadia lugar de esplendor

y alegría que todos los díasse refleja en deberes y amor

III ESTROFA

Paso a paso vamos construyendocompromiso y cultura de paz

con derechos y autonomíaeducando hacia la realidad

IV ESTROFA

Desde el alba respira Arkadiano los intensos olores de honor

//no resbales tu brazo del míohorizonte, futuro y calor//

CORO...

FILOSOFÍA INSTITUCIONAL

El LICEO ARKADIA COLOMBIA, sustenta como misión, la formación de estudiantes altamente competentes, capaces de desenvolverse en el medio que les exige constantemente compromiso y madurez para participar activamente en la transformación de la sociedad.

La institución reconoce la diversidad, la individualidad y la autonomía del estudiante, quien aprende por medio de sus propias experiencias con las que construye su conocimiento y se reconoce como miembro activo de la sociedad.

La filosofía institucional apunta a que el estudiante en su proceso educativo construya su conocimiento a través de la investigación, la lectura, la tecnología la lúdica y fomentando los valores que fueron creados en el núcleo familiar hacia el desarrollo de sus dimensiones espirituales y corporales, que le permiten aprovechar sus capacidades y talento para realizarse como ser humano y por ende contribuye a la formación de una sociedad con justicia y equidad. Como resultado, entregaremos a nuestra sociedad seres éticos altamente competentes y trascendentes.

MISIÓN

El LICEO ARKADIA COLOMBIA es una institución privada que presta servicios de educación formal en los niveles de preescolar, básica, media académica y educación especial. Comprometida con la comunidad educativa en la formación de ciudadanos integrales, competentes y con coherencia en sus valores que contribuyen responsablemente al desarrollo sostenible del mundo que los rodea. Promoviendo la inclusión social, cultural y laboral de los estudiantes con necesidades especiales.Sus planes, proyectos y programas se llevan a cabo bajo una cultura de mejoramiento continuo con los aportes de un equipo de trabajo honesto y leal que se apoya en la tecnología adecuada para conseguir los resultados previstos por todos sus grupos de interés.

VISIÓN

Hacia el 2019 el Liceo Arkadia Colombia, se reconocerá como institución pionera en educación inclusiva; fomentando en los educandos un pensamiento empresarial, con conciencia social y ambiental, desde el enfoque humanista, proporcionando las herramientas para descubrir y optar por la mejor manera de vivir, ofreciendo la modalidad de bachillerato académico con formación técnica articulada con instituciones de educación superior y/o de educación para el trabajo y el desarrollo humano.

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LICEO ARKADIA COLOMBIA

CAPITULO 1. DIRECTRICES GENERALES

Art 1. Los VALORES INSTITUCIONALES que deben reflejarse en el actuar de la Comunidad Educativa son:

1. Honestidad: Entendida como la coherencia entre lo que se piensa, se dice y se hace, y asimilada como cualidad humana primordial en el desarrollo de todas las actuaciones que debamos emprender ratificando que es un valor no negociable bajo ningún argumento y circunstancia.

2. Respeto: Es el valor que permite reconocer el espacio individual de todos los seres vivos que comparten el entorno natural y social asumiendo las leyes y las normas sociales que estas demanden.

3. Compromiso: Es poner en juego nuestras capacidades para sacar adelante aquello que se nos ha confiado. Va más allá de cumplir con una obligación.

4. Lealtad: Es el valor que nos permite ser gratos con las personas o instituciones por sus aportes a nuestra vida, es guardar fidelidad al compromiso de defender lo que creemos y en quienes creemos en los buenos y malos momentos.

Art 2. PRINCIPIOS. Los principios son las orientaciones generales que fundamentan las acciones de las personas dentro de la comunidad del LICEO ARKADIA COLOMBIA. Su incumplimiento será tenido en cuenta para la aplicación de los procesos de formación a que correspondan según sea el caso.

En este sentido, se tienen como PRINCIPIOS INSTITUCIONALES:

1. Sentido de Pertenencia: Actuar y demostrar con su desempeño convivencial, su aprecio y lealtad a los símbolos, recursos e integrantes de la comunidad educativa.

2. Disciplina: Desempeñarse asertivamente de acuerdo con la situación, lugar y persona en los diferentes momentos de la vida escolar.

3. Equidad: Actuar de manera imparcial y justa con los diferentes integrantes de la comunidad educativa otorgando a cada uno de ellos el tratamiento que corresponda según su condición, situación personal y demás particularidades del ser humano, evitando caer en discriminaciones.

4. Autonomía: Es la facultad que se tiene para hacer o no hacer de acuerdo con los valores o sentimientos que posee.

Art. 3. MARCO JURÍDICO. El presente marco, contiene dos bloques de regulación normativa, el primero es el Marco Legal, en que se incluyen las Normas específicas aplicables al Proceso Educativo y el segundo, llamado Marco Jurisprudencial, que contiene algunas de las principales Sentencias de la Corte Constitucional, que sirven para orientan el quehacer del Colegio y el respeto de los derechos fundamentales al interior de la comunidad educativa.

Art 4. MARCO LEGAL. El presente Manual de Convivencia responde a las exigencias de los siguientes documentos normativos:

• Constitución Política de Colombia de 1991, especialmente en lo concerniente a derechos y garantías

• Ley 115 de 1994, Ley General de Educación.

• Ley 124 de 1994, por la cual se prohíbe el Expendio de Bebidas Embriagantes a Menores de Edad

• Decreto 1860 de 1994, reglamentario de la Ley 115 en los aspectos pedagógicos y organizativos.

• Ley 375 de 1997, por la cual se crea la Ley de Juventud

• Ley 599 de 2000 o Código Penal, en lo concerniente a la protección especial de los menores de edad contra toda forma de delito

• Decreto 1286 de 2005, normas sobre la participación de los padres de familia en los procesos educativos de las instituciones oficiales y privadas.

• Ley 1098 de 2006, Ley de la Infancia y la Adolescencia

• Ley 1109 de 2006, por la cual se adopta el “Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud –OMS-para el control del tabaco.

• Ley 1146 de Julio 10 de 2007, por medio de la cual se expiden normas para la prevención de la violencia sexual y atención integral de los niños, niñas y adolescentes abusados sexualmente

• Resolución 01956 de 2008, del Ministerio de Protección Social, por la cual se adoptan medidas en relación con el consumo de cigarrillo o de tabaco.

• Ley 1273 de 2009, que modificando el Código Penal, crea el bien jurídico de “la protección de la información y de los datos”

• Ley 1324 de julio 13 de 2009, Por la cual se fijan parámetros y criterios para organizar el sistema de evaluación de resultados de la calidad de la educación, se dictan normas para el fomento de una cultura de la evaluación, en procura de facilitar la inspección y vigilancia del Estado y se transforma el Icfes.

• Ley 1335 de 2009, que busca prevenir daños a la salud de los menores de edad y la población no fumadora

• Decreto 1290 de Abril del 2009, por el cual se reglamenta la evaluación del aprendizaje y promoción delos estudiantes delos niveles de educación básica y media.

• Decreto 860 de 2010, reglamentario de la Ley 1098 de 2006, que reglamenta las obligaciones del Estado, la sociedad y la Familia en la prevención de la comisión de infracciones a la ley penal por parte de niños, niñas y adolescentes y su reincidencia.

• Decreto 120 de 2010, que busca proteger al menor de edad y a la comunidad en general de los efectos nocivos del consumo de bebidas alcohólicas

• Ley 1620 del 15 de marzo de 2013, que crea el

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Manual de convivencia 2015

Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para el Ejercicio de los Derechos Humanos,

• la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar

• Decreto 1965 de 2013, que reglamenta la Ley1620 del 15 de marzo de 2013 con relación a la Convivencia Escolar

• Todas las demás normas concordantes y vigentes en Colombia.

Art 5. MARCO JURISPRUDENCIAL. La Corte Constitucional, dentro de la función de revisión de los fallos proferidos por instancias judiciales competentes, es para el LICEO ARKADIA COLOMBIA un referente muy importante para garantizar el respeto a la Norma Superior y a los Derechos Fundamentales. Es por ello que se presentan algunas Sentencias de vital importancia para la orientación del Proceso educativo.

• La educación como un derecho - deber: Sentencia 002 de 1992, Sentencia T-519 de 1992, Sentencia T-341 de 1993, Sentencia T-316 de 1994, Sentencia T-235 de 1997.

• Los alcances normativos del manual de convivencia: Sentencia T-524 de 1992, Sentencia T-386 de 1994, Sentencia T-015 de 1994, Sentencia C-555/94, SentenciaT-1233 de 2003, Sentencia SU-641/98.

• Alcance de las normas de disciplina escolar: Sentencia T-366 de 1992Sentencia 037 de 1995, Sentencia T-402/92

• Concurrencia de los padres de familia en el proceso educativo: Sentencia T-208/96, Sentencia T-366 de 1997

• Criterios de formación integral: Sentencia T-386 de 1994

• Debido proceso en la educación: Sentencia T-500/92, Sentencia T-1233 de 2003.

• Razonabilidad de los acuerdos económicos firmados por los padres de familia: Sentencia T 1227 de 2005y Sentencia T 295 de 2004.

PROCESO DE ADMISION

Art 6. La admisión es un acto por el cual la el Liceo Arkadia Colombia admite, de la población estudiantil inscrita y con interés en el proceso de escolarización, para recepcionar a todos y cada uno de los individuos, que acogen como propio este canon o manual de convivencia y que se comprometen y asumen su rol de cumplimiento y respeto por el mismo.

Igualmente facilita y adopta el ingreso a la institución de los estudiantes que cumplen con los requisitos y prioridades pedagógicas de su entrada como miembros de la comunidad educativa, para que cursen y se matriculen en alguno de los cursos que ésta ofrece.

Requisitos para la admisión: Para ser admitidos(as) como miembros y educandos de la institución los interesados y las interesadas, deben cumplir con los requisitos y procedimientos a continuación señalados:

• Adquirir el formulario de inscripción en la secretaria del colegio en los horarios dispuestos para tal fin.

• Asistir a la entrevista con el rector y el (la) orientador(a) escolar en las condiciones establecidas y exigidas por el colegio.

• Aprobar el proceso anterior con participación de los padres de familia

• Socialización previa del manual de convivencia para que aprueben su cumplimiento y acatamiento, antes de iniciar labores educativas.

• Reclamar lista de requisitos de matrícula en la secretaria del colegio.

• Entregar el formulario debidamente diligenciado y con el lleno de la información solicitada y los anexos pertinentes.

• Las personas con diagnóstico de discapacidad o que requieran educación especial deben asistir a valoración con la educadora especial y psicóloga escolar con participación de los padres de familia

• Solo se acepta Acudiente en el caso que el Estudiante no viva con los Padres y/o Abuelos y tenga autorización de ellos para representarlos.

• Para su admisión el (a) rector (a) y/o el Consejo Directivo estudiará los casos especiales de estudiantes con problemas disciplinarios. Soportado en la sentencia ST- 519/92) de la corte constitucional

DERECHOS DE ADMISIÓN.

Art 7. La matrícula Es el acto académico y administrativo ante la autoridad educativa, por medio del cual la persona admitida adquiere la condición de estudiante. Con el hecho de registrar matrícula, el estudiante, y los padres de familia, representante legal o quien firma como acudiente del estudiante o estudiante, se formaliza la vinculación del niño y/o joven al servicio educativo, además declaran aceptar el presente manual de convivencia y se comprometen a su acatamiento por convicción y por consolidar el sano desarrollo y formación integral de sus hijos e hijas, obligándose a cumplirlo de totalidad y conformidad.

Los y las estudiantes antiguos(as) deben haber cumplido con el respectivo contrato civil de Matricula, toda vez que el o los acudientes firmen la misma, con los requisitos que se entregarán al fin del año anterior mediante circular oficial de la institución, dirigida a los padres de familia, de la misma manera deben haber cursado satisfactoriamente y aprobado sus estudios, no presentar problemas disciplinarios, y estar a paz y salvo por todo concepto con el colegio.

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LICEO ARKADIA COLOMBIA

Para garantizar una educación de calidad, y soportados en el artículo 53 de la ley de infancia y adolescencia (ley 1098) los y las estudiantes antiguos(as), que presenten antecedentes disciplinarios negativos y complejos estarán sujetos a condiciones especiales de cumplimiento y respeto por el presente manual, así como de su rendimiento en el área académica, todo debidamente clarificado por escrito y con copia al observador del estudiante. Lo anterior con el fin del restablecimiento de sus derechos y para el presente manual en el cumplimiento de sus deberes, igualmente consagrado en el artículo 15 de la ley 1098 donde declara, que los niños, niñas y adolescentes, deberán cumplir con sus obligaciones o deberes cívicos y sociales que corresponden a un individuo de su desarrollo, el artículo 13 del decreto 1290 de 2009, donde declara que los estudiantes deberán cumplir con los compromisos académicos y de convivencia definidos por el establecimiento, y cumplir con las recomendaciones y compromisos adquiridos para superar sus debilidades en el aprendizaje. La matrícula se realiza por una sola vez y el educando puede establecer su renovación de acuerdo al rendimiento académico y convivencia social para cada año lectivo previo cumplimiento de los requisitos académicos y administrativos.

La matrícula o renovación de la misma, puede ser ordinaria y extraordinaria. ORDINARIA: cuando se realiza dentro de los plazos establecidos por el LICEO. EXTRAORDINARIA: cuando se autoriza después de vencido el plazo.

DOCUMENTOS PARA MATRICULA

1. Copia de registro civil con NIP / NUIP o tarjeta de identidad, legible ampliada al 150%, especificando el RH.

2. Cinco (5) fotos tamaño documento

3. Copia carné EPS-ARS-SISBEN y /o certificado de afiliación a seguridad social.

4. Copia carnet vacunas – preescolar.

5. Boletín final del año anterior.

6. Certificados grado 5 en adelante de acuerdo a los grados cursados

7. Paz y salvo y orden de matricula

8. Dos bolsas de acetato tamaño oficio

9. Dos carpetas de lomo corredizo tamaño oficio con dos ganchos legajadores.

Preescolar y ed. especial amarilla, primero y segundo azul, tercero a quinto verde, 6 a 11 color roja.

10. Recibo de consignación de servicios complementarios o derechos académicos. estudiantes privados

11. Presentación personal del padre o acudiente, para la firma de la matricula junto con su hijo.

12. Soporte médico que indique la necesidad educativa firmado por especialista y emitido por la EPS actualizado con vigencia mínimo 2014.

13. Certificado que indique condición de vulnerabilidad, desplazamiento, reinsertado, afro-descendencia o indígena.

14. Fotocopia del documento de identidad del acudiente al 150%

15. Fotocopia de un recibo publico reciente – pago

16. Certificado médico especificando índice de masa corporal (talla y peso)

Los estudiantes deben presentarse con uniforme y con el padre de familia o acudiente autorizado por escrito, siempre y cuando responda a sus obligaciones parentales y conviva con él, como requisito indispensable para la matrícula, para asegurar la responsabilidad compartida en el proceso educativo, el cumplimiento de las exigencias del LICEO ARKADIA COLOMBIA, el pago oportuno de los derechos académicos, el comportamiento adecuado del estudiante y el pago de bus o transporte, (de haberlo). Los mayores de 18 años ingresan con previos requisitos (acta de compromiso de ser necesario).

