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Psicología Forense – Unidad I Psicología Jurídica “Es el estudio desde la perspectiva psicológica de conductas complejas y significativas en forma actual o potencial para lo jurídico, a los efectos de su descripción, análisis, comprensión, critica y eventual actuación sobre ellas, en función de lo jurídico”. Juan del Popolo Análisis del concepto Estudio desde una perspectiva psicológica” = se asienta en el estudio del comportamiento, la comprensión de la conducta y de los procesos mentales. “De conductas complejas” = la conducta a estudiar se presenta como algo complejo y nosotros la podemos abordar desde diferentes lugares: teniendo en cuenta el contexto mínimo donde se produjo, teniendo en cuenta su contexto grupal, familiar etc. Y teniendo en cuenta un contexto más amplio como ser la comunidad. Conductas complejas y significativas en forma actual o potencial para lo jurídico…” = la conducta de la cual se ocupa la justicia no es una conducta común sino una relevante para el mundo de lo jurídico. Cuando hablamos de que la justicia también se ocupa de la conducta potencial estamos diciendo que no solamente se ocupa de la que sucedió sino también de la que puede llegar a ser. “A los efectos de su descripción, análisis, comprensión, critica y eventual actuación sobre ellas, en función de lo jurídico” = son conductas que importan a lo jurídico y serán analizadas y examinadas desde lo psicológico buscar alcanzar sus principios y/o elementos. Psicología forense – Concepto = queda delimitada como aquel lugar de trabajo institucional (ámbito pericial) que supone una relación de dependencia directa con el poder judicial. Es decir, se desarrolla dentro del ámbito judicial, es allí donde los psicólogos forenses son los encargados de administrar pruebas, tomar test, etc.; todo ello para responder a los puntos de pericia requeridos por el juez. De esta manera se pude observar una relación directa entre el psicólogo y el juez. La Ps. Forense es un área de la Ps. Jurídica. En conclusión:

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Psicología Forense - Escritos - Elementos teóricos -

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Psicología Forense – Unidad IPsicología Jurídica

“Es el estudio desde la perspectiva psicológica de conductas complejas y significativas en forma actual o

potencial para lo jurídico, a los efectos de su descripción, análisis, comprensión, critica y eventual

actuación sobre ellas, en función de lo jurídico”. Juan del Popolo

Análisis del concepto

Estudio desde una perspectiva psicológica” = se asienta en el estudio del comportamiento, la

comprensión de la conducta y de los procesos mentales.

“De conductas complejas” = la conducta a estudiar se presenta como algo complejo y nosotros la

podemos abordar desde diferentes lugares: teniendo en cuenta el contexto mínimo donde se produjo,

teniendo en cuenta su contexto grupal, familiar etc. Y teniendo en cuenta un contexto más amplio como

ser la comunidad.

Conductas complejas y significativas en forma actual o potencial para lo jurídico…” = la conducta de la

cual se ocupa la justicia no es una conducta común sino una relevante para el mundo de lo jurídico.

Cuando hablamos de que la justicia también se ocupa de la conducta potencial estamos diciendo que no

solamente se ocupa de la que sucedió sino también de la que puede llegar a ser.

“A los efectos de su descripción, análisis, comprensión, critica y eventual actuación sobre ellas, en función

de lo jurídico” = son conductas que importan a lo jurídico y serán analizadas y examinadas desde lo

psicológico buscar alcanzar sus principios y/o elementos.

Psicología forense – Concepto = queda delimitada como aquel lugar de trabajo institucional (ámbito

pericial) que supone una relación de dependencia directa con el poder judicial.

Es decir, se desarrolla dentro del ámbito judicial, es allí donde los psicólogos forenses son los encargados

de administrar pruebas, tomar test, etc.; todo ello para responder a los puntos de pericia requeridos por

el juez. De esta manera se pude observar una relación directa entre el psicólogo y el juez. La Ps. Forense

es un área de la Ps. Jurídica.

