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Derecho Administrativo Responsabilidad DelEstado Boliviano
DERECHO ADMINISTRATIVO
RESPONSABILIDAD DEL ESTADO
BOLIVIANO
CONTENIDO
2 Casos Internacionales
2.1 Familia Pacheco Tineo vs. Estado plurinacional de Bolivia
2.2 Trujillo Oroza Vs. Bolivia
2.3 Ticona Estrada y otros Vs. Bolivia
2. !"sen #$rdenas e !"sen Pe%a Vs. Bolivia
2.& 'z vs Bolivia.
Derecho romano
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RESPONSABILIDAD DEL ESTADO
2.- CASOS INTERNACIONALES
2.1 Familia Pacheco Tineo vs. Estado plurinacional de BoliviaVictimas Rumaldo Juan Pacheco Osco y otros
Estado (emandado Bolivia Bolivia
)esumen El caso trata sobre la expulsión de Bolivia de la Familia
Pacheco Tineo, quienes aos antes hab!an renunciado a su
condición de re"u#iados$ %a expulsión se debió al in#reso
como mi#rantes irre#ulares, adem&s de tener una orden de
captura en su contra por parte del Estado peruano$
*echos
'El seor Rumaldo Pacheco y la seora Fredesvinda Tineo "ueron procesados y detenidos en
Per( por la supuesta comisión de delitos de terrorismo a inicios de )**+$ Tras la absolución y
liberación en octubre de )**, los seores Pacheco Tineo in#resaron a Bolivia, -unto con sus
dos hi-as y obtuvieron por la .omisión /acional del Re"u#iado 0.O/1RE2, el
reconocimiento del estatuto de re"u#iados$
' El 3 de mar4o de )**5 el seor Rumaldo Pacheco "irmó una declaración -urada 6de
repatriación voluntaria7, tras lo cual, la "amilia Pacheco Tineo salió del territorio boliviano
hacia la Rep(blica de .hile, donde se les reconoció el estatuto de re"u#iados$ En de "ebrero de
8++) Rumaldo Juan Pacheco Osco y Fredesvinda Tineo 9odos salieron de la Rep(blica de
.hile hacia el Per(, con la "inalidad de #estionar su posible retorno al pa!s de su nacionalidad,
actuali4ar sus documentos pro"esionales, revisar al#unas inversiones que ten!an en el Per( y#estionar la posibilidad de conse#uir al#(n empleo$
' %a "amilia Pacheco Tineo in#resó a Bolivia el )* de "ebrero de 8++) desde el Per($
:ndicaron que salieron de Per( al darse cuenta de que estaban en situación ries#osa todav!a,
considerando que la sentencia dictada, y que ordenaba su detención, no hab!a sido anulada ni
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archivado el caso, lo que les "ue comunicado por su abo#ado en Per($ %a "amilia cru4ó la
"rontera Per('Bolivia sin pasar por control mi#ratorio de entrada en Bolivia$ %os seores
Pacheco Tineo se presentaron en la o"icina del ;ervicio /acional de <i#ración 0;E/1<:92
de Bolivia en %a Pa4 para re#ulari4ar sus documentos, in"ormar sobre su intención de cru4ar el
territorio boliviano para lle#ar a .hile y solicitar apoyo para su traslado$ ;in embar#o, el 8+ de
"ebrero de 8++) la seora Fredesvinda Tineo 9odos "ue detenida y posteriormente conducida a
celdas policiales$ El 8) de "ebrero de 8++) "ue interpuesto un recurso de habeas corpus en
nombre de la seora Fredesvinda Tineo$ El 88 de "ebrero el Ju4#ado declaró procedente el
recurso de habeas corpus$ =n mes despu>s, el Tribunal .onstitucional se pronunció en
revisión sobre la re"erida resolución de 88 de "ebrero, en la cual con"irmó parcialmente la
procedencia del recurso, con "undamento en la "alta de competencia de la autoridad mi#ratoria
para detener personas$
' El 8? de "ebrero de 8++) el Fiscal de <ateria de la Fiscal!a del @istrito de %a Pa4 emitió un
requerimiento "iscal diri#ido al @irector del ;E/1<:9, solicitando la expulsión de la "amilia
Pacheco$ En la misma "echa, el ;E/1<:9 emitió la Resolución /o$ )?A8++) mediante la
cual resolvió 6expulsar del territorio nacional7 a todos los miembros de la "amilia Pacheco
Tineo 6por trans#redir leyes y normas mi#ratorias le#ales en vi#encia7$ 1 pesar de que el
.onsulado .hileno expuso la condición de la "amilia Pacheco Tineo como re"u#iados por el
Estado chileno, el 83 de "ebrero "ue e-ecutada la orden de expulsión$ =na ve4 en territorio
peruano, la "amilia Pacheco Tineo "ue entre#ada a autoridades mi#ratorias y policiales en el
Per($
' El ) y el C de a#osto de 8++), respectivamente, Rumaldo Juan Pacheco Osco y Fredesvinda
Tineo 9odos in#resaron a la Rep(blica de .hile$ 1ctualmente la "amilia Pacheco Tineo reside
en .hile, con 6permanencia de"initiva7 en este pa!s desde el )? de mayo de 8++8$ El seor
Rumaldo Pacheco mani"estó que han re#resado al menos anualmente al Per( y, desdeentonces, no han tenido inconvenientes en este pa!s$
Procedimiento en la #orte !nteramericana de (erechos humanos
' Fecha de remisión del caso a la .orte :@D 8) de "ebrero de 8+)8
' Petitorio de la .:@D la .omisión solicitó a la .orte que declare la responsabilidad
internacional del Estado por la violación de los derechos a las #arant!as -udiciales, a solicitar
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asilo y a la #arant!a de no devolución, reconocidos en los art!culos 5, 88$C y 88$5 de la
.onvención 1mericana, en per-uicio de Rumaldo Juan Pacheco Osco y Fredesvinda Tineo
9odos y de Frida Edith, Juana 9uadalupe y Juan Ricardo Pacheco Tineo del derecho a la
protección -udicial y el derecho a la inte#ridad ps!quica y moral, reconocidos en los art!culos
8 y $) de la .onvención, en su per-uicio as! como por la violación de la obli#ación de
protección especial de los nios y nias, reconocida en el art!culo )* de la .onvención, en
per-uicio de las nias y nio, todos en relación con el art!culo )$) de la misma$
1dicionalmente, la .omisión solicitó al Tribunal que ordene al Estado determinadas medidas
de reparación contenidas en su :n"orme$
' Petitorio de los representantes de las v!ctimas los representantes, adem&s de coincidir, en
#eneral y se#(n sus propias apreciaciones, con las violaciones ale#adas por la .omisión,
ale#aron la violación de los derechos a la inte#ridad "!sica y protección de la "amilia,
reconocidos en los art!culos $8 y )C de la .onvención, y del principio de le#alidad,
reconocido en el art!culo * de la .onvención 1mericana, en relación con los art!culos )$) y 8
de la misma, en per-uicio de las presuntas v!ctimas$
' Fecha de audiencia ante la .orte :@D )* y 8+ de mar4o de 8+)?
