revista normas de convivencia

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La revista Normas de Convivencia es realizada por la Personería Municipal de El Cerrito y es una herramienta cultural y de convivencia en todo nuestro municipio.

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Page 1: Revista normas de convivencia
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NORMAS DE CONVIVENCIA

Guía para el desarrollo y

funcionamiento efectivo de las

Page 3: Revista normas de convivencia

í

Ciro Eugenio Conde SalcedoPersonero Municipal

Luz Aida Quintero TaticuánDirección Financiera Y Administrativa

Joan Patiño VarelaDepartamento de Comunicaciones

Rafael VásquezPromoción Y Defensa De Derechos Humanos

Investigación, textos y diseñoJoan Patiño Varela

Comunicador Social

Esta Publicación fue posible gracias a la gestión elaborada en la

trayectoria del personero Ciro Eugenio Conde Salcedo. Sus contenidos

son responsabilidad de sus autores y no necesariamente reflejan sus

opiniones personales.

FotografíasPersonería Municipal de El Cerrito

Impresión

í

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Page 4: Revista normas de convivencia

Introducción

- ¿Para qué nos sirve esta cartilla?

Parte I. ¿Qué son las Normas de

Convivencia Ciudadana?

- De La Sociedad, Las Normas Y Los Diferentes Medios

- Las Comunidades

- Las Sociedades

- Normas De Comportamiento

Parte II. Cultura Ciudadana

Parte III. La Convivencia

Parte IV. Mecanismos de participación

ciudadana

- Normas Jurídicas Y Leyes

- Valores Necesarios Para Una Mejor Familia, Mejor Sociedad

- Principales Mecanismos de Participación Ciudadana en Colombia- Mecanismos Para la Protección de los Derechos Ciudadanos- Mecanismos de Control Ciudadano para la Vigilancia de la Gestión Pública

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31

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Page 6: Revista normas de convivencia

Introducción

é

Esta cartilla se realizó en el esfuerzo de brindar una información

pertinente y adecuada sobre las normas de convivencia en nuestra

comunidad. En relación con los derechos es importante destacar

que se busca el fortalecimiento de las relaciones inter-personales

en los diferentes sectores sociales, esto debido a que las normas

de convivencia son una parte primaria para el proceso

participativo y de integración. Por lo tanto el protagonismo de

cada ser humano en una comunidad es fundamental para

conformar diferentes sectores como nuestro hogar, cuadra, barrio,

colegio, universidad, iglesia, municipio, ciudad y país.

Así mismo se busca complementar y fortalecer los espacios de

convivencia efectiva de toda la comunidad, siendo cada uno líder

de todos sus espacios de interacción proponiendo condiciones de

igualdad, equidad y compromiso por lo que es nuestro.

Como complemento de acción, esta cartilla se propone para ser

tomada como ejemplo y guía del desarrollo de una aceptable

convivencia.

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Page 8: Revista normas de convivencia

é

Las normas de convivencia son el marco legal que canalizan las

iniciativas que favorezcan la convivencia, el respeto mutuo, la

tolerancia y el ejercicio efectivo de derechos y deberes de todos los

ciudadanos. Son normas de obligado cumplimiento para todos los

ciudadanos en todo tipo de actividad o lugar. Estas se rigen en

escenarios como los recintos escolares, nuestro barrio, los parques,

las calles, las universidades, prácticamente todo nuestro entorno en

el que aceptamos hacer presencia. A su vez todos los miembros de

la comunidad velarán por su cumplimiento.

Las normas de convivencia se basan en los valores humanos como

el respeto a las personas, lugares y cosas y de la

responsabilidad entendida como nuestra manera personal de

actuar.

Page 9: Revista normas de convivencia

Un trabajo de calidad.

La formación de hábitos de trabajo saludables.

La creación de espíritu de compañerismo positivo,

demostrando lo mejor de uno mismo.

Aceptar las libertades y expresiones de los demás.

Denunciar maltratos, delitos o cualquier forma de violencia

familiar o social.

Mejor interacción con los vecinos; no interviniendo en su vida

privada y otorgar ayuda cuando lo requieran.

