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Rgimen MYPE Tributario
Rgimen Especial (RER)
Nuevo RUS
INDESCC INJ IGO
Decretos Legislativos N.s 1269 y 1270 (20.12.2016)
Decretos Supremos N.s 402 y 403-2016-EF (31.12.2016)
Facultad para establecer un rgimen jurdico-tributario
especial para las micro y pequeas empresas,
incluyendo tasas progresivas aplicadas a la utilidad o
los ingresos, a eleccin de cada contribuyente.
No podr legislarse en materia de declaracin y
pago del Impuesto General a las Ventas (IGV),
No modificar el Nuevo RUS respecto a la Categora
Especial ni Categoras 1 y 2 en lo referente al importe de la
cuota y tramos de ingresos por compras y ventas.
Rgimen tributario EspecialDelegacin de Facultades
Ley N. 30506 (09.10.2016)
Regmenes TributariosAntes de la Reforma
Ingresos anuales
S/ 360000
S/ 240000
S/ 156000
Rgimen General
S/ 525000Rgimen Especial del Impuesto a la Renta
S/ 96000NRUS Categora 2
S/ 60000NRUS Categora Especial NRUS Categora 1
NRUS Categora 5
NRUS Categora 4
NRUS Categora 3
http://rpp.pe/economia/economia/picon-100-mil-mypes-pagaran-mas-impuestos-con-nuevo-regimen-tributario-noticia-1020874http://rpp.pe/economia/economia/picon-100-mil-mypes-pagaran-mas-impuestos-con-nuevo-regimen-tributario-noticia-1020874http://gestion.pe/economia/regimen-mype-tributario-otorgara-mayor-flujo-efectivo-emprendimientos-2178761http://gestion.pe/economia/regimen-mype-tributario-otorgara-mayor-flujo-efectivo-emprendimientos-2178761
Ingresos anuales
1700 UIT
300 UIT
Rgimen General
Rgimen MYPE Tributario
S/ 525000
S/ 96000
S/ 60000NRUS Categora 1NRUS Categora Especial
NRUS Categora 2
Rgimen Especial del Impuesto a la Renta
Regmenes TributariosRgimen MYPE Tributario - Ubicacin actual
Regmenes TributariosRgimen MYPE Tributario
Decreto Legislativo N 1269
Decreto Supremo N 403-2016-EF
Rgimen MYPE Tributario (RMT)Sujetos
UNIVERSO COMPRENDIDO
Contribuyentes domiciliados que obtengan rentas de tercera
categora cuyos ingresos netos en el ejercicio gravable no superen
las 1 700 UIT.
SUJETOS NO COMPRENDIDOS EXCLUSIONES
Quienes tengan vinculacin directa o indirecta en funcin al
capital y cuyos ingresos conjuntos superen 1 700 UIT.
Sucursales, agencias o cualquier otro establecimiento
permanente.
Quienes en el ejercicio anterior hayan obtenido ingresos
netos anuales superiores a 1 700 UIT.
Ingresos Netos 300 UIT
Ingresos Netos> 300 - 1 700 UIT
RMT
EJERCICIO GRAVABLE
Rgimen MYPE Tributario (RMT)Diseo
Renta Neta
Tasas sobre utilidad
Hasta 15 UIT 10%
Ms de 15 UIT 29.5%
Pagos a cuenta- Coeficiente- Porcentaje (1.5%)
Pagos a cuenta- Flat (1%)
UTILIDAD
Nuevos Inscritos Ya inscritos(3era)
RMT
NRUS
- Con la DJ del mes de la fecha deinicio de actividades / afectacin(incluye RUCs reactivados - sinnegocio Tipos: 01, 03, 05)
- Con la DJ de cualquier mes - Con la DJ de enero
Dentro del vencimiento
Rgimen MYPE Tributario (RMT)Acogimiento
RER RG
Rgimen MYPE TributarioEsquema Determinativo: RMT RG
Liquidacin anual con pagos a cuentaPosibilidad de suspender PC con la presentacin del Formulario 0625 (Hasta 300 UIT)
RgimenIngresos Netos
AnualesPagos a cuenta
Factor de ajuste
Impuesto Anual
RMT Hasta 300 UIT 1% No aplica Hasta 15 UIT - 10%
> 300 hasta 1700 UIT Coeficiente 1.5 % 0.8000 Ms de 15 UIT - 29.5%
Rgimen General
No aplica Coeficiente 1.5 % 1.0536 29.5%
Libros
Hasta 300 UIT: Registro de Ventas, Registro de Compras, Libro Diario de Formato Simplificado
Ms de 300 UIT: De acuerdo al Rgimen General
Gastos = Rgimen General, salvo los siguientes gastos cuyos requisitos formales hansido atenuados:
a) Gastos por depreciacin - Libro Diario de Formato Simplificado
b) Castigos por deudas incobrables y las provisiones equitativas por el mismo concepto -
Libro Diario de Formato Simplificado
c) Desmedros de existencias
Activo: Se depreciara solo el saldo de los activos.
Acompaamiento: Para los Contribuyentes nuevos o que provengan del Nuevo RUS nose sancionara por la infracciones previstas en los numerales 1, 2 y 5 del art. 175, el
numeral 1 del art. 176 y numeral 1 del art. 177 durante el 2017 siempre que subsanen la
infraccin.
