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RESPUESTA A OBSERVACIONES A PAGOS DE SUBTRANSMISIÓN SEPTIEMBRE 2013 SEGÚN DECRETO SUPREMO N°14 - 2012 Dirección de Peajes CDEC-SIC 16 de enero de 2014

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RESPUESTA A OBSERVACIONES A PAGOS DE SUBTRANSMISIÓN SEPTIEMBRE 2013

SEGÚN DECRETO SUPREMO N°14 - 2012

Dirección de Peajes CDEC-SIC

16 de enero de 2014

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Respuesta a Observaciones a Pagos de Subtransmisión Septiembre 2013 según D.S.N°14

Dirección de Peajes – CDEC-SIC - 1 - Cuatrienio 2011 – 2014

1. Introducción

El presente documento se incluye las observaciones realizadas a los “Pagos Preliminares de Subtransmisión Septiembre de 2013 según lo establecido en el Decreto Supremo N°14 de 2012”, el cual fue enviado a las empresas propietarias de sistemas de subtransmisión y usuarias, a través de correo electrónico el día 11 de noviembre de 2013.

En la sección “Observaciones” se incluyen copias de las comunicaciones enviadas por las empresas participantes de los pagos de subtransmisión, mientras que en la sección “Respuestas” se encuentran las respuestas a las observaciones realizadas.

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Respuesta a Observaciones a Pagos de Subtransmisión Septiembre 2013 según D.S.N°14

Dirección de Peajes – CDEC-SIC - 2 - Cuatrienio 2011 – 2014

2. Observaciones

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Peajes SubTx

De: Poblete Olivos, Rubens <[email protected]>Enviado el: martes, 12 de noviembre de 2013 18:34Para: Peajes Sub TXCC: Valpuesta Araya, Raúl; Peña Opazo, MarcelaAsunto: RV: Pagos Preliminares de Subtransmisión Septiembre 2013

Estimados: 

Nuestra observación es respecto a barras de retiro que no están en el cálculo. Estas son: 

Sistema  Medidor  Barra de Retiro  Observación 

SIC 3  CDEC03067 Panamericana 012  Aparece en Decreto 320 

SIC 4  CDEC04041  Los Lirios 13.8  Aparece en Decreto 320 SIC 4  CDEC04097  Las Cañas 023  Aparece en Decreto 320 SIC 4 Cipreses 154  Aparece en Informe Técnico SIC 4  CDEC04055    Aparece en Decreto 320 SIC 5  CDEC05088  Curanilahue 13.2  Aparece en Decreto 320 SIC 5  CDEC05034  Los Angeles 015  Aparece en Decreto 320 

Nos gustaría saber el motivo por el cual no fueron incorporadas. 

Saludos Rubens Poblete 

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Peajes SubTx

De: Sergio Arriagada Aguayo <[email protected]>Enviado el: jueves, 21 de noviembre de 2013 18:33Para: Peajes Sub TXCC: 'Iván Fuentealba Carrasco'Asunto: Observaciones Pagos Preliminares de Subtransmisión Septiembre 2013

Estimado José Tapia,

Junto con saludarlo, indico la siguiente observación y consulta referida al detalle de los Pagos de Subtransmisión para COPELEC.

Observación:

Para el Cálculo de Pago Sept 2013, efectuado a COPELEC, se consideró un FDI de 1,58% cuando lo correcto según lo señalado en la planilla “fdi1304v5.xls”, debió corresponder a un FDI de 1,64 %. Favor corregir este cálculo.

Consulta:

¿Cuándo existirán novedades respecto a los Pagos de SubTx correspondientes al 1º semestre de 2011, considerando el nuevo FDI?

A la espera de su respuesta,

Atentamente.

Sergio Arriagada Aguayo Jefe de Planificación Subgerencia Regulación y Comercialización Copelec Ltda. Tel: +56-42-2204523 Cel: +56 9 96823160 [email protected]

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Peajes SubTx

De: Cristian Alvarez Villalobos <[email protected]>Enviado el: jueves, 21 de noviembre de 2013 18:41Para: Peajes Sub TXCC: Claudio Metayer Guerrero; Eduardo Samuel Guerrero Zamora; Jose Manuel Rengifo

Arostegui; Francisco Sanchez Hormazabal; Juan Esteban Molina CespedesAsunto: Observaciones Pagos Preliminares de Subtransmisión Septiembre 2013Datos adjuntos: 2013-11-21 Observaciones Liq preliminar STx sep-13(enviadas a CDEC-SIC).xlsx

Señores Dirección de Peajes CDEC‐SIC 

Adjuntamos las observaciones de CGE Distribución, Emelectric y Emetal  a los Pagos Preliminares de Subtransmisión Septiembre. 

Atte., Cristián Alvarez V. 6807544 

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Observaciones Generales

Precio de los contratos de suministro de Distribuidoras usados para determinación de Precios de Nudo en barras de retiro de Subtransmisión (PNET y PNPT)

a)

b)

c)

d)

Solo para efectos de comparación, se ha considerado solo un punto de suministro por licitación y suministrador.

Cuadro 1 :Precios suministro contratos licitados CGED

DISTRIBUIDORAS SUMINISTRADOR Puntos de suministro licitacion Pe [US$/MWh]

CGE DISTRIBUCION COLBUN Alto Jahuel 220 CGED_2006_01 84.2773

CGE DISTRIBUCION ENDESA Alto Jahuel 220 CGED_2006_01 57.465

CGE DISTRIBUCION COLBUN Alto Jahuel 220 CGED_2008_01 131.1791

CGE DISTRIBUCION ENDESA Alto Jahuel 220 CGED_2008_01 107.6684

CGE DISTRIBUCION ENDESA Alto Jahuel 220 CGED_2008_01_2 105.8211

CGE DISTRIBUCION MONTE REDONDO Alto Jahuel 220 CGED_2008_01 116.6407

CGE DISTRIBUCION MONTE REDONDO Alto Jahuel 220 CGED_2008_01_2 97.9571

Cuadro 2: Precios suministro contratos licitados hoja "Precios" Liquidación CDEC-SIC sep-13

DISTRIBUIDORAS SUMINISTRADORPuntos de suministro actualizadosPe [US$/MWh]

CGE DISTRIBUCION_SUR COLBUN Alto Jahuel 220 100.122

CGE DISTRIBUCION_SUR ENDESA Alto Jahuel 220 75.717

CGE DISTRIBUCION_SUR MONTE REDONDO Alto Jahuel 220 104.506

CGE DISTRIBUCION_NORTE COLBUN Alto Jahuel 220 100.122

CGE DISTRIBUCION_NORTE ENDESA Alto Jahuel 220 75.717

e) Se solicita clarificar a que corresponde el Suministrador "SIC"

f) Se solicita utilizar demanda máxima coincidente en hora punta del año 2013.

Se solicita verificar para los suministros sujetos a regulación de precios, los precios de suministro Pe [US$/MWh] y Pp [US$/kW/mes] usados en la determinación de los

Precios Contratos Promedio por Punto Suministro ( hoja "Precios" de cada sistema), pues se estan considerando precios de suministro de la fijación del mes de

noviembre de 2012, correspondiendo aplicar los de la fijación del mes de mayo de 2013.

Se solicita utilizar precios de suministro de la fijación del mes de mayo de 2013, para los contratos de suministro de Distribuidoras vigentes desde enero 2013, ya que se

esta utilizado el precio de nudo de corto plazo.

Los contratos Licitados de Suministro de las Distribuidoras, establecen troncales a las cuales se puede referir el precio de oferta de cada licitación, estás

troncales quedan determinadas por el decreto de precio de nudo de corto plazo vigente al momento de efectuarse cada proceso licitatorio.

Con la aplicación de las tablas de proporción del aporte de electricidad (Fi), se originan nuevas troncales para las cuales se asigna un precio.

Se solicita clarificar metodología utilizada para referir el precio de oferta de cada licitación a estas nuevas troncales.

Se solicita se verifique como se determinaron los precios de "Cuadro 2" utilizados en liquidación de subtransmisión de septiembre-2013, ya que estos son

distintos y no comparables con los precios de suministro de contratos licitados indicados en "Cuadro 1"

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Observaciones de CGED y EMELECTRIC a Aplicación Decreto N°14  SIC1

Suministrador (Hoja "Precios")

DISTRIBUIDORAS SUMINISTRADORELECDA COLBUNEMELAT COLBUN

COLBUN, no es suministrador de Elecda y Emelat

Observaciones de CGED y EMELECTRIC a Aplicación Decreto N°14  SIC4.

Tensión de Dx (Hojas "PAGO ENERGIA" y "PAGO POTENCIA")

Clave Consumo Punto de Retiro Tensión de Dx Adicional

Dice CDEC04003 Bulnes 066 si noDebe Decir CDEC04003 Bulnes 066 no no

FEPP (Hoja "PAGO POTENCIA")

Clave Consumo Punto de Retiro Tensión de Dx Adicional Empresa que efectúa el retiro

Tipo de Retiro

Suministrador FEPP

Dice CDEC04019 Curico 066 no no EFE L ENDESA 1.02663Debe Decir CDEC04019 Curico 066 no no EFE L ENDESA 1.05971

Potencia de facturación

Clave Consumo Punto de Retiro Empresa que efectúa el retiro

Suministrador

Energía [kWh] Potencia [kW]

Dice CDEC04162 Buin CGE 015 CGE DISTRIBUCION DEI DUQUE 0 529Dice CDEC04176 Cachapoal 015 CGE DISTRIBUCION DEI DUQUE 0 24Dice CDEC04161 Quinta de Tilcoco 015CGE DISTRIBUCION DEI DUQUE 0 60Dice CDEC04164 San Miguel 015 CGE DISTRIBUCION DEI DUQUE 0 55

Clave Consumo Punto de Retiro Empresa que efectúa el retiro

Suministrador

Energía [kWh] Potencia [kW]

Debe decir CDEC04162 Buin CGE 015 CGE DISTRIBUCION DEI DUQUE 0 0Debe decir CDEC04176 Cachapoal 015 CGE DISTRIBUCION DEI DUQUE 0 0Debe decir CDEC04161 Quinta de Tilcoco 015CGE DISTRIBUCION DEI DUQUE 0 0Debe decir CDEC04164 San Miguel 015 CGE DISTRIBUCION DEI DUQUE 0 0

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Rectificar Empresa que efectúa el retiro

Empresa que efectúa el retiro

Tipo de Retiro Clave Consumo Punto de Retiro

Suministrador

Dice CGE DISTRIBUCION R CDEC04184 Nirivilo 023SUM_EMELECTRICDebe decir EMELECTRIC R CDEC04184 Nirivilo 023SUM_EMELECTRIC

Rectificar punto de retiro

Empresa que efectúa el retiro

Tipo de Retiro Clave Consumo Punto de Retiro

Suministrador

Dice EMELECTRIC L CDEC04183 Santa Rosa ENDESADice EMELECTRIC R CDEC04181 Santa Rosa SUM_EMELECTRIC

Empresa que efectúa el retiro

Tipo de Retiro Clave Consumo Punto de Retiro

Suministrador

Debe decir EMELECTRIC L CDEC04183 Alhue ENDESADebe decir EMELECTRIC R CDEC04181 Alhue SUM_EMELECTRIC

Barra sin PNPT [$/kW]

Suministrador Clave Consumo Punto de RetiroSUM_EMELECTRIC CDEC04112 Quirihue 13.2

Potencia de facturación

Clave Consumo Punto de Retiro Empresa que efectúa el retiro

Tipo de Retiro

Suministrador Energía [kWh]

Potencia [kW]

Dice CDEC04173 Curico 13.2 CGE DISTRIBUCION L ENDESA ‐           2,370Dice CDEC04170 Cocharcas 13.2 CGE DISTRIBUCION L ENDESA ‐           89

Clave Consumo Punto de Retiro Empresa que efectúa el retiro

Tipo de Retiro

Suministrador Energía [kWh]

Potencia [kW]

Debe Decir CDEC04173 Curico 13.2 CGE DISTRIBUCION L ENDESA ‐           ‐ Cliente libre dejó de seDebe Decir CDEC04170 Cocharcas 13.2 CGE DISTRIBUCION L ENDESA ‐           ‐ Cliente libre dejó de se

Rectificar Empresa que efectúa el retiro

Clave Consumo Punto de Retiro Empresa que efectúa el retiro

Tipo de Retiro

Suministrador Energía [kWh]

Potencia [kW]

Dice CDEC04197 Fatima 015 CGE DISTRIBUCION L PACIFIC HYDRO 247,726 ‐Dice CDEC04187 Buin CGE 015 CGE DISTRIBUCION L SUM_CHILECTRA 566,897 ‐Dice CDEC04186 Buin CGE 015 CGE DISTRIBUCION L TECNORED 322,485 0

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Clave Consumo Punto de Retiro Empresa que efectúa el retiro

Tipo de Retiro

Suministrador Energía [kWh]

Potencia [kW]

Debe Decir CDEC04197 Fatima 015 HEWLETT PACKARD L PACIFIC HYDRO 247,726 ‐Debe Decir CDEC04187 Buin CGE 015 FRUTOS MAIPO L SUM_CHILECTRA 566,897 ‐Debe Decir CDEC04186 Buin CGE 015 Aconcagua Food L TECNORED 322,485 ‐

Barra no consideradas en la liquidación CDEC

Empresa que efectúa el retiro

Punto de Retiro

CGE DISTRIBUCION SAUZALEMETAL COMPUERTAS INCLINADAS

Observaciones de CGED y EMELECTRIC a Aplicación Decreto N°14  SIC5

Suministrador (Hoja "Precios")

DISTRIBUIDORAS SUMINISTRADORELECDA COLBUNEMELAT COLBUN

COLBUN, no es suministrador de Elecda y Emelat

Potencia de facturación

Clave Consumo Punto de Retiro Empresa que efectúa el retiro

Suministrador

Energía [kWh] Potencia [kW]

Dice CDEC05306 Puchoco 015 CGE DISTRIBUCION DEI DUQUE 0 824Debe decir CDEC05306 Puchoco 015 CGE DISTRIBUCION DEI DUQUE 0 0

Barras sin PNPT [$/kW]

Suministrador Clave Consumo Punto de RetiroSUM_CGE DISTRIBUCDEC05001 Andalien 015SUM_CGE DISTRIBUCDEC05003 Arenas Blancas 015SUM_CGE DISTRIBUCDEC05007 Chiguayante 015SUM_CGE DISTRIBUCDEC05009 Chivilcan 015SUM_CGE DISTRIBUCDEC05010 Colcura 13.2SUM_CGE DISTRIBUCDEC05013 Colo Colo 015SUM_CGE DISTRIBUCDEC05016 Coronel 015SUM_CGE DISTRIBUCDEC05019 Duqueco 023SUM_CGE DISTRIBUCDEC05020 Ejercito 015SUM_CGE DISTRIBUCDEC05021 El Avellano 023SUM_CGE DISTRIBUCDEC05022 Escuadron 015SUM_CGE DISTRIBUCDEC05023 Las Encinas 015