Brindar y recibir apoyo a quienes se encuentren en

situaciones de debilidad como los niños y niñas, adultos

mayores, enfermos o con movilidad reducida.

Actuar de manera humanitaria en situaciones de riesgo o

peligro de nuestra comunidad.

Una comunidad respetuosa con sus semejantes y medio ambiente.

Page 10: Revista normas de convivencia

Una de las características de la persona humana es su

sociabilidad. De allí, entonces que no podamos vivir solos sino

que acompañados, rodeados de otras personas formando

sociedades.

Fuera del grupo es difícil conservar y desarrollar la vida. Las

personas tenemos necesidades de distinta índole que solos no

podemos satisfacer.

Es en el medio social donde hombres y mujeres se desarrollan

como personas humanas. Cada individuo forma parte de

numerosas agrupaciones sociales: la escuela, el club deportivo,

la junta de vecino, el sindicato, la empresa, el grupo religioso, el

partido político, el centro de alumnos, etc.

Distintos propósitos pueden tener las personas cuando forman

grupos, sin embargo cuando se quiere realizar una tarea en

común es preciso converger hacia un fin que sea acordado y

aceptado por todos para que éste se logre realizar. Esta idea

está presente cuando se forma una sociedad, una organización

de personas. Cuando las costumbres, la cultura, el entorno

geográfico y lazos afectivos unen a un grupo humano se habla

de comunidad de individuos.

Tanto en las sociedades como en las comunidades existen

normas y reglas que facilitan la convivencia, de no ser así, la

vida entre varias personas con distintas características,

intereses, ideas, etc., es difícil de llevar, especialmente cuando

se debe respetar los derechos y deberes que cada uno tiene

por igual.

Page 11: Revista normas de convivencia

Las comunidades son agrupaciones humanas que comparten

una cultura y modo de vida en común. Normalmente residen en

un área geográfica determinada.

Estas agrupaciones como grupos étnicos y lingüísticos se

forman en virtud de hechos anteriores a una decisión

deliberada de las personas que las integran, como por ejemplo

las comunidades indígenas en nuestro país.

Además de ser conscientes de que se comparte cierta unidad y

que pueden actuar colectivamente en busca de una meta. Las

relaciones entre sus miembros son muy fuertes y con pautas de

comportamiento acordadas por tradición, costumbres que

tienden a mantener siempre.

Page 12: Revista normas de convivencia

Las sociedades son una forma de agrupación humana, en la

cual sus integrantes se unen según intereses comunes, quienes

determinan los objetivos que desean lograr.

Para obtener la meta propuesta, la sociedad de personas se

organiza; establece normas y procedimientos a seguir, elige

autoridades, se determinan responsabilidades, etc.

Hay muchos tipos de sociedades: clubes deportivos, sindicatos,

empresas, hospitales, escuelas, municipios, corregimiento,

departamentos, etc.

En relación a la sociedad políticamente organizada, han

existido entre otras desde la Antigüedad: la polis griega, el

Imperio Romano, la sociedad feudal y el Estado moderno.

Colombia como la conocemos hoy es un tipo de sociedad. Es

un sistema social más amplio y complejo, está

institucionalizado. Contiene un ordenamiento jurídico que

marca las pautas y normas a seguir para conseguir el bien

común general de todos los colombianos.

Page 13: Revista normas de convivencia

Cuando las personas naturales o jurídicas quieren poner algo

en común con el fin de repartir entre sí las ganancias que de

ello provenga, reúnen capitales y aúnan esfuerzos para lograr

los objetivos propuestos. Estas personas deben celebrar

un contrato de sociedad determinando el tipo de actividad

lícita que van a realizar, no contraviniendo las leyes ni el orden

y la moral social establecida en la Constitución.

En consecuencia, resultan variados tipos de sociedades, a

saber: las sociedades civiles y las comerciales, las de personas y

de capitales como las sociedades anónimas abierta o cerrada y

las sociedades por acciones simplificadas.

Page 14: Revista normas de convivencia

Al vivir en sociedad, se hace indispensable un orden, un

mecanismo que regule la conducta de las personas, de tal

manera que se respeten los derechos y las libertades de todos

por igual; con ello surgen las normas.