)eparaciones
%a .orte dispone que
' Esta ;entencia constituye per se una "orma de reparación$
' El Estado Plurinacional de Bolivia debe reali4ar las publicaciones de la presente ;entencia
se#(n lo dispuesto en el p&rra"o 8A8 de la misma$
' El Estado Plurinacional de Bolivia debe implementar pro#ramas permanentes de
capacitación diri#idos a los "uncionarios de la @irección /acional de <i#ración y .omisión
/acional de Re"u#iados, as! como a otros "uncionarios que en ra4ón de sus "unciones ten#an
contacto con personas mi#rantes o solicitantes de asilo, en los t>rminos de los p&rra"os 8A* y
8C+ de la presente ;entencia$
' El Estado Plurinacional de Bolivia debe pa#ar las cantidades "i-adas en el p&rra"o 85 de la
presente ;entencia por concepto de dao material e inmaterial, en los t>rminos de los re"eridos
p&rra"os y de los p&rra"os 8*3 a 8*5 de la misma, as! como reinte#rar la cantidad establecida
en el p&rra"o 8*? de esta ;entencia al Fondo de 1sistencia %e#al de G!ctimas$
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' En e-ercicio de sus atribuciones y en cumplimiento de sus deberes con"orme a la .onvención
1mericana, la .orte supervisar& el cumplimiento !nte#ro de esta ;entencia, y dar& por
concluido el presente caso una ve4 que el Estado Plurinacional de Bolivia haya dado cabal
cumplimiento a lo dispuesto en la misma$
' El Estado Plurinacional de Bolivia debe rendir a la .orte un in"orme sobre las medidas
adoptadas para darle cumplimiento dentro del pla4o de un ao, contado a partir de la
noti"icación de esta ;entencia$
Puntos )esolutivos
%a .orte decide que
' %as excepciones preliminares interpuestas por el Estado Plurinacional de Bolivia son
improcedentes, en los t>rminos de los p&rra"os ), 8) a 8, 8*, ??, ?5, ?* y 3) de la presente
;entencia$
%a .orte declara que
' El Estado Plurinacional de Bolivia es responsable por la violación del derecho a buscar y
recibir asilo, del principio de no devolución 0contenidos en el derecho de circulación y
residencia2 y de los derechos a las #arant!as -udiciales y a la protección -udicial, reconocidos
en los art!culos 88$C, 88$5, 5 y 8 de la .onvención 1mericana, en relación con el art!culo )$)
del mismo instrumento, en per-uicio del seor Rumaldo Juan Pacheco Osco, de la seora
Fredesvinda Tineo 9odos, y de Frida Edith, Juana 9uadalupe y Juan Ricardo, los tres de
apellido Pacheco Tineo, en los t>rminos de los p&rra"os )8A a )** de la presente ;entencia$
' El Estado Plurinacional de Bolivia es responsable por la violación del derecho a la inte#ridad
ps!quica y moral, reconocido en el art!culo $) de la .onvención 1mericana, en relación con el
art!culo )$) de la misma, en per-uicio del seor Rumaldo Juan Pacheco Osco, de la seora
Fredesvinda Tineo 9odos, y de Frida Edith, Juana 9uadalupe y Juan Ricardo, los tres de
apellido Pacheco Tineo, en los t>rminos de los p&rra"os 8+A a 8+5 de la presente ;entencia$
' El Estado Plurinacional de Bolivia es responsable por la violación del derecho a la
protección de los nios y de la "amilia, reconocidos en los art!culos )* y )C de la .onvención
1mericana, en relación con los art!culos 5$), 88$C, 88$5, 8 y )$) de la misma, en per-uicio de
Frida Edith, Juana 9uadalupe y Juan Ricardo, todos de apellido Pacheco Tineo, en los
t>rminos de los p&rra"os 8)A a 88* de la presente ;entencia$
' El Estado Plurinacional de Bolivia no es responsable por la ale#ada violación del derecho a
la inte#ridad "!sica, reconocido en el art!culo $8 de la .onvención 1mericana, por las ra4ones
sealadas en los p&rra"os 8+3 a 8+A y 8+5 de la presente ;entencia$
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' /o corresponde anali4ar los hechos ba-o los art!culos * y 8 de la .onvención 1mericana, por
las ra4ones sealadas en el p&rra"o 8?C de la presente ;entencia$
2.2 Trujillo Oroza Vs. Bolivia
Victimas Jos> .arlos Tru-illo Oro4a y sus "amiliares
Estado (emandado Bolivia Bolivia
)esumen El caso se re"iere a la responsabilidad internacional del Estado
por la desaparición "or4ada de Jos> .arlos Tru-illo Oro4a por
parte de a#entes militares, as! como la "alta de investi#ación y
sanción de los responsables$
(erechos Violados .onvención :nteramericana de derechos humanos
1rt!culo ) 0Obli#ación de respetar los derechos$2 , 1rt!culo 8
0Protección Judicial2 , 1rt!culo ? 0@erecho al reconocimiento
de la personalidad -ur!dica2 , 1rt!culo 3 0@erecho a la vida2 ,
1rt!culo 0@erecho a la :nte#ridad Personal2 , 1rt!culo C
0@erecho a la libertad personal2 , 1rt!culo 5 09arant!as
Judiciales2
*echos
' %os hechos del presente caso se re"ieren a la detención ile#al el 8? de diciembre de )*C) deJos> .arlos Tru-illo Oro4a, estudiante de "iloso"!a en la =niversidad <ayor de ;an 1ndr>s y
su posterior desaparición$ Fue visto por (ltima ve4 el 8 de "ebrero de )*C8 en ;anta .ru4,
Bolivia$
' @urante su detención Jos> .arlos Tru-illo Oro4a "ue ob-eto de torturas y a la "echa de la
emisión de la presente ;entencia se encuentra desaparecido$
' %a madre de Jos> .arlos Tru-illo Oro4a es 1ntonia 9ladys Oro4a de ;olón Romero, su
padre adoptivo o padrastro es Halter ;olón Romero 9on4ales, y sus hermanos son Pablo EricI
;olón Romero Oro4a y Halter ;olón Romero Oro4a$ ;u padre adoptivo o padrastro murió el
8C de -ulio de )***$
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' 9ladys Oro4a de ;olón Romero, madre de la v!ctima, su"rió, como consecuencia de los
hechos del presente caso, padecimientos de salud para cuyo tratamiento reali4ó una serie de
#astos m>dicos$ ;u"rió daos materiales e inmateriales por la detención, tortura, desaparición
