resumen acogimiento familiar

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CONSELLERIA DE BIENESTAR SOCIAL D.G. de la Familia, Menor y Adopciones

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Familias acogedoras, acogimiento familiar. Apuntes

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    QU ES el ACOGIMIENTO FAMILIAR de menores?

    El Acogimiento Familiar es un recurso social pensado para menores que, pordiversas circunstancias, no pueden vivir o no es conveniente que vivan con sufamilia. Por medio de este recurso son atendidos, durante un cierto tiempo, porotro ncleo familiar.

    En muchos casos estos menores son acogidos por personas de su propioentorno familiar (abuelos, tos). Se utiliza en esta situacin el trmino deAcogimiento en Familia Extensa.

    Sin embargo, otras veces, los menores no tienen familiares que puedanacogerlos con unas mnimas garantas de cubrir sus necesidades bsicas.Entonces se recurre a familias, que voluntariamente, se ofrecen a ello.

    Cul es su FINALIDAD?

    Con este recurso se pretende ofrecer a estos menores, un ambiente familiaracorde con sus necesidades afectivas y formativas, con el fin de evitar, en loposible, internamientos innecesarios.

    Si bien en algunos casos o circunstancias el acogimiento residencial es elrecurso ms adecuado, en general se considera que la familia es el medionatural para el crecimiento y el bienestar de los nios.

    Qu MODALIDADES de acogimiento familiar hay?

    La legislacin vigente establece tres tipos de Acogimiento Familiar:

    SIMPLE: Tiene un carcter transitorio, bien porque de la situacin del menor seprev la reinsercin de ste en su propia familia, bien porque se recurre a lmientras se adopta otra medida de proteccin con un carcter ms estable. Suduracin depender de la situacin concreta pero en todo caso es unacogimiento TEMPORAL.

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    PERMANENTE: Ofrece a la nia o nio una vida familiar estable, durante eltiempo que sea preciso, normalmente hasta su mayora de edad oindependencia.

    La edad del menor junto con una fuerte identidad familiar, el deseo de ser noadoptado, la conveniencia de mantener vnculos o referencias con su familia deorigen, la necesidad de mantener la relacin fraterna, etc. hacen que endeterminados casos no sea conveniente, al menos inicialmente, la propuesta deadopcin de un o una menor, a pesar de que no sea previsible el retorno con sufamilia. El acogimiento permanente ofrece una alternativa familiar a losmenores que se encuentran en esta situacin.

    PRE-ADOPTIVO: Se trata del acogimiento, anterior a la adopcin, de un menorpor la misma familia seleccionada para su adopcin.

    En funcin de esto, dicha modalidad no est prevista dentro de los programasde Acogimiento Familiar, sino en el programa de Adopcin.

    El acogimiento SIMPLE y PERMANENTE pueden realizarlo tanto familiares delmenor (acogimiento en familia extensa) como familias que voluntaria ysolidariamente se brindan a colaborar con la Administracin en esta tarea deproteccin de menores. A estas familias, en la Comunidad Valenciana, se lesdenomina FAMILIAS EDUCADORAS. Por tanto, los criterios y procedimientospara ser familia educadora son completamente distintos a aquellos por los quese accede a la adopcin.

    EL RECURSO DE FAMILIAS EDUCADORAS ES UN RECURSOSOLIDARIO

    HAY OTROS RECURSOS, COMO LA ADOPCION, PENSADOS PARAFAMILIAS QUE DESEEN TENER UN HIJO O HIJA

    Qu CARACTERSTICAS TIENEN LOS NIOS Y NIAS para los que sepropone un acogimiento simple o permanente con familia educadora?

    Son susceptibles de acogimiento familiar los nios de 0 a 18 aos. Son menorescuyas familias estn atravesando situaciones, de mayor o menor gravedad, queles impide atenderlos adecuadamente y adems no existe la posibilidad oconveniencia de que puedan ser acogidos por algn familiar.

    Tambin puede tratarse de menores que ya se encuentran en residencias, bienporque ingresaron mientras se valoraba su situacin, bien porque hasta elmomento no se ha encontrado una familia dispuesta a acogerlos. En estesentido cabe sealar que son especialmente necesarias las familias dispuestas aacoger:

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    menores a partir de 8 aos.

    grupos de hermanos con el fin de que no pierdan los vnculos fraternos.

    menores que han pasado por largos periodos de internamiento.

    menores con problemas de salud, minusvalas fsicas, psquicas osensoriales; anticuerpos de VIH, problemas de desarrollo, desnutricin,lenguaje

    menores con desajustes emocionales y conductuales como consecuencia devivencias traumticas o de una atencin inadecuada.

    menores extranjeros no acompaados tutelados por la GeneralitatValenciana.

    De igual modo son necesarias las familias educadoras especializadas en elacogimiento de urgencia diagnstico. Esta modalidad de acogimiento trata deofrecer una respuesta familiar a un o una menor, o menores, cuando a pesarde haberse decidido la salida de su entorno familiar, todava no se dispone dela informacin suficiente para proponer una medida de proteccin ms estable(retorno a casa, ingreso en centro, adopcin).