En conclusión:

En conclusión: “La psicología forense es una rama de la psicología que actúa en el campo jurídico,

llevando el saber científico psicológico al juez con el objetos de que este pueda comprender la

personalidad del sujeto o las circunstancias psicológicas, familiares y sociales que lo llevaron a esta

instancia jurídica”.

Ramas de la Psicología Jurídica• Forense : el psicólogo es el encargado de administrar pruebas, tomar test, etc.; todo ello para

responder a los puntos de pericia requeridos por el juez.

• Jurídica : trabajo que realizan los psicólogos en otras instituciones ya sea nacionales, provinciales etc.,

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con sujetos sometidos a potestad jurisdiccional o con problemáticas legisladas en aras al bien común.

• Penitenciaria : lo estudia en calidad de condenado.

• Criminal : estudia al delincuente como autor.

• Policial : el psicólogo puede evaluar perfiles de personalidad como ser de un guardia cárcel, personal

que trabaje en centros de rehabilitación, centros correccionales, etc. Y realizar la selecciona más

adecuada para un cargo. También asesorar acerca de organización de unidades policiales, intervenir

luego incidentes críticos como ser la muerte de un compañero, entro otras intervenciones.

La Organización del Estado El Estado está organizado en relación a diferentes funciones que debe cumplir (Antiguamente la división

de poderes). Estas son:

a) Administrador: Desarrolla políticas públicas y garantiza los servicios sociales como seguridad, salud,

educación, etc.

b) Legislativo: Crea el marco normativo general, sanciona leyes y realiza un control político de los otros

órganos estatales.

c) Judicial: Resuelve Los conflictos entre los poderes, como así también los conflictos individuales.

d) Ministerio Público: Realiza una defensa de la legalidad e intereses sociales. También vela por la

administración de justicia.

El Poder JudicialEl poder Judicial es una de las funciones del Estado, encargado de la resolución de conflictos individuales

y entre poderes.

Jerárquicamente está organizado por Juzgado de primera instancia, Cámaras de Apelación, y Corte de

justicia (a nivel provincial), o Corte Suprema de Justicia (a nivel nacional). Además se estructura en

diferentes Fueros.

Corte de Justicia

Cámara de Apelación. (Del crimen, acusación,)

Juzgados del Primera Instancia

Fuerosa) Fuero Civil y Comercial: Se encarga de las relaciones entre las personas originadas por la convivencia

social. Así también como de las relaciones comerciales.

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b) Fuero de Persona y Familia: se encarga de las cuestiones surgidas del parentesco y las relaciones

familiares. Asimismo trabaja con las cuestiones relacionadas a los Atributos de la personalidad.

c) Fuero Laboral: Relaciones Laborales y cuestiones Sindicales.

d) Fuero Penal: Investigación y sanción de los delitos.

e) Fuero Contencioso administrativo: encargado de las relaciones entre los Ciudadanos y el Estado en

cuanto a sus funciones públicas.

* Para delitos leves: La pena es de hasta 5 años. Aquí va a investigar un fiscal. También va a intervenir un

Juez de Primera instancia, un Juez Correccional, y un Juez de Garantía.

* Para delitos graves: La pena es mayor de 5 años. Aquí interviene un Juez de Instrucción, y Juzgará la

Cámara del Crimen.

Ministerio PúblicoEl Ministerio Público representa una de las funciones que debe cumplir el Estado, y cuya función

principal reside en defender la legalidad y una recta administración de la justicia.

El Ministerio Público se organiza a través de tres ramas:

• Ministerio Público Fiscal. Ejerce la acción penal pública y acciona en defensa de la legalidad, intereses

generales difusos y medio ambiente.

• Ministerio Público de Defensa. Tiene a su cargo el asesoramiento y la representación judicial de

personas de escasos recursos y quienes estuviesen ausentes.

• Ministerio Público Pupilar o Tutelar. Vela por los derechos y bienes de los menores e incapaces.