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SUM_CGE DISTRIBUCDEC05024 Latorre 015SUM_CGE DISTRIBUCDEC05028 Lautaro 13.2SUM_CGE DISTRIBUCDEC05030 Lirquen 015SUM_CGE DISTRIBUCDEC05032 Loma Colorada 015SUM_CGE DISTRIBUCDEC06003 Loncoche 13.2SUM_CGE DISTRIBUCDEC05033 Los Angeles 015SUM_CGE DISTRIBUCDEC05037 Mahns 015SUM_CGE DISTRIBUCDEC05038 Manso de Velasco 015SUM_CGE DISTRIBUCDEC05039 Padre Las Casas 015SUM_CGE DISTRIBUCDEC05041 Penco 015SUM_CGE DISTRIBUCDEC05042 Perales 015SUM_CGE DISTRIBUCDEC05043 Pillanlelbun 023SUM_CGE DISTRIBUCDEC06007 Pitrufquen 015SUM_CGE DISTRIBUCDEC05046 Puchoco 015SUM_CGE DISTRIBUCDEC05047 Pumahue 015SUM_CGE DISTRIBUCDEC05050 San Pedro CGET 015SUM_CGE DISTRIBUCDEC05051 Talcahuano 015SUM_CGE DISTRIBUCDEC05052 Tome 023SUM_CGE DISTRIBUCDEC05057 Tumbes 015SUM_CGE DISTRIBUCDEC06008 Pucon 023SUM_CGE DISTRIBUCDEC06010 Villarrica 023SUM_EMELECTRIC CDEC04112 Quirihue 13.2

Potencia de facturación

Clave Consumo Punto de Retiro Empresa que efectúa el retiro

Tipo de Retiro

Suministrador Energía [kWh]

Potencia [kW]

Dice CDEC05097 Ejercito 13.8 CGE DISTRIBUCION L ENDESA ‐           1,788Dice CDEC05301 Lirquen 015 CGE DISTRIBUCION L ENDESA ‐           3,219

Clave Consumo Punto de Retiro Empresa que efectúa el retiro

Tipo de Retiro

Suministrador Energía [kWh]

Potencia [kW]

Debe Decir CDEC05097 Ejercito 13.8 CGE DISTRIBUCION L ENDESA ‐           ‐ Cliente libre dejó de seDebe Decir CDEC05301 Lirquen 015 CGE DISTRIBUCION L ENDESA ‐           ‐ Cliente libre dejó de se

Rectificar Empresa que efectúa el retiro

Clave Consumo Punto de Retiro Empresa que efectúa el retiro

Tipo de Retiro

Suministrador Energía [kWh]

Potencia [kW]

Dice CDEC05045 Polpaico 6.3 CGE DISTRIBUCION L AES GENER (Polp 774,167 156Debe Decir CDEC05045 Polpaico 6.3 POLPAICO L AES GENER 774,167 156

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Peajes SubTx

De: Marco Antonio Saez Vargas <[email protected]>Enviado el: viernes, 22 de noviembre de 2013 11:56Para: Peajes Sub TXCC: Mauricio Camposano Ibarra; Rodrigo Uarac JureAsunto: Observaciones Pagos Preliminares de Subtransmisión Septiembre 2013Datos adjuntos: Observaciones a Metodología de Asignación de Pérdidas Tarifarias.docx;

Observaciones Transnet Liq preliminar STx sep-13.xlsx; Dxs Observaciones Liq preliminar STx sep-13.xlsx

Señores CDEC‐SIC. 

Mediante la presente y según los solicitado en su correo de fecha 11/11/2013, adjuntamos observaciones a su versión preliminar del cálculo de los pagos que deben realizar las empresas que efectúan retiros desde los sistemas de subtransmisión correspondiente al mes de septiembre de 2013. 

Se adjunta la siguiente información: 

a) Minuta Observaciones a Metodología de Asignación de Pérdidas Tarifarias.b) Archivo Excel “Observaciones Transnet Liq preliminar STx sep‐13.xlsx” con Observaciones Generales y

Observaciones por Sistema.c) Archivo Excel  “Dxs Observaciones Liq preliminar STx sep‐13.xlsx” con observaciones generales y por sistemas.

Atentamente Transnet S.A. 

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Observaciones Generales de Trasnet 

Correlativo Tema Observación

1 FDI Se solicta restituir en el cálculo del FDI, el AVI+COMA de los transformadores MT/MT que se ecuentran cotendidos en el Decreto N°121  que fijo las instalaciones de Subtransmisión.

2 Cambio código barra CDEC debido a cambio de suministrador

Por favor aclarar porque para un mismo retiro existen 2 códigos CDEC distintos con suministradores diferentes. Por ejemplo, en Kozan 4,16 existe la barra CDEC01049 con suministrador ENDESA y la barra CDEC01107 con suministrador SGA.  Se solicita mantener los códigos iniciales y solo modificar el atributo suministrador. Lo anterior con el propósito de no incorporar nuevos códigos y mantener los historiales de retiros.

3 Metodología de Cálculo de "Inyección Neta" en hoja "Pérdidas Reales STx"

Por favor aclarar metodología, en algunos sistemas se calcula como la suma de las mediciones de "Inyecciones" e "InyeccionesP", en otros sistemas como la suma de todos los valores ">0". Las diferentes metodologías tienen un importante impacto en la base sobre la cual se calcula el % de pérdidas. En la primera metodología existen puntos de retiro que son considerados como de inyección (por ejemplo, desde el punto de vista de TRANSNET, el retiro que realiza LUZ PARRAL en "Tap San Gregorio 066" SIC4). Proponemos  definir como inyección la suma de todo lo que entra al sistema, es decir, las suma de todos los datos con signo positivo.

4 Metodología de Cálculo de "Consumo Neto" en hoja "Pérdidas Reales STx"

Por favor aclarar metodología, en algunos sistemas se calcula como la suma de las mediciones de "Retiros", en otros sistemas como la suma de todos los valores "<0". Las diferentes metodologías tienen un importante impacto en la base sobre la cual se calcula el % de pérdidas. En la primera metodología existen puntos de retiro que son considerados como de inyección (por ejemplo, desde el punto de vista de TRANSNET, el retiro que realiza LUZ PARRAL en "Tap San Gregorio 066" SIC4).  Proponemos  definir como retiro la suma de todo lo que sale del sistema, es decir, las suma de todos los datos con signo negativo.

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Observaciones de Trasnet 

Correlativo Tema Sistema ObservaciónDice Debe Decir

1 FDI SIC 3 Para la liquidación de sep‐13 se deben utilizar los FDI del mes de abril de 2013. En el caso del SIC3, se están utilizando los FDI del mes de enero de 2011, lo cual debe corregirse. En valores numéricos se indica el efecto para Transnet.

0.0180997% 1.8171648%

2 Medidas SIC 3 Se debe corregir el retiro de la barra CDEC03001‐Queltehues 012

               647,158              637,430 

3 Medidas SIC 1 Se debe corregir el retiro de la barra CDEC01098‐Andacollo 023

           1,121,181           1,204,689 

4 Medidas SIC 1 Se debe corregir el retiro de la barra CDEC01107‐ Kozan 4.16 porque el retiro considerado por el CDEC corresponde al de punto de medida del cliente y lo que corresponde es la medida en el punto de retiro de STx el cual se realiza en Tierra Amarilla 110. Este retiro se efectúa en tensión mayor a distribución.

           4,308,512           4,320,204 

5 Medidas SIC 1 Se debe corregir el retiro de la barra CDEC01033‐Vicuña 023

           4,026,036           4,039,598 

6 Medidas SIC 1 Se debe corregir el retiro de la barra CDEC01021‐Vicuña 110

                 68,749                 55,188 

7 Medidas SIC 1 Se debe corregir el retiro de la barra CDEC01047‐Impulsion 110, porque  el retiro considerado por el CDEC corresponde al de punto de medida del cliente y lo que corresponde es la medida en el punto de retiro de STx  el cual se realiza en Tap Impulsion 110 . Además, nombre barra debe decir Tap Impulsion 110. Este retiro se efectúa en tensión mayor a distribución.

           1,112,719           1,116,252 

8 Medidas SIC 1 Se debe corregir el retiro de la barra CDEC01007‐Minera del Carmen 110  porque  el retiro considerado por el CDEC corresponde al de punto de medida del cliente y lo que corresponde es la medida en el punto de retiro de STx. Además, nombre barra debe decir Peñon 110. Este retiro se efectúa en tensión mayor a distribución.

           2,483,220           2,494,227 

9 Medidas SIC 1 Se debe corregir nombre barra a Casas Viejas 13,2 en CDEC01003‐Casas Viejas 023.

Casas Viejas 023Casas Viejas 

13,210 Medidas SIC 1 Se debe corregir nombre barra a Monte Patria 13.2 en 

CDEC01018‐ Monte Patria 023.Monte Patria 

023Monte Patria 

13.211 Medidas SIC 1 Se debe corregir nombre barra a Ovalle 023 en 

CDEC01019‐Ovalle 13.2.Ovalle 13.2 Ovalle 023

12 Medidas SIC 1 Se debe corregir nombre barra a San Joaquin CGET 13,2 en CDEC01102‐San Joaquin CGET 13.8.

San Joaquin CGET 13.8

San Joaquin CGET 13,2

13 Medidas SIC 1 Se debe corregir nombre barra a San Joaquin CGET 13,2 en CDEC01030‐San Joaquin CGET 13.8.

San Joaquin CGET 13.8

San Joaquin CGET 13,2

14 Medidas SIC 1 Se debe referir los retiros de Chañaral 13.8 a Nueva el Salado 023 en barra CDEC01039‐Nueva El Salado 023. Retiro de STx se realiza en Nueva El Salado 023.

           1,283,222           1,327,125 

15 Medidas SIC 4 Se debe corregir nombre barra CDEC04185‐Teno 13.2  a Teno 154.

Teno 154 Teno 13.2

16 Medidas SIC 4 El codigo CDEC05316 corresponde a la barra Ejercito 015 del SIC5, por lo tanto se debe crear un nuevo código en el SIC4 para en pto de retiro Fibranova 13.2

  CDEC05316    CDEC04XXX 

Si es numérico

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17 Medidas SIC 5 Se debe corregir nombre barra a Lautaro 066 en CDEC05025‐Lautaro 023.

Lautaro 023  Lautaro 066 

18 Medidas SIC 5 La medida del retiro en la barra CDEC05095‐ Fopaco 154 lo debe informar Transelec

Transnet Transelec

19 Medidas SIC 5 Se debe corregir el retiro de la barra CDEC05054‐ Traiguen 13.2.

           2,262,164           2,253,608 

20 Medidas SIC 5 La barra de retiro  CDEC06057‐ Mariquina 023 lo debe informar STS y además pertenece al SIC6.

Transnet  STS 

21 Medidas SIC 5 La barra de retiro  CDEC06050‐ Los Angeles 015 lo debe informar STS.

Transnet  STS 

22 Medidas SIC 4 Se debe corregir el retiro de la barra CDEC04192‐San Francisco de Mostazal 015. En esta barra se esta sumando los retiros de la barra CDEC04150 ‐ San Francisco de Mostazal 015, pero esta última tiene suministrador distinto.

           3,152,325           3,119,852 

23 Medidas SIC 4 Se debe corregir el retiro de la barra CDEC04150‐San Francisco de Mostazal 015. El suministrador de esta barra es AES GENER (Energía Verde).

‐                   32,473 

24 Medidas SIC 4 Se debe corregir el retiro de la barra CDEC04186‐Buin CGE 015

               322,485              322,274 

25 Medidas SIC 4 Se debe corregir el retiro de la barra CDEC04189‐Isla de Maipo 012, porque  el retiro considerado por el CDEC corresponde al de punto de medida del cliente y lo que corresponde es la medida en el punto de retiro de STx. La barra de retiro de STx es Isla de Maipo 066. Este retiro se efectúa en tensión mayor a distribución.

           3,763,956           3,764,210 

26 Medidas SIC 4 Se debe corregir el retiro de la barra CDEC04199‐Itahue 13.2

               443,704              443,717 

27 Medidas SIC 4 El codigo CDEC05317 corresponde a la barra Cañete 023 del SIC5, por lo tanto se debe crear un nuevo código en el SIC4 para en pto de retiro Charrua 13.2

 CDEC05317   CDEC04YYY 

28 Medidas SIC1 Se sugiere modificar el código de barra ya que es identico al de una barra de Inyección

 CDEC01113   CDEC01XXX 

29 Medidas SIC1 Se sugiere modificar el código de barra ya que es identico al de una barra de Inyección

 CDEC01110   CDEC01YYY 

30 Medidas / Pérdidas Reales

SIC1 Inyección de PMGD Tambo real se realiza en la barra MT en S/E Vicuña

 Vicuna 110   Vicuña 023 

31 Medidas / Pérdidas Reales

SIC1 Falta incorporar punto de inyección PMGD Don Alfonso (S/E Los Loros), cuyo código es CDEC01136

‐                   18,604 

32 Medidas / Pérdidas Reales

SIC1 Se debe corregir la medida de la barra CDEC01137 ‐ Tap Rio Huasco 110

                 39,308                 42,662 

33 Medidas / Pérdidas Reales

SIC1 Se debe corregir la medida de la barra CDEC01109 ‐ Ovalle 66

‐             798,261  ‐           812,349 

34 Medidas / Pérdidas Reales

SIC1 Se debe corregir la medida de la barra CDEC01110 ‐ Monte Patria 66

           2,933,789           2,947,231 

35 Medidas / Pérdidas Reales

SIC1 Se debe corregir la medida de la barra CDEC01111 ‐ Los Vilos 220

         18,513,264         18,693,938 

36 Medidas / Pérdidas Reales

SIC1 Se debe corregir la medida de la barra CDEC01112 ‐ Quillota 110

         12,847,219         12,805,981 

37 Medidas / Pérdidas Reales

SIC1 Se debe corregir la medida de la barra CDEC01117 ‐ Choapa 110

‐               78,732  ‐             79,676 

38 Medidas / Pérdidas Reales

SIC1 Se debe corregir la medida de la barra CDEC01130 ‐ El Peñon 110

           4,357,416           4,358,145 

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39 Medidas / Pérdidas Reales

