resumen ley del organismo ejecutivo guatemala

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16-8-2015 Ley del Organismo Ejecutivo Breve resumen y análisis Elser Adolfo López Rosa 6to. Semestre Administración Cané: 13-164-0021 Catedrático: Lic. Fredy Gilberto Estrada Saavedra Derecho Administrativo

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Breve resumen y anlisis del la ley del organismo ejecutivo de guatemala

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Page 1: Resumen Ley Del Organismo Ejecutivo Guatemala

16-8-2015

Ley del Organismo Ejecutivo Breve resumen y análisis

Elser Adolfo López Rosa

6to. Semestre Administración

Cané: 13-164-0021

Catedrático: Lic. Fredy Gilberto Estrada Saavedra

Derecho Administrativo

Page 2: Resumen Ley Del Organismo Ejecutivo Guatemala

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Elser López

Ley del Organismo Ejecutivo Breve resumen y análisis

Page 3: Resumen Ley Del Organismo Ejecutivo Guatemala

2

Page 4: Resumen Ley Del Organismo Ejecutivo Guatemala

3

CONTENIDO

Organismo ejecutivo ........................................................................................................... 5

¿Qué es descentralización? ............................................................................................... 5

Organización del Organismo Ejecutivo ............................................................................ 6

Atribuciones del Presidente y Vicepresidente ................................................................. 6

Secretarias ............................................................................................................................. 6

Consejo de Ministros ............................................................................................................ 9

Requisitos para ser Ministro de Estado .......................................................................... 9

Prohibiciones para ser Ministro de Estado .................................................................... 9

Viceministros de Estado ............................................................................................. 10

Ministerios ............................................................................................................................ 10

Gobierno Departamental ................................................................................................. 12

El Gobierno Departamental es ejercido por: ......................................................... 12

Características: ........................................................................................................... 12

Gobernador departamental ........................................................................................ 12

BIBLIOGRAFÍA ...................................................................................................................... 13

Page 5: Resumen Ley Del Organismo Ejecutivo Guatemala

4

Page 6: Resumen Ley Del Organismo Ejecutivo Guatemala

5

LEY DEL ORGANISMO EJECUTIVO

Para hablar de la ley del Organismo Ejecutivo antes debemos entender que es el

organismo ejecutivo como tal.

Organismo ejecutivo Es uno de los organismos del Estado, que ejerce el poder ejecutivo de la República

de Guatemala. Está compuesto por el Presidente de la República, el

Vicepresidente de la República, los Ministerios de Estado, las Secretarías de la

Presidencia y Vicepresidencia, las gobernaciones departamentales, las

dependencias y entidades públicas descentralizadas, autónomas y semi-

autónomas correspondientes a este organismo.

¿Qué es descentralización? Tomando en cuenta que la autoridad organizacional es simplemente la potestad

gubernativa conferida a las personas para utilizar su juicio en la toma de decisiones

y dar instrucciones, entonces la descentralización es el grado de autoridad que se

distribuye para la toma de decisiones.

Según la Constitución Política de La República de Guatemala en su artículo 182 se

establece el organismo ejecutivo, siendo este uno de los tres órganos que

conforman al estado de Guatemala, el artículo 224 establece que la

administración debe ser descentralizada y es allí donde surge entonces el

organismo ejecutivo como un órgano autónomo (también llamado El órgano

supremo), y por lo tanto la necesidad inherente de una ley que lo rija 1entonces, la

ley del organismo ejecutivo se crea por la necesidad de responder a las exigencias

de la población guatemalteca, utilizando como método la descentralización

administrativa 2 establecida en la constitución política.

La ley desarrolla todo lo concerniente a la administración, organización,

administración, integración, atribuciones, procesos, delegación, del organismo

ejecutivo.