"or4ada y muerte de >ste, y debido a la impunidad que subsiste en este caso$ El padre adoptivoy los hermanos de Jos> .arlos Tru-illo Oro4a su"rieron daos inmateriales por la detención,
tortura, desaparición "or4ada y muerte de >ste, y debido a la impunidad que subsiste en este
caso$
' %os "amiliares de Jos> .arlos Tru-illo Oro4a han reali4ado y si#uen reali4ando #estiones para
buscar a la v!ctima y han participado en dili#encias -udiciales pertinentes con"orme al derecho
interno$
Procedimiento en la #orte !nteramericana de (erechos humanos
' Fecha de remisión del caso a la .orte :@D * de -unio de )***
' Petitorio de la .:@D %a .:@D presentó la demanda en este caso con el ob-eto de que la
.orte :@D decidiera si el Estado violó los derechos consa#rados en los art!culos ?, 3, $) y
$8, C, 5$) y 8 en relación con el art!culo )$) de la .onvención 1mericana$
' Petitorio de los representantes de las v!ctimas El representante de la v!ctima coincidió con el
petitorio de la .:@D$
' Fecha de audiencia ante la .orte :@D 8 de enero de 8+++
)eparaciones
%a .orte decide,
' ue el Estado debe emplear todos los medios necesarios para locali4ar los restos mortales de
la v!ctima y entre#arlos a sus "amiliares, con el "in de que >stos puedan darle una adecuada
sepultura$
' ue el Estado debe tipi"icar el delito de desaparición "or4ada de personas en su
ordenamiento -ur!dico interno$
' ue el Estado debe investi#ar, identi"icar y sancionar a los responsables de los hechos
lesivos de que trata el presente caso$
' ue el Estado debe publicar en el @iario O"icial la sentencia sobre el "ondo dictada el 8A de
enero de 8+++$
' ue el Estado debe adoptar, de acuerdo con el art!culo 8 de la .onvención, aquellas medidas
de protección de los derechos humanos que ase#uren el e-ercicio libre y pleno de los derechos
a la vida, la libertad e inte#ridad personales y la protección y #arant!as -udiciales, con el "in de
evitar que ocurran en el "uturo hechos lesivos como los del presente caso$
' ue el Estado debe dar o"icialmente el nombre de Jos> .arlos Tru-illo Oro4a a un centro
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educativo de la ciudad de ;anta .ru4$
' ue el Estado debe pa#ar, por concepto de dao inmaterial
a2 la cantidad de =;K)++$+++,++ o su equivalente en moneda boliviana, a 9ladys Oro4a de
;olón Romero, en su condición de derechohabiente de Jos> .arlos Tru-illo Oro4a b2 la cantidad de =;K5+$+++,++ o su equivalente en moneda boliviana, a 9ladys Oro4a de
;olón Romero
c2 la cantidad de =;K8$+++,++ o su equivalente en moneda boliviana, para que sea distribuida
por partes i#uales entre 9ladys Oro4a de ;olón Romero, Pablo EricI ;olón Romero Oro4a y
Halter ;olón Romero Oro4a, y les sea entre#ada en su condición de derechohabientes de
Halter ;olón Romero 9on4ales
d2 la cantidad de =;K8+$+++,++ o su equivalente en moneda boliviana, a Pablo EricI ;olón
Romero Oro4a y
e2 la cantidad de =;K8+$+++,++ o su equivalente en moneda boliviana, a Halter ;olón Romero
Oro4a$
' ue el Estado debe pa#ar, por concepto de dao material
a2 la cantidad de =;K)?+$+++,++ o su equivalente en moneda boliviana, a 9ladys Oro4a de
;olón Romero, en su condición de derechohabiente de Jos> .arlos Tru-illo Oro4a y en
relación con los in#resos de-ados de percibir por este (ltimo a causa de los hechos de este
caso
b2 la cantidad de =;K?$+++,++ o su equivalente en moneda boliviana, a 9ladys Oro4a de
;olón Romero, por concepto de #astos e"ectuados en la b(squeda de la v!ctima y
c2 la cantidad de =;K8+$+++,++ o su equivalente en moneda boliviana, a 9ladys Oro4a de;olón Romero, por los #astos m>dicos causados por los hechos de este caso$
' ue el Estado debe pa#ar, por concepto de costas y #astos, a la seora 9ladys Oro4a de
;olón Romero, la cantidad de =;K$3++,++ o su equivalente en moneda boliviana, y al .entro
por la Justicia y el @erecho :nternacional 0.EJ:%2, representante de la v!ctima y sus
"amiliares, la cantidad de =;K3$+++,++ o su equivalente en moneda boliviana$
' ue el Estado debe dar cumplimiento a las medidas de reparación ordenadas en la ;entencia
de Reparaciones y .ostas dentro del pla4o de seis meses contado a partir de la noti"icación de
la misma$ %a tipi"icación del delito de desaparición "or4ada de personas se deber& reali4ar en
un pla4o ra4onable$' ue los pa#os ordenados en la ;entencia de Reparaciones y .ostas estar&n exentos de
cualquier #ravamen o impuesto existente o que lle#ue a existir en el "uturo$
' ue la .orte :nteramericana de @erechos Dumanos supervisar& el cumplimiento de
;entencia de Reparaciones y .ostas y dar& por concluido el presente caso una ve4 que el
Estado haya dado cabal aplicación a lo dispuesto en ella$ @entro de un pla4o de nueve meses
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contado a partir de la noti"icación de la ;entencia de Reparaciones y .ostas, el Estado deber&
rendir a la .orte un in"orme sobre las medidas tomadas para darle cumplimiento a dicha
;entencia$
Puntos )esolutivos
Puntos Resolutivos
%a .orte decide,
' 1dmitir la aceptación de los hechos y el reconocimiento de responsabilidad e"ectuados por
el Estado$
' @eclarar, con"orme a los t>rminos del reconocimiento de responsabilidad por parte del
Estado, que >ste violó, en per-uicio de las personas citadas en el p&rra"o ) de la ;entencia de
Fondo, y se#(n lo establecido en dicho p&rra"o, los derechos prote#idos por los art!culos )$),
?, 3, $) y $8, C, 5$) y 8 de la .onvención 1mericana sobre @erechos Dumanos$
2.3 Ticona Estrada y otros Vs. Bolivia
Victimas Renato Ticona Estrada y sus "amiliares
Estado (emandado Bolivia Bolivia
)esumen El caso se re"iere a la responsabilidad internacional del Estado
por la desaparición "or4ada de Renato Ticona Estrada por
