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RESOLUCION N° 003-COREJU-FP-CR Pucallpa, 28 de Marzo del 2015 VISTO, que el 10 de Abril del 2015 se juramentara a la secretaria provincial de coronel portillo, secretaria distrital de manatay y secretaria distrital de yarina cocha, con sus respectivas Directivas y; CONSIDERANDO: Que puede existir equidad de género y los cargos están sujetos por el COORDINADOR REGIONAL DE JUVENTUDES, se crea una nueva secretaria en la junta directiva de las SECRETARIAS PROVINCIALES DE JUVENTUDES: CAPITULO 1 DE LOS REQUISITOS DE EQUIDAD DE GENERO EN LAS SECRETARIAS PROVINCIALES I. Las secretarias provinciales de juventudes del comando regional de juventudes, tendrán en su junta directiva las siguientes secretarias: - Secretario(a) provincial de juventudes. (respaldo de 20 miembros) - Sub-secretario(a) provincial de juventudes.(respaldo de 20 miembros) - Secretario(a) provincial de Redes sociales y Propaganda. (designación) - Secretario(a) provincial de Cultura y Deporte. (designación) - Secretario(a) provincial de actas.(designación) - SECRETARIA PROVINCIAL DE LA MUJER.(designación) II. Del total de la junta directiva, un tercio (1/3) será establecida por la equidad de género (2 secretarias). III. Sera de condición obligatoria, que la secretaria de la mujer, sea encargada a una MUJER MADRE JOVEN. IV. No se cambiara la cantidad de personas que respalden a una secretaria Provincial de Juventudes. (Verl el Art. 3 de la RESOLUCION N° 001-COREJU-FP-CR).

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RESOLUCION N 003-COREJU-FP-CRPucallpa, 28 de Marzo del 2015VISTO, que el 10 de Abril del 2015 se juramentara a la secretaria provincial de coronel portillo, secretaria distrital de manatay y secretaria distrital de yarina cocha, con sus respectivas Directivas y;CONSIDERANDO:Que puede existir equidad de gnero y los cargos estn sujetos por el COORDINADOR REGIONAL DE JUVENTUDES, se crea una nueva secretaria en la junta directiva de las SECRETARIAS PROVINCIALES DE JUVENTUDES:

CAPITULO 1DE LOS REQUISITOS DE EQUIDAD DE GENERO EN LAS SECRETARIAS PROVINCIALES

I. Las secretarias provinciales de juventudes del comando regional de juventudes, tendrn en su junta directiva las siguientes secretarias: Secretario(a) provincial de juventudes. (respaldo de 20 miembros) Sub-secretario(a) provincial de juventudes.(respaldo de 20 miembros) Secretario(a) provincial de Redes sociales y Propaganda. (designacin) Secretario(a) provincial de Cultura y Deporte.(designacin) Secretario(a) provincial de actas.(designacin) SECRETARIA PROVINCIAL DE LA MUJER.(designacin) II. Del total de la junta directiva, un tercio (1/3) ser establecida por la equidad de gnero (2 secretarias).III. Sera de condicin obligatoria, que la secretaria de la mujer, sea encargada a una MUJER MADRE JOVEN.IV. No se cambiara la cantidad de personas que respalden a una secretaria Provincial de Juventudes. (Verl el Art. 3 de la RESOLUCION N 001-COREJU-FP-CR).

CAPITULO 2DE LAS FUNCIONES Funciones de la SECRETARIA PROVINCIAL DE JUVENTUDES DE LA MUJER.

Ejecucin y evaluacin de los programas y proyectos de la Secretara. Difusin de los derechos de las mujeres, por medio de mecanismos que garanticen su cumplimiento, de tal forma que se posibilite el conocimiento y su exigibilidad. El desarrollo de programas y proyectos que posibiliten el acceso de las mujeres en salud, educacin, empleo y aprovechamiento del tiempo libre. Implementacin y mantenimiento de un diagnstico sobre las problemticas y necesidades de las mujeres, que permitan encaminar los proyectos y programas de la Secretara. Apoyar las diferentes formas de asociacin de las mujeres en la provincia. Impulsar acciones tendientes a la eliminacin de toda forma de violencia y discriminacin contra la mujer. Actuar como ente rector del Sector Mujeres en la PROVINCIA DEL PARTIDO POLITICO, y en especial, liderar y orientar, mediante las secretarias distritales de juventudes para el trabajo coordinado de la Mujer. Promover la eliminacin de cualquier forma de discriminacin de sexo-racismo y violencias contra las mujeres en sus diversidades tnicas raciales y culturales. Para tal fin propender por la participacin con organizaciones e instancias de la sociedad civil. Brindar atencin y asesora oportuna a las mujeres que sean objeto de cualquier tipo de discriminacin y/o violencia en orden a restablecer los derechos vulnerados

SE RESUELVE:

Art. 1Se designa el requisito de equidad de gnero (1/3) para la juramentacin de la junta directiva de las SECRETARIAS PROVINCIALES del COMANDO JUVENIL DE LA REGION UCAYALI.Art. 2Se crea de forma obligatoria para las juntas directivas de las SECRETARIAS PROVINCIALES DE JUVENTUDES y de forma opcional en las SECRETARIAS DISTRITALES DE JUEVENTUDES la secretaria de la MUJER; siendo ejercido obligatoriamente por una MUJER MADRE JOVEN. Art. 3Se establece las funciones de la secretaria de la MUJER. Art. 4Dar a CONOCER la presente resolucin a la DIRECTIVA REGIONAL DE FUERZA POPULAR UCAYALI, Interesados y dems dependencias pertenecientes de FUERZA POPULAR.REGISTRESE, COMUNIQUESE Y ARCHIVESE.

COORDINADOR REGIONAL DE JUVENTUDESFRANK GERMAN CORDOVA FLORESDNI: