resumen de pedro salazar ugarte

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  • 8/14/2019 Resumen de Pedro Salazar Ugarte

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    Orgenes, conceptos y modelos constitucionales

    Iusnaturalismo

    Para comenzar definamos al iusnaturalismo y este sera una teoraticacon un

    enfoque filosfico, que postula la existencia dederechos del hombrefundados odeterminados en la naturaleza humana,universales, anteriores y superiores al

    ordenamiento jurdico positivo y al derecho fundado en lacostumbreoderecho

    consuetudinario.

    Por otra parte mientras que el iuspositivismo afirma su propia exclusividad, el

    iusnaturalismonoafirmaqueexistasoloelderechonatural,sinotambinelpositivo,

    pero este est en un rango por debajo del iusnaturalismo. El iusnaturalismo es

    dualistayeliuspositivismoesmonista.

    Elmtododelosiusnaturalistaseselmtodoracional.Tienetresmomentos:

    Edodenaturaleza,nopoltico(escolstico) Edodecontrato,fuentedelegitimidad(racionalistamoderno) Edocivil,nonaturalesartificial(hobbesiano)

    Modelo contractualista

    LafechadeiniciodeestaescuelapuededarseconexactitudconlaobradeHugo

    GrocioDeiurebelliacpacis,publicadaen1625.Lasgrandescodificacionescomola

    Napolenica,quedieronpredominanciaalasleyesescritascuyomododeconcebir

    el trabajo del jurista y la funcin de la ciencia del derecho, tiene como nombre

    positivismojurdico.Laestocadafinalaliusnaturalismoladioelhistoricismojurdico

    con el ensayo de Hegel De las diferentes maneras de tratar cientficamente el

    derechonatural,editadoen1802.

    El siguiente paso que se da es poner en relieve que dentro de la escuela del

    derechonatural haydistintascorrientesydiferentesautores,entreellospodemos

    encontraraHobbes,Leibniz,Locke,Kant,Pufendorf,Thomasius,Wolf,Rousseau,e

    incluso,profesoresuniversitarios.Paralosjuristas-filsofos(Pufendorf,Thomasiusy

    Wolf)lamateriadelderechonaturalcomprendetantoelderechopblicocomoel

    privado, mientras que para los dems, en especial para Rousseau, el derecho

    naturalesargumentadodemaneracasiexclusivamentedesdeelderechopblicoy

    elfundamentodelestado.

    http://es.wikipedia.org/wiki/%C3%89ticahttp://es.wikipedia.org/wiki/Derechos_del_hombrehttp://es.wikipedia.org/wiki/Universalismohttp://es.wikipedia.org/wiki/Costumbrehttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_consuetudinariohttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_consuetudinariohttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_consuetudinariohttp://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_consuetudinariohttp://es.wikipedia.org/wiki/Costumbrehttp://es.wikipedia.org/wiki/Universalismohttp://es.wikipedia.org/wiki/Derechos_del_hombrehttp://es.wikipedia.org/wiki/%C3%89tica
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    Seaclaranqueel verdadero GalileodelascienciasmoralesesThomasHobbes

    quienpensabaque el desordensocial, las sediciones, las facciones en laguerra

    civil, etctera, provenan de las doctrinas errneas difundidas por los escritores

    polticosantiguos,yelespritusectariodifundidoporlosmalostelogos.

    Eljuristasiemprefueenseadopormediodelatpica,osealoslugaresdesdelos

    quesepuedeargumentarencontraoafavordealgo,utilizandoladialcticay la

    retrica,disciplinasqueseencuentrandentrodelalgicadeloprobable.Cuandoel

    juristaesconsideradoun comentadorde textostienequeaprenderlasreglasque

    sirvena lacomprensiny laintegracindeltextoylasolucindeantinomiasentre

    pasajes,esdecirlasreglasdelainterpretacin.Losiusnaturalistassostienenquela

    tareadeljuristanoesinterp retarlasreglas,sinodescubrirlasreglasuniversalesde

    laconductapormediodelestudiode lanaturalezadelhombre.Eliusnaturalismo

    fuelaprimeraylaltimatentativaderomperelnexoentreelderechoylaretrica

    comoteoradelaargumentacin,ydeabrirloalasreglasdelademostracin.

    Contractualismo de Hobbes

    Hobbescreequeloshombresensuestadodenaturaleza,porserlibreseigualesse

    mataranentres.Soloexistelaleydelmsfuerte,elhombreesellobodelhombre.

