resolución del tribunal fiscal n

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Resolución del Tribunal Fiscal N° 6302- 4-2008. Esta Resolución declara nula la apelada, debido que la Administración ha dado trámite de solicitud no contencioso a la solicitud de prescripción presentada ante el Ejecutor Coactiva respecto a deudas en cobranza coactiva, cuando dicho pedido debió ser tramitado y resuelto por el referido funcionario. Esta Resolución declara nula la apelada, debido que la administración ha dado trámite de solicitud no contencioso a la solicitud de prescripción presentada ante el Ejecutor Coactiva respecto a deudas en cobranza coactiva, cuando dicho pedido debió ser tramitado y resuelto por el referido funcionario. PROCEDIMIENTO DE COBRANZA COACTIVA POR IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS RTF: 02004-5-2008 (14-02-2008) Se declara fundada la queja presentada contra la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, por seguirle indebidamente a la quejosa un Procedimiento de Cobranza Coactiva por Impuesto Predial y Arbitrios, al verificarse que la deuda por Impuesto Predial consta en Órdenes de Pago respecto de las cuales no se ha acreditado que hayan sido emitidas al amparo de los numerales 1 o 3 del Artículo 78º del Código Tributario (por lo que no es exigible coactivamente) y que sobre la deuda por Arbitrios de junio a diciembre de 2005, la Administración no se encuentra legitimada al sustentarse dicha deuda en la Ordenanza Nº 225-MSS la cual presenta vicios de invalidez, según lo establecido en la RTF Nº 1034-2-2006. Que respecto de otras Resoluciones de Determinación y Órdenes de Pago no ha quedado acreditada su notificación, pues en un Cargo de notificación si bien consta la negativa de la persona con quien se habría entendido la diligencia, la fecha de la notificación resulta ilegible; y en otro cargo de notificación si bien consta que el domicilio se encontraba cerrado y que los documentos fueron dejados en sobre cerrado bajo la puerta, los datos de la persona que habría realizado dicha diligencia son ilegibles. PRESENTACIÓN FUERA DE PLAZO DE LA DECLARACIÓN JURADA DEL IGV RTF: 01904-4-2008 (13-02-2008)

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Page 1: Resolución Del Tribunal Fiscal N

Resolución del Tribunal Fiscal N° 6302- 4-2008.

Esta Resolución declara nula la apelada, debido que la Administración ha dado trámite de solicitud no contencioso a la solicitud de prescripción presentada ante el Ejecutor Coactiva respecto a deudas en cobranza coactiva, cuando dicho pedido debió ser tramitado y resuelto por el referido funcionario. Esta Resolución declara nula la apelada, debido que la administración ha dado trámite de solicitud no contencioso a la solicitud de prescripción presentada ante el Ejecutor Coactiva respecto a deudas en cobranza coactiva, cuando dicho pedido debió ser tramitado y resuelto por el referido funcionario.

PROCEDIMIENTO DE COBRANZA COACTIVA POR IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS

RTF: 02004-5-2008 (14-02-2008)

Se declara fundada la queja presentada contra la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, por seguirle indebidamente a la quejosa un Procedimiento de Cobranza Coactiva por Impuesto Predial y Arbitrios, al verificarse que la deuda por Impuesto Predial consta en Órdenes de Pago respecto de las cuales no se ha acreditado que hayan sido emitidas al amparo de los numerales 1 o 3 del Artículo 78º del Código Tributario (por lo que no es exigible coactivamente) y que sobre la deuda por Arbitrios de junio a diciembre de 2005, la Administración no se encuentra legitimada al sustentarse dicha deuda en la Ordenanza Nº 225-MSS la cual presenta vicios de invalidez, según lo establecido en la RTF Nº 1034-2-2006. Que respecto de otras Resoluciones de Determinación y Órdenes de Pago no ha quedado acreditada su notificación, pues en un

Cargo de notificación si bien consta la negativa de la persona con quien se habría entendido la diligencia, la fecha de la notificación resulta ilegible; y en otro cargo de notificación si bien consta que el domicilio se encontraba cerrado y que los documentos fueron dejados en sobre cerrado bajo la puerta, los datos de la persona que habría realizado dicha diligencia son ilegibles.