SIC1 Se debe corregir la medida de la barra CDEC01132 ‐ Los Vilos 220

‐                   20,171 

40 Medidas / Pérdidas Reales

SIC1 Se debe corregir la medida de la barra CDEC01138 ‐ Andacollo 066

               160,842              161,325 

41 Medidas / Pérdidas Reales

SIC1 Se debe corregir la medida de la barra CDEC01210 ‐ Vallenar 110

           1,035,750           1,055,114 

42 Medidas / Pérdidas Reales

SIC1 Se debe corregir la medida de la barra CDEC01211 ‐ Cardones 110

         21,016,593         20,954,110 

43 Medidas / Pérdidas Reales

SIC1 Se debe corregir la medida de la barra CDEC01212 ‐ Cardones 110

         30,676,592         30,567,932 

44 Medidas / Pérdidas Reales

SIC1 Se debe corregir la medida de la barra CDEC01201 ‐ Pan de Azucar 110

         10,446,914         10,431,180 

45 Medidas / Pérdidas Reales

SIC1 Se debe corregir la medida de la barra CDEC01202 ‐ Pan de Azucar 110

         21,621,620         21,621,580 

46 Medidas / Pérdidas Reales

SIC1 Se debe corregir la medida de la barra CDEC01203 ‐ Pan de Azucar 110

           3,976,468           3,995,770 

47 Medidas / Pérdidas Reales

SIC1 Se debe corregir la medida de la barra CDEC01205 ‐ Pan de Azucar 110

         31,155,800         30,056,460 

48 Medidas / Pérdidas Reales

SIC1 Se debe corregir la medida de la barra CDEC01206 ‐ Las Compañías 110

           5,997,484           6,018,440 

49 Medidas / Pérdidas Reales

SIC1 Se debe corregir la medida de la barra CDEC01207 ‐ Incahuasi 110

           1,003,959           1,003,620 

50 Medidas / Pérdidas Reales

SIC2 Se debe corregir la medida de la barra CDEC02207 ‐ Miraflores 110

         22,254,564         22,206,414 

51 Medidas / Pérdidas Reales

SIC2 Se debe corregir la medida de la barra CDEC02215 ‐ Miraflores 110

‐          6,220,834  ‐        6,229,167 

52 Medidas / Pérdidas Reales

SIC2 Se debe corregir la medida de la barra CDEC02213 ‐ Leyda 110

           1,665,591           1,670,196 

53 Medidas / Pérdidas Reales

SIC4 Se debe corregir la medida de la barra CDEC04234 ‐ Parral 066

           5,209,552           5,154,454 

54 Medidas / Pérdidas Reales

SIC4 Se debe corregir la medida de la barra CDEC04238 ‐ Nirivilo 066

               751,357              750,539 

55 Medidas / Pérdidas Reales

SIC4 Se debe corregir la medida de la barra CDEC04245 ‐ Itahue 066

‐        13,690,865  ‐     21,301,808 

56 Medidas / Pérdidas Reales

SIC4 Se debe corregir la medida de la barra CDEC04234 ‐ Parral 066

           5,209,552           5,154,454 

57 Medidas / Pérdidas Reales

SIC4 Se debe corregir la medida de la barra CDEC04207 ‐ Linares 066

           8,321,842           8,114,763 

58 Medidas / Pérdidas Reales

SIC4 Se debe corregir la medida de la barra CDEC04216 ‐ Tap San Gregorio 066

               801,462              806,018 

59 Medidas / Pérdidas Reales

SIC4 Se debe corregir la medida de la barra CDEC04217 ‐ Longaví 066

               867,451              867,467 

60 Medidas / Pérdidas Reales

SIC4 Se debe corregir la medida de la barra CDEC04218 ‐ Curicó 066

           3,318,145           3,321,442 

61 Medidas / Pérdidas Reales

SIC4 Se debe corregir la medida de la barra CDEC04219 ‐ Tap Quinta 066

           1,005,783           1,005,542 

62 Medidas / Pérdidas Reales

SIC4 Se debe corregir la medida de la barra CDEC04220 ‐ Tap Tres Esquinas 066

           2,956,810           2,954,580 

63 Medidas / Pérdidas Reales

SIC4 Se debe corregir la medida de la barra CDEC04221 ‐ Cocharcas 066

           1,463,921           1,569,184 

64 Medidas / Pérdidas Reales

SIC4 Se debe corregir la medida de la barra CDEC04224 ‐ Tap Linares Norte 066

           2,849,669           3,120,880 

65 Medidas / Pérdidas Reales

SIC4 Se debe corregir la medida de la barra CDEC04228 ‐ Itahue 154

         21,301,808         13,893,781 

66 Medidas / Pérdidas Reales

SIC5 Central Cañete cuya código es CDEC05120, ya no inyecta en S/E Tres Pinos (TRANSNET), ahora lo hace en S/E Cañete (FRONTEL)

               149,710  ‐   

67 Medidas / Pérdidas Reales

SIC5 Se debe corregir la medida de la barra CDEC05125 ‐ Traiguen 13.2

                 28,865                   1,435 

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68 Medidas / Pérdidas Reales

SIC5 Se debe corregir la medida de la barra CDEC05130 ‐ Lautaro 13.8

           3,356,073           3,356,234 

69 Medidas / Pérdidas Reales

SIC5 Central Tirúa, cuyo código es CDEC05138,  ya no inyecta en S/E Tres Pinos (TRANSNET), ahora lo hace en S/E Cañete (FRONTEL)

5,524  ‐   

70 Medidas / Pérdidas Reales

SIC5 Se debe corregir la medida de la barra CDEC05227 ‐ Tres Pinos 066: se verifica con medidor de TRANSNET en paño B2 en S/E Tres Pinos

           3,120,279           2,987,361 

71 Medidas / Pérdidas Reales

SIC5 Frontera entre instalaciones de TRANSNET y FRONTEL se encuentran en el Tap Off ubicado en S/E Licanco. Energía medida en B1 S/E Licanco, informada por TRANSNET en barra CDEC06201

‐          1,367,940  ‐   

72 Medidas / Pérdidas Reales

SIC5 Frontera entre instalaciones de TRANSNET y FRONTEL se encuentran en el Tap Off ubicado en S/E Licanco. Energía medida en B1 S/E Licanco

           4,855,955           3,485,009 

73 Medidas / Pérdidas Reales

SIC3 El código CDEC03120 está asignado a la barra Mariscal 023 (retiro) y también, a la barra Queltehues 110 (inyección). Se solicita dejar código único para barra de retiro y código único para barra de inyección.

 CDEC03120   CDEC03XXX 

74

Medidas / Pérdidas Reales

SIC3 El código CDEC03128 está asignado a la barra Quilicura 023 (retiro) y también, a la barra Renca 110 (inyección). Se solicita dejar código único para barra de retiro y código único para barra de inyección.

 CDEC03128   CDEC03YYY 

75

Medidas / Pérdidas Reales

SIC3 El código CDEC03124 está asignado a la barra Altamirano 012 (retiro) y también, a la barra Florida 012 (inyección). Se solicita dejar código único para barra de retiro y código único para barra de inyección.

 CDEC03124   CDEC03ZZZ 

76

Medidas / Pérdidas Reales

SIC3 El código CDEC03101 está asignado a la barra Los Dominicos 012 (retiro) y también, a la barra Los Almendros 220 (inyección). Se solicita dejar código único para barra de retiro y código único para barra de inyección.

 CDEC03101   CDEC03AAA 

77

Medidas / Pérdidas Reales

SIC3 El código CDEC03118 está asignado a la barra Quilicura 012 (retiro) y también, a la barra Alto Jahuel 220 (inyección). Se solicita dejar código único para barra de retiro y código único para barra de inyección.

 CDEC03118   CDEC03BBB 

78

Medidas / Pérdidas Reales

SIC3 El código CDEC03102 está asignado a la barra Maipu 012 (retiro) y también, a la barra Tap Las Vizcachaz (inyección). Se solicita dejar código único para barra de retiro y código único para barra de inyección.

 CDEC03102   CDEC03CCC 

79

Medidas / Pérdidas Reales

SIC3 El código CDEC03122 está asignado a la barra Lo Valledor 012 (retiro) y también, a la barra San Bernardo 13.8 (inyección). Se solicita dejar código único para barra de retiro y código único para barra de inyección.

 CDEC03122   CDEC03DDD 

80

Medidas / Pérdidas Reales

SIC3 El código CDEC03103 está asignado a la barra Ochagavia 012 (retiro) y también, a la barra Tap Las Vizcachaz (inyección). Se solicita dejar código único para barra de retiro y código único para barra de inyección.

 CDEC03103   CDEC03EEE 

81

Medidas / Pérdidas Reales

SIC3 El código CDEC03126 está asignado a la barra Malloco 012 (retiro) y también, a la barra Puente Alto 110 (inyección). Se solicita dejar código único para barra de retiro y código único para barra de inyección.

 CDEC03126   CDEC03EEE 

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82

Medidas / Pérdidas Reales

SIC3 El código CDEC03104 está asignado a la barra Pajaritos 012 (retiro) y también, a la barra Chena 220 (inyección). Se solicita dejar código único para barra de retiro y código único para barra de inyección.

 CDEC03104   CDEC03FFF 

83

Medidas / Pérdidas Reales

SIC3 El código CDEC03130 está asignado a la barra Maitenes 220 (retiro) y también, a la barra Cerro Navia 110 (inyección). Se solicita dejar código único para barra de retiro y código único para barra de inyección.

 CDEC03130   CDEC03GGG 

84

Medidas / Pérdidas Reales

SIC3 El código CDEC03105 está asignado a la barra Panamericana 012 (retiro) y también, a la barra Cerro Navia 110 (inyecciónP). Se solicita dejar código único para barra de retiro y código único para barra de inyección.

 CDEC03105   CDEC03HHH 

85

Medidas / Pérdidas Reales

SIC3 El código CDEC03119 está asignado a la barra Florida 012 (retiro) y también, a la barra Alto Jahuel 220 (inyección). Se solicita dejar código único para barra de retiro y código único para barra de inyección.

 CDEC03119   CDEC03III 

86

Medidas / Pérdidas Reales

SIC3 El código CDEC03106 está asignado a la barra Polpaico Chilectra 023 (retiro) y también, a la barra Cerro Navia 220 (inyección). Se solicita dejar código único para barra de retiro y código único para barra de inyección.

 CDEC03106   CDEC03JJJ 

87

Medidas / Pérdidas Reales

SIC3 El código CDEC03121 está asignado a la barra Lo Valledor 012 (retiro) y también, a la barra San Bernardo 13.8 (inyección). Se solicita dejar código único para barra de retiro y código único para barra de inyección.

 CDEC03121   CDEC03KKK 

88

Medidas / Pérdidas Reales

SIC3 El código CDEC03108 está asignado a la barra Recoleta 012 (retiro) y también, a la barra Los Almendros 220 (inyección). Se solicita dejar código único para barra de retiro y código único para barra de inyección.

 CDEC03108   CDEC03LLL 

89

Medidas / Pérdidas Reales

SIC3 El código CDEC03123 está asignado a la barra Quilicura 023 (retiro) y también, a la barra Florida 012 (inyección). Se solicita dejar código único para barra de retiro y código único para barra de inyección.

 CDEC03123   CDEC03MMM 

90

Medidas / Pérdidas Reales

SIC3 El código CDEC03109 está asignado a la barra San Cristobal 012 (retiro) y también, a la barra Los Almendros 220 (inyección). Se solicita dejar código único para barra de retiro y código único para barra de inyección.

 CDEC03109   CDEC03NNN 

91

Medidas / Pérdidas Reales

SIC3 El código CDEC03125 está asignado a la barra El Manzano 023 (retiro) y también, a la barra Puente Alto 110 (inyección). Se solicita dejar código único para barra de retiro y código único para barra de inyección.

 CDEC03125   CDEC03ÑÑÑ 

92

Medidas / Pérdidas Reales

SIC3 El código CDEC03110 está asignado a la barra San Joaquin 012 (retiro) y también, a la barra Alto Jahuel 220 (inyección). Se solicita dejar código único para barra de retiro y código único para barra de inyección.

 CDEC03110   CDEC03OOO 

93

Medidas / Pérdidas Reales

SIC3 El código CDEC03127 está asignado a la barra Quilicura 023 (retiro) y también, a la barra Renca 110 (inyección). Se solicita dejar código único para barra de retiro y código único para barra de inyección.

 CDEC03127   CDEC03PPP 

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Medidas / Pérdidas Reales

SIC3 El código CDEC03111 está asignado a la barra San Jose 012 (retiro) y también, a la barra Polpaico 220 (inyección). Se solicita dejar código único para barra de retiro y código único para barra de inyección.

 CDEC03111   CDEC03QQQ 

95

Medidas / Pérdidas Reales

SIC3 El código CDEC03129 está asignado a la barra Central Maitenes 110 (retiro) y también, a la barra Renca 110 (inyección). Se solicita dejar código único para barra de retiro y código único para barra de inyección.

 CDEC03129   CDEC03RRR 

96

Medidas / Pérdidas Reales

SIC3 El código CDEC03112 está asignado a la barra Santa Elena 012 (retiro) y también, a la barra Polpaico 220 (inyección). Se solicita dejar código único para barra de retiro y código único para barra de inyección.

 CDEC03112   CDEC03SSS 

97

Medidas / Pérdidas Reales

SIC3 El código CDEC03116 está asignado a la barra Bicentenario 012 (retiro) y también, a la barra Tap Las Vizcachaz (inyección). Se solicita dejar código único para barra de retiro y código único para barra de inyección.

 CDEC03116   CDEC03TTT 

98

Medidas / Pérdidas Reales

SIC4 El código CDEC04201 está asignado a la barra Rancagua 066 (retiro) y también, a la barra Línea Alto Jahuel ‐ Buin 66 kV (inyecciónP). Se solicita dejar código único para barra de retiro y código único para barra de inyección.

 CDEC04201   CDEC04XXX 

99

Medidas / Pérdidas Reales

SIC4 El código CDEC04202 está asignado a la barra Tilcoco 154 (retiro) y también, a la barra Línea San Fernando ‐ Placilla 66 kV (inyecciónP). Se solicita dejar código único para barra de retiro y código único para barra de inyección.

 CDEC04202   CDEC04YYY 

100

Medidas / Pérdidas Reales

SIC1 El código CDEC01110 está asignado a la barra Punitaqui 13.2 (retiro) y también, a la barra Monte Patria 66 (inyección). Se solicita dejar código único para barra de retiro y código único para barra de inyección.

 CDEC01110   CDEC01XXX 

101

Medidas / Pérdidas Reales

SIC1 El código CDEC01108 está asignado a la barra Plantas 13.8 (retiro) y también, a la barra Pan de Azucar 220 (inyección). Se solicita dejar código único para barra de retiro y código único para barra de inyección.

 CDEC01108   CDEC01YYY 

102

Medidas / Pérdidas Reales

SIC1 El código CDEC01107 está asignado a la barra Kozan 4.16 (retiro) y también, a la barra Pan de Azucar 220 (inyección). Se solicita dejar código único para barra de retiro y código único para barra de inyección.

 CDEC01107   CDEC01ZZZ 

103

Medidas / Pérdidas Reales

SIC1 El código CDEC01104 está asignado a la barra Cardones 110 (retiro) y también, a la barra Cardones 220 (inyección). Se solicita dejar código único para barra de retiro y código único para barra de inyección.

 CDEC01104   CDEC01AAA 

104

Medidas / Pérdidas Reales

SIC1 El código CDEC01109 está asignado a la barra Diego de Almagro 110 (retiro) y también, a la barra Ovalle 66 (inyección). Se solicita dejar código único para barra de retiro y código único para barra de inyección.

 CDEC01109   CDEC01BBB 

105

Medidas / Pérdidas Reales

SIC1 El código CDEC01105 está asignado a la barra Diego de Almagro 110 (retiro) y también, a la barra Maitencillo 220 (inyección). Se solicita dejar código único para barra de retiro y código único para barra de inyección.

 CDEC01105   CDEC01CCC 

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Medidas / Pérdidas Reales

SIC1 El código CDEC01103 está asignado a la barra Monte Patria 13.2 (retiro) y también, a la barra Cardones 220 (inyección). Se solicita dejar código único para barra de retiro y código único para barra de inyección.

 CDEC01103   CDEC01DDD 

107

Medidas / Pérdidas Reales

SIC1 El código CDEC01111 está asignado a la barra Tierra Amarilla 023 (retiro) y también, a la barra Los Vilos 220 (inyección). Se solicita dejar código único para barra de retiro y código único para barra de inyección.

 CDEC01111   CDEC01EEE 

108

Medidas / Pérdidas Reales

SIC1 El código CDEC01106 está asignado a la barra Diego de Almagro 110 (retiro) y también, a la barra Maitencillo 220 (inyección). Se solicita dejar código único para barra de retiro y código único para barra de inyección.

 CDEC01106   CDEC01FFF 

109

Medidas / Pérdidas Reales

SIC1 El código CDEC01113 está asignado a la barra El Peñon 023 (retiro) y también, a la barra Marquesa 066 (inyección). Se solicita dejar código único para barra de retiro y código único para barra de inyección.

 CDEC01113   CDEC01GGG 

110

Medidas / Pérdidas Reales

SIC1 El código CDEC01112 está asignado a la barra Tierra Amarilla 023 (retiro) y también, a la barra Quillota 110 (inyección). La barra de inyección se encuentra en el SIC1 y SIC2. Se solicita dejar código único para barra de retiro y código único para barra de inyección.

 CDEC01112   CDEC01HHH 

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Peajes SubTx

De: Leslie Sepulveda Vergara <[email protected]>Enviado el: viernes, 22 de noviembre de 2013 11:52Para: Peajes Sub TXCC: Cristian Andres Martinez VergaraAsunto: Observaciones Pagos Preliminares de Subtransmisión Septiembre 2013Datos adjuntos: Observaciones CHQE.pdf

Estimado señor, 

Adjunto observaciones de Chilquinta Energía al cálculo de Pagos Preliminares de Subtransmisión Septiembre 2013. 