1 Artículo:1 de las disposiciones transitorias y finales de la Constitución Política de La

República 2 Artículo: 122 De la Constitución Política de la República

Page 7: Resumen Ley Del Organismo Ejecutivo Guatemala

6

Organización del Organismo Ejecutivo Según el artículo 5 de la Ley del Organismo Ejecutivo, de la siguiente forma:

Presidente de la República de Guatemala

o Vicepresidente de la República de Guatemala

Secretarías de la Presidencia de la República de Guatemala

Atribuciones del Presidente y Vicepresidente3 Entre las atribuciones del Presidente y Vicepresidente de la república se encuentran:

1. Autoridad superior del Organismo Ejecutivo

2. Cumplir con las atribuciones establecidas en la Constitución Política de La

República

3. Velar porque la administración pública se desarrolle de manera eficaz, de

acuerdo a lo establecido a los principios establecidos por el orden jurídico.

4. Crear iniciativas de ley o reformas, para proponer al Congreso de la

República

5. Coordinar los gabinetes específicos que sean asignados por el Presidente

de la República4

Secretarias En la ley del Organismo Ejecutivo se establecen las secretarias de la presidencia,

además de las contenidas en dicha ley el Presidente tendrá además las que sean

necesarias para el apoyo de sus funciones 5 , las secretarias se definen como:

“dependencias de apoyo del Presidente de la República”. 6 Las cuales son:

1) Secretaría General de la Presidencia (SGP): Es el órgano responsable del

apoyo jurídico y administrativo con carácter inmediato y constante del

Presidente de la República. Su función es tramitar los asuntos de Gobierno

del Despacho del Presidente.

2) Secretaría Privada de la Presidencia (SPP): Es el órgano administrativo de

apoyo al Presidente de la República, que tiene a su cargo, sin perjuicio de

la competencia atribuida constitucional o legalmente a otros órganos

públicos

3) Secretaría de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia (SCEP): Es la entidad

pública comprometida con el desarrollo nacional, responsable de colaborar

con el Presidente de la República en la coordinación, dirección y

3 Artículo: 6 y 7 de la Ley del Organismo Ejecutivo 4 Esta función es meramente del Vicepresidente de la República 5 Artículo: 15 de la Ley del Organismo Ejecutivo 6 Artículo: 8 de la Ley del Organismo Ejecutivo

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7

fortalecimiento del Sistema de Consejos de Desarrollo; y de la

Descentralización del Organismo Ejecutivo

4) Secretaría de Comunicación Social de la Presidencia (SCSPR): Es el órgano

que tiene la función de servir como vínculo de información con los medios

de comunicación social, y de formular, coordinar y ejecutar la política de

comunicación del Gobierno de la República.

5) Secretaría de Inteligencia Estratégica del Estado (SIE): Es la responsable de

producir la inteligencia en los campos estratégicos, respetando el ámbito de

competencia de las demás instituciones del sistema. Su naturaleza es civil y

actúa bajo la responsabilidad directa del Presidente de la República

6) Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia (SEGEPLAN): Es

el órgano de planificación del Estado y de apoyo a las atribuciones de la

Presidencia de la República

7) Secretaría de Asuntos Administrativos y de Seguridad de la Presidencia de la

República (SAAS): Es la entidad permanente, con organización jerárquica y

profesional, con especialidad en seguridad, y de naturaleza civil, cuyo

régimen jurídico se determina su propia Ley Orgánica. Tiene como objetivo

garantizar permanentemente la seguridad, integridad física y la vida del

Presidente y Vicepresidente de la República y la de sus respectivas familias,

así como brindarles toda clase de apoyo administrativo y logístico en

actividades oficiales y personales dentro del territorio nacional y en el

extranjero. También se encarga de la seguridad permanente de los Ex-

Presidentes y Ex-Vicepresidentes de la República

8) Secretaría de la Paz de la Presidencia de la República (SEPAZ): Es el órgano

responsable de asegurar que las diversas dependencias que conforman el

Organismo Ejecutivo en el diseño y ejecución de sus laborales y proyectos

sean congruentes con las políticas del gobierno, para dar cumplimiento a

los compromisos contraídos en los Acuerdos de Paz y cualquier otro que sea

estipulado por la Ley.