    Tambin cree que debemos pactar un contrato con el cual saldremos de este

    estado de naturaleza y entraremos en un estado civil. Lo cual significa salir del

    estado de guerra renunciando a su estado natural, que implica ceder algunas

    libertades, igualdadesnaturales,paracrearunestadoabsoluto,concentradoysinlmites;esdecirunpoderirresistible.(ElLeviatn).

    Renunciaatodoelindividuoacambiodesuseguridad,estaeslaraznporlaque

    Hobbesprivilegiaalordenporencimadelalibertadydelaigualdad,yaqueelorden

    generaseguridad.

    Hobbesserefiereaunpactoenelquetodosparticipen,endondetodoelpoderse

    concentreenunsololugar,paraasquedartodossubordinadosaeste,quienserel

    encargado de administrar paz y seguridad. Este es un pensamiento totalmente

    absolutista,yaqueabsolutizaelpoderenunsololugar,puestoqueHobbestemea

    la anarqua y cree que la solucin a que esto no suceda es que todo el poder

    soberanoeste concentradoenunsolo lugar. Hobbescreeque eldividir poderes

    podraocasionarqueal final todosestos terminaranpelendoseporserelpoder

    absoluto.

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    Contractualismo de Locke

    Lockeeselpadredelliberalismoeconmicoypoltico,ademsdeserelantecesor

    del constitucionalismo moderno y padre de la tolerancia. La tolerancia tiene un

    punto de vista vertical al gobernado y tiene uno horizontal de iguales entre

    gobernados.DecaLockequela intoleranciareligiosaera lacausantedemuchas

    guerrasycreaquesedebarespetaratodaslasreligiones,menosaloscatlicos,ateosyagnsticos,yaquecreaestequelamoralestrespaldadaporlareligin.

    Locke al igual que Hobbes cree que se debe hacer un pacto social en donde

    salgamosdelestadodenaturalezayentremosenunestadocivil,dondeelEstado

    sera una especie de juez imparcial y en donde tambin se mantendran los

    derechos del hombre concebidos en su estado de naturaleza a excepcin del

    derechodehacerse justiciapor propiamano.Aqu esendonde entra elaspecto

    liberalpolticodeLocke,alsolocederlealEstadoelderechodeefectuarellajusticia

    yestadebesertotalmenteimparcial.

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    ParaLockeexistendoscontratos:

    PactumSocietatis:queeselpactoparaconstruirunasociedadcivil. Pactum Subjectionis: es el pacto con el gobierno, quien administra la

    convivencia.

    AdiferenciadeHobbes,Lockecreequeelpoderdelestadodebeserlimitadoyque

    encasodeabusodeeste,esundeberdefenderlosderechosdelosgobernados.

    Tambinesunferviente defensordelapropiedad privada,por loque es tomadocomopadredelliberalismoeconmico.Creaqueestaeraalgointocable.

    Locke cree que los poderes en el estado civil se deben dividir el poder en tres

    (Legislativo, Judicial y Ejecutivo), y que este tiene poder limitado sobre los

    gobernados.Porloquedicequehayunderechoalaresistencia,yaqueelestadose

    creparasalvaguardarlosderechosdelosgobernados,encasoquenocumplalos

    gobernados pueden resistirse. Este es un poder colectivo. Por lo que todos eso

    derechosquesepreservanenelestadocivil,sonlmitesalpoderdelgobernante.

    Contractualismo de Rousseau

    Para Rousseau el hombre nace bueno, por lo que en el estado de naturaleza

    permanecetranquilosinconflictosyqueestbamosaislados,cuandoseempeza

    corromper todopor elhechoque seempezaprivatizar lapropiedad.Por loque

    creeRousseauquesomosesclavosdequientienelapropiedad.

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    Esteautoresuncrticodelaideadequelapropiedadprivadaesalgointocable,est

    convencidodequenopuedehaber republicasanacondesigualdadeconmica.

    Creequeelhombremediantelaeducacinpuedeserperfectible.

    La transicin hacia la democracia radical que plantea Rousseau, te pide que

    renunciesatodotusderechos,porloquelademocraciadeesteesabsolutista.Se

    renunciaa todostusderechosa favorde lavoluntadgeneral,esdecira favorde

    nosotros mismos. Diferencia este que la voluntad comn no es la suma de las

    voluntadesgenerales.Tambinnosdicequeelgobiernonoeselestado,sinoque

    esteessolounadministradordelmismo.Elestadoconstitucindelasociedadcivil

    queprovienedelcontratosocial,medianteelcualserenunciaatodoslosderechos

    paraunbiencomn.