La norma es una ordenación del comportamiento humano

según un criterio que conlleva una sanción al no ser cumplida. La

norma también puede ser coactiva, la posibilidad de utilizar la

fuerza para que se cumpla.

Las normas tienen como finalidad establecer cómo debe

comportarse la persona, es un "deber ser" u obligación.

Existen variadas normas de comportamiento o "sistemas

normativos". Estos son:

La norma religiosa católica, cristiana, evangélica,

etc.: Regula el comportamiento según un punto de vista

sobrenatural. Su fin es que la persona alcance la santidad a

través del convencimiento libre y espontáneo, no existe

obligación de acatar los preceptos religiosos y la sanción es

la no salvación del alma.

La norma moral: Apunta al perfeccionamiento del hombre,

desde la perspectiva de su bien personal, su fin es la

bondad. La sanción está dada por el hecho de no lograr el

perfeccionamiento. Por otro lado es incoercible.

Page 15: Revista normas de convivencia

La norma de trato social: Tiene por meta regular el actuar

social de tal modo de lograr una convivencia lo más

agradable posible. Varían según la cultura, la época, etc. No

son coactivas pero existe una obligación forzada por el

medio o grupo social al cual la persona pertenece.

La norma jurídica: Es un conjunto de reglas que tiene por

objeto ordenar y garantizar la vida en sociedad de la

persona humana. Los valores que la sustentan son la

seguridad y la justicia. Es de carácter imperativo y coercible

pues impone deberes y obligaciones que han de ser

cumplidos, pudiendo hacer uso de la fuerza en caso de no

ser acatada.

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Page 17: Revista normas de convivencia

Entre los múltiples significados del concepto de cultura, puede

destacarse como un tejido simbólico construido por las personas

que componen una comunidad. De ahí se desarrollan las formas

de expresión, las costumbres y los rituales compartidos por los

integrantes de nuestra sociedad.

Ciudadano, por otra parte, es aquello vinculado con la ciudad o

municipio (una zona urbana con una elevada densidad

poblacional, una economía enfocada hacia lo agrícola o industria

y un importante desarrollo de infraestructura).

La idea de cultura ciudadana refiere a las normas y los valores

compartidos por los habitantes de una localidad. En este caso, lo

ciudadanos se refiere sobre todo a la dimensión política de las

personas, que tienen derechos y obligaciones en el marco de la

sociedad en la que viven.

La cultura ciudadana engloba la protección y la promoción de

estos derechos, que permiten la convivencia pacífica entre las

personas y que resguardan el patrimonio común. El vínculo entre

cada persona y el entorno, su conducta en los espacios públicos y

su participación en la toma de decisiones respecto a los intereses

comunitarios forman parte de la órbita de la cultura ciudadana.

Page 18: Revista normas de convivencia

Podría decirse que fomentar el cuidado de los parques y plazas

y el respeto por las normas de tránsito son acciones que forman

parte de la cultura ciudadana. Una persona que arroja residuos

en la calle o que no denuncia un delito cuando es testigo

directo del mismo, evidencia falencias en su formación en

cultura ciudadana ya que no cuida el bienestar comunitario.

En cada uno de ellos existen normas que imponen deberes y

otorgan derechos, a fin de permitir que alcancemos nuestros

propósitos individuales y colectivos.

Por ejemplo, para algunas personas es indispensable cumplir

con ciertas formalidades como las normas de cortesía en su

relación de pareja, con su familia y, en general, con los demás.

Entre estas formalidades llamadas normas de convivencia,

urbanidad, de cortesía o de trato social se encuentran el

saludarse, despedirse, o comportarse correctamente en la mesa

mientras se come. Se trata de normas puestas por el grupo para

hacer más agradable la convivencia y mostrar consideración o

aprecio por los demás. Su incumplimiento genera el rechazo o

la censura de las otras personas.

í

Page 19: Revista normas de convivencia

Sin embargo existe otra clase de normas llamadas morales,

que establecen deberes del individuo para consigo mismo y

con los demás. Entre estas normas están hacer el bien al

prójimo, ayudar a los necesitados, el deber de visitar a los

enfermos o a quienes se encuentran en prisión. Estas normas

se caracterizan porque la persona las adopta por estar

convencida de que es el modo de comportarse correctamente.