parte de a#entes militares, as! como por la "alta de
investi#ación y sanción de los responsables$
(erechos Violados .onvención interamericana de derechos humanos
1rt!culo ) 0Obli#ación de respetar los derechos$2 , 1rt!culo 8
0@eber de adoptar disposiciones de derecho interno2 , 1rt!culo
8 0Protección Judicial2 , 1rt!culo ? 0@erecho al
reconocimiento de la personalidad -ur!dica2 , 1rt!culo 3
0@erecho a la vida2 , 1rt!culo 0@erecho a la :nte#ridad
Personal2 , 1rt!culo C 0@erecho a la libertad personal2 ,
1rt!culo 5 09arant!as Judiciales2
*echos
' %os hechos del presente caso se enmarcan en un contexto de #obierno militar tras un #olpe
de Estado en -ulio de )*5+$ ;e desple#ó una pol!tica plani"icada de intimidación, acoso y
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exterminio contra miembros del <ovimiento de :4quierda /acional y otros opositores
utili4ando para ello #rupos armados irre#ulares o paramilitares$
' El 88 de -ulio de )*5+ una patrulla militar detuvo en las horas de la noche a Renato Ticona,
estudiante de 8 aos de edad, y a su hermano mayor Du#o Ticona, cerca al puesto de control
de .ala'.ala, Oruro, mientras se diri#!an a ;acaca, Potosi$ Posteriormente, a#entes estataleslos despo-aron de sus pertenencias y los #olpearon$ 1l momento de su detención, no les
in"ormaron a los hermanos Ticona Estrada de los car#os en su contra ni los pusieron a
disposición de autoridad -udicial competente$
- Luego de propinarles durante varias horas fuertes maltratos, los agentes
estatales los trasladaron a las ocinas del Servicio Especial de Seguridad.
Esta fue la ltima ve! "ue #ugo $icona o cual"uier otro familiar tuvo
conocimiento del paradero de Renato $icona. A pesar de "ue sus
familiares interpusieron una serie de recursos, no se reali!aron ma%ores
investigaciones ni se sancionaron a los responsable de los hechos.Procedimiento en la #orte !nteramericana de (erechos humanos
' Fecha de remisión del caso a la .orte :@D 5 de a#osto de 8++C
' Petitorio de la .:@D %a .:@D presentó la demanda en este caso con el ob-eto de que la
.orte :@D decidiera si el Estado violó los derechos consa#rados en los art!culos , 5 y 8 de
la .onvención 1mericana, en per-uicio de los "amiliares de Renato Ticona, espec!"icamente de
sus padres, <ar!a Donoria Estrada Fi#ueroa de Ticona y .>sar Ticona Olivares, as! como sus
hermanos, Du#o Ticona, Bet4y Ticona Estrada y Rodo Ticona Estrada$ Todo lo anterior, en
relación con las obli#aciones #enerales de respetar y #aranti4ar los derechos contenidas en el
art!culo )$)$
' Petitorio de los representantes de las v!ctimas %os representantes de las v!ctimas solicitaron
que la .orte :@D declarara que el Estado violó los derechos consa#rados en los art!culos ?, 3,
, C, 5 y 8 de la .onvención 1mericana, as! como los art!culos :, ::: y L: de la .onvención
:nteramericana sobre @esaparición For4ada de Personas, en per-uicio de Renato Ticona
Estrada$
' Fecha de audiencia ante la .orte :@D )? de a#osto de 8++5)eparaciones
%a .orte dispone que,
' %a ;entencia de Fondo, Reparaciones y .ostas constituye, per se, una "orma de reparación$
' El Estado debe continuar con la tramitación del proceso penal se#uido por la desaparición
"or4ada de Renato Ticona Estrada, de manera que >ste concluya en el m&s breve pla4o, a partir
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de la noti"icación de la ;entencia de Fondo, Reparaciones y .ostas$
' El Estado debe investi#ar los hechos ocurridos a Du#o Ticona Estrada, e identi"icar, -u4#ar y,
en su caso, sancionar a los responsables, en el m&s breve pla4o, a partir de la noti"icación de la
;entencia de Fondo, Reparaciones y .ostas$
' El Estado debe proceder a la b(squeda de Renato Ticona Estrada de manera expedita y
e"ectiva$
' El Estado debe publicar en el @iario O"icial y en otro diario de amplia circulación nacional,
por una sola ve4, del cap!tulo :, su t!tulo y los p&rra"os ) al del cap!tulo :::, su t!tulo y los
p&rra"os )8, )3, 88 a 8C, el cap!tulo G:, del cap!tulo G::, su t!tulo y sus subt!tulos
correspondientes y los p&rra"os C? a CA, 58 al 5, 5C a 55, y * a *5 y del cap!tulo G:::, su
t!tulo y los p&rra"os )+3 y )+ de la ;entencia de Fondo, Reparaciones y .ostas, sin las notas
al pie de p&#ina correspondientes, y los puntos resolutivos de la misma, en el pla4o de A
meses, contado a partir de la noti"icación del "allo$
' El Estado debe implementar e"ectivamente los convenios de prestación de tratamiento
m>dico y psicoló#ico requerido por Donoria Estrada de Ticona, .>sar Ticona Olivares, Du#o
Ticona Estrada, Bet4y Ticona Estrada y Rodo Ticona Estrada$
' El Estado debe dotar, dentro de un pla4o ra4onable, de los recursos humanos y materiales
necesarios al .onse-o :nterinstitucional para el Esclarecimiento de @esapariciones For4adas$
Para estos e"ectos, el Estado deber& establecer, en um pla4o de un ao, una propuesta concretacon un pro#rama de acción y plani"icación
Puntos )esolutivos
%a .orte declara que,
' 1cepta el reconocimiento parcial de responsabilidad internacional e"ectuado por el Estado$
' El Estado violó los derechos a la libertad personal, inte#ridad personal y vida consa#rados en
los art!culos C, $), $8 y 3$) de la .onvención 1mericana sobre @erechos Dumanos, en
relación con el art!culo )$) de la misma, as! como incumplió sus obli#aciones con"orme alart!culo :$a2 de la .onvención :nteramericana sobre @esaparición For4ada de Personas, en
per-uicio de Renato Ticona Estrada$
' El Estado no violó el derecho al reconocimiento de la personalidad -ur!dica consa#rado en el
art!culo ? de la .onvención 1mericana sobre @erechos Dumanos$
