resolución 2122 2013 mujer paz y seguridad 18oct2013

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    Naciones Unidas S/RES/2122 (2013)

    Consejo de Seguridad Distr. general18 de octubre de 2013

    13-52347 (S)

    *1352347*

    Resolucin 2122 (2013)

    Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 7044 sesin,celebrada el 18 de octubre de 2013

    El Consejo de Seguridad,

    Reafirmando su empeo en que se sigan aplicando, ntegramente y de maneraque se refuercen entre s, sus resoluciones 1325 (2000), 1820 (2008), 1888 (2009),1889 (2009), 1960 (2010) y 2106 (2013), y todas las declaraciones pertinentes de suPresidencia,

    Recordando los compromisos enunciados en la Declaracin y la Plataforma deAccin de Beijing, reafirmando las obligaciones de los Estados partes en laConvencin sobre la Eliminacin de Todas las Formas de Discriminacin contra laMujer y su Protocolo Facultativo, e instando a los Estados que an no lo hayanhecho a que consideren la posibilidad de ratificarlos o de adherirse a ellos,

    Teniendo presentes los propsitos y principios de la Carta de las NacionesUnidas y la responsabilidad primordial que incumbe al Consejo de Seguridad, en

    virtud de la Carta, de mantener la paz y la seguridad internacionales, y haciendonotar, a este respecto, que esta resolucin se centra en la ejecucin de la agendarelativa a las mujeres, la paz y la seguridad,

    Reafirmando que el empoderamiento de las mujeres y las nias y la igualdadentre los gneros son fundamentales para la labor de mantener la paz y la seguridadinternacionales, y poniendo de relieve que las barreras que persisten para que laresolucin 1325 (2000) se aplique ntegramente solo se desmantelarn mediante uncompromiso especfico con el empoderamiento, la participacin y los derechoshumanos de las mujeres, as como mediante un liderazgo concertado, informacin ymedidas coherentes, y apoyo para aumentar la intervencin de las mujeres en todoslos niveles de la adopcin de decisiones,

    Tomando nota con aprecio del informe del Secretario General de 4 deseptiembre de 2013 y del progreso y la aparicin de buenas prcticas en variosmbitos, que incluyen la prevencin y la proteccin, y la significativaintensificacin de la atencin operacional y de las polticas a la vigilancia y laprevencin de los actos de violencia contra mujeres en situaciones de conflictoarmado y posteriores a conflictos, y el procesamiento de sus autores, peroprofundamente preocupadotodava por los dficits que persisten en la ejecucin dela agenda relativa a las mujeres, la paz y la seguridad, incluidos los aspectos de la

    http://undocs.org/sp/S/RES/1325(2000)http://undocs.org/sp/S/RES/1820(2008)http://undocs.org/sp/S/RES/1888(2009)http://undocs.org/sp/S/RES/1889(2009)http://undocs.org/sp/S/RES/1960(2010)http://undocs.org/sp/S/RES/2106(2013)http://undocs.org/sp/S/RES/1325(2000)http://undocs.org/sp/S/RES/1325(2000)http://undocs.org/sp/S/RES/2106(2013)http://undocs.org/sp/S/RES/1960(2010)http://undocs.org/sp/S/RES/1889(2009)http://undocs.org/sp/S/RES/1888(2009)http://undocs.org/sp/S/RES/1820(2008)http://undocs.org/sp/S/RES/1325(2000)
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    proteccin frente a los abusos y las vulneraciones de los derechos humanos, lasoportunidades para que las mujeres ejerzan el liderazgo, los recursos aportados paraatender sus necesidades y ayudarlas a ejercer sus derechos, y la capacidad y elcompromiso de todos los agentes que participan en la aplicacin de la resolucin1325 (2000) y las resoluciones posteriores para promover la participacin y

    proteccin de las mujeres,Expresando preocupacin porque en las situaciones de conflicto armado y

    posteriores a conflictos se exacerba la vulnerabilidad de las mujeres,particularmente en relacin con el desplazamiento forzado, como consecuencia de ladesigualdad en los derechos de ciudadana, la aplicacin sesgada de las leyes deasilo en funcin del gnero y los obstculos para registrarse y obtener documentosde identidad que existen en muchas situaciones,