    Constitucionalismo americano

    Los sentimientos sobre la idea constitucionalde lanacin americana sepueden

    apreciaenelfederalistanmerodiez,escritoporJamesMadison.Este,enelartculo

    combate las facciones y promueve la repblica. Madison est totalmente de

    acuerdoconHobbes,yaquecreequenosedebedesmembrarelpoder,porquees

    msdifcilgobernar. Laideaesnoreprimir lacausa,sinoreprimirsusefectos.Es

    muy costoso acabar con la libertad para terminar con las facciones. Madison

    proponehacerunarepblicafederalparanoestaraldescubiertoconlasfacciones.

    Entoncesapartirdeestasbasesliberales,EEUUlograconstruirunestadoendonde

    los poderesestnconstituidos,estossepreocuparonms por organizar elpoder

    que en los derechosde los gobernados,esdeciresta constitucin prevms la

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    organizacindelgobiernoantesquelapromulgacindederechos.Laconstitucin

    no se reforma porque pierde la esencia de los padres fundadores. Esta fue

    promulgadaenel1787y luegodecuatroaossepromulgaronlasdiezenmiendas

    (1791).

    Concepto de constitucin y el Iuspositivismo

    Laconstitucines lanormasupremadeunanacin,estanosdicequenormaes

    vlidaono.Porlotantolafuncinprincipaldelamismaesfundamentarlavalidez

    detodaslasdemsnormasjurdicasdelanacin.

    Hablemosahoradelpositivismojurdicoyantesquenadadefinmoslocomouna

    corrientedepensamientojurdicosiendosuprincipaltesislaseparacinconceptual

    entremoralyderecho,quesuponeunrechazoaunavinculacinlgicaonecesaria

    entreambos. A lavez, el iuspositivismodefine las institucionesjurdicascomoun

    tipoparticulardeinstitucionessociales.

    Aspodemosdecirqueexistentrestiposdeiuspositivismo:

    Positivismoterico:estateorasostienequeelderechoquehasidocreadoporunlegisladorautorizadoparahacerlo,soloesteeselderechovlido.A

    estadoctrinasololeimportasifuecreadoporunafuentevlida.

    Positivismometodolgico:separacinnecesariadelderechodelamoral,nosdicequeesdistintaalfenmenojurdico.Elderechonodejadeserderecho

    porchocarconunanormamoral.

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    Positivismoideolgico:sostienequetodoelderechoporelsolohechodeserderechoesjusto.Nosdicequenosedebecuestionaralderecho,yaquefue

    creadoporunlegisladorautorizadoyconestobastaparaqueseajusto.

    Lamoralsonlasnormasporlasqueserigelaconductaoelcomportamientodeun

    ser humano enrelacin a lasociedad, asmismooa todo loque lorodea.Otra

    perspectivaladefinecomoelconocimientodeloqueelserhumanodebedehacer

    oevitarparaconservarestabilidadsocial.

    Estamoralsepuedeexpresardetresformas:

    Individual:cadapersona tiene uncumulodepensamientosquenosdefineunamoral.Estascambianconeltiempoyconlassituacionesquesevivan.

    Universal:laquecreenyconfanenunamoralnica.Creenquehaycosasqueestnbienyqueestnmal,yestonovaaevolucionar.Estaes lamsintransigente.

    Positiva o social: es la moral de una comunidad poltica en un momentodeterminado.Estaescambianteconlosfenmenossociales.

    Elementos y tipos de constitucin

    Laideadeconstitucionalismomodernonacedelartculo16delaDDHC,quedice

    que: Todasociedadenlacualnoestestablecidalagarantadelosderechos,ni

    determinadalaseparacindelospoderes,carecedeConstitucin.Laseparacin

    depoderes,sufinalidadesservircomoun instrumentoparaprotegerlosderechos

    delosciudadanos.

    Sistema presidencialista: se caracteriza porque los ciudadanos eligen porseparadoalcongresoyalpresidente.Elpresidentealmismotiempoeseljefe

    degobiernoyeljefedeestado.Ladiferenciaresideeneltipodergimendel

    pas,elprimeroeselqueocupalapresidenciadel poderejecutivo (primer

    ministro,canciller,presidente)yelsegundodalacaracomoresponsabledel

    pas(ReyoReina).

    Sistema parlamentarista: en este los ciudadanos solo eligen el poderlegislativo. El gobierno lo elige el paramento. No hay independencia del

    poder,ellegislativosubordinaalejecutivo.Enlossistemasparlamentariosel

    jefedegobiernoselellamatambinprimerministroopresidente.

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    Existenvariostiposdeconstituciones,sobretodosudivisinsebasaensuformade

    reformaralaconstitucin,ejemplo:

    Segnsuformajurdica:esdecirenescritasoconsuetudinarias. Segn su reformabilidad: estas son rgidas (las que hacen ms difcil el

    procedimiento de reforma) o flexibles (cuando se reforma como otra ley

    cualquiera).

