resolución 155-2001 - estacionamientos

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Regulación de Panamá

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  • ~ GACETA OFICIAL * tiO XCW PNAhth,RDEPANAIVl.k JUEVES 20 DE SEpTIElblFiRE DE 24~ N24,392

    CONTFNIDQ MINISTERIO DE ECONOMIAY FINANZAS

    DIRECCION GENERAL DE ADUANAS RESOLUCION Ne 050

    CONCEDER A LA EMPRESA CONSORCIO AZU k daJml0d.mo1

    S.A., CENCIA PARA OPERAR UN ALMACEN DE DEPOSITO ESPE- CIAL SITUADO EN EL AEROPUERTO INTERNACldNAL DETOCUMEN n . n.... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . PAQ. 2

    MINISTERIO DEVIVIENDA RESOLUCION Ne 87.2001

    VAPOR LA CUAL SE ASIGNA LA SERVIDUMBRE c Deaodrmr odr2001

    LINEA DB E~NSTRUCCION DE DOS CALLES PROYECTADAS EN LA FINCA 4W6, UBICADA EN EL DISTRITO DE DAVID, PROVINCIA DE CHIRIQUI. .,,......,,,,,,,.,,,, PAG , 3

    RESOLUCION NP 124-2001

    POR LA CUAL SE ASIQNAN LAS SERVIDUMBR SY LIN AS DE CONSTRUCCION DEL AREA URBANA DE SHERMAN, ~D43de#llodr2001

    UBICADA EN EL CORREDIMIENTO DE CRIBTOBAL, PROVINCIA DE COLON. ,,,o . . . . . . ...

  • Gaceta OllcbI, jueves 20 de nptbmbn de 2801 No24392

    GACETA OFICIAL ORGANO DEL ESTADO

    Fhidada por el Decreto de Gabinete N 10 del ll de noviembre de 1903

    LICDO. JORGE SANIDAS A. LICDA. YEXENIA 1. RUIZ DIRECTOR GENERAL SUBDIRECTORA

    OFICINA Calle Quinta Este, Edificio Casa Alianza. entrada lateral IMPORTE DE LAS SUSCRIPCIONES ptimer piso puerta 205, San Felipe Ciudad de Panami% Mhimo 6 Meses en la Repblica: BI. 18.00

    Teldfono: 227-9833 -Fax: 22843631 Un afro en la Repblica B1.36.00 Apartado Postal 2 189 En el exterior 6 meses B/.18.00, mh porte aho

    Panatnh, Ro l

    dblica de Panam Un alio en el exterior, B1.36.00, mis porte aho LEYES, AVISO , RDICl'OS Y OTRAS Todo pago adelantado.

    PUBLICACIONES PRECIO: BL 2.40 Impreru cn los mllcru de Edirora Dominicel. SA.

    MINlST@RlO DB IICONOIMIAY FINANZAS DIRCCCION CMNI;RAL, 99 ADUANAS

    ~RnmLUOIoN w MO (gal da lunlodrwl

    EL MINISTRO DE ECONOMfA Y FINANZAS en USO de sus facultadse lagales,

    CONSIDERANDO:

    Que medIante memorial presenta@o ante la Direcckin General de Aduanas del Mlnlsterio de Economfa y Finanzas, cl Licenciado Ra61 E. Rodrfguez, en calidad de apoderado especial do laempresa CONSORCIO AZUR, S.A., sociedad an6nima debidamente inscrita a la Ficha 340469, Rollo 57992, Imagen 59, de la Soccibn de Micropelfculas Mercantil del Registro Pblico, cuyo Presidente y Representante Legal es el sefior Pablo Javier Espino, solicita se le conceda licencia para operar un alma& de depsito especial situado en el Aeropuerto Internacional de Tocumen, destinado a la exposici6n y venta de fragancias, cosmtticos y accesorios, libre de gravmenes fiscales, conforme lo dispone el articulo lo del Decreto NT90 de 28 de octubre dc 1970, modificado por el Decreto No3 de de enero de 1971, y el contrato de arrendamiento Ny225/99 de 25 de mrzo de 1999, celebrado entre la Direccin de AeronButica Civil y la empresa CONSORCIO AZUR, S.A., que vence el 3 de diciembre de 2002.