Se dice que la consecuencia de no cumplirlas es el sentimiento

de culpa o de insatisfacción de la persona consigo misma.

Page 20: Revista normas de convivencia

Las normas jurídicas o leyes son mandatos escritos que son

elaborados por los representantes del pueblo que integran

los órganos legislativos (las cámaras de senadores y diputados).

Dado que quienes elaboran las leyes lo hacen en representación

del pueblo, están obligados a crearlas para beneficio de éste.

Para asegurar que sea así, los ciudadanos deben participar

activamente mediante los canales previstos por las leyes para

supervisar la labor de los legisladores.

Las leyes tienen la finalidad esencial de promover el bien

común (bienestar de las personas de una comunidad), así como

de hacer posibles la justicia, seguridad, libertad

y otros valores de gran importancia en la vida social.

Las leyes se dan a conocer a todos los habitantes para que

cumplan con lo que ordenan. Su cumplimiento es obligatorio,

porque si cada persona pudiera elegir entre cumplirlas o no, sin

ninguna consecuencia, las leyes no servirían de nada.

Las leyes están dirigidas a todas las personas y no a individuos

con nombre y apellido. Por ejemplo, las leyes no pueden ordenar

exclusivamente a (Ejemplo: Eugenio Sánchez que realice

determinada conducta, como tampoco podrían beneficiar a

dicho individuo con privilegios especiales). Como las leyes se

dirigen a la totalidad de los miembros de la sociedad o a grupos

de personas, pero nunca a los individuos en particular, se dice

que son generales.

í

Page 21: Revista normas de convivencia

Las leyes regulan nuestra conducta de distintas formas. En

ocasiones nos imponen u ordenan una conducta determinada,

como por ejemplo, pagar el impuesto predial cuando somos

propietarios de un bien inmueble (casa, departamento o

terreno), a estas leyes se les denomina leyes imperativas.

Otras veces las leyes nos prohíben una conducta, previendo una

sanción para quien las incumple; estas leyes son

llamadas prohibitivas. Es el caso de las leyes que nos obligan a

no apoderarnos sin derecho de los bienes ajenos.

También existen leyes que nos aseguran el ejercicio de nuestros

derechos, dejando a nuestra decisión la conducta que habremos

de realizar. En este caso, no se nos ordena ni se nos prohíbe

algo, sino que se nos permite realizar una conducta que los

demás deben respetar. Tal es el caso de las leyes que nos

permiten escoger la actividad, oficio o profesión a la que

queremos dedicarnos. Estas leyes se denominan permisivas.

A continuación en la gráfica No 1, se explican las principales características de las normas jurídicas o leyes.

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í

Protegen valores

Promueven el bien común (el

bienestar de todas las personas de

una comunidad), la justicia,

seguridad, libertad y otros valores de

la convivencia.

Son elaboradas por

representantes del pueblo

Las leyes deben ser el reflejo de la

voluntad del pueblo, el cual actúa a

través de representantes populares o

legisladores.

Son de carácter general

Esto significa que están dirigidas a

todos los miembros de la sociedad y

no a personas específicas.

Son públicas

Las leyes son “las reglas del juego” en

la vida social. Por eso son publicadas

y divulgadas entre la población, para

que las conozca y las obedezca.

Son obligatorias

Si cada persona pudiera incumplir las

leyes sin ninguna consecuencia, no

servirían de nada. Por eso las leyes

deben obedecerse, y se prevén

sanciones para quienes no las

cumplen.

Se hacen cumplir por las

autoridades

Para que las leyes puedan hacerse

efectivas, es necesario que las

autoridades puedan intervenir para

obligar a los destinatarios a

cumplirlas. Asimismo, corresponde a

las autoridades imponer las

sanciones cuando se incumplen las

leyes.

Gráfica No 1

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Page 24: Revista normas de convivencia

La Convivencia es la acción de convivir (vivir en compañía de

otro u otros). En su definición más amplia, se trata de un

concepto vinculado a la coexistencia pacífica y armoniosa de

grupos humanos en un mismo espacio.