Poder Judicial en SaltaEl Poder Judicial de Salta, está formado por 3 distritos:

- Norte: Orán y Tartagal

- Sur: Metán, Cafayate y Joaquín V. González.

- Centro.

DerechoEl Derecho es una ciencia dinámica que se va renovando de acuerdo a nuevas problemáticas sociales

que van surgiendo y ante las cuales es necesario dar respuestas. Para ello es ayudado por diferentes

ciencias como ser la sociología, antropología, medicina, psicología, etc. Es decir, los aportes de estas

ciencias van a permitir que el derecho sea capaz de dar una respuesta a las problemáticas.

• Derecho Público = importa solo el bien común.

• Derecho Privado = se busca la igualdad y libertad

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SujetoLa Psicología Jurídica centra su atención en un hombre entendido como Sujeto de deseo, dotado de

razón y emoción, actor de un acontecer de múltiples atravesamientos. Aborda así la dimensión

psicológica de los fenómenos humanos en la dimensión Jurídica de las configuraciones Sociales.

Normas, Leyes y Códigos Los miembros de una sociedad interrelacionan y a partir de allí surgen conflictos por intereses. Las

culturas necesitan de leyes o normas para regular estos conflictos y es allí donde surgen los códigos los

cuales permiten su ordenamiento.

Las Normas, para que sean aceptadas es necesario que haya un acuerdo dado de antemano por lo

miembros de la sociedad. Las normas pueden ser sociales, morales, religiosas y jurídicas; estas últimas

llevan explícitamente una sanción por el Poder Legislativo y son las que figuran en los códigos. Una

norma se convierte en ley cuando es sancionada.

La ley positiva es aquella que es gestada en la cámara de legisladores

La ley natural es propia del sujeto y le plantea como ser persona.

Los Códigos son un conjunto de leyes extensas y ordenadas que tienen fuerza dogmática. Pueden ser

anunciadas en forma positiva o en forma negativa, pero ambas determinan una manera de actuar.

Tienen carácter obligatorio y restrictivo.

Pueden que no respondan a las necesidades particulares de la época y es por ello que necesitan ser

actualizadas. No tiene carácter retrospectivo, ya que no se puede sancionar a una persona por un delito

cometido con anterioridad a la sanción de la ley.

“El Código de Fondo” (Código Penal) se presenta como un conjunto de normas que regulan alguna

actividad específica de la vida del Ser Humano. Está conformado por leyes dictadas por la Nación y rige

para todas las provincias por igual.

“El Código de Forma” (Código Procesal) Es aquel conjunto de normas que regulan el proceso: conjunto

sistemático y ordenado de actos jurídicos que tienen como última finalidad el dictado de una sentencia.

Está integrado por las leyes provinciales que aplican los habitantes de las mismas.

Entre los Códigos Civil y Procesal existen artículos que determinan como debe ser el actuar tanto del juez

como así también del perito psicólogo.

JuicioDesde el punto de vista jurídico, podemos decir que es el conjunto de actos solemnes detallados en la

ley a través de los cuales se resuelven los conflictos de intereses entre las partes en presencia de una

autoridad judicial que decide, previa presentación ante la misma de alegaciones y pruebas por cada una

de las partes. Intervienen abogados de las partes y fiscales (defensores de la sociedad).

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Un juicio se inicia con una denuncia hecha por un ciudadano en la policía, luego esta puede ser elevada a

la fiscalía o a los juzgados de primera instancia. A partir de aquí se puede seguir varios caminos:

• Procesamiento: se procesa a la persona por ser culpable.

• Falta de merito: las pruebas no son suficientes para procesara una persona pero el caso se

puede reabrir cuando hallan nuevas pruebas.

• Sobreseimiento: la persona es inocente de lo que se la culpa.

Jurisprudencia Es un modo de obrar satisfactorio que surge como modelo en algunas situaciones, que no existiendo una

ley, el juez ha resuelto. Es imitado.