    Expresando profunda preocupacin por toda la gama de amenazas yvulneraciones y abusos de los derechos humanos que experimentan las mujeres ensituaciones de conflicto armado y posteriores a conflictos, reconociendo que lasmujeres y las nias que son particularmente vulnerables o desfavorecidas pueden sertomadas especficamente como blanco o estar expuestas a un mayor riesgo deviolencia, y reconociendo, a este respecto, que debe hacerse ms para asegurar quelas medidas de justicia de transicin aborden toda la gama de vulneraciones yabusos de los derechos humanos de las mujeres, y los particulares efectos que tienentales vulneraciones y abusos en las mujeres y las nias, as como el desplazamientoforzado, las desapariciones forzadas y la destruccin de infraestructura civil,

    Reconociendo la importancia de que los Estados Miembros y las entidades delas Naciones Unidas procuren asegurar que la asistencia y la financiacinhumanitarias incluyan toda la gama de servicios mdicos, jurdicos, psicosociales yrelativos a los medios de vida que precisan las mujeres afectadas por situaciones deconflicto armado y posteriores a conflictos, y haciendo notar la necesidad de quetengan acceso a toda la gama de servicios de salud sexual y reproductiva, incluidoslos relativos a los embarazos resultantes de violaciones, sin discriminacin,

    Reiterando su firme condena de todas las infracciones del derechointernacional cometidas contra civiles, o que los afectan directamente, en particularlas mujeres y las nias en situaciones de conflicto armado y posteriores a conflictos,incluidas las que entraan violaciones y otras formas de violencia sexual y por raznde gnero, muertes y mutilaciones, obstrucciones de la asistencia humanitaria ydesplazamientos forzados en masa,

    Reconociendo que los Estados tienen la responsabilidad primordial de respetary garantizar los derechos humanos de todas las personas que se encuentren en suterritorio y estn sujetas a su jurisdiccin, como se establece en el derechointernacional, y reafirmando que las partes en los conflictos armados tienen laresponsabilidad primordial de asegurar la proteccin de los civiles,

    Reafirmando que la paz sostenible requiere un enfoque integrado que se baseen la coherencia entre las actividades en los mbitos de la poltica, la seguridad, eldesarrollo, los derechos humanos, incluida la igualdad entre los gneros, y el estadode derecho y la justicia, y poniendo de relieve, a este respecto, la importancia delestado de derecho como uno de los elementos principales de la prevencin deconflictos, el mantenimiento de la paz, la solucin de conflictos y la consolidacinde la paz,

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    Reconociendo la necesidad de que en su propia labor se preste una atencinms sistemtica al cumplimiento de los compromisos sobre las mujeres, la paz y laseguridad, particularmente con el fin de reforzar la intervencin de las mujeres en laprevencin y solucin de conflictos y en la consolidacin de la paz, y haciendonotar, a este respecto, la necesidad de que se presenten informes oportunos y

    sistemticos sobre las mujeres, la paz y la seguridad,Tomando nota de las decisivas contribuciones realizadas por la sociedad civil,

    incluidas las organizaciones de mujeres, a la prevencin y solucin de conflictos yla consolidacin de la paz, y, a este respecto, la importancia que tienen las consultasy el dilogo sostenidos entre las mujeres y los encargados de adoptar decisiones anivel nacional e internacional,

    Reconociendo la necesidad de que se corrijan las deficiencias y se refuercenlos vnculos entre la labor de las Naciones Unidas en materia de paz y seguridadsobre el terreno, derechos humanos y desarrollo como medio de hacer frente a lascausas profundas de los conflictos armados y las amenazas para la seguridad de lasmujeres y las nias en la bsqueda de la paz y la seguridad internacionales,

    Reconociendo que el empoderamiento econmico de las mujeres contribuye engran medida a la estabilizacin de las sociedades que salen de conflictos armados yacogiendo con beneplcito la declaracin de la Comisin de Consolidacin de laPaz sobre el empoderamiento econmico de las mujeres para la consolidacin de lapaz de 26 de septiembre de 2013 (PBC/7/OC/L.1),

    Consciente de la aprobacin del Tratado sobre el Comercio de Armas yhaciendo notar las disposiciones del artculo 7 4) en el sentido de que el Estadoparte exportador tendr en cuenta el riesgo de que las armas convencionales seutilicen para cometer o facilitar actos graves de violencia por motivos de gnero oactos graves de violencia contra las mujeres y los nios,

