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PERÚ Ministerio de Cultura Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales Unidad Ejecutora Marcahuamachuco Año de la Inversión para el Desarrollo Rural y la Seguridad Alimentaria RESOLUCIÓN DE RESPONSABLE N° 083-2013-MARCAH/VMPCIC/MC Huamachuco, 25 de julio de 2013 Visto, el Informe N° 033-2013-OPP-MARCAH/VMPCIC/MC, emitido por el Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, a través del cual eleva al Responsable de la Unidad Ejecutora 007 Marcahuamachuco, el documento que acredita la Asignación Presupuestal respecto al Proyecto de Inversión Pública "Puesta en Valor del Sub Sector C del Sector 1 del Sitio Arqueológico Wiraqochapampa, distrito de Huamachuco, provincia de Sánchez Carrión - La Libertad", y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29465 - Ley de resupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, publicada el 8 de diciembre de 2009, en Quincuagésima Sexta Disposición Final se creó en el Pliego del Ministerio de Educación, la idad Ejecutora Marcahuamachuco, cuya finalidad es inventariar, delimitar, registrar, conservar, °7/ staurar, promover, difundir y poner en valor los monumentos arqueológicos de cahuamachuco , Viracochapampa y los sitios ubicados en los cerros Miraflores, Amaru y otros lugares de la jurisdicción de la provincia Sánchez Carrión, departamento de La Libertad; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0075-2010-ED, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 1 de abril de 2010, se formalizó la creación de la Unidad Ejecutora 115: Marcahuamachuco, en el Pliego 010: Ministerio de Educación; Que, mediante Decreto Supremo N° 001-2010-MC, publicado el 25 de setiembre de 2010, modificado por el Decreto Supremo N° 002-2010-MC, publicado el 14 de ctubre de 2010, se aprueba la fusión en el Ministerio de Cultura, bajo la modalidad de absorción la Unidad Ejecutora 115-Marcahuamachuco; Que, mediante Resolución Ministerial N° 090-2010-MC, del 30 de iciembre de 2010, se establece que ha culminado el proceso de fusión al Ministerio de Cultura, de la Unidad Ejecutora 1371 MC-Marcahuamachuco del Pliego 003-Ministerio de Cultura; Que, mediante Resolución Ministerial N° 039-2011-MC, de 26 de ro de 2011 se precisa que la Unidad Ejecutora 007: Marcahuamachuco conforma el Pliego 003 Ministerio de Cultura; Que, mediante Resolución Ministerial N° 045-2013-MC, se designó esponsable de la Unidad Ejecutora 007 Marcahuamachuco, a don Marco Rosas Rintel, conforme lo expuesto en la parte considerativa de la citada Resolución; Que, mediante el artículo 2° de la Resolución Ministerial N° 109- 13-MC, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 12 de abril de 2013, se modificó el artículo de la Resolución Ministerial N° 003-2013-MC, disponiéndose que "(...) Durante el Año Fiscal 013, en las Unidades Ejecutoras 002. MC-Cusco, 003: Zona Arqueológica Caral, 005: Naylamp — Lambayeque, 006: Complejo Arqueológico de Chan Chan y 007: Marcahuamachuco, corresponde a los responsables de las referidas Unidades Ejecutoras, la aprobación de los expedientes técnicos o estudios definitivos de los Proyectos de Inversión Pública (PIP) declarados viables en sus respectivos ámbitos de competencia";

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PERÚ

Ministerio de Cultura

Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales

Unidad Ejecutora Marcahuamachuco

Año de la Inversión para el Desarrollo Rural y la Seguridad Alimentaria

RESOLUCIÓN DE RESPONSABLE N° 083-2013-MARCAH/VMPCIC/MC

Huamachuco, 25 de julio de 2013

Visto, el Informe N° 033-2013-OPP-MARCAH/VMPCIC/MC, emitido por el Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, a través del cual eleva al Responsable de la Unidad Ejecutora 007 Marcahuamachuco, el documento que acredita la Asignación Presupuestal respecto al Proyecto de Inversión Pública "Puesta en Valor del Sub Sector C del Sector 1 del Sitio Arqueológico Wiraqochapampa, distrito de Huamachuco, provincia de Sánchez Carrión - La Libertad", y;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29465 - Ley de resupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, publicada el 8 de diciembre de 2009, en