COSTOS EDUCATIVOS. Para el año 2015 todos los niños, niñas y adolescentes matriculados en los niveles de Preescolar, Básica, Media y Educación Especial, vinculados a la institución por el contrato de prestación de servicios con la Secretaría de Educación, serán beneficiarios del proyecto 4248 y los costos educativos (Derechos de Matricula, Pensión y cobros complementarios), serán asumidos por la SED. Por lo tanto solo deberán asumir el costo del material didáctico aprobado por el consejo directivo de la institución. El resto de estudiantes cancelarán los costos educativos aprobados por la secretaría de educación de Bogotá, el pago se debe realizar, en la cuenta CORRIENTE NO. 473969996742 DEL BANCO DAVIVIENDA, a nombre del LICEO ARKADIA COLOMBIA. Es indispensable escribir EN EL RECIBO EL NOMBRE DEL ESTUDIANTE, EL GRADO AL QUE SE MATRICULA Y EL VALOR DE LA CONSIGNACIÓN. El recibo de consignación se debe entregar en la fecha de matrícula junto con los documentos que se solicitaren; los costos académicos se describen a continuación:

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Manual de convivencia 2015

CONCEPTO

PREESCOLAR

PRE-JARDIN

JARDIN

PREESCOLAR

TRANSICION

EDUCACIÓN

ESPECIAL

1

EDUCACIÓN

BASICA

PRIMARIA

1 A 5

EDUCACIÓN

BASICA

SECUNDARIA

6 A 8

EDUCACIÓN

SECUNDARIA

MEDIA

9 A 10

EDUCACIÓN

MEDIA

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TARIFA ANUAL MATRICULA Y PENSION (10 Mensualidades)

MATRICULA ALUMNO $ 118.000 $ 118.000 $ 191.000 $ 118.000 $ 118.000 $ 118.000 $ 95.000

PENSION ALUMNO $ 118.000 $ 118.000 $ 191.000 $ 118.000 $ 118.000 $ 118.000 $ 85.000

VALOR MATRICULA Y PENSION SUBSIDIADO POR EL COLEGIO

MATRICULA $ 289.148 $ 289.148 $ 216.148 $ 289.148 $ 289.148 $ 177.818

PENSION $ 248.433 $ 248.433 $ 175.433 $ 248.433 $ 248.433 $ 148.236

DERECHOS ACADEMICOS

BOLETIN CALIFICACIONES $ 10.500 $ 10.500 $ 10.500 $ 10.500 $ 10.500 $ 10.500 $ 10.500

CARNÉ $ 3.200 $ 3.200 $ 3.200 $ 3.200 $ 3.200 $ 3.200 $ 3.200

AGENDA Y MANUAL $ 11.800 $ 11.800 $ 11.800 $ 11.800 $ 11.800 $ 11.800 $ 11.800

MATERIAL DIDACTICO $ 33.300 $ 33.300 $ 33.300 $ 33.300 $ 33.300 $ 33.300 $ 33.300

MANTENIMIENTO $ 29.300 $ 29.300 $ 29.300 $ 29.300 $ 29.300 $ 29.300 $ 29.300

SEGURO $ 15.600 $ 15.600 $ 15.600 $ 15.600 $ 15.600 $ 15.600 $ 15.600

DERECHOS ACADEMICOSANUALES

$ 103.700

$ 103.700

$ 103.700

$ 103.700

$ 103.700

$ 103.700

$ 103.700

TOTAL DERECHOS ACADEMICOS+MATRICULA $ 221.700 $ 221.700 $ 294.700 $ 221.700 $ 221.700 $ 221.700 $ 198.700

TOTAL COSTO PENSIONMENSUAL $ 118.000 $ 118.000 $ 191.000 $ 118.000 $ 118.000 $ 118.000 $ 85.000

CAPÍTULO 2. DEL GOBIERNO ESCOLARArt 8. EL GOBIERNO ESCOLAR:

El Gobierno Escolar está conformado por El Rector(a), Consejo Directivo y Consejo Académico, los cuales se apoyarán en el Comité de Convivencia para tomar decisiones que trasciendan la vida institucional.

Art 9. EL RECTOR(A)Es la primera autoridad administrativa y docente del plantel. Tiene la responsabilidad de lograr la oferta por parte de la institución de los servicios educativos adecuados para que el estudiante alcance los objetivos educacionales.De él dependen el Coordinador Académico y el Coordinador de Formación o Convivencia y el Comité de Convivencia Escolar, los demás funcionarios responsables de los servicios de administración y bienestar.

Art 10. Funciones y Responsabilidades especiales. Con base en las facultades establecidas en el artículo 25 del decreto 1860 de 1994, en la Ley 1620 de 2013 y el Decreto Reglamentario 1965 de 2013, el Rector tendrá las siguientes responsabilidades:

1. Elaborar, junto con la Comunidad Educativa, el Plan Operativo Anual, los Avances anuales al P.E.I. y el Plan de Mejoramiento Institucional.

2. Presentarlos a las autoridades competentes para su aprobación.

3. Encargado de dirigir la resignificación del PEI con la participación de los distintos actores de la comunidad educativa.

4. Responder por la calidad de la prestación del servicio.

5. Presidir los Consejos Directivo y Académico.

6. Presidir el Comité Escolar de Convivencia.

7. Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias del Comité de Convivencia.

8. Coordinar los demás órganos del gobierno escolar.

9. Representar al establecimiento ante las autoridades y la comunidad educativa.

10. Dirigir el trabajo de los equipos de docentes.

11. Proponer a los profesores que recibirán capacitación.

12. Administrar los recursos humanos de la institución.

13. Distribuir las asignaciones académicas y demás funciones del personal.

14 .Realizar la evaluación anual de desempeño y rendir informes semestrales al consejo Directivo.

15. Garantizar que el Colegio cumpla con todas las normas legales, estatutos, reglamentos, decisiones y actos de los organismos del gobierno escolar que permitan su correcto funcionamiento, aplicando las decisiones del gobierno escolar y orientando la

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LICEO ARKADIA COLOMBIA

ejecución del proyecto educativo institucional.

16. Autoriza con su firma los documentos que el Colegio y su Junta Directiva le haya delegado como su representante.

17. Presentar para la aprobación de la Junta Directiva el proyecto de presupuesto o sus modificaciones y adiciones que hagan parte del Plan aprobado por la institución, garantizando su correcta ejecución.

18. Las demás responsabilidades que le correspondan conforme a las leyes, a lo dispuesto por la Junta Directiva de manera formal para su cargo ya los reglamentos del Colegio, junto con aquellas que no estén expresamente atribuidas a otra autoridad de la institución.

19. Liderar el comité escolar de convivencia acorde con lo estipulado en los artículos 11, 12 y 13 de la Ley de Convivencia Escolar.

20. Incorporar en los procesos de planeación institucional el desarrollo de los componentes de prevención y de promoción, y los protocolos o procedimientos establecidos para la implementación de la Ruta de atención integral para la convivencia escolar.

21. Liderar la revisión y ajuste del proyecto educativo institucional, el Manual de convivencia, y el Sistema institucional de evaluación anualmente, en un proceso participativo que involucre a la comunidad educativa, en el marco del Plan de Mejoramiento Institucional.

22. Reportar aquellos casos de acoso y violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes del establecimiento educativo, en su calidad de presidente del comité escolar de convivencia, acorde con la normatividad vigente y los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral y hacer seguimiento a dichos casos.

Art 11. CONSEJO DIRECTIVO

Es un organismo asesor del Rector, integrado por los delegados de todos los agentes educativos ratificados por el Rector mediante resolución rectoral para cada año lectivo.

Art 12. ELECCIÓN.

Dentro de los treinta (30) días calendario, siguientes al de la iniciación de las actividades académicas, la Rectoría convoca a los docentes, padres de familia, estudiantes, ex alumnos y sectores productivos, con el fin de lograr su representación en el Consejo Directivo.Con los docentes, éstos en Asamblea General elegirán por mayoría de los votantes a sus representantes.El Consejo de Padres de Familia, conformado por los voceros de los padres de cada grado que ofrece el LICEO ARKADIA COLOMBIA, reunidos en Asamblea General, elige por mayoría simple a dos representantes suyos, uno por cada nivel. Este proceso se efectuará por mayoría de votos de los miembros representantes, después de transcurrida la primera hora de la Convocatoria de la Asamblea.

Art 13. FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO.

1. Tomar las decisiones relacionadas con el funcionamiento institucional.

2. Planear y evaluar el PEI, el currículo y el plan de estudios e informar a la secretaría de educación respectiva, o al organismo que haga sus veces, para que verifique el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley y los reglamentos.

3. Adoptar el Manual de convivencia.

4. Resolver conflictos entre docentes y administrativos con los estudiantes.

5. Definir el uso de las instalaciones para la realización de actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales.

6. Aprobar los valores para pensiones y otros cobros periódicos.

7. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento académico de la institución, excepto que sean competencia de otra autoridad, tales como las reservadas a la gerencia.

8. Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles.

9. Definir y adoptar su propio reglamento.

Art 14. CONSEJO ACADÉMICO

Es un organismo asesor del Rector que trabaja en beneficio de la formación integral, la docencia y la investigación, además de velar por la aplicación de una metodología pedagógica actualizada que facilite el desarrollo integral del estudiante a partir de su creatividad, intereses y aptitudes.Está integrado por los Coordinadores Académicos, los jefes de departamento de Área y por el Rector, quien lo preside.

Art. 15. FUNCIONES

1. Responsable de la organización, orientación pedagógica, ejecución y mejoramiento continuo del plan de estudios.

2. Revisar y hacer ajustes al currículo, y participar en la evaluación institucional anual.

3. Servir de órgano consultor al Consejo Directivo en la revisión de las propuestas del Proyecto Educativo Institucional (PEI).

4. Estudiar el currículo y propiciar continuo mejoramiento, introduciendo las modificaciones y ajustes necesarios para lograr la excelencia.

5. Participar en la evaluación institucional anual.

6. Integrar los consejos de docentes para la evaluación del rendimiento de los educandos y para la promoción, asignarles funciones y supervisar el proceso general de evaluación.

7. Recibir y decidir los reclamos de los educandos sobre

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Manual de convivencia 2015

evaluación educativa, como última instancia una vez hayan cumplido el conducto regular establecido en el Manual de Convivencia.

8. El Consejo Académico emitirá sus decisiones mediante acuerdos. Constituye quórum para deliberar la mitad más uno.

9. Rendir periódicamente informe al Rector sobre el resultado de las actividades académicas.

10. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuyan el Proyecto Educativo Institucional (PEI) o que le sean delegadas por otras instancias competentes.

Art 16. COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA

El Comité Escolar de Convivencia, será una instancia de apoyo al Gobierno Escolar y tendrá como objetivo apoyar la labor de promoción y seguimiento a la convivencia escolar, a la educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, así como del desarrollo y aplicación del Manual de Convivencia y de la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar.

Art 17. CONSEJO ESTUDIANTIL

Es un organismo de participación estudiantil asesor del Rector, integrado por los delegados de cada uno de los grados existentes en el LICEO ARKADIA COLOMBIA, elegidos democráticamente por sus compañeros de grado. Lo dirige el delegado de grado 11.

Art. 18. ELECCIÓN

Podrán ser elegidos como voceros, aquellos estudiantes que cumplan con una excelente disciplina en años anteriores y un rendimiento académico que a juicio del Comité Electoral, les permita participar en las elecciones. En cada grado se realizará una jornada democrática durante el desarrollo de las actividades académicas. Los estudiantes del nivel de preescolar y de los tres primeros grados del ciclo de primaria serán convocados a una asamblea conjunta para elegir un vocero único entre los estudiantes que cursan el tercer grado.

Art.19. FUNCIONES

1. Presentar al Consejo Directivo su propia organización interna.

2. Proponer, discutir y aprobar proyectos que estén orientados al beneficio de las actividades propias de la comunidad educativa.

3. Presentar las propuestas aprobadas ante el Consejo Directivo.

4. Recibir y estudiar iniciativas de beneficio común que provengan de la comunidad educativa en general.

5. Establecer canales de comunicación efectiva entre el personero y el representante de los educandos.

6. Determinar en reunión plenaria los requerimientos y las sanciones para los representantes del Consejo

Estudiantil que no estén cumpliendo sus funciones a cabalidad según previo informe del Veedor.

7. Invitar a sus deliberaciones a aquellos que presenten iniciativas sobre el desarrollo de la vida estudiantil.

8. Organizar una reunión mensual que será incluida en el Cronograma de la Institución y con asistencia obligatoria del representante y el personero.

9. El representante de cada nivel debe acordar con su coordinador la generación de espacios para dialogar con los diferentes cursos del nivel.

Art 20. REPRESENTANTE DE ESTUDIANTES

En los consejos directivos de los establecimientos de educación básica secundaria y media vocacional, habrá un representante del último grado escogido por los mismos estudiantes, de acuerdo con el Reglamento electoral.

Art 21. FUNCIONES

1. Presentar iniciativas, sugerencias e intervenir personal y grupalmente para mejorar el ambiente escolar y respetar el derecho de todos a una educación de calidad.

2. Desarrollar en los estudiantes la capacidad para la toma de decisiones, la adquisición de criterios, la asunción de responsabilidades, la solución de conflictos y las habilidades para la comunicación, la negociación y la participación.

Art 22. EL PERSONERO

Es un estudiante de Undécimo grado quien deberá cumplir con los mismos requisitos académicos y de convivencia mencionados para el Consejo Estudiantil (art. 16 M.C.)y se encarga de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes contemplados en el Manual de Convivencia y apoyar las diferentes actividades programadas, siendo consecuente con la filosofía institucional.

Art 23. ELECCIÓN

Se elegirá con el voto secreto de todos los estudiantes, mediante convocatoria y con la participación de varios candidatos, según lo establece la legislación educativa a través del Decreto 1860 de 1994, y lo establecido en el Proyecto del Área de Ciencias Sociales, lo cual se reglamenta, mediante resolución rectoral, quien deberá presentar un programa ante la Comunidad Educativa.

Art 24. FUNCIONES

1. Velar porque las relaciones entre los directivos y los estudiantes sean óptimas, todo bajo un marco de mutua colaboración y tolerancia.

2. Conocer y aceptar la Filosofía del Colegio.

3. Crecer en pertenencia e identidad Arkadiana.

4. Promover el ejercicio de los derechos y deberes de los estudiantes establecidos en la Constitución, las leyes, los reglamentos y el manual de convivencia.

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LICEO ARKADIA COLOMBIA

5. Participar activamente en la construcción del Proyecto Educativo Institucional.

6. Crear un ambiente de amable convivencia, solidaridad y alegría entre sus compañeros y demás estamentos de la Comunidad Arkadiana.

7. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes como miembros de la comunidad educativa, con respeto y cultura, para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación existentes en el colegio; con los representantes de cada curso organizar foros u otras formas de deliberación y participación en actividades deportivas y culturales con otras instituciones educativas.

8. Presentar por escrito ante Coordinación, las solicitudes que considere necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes.

9. Participar, en los casos en que se requiera, conjuntamente con la coordinación o jefe de departamento, en la toma de decisiones relacionadas con sanciones a los estudiantes que infrinjan el Manual de Convivencia.

Art 25. CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA

Se constituirá cada año con el objeto de fortalecer la comunicación y participación de la comunidad educativa, en concordancia con lo dispuesto en el decreto 1286 de 2005. Estará integrado por mínimo uno (1) y máximo tres (3) padres de familia por cada uno de los grados que ofrezca el colegio. Se reunirá como mínimo tres (3) veces al año por convocatoria del rector, o por derecho propio. Las sesiones del consejo de padres serán presididas por un padre de familia escogido de los representantes al Consejo Directivo.

Art 26. FUNCIONES

1. Involucrarse en la elaboración de los planes de mejoramiento.

2. Contribuir con el Rector o Coordinador Académica en el análisis, difusión y uso de los resultados delas pruebas SABER y el examen de Estado.

3. Presentar propuestas para actualizar el Manual de convivencia.

4. Apoyar actividades artísticas, científicas, técnicas y deportivas orientadas a mejorar las competencias de los estudiantes en distintas áreas.

CAPÍTULO 3. DE LOS PADRES DE FAMILIA EN LA COMUNIDAD EDUCATIVA

Art. 27. PERFIL DE LOS PADRES DE FAMILIA.

Teniendo como referencia el artículo 7º de la Ley General de Educación, el presente Manual de Convivencia reafirma que la familia es el núcleo fundamental de la sociedad y la primera responsable de la educación de los hijos, hasta la mayoría de edad o hasta cuando ocurra cualquier otra

clase de emancipación, y recuerda a los padres de familia, la obligación de ser personas con alto grado de autoridad moral, jurídica y disciplinaria durante la formación integral de sus hijos.Los Padres de Familia Arkadianos son aquellas personas que eligieron la Institución para que ella complete la educación de sus hijos iniciada en sus hogares. Del mismo modo, se identifican con la filosofía del Colegio, conocen y cumplen su Reglamento o Manual de Convivencia y demuestran con sus actitudes y compromiso el sentido de pertenencia a la Institución.Finalmente, se comprometen con el proceso de formación de sus hijos, entendiendo que el Colegio fortalece y consolida los valores que se viven al interior de la familia, tanto en la dimensión intelectual como humana y con base en ello, se reconocen como los primeros formadores de sus hijos.

Art. 28. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA

Los padres de familia como miembros de nuestra Comunidad Educativa y siendo los primeros y principales educadores de sus hijos, son un valioso aporte en los procesos formativos.Los padres de familia y/o acudientes tienen derecho a:

1. Conocer ampliamente el reglamento interno o Manual de Convivencia con el fin de asimilar la filosofía de la institución y cumplir con todas las disposiciones emanadas de este y participar en su elaboración.

2. Participar activamente en todas las actividades programadas por la institución.

3. Conocer oportunamente el cronograma de actividades del Colegio.

4. Conocer en cada periodo escolar, el resultado del rendimiento y evaluación de sus hijos, previo cumplimiento de las obligaciones emanadas del contrato de matrícula

5. Dialogar con el equipo docente, directivo y psicopedagógico sobre procesos, avances, dificultades y conflictos que se presenten en el proceso de formación de sus hijos.

6. Elegir y ser elegidos en el Consejo Directivo.

7. Dar sugerencias y presentar inquietudes personalmente a la instancia indicada de manera respetuosa y cortés, dentro del tiempo fijado por normas legales e institucionales.

8. Recibir orientación y capacitación que permitan brindar una mejor formación a sus hijos y mejorar la vida familiar.

9. Ser respetados en su integridad personal por todos los miembros de la Comunidad Educativa.

10. Ser citados oportunamente antes de tomar decisiones relacionadas con la permanencia o promoción de su(s) hijo(s) en la institución.

11. Conocer oportunamente el horario de atención de los profesores, para informarse del proceso de formación que siguen sus hijos en el Colegio.