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' /o se encontró demostrado que el Estado incumplió sus obli#aciones con"orme al art!culo
L: de la .onvención :nteramericana sobre @esaparición For4ada de Personas$
' El Estado violó los derechos a las #arant!as -udiciales y a la protección -udicial consa#rados
en los art!culos 5$) y 8$) de la .onvención 1mericana sobre @erechos Dumanos en relacióncon el art!culo )$) de la misma, as! como incumplió sus obli#aciones con"orme al art!culo :$b2
de la .onvención :nteramericana sobre @esaparición For4ada de Personas, en per-uicio de
Donoria Estrada de Ticona, .>sar Ticona Olivares, Du#o Ticona Estrada, Bet4y Ticona
Estrada y Rodo Ticona Estrada, en per-uicio de Renato Ticona Estrada$
' El Estado violó el derecho a la inte#ridad personal consa#rado en el art!culo $) de la
.onvención 1mericana sobre @erechos Dumanos en relación con el art!culo )$) de la misma,
en per-uicio de Donoria Estrada de Ticona, .>sar Ticona Olivares, Du#o Ticona Estrada,
Bet4y Ticona Estrada y Rodo Ticona Estrada$
' El Estado violó los derechos a las #arant!as -udiciales y a la protección -udicial consa#rados
en los art!culos 5$) y 8$) de la .onvención 1mericana sobre @erechos Dumanos en relación
con el art!culo )$) de la misma, en per-uicio de Du#o Ticona Estrada$
' El Estado incumplió las obli#aciones establecidas en los art!culos :$d2 y ::: de la .onvención
:nteramericana sobre @esaparición For4ada de Personas, en relación con el art!culo 8 de la
.onvención 1mericana sobre @erechos Dumanos$
2. !"sen #$rdenas e !"sen Pe%a Vs. Bolivia
Victimas Rainer Ibsen Cárdenas, José Luis Ibsen Peña y sus familiares
Estado (emandado Bolivia Bolivia
)esumen El caso se re"iere a la responsabilidad internacional del Estado
por desaparición "or4ada de Rainer :bsen .&rdenas y la
muerte de Jos> %uis :bsen Pea, as! como por la "alta de
investi#ación y sanción de los responsables$
(erechos Violados .onvención interamericana de derechos humanos
1rt!culo ) 0Obli#ación de respetar los derechos$2 , 1rt!culo 83
0:#ualdad ante la ley2 , 1rt!culo 8 0Protección Judicial2 ,
1rt!culo ? 0@erecho al reconocimiento de la personalidad
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-ur!dica2 , 1rt!culo 3 0@erecho a la vida2 , 1rt!culo 0@erecho
a la :nte#ridad Personal2 , 1rt!culo C 0@erecho a la libertad
personal2 , 1rt!culo 5 09arant!as Judiciales2
*echos
' %os hechos del presente caso se enmarcan en la dictadura militar del entonces .oronel Du#o
Ban4er ;u&re4, iniciada en a#osto de )*C)$ 1 lo lar#o de esa >poca se cometieron numerosas
violaciones a los derechos humanos en el marco de una pol!tica de represión a #rupos y
personas que eran identi"icados por el #obierno como enemi#os u opositores del r>#imen$
' Para el ao )*C) el seor Rainer :bsen .&rdenas se encontraba estudiando una carrera
universitaria$ En octubre de dicho ao, "ue detenido$en la ciudad de ;anta .ru4,
supuestamente por ser miembro del E->rcito de %iberación /acional$ El seor :bsen .&rdenas
estuvo privado de su libertad aproximadamente nueve meses$ En el mes de -unio de )*C8 se
llevó a cabo la e-ecución extra-udicial de al menos tres de los detenidos en ese lu#ar$ Entre
estas personas habr!a estado el seor Rainer :bsen .&rdenas, quien "alleció al recibir diversosdisparos en el cr&neo %os restos que pertenec!an al seor :bsen .&rdenas "ueron entre#ados a
una institución civil y no a sus "amiliares$ El 88 de -unio de )*C8 se publicó en los medios
que el seor :bsen .&rdenas hab!a "allecido aparentemente en un intento de "u#a$
' El )+ de "ebrero de )*C? Jos> %uis :bsen Pea, de 3C aos de edad y padre de Rainer :bsen
.&rdenas, "ue detenido por a#entes de se#uridad del Estado que le ordenaron que los
acompaara$ Jos> %uis :bsen Pea "ue llevado a las instalaciones del centro de detención de
El Pari, ubicado en la ciudad de ;anta .ru4, Bolivia$ El 85 de "ebrero de )*C? a#entes
estatales in"ormaron a sus "amiliares que Jos> %uis :bsen Pea hab!a salido exiliado a Brasil$
1l respecto, <artha .astro <endo4a, su esposa, acudió al consulado de dicho Estado en
Bolivia, en donde le in"ormaron que no hab!a salido nin#(n preso pol!tico a dicho pa!s$ @esdeese entonces sus "amiliares no tienen conocimiento de su paradero$
- El paradero del se&or Rainer 'bsen ()rdenas fue establecido en el a&o
*++, cuando sus restos fueron locali!ados, identicados % entregados a
sus familiares. A pesar de los distintas acciones udiciales presentadas, se
desconoce el paradero de os/ Luis 'bsen 0e&a % no se han sancionado a
los responsables.Procedimiento en la #orte !nteramericana de (erechos humanos
' Fecha de remisión del caso a la .orte :@D )8 de mayo de 8++*$
' Petitorio de la .:@D %a .:@D presentó la demanda en este caso con el ob-eto de que la
.orte :@D decidiera si el Estado violó los derechos consa#rados en los art!culos ?, 3, C, 5, 8
en relación al art!culo )$) de la .onvención 1mericana$
' Fecha de audiencia ante la .orte :@D )? de abril de 8+)+
)eparaciones
%a .orte dispone
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' ue la ;entencia de Fondo, Reparaciones y .ostas constituye per se una "orma de
reparación$
' ue en cumplimiento de su obli#ación de remover todos los obst&culos, de "acto y de -ure,que mantienen la impunidad respecto a la tortura y ve-aciones a que "ue sometido Jos> %uis
:bsen Pea, el Estado deber& iniciar las investi#aciones que sean necesarias para determinar,
dentro de un pla4o ra4onable, todas las responsabilidades que correspondan por su detención
y posterior desaparición$
' ue en cumplimiento de su obli#ación de remover todos los obst&culos, de "acto y de -ure,
que mantienen la impunidad respecto al homicidio y desaparición "or4ada de Rainer :bsen