9) Secretaria de Bienestar Social de la Presidencia (SBS): Es el órgano

administrativo gubernamental que tiene a su cargo la formulación,

coordinación y ejecución de las Políticas Públicas de Protección Integral de

la Niñez y la Adolescencia, así como la administración de los Programas a

favor de la mujer, la familia y la comunidad y la contribución de un

funcionamiento articulado, racional y eficiente, promoviendo el trabajo en

equipo, la participación ciudadana y el desarrollo de la familia, es decir,

todo lo concerniente a las políticas y programas orientados al bienestar

Page 9: Resumen Ley Del Organismo Ejecutivo Guatemala

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social del pueblo guatemalteco que es llevado a cabo por el Organismo

Ejecutivo.

10) Secretaría Presidencial de la Mujer (SEPREM): Funciona bajo la dirección

inmediata del Presidente de la República, como entidad asesora y

coordinadora de políticas públicas para promover el desarrollo integral de

las mujeres guatemaltecas y el fomento de una cultura democrática.

11) Secretaría de Asuntos Agrarios de la Presidencia de la República (SAA): Es el

órgano responsable de la dirección y coordinación de las actividades que

se requieren para el cumplimiento de los compromisos del Organismo

Ejecutivo en el tema agrario y el desarrollo rural del país.

12) Secretaría de Seguridad Alimentaria y Nutricional (SESAN): Es el órgano de

coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional

(SINASAN), tiene la responsabilidad como dicho órgano, de concertar la

operación interministerial del Plan Estratégico de Seguridad Alimentaria y

Nutricional (SAN)

13) Secretaría Nacional de Ciencia y Tecnología (SENACYT): Es el órgano

coordinador del Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología, obedece a la

dirección del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONCYT),

ejecutando las directrices y lineamientos trazados por dicho órgano rector

para fomentar la investigación científica y tecnológica del país, así como la

innovación tecnológica y la aplicación del avance científico-tecnológico

en diversas ramas para beneficiar del desarrollo integral del país, asimismo

su implementación en la educación nacional

14) Secretaría de Obras Sociales de la Esposa del Presidente de la República

(SOSEP): Es el órgano encargado de impulsar e implementar programas de

carácter social que beneficien a los niños, las niñas, las familias y la

comunidad en general. La SOSEP trabaja en coordinación con la Primera

Dama de la Nación.

15) Secretaría Nacional de Administración de Bienes en Extinción (SENABED): Es

una entidad guatemalteca adscrita y dependiente de la Vicepresidencia

de la República, la cual vela por la correcta administración de todos los

bienes que tenga bajo su responsabilidad y los declarados en extinción del

dominio en aplicación con el Decreto 55-2010 del Congreso de la República,

Ley de Extinción de Dominio

Para optar al cargo de Secretario y Vicesecretario de cualquiera de las Secretarias

anteriores se deben cumplir los mismos requisitos que para ser ministro de estado y

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9

estos gozan de las mismas prerrogativas e inmunidades, según lo estable la ley del

organismo legislativo y la Constitución de la Republica.7

Consejo de Ministros Según el Diccionario de la Real Academia Española, un consejo se define como un

órgano colegiado que dirige o administra una organización pública.

Un ministro es una persona que ejerce algún oficio empleo en un ministerio, cada

ministro es encargado de dirigir tramitar, resolver e inspeccionar todos los negocios

concernientes a su ministerio8, así mismo es responsable de sus actos, y de las

decisiones que se hubiesen tomado en el consejo salvo aquellos que hubieren

dado su voto negativo 9 . El consejo de ministros es la reunión del Presidente,

Vicepresidente y Ministros de Estado, es el Presidente de la Republica quien lo

convoca y quien lo preside10.

Requisitos para ser Ministro de Estado11 a) Ser guatemalteco

b) Hallarse en el goce de los derechos de ciudadanos

c) Ser mayor de treinta años

Prohibiciones para ser Ministro de Estado12 a) Los parientes del Presidente o Vicepresidente de la Republica, así como

de otro ministro de estado, dentro del cuarto grado de consanguinidad

y segundo de afinidad

b) Los que habiendo sido condenados en juicio de cuentas no hubieren

solventado sus responsabilidades

c) Los contratistas de obras o empresas que se costeen con fondos del

Estado, de sus entidades descentralizadas, autónomas o semiautónomas

o del municipio, sus fiadores y quienes tengan reclamaciones pendientes

por dichos negocios;

d) Quienes representen o defiendan intereses de personas individuales o

jurídicas que exploten servicios públicos; y

e) Los ministros de cualquier religión o culto.