Sin otro particular, le saluda atentamente, 

Leslie Sepúlveda Vergara Jefe Estudios Regulatorios Subgerencia de Regulación 

 Avda. Argentina 1, piso 7, Valparaíso   56 32 2452310 

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Observaciones a Implementación de Pagos que deben realizar las empresas que efectúan Retiros por uso de los Sistemas de Subtransmisión según D.S.N°14-2012

Este documento contiene las observaciones de Chilquinta Energía a la determinación por parte del CDEC‐SIC, de los pagos que deben realizar las empresas que efectúan retiros por uso de los sistemas de subtransmisión, según lo establecido en el Decreto Supremo N°14 de 2012 (DS14), correspondientes al mes de Septiembre de 2013. 

Las observaciones se presentan respecto de la metodología de asignación de pérdidas y de los físicos utilizados en el cálculo. 

1. Aspectos Generales

En  nuestra  consideración,  tanto  las  pérdidas  tarifarias  como  los  valores  de  VASTxcontenidos en el Decreto de Subtransmisión constituyen un dato para el CDEC‐SIC. En el caso particular de  los criterios que debe adoptar el CDEC‐SIC para asignar  las pérdidas tarifarias y definir  los  aportes  de  cada  operador  de  subtransmisión,  entendemos  que  no  se  estaría cumpliendo  con  asignar  correctamente  las  pérdidas  tarifarias  ya  definidas,  puesto  que  los montos asignados a los operadores son significativamente menores que los establecidos en el decreto. 

En el caso del SIC2, las pérdidas tarifarias para retiros en distribución, que representan un porcentaje  importante  del  total  de  las  pérdidas,  el  factor  es  2.462%.    En  el  archivo  de septiembre  2013  elaborado  por  el  CDEC‐SIC,  se  puede  calcular  el  porcentaje  de  pérdidas tarifarias del  sistema  considerando  la hoja  “Pagos Energía”,  la  columna O  “Pérdida Tarifaria [kWh]”: 11,031,721  [kWh] y columna  I “Energía  [kWh]” 409,692,430  [kWh] obteniéndose un 2.693%. 

Al examinar las pérdidas reales por operador en el SIC2 se puede observar lo siguiente: 

Considerando que la pérdida tarifaria del sistema para septiembre de 2013 es de 2.693% y las pérdidas reales de cada operador son en la totalidad de los casos inferiores a esta pérdida, no  parece  razonable  que  la  asignación  de  aportes  al  diferencial  entre  la  pérdida  real  y  la tarifaria sea de acuerdo a lo calculado por el CDEC‐SIC en donde se asigna un 81.91%. 

[kWh] %AES GENER 1,699,288 1.155%CHILECTRA 2,499 0.299%CHILQUINTA 3,615,879 1.288%COLBUN 506,081 0.938%LITORAL 91,058 1.819%TRANSELEC 234,260 0.286%TRANSNET 91,052 0.302%

EMPRESA PÉRDIDAS REALES ENERGÍA

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Observaciones Chilquinta Energía Pagos Retiros DS14 

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Dentro de las cosas que llaman la atención, se puede observar que Colbún representando no más allá de un 10% de los flujos del sistema y con un FDI inferior al 5% aporte con más del 80% al diferencial de pérdidas. Por otra parte, tal como  lo habíamos mencionado, existe una incompatibilidad de criterios ya que el fin es distribuir el diferencial de pérdidas entre tarifarias y  reales  pero  al momento  de  establecer  el  criterio  se  considera  una  pérdida  tarifaria  de 5,946,486 [kWh] en lugar de los 11,031,721 [kWh] que originan el pago: 

Nos parece que,  independientemente del criterio que se utilice para asignar  las pérdidas tarifarias a los operadores de subtransmisión, la cifra total debe corresponder al 100% de estas pérdidas, de lo contrario los resultados pueden llegar a ser cualquier cosa. 

En particular solicitamos que de mantenerse el criterio de asignación actual,  las pérdidas tarifarias se expandan hasta asignar el 100% determinado en el Decreto de Subtransmisión. 

2. Observaciones a la Metodología de Asignación de pérdidas

2.1.   Sensibilidad de la metodología

Como primer comentario, se observa una tremenda diferencia en los factores dedistribución de pérdidas del mes de septiembre 2013, respecto de lo publicado por el CDEC‐SIC de enero 2011. 

ene‐11 sep‐13 ene‐11 sep‐13Sistema  Empresas  FDPE [%] FDPE [%] FDPP [%] FDPP [%]SIC2  AES GENER 0.0% 0.0% 0.0% 32.3%SIC2  CHILECTRA 0.5% 0.3% 0.8% 0.2%SIC2  CHILQUINTA 85.4% 11.3% 69.6% 0.0%SIC2  COLBUN  0.0% 81.9% 0.0% 67.4%SIC2  LITORAL  3.0% 0.0% 1.9% 0.0%SIC2  TRANSELEC 0.0% 0.0% 14.0% 0.0%SIC2  TRANSNET 11.2% 6.5% 13.7% 0.0%SIC2  TOTAL  100.0% 100.0% 100.0% 100.0%

Si  bien,  no  se  objeta  que  la metodología  a  utilizar  pueda  ser  corregida  o modificada conforme las observaciones que se realizan por parte de las empresas, no resulta justificable la dispersión de los resultados entre las distintas versiones.  

EmpresasPérdida 

Tarifaria por SubTx [kWh]

PérdidasReales [kWh]

Pérdida Tarifaria por SubTx [$]

PérdidasReales [$]

ContribuciónAjuste por Pago por 

ContribuciónFDPE [%]

AES GENER 702,657 1,699,288 28,792,391 68,560,077 ‐39,767,686 0 0.00%CHILECTRA 5,043 2,499 206,625 103,422 103,203 103,203 0.29%CHILQUINTA 3,727,319 3,615,879 152,732,419 148,786,752 3,945,667 3,945,667 11.27%COLBUN 1,204,220 506,081 49,344,710 20,670,814 28,673,896 28,673,896 81.91%LITORAL 50,905 91,058 2,085,904 3,768,217 ‐1,682,313 0 0.00%TRANSELEC 108,607 234,260 4,450,327 9,587,370 ‐5,137,043 0 0.00%TRANSNET 147,736 91,052 6,053,686 3,767,961 2,285,725 2,285,725 6.53%TOTAL 5,946,486 6,240,117 243,666,062 255,244,613 ‐11,578,551 35,008,491 100.00%

Pérdida Tarifaria [kWh]

Pérdida Tarifaria [$]

Pago Pérdida Tar‐Real [$]

11,031,721 452,038,222 197,117,124

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Observaciones Chilquinta Energía Pagos Retiros DS14 

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2.2.   Pérdidas tarifarias 

El cálculo de las pérdidas tarifarias por propietario del sistema tiene un error al no repartir el total de pérdidas tarifarias. 

En  la tabla se presentan  las cifras de pérdidas tarifarias calculadas para  la estimación del FDP en comparación con  las pérdidas tarifarias del sistema, aplicando  los factores de pérdida del decreto. 

Pérdidas Tarifarias por sistemaEnergía Potencia

Sistema Aplicación FEPE 

[kWh] CDEC‐SIC por 

propietario [kWh] Aplicación FEPP 

[kW] CDEC‐SIC por 

propietario [kW] SIC1  7,068,260  6,029,245 9,137 8,164 SIC2  11,031,721  5,946,486 15,727 9,355 SIC3  16,272,707  15,883,457 31,283 30,582 SIC4  18,011,425  16,902,432 24,834 23,240 SIC5  12,532,638  10,398,632 19,823 16,723 SIC6  4,431,453  4,111,066 6,224 5,855 

Las pérdidas  resultantes de  la  asignación por propietario  son menores que  las pérdidas tarifarias del sistema,  lo que provoca distorsiones en el cálculo del Factor de Distribución de Pérdidas (FDP). 

En  la  siguiente  tabla  se muestran  los  factores por propietario para el caso de  la energía “FEPE‐1” del SIC‐2: 

Punto de Retiro/SubTx  AES GENER  CHILECTRA  CHILQUINTA  COLBUN  LITORAL  TRANSELEC  TRANSNET MT  0.00157  0.00001  0.00832  0.00269  0.00011  0.00024  0.00033 Calera Centro 066  0.00298  0.00002  0.01583  0.00511  0.00022  0.00046  0.00063 Chagres 110  0.00193  0.00001  0.01024  0.00331  0.00014  0.00030  0.00041 El Cobre 110  0.00329  0.00002  0.01744  0.00563  0.00024  0.00051  0.00069 GNL Quintero 110  0.00015  0.00000  0.00079  0.00026  0.00001  0.00002  0.00003 Los Angeles_SIC2 044  0.00463  0.00003  0.02456  0.00793  0.00034  0.00072  0.00097 

Quilpue 110  0.00110  0.00001  0.00582  0.00188  0.00008  0.00017  0.00023 SAG Andina 220  0.00248  0.00002  0.01317  0.00426  0.00018  0.00038  0.00052 Saladillo 066  0.00130  0.00001  0.00690  0.00223  0.00009  0.00020  0.00027 Tap Codelco Ventanas 110  0.00039  0.00000  0.00207  0.00067  0.00003  0.00006  0.00008 

Torquemada 110  0.00085  0.00001  0.00451  0.00146  0.00006  0.00013  0.00018 

La suma de los factores de la tabla precedente resulta menor que los FEPE‐1 del decreto: 

Punto de Retiro/SubTx  CDEC‐SIC por propietario  Decreto 14 MT    0.01328      0.02462 Calera Centro 066    0.02526      0.04693  Chagres 110    0.01634      0.03026  El Cobre 110    0.02782      0.05164  GNL Quintero 110    0.00126      0.00235  Los Angeles_SIC2 044    0.03918      0.07254  Quilpue 110    0.00928      0.01721  

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Observaciones Chilquinta Energía Pagos Retiros DS14 

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Punto de Retiro/SubTx  CDEC‐SIC por propietario  Decreto 14 SAG Andina 220    0.02102      0.03900  Saladillo 066    0.01100      0.02044  Tap Codelco Ventanas 110    0.00331      0.00615  Torquemada 110    0.00720      0.01337  

Para resolver este problema, debe verificarse que la suma de los factores de pérdidas por propietario (FEPE‐1 y FEPP‐1), en la hoja “Parametros” de los archivos “SIC‐n.xlsm” sea igual al factor de expansión de pérdidas de subtransmisión contenido en el DS14. 

Un antecedente adicional, no considerado en el análisis, es que en el estudio de tarifas no se  incluyen  las  pérdidas  en  el  fierro  para  los  transformadores,  por  lo  que  las  pérdidas  de transformación resultantes están subestimadas. 

2.3.   Cálculo FDP 

En  la  aplicación  del  decreto  320,  se  realizaba  un  ajuste  por  pago  por  contribución  que consiste  en  considerar  sólo  los  aportes  del mismo  signo  que  el  diferencial  de  pérdidas  a prorratear,  dejando  en  cero  las  ponderaciones  de  las  empresas  cuyo  aporte  tiene  signo contrario.   En  la nueva metodología, no se  incluye el ajuste por pago por contribución, por  lo que en ciertas condiciones se reparte mucho más que el diferencial de pérdidas, considerando contribuciones de todas las empresas. 

Se solicita que tal como se ha aplicado el decreto 320, el diferencial de pérdidas se reparta entre las empresas que aportan con el mismo signo al resultado del sistema. 

3. Observaciones a los físicos

En los archivos no se detalla el instante definido para realizar los balances de potencia.Laspotencias en la hoja “Entrada Retiros” difieren de las demandas coincidentes con las máximas del SIC 2011 y 2012.  Además, hay problemas con la coincidencia con los otros medidores que se utilizan en el balance de pérdidas, contenidos en la hoja “Entrada Medidas”. 

Como ejemplo, tenemos el subsistema San Felipe, que está conformado por un Tap en 110 kV de 4.5 kms más dos transformadores de poder 110/12 kV.  De acuerdo a los datos en el archivo SIC‐2, se obtienen los siguientes balances de energía y potencia para este subsistema: 

Energía  Potencia Inyección   13,008,274     21,258  Retiro    ‐12,941,916     ‐16,649  Pérdidas    66,357     4,609  Pérdidas/Inyección  0.5% 21.7% 

Entendemos que la cifra de pérdidas de potencia es un error que se explicaría por la falta de coincidencia entre las potencias de inyección y retiro. 

A continuación se detallan las diferencias entre la información enviada por Chilquinta Energía y los datos en los archivos presentados por el CDEC‐SIC, de medidores de retiros, inyecciones y para cálculo de pérdidas. 

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Observaciones Chilquinta Energía Pagos Retiros DS14 

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Sistema  Tipo Clave Consumo  Punto de Retiro  Concepto  Unid. CDEC‐SIC  Chilquinta  Diferencia 

SIC‐2  Retiros  CDEC02031  Reñaca 012  Energía  kWh  13,143,218  13,139,460  ‐3,758

SIC‐2  Retiros  CDEC02032  Rio Blanco 012  Energía  kWh  169,660  166,735  ‐2,925

SIC‐4  Retiros  CDEC04050  Parral 13.2  Energía  kWh  2,552,641  2,488,147  ‐64,494

SIC‐2  Retiros  CDEC02006  Tap Algarrobo Norte 012 Potencia  kW  24  23 ‐1

SIC‐2  Retiros  CDEC02007  Tap Algarrobo Norte 012 Potencia  kW  806  641  ‐165

SIC‐2  Retiros  CDEC02338  Balandras 12.5  Potencia  kW  4,107  3,501  ‐606

SIC‐2  Retiros  CDEC02011  Casablanca 012  Potencia  kW  3,187  2,774  ‐413

SIC‐2  Retiros  CDEC02335  Casablanca 012  Potencia  kW  3,155  3,472  317

SIC‐2  Retiros  CDEC02012  Catemu 012  Potencia  kW  721  811  90

SIC‐2  Retiros  CDEC02304  Catemu 012  Potencia  kW  2,452  2,128  ‐324

SIC‐2  Retiros  CDEC02013  Con Con 012  Potencia  kW  14,604  13,597  ‐1,007

SIC‐2  Retiros  CDEC02014  El Melon 012  Potencia  kW  4,503  4,021  ‐482

SIC‐2  Retiros  CDEC02339  El Totoral 12.5  Potencia  kW  52  1,910  1,859

SIC‐2  Retiros  CDEC02016  Juncal 012  Potencia  kW  620  397  ‐223

SIC‐2  Retiros  CDEC02017  La Calera 012  Potencia  kW  17,617  16,358  ‐1,259

SIC‐2  Retiros  CDEC02310  La Calera 012  Potencia  kW  609  500  ‐110

SIC‐2  Retiros  CDEC02340  Las Piñatas 13.8  Potencia  kW  338  304 ‐34

SIC‐2  Retiros  CDEC02019  Llay Llay 012  Potencia  kW  0  4,596  4,596

SIC‐2  Retiros  CDEC02020  Las Vegas 012  Potencia  kW  4,943  4,472  ‐471

SIC‐2  Retiros  CDEC02052  Los Angeles_SIC2 044  Potencia  kW  0  3,188  3,188

SIC‐2  Retiros  CDEC02022  Miraflores 012  Potencia  kW  22,005  18,116  ‐3,889

SIC‐2  Retiros  CDEC02023  Panquehue 012  Potencia  kW  1,179  1,185  6

SIC‐2  Retiros  CDEC02024  Placeres 012  Potencia  kW  19,891  17,625  ‐2,266

SIC‐2  Retiros  CDEC02025  Placilla SIC2 012  Potencia  kW  8,784  10,999  2,215

SIC‐2  Retiros  CDEC02026  Playa Ancha 13.8  Potencia  kW  14,275  13,983  ‐292

SIC‐2  Retiros  CDEC02027  Quilpue 110  Potencia  kW  3,862  4,070  208

SIC‐2  Retiros  CDEC02028  Quilpue 012  Potencia  kW  52,767  44,790  ‐7,977

SIC‐2  Retiros  CDEC02321  Quintay 012  Potencia  kW  313  289 ‐23

SIC‐2  Retiros  CDEC02342  Quintay 012  Potencia  kW  160  134 ‐25

SIC‐2  Retiros  CDEC02030  GNL Quintero 012  Potencia  kW  8,111  7,213  ‐898

SIC‐2  Retiros  CDEC02346  GNL Quintero 012  Potencia  kW  157  101 ‐56

SIC‐2  Retiros  CDEC02031  Reñaca 012  Potencia  kW  22,661  23,137  475

SIC‐2  Retiros  CDEC02348  Reñaca 012  Potencia  kW  2,340  2,520  180

SIC‐2  Retiros  CDEC02032  Rio Blanco 012  Potencia  kW  187  213  26

SIC‐2  Retiros  CDEC02034  San Antonio 012  Potencia  kW  25,696  23,473  ‐2,224

SIC‐2  Retiros  CDEC02325  San Antonio 012  Potencia  kW  5,178  5,646  468

SIC‐2  Retiros  CDEC02035  San Felipe 012  Potencia  kW  16,649  21,147  4,498

SIC‐2  Retiros  CDEC02036  San Jeronimo 13.8  Potencia  kW  1,359  1,201  ‐158

SIC‐2  Retiros  CDEC02038  San Pedro 012  Potencia  kW  26,609  26,616  7

SIC‐2  Retiros  CDEC02039  San Rafael 012  Potencia  kW  25,480  24,926  ‐554

SIC‐2  Retiros  CDEC02345  San Rafael 012  Potencia  kW  1,513  1,497 ‐16

SIC‐2  Retiros  CDEC02040  San Sebastian 012  Potencia  kW  2,920  2,472  ‐448

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Observaciones Chilquinta Energía Pagos Retiros DS14 