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Manual de convivencia 2015

Art 29. DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA

Son deberes de los padres de familia o acudiente:

1. Cancelar oportunamente los compromisos económicos que adquieren con el LICEO ARKADIA COLOMBIA.2. Conocer, reflexionar e identificarse con la Filosofía y principios del Colegio.3. Participar en la realización del Proyecto Educativo Institucional.4. Hacer presentes en el ámbito familiar, los valores que se viven y proclaman en el Colegio.5. Brindar ejemplo a sus hijos a través del desarrollo de una adecuada moral, ajustada a las normas de convivencia y a las leyes que garantizan el orden público.6. Proporcionarle a su hijo los elementos necesarios para su buen desempeño académico y desarrollo integral.7. Asistir puntualmente a las citaciones y reuniones programadas por el Colegio.8. Cumplir con las obligaciones establecidas en el Contrato de Matrícula de sus hijos y los que se establecen en el Reglamento o Manual de Convivencia.9. Conocer y estar consciente del cronograma escolar anual, de manera que no afecte el proceso académico de su hijo con actividades familiares: viajes, salidas, permisos especiales durante y en el transcurso del año lectivo.10. Participar en las actividades complementarias o extraescolares que se organizan en el Colegio para favorecer la solidaridad y la formación integral de sus hijos.11. Colaborar en la Misión de la institución desde la solidaridad con las Obras Educativas y Sociales, que se promueven en el LICEO ARKADIA COLOMBIA.12. Comunicar a las Coordinaciones respectivas las potencialidades o debilidades físicas y de aprendizaje de sus hijos debidamente fundamentadas a través de un Diagnóstico o concepto profesional.13. Asistir y aprovechar los momentos y espacios de encuentro que ofrece el plantel para el crecimiento espiritual, humano y profesional, tales como citaciones, entrega de informes, convivencias, reuniones, talleres y celebraciones especiales; disponiendo en todos los casos del tiempo necesario.14. Orientar a sus hijos hacia el cumplimiento de los compromisos adquiridos con el contrato de matrícula, a través de un ambiente de diálogo reflexivo.15. Usar adecuadamente las redes sociales, archivos de audio y video o textos en los cuales se haga alusión a cualquier miembro de la comunidad educativa, evitando todo aquello que pueda afectar el buen nombre, la imagen o la intimidad de cualquier miembro de la comunidad educativa.16. Dar a su hijo los servicios de apoyo y asesoría externa que solicite el Colegio a través del Departamento de Psicología17. Seguir el conducto regular para buscar la solución a los problemas que se presenten ya sean de orden académico o disciplinario.18. Justificar adecuadamente todas las inasistencias

de su(s) hijo(s) evitando el apoyo injustificado de las ausencias en los días de evaluación, entrega de trabajos y otras actividades previamente programadas por el Colegio.19. Leer atentamente y firmar las observaciones en la agenda escolar del estudiante.20. Estar a PAZ Y SALVO con el colegio para recibir los respectivos informes de valoración en cada periodo.21. Guardar lealtad con la institución, evitando los rumores que afecten el buen nombre del colegio o de los miembros de la comunidad educativa, no hablar mal de ella o de los miembros que la conforman.22. Proveer a sus hijos espacios y ambientes en el hogar, que generen confianza, ternura, cuidado y protección de sí y de su entorno físico, social y ambiental.23. Participar en la formulación, planeación y desarrollo de estrategias que promuevan la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos, la participación y la democracia, y el fomento de estilos de vida saludable.24. Acompañar de forma permanente y activa a sus hijos en el proceso pedagógico que adelante el establecimiento educativo para la convivencia y la sexualidad.25. Participar en la revisión y ajuste del Manual de convivencia a través de las instancias de participación definidas en el proyecto educativo institucional del establecimiento educativo.26. Asumir responsabilidades en actividades para el aprovechamiento del tiempo libre de sus hijos para el desarrollo de competencias ciudadanas.27. Cumplir con las condiciones y obligaciones establecidas en el Manual de convivencia y responder cuando su hijo incumple alguna de las normas allí definidas.28.Conocer y seguir la Ruta de Atención Integral cuando se presente un caso de violencia escolar, una vulneración de los derechos sexuales y reproductivos o una situación que amerite la activación de la Ruta, de acuerdo con las instrucciones impartidas en el manual de convivencia del Colegio.(Verart.67 MC)29. Utilizar los mecanismos legales existentes y los establecidos en la Ruta de Atención Integral a que se refiere esta ley, para restituir los derechos de sus hijos cuando estos sean vulnerados o se encuentren en grave riesgo30. Todas aquellas obligaciones no contenidas expresamente en este Manual pero que se deriven del contrato de matrícula y se encuentren expresas en la vigente legislación colombiana.

CONSECUENCIAS DEL INCUMPLIMIENTO POR PARTE DE LOS PADRES:

1. Cuando los padres y/o acudientes, como miembros de la comunidad educativa de la institución no cumplan con los compromisos adquiridos para la formación integral del educando o respalden comportamientos que atenten contra lo dispuesto en el presente manual de convivencia, tendrán un debido proceso según las

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LICEO ARKADIA COLOMBIA

situaciones y sus modalidades teniendo en cuenta el siguiente procedimiento así:

• Llamado de atención verbal y escrito por parte del profesor y/o tutor en la ficha de seguimiento del estudiante.

• Llamado de atención verbal y escrito por parte del coordinador

• Llamado de atención verbal y escrito por parte del señor Rector, quien estudiará el caso y lo remitirá a comité de convivencia social o al Consejo Directivo (como está estipulado en el capítulo V del presente manual).

2. La situación de respeto y compromiso del padre de familia y/o acudiente con expresiones verbales o de Comportamiento que vayan en contra de una sana y feliz convivencia, serán motivos de corrección que pueden ir desde un llamado de atención hasta la cancelación del contrato educativo o cancelación de matrícula para el educando.

3. La situación de puntualidad y compromiso en el pago de los costos educativos será motivo de cobros jurídicos los cuales serán asumidos por el padre o codeudor.

4. En el desarrollo del mandato constitucional que impone a los padres de los menores el deber de sostenerlos y en el cumplimiento de las obligaciones asignadas a la familia, articulo 7 de ley 115 de 1994, la omisión o desatención al respecto se sancionará según lo dispuesto por la ley. Los jueces de menores y los funcionarios administrativos encargados del bienestar familiar, conocerán de los casos que le sean presentados por las autoridades, los familiares del menor o cualquier otro ciudadano interesado en el bienestar del menor, en este caso el colegio.

5. La situación de colaboración del padre o acudiente en el proceso formativo de sus hijos acarreará medidas correctivas o disciplinarias, hasta poner en conocimiento de las autoridades competentes este tipo de situaciones. LEY 1620/013; Decreto 1965/2013

6. El no suministrar a su hijo los elementos necesarios para que pueda desempeñarse en su labor educativa traerá como consecuencia la violación al derecho que tiene el menor a la educación, esta conducta será motivo de llamado de atención escrita.

7. La inasistencia de los padres, y en especial de quien firmó la matrícula, a los talleres de padres, escuelas de formación y capacitación traerá como consecuencia la asistencia a un taller de recuperación al finalizar el año escolar no inferior a 4 horas de tiempo.

8. El incumplimiento en la entrega oportuna de diagnósticos y atención de derechos fundamentales del niño, es causal para condicionar la permanencia del estudiante, especialmente si existe alteración del interés general y/o afecta el derecho a la educación de los demás miembros del grupo o hay indicios de riesgo. También reportar la situación a la entidad competente para el respectivo seguimiento

9. Incumplimiento al ejercicio de sus responsabilidades en forma reiterada es causal para poner en conocimiento de las autoridades competentes.

CAPÍTULO 4. EQUIPO DOCENTE

Art 30. PERFIL DEL DOCENTE

Para el LICEO ARKADIA COLOMBIA juegan un papel trascendental en la formación de sus estudiantes y en la de los demás estamentos de la comunidad educativa, por ello el colegio propende que el maestro que preste sus servicios reúna las siguientes características:

1. Poseedor(a) de una actitud abierta que le permita ajustar su trabajo profesional a la filosofía de la institución respetando los lineamientos emanados del Proyecto educativo institucional (PEI) que orienta al Colegio.

2. Poseedor de una actitud abierta al desarrollo y práctica personal de los valores y principios sociales, espirituales, éticos y morales que identifican a la institución, y le permitirán ser modelo y ejemplo de idoneidad profesional y moral para la comunidad educativa.

3. Promotor de la innovación, la creatividad y el dinamismo, orientados hacia la transformación y perfeccionamiento permanente de la comunidad educativa.

4. Responsable con las funciones que le son asignadas a través del Contrato y del Reglamento de Trabajo.

5. Respetuoso de las diferencias y abierto a la investigación y a la actualización profesional.

Art 31. DERECHOS DE LOS DOCENTES

1. Ser considerados y respetados en su dignidad recibiendo un trato amable y cordial por parte de todos los miembros de la comunidad educativa.

2. Ser atendidos oportunamente por directivos y personal administrativo, guardando las normas de respeto y siguiendo el conducto regular.

3. Recibir información oportuna sobre las actividades a realizar, ya sea verbalmente, en cartelera o por escrito.

4. Participar en la elaboración, ejecución y evaluación del PEI.

5. Elegir y ser elegido miembro del Consejo Directivo, del Consejo Académico y/o de los diferentes comités, comisiones y equipos de mejora.

6. Participar en la conformación de comités y elaboración de proyectos especiales, de acuerdo a su área, inquietudes e intereses.

7. Recibir asignación académica según el área de su especialidad, teniendo en cuenta en lo posible que haya continuidad en el trabajo desarrollado por los docentes en cada año.

8. Recibir atención oportuna por parte de la Secretaría del Colegio o del Departamento de Nómina, cuando solicite en forma oportuna y siguiendo el conducto regular, las solicitudes de constancias y certificados.

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Manual de convivencia 2015

9. Solicitar permisos y licencias teniendo en cuenta las normas vigentes.

10. Recibir horarios de clase con adecuada distribución para mejor aprovechamiento de las horas de trabajo personal, en el diseño, elaboración, preparación de materiales didácticos y ayudas educativas, digitación de planeación, controles evaluativos, etc.

11. Recibir información y asesoría individual para superar las dificultades y corregir los desaciertos en el proceso pedagógico.

12. Tener autonomía y ser respetados sus criterios de evaluación, siempre y cuando se ajusten a las normas vigentes y estén de acuerdo con el Proyecto Educativo Institucional.

13. Conocer previamente, la Matriz de evaluación docente con la cual será evaluado por los estudiantes y por los directivos de la Institución educativa.

14. Ser evaluado con justicia y objetividad teniendo en cuenta las disposiciones legales vigentes.

15. Ser elegido para representar al Colegio en seminarios, talleres, simposios, etc.

Art 32. DEBERES DE LOS DOCENTES

1. Vivir e irradiar la filosofía respetando el PEI que estructura el colegio.

2. Programar el desarrollo de su materia con los correspondientes trabajos prácticos en forma tal que garantice la efectividad del proceso.

3. Seguir los planes y sistemas de estudio y disciplina vigentes en el Colegio de acuerdo con las políticas trazadas por la Dirección del mismo y por el Ministerio de Educación.

4. Gestionar estrategias y metodología que fomenten el comportamiento adecuado de los estudiantes para el cabal cumplimiento de los objetivos del Colegio no sólo en los espacios académicos de clases, sino en cualquier circunstancia en que las necesidades así lo requieran.

5. Establecer comunicación permanente con la Coordinación Académica.

6. Llevar el registro de calificaciones en formato institucional y en una copia de seguridad, (backup) de todos estudiantes que le sean asignados para su formación durante el año académico y entregarlo oportunamente, según cronograma a Dirección Académica.

7. Elaborar oportunamente los informes de rendimiento de los estudiantes, de acuerdo con los instrumentos y sistemas establecidos y remitirlos a quien determine la Dirección Académica.

8. Velar permanentemente por la conservación de equipos tecnológicos y materiales a su cargo, por la planta física y los jardines por parte de los estudiantes.

9. Velar por la supervisión y evaluación del proceso de

enseñanza aprendizaje de los estudiantes a su cargo.

10. Integrar y correlacionar el programa a su cargo con las materias de su departamento y con el programa en general del establecimiento.

11. Nivelar a los estudiantes cuyos rendimientos sean insatisfactorios, en las materias que dicte, en las fechas y horas que determine y apruebe la Dirección Académica.

12. Programar y proponer las reformas al plan de estudios por cursos y niveles que crea convenientes en conjunto con los demás profesores.

13. Brindar oportunamente asesoría al grupo de estudiantes que se le asigne y participar en la programación y desarrollo de cursos de nivelación, de acuerdo con la programación de la Coordinación Académica.

14. Tratar con los Directores de grupo y Coordinadores los casos especiales de los estudiantes a su cargo.

15. Asistir a los cursos de entrenamiento, capacitación y perfeccionamiento realizados por el Colegio.

16. Asistir y participar en las reuniones y cursos convocados por la Coordinación Académica.

17. Exigir que los estudiantes cumplan con el Manual de Convivencia.

18. Participar y estimular las actividades estudiantiles y colaborar con aquellas que le sean encomendadas.

19. Permanecer en el establecimiento durante el período de trabajo.

20. Permanecer en el establecimiento durante el período de trabajo.

21. Solicitar los permisos oportunamente, a través del correspondiente formato y de las instancias adecuadas.

22. Atender durante las horas de trabajo los asuntos u ocupaciones que correspondan a su cargo según el Contrato de Trabajo y el Manuel de funciones si lo hubiese, absteniéndose de realizar otras labores o actividades que afecten su capacidad de trabajo.

23. Mantener arreglado y ordenado su sitio de trabajo, garantizando la seguridad de la documentación y la adecuada presentación de éste.

24. Mantener actualizadas las planeaciones semanales, con las correcciones pertinentes y para su uso diario.

25. Usar el uniforme asignado durante su permanencia dentro de la Institución y velar por su excelente presentación personal.

26. Asistir a la entrega de boletines en los días programados, según cronograma.

27. Llevar a cabo la dirección de grupo en caso de que esta le sea asignada.

28. Completar la ficha del estudiante, con la información académica, personal y convivencial de cada uno y en cada período.

29. Velar por la formación integral de los estudiantes.

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LICEO ARKADIA COLOMBIA

30. Resolver los posibles conflictos que se presenten e informarlos a las instancias correspondientes.

31. Ayudar a los padres de familia con estrategias y/o pautas de manejo en casa, si así se requiere.

32. Cumplir con los acompañamientos asignados en las horas de ingreso, descanso, almuerzo y salida.

33. Comunicar a la Coordinación de convivencia la posible comisión de faltas disciplinarias o de conductas que afecten gravemente la convivencia escolar.

34. Abstenerse de usar dispositivos electrónicos o de comunicación durante la realización de actividades académicas, a no ser que previamente y como parte de la actividad académica sean necesarios para el logro de un objetivo pedagógico, siempre y cuando se haya comunicado previamente al Coordinador Académico.

35. Abstenerse de usar aretes, piercing o tatuajes en las partes visibles del cuerpo.

36. Dar un uso adecuado a los computadores y equipos instalados en la institución para el logro de los objetivos pedagógicos.

37. Identificar, reportar y realizar el seguimiento a los casos de acoso escolar, violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos que afecten a estudiantes del establecimiento educativo, acorde con los artículos 11 y 12 de la Ley 1146 de 2007 y demás normatividad vigente, con el manual de convivencia y con los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar.

38. Reportar al Comité de convivencia para activar el protocolo respectivo, las situaciones de intimidación de la las que tenga conocimiento y que hayan sido realizadas a través de medios electrónicos.

39. Transformar las prácticas pedagógicas para contribuir a la construcción de ambientes de aprendizajes democráticos y tolerantes que potencien la participación, la construcción colectiva de estrategias para la resolución de conflictos, el respeto a la dignidad humana, a la vida, a la integridad física y moral delos estudiantes.

40. Participar de los procesos de actualización y de formación docente y de evaluación del clima escolar del establecimiento educativo.

41. Contribuir a la construcción y aplicación del Manual de Convivencia.

42. Todas los demás inherentes al cargo y/o asignadas por su superior inmediato o por la coordinación académica de la institución.

CAPÍTULO 5. DE LA COMUNIDAD ESTUDIANTIL

Art. 33. PERFIL DEL ESTUDIANTE DEL LICEO ARKADIA COLOMBIA

Los estudiantes arkadianos son aquellas personas cuyos padres, acudientes o representantes legales, libremente

firmaron un contrato de matrícula con el LICEO ARKADIA COLOMBIA, comprometiéndose a asumir su Filosofía y a cumplir el Manual de Convivencia. Son, asimismo, los protagonistas de su propia educación, participando en forma gradual, responsable y democrática en el Proyecto Educativo Institucional.

El estudiante arkadiano es una persona respetuosa, coherente, responsable, inquieta intelectualmente, autónoma, protagonista, comprometida con su quehacer y con gran capacidad crítica. Asimismo, vivencia los valores del Colegio a través del sentido de pertenencia dentro y fuera de la Institución. Enfrenta la realidad, proyectándose con capacidad de liderazgo y servicio para generar cambios dentro de su entorno personal y familiar.

Art. 34. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES

El estudiante del LICEO ARKADIA COLOMBIA tiene además de sus derechos fundamentales como persona, los siguientes derechos:

DERECHOS INDIVIDUALES.