El ser humano es un ser social. Ninguna persona vive

absolutamente aislada del resto, ya que la interacción con otros

individuos es imprescindible para el bienestar y la salud. Sin

embargo, la convivencia no siempre resulta fácil, dado que

pueden interferir negativamente ciertas diferencias sociales,

culturales o económicas, entre otras muchas posibilidades. Es

en este momento que ciertos valores y características propias

conllevan a propiciar respeto y a vivir en igualdad.

El respeto y la solidaridad son dos valores imprescindibles para

que la convivencia armoniosa sea posible. Por supuesto, existen

distintos niveles o tipos de convivencia: la convivencia con la

familia en el seno de un hogar es muy diferente a la convivencia

con otros seres humanos en el marco de una comunidad (un

barrio, una ciudad), ya que la intimidad de ambos casos es

incomparable.

Page 25: Revista normas de convivencia

: Significa trabajar con amor es decir, con

esmero, poniendo intensidad y procurando hacerlo de la mejor

manera posible. La persona laboriosa aprovecha el tiempo,

trabaja con orden y termina las tareas iniciadas. El trabajo es un

don, un privilegio, con el que la persona se auto-perfecciona y

tiene una ocupación productiva.

: Implica cumplir a cabalidad los propios

deberes. Existen deberes que son consecuencia de la naturaleza

del ser humano y de los fines que el ser humano tiene, la

persona responsable asume las consecuencias de sus actos

intencionados, resultado de las decisiones que tome o acepte; es

consciente de sus responsabilidades y está dispuesta obrar de

acuerdo con ellas. Poner la vocación en lo que se hace, para que

resulte lo más perfecto posible.

Page 26: Revista normas de convivencia

: Practicar ejercicios que llevan al dominio del

conocimiento de sí mismo y de la ciencia. Es la exigencia o

esfuerzo personal que cada ser humano debe poner para

alcanzar sus metas.

: Es la valoración positiva de uno mismo. Es la

percepción personal que tiene un individuo sobre sus propios

méritos y actitudes. Es el concepto que tenemos de nuestra vida

personal.

: Seleccionar por las cualidades espirituales a quienes

se les debe brindar la intimidad dentro de la vida social.

Page 27: Revista normas de convivencia

: Es sinceridad y transparencia. Supone honradez

intelectual para buscar siempre la verdad de las cosas. Ser veraz

significa que sus palabras y sus actos estén llenos de verdad.

Veracidad quiere decir que todo lo que se dice y hace se ajusta a

la realidad. La persona que dice la verdad se expresa ajustándose

a lo que piensa. No permite ninguna distorsión entre sus

pensamientos, palabras y sentimientos.

Í : Es un estado de ánimo resultado de practicar el bien y

de amar a las personas. No se debe confundir con aquella alegría

que resulta del placero del bienestar físico. Alegría es estar lleno

de felicidad, paz y amor. Es disfrutar de lo que se hace. Es

apreciar el don de la vida. Alegría es disfrutar las cosas simples

de la vida. Es un motor que nos impulsa a salir adelante cuando

nos sentimos afligidos o con problemas.

Page 28: Revista normas de convivencia

Ó : El hombre es un ser social por naturaleza, y la

comunicación, en sus diversas manifestaciones, es el medio por

excelencia para interactuar con el resto de la comunidad. La

comunicación entre las personas es el resultado de múltiples

métodos de expresión desarrollados durante siglos, los gestos,

el desarrollo del lenguaje oral y escrito y la necesidad de realizar

acciones conjuntas juegan un papel importante.

: Es la disposición para admitir en los demás una

manera de ser, de obrar, o de pensar, distinta de la propia,

especialmente en cuestiones políticas y prácticas religiosas. La

verdadera tolerancia implica un difícil equilibrio entre diversos

factores como el: respeto a todos, las ideas propias; el escuchar y

aprender. No es solo la aceptación del otro en su diferencia, sino

la orientación hacia el otro para conocerlo y a través de él,

conocerse mejor.