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Sistema  Tipo Clave Consumo  Punto de Retiro  Concepto  Unid. CDEC‐SIC  Chilquinta  Diferencia 

SIC‐2  Retiros  CDEC02041  San Sebastian 012  Potencia  kW  2,026  1,616  ‐410

SIC‐2  Retiros  CDEC02043  Tunel Melon 012  Potencia  kW  0  160  160

SIC‐2  Retiros  CDEC02044  Valparaiso 012  Potencia  kW  25,557  29,428  3,871

SIC‐2  Retiros  CDEC02328  Valparaiso 012  Potencia  kW  1,660  1,131  ‐529

SIC‐2  Retiros  CDEC02329  Valparaiso 012  Potencia  kW  1,589  1,878  289

SIC‐4  Retiros  CDEC04143  Constitucion 2 023  Potencia  kW  187  177 ‐10

SIC‐4  Retiros  CDEC04127  Linares Norte 13.8  Potencia  kW  5,980  5,595  ‐385

SIC‐4  Retiros  CDEC04129  Longavi 13.8  Potencia  kW  1,295  1,285 ‐10

SIC‐4  Retiros  CDEC04128  Panimavida 1 13.8  Potencia  kW  2,959  3,009  50

SIC‐4  Retiros  CDEC04050  Parral 13.2  Potencia  kW  3,330  3,248 ‐82

SIC‐4  Retiros  CDEC04130  San Gregorio 13.8  Potencia  kW  1,236  1,252  16

SIC‐5  Retiros  CDEC05090  Petrodow 154  Potencia  kW  0  4,787  4,787

SIC‐2  Pérdidas  CDEC02205  Las Vegas 110  Energía  kWh  12,257,357  12,164,110  ‐93,247

SIC‐2  Pérdidas  CDEC02214  Las Vegas 110  Energía  kWh  5,183,019  5,160,256  ‐22,763

SIC‐2  Pérdidas  CDEC02211  San Felipe 110  Energía  kWh  13,008,274  13,010,637  2,364

SIC‐2  Pérdidas  CDEC02212  San Rafael 110  Energía  kWh  14,942,218  14,892,867  ‐49,351

SIC‐2  Pérdidas  CDEC02202  San Pedro 110  Energía  kWh  6,127,917  4,798,488  ‐1,329,430

SIC‐2  Pérdidas  CDEC02206  San Jeronimo 066  Energía  kWh  5,003,445  4,996,508  ‐6,937

SIC‐2  Pérdidas  CDEC02214  Las Vegas 110  Potencia  kW  4,958  4,472  ‐486

SIC‐2  Pérdidas  CDEC02212  San Rafael 110  Potencia  kW  26,657  26,083  ‐574

SIC‐2  Pérdidas  CDEC02206  San Jeronimo 066  Potencia  kW  5,935  6,965  1,030

SIC‐2  Inyecciones  CDEC02102  San Luis 220  Energía  kWh  80,616,376  81,650,204  1,033,828

SIC‐2  Inyecciones  CDEC02126  Rio Blanco 012  Energía  kWh  6,032  1,404  ‐4,628

SIC‐2  Inyecciones  CDEC02132  San Felipe 13.8  Energía  kWh  0 ‐480  ‐480

SIC‐2  Inyecciones  CDEC02117  Laguna Verde 12  Energía  kWh  ‐72,975  ‐74,011  ‐1,036

SIC‐2  Inyecciones  CDEC02101  Alto Melipilla 220  Potencia  kW  72,933  66,823  ‐6,110

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Peajes SubTx

De: Bolvaran Luis (EGP Latin America) <[email protected]>Enviado el: viernes, 22 de noviembre de 2013 14:39Para: Peajes Sub TXCC: Hott Alfredo (EGP Latin America); Carlos Lara Lopez (EGP Latin America); Victor Tavera

(EGP Latin America)Asunto: Observaciones Pagos Preliminares de Subtransmisión Septiembre 2013

Estimados, 

Sólo un comentario para el SIC‐2: en hoja pagos por Potencia (en la de energía es 0) se asignan retiros asociados a Codelco, en Ventanas_110,  a Panguipulli 29.880 kW y a Puyehue 3.320 kW por $1.108.265 y $ 123.141 respectivamente. Informamos que Panguipulli y Puyehue no son, desde el 1° de marzo de 2013, suministradores de Codelco. 

Saludos cordiales. 

Luis Carlos Bolvarán Capetillo Energy Management

Enel Green Power Chile y Países Andinos Av. Presidente Riesco 5335, Piso 15, Las Condes. D +56 2 28999265 – F +56 2 24700084 E-mail: [email protected]; www.enelgreenpower.com

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Peajes SubTx

De: Marcelo Rubio <[email protected]>Enviado el: viernes, 22 de noviembre de 2013 14:57Para: Peajes Sub TXCC: Fabiola Montecinos; Ulises SotoAsunto: Observaciones Pagos Preliminares de Subtransmisión Septiembre 2013

Estimados, 

En relación al cálculo de pagos y peajes de los sistemas de subtransmisión correspondientes al mes de Septiembre de 2013, tenemos las siguientes observaciones: 

‐ La línea Ovalle –M. Patria 66 kV pertenece a Subtx, y según la hoja “Entrada Medidas”,  las medidas CDEC01110 y CDEC01109 dejan fuera las pérdidas de la línea. Favor agregar las pérdidas de esta línea. 

‐ El retiro CDEC01059  correspondiente a Codelco Salvador (ENDESA)  por 17.167.453 kWh no concuerda con lo publicado en el balance de Sept.13 , conforme al cuadre de barras (Diego de Almagro 110). Favor revisar si está correcta la información. 

Sin otro particular, 

Saluda atentamente, 

Marcelo Rubio Sekul Jefe Dpto. Planificación y Desarrollo  Fono: 56‐2‐2362‐4003 Cel:     56‐9‐6898‐7264 

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Peajes SubTx

De: Padilla Muñoz, Milko Jonathan, ENDESA CHILE <[email protected]>Enviado el: viernes, 22 de noviembre de 2013 16:29Para: Peajes Sub TXCC: Aranda Grez, Mauricio Daniel, ENDESA CHILE; Espejo Paluz, Humberto Andres, ENDESA

CHILE; Santibanez Zamorano, Ricardo Daniel, ENDESA CHILEAsunto: Observaciones Pagos Preliminares de Subtransmisión Septiembre 2013

Estimados Sres 

Conforme a lo solicitado en correo del 11 de noviembre, respecto de la publicación de la versión preliminar del cálculo de los pagos que deben realizar las empresas que retiran en los sistemas de subtransmisión correspondiente al mes de septiembre de 2013 aplicando el Decreto Supremo N°14 de 2012, adjunto envío observaciones de Endesa y filiales: 

• En las planillas de cálculo del sistema SIC 1 se observa lo siguiente:

o En las hojas “Pagos Energía” y “Pagos Potencia” aparecen consumos de CODELCO SALVADOR quemantienen como suministrador a ENDESA.  Se observa que debe corregirse suministrador de estosretiros pues ENDESA ya no lo es.

• Por otra parte, en relación a la carta GRyME‐313/2013 enviada por CGE Distribución al CDEC‐SIC, la cual serefiere a la aplicación del Decreto N°14 de Tarifas de Subtx y a los contratos de compra de energía y potenciapara sus suministros, hacemos notar lo siguiente:

o Respecto de la aplicación del decreto N°14 de tarifas de subtransmisión, Endesa Chile S.A. y sus Filialesreconocen la aplicación del decreto N°14 para el cálculo de peajes de inyección y retiro desubtransmisión, sin embargo se deja constancia que esto no implica que se acepte la modificación delos factores de modulación de pérdidas y puntos de compra utilizados en los Contratos de Suministrocon empresas distribuidoras.

Debido a lo indicado en el párrafo anterior, Endesa Chile S.A. y sus Filiales se reservan el derecho aejercer las acciones que estimen necesarias para proteger sus intereses ante toda clase de tribunales,así como también se reservan sus derechos a ejercer las acciones que les asisten ante autoridadesadministrativas, contraloras o especiales

Atte Milko Padilla Muñoz Especialista Peajes y Combustibles Gestión Energía y Comercialización Chile Fono: (56-2) 2630 9246

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Peajes SubTx

De: Gomez Sagner, Daniel Ignacio, CHILECTRA <[email protected]>Enviado el: viernes, 22 de noviembre de 2013 22:33Para: Peajes Sub TXCC: Pinto Castro, Gerardo Andres, CHILECTRA; Duble Jainaga, German Eduardo,

CHILECTRAAsunto: Observaciones Chilectra Pagos subtransmisión septiembreDatos adjuntos: Formato_Cdec_septiembre2013 (DS14) V4.xls; Observaciones a pago por STx

(Septiembre 2013)- CHILECTRA_.docx

Señores CDEC‐SIC: 

En referencia a los pagos preliminares de peajes de subtransmisión del mes de Septiembre 2013, con aplicación del Decreto 14, adjuntamos nuestras observaciones en documento adjunto. 

Junto a las observaciones, informamos la apertura libre/regulado de los retiros en cada barra que se requieren para la correcta aplicación del Decreto 14. 

Sin otro particular, 

Saluda atentamente a usted, 

Daniel Gómez Gerente de Regulación Chilectra 

Este mensaje de correo electronico y sus documentos adjuntos estan dirigidos EXCLUSIVAMENTE a los destinatarios especificados. La informacion contenida puede ser CONFIDENCIAL y/o estar LEGALMENTE PROTEGIDA y no necesariamente refleja la opinion del Grupo ENEL. Si usted recibe este mensaje por ERROR, por favor comuniqueselo inmediatamente al remitente y ELIMINELO ya que usted NO ESTA AUTORIZADO al uso, revelacion, distribucion, impresion o copia de toda o alguna parte de la informacion contenida. Gracias.

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Thank you.

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Observaciones al cuadro preliminar de pago de STx SEPTIEMBRE

2013 con nueva metodología DS14

Observaciones:

1. Revisión físicos de energía.

De acuerdo a los retiros informados por CHILECTRA de acuerdo a DS320, se

observan las siguientes diferencias en el SIC-3.

Clave Nombre Barra

INFORMA CHILECTRA

CDEC-SIC DIFERENCIA [kWh]

Medida Mensual [kWh]

CDEC03078 El Manzano

023 1.353.648 3.390.763 -2.037.115

CDEC03084 El Manzano

023 902.432 - 902.432

El consumo total de la SSEE Florida es de 7.622.568 kWh, distinto a lo presentado por

el CDEC de 8.193.914 kWh. Chilectra cumple con informar lo consumido por sus clientes tanto

libres como regulados en la SSEE Florida. Cabe señalar que Chilectra mantiene un contrato de

suministro con Puntilla de producción en la barra Florida, pero los retiros a los que suministra

son todos sus clientes libres, indistintamente donde estos estén ubicados.

Respecto a la energía de las medidas para cálculo de pérdidas del SIC-3, se

tienen las siguiente diferencias:

Clave Punto de Inyección

Instalación o Retiro

INFORMA CHILECTRA

CDEC-SIC DIFERENCIA [kWh]

Energía [kWh] - Sep 2013

CDEC03207 Florida 110 Línea Tap Las

Vizcachas - Florida 110kV (Florida 110)

14.315.008 14.342.083 -27.075

CDEC03208 Florida 110 Línea Tap Las

Vizcachas - Florida 110kV (Florida 110)

19.913.973 19.968.869 -54.897

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Respecto a la energía de las medidas de inyecciones reales del SIC-3, se tienen

las siguiente diferencias:

Clave Punto de Inyección

Instalación o Retiro CDEC-SIC

INFORMA CHILECTRA DIFERENCIA

[kWh] Energía [kWh] - Sep 2013

CDEC03122 San Bernardo 13.8 Central Los Morros 972.894 No informa 972.894

CDEC03124 Florida 012 Central Florida 6.964.893 6.801.496 163.397

NOTA: La energía de la instalación “Central Los Morros” no es informada por CHILECTRA.

En la barra Malloco, se debe considerar el descuento del cliente de peaje Dx Cristalerias

2. Revisión físicos de potencia.

De acuerdo a lo informado , la potencia de facturación utilizada corresponde a la del año

2012 y no a la del año 2013. Respeto a esto, se observa, consultando la posibilidad de que

la DP solicite a CHILECTRA la potencia 2013, ya disponible, con el fin de evitar multiples

reliquidaciones

Adicionalmente, se encuentran diferencias de los datos de entrada asociados

a punto de retiro del SIC-3 respecto a lo informado por CHILECTRA, las que se

detallan en el siguiente cuadro.

Clave Punto de Retiro CDEC-SIC

INFORMA CHILECTRA DIFERENCIA

[kW] Medida Mensual [kW]

CDEC03073 Macul 012 9.043 8.890 153

CDEC03033 Metro 110-1 22.650 36.400 -13.750

CDEC03034 Metro 110-2 36.593 22.530 36.593

CDEC03075 Santa Raquel

020 7.855 7.720 135

Nota : Cementos Polpaico 110 no es informado por CHILECTRA

Respecto a la potencia de las medidas para cálculo de pérdidas del SIC-3, se

tienen las siguiente diferencias:

Clave Punto de Inyección

Instalación o Retiro CDEC-SIC

INFORMA CHILECTRA DIFERENCIA

[kW] Potencia [kW] - Sep 2012

CDEC03205 Florida 110 Transformador

Florida 110/12 kV 781 -10.527 11.308

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Respecto a la potencia de las medidas de inyecciones reales del SIC-3, se tienen

las siguiente diferencias:

Clave Punto de Inyección

Instalación o Retiro CDEC-SIC

INFORMA CHILECTRA DIFERENCIA

[kW] Potencia [kW] - Sep 2012

CDEC03101 Los Almendros

220 Línea Alfalfal - Los Almendros 220kV

36.522 -36.522 73.044

CDEC03122 San Bernardo 13.8 Central Los Morros 1.102 No informa 1.102

CDEC03123 Florida 012 Central El Rincón 263 No informa 263

NOTA: La potencia de las instalaciones: “Central Los Morros” y “Central el Rincón” no son

informadas por CHILECTRA. Adicionalmente la barra MALLOCO 012 (SUM_CGE

DISTRIBUCION_NORTE, código CDEC03031) no considera el descuento de Cristalerias.