    Otorgadas:estassonlasqueelreycomotitulardelospoderesselasotorgaalpueblo.

    Impuestas:sonlasquelospoderesdigamoselparlamento,selasimponealmonarca,esdeciralrey.

    Pactadas: enestas la primera ideaque se tiene esel consenso.Nadie lasotorga en forma unilateral, ni tampoco las impone debido a que si son

    impuestas y no se pactan careceran de un marco de legitimidad. Estas

    constitucionessonmultilateralesycontractuales.

    Por voluntad de la soberana popular: son aquellas cuyo origen esdirectamentelasociedad,lacualporlogeneralsemanifiestaatravsdeuna

    asambleanacional.Principio de legalidad: este proviene de la funcin legislativa realizada por el

    legislador. Se traduce como que el estado o las autoridades del mismo deben

    actuarenbasealoquenosdicelaley.

    Principiodeimparcialidad:dependeestadelaindependenciajudicial.

    Separacin de poderes: se prev ms en los sistemas presidencialistas.

    Especialidadenlasfunciones,independenciarecprocadelosrganos(legislativoy

    ejecutivo).

    Divisindepoderes:seresumenenelcheckandbalance(controlesycontrapesos)

    parlamentario,serefiereavariasreglasdeprocedimientoquepermitenaunadelas

    ramaslimitaraotra,porejemplo,medianteelvetoqueelpresidentetienesobrela

    legislacin aprobada por el Congreso, o el poder del Congreso de alterar la

    composicinyjurisdiccindelostribunalesfederales.

    Poderconstituyente:esunpoderpoltico,quenotienevalidezlegal,porelsimple

    hechoquederogaunaleysupremavigenteparalacreacindeunanueva.

    Reformabilidad de la constitucin: esta puede no decirlo, puede decir que se

    reformaycomosehar,ypuededecirquenosereforma.

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    Derechos fundamentales o humanos y garantas

    Concepto de derechos

    Definicindederechosfundamentales:sonderechosfundamentalestodosaquellos

    derechossubjetivosquecorrespondenuniversalmenteatodoslossereshumanos.

    Comencemos con el adjetivo fundamental: son fundamentales los derechos

    adscritos por un ordenamiento jurdico a todas las personas. Se expone la

    importanciadel adscrito formal, yaque sederiva de los intereses exigidoscomo

    derechosfundamentalesyentendidosdesdeuncarcteruniversal.

    PasoseguidoFerrajolideterminaelstatusyloclasificaenciudadanosy/ocapaces

    deobrary/opersonas,yexplicaquelasnicasdiferenciasactualesenelstatusse

    danenlaciudadanaylacapacidaddeobrar.Actoseguidopresentalosparmetrosquesedanentrelosderechosnaturales:derechosdepersonalidadydeciudadana

    (delosciudadanos)ylosprimariosysecundariosquepertenecena todososoloa

    loscapacesdeobrar.

    Deestecrucenacenlascuatroclasesdederecho:

    Loshumanos,quesonlosdetodosindistintamentedetodo Lospblicos,quesonlosreconocidosalosciudadanos Losciviles,quesonreconocidosalaspersonascapacesdeobrar Lospolticosquesonreconocidosalosciudadanoscapacesdeobrar

    Diferenciaentrelosderechosfundamentalesypatrimoniales

    Empezaremos criticando la relacin que daLockeen su definicin deDerechos

    Fundamentalesenlosqueincluyeelpatrimonio,puespresentacomounproblema

    dedefinicinambiguadelosderechospatrimonialespuessonalmismotiempoel

    derechoaserpropietario,comoadisponerdelosderechosdepropiedad.

    Yapuestaesadiscusin,dicesobrelasdiferenciasentrederechosfundamentalesy

    patrimoniales, alegando que los primeros, son universalesy estn reconocidosatodos en igual forma y medida, as como tambin son inalienables, invariables,

    inviolables, intransmisibles y personales. Los derechos fundamentales son un

    mximum, es decir no se puede ser ms vivo, o tener ms libertad (desde un

    aspecto jurdico).Son derechos fundamentales entonces, la vida, la libertad, o el

    derecho al voto, pues son universales e indisponibles. Tambin los derechos

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    fundamentalessonconstituidoscomonormas,yquetambinpuedenserllamadas

    normastticasqueimponensituaciones.

    Porultimolasrelacionesqueseestablecenenlosderechosfundamentalessonde

    carctervertical,yaqueestablecerelaciones,entreindividuoyestado,yportantoel

    controlatravsdeprohibicionesqueejercenesdecarcterestatal.