    El programa de familias educadoras de urgencia- diagnstico requiere por tantode familias con una especial disponibilidad o compromiso para aceptar:

    un alto grado de incertidumbre sobre el pronstico del caso y colaborar enel proceso de acoplamiento del menor o la menor al nuevo recurso o dereunificacin con su familia.

    acoger con muy poco tiempo de preparacin y sin disponer, en algunoscasos, de informacin apenas sobre los antecedentes familiares, sociales,mdicos, etc. del menor o la menor.

    el carcter estrictamente temporal de estos acogimientos.

    colaborar con los tcnicos de proteccin de menores.

    facilitar el contacto del acogido o acogida con su familia, e incluso mantenercontactos con sta, bajo la supervisin o mediacin de los tcnicos deproteccin.

    Dichas familias adems deben tener experiencia real en la crianza de nios onias y una dinmica familiar cotidiana que permita atender adecuadamente almenor acogido.

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    QU OFRECEN LAS FAMILIAS que acogen a estas nias, nios yadolescentes?

    Las familias educadoras ofrecen una solucin temporal a la situacin del nio yles proporcionan un ambiente familiar estable y afectivo.

    An en el caso de acogimientos simples, claramente transitorios, estos suponenpara los menores acogidos, entre otras cosas:

    Un ambiente cultural y socializador adecuado, con participacin enactividades de ocio y tiempo libre que facilitan las relaciones sociales delmenor.

    Unas pautas educativas (higiene, alimentacin y hbitos en general) y derelacin (comprensin, cario, etc.).

    Una relacin de referencia y la reconstruccin de su red social de apoyo.

    Unas expectativas de futuro diferentes.

    AL ACOGER A ESTOS MENORES COMPARTIMOS CON ELLOS NUESTRAESTABILIDAD FAMILIAR, NUESTRO AFECTO, NUESTRO MODO DE

    VIDA, NUESTRO TIEMPO LIBRE, NUESTRAS RELACIONES

    ACOGER, TEMPORAL O PERMANENTEMENTE, A MENORES SIGNIFICAACOMPAARLES, SERVIRLES DE REFERENTE, Y AYUDARLES A

    ENTENDER SU PASADO Y MIRAR SIN MIEDO HACIA EL FUTURO

    Qu RELACIN mantienen las FAMILIAS EDUCADORAS CON LAFAMILIA DEL MENOR O LA MENOR?

    En la actualidad, la mayora de los menores acogidos no preadoptivamente, sonmenores sobre los que se han tomado las medidas de proteccin tras sudeclaracin en situacin legal de desamparo. En muchos de esos casos seestablecer un rgimen de visitas que garantice el derecho de sus padres aseguir en contacto con sus hijos. Estas visitas se pueden llevar a cabo encentros de proteccin de menores sin que necesariamente tenga que existir uncontacto directo entre las familias.

    Sin embargo, en otros casos, y tras valoracin adecuada, puede ser posible, ymuy conveniente para el menor, el que haya una relacin directa entre sufamilia y la familia acogedora.

    Por tanto, las caractersticas del caso determinarn el tipo de relacin con lafamilia del menor pero en todo caso se respetar la disponibilidad, en estesentido, de la familia acogedora.

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    Sin embargo, es importante sealar que, siempre y en beneficio del menor, lafamilia educadora debe respetar la realidad familiar de ste, colaborar para suretorno si es posible en el caso de los acogimientos simples o facilitar elmantenimiento de los vnculos familiares en los acogimientos permanentes.

    QUIN puede ser FAMILIA EDUCADORA?

    Pueden acoger a menores, temporal o permanentemente, toda persona opersonas mayores de edad, con independencia de su estado civil y posicinsocioeconmica, siempre que estn dispuestas y sean capaces de educar a unania o nio que lo necesite, acogindolo en su familia y prestndole loscuidados necesarios para su correcto desarrollo fsico y emocional.

    Compete a la Generalitat Valenciana, a travs de la Conselleria de BienestarSocial, el promover los procesos de formacin y seleccin de aquellas familiasque desean acoger, de forma que se garantice el que tengan capacidad paraafrontar las distintas implicaciones del acogimiento.

    Qu IMPLICA ser FAMILIA EDUCADORA?

    El acogimiento familiar supone siempre una experiencia y una vivencia paratodos los implicados que requiere, para que sea enriquecedora para el o lamenor, de los siguientes rasgos en la familia que acoge:

    Voluntariedad y aceptacin del acogimiento por parte de todos los miembrosde la unidad familiar.

    Motivacin y capacidad educativa.

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    No buscar el compensar la ausencia o prdida de hijos.

    Disponibilidad de tiempo real de dedicacin a los nios.

    Respeto al nio, a su familia, a su cultura

    Sensibilidad hacia los problemas sociales: solidaridad y capacidad de ayuda.

    Flexibilidad de criterios educativos, religiosos, ideolgicos, etc.

    Aceptacin de la colaboracin de los dems agentes implicados en elacogimiento: tcnicos, profesionales, etc.

    Disponibilidad de relacin con la familia del menor acogido, cuando seaposible y aconsejable.

    Disposicin para realizar actividades de formacin.

    Capacidad de aceptacin de la separacin del menor a la finalizacin delacogimiento.

    ACOGER SIGNIFICA VIVIR LA SOLIDARIDAD EN ZAPATILLAS

    CUANDO UN MENOR ENTRA EN NUESTRA CASA LO HACE L Y SUMUNDO. ACOGER SIGNIFICA ACEPTAR TANTO A UNO COMO A OTRO

    QU HACER PARA SER familia educadora?

    El proceso para que una persona o familia acoja como familia educadorasupone los siguientes pasos:

    1 Presentar una solicitud de acogimiento familiar en los Servicios SocialesMunicipales; la direccin territorial de Bienestar Social correspondiente o encualquiera de las entidades colaboradoras de integracin familiar que trabajanen el recurso.

    2 Participar en los cursos de formacin, organizados por los anterioresorganismos o entidades.

    3 Obtener la consideracin de aptitud como familia educadora por parte de laConselleria de Bienestar Social. De esta forma se pasa a formar parte delRegistro de Familias Educadoras.

    Posteriormente, la direccin territorial de Bienestar Social, directamente o atravs de entidades colaboradoras, podr proponer a la familia un acogimientoconcreto, teniendo en cuenta la disponibilidad expresada por sta, la cual podr

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    ir ajustndose en virtud de su experiencia o situacin en cada momento. En elcaso de aceptacin por parte de la familia educadora se proceder a laformalizacin del acogimiento.

    CMO SE FORMALIZAN los acogimientos y qu relacin se estableceentre la familia educadora y la ADMINISTRACIN?

    Tras la detenida valoracin del caso, propuesta, y asignacin de familia, losacogimientos simples y permanentes se formalizan, en todo caso, medianteresolucin administrativa de acogimiento familiar por parte de la DireccinTerritorial de Bienestar Social.

    En los casos en que no existe el consentimiento de los padres, a continuacinde dicha resolucin (acogimiento provisional) la misma direccin territorialelevar propuesta de acogimiento familiar ante la autoridad judicial, y seemitir, en su caso, la correspondiente resolucin judicial de acogimiento.

    Tras la resolucin administrativa de acogimiento, la Administracin Pblicagarantiza:

    Un acompaamiento y asesoramiento a la familia acogedora durante todo elproceso, bien directamente o bien a travs de sus entidades colaboradoras.

    La cobertura sanitaria del menor.

    Un seguro de responsabilidad civil.

    Una ayuda econmica en concepto de mantenimiento del menor.

    Puesto que en su mayora se trata de menores tutelados por la GeneralitatValenciana, los distintos organismos de sta deben facilitar el acceso de stos alos recursos pblicos del entorno de la familia que los acoge, con independenciade la fecha en que se produzca el acogimiento o de su situacinsocioeconmica.

    Cules son las ENTIDADES QUE COLABORAN con la GeneralitatValenciana en el recurso de Familias Educadoras y cul es su papel?

    Colaboran activamente en el recurso de Familias Educadoras las entidadeslocales (ayuntamientos y mancomunidades) as como asociaciones o entidadessin fin de lucro cuyo campo de actuacin es la infancia en general o laproteccin de menores en particular.

    Sus tareas se concretan en actividades de fomento del recurso: difusin delrecurso, captacin de familias, ....

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    Cul es el MARCO JURDICO de referencia?

    Los distintos tipos de acogimiento, as como su carcter y otros conceptosimportantes relacionados como el desamparo, la tutela, la guarda y custodia,etc. estn regulados en:

    El Cdigo Civil el cual fue modificado en esta materia mediante la LeyOrgnica 1/96, de 15 de enero, de Proteccin Jurdica del Menor y deModificacin Parcial del Cdigo Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

    El Decreto 93/2001, de 22 de mayo, del Gobierno Valenciano, por el cual seaprueba el Reglamento de Medidas de Proteccin Jurdica del Menor en laComunidad Valenciana.

    DNDE dirigirse?

    Las personas que deseen conocer mejor el recurso de Familias Educadoras ocolaborar en l, bien acogiendo o bien como voluntarios de apoyo, puedendirigirse a:

    Los Servicios Sociales Municipales de su zona.

    La direccin territorial de Bienestar Social de su provincia.

    Cualquiera de las entidades sin fin de lucro colaboradoras.

    EL RECURSO DE FAMILIAS EDUCADORAS ES UN RECURSO SOLIDARIOACOGER SIGNIFICA VIVIR LA SOLIDARIDAD EN ZAPATILLASCUANDO UN MENOR ENTRA EN NUESTRA CASA LO HACE L Y SU MUNDO