1. Ser tratado en igualdad de condiciones sin ninguna clase de discriminación por su nacionalidad, raza, edad, origen, sexo, idioma, filiación política, convicción religiosa, condición social, limitación física, pérdida funcional o anatómica.

2. Ser respetado en su integridad personal, moral y física.

3. Ser escuchado en cualquier circunstancia, tanto por sus padres, maestros, personal administrativo y directivo de la institución.

4. Expresar libremente sus opiniones en el marco del respeto mutuo.

5. A elegir y ser elegido para representar a sus compañeros en comités, juntas, y demás, relacionados con el proceso formativo, siempre y cuando cumpla con los requerimientos establecidos.

6. Liderar y organizar eventos escolares de su propia iniciativa, de acuerdo a la reglamentación del LICEO ARKADIA COLOMBIA.

7. Formular peticiones y sugerencias respetuosas ante las instancias correspondientes.

8. Expresar y difundir sus pensamientos, ideas y opiniones en forma adecuada teniendo en cuenta los derechos que tienen los otros, el bien común y los principios del colegio.

9. A participar en el Gobierno Escolar de acuerdo al reglamento dictado por el LICEO ARKADIA COLOMBIA acorde a lo estipulado en la Ley 115 de l994.

10. Los demás previstos en La Ley de Infancia y adolescencia.

11. Ser protegido contra toda forma de vulneración de sus derechos fundamentales, de su libertad sexual, de sus derechos sexuales y reproductivos y de cualquier forma de violencia escolar.

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Manual de convivencia 2015

DERECHOS ACADÉMICOS

1. Conocer al comienzo del año los programas de cada asignatura, los objetivos generales y la metodología, como también recibir el material documental de apoyo en forma oportuna y correcta.

2. Ser evaluado con criterios claros, previamente definidos y con instrumentos idóneos.

3. Conocer al comienzo de cada periodo los contenidos de cada asignatura, los logros previstos, los criterios de evaluación y exigir su cumplimiento.

4. Solicitar justificación y aclaración de la valoración de su rendimiento académico al docente de la asignatura o área respectiva cuando lo considere necesario.

5. Ser estimulado a desarrollar su espíritu de investigación, sus capacidades y habilidades individuales y que las canalice al servicio de su entorno. La Constitución Política De Colombia.

6. Ser evaluado permanentemente en los aspectos cognitivos y formativos y participar en este proceso de manera activa a través de la AUTOEVALUACIÓN, COOEVALUACION y HETEROEVALUACION.

7. Solicitar y recibir información oportuna acerca de sus logros y dificultades.

8. Conocer el resultado, las correcciones y observaciones a sus trabajos y evaluaciones tanto orales como escritas dentro de los cinco días hábiles siguientes a la aplicación del instrumento de evaluación. .

9. Recibir asesoría en caso de que su rendimiento en cualquiera de las áreas lo amerite.

10. Presentar evaluaciones o trabajos de tipo académico de manera extemporánea, siempre y cuando justifique debidamente su ausencia y con firma de los padres, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha acordada inicialmente.

11. Contar con asesoría profesional de orientación y consejería para que avance en su proceso formativo y educativo, superando dificultades, fortaleciendo y desarrollando sus competencias y habilidades.

12. Representar al Colegio en todo tipo de eventos para los cuales sea elegido o seleccionado, de acuerdo con las bases y reglamentos de cada uno de ellos.

13. Recurrir a las instancias guardando el conducto regular, cuando considere que alguno de sus derechos ha sido vulnerado.

14. Contar con docentes profesionales, contratados permanentemente para fortalecer y acompañar su proceso de aprendizaje y formación.

15. Recibir una adecuada orientación vocacional y conocer el resultado de las asesorías realizadas por psicología.

DERECHOS ÉTICOS Y MORALES

1. Profesar libremente su credo o religión de acuerdo a los parámetros establecidos en la Constitución Política de Colombia.

2. Recibir acompañamiento en su formación ética y moral a través de las distintas actividades que el Colegio ofrece para tal fin.

Art. 35. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES

1. Conocer y aceptar la Filosofía y el horizonte del Colegio.

2. Desarrollar constantemente sentido de pertenencia e identidad Arkadiana, a través de la práctica de los valores y la vivencia de los principios institucionales

3. Participar activamente en la construcción del Proyecto Educativo Institucional.

4. Crear un ambiente de amable convivencia, solidaridad y alegría entre sus compañeros y demás estamentos de la Comunidad Arkadiana.

5. Utilizar el Conducto Regular: (Profesor de Área, Director de Grupo, Coordinadores, Rectoría, Comité de Convivencia Escolar, Consejo Directivo), las situaciones concretas que de una u otra forma afecten a la Comunidad Educativa o a alguno de sus miembros.

6. Conocer y ejercer los derechos de los estudiantes arkadianos establecidos en el reglamento o Manual de Convivencia.

7. Conocer y estar consciente del cronograma escolar anual, cumpliéndolo de manera que no afecte su proceso académico con actividades familiares: viajes, salidas, permisos especiales durante y en el transcurso del año lectivo.

8. Portar el uniforme como está estipulado en el Manual de convivencia.

9. Brindar un trato respetuoso a todas las personas que trabajen con las empresas prestadoras de servicios adicionales al servicio educativo, tales como rutas escolares y tienda escolar.

10. Llevará casa comunicados y /o circulares y entregarlas al día siguiente de su emisión firmadas por los padres al director de grupo.

Art. 36. UNIFORMES Y PRESENTACIÓN PERSONAL

Los estudiantes del LICEO ARKADIA COLOMBIA deben cumplir con las siguientes normas de presentación personal en sus uniformes de diario y de Educación Física.

a. NORMAS ESPECIALES PARA LAS NIÑAS

Uniforme de Diario• Zapatos negros colegial de amarrar, con cordones de color negro.

• Medias blancas por debajo de la rodilla (Media-media institucional)

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LICEO ARKADIA COLOMBIA

• Jardinera azul oscura dos dedos debajo de la rodilla según modelo.

• Cami-buso blanco cuello tortuga, manga larga en algodón según modelo.

• Saco azul en lana con el escudo del colegio, según modelo

• Delantal blanco según modelo (Preescolar)

Presentación personal• Mantener el cabello limpio y bien peinado, sin tinturas, recogido, sin corte de cabello punk, ni metalero

• ·Evitar que el cabello cubra el rostro

• Conservar las uñas cortas y limpias (sin esmalte de colores)

• Abstenerse de usar maquillaje (Lápiz y/o delineador, pestañina, labial, base y/o polvos faciales) cuando se está portando el uniforme o en cualquier actividad escolar.

b. NORMAS ESPECILAES PARA LOS NIÑOS Y JÓVENES

Uniforme de diario.

• Zapatos colegial en cuero color negro de amarrar y de lustrar ( no se admiten zapatos tipo apache, tenis o en otro material )

• Media color negro o azul oscuro totalmente, sin estampados en las mismas.

• Pantalón en lino azul oscuro con cinturón color negro en cuero

• Camisa blanca cuello corbata.

• Camiseta blanca debajo de la camisa:(si lo requiere el estudiante). No se admiten camisetas de colores, ni con estampados

• Delantal blanco según modelo (preescolar)

• Saco azul en lana con el escudo del colegio, según modelo.

Presentación personal:• Mantener el cabello corto, peinado y con las orejas destapadas con corte tradicional, evitando el uso de cortes hongo, crestas o rastas.

• Evitar que el cabello cubra el rostro.

• Mantenerse bien afeitado, sin portar barba o bigote.

• Evitar el uso de tinturas para el cabello

• Conservar las uñas cortas y limpias

• La camisa debidamente vestida, por dentro del pantalón.

• Los pantalones se usarán a la cintura, no escurridos o mostrando la ropa interior.

c. NORMAS ESPECIALES APLICABLES PARA EDUCACIÓN FÍSICA

• Sudadera azul oscura con escudo del colegio bordado según modelo

• Camiseta blanca cuello cerrado con tricolor en cuello y mangas y escudo del colegio según modelo

• Pantaloneta azul oscura con el escudo del colegio según modelo

• Medias blancas.

• Tenis completamente blancos de amarrar, sin líneas de colores.

• La sudadera solamente se usará según el horario establecido por el colegio.

· 3. NORMAS APLICABLES PARA TODOS LOS ESTUDIANTES

• Los estudiantes deben abstenerse de usar con el uniforme sacos con capotas bufandas o pashminas de cualquier color o estilo que no esté autorizado por el Colegio.

• Los (as) estudiantes no pueden usar los pantalones del uniforme entubados, raídos o con cortes en la parte inferior.

• Todos los estudiantes deben abstenerse de usar aretes, cualquier tipo de piercing y tatuajes corporales.

• Los zapatos del uniforme o tenis deportivos siempre deben estar bien calzados, limpios y con los cordones amarrados.

• Los estudiantes deben portar la camisa del uniforme bien puesta y limpia.

• Los estudiantes deben usar los pantalones ajustados a la cintura, evitando mostrar la ropa interior.

• En caso de que el estudiante no pueda ocasionalmente cumplir con el uniforme de educación física completo, deberá asistir al Colegio con el uniforme de diario y llevar la excusa justificada de su incumplimiento firmada por sus padres.

• Tanto la camisa del uniforme de diario como la camiseta de educación física deben portarse dentro del pantalón.

Art. 37. HORARIO ESCOLAR: Las labores académicas y pedagógicas transcurrirán dentro del siguiente horario semanal

NIVEL ENTRADA SALIDA NIVEL ENTRADA SALIDA

PREESCOLAR 6: 45 AM

2:00 PM

BASICA SECUNDARIA

6: 45 AM

3: 00 PM

BASICA PRIMARIA

6: 45 AM

3: 00 PM

ED. MEDIA 6: 45 AM

3: 00 PM

ED. ESPECIAL 6: 45 AM

2: 00 PM

Parágrafo 1. Las actividades lúdicas: se organizan dentro de la jornada de acuerdo a las necesidades institucionales. Otras actividades extracurriculares como EVENTOS SOCIOCULTURALES tendrán como objetivo facilitar el derecho a la dispersión y recreación de los educandos en determinados espacios de tiempo. Los recursos que se obtengan por esta actividad serán destinados al desarrollo y el bienestar de los educandos.

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Parágrafo 2. Los padres de familia tienen el deber de asistir y participar a las escuelas de padres, según temáticas que ayudan a fortalecer los procesos de convivencia familiar y ciudadana.

El horario de atención al público por parte de directivos y administrativos se dará a conocer a los padres de familia mediante circular escrita en la primera reunión de padres de familia que se llevará a cabo dentro de los primeros 30 días siguientes a la iniciación de actividades escolares.

Art. 38. PROCEDIMIENTO PARA LOS PERMISOS

a. Cuando el estudiante necesite permiso para salir del Colegio deberá entregar a primera hora al Coordinador, la agenda con la solicitud firmada por sus padres o acudientes, indicando el motivo del permiso y el número telefónico donde se puede confirmar el permiso para conceder la autorización. Al estudiante se le entregará la solicitud con firma y sello del coordinador y la presentará en la portería al salir.

b. De igual manera se debe solicitar al coordinador en forma escrita y con su firma, con al menos un día de anterioridad, los permisos de los estudiantes para no asistir al Colegio. Excepcionalmente, a juicio del coordinador de convivencia, se tramitarán solicitudes de permisos comunicados vía fax o correo electrónico.

Parágrafo. Los padres de familia y estudiantes manifiestan tienen claridad de sus derechos y deberes con la institución y se comprometen a cumplir las actividades programadas en el cronograma anual, de tal manera que no afecte el proceso académico con actividades familiares, (viajes o salidas). El Colegio no concederá permisos especiales en el transcurso del año lectivo. Al incumplir con lo antes mencionado los padres asumirán la responsabilidad académica que recae en el estudiante.

Art 39. MEDIO AMBIENTE ESCOLAR Y SEGURIDAD

1. La Comunidad Educativa debe contribuir al aseo, conservación, mejoramiento y embellecimiento de la planta física y cuidar de los bienes materiales de la institución.

2. La Comunidad Educativa debe cumplir las normas relacionadas con la conservación y cuidado del medio ambiente.

3. Los miembros de la Comunidad Educativa deben conocer y cumplir el Plan de Emergencia que incluye un programa de evacuación y los procedimientos a seguir en caso de un sismo, incendio, explosión o amenaza terrorista.

4. Todos los miembros de la Comunidad Educativa deben participar activamente en los simulacros de evacuación con el fin de afianzar habilidades en caso de emergencias.

5. La Comunidad Educativa se compromete a participar en la implementación de capacitaciones tanto a los estudiantes como docentes sobre Primeros Auxilios y Prevención de Desastres.

CAPÍTULO 6. SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN

Art. 40. SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN

El sistema Institucional de evaluación está conformado por las Instancias, Procedimientos y actividades encaminadas a verificar el cumplimiento del proceso educativo, de acuerdo con la Ley General de Educación y sus Decretos Reglamentarios.

Art. 41. NORMAS GENERALES DE ORDEN ACADÉMICO

1. Asistir al colegio todos los días de clase, incluidos los días de actividades culturales o deportivas. Las salidas pedagógicas son de obligatoria asistencia y forman parte integral y esencial del proceso académico y serán valoradas en la asignatura correspondiente.

2. Llegar cumplidamente a todas las horas de clase con los elementos necesarios tales como libros, plan lector, diccionario, cuadernos y los materiales requeridos por el profesor de cada asignatura.

3. Prestar atención y participar activamente en clase, solicitando explicaciones necesarias para la completa comprensión del tema.

4. Respetar el puesto asignado por el director de grupo en cada periodo según mapa previamente establecido.

5. Solicitar a los docentes, ejercicios o tareas que ayuden a mejorar en forma personal el aprendizaje.

6. Participar en las actividades deportivas, culturales y artísticas respectivas del Colegio para las que haya sido convocado y cumplir a cabalidad las exigencias propias de dicha actividad.

7. Mantener un nivel académico acorde con las exigencias del colegio.

8. Usar adecuadamente los cuadernos en todas las asignaturas, de acuerdo con las estipulaciones dadas por colegio.

9. Cumplir estrictamente con la fecha estipulada para las recuperaciones, las cuales se harán una sola vez por periodo.

10. Realizar los refuerzos o tareas complementarias dentro de la jornada académica y de forma individual, o de acuerdo con las programaciones de la respectiva Coordinación.

11. Realizar las actividades Complementarias de Refuerzo sugeridas en el reporte de seguimiento.

Art. 42. EVALUACIÓN ACADÉMICALa evaluación del proceso académico es una actividad permanente, durante la cual se registra en forma acumulativa los progresos en el dominio de la comprensión, asimilación de conocimientos, desarrollo de habilidades, destrezas personales y técnicas.

El esfuerzo, el trabajo intelectual del estudiante y su desempeño a la luz de los objetivos de cada asignatura, se observarán durante toda la evaluación. Este proceso estará

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a cargo del Coordinador Académico y de acuerdo a los parámetros de calidad educativa del colegio.

Durante el año escolar existirán cuatro períodos académicos, es decir bimestres, durante los cuales se desarrollarán en cada asignatura los temas y contenidos señalados en el plan de estudios del colegio.

La evaluación será constante, cualitativa y cuantitativa, resultando así una evaluación integral por procesos en cada educando.

La valoración cualitativa se realizará a través de la formulación de indicadores de desempeño, los cuales deberán ser alcanzados al final de cada periodo. El estudiante que no alcance las metas deberá realizar un refuerzo (actividad de mejoramiento o académico), con el fin de presentar una nueva sustentación; la fecha está programada de acuerdo al cronograma general del colegio en el siguiente periodo.

Al finalizar cada bimestre se realizarán las evaluaciones correspondientes de cada asignatura, que guardarán coherencia con los estándares y lineamientos del MEN, y contemplarán todas las competencias, habilidades e indicadores de desempeño propuestos durante el transcurso del año lectivo.

1. PORCENTAJE DE CADA PERIODO

Se establecen cuatro periodos académicos, de diez semanas cada uno, con un porcentaje del 25%.

2. ESCALA VALORATIVA

Se tendrá como base la escala valorativa nacional establecida en el decreto 1290 del 16 de abril de 2009 y se aplicará a nuestra institución de la siguiente manera:

Nota aprobatoria MÍNIMA: 65.0

NIVEL DE DESEMPEÑO EVALUACIÓN CUANTITATIVA

Desempeño Superior 90.0 - 100.0

Desempeño Alto 80.0 - 89.9

Desempeño Básico 65.0 - 79.9

Desempeño Bajo 50.0 - 64.9

Desempeño Significativamente Bajo

10.0 - 49.9

3. DISTRIBUCIÓN DE PORCENTAJES POR PERIODO

· Evaluación de Desempeño Final (BIMESTRAL): 10%· Desempeño Actitudinal: 20 %· Desempeños cognitivos y procedimentales: 70%

La valoración mínima cualitativa que cataloga una asignatura como aprobada es DESEMPEÑO BÁSICO cuantitativamente equivale a mínimo 65.0.

Art 43. ACTIVIDADES DE MEJORAMIENTO ACADÉMICO.

1. NIVELACIONES:

Las Nivelaciones se darán una vez al bimestre (una semana después de la culminación de éste). Estas las realizarán los estudiantes que pierden alguna asignatura. Las asignaturas de baja intensidad (menos de tres horas semanales de clase), no realizarán el proceso de nivelación; se recuperan en el transcurso del siguiente periodo. El cuarto bimestre no tiene jornada de nivelación.