    Quo el apoderado especial de dicha empresu manifiesta en el memorial potikrio que su representada estA dlspuesta n cumplir con todas las obligaciones que indique el Ministerio de Economh y Finanzas, por conducio de la Direccin General de Aduanas.

    Que entre las obligaciones que dispone el Decreto No290 de 28 de octubre de 1970, se exige la presentaci6n de una fianza en efectivo, bancaria o de seguro, a juicio de la Contr,alorfa General de la Repblica, para responder por los impuestos que puedan causar las mercancias que se vayan a depqsitar y las penas en que pueda incurrir el importador por infracciones a las disposiciones fiscales, habiendo consignado, a favor del Ministerio de Economia y,Finanzas/Contralora General de la Repblica, la fianza de Obligacin Fiscal J-97 No glB40361, de fecha 30 de octubre do 2000, por un valor de cuarenta mil balboas con OO/100 (EV.40,000.00), cuuntla que fue fijadu por la Contralorla Gcnoral de la RcpOblicn, u fin de garantizar las operucionc~ que realice la mencionadu empresa en cl ulmacdn do Tocumon,Ia cual vence el dla 19 dc octubre de 2001 I

  • N 24,392 Gaceta Oficial, jueves 20 de septiembre de 2001 3

    Que la empresa est obligada a mantener vigente o a renovar anualmente la Fianza de Obligaci6n Fiscal de acuerdo a la certificacin de venta anual bruta que expida la Direccin de Acronautica Civil. Dicha certificacin deber ser presentada anualmente por la empresa antc este Despacho para la revisin de la fianza, conforme lo dispone la Resolucin 53 de 22 de mayo de 1997, dictada por la Contralora Gcneml de la Repblica.

    Que ia empresa debe contribuir con el tres cuarto del uno por ciento (3/4 del 1%) del valor C.I.F. de las mercancas depositadas, con el objeto de cubrir los gastos del servicio especial de vigilancia fiscal de estas operaciones, y cumplir con el Decreto No130 de 25 de octubre de 1974, referente a la liquidacin del impuesto sobre la renta.

    RESUELVE:

    CONCEDER a la empresa CONSORCIO AZUR, S.A., licencia para operar un almacn de depsito cspccial situado en el Aeropuerto Internacional de Tocumen.

    Esta licencia cntrara en vigencia a partir de la fecha de expedicin de la presente resolucin y vcncc cl 3 de diciembre de 2002, conforme lo dispone el ,artculo segundo del Decreto N290 de 28 dc octubre de 1970.

    ADVERTIR que la utilizaci6n de la licencia para fines distintos a los cuales ha sido concedida, as como la violacibn al rdgimen fiscal causar8 la cancelacin de la misma, sin perjuicio dc IU responsabilidad que le recaiga a la empresa, conforme a las disposiciones nduancris vigcntcs.

    MANTERNER cn custodia de la Contralorfa General de la Repblica, la fianza descrita cn IU p~c motiva dc esta Rcsolucin.

    IWNDA~I~NIO LEGAL! Dccrcto NO29O~dc 28~dc octubre dc~1970, reformado por et Decreto Na3 de 6 de enero de 197 1, Decreto N130~de 25 de octubre de 1974 y Resolucin Nn53 de 22 de mayo de 1997,dictada por la Contralona General de la Repblica.

    REGfSTRESE, NOTIFfQUESE Y PUBLfQUESE.

    NORBERTO DELGADO DURAN Ministro de Eoonomla y Fhanzas

    MERCEDES GARCIA DE VILLALAZ Dlrectora General de Aduanea

    MINISTERIO DE VIVIENDA RESOLUCION NP 874001 (De 30 de mayo de 2001

    Por la cual se asigna la servidumbre y lnea de construccin de dos calles proyectadas en la:finca 45556, ubicada en el distrito de David, provincia de Chiriqu.