PruebaActividad que se lleva cabo en los procesos judiciales con la finalidad de proporcionar al juez o tribunal el

convencimiento necesario para tomar una decisión acerca del juicio. A un juez no le basta las alegaciones

de las partes sino que necesita de estas pruebas pero no todas estas van a ser consideradas ya que

dependen si están o no en el catalogo de pruebas admisibles.

Prueba JudicialEs el medio de establecer la verdad de un hecho, lo manifiesto no necesita prueba, un acto cierto no

necesita probarse, la alegación no es prueba

Tipos de Pruebas

• Reales: peritaje de hechos u objetos (por ejemplo una mecha de pelo en la mano)

• Directas: A partir de la percepción, se sabe que pasó. Son aquellas que no necesitan una

producción, se dan cuenta por ellas mismas.

• Indirectas: Requieren de procedimientos para saber qué es lo que pasó.

• Plenas: Son aquellas que dan certeza del hecho (por ejemplo: un análisis ginecológico para dar

cuenta del abuso)

• Semi-plenas: esta la posibilidad de existencia del hecho.

• Personales: Confesión hecha por el imputado o supuesto imputado

• Testimoniales: De las demás personas que puedan dar testimonios, serán testigos o personas

involucradas.

• Reconstruidas: Hay una reconstrucción del hecho, donde hay una participación del juez,

secretario – para tomar nota – y el perito psicólogo.

• Circunstanciales: Dependiendo de las circunstancias, surgirán las otras pruebas

• Periciales: Muchos profesionales auxiliares pueden aportar: Psiquiátricas, Psicológicas, Asistencia

Social, Médicas.

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Áreas donde se Incluye al Psicólogo en los diferentes Fueros En el Fuero Civil hay pedidos de pericias psicológicas por daño psíquico y moral, certificados específicos.

Todas las intervenciones son revisadas por la Cámara de Apelación Civil.

En el Fuero de Familia además de pericias psicológicas, se pueden plantear algunos procedimientos de

adopciones por el derecho del niño, guardas familiares, discusiones de tenencia, etc. Es muy importante

tener en cuenta el discurso del niño.

En el Fuero Laboral, las pericias psicológicas tienen que ver con dos cuestiones: en primer lugar, con los

despidos, donde se puede indicar una justificación psicología; en segundo lugar con algunas

enfermedades, que pueden tener consecuencias psicológicas.

En el Fuero Penal, la intervención psicología se caracteriza por la realización de pericias, pudiendo ser un

factor para determinar la inimputabilidad o no, de alguna persona.

En el Fuero Contencioso Administrativo la actividad psicológica se encuentra limitada (como así también

lo es el en el fuero laboral)

La Relación de la Psicología Forense con otras Ciencias• Psiquiatría forense: estudia al hombre enfermo de la mente, ya sea violador de la ley o

necesitado de protección.

• Criminología: ciencia que se ocupa del saber experimental del crimen, del delincuente, de la

víctima y del comportamiento desviado.

• Antropología: estudio de las características del hombre criminal desde el punto de vista físico o

cultural.

• Sociología: estudia el delito como fenómeno social y la pena como reacción social.

• Biología: estudia factores biológicos en el sujeto del crimen.

• Penología: estudia los diversos medios de represión y de prevención directa del delito. Es el

estudio de la reacción social frente a conductas dañinas y peligrosas.

• Política criminal: se ocupa de reformar el derecho penal contra el crimen.

Psicología Forense – Unidad IIEl Rol del Psicólogo Forense en el Poder JudicialPerito = es el sabio, hábil y experto en una materia, ya sea en lo práctico o en lo teórico. El psicólogo

forense es un auxiliar del juez, que desde su propio saber contribuye a la investigación de la causa. Lo

jurídica posee límites como toda ciencia y es por ello que necesitan del aporte de otras ciencias para

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llegar a la verdad de los hechos.

La tarea del perito psicólogo consiste en responder a los puntos de pericia solicitados por el juez, dando

información a este sobre la personalidad psíquica del periciado (tiene en cuenta: intelectual, afectivo,

volitivo). En los conflictos familiares también puede colaborar dando un diagnostico del grupo familiar.