2. PROCESO DE NIVELACIÓN:

Requiere de la presentación de la guía de estudio para refuerzo (requisito indispensable para la presentación de la sustentación y tendrá una valoración del 30% de la evaluación) y de la prueba de sustentación, esta última equivale al 70% de la valoración del periodo. La nota mínima de recuperación será de 65.0 y su valoración de recuperación final de periodo será como máximo de 65.0. Las guías de estudio serán otorgadas a los padres de familia el día de la entrega de informes.

Si algún estudiante no asiste en la fecha planeada a la recuperación sólo será excusado por incapacidad médica, calamidad doméstica, caso fortuito o fuerza mayor, debidamente comprobados ante el Coordinador de Convivencia, dentro de los tres días hábiles siguientes a la fecha de la recuperación.

El cuarto bimestre, no tendrá guía de estudio, únicamente la evaluación. Art. 44. PROMOCIÓN ACADÉMICA

1. NIVELACIONES FINALES: Si el estudiante obtiene menos de 65.0 en el PROMEDIO FINAL, en máximo tres asignaturas, podrá presentar nivelación final de cada una de las asignaturas (evaluación de todo lo visto en el año).

2. CURSO REMEDIAL: Si una vez presentadas las nivelaciones finales (máximo tres asignaturas) persiste el desempeño bajo (reprobación de la asignatura), el estudiante deberá realizar un curso remedial de acuerdo a las exigencias del Colegio y así alcanzar la nota aprobatoria mínima de 65.0. (Tendrá opción a este curso con un máximo de DOS (2) ASIGNATURAS).

Los Estudiantes que NO obtengan desempeño básico (65.0) en la asignatura(s) de la(s) cual(es) realizaron el curso Remedial (Máximo 2 asignaturas), reprobará el año escolar.

3. CURSO REMEDIAL DE CONVIVENCIA: Una vez terminado el cuarto bimestre, el estudiante que obtenga desempeñó básico (65.0) en comportamiento, debe realizar el curso remedial de convivencia.

Los CURSOS REMEDIALES se realizarán la última semana de noviembre en las instalaciones de cada una de las sedes.

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Manual de convivencia 2015

Art 45. CONDICIONES DEL CURSO REMEDIAL

1. La remisión de los estudiantes a curso Remedial serán definidas por la Comisión de Promoción y Evaluación, cuyas decisiones serán de obligatorio cumplimiento y no serán modificadas.

2. Para esta remisión se tendrán en cuenta los siguientes elementos: Informe del docente titular de las asignaturas que comprenderá las metas de comprensión, los indicadores de desempeño y temas pendientes de ser aprobados, los procedimientos y habilidades no alcanzados y un perfil actitudinal del estudiante.

3. Los padres de familia serán notificados por el colegio de los cursos remediales y se establecerá un acta de compromiso para el desarrollo de los mismos. Para tener derecho al curso Remedial, los estudiantes deben haber perdido máximo dos asignaturas.

4. Aquel estudiante que haya realizado en el año inmediatamente anterior curso Remedial, para el nuevo año tendrá una firma de compromiso académico con el ánimo de que se esfuerce por no volver a repetir la misma situación.

5. El estudiante que tenga como requisito académico el curso Remedial (1 o 2 asignaturas) y no lo realice, no será promovido al siguiente grado.

Art 46. PROMOCIÓN GRADO ONCE

1. Si el estudiante obtiene menos de 65.0 (Desempeño Bajo) en tres asignaturas, reprobará el año escolar.

2. Curso Remedial: Si el estudiante obtiene una nota inferior a 65.0 en una o dos asignaturas será remitido a curso Remedial de acuerdo a las exigencias del Colegio y así alcanzar la nota aprobatoria mínima de 65.0.

3. Requisitos adicionales: presentación del Saber 11 (ICFES), horas establecidas servicio social y haber aprobado la articulación con el SENA.

Art 47. REPROBACIÓN DE UN AÑOSe considera que un estudiante no es promovido de grado o proclamado bachiller, cuando ocurra alguna de las siguientes situaciones al cerrar el cuarto periodo:

1. Estudiantes que tengan como valoración final Desempeño Bajo en tres o más asignaturas en cualquier grado inclusive 11.

2. Estudiante que haya dejado de asistir al 30% de las actividades académicas.

3. Estudiante que no realice el curso Remedial de la(s) asignaturas calificadas con el desempeño bajo.

4. Estudiante que no obtenga desempeño básico (70.0) en la asignatura(s) de la(s) cual(es) está realizando el curso Remedial. (Máximo 2 asignaturas).

Art 48. PROMOCION ANTICIPADA (ART.7 Dto.1290/09)

Promoción anticipada de grado. Durante el primer período del año escolar el consejo académico, previo consentimiento

de los padres de familia, recomendará ante el consejo directivo la promoción anticipada al grado siguiente del estudiante que demuestre un rendimiento superior en el desarrollo cognitivo, personal y social en el marco de las competencias básicas del grado que cursa. La decisión será consignada en el acta del consejo directivo.

Art 49. SEGUIMIENTO ACADÉMICO

El proceso de seguimiento estará consignado en:1. Guías de estudio y recuperaciones.

2. Pre evaluación académica: una en el periodo, ocho días antes de la evaluación bimestral en la cual se informa al padre de familia, con citación, las debilidades académicas del estudiante, acompañadas de Actividades Complementarias de Refuerzo, las cuales no tienen una valoración cualitativa ni cuantitativa.

3. Compromiso de valoración y/o seguimiento terapéutico externo.

4. Acta de entrega de actividades de mejoramiento.

5. Acta de compromiso académico.

Art 50. ESTÍMULOS

El LICEO ARKADIA COLOMBIA inculca en sus estudiantes la importancia del deber cumplido por sí mismo y considera que el mejor premio es la propia satisfacción.

El buen comportamiento y rendimiento académico óptimo es un deber de justicia para consigo mismo, para con los padres y los profesores, y además, la mejor muestra de cariño y gratitud que se les pueda ofrecer. Sin embargo ha establecido para aquellos estudiantes que se destacan premios especiales:

1. Reconocimiento ante la comunidad educativa a los estudiantes que se destacan en las diferentes actividades de tipo artístico y deportivo.

2. Representar al Colegio en eventos o actividades a que sea invitado.

3. Premiar a los estudiantes que se destacan por su desempeño académico con la Mención de Honor.

4. Reconocimiento y exaltación en izadas de bandera por rendimiento académico e interiorización de valores.

5. Premio a Toda una vida: Reconocimiento a los estudiantes que han pertenecido a la comunidad Arkadiana desde pre jardín.

Art. 51. EVALUACIÓN ACADÉMICA ESTUDIANTES DE NECESIDADES EDUCATIVAS.

Los procesos de evaluación tienen un enfoque cualitativo, este debe ser integral y continuo, donde se tiene presente los procesos de desarrollo de los estudiantes a nivel cognitivo, metodológico, comunicativo, personal y social; ya que se pretende identificar las características personales, intereses, ritmos de aprendizaje, por medio de fortalezas, debilidades y acciones de mejoramiento que permitan al estudiante,

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LICEO ARKADIA COLOMBIA

docente y padre de familia evidenciar los procesos y competencias que ejecuto durante el periodo académico.

La evaluación cualitativa muestra: las FORTALEZAS que el estudiante obtuvo acorde a las temáticas planteadas, las DEBILIDADES percibidas durante el proceso y las ACCIONES DE MEJORAMIENTO a las que debe comprometerse el estudiante y padre de familia, a dar seguimiento y trabajo continuo de estas con el fin de suplir las diversas necesidades educativas.

Según el SEIA los criterios de evaluación se aplicaran en aula inclusiva y en aula segregada, este proceso tiene una escala de valoración a nivel de competencias, ritmos de proceso y actitudes, de tal forma que se decodifica y se sistematiza la escala de valoración a los diferentes desempeños académicos. Tabla de valoración para NEE

ESCALA DE VALORACIÓN

NACIONAL PUNTAJE

ESCALA DE VALORACIÓN INSTITCIONAL

NIVELES DE COMPETENCIA RITMOS DEL PROCESO ACTITUDES

CUALITATIVA 0 – 100 CUALITATIVA AL TO NORMAL BA JO SIN DIFICULTAD

CON DIFICULTAD POSITIVA NEGATIVA

ALTO 81-100 ALTO X X X

BASICO 66-80 BASICO ALTO X X X

46-65 NORMAL X X X

BAJO 00-45 BAJO X X X

Art 52. CONDUCTO REGULAR EN CONFLICTOS DE ORDEN ACADÉMICO Y DE EVALUACION

Para la definición de situaciones académicas y de evaluación se seguirá el siguiente conducto regular:

1. Profesor de asignatura-estudiante.

2. Director de grupo – profesor - estudiante.

3. Docente - director de grupo - coordinador Académico. El Director de grupo estará al tanto de la remisión.

4. Comisión de Promoción y Evaluación.

5. Consejo Académico

6. Consejo Directivo.

CAPÍTULO 7. SISTEMA NORMATIVO DE CONVIVENCIA

Art. 53. CONCEPTOS GENERALES DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR.

En concordancia con la Ley 1620 de 2013, se incorporan al presente Manual de Convivencia los siguientes conceptos:

1. Competencias ciudadanas: Es una competencias básicas definida como el conjunto de conocimientos y de habilidades cognitivas, emocionales y comunicativas que, articulados entre sí, hacen posible que el ciudadano actúe de manera constructiva en una sociedad democrática.

2. Educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos: Es aquella orientada a formar personas capaces de reconocerse como sujetos activos titulares de derechos humanos, sexuales y reproductivos con la cual desarrollarán competencias para relacionarse consigo mismo y con los demás, con criterios de respeto por sí mismo, por el otro y por el entorno, con el fin de poder alcanzar un estado de

bienestar físico, mental y social que les posibilite tomar decisiones asertivas, informadas y autónomas para ejercer una sexualidad libre, satisfactoria, responsable y sana en torno a la construcción de su proyecto de vida y a la transformación de las dinámicas sociales, hacia el establecimiento de relaciones más justas, democráticas y responsables.

3. Acoso escolar o bullying: Conducta negativa, intencional metódica y sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un niño, niña, o adolescente, por parte de un estudiante o varios de sus pares con quienes mantiene una relación de poder asimétrica, que se presenta de forma reiterada o a lo largo de un tiempo determinado.

También puede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o por parte de estudiantes contra docentes, ante la indiferencia o complicidad de su entorno. El acoso escolar tiene consecuencias sobre la salud, el bienestar emocional y el rendimiento escolar de los estudiantes y sobre el ambiente de aprendizaje y el clima escolar del establecimiento educativo.

4. Ciberbullying o ciberacoso escolar: Forma de intimidación con uso deliberado de tecnologías de información (internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y videojuegos online) para ejercer maltrato psicológico y continuado.

5. Conflictos. Son situaciones que se caracterizan porque hay una incompatibilidad real o percibida entre una o varias personas frente a sus intereses.

6. Conflictos manejados inadecuadamente. Son situaciones en las que los conflictos no son resueltos de

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manera constructiva y dan lugar a hechos que afectan la convivencia escolar, como altercados, enfrentamientos o riñas entre dos o más miembros de la comunidad educativa de los cuales por lo menos uno es estudiante y siempre y cuando no exista una afectación al cuerpo o a la salud de cualquiera de los involucrados.

7. Agresión escolar. Es toda acción realizada por uno o varios integrantes de la comunidad educativa que busca afectar negativamente a otros miembros de la comunidad educativa, de los cuales por lo menos uno es estudiante. La agresión escolar puede ser física, verbal, gestual, relacional y electrónica.

a. Agresión física. Es toda acción que tenga como finalidad causar daño al cuerpo o a la salud de otra persona. Incluye puñetazos, patadas, empujones, cachetadas, mordiscos, rasguños, pellizcos, jalón de pelo, entre otras.

b. Agresión verbal. Es toda acción que busque con las palabras degradar, humillar, atemorizar, descalificar a otros. Incluye insultos, apodos ofensivos, burlas y amenazas.

c. Agresión gestual. Es toda acción que busque con los gestos degradar, humillar, atemorizar o descalificar a otros.

d. Agresión relacional. Es toda acción que busque afectar negativamente las relaciones que otros tienen. Incluye excluir de grupos, aislar deliberadamente y difundir rumores o secretos buscando afectar negativamente el estatus o imagen que tiene la persona frente a otros.

e. Agresión electrónica. Es toda .acción que busque afectar negativamente a otros a través de medios electrónicos. Incluye la divulgación de fotos o videos íntimos o humillantes en Internet, realizar comentarios insultantes u ofensivos sobre otros a través de redes sociales y enviar correos electrónicos o mensajes de texto insultantes u ofensivos, tanto de manera anónima como cuando se revela la identidad de quien los envía.

8. Violencia sexual. De acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 1146 de 2007, “se entiende por violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes todo acto o comportamiento de tipo sexual ejercido sobre un niño, niña o adolescente, utilizando la fuerza o cualquier forma de coerción física, psicológica o emocional, aprovechando las condiciones de indefensión, de desigualdad y las relaciones de poder existentes entre víctima y agresor”.

9. Vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es toda situación de daño, lesión o perjuicio que impide el ejercicio pleno de los derechos de los niños, niñas y adolescentes

10. Restablecimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es el conjunto de actuaciones administrativas y de otra naturaleza, que se desarrolla restauración de su dignidad e integridad como sujetos de

derechos, y de su capacidad para disfrutar efectivamente de los derechos que le han sido vulnerados.

Art. 54. PRINCIPIOS DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR. En concordancia con la Ley 1620 de 2013 y su Decreto Reglamentario, se tendrán como principios Generales del Sistema Nacional de Convivencia Escolar:

1. Participación. En virtud de este principio las entidades y establecimientos educativos deben garantizar su participación activa para la coordinación y armonización de acciones, en el ejercicio de sus respectivas funciones, que permitan el cumplimiento de los fines del Sistema. Al tenor de la Ley 115 de 1994 y de los artículos 31, 32, 43 y 44 de la Ley 1098 de 2006, los establecimientos educativos deben garantizar el derecho a la participación de niños, niñas y adolescentes en el desarrollo de las estrategias y acciones que se adelanten dentro de los mismos en el marco del Sistema. En armonía con los artículos 113 y 288 de la Constitución Política, los diferentes estamentos estatales deben actuar en el marco de la coordinación, concurrencia, complementariedad y subsidiariedad; respondiendo a sus funciones misionales.

2. Corresponsabilidad. La familia, los establecimientos educativos, la sociedad y el Estado son corresponsables de la formación ciudadana, la promoción de la convivencia escolar, la educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes desde sus respectivos ámbitos de acción, en torno a los objetivos del Sistema y de conformidad con lo consagrado en el artículo 44 de la Constitución Política y el Código de la Infancia y la Adolescencia.

3. Autonomía: Los individuos, entidades territoriales e instituciones educativas son autónomos en concordancia con la Constitución Política y dentro de los límites fijados por las leyes, normas y disposiciones.

4. Diversidad: El Sistema se fundamenta en el reconocimiento, respeto y valoración de la dignidad propia y ajena, sin discriminación por razones de género, orientación o identidad sexual, etnia o condición física, social o cultural. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a recibir una educación y formación que se fundamente en una concepción integral de la persona y la dignidad humana, en ambientes pacíficos, democráticos e incluyentes.

5. Integralidad: La filosofía del sistema será integral y estará orientada hacia la promoción de la educación para la autorregulación del individuo, de la educación para la sanción social y de la educación en el respeto a la Constitución y las leyes.

PARÁGRAFO 1: El Comité podrá invitar con voz pero sin voto a un miembro de la comunidad educativa conocedor de los hechos, con el propósito de ampliar información.

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LICEO ARKADIA COLOMBIA

Art 55. REGLAMENTO DEL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA.

El Comité Escolar de Convivencia, tendrá su propio Reglamento para sesionar de acuerdo con la Ley 1620 de 2013 y dicho Reglamento, se incorpora al Manual de Convivencia Escolar.

Art 56. FECHA LÍMITE DE CONFORMACIÓN DEL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA.

Bajo la dirección del(a) Rector(a), y en concordancia con la prioridad que debe tener esta instancia, de acuerdo con la ley 1620 de 2013, el Comité será presentado dentro de los 8 días hábiles siguientes a las elecciones del Gobierno Escolar. En caso de no haberse realizado elecciones, el Rector podrá convocar al Comité de Convivencia del año anterior.

Art 57. CONFORMACIÓN. El Comité Escolar de convivencia estará conformado por:

• El rector del establecimiento educativo, quien preside el comité

• El personero estudiantil

• La psicóloga o en su defecto un docente con funciones de orientación

• El coordinador de convivencia

• El presidente del consejo de padres de familia

• El representante del consejo de estudiantes

• El director de grupo correspondiente.

Art 58. FUNCIONES DEL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIASon funciones del comité de convivencia:

1. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes.

2. Liderar en el Colegio, acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa.

3. Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que respondan a las necesidades de su comunidad educativa.

4. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la comunidad educativa. El estudiante estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un compañero del establecimiento educativo.

5. Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el artículo 29 de esta ley, frente a situaciones específicas de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este comité de acuerdo con lo establecido en el manual de convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, y revistan las características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte de la estructura del Sistema y de la Ruta.

6. Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

7. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el manual de convivencia, y presentar informes a la respectiva instancia que hace parte de la estructura del Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar, de los casos o situaciones que haya conocido el comité.

8. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio que lean el contexto educativo y su pertinencia en la comunidad para determinar más y mejores maneras de relacionarse en la construcción de la ciudadanía.

9. Darse su propio reglamento, el cual debe abarcar lo correspondiente a sesiones, y demás aspectos procedimentales, como aquellos relacionados con la elección y permanencia en el comité del docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar

10. Garantizar el derecho a la intimidad y a la confidencialidad de los datos personales que sean tratados en el marco de las actuaciones que este adelante.

Art 59. ACTO DE CONFORMACIÓN.

Una vez realizadas las elecciones del Gobierno Escolar, el Rector fijará fecha para realizar el acto de conformación del Comité Escolar de Convivencia, dejando un acta como constancia.

Art 60.SESIONES ORDINARIAS.

El Comité Escolar de Convivencia sesionará como mínimo una vez cada dos meses. La citación para sesiones ordinarias debe ser comunicada por el Rector a todos los miembros, con por lo menos 10 días de anticipación.

Art 61. SESIONES EXTRAORDINARIAS.

Las sesiones Extraordinarias serán convocadas por el Rector ya sea por su propia iniciativa o por iniciativa de alguno de los miembros del Comité, a través del medio más idóneo posible

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y se realizarán a más tardar dentro de los dos días siguientes a la Convocatoria.

Art 62. FORMALIDAD DE LAS SESIONES Y QUÓRUM.

Las sesiones podrán realizarse de manera virtual o presencial, dependiendo de las posibilidades técnicas que se dispongan para dicha reunión, fomentando siempre la participación abierta de los miembros del Comité.

El Comité Escolar de Convivencia aplicará para sus decisiones la votación por mayoría absoluta y podrá sesionar con la asistencia de la mitad más uno de sus miembros. Las decisiones se adoptarán por la mayoría absoluta de los miembros del Comité. Las votaciones podrán ser presenciales o virtuales, dejando constancia en las Actas del tipo de votación utilizado por cada miembro.

Art 63. ACTAS.

Por cada sesión que realice el Comité Escolar de Convivencia se deberá elaborar un Acta, la cual deberá contener como mínimo:

a. Lugar, fecha y horas de inicio y cierre de la reunión.

b. Registro de los miembros del Comité que asistieron a la sesión y de los ausentes, dejando constancia de la excusa de los ausentes en caso de haberla comunicado previamente

c. Indicación de los medios utilizados para comunicar la citación a los miembros del Comité.

d. Síntesis de los temas tratados en la reunión, así como de las acciones, medidas recomendaciones, conceptos adoptados y sentido de las votaciones.

e. Firma de los asistentes.

Art 64. CONFIDENCIALIDAD.

El Comité Escolar de Convivencia deberá garantizar el derecho a la intimidad y a la confidencialidad de los datos personales que sean tratados en el marco de cada una de las actuaciones.

Art 65. ACCIONES O DECISIONES.

El Comité Escolar de Convivencia armonizará, articulará, implementará y evaluará, en la institución, las políticas, estrategias y programas relacionados con la promoción y fortalecimiento de la formación para la ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, y la prevención y mitigación de la violencia escolar y el embarazo en la adolescencia, de los estudiantes de los niveles educativos de preescolar, básica y media a partir de las estadísticas e indicadores que arroje el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar, de los lineamientos trazados por el Comité Nacional de Convivencia Escolar, de los resultados de la evaluación de competencias ciudadanas que realizan las pruebas SABER, y de otras fuentes de información pertinentes.

Art 66. CONFLICTO DE INTERESES Y CAUSALES DE IMPEDIMENTO Y RECUSACIÓN. Cuando en el Comité Escolar de Convivencia respecto a las

actuaciones adelantadas en ejercicio de sus funciones, se presenten conflicto de intereses o causales de impedimento o recusación se procederá de la siguiente manera:

Cualquier miembro del Comité de Convivencia Escolar en virtud de la primacía del interés general, deberá declararse impedido cuando en un conflicto tenga intereses particulares, para que el Comité designe a otro miembro provisionalmente. Se considera que existe impedimento si el miembro del Comité:

1. Tiene interés particular y directo en el asunto en discusión o lo tiene su cónyuge, compañero o compañera permanente, o alguno de sus parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil.

2. Conoció el asunto en una oportunidad anterior o lo hizo su cónyuge, compañero permanente o alguno de sus parientes indicados en el numeral anterior.

3. Si es el representante legal de alguno de los implicados.

4. Si tiene controversias administrativas o jurisdiccionales con uno de los implicados o las tiene su cónyuge, compañero permanente, o alguno de sus parientes indicados en el numeral 1.

5. Si hizo o recibió denuncias penales por alguno de los implicados, o las hizo su cónyuge, compañero o pariente hasta el segundo grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil, y que el denunciado se halle vinculado a la investigación penal.

6. Si existe enemistad grave con uno de los implicados en el conflicto por hechos ajenos al conflicto institucional o una especial amistad con alguno de los interesados en el asunto que se discute.

7. Si el miembro del Comité, su cónyuge o parientes mencionados en el numeral 1 es acreedor o deudor de alguna de las personas implicadas en el asunto que conoce el Comité.

8. Si el miembro del Comité, su cónyuge o parientes mencionados en el numeral 1 es socio de alguna de las personas interesadas en la actuación.

9. Si aconsejó a uno de los implicados en la decisión que lo compromete en el asunto en discusión.

10. Si se encuentra decidiendo otro asunto en el que esté implicada la misma persona que se encuentra en la discusión del asunto.

11. Si su ingreso al Colegio como trabajador o como miembro de la Comunidad educativa lo hizo por recomendación de uno de los implicados en el asunto.

Art 67. TRÁMITE DE LOS IMPEDIMENTOS Y RECUSACIONES.

En caso de impedimento el miembro del Comité lo hará saber al Rector dentro de los dos días siguientes a la citación para la cual fue convocado y por lo menos con un día de anterioridad a la reunión, para que pueda ser convocado un suplente.

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Cuando cualquier miembro de la Comunidad educativa presente una recusación, el recusado manifestará si acepta o no la causal invocada, dentro de los cinco (2) días siguientes a la fecha de su formulación.

Ninguna actuación del Comité será válida hasta que se decida una manifestación de impedimento o de recusación.

Art 68. VIGENCIA Y MODIFICACIONES DEL REGLAMENTO DEL COMITÉ.

El reglamento interno rige a partir de su publicación con el Manual de Convivencia y se podrá modificar por votación de la mayoría absoluta de sus miembros ya sea en sesión ordinaria o extraordinaria, siempre y cuando se haya citado para tal fin.

Art 69. RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL.

La Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar del Colegio, es el instrumento que define los procesos y orienta los respectivos Protocolos que debe seguir la Institución educativa para favorecer la convivencia escolar, fortalecer la formación en derechos humanos, la educación para la sexualidad, la prevención y disminución de la violencia escolar y la defensa de los derechos y libertades sexuales y reproductivas.

El Colegio, como parte del Sistema Nacional de Convivencia Escolar, debe garantizar la atención inmediata, pertinente y oportuna de los casos de violencia escolar, acoso o vulneración de derechos sexuales y reproductivos que se presenten tanto al interior de la Institución como en sus alrededores y que involucren a niños, niñas y adolescentes de los niveles de educación preescolar, básica y media y los casos de embarazo adolescente de los cuales tenga noticia.

CLASIFICACIÓN DE LAS SITUACIONES QUE AFECTAN LA CONVIVENCIA ESCOLAR.

Cualquier situación que afecte la Convivencia Escolar, y el libre ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos se debe clasificar en una de las siguientes categorías:

a. SITUACIONES TIPO I. Son todas las situaciones que incluyen conflictos manejados inadecuadamente y las situaciones esporádicas u ocasionales que afectan negativamente el clima escolar, pero que en ningún caso generan daño al cuerpo o a la salud.

b. SITUACIONES TIPO II. Son todas las situaciones en las que se evidencie agresión escolar, acoso escolar o bullying o ciberacoso escolar (Ciberbullying) que no revistan la comisión de ningún delito según la legislación vigente y que presenten las siguientes características

I. Que se presenten de manera repetitiva y sistemática

II. Que generen un daño al cuerpo o a la salud de un miembro de la comunidad educativa sin generar incapacidad en los involucrados.

c. SITUACIONES TIPO III. Son todas las situaciones de agresión escolar que sean constitutivas de presuntos

delitos contra la libertad, la integridad y la formación sexual referidos en el Título IV del Libro 11 de la Ley 599 de 2000, o cuando constituyen cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana vigente.

PROTOCOLOS DE ATENCIÓN A LA CONVIVENCIA ESCOLAR

Los protocolos son los instrumentos que desarrollan la Ruta de Atención Integral y garantizan el Debido Proceso Constitucional en la atención de cualquier situación que genere afectaciones negativas en la Convivencia Escolar y fortalezca la implementación de estrategias eficaces que garanticen una adecuada Convivencia Escolar y garanticen el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

Los Protocolos serán aplicados según el Tipo de Situación que se presente entre los estudiantes, o desde los estudiantes hacia cualquier miembro de la comunidad educativa o desde cualquier miembro de la comunidad educativa hacia estudiantes. En este contexto, los Protocolos tendrán aplicación extensiva si en las situaciones tipo 1,2 y 3 están implicadas personas que estén vinculadas a las empresas que prestan servicios a la Institución educativa, en la medida que el Colegio debe garantizar el cumplimiento de las normas del Sistema Nacional de Convivencia Escolar.

1. PROTOCOLO I PARA ATENCIÓN INTEGRAL DE SITUACIONES TIPO I.

a. El Coordinador de Convivencia reunirá inmediatamente a las partes involucradas y realizará una mediación para que cada una exponga su posición frente al conflicto y busquen la reparación inmediata de los daños causados, la reconciliación de las partes y el restablecimiento de derechos en caso de que hayan sido vulnerados.

b. Se dejará constancia escrita de los compromisos que adquiere cada una de las partes para la resolución pacífica del conflicto, garantizando el retorno a un clima de tranquilidad, al respeto del buen nombre de los implicados. A la equidad y la justicia

c. Archivar el Acta de Compromiso de las partes para hacer seguimiento.

d. Realizar seguimiento periódico al caso para verificar el cumplimiento de los compromisos y decidir si se procede a la activación del Protocolo II.

2. PROTOCOLO II PARA ATENCIÓN INTEGRAL DE SITUACIONES TIPO II.

a. Si el conflicto que se presenta lleva consigo un daño al cuerpo o a la salud física o mental, el Colegio a través de la Coordinación de Convivencia garantizará la atención inmediata y remitirá a la instancia del Colegio encargada de atender las urgencias de salud física o mental, y en caso de ser necesario, la remisión a las entidades externas que garanticen la salud mental o física.

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b. El Coordinador de Convivencia, dejará constancia escrita de la remisión y de la situación que se presenta, comunicando a los respectivos Directores de Grupo de los estudiantes implicados.

c. La Coordinación de Convivencia garantizará la protección de las personas afectadas por el conflicto, evitando acciones en su contra generadas por el mismo conflicto que se pretende resolver.

d. El Colegio, a través de la Coordinación o de la instancia responsable, informará de manera inmediata y expresa a los padres de familia y en su defecto a los acudientes de los estudiantes involucrados, dejando constancia de la persona que realizó la comunicación, la hora, la fecha, el medio utilizado y el receptor de la comunicación.

e. En caso de que no se pueda realizar comunicación inmediata se dejará constancia ante dos testigos mayores de edad.

f. La Coordinación de Convivencia realizará dentro de las 24 (veinticuatro) horas siguientes al hecho, una reunión a través de la cual, las partes involucradas, puedan exponer su versión sobre lo acontecido, guardando siempre la debida confidencialidad, preservando el derecho a la intimidad y al buen nombre y garantizando el derecho a no declarar contemplado en la Constitución Colombiana. Si el involucrado es un menor de edad, deberá comparecer a la reunión acompañado de su representante legal.

g. Después de escuchadas las versiones, el Coordinador determinará las acciones restaurativas que garanticen la reparación de daños, el restablecimiento de derechos si se vulneraron y la reconciliación pacífica, dejando constancia a través de documento escrito.

h. El Coordinador archivará la documentación para hacer seguimiento a los compromisos adquiridos y en caso de ser necesario se realizará el correspondiente Proceso Disciplinario.

i. El Coordinador comunicará la situación al Presidente del Comité, quien enviará copia del mismo a los miembros del Comité para dejar constancia del seguimiento y escuchar su opinión sobre las medidas adoptadas.

j. Si la Coordinación evidencia que el caso corresponde a una Situación Tipo III se activará el correspondiente Protocolo.

k. En la reunión del Comité Escolar de Convivencia se dejará constancia del conocimiento que todos los miembros tienen de los casos registrados y se firmará por todos los miembros del Comité.

l. El Presidente del Comité Escolar de Convivencia enviará un reporte al Sistema Unificado de Convivencia Escolar que haya adoptado la Institución y en caso de ser necesario, remitirá la situación al ICBF para el restablecimiento de derechos o a las entidades del Sistema de Seguridad Social Integral para la atención inmediata.

3. PROTOCOLO II PARA ATENCIÓN INTEGRAL DE SITUACIONES TIPO II.

a. En caso de presentarse un daño al cuerpo o a la salud de un miembro de la comunidad educativa, se remitirá a la enfermería del Colegio para aplicar las medidas inmediatas que sean competencia de esta instancia según las leyes médicas vigentes y se orientará la atención inmediata a través de la remisión a las entidades del Sistema de Seguridad Social.

b. El Colegio a través de la instancia correspondiente, comunicará de manera inmediata a los padres de familia o acudientes de todos los estudiantes que se encuentren involucrados en el hecho, dejando constancia de la persona encargada de la comunicación, de la hora, la fecha, el medio utilizado y el nombre de la persona que atiende.

c. En caso de que no se pueda realizar comunicación inmediata se dejará constancia ante dos testigos mayores de edad.

d. El Presidente del Comité de Convivencia comunicará por el medio más idóneo posible y de manera inmediata a la Policía Nacional sobre los hechos de los cuales tiene conocimiento.

e. El Presidente de forma extraordinaria convocará a los miembros del Comité, dejando constancia de dicha convocatoria, para una reunión que se deberá realizar dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes.

f. El Comité de Convivencia Escolar rendirá un informe de los hechos conocidos; de las actuaciones realizadas, de las instancias que han intervenido y de la comunicación realizada a la Policía Nacional, guardando reserva de todo aquello que pueda afectar el buen nombre o la intimidad de los involucrados.

g. El Comité, a través del Presidente, adoptará todas las medidas que busquen la protección de los involucrados y garantizará el debido proceso en las medidas disciplinarias propias del establecimiento, que serán adelantadas por el Coordinador de Convivencia dejando constancia de dichas medidas.

h. El Presidente del Comité comunicará el caso según la tecnología o aplicativos usados para llevar la información al Sistema Unificado de Convivencia Escolar.

i. El Presidente del Comité Escolar de Convivencia realizará el seguimiento a los casos registrados, comunicará al caso al Comité Municipal de Convivencia Escolar y en caso de ser necesario al Comité Departamental que ejerza jurisdicción según el domicilio del Colegio.

Parágrafo 1. Si en cualquiera de las situaciones contempladas en el art 40 del Decreto 1965 de 2013, el Presidente del Comité de Convivencia Escolar evidencia vulneración de derechos de niñas, niñas o adolescentes, informará a la autoridad administrativa correspondiente que tenga jurisdicción en el Municipio de Cota, con todos los soportes

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de las acciones previas adelantadas en la institución para que dichas autoridades procedan según lo contemplado en la Ley 1098 de 2006 para restablecer los derechos y contribuir al mejoramiento del ambiente escolar.

Parágrafo 2. En todos las situaciones donde se evidencien conductas constitutivas de presuntos delitos según el Código Penal Colombiano, ya sea por acciones u omisiones realizadas por menores o mayores de edad implicados en las situaciones, el Presidente del comité informará a las respectivas autoridades para que realicen los procedimientos respectivos ajustados al Sistema de Responsabilidad Penal de menores de edad o de mayores de edad, evitando la extralimitación de funciones y la vulneración de derechos fundamentales, especialmente del derecho al debido proceso constitucional.

Parágrafo 3. En concordancia con el Decreto 1965 de 2013, el Rector como Presidente del Comité de Convivencia Escolar deberá activar los Protocolos de las correspondientes autoridades que deben conocer los hechos presentados.

Parágrafo 4. En concordancia con el Decreto 1965 de 2013, el Rector garantizará el adecuado manejo de los Protocolos cuando se afecte la salud mental de los niños, niñas, adolescentes o mayores de edad involucrados en las situaciones descritas en el Decreto.

Parágrafo 5. El Colegio, a través del Contrato de Matrícula, exige a los padres de familia la afiliación de los menores a un Plan Obligatorio de Salud, acorde con el Sistema General de Seguridad Social y conforme con lo dispuesto en la Ley 1098 de 2006 y la Ley 1438 de 2011, sobre la atención preferente a la infancia y adolescencia, y estos a su vez se comprometen a asumir todas las consecuencias derivadas del incumplimiento de dicha obligación.