.&rdenas, el Estado deber& iniciar las investi#aciones que sean necesarias para determinar lo
sucedido y aplicar e"ectivamente las sanciones y consecuencias que correspondan, dentro de
un pla4o ra4onable$
' ue el Estado deber& continuar con la b(squeda e"ectiva del paradero del seor Jos> %uis
:bsen Pea$
' ue el Estado deber& publicar por una sola ve4 en el @iario O"icial los p&rra"os ) a , 8? a
8*, ??, ?3, ?A a ?5, + a C, AC, A5, C) a C, 5+ a 58, 53 a *8, *3, )+8 a ))), )), ))A, ))5,
))*, )88, )8A, )85 a )??, ) a )A?, )A a )C3, )CC, )C5, )5+ a )53, )5* a )*), )*? a )*,
)*C a 8+8, 8+ a 8)8, 8)3 a 88A, 8?) y 8?8 de la ;entencia de Fondo, Reparaciones y .ostas,
incluyendo los nombres de cada cap!tulo y el apartado respectivo, sin las notas al pie de p&#ina, y la parte resolutiva de la misma, publicar en un diario de amplia circulación nacional
el resumen o"icial de la ;entencia de Fondo, Reparaciones y .ostas, y publicar !nte#ramente
este Fallo en un sitio Meb adecuado$
' ue el Estado deber& acordar con los "amiliares de los seores Rainer :bsen .&rdenas y
Jos> %uis :bsen Pea la desi#nación de un lu#ar p(blico con los nombres de ambos, en el cual
se deber& colocar una placa en la que se ha#a alusión a esta ;entencia, a los hechos del caso y
a las circunstancias en que ocurrieron$
' ue el Estado deber& brindar atención m>dica y psicoló#ica o psiqui&trica #ratuita y de
"orma inmediata, adecuada y e"ectiva, a trav>s de sus instituciones p(blicas de salud
especiali4adas, a las v!ctimas declaradas en el presente Fallo que as! lo soliciten$
' ue el Estado deber& implementar, en un pla4o ra4onable y con la respectiva disposición
presupuestaria, un pro#rama de "ormación sobre la debida investi#ación y -u4#amiento de
hechos constitutivos de desaparición "or4ada de personas, diri#ido a los a#entes del
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<inisterio P(blico y a los -ueces del Poder Judicial de Bolivia que ten#an competencia en la
investi#ación y -u4#amiento de hechos como los ocurridos en el presente caso, con el "in de
que dichos "uncionarios cuenten con los elementos le#ales, t>cnicos y cient!"icos necesarios
para evaluar inte#ralmente la pr&ctica de la desaparición "or4ada$
' ue el Estado deber& pa#ar a Rainer :bsen .&rdenas =; K)?+,+++$++ por concepto de dao
material a Jos> %uis :bsen Pea, =; KC,+++$++ por concepto de dao material =;
K,+++$++ por los #astos incurridos a ra!4 de las violaciones declaradas en el presente caso,
esta cantidad deber& ser entre#ada en partes i#uales a Rebeca, Tito y Raquel :bsen .astro =;
K5+,+++$++ a "avor de cada uno de los seores Rainer :bsen .&rdenas y Jos> %uis :bsen Pea,
como compensación por concepto de dao inmaterial$ 1 su ve4, por el mismo concepto, =;
K+,+++$++ a "avor de la seora <artha .astro <endo4a, as! como la compensación de =;
K3+,+++$++ a "avor de cada uno de los seores Rebeca :bsen .astro, Tito :bsen .astro y
Raquel :bsen .astro, ya que el dao a >stos sur#e de las violaciones cometidas en per-uicio de
dos miembros de un mismo n(cleo "amiliar$ 1dem&s, que el Estado debe entre#ar la cantidad
de =; K),+++$++ a Rebeca :bsen .astro por concepto de las costas y #astos incurridos
durante el proceso penal interno$ 1simismo, el Estado deber& entre#ar la cantidad de =;
K)+,+++$++ a Tito :bsen .astro por concepto de costas y #astos, quien deber& entre#ar a su
ve4, la cantidad que estime adecuada a quienes "ueron los representantes de la "amilia :bsen
en el proceso ante el ;istema :nteramericano$
' ue la .orte supervisar& el cumplimiento !nte#ro de la ;entencia de Fondo, Reparaciones y
.ostas, en e-ercicio de sus atribuciones y en cumplimiento de sus deberes con"orme a la
.onvención 1mericana, y dar& por concluido el presente caso una ve4 que el Estado hayadado cabal cumplimiento a lo dispuesto en la misma$ El Estado deber&, dentro del pla4o de un
ao contado a partir de la noti"icación de la ;entencia de Fondo, Reparaciones y .ostas,
rendir al Tribunal un in"orme sobre las medidas adoptadas para cumplir con la misma$
Puntos )esolutivos
%a .orte decide,
' 1ceptar el reconocimiento parcial de responsabilidad internacional e"ectuado por el Estado$
' 1ceptar las medidas de reparación implementadas por el Estado$
%a .orte declara,
' ue el Estado es responsable de la violación de los derechos a la libertad personal, a la
inte#ridad personal, al reconocimiento de la personalidad -ur!dica y a la vida, consa#rados en
los art!culos C$), $), $8, ? y 3$) de la .onvención 1mericana sobre @erechos Dumanos, en
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relación con el art!culo )$) de la misma y con los art!culos :$a2 y L: de la .onvención
:nteramericana sobre @esaparición For4ada de Personas, en per-uicio de los seores Rainer
:bsen .&rdenas y Jos> %uis :bsen Pea$
' ue el Estado es responsable por la violación del derecho a la inte#ridad personalconsa#rado en los art!culos $) y $8 de la .onvención 1mericana sobre @erechos Dumanos,
en relación con el art!culo )$) de la misma, en per-uicio de la seora <artha .astro <endo4a
y de los seores Rebeca, Tito y Raquel, todos de apellidos :bsen .astro$
' ue el Estado es responsable por la violación de los derechos a las #arant!as -udiciales y a
la protección -udicial, reconocidos en los art!culos 5$) y 8$) de la .onvención 1mericana
sobre @erechos Dumanos, en relación con los art!culos )$) y 8 de la misma y el art!culo :$b2
de la .onvención :nteramericana sobre @esaparición For4ada de Personas, en per-uicio de la
seora <artha .astro <endo4a y de los seores Rebeca, Tito y Raquel, todos de apellidos
:bsen .astro$
2.&MZ VS BOLIVIA.
Victimas
Estado (emandado Bolivia Bolivia
)esumen El caso se re"iere a la responsabilidad internacional del Estado
por desaparición "or4ada de Rainer :bsen .&rdenas y la
muerte de Jos> %uis :bsen Pea, as! como por la "alta de
investi#ación y sanción de los responsables$
(erechos Violados %a peticionaria ale#a que los hechos denunciados con"i#uran
la violación de varias disposiciones de la .onvención
1mericana sobre @erechos Dumanos a respetar y #aranti4ar
los derechos$ Espec!"icamente los si#uientes 0articulo )0)2
derecho a la inte#ridad personal 0art!culo 2 #arant!as
-udiciales 0art!culo 50)2 protección a la honra y a la di#nidad
0art!culo ))2 a la i#ualdad ante la ley 0art!culo 832 y
protección -udicial 0art!culo 82 y los art!culos ?, 3, A y C de la
.onvención :nteramericana para Prevenir, ;ancionar y
Erradicar la Giolencia contra la <u-er$
*echos
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A$ %as peticionarias ale#an que <N, de ?+ aos de edad, de nacionalidad holandesa,
soltera, en la madru#ada del 8 de octubre de )**3 "ue atacada y violada sexualmente en su
domicilio por Jor#e .arlos 1#uilar, hi-o de los dueos de la casa que rentaba$ %a sorpresa del
ataque hi4o que la v!ctima quedara en principio parali4ada por el terror y la "uer4a "!sica del
atacante, m&s las amena4as de muerte y los ademanes que hac!a de sacar un arma lue#ointentó resistencia lle#ando a herir en la ce-a a su atacante con un ob-eto contundente$ 1
primeras horas del alba, aprovechando un descuido de su atacante, la presunta v!ctima lo#ró
huir en busca de auxilio$ %a "amilia que ocupaba el apartamento principal del inmueble le
"acilitó el tel>"ono desde el que solicitó ayuda de sus ami#os 9B y F, quienes le
acompaaron a las #estiones de denuncia y atención m>dica$
C$ Personal especiali4ado en .riminal!stica se constituyó en el lu#ar de los hechos,
reco#ió evidencias para su procesamiento en el laboratorio y tomó "oto#ra"!as del escenario
del crimen$
5$ %as dili#encias de la Polic!a Judicial concluyen que <N "ue v!ctima de los delitos de
violación y allanamiento, sealando como posible autor a Jor#e .arlos 1#uilar, quien no pudo
ser encontrado desde el d!a de la denuncia, no obstante los es"uer4os reali4ados por la Polic!a
T>cnica Judicial y la :/TERPO%$ El imputado es declarado rebelde y contuma4 a la ley, pero
d!as previos a la conclusión del per!odo de prueba se presenta ante el Jue4 prestando
declaración inda#atoria$ .on "echa 8A de mayo de )**A se dicta el auto "inal de instrucción
que dispone el procesamiento del imputado Jor#e .arlos 1#uilar por existir su"icientes
indicios de ser el autor del delito de violación$ :niciado el tr&mite del plenario, el imputado
Jor#e .arlos 1#uilar es citado a prestar declaración con"esoria$ Terminado el tr&mite del
Plenario, el Fiscal requiere la condena de Jor#e .arlos 1#uilar por el delito de violación y por
el allanamiento de domicilio$*$ Finalmente el Jue4 de Partido Tercero de lo Penal de .ochabamba declaró a Jor#e
.arlos 1#uilar autor del delito de violación sexual, por existir en su contra prueba plena,
aplicando la pena de cinco aos de prisión$
)+$ 1mbas partes apelan la sentencia dictada$ En este estado procesal el condenado Jor#e
.arlos 1#uilar presenta una carta con t!tulo de declaración escrita en la que da una tercera
versión de los hechos, a"irmando que <N "ue quien le a#redió sexualmente y no como ella ha
sostenido durante todo el proceso$
))$ El )? de octubre de )**C, la ;ala Penal ;e#unda de la .orte ;uperior de @istrito de
.ochabamba, le#itimada por la .orte ;uprema de Justicia de la /ación, dicta el auto de Gista
en el que se absuelve de culpa y pena por el delito de violación a Jor#e .arlos 1#uilar$)8$ .ontra esta sentencia "ue interpuesto un recurso de casación el 88 de octubre de )**C
por error de hecho y de derecho en la apreciación de la prueba, el cual "ue declarado
:/F=/@1@O por la ;ala Penal ;e#unda de la .orte ;uprema de Justicia de la /ación, el 8
de abril de 8+++$
)?$ En el documento de observación a la respuesta del Estado boliviano, las peticionarias
consideran que 6El Poder E-ecutivo de Bolivia debe atender la denuncia presentada ante la
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.omisión :nteramericana de @erechos Dumanos, dado que representa internacionalmente a
todos los poderes y ór#anos del Estado, los cuales est&n vinculados por las obli#aciones
internacionales adquiridas por Bolivia7$
)3$ %os peticionarios ale#an que la denuncia "ue presentada dentro del pla4o de seis
meses establecido por el art!culo 3A0)20b2 de la .onvención 1mericana$ En cuanto a otrosrequisitos de admisibilidad de la petición, mani"iestan cuanto si#ue
%a .omisión :nteramericana de @erechos Dumanos es competente para conocer este caso
porque los procesos de apelación y casación adelantados por la -urisdicción boliviana son
violatorios del debido proceso y de otros derechos consa#rados en la .onvención 1mericana
de @erechos Dumanos y la .onvención :nteramericana para Prevenir, ;ancionar y Erradicar la
Giolencia contra la <u-er .onvención de Bel>m do Par&$
El Estado de Bolivia violó el derecho de <N a obtener una decisión "undada 0art!culo 5$)2$ %a
decisión -udicial es arbitraria, porque es contraria a la evidencia y carece de una adecuada
motivación$
$ambi1n viol2 su derecho de contar con un ue! imparcial en la