El perito forense lleva cabo la tarea de diagnosticar es decir, dar una descripción y comprensión profunda

de la personalidad psíquica del implicado lo cual contribuirá con el juez para el esclarecimiento de los

hechos. Este puede aceptarlos o no, en el caso de que lo haga deberá comprobar lo expresado por el

psicólogo a través de otras pruebas.

Concluida la intervención, el psicólogo puede volver a ser citado para dar explicaciones, tendientes a

aclarar y/o ampliar algunos puntos periciales.

La Dinámica del Proceso es la SiguienteEl juez fija los puntos de pericia El psicólogo perito presenta un informe dando respuesta a esos puntos

de pericia; debe hacerlo de forma legal y con un lenguaje comprensible. En este debe hacer hincapié en

los hechos y circunstancias sobresalientes. Las conclusiones deben ser correctamente fundadas.

En muchos casos, una de las partes puede objetar respuesta dada por el psicólogo, por ej: en el caso de

incomprensión pidiendo que sea nuevamente aclarado. Las partes también pueden contratar sus

psicólogos peritos en el caso que lo deseen.

Tipos de Peritos• Peritos oficiales: están incluidos dentro del cuerpo médico forense.

• Peritos de oficio: es designado por el juez (debe estar en la lista de peritos)

• Peritos de parte : convocado por una de las partes (tiene que estar desde el principio).

• Consultores técnicos .

Otras actividades que pueden realizarse en el ámbito jurídico

- Pedidos de explicaciones o impugnaciones.

- Asistencia a audiencias.

- Acompañamiento a menores en declaraciones.

- Asistencia y participación en juicios orales.

Modelos de Subordinación y de ComplementariedadSe han desarrollado dos concepciones para dar cuenta de la interacción derecho y psicología.

Modelo de subordinación: diversos autores consideran que existe al menos una parcela de la psicología

destinada a responder a las necesidades del mundo jurídico y satisfacer sus preguntas y demandas. Esta

concepción domino desde la psiquiatra forense donde los médicos consideraban que las tareas

realizadas por el psicólogo eran totalmente auxiliares ya que solo se limitaba a la toma de tests; se le

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otorgaba un rol totalmente subordinado.

Esta concepción nos revela un claro modelo de subordinación de la psicología a la psiquiatría y al

derecho, quedando la psicología limitada a dar un par de respuesta no tan relevantes.

Este modelo de subordinación delata en el fondo un tipo de pensamiento lineal sin interacción entre lo

jurídico y la psicología ya que hay una ciencia que pregunta y otra que responde, no intercambian

pensamientos. A esto se suma que muchas veces se puede ver que las preguntas formuladas por los

profesionales del derecho no tienen posibilidad científica de ser respondidas y en otros casos no son ni

relevantes.

La critica a este modelo no implica cambiar roles ni nada por el estilo sino que va mas allá … Igualmente

este modelo muchas veces es aceptado por los psicólogos porque es más cómodo responder a algunos

puntos que ponerse a pensar, proponer cosas, etc., en cambio el modelo de complementariedad implica

un mayor riesgo y un mayor desafío.

Modelo de complementariedad: El modelo de subordinación suboptimiza las posibilidades de

conocimiento ya que aísla las disciplinas en compartimentos separados (psicología, medicina y derecho).

En cambio con el modelo de complementariedad la psicología como auxiliar del derecho no solo se

limita a responder algunos puntos de pericia sino que también puede comprender y criticar instituciones

del derecho, siendo algo totalmente útil para ella.

Complementariedad hace referencia a lo jurídico, cada uno desde su punto de vista pero

complementando un saber en busca del bien.

Disposiciones LegalesEl actuar del perito

El perito es notificado de su designación y tiene tres días hábiles para concurrir al Tribunal, solicitar el

expediente y aceptar o no el cargo. Si no, será reemplazado por otro. El perito deberá realizar su

dictamen de acuerdo a los puntos de pericia propuestos por las partes y por el juez.