4. DIRECTORIO DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR.El Directorio de Atención Integral a la Convivencia escolar incluye las siguientes líneas telefónicas:

ENTIDAD TELÉFONO DIRECCIÓN

Hospital de Suba 662 1111 Avenida Cra 104 No. 152 C - 50

Comisarías de familia 327 97 97 Ext. 1100/1101/1136/1659 Carrera 94 A # 129 B 28

CAVIF ( Unidad de delitos contra la armonía y la violencia

intrafamiliar)

2820581 - 57(1) 2820581 Cr. 13 No. 18 - 38 P. 4

Centro de Atención e Investigación Integral a las

Víctimas de Delitos Sexuales (CAIVAS)

3750329 - 57(1) 3750342 33 No. 18-33 Piso 2.

Centro Especializado (CESPA) PUENTE ARANDA

Centro de servicios judiciales para adolescentes.

4377630 - Ext.: Desde 119016 hasta la 119018 y desde 119022 hasta la 119027

Calle 12 No. 30 – 35 piso 3

ICBF centro zonal suba 4377630 - Ext.: Desde 126000 hasta la 126007 - 126011-126100

Dirección: Avenida Carrera 58 No. 128 B - 94 - Barrio Las

Villas Pisos 3 y 4

GEDES grupo elite de delitos sexuales abusador desconocido

antes de 72 horas

Línea 123 24 horas en línea

Casa de la justicia sede suba 692 50 96 Carrera 93 N.146 C - 50

URI Engativá 430 3318 Cr. 78 A No. 77 A - 62

CAPÍTULO 8. SISTEMA DISCIPLINARIO Y DE CONVIVENCIA

Art 70. POTESTAD DISCIPLINARIA

La potestad disciplinaria se encuentra en cabeza del Rector del establecimiento educativo, quien velará para que en todas las actuaciones se respeten los derechos fundamentales constitucionales y los principios de la convivencia aquí contenidos.

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Manual de convivencia 2015

Art 71. PRINCIPIOS APLICABLES A TODO PROCESO DISCIPLINARIO

Todos los procesos disciplinarios estarán orientados por los siguientes principios:

1. Debido Proceso. Todo proceso debe tener una norma aplicable, con una autoridad competente y unas formas reglamentarias acordes con la Constitución y la Ley colombiana y los tratados Internacionales que hacen parte del Bloque de Constitucionalidad.

2. Presunción de inocencia. Toda persona se presume inocente hasta que no se demuestre lo contrario en un proceso disciplinario.

3. Derecho a la defensa. Toda persona implicada en un proceso disciplinario tendrá derecho a ser oída en las diferentes instancias del procedimiento.

4. Presunción de buena fe. Se presume que todas las personas obran de buena fe en sus actuaciones, por tanto la mala fe deberá probarse.

5. Legalidad. Todo miembro de la comunidad educativa que sea implicado en un proceso disciplinario, solo será sancionado en virtud de norma expresa, contenida en este Manual o en la Legislación colombiana

6. Igualdad. Todos los estudiantes y demás miembros de la comunidad educativa recibirán el mismo trato, sin ningún tipo de discriminación por razones de edad, raza, origen familiar o nacional, lengua, opinión política o filosófica o inclinación sexual.

Art 72. DEBIDO PROCESO DISCIPLINARIO

El debido proceso disciplinario estará estructurado por las siguientes etapas:

1. Noticia disciplinaria o investigación de oficio. La noticia disciplinaria se inicia cuando el (la) Coordinador(a) de Convivencia recibe de cualquier miembro de la comunidad una queja o una noticia que presuntamente constituya una falta contenida en el Manual de Convivencia, o cuando el(la) mismo(a) Coordinador(a). La investigación oficiosa se inicia cuando el mismo Coordinador conoce un hecho de primera mano, que pueda constituir una falta contemplada en el Reglamento escolar.

2. Indagación preliminar. La realiza el(la) Coordinador(a) de Convivencia con el fin de escuchar y recibir por escrito y de manera libre la versión de los implicados, con el fin de precisar los hechos que presuntamente constituyen falta. Si a juicio del(a) Coordinador(a) no se ha cometido falta, los documentos serán archivados. Si este(a) considera que se pudo cometer una falta leve tomará las respectivas medidas persuasivas, disuasivas y correctivas que considere. Si considera que posiblemente se cometió una falta grave o de gravedad especial, comunicará está hipótesis al Rector, quien ordenará la apertura del Proceso Disciplinario.

3. Apertura del proceso disciplinario. Recibida la comunicación del Coordinador(a), el Rector ordenará la apertura del proceso disciplinario ordinario o del Proceso disciplinario especial de Convivencia Escolar contemplado en los Protocolos II y III. El estudiante implicado rendirá descargos por escrito en presencia del personero estudiantil, y tendrá dos días hábiles para aportar las pruebas que considere a su favor dentro del proceso. Si el estudiante acepta los cargos una vez abierto el proceso disciplinario, esta conducta se considera un atenuante de la falta cometida, sin perjuicio de las sanciones a que haya lugar una vez se manifieste la Comisión de Convivencia.

4. Participación de los representantes legales del estudiante. El Colegio a través del(a) Coordinador(a) de Convivencia comunicará a los padres o representantes del estudiante la apertura del proceso disciplinario y estos podrán manifestar su posición de manera verbal o por escrito ante el Coordinador y podrán presentar con el estudiante las pruebas que consideren conducentes para esclarecer los hechos, teniendo en cuenta la libertad de medios de prueba de acuerdo con el Código General del Proceso. El (la) Coordinador(a) de Convivencia siempre dejará constancia escrita de lo actuado en el formato correspondiente.

5. Estudio del caso en la Comisión de Convivencia o en el Comité de Convivencia. Presentados los descargos, la versión libre, la posición de los padres de familia y el material probatorio, la comisión determinará mediante Acta si se ha cometido una falta grave o de especial gravedad y tomará la correspondiente decisión a través de un comunicado motivado a la Rectoría para aplicar la medida disciplinaria correspondiente.

6. Resolución rectoral. Si se decide aplicar una medida disciplinaria, esta se comunicará a los padres de familia mediante resolución rectoral motivada, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la realización de la reunión de la Comisión o del Comité de Convivencia. Una vez notificada la Resolución de manera personal por los padres y por el estudiante, o a través de los medios idóneos de comunicación del Colegio, estos tendrán cinco días hábiles para presentar el correspondiente recurso de reposición, que será resuelto dentro de los cinco días hábiles siguientes a su presentación. Una vez resuelto el recurso de reposición, la resolución adquiere firmeza. La finalización del año escolar o el inicio de un periodo de vacaciones no interrumpen los términos del presente artículo.

Art 73. NORMAS DE CONVIVENCIA INSTITUCIONAL.

Las Normas de Convivencia Institucional y el Régimen disciplinario, son medios orientados a la formación integral del estudiante, que buscan el desarrollo adecuado de competencias sociales que le serán útiles no sólo durante su actividad escolar, sino también en su participación como integrante de una familia y miembro activo de la sociedad.

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Las acciones correctivas de las faltas disciplinarias están encaminadas al cumplimiento del deber y al uso adecuado de la libertad. Con base en estos criterios, se busca estimular antes que reprender y formar antes que castigar.

Art 74. ATENUANTES DE LAS FALTAS

1. Obrar con un motivo altruista desmedido

2. Reconocer la comisión de la falta antes de abrir el proceso disciplinario

3. Reconocer la comisión de la falta de manera personal o conjunta con los padres de familia una vez abierto el proceso disciplinario

4. El hecho de mantener un historial de vida sin faltas graves o de especial gravedad durante su estancia en el Colegio

5. Una afectación psicológica o psiquiátrica conocida con anterioridad por el Departamento de Sicología de la Institución y certificada por profesionales externos

6. Ejecutar conductas de reparación antes de que llegue a la Coordinación la noticia disciplinaria o antes de que se inicie el proceso disciplinario

7. El hecho de haber sido obligado(a) o inducido(a) a realizar la conducta por un adulto o por un estudiante de mayor edad.

Art 75. AGRAVANTES DE LAS FALTAS

Se consideran agravantes de las faltas

1. Ocupar un cargo de elección dentro del Gobierno Escolar

2. Reincidir en las faltas graves o de gravedad especial

3. Ocultar información relacionada con la falta para disminuir su gravedad o inducir u obligar a otros a hacerlo

4. Presentar información falsa en los descargos o en la versión libre

5. Tener pleno conocimiento de la gravedad de la falta

6. Cometer la falta en complicidad con otros o encubriendo a otra persona, sea esta parte de la comunidad educativa o un tercero ajeno a la comunidad del Colegio

7. Atribuir la falta de manera calumniosa o injuriosa a otra persona

8. Cometer varias faltas a través de la misma conducta

9. Cometer la falta aprovechándose de cualquier condición de inferioridad física o mental

10. Cometer faltas que atenten gravemente contra la salud física o mental de cualquier miembro de la Comunidad educativa

11. Utilizar medios de amplia circulación o de público conocimiento para la realización de la conducta.

Art 76. CLASIFICACIÓN DE LAS FALTAS.

De acuerdo con la filosofía del colegio, sus valores y principios; las faltas se clasifican como faltas leves, faltas graves y faltas de gravedad especial, haciendo referencia todas ellas a la conducta individual o colectiva, es decir a hechos verificables.

Art 77. FALTAS LEVES

Son aquellas en las cuales se puede incurrir en el acontecer diario de la vida del colegio, y que contradicen de manera importante la intención formativa del estudiante y de la comunidad educativa en general. Además, muestran deficiencias en cuanto a la comprensión y puesta en práctica de los principios éticos, sociales y morales. Implican directamente a las personas que las comete y afecta la formación y el sano ambiente de la comunidad educativa.

Se consideran faltas leves:

1. Comer en los salones durante las horas de clase y en eventos institucionales sin autorización de los docentes o directivos.

2. Correr y jugar en sitios o momentos de riesgo como el comedor, los salones de clase, la formación colectiva o la zona administrativa.

3. Arrojar basura en cualquiera de los espacios del colegio.

4. Llamar a cualquier persona de la comunidad educativa con apodos o sobrenombres o utilizar vocabulario soez al referirse a un miembro de la comunidad educativa

5. Ingresar sin autorización al colegio prendas de vestir distintas a las del uniforme.

6. Ingresar tarde a clase

7. No portar el uniforme completo, de acuerdo con el modelo establecido los días estipulados.

8. Ingresar a la zona administrativa para realizar actividades ajenas a estas instancias

9. Realizar excesivas demostraciones de afecto con compañeros de igual o diferente sexo como besos en la boca y abrazos apasionados, al igual que sentarse o acostarse sobre las piernas de otro estudiante

10. Portar de manera inadecuada el uniforme (camisa por fuera, pantalones de sudadera rasgados en la bota, prendas que no corresponden al uniforme, pantalones ubicados en la parte inferior de la cintura) u omitir algunas de las exigencias señaladas en el aparte Uso del Uniforme.

11. Portar accesorios como pulseras de colores, anillos lujosos, cadenas, gorros, piercing, aretes largos, pashminas o bufandas, sujetadores de cabello de colores diferentes a los permitidos.

12. Actuar de manera irrespetuosa en actividades como formaciones, izadas de bandera, celebraciones especiales o irrespetar los símbolos patrios o del colegio.

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13. Desordenar la fila de la tienda escolar, empujar e irrespetar a los compañeros.

14. No presentar las excusas médicas o de calamidad familiar dentro del término señalado en este Manual.

15. Dejar de llevar el material solicitado por los docentes para el desarrollo de las clases.

16. Incumplir los deberes académicos hasta por tres veces.

17. Dar un uso inapropiado a los materiales de clase.

18. Presentarse al Colegio con una higiene o presentación personal no ajustada al Manual de Convivencia.

19. Irrespetar los turnos en los espacios que requieren fila, la tienda escolar, las formaciones, las salidas pedagógicas y los encuentros comunitarios.

20. Interrumpir los espacios comunitarios como simulacros de evacuación, izadas de bandera, formaciones, actos religiosos o culturales.

Art 78. FALTAS GRAVES

Son faltas graves, todas las conductas que generan una afectación significativa a la convivencia escolar porque atentan contra los derechos fundamentales de las personas, contra su libertad sexual y contra su dignidad personal, y toda actuación que en general afecte los principios institucionales y los principios de la convivencia.

Se consideran faltas graves:

1. Cualquier conducta constitutiva de acoso escolar o bullying según la ley colombiana.

2. Cualquier conducta constitutiva de Ciberbullying o ciberacoso escolar

3. Cualquier forma de discriminación verbal o escrita, por razón de la nacionalidad, raza, edad, origen, tendencia sexual o género, idioma, filiación política y status social.

4. Reincidir sistemáticamente en la comisión de faltas leves

5. Desacatar una orden de un profesor

6. Realizar cualquier tipo de ventas en el colegio.

7. Usar dispositivos electrónicos no permitidos dentro de los horarios de clase.

8. Realizar o intentar realizar un fraude académico o un plagio

9. Incurrir en falsedad ideológica o material de documentos públicos o privados

10. Obstruir la comunicación con los padres de familia o acudientes, ocultando deliberadamente documentos que contengan información dirigida a estos destinatarios

11. Esconder o botar deliberadamente objetos ajenos de cualquier miembro de la comunidad educativa

12. Participar en juegos de azar realizando apuestas de dinero o mercancías dentro del Colegio

13. Suplantar a un compañero o a cualquier miembro de la comunidad educativa

14. Organizar rifas, apuestas o captaciones de dinero al interior del Colegio si la autorización respectiva de las directivas de las institución

15. Pegar adhesivos no autorizados en la planta física del Colegio o escribir mensajes no autorizados en las paredes, ventanas o cualquier mobiliario del Colegio o de las empresas que prestan servicios al Colegio

16. Portar, hacer circular, vender o utilizar juguetes bélicos como pistolas, navajas plásticas y todo juguete que incite a realizar juegos violentos.

17. Dejar de asistir a los actos institucionales estando en el Colegio.

18. Incurrir en complicidad para cometer faltas graves

19. Atentar contra la biodiversidad de la institución, como dañar, romper, cortar o jugar con los árboles frutales, flores, plantas, lo mismo que maltratar, matar o jugar inadecuadamente con animales silvestres.

20. Dirigirse a un profesor, directiva o cualquier miembro de la institución o del vecindario en forma displicente, irónica, desafiante o grosera.

21. Ejecución de actos de carácter sexual dentro o fuera del colegio y/o que atenten contra la moral y buenas costumbres.

22. Realizar fraude en las evaluaciones, trabajos, talleres, intento de copia en quizes, evaluaciones, exámenes y/o plagio de tareas

23. Traer, portar, promover, alquilar, prestar o vender cualquier tipo de material considerado “pornográfico” según la ley colombiana.

24. Portar, vender o distribuir en cualquier forma, o hacer uso de estupefacientes, bebidas embriagantes, cigarrillo o de elementos que en alguna forma deterioren física o psicológicamente a las personas, dentro de las instalaciones del colegio, en actos organizados por el Colegio o portando al menos una prenda del uniforme del mismo.

25. Ocasionar de manera premeditada, con mala intención acciones que pongan en peligro la salud o la vida de algún miembro(s) de la comunidad educativa, visitante, directivas, docentes, etc.

26. Imputar falsamente a otra persona una falta disciplinaria o deshonrosa

27. Provocar actos de destrucción premeditada contra las instalaciones del colegio o contra los bienes que sean propiedad de cualquier miembro de la comunidad educativa

28. Desprestigiar el buen nombre del colegio con comentarios sin fundamento o mal intencionados o mediante la ejecución de actos indecorosos usando los símbolos del Colegio, incluido el uniforme que identifica a sus estudiantes.

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29. Cometer hurto dentro del colegio, fuera de este, o en el transporte escolar.

30. Fumar cigarrillo dentro o fuera del colegio, en actividades en las cuales se vea comprometido el buen nombre de la institución, o portando una o más prendas del uniforme.

31. Portar o usar armas blancas, de fuego, contundente o todos aquellos elementos que puedan lesionar físicamente.

32. Constreñir, inducir u obligar a otra persona para que cometa faltas graves.

33. Falsificar la firma de cualquier miembro de la comunidad educativa.

34. Apoderarse o sustraer documentación oficial del colegio.

35. Utilizar chantaje o soborno para conseguir algún beneficio grupal o personal.

36. Realizar cualquier acto que a la luz de la legislación colombiana atente contra la libertad y la dignidad sexual.

37. Salir de las instalaciones del Colegio sin autorización previa de los padres de familia o acudientes.

38. Alterar el testimonio de cualquier miembro de la comunidad educativa en beneficio propio.

39. Poner en circulación billetes falsos dentro del Colegio o en actividades organizadas o avaladas por el Colegio

40. Utilizar el uniforme del Colegio al ingresar a establecimientos públicos de juego o de azar o de entretenimiento reservado para adultos.

41. Impedir el acceso a clase o en desarrollo de ellas, obstaculizando la enseñanza, infringiendo las normas del ejercicio académico, la marcha académica o administrativa de la Institución.

42. Suscitar pánico injustificado entre la comunidad del colegio.

43. Subir a internet, videos, fotos, reseñas o cualquier tipo de documento o de información que afecten la imagen de cualquier miembro de la comunidad educativa o que evidencien algún tipo de actividades que vayan en contra de la intención formativa del colegio.

44. Realizar cualquier conducta considerada delictiva por la legislación colombiana.

45. Inmiscuir a compañeros o profesores en mentiras que traigan graves consecuencias entre los miembros de la comunidad.

46. Incumplir las actas de compromiso convivencial firmada en el momento de la formalización de la matrícula del año en curso.

47. Ingresar de manera fraudulenta a cualquier base de datos, dispositivo de almacenamiento, cuenta de correo o banco de información de cualquier miembro de la comunidad educativa o de la Institución

48. Incitar o inducir a otros a cometer cualquiera de las faltas graves señaladas anteriormente.

Art 79. FALTAS DE GRAVEDAD ESPECIAL

Se entiende que una falta es de gravedad especial cuando afecta significativamente el ambiente de convivencia escolar, lesionando el bienestar colectivo o individual, afectando gravemente la salud o el ambiente escolar, generando daños físicos o mentales en los miembros de la comunidad educativa y afectando de manera muy grave el cumplimiento de las obligaciones contractuales suscritas con los padres de familia en el contrato de matrícula.

Se consideran faltas de gravedad especial

1. La reincidencia sistemática en la comisión de faltas graves

2. Portar, guardar, exhibir, usar o fabricar armas, sustancias explosivas o artefactos que contengan sustancias explosivas dentro del Colegio o en actividades organizadas por el Colegio o fuera de las instalaciones del mismo

3. Portar, usar o comercializar dentro de la institución o en actividades organizadas por el Colegio, cualquier tipo de ácido que pueda afectar la integridad personal, gases paralizantes, táser o cualquier objeto de descargas eléctricas que pueda afectar la salud física de los miembros de la comunidad educativa.

4. Presentarse al colegio en estado de embriaguez, bajo el influjo de sustancias psicotrópicas, psicoactivas, enervantes, estupefacientes o aquellas que produzcan dependencia física o psíquica, que alteren la conciencia y el buen desempeño escolar.

5. Ingerir bebidas embriagantes dentro del colegio, en actividades en las cuales se vea comprometido el buen nombre de la institución, o portando una o más prendas del uniforme.

6. Incumplir de manera reiterada los compromisos académicos o de convivencia suscritos por el estudiante y sus padres de familia o acudientes.

7. Tener relaciones sexuales clandestinas o públicas, voluntarias o forzadas dentro de las instalaciones del Colegio o en actividades organizadas por el Colegio

8. Incurrir en cualquiera de las formas de concierto para delinquir contempladas en la legislación colombiana

9. Cometer faltas graves, que a juicio de la Comisión de Convivencia y de la Rectoría estén acompañadas de más de dos agravantes

10. Incurrir en cualquier conducta que según la legislación colombiana atente contra la vida, la libertad personal, la integridad personal o la libertad sexual y reproductiva.

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Art 80. CONDUCTO REGULAR PARA EL CONOCIMIENTO DE LAS FALTAS

La Institución con el apoyo de los diferentes miembros de la Comunidad Educativa, en todo momento buscará persuadir por medio del diálogo y el seguimiento permanente al estudiante comprometido en algún acto de incumplimiento convivencial, apoyándose en el departamento de psicología si la situación lo amerita, cumpliendo el debido proceso como lo establece la Constitución Nacional.

Para la resolución de un conflicto en el que se evidencie la comisión de una falta leve se establece el siguiente CONDUCTO REGULAR:

1. Docente conocedor de la falta.

2. Director de Grupo.

3. Coordinación de Convivencia.

Para la resolución de un conflicto en el que se evidencie la comisión de una falta grave o de especial gravedad se establece el siguiente CONDUCTO REGULAR:

1. Docente conocedor de la falta.

2. Director de Grupo.

3. Coordinación de Convivencia.

4. Comisión de Convivencia o Comité de Convivencia Escolar según el tipo de falta

5. Rectoría con facultades de activar los Protocolos de la Ruta de Atención Integral

6. Instancia de Consulta al Consejo Directivo

7. Comunicación de Resolución Rectoral.

ART 81. MEDIDAS DISCIPLINARIAS

Las medidas disciplinarias podrán ser persuasivas, disuasivas o correctivas dependiendo de la naturaleza de la falta. Toda comisión de falta será anotada en el Observador del estudiante por el docente encargado, el Director de Grupo o el Coordinador de Convivencia.

Art 82. MEDIDAS DISCIPLINARIAS PARA FALTAS LEVES:

Se tendrán como medidas disciplinarias para las faltas leves las siguientes:

1. Llamado de atención verbal por parte del docente que conoce la falta, del Director

2. Llamado de atención verbal por parte del docente que conoce la falta, del Director de Grupo o del Coordinador de Convivencia. Se entiende que esta medida es persuasiva y disuasiva con relación a la conducta del estudiante.

3. Llamado de atención por escrito o Boleta Convivencial 1: Cuando el diálogo no ha sido suficiente para el cambio de actitud en el estudiante y la conducta inadecuada continúa, el Director de grupo diligenciará la boleta convivencial 1 la cual llevará el estudiante a casa y

deberá traer firmada por sus padres al día siguiente con el correspondiente compromiso de cambio para poder ingresar a clases. De este procedimiento se dejará copia en la hoja de vida del estudiante. Se entiende que esta será una medida persuasiva y disuasiva con relación a la conducta del estudiante.

4. Boleta de Convivencia 2 y citación a padres de familia o representante legal del estudiante. Si el comportamiento inadecuado persiste, acumulando dos boletas convivenciales, el Director de grupo y el Coordinador de Convivencia dialogarán con el estudiante y firmarán el observador en presencia de los padres de familia, advirtiendo sobre la posibilidad de aplicar medidas correctivas frente a la conducta, en la medida que la repetición de faltas leves de manera sistemática constituye una falta grave que implica otra medida disciplinaria.

Art 83. MEDIDAS DISCIPLINARIAS PARA FALTAS GRAVES

Cuando un estudiante comete una falta grave estipulada en el Manual de Convivencia será llamado y escuchado por el (la) Coordinador(a) de Convivencia para los correspondientes descargos y quedará constancia por escrito en el observador del estudiante; para hacerlo, estará acompañado por el Personero del Colegio quien formará parte del proceso a desarrollar. Se citará de manera inmediata a los padres de familia para informar sobre el comportamiento inadecuado del estudiante y para dialogar sobre el tipo de falta que cometió; el Director de grupo y el Coordinador de Convivencia dialogarán con el estudiante y los padres, firmando acta de citación.

Se tendrán como medidas disciplinarias para las faltas graves las siguientes:

1. Llamado de atención por escrito o Boleta Convivencial y citación a padres de familia con asignación de trabajo de reflexión. Si se evidencia la comisión de una falta grave, el estudiante recibirá un llamado de atención por escrito con diligenciamiento de la boleta convivencial por parte del Director de Grupo y citación a los padres de familia para hacer un trabajo de reflexión y reparación de la falta, de acuerdo con el análisis de agravantes y atenuantes que ha hecho la Comisión de Convivencia. Se entiende que esta medida es correctiva frente a la comisión de la falta.

En caso de ser necesario, y sin carácter sancionatorio, el Colegio podrá pedir la intervención de un profesional externo, de acuerdo con la tipificación de la falta para complementar el trabajo correctivo.

2. Trabajo social complementario. Si agotado el procedimiento anterior, no se evidencia un cambio significativo en el comportamiento del estudiante, el Director de grupo junto con el Coordinador citarán a los padres o acudientes y se firmará el Acta de Compromiso

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Convivencial. Este procedimiento consiste en formalizar mediante el acta, la realización de un servicio social que disponga la Coordinación de Convivencia dentro de la Institución en un horario especial y alterno a las actividades académicas ordinarias, teniendo el estudiante la obligación de asumir el estudio personal de los contenidos académicos adelantados mientras dure la medida correctiva.

3. Matrícula condicional. Es una figura complementaria del Contrato de Matrícula, que se adiciona como cláusula especial en el mismo contrato o en documento anexo, y que se impone como medida correctiva por parte de la Rectoría en su facultad sancionatoria, con el fin de velar por la permanencia del estudiante en el sistema escolar, pero advirtiendo sobre la necesidad de un cambio comportamental para generar una mejor calidad de vida en la comunidad educativa para poder mantener vigente el contrato de matrícula.

Si se advierte que el estudiante reincide en la comisión de faltas graves o de especial gravedad, el Rector de manera unilateral, previa consulta al Consejo Directivo, podrá dar por terminado el contrato de matrícula, comunicando esta decisión a través de Resolución rectoral motivada, previa citación de los padres de familia, del estudiante y del personero.

La matrícula condicional es una sanción que tiene vigencia durante el año escolar en que fue impuesta. Finalizando el año académico esta acción correctiva se levantará automáticamente si a juicio de la Rectoría se ha evidenciado un cambio significativo en el comportamiento del estudiante.

4. No renovación de cupo. Teniendo en cuenta la gravedad de la falta, el comportamiento del estudiante y el acompañamiento familiar, el Colegio podrá reservarse el derecho de renovación de cupo para el año académico siguiente, manifestando esta decisión a través de resolución rectoral motivada.

5. Retiro inmediato y definitivo del estudiante con terminación unilateral del contrato de matrícula. Las faltas consideradas graves, podrán tener como consecuencia a juicio del Rector, previa consulta a la Comisión de Convivencia, al Comité de Convivencia o al Consejo Directivo, el retiro inmediato y definitivo del estudiante y la terminación unilateral del contrato de matrícula. Esta decisión siempre deberá manifestarse a través de resolución rectoral motivada.

Parágrafo 1. Dependiendo de la gravedad de la falta, el Coordinador de Convivencia y el Rector, pueden, según sus competencias, optar por un trámite distinto al señalado anteriormente y proceder a activar los Protocolos de la Ruta de Atención Integral de Convivencia Escolar.

Parágrafo 2. El estudiante que firme compromiso convivencial en el momento de la formalización de la matrícula, iniciará su proceso a partir de lo establecido en el artículo 81, numeral 2 del presente manual, que hace referencia a las sanciones para faltas graves.

Art 84. MEDIDAS DISCIPLINARIAS PARA FALTAS DE GRAVEDAD ESPECIAL GRAVES

Se tendrán como medidas disciplinarias para las faltas de gravedad especial las siguientes:

1. Matrícula condicional. Se impone como medida correctiva por parte de la Rectoría en su facultad sancionatoria, con el fin de velar por la permanencia del estudiante en el sistema escolar, al igual que al estudiante que ha cometido faltas graves de manera reiterada.

2. No renovación de cupo. Una vez estudiado el caso por la Comisión de Convivencia o el Comité Escolar de Convivencia, el Colegio podrá reservarse el derecho de renovación de cupo para el año académico siguiente, manifestando esta decisión a través de resolución rectoral motivada.

3. Pérdida del derecho a asistir a la ceremonia pública de graduación. Esta medida correctiva se aplicará al estudiante de Grado Undécimo que en el desarrollo de su último año académico incurra en la comisión de faltas de especial gravedad previstas en este Manual, previo estudio de la Comisión de Convivencia o del Comité de Convivencia, previa consulta del Consejo Directivo y previa comunicación de la decisión mediante Resolución Rectoral motivada

4. Retiro inmediato y definitivo del estudiante con terminación unilateral del contrato de matrícula. Las faltas consideradas de especial gravedad, podrán tener como consecuencia a juicio del, Rector, previa consulta a la Comisión de Convivencia, al Comité de Convivencia o al Consejo Directivo, el retiro inmediato y definitivo del estudiante y la terminación unilateral del contrato de matrícula. Esta decisión siempre deberá manifestarse a través de resolución rectoral motivada.

Parágrafo 1. Dependiendo de la gravedad de la falta, el Coordinador de Convivencia y el Rector, pueden, según sus competencias, optar por un trámite distinto al señalado anteriormente y proceder a activar los Protocolos II y III de la Ruta de Atención Integral de Convivencia Escolar.

Art. 85. CAUSALES DE PÉRDIDA DE CUPO

1. La comisión reiterada de faltas graves por parte del estudiante.

2. La comisión de una falta de especial gravedad de las contempladas en el Manual de Convivencia.

3. El bajo rendimiento académico y el incumplimiento de los compromisos académicos y convivenciales.

4. El incumplimiento de los padres o acudientes con los compromisos económicos adquiridos al momento de firmar la matrícula o cualquier otro compromiso adquirido por el colegio posteriormente, podrá acarrear la pérdida del cupo para el estudiante y la no renovación de la matrícula.

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Art.86. CAUSALES QUE IMPIDEN LA GRADUACIÓN COMO BACHILLER

Además de las previstas en el capítulo de Promoción y Evaluación Académica, se considera que los padres de familia que no se encuentren al día en todas sus obligaciones con el Colegio, generan directamente una causal para que la Institución se reserve el derecho de proclamar como Bachiller a un estudiante.

Art. 87. CUMPLIMIENTO DE PRINCIPIOS INSTITUCIONALES

El Colegio se encuentra orientado por una visión y misión claras, conocidas por los padres de familia antes de la firma del Contrato de Matrícula, y por tal motivo no puede ser presionado para cambiar su orientación y filosofía institucional para satisfacer intereses particulares.

Art. 88. PÉRDIDA DE OBJETOS INNECESARIOS O SUNTUOSOS.

El colegio prohíbe a los estudiantes portar sumas de dinero superiores a las que cubra las necesidades diarias, joyas y artículos suntuosos que no hagan parte del uniforme. Prohíbe traer automóviles y portar tarjetas de crédito o débito o títulos valores que puedan extraviarse. El uso de aparatos electrónicos (CELULARES, IPOD, MP3-4, IPAD, RADIOS, VIDEOJUEGOS, JUGUETES, CÁMARAS FOTOGRÁFICAS Y DE VIDEO) se permite durante las actividades académicas, culturales y formativas, solo con la autorización pertinente del docente; quien en su planeación debe justificar, dicho uso. En caso de pérdida o deterioro de estos objetos el colegio no se hace responsable.

Art. 89. SALIDAS EXTRACURRICULARES.

El colegio no apoya ni aprueba ningún tipo de excursión que realicen los estudiantes. Las únicas salidas permitidas obedecen a programas ecológicos y culturales organizados por la institución.

Art. 90. USO DE IMÁGENES DE LOS NIÑOS MENORES DE EDAD EN LA PUBLICIDAD DEL COLEGIO.

En cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), el Colegio informará y solicitará por escrito autorización a los padres de familia.

Art: 91. PROCEDIMIENTO PARA LA REFORMA DEL MANUAL DE CONVIVENCIA

La solicitud de reforma se hace a través del comité de convivencia escolar quien debe enviar la solicitud a través de rectoría, al consejo directivo, en la cual indique claramente título, capítulo y artículo que se desea reformar y los argumentos que motivan la solicitud.

CONCEPTO DE REFORMA. Entiende por reforma al manual de convivencia todo cambio en cualquiera de los títulos, capítulos, artículos y parágrafos que lo componen. Las modificaciones al Reglamento se adaptaran y realizarán anualmente, teniendo en cuenta las disposiciones, normas y leyes vigentes, así como los principios de la institución y serán aprobados por el comité escolar de convivencia y derechos humanos.

PODER DECISORIO. Le compete al consejo directivo de la institución estudiar las propuestas de reforma al manual de convivencia presentadas por alguno de los organismos de participación o por algún miembro de la INSTITUCIÓN, que por su propio nombre, presente la solicitud de reforma.

Parágrafo 1. Acorde con lo establecido en la Ley 115 de 1994, en el artículo 21 de la Ley 1620 de 2013 y en el Decreto 1860 de 1994, los establecimientos educativos en el marco del proyecto educativo institucional deben revisar y ajustar el manual de convivencia y dar plena aplicación a los principios de participación, corresponsabilidad, autonomía, diversidad e integralidad que establece la Ley 1620 de 2013. Parágrafo 2. El manual de convivencia deberá ser construido, evaluado y ajustado por la comunidad educativa integrada por los estudiantes, padres y madres de familia, docentes y directivos docentes, bajo la coordinación del comité escolar de convivencia.

Art. 92. VIGENCIA

El presente reglamento, o Manual de Convivencia, rige a partir de la fecha de su publicación y estará vigente hasta cuando se realicen, actualizaciones de ley, y tenga que ser modificado total o parcialmente. Cada familia, dispondrá de este Manual de Convivencia o Reglamento, lo consultará cotidianamente y velará por su cumplimiento y por ponerlo en práctica en su totalidad, acatándolo por convicción y por compromiso para el sano y pleno desarrollo integral de los educandos.

Este Manual de Convivencia fue adoptado por el Consejo Directivo, según Acta No. 6 de fecha 29 de noviembre de 2014.

En constancia, se firma en Bogotá, D.C. a los 29 días del mes de Noviembre de 2014. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

MARTHA YANETH GUIO VARGAS RECTORA

SONIA E. GONZALEZ CIFUENTES GERENTE

Vo.Bo. CONSEJO DIRECTIVO

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