Page 29: Revista normas de convivencia

í : Es la perfecta unión de las partes de un todo para

lograr un fin único que muestra la realidad con toda su belleza.

En el ser humano, y en sus relaciones interpersonales es la

presencia equilibrada de valores como buen gusto, moderación,

paz interior, concordia, orden, etc. La persona cuya vida posee

armonía se caracteriza por su serenidad, paz interior, objetividad,

madurez, mesura y dominio de sí.

Ó : Es la capacidad para captar y entender los

distintos factores que influyen en la forma de ser, en el estado de

ánimo y en el comportamiento de otras personas. Implica el

deseo de entender y ayudar, mirando las cosas desde puntos de

vista ajenos a los nuestros, y teniendo en cuenta las

circunstancias y los factores decisivos en cada caso.

: Significa familiaridad en el trato con los demás,

tener fe en alguien, seguridad en la rectitud del otro,

expectativas positivas ante las capacidades de alguien.

Conseguir cumplir todas la normas de convivencia es la formación integral de la persona para lograr un pleno desarrollo social y personal, que incluyen los valores

imprescindibles: tolerancia, respeto, cooperación, solidaridad, todos estos acoplados permiten una justa

convivencia social y una mejor familia.

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Page 31: Revista normas de convivencia

ó

Los ciudadanos colombianos y organismos de control como las

Personerías Municipales velarán para que todos habitantes tengan

los mismos derechos y deberes debidamente conocidos,

correctamente ejercidos y realmente garantizados, tal y como se

contemplan en la constitución.

De esta manera todos los colombianos cuentan con

varios mecanismos de participación ciudadana, los cuales dan la

opción de ejercer el derecho a participar del poder político. Entre

los mecanismos de participación se encuentran el plebiscito, el

referendo, la consulta popular, el cabildo abierto, la iniciativa

legislativa y la revocatoria del mandato.

Por ser Colombia un país democrático, en el cual se busca que los

ciudadanos sean quienes decidan el rumbo que toma el país, en

diferentes acciones, políticas y en general decisiones, la

Constitución Política Colombiana, consagra en el artículo 40

que “todo ciudadano tiene derecho a participar en laconformación, ejercicio y control del poder político”.

Page 32: Revista normas de convivencia

Es así, como se presentan varios factores, que deben conocer los

ciudadanos para hacer efectivo este derecho y ser participativo

en las acciones del país, como lo es el elegir y ser elegido,

constituir partidos, movimientos y agrupaciones políticas sin

limitación alguna, difundir sus ideas y programas, interponer

acciones públicas en defensa de la Constitución y de la ley y

tomar parte en elecciones, plebiscitos, consultas populares,

revocatorias del mandato, iniciativas legislativas, entre otras

formas de participación democrática, de las cuales se hablarán a

continuación.

De acuerdo con el artículo 103 de la Constitución

Colombiana, “son mecanismos de participación del pueblo enejercicio de su soberanía: el voto, el plebiscito, el referendo, laconsulta popular, el cabildo abierto, la iniciativa legislativa y larevocatoria del mandato”.

En todos los casos de mecanismos de participación expuestos

anteriormente, de acuerdo con el artículo 103 de la Constitución

Colombiana: “El Estado contribuirá a la organización, promocióny capacitación de las asociaciones profesionales, cívicas,sindicales, comunitarias, juveniles, benéficas o de utilidad comúnno gubernamentales, sin detrimento de su autonomía con elobjeto de que constituyan mecanismos democráticos derepresentación en las diferentes instancias de participación,concertación, control y vigilancia de la gestión pública que seestablezcan”

Page 33: Revista normas de convivencia

ó

ó

: Es el acto mediante el cual un ciudadano participa de

manera activa en la elección de las personas que quieren que las

representen o en la adopción de una decisión, pronunciándose

en uno y otro sentido.

: Es el pronunciamiento del pueblo convocado por

el Presidente de la República para apoyar o rechazar una

determinada decisión del ejecutivo. El más famoso plebiscito en

la historia reciente fue el que abrió las puertas al Frente

Nacional.