En resumen, La energía y potencia de la barra Lo Valledor 13.8, suministrador PARQUE EOLICO

LEBU y retiro CRISTALERIAS TORO, no la informa CHILECTRA.

3. Revisión Pérdidas Tarifarias.

Para la aplicación del Decreto 14, el CDEC modificó la forma de asignación de pérdidas tarifarias a cada propietario de subtransmisión.

Esta nueva metodología planteada por el CDEC sociabiliza las pérdidas unitarias por niveles de tensión, independiente de la ubicación y tipo de la instalación dentro de la red. Esa consideración produce distorsiones muy significativas en el reconocimiento específico de pérdidas por empresa subtransmisora.

Si bien el Decreto 14 sociabiliza los cargos de VASTX y pérdidas aplicando recargos únicos estampillados, esto debe entenderse como una simplificación en las tarifas que perciben los clientes, pero en ningún caso como una metodología aplicable a la repartición de pérdidas entre los propietarios.

En efecto, hacer una simplificación como esa, tiene como resultado que se pierden las señales de eficiencia que se deben brindar a las empresas a mejorar sus pérdidas.

A mayor abundamiento, para el reconocimiento de VASTX, lo que se hace es utilizar una repartición a prorrata del valor de las instalaciones de cada empresa (FDI), y no una repartición por VASTX promedio multiplicado por la demanda que circula por la red, lo que sería similar a lo que propone ese CDEC para efectos de asignar las pérdidas.

Por estos motivos, y con objeto de mantener la coherencia económica, se solicita al CDEC utilizar metodologías equivalentes para el cálculo de pérdidas tarifarias y reales, esto es, que sean representativas de los aportes distribuidos dentro del sistema, tal como se realizaba en los balances aplicados con el Decreto 320.

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Peajes SubTx

De: Cristian Alvarez Villalobos <[email protected]>Enviado el: miércoles, 27 de noviembre de 2013 10:03Para: Peajes Sub TX; Aníbal RamosCC: Claudio Metayer Guerrero; Eduardo Samuel Guerrero ZamoraAsunto: Observaciones Pagos Preliminares de Subtransmisión Septiembre 2013Datos adjuntos: 2013-11-27 Observaciones adicionales Liq preliminar STx sep-13(enviadas a CED-

SIC).xlsx

Señores Dirección de Peajes CDEC‐SIC 

Adjuntamos observaciones adicionales de CGE Distribución, a los Pagos Preliminares de Subtransmisión Septiembre. Las observaciones que se adjuntan corresponden al SIC3, al respecto comentamos que estas diferencias fueron informadas a Chilectra. 

Atte., Cristián Alvarez V. 6807544 

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CÁLCULO DEL PAGO DE SUBTRANSMISIÓN POR ENERGÍA

a) Malloco 012, no se considera descuento del cliente de peaje de distribución Cristalerias, se solicita se incorpore descuento indicadob) San Bernardo 012, no se esta considerando la generación de Los Morros, se solicita se incluya generación de Los Morros

DiceClave Consumo

Punto de Retiro Tensión de Dx

Adicional Empresa que efectúa el retiro

Tipo de Retiro

Suministrador Energía [kWh]

CDEC03031 Malloco 012 Si no CGE DISTRIBUCION R SUM_CGE DISTRIBUCION_NORTE 24,591,130CDEC03043 San Bernardo 012 Si si CGE DISTRIBUCION R SUM_CGE DISTRIBUCION_NORTE 25,093,200

Debe decirClave Consumo

Punto de Retiro Tensión de Dx

Adicional Empresa que efectúa el retiro

Tipo de Retiro

Suministrador Energía [kWh]

CDEC03031 Malloco 012 Si no CGE DISTRIBUCION R SUM_CGE DISTRIBUCION_NORTE 18.392.735CDEC03043 San Bernardo 012 Si si CGE DISTRIBUCION R SUM_CGE DISTRIBUCION_NORTE 27.480.647

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Peajes SubTx

De: Karen Beltran Cerda <[email protected]>Enviado el: miércoles, 27 de noviembre de 2013 12:06Para: Peajes Sub TXCC: Juan José Chávez de la Fuente; Daniel Charlin DussaillantAsunto: Observaciones Pagos Preliminares de Subtransmisión Septiembre 2013Datos adjuntos: Carta Puntilla_Observaciones Subtx Septiembre.pdf

Estimados, adjunto envío observación de Eléctrica Puntilla al cálculo preliminar de pagos de subtransmisión.  

El original será enviado a la brevedad a vuestras oficinas. 

Atentos saludos. 

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Peajes SubTx

De: STS <[email protected]>Enviado el: miércoles, 27 de noviembre de 2013 18:52Para: Peajes Sub TXCC: 'Gerencia de Regulación'; Kandinsky Dintrans PerezAsunto: Observaciones Pagos Preliminares de Subtransmisión Septiembre 2013Datos adjuntos: Obs-GrupoSAESA_PagosPreliminares-DS14_2013-11-27.pdf

REF: Pagos Preliminares de Subtransmisión Septiembre 2013 

ANT: Correo electrónico del 13.11.13 

Estimado Señor José Tapia Dirección de Peajes CDEC‐SIC: 

En atención a vuestro correo electrónico del ANT se incluye lo siguiente: 

• Documento “Obs‐GrupoSAESA_PagosPreliminares‐DS14_2013‐11‐27”, con las observaciones a los pagospreliminares.

Propietarios de instalaciones: 

• Sistema de Transmisión del Sur S.A. (STS)• Sociedad Austral de Electricidad S.A. (SAESA)• Empresa Eléctrica de la Frontera S.A. (FRONTEL).

Sin otro particular, saluda atentamente a Ud., 

Marcelo Rosales Silva Ingeniero de Estudios Tarifarios Teléfono: 56‐2‐4147542 | Anexo: 7542 [email protected] www.saesa.cl 

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OBSERVACIONES GRUPO SAESA Pagos Preliminares de Subtransmisión – Retiros

ANTECEDENTES

Con motivo de la publicación en el Diario Oficial del Decreto N° 14 del 2012, del Ministerio de Energía (DS14-12) el pasado 09 de abril de 2013, que fija las tarifas de Subtransmisión para el cuadrienio 2011-2014, la Dirección de Peajes (DP) del CDEC-SIC se encuentra llevando a cabo el proceso de implementación del mencionado Decreto.

A través de correo electrónico emitido el día 13-11-2013, la Dirección de Peajes ha comunicado los usuarios de los pagos preliminares que deben efectuar los usuarios que hacen retiros de los sistemas de subtransmisión.

En atención a lo indicado en el citado correo electrónico, en los apartados siguientes se incluyen las observaciones formuladas por las empresas propietarias de instalaciones calificadas como de subtransmisión del Grupo SAESA, específicamente:

SISTEMA DE TRANSMISIÓN DEL SUR (STS).

EMPRESA ELÉCTRICA DE LA FRONTERA S.A. (FRONTEL).

SOCIEDAD AUSTRAL DE ELECTRICIDAD S.A. (SAESA).

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1. PÉRDIDAS TARIFARIAS ASIGNADAS POR TRAMO Y PROPIETARIO

Si bien se entiende lo indicado por la DP en la minuta adjunta, respecto de asignar las pérdidas tarifarias a los propietarios según valores estándar por tipo de línea y transformador, se esperaría que la pérdida del total de propietarios de un tramo fuese compatible con la pérdida tarifaria media de cada sistema de subtransmisión. No obstante, en el SIC6 por ejemplo se advierte la siguiente situación:

FEPE-1

Punto de Retiro/SubTx PUYEHUE SAESA SOCOEPA STS TRANSELEC Total

MT 0,00003 0,00760 0,00001 0,01366 0,00079 0,02209

Chumpullo 066 0,00004 0,00801 0,00001 0,01441 0,00083 0,02330

Cabe destacar que el FEPE-1 para el sistema SIC6 es de 0,0238 (1,0238-1) y se entiende que el valor agregado de los propietarios debe ser compatible con la pérdida tarifaria del sistema. Considerando que los VASTx ($/kWh) por cada sistema y barra de retiro son fijados por el Decreto Supremo N°14 (DS14) para un conjunto de instalaciones adaptadas a la demanda, no dependen de la evolución del sistema real. Lo mismo se debe entender para los factores de pérdidas tarifarias, también fijados por el DS14. Por tanto, toda asignación debiese considerar que al totalizar las pérdidas asignadas a los propietarios, debe obtenerse el factor de pérdidas del sistema, fijado por el DS14.

En consecuencia, se solicita a la DP corregir la asignación de factores de pérdida por propietario, de tal forma de obtener como total el factor tarifario del DS14.

Adicionalmente, se agradece informar planilla de cálculo con el desarrollo de la tabla de los FEPE-1 y FEPP-1 para cada subtransmisora, de la hoja Parámetros.

2. FACTORES DE PÉRDIDAS REALES

Para una mejor comprensión del modelo de asignación de pérdidas reales, se agradece a la DP informar a las empresas la base DigSilent de la cual se obtiene el cálculo.

3. PRECIOS POR PUNTO DE SUMINISTRO PARA RETIROS REGULADOS

Si se bien se indica que los precios de contratos de suministro de las distribuidoras se obtienen de la fijación de Precios de Nudo Promedio de noviembre 2012 (PNP_1211), los valores de la hoja “Precios” calculados por distribuidora y punto de suministro no coinciden con los calculados en el modelo de la CNE de nov-12.

Se agradece revisar que los precios por punto de suministro coincidan con los calculados por la CNE en el modelo de nov-12, hoja “ResDatos_ Periodo”.

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4. CORREGIR MEDIDAS PARA SIC5 Y SIC6

a) Las medidas asociadas al siguiente cuadro pueden ser reemplazadas con el medidor deLICANCO1, que para sep13 es de 3,485,009(KWh).

Clave Tipo Informa Punto instalación o Retiro Energía [kWh]

CDEC05228 INYECCIONP FRONTEL Licanco 066 Transformador Licanco 66/024 kV - 1,367,940

CDEC06201 INYECCIONP TRANSNET Licanco 066 Línea Licanco - Nva. Imperial 66 kV 4,855,955

b) La data del cuadro no corresponde a la Distribuidora Luz Osorno sino a la Distribuidora SAESA

5. PAGOS DE VASTXA (INSTALACIONES ADICIONALES)

En la hoja “Pagos Energía” del ejercicio DP, se observa que los pagos por concepto de instalaciones adicionales (VASTxA y pérdidas), solo se aplican a los retiros suministrados desde instalaciones adicionales. Sin embargo, se entiende que los parámetros FEPETxA, FEPETxA y VASTxA definidos en el artículo tercero del DS14-12 son aplicables a todos los retiros para abastecer a usuarios sometidos a regulación de precios del sistema SIC1, no solamente a las barras que efectivamente utilicen instalaciones de Transmisión Adicional.

Se solicita, por tanto, a la Dirección de Peajes del CDEC-SIC revisar la aplicación de los cargos asociados a instalaciones de Transmisión Adicional, en las hojas “Pagos Energía” y “Pagos Potencia” de los pagos preliminares.

Clave Tipo Tipo Retiro Informa Punto instalación o Retiro

CDEC06057 RETIRO R STS Mariquina 023 LUZ OSORNO

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Peajes SubTx

De: Felipe Rodriguez C <[email protected]>Enviado el: miércoles, 27 de noviembre de 2013 18:54Para: Peajes Sub TXCC: Aníbal Ramos; Felipe Marin V.; Carlos Aguirre P.Asunto: Observaciones de AES Gener Pagos Preliminares de Subtransmisión Septiembre 2013Datos adjuntos: Observaciones Cálculo STx DS14.docx

Estimados, 

Adjuntamos observaciones al cálculo preliminar de pagos de subtransmisión. 

Atte. Felipe Rodríguez. AES Gener. 

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Observaciones Cálculo STx según DS14

1. Observaciones Generales:

- Consistencia entre las medidas de subtransmisión y las asociadas al Balance de

Transferencia, con aquellas corregidas, cuyo error por barra es nulo (medidas con las

cuales se realiza la valorización).

- Modificar las medidas de tipo “Ajuste”, para adecuarlas al formato típico de

subtransmisión. Es decir, que la instalación posea un código que se mantenga en los

futuros informes de subtransmisión.

- Que los archivos de subsistemas tengan formatos estándares. Por ejemplo: En SIC1, SIC2,

SIC3 comienza la tabla “Medidas de Inyecciones Reales” en la columna L, mientras que en

el SIC4 se hace en fila V.

- Elaborar un informe con las respuestas a las observaciones de las empresas.

2. Observaciones Metodológicas:

Se propone utilizar la metodología que se detalla a continuación para realizar el cálculo del

FAIE y de los factores FDP.

a. Factor FPR

Pérdida real por instalación debe ser calculada con medidores del balance de transferencia

de energía (Peri).

Referir la pérdida por instalación (Peri ) a las barras de retiro mediante factores GLDF.

De esta forma los factores se deben calcular como se detalla a continuación:

Factor de pérdida por instalación por barra

Factor de pérdida por barra

b. FAIE

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∑ ∑

c. Factor FDP

Pérdida Real

Pérdida Real Valorizada por empresa

Pérdida Tarifaria Valorizada por empresa

Para este cálculo se debe usar FEPE por barra y por propietario (No FEPE estampillado),

factores que se encuentran detallados en las planillas de la CNE.

3. Observaciones particulares:

SIC1:

- Medida Codelco El Salvador en barra Diego de Almagro 110 no aparece en Balance de

Transferencias.

- Medida CDEC01209 no coincide con su equivalente ALMLLUCE del Balance de

Transferencias. Se solicita ordenar inyecciones en barra Diego de Almagro 110, de acuerdo

a medidas asociadas a inyecciones de centrales reconocidas en dicha barra, junto a

transferencia desde transformador 220/110 Diego de Almagro.

- Eliminar medida CDEC01118, debido a que no se encuentra dentro del SIC1.

- Medida Ajuste2 no coincide con su equivalente HCO11013 del Balance de Transferencias.

- Eliminar medida CDEC01119 debido que no pertenece al SIC1.

- La medida CDEC01109 se hace efectiva en Monte Patria 66.

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- Eliminar medida CDEC01120 debido a que no pertenece al SIC1.

- Incorporar medida de SSAA de Transelec código CASSA del Balance de Transferencias,

asociado a barra Castilla 110.

- Transformador Dos Amigos 110/23, no indicado como STx en el decreto.

- Incorporar medida SUBSOLEHORNITOS del Balance de Energía como inyección en Los

Loros 110.

SIC2:

- Medida CDEC02109 no coincide con su equivalente LMAQACON2 del Balance de

Transferencias.

SIC3

- Medida CDEC03118 y CDEC03119 incorrectas, debido a que corresponde a las medidas del

tramo Alto Jahuel 110 – Tap Buin 110, vistas en Tap Buin 110. Se deben corregir por las

medidas asociadas al código JAHAT2 del Balance de Transferencias.

- Medidas CDEC03108 y CDEC03109, se indica como punto de inyección Los Almendros 220.

Corregir por Alto Jahuel 220.

- Considerar dentro las inyecciones del SIC3, las asociadas a la línea Sauzal 110 – Alto Jahuel

110.

- Corregir medida CDEC03130. Menor a la indicada en el Balance de Transferencias asociada

al código G_VIENT_ESP.