Rgimen MYPE Tributario
Otras disposiciones
Modificacin del Art. 65 de la Ley del Impuesto a la Renta
Rgimen MYPE TributarioMedios de Declaracin y Pago
DECLARACION:
a) Declaracin mensual
Formulario 0621 (PDT y virtuales)
b) Declaracin anual:
Se generar formulario oportunamente
PAGO: Para todos los casos
Sistema de Pagos red Bancaria Boleta de Pago 1662
Nmero Pago de SUNAT NPS
CDIGO:
031201 RMTMYP (Renta Rgimen MYPE Tributario)
Ley N 27037 Ley de Promocin de la inversin
de la Amazonia.
Ley N 27360 Ley que aprueba las normas de
Promocin del Sector Agrario.
Ley N 29482 Ley de Promocin para el
desarrollo de las actividades Productivas en
Zonas Altoandinas.
Ley N 27688 Ley de Zona Franca y Zona
Comercial de Tacna.
Ley N 30446 Ley que establece el marco legal
complementario para las Zonas especiales de
desarrollo, la Zona Franca y la Zona Comercial
de Tacna.
Rgimen MYPE TributarioExclusiones
Nuevo RUSD. Leg. N 1270 DS N 402-2016-EF
PARMETROS
CATEGORASTotal Ingresos Brutos
Mensuales (HASTA S/)Total de Adquisiciones Mensuales (HASTA S/)
1 5,000 5,000
2 8,000 8,000
3 13,000 13,000
4 20,000 20,000
5 30,000 30,000
Se conserva solamente estas 2 categoras
Se eliminan esta 3 categoras a partir 01.01.2017
Nuevo RUSD. Leg. N 1270 DS N 402-2016-EF
Reduce las categoras del Rgimen a:
Categora Especial Categoras 1 y 2
Lmite anual de Ingresos Brutos / Adquisiciones = S/ 96,000.00 Soles
Lmite mensual de Ingresos Brutos / Adquisiciones = S/ 8,000.00 Soles
EIRLs excluidas del NRUS
CATEGORIAS
PARMETROS
Total Ingresos Brutos
Mensuales (S/)
Total Adquisiciones
Mensuales (S/)
CUOTA
(S/)
1 5,000 5,000 20
2 8,000 8,000 50
Nuevo RUSD. Leg. N 1270 Acogimiento
Nuevos Inscritos Ya inscritos
NRUS
RER
- Con la inscripcin al RUC.- Con la solicitud de Alta de Tributo.
- Con la declaracin y pago de la cuota de ENERO.
Dentro del vencimiento
RGRMT
Otras DisposicionesNuevo RUS - Ejercicio 2017
EFECTOS DEL CAMBIO
EIRLs
EIRLs acogidas al NRUS hasta el 31/12/2016debern:
1. Elegir nuevo rgimen tributario con lapresentacin de la DJ del periodo ENE-2017.
2. Para que este acogimiento sea vlido: RER (DJ y pago dentro del vcto.) RMT (DJ ENE-2017) RG (DJ ENE-2017)
Contribuyentes con ingresos superiores aS/ 96,000.00 al 31/12/2016 debern:
1. Elegir un rgimen tributario con lapresentacin de la DJ del periodo ENE-2017.
2. Para que este acogimiento sea vlido: NRUS o RER (DJ y pago dentro del vcto.) RMT u otro (DJ ENE-2017) RG (DJ ENE-2017)
Categoras 3, 4 y 5
Dergase el literal c) del numeral 2.1 del articulo 2 del Decreto Legislativo N 937 y normas modificatorias
Rgimen Especial RERD. Leg. N 1269
Rgimen Especial RERD. Leg. N 1269
Sujetos no comprendidos
Modificacin de los acpites (iv) y (x) del inciso b) del art. 118
Sean notarios, martilleros, comisionistasy/o rematadores, agentes corredores deproductos, de bolsa de valores y/uoperadores especiales que realizanactividades en la bolsa de productos;agentes de aduana; los intermediarios y/oauxiliares de seguros.
Actividades de Mdicos y odontlogosActividades VeterinariasActividades JurdicasActividades de contabilidad, tenedura de libros, auditoria,consultora fiscal.Actividades de arquitectura e ingeniera y actividades conexas deconsultora tcnica.Programacin Informtica, consultora de informtica y actividadesconexas; actividades de servicios de informacin, edicin deprogramas de informtica y de software en lnea y reparacin deordenadores y equipos perifricosActividades de asesoramiento empresarial y en materia de gestin.
Revisin 4
Rgimen Especial RERD. Leg. N 1269 Acogimiento
Nuevos Inscritos Ya inscritos
RER
NRUS
- Con la DJ y pago que corresponda alperiodo de la fecha de inicio deactividades dentro del vencimiento.
- Con la DJ y pago del periodo de cambio de rgimen.
Dentro del vencimiento
RGRMT
- Con la DJ y pago de la cuotaque corresponda al periodoENERO.
Cambio de RgimenNRUS RER RMT RG
NRUS
RER
RMT
RG RGRMT
RER
NRUS
Cancelatorio
Otras DisposicionesRMT - Incorporacin de Oficio
RG RMTE
Con la DJ ENERO elcontribuyente puede:- Cambiar de rgimen
NRUS RG RER
EIRLs(NRUS)
Migracin de oficio
31/01/2017