Quincuagésima Sexta Disposición Final se creó en el Pliego del Ministerio de Educación, la idad Ejecutora Marcahuamachuco, cuya finalidad es inventariar, delimitar, registrar, conservar,

°7/ staurar, promover, difundir y poner en valor los monumentos arqueológicos de cahuamachuco , Viracochapampa y los sitios ubicados en los cerros Miraflores, Amaru y otros

lugares de la jurisdicción de la provincia Sánchez Carrión, departamento de La Libertad;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 0075-2010-ED, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 1 de abril de 2010, se formalizó la creación de la Unidad Ejecutora 115: Marcahuamachuco, en el Pliego 010: Ministerio de Educación;

Que, mediante Decreto Supremo N° 001-2010-MC, publicado el 25 de setiembre de 2010, modificado por el Decreto Supremo N° 002-2010-MC, publicado el 14 de

ctubre de 2010, se aprueba la fusión en el Ministerio de Cultura, bajo la modalidad de absorción la Unidad Ejecutora 115-Marcahuamachuco;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 090-2010-MC, del 30 de iciembre de 2010, se establece que ha culminado el proceso de fusión al Ministerio de Cultura,

de la Unidad Ejecutora 1371 MC-Marcahuamachuco del Pliego 003-Ministerio de Cultura;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 039-2011-MC, de 26 de ro de 2011 se precisa que la Unidad Ejecutora 007: Marcahuamachuco conforma el Pliego 003 Ministerio de Cultura;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 045-2013-MC, se designó esponsable de la Unidad Ejecutora 007 Marcahuamachuco, a don Marco Rosas Rintel, conforme lo expuesto en la parte considerativa de la citada Resolución;

Que, mediante el artículo 2° de la Resolución Ministerial N° 109-13-MC, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 12 de abril de 2013, se modificó el artículo de la Resolución Ministerial N° 003-2013-MC, disponiéndose que "(...) Durante el Año Fiscal

013, en las Unidades Ejecutoras 002. MC-Cusco, 003: Zona Arqueológica Caral, 005: Naylamp — Lambayeque, 006: Complejo Arqueológico de Chan Chan y 007: Marcahuamachuco, corresponde a los responsables de las referidas Unidades Ejecutoras, la aprobación de los expedientes técnicos o estudios definitivos de los Proyectos de Inversión Pública (PIP) declarados viables en sus respectivos ámbitos de competencia";

PERÚ

Ministerio de Cultura

Viceministerio

de Patrimonio Cultural

e Industrias Culturale s

Año de la Inversión para el Desarrollo Rural y la Seguridad Alimentaria

Que, mediante Memorando N° 608-2013-OGPP-SG/MC de fecha 08 de julio de 2013, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Cultura comunicó al Responsable de la Unidad Ejecutora 007 Marcahuamachuco, que en concordancia con la Directiva N° 001-2011-EF/68.01 del Sistema Nacional de Inversión Pública, la Oficina de Inversiones realizó el registro en el Banco de Proyectos del Formato SNIP 16: Ficha de Registro de Variaciones en Fase de Inversión y del Formato SNIP 15: Informe de Consistencia entre el estudio definitivo y el PIP viable denominado "Puesta en Valor del Sub Sector C del Sector 1 del Sitio Arqueológico Wiraqochapampa, distrito de Huamachuco, provincia de Sánchez Carrión - La Libertad", con Código SNIP 177570;

Que, en el Formato SNIP 15 citado en el Octavo Considerando cedente, Fecha de Registro: 04/07/2013, figuran entre otros, los siguientes datos:

• INFORME DE CONSISTENCIA DEL ESTUDIO O EXPEDIENTE TÉCNICO DETALLADO DEL PIP VIABLE

• Código SNIP: 177570

• Nombre del PIP: PUESTA EN VALOR DEL SUB SECTOR C DEL SECTOR 1 DEL SITIO ARQUEOLÓGICO WIRAQOCHAPAMPA, DISTRITO DE HUAMACHUCO, PROVINCIA DE SÁNCHEZ CARRIÓN - LA LIBERTAD

• UNIDAD FORMULADORA: UE 007 MARCAHUAMACHUCO

• UNIDAD EJECUTORA: MARCAHUAMACHUCO

• Monto de Inversión Modificado: S/. 3'082,365.32

• Modalidad de Ejecución: Administración Directa

• Plazo de Ejecución: 360 (trescientos sesenta) días;

