reuniÓn del directorio legislativo sesiÓn ordinaria nº 131-2016 6 de setiembre del ......

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____________________________ SESIÓN ORDINARIA N° 131-2016 6 de setiembre del 2016 Página N° 1 REUNIÓN DEL DIRECTORIO LEGISLATIVO SESIÓN ORDINARIA Nº 131-2016 6 DE SETIEMBRE DEL 2016 Acta de la reunión ordinaria celebrada por el Directorio Legislativo a las diez horas del seis de setiembre del dos mil dieciséis. Presentes los señores diputados Antonio Álvarez Desanti, Presidente; Gonzalo Ramírez Zamora, Primer Secretario; Marta Arauz Mora, Segunda Secretaria y Natalia Díaz Quintana, Primera Prosecretaria. Asimismo estuvo presente el señor Antonio Ayales Esna, Director Ejecutivo. ARTÍCULO 1.- Se lee y aprueba el acta de la sesión ordinaria N° 130-2016, celebrada por el Directorio Legislativo el 30 de agosto del 2016. ARTÍCULO 2.- Se conoce oficio AL-DDEI-OFI-081-2016, con fecha 2 de setiembre del 2016, suscrito por el señor Fernando Román Carvajal , Director del Departamento de Desarrollo Estratégico Institucional (DEI), mediante el cual remite el Plan Estratégico del Área Técnico Administrativa 2017-2021, denominado Plan del Bicentenario. Este responde a un proceso de trabajo participativo que involucró a todas las dependencias administrativas y fue conducido por un equipo técnico, conformado por la Dirección del DEI, Jefatura del Área de Planificación y Evaluación, Jefatura del Área de Ingeniería Organizacional, ambas del DEI y el Jefe del Centro de Estadística del Departamento de Servicios Bibliotecarios. Dicho proceso obedeció a una metodología presentada por el DEI a la Comisión de Planificación Institucional para su aval y posteriormente se presentaron avances ante esa Comisión, así como el documento final, sometido a un análisis y ajustes en sesión efectuada el 24 de agosto del 2016. _________________________ Para exponer el contenido del documento, se recibe en audiencia a los funcionarios Fernando Román Carvajal y Milton Madriz Cedeño, Director y Subdirector del Departamento de Desarrollo Estratégico Institucional; Eduardo Sterling Araya y Ma. Auxiliadora Sáenz Bianco, Jefes de las áreas de Ingeniería Organizacional y Planificación y Evaluación de esa misma dependencia, respectivamente, así como el señor Rafael Matamoros Fallas, Jefe del Centro de Estadística, quienes presentan al Directorio Legislativo el Plan Estratégico del Área Técnico-Administrativa 2017-2021, que se ha denominado Plan del Bicentenario, en concordancia con los 200 años de la independencia de Costa Rica del Reino Español, que se cumplirán en el 2021. Se elaboró conforme a los lineamientos de la planificación institucional y en concordancia con el marco normativo que regula la materia. Asimismo, responde a la necesidad de contar con un plan que oriente el proceso de modernización del Parlamento, que exige el entorno. Esto permite la evaluación de resultados y la rendición de cuentas para asegurar el cumplimiento de los objetivos propuestos, asociados a la

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SESIÓN ORDINARIA N° 131-2016

6 de setiembre del 2016 Página N° 1

REUNIÓN DEL DIRECTORIO LEGISLATIVO

SESIÓN ORDINARIA Nº 131-2016

6 DE SETIEMBRE DEL 2016

Acta de la reunión ordinaria celebrada por el Directorio Legislativo a las diez horas del seis de setiembre del dos mil dieciséis. Presentes los señores diputados Antonio Álvarez Desanti, Presidente; Gonzalo Ramírez Zamora, Primer Secretario; Marta Arauz Mora, Segunda

Secretaria y Natalia Díaz Quintana, Primera Prosecretaria. Asimismo estuvo presente el señor Antonio Ayales Esna, Director Ejecutivo.

ARTÍCULO 1.- Se lee y aprueba el acta de la sesión ordinaria N° 130-2016, celebrada por el Directorio Legislativo el 30 de agosto del 2016.

ARTÍCULO 2.- Se conoce oficio AL-DDEI-OFI-081-2016, con fecha 2 de setiembre del

2016, suscrito por el señor Fernando Román Carvajal, Director del Departamento de Desarrollo Estratégico Institucional (DEI), mediante el cual remite el Plan Estratégico del Área Técnico Administrativa 2017-2021,

denominado Plan del Bicentenario.

Este responde a un proceso de trabajo participativo que involucró a todas las

dependencias administrativas y fue conducido por un equipo técnico, conformado por la Dirección del DEI, Jefatura del Área de Planificación y Evaluación, Jefatura del Área de Ingeniería Organizacional, ambas del DEI y

el Jefe del Centro de Estadística del Departamento de Servicios Bibliotecarios.

Dicho proceso obedeció a una metodología presentada por el DEI a la Comisión de Planificación Institucional para su aval y posteriormente se presentaron avances ante esa Comisión, así como el documento final,

sometido a un análisis y ajustes en sesión efectuada el 24 de agosto del 2016. _________________________

Para exponer el contenido del documento, se recibe en audiencia a los funcionarios Fernando Román Carvajal y Milton Madriz Cedeño, Director y

Subdirector del Departamento de Desarrollo Estratégico Institucional; Eduardo Sterling Araya y Ma. Auxiliadora Sáenz Bianco, Jefes de las áreas de Ingeniería Organizacional y Planificación y Evaluación de esa misma

dependencia, respectivamente, así como el señor Rafael Matamoros Fallas, Jefe del Centro de Estadística, quienes presentan al Directorio Legislativo el Plan Estratégico del Área Técnico-Administrativa 2017-2021, que se ha

denominado Plan del Bicentenario, en concordancia con los 200 años de la independencia de Costa Rica del Reino Español, que se cumplirán en el 2021. Se elaboró conforme a los lineamientos de la planificación institucional

y en concordancia con el marco normativo que regula la materia. Asimismo, responde a la necesidad de contar con un plan que oriente el proceso de modernización del Parlamento, que exige el entorno.

Esto permite la evaluación de resultados y la rendición de cuentas para asegurar el cumplimiento de los objetivos propuestos, asociados a la

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correcta administración del erario. Garantiza que todo presupuesto

responda a los planes adoptados, así como a los principios presupuestarios generalmente aceptados, tal y como lo indica la Ley No. 8131, Ley de Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos y Ley

No. 8292, Ley General de Control Interno. Para lograr lo anterior, este plan responde a un proceso participativo que

cumplió varias fases de análisis y consenso hasta culminar con la formulación de los distintos elementos del plan (objetivos, estrategias y proyectos, entre otros), que orientan y ordenan el proceso de modernización,

considerando el riesgo asociado. Este proceso culmina con la aprobación por parte del Directorio Legislativo,

máximo jerarca de la Institución. _______________________ Nota: Se abre un espacio de debate con los miembros del Directorio

Legislativo en relación con el documento y el señor Presidente plantea que cuando se habla de tener un parlamento moderno es necesario definir primero qué debemos entender por parlamento moderno, pues no se trata

de abordar situaciones existentes, en ese sentido hay parlamentos modernos que pueden servirnos de ejemplo de manera tal que este proyecto debe llevar esa orientación.

Asimismo manifiesta su anuencia a la creación de la Escuela de Capacitación Parlamentaria por los múltiples beneficios que traería a la

Institución. Considera que es un proyecto que debe realizarse en un plazo menor a los 24 meses que se indican en el documento, debería pensarse en un máximo de 12 meses.

El diputado Ramírez Zamora concuerda con lo planteado por el señor Presidente e indica que lo mejor sería procurar alianzas estratégicas con

universidades para iniciar lo antes posible. El señor Presidente se refiere además a la Contraloría de Servicios en la

Institución. Indica que este propósito tiene la misma línea de un proyecto de ley en que están trabajando, relativo a la transparencia. Pide que se tenga presente su implementación, pues lo considera importante.

SE ACUERDA: Con base en la recomendación planteada por el Departamento de Desarrollo Estratégico Institucional, mediante oficio

AL-DDEI-OFI-081-2016, avalar el Plan Estratégico Institucional del Área Técnico Administrativa 2017-2021 y en consecuencia girar instrucciones a la Dirección Ejecutiva y direcciones de división para

que, una vez comunicada la aprobación de este plan, procedan a planificar y formular los distintos proyectos según el área de su competencia, con la conducción técnica del Departamento de

Desarrollo Estratégico Institucional y según cronograma que se elabore al respecto.

Asimismo, se encarga a la Dirección Ejecutiva, para que a través del Departamento de Desarrollo Estratégico Institucional (DEI) se consideren las observaciones hechas por los miembros del Directorio

Legislativo. En cuanto a la Contraloría de Servicios, dado que existe un criterio

emitido por el Departamento de Asesoría Legal en el que se establece

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que no es posible para la Institución crear esta figura pues la Asamblea

Legislativa no tiene como función esencial dar servicios a la población, se instruye al DEI para que proponga una modificación al Manual de Funciones y Estructura de la Organización Técnico-

Administrativa de la Asamblea Legislativa para incluir una labor similar a la Contraloría de Servicios, orientada hacia el área administrativa. Debe quedar claro que esta función no implicará ni la creación de

códigos ni la dotación de recursos adicionales para su funcionamiento. A fin de alcanzar los objetivos propuestos, este Directorio Legislativo

mantiene su apoyo y el compromiso para la emisión de directrices y políticas que coadyuven a la ejecución e implementación de los proyectos y el plan en general. -705-

ARTÍCULO 3.- Se recibe en audiencia a los diputados Karla Prendas Matarrita y Rafael

Ortiz Fábrega; a los señores Eunice Simon, Susana Soto, María Fernanda

Avendaño, miembros de la Alianza por una Asamblea Abierta; así como los funcionarios Karla Granados Brenes, Raúl Silesky y Hannia Vega Barrantes, quienes presentan al Directorio Legislativo el documento denominado “Por

la consolidación de un Parlamento Abierto” y el Plan de Acción de Parlamento Abierto 2016-2017.

Se plantea en el documento presentado que no existe mayor compromiso para con la ciudadanía, que una institución como la Asamblea Legislativa de Costa Rica asuma a plenitud sus funciones de representación, legislación,

control político y fiscalización presupuestaria, entendiendo que las mismas derivan de una relación política entre ambas partes. Siendo la ciudadanía titular de derechos y dotados de legitimidad de origen, abrir las puertas de la

información institucional, facilitando el acceso a los documentos, datos y al quehacer propio del Parlamento, es una decisión no sólo natural sino necesaria, para iniciar el largo camino de recuperación de la confianza y el

fortalecimiento de la democracia. Justo esta concepción de integrar de mejor manera la relación entre

instituciones democráticas y sociedad, como condición de legitimidad pero también de efectividad en la gestión pública, está a la base de que hoy el país demande avanzar hacia un estado abierto. Esta aspiración responde a

una tendencia mundial a favor del derecho de participación activa de la ciudadanía en la construcción y dirección de las decisiones, así como en el diseño y gestión de políticas y servicios públicos. Un reflejo de este

movimiento se identifica en los procesos liderados desde el año 2012 en Opening Parliament (OP)1, donde organizaciones de monitoreo legislativo, organizaciones civiles y parlamentos colaboran y comparten buenas

prácticas de apertura legislativa. Parlamento Abierto es una nueva forma de interacción entre los parlamentos

o congresos (en su dimensión política e institucional) y la ciudadanía, en donde se asume que la información, el funcionamiento y los resultados de los procesos parlamentarios deben estar abiertos al escrutinio y participación

de los ciudadanos. Implica entonces, cualificar la función de representación, pasando el Parlamento de ser “puente de traslado de demandas” a ser un “puente para la conformación de la cosa pública”.

1www.openingparliament.org

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Dentro de este contexto “Parlamento Abierto” es un paradigma que mejora el

desempeño democrático de la institución al pasar de la “vieja política de la discrecionalidad”, a la “nueva política de la apertura y la entrega de cuentas”, incorporando principios de transparencia, acceso a la información,

participación ciudadana, rendición de cuentas, probidad y ética parlamentaria, tecnología, modernización e innovación parlamentaria.

Consecuentes con las mejores prácticas en la administración de los recursos públicos, el Directorio Legislativo (2015-2016), en conjunto con la Alianza por una Asamblea Abierta (AAA)2, integrada por las organizaciones o colectivos:

Abriendo Datos Costa Rica, ACCESA, Costa Rica Íntegra, Iplex y Ojo al Voto, impulsaron un plan para promover la adopción de los principios de Parlamento Abierto. Como parte del plan de acciones el Directorio

Legislativo y la AAA establecieron para la primera fase un énfasis en la capacitación a funcionarios del área administrativa3 y la construcción de algunos productos concretos que traduzcan esta nueva visión del

Parlamento en acciones concretas4. Desde el punto de vista político tres han sido los factores de éxito en esta

materia: primero, la alta disposición de los Directorios Legislativos (2015-2016 y 2016-2017); segundo, el compromiso firmado por todos los jefes de fracción para dar continuidad a la propuesta de Parlamento Abierto; y

tercero, el compromiso firmado por los Presidentes de los Supremos Poderes de la República y el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) a favor de la consolidación de la figura de estado abierto.

