resolucion 574 horario laboral semana santa 2014

3
MUNICIPIO DE LA UNIÓN ANTIOQUIA NIT 890.981.995-0 100.21.04 RESOLUCIÓN NRO. 5 7 4' 0 9 ABR 2014 POR MEDIO DE LA CUAL SE MODIFICA LA JORNADA DE TRABAJO Y EL HORARIO DE ATENCIÓN AL PUBLICO EN LA ALCALDIA MUNICIPAL DE LA UNIÓN. El Alcalde Municipal de La Unión Antioquia en uso de sus atribuciones legales y constitucionales, especialmente de las conferidas mediante Decreto Ley 1042 de 1978 y, CONSIDERANDO PRIMERO: Que el Decreto 1042 de 1978 establece: "Artículo 33°.- De la jornada de trabajo. La asignación mensual fijada en las escalas de remuneración a que se refiere el presente Decreto, corresponde a jornadas de cuarenta y cuatro horas semanales. A los empleos cuyas funciones implican el desarrollo de actividades discontinuas, intermitentes o de simple vigilancia podrá señalárseles una jornada de trabajo de doce horas diarias. sin que en la semana excedan un límite de 66 horas. Dentro del límite máximo fijado en este artículo, el jefe del respectivo organismo podrá establecer el horario de trabajo y compensar la jornada del sábado con tiempo diario adicional de labor, sin que en ningún caso dicho tiempo compensatorio constituya trabajo suplementario o de horas extras. El trabajo realizado en día sábado no da derecho a remuneración adicional, salvo cuando exceda la jornada máxima semanal. En este caso se aplicará lo dispuesto para la horas extras." SEGUNDO: Que con ocasión de la semana santa, la Alcaldía ha establecido la posibilidad de modificar la jornada de trabajo y de atención al público, teniendo en cuenta que no son hábiles los días 17 y 18 de Abril de 2014. TERCERO: Que en esas condiciones se RESUELVE: "UNIDOS CON IGUALDAD HACIA EL PROGRESO" Dirección: Calle 10 número 10-11 Parque Principal — Conmutador 5560610 www.launion-antioquia.gov.co — E-mail: [email protected]

Upload: david-julian

Post on 07-Feb-2016

222 views

Category:

Documents


0 download

DESCRIPTION

 

TRANSCRIPT

Page 1: Resolucion 574 horario laboral semana santa 2014

MUNICIPIO DE LA UNIÓN ANTIOQUIA

NIT 890.981.995-0

100.21.04

RESOLUCIÓN NRO. 5 7 4'

0 9 ABR 2014 POR MEDIO DE LA CUAL SE MODIFICA LA JORNADA DE TRABAJO Y EL

HORARIO DE ATENCIÓN AL PUBLICO EN LA ALCALDIA MUNICIPAL DE LA UNIÓN.

El Alcalde Municipal de La Unión Antioquia en uso de sus atribuciones legales y constitucionales, especialmente de las conferidas mediante Decreto Ley 1042 de

1978 y,

CONSIDERANDO

PRIMERO: Que el Decreto 1042 de 1978 establece:

"Artículo 33°.- De la jornada de trabajo. La asignación mensual fijada en las escalas de remuneración a que se refiere el presente Decreto, corresponde a jornadas de cuarenta y cuatro horas semanales. A los empleos cuyas funciones implican el desarrollo de actividades discontinuas, intermitentes o de simple vigilancia podrá señalárseles una jornada de trabajo de doce horas diarias. sin que en la semana excedan un límite de 66 horas.

Dentro del límite máximo fijado en este artículo, el jefe del respectivo organismo podrá establecer el horario de trabajo y compensar la jornada del sábado con tiempo diario adicional de labor, sin que en ningún caso dicho tiempo compensatorio constituya trabajo suplementario o de horas extras. El trabajo realizado en día sábado no da derecho a remuneración adicional, salvo cuando exceda la jornada máxima semanal. En este caso se aplicará lo dispuesto para la horas extras."

SEGUNDO: Que con ocasión de la semana santa, la Alcaldía ha establecido la posibilidad de modificar la jornada de trabajo y de atención al público, teniendo en cuenta que no son hábiles los días 17 y 18 de Abril de 2014.

TERCERO: Que en esas condiciones se

RESUELVE:

"UNIDOS CON IGUALDAD HACIA EL PROGRESO" Dirección: Calle 10 número 10-11 Parque Principal — Conmutador 5560610

www.launion-antioquia.gov.co — E-mail: [email protected]

Page 2: Resolucion 574 horario laboral semana santa 2014

MUNICIPIO DE LA UNIÓN ANTIOQUIA NIT 890.981.995-0

ARTÍCULO PRIMERO: Durante los días 14, 15, 16 de Abril y 19 de Abril de 2014. no habrá atención al público en la Alcaldía Municipal de La Unión (Antioquia). En consecuencia, no se computarán como días hábiles las fechas mencionadas.

ARTICULO SEGUNDO: La jornada laborable será compensada por los funcionarios de la Alcaldía Municipal, de la siguiente forma:

• Entre los días 21 y 30 de abril, de lunes a viernes, todos los funcionarios de la Alcaldía laborarán en horario de 7:30 de la mañana a 12 del día y de 1:30 de la tarde a 6 de la tarde. La atención al público se realizará en el horario habitual, razón por la cual en el tiempo adicional se trabajará a puerta cerrada, a fin de que las dependencias adelanten funciones de archivo y orden para una mejor atención al usuario.

• Antes de que culmine el mes de junio, se desarrollará una actividad institucional durante un día festivo, actividad de obligatoria asistencia para todos los funcionarios de la entidad.

• Las personas que se desempeñaron como jurados de votación el día 9 de Marzo, no compensarán tiempo adicional, siempre que acrediten tal condición en los términos de la Ley 403 de 1997.

• El tiempo correspondiente al día sábado 19 de abril de 2014, se compensará con el beneficio para el votante previsto en las elecciones del día 9 de marzo de 2014, siempre que acredite la condición de votante ante la Secretaría de Gobierno Municipal.

PARAGRAFO: Los funcionarios que no hayan votado, que no hayan sido jurados de votación, continuarán con el horario mencionado en el literal primero de este artículo. hasta tanto compensen la totalidad del tiempo de la semana mayor. El jefe inmediato de cada dependencia se encargará de verificar el cumplimiento del horario especial y de reportar a la secretaría de Gobierno cualquier anormalidad.

ARTICULO TERCERO: La presente resolución será publicada en la Página Web del municipio de La Unión y por medios de comunicación local, así como avisos en las diferentes dependencias municipales, incluida la cartelera.

"UNIDOS CON IGUALDAD HACIA EL PROGRESO" Dirección: Calle 10 número 10-11 Parque Principal — Conmutador 5560610

www.launion-antioquia.gov.co — E-mail: [email protected]

Page 3: Resolucion 574 horario laboral semana santa 2014

MUNICIPIO DE LA UNIÓN ANTIOQUIA

NIT 890.981.995-0

100.21.04

ARTICULO CUARTO. La presente resolución rige a partir de su publicación.

E R LEXANDER OSORIO LONDOÑO Alcalde rr iunicipal

Huyect0-t. Alexandra JarainH.,

Marcela Taniayo Ararilio

"UNIDOS CON IGUALDAD HACIA EL PROGRESO" Dirección: Calle 10 número 10-11 Parque Principal — Conmutador 5560610

www.launion-antioquia.gov.co — E-mail: [email protected]