- Medida CDEC03116 no coincide con su equivalente del Balance de Transferencias VIZPAL.

SIC4:

Se solicita mejorar la descripción de las inyecciones al SIC4 y hacerlo consistente al Balance de

Transferencias.

- Falta incorporar medidas de Coelcha en barra Laja 13.8.

- Falta incorporar medidas de Coelcha en barra Charrúa 66.

- Código CDEC04155 asociado a barra San Javier 23, aparece en Maule 15 en el Balance de

Transferencias.

- Falta incorporar medidas de Emetal en barra Maule 15.

- Falta retiro en barra Longavi 66, asociado al código FFCCLONG del Balance de

Transferencias.

- Falta retiro Planta Viñales en barra Constitución 66, código PVIÑALES del Balance de

Transferencias.

- Medidas de Papelera Pacífico no coinciden con lo informado en el Balance de

Transferencias en barra San Francisco de Mostazal 15.

- Medidas de Emetal de barra San Javier 23, no están detalladas en el Balance de

Transferencias.

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- Falta medida CGEDSAUZCGER del Balance de Transferencias en barra Sauzal 110, tanto

para inyección como retiro.

- No coincide medida CDEC04191 con su equivalente CBB del Balance de Transferencias.

- Medida CDEC04361 no coincide con su equivalente CHASFE del Balance de Transferencias.

- Si se considera la inyección al SIC4 con la medida de línea Itahue – Melado 154, entonces

descontar SSAA de Transelec, correspondiente a ITASA del Balance de Transferencias.

- Descontar en Laja 66 los SSAA de Transelec, código LAJSA del Balance de Transferencias.

- Medida CDEC04348 no coincide con su equivalente G_PURI del Balance de Transferencias.

- Medida CDEC04324 no coincide con su equivalente PIRQ11013 del Balance de

Transferencias.

- Medida CDEC04349 no coincide con su equivalente PMGD_UCUQUER del Balance de

Transferencias.

- Si se considera como inyección en barra Rancagua 154, la medida de la línea Rancagua –

M.V. Central 154, entonces se debe descontar los SSAA de Transelec, código RANSA del

Balance de Transferencias.

- Medida CDEC04321 no coincide con su equivalente DIT230a del Balance de

Transferencias.

- Medida CDEC04346 no coincide con su equivalente G_EPACIFICO del Balance de

Transferencias.

- Medida CDEC04332 tiene descontado el retiro CDEC04047.

- Medida CDEC04338 no coincide con su equivalente GTENO+ RTENO del Balance de

Transferencias.

- Considerar retiro del sistema asociado a línea Tilcoco – Indac 154 asociado a código

TIL2IND, o bien considerarlo como retiro del SIC4.

- Corregir energía asociada a inyecciones en Charrúa 66, para hacerlo consistente al Balance

de Transferencias, o en su defecto corregir el Balance de Transferencias.

- Medida CDEC04322 no representada en Balance de Transferencias.

- Medida CDEC04366 no coincide con su equivalente SanIgnac del Balance de

Transferencias.

- Medidas CDEC04368+ Ajuste 6 no coincide con su equivalente G_MASISA+ R_MASISA del

Balance de Transferencias.

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Peajes SubTx

De: Danilo Salinas <[email protected]>Enviado el: miércoles, 27 de noviembre de 2013 18:58Para: Peajes Sub TXCC: Hector Castro Araya; Katherinne Elizabeth Munoz RamirezAsunto: Observaciones Pagos Preliminares de Subtransmisión Septiembre 2013

Estimado José, 

Adjuntamos las observaciones de Arauco Bioenergía a los pagos preliminares de subtransmisión del mes de septiembre de 2013: 

• SIC4  (archivo SIC‐4.xlsm)• Se solicita corregir el cálculo de los pagos por retiro de los siguientes puntos suministrados por ARAUCO

BIOENERGIA.

1. Retiro asociado a las compras de Planta Constitución (clave consumo CDEC04144)El punto de retiro asignado es “Constitucion 066”. Este punto corresponde efectivamente al punto deretiro del cliente, pero las variables utilizadas para el cálculo del pago por retiro no corresponden.Las variables utilizadas fueron las correspondientes a un retiro en tensión de distribución estando esteretiro en tensión mayor a distribución, 66 kV.

Se solicita corregir las variables de cálculo de los pagos por retiros de energía y potencia a loscorrespondientes al punto “Constitucion 066”. Para los puntos de retiro en tensiones mayores adistribución se deben aplicar los pagos específicos de cada barra y en el nivel de tensión quecorresponda, disponible en las bases de cálculo del Informe Técnico a que hace referencia el oficio N°26de la CNE.

2. Retiro asociado a las compras de energía de Planta MDP Teno (clave consumo CDEC04185)Los parámetros de cálculo de los pagos por retiro de energía y potencia deben ser consistentes al puntode retiro en tensión mayor a distribución.La versión preliminar considera este punto como un retiro en nivel de distribución (en Teno 13.2) y seaplica los parámetros de cálculo del pago por retiros de energía y potencia para puntos en tensión dedistribución del SIC 4.

Se solicita corregir el punto asignado a este retiro a “Teno 154”. Para los puntos de retiro en tensionesmayores a distribución se deben aplicar los pagos específicos de cada barra y en el nivel de tensión quecorresponda, disponible en las bases de cálculo del Informe Técnico a que hace referencia el oficio N°26de la CNE.

• SIC5 (archivo SIC‐5.xlsm)• Se solicita corregir el cálculo de los pagos por retiro de los siguientes puntos suministrados por ARAUCO

BIOENERGIA.

1. Retiro asociado a las compras de energía de Planta Arauco (clave consumo CDEC05006)Los parámetros de cálculo de los pagos por retiro de energía y potencia deben ser consistentes al puntode retiro en tensión mayor a distribución.

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La versión preliminar considera este punto como un retiro en nivel de distribución (en Horcones 13.2) y se aplica los parámetros de cálculo del pago por retiros de energía y potencia para puntos en tensión de distribución del SIC 5. 

Se solicita corregir el punto asignado a este retiro a “Horcones 066”. Para los puntos de retiro en tensiones mayores a distribución se deben aplicar los pagos específicos de cada barra y en el nivel de tensión que corresponda, disponible en las bases de cálculo del Informe Técnico a que hace referencia el oficio N°26 de la CNE. 

2. Se solicita corregir a la empresa responsable de entregar la información del retiro asociado a Horcones66 kV (Planta Arauco) por TRANSNET.En la planilla, en el campo RESPONSABLE DE INFORMAR (columna H), Hoja “Entrada Retiros”Dice: ARAUCO BIOENERGIADebe decir: TRANSNET

Saludos Danilo Salinas Encargado DP (S) Arauco Bioenergía S.A. 

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Respuesta a Observaciones a Pagos de Subtransmisión Septiembre 2013 según D.S.N°14

Dirección de Peajes – CDEC-SIC - 49 - Cuatrienio 2011 – 2014

3. Respuestas

Respuesta a observaciones TRANSELEC S.A. (Correo 12 de Noviembre de 2013)

Sistema Medidor Barra de Retiro Observación Respuesta

SIC 3 CDEC03067 Panamericana 012 Aparece en Decreto 320 Valor histórico igual a cero

SIC 4 CDEC04041 Los Lirios 13.8 Aparece en Decreto 320 Valor histórico igual a cero

SIC 4 CDEC04097 Las Cañas 023 Aparece en Decreto 320 Valor histórico igual a cero

SIC 4

Cipreses 154 Aparece en Informe Técnico Retiro modelado en Cipreses 13,2

SIC 4 CDEC04055

Aparece en Decreto 320 Se separa en los retiros CDEC04195 (Sta.

Elisa 023) y CDEC04196 (Recinto 023)

SIC 5 CDEC05088 Curanilahue 13.2 Aparece en Decreto 320 Valor histórico igual a cero

SIC 5 CDEC05034 Los Ángeles 015 Aparece en Decreto 320 Valor histórico igual a cero

Respuesta a observaciones COPELEC (Correo 21 de Noviembre de 2013)

1. El monto que señalan (1,64%) corresponde al FDI de Enero 2011. Se ha utilizado el FDI

correspondiente a abril de 2013 (1,58%), el cual será reliquidado con el FDI aplicable a noviembre, una vez que se emita la actualización correspondiente a 2013.

Respuesta a observaciones Grupo CGED (Correo 21 de Noviembre de 2013)

1. Los precios de suministros sujetos a regulación de precios, consideran las últimas fijaciones de

precio de nudo promedio (PNP), vigentes hasta diciembre de 2012. Los precios de los contratos de suministro de Distribuidoras vigentes desde enero 2013, se supusieron igual al precio de nudo de corto plazo en su última versión vigente, a la espera de la emisión de los correspondientes decretos de PNP.

2. Actualmente se está utilizando la última fijación de Precio de Nudo de Corto Plazo, correspondiente a Abril 2013, tanto para los contratos de suministros no sujetos a regulación de precios como aquellos contratos sujetos a regulación de precio vigentes desde enero 2013.

3. Para referir el precio de oferta de cada licitación a las nuevas barras troncales se han empleado losfactores de modulación considerados en los contratos, en caso de no existir dicho factor seprocedió a buscar el factor incorporado en la fijación temporalmente más cercana a la fijaciónempleada en dicho contrato.

4. Tal como señala el punto 8.1 del DS14, los precios de nudo para suministros sujetos a regulación deprecios, corresponden al promedio ponderado por energía de los precios de nudo de Largo Plazo deenergía o potencia, según corresponda, fijados conforme al artículo 156° de la Ley para lasempresas concesionarias de servicio público de distribución. De acuerdo a lo anterior se calculó elpromedio ponderado por energía correspondiente a cada suministrador.

5. El suministrador “SIC” corresponde a un nombre ficticio para asignar los contratos que se reparten de acuerdo a R.E. N°2288-2011 y R.E. N°239-2012.

6. La demanda máxima en hora de punta para el año 2013 será incorporada una vez que se cuentecon la información correspondiente por parte de las empresas, de manera provisoria se emplea laPotencia de Facturación del año 2012.

SIC1:

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Respuesta a Observaciones a Pagos de Subtransmisión Septiembre 2013 según D.S.N°14

Dirección de Peajes – CDEC-SIC - 50 - Cuatrienio 2011 – 2014

1. Efectivamente COLBUN no posee energía contratada con las distribuidoras ELECDA y EMELAT, es por esto que los montos de energía para estos contratos son cero.

SIC4: 1. Se acoge la solicitud de corregir “Tensión de Dx” para la clave CDEC04003. 2. Se acoge la solicitud de corregir el valor de FEPE-1 y FEPP-1 de la barra Curico 066. 3. Se acoge la solicitud respecto de la potencia de facturación, asignado estas potencias de forma

preliminar a los retiros ubicados en el mismo punto de suministro que efectúen retiros de energía. 4. Se acoge la solicitud de rectificar la empresa que efectúa el retiro para la clave CDEC04184. 5. Se acoge la solicitud de corregir el punto de retiro de las claves CDEC04183 y CDEC04181. 6. Se acoge la solicitud de corregir PNPT [$/kW], corrigiendo el “fi” del punto de retiro Quirihue 13.2. 7. No se acoge la solicitud respecto de la potencia de facturación, ya que de manera preliminar se

utiliza los valores del periodo 2012, quedando pendiente una futura reliquidación. 8. Se incorpora el punto de retiro Sauzal 110 pero en el subsistema 3.

SIC5: 1. Efectivamente COLBUN no posee energía contratada con las distribuidoras ELECDA y EMELAT, es

por esto que los montos de energía para estos contratos son cero. 2. Se acoge la solicitud respecto de la potencia de facturación, asignado estas potencias de forma

preliminar, a los retiros ubicados en el mismo punto de suministro que efectúen retiros de energía. 3. Se acoge la solicitud de corregir el PNPT [$/kW] para los puntos de retiro señalados. 4. No se acoge la solicitud, revisar punto 7 del SIC4. 5. Se acoge la solicitud de rectificar la empresa que efectúa el retiro para la clave CDEC05045.

Respuesta a observaciones TRANSNET (Correo 22 de Noviembre de 2013)

Observaciones Generales:

1. Los valores de FDI utilizados en el cálculo de subtransmisión de septiembre 2013 corresponden a los informados mediante carta DP N°0669 del 8 de agosto de 2013 y su posterior actualización informada en correo de fecha 13 de septiembre de 2013. Información que además fue enviada a la Comisión Nacional de Energía mediante carta DP N°0986/2013 del 12 de noviembre de 2013.

2. Se utilizan claves distintas para suministradores distintos de tal manera de mantener un registro histórico evitando problemas al existir cambios de suministradores.

3. Se acoge la solicitud y se unifica el criterio para el cálculo de “Inyección Neta” en la hoja de “Pérdidas Reales STx”.

4. Se acoge la solicitud y se unifica el criterio para el cálculo de “Consumo Neto” en la hoja de “Pérdidas Reales STx”.

Observaciones por sistema:

1. Se acoge la solicitud de TRANSNET y se corrige el FDI del SIC3. 2. Se acoge la solicitud de corregir la medida para el retiro clave CDEC03001. 3. Se acoge la solicitud de corregir la medida para el retiro clave CDEC01098. 4. No se acoge la solicitud ya que el monto sujeto a pago corresponde al retiro efectivo del cliente. 5. Se acoge la solicitud de corregir la medida para el retiro clave CDEC01033. 6. Se acoge la solicitud de corregir la medida para el retiro clave CDEC01021. 7. No se acoge la solicitud ya que el monto sujeto a pago corresponde al retiro efectivo del cliente. 8. No se acoge la solicitud ya que el monto sujeto a pago corresponde al retiro efectivo del cliente. 9. Se acoge la solicitud de cambiar el punto de retiro de la clave CDEC01003 de Casas Viejas 023 a

Casas Viejas 13,2. 10. Se acoge la solicitud de cambiar el punto de retiro de la clave CDEC01018 de Monte Patria 023 a

Monte Patria 13,2.

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Respuesta a Observaciones a Pagos de Subtransmisión Septiembre 2013 según D.S.N°14

Dirección de Peajes – CDEC-SIC - 51 - Cuatrienio 2011 – 2014

11. No se acoge la solicitud de TRANSNET de cambiar el punto de retiro de la clave CDEC01019, ya que tanto la información de facturación como en los envíos mensuales de TRANSNET con el DS320, este retiro se ubica en Ovalle 13,2.

12. De momento no se acoge la solicitud de TRANSNET de corregir el nombre de la barra San Joaquin CGET 13.8 a San Joaquin CGET 13.2, debido a que así se presenta en el cálculo del FDI.