Con este marco político de respaldo, el Directorio Legislativo y la Alianza por una Asamblea Abierta, han superado el temor y la desconfianza, para

construir conjuntamente un proceso donde la transparencia, la rendición de cuentas, el acceso a la información y la co-creación, se configuran en proyecto compartido y guía del quehacer cotidiano.

Para lograr identificar los medios para que las demandas de la sociedad civil sean atendidas, este proceso requiere planteamientos oportunos, claros y

medibles. Para cumplir con esta tarea, el Presidente de la Asamblea Legislativa, Antonio Álvarez Desanti, constituyó la Comisión de Parlamento Abierto para construir y dar seguimiento a los Planes de Parlamento Abierto

de Costa Rica. La misma está conformada por la Diputada Karla Prendas Matarrita (coordinadora), el Diputado Rafael Ortiz Fábrega (subcoordinador), Antonio Ayales Esna (representante de la Administración) y los

representantes de la Alianza por una Asamblea Abierta. Adicionalmente se cuenta con el apoyo técnico de funcionarios parlamentarios5.

2 Un espacio de articulación entre organizaciones y colectivos de sociedad civil de Costa Rica, enfocado en impulsar y apoyar p royectos

e iniciativas de parlamento abierto en la Asamblea Legislativa de Costa Rica. 3 El equipo de funcionarios capacitados a la fecha está conformado por un promedio mínimo de 33 funcionarios, los cuales forman

parte de al menos nueve departamentos, a saber: Informática, Participación Ciudadana, Biblioteca, Archivo, Comisiones, Servic ios

Parlamentarios, Prensa y Protocolo, Proveeduría, Transporte, Desarrollo Estratégico. En todas las capacitaciones se ha contado con la

presencia alterna de al menos uno de los directores de los departamentos 4 El Directorio Legislativo aprueba la propuesta de “Protocolo de acceso a la información” , por medio del cual se define el

procedimiento para el ejercicio del derecho y las excepciones a la publicidad de la información a las diferentes instancias d e la

Asamblea Legislativa (Oficio AL-DALE-OFI-094-2016, con fecha 15 de febrero de 2016, aprobado en artículo 2.- sesión ordinaria Nº 102-

2016 16 de febrero del 2016) 5 Hannia Vega, Raúl Silesky, Rebecca Videche, Juan Carlos Chavarría y de los asesores de fracción Ingrid Morales y Manuel Vega.

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Con la implementación del Primer Plan de Acciones, se evidencia la

necesidad de construir la política de Parlamento Abierto con al menos dos niveles, a saber: una de corto plazo (directorio 2016-2017) y el largo plazo (5 años PEI), en cuyo caso se podrá incorporar el aporte de la academia,

especialmente de la Universidad Latinoamericana de Ciencia y Tecnología (ULACIT) y el Programa Estado de la Nación. En ambos casos el Directorio Legislativo ha tomado acuerdos que permiten el trabajo conjunto en materia

de divulgación del quehacer legislativo así como de fortalecer el proceso específico de Parlamento Abierto6.

Adicionalmente se promueve la participación del CICAP7, instancia que cuenta con experiencia en la materia de Gobierno Abierto en temas como capacitación y construcción de instrumentos de evaluación.

Una vez concluida la presentación, se realizan una serie de consultas, comentarios.

SE ACUERDA: Tomar las siguientes disposiciones:

1. Avalar el siguiente plan de acción de Parlamento Abierto 2016-2017:

El objetivo general y los objetivos específicos de la propuesta de Plan de Acción de Parlamento Abierto 2016-2017 son:

OBJETIVO GENERAL

Consolidar la política de Parlamento Abierto en la Asamblea Legislativa de Costa Rica. OBJETIVOS ESPECÍFICOS

1. Continuar con el proceso de apropiación de conceptos de Parlamento Abierto.

2. Iniciar el proceso de diagnóstico de apertura de datos de la Asamblea Legislativa

3. Posicionar la agenda de Parlamento Abierto de la Asamblea Legislativa en el ámbito

institucional, nacional e internacional.

4. Elaborar un estado de situación de mecanismos de participación ciudadana en la

Asamblea Legislativa.

5. Impulsar la transparencia, rendición de cuentas, ética y probidad parlamentaria.

Objetivo N° 1: Continuar con el proceso de apropiación de conceptos Parlamento Abierto en la Asamblea Legislativa de Costa Rica.

Con este objetivo se pretende dar continuidad a las acciones educativas sobre Estado Abierto, Parlamento abierto y sus principios, expandiendo su alcance a asesores y diputados y

fortaleciendo el trabajo que se desarrolló con funcionarios legislativos en el primer plan de acción.

6 Sesión ordinaria Nº 102-2016 del 16 de febrero del 2016 Artículo 3.- se acuerda: Con base en el criterio vertido por el Departamento

de Asesoría Legal mediante oficio AL-DALE-PRO-0086-2016, avalar el siguiente adenda al convenio marco vigente: adendas convenio

marco de cooperación interinstitucional entre la Universidad Latinoamericana de Ciencia y Tecnología (ULACIT) y la Asamblea

Legislativa y Acuerdo del directorio N. º 25 de la sesión ordinaria N. º 179 -2013. 7 Centro de Investigación y Capacitación en Administración Pública, Universidad de Costa Rica.

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Las acciones enmarcadas contemplan realización de talleres, charlas y conversatorios, en temáticas como principios de Parlamento Abierto pero definidos estratégicamente según el público meta.

Acción 1.1 Realizar tres talleres de capacitación a funcionarios administrativos enlaces encargados

de contenidos web.

Hitos

Descripción Plazo Contraparte de coordinación

Taller N° 1: Para población meta 1 Octubre 2016 (*) Dirección Ejecutiva Abriendo Datos Costa Rica por la AAA

Taller N° 2: Para población meta 2 Noviembre 2016 (*)

Taller N° 3: Para población meta 3 Enero 2017 (*)

Indicador 80 funcionarios capacitados, corresponde al número de funcionarios que son los proveedores de contenido del Portal Legislativo.

Medio de verificación

Listas de asistencia y evaluaciones de cada taller.

(*) Un jueves de las 13 a las 17 horas

Acción 1.2 Realizar dos charlas a asesores de fracciones sobre parlamento abierto.

Hitos

Descripción Plazo Contraparte de coordinación

Charla N° 1: Parlamento Abierto Costa Rica

Febrero 2017

Directorio Legislativo Dirección Ejecutiva Charla N° 2: Parlamento

Abierto Costa Rica

Febrero 2017

Indicador 65 asesores capacitados

Medio de verificación

Listas de asistencia y evaluaciones de cada taller

(*) Un lunes de las 10 a las 12 horas.

Acción 1.3 Realizar dos conversatorios con diputados y diputadas.

Hitos

Descripción Plazo Contraparte de coordinación

Conversatorio N°1: Un conversatorio jefes de fracción con la AAA

Febrero 2017

Directorio Legislativo Dirección Ejecutiva ACCESA por la AAA Conversatorio N°2:

Conversatorio para Febrero 2017

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Legisladores, con experto(s) internacional

Indicador Al menos 9 de diputados alcanzados Medio de verificación

Lista Asistencia

Objetivo N° 2: Iniciar la fase de diagnóstico para el proceso apertura de datos de la Asamblea Legislativa.

Con este objetivo se pretende asegurar la continuidad del proceso de apertura de datos iniciado en el Primer Plan de Acción, a partir de la revisión de la realidad de la Asamblea Legislativa, conocer el contexto y el estado de la cuestión, determinando los desafíos y las fortalezas del recurso

técnico y humano. Esto tiene como fin elaborar un primer informe diagnóstico que brinde insumos para posteriormente desarrollar una hoja de ruta y un plan de acción que se implemente en el mediano y largo plazo, con miras al establecimiento de una política de datos abiertos en el ámbito

institucional.

Acción 2.1 Realizar informe del estado de situación de apertura de datos en la Asamblea Legislativa.

Hitos

Descripción Plazo Contraparte de coordinación

Conformación de equipo de trabajo de apertura de datos

Septiembre 2016 Dirección Ejecutiva Abriendo Datos Costa Rica por la AAA

Elaboración de informe Septiembre - diciembre 2016

Entrega de informe Diciembre 2016

Indicador -1 informe Medio de

verificación

-Minutas de reuniones de equipo de trabajo de apertura de datos

-Informe

Objetivo N° 3: Posicionar la agenda de Parlamento Abierto a nivel institucional, nacional e internacional.

Las acciones de este objetivo están enfocadas en afianzar la agenda de Parlamento Abierto partiendo del ámbito institucional. Para ello, se propone trabajar en tres líneas: incorporar al Plan Estratégico Institucional (PEI) y a los Planes Anuales Operativos (PAOS), las acciones de

Parlamento Abierto que sean de mediano y largo plazo y se definan en ejercicios de co-creación con los funcionarios legislativos, los legisladores y la sociedad civil.

También se pretende promover la creación de la “Comisión Especial de Parlamento Abierto” como una instancia permanente para la construcción y deliberación de la agenda y desarrollar procesos efectivos de intercambio de experiencias en el ámbito nacional e internacional, que enriquezcan el

enfoque y Plan de Parlamento Abierto costarricense.

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Acción 3.1 Construir políticas y acciones de Parlamento Abierto de mediano (1 año) y largo plazo (5

años).

Hitos

Descripción Plazo Contraparte de coordinación

Taller co-creación N°1: Construir Política Institucional de Parlamento Abierto

Septiembre 2016 Dirección Ejecutiva Iplex por parte de la AAA

Taller co-creación N° 2: Construir Política Institucional de Parlamento Abierto

Octubre 2016

Indicador 2 Talleres -Política Institucional

Medio de verificación

Lista asistencias

Acción 3.2 Construir un sistema de monitoreo y evaluación de Parlamento Abierto.

Hitos

Descripción Plazo Contraparte de coordinación

Se integra en el PEI una política de Parlamento Abierto con las respectivas acciones estratégicas siguiendo los criterios y procedimientos técnicos correspondientes.

Setiembre y octubre 2016

Dirección Ejecutiva por parte de la AL Iplex por parte de la AAA

Se integra al Plan de Acción de Parlamento Abierto 2.0 al PAOS y se promueve con las instancias técnicas.

Setiembre y octubre 2016

Indicador Acuerdo del Directorio Legislativo.

Medio de verificación

PEI y PAOS.

Se promueve la participación activa del CICAP

Acción 3.3 Promover la creación de la Comisión Especial Legislativa: Parlamento Abierto.

Hitos

Descripción Plazo Coordinadores Moción de creación de la Comisión Septiembre 2016

Directorio Legislativo por parte de la AL CRI por parte de la AAA

Divulgación de la propuesta y búsqueda de apoyo

Octubre 2016 - abril 2017

Indicador -1 moción - 2 acciones de divulgación

Medio de verificación

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Acción 3.4 Organizar en conjunto con el Directorio Legislativo, Dirección Ejecutiva y la Comisión de

Parlamento Abierto el Encuentro Anual de Parlamento Abierto de ParlAmericas, a realizarse en marzo

del 2017 en nuestro país.

Hitos

Descripción Fecha inicio Contraparte de coordinación

Establecimiento subcomisión general de organización 8

Septiembre 2016 Directorio Legislativo Dirección Ejecutiva -Comisión de Parl amento Abierto

Definición de tareas requeridas para la realización del evento y el cronograma para su cumplimiento".

Septiembre 2016-marzo 2017

Indicador Evento realizado

Medio de verificación

Lista de miembros de subcomisión Lista general de control de tareas

Objetivo N° 4: Elaborar un estado de situación de mecanismos de participación ciudadana en la Asamblea Legislativa.

Este objetivo busca identificar las metodologías y mecanismos con que cuenta la institución actualmente para fomentar la participación ciudadana en los procesos de toma de decisiones, formulación y sanción de las leyes. Enfocado por un lado, en la tipificación de espacios de

participación mediante el uso de Internet y las Tecnologías de la Información y Comunicación TICs y las redes sociales, que permitan recibir los comentarios de la ciudadanía en línea para potenciar la incorporación del ciudadano en los procesos legislativos. Por el otro lado, en el registro de las

principales acciones de acercamiento de las y los diputados hacia la ciudadanía para divulgar los elementos de despacho abierto ya practicados en la Asamblea Legislativa de Costa Rica.

Acción 4.1 Identificar los espacios de participación ciudadana online y las prácticas de despacho

abierto en la Asamblea Legislativa.

Hitos

Descripción Plazo Contraparte de coordinación

Sistematización de mecanismos en la Asamblea Legislativa

Septiembre - diciembre 2016

Dirección Ejecutiva por la AL - ACCESA por la AAA

Divulgación entre los parlamentarios y la ciudadanía

Enero - abril 2017

Indicador 1 informe Medio de verificación

Documento Informe

8 Con participación de Asamblea (en lo administrativo y lo político), sociedad civil y enlace de ParlAmericas.

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Acción 4.2 Promover y apoyar la innovación y creatividad en el uso de las Redes Sociales de la

Asamblea Legislativa.

Hitos

Descripción Plazo Contraparte de coordinación

Taller sobre medios sociales Diciembre 2016 Dirección Ejecutiva - Ojo al Voto por la AAA

Plan de Contenidos Septiembre 2016- abril 2017

Indicador 10 personas participantes 1 documento Plan de Contenidos

Medio de verificación

Lista asistencia Plan de Contenidos

Acción 4.3 Elaborar videos interactivos de divulgación de los mecanismos de participación

ciudadana en la Asamblea Legislativa

Hitos

Descripción Plazo Contraparte de coordinación

Video N°1: ¿Cómo proponer una ley por medios ciudadanos?

Septiembre a diciembre 2016

Dirección Ejecutiva por la AL - Ojo al Voto por la AAA

Video N°2: Mecanismos y espacios dentro de la Asamblea Legislativa que existen para propiciar la participación ciudadana.

Septiembre a diciembre 2016

Indicador 2 videos

Medio de verificación

videos

Objetivo N° 5: Impulsar la transparencia, rendición de cuentas, ética y probidad

parlamentaria Promover una mayor rendición de cuentas de cada legisladora y legislador, incluyendo la mejora de

la plantilla de información de cada uno y una disponible en el sitio web. Promover la realización de un informe de rendición de cuentas de carácter periódico y anual sobre

la gestión legislativa y política. Dicho modelo debería incluir un registro de las actividades de cada parlamentaria y parlamentario y una declaración de los compromisos previos al inicio de su mandato, que permita comparar las medidas adoptadas durante su cargo.

Acción 5.1 Definir un perfil de datos e información mínimos de las y los diputados a publicar en el sitio web.

Hitos

Descripción Plazo Contraparte de coordinación

Crear conjuntamente el perfil con diputadas y diputados

Diciembre 2016 -Dirección Ejecutiva por AL Ojo al

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6 de setiembre del 2016 Página N° 11

Voto por AAA

Publicar la plantilla de perfil en el sitio web de la Asamblea Legislativa

Febrero 2017

Indicador Plantilla de perfil del 25 por ciento de diputadas y diputadas Medio de verificación

Sitio Web

Acción 5.2 Promover buenas prácticas y estándares de conducta sobre Parlamento Abierto acordes con los principios internacionales.

Hitos

Descripción Plazo Contraparte de coordinación

Estudio de principios adoptados internacionalmente

Noviembre 2016

-Comisión PA -CRI por la AAA

Recomendar estándares de conducta sobre Parlamento Abierto

Febrero 2017

Indicador 1 propuesta sobre buenas prácticas parlamentarias y estándares de conducta Medio de verificación

Presentación Directorio Legislativo

2. Con el propósito de que el Directorio Legislativo tenga una

participación activa en el desarrollo de este grupo de trabajo, designar al diputado Gonzalo Ramírez Zamora, Primer Secretario, como coordinador de la Comisión de Parlamento Abierto.

3. Instruir al Departamento de Relaciones Públicas, Prensa y

Protocolo para que realice las coordinaciones necesarias, a fin de

ofrecer un desayuno el martes 4 de octubre del 2016, a partir de las 7:30 a.m. con los jefes de las diferentes fracciones representadas en la Asamblea Legislativa, diputados involucrados en el proyecto

de parlamento abierto (aproximadamente 30 personas), el cual será proporcionado por la Organización de Estados Americanos (OEA).

Asimismo, posterior a esa actividad, se solicita a esa dependencia organizar una reunión con todos los diputados para hacer de su conocimiento el referido proyecto, la cual deberá programarse para

un miércoles después de las comisiones plenas. -747, 748-

ARTÍCULO 4.- SE ACUERDA: Autorizar al diputado Antonio Álvarez Desanti,

Presidente de la Asamblea Legislativa para que suscriba una prórroga del convenio de cooperación interinstitucional entre la Contraloría

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General de la República y la Asamblea Legislativa para que acceda al

módulo de consulta del SIL. Se instruye al Departamento de Asesoría Legal para que formalice

dicho documento, en el cual se deberán consignar prórrogas automáticas, siempre y cuando el módulo esté apto para mantener el servicio. ACUERDO FIRME. -700, 699, 698-

ARTÍCULO 5.- Se conocen oficios DA-PLN-NOM-022-09-16 y DA-PLN-NOM-026-09-16,

suscritos por la diputada Maureen Clarke Clarke y la señora Noemy Montero Guerrero, Jefa y Directora Administrativa del Partido Liberación

Nacional, respectivamente, mediante los cuales solicitan lo siguiente:

1. Nombrar al señor Carlos Sequeira Lépiz, cédula No. 4-127-676, en el

puesto N° 110115 de Asesor Especializado BR, a partir del 4 de setiembre al 30 de abril del 2017.

El señor Sequeira Lépiz estará destacado en el despacho del diputado Rolando González Ulloa.

2. Prorrogar el nombramiento de la señora Yariela Guillén Soto, cédula

No. 3-382-521, en el puesto N° 05184 de Asesor Especializado B, a

partir del 4 y hasta el 30 de setiembre del 2016. La señora Guillén Soto continuará destacada en el despacho de la

diputada Karla Prendas Matarrita.

SE ACUERDA: Con base en la solicitud presentada por la diputada

Maureen Clarke Clarke y la señora Noemy Montero Guerrero, Jefa y Directora Administrativa del Partido Liberación Nacional, respectivamente, mediante oficios DA-PLN-NOM-022-09-16 y DA-PLN-

NOM-026-09-16, realizar los siguientes movimientos de personal: 1. Nombrar al señor Carlos Sequeira Lépiz, cédula No. 4-127-676, en

el puesto N° 110115 de Asesor Especializado BR, a partir del 4 de setiembre al 30 de abril del 2017.

El señor Sequeira Lépiz estará destacado en el despacho de l diputado Rolando González Ulloa.

2. Prorrogar el nombramiento de la señora Yariela Guillén Soto, cédula No. 3-382-521. en el puesto N° 05184 de Asesor Especializado B, del 4 al 30 de setiembre del 2016.

La señora Guillén Soto continuará destacada en el despacho de la diputada Karla Prendas Matarrita. ACUERDO FIRME. -690-

ARTÍCULO 6.- Se conoce oficio D.A. FUSC N° 308, con fecha 31 de agosto del 2016,

suscrito por el diputado Gerardo Vargas Rojas y el señor Luis Guillermo

Mena Sáenz, Jefe y Director Administrativo de la Fracción del Partido Unidad Socialcristiana, respectivamente, mediante el cual elevan al Directorio Legislativo el siguiente acuerdo tomado por la fracción del Partido Unidad

Socialcristiana, en reunión ordinaria celebrada el lunes 22 de agosto del 2016:

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1. Cesar el nombramiento del señor Danny Alberto Ovares Ramírez, cédula

N° 6-276-532, en el puesto N° 107212 de Asesor Especializado A, a partir del 6 de setiembre del 2016.

2. Cesar el nombramiento de la señora Kimberly Salas Céspedes, cédula N° 7-181-174, en el puesto N° 110082 de Asistente de Fracción Política 2, a partir del 6 de setiembre del 2016.

SE ACUERDA: Con base en la solicitud planteada por el diputado Gerardo Vargas Rojas y el señor Luis Guillermo Mena Sáenz, Jefe y

Director Administrativo del Partido Unidad Socialcristiana, respectivamente, mediante oficio D.A. FUSC No. 308 y en atención al acuerdo tomado por esa bancada el lunes 22 de agosto del 2016,

realizar los siguientes movimientos de personal: 1. Cesar el nombramiento del señor Danny Alberto Ovares Ramírez,

cédula N° 6-276-532, en el puesto N° 107212, de Asesor Especializado A, a partir del 6 de setiembre del 2016.

2. Dado que según información vertida por el Departamento de Recursos Humanos, la señora Kimberly Salas Céspedes presentó a esa dependencia boleta de incapacidad que se extiende hasta el 7

de setiembre del 2016, desestimar la solicitud planteada por esa bancada.

Lo anterior en virtud de que este Directorio Legislativo se ve imposibilitado de ejecutar dicho movimiento de personal. -697,684-

ARTÍCULO 7.- Se conoce oficio PAC-JF-084-16/17, con fecha 5 de setiembre del 2016, suscrito por la diputada Laura Garro Sánchez, Jefa de Fracción del Partido Acción Ciudadana, mediante el cual informa que el 4 de setiembre del 2016,

falleció el señor Cristofer Arroyo Montero, cédula No. 2-724-510, funcionario del despacho Javier Cambronero Arguedas.

SE ACUERDA: Cesar el nombramiento del señor Cristofer Arroyo Montero, cédula N° 2-724-510, en el puesto N° 038817 de Asistente de Fracción Política 2, quien falleciera el 4 de setiembre del 2016.

El señor Arroyo Montero se encontraba destacado en el despacho del diputado Javier Cambronero.

Asimismo se hace llegar a los familiares del señor Arroyo Montero las condolencias y el sentimiento de solidaridad por parte de los miembros

de este Directorio Legislativo. ACUERDO FIRME. -691-

ARTÍCULO 8.- Se conoce oficio D.A. FUSC No. 311, con fecha 5 de agosto del 2016,

suscrito por el diputado Gerardo Vargas Rojas y el señor Luis Guillermo Mena Sáenz, Jefe y Director Administrativo del Partido Unidad Socialcristiana, respectivamente, mediante el cual solicitan nombrar al señor

Alberto Quirós Quirós, cédula No. 5-146-698, en el puesto No.107212 de Asesor Especializado A-R, a partir del 12 de setiembre del 2016 y hasta el 30 de abril del 2017.

El señor Quirós Quirós estará destacado en el Departamento de Asesores.

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SE ACUERDA: Con base en la solicitud planteada por el diputado

Gerardo Vargas Rojas y el señor Luis Guillermo Mena Sáenz, Jefe y Director Administrativo del Partido Unidad Socialcristiana, respectivamente, mediante oficio D.A. FUSC No. 311, nombrar al señor

Alberto Quirós Quirós, cédula No. 5-146-698, en el puesto No.107212 de Asesor Especializado A-R, a partir del 12 de setiembre del 2016 y hasta el 30 de abril del 2017.

El señor Quirós Quirós, estará destacado en el Departamento de Asesores. ACUERDO FIRME. -692-

ARTÍCULO 9.- Se conoce oficio DA-PLN-NOM-025-08-16, con fecha 29 de agosto del 2016,

suscrito por la diputada Maureen Clarke Clarke y la señora Noemy Montero

Guerrero, Jefa y Directora Administrativa del Partido Liberación Nacional, respectivamente, mediante el cual solicitan nombrar a la señora Erika Barrantes Rivas, cédula N° 6-287-544, en el puesto N° 030589 de Asistente

de Fracción Política 2, a partir del 1 y hasta el 30 de setiembre del 2016. La señora Barrantes Rivas estará destacada en el despacho de la diputada

Karla Prendas Matarrita.

SE ACUERDA: Con base en la solicitud planteada por la diputada

Maureen Clarke Clarke, Clarke y la señora Noemy Montero Guerrero, Jefa y Directora Administrativa del Partido Liberación Nacional, respectivamente, mediante oficio DA-PLN-NOM-025-08-16, nombrar a la

señora Erika Barrantes Rivas, cédula N° 6-287-544, en el puesto N° 030589 de Asistente de Fracción Política 2, a partir del 1 y hasta el 30 de setiembre del 2016.

La señora Barrantes Rivas estará destacada en el despacho de la diputada Karla Prendas Matarrita. ACUERDO FIRME. –693-

ARTÍCULO 10.- Se conoce oficio AL-USEG-OFI.-212-2016, con fecha 1 de setiembre del

2016, suscrito por la señora Magaly Camacho Carranza , Jefa de la Unidad

de Seguridad y Vigilancia, mediante el cual remite el nombre de los agentes de seguridad que disfrutarán de su periodo de vacaciones en los meses de setiembre y octubre del 2016, así como el de los funcionarios que los

sustituirán con el fin de que sea elevado al Directorio Legislativo:

Chanelly Reid Sinclair, céd. Nº 7-218-466, ingresó el 6 de junio 2014

Funcionario Cédula Nº Puesto Cargo Periodo

Alejandro Madriz Martínez

3-230-982 75 Agente de Seguridad

19 setiembre al 9 octubre 2016

Dorian Campos Umaña

3-327-766 78800 Agente de Seguridad

10 al 30 octubre 2016

Luis Diego Zúñiga Alvarado, céd. 6-412-289, ingresó el 18 de mayo 2015

Funcionario Cédula Nº Puesto Cargo Periodo

Carlos Baker Dixon

1-890-888

351315 Agente de Seguridad

12 al 25 setiembre 2016

Carlos Sancho Rivera

1-1044-190 351310 Agente de Seguridad

26 setiembre al 9 octubre 2016

Johnny Quesada

Barquero

1-629-894 112300 Agente de

Seguridad

10 al 16 octubre

2016

Jonathan Ramírez Rovira

1-1335-540 77 Agente de Seguridad

17 al 23 octubre 2016

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Cinthya Loaiza Umaña, céd. 3-355-076, ingresó el 7 octubre 2013

Funcionario Cédula Nº Puesto Cargo Periodo

Hernán Fernandez

Aguero

1-429-988 112302 Agente de Seguridad

17 al 30 octubre

Rafael A. Alvarado Chinchilla, céd. 1-706-412-576, ingresó el 27 de agosto 2016

Funcionario Cédula Nº Puesto Cargo Periodo

Carlos Gonzalez Pérez

1-1115-957 356479 Agente de Seguridad

21 setiembre al 2 octubre

Adrián Rojas

Morera

1-1015-271 15178 Agente de

Seguridad

3 al 16 octubre

José Jaubert

Salguera

1-1332 356477 Agente de

Seguridad

17 al 23 octubre

2016

SE ACUERDA:

1. Nombrar a la señora Chanelly Reid Sinclair, cédula No. 7-218-466, en el puesto No. 000075 de Agente de Seguridad, en sustitución del señor Alejandro Madriz Martínez, cédula No. 3-230-982, quien

disfrutará de su periodo de vacaciones a partir del 19 de setiembre al 9 de octubre del 2016.

2. Nombrar a la señora Chanelly Reid Sinclair, cédula No. 7-218-466, en el puesto No. 078800 de Agente de Seguridad, en sustitución del señor Dorian Campos Umaña, cédula No. 3-327-766, quien

disfrutará de su periodo de vacaciones a partir del 10 al 30 de octubre del 2016.

3. Nombrar al señor Luis Diego Zúñiga Alvarado, cédula No. 6-412-289, en el puesto No. 351315 de Agente de Seguridad, en sustitución del señor Carlos Baker Dixon, cédula No. 1-890-888,

quien disfrutará de su periodo de vacaciones a partir del 12 al 25 de setiembre del 2016.

4. Nombrar al señor Luis Diego Zúñiga Alvarado, cédula No. 6-412-289, en el puesto No. 351310 de Agente de Seguridad, en sustitución del señor Carlos Sancho Rivera, cédula No. 1-1044-190,

quien disfrutará de su periodo de vacaciones a partir del 26 de setiembre al 9 de octubre del 2016.

5. Nombrar al señor Luis Diego Zúñiga Alvarado, cédula No. 6-412-289, en el puesto No. 112300 de Agente de Seguridad, en sustitución del señor Johnny Quesada Barquero, cédula No. 1-629-

894, quien disfrutará de su periodo de vacaciones a partir del 10 al 16 de octubre del 2016.

6. Nombrar al señor Luis Diego Zúñiga Alvarado, cédula No. 6-412-289, en el puesto No. 000077 de Agente de Seguridad, en sustitución del señor Jonathan Ramírez Rovira, cédula No. 1-1335-

540, quien disfrutará de su periodo de vacaciones a partir del 17 al 23 de octubre del 2016.

7. Nombrar a la señora Cinthya Loaiza Umaña, cédula No. 3-355-076, en el puesto No. 112302 de Agente de Seguridad, en susti tución del señor Hernán Fernández Agüero, cédula No. 1-429-988, quien

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disfrutará de su periodo de vacaciones a partir del 17 al 30 de

octubre del 2016.

8. Nombrar al señor Rafael Alberto Alvarado Chinchilla, cédula No. 1-

706-576, en el puesto No. 356479 de Agente de Seguridad, en sustitución del señor Carlos González Pérez, cédula No. 1-1115-957, quien disfrutará de su periodo de vacaciones a partir del 21 de

setiembre al 2 de octubre del 2016.

9. Nombrar al señor Rafael Alberto Alvarado Chinchilla, cédula No. 1-

706-576, en el puesto No. 015178 de Agente de Seguridad, en sustitución del señor Adrián Rojas Morera, cédula No. 1-1015-271, quien disfrutará de su periodo de vacaciones a partir del 3 al 16 de

octubre del 2016.

10. Nombrar al señor Rafael Alberto Alvarado Chinchilla, cédula No. 1-

706-576, en el puesto No. 356477 de Agente de Seguridad, en sustitución del señor José Jaubert Salguera, cédula No. 1-1332-503, quien disfrutará de su periodo de vacaciones a partir del 17 a l

23 de octubre del 2016. ACUERDO FIRME. -694- ARTÍCULO 11.- Se conoce oficio D.A. FUSC N° 309, con fecha 31 de agosto del 2016,

suscrito por el diputado Gerardo Vargas Rojas y el señor Luis Guillermo Mena Sáenz, Jefe y Director Administrativo de la Fracción del Partido Unidad Socialcristiana, respectivamente, mediante el cual elevan al Directorio

Legislativo el acuerdo tomado por la Fracción del Partido Unidad Socialcristiana, en reunión ordinaria celebrada el lunes 22 de agosto del 2016, tendiente a cesar el nombramiento del señor Arturo Robles Coronas,

cédula N° 1-611-588, en el puesto N° 110079 de Asesor Especializado AR.

Indican que, extraoficialmente fueron informados de que el señor Robles

Coronas se encuentra incapacitado, por lo cual solicitan proceder conforme a derecho y en el momento oportuno legalmente.

SE ACUERDA: Informar al diputado Gerardo Vargas Rojas, Jefe de Fracción del Partido Unidad Socialcristiana que, lamentablemente no es posible para este Directorio Legislativo proceder con el cese del

señor Arturo Robles Coronas, acordado por esa bancada, en virtud de que el servidor se encuentra incapacitado.

Se instruye al Departamento de Recursos Humanos para que informe a este Directorio Legislativo la reincorporación del funcionario a sus labores, a fin de proceder con la solicitud planteada por la bancada del

Partido Unidad Socialcristiana, mediante oficio D.A. FUSC N° 309. -713-

ARTÍCULO 12.- Se conoce oficio AL-DSGE-OFI-0330-2016, con fecha 29 de agosto del

2016, suscrito por el señor Luis Fernando Chacón Monge , Director del Departamento de Servicios Generales, mediante el cual se refiere a la consulta planteada mediante oficio PAC-FVC--034-16/14, por el diputado

Franklin Corella Vargas del Partido Acción Ciudadana, respecto a si el Sistema de Audio utilizado anteriormente en las Comisiones Legislativas, puede ser donado.

Sobre el particular indica que el señor Jeffrey Céspedes Vásquez, de la Unidad de Mantenimiento manifestó que al momento de la desinstalación los

equipos se encontraban operando adecuadamente, por lo que no existiría

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ningún inconveniente en realizar su donación, en el entendido de que la

entidad que los reciba deberá hacerse cargo de su instalación y mantenimiento.

La Municipalidad de Nandayure deberá realizar la solicitud según lo estipulado en el artículo 63 del Reglamento de Bienes Muebles institucional.

En ese mismo sentido se conoce oficio SCM-MR 04-10-2016, con fecha 7 de julio del 2016, suscrito por la señora Rebeca Chaves Duarte , Secretaria Municipal de Nandayure, mediante el cual transcribe el inciso 4) artículo VII,

sesión ordinaria N° 10 celebrada el 6 de julio de 2016:

“4- Moción presentada por la regidora Marta Eugenia Castro

Hernández y acogida por los regidores Propietarios Angie Badilla Martínez, Emiliano Mata Chavarría, Edwin. Jiménez Sibaja, y Rodrigo Baltodano Peralta en la que Considerando: Que en las

curules del salón de sesiones de la Municipalidad de Nandayure no contamos con Micrófonos y son imprescindibles para que se escuche mejor y sean más eficientes las sesiones. Moción: Para

enviarle una carta al señor Antonio Ayales Esna, Director Ejecutivo de la Asamblea Legislativa y copia al señor Diputado Frank lin Corella Vargas para que nos hagan la donación de los Micrófonos

que tanto se necesitan en estas curules. Se somete a votación y los regidores manifiestan estar a favor de la misma, por lo que este Concejo acuerda: Primero: Aprobar la Moción antes escrita;

Segundo: Instruir a las secretarias para que comunique el presente acuerdo al Director Ejecutivo de la Asamblea Legislativa”.

SE ACUERDA: Por la vía de la excepción, autorizar la donación de 16 equipos de audio (con todos los dispositivos necesarios para su correcta operación), a la Municipalidad de Nandayure, a fin de que sean

utilizados en las curules del salón de sesiones. Lo anterior en el entendido de que se respetará lo estipulado en el

Reglamento de Bienes Muebles de la Asamblea Legislativa, aprobado mediante artículo 28 de la sesión ordinaria No. 008-2014. ACUERDO FIRME. -701-

ARTÍCULO 13.- Se conoce oficio AL-USEG-OFI.-209-2016, con fecha 24 de agosto del 2016,

suscrito por la señora Magaly Camacho Carranza , Jefa de la Unidad de

Seguridad y Vigilancia, mediante el cual, con instrucciones de la Dirección Administrativa y la Dirección de Servicios Generales, indica que esa jefatura asumió la responsabilidad de custodiar los bienes que se encuentran dentro

del Plenario Legislativo, el cual se ha efectuado con responsabilidad hasta el momento; sin embargo, a raíz del cambio de tecnología fueron instalados equipos modernos con tecnología de punta, que involucra dispositivos con

una serie de componentes periféricos para su operatividad, fáciles de remover, como son los credenciales de todos los diputados.

Su preocupación fundamental es que en el Plenario Legislativo, constantemente ingresan grupos numerosos de visitantes, como por ejemplo, estudiantes de centros educativos, guiados por el Departamento de

Relaciones Públicas y Protocolo y otras actividades como foros del Parlamento Joven.

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Preocupa, que en algún momento, uno de los participantes por simple

curiosidad retire o dañe algún dispositivo, causando una afectación importante en el sistema fundamental para el desarrollo de la actividad parlamentaria.

Si bien es cierto, la Unidad de Seguridad es la responsable de habilitar el acceso y custodiar los bienes, no cuenta con personal suficiente para

custodiar cada una de las curules cuando son tomadas por los visitantes. Es por lo anterior, que esa dependencia recomienda que las visitas

organizadas por el Departamento de Protocolo y otros departamentos, no sean realizadas en Plenario Legislativo, incluso, recordemos que la institución cuenta con un salón anexo al Plenario, como es la barra de

público, que tiene completa visibilidad, donde cualquier grupo de personas podrían ver y conocer cómo se realizan las sesiones plenarias.

Agrega que su jefatura hasta tanto se sigan autorizando este tipo de visitas salva su responsabilidad en caso de daño en los equipos instalados.

SE ACUERDA: Informar a la señora Magaly Camacho Carranza, Jefa de la Unidad de Seguridad y Vigilancia que existen actividades especiales que ameritan la utilización del salón plenario debido a su trascendencia

y, especialmente, debido a la limitación de espacios que existe, lo cual no implica que tengan que desatenderse los controles de seguridad y protocolos establecidos para estos efectos.

Por lo anterior, se solicita a la Unidad de Seguridad y Vigilancia y al Departamento de Relaciones Públicas, Prensa y Protocolo para que en

conjunto, velen por el adecuado uso de esos recintos. -706-

ARTÍCULO 14.- Se conoce oficio AL-USEG-OF.-170-2016, con fecha 27 de julio del 2016,

suscrito por la señora Magaly Camacho Carranza , Jefa de la Unidad de

Seguridad y Vigilancia, mediante el cual indica que tomando en cuenta la amenaza global que representa el terrorismo y los sucesos internacionales ocurridos en los últimos meses con grupos extremistas atacando diferentes

países del orbe, así como el crecimiento en nuestro país en un 300% los asesinatos provocados con armas de fuego por el crimen organizado en su modalidad de narcotráfico, esa jefatura considera indispensable que se

realicen medidas preventivas de seguridad en la Institución.

Este país no está inmerso directamente en el conflicto que se está

generando alrededor del mundo con el terrorismo, lo cual, no significa que estemos exentos a la influencia de estas ideologías radicales hacia ciertos focos de población.

Esta institución es el primer Poder de la República, por lo tanto, un blanco estratégico para cualquier grupo terroristas o de delincuencia organizada. Al

igual que en otros Estados, es indispensable incrementar los niveles de seguridad de estas instalaciones vitales.

Indica que su dependencia hace el esfuerzo necesario para brindar la seguridad que se requiere; sin embargo, existen varias debilidades fundamentales que hacen más vulnerable nuestra Institución. Se citan

algunas de estas:

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1. El punto más alarmante es la estructura de nuestras instalaciones,

un edificio completamente abierto, con vehículos estacionados adentro y en los alrededores, sin ventanales de seguridad, muros muy bajos, edificaciones dispersas donde el personal legislativo y

diputados deben trasladarse de un lugar a otro por zonas públicas.

2. Durante años nos han recortado el presupuesto de capacitación de

personal. Tienen tres años de no adiestrar al personal de la Unidad de Seguridad. Estas capacitaciones son de gran importancia porque se logra aumentar la eficacia y la agilidad del personal al momento

de enfrentar una situación de emergencia, brindándoles constantes métodos de abordaje. No se puede obviar que los métodos delictivos evolucionan así como su grado de violencia.

Su jefatura coordinó con la Unidad Especial de Intervención, para

que fuera este ente especializado el que capacitara al personal de seguridad; no obstante, a la fecha no ha ido posible, ya que el Departamento de Recursos Humanos y Departamento de Asesoría

Legal no encuentran el mecanismo idóneo para que se pague el alquiler de un polígono, que es el único requerimiento que solicita este grupo especializado contra el terrorismo.

3. Otro factor de riesgo, es que desde el pasado mes de abril, la

administración aprobó la movilidad laboral del psicólogo Carlos

Arguedas Rodríguez, quien era el encargado de abordar el seguimiento psicológico de todos los agentes de seguridad, así como de realizar las pruebas de idoneidad mental para portación de

armas, por lo que desde el mes de abril, los agentes de seguridad han tenido que acudir a psicólogos privados para la portación de armas. Situación que preocupa a esa Jefatura, ya que como es

sabido, las evaluaciones psicológicas a nivel privado no garantizan la idoneidad mental.

4. Además, de diciembre 2015 a la fecha, han aprobado la movilidad laboral a seis funcionarios de la Unidad de Seguridad y Vigilancia, situación que recarga las funciones en los funcionarios que

continúan ocasionando cansancio físico, desmotivación, carga excesiva de trabajo, mayores problemas de salud, consecuentemente, incapacidades, aumento en el tiempo

extraordinario y el quebrantamiento secuencial normal de los roles de trabajo.