: Es la convocatoria que se le hace al pueblo para

que apruebe o rechace un proyecto de norma jurídica, o

derogue o no una norma ya vigente. El referendo puede ser

nacional, regional, departamental, distrital, municipal o local.

: Es cuando se coloca a consideración

del ciudadano el sometimiento de un acto legislativo, una ley,

una ordenanza, un acuerdo o una resolución local, en algunas de

sus partes o en su integridad, para que el pueblo decida si la

deroga o no.

: Es cuando se coloca a consideración

del pueblo para que éste decida si lo aprueba o rechaza, total o

parcialmente, el sometimiento de un proyecto de acto

legislativo, una ley, una ordenanza, un acuerdo o una resolución

local y una iniciativa popular que no haya sido aprobada por la

corporación pública correspondiente.

Page 34: Revista normas de convivencia

: Es la institución mediante la cual una

pregunta de carácter general sobre un asunto de trascendencia

nacional, departamental, municipal, distrital o local es sometida

por el Presidente de la República, el Gobernador o el Alcalde,

según el caso, a consideración del pueblo para que éste se

pronuncie formalmente al respecto. En todos los casos, la

decisión del pueblo es obligatoria.

El Cabildo Abierto: Es la reunión pública de los concejos

distritales, municipales y de las juntas administradoras locales

(JAL), para que los habitantes puedan participar directamente

con el fin de discutir asuntos de interés para la comunidad.

: Es el derecho político de un grupo de

ciudadanos de presentar proyectos de ley y de acto legislativo

(que pretende reformar la constitución) ante el Congreso de la

República, de ordenanza ante las Asambleas Departamentales,

de acuerdo ante los Concejos Municipales o Distritales y de

resolución ante las Juntas Administradores Locales (JAL), y

demás resoluciones de las corporaciones de las entidades

territoriales, de acuerdo con las leyes que las reglamentan,

según el caso, para que sean debatidos y posteriormente

aprobados, modificados o negados por la corporación pública

correspondiente.

: Es un derecho político por medio

del cual los ciudadanos dan por terminado el mandato que le

han conferido a un Gobernador o a un Alcalde.

Page 35: Revista normas de convivencia

Los Mecanismos de Protección Ciudadana son los instrumentos

instituidos para proteger una eventual o real pérdida,

vulneración o amenaza de derechos fundamentales

consagrados en la Constitución Política, que se ejercen

mediante acción judicial, y cuando fuere posible restituir las

cosas a su estado anterior; es aquí que la Personería Municipal

nace para ser el canal de apoyo entre el ciudadano y el estado.

ó : Es un mecanismo para la defensa de los

derechos fundamentales, mediante un procedimiento

preferente y sumario. Procede para la protección inmediata de

derechos constitucionales fundamentales cuando éstos resulten

vulnerados o amenazados ya sea por autoridad pública o

particulares. No procede cuando existan otros medios de

defensa judicial.

ó : Es un mecanismo mediante el cual

toda persona podrá acudir ante la autoridad judicial para hacer

efectivo el cumplimiento de normas aplicables con fuerza

material de ley o actos administrativos.

: Los derechos e intereses

colectivos y del medio ambiente son susceptibles de proteger

mediante estas acciones, y así evitar el daño contingente, hacer

cesar el peligro, la amenaza, la vulneración o agravio, o de ser

posible, restituir las cosas a su estado anterior.

ó

Page 36: Revista normas de convivencia

ó : Es un derecho fundamental que tiene

toda persona, para presentar solicitudes respetuosas ante las

autoridades o ante las organizaciones privadas que establezca

la ley. Sirve para obtener una pronta resolución a un asunto

concreto, ya sea queja, manifestaciones, reclamos o consultas.

La violación del Derecho de Petición por parte de las

autoridades o de los particulares encargados del servicio

público, puede conducir a que este derecho sea tutelado.

El derecho de petición se encuentra consagrado en el Artículo

23 de la Constitución Nacional y puede ejercerse por interés,

general o particular, petición de informaciones y formulación de

consultas.

é : cuando se hace

llegar a las autoridades la solicitud del peticionario sobre una

materia sometida a actuación administrativa, con miras a que se

tomen las medidas pertinentes, sean éstas de carácter

individual o colectivo. El término de respuesta corresponde a

los 15 días hábiles siguientes a la fecha de radicación.

ó cuando se pide a las autoridades,

para que éstas den a conocer cómo han actuado en un caso

concreto, expidan copias y/o den acceso a documentación que

reposa en la entidad, entreguen información general sobre la

entidad, para lo cual se tiene un término de 10 días hábiles

siguientes a la fecha de radicación para su respuesta.

Page 37: Revista normas de convivencia

: cuando se presentan a las autoridades para que

manifiesten su parecer sobre materias relacionadas con sus

atribuciones y competencias que deben ser resueltas dentro de

los 30 días hábiles siguientes a la fecha de radicación.

: Se presenta cuando se pone en conocimiento de las

autoridades respetivas, conductas irregulares de empleados

oficiales o de particulares a quienes se les ha atribuido o

adjudicado la prestación un servicio público. Deben ser

resueltas en 15 días hábiles.

: Se presenta cuando se notifica a las autoridades de

la suspensión injustificada o de la prestación deficiente de un

servicio público. Deben ser resueltos en 15 días hábiles.

: Se presenta cuando se hace llegar a las

autoridades la opinión del peticionario sobre una materia de

actuación administrativa. Deben ser resueltas en 15 días hábiles.

ó : Cuando se formulan a las

autoridades para que: 1. Den a conocer cómo ha actuado en

determinados casos. 2. Permitan el examen de documentos que

reposan en una oficina pública. 3. Expidan copia de

documentos que reposan en las oficinas públicas. Deben ser

resueltas en 10 días hábiles.

: Es un mecanismo para la protección del

derecho a la libertad individual, procede cuando alguien es

capturado violándose las garantías constitucionales o legales, o

cuando se prolongue ilícitamente la privación de la libertad.

Page 38: Revista normas de convivencia

óú

Los ciudadanos de manera individual o colectiva pueden

participar en la vigilancia de los actos de la administración

pública desde la toma de decisiones en el proceso de

planeación, hasta el control de la ejecución de los recursos de

inversión del Estado.

Igualmente, la ley 489 de diciembre de 1998, señala en el

capítulo octavo, artículo 32, sobre Democratización y control

social de la administración pública, que: "Todas las entidades yorganismos de la administración pública tienen la obligaciónde desarrollar su gestión acorde con los principios dedemocracia participativa y democratización de la gestiónpública. Para ello, podrán realizar todas las acciones necesariascon el objeto de involucrar a los ciudadanos y organizacionesde la sociedad civil en la formulación, ejecución, control yevaluación de la gestión pública".

ú : Cuando la administración lo estime

conveniente y oportuno, se podrán convocar audiencias

públicas en las cuales se discutirán aspectos relacionados con

la formulación, ejecución o evaluación de políticas y programas

a cargo de las entidades y, en especial, cuando esté de por

medio la afectación de derechos o intereses colectivos.

Igualmente las comunidades y las organizaciones podrán

solicitar la realización de audiencias públicas, sin que la

solicitud o las conclusiones de las audiencias tengan carácter

vinculante para la administración.

Page 39: Revista normas de convivencia

ó : Cuando los

ciudadanos decidan constituir mecanismos de control social de

la administración, en particular mediante la creación de

veedurías ciudadanas, la administración estará obligada a

brindar todo el apoyo requerido para el ejercicio de dicho

control.

í : Es un mecanismo activo para el ejercicio

de la vigilancia y el control de la función pública, que

complementa otros mecanismos e instrumentos consagrados

en la Constitución y las leyes como las acciones populares y la

acción de tutela, entre otros.

Las veedurías surgen de manera simple y espontánea, también

pueden constituirse mediante la conformación de una

asociación no gubernamental, representativa de determinados

intereses sociales, o pueden ser pactadas legal o

contractualmente.

El principio de democracia participativa no sólo permea el

ejercicio del poder público y social, sino además penetra

ámbitos de la vida privada. En efecto, la participación

ciudadana en la vida política, cívica y comunitaria del país

es la principal estancia para surgir como persona y estado.

Page 40: Revista normas de convivencia