PRESENTACIÓN FUERA DE PLAZO DE LA DECLARACIÓN JURADA DEL IGV

RTF: 01904-4-2008 (13-02-2008)

Se confirma la apelada que declaró infundada la Reclamación contra la Resolución de Multa emitida por presentar fuera de plazo la Declaración Jurada por Impuesto General a las Ventas

de mayo de 2005, debido a que se verificó del reporte de obligaciones pendientes, que la recurrente no cumplió con presentar la referida declaración dentro del plazo establecido en la Resolución de Superintendencia Nº 307-2004/SUNAT. Asimismo se indica que la declaración presentada mediante Formulario 119 debe considerarse como no presentada conforme lo dispuesto en la octava disposición final del Decreto Legislativo Nº 953, toda vez que la recurrente tenía la obligación de presentar su declaración telemática. De otro lado, se revoca la apelada en el extremo referido a la pérdida del régimen de gradualidad que se aplicó a la sanción de multa impuesta, toda vez que condicionar la pérdida de dicho beneficio a la interposición de un recurso de impugnación, constituye un acto violatorio al derecho de defensa, conforme se ha dejado establecido en las Sentencia Nº 1803-2004-AA/TC y en la Resolución del Tribunal Fiscal Nº 26-1-2007.

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Modificación de la Ley de Títulos y Valores

Norma Legal: Ley Nº 29349

Fecha de Publicación: 22 de abril de 2009

Fecha de Vigencia: 23 de abril de 2009

Mediante la presente Ley se modifica el Artículo 10º de la Ley Nº 27287

Ley de Títulos y Valores, en relación al Título Valor emitido incompleto, precisándose que quien emite o acepta un título valor incompleto, tiene el derecho de agregar en él cláusula que limite su transferencia así como obtener del tomador una copia del título, debidamente firmado en el momento de su entrega, y del documento que contiene los acuerdos donde consten la forma de completarlo y las condiciones de transferencia. En tal caso, salvo que se trate del Cheque, su transferencia surte los efectos de la cesión de derechos.

Disposiciones Reglamentarias para la Distribución de los Recursos

Provenientes de la Eliminación de las Exoneraciones e Incentivos Tributarios

Norma Legal: Decreto Supremo Nº 094 - 2009-EF

Fecha de Publicación: 24 de Abril de 2009

Fecha de Vigencia: 25 de Abril de 2009

Mediante el presente Decreto, se señala que los índices de distribución y los montos a ser distribuidos anualmente a cada una de las municipalidades provinciales o distritales en aplicación del numeral 9.2 del Artículo 9º del Decreto Legislativo Nº 978 serán aprobados por el Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Resolución Ministerial, sobre la base de cálculo que para tal efecto formule la Dirección Nacional de Asuntos Económicos y Sociales, considerando los criterios establecidos en el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 079-2007-EF.

Es importante recordar que mediante la Sentencia del Tribunal Constitucional - Sentencia EXP Nº 00016-2007-PI/TC – el Decreto Legislativo 978º fue declarado inconstitucional encontrándose los, efectos suspendidos hasta que el congreso legisle sobre la materia.

ÓRDENES DE PAGO

RTF: 01504-3-2009 (18-02-09)

Se declara fundada la queja. Se señala que según se aprecia de autos, la declaración jurada mecanizada que sustenta una de las órdenes de pago materia de cobranza, no ha sido notificada de acuerdo a ley, porque contiene una serie de inconsistencias que restan fehaciencia a la constancia de notificación de dicha declaración. Se agrega que los demás valores y/o resoluciones coactivas tampoco han sido debidamente notificados, por lo que el procedimiento no se inició conforme a ley

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