Conociendo las debilidades que presenta la seguridad Institucional y la vulnerabilidad del inmueble, está fundamentada la necesidad de implementar medidas que incrementen los niveles de seguridad siguientes:

1. Evitar actividades que vayan a generar polémica o actividades de

temas inmersos en los conflictos internacionales, como lo son las

ideologías religiosas o políticas.

2. Evitar actividades en salones del edificio principal, que involucren el

ingreso de visitantes durante la realización del Plenario Legislativo. En este momento uno de los inconvenientes más grandes es que se están autorizando conferencias de prensa donde están invitando a

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gran cantidad de visitantes, principalmente porque se autorizan al

mismo tiempo diferentes actividades.

3. Permiso para que la Unidad Especial de Intervención del Ministerio de la Presidencia, capacite en temas de explosivos, seguridad de instalaciones y protección de dignatarios al personal de seguridad de

la Asamblea Legislativa. Cabe destacar, que dichas capacitaciones serán gratuitas, el único costo que asumiría la institución será el pago de tiempo extraordinario y pago de polígono, como lo indiqué

anteriormente.

4. No autorizar el ingreso de ningún visitante por ningún puesto que no esté habilitado con el equipo tecnológico necesario para control de ingreso de visitantes, para esto se requiere solicitar el apoyo a las

diferentes fracciones políticas.

5. No autorizar el ingreso de ningún visitante por ningún puesto que no esté habilitado con el equipo tecnológico necesario para control de ingreso de visitantes, para esto se requiere solicitar el apoyo a las

diferentes fracciones políticas.

6. Solicitar a la Municipalidad de San José la aplicación de no estacionamiento de vehículos en el bulevar entre el edifìcio Sion y edificio principal, por el riesgo que esto representa.

7. Instar por parte de las altas autoridades, a todos los func ionarios

legislativos el uso de carné institucional así como, respeto a los lineamientos que en materia de seguridad se establezcan.

8. Solicitar la colaboración de miembros de la Unidad Especial de Intervención, para que en actividades relevantes o de riesgo,

reforzar los puestos de ingreso de visitantes, para poder contar con la experiencia de este cuerpo especializado, especialmente en el tema de identificación de paquetes sospechosos.

9. La solicitud expresa al Ministerio de Seguridad, para que realicen

recorridos en los perímetros legislativos las 24 horas todos los 7 días

de la semana.

Dichas medidas de seguridad permiten incrementar la seguridad de la

Institución ante el aumento irreversible de la criminalidad, por lo que solicita elevarlo a los superiores jerárquicos, para su debido análisis y aprobación.

SE ACUERDA: Informar a la señora Magaly Camacho Carranza, Jefa de la Unidad de Seguridad que se están realizando ingentes esfuerzos por dotar a la Institución de una sede que reúna las condiciones de

seguridad que se requieren; sin embargo, hay limitaciones presupuestarias y prácticas en este momento para acoger las recomendaciones que plantea.

No obstante lo anterior, este Órgano Colegiado tomará en cuenta y valorará las posibilidades que plantea en su oficio. -707-

ARTÍCULO 15.- A continuación se transcribe el siguiente documento presentado por la

señora Kattia Martin Cañas:

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“Quien suscribe KATTIA MARTIN CAÑAS, mayor, divorciada, vecina de Sabanilla, funcionaria legislativa, de profesión licenciada en

Relaciones Internacionales con énfasis en Política Internacional, y

Máster en Comunicación, portadora de la cédula de identidad número 1-724-613, con respeto atento manifiesta:

Me presento a interponer impugnación de actos por nulidad absoluta presentado por la señora Kattia Martin Cañas, con base en el artículo

175 de la Ley General de la Administración Pública, en contra del

Oficio N° AL-DRHU-OFI-1748-2016 del 25 de Agosto de 2016 del Departamento de Recursos Humanos de la Asamblea

Legislativa. “ANTECEDENTES: Soy funcionaria del Poder Legislativo desde el día 1 de agosto de 2002. Por

ello, cuento con una carrera en ese Poder de aproximadamente 14 años, por lo cual disto de la categoría de funcionaria advenediza, ni ajena al quehacer

legislativo, ni menos de improvisada.

He sido una funcionaria con idoneidad comprobada y desempeño excelente. Fui designada el día 15 de octubre de 2014 por el Directorio Legislativo (PERÍODO 1 DE MAYO 2014 - 1 DE MAYO 2015) y en condición de funcionaria interina, en el puesto N° 094140 de Profesional 2B (especialidad Relaciones Internacionales), para prestar mis servicios en el Departamento de

Relaciones Públicas, Prensa y Protocolo. En adición a lo anterior, me desempeño como Presidenta Comité Ejecutivo Nacional del Partido Acción Ciudadana (PAC). El día 15 de diciembre de 2015, se celebró la sesión No. 098-2015 del Directorio Legislativo, y mediante el artículo 3 de la citada sesión, se acordó: “(...) Con base en las consideraciones antes señaladas y que forman parte integral del presente acuerdo y al criterio vertido por el Departamento de Asesoría Legal mediante oficio AL-DALE-PRO-0232016, se instruye a la Dirección Ejecutiva y al Departamento de Recursos Humanos para que realicen

los trámites pertinentes a fin de que se proceda a la realización del

respectivo concurso interno, en la forma y oportunidad que corresponda, del puesto N° 094140 de Profesional 2B. ACUERDO FIRME (...)”. En razón de la apertura del referido concurso, remití mis atestados y requisitos profesionales al Departamento de Recursos Humanos de la Asamblea Legislativa. Para mi sorpresa, a pesar del manejo que poseo de 3 idiomas, múltiples programas informáticos y experiencia en materia de comunicaciones, fue

calificada con una nota de cero en los rubros mencionados. El día 23 de agosto de 2016, interpuse formal Recurso de Apelación ante el Director del Departamento de Recursos Humanos, el cual fue contestado en la fecha del 26 de agosto de 2016, con el rechazo de la apelación. Mediante ese acto de rechazo, el Oficio N° AL-DRHU-OFI-1748-2016 del 25 de Agosto de 2016, se pretende justificar la calificación arbitraría que se

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impuso en el concurso N° 01-2016, lo cual logra únicamente al trasgredir el

Principio de Legalidad, y el bloque de legalidad al que estamos sometidos todos los funcionarios públicos.

En razón de ello, se interpone la presente Impugnación de Acto Nulo, de conformidad con el artículo 175 de la LGAP. CONSIDERACIONES FÁCTICAS Y JURÍDICAS: Manifestamos primero, que la presente impugnación de actos nulos, encuentra sustento jurídico en el artículo 175 de la Ley General de la Administración Pública (LGAP), por medio del cual, el legislador expresa:

“(...) Artículo 175.- El administrado podrá impugnar el acto absolutamente nulo, en la vía administrativa o la judicial, en el pl azo de un año contado a partir del día siguiente a su comunicación. Tratándose de actos de efectos continuados, el plazo se computará a partir del cese de sus efectos (…)”. Cabe señalar, que la presente impugnación en contra del acto notificado el 26 de octubre de 2016, se interpone el día 30 de agosto de 2016, es decir, dentro del plazo de 1 año que el ordenamiento jurídico establece como tiempo máximo para ello.

El acto administrativo es entendido, como lo hace el Dr. Rodolfo Saborío, citando a don Eduardo Ortiz Ortiz, como "...una manifestación unilateral de voluntad dirigida a producir un efecto de derecho emanada normalmente de la Administración en uso de una potestad administrativa". (Eficacia e Invalidez del acto administrativo.3 edición, editorial Juricentro, pág.28). Teniendo esto claro, el acto administrativo impugnado, carece sin mayor razón de los elementos constitutivos del acto administrativo. Estos actos administrativos, de conformidad con la Ley General de Administración Pública y jurisprudencia en la materia, deben tener los elementos calificados de formales y objetivos. A nuestros efectos partimos de lo

señalado en el artículo 166 de la Ley General de Administración Pública que señala:

“(...) Artículo 166. Habrá nulidad absoluta del acto cuando falten totalmente uno o varios de sus elementos constitutivos, real o jurídicamente (...) • Por su parte desde el artículo 158 punto 1 de la misma Ley, indica al respecto:

“(...) Artículo 158. La falta o defecto de algún requisito del acto administrativo, expresa o implícitamente exigido por el ordenamiento

jurídico constituirá un vicio de éste (...)" . Y cuando ello ocurre entonces no se puede realizar el ñn público al que se enmarca todo acto administrativo. Y esos elementos constitutivos o requisitos esenciales del acto bien los desglosa la misma Ley General de Administración Pública en sus artículos 131,132,133. 1.- Motivo: El artículo 11 de la LGAP señala lo siguiente: “(...) 1. La Administración Pública actuará sometida al ordenamiento jurídico y

sólo podrá realizar aquellos actos o prestar aquellos servicios públicos que autorice dicho ordenamiento, según la escala jerárquica de sus fuentes.

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2. Se considerará autorizado el acto regulado expresamente por norma escrita, al menos en cuanto a motivo o contenido, aunque sea en forma imprecisa (...)”. Por su parte, el artículo 128 del mismo cuerpo normativo preceptúa que “(...) Será válido el acto administrativo que se conforme sustancialmente con el ordenamiento jurídico (...)”. De conformidad con las disposiciones legales sobre la materia, el acto administrativo que nos ocupa carece de motivación en los términos de esas disposiciones. No existe razón o justificación para el dictado del acto que le permite al

Departamento de Recursos Humanos, como ya lo hizo, no tomar en cuenta mis conocimientos en idiomas y otras áreas del conocimiento, que me convierten en una candidata idónea para se nombrada en la plaza en cuestión. Este elemento está ausente de manera absoluta del acto aquí IMPUGNADO, lo cual me impide también ejercer adecuadamente un derecho de defensa, pues carezco de la información adecuada y veraz que justifica el mismo, y que sea derivada directamente del acto mismo. Lo anterior, por cuanto los argumentos que esgrimí en el recurso de Apelación, no fueron atendidos correctamente, ni el funcionario invocó fundamento fáctico

o jurídico de rango tal, que justifiquen la imposición de una calificación menor a la que los parámetros objetivos del concurso me otorgan. En particular, en el rubro Predictor de Idiomas, se me impuso una calificación de cero, a pesar de haber acreditado que soy versada en 3 idiomas. En el rubro Uso de la Herramienta de SIL, fui calificada con cero, cuando la verdad tanto real como material es que cuento con catorce años de experiencia en el uso y manejo del referido sistema, adquiridos en la misma Asamblea Legislativa. Con respecto al rubro Capacitación, se me impuso la calificación de 25 de 100,

no obstante a que el uso de Word, Excel, Power Point, redes sociales, es indispensable para desempeñar las funciones que llevo a cabo desde hace 14 años, y a que su efectivo manejo es inherente a la Maestría en Comunicación. Tampoco se tomó en cuenta mi experiencia de casi 10 años como docente en la Universidad Latina, impartiendo las materias de Historia del Periodismo, Métodos de investigación en ciencias sociales y Semiótica 1. El artículo 13 de la LGAP indica con total claridad que “(...) La Administración estará sujeta, en general, a todas las normas escritas y no escritas del ordenamiento administrativo (...)”.

Las actuaciones realizadas, distan sobremanera de conformarse sustancialmente con el ordenamiento (artículos 128 y 130 LGAP), ya que el ignorar de forma arbitraria los atestados y el cumplimiento de requisitos de uno de los oferentes del concurso, lo convierte en un procedimiento que no busca la idoneidad de ningún futuro funcionario. Es decir, que no existe ningún hecho ni norma que fundamente el rechazo del recurso planteado, sin trasgredir flagrantemente el Principio de Legalidad. 2.-Contenido:

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Este elemento hace referencia a lo que el acto en concreto dispone u ordena,

pero para ello, de conformidad con la Ley General de la Administración Pública, se dan previsiones legales que deben ser atendidas. El artículo 132 inciso 1 de dicha Ley contempla con claridad características del contenido del acto para que este sea revestido de la legalidad que el ordenamiento reconoce. El referido inciso establece: “(...) El contenido deberá de ser lícito, posible, claro y preciso y abarcar todas las cuestiones de hecho y de derecho surgidas del motivo, aunque no hayan sido debatidas por las partes interesadas (...).” Y como si esta disposición no fuera suficiente, el inciso 3 del mismo artículo

132, agrega: “(...) Cuando el motivo no esté regulado el contenido deberá estarlo, aunque sea en forma imprecisa De tal manera que podemos inferir de lo anterior que en el caso de quien suscribe, no existe un contenido lícito, sea apegado a derecho, con el soporte de la ley para su enunciación, que no muestre ninguna sospecha de acto viciado, todo lo cual en nuestro caso no se manifiesta. También el acto, por su contenido, debe ser además “claro” y “preciso”, que no muestre duda de lo regulado en el mismo, siempre y cuando dicha regulación sea apegada a derecho mediante su licitud, cosa ausente en el mismo.