Responsabilidad del perito:

Tanto la actividad pericial como el testimonio realizado ante autoridad competente pueden incurrir en

un delito doloso. Recusación del perito: son causales de recusación en el caso de los peritos, la falta de

título o incompetencia en la materia de que se trate, y todas aquellas previstas por el juez.

Lo que el perito no debe hacer:

El destinatario no es un paciente. Se requiere de la expresa voluntad del examinado para la aceptación o

no de pruebas diagnósticas.

No se debe hacer una incursión en la vida privada del sujeto que no tengan que ver con el área de

personalidad solicitada por el juez, no se debe violar la intimidad de la persona introduciendo la

presencia de terceros ajenos a la pericia, no se debe desviar casos a la consulta privada, no se debe

convertir la entrevista en interrogatorio.

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Secreto ProfesionalEn el sustantivo “secreto” podemos encontrar dos grandes familias:

• El secreto profesional : hace referencia al secreto dentro de su profesión. Este se centra en la

relación medico/paciente, y en donde el paciente es el dueño del secreto / lo no revelado.

• El secreto dentro del ámbito del foro o institucional : hace referencia al secreto en lo institucional

el cual incluye el secreto en peritación. Este se centra en la relación experto/peritado u

experto/objeto; pero también en la relación juez/perito, ya que es el magistrado o el tribunal los

dueños del secreto porque son estos los que lo demandaron y los que pueden autorizar a

develar todo tipo de secreto en un juicio.

En el caso del área asistencial (psicología asistencial) es diferente, debido a que el dueño del secreto es

siempre el asistido y únicamente el podrá liberar al profesional del secreto.

En esta área siempre se producen conflictos ya que muchas veces los que llegan a la consulta son los

hijos con sus padres y luego estos últimos vuelven reclamando saber que se hablo durante las sesiones.

Aquí se entraría en un conflicto ético ya que los dos tienen derechos, tanto el padre como el hijo.

Mala PraxisLa mala práctica puede definirse como el fallo en el ejercicio de la idoneidad que se puede esperar del

psicólogo. Se contrapone a la práctica considerada "normal" por otros profesionales en un determinado

tiempo y lugar.

Definir perjuicio como cualquier consecuencia dañina recibida por el paciente debido a palabras o

acciones ejercidas por el picoterapeuta durante el tratamiento, permite definir otros tres conceptos

relevantes en cuanto a la mala práctica. Por supuesto que esto genera mucha discusión por lo difícil que

es comprobar que un determinado problema psicológico haya sido efectivamente provocado por el

terapeuta. Estos conceptos son:

Imprudencia: ocurre cuando el psicólogo utiliza métodos o procedimientos que, estando dentro de las

prácticas y conocimientos de su profesión, requerirían un entrenamiento específico que este profesional

no recibió.

Es entendida como el exceso en el actuar. Realizar un acto con ligereza, sin la adecuada preocupación.

Negligencia: ocurre cuando, sabiendo y conociendo determinado método, no se pone en práctica o no

se los hace con exactitud que requiere.

Entendida como falta en el actuar. Descuido y omisión grave. No hacer lo que corresponde.

Impericia: ocurre cuando el perjuicio provocado al paciente se produce por el uso de prácticas que el

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psicólogo no conoce y no fue capacitado para realizarlas.

Falta total o parcial de pericia entendiendo por tal la sabiduría, los conocimientos científicos y técnicos,

la experiencia y la habilidad en el ejercicio de la profesión.

Incumbencias y Aspectos Éticos La confidencialidad, en algunos casos determinados, es uno de los grandes problemas con los que nos

toca lidiar. Es necesario que el profesional informe acerca de violaciones de los derechos humanos,

malos tratos o condiciones de reclusión crueles, inhumanas o degradantes de que sea víctima cualquier

persona y de los que tuviere conocimiento en el ejercicio de su profesión. El psicólogo debe actuar, no

solo según ciencia, sino también según conciencia.