En ningún caso pueden los ministros actuar como apoderados de personas

individuales o jurídicas, ni gestionar en forma algunos negocios de particulares.

7 Artículo: 202 de la Constitución Política de la República 8 Artículo: 194 literal f, de la Constitución Política de la República 9 Artículo: 16 Párrafo dos de la Ley del Organismo Ejecutivo 10 Artículo: 195 de la Constitución Política de la República 11 Artículo: 196 de la Constitución Política de la República 12 Artículo: 197 de la Constitución Política de la República

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Viceministros de Estado13 Cada ministerio de estado debe contar con un Viceministro, para optar al cargo

se requieren los mismos requisitos que para ser Ministro de Estado

Ministerios14 Los ministerios son departamentos en los que se divide la gobernación del estado,

y nuestra ley deja espacio para hayan todos los ministerios necesarios, para el

bienestar del pueblo y la correcta administración pública, siendo hasta el momento

catorce los ministerios establecidos en la ley del Organismo Ejecutivo.

Los ministerios son:

1. Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación: Le corresponde atender

todo lo relativo al régimen que rige la producción agrícola, pecuaria e

hidrobiológica.

2. Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda: Es el ente rector que

direcciona, reglamenta y representa en el ámbito nacional a los sectores de

comunicaciones, infraestructura y vivienda; ejecutando políticas y estrategias para

integrar al país con servicios acorde al desarrollo social y económico de la nación,

contribuyendo a mejorar la competitividad a través del ejercicio de una

administración y control eficientes

3. Ministerio de Cultura y Deportes: es el encargado de atender lo relativo al

régimen jurídico aplicable a la conservación y desarrollo de la cultura

guatemalteca, y el cuidado de la autenticidad de sus diversas manifestaciones;

la protección de los monumentos nacionales y de los edificios, instituciones y

áreas de interés histórico o cultural y el impulso de la recreación y del deporte no

federado ni escolar.

4. Ministerio de Economía: Es el encargado de todo lo relativo al desarrollo de las

actividades productivas no agropecuarias, del comercio interno y externo, de la

protección al consumidor, del fomento a la competencia, de la represión legal de

la competencia desleal, de la limitación al funcionamiento de empresas

monopólicas; de inversión nacional y extranjera, de promoción a la competitividad,

del desarrollo industrial y comercial.

5. Ministerio de Educación: es el ministerio del gobierno de Guatemala responsable

de la educación en Guatemala, por lo cual le corresponde lo relativo a la

aplicación del régimen jurídico concerniente a los servicios escolares y extra-

escolares para la educación de los guatemaltecos.

6. Ministerio de Energía y Minas: es el Ministerio del Gobierno de Guatemala

encargado de atender lo relativo al régimen jurídico aplicable a la producción,

13 Artículo: 200 de la Constitución Política de la República 14 Artículos: 29 al 40 de la Ley del Organismo Ejecutivo

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distribución y comercialización de la energía y de los hidrocarburos, y a la

explotación de los recursos mineros.

7. Ministerio de Finanzas Públicas: Ministerio encargado de dirigir las finanzas de

Guatemala, por lo cual le corresponde cumplir y hacer cumplir todo lo relativo al

régimen jurídico hacendario del Estado, incluyendo la recaudación y

administración de los ingresos fiscales, la gestión de financiamiento interno y

externo, la ejecución presupuestaria y el registro y control de los bienes que

constituyen el patrimonio del Estado. En lo relativo a la recaudación tributaria,

control aduanero y otros, el Ministerio de Finanzas Públicas es ayudado por la

Superintendencia de Administración Tributaria.

8. Ministerio de Gobernación: Ministerio del Gobierno de Guatemala responsable

de la seguridad del país, con lo cual le corresponde formular las políticas, cumplir

y hacer cumplir el régimen jurídico relativo al mantenimiento de la paz y el orden

público

9. Ministerio de Defensa Nacional: Es el encargado del presupuesto, formación y

política de los militares de Guatemala.