El jurista Ernesto Jinesta, sobre esta materia nos ilustra y ratifica, en los siguientes términos: “Los elementos objetivos del acto son el contenido, el motivo y el fin. El en palabras simples, el contenido es “el qué” del acto -o lo que dispone el acto-, el motivo es ‘el por qué’ -o las razones que tomó en cuenta la Administración para dictar el acto-, y el fin es ‘el para qué’, o el fin público que se persigue con el acto dictado. Por ser lo que más interesa (...) se hará una breve referencia a uno de los

elementos objetivos del acto administrativo, el ‘motivo’. El motivo ha sido definido como: El motivo son los antecedentes, presupuestos o razones

jurídicas (derecho) y fácticas (hechos) que hacen posible o necesaria la emisión del acto administrativo, y sobre las cuales la Administración Pública entiende sostener la legitimidad, oportunidad o conveniencia de éste. El motivo, o como también se le denomina causa o presupuesto, está constituido por los antecedentes jurídicos y fácticos que permiten ejercer la competencia casuísticamente, su ausencia determina la imposibilidad de ejercerla, exclusivamente, para el caso concreto.” (JINESTA LOBO, Ernesto. Tratado de Derecho Administrativo, Tomo I, Biblioteca Jurídica Dihe, Ia edición, p. 370)

Queda claro entonces que el motivo son las razones que la Administración ha tomado en cuenta y en las que se ha fundamentado para dictar un acto, razones que deben ser de índole fáctico y jurídico para que el acto sea conforme a derecho, evitando así el que la Administración dicte actos arbitrarios y contrarios al ordenamiento jurídico.

En este sentido, el artículo 133 de la Ley General de la Administración Pública establece que cuando la Administración dicte un acto, el motivo en el que se fundamente deberá ser legítimo y existir tal y como ha sido tomado en cuenta para dictar el acto; es decir, que el motivo

de derecho esté de conformidad con el ordenamiento jurídico al aplicar la norma correcta para el caso concreto, y que el motivo de hecho, sea los hechos sobre los que se va a aplicar la norma, existan en la

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realidad. En caso que no se cumplan los requisitos que deben tener los

motivos de un acto - sea, ser legítimos y existir tal y como han sido invocados - se entiende que el acto carece de motivo o fundamentación.

(...) habrá ausencia de motivo o causa cuando los hechos invocados como antecedentes y que justifican su emisión son falsos, o bien, cuando el derecho invocado y aplicado a la especie fáctica no existe... El acto administrativo, sea reglado o no, debe siempre fundamentarse en hechos ciertos, verdaderos y existentes, lo mismo que en el derecho vigente, de lo contrario faltará el motivo. ” JINESTA LOBO, Ernesto. Tratado de Derecho Administrativo, Tomo I, Biblioteca

Jurídica Dike, Ia edición, p. 370)"9. Es decir, consiste en la objetiva y eficaz satisfacción del interés general, mismo que no corresponde en el caso en estudio, por cuanto, éste es inadecuado, como resultado de los defectos señalados en el motivo y en el contenido. La

falta de esos elementos imposibilita la existencia del fin, como satisfacción objetiva del interés general. El artículo 223 de la Ley General de la Administración Pública establece lo siguiente:

“(...) 1. Sólo causará nulidad de lo actuado la omisión de formalidades

sustanciales del procedimiento. 2. Se entenderá como sustancial la formalidad cuya realización correcta hubiera impedido o cambiado la decisión final en aspectos importantes, o cuya omisión causare indefensión (...)”. Por lo tanto, nos encontramos ante la omisión de formalidades sustanciales del procedimiento, conforme a lo expuesto en los párrafos anteriores, y por lo tanto, se configura lo preceptuado a través del artículo 175 de la LGAP. 3.- Fin.

Del mismo modo que con el elemento del “motivo”, los actos de marras vuelven a fallar al carecer de una conformidad con el fin público que deben buscar la administración y más bien aplican con “manu militari” la orden de desconocer mis conocimientos y experiencia, los cuales han sido totalmente constatados a través de mi participación en el concurso correspondiente, así como también, en los años en los que he laborado como funcionaria a favor de la Administración. En el presente caso, no existe ningún fin público que se satisfaga al negar mis atestados de forma injustificada e imponerme una calificación arbitraria, mucho menor a la que los parámetros objetivos del concurso me otorgan.

El artículo 191 Constitucional expresa: “(...) los servidores públicos serán nombrados a base de idoneidad

comprobada (…)”. Las actuaciones de la Administración Pública en mi caso, no pretenden determinar la idoneidad de quien suscribe, sino que buscan, de forma arbitraria e ilógica, imponer la menor calificación posible a una profesional que cuenta con la experiencia y conocimientos necesarios para desempeñar el puesto con excelencia.

9 Procuraduría General de la República, dictamen No. C-130-2007 del 30 de abril del 2007.

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Lo anterior resulta contrario a los Principios de Razonabilidad y

Proporcionalidad, que son de rango Constitucional. Este acto administrativo importa una nulidad por cuanto en los mismos hay ausencia de los elementos esenciales. III. PRUEBA DOCUMENTAL La que acompañó al Recurso de apelación del día 23 de agosto de 2016. IV. PRETENSIONES

De conformidad con los hechos enumerados, citas normativas, jurisprudencia y argumentos invocados, solicitamos:

1. Declarar con lugar en todos sus extremos la presente IMPUGNACION DE

ACTOS NULOS (Artículo 175 de la Ley General de Administración Pública) reiteradamente citados en este legajo y en consecuencia se anule el Oficio

N° AL-DRHU-OFI-1748-2016 del 25 de Agosto de 2016 del Departamento de Recursos Humanos de la Asamblea Legislativa.

2. Como consecuencia de la anulación del acto impugnado, se declare con lugar el recurso de apelación interpuesto el día 23 de agosto de 2016, y se

califiquen los siguientes rubros, de acuerdo a los atestados con que cuento, y a los parámetros objetivos del procedimiento: Predictor de idiomas.

Uso de la herramienta de SIL.

Capacitación. Cursos (de redacción y comunicación).

3. Acreditada la idoneidad con que cuento para ocupar el puesto N° 094140

de Profesional 2B, se ordene al Departamento de Recursos Humanos, se sirva de nombrarme en propiedad en la respectiva plaza.”

SE ACUERDA: Trasladar al Departamento de Asesoría Legal, copia de la nota suscrita por la señora Kattia Martin Cañas, relativo a las

calificaciones obtenidas durante su participación en el concurso interno del puesto No 094140. –yrspdio-

ARTÍCULO 16.- A continuación se transcriben los siguientes documentos suscritos por la señora Sandra Herrera Morales:

1.- “Por medio de la presente deseo externarle un cordial saludo y a la vez,

respetuosamente solicitarle elevar ante el Directorio Legislativo mi recurso de apelación a las notas obtenidas en los predictores de prueba específica e idiomas, para el concurso correspondiente al puesto N. 094140. La posibilidad de interponer este recurso de apelación fue señalada por el departamento de recursos humanos, mediante el oficio recibido N.° AL-DRHU-OFI-1756-2016.”

2.- “Recurso de Apelación

El 23 de agosto de 2016 presenté un recurso de apelación contra el oficio

AL-DRHU-OFI- 1660-2016, con fecha del 17 de agosto del presente año. Dicho documento me informaba sobre el resultado de las pruebas aplicas para el concurso interno N° 01-2016.

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En mis consideraciones, razoné los motivos por los cuales consideré y sigo

considerando ser merecedora del total de puntos obtenidos en dos rubros específicos:

1. El predictor de idioma: En mi expediente consta que soy egresada de un

colegio bilingüe, además presenté un título que indica que finalicé el ciclo de idioma avanzado, lo cual necesariamente supone que tengo nivel de dominio del idioma inglés. Para respaldar lo dicho anteriormente, adjunté una certificación de la misma universidad donde expresamente menciona que finalicé el nivel máximo del programa de inglés, que no existía hasta el momento en que finalicé la certificación ningún nivel superior. En mi apreciación, el título indica nivel avanzado, pero se omite el término "dominio" que solicita el Departamento de Recursos Humanos

(de manera antojadiza) para otorgarme el porcentaje total del rubro, pues la universidad indicó que tal como se aprecia en el certificado, se evidencia el dominio del idioma.

2. Prueba específica: en esta prueba se me comunicó que la disminución en el valor total se debió a tres aspectos que señalo a continuación con mis observaciones. Objetivos de la actividad:

a) Antes

Observación realizada por el equipo calificador: Excluye la estrategia de medios, grupos sociales e instituciones regionales. Desde mi punto de vista, el objetivo es crear canales institucionalizados para acercar a la Asamblea Legislativa con la ciudadanía, por ello, establecí algunas pautas de elaboración previa a la Jornada Cívica Democrática, entre ellas mencioné:

A los actores que consideré que debían participar en el proceso y las

acciones puntuales que se deben tomar en cuenta.

Solicitar permisos (porque algunas actividades de esta naturaleza se

desarrollan en ambientes externos públicos como parques)

Enviar invitaciones a las personas que deseen asistir (en lo que

conozco no se publica abiertamente en redes sociales para una asistencia masiva, sino que se direcciona la invitación al público meta).

Establecer un grupo multidisciplinario de coordinación de la actividad: esto porque en ocasiones se incorpora además del equipo de la Asamblea (despachos-DPC) a otras instituciones como la

municipalidad, el MEP u otros.

Elaboración de material de trabajo de carácter informativo: fliyers

(volantes), brochure, información institucional el quehacer legislativo.

Elaboración de una campaña publicitaria en la zona o

comunidad para incentivar la participación de la Jornada, y en los colegios que participarán con estudiantes.

Este último punto contempla sin duda la estrategia de medios y grupos

sociales. La campaña publicitaria tiene la finalidad de identificar cuáles son los mecanismos idóneos para transmitir el mensaje publicitario al público meta, ya sea para las instituciones públicas,

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organizaciones sociales, empresas, estudiantes y cualquier otro

representante social.

En mi caso tomé muy en cuenta la realización de una campaña publicitaria no es solamente el uso de redes sociales, sino que es mucho más amplia y debería combinar canales para transmitir la información, máxime que la Jornada Cívica Democrática se plantea para ser desarrollada en una comunidad rural costera. Es claro que en la actualidad la realidad del país no ofrece acceso a los servicios públicos de manera generalizada. En las zonas alejadas todavía las personas no tienen un acceso fácil a internet, ni siquiera las escuelas públicas cuentan con una línea telefónica donde comunicarse y por el contrario se debe llamar a la vivienda de algún funcionario de la

institución pública. Además, las Jornada involucra la participación de empresarios que son micro y pequeños empresarios con muchas limitaciones tecnológicas.

b) Durante

Observación realizada por el equipo calificador: No incluye medios de comunicación, grupos sociales e instituciones regionales. Desde mi punto de vista esta fase no necesariamente debería incluir medios de comunicación. Por el contrario, los grupos sociales y las instituciones regionales

se encuentran inmersos dentro de los grupos de trabajo que se desarrollan en la Jornada. El objetivo principal de esta fase es que los grupos organizados conozcan de la Asamblea, evalúen la situación de la zona a la cual pertenecen y además estén informados de los medios que la Institución ofrece (algunos por delegación constitucional) para presentar propuestas de ley o puedan solicitar información relacionada con el quehacer legislativo que les brinde insumos para resolver sus necesidades. Analizar la situación regional y nacional, conocer la existencia del DPC y los mecanismos que ofrece la Asamblea son acciones de gran relevancia en esta

fase. En mi opinión, las acciones que mencioné en la prueba escrita y que transcribo para su valoración tienen un enfoque integral de la fase DURANTE, pues en ella lo primordial no son los medios de comunicación (que están incluidos en lo que corresponde), sino la experiencia que se adquiere en la transmisión de conocimientos. El uso de los recursos de la Asamblea es para que las personas y las instituciones conozcan lo que el Parlamento les puede ofrecer y cómo ellos también pueden explotar las capacidades institucionales. En la prueba destaqué las siguientes acciones puntuales: Realizar una feria de exposición con el material y los stands aportados

por la instituciones públicas, organizaciones sociales, con el fin de informar a los estudiantes y demás participantes sobre temas puntuales, por ejemplo: agua, empleo, labores de la Asamblea Legislativa, entre

otros)

Realizar un ejercicio de negociación política con estudiantes: esto para que

comprendan con más cercanía el diario vivir dentro del parlamento.

Simulacro de votación de un proyecto de ley.

La presentación de panelistas que expongan las oportunidades y retos de

la región para que los participantes valoren la actualidad y se interesen por participar en la posibilidad de presentar iniciativas de proyectos de

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ley que contribuyan con la situación nacional o de la región a la cual

pertenecen.

En las mesas de trabajo se pueden ampliar las preocupaciones o

inquietudes de los vecinos y canalizarlas de manera que sientan un acompañamiento de la Asamblea Legislativa por medio del DPC y de los diputados que les representan.

Levantar una lista de los participantes con los contactos (correo, teléfono.

SON MEDIOS DE COMUNICACIÓN)

Poner a disposición medios institucionales de contacto, por

ejemplo el Facebook del DPC. c) Después

Observación realizada por el equipo calificador: No incluye informes, evaluaciones, seguimientos, boletines, redes. En esta sección indiqué diferentes evaluaciones y seguimientos, destaco lo escrito en la prueba:

Sugerir la conformación de un grupo ciudadano del cantón o región, que

continúe reuniéndose e identificando las necesidades que pueden ser

resueltas con ayuda de la Asamblea Legislativa y tengan un contacto permanente con el DPC. (SEGUIMIENTO Y EVLUACIÓN)

Hacer un documento compilando los resultados de la Jornada.