Psicología Forense – Unidad IIIConcepto de PsicodiagnósticoConfigura una situación de roles bien definidos. Es una situación bipersonal (psicólogo-paciente) de

duración limitada, cuyo objetivo es lograr una descripción y comprensión lo más profunda y completa de

la personalidad total del paciente o grupo familiar.

Convergencias y Divergencias entre la Peritación Psicológica y Psicodiagnóstico ClínicoEl instrumento en que se basa la peritación psicológica es el Psicodiagnóstico clínico, pero se diferencian

en:

• Obligatoriedad

• Tiempo – plazos judiciales

• Lugar

• Clima

• Presencia de terceras personas

Momentos del Proceso Pericial • Conocimiento de la demanda• Entrevista psicológico-forense (individuales, de pareja, familiares)• Elección de las técnicas psicométricas, gráficas y proyectivas• Lectura del expediente• Bibliografía jurídica y psicológica• Confección del informe pericial

Comprensión de los Puntos de Pericia• El juez fija al perito los puntos y datos que tuviere (puntos de pericia)• Son los puntos esenciales por los que es convocado un perito

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• Para un perito psicólogo los puntos de pericia son la síntesis de las conclusiones de su informe • Se pide como punto de pericia respuestas específicas a las preguntas hipotéticas formuladas sobre el

caso• Los puntos de pericia limitan la tarea del psicólogo forense, al punto de saturarlo porque sirven

direccionar en un solo sentido • Explicar los puntos periciales es responder a las dudas técnicas o científicas que surgen de la

complejidad de un caso y que necesita el juez y las partes para dilucidar un proceso• Se debe saber cuál es el motivo, causa, conductas significativas de la solicitud de las pericias

psicológicas (no siempre descriptas)• En casos graves, como homicidios o violaciones se puede solicitar el trabajo conjunto de dos

profesionales (co – pericia)• Se debe respetar al periciado, por mas aberrante que haya sido su conducta• Pueden ser solicitados muchos puntos de pericia, pero no todos corresponden a la psicología

Características distintivas de la Peritación Psicológica Forense • Demanda no se origina del sujeto al profesional, viene impuesta desde el marco

jurisdiccional.• Puede tener características de: una demanda para orientación, asesoramiento, y/o

derivación.• Debe versar sobre los hechos o características de la personalidad del sujeto periciado, al

margen de las cuestiones jurídicas

Modalidades de abordaje• Investiga aspectos manifiestos y latentes para comprobar un hecho, una conducta, una

consecuencia de una conducta o un estado; utilizando para lograr tales objetivos entrevistas psicológicas-forenses, técnicas psicométricas y proyectivas, según se consideren válidas para responder a los Sres. Magistrados.

• Está orientada hacia la descripción y comprensión profunda y compleja de la personalidad de un sujeto vinculado a un proceso judicial en sus diferentes áreas

• Intelectual: capacidad de comprensión, funcionamiento y tipo de pensamiento, capacidad de atención, concentración y memoria

• Afectivo: manejo de emociones• Vincular: manejo de relaciones interpersonales• Volitivo: manejo de impulsos y del caudal de agresividad• Ajuste y adecuación a la realidad

La peritación psicológica forense• Es el informe que brinda el psicólogo luego de haber estudiado y analizado el caso a peritar. • El tipo de pericia aludido constituye el resultado del estudio que se hace respecto de esa

persona• El momento en que se solicita la pericia psicológica corresponde al período de prueba de un

juicio

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• La peritación psicológica está realizada por personal especialmente calificado, experto en la ciencia psicológica

• Es una actividad procesal que coexiste con las etapas del proceso judicial• Es una actividad procesal, que no es rotulativa sino conjetural,(no tiene un cierre dogmático),

desarrollada en virtud de encargo judicial, por una persona distinta de las partes del proceso calificada especialmente por sus conocimientos, mediante la cual se suministra al juez argumentos o razones para la formación de su convencimiento respecto de ciertos hechos cuyo escapa del común de las gentes.