    Aguardando con inters la importante contribucin que puede realizar laaplicacin del Tratado sobre el Comercio de Armas a la reduccin de la violencia

    cometida contra mujeres y nias en situaciones de conflicto armado y posteriores aconflictos,

    Acogiendo con beneplcito las actividades de los Estados Miembros, yreconociendo las actividades de las organizaciones regionales y subregionales,encaminadas a aplicar la resolucin 1325 (2000) y las resoluciones posteriores sobrelas mujeres, la paz y la seguridad en los planos regional, nacional y local, incluida laelaboracin de planes de accin y marcos de aplicacin, y alentando a los EstadosMiembros a que continen aplicndola por medios como el fortalecimiento de lavigilancia, evaluacin y coordinacin,

    1. Reconoce la necesidad de que la resolucin 1325 (2000) se apliquesistemticamente en su propia labor yse propone prestar ms atencin al liderazgo yla participacin de las mujeres en la solucin de conflictos y la consolidacin de lapaz, incluso realizando el seguimiento del progreso en la aplicacin y haciendofrente a los retos relacionados con la falta de informacin y anlisis sobre losefectos de los conflictos armados en las mujeres y las nias, la funcin de lasmujeres en la consolidacin de la paz y las dimensiones de gnero de los procesosde paz y la solucin de conflictos, y con la calidad de dicha informacin y anlisis;

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    2. Reconoce la necesidad de que haya informacin y anlisis oportunossobre los efectos de los conflictos armados en las mujeres y las nias, la funcin delas mujeres en la consolidacin de la paz y las dimensiones de gnero de losprocesos de paz y la solucin de conflictos en las situaciones sometidas a laconsideracin del Consejo, y, por lo tanto:

    a) Acoge con beneplcito que la Secretaria General Adjunta y DirectoraEjecutiva de ONU-Mujeres y la Secretaria General Adjunta y RepresentanteEspecial del Secretario General sobre la Violencia Sexual en los Conflictos realicenpresentaciones de informacin ms frecuentes sobre cuestiones pertinentes para lasmujeres, la paz y la seguridad;

    b) Solicita al Departamento de Operaciones de Mantenimiento de la Paz, alDepartamento de Asuntos Polticos y a los funcionarios superiores competentes que,como parte de sus sesiones informativas peridicas, le presenten informacinactualizada sobre cuestiones pertinentes para las mujeres, la paz y la seguridad,incluida la aplicacin;

    c) Solicita al Secretario General y a sus Enviados Especiales y

    Representantes Especiales en misiones de las Naciones Unidas que, como parte desus sesiones informativas peridicas, le presenten informacin actualizada sobre elprogreso en cuanto a que se invite a las mujeres a participar, incluso medianteconsultas con la sociedad civil, incluidas las organizaciones de mujeres, en lasdeliberaciones pertinentes para la prevencin y la solucin de conflictos, elmantenimiento de la paz y la seguridad y la consolidacin de la paz despus de losconflictos;

    d) Solicita al Departamento de Operaciones de Mantenimiento de la Paz y alDepartamento de Asuntos Polticos que en los informes que le presentan incluyansistemticamente informacin y recomendaciones sobre cuestiones pertinentes paralas mujeres, la paz y la seguridad;

    e) Invita a todas las comisiones de investigacin establecidas por las

    Naciones Unidas que se ocupan de situaciones sometidas a la consideracin delConsejo a que en sus presentaciones de informacin se refieran a los particularesefectos de los conflictos armados en las mujeres y las nias, poniendo de relieveespecialmente recomendaciones para promover la rendicin de cuentas, la justicia yla proteccin de las vctimas durante los conflictos armados y en los contextosposteriores a conflictos y de transicin;

    3. Expresa su intencin de prestar mayor atencin a las cuestiones relativasa las mujeres, la paz y la seguridad en todas las esferas temticas pertinentes de quese ocupa, en particular la proteccin de los civiles en los conflictos armados, laconsolidacin de la paz despus de los conflictos, la promocin y el fortalecimientodel estado de derecho en el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales,la paz y la seguridad en frica, las amenazas a la paz y la seguridad internacionales

    causadas por actos terroristas, y el mantenimiento de la paz y la seguridadinternacionales;

