retencion en la fuente

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Page 1: Retencion en la fuente
Page 2: Retencion en la fuente

Según el articulo 368 del estatuto tributario las entidades de derecho publico, los fondos en general, los consorcios y las uniones temporales, las comunidades organizadoras, los notarios y las oficinas de transito, las entidades y emisoras de tarjeta de crédito o pagadoras de las mismas, la nación, los departamentos, la entidades del estado, entre otras.

Las personas jurídicas y sociedades, las uniones temporales, las personas comerciales o naturales o patrimonio superior a 30 mil U.V.T

Page 3: Retencion en la fuente

Según los artículos 382, 603, 604, del estatuto tributario colombiano son:

1. Retener cuando realicen un pago o abono en una cuenta sujeta retención

2. Declarar y consignar a favor de la DIAN el valor retenido en los lugares y entre los plazos establecidos

3. Expedir certificados sobre las retenciones realizadas.

4. Conservar los soportes de los registros contables en la que conste la retenciones practicadas, así como los valores cancelados en la entidad tributaria.

Page 4: Retencion en la fuente

Según el articulo 369 del estatuto tributario no están sujetos a retención:

1. Los pagos o abonos en cuentas que se efectúen en la nación, los departamentos, el distrito capital, los municipios, las empresas industriales y comerciales del estado del orden departamental y municipal y demás establecimientos oficiales descentralizados siempre y cuando no se señalen en la ley como contribuyentes.

2. según los pagos o abonos que por disposiciones especiales sean exentos de cabeza del beneficiario.

3. Los pagos o abonos respecto a los cuales debe hacerse retención en la fuente en virtud de disposiciones especiales en otros conceptos.

Page 5: Retencion en la fuente

Se utilizan dos tipos de cuenta:1. Cuando la empresa retiene afecta la

cuenta en pasivo 2365, denominado retención en la fuente.

2. Cuando a la empresa le retiene afecta la cuanta del activo 1355, denominada anticipo de impuestos y contribuciones o saldos a favor la subcuenta 135515 (retención en la fuente)

Page 6: Retencion en la fuente

Se realizan por compras superiores a $900.000 el 3.5% no son contribuyentes:

Las entidades sin animo de lucro, los fondos de inversión, los valores comunes que administren las entidades fiduciarias como los fondos para fiscales, agropecuarios o pesqueros que no se consideran contribuyentes del impuesto de renta y complementarios, los fondos de pensiones, e invalidez, los fondos de cesantías, las asociaciones gremiales cuando no realicen actividades industriales y de mercado.

Page 7: Retencion en la fuente

Las personas jurídicas que realizan un gran volumen de operaciones que impliquen muchos retenedores pueden solicitar a la DIAN autorización para auto retener por concepto de venta contrato de urbanización y construcción, honorarios, comisiones servicios y arrendamientos devengados. esta debe manifestarse por escrito en las facturas de venta, su calidad de auto retenedores para que sus clientes no apliquen la retención, las empresas auto retenedoras autoliquidan la retención en la fuente en todas las ventas o prestación de servicios no importa la cuantía.