resumen nch 2794

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Resumen nch 2794

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  • Instalaciones domiciliarias de agua potable - Estanques de almacenamiento y sistemas de elevacin Requisitos

    1 Alcance y campo de aplicacin

    En esta norma se establecen los requisitos mnimos que se deben cumplir en las instalaciones domiciliarias de agua potable, para entregar agua potable en servicio continuo y a presin adecuada en los edificios en altura; establecimientos hospitalarios e industrias; en los casos especiales en que no se tiene posibilidad de un adecuado y permanente abastecimiento directo desde la red pblica; abastecimiento directo desde la red pblica; en los casos de abastecimiento con fuentes propias y en los casos de contar con agua potable desde la red pblica y fuente propia simultneamente. 1.2 Estas instalaciones domiciliarias deben estar provistas de un estanque para agua potable con un sistema de elevacin de agua 3 Trminos y definiciones

    3.2 agua potable: agua que cumple con los requisitos especificados en NCh409/1.

    3.3 aliviadero: vertedero de aguas sobrantes.

    3.4 altura manomtrica: altura dinmica de presin en cualquier punto de la instalacin.

    3.7 cmara de bombeo; sala de bombeo: construccin en la que se instala el sistema de elevacin

    que incluye el grupo motobombas, las interconexiones hidrulicas, el sistema de control e

    instalaciones anexas.

    3.9 caudal instalado (QI): suma de los caudales asignados a los artefactos sanitarios que se

    incluyen en el proyecto de instalacin de agua potable de un inmueble, que se sealan en la

    norma NCh 2485 o bien, los que en el futuro apruebe la Autoridad Competente.

    3.11 caudal mximo probable (QMP): concepto probabilstico mediante el cual se cuantifica el

    mximo caudal con el que se deben disear las instalaciones de agua potable de inmuebles que

    tienen una determinada caracterstica de consumo. Este se calcula en funcin de los caudales

    instalados de los artefactos sanitarios.

    3.13 consumo medio diario: consumo de agua potable en m/da, definido por el proyectista de

    acuerdo con valores referenciales establecidos por el prestador, la Autoridad Competente o

    justificacin propia.

  • 3.18 estacin reelevadora: planta elevadora intermedia que aumenta la altura manomtrica para

    llegar a la cota deseada.

    4 Requisitos del estanque para agua potable

    Las instalaciones domiciliarias de agua potable deben calcularse y disearse segn lo establecido en la reglamentacin vigente y en la NCh 2485. Los estanques deben ser alimentados en forma directa o mediante sistemas de elevacin de aguas. 4.3 Ubicacin

    Los estanques se deben ubicar alejados de las instalaciones de aguas servidas. Se debe asegurar que en casos de roturas o filtraciones en las instalaciones de aguas servidas, stas no podrn contaminar el agua potable del estanque. 4.4 Volumen del estanque El volumen del estanque debe ser igual o superior al 50% del consumo medio diario, salvo justificacin tcnica en contrario, con las excepciones:

    4.4.2 - En los establecimientos hospitalarios, y cuando corresponda, el estanque debe contar con una capacidad mnima de un 100% del consumo medio diario.

    4.4.3 - En los establecimientos con consumo industrial o establecimiento educacional, su volumen debe ser determinado por el proyectista de acuerdo con las caractersticas de la industria o del establecimiento educacional.

    4.4.4 - En los abastecimientos privados con fuente propia, sean instalacin domiciliaria o instalacin interior de agua potable, se debe considerar una capacidad mnima de estanque igual al 70% del consumo medio diario previsto en las viviendas.

    El volumen mnimo debe ser siempre superior a 1 h de bombeo del caudal mximo de diseo de la planta elevadora. 4.4.5 - En los casos especiales con servicio desde la red pblica y con fuente propia se debe mantener la independencia entre ambas mediante un estanque. La capacidad del estanque debe ser definida por el proyectista y no podr ser inferior a la que se determine segn 4.4.1 al 4.4.4 4.4.7 Los volmenes mnimos determinados segn 4.4.1 a 4.4.5 pueden ser cubiertos por uno o ms estanques. Cuando la capacidad total de estanques se distribuya en estanques cisternas y estanques elevados, la capacidad til del estanque elevado debe ser mayor al 5% de la capacidad total. 4.6 Interconexiones hidrulicas y ventilacin 4.6.1 Tubera de alimentacin 4.6.1.2 Las vlvulas en la tubera de alimentacin deben cumplir con la presin esttica mxima de trabajo indicada en la norma de diseo de redes pblicas, que es de 70 mca (7 kgf / cm). En caso contrario, se debe disponer un dispositivo reductor de presin.

  • 4.6.3 Tuberas de salida 4.6.3.3 Cuando la tubera de salida sea una tubera de aspiracin, sta debe tener un dimetro mnimo que garantice una velocidad del agua inferior a 2,5 m/s. Esta tubera debe contar con colador de rejilla, cuya rea de perforacin sea a lo menos 1,5 veces el rea de la tubera de aspiracin, de material resistente a la corrosin o a la incrustacin, segn sea el caso. 4.6.4 Tuberas de desage 4.6.4.2 El dimetro de la tubera de desage debe permitir un vaciado completo de cada compartimento en un tiempo mximo de 4 h. 4.8 Condiciones de las terminaciones. 4.8.2 El radier debe tener una pendiente hacia el pozo de desage, con un valor mnimo de 1%. 4.9 Estanqueidad, prueba y desinfeccin 4.9.2.1 El llenado se hace con una velocidad mxima uniforme del nivel de agua de 1 m cada 24 h. 4.9.2.3 La prueba se considera satisfactoria cuando la prdida en 24 h despus de siete das, no sea mayor que el 0,5% de la altura de aguas, si los muros se mantienen secos exteriormente y si no se producen filtraciones locales. Si la seccin transversal del estanque no es uniforme, la prdida debe ser menor al 0,5% del volumen de agua. 5 Requisitos del sistema de elevacin de agua 5.1.3 Se debe preferir la ubicacin del sistema que permita contar con una carga de agua positiva en los equipos de bombeo. En caso de no ser posible, la altura de succin debe ser la adecuada para los equipos considerados (NPS Hd/NPS Hr) 5.3.1 Los equipos de bombeo, excluido el equipo de reserva, deben suministrar un caudal equivalente al de diseo determinado como caudal mximo probable (QMP) y asegurar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la norma NCh2485. 5.3.4 En general, en los edificios de ms de 10 pisos se pueden subdividir los sistemas de elevacin, de modo que con cada uno de ellos se sirva a un nmero de pisos en que no se supere la presin mxima de 50 mca establecida en NCh2485.

    Tabla 1 - Nmero mnimo de bombas, en funcin del caudal de diseo (QMP)

  • En el caso de utilizarse bombas de velocidad variable, no es de aplicacin la exigencia anterior, pero siempre se debe considerar una bomba de reserva. 5.4 Caractersticas generales de la cmara o sala de bombeo 5.4.1 Dimensiones y terminaciones 5.4.1.2 La cmara o sala de bombeo debe tener una altura mnima de 2,00 m, medidos desde el nivel de piso terminado hasta el cielo. 5.5 Requisitos relacionados con la instalacin de los equipos de elevacin 5.5.1 Los equipos se deben instalar sobre fundaciones con elementos adecuados para absorber vibraciones, con una altura mnima de 0,10 m sobre el nivel del piso hasta la base de los equipos, y tienen que estar correctamente alineados. 5.5.9 Se debe disponer de controles que detengan las bombas al estar al nivel de agua a 0,10 m sobre el nivel del chupador (proteccin de vaco), con sistema de alarma. 5.5.11 Cuando se deba impulsar aguas desde un estanque cisterna a estanques intermedios o elevados, el equipo elevador debe suministrar como mnimo un caudal tal que permita llenar estos estanques en una hora. Las bombas de estos equipos deben arrancar cuando el nivel de agua en los estanques tenga como mnimo un 50% del volumen total y detenerlas, cuando se llegue al nivel mximo previsto 5.6 Pruebas 5.6.2 Prueba hidrulica 5.6.2.1 La instalacin debe ser absolutamente impermeable, por lo que debe ser objeto de una prueba hidrulica. La prueba de presin hidrulica se debe efectuar con una presin mnima de 10 kg/cm en el punto de mayor cota de la instalacin, de la que debe exclurse el medidor, si lo hubiere. 5.6.2.4 La duracin de la prueba debe ser como mnimo de 10 min y durante ese tiempo no se deben producir variaciones en el manmetro. El manmetro a emplear en esta prueba debe apreciar con claridad las dcimas de kg/cm 5.6.3 Pruebas de los equipos elevadores y otros elementos 5.6.3.3 Se debe efectuar una prueba de correcto funcionamiento del conjunto, por un perodo no inferior a 2 h. En esta prueba, y cuando se utilicen estanques presurizados, especialmente se deben verificar las presiones de partida y detencin de las bombas, y sus variaciones por efecto del golpe de ariete. Se debe controlar la frecuencia de puesta en marcha y paradas.

  • 5.7 Planos definitivos, informes y manuales 5.7.1 El contratista de las instalaciones debe entregar los planos definitivos de las obras que ejecute, indicando claramente las caractersticas, tipo, detalles y disposicin total de la instalacin y sus obras complementarias. 5.7.2 El contratista debe presentar un informe con los resultados de las pruebas efectuadas, para ser entregado al propietario. 5.7.3 El contratista debe entregar al propietario un manual o instrucciones de operacin, controles y seguridad del sistema de elevacin de aguas.