    4. Reitera su intencin de incluir en los mandatos de las misiones de lasNaciones Unidas que establezca o renueve disposiciones sobre la promocin de laigualdad entre los gneros y el empoderamiento de las mujeres en las situaciones deconflicto y posteriores a conflictos, incluso mediante el nombramiento de asesoressobre cuestiones de gnero, segn corresponda, y adems expresasu intencin de

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    incluir disposiciones para facilitar la plena participacin y la proteccin de lasmujeres en la preparacin de elecciones y los procesos polticos, los programas dedesarme, desmovilizacin y reintegracin, las reformas del sector de la seguridad yjudicial, y los procesos de reconstruccin despus de los conflictos en sentidoamplio, cuando se haya encomendado estas tareas a la misin de que se trate;

    5. Solicita a los dirigentes de las misiones de las Naciones Unidas para elmantenimiento de la paz que evalen las vulneraciones y los abusos de los derechoshumanos de las mujeres en las situaciones de conflicto armado y posteriores aconflictos, ysolicita a las misiones de mantenimiento de la paz que, de conformidadcon sus mandatos, hagan frente a las amenazas para la seguridad y los retos enmateria de proteccin con que tropiezan las mujeres y las nias en los entornos deconflicto armado y posteriores a conflictos;

    6. Reconoce la importancia que tienen las interacciones de la sociedad civil,incluidas las organizaciones de mujeres, con los miembros del Consejo en la Sede ydurante las misiones del Consejo sobre el terreno y se compromete a asegurar quesus visitas peridicas a zonas de conflicto incluyan reuniones interactivas conmujeres locales y organizaciones de mujeres sobre el terreno;

    7. Reconoce que sigue siendo necesario aumentar la participacin de lasmujeres y la consideracin de las cuestiones relacionadas con el gnero en todas lasdeliberaciones pertinentes para la prevencin y la solucin de conflictos armados, elmantenimiento de la paz y la seguridad, y la consolidacin de la paz despus de losconflictos, y, a este respecto, el Consejo:

    a) Solicita a los Enviados Especiales y Representantes Especiales delSecretario General en misiones de las Naciones Unidas que, desde el principio de superodo de servicio, consulten regularmente con organizaciones de mujeres ymujeres lderes, incluidos los grupos de mujeres social o econmicamente excluidas;

    b) Alienta a los Estados Miembros interesados a que elaboren mecanismosde financiacin dedicados exclusivamente a apoyar la labor y aumentar la capacidad

    de las organizaciones que fomentan el desarrollo del liderazgo de las mujeres y suplena participacin en todos los niveles de adopcin de decisiones respecto de laaplicacin de la resolucin 1325 (2000), entre otros medios aumentando lascontribuciones a la sociedad civil local;

    c) Solicita al Secretario General que fortalezca los conocimientos de lasdelegaciones negociadoras en conversaciones de paz y los miembros de los equiposde apoyo a la mediacin sobre las dimensiones de gnero de la consolidacin de lapaz poniendo a disposicin de todos los equipos de mediacin de las NacionesUnidas conocimientos especializados y expertos en materia de gnero, solicitatambin al Secretario General que apoye los nombramientos de mujeres en nivelessuperiores como mediadoras de las Naciones Unidas y miembros de los equipos demediacin de las Naciones Unidas, y exhorta a todas las partes en esas

    conversaciones de paz a que faciliten la plena participacin de las mujeres en pie deigualdad en los niveles decisorios;

    8. Destaca la importancia de que los Estados Miembros que lleven a caboprocesos electorales y reformas constitucionales despus de conflictos siganprocurando lograr, con el apoyo de las entidades de las Naciones Unidas, laparticipacin plena y en pie de igualdad de las mujeres en todas las etapas de los

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    procesos electorales, haciendo notar que debe prestarse una atencin particular a laseguridad de las mujeres antes de las elecciones y durante su celebracin;

    9. Alienta a los pases que aportan contingentes y fuerzas de polica a queaumenten el porcentaje de mujeres militares y policas destinadas a operaciones de

    las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz, y alienta tambin a los pasesque aportan contingentes y fuerzas de polica a que impartan a todo el personalmilitar y de polica suficiente capacitacin para desempear sus funciones, y a lasentidades pertinentes de las Naciones Unidas a que pongan a su disposicinorientacin o mdulos de capacitacin apropiados, en particular capacitacin previaal despliegue en las Naciones Unidas basada en situaciones sobre la prevencin dela violencia sexual y por razn de gnero;