    Encambio,losderechospatrimonialessonsingulares,sondisponibles,negociables

    y alienables,adems,sonacumulables, esdecir, quesepuede ser jurdicamente

    msrico,opropietariodemspertenencias.Estosderechospertenecenacadauno

    enformavariabletantocalidadcomocantidad,aunquetodossomospropietariosde

    algo, ya sea un vestido, o un alimento, de lo que solo yo soy propietario. Los

    derechospatrimonialessondisponibles,destinadosaserconstituidos,cambiadoso

    extinguidosporactosjurdicos,loquehacequeseanpredispuestospornormas.

    Enestepuntoseintentaraplantearcuatrotesisdeladefinicinantestratadasobre

    derechosfundamentales.

    Laprimeratesisrefiereaunadiferenciaentrederechoshumanosyderechospatrimoniales. La primera referente a todas las clases de sujetos, y los

    segundosrefrenesalostitularesconlaexclusindelosdems.Estoquiere

    decirquelosderechoshumanoshacenreferenciaatodotipodepersonas,

    diferentedelosderechospatrimoniales,quehacenreferenciaalaspersonas

    conalgunatitularidaddemuebleoinmueble.

    Lasegundahacereferenciaaquelosderechosfundamentales,ensucampode aplicacin constituyen el fundamento de la igualdad jurdica, lo que

    ocasionalasgarantasaseguradasporelEstadodederecho.

    Laterceraexplicaelcampodeaccindelosderechosfundamentales,entrelosqueseencuentranlosderechosdeciudadana.

    La cuarta explica que los derechos humanos consisten en expectativaspositivasonegativasalasquecorrespondenobligacionesoprohibiciones,a

    lo que podemos llamar garantas primarias. Aunque existen otro tipo de

    garantas, las secundarias, que hacen referencia a las obligaciones derepararlasviolacionesdelasgarantassecundarias.

    Posterior a la segunda guerra mundial las constituciones van a mezclar el

    liberalismo,lademocraciayelsocialismo.Esteltimosetratadelaigualdadmateria

    ydederechos(Salud,Trabajo,Educacin,Vivienda).

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    Huboa lo largodeestaetapa tres grandesolas deconstitucionalismomoderno,

    debidoalasatrocidadesdelaguerra,establecindoseasmodelosdemocrticos,

    liberalesysociales.Laprimerafuealtrminodelaguerralainyeccindecapitalpor

    partedeEstadosUnidos haciaEuropa pormediodel PlanMarshall. Lasegunda

    granolafueentreEuropayEstadosUnidosenayudaalasseccionesdeEuropaaunatrasadas,moviendo asunagrancantidadde capitalparaeldesarrollo deestos

    pases.LatercerayltimaolafueenLatinoamrica,peroestasuerrorincurrien

    que no tuvo ingreso capital para desarrollar toda esa gama de libertades

    democrticasysociales.

    Derechosdelibertad(liberalismo):eseresumelaslibertadescomosonlalibertaddepensamiento,lapersona,ladereunin,deasociacin,libertad

    econmica,etc.

    Derechospolticos(democracia):sonlosderechosdevotar,deservotado,deasociacinydereuninparafinespolticos,etc.

    Derechossociales(socialismo):sonlosderechosparamejordesarrollodelasociedad,esdecirlavivienda,eltrabajo,laeducacin,lasalud,etc.

    La garanta jurisdiccional de la constitucin

    Reformas constitucionales en materia de Derechos Humanos

    El10dejuniode2011sepubliceneldiariodelafederacinunaseriedereformas

    en materia constitucional que le daban aMxico unamayor proteccin de sus

    derechoshumanos.

    Labasedetodalareformasepudieradecirqueeslacompilacineuniversalizacin

    del concepto de derechos humanos. Caso de esto es el cambio de garantas a

    derechos, deformaconceptual,al creermsbienenel conceptomsclsicode

    estosqueesderechoshumanos.

    Conestareformatambinsecreamedianteelartculo102bislaCNDH,organismo

    promulgadordederechosenMxicoyvoceromsquetododeinjusticiasquesele

    notifiquenaella.A140aosdelacreacindeljuiciodeamparocomonoshablaelartculo,podemosdecirqueeranecesariala reforma(apartedelcontextohistrico

    que se viva), ya que como nos ilustra el art 16 de la DDHC francesa, lo que

    determinaqueunestadotengaconstitucinyqueseamodernoesquerespetela

    divisin depoderesyque garantice los derechos delos ciudadanos. Por lo tanto

    para que Mxico siguiera siendo un estado democrtico constitucional deba

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