(EVALUACIÓN)

Procesar la lista de contactos y enviar un agradecimiento junto con el

documento compilado (SEGUIMIENTO)

Se sugiere un chat para mantener contacto con los participantes y a la

vez, utilizarlo como canal de información. (COMUNICACIÓN Y

SEGUIMIENTO)

Establecer canales con la institución y con los despachos de los

diputados, como medida de seguimiento y de contacto permanente con la Institución.

Por todo lo anteriormente expuesto, respetuosamente solicito una revaloración de las calificaciones en los puntos señalados, pues desde mi perspectiva el desarrollo que realicé no carece de los vacíos señalados.”

SE ACUERDA: Trasladar al Departamento de Asesoría Legal, copia de

los documentos suscritos por la funcionaria Sandra Herrera Morales contra parte del resultado obtenido en las pruebas aplicadas para el concurso interno NO. 01-2016. ACUERDO FIRME. -695-

ARTÍCULO 17.- SE ACUERDA: A solicitud del diputado Gonzalo Ramírez Zamora,

instruir al Departamento de Relaciones Públicas, Prensa y Protocolo

para que extienda invitación al señor Ibrahim Obeidat, Embajador del Reino de Jordania en México, a fin de que próximamente se puedan sostener reuniones con las diferentes bancadas de la Asamblea

Legislativa. ACUERDO FIRME. -702-

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ARTÍCULO 18.- De conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la Ley General de

Control Interno, el contenido de este artículo es de carácter confidencial hasta su resolución final.

ARTÍCULO 19.- SE ACUERDA: A solicitud del diputado Ronny Monge Salas, se autoriza

la realización del foro denominado “Comercio inclusivo”, que se llevará a cabo el 12 de setiembre del 2016, en el salón de Expresidentes, a partir de las 6 p.m., para lo cual se instruye a la Administración para

que contrate un cóctel para 35 personas, hasta por un monto de ¢ 175.000,oo (ciento setenta y cinco mil colones). ACUERDO FIRME. -696-

ARTÍCULO 20.- Se conoce oficio SSV-071-2016, con fecha 5 de setiembre del 2016, suscrito por la diputada Silvia Sánchez Venegas, mediante el cual solicita modificar

el acuerdo de la sesión ordinaria No, 130-2016, celebrada el 5 de setiembre de 2016, en virtud del correo suscrito por la señora Carolina Molina Barrantes, asistente del Ministerio de Relaciones Exteriores en la que

comunica que el señor Vicecanciller de la República, Jefe de la Delegación Oficial está convocando a reunión el día domingo 18 de setiembre en la sede de la Misión de Costa Rica en Ginebra.

Por lo anterior la legisladora solicita que se autorice lo correspondiente para su salida del país desde el día 16 de setiembre para estar presente en la

citada reunión.

SE ACUERDA: Con base en la solicitud planteada por la diputada Silvia Sánchez Venegas, mediante oficio SSV-071-2016, modificar el acuerdo tomado por el Directorio Legislativo en el artículo 9 de la sesión No.

130-2016, celebrada por el Directorio Legislativo el 30 de agosto del 2016, con el propósito de que se lea de la siguiente manera:

SE ACUERDA: Designar a la diputada Silvia Sánchez Venegas para que sea parte de la delegación nacional que realizará la defensa del quinto informe periódico al Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturares, que se celebrará los días 19 y 20 de setiembre del 2016, en las Naciones Unidas en Ginebra, Suiza. Además se acuerda otorgar a la legisladora los pasajes aéreos. Asimismo, se otorga a la legisladora los viáticos correspondientes a los días 17, 18, 19 y 20 de setiembre del 2016, en virtud de que deberá asistir a la reunión convocada por el Vicecanciller en la sede de la misión, el día 18 de setiembre del 2016. La legisladora saldrá del país el 16 de setiembre del 2016. Lo anterior, en el entendido de que el otorgamiento de los viáticos queda sujeto a que en el momento oportuno la respectiva subpartida cuente con contenido presupuestario, en cuyo caso, se deberá respetar lo que establece el Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos y con el itinerario de vuelo. Se ratifica el acuerdo tomado por el Directorio Legislativo en el artículo 9 de la sesión Nº 010-2014, en el sentido de que el legislador que cancele algún viaje autorizado por el Directorio Legislativo, deberá asumir de su propio peculio el costo del boleto aéreo siempre y cuando este haya sido formalmente emitido por la agencia de viajes correspondiente. Finalmente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento de la Comisión Permanente Especial de Relaciones

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Internacionales, una vez concluida la participación de la legisladora en dicha actividad, se le solicita remitir a esa instancia legislativa el respectivo informe de misión. ACUERDO FIRME. -689(b)-

ARTÍCULO 21.- Se conoce oficio CRI-INT-232-2016-2017, suscrito por el diputado Danny

Hayling Carcache, Presidente de la Comisión de Relaciones Internacionales, mediante el cual informa que desde hace más de dos décadas nuestra Asamblea Legislativa ha ostentado la Presidencia de la

Comisión de Derechos Humanos, Justicia y Políticas Carcelarias (CDHJPC) del Parlamento Latinoamericano y del Caribe (PARLATINO), en reconocimiento a la trayectoria costarricense en el campo de los derechos

humanos.

Recientemente esa Presidencia estaba a cargo de la señora diputada

Sandra Piszk Feinzilber quien renunció y mediante oficio SPF-FPLN-lll-027-2016 del 28 de junio de 2016, propuso para que la sustituyera la señora diputada Maureen Clarke Clarke, Presidenta de la Comisión Permanente

Especial de Derechos Humanos, argumentando que tradicionalmente este puesto del PARLATINO recae en quien ocupe dicha Presidencia.

La propuesta se sometió a discusión durante la sesión de la Comisión de Relaciones Internacionales y Comercio Exterior, número 6 del 18 de agosto de 2016, con la que estuvieron de acuerdo sus miembros.

Por lo tanto, de la manera más atenta la somete ante el Directorio Legislativo para su debida ratificación y posterior comunicación al Parlatino.

SE ACUERDA: Con base en la recomendación planteada por la Comisión de Relaciones Internacionales, mediante oficio CRI-INT-232-2016-2017, ratificar la designación de la diputada Maureen Clarke

Clarke como Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos, Justicia y Políticas Carcelarias (CDHJPC) del Parlamento Latinoamericano y del Caribe.

Se solicita a esa instancia legislativa que haga del conocimiento del Parlamento Latinoamericano, la anterior designación. ACUERDO

FIRME. -703-

ARTÍCULO 22.- Se conoce oficio DE-2016-2548, con fecha 5 de setiembre del 2016, suscrito

por el señor Mario Humberto Zárate Sánchez, Director Ejecutivo del CTP, mediante el cual indica que en sesión ordinaria N° 42-2016, artículo 8.2 de la Junta Directiva del Consejo de Transporte Público, se conoció la

comunicación del acto final dictado dentro del procedimiento administrativo tramitado por la Contraloría General de la República, bajo el número de expediente DJ-77-2012, referente al caso del licenciado Ricardo Jiménez

Godínez. Tomando en cuenta que el funcionario se encuentra en la Auditoría de la Asamblea Legislativa, sigue siendo funcionario público, por lo que se les aporta el oficio 11433 (CGR/DJ-1517), de fecha 1 de setiembre del 2016.

Lo anterior con la finalidad de que se aplique la sanción determinada por la

Contraloría General de la República, agradece la colaboración y una vez

acatada, se le informe a la Junta Directiva del Consejo de Transporte Público y a la Contraloría General de la República, ya que literalmente así lo está solicitando la Contraloría General.

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En ese mismo sentido se conoce nota con fecha 2 de setiembre del 2016,

suscrita por el señor Rafael Herrera García , Secretario de Actas del Consejo de Transporte Público, mediante la cual manifiesta lo siguiente:

“Para lo que corresponda, se pone formalmente en su conocimiento y se transcribe en lo conducente, lo resuelto por la Junta Directiva del Consejo de Transporte Público, en la Sesión Ordinaria 42-2016 celebrada el día 01 de

setiembre del 2016. ARTICULO 8.2.- Se conoce oficio DE-2016-2528, referente a comunicación

del acto final dictado dentro del procedimiento administrativo tramitado bajo el número de expediente DJ-77-2012, caso del señor Ricardo Jiménez Godínez, comunicación que se realiza mediante el oficio CGR/DJ-1517.

CONSIDERANDO:

PRIMERO: Este Órgano Colegiado procede analizar el oficio DE-2016-2528, referente a comunicación del acto final dictado dentro del procedimiento administrativo tramitado bajo el número de expediente DJ-77-2012, caso del

señor Ricardo Jiménez Godínez, mocionándose para acoger las recomendaciones contenidas en el oficio CGR/DJ-1517, el cual forma parte integral de esta acta.

SEGUNDO: Como se indica en el oficio CGR/DJ-1517, el mismo tiene como finalidad comunicar la finalización del procedimiento administrativo DJ-77-

2012, tramitado por la Contraloría General de la República contra algunos funcionarios del Consejo de Transporte Público, dentro de los cuales está el señor Ricardo Jiménez Godínez.

TERCERO: Que en lo que a esta Junta Directiva compete, en dicho procedimiento administrativo se dictó acto final y se ordenó con carácter

vinculante sancionar al señor Ricardo Jiménez Godínez, imponiéndose suspensión de ocho días. En vista de que la resolución dicha se encuentra firme, la Contraloría General de la República ordena la ejecución de la

sanción, lo anterior dentro del plazo improrrogable de CINCO DÍAS, contados a partir del día siguiente del recibo de dicha comunicación.

CUARTO: Que el Lic. Ricardo Jiménez Godínez, Auditor Interno de este Consejo, se encuentra laborando actualmente en la Asamblea Legislativa, en virtud de haber solicitado un permiso sin goce de salario.

POR TANTO, SE ACUERDA:

1. Comisionar al Director Ejecutivo del Consejo para que realice los trámites necesarios con el fin de que se ejecute en tiempo y forma en lo que a este Consejo corresponde, lo ordenado por la Contraloría General

de la República mediante el oficio de marras.

2. Asimismo queda instruido el Director Ejecutivo, para que comunique lo

pertinente a la Asamblea Legislativa, para que en su condición de patrono, proceda a dar cumplimiento a lo ordenado por el ente Contralor.”

3. Solicitar a la Asamblea Legislativa que, una vez que haya aplicado la

sanción, la misma debe de ser comunicada a esta Junta Directiva, para

lo que en derecho corresponda.

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4. Notifíquese: Dirección Ejecutiva a los correos [email protected] y [email protected]/ Dirección de Asuntos Jurídicos al correo [email protected]/Contraloría General de la República.

5. Se declara firme.

Finalmente, se conoce oficio CGR/DJ-1517, con fecha 1 de setiembre del 2016, suscrito por el señor Ramón Alcides Gómez Figueroa , miembro del Órgano Decisor de la Contraloría General de la República, mediante el cual

comunica la finalización del procedimiento administrativo DJ-77-2012 tramitado por esta Contrataría General de la República contra los funcionarios Ricardo Jiménez Godínez, cédula de identidad N° 1-689-182,

Auditor interno; Luis Echeverría Monturiol, cédula de identidad N° 1-529-651, Asesor Legal de la Dirección Ejecutiva; Karen Ortiz Mendoza, cédula de identidad N° 1-988-141, Asesora jurídica; Xinia Murillo Mora, cédula de

identidad N° 110730168, Jefe del Departamento de Proveeduría; Mario Badilla Apuy, cédula de identidad N ° 1-557-228, Director ejecutivo; Marvin Salas Hernández, cédula de identidad N° 1-0654-0309, Jefe Financiero con

recargo de la Dirección Administrativa Financiera.

En dicho procedimiento se dictó acto final y se declararon responsables

administrativamente a los señores Xinia Murillo Mora, por lo que se recomendó con carácter vinculante la sanción de amonestación escri ta y publicada en el diario oficial La Gaceta, conforme lo establece el artículo 39,

inciso a), de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública; Mario Badilla Apuy, por lo que se recomendó con carácter vinculante la sanción de amonestación escrita conforme lo establece el

artículo 41 inciso a) de la Ley de General de Control Interno y Ricardo Jiménez Godínez, por lo que se recomendó con carácter vinculante la sanción de suspensión de ocho días, conforme lo establece el artículo 41,

inciso c), de la Ley General de Control Interno, según lo dispuesto en la resolución No. 16296-2015 (DJ-2086) de las 14 horas del 6 de noviembre del 2015.

Dado lo anterior y en razón de que dicha resolución se encuentra en firme, pues los recursos de revocatoria y apelación en contra de esta fueron

conocidos por el Órgano Decisor y el despacho Contralor, respectivamente, se remite copia de las resoluciones No. 16296-2015 (DJ-2086) de las 14 horas del 6 de noviembre del 2015, 2140-2016 (DJ-0196) de las 10 horas del

12 de febrero del 2016 y la 10697 DC-0239- R-DC-072-2016 de las 12 horas del 16 de agosto de 2016, para que se proceda con la ejecución correspondiente de la sanción de los funcionarios Mario Badilla Apuy, Xinia

Murillo Mora y Ricardo Jiménez Godínez, de conformidad con los extremos impuestos en las resoluciones que adjunta, dentro del plazo improrrogable de 5 días contados a partir de día siguiente del recibo de esta comunicación.