Que, en el Formato SNIP 16 citado en el Octavo Considerando cedente, Fecha de Registro: 04/07/2013, figuran entre otros, los siguientes datos:

• FICHA DE REGISTRO DE VARIACIONES EN LA FASE DE INVERSIÓN — OPI/DGPM

• Código SNIP: 177570

• Nombre del PIP: PUESTA EN VALOR DEL SUB SECTOR C DEL SECTOR 1 DEL SITIO ARQUEOLÓGICO WIRAQOCHAPAMPA, DISTRITO DE HUAMACHUCO, PROVINCIA DE SÁNCHEZ CARRIÓN - LA LIBERTAD

• Monto de Inversión declarado Viable: S/. 4'780,611.00

• Monto de Inversión a Precio de Mercado Modificado: S/. 3'082,365.32 • El cambio de modalidad de ejecución de Contrata a Administración Directa, se

sustenta en la siguiente fundamentación: Asignación Presupuestal, Capacidad Técnico, Administrativo, Equipamiento y de Infraestructura de la UE 007 Marcahuamachuco en la ejecución y operatividad de proyectos de restauración;

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PERÚ

Ministerio de Cultura

Viceministerio

de Patrimonio Cultural

e Industrias Culturales

Unidad Ejecutora Marcahuamachuco

Año de la Inversión para el Desarrollo Rural y la Seguridad Alimentaria

Que, el artículo 1° de la Resolución Ministerial N° 109-2013-MC, modificó el numeral 1.5 del Artículo 1° de la Resolución Ministerial N° 003-2013-MC, quedando redactado de la siguiente manera:

1.5 En materia de proyectos de inversión pública:

a) Autorizar la elaboración de expedientes técnicos o estudios definitivos y la ejecución de los Proyectos de Inversión Pública (PIP) declarados viables.

(...)

En el caso de las Unidades Ejecutoras 002: MC — Cusco, 003: Zona Arqueológica Caral, 005: Naylamp — Lambayeque, 006: Complejo Arqueológico de Chan Chan y 007: Marcahuamachuco, delegar en los responsables de las referidas Unidades Ejecutoras las facultades señaladas en los literales a) y b) del presente numeral, en sus respectivos ámbitos de competencia";

4/4Rer, Que, la Resolución de Contraloría N° 195-88-CG aprobó las normas que regulan la Ejecución de las Obras Públicas por Administración Directa, estableciendo entre otras exigencias las siguientes:

DE 7

UESPJ o

1. Las Entidades que programen la ejecución de obras bajo esta modalidad, deben contar con: la asignación presupuestal correspondiente, el personal técnico-administrativo y los equipos necesarios.

(• •) 3. Es requisito indispensable para la ejecución de estas obras, contar con el "Expediente

Técnico", aprobado por el nivel competente, el mismo que comprenderá básicamente lo siguiente: memoria descriptiva, especificaciones técnicas, planos, metrados, presupuesto base con su análisis de costos y cronograma de adquisición de materiales y de ejecución de obra. En los casos que existan normas específicas referidas a la obra, se recabará el pronunciamiento del sector y/o entidad que corresponda.

4. La entidad debe demostrar que el costo total de la obra a ejecutarse por administración directa, resulta igual o menor al presupuesto base deducida la utilidad, situación que deberá reflejarse en la liquidación de la obra.

(...);

Que, mediante Carta s/n ingresada en Mesa de Partes del Ministerio e Cultura, en fecha 16 de abril de 2013 según Expediente N° 014532-2013, la Unidad Ejecutora

007 Marcahuamachuco solicitó a la Dirección de Arqueología del Ministerio de Cultura, la autorización respectiva para el inicio de actividades contempladas en el Proyecto de Inversión Pública "Puesta en Valor del Sub Sector C del Sector 1 del Sitio Arqueológico Wiraqochapampa, distrito de Huamachuco, provincia de Sánchez Carrión - La Libertad". Luego, a través de Carta s/n ingresada en Mesa de Partes del Ministerio de Cultura, en fecha 21 de junio de 2013, la Unidad Ejecutora 007 Marcahuamachuco absolvió las observaciones efectuadas a la citada solicitud, stando en la fecha, a la espera de la respuesta final por parte de la Autoridad competente;

