rol de la unidad de informacion publica
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““ROL DE LA UNIDAD DE INFORMACIÓN PÚBLICA Y ROL DE LA UNIDAD DE INFORMACIÓN PÚBLICA Y DEMÁS AUTORIDADES PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA DEMÁS AUTORIDADES PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA
LEY DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA”LEY DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA”
MISIÓN
Ser el medio que facilite el acceso a la información para cualquier persona, en aras de la transparencia, máxima
publicidad, gratuidad, sencillez y celeridad en el proceso de acceso a la información.
VISIÓN
Garantizar a toda persona, sin discriminación alguna, el ejercicio de su derecho de libre acceso a la información pública
y su participación dentro de la auditoria social y fiscalización ciudadana en los actos de la administración pública.
OBJETIVOSObjetivos Generales:Objetivos Generales:
Garantizar el pleno ejercicio del derecho de acceso a la información de todas las personas, que requieran información del Ministerio de Gobernación o cualquiera de sus Dependencias.
Fortalecimiento de los procesos de transparencia y rendición de cuentas de la administración pública.
Objetivos Específicos:Objetivos Específicos:
Atender con prontitud y eficacia las solicitudes de información que requiera toda persona dentro del plazo legal establecido.
Garantizar el derecho de toda persona de disentir e impugnar la resolución que crea afecta sus intereses.
Orientación general a las personas requirentes de información.
DESPACHO MINISTERIAL
ENLACES DE LA DIRECCIÓN SUPERIOR Y DEPENDENCIAS
UNIDAD DE INFORMACIÓN
PÚBLICA
CONSEJO ESPECÍFICO DE INFORMACIÓN PÚBLICA
ESTRUCTURA ACTUAL
Enlace Sistema
Penitenciario
Enlace Migración
Unidad de Información Pública
Ministerial
Enlace DIGICI
Enlace DC y TN
Enlace PNC
Secretarías
Unidades
Divisiones
Departamentos
Unidades
Departamentos
Sección
Unidades
Delegaciones
Departamentos
Divisiones
Secreataría
Direcciones
Departamentos
Dirección de Asuntos Jurídicos
Unidad deAuditoria Interna
Dirección deInformática
Dirección deRecursos Humanos
Dirección de Planificación
Dirección de Servicios Administrativos y
Financieros
Unidad de Administración
Financiera
Escribanía de Cámara
y de Gobierno
Unidad para la Prevención
Comunitaria de la Violencia
Direcciones GeneralesDirección Superior
RESOLUCION FINAL
Da directrices y norma el acceso a la
información
Solicita información
Ingreso de información a un servidor
Ingreso de información
Ingreso de información
Atención a solicitantes
Solicita información
REPEJU
MARCO NORMATIVO
• Decreto No. 57-2008 del Congreso de la República, que contiene la Ley de Acceso a la Información Pública.
• Acuerdo Ministerial No. 239-2009, creación de la Unidad de Información Pública del Ministerio de Gobernación.
• Resolución Ministerial No. 453-2009, creación del Consejo Específico de Información Pública.
• Criterios de Clasificación y Desclasificación de Información, desarrollados con la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Seguridad y aprobados por el Consejo Nacional de Seguridad.
• Manuales de Procedimientos.
LOGROS ALCANZADOSDEL 21 DE ABRIL AL 31 DE DICIEMBRE 2009
• Un total de 96 mil 935 visitas de usuarios al Sitio Web del Ministerio de Gobernación, Ley de Acceso a la Información, ocupando el tercer lugar entre los 9 Ministerios que conforman el Organismo Ejecutivo.
• El trámite de 472 solicitudes de información, tanto físicas como electrónicas, con un promedio aproximado de 7.6 días para dar respuesta al solicitante.
• Cabe mencionar que la Unidad durante ese período recibió 3 Recurso de Revisión en contra de lo resuelto con motivo de solicitudes de información.
• Al día de hoy se contabiliza un total de 263 solicitudes de información y 5 recursos de revisión interpuestos en contra de 3 expedientes, que contienen información CONFIDENCIAL y RESERVADA.
JUSTIFICACION DE REFORMAR EL ACUERDO MINISTERIAL 239-2009
1) Se han evidenciado algunas deficiencias, tales como la interpretación del concepto Enlace, pues en algunos casos, se deja en manos de quienes desempeñan actividades de apoyo el firmar extensión o negativa de entregar una información en particular, así como la recopilación y publicación de la Información Pública de Oficio (IPO) y que de manera mensual debe ser actualizada.
2) Por otro lado, está el hecho de que, si bien es cierto, que la mayor parte de la información es pública, también existe aquella que reviste carácter de Confidencial o Reservada y que por razones de seguridad, el Director o Subdirector como responsables de generar y administrar la información que tiene en su poder, deben tener conocimiento de la información requerida y resolver la forma en la que se entregue la misma.
1) Designación de Enlaces. Se nombran como Enlaces del Ministerio de Gobernación a los Directores y Subdirectores de las diferentes dependencias, de acuerdo a la estructura administrativa definida en su Reglamento Orgánico Interno.
2) Red de apoyos a los Enlaces. Los Enlaces y sus respectivos suplentes quedan facultados para crear su red de apoyos internos, incluyendo a las jefaturas de departamentos, unidades, y otros, para lograr el eficaz desempeño de sus tareas y resolver las solicitudes de información en los tiempos previstos por la Ley.
4) Finalmente, se contempla la incorporación del Consejo Específico de Información Pública, no obstante que actualmente el mismo funciona de conformidad con lo establecido en Resolución Ministerial No. 453-2009, de fecha 11 de mayo de 2009, con el objeto de consolidar sus bases legales y de esa forma eficientizar las funciones que cumple el mismo.
PROPUESTAResponsabilidades, integración y atribuciones de Enlaces, Red de
Apoyo a Enlaces y Consejo Consultivo de Información Pública
¡TODO CIUDADANO TIENE DERECHO A ¡TODO CIUDADANO TIENE DERECHO A SOLICITAR INFORMACIÓN QUE SE SOLICITAR INFORMACIÓN QUE SE
ENCUENTRE EN PODER DEL ESTADO Y ENCUENTRE EN PODER DEL ESTADO Y LOS FUNCIONARIOS Y SERVIDORES LOS FUNCIONARIOS Y SERVIDORES
PUBLICOS, TIENEN LA OBLIGACIÓN DE PUBLICOS, TIENEN LA OBLIGACIÓN DE ATENDER CON PRONTITUD, EFICACIA Y ATENDER CON PRONTITUD, EFICACIA Y TRANSPARENCIA DICHAS PETICIONES!TRANSPARENCIA DICHAS PETICIONES!
¡MUCHAS GRACIAS!¡MUCHAS GRACIAS!
María Graciela Cabrera AranaMaría Graciela Cabrera AranaEncargada Unidad de Información PúblicaEncargada Unidad de Información Pública
Ministerio de GobernaciónMinisterio de GobernaciónE-mail: E-mail: [email protected] – – [email protected]
Teléfonos: PBX: 2413-8888 Ext. 1540Teléfonos: PBX: 2413-8888 Ext. 1540Celular: 4501-3784Celular: 4501-3784