determinaci2n de sus derechos, carente de preuicios de g1nero, "ue no la
discriminara 3art4culo .5 en cone6i2n con los art4culos 5.5 % *7 de la
(onvenci2n Americana % 8 de la (onvenci2n de Bel1m do 0ar).9*:+dmisi"ilidad por parte de la #orte
1dmisible el presente caso en cuanto se re"iere a presuntas violaciones de derechos a
1rt$ )0)2 0.1@D2 sobre la obli#ación de los Estados de respetar los @erechos y libertades,
#aranti4ando su pleno y libre e-ercicio$
1rt$ 0.1@D2 sobre el derecho de toda persona a que se respete su inte#ridad "!sica, ps!quica
y moral$
1rt$ 5 0.1@D2 que #aranti4a el derecho de toda persona a ser o!da con las debidas #arant!as
-udiciales, por un -ue4 o tribunal competente, independiente e imparcial$
1rt$ )) 0.1@D2 que establece el derecho de protección de la honra y el reconocimiento de la
di#nidad$
1rt$ 83 0.1@D2que establece que todas las personas son i#uales ante la ley y tienen derecho,
sin discriminación, a i#ual protección de la ley$1rt$ 8 0.1@D2 sobre el derecho a recurso e"ectivo ante los -ueces o tribunales, que amparen
contra actos que violenten los derechos "undamentales$
1rt$ C 0.onv$ Belem do Par&2que establece que los Estados convienen en adoptar pol!ticas
orientadas a prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mu-eres$
)eparaciones
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Todavia no se reali4aron reparaciones y costas aunque la victima ha renunciado a ellas por
medio del condición de que el estado realice un compromiso y un acuerdo amistoso$
+cuerdo por Parte del Estado Boliviano
Punto ) El Estado se compromete a implementar en el pla4o de un ao, a trav>s del :nstituto
de la Judicatura de Bolivia, una acción positiva que ase#ure que por lo menos el )Q deltiempo total de sus pro#ramas peda#ó#icos este dedicado a actividades en"ocadas en la
promoción y protección de los derechos humanos con en"oque de #>nero, para lo que deber&
ase#urar la participación de personal especiali4ado en el tema$
Punto 8 :ncluir en el pla4o de A meses expl!citamente en la normativa que re#ula los procesos
evaluativos de loslas -ueces4as en e-ercicio la variable 6#rado de conocimientos en derechos
humanos, en particular en cuestiones vinculadas con la discriminación de #>nero
$
Punto ? :mplementar en un pla4o m&ximo de dos aos, a trav>s de un acto administrativo la
di"usión en la p&#ina o"icial de la red in"orm&tica de la Judicatura y del <inisterio P(blico, la
curr!cula de los candidatos seleccionados a ocupar las vacancias con el "in de #aranti4ar la
m&xima publicidad$ @icha publicación deber& permanecer por un pla4o ra4onable que
posibilite a los particulares, los cole#ios pro"esionales, asociaciones que nuclear a sectores
vinculados con el quehacer -udicial, de los derechos humanos y otras or#ani4aciones a"ines,
presentar por escrito y de modo "undado y documentado a las autoridades administrativas
autori4adas de la Judicatura y del <inisterio P(blico, las observaciones, ob-eciones, posturas y
dem&s circunstancias que consideren pertinentes expresar en relación a los candidatos
seleccionados$
Punto 3 El <inisterio de Relaciones Exteriores y .ultos, or#ani4ar& durante el ao 8++5 una
.on"erencia destinada a "uncionarios -udiciales de la .orte ;uprema de Justicia y .ortes
;uperiores de @istrito, de la Fiscal!a 9eneral de la Rep(blica, Fiscal!as de @istrito, Polic!a
/acional, as! como abo#ados en el libre e-ercicio de la pro"esión y de la de"ensa p(blica sobre
los derechos de las mu-eres y la .onvención de Bel>m @o Para ase#urando la participación de
las or#ani4aciones peticionarias del caso y del <inisterio de Justicia y Giceministerio de
9>nero$
Punto El Estado a trav>s del <inisterio de Relaciones Exteriores y .ultos, y <inisterio de
Justicia Giceministro de 9enero y 1suntos 9eneracionales compromete la previsión
económica para la edición de manuales y otros sobre el tratamiento a v!ctimas de violencia
sexual, que ser&n dotados al poder -udicial, Fiscal!a 9eneral de la Republica, Polic!a /acional
y otras instituciones, como una campaa de concienti4ación de los derechos de la mu-eres y de
vi#encia de los tratados internacionales$
Punto A El Estado, a trav>s del <inisterio Publico de la /ación, de con"ormidad al 1rt$ 8A de
Derecho administrativo
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la ley 8+?? sobre la protección a v!ctimas de delitos contra la libertad sexual, crear& en el
pla4o de dos aos, una unidad especiali4ada para la atención de v!ctimas de violencia sexual
como tambi>n para la investi#ación y el e-ercicio de la acción penal p(blica respecto a esos
delitos$
Punto C El Estado, a trav>s del <inisterio Publico de la /ación ' :nstituto de :nvesti#aciones
Forenses' crear& dentro del pla4o de dos aos una unidad especial para desarrollar los estudios
cient!"ico't>cnico requeridos para la investi#ación de los delitos a la libertad sexual$
0unto ; El Estado, a trav1s del <inisterio 0ublico de la =aci2n -'nstituto de
'nvestigaciones >orenses-, se compromete a reali!ar en un pla!o m)6imo
de dos a&os los austes necesarios para "ue los espacios f4sicos en los "ue
las v4ctimas de violencia se6ual presten sus declaraciones guarden las
condiciones de infraestructura necesarias para garanti!ar su privacidad.
9.- BIBLIOGRAFIA y FUENTES
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