11<c*suN. •

PERÚ

Ministerio de Cultura

Viceministerio

de Patrimonio Cubra'

e industrias fuituraIes

Año de la Inversión para el Desarrollo Rural y la Seguridad Alimentaria

Que, mediante Resolución de Responsable N° 075-2013-MARCAN/ VMPCIC/MC de fecha 16 de julio de 2013, el Responsable de la Unidad Ejecutora 007 Marcahuamachuco, aprobó el Expediente Técnico del Proyecto de Inversión Pública "Puesta en Valor del Sub Sector C del Sector 1 del Sitio Arqueológico Wiraqochapampa, distrito de Huamachuco, provincia de Sánchez Carrión - La Libertad", Código SNIP 177570, cuyo monto presupuestal asciende a la suma de S/. 3' 082, 365.32 (TRES MILLONES OCHENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO CON 32/100 NUEVOS SOLES), el mismo que se ejecutará bajo la modalidad de administración directa;

Que, mediante Informe N° 033-2013-OPP-MARCAHNMPCIC/MC, el 4.01nE cr, efe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, manifiesta al Responsable de la Unidad cutora 007 Marcahuamachuco, que existe la Asignación Presupuestal respecto al Proyecto de ersión Pública "Puesta en Valor del Sub Sector C del Sector 1 del Sitio Arqueológico

ompañando en calidad de Anexo el documento denominado: Analítico del Presupuesto 44,170- q odificado (PIM) 2013 publicado en el Sistema Integrado de Administración Financiera SIAF, de ,

a; - fecha 25 de julio de 2013, donde consta el monto ascendente a S/. 4'780,611.00 (CUATRO II MILLONES SETECIENTOS OCHENTA MIL SEISCIENTOS ONCE CON 00/100 NUEVOS Vir SOLES) destinado a la PUESTA EN VALOR DEL SUB SECTOR C DEL SECTOR 1 DEL SITIO

niblIF ' ARQUEOLÓGICO WIRAQOCHAPAMPA, DISTRITO DE HUAMACHUCO, PROVINCIA DE .‹,,,‹,,,„›,* SÁNCHEZ CARRIÓN - LA LIBERTAD;

En ejercicio de las facultades que le confieren, las Resoluciones inisteriales N° 045-2013-MC y N° 109-2013-MC, así como por las razones expuestas en los nsiderandos precedentes;

SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- AUTORIZAR la ejecución del Proyecto de versión Pública declarado viable: "Puesta en Valor del Sub Sector C del Sector 1 del Sitio • ueológico Wiraqochapampa, distrito de Huamachuco, provincia de Sánchez Carrión - La

rtad", cuyo monto presupuestal asciende a la suma de S/. 3' 082, 365.32 (TRES MILLONES HENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO CON 32/100 NUEVOS SOLES), el

ismo que se ejecutará bajo la modalidad de administración directa, Código SNIP: 177570.

ARTÍCULO SEGUNDO. - PRECISAR que la autorización referida en rtículo Primero precedente, no implica la autorización de labores de intervención arqueológica de conservación, las cuales se iniciarán luego de obtenida la respectiva autorización por parte a Dirección de Arqueología del Ministerio de Cultura, y en estricto cumplimiento de lo que ésta

ponga al respecto.

aqochapampa, distrito de Huamachuco, provincia de Sánchez Carrión - La Libertad", ' Pue

ARTÍCULO TERCERO. - NOTIFICAR la presente Resolución, a la Oficina de Investigación, Conservación y Puesta en Valor, a la Oficina de Administración y inanzas, a la Oficina de Asesoría Jurídica, a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, a la idad de Logística y a la Unidad de Formulación de Proyectos, para conocimiento y fines rtinentes.

C) PERÚ Ministerio de Cultura

Viceministerio de Patrimonio Cultural

e Industrias Culturaie ,:.

Unidad Ejecutora Marcahuamachuco

Año de la Inversión para el Desarrollo Rural y la Seguridad Alimentaria

ARTÍCULO CUARTO.- AUTORIZAR a la Oficina de Administración y Finanzas de la Unidad Ejecutora 007: Marcahuamachuco, para que dentro de sus competencias, emita los actos administrativos correspondientes de acuerdo a los alcances de la presente

esolución, y para que realice las acciones que resulten necesarias para el cumplimiento de la misma.

REGÍSTRESE Y COMUNÍQUESE.

jrc PLA•:, Y P.V. 'S