13. Observación repetida en el punto anterior. 14. Se acoge la solicitud de corregir la medida para el retiro clave CDEC01039. 15. Se acoge la solicitud de TRANSNET de modificar el punto de retiro. 16. De momento no se acoge la solicitud de TRANSNET de cambiar el código del retiro CDEC05316 en

SIC4 debido a que pertenecen a sistemas distintos. 17. De momento no se acoge la solicitud ya que históricamente el retiro no posee energía. 18. Se acepta la solicitud de corregir la empresa encargada de informar la clave CDEC05095. 19. Se acoge la solicitud de corregir la medida para el retiro clave CDEC05054. 20. Se acepta la solicitud. 21. Se acepta la solicitud. 22. No se acoge la solicitud ya que contamos con información del Balance de Transferencias que

señalan que este retiro es sólo suministrado por ENERGIA PACIFICO. 23. No se acepta la solicitud por el motivo señalado en el punto anterior. 24. Se acoge la solicitud de corregir la medida para el retiro clave CDEC04186. 25. No se acoge la solicitud ya que el monto sujeto a pago corresponde al retiro efectivo del cliente. 26. Se acoge la solicitud de corregir la medida para el retiro clave CDEC04199. 27. De momento no se acoge la solicitud de corregir el código correspondiente a la barra Cañete 023,

debido a que pertenecen a sistemas distintos. 28. De momento no se acoge la solicitud de corregir el código correspondiente a la barra de inyección

señalada, ya que es idéntico a un código de retiro. 29. De momento no se acoge la solicitud de corregir el código correspondiente a la barra de inyección

señalada, ya que es idéntico a un código de retiro. 30. De momento no se acoge la solicitud de TRANSNET al no afectar el cálculo de pagos de peajes. 31. Se acoge la solicitud de incorporar el punto de inyección en la S/E Los Loros. 32. Se acoge la solicitud de corregir la medida para la inyección clave CDEC01137. 33. Se acoge la solicitud de corregir la medida para la inyección clave CDEC01109. 34. Se acoge la solicitud de corregir la medida para la inyección clave CDEC01110. 35. Se acoge la solicitud de corregir la medida para la inyección clave CDEC01111. 36. Se acoge la solicitud de corregir la medida para la inyección clave CDEC01112. 37. Se acoge la solicitud de corregir la medida para la inyección clave CDEC01117. 38. Se acoge la solicitud de corregir la medida para la inyección clave CDEC01130. 39. Se acoge la solicitud de corregir la medida para la inyección clave CDEC01132. 40. Se acoge la solicitud de corregir la medida para la inyección clave CDEC01138. 41. Se acoge la solicitud de corregir la medida para la inyección clave CDEC01210. 42. Se acoge la solicitud de corregir la medida para la inyección clave CDEC01211. 43. Se acoge la solicitud de corregir la medida para la inyección clave CDEC01212. 44. Se acoge la solicitud de corregir la medida para la inyección clave CDEC01201. 45. Se acoge la solicitud de corregir la medida para la inyección clave CDEC01202. 46. Se acoge la solicitud de corregir la medida para la inyección clave CDEC01203. 47. Se acoge la solicitud de corregir la medida para la inyección clave CDEC01205. 48. Se acoge la solicitud de corregir la medida para la inyección clave CDEC01206. 49. Se acoge la solicitud de corregir la medida para la inyección clave CDEC01207. 50. Se acoge la solicitud de corregir la medida para la inyección clave CDEC02207. 51. Se acoge la solicitud de corregir la medida para la inyección clave CDEC02215. 52. Se acoge la solicitud de corregir la medida para la inyección clave CDEC02213. 53. Se acoge la solicitud de corregir la medida para la inyección clave CDEC04234. 54. Se acoge la solicitud de corregir la medida para la inyección clave CDEC04238. 55. Se acoge la solicitud de corregir la medida para la inyección clave CDEC04245.

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Respuesta a Observaciones a Pagos de Subtransmisión Septiembre 2013 según D.S.N°14

Dirección de Peajes – CDEC-SIC - 52 - Cuatrienio 2011 – 2014

56. Observación respondida en punto 53. 57. No se acoge la solicitud de corregir la medida para la inyección clave CDEC04207 ya que resultan

pérdidas negativas en esa zona. 58. No se acoge la solicitud debido a que difiere de lo informado por LUZPARRAL. 59. No se acoge la solicitud debido a que difiere de lo informado por LUZPARRAL. 60. No se acoge la solicitud debido a que difiere de lo informado por CEC. 61. No se acoge la solicitud debido a que difiere de lo informado por CEC. 62. No se acoge la solicitud debido a que difiere de lo informado por COPELEC. 63. No se acoge la solicitud debido a que difiere de lo informado por COPELEC. 64. No se acoge la solicitud debido a que difiere de lo informado por LUZLINARES. 65. Se acoge la solicitud de corregir la medida para la inyección clave CDEC04228. 66. Se acoge la solicitud de corregir la modelación de la central Cañete. 67. Se acoge la solicitud de corregir la medida para la inyección clave CDEC05125. 68. Se acoge la solicitud de corregir la medida para la inyección clave CDEC05130. 69. Se acoge la solicitud de corregir la modelación de la central Tirúa. 70. Se acoge la solicitud de corregir la medida para la inyección clave CDEC05227. 71. Se acoge la solicitud de corregir las medidas para las inyecciones clave CDEC06201 y CDEC05228.

El resto de las observaciones de TRANSNET que hacen referencia a cambio de nombre en los códigos no se realizará, ya que no resulta relevante para el cálculo.

Respuesta a observaciones CHILQUINTA (Correo 21 de Noviembre de 2013)

1. La diferencia que se presenta al reconstruir el FEPE por propietario versus los montos del decreto se

deben a que en este último se incorporan elementos de los sistemas adicionales. Cabe destacar que en consideración a las observaciones recibidas a este cálculo, esta Dirección se encuentra analizando una nueva metodología de distribución de pérdidas tarifarias a propietarios de instalaciones de subtransmisión, sin perjuicio de lo cual, provisoriamente se considerará pertinente distribuir la recaudación de los pagos por concepto de pérdidas de energía y potencias mediante los FDI.

2. Asignación de Pérdidas 2.1. Existen diferencias entre los cálculos debido a la utilización de metodologías distintas. Los cálculos

informados para el mes de Enero 2011 debe ser ajustado a la última metodología propuesta. 2.2. Tal como se explica en el punto número 1, Los valores de FEPE contenidos en el DS14 considera

aquellos elementos adicionales, los cuales no son parte de los sistemas de subtransmisión, es por esto que para el cálculo de FEPE por propietario se han extraído las pérdidas correspondientes a los elementos de sistemas adicionales.

2.3. Tal como se explica en el punto 1, se está analizando una nueva metodología para la distribución de pérdidas.

3. Se acogen las observaciones de CHILQUINTA respecto de las medidas físicas con la excepción del siguiente casos:

CDEC02212: esta observación no se acoge debido que al modificar esta medida resultan pérdidas negativas en la zona de San Rafael.

Respuesta a observaciones PUYEHUE (Correo 22 de Noviembre de 2013)

1. Se tomará en cuenta la observación de PUYEHUE al momento de determinar la potencia

correspondiente al periodo 2013.

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Respuesta a Observaciones a Pagos de Subtransmisión Septiembre 2013 según D.S.N°14

Dirección de Peajes – CDEC-SIC - 53 - Cuatrienio 2011 – 2014

Respuesta a observaciones GUACOLDA (Correo 22 de Noviembre de 2013)

1. Se acoge la solicitud de GUACOLDA de incorporar al modelo de pérdidas reales la línea Monte

Patria – Ovalle 066. 2. Se acoge la solicitud de corregir la energía del retiro clave CDEC01059 al no existir correlación con la

información de facturación y debido a que el suministrador (ENDESA) ya no suministra energía al consumo de CODELCO SALVADOR.

Respuesta a observaciones ENDESA (Correo 22 de Noviembre de 2013)

1. Se acoge la solicitud de corregir la energía para el retiro clave CDEC01059, el cual ya no es

suministrado por ENDESA. Respecto de la potencia del retiro CDEC01055 se tomará en consideración al momento de realizar el cálculo de la potencia para el periodo 2013.

Respuesta a observaciones CHILECTRA (Correo 22 de Noviembre de 2013)

1. Se corrige la distribución de los retiros Libres y Regulados de acuerdo a la nueva información

entrega por CHILECTRA. 2. Se acoge la solicitud de corregir las medidas con clave CDEC03207 y CDEC03208. 3. Se acoge la solicitud de corregir las medidas de potencia para las claves CDEC03073, CDEC03033,

CDEC03034 y CDEC03075.

Respuesta a observaciones adicionales Grupo CDED (Correo 27 de Noviembre de 2013)

1. Se acoge la solicitud de corregir la medida para los retiros con clave CDEC03031 y CDEC03043.

Respuesta a observaciones Grupo SAESA (Correo 27 de Noviembre de 2013)

1. No se recupera toda la pérdida tarifaria fijada en el decreto debido a que este cálculo considera

tanto las pérdidas de los sistemas de subtransmisión como de los sistemas adicionales, es por esto que al momento de construir el FEPE por propietario se quitan las pérdidas de los sistemas adicionales. Cabe destacar que en consideración a las observaciones recibidas a este cálculo, esta Dirección se encuentra analizando una nueva metodología de distribución de pérdidas tarifarias a propietarios de instalaciones de subtransmisión, sin perjuicio de lo cual, provisoriamente se considerará pertinente distribuir la recaudación de los pagos por concepto de pérdidas de energía y potencias mediante los FDI.

2. La base DigSilent utilizada para el cálculo de los factores de pérdidas reales corresponde a la base utilizada para el cálculo de los factores de penalización, por lo que se encuentran disponibles todos los meses.

3. Se debe revisar la última versión que incluye los nuevos puntos troncales.

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Respuesta a Observaciones a Pagos de Subtransmisión Septiembre 2013 según D.S.N°14

Dirección de Peajes – CDEC-SIC - 54 - Cuatrienio 2011 – 2014

4. Se acoge la solicitud de SAESA de corregir el retiro clave CDEC06057 correspondiente a la Distribuidora SAESA.

5. El cálculo y determinación de peajes de sistemas adicionales se encuentra pendiente

Respuesta a observaciones AES GENER

(Correo 27 de Noviembre de 2013)

1. Observaciones Generales: a. No se acoge la solicitud de AES GENER de mantener ese nivel de consistencia con las

medidas del Balance de Transferencia, ya que se debe considerar la información que es entregada por los subtransmisores.

b. No se acoge la solicitud de AES GENER de asignar código a las medidas Ajuste, ya que de esta manera queda de forma explícita que estos valores provienen de la aplicación de una fórmula y no son valores informados directamente.

c. Se realizarán las homologaciones en los futuros cálculos. d. Se acoge la solicitud de AES GENER.

2. Observaciones Metodológicas: a. Actualmente se están revisando las metodologías de cálculo del FDP.

3. Observaciones Particulares: SIC1:

a. Se corrige medida del retiro Codelco Salvador en barra Diego de Almagro 110. b. No se acoge la solicitud de AES GENER, ya que esta medida debe considerar el retiro del

Balance de Transferencia con clave CENIZOXI. c. No se acoge la solicitud de quitar la medida CDEC01118 correspondiente a los SSAA de

Cardones 220, ya que estos hacen uso del transformador perteneciente a subtransmisión. d. La medida del retiro es igual a la informada para el balance de transferencias. e. No se acoge la solicitud de quitar la medida CDEC01119 correspondiente a los SSAA de

Maitencillo 220, ya que estos hacen uso del transformador perteneciente a subtransmisión.

f. No se acepta la solicitud de AES GENER debido a que la medida corresponde al medidor ubicado en el extremo de Ovalle 066.

g. No se acoge la solicitud de quitar la medida CDEC01120 correspondiente a los SSAA de Pan de Azúcar 220, ya que estos hacen uso del transformador perteneciente a subtransmisión.

h. Se acoge la solicitud de incorporar el SSAA en Castilla 110. i. Se acoge la solicitud de incorporar la medida correspondiente a la central SubSoleHornitos

en la barra Los Loros 110. SIC2:

a. Se acepta que la medida informada para el balance de transferencia difiere de la medida utilizada en subtransmisión para el retiro con clave CDEC02109 y que no es posible utilizar ya que genera pérdidas negativas en el sistema de COLBUN.

SIC3: a. No se acoge la solicitud, ya que estas medidas corresponden al transformador de Alto

Jahuel y son informadas directamente por TRANSELEC. b. No se acoge la solicitud, ya que la medida es referida desde Los Almendros 220. c. No se acoge la solicitud de incorporar las inyecciones desde Sauzal 110 a Alto Jahuel 110,

ya que esta línea no pertenece al sistema de subtransmisión. d. No se acoge la solicitud de AES GENER, ya que la medida CDEC03130 es considerada desde

la subestación Cerro Navia 110, correspondiente al punto de medida del sistema de subtransmisión.

e. No se acoge la solicitud de AES GENER, ya que la medida correspondiente a la inyección con clave CDEC03116 es informada directamente por su responsable en subtransmisión,

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Respuesta a Observaciones a Pagos de Subtransmisión Septiembre 2013 según D.S.N°14

Dirección de Peajes – CDEC-SIC - 55 - Cuatrienio 2011 – 2014

no así la medida del balance de transferencias que se estima mediante un modelo de pérdidas.

SIC4: a. Se acoge la solicitud de incorporar el retiro de COELCHA en la barra Laja 13,8. b. No se acoge solicitud de AES GENER ya que no se tiene información de retiros asociados a

COELCHA en Charrúa 66. c. El retiro señalado es informado por el subtransmisor en este punto de retiro. d. El retiro señalado no es informado por el subtransmisor. e. No se acoge la solicitud ya que el retiro esta modelado en Tap Longaví 066 con la misma

medida de facturación. f. Se acoge la solicitud de incorporar el retiro correspondiente a la Planta Viñales en el punto

de retiro Constitución 066 g. Se acoge la solicitud de corregir el monto de energía del retiro Papelera del Pacífico en el

punto de retiro San Francisco de Mostazal 15. h. El retiro señalado es informado por el subtransmisor en este punto de retiro. i. Se acepta la solicitud de incorporar el retiro en el punto de suministro Sauzal 110, pero en

el subsistema 3. j. No se acoge la solicitud ya que se debe considerar el valor que proporciona el

subtransmisor. k. No se acoge la solicitud ya que se debe considerar el valor que proporciona el

subtransmisor, además que la medida del balance de transferencias es obtenida mediante el modelo y no informada directamente.

l. Se acoge la solicitud de AES GENER de incorporar los SSAA en el punto de retiro Laja 066. m. No se acoge la solicitud ya que se debe considerar el valor que proporciona el

subtransmisor. n. No se acoge la solicitud ya que se debe considerar el valor que proporciona el

subtransmisor, además que la medida del balance de transferencias es obtenida mediante el modelo y no informada directamente.

o. No se acoge la solicitud ya que se debe considerar el valor que proporciona el subtransmisor para ese punto de inyección.

p. Se acoge la solicitud de AES GENER de incorporar los SSAA en el punto de retiro Rancagua 154.

q. No se acoge la solicitud ya que se debe considerar el valor que proporciona el subtransmisor, además que la medida del balance de transferencias es obtenida mediante el modelo y no informada directamente.

r. No se acoge la solicitud ya que se debe considerar el valor que proporciona el subtransmisor para ese punto de inyección.

s. Se acoge la solicitud de AES GENER de corregir la medida con clave CDEC04332. t. No se acoge la solicitud ya que se debe considerar el valor que proporciona el

subtransmisor para ese punto de inyección. u. El retiro ya está siendo considerado en el retiro de clave CDEC04202. v. No se acoge la solicitud ya que se debe considerar el valor que proporciona el

subtransmisor para ese punto. w. Junto con la medida CDEC04321 representan al medidor del balance de transferencia clave

DIT230a. x. No se acoge la solicitud ya que se debe considerar el valor que proporciona el

subtransmisor para ese punto de inyección. y. El Ajuste 6 representa los retiros ubicados fuera del sistema de subtransmisión que se

encuentran en la barra de retiro Masisa 13,2 y no a la inyección de la central Masisa.

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Respuesta a Observaciones a Pagos de Subtransmisión Septiembre 2013 según D.S.N°14

Dirección de Peajes – CDEC-SIC - 56 - Cuatrienio 2011 – 2014

Respuesta a observaciones ARAUCO BIOENERGIA (Correo 27 de Noviembre de 2013)

1. Se acoge la solicitud de considerar el punto de retiro de la clave CDEC04144 como un punto de

retiro mayor a distribución. 2. Se acoge la solicitud de corregir el punto asignado al retiro CDEC04185. 3. Se acoge la solicitud de corregir el punto asignado al retiro CDEC05006. 4. Se acoge la solicitud de corregir la empresa responsable de informar.