    10. Destaca la necesidad de que prosiga la labor destinada a hacer frente alos obstculos para el acceso de las mujeres a la justicia en los entornos de conflicto yposteriores a conflictos por medios como las reformas jurdicas, judiciales y del sectorde la seguridad y otros mecanismos que tengan en cuenta las cuestiones de gnero;

    11. Insta a todas las partes interesadas, incluidos los Estados Miembros, las

    entidades de las Naciones Unidas y las instituciones financieras, a que apoyen eldesarrollo y el fortalecimiento de la capacidad de las instituciones nacionales, enparticular de los sistemas judicial y de salud, as como de las redes de la sociedadcivil local, para prestar una asistencia sostenible a las mujeres y las nias afectadaspor situaciones de conflicto armado y posteriores a conflictos;

    12. Exhorta a los Estados Miembros a que cumplan sus obligacionespertinentes con miras a poner fin a la impunidad, investigar exhaustivamente yprocesar a las personas responsables de crmenes de guerra, genocidio, crmenes delesa humanidad u otras infracciones graves del derecho internacional humanitario; yadems hace notarque la lucha contra la impunidad por los delitos ms graves detrascendencia internacional cometidos contra mujeres y nias se ha fortalecidogracias a la labor de la Corte Penal Internacional, los tribunales especiales y mixtos,

    y las salas especializadas de los tribunales nacionales;13. Recuerda, a este respecto, las disposiciones aplicables del derecho

    internacional relativas al derecho a reparaciones de las vctimas de vulneraciones dederechos individuales;

    14. Insta a los Estados Miembros y a las entidades de las Naciones Unidas aque aseguren la participacin plena y significativa de las mujeres en las actividadesdestinadas a combatir y erradicar la transferencia ilcita y el uso indebido de armaspequeas y armas ligeras;

    15. Reiterasu intencin de convocar un examen de alto nivel en 2015 paraevaluar el progreso a escala mundial, regional y nacional en la aplicacin de laresolucin 1325 (2000), renovar los compromisos y abordar los obstculos y laslimitaciones que han surgido en la aplicacin de la resolucin 1325 (2000), ademsreconoce con preocupacin que, si no se produce un cambio significativo en laaplicacin, las mujeres y sus perspectivas seguirn estando infrarrepresentadas en laprevencin y la solucin de conflictos, la proteccin y la consolidacin de la paz enel futuro previsible, y, por lo tanto, alienta a los Estados Miembros, lasorganizaciones regionales que corresponda y las entidades de las Naciones Unidasque han elaborado marcos y planes en apoyo de la aplicacin de la resolucin 1325(2000) a que empiecen a examinar los planes y las metas de aplicacin existentes, y

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    a los Estados Miembros a que evalen y aceleren el progreso y se preparen paraformular metas nuevas a tiempo para el examen de alto nivel de 2015;

    16. Invita al Secretario General a que, como preparacin del examen de altonivel, encargue un estudio mundial de la aplicacin de la resolucin 1325 (2000) en

    que se pongan de relieve ejemplos de buenas prcticas y las deficiencias y retos enla aplicacin, as como las tendencias que se estn empezando a manifestar y lasprioridades para la accin, e invita tambin al Secretario General a que en elinforme anual que le presentar en 2015 incluya los resultados de ese estudio, y aque lo ponga a disposicin de todos los Estados Miembros de las Naciones Unidas;

    17. Expresasu intencin de hacer de la ejecucin del mandato del Consejorelativo a las mujeres, la paz y la seguridad un elemento central de una de las visitasperidicas que realice sobre el terreno antes del examen de alto nivel de 2015;

    18. Solicita al Secretario General que le siga presentando informes anualesen que actualice la informacin relativa al progreso en la aplicacin de la resolucin1325 (2000), que el prximo informe lo presente a ms tardar en octubre de 2014 yque en l incluya informacin actualizada sobre el progreso en todos los aspectos de

    la agenda relativa a las mujeres, la paz y la seguridad, destacando las deficiencias ylos retos;

    19. Decide seguir ocupndose activamente de la cuestin.

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