10. Ministerio de Relaciones Exteriores: Es el encargado de las políticas y aplicación

del régimen jurídico a las relaciones internacionales del Estado de Guatemala con

otros Estados

11. Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social: le corresponde formular las

políticas y hacer cumplir el régimen jurídico relativo a la salud preventiva y

curativa y a las acciones de protección, promoción, recuperación y

rehabilitación de la salud física y mental de los habitantes del país y a la

preservación higiénica de medio ambiente

12. Ministerio de Trabajo y Previsión Social: Es la institución encargada de velar y

promover el cumplimiento eficiente y eficaz de la legislación, políticas y programas

relativos al trabajo y la previsión social, en beneficio de la sociedad y busca ser un

Ministerio que promueva la cultura de respeto a la legislación laboral y el bienestar

de la sociedad.

13. Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales: Es el encargado de cumplir y

hacer que se cumpla lo relativo a la conservación protección, sustentabilidad,

mejoramiento etc... Del ambiente y los recursos naturales.

14. Ministerio de desarrollo social: Es el ente ministerial perteneciente al Gabinete

de Gobierno, encargado de la rectoría de los programas sociales destinados a los

sectores con pobreza, pobreza extrema y otros más necesitados.

Page 13: Resumen Ley Del Organismo Ejecutivo Guatemala

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Gobierno Departamental Es una institución constitucional que surge como consecuencia lógica de la división

de departamentos y municipios establecidos en nuestra legislación. 15 Este tiene

competencia dentro de los límites de departamento 16que a su vez comprende

varios municipios y sectores rurales y urbanos.

El Gobierno Departamental es ejercido por: a) El Gobernador

b) La Junta Departamental17

c) El Consejo Regional de Desarrollo Urbano y Rural18

Características: a) Las autoridades son electas directamente por la población del departamento

b) Capacidad para coordinar y organizar los servicios públicos de salud, educación,

agua potable, energía y obras públicas

c) Capacidad para promover el desarrollo socioeconómico del departamento a

través de su presupuesto de gastos.

Gobernador departamental

¿Qué es un Gobernador?

El Diccionario de la Real Academia Española define la palabra gobernador como:

“Persona que desempeña el mando de una provincia, de una ciudad o de un

territorio”

Entonces los gobernadores departamentales son aquellos que se encargan de:

representar, velar por el bienestar, informar al ministerio de estado, nombrar y

remover a funcionario y empleados, administrar los recursos humanos. 19 El

Gobernador titular como el Suplente son nombrados por el Presidente de la

República, estos deben reunir las mismas características que un Ministro de Estado

para poder ser nombrados como tales y gozan de las mismas inmunidades, así

mismo solo pueden ser destituidos por el Presidente de la República. 20

15 Artículo: 224 de la Constitución Política de la República 16 Artículo: 44 de la Ley del Organismo Ejecutivo 17 Artículo: 228 de la Constitución Política de la República 18 Artículo: 226 de la Constitución Política de la República 19 Artículo: 47 de la Ley del Organismo Ejecutivo 20 Artículo: 227 de la Constitución Política de la República y Artículos : 41 a 46 de la Ley del

Organismo Ejecutivo

Page 14: Resumen Ley Del Organismo Ejecutivo Guatemala

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BIBLIOGRAFÍA

Medios Físicos

o Constitución Política de la República de Guatemala

o Ley del Organismo Ejecutivo

Enlaces Web:

o http://www.sgp.gob.gt/

o http://www.secretariaprivada.gob.gt/

o http://www.scep.gob.gt/

o http://www.scspr.gob.gt

o http://www.dip.mindef.mil.gt/loe.pdf

o http://www.sie.gob.gt/

o http://www.sie.gob.gt/413_2008.pdf

o http://www.segeplan.gob.gt/

o http://saas.gob.gt/

o http://www.sepaz.gob.gt/

o http://www.seprem.gob.gt/

o http://www.sesan.gob.gt/

o http://www.concyt.gob.gt/

o http://www.sosep.gob.gt/

o http://www.vicepresidencia.gob.gt/

o https://es.wikipedia.org/wiki/Organismo_Ejecutivo

o http://www.guatemala.gob.gt/

o http://wikiguate.com.gt/organismo-ejecutivo