Una vez acatada la sanción recomendada solicita que se informe al respecto.

SE ACUERDA: Con base en el acto final, con carácter vinculante,

dictado por el Órgano Decisor del Procedimiento de la Contraloría

General de la República, incoado contra el señor Ricardo Jiménez Godínez, cédula N° 1-689-182 y otros, en el procedimiento administrativo tramitado bajo expediente N° DJ-77-2012, resolución

que se encuentra en firme, se procede a aplicar una suspensión de

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ocho días sin goce de salario al señor Ricardo Jiménez Godínez, cédula

N° 1-689-182, puesto N° 060927 de Auditor Interno, conforme lo establece el artículo 41, inciso c), de la Ley General de Control Interno.

La anterior sanción rige a partir del 9 y hasta el 16 de setiembre del 2016, inclusive. Comuníquese al Órgano Decisor de la Contraloría General de la República y a la Junta Directiva del Consejo de

Transporte Público. ACUERDO FIRME. -687, 686, 685-

ARTÍCULO 23.- Se conoce oficio CQS-DPL-00192-2016, con fecha 25 de agosto del 2016,

suscrito por la diputada Carmen Quesada Santamaría , mediante el cual indica que días atrás envió para conocimiento del Directorio Legislativo, solicitud para que se le cubriesen los gastos de representación de un viaje a

Ginebra, Suiza para participar en la 135 Asamblea de la Unión Interparlamentaria, ya que recibió una invitación por parte del secretario de la GRULAC; sin embargo, se le comunica la desestimación de la solicitud

argumentando que no es integrante de la comisión de la Unión Interparlamentaria.

Es por ello, que días después envía otra solicitud para que se le cubriesen los gastos de representación esta vez para Salta Argentina, los días 11 a 14 de octubre del presente año, donde se le invita a participar como integrante

del Comité Ejecutivo y representante de América Central de la Red de Mujeres Parlamentarias; sin embargo, en oficio número AL-DRLE-OFI-0653-2016 del 25 de agosto del año en curso, se le indica que por acuerdo del

Directorio se desestimaba su solicitud sin dar más detalles del rechazo. Por lo que solicita se proceda a revisar el acuerdo tomado en el artículo 15

de la sesión No. 129-2016, ya que considera que como representante de este Parlamento ante la Red de Mujeres Parlamentarias, le corresponde únicamente a ella la representación en dicha reunión.

SE ACUERDA: Informar a la diputada Carmen Quesada Santamaría que la desestimación de su solicitud planteada mediante oficio CQS-DPL-

00188-2016, se debe a la limitación de recursos en las partidas correspondientes, razón por la cual se ratifica el acuerdo tomado por el Directorio Legislativo en el artículo 15 de la sesión N° 129-2016. prox-

ARTÍCULO 24.- SE ACUERDA: Dictar la siguiente resolución:

CONSIDERANDO:

1. Que ante la renuncia por pensión del titular de puesto N° 060927 de

Auditor Interno, en estricto seguimiento de los lineamientos sobre los requisitos de los cargos de Auditor y Subauditor Internos de la Contraloría General de la República, la Administración inició el proceso

correspondiente para el nombramiento en propiedad del Auditor Interno de la Institución, según consta en el acuerdo tomado en el artículo 9 de la sesión N° 067-2015, celebrada el 2 de junio del 2015.

2. Que después de concluir con todas las formalidades del concurso

público para optar por el puesto N° 060927 de Auditor Interno, se

estableció que dos candidatos habían obtenido los resultados necesarios para ocupar el código.

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3. Que el Directorio Legislativo, en igualdad de oportunidades, dio

audiencia por separado a los dos oferentes que integraron la nómina de elegibles, con el propósito de hacerles preguntas sobre temas específicos y acerca de su interés en ocupar el puesto en referencia.

En dicha entrevista ambos expusieron a los miembros del Directorio Legislativo su experiencia laboral y profesional y respondieron una serie de preguntas que se les realizó en relación con su desempeño y

condiciones laborales, de las que, en atención al principio de buena fe, se esperaba total transparencia por parte de los candidatos.

4. Que después de cumplir con estas formalidades, mediante acuerdo

tomado en el artículo 4 de la sesión N° 120-2016, celebrada el 7 de junio del 2016, se dispuso nombrar en propiedad al señor Ricardo Jiménez Godínez, cédula N° 1-689-182, en el puesto N° 060927 de

Auditor Interno, a partir del 1 de julio del 2016. Para tales efectos, el señor Jiménez Godínez tramitó un permiso sin goce de salario en el Consejo de Transporte Público del Ministerio de Obras Públicas y

Transportes, el cual le fue aprobado por dicha entidad con un rige a partir del 1° de julio y hasta el 31 diciembre de 2016.

5. Que por disposición legal corresponde a este Directorio Legislativo realizar una evaluación del desempeño del señor Jiménez Godínez en su cargo, previo a que concluya su periodo de prueba de tres

meses, previsto en los incisos a) y b) del artículo 21 de la Ley de Personal de la Asamblea Legislativa, en concordancia con los artículos 30 y 31 incisos a) y b) del Estatuto del Servicio Civil y 19 de

su Reglamento, que lo establecen como un requisito obligatorio en todo caso de ingreso o promoción, dentro del régimen estatutario al que se encuentran adscritos los códigos de la Asamblea Legislativa.

6. Que para tales efectos resulta obligación revisar los principios rectores

del funcionario público. Se debe indicar que desde el punto de vista doctrinario, Guillermo Cabanellas ha señalado que todo trabajador

debe mantener una conducta intachable dentro y fuera del trabajo, caso contrario, desaparece el elemento de confianza en él depositado y puede ser despedido con justa causa. En este sentido indicó:

“(…) el trabajador debe mantener una conducta intachable dentro y fuera del trabajo; cuando no es así, desaparece el elemento de confianza en él depositado, y puede ser despedido con justa causa... En conclusión, todo hecho que sea susceptible de sembrar la desconfianza del empresario y que impida la prosecución de la relación laboral –dentro de un ambiente sin recelos - puede servir para fundar la ruptura del contrato de trabajo.” (CABANELLAS DE TORRES, Guillermo. Compendio de Derecho Laboral, Tomo I, Buenos Aires, Editorial Heliasta, S.R.L., tercera edición, 1.992, pp. 973-974).

Estos principios éticos en la función pública, se encuentran plasmados

en la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, N° 8422 de 6 de octubre de 2004, así como en el Decreto Ejecutivo N° 33146 del 24 de mayo de 2006, “Principios

Éticos de los Funcionarios Públicos”, publicado en La Gaceta N° 104 del 31 de mayo de 2006, y en las regulaciones de orden ético emitidas por la Contraloría General de la República en la Directriz D-2-2004-CO

del 12 de noviembre de 2004, publicada en La Gaceta Nº 228 del 22

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de noviembre del mismo año, que establecen los principios éticos que

deben cumplir los servidores públicos, entre los que destacan el deber de probidad, el de rendición de cuentas, el de transparencia, lealtad, integridad, así como la obligación de dar aviso oportuno de las

situaciones que puedan poner en riesgo dichos principios. Es claro, entonces, que los funcionarios públicos deben actuar

siempre con objetividad, integridad, imparcialidad, rectitud y liderazgo, tanto en el desempeño diario de sus funciones, como en su vida privada y en el uso de las potestades que les confiere la ley.

7. Sin llegar a evaluar el desempeño profesional del funcionario en su

cargo, llama la atención de este Directorio Legislativo el hecho de que

el señor Jiménez Godínez no hiciera del conocimiento del Directorio Legislativo que, en la Contraloría General de la República, se llevaba un proceso administrativo en su contra, el cual no sólo ya se

encontraba instruido al momento de la realización del proceso concursal y de la entrevista con los jerarcas, sino que incluso ya se había dictado sentencia así como una sanción que se encontraba en

revisión en segunda instancia ante la Contralora General de la República, la cual finalmente quedó en firme y fue ejecutada por orden del Ente Contralor; situación por lo que se estima, hubo una

falta al deber de comunicación oportuno hacia sus futuros superiores, así como una trasgresión a los deberes de lealtad, probidad y de buena fe.

Al tratarse del nombramiento en el puesto de Auditor Interno del Primer Poder de la República, con las labores propias de control

interno que debe ejercer, cobran especial importancia las implicaciones éticas y morales que el cargo requiere, por lo que se estima que era obligación ineludible del señor Jiménez Godínez

informar a los jerarcas institucionales de la situación de manera oportuna, deber que no atendió.

Es necesario destacar que el puesto de Auditor Interno reviste un significado muy particular pues recae sobre quien lo ocupe la responsabilidad de asesorar directamente al Directorio Legislativo,

con objetividad e independencia, con sustento en la normativa técnica y legal vigente; emitir servicios preventivos orientados a fiscalizar el uso de los recursos públicos asignados a este Poder; fiscalizador de

los procesos de control interno; revisar procesos y emitir directrices de carácter administrativo; es decir; más que a cualquier otro puesto en la Institución, se le depositan responsabilidades de revisión,

fiscalización y control sumamente específicas y por tanto, su titular debe tener una lealtad y altura éticas comprobadas, que permitan a los jerarcas depositar la confianza debida para la efect iva prestación

de las labores asignadas.

8. Que con su actuar, el señor Jiménez Godínez faltó a la lealtad

pública máxime tratándose de un servidor que tendría a su cargo funciones fiscalizadoras de alto alcance, según lo establece el artículo 21 de la Ley 8292, Ley General de Control Interno, que indica lo

siguiente:

ARTÍCULO 21.-Concepto funcional de auditoría interna

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La auditoría interna es la actividad independiente, ob jetiva y asesora, que proporciona seguridad al ente u órgano, puesto que se crea para validar y mejorar sus operaciones. Contribuye a que se alcancen los ob jetivos institucionales, mediante la práctica de un enfoque sistémico y profesional para evaluar y mejorar la efectividad de la administración del riesgo, del control y de los procesos de dirección en las entidades y los órganos sujetos a esta Ley. Dentro de una organización, la

auditoría interna proporciona a la ciudadanía una garantía razonable de que la actuación del jerarca y la del resto, de la administración se ejecuta conforme al marco legal y técnico y a las prácticas sanas.

9. Que por los motivos expuestos este Órgano Colegiado considera que hay una pérdida de confianza en el funcionario y por tanto no estima que sea idóneo para desempeñar las competencias del cargo, por lo

que decide no aprobar de manera efectiva el período de prueba dispuesto en el artículo 21 inciso a) de la Ley de Personal de la Asamblea Legislativa; artículo 31 inciso a) del Estatuto de Servicio

Civil, siendo lo procedente cesar su nombramiento, previo a que venza dicho periodo de prueba, de acuerdo con lo establecido en los incisos b) de los artículos 21 de la Ley de cita y 31 del Estatuto en

mención.

Conteste con la normativa citada, la Sala Segunda de la Corte

Suprema de Justicia, mediante resolución No 2013-000442, emitida a las nueve horas treinta minutos del treinta de abril del dos mil trece, se pronunció con respecto al despido en periodo de prueba, en

los siguientes términos:

“… Tanto esta Sala como la Constitucional han establecido que el despido

en periodo de prueba es discrecional para la entidad empleadora e

incluso han admitido que no se requiere un procedimiento previo que

garantice el debido proceso. Así las cosas, no es de recibo el alegato de

que se haya omitido realizar una llamada de atención antes de rendir el

informe negativo ni que se le cesara antes de vencer el plazo, pues ese no

es el sentido que persigue el periodo de prueba ni el espíritu de la norma

que lo regula. Más bien, se trata de un periodo donde se deben

observar espontáneamente las capacidades y la conducta de la

persona con miras a determinar su competitividad para desempeñar el

cargo, eventualmente, en forma permanente; sin que se requiera esperar

hasta el último día para arribar a un dictamen negativo de sus

aptitudes” (el resaltado es nuestro)

Concluye la resolución de la Sala Segunda en los siguientes términos,

…No hay duda que el legislador dejó en manos de las autoridades

competentes la potestad de despedir en período de prueba, sin tomar en

cuenta el período laborado antes del nombramiento en propiedad, para

posibilitar el libre despido en período de prueba cuando observara que el o

la servidora no responde a los objetivos de la Administración". (Sentencia

número 461, de las 9:30 horas del 29 de mayo de 2008). Así las cosas, lo

resuelto por el tribunal se considera acertado y conforme a derecho, y no

se percibe tampoco una posible violación al principio protector o pro

homine, invocados por la actora” (el subrayado es del original).

Por tanto, el Directorio Legislativo, con base en las facultades que le

otorga el artículo 25 del Reglamento de la Asamblea Legislativa, acuerda no aprobar el período de prueba del señor Ricardo Jiménez Godínez, cédula N° 1-689-182, en el puesto N° 060927 de Auditor

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Interno, por lo tanto se le cesa sin responsabilidad patronal a partir del

19 de setiembre del 2016. Esta disposición se realiza al amparo de lo dispuesto en los incisos a) y

b), artículo 21 de la Ley de Personal de la Asamblea Legislativa; artículo 31 incisos a) y b) del Estatuto de Servicio Civil y artículo 19 de su Reglamento.

Se instruye al Departamento de Recursos Humanos para que haga del conocimiento de la Contraloría General de la República y de la

Dirección General de Servicio Civil la anterior disposición. ACUERDO FIRME. -714, 715-

Se levanta la sesión a las 12 m.d.