• La práctica pericial es una práctica de encuentro humano, en donde hay transferencia, contra transferencia y muchísima resistencia por parte de los pacientes.

• La prueba pericial es la opinión fundada de una persona especializada en ramas del conocimiento que el juez no está obligado a dominar. La persona dotada de tales conocimientos es el perito y su opinión fundada es el dictamen

La práctica pericial en los diferentes fueros• Fuero penal: estudio de la personalidad del imputado y de la víctima en las diferentes causas

penales• Fuero federal: Ley de Drogas. 23737• Fuero Civil: problemas de familia; Daño Psíquico; Insanías • Fuero Laboral: Accidentes laborales; Enfermedades profesionales• Fuero de la Seguridad Social: Jubilaciones• El psicólogo forense participa en el proceso del juicio cuando el juez lo determina y notifica su

inclusión; y cierra su espacio cuando entrega el informe. • Puede volver a ser llamado según

• Las partes los soliciten: Ampliación, Explicación, Objeción, Discrepancia (por ej. con el informe del médico psiquiatra)

• El juicio llega a una instancia superior, el las Cámaras

Participación en audiencias• La actividad pericial en el fuero Penal no concluye con la confección del informe y algún llamado

esporádico a una declaración testimonial. • El perito es citado a la audiencia en calidad de testigo, como lo dispone el Código, donde deberá

ratificar o rectificar su informe. • Se solicita en algunas ocasiones la presencia del perito en toda la audiencia, escuchando las

declaraciones del imputado, de las víctimas y de los testigos importantes; con el fin de ampliar el asesoramiento y brindar opinión

• La exposición pública del profesional en la audiencia es una situación de confrontación, con un clima de examen, que genera ansiedades de tipo persecutoria

• Los peritos son interrogados sobre la capacidad de un determinado sujeto en un determinado momento para comprender la criminalidad del acto y /o dirigir sus acciones

• También son interrogados sobre el futuro de esa persona, si puede repetir una determinada conducta, con el fin de que el juzgador tome medidas procesales sobre el sujeto.

Importancia del trabajo en equipo• Ante la necesidad de un estudio integral del individuo, los peritos psicólogos eligen las prácticas

de co-peritación; un trabajo interdisciplinario. En especial en casos conflictivos

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• En el campo forense, la peritación crea una relación “juez/experto”• Los peritos psicólogos, desde su saber, son asesores del juez y auxiliares de la justicia. • Es un co-protagonista, con autonomía que brinda aportes derivados de la especificidad de sus

conocimientos

El informe debe ser• Consecuencia de las operaciones y experimentos que la psicología sugiere• Que exprese los hechos y circunstancias que sean fundamentales en su opinión• Objetivo, a pesar de que la práctica sea conocer la subjetividad de la persona• Debe ser expresado en un leguaje comprensible y claro; con aclaraciones si se usa un lenguaje

técnico• Las conclusiones deben ser correctamente fundadas (tanto en las teorías como en la aplicación

de las técnicas psicológicas)La presentación del informe

• Puede ser en forma conjunta o unívoca • Se hará en forma legal• Por escrito• Exposición oral ante audiencias

La estructura recomendable para un informe pericial escrito• Encabezamiento: quien emite el informe, sus cualificaciones, a petición de quien, sobre que

sumario, para responder a cuales preguntas, en calidad de qué informa• Resumen descriptivo del método empleado para llevar a cabo la exploración pericial y responder

a las preguntas. Incidencias de la exploración si las hubiera• Resumen de toda la información relevante del caso• Resumen sobre las evidencias obtenidas sobre el estado mental y conducta del acusado en la

época del delito• Valoración que hace el perito de la relación entre el estado mental en el delito y el delito• Respuestas específicas a las preguntas hipotéticas formuladas sobre el caso• Síntesis• Derivación• Recomendación