    EL MINISTRO DE VIVIENDA, EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES

    CONSIDERANDO:

  • ocrtu Oflclul, Jurvrr 10 dr uep~lcmbre de 2001 N 24,392

    QG? ea . ixx;uten:il del \linistetio de,Vi,vienda. de conformidad con lo establecido en e: :::e:d ;&l arhulo T de la Ley 3 9 de 3 de enero de 1973, levantar, regular y $:j$.: 1;s p!Anes reculadores. lotitkaciones. urbanizaciones y mapas oficiales que I:;-,i:::. 12 p!z%i:xih de las ciudades con la cooperacin de los municipios y otras .L:, 2 . - .!._ .l,e> F.Siias

    17,:: e:. II Direxih Genera! de Desarrollo Urbano, se recibi6 solicitud formal del .~r;-i::;:> R!x.rJo Hclzer. para que se asigne la semidumbre y linea de construccin de 22s v;;; prcyeztadas en la finca 45556. documento 47745. asiento 1. propiedad de 6::::~ @~rscas Ccrp. localizada en el distrito de David. provincia de Chiriqui.

    RESUELVE:

    ARTfCCLO PRIMERO: Asignara las vias proyectadas en la finca 45556, ubicada en el distrito de David, provincia de Chiriqui, las servidumbres y lneas de construccin que se detallar; a continuacin:

    Va Servidumbre Linea de construccibn * Lindero CJcste de la finca 25.00 metros 17.50 metros Lindero Sur dc la finca 15.00 metros 12.50 metros

    * A partir del eje de la va.

    FLNI)AMF:WO LEGAL: Ley 9 dr 25 dc cncro dc IU73

    Pndn en In aludrd do Pnnrml, IJ los 30 dlar del mes da mayo de 2001.

    CCMU~IQULIE, NOflPlQUEBtY CUMPLASE

    MIQUIIL CARDRNAS Mlnlatro dr Vlvlendr

    QCRARDINO BATllTA Vlormlnlho do Vlvlrndr

  • N 24,392 Gaceta Oficlal, jueves 20 de septiembre de 2001 5

    RESOLUCION Nn 12442001 (De 3 de lullo do 2OOl

    Por la cual se asignan las servidumbres y lineas de construccin del area urbana de Sherman, ubicada en el corregimiento de Cristbal, Provincia de Coln.

    EL MINiSTRO DE VIVIENDA EN USO~ DE SUS FACULTADES LEGALES,

    CONSIDERANDO:

    Que la Autoridad de la Regin Interoceanica (ARI), ha solicitado a este Ministerio la asignacin de servidumbres viales y lneas de construcci6n de las vlas y caminos existentes del rea urbana de Sherman, ubicada, en el corregimiento de Cristbal, Provincia de Coln.

    Que es competencia del Ministerio de Vivienda, de conformidad con lo establecido en el literal 9 del artculo 2 de la Ley No. 9 de 25 de enero de 1973, ,levantar, regular, y dirigir los planos reguladores, lotificaciones, zonificaciones, urbanizaciones, mapas oficiales, lneas de construccibn y todo los demas asuntos que requiera la planificacibn de las ciudades, con la cooperacin de los municipios y otras, entidades pblicas. ,~~--r

    Que el Plan General de Uso, Conservacin y Desarrollo del Area del Canal de Panam propone para.el sector de Sherman los usos mixtos urbanos, paisaje, protegido, .bosque de protecc6n y un sistema vial de trfico no intenso que apoye estos usos.

    Que higo del anblisis @fechado en la Dinccibn Ggneral,lde Desarrollo Urbano se recomienda establecer las servidumbres y, lineas de construccibn propuestas para las vas del &rea urbana de Sherman.

    Que en fundamento a lo anteriormente expuesto,

    RESUELVE:

    ARTICULO PRIMERO: Aprobar las servidumbres y lneas de construcci6n de las vlas del rea urbana de Sherman, indicadas en el siguiente cuadro:

  • 6, Gaceta Oflclal, juevee 20 de sepllembre de 2001 N 24,392

    Vla Gatn Principal

    Vir 8ln Nombre Colrctorr 20,oo

    Cobctorr 20,oo

    VI8 8tUrQiO Cohctors 20.00

    Camino de las 500 Local 15.00

    Camino del Diablo Local 15.00

    Camino Butner Local 15,oo

    Camlno de Lm LagLUla

    Local 15.00

    Camlno Baird ,LoUl 15.00

    (Esclusas de GatUn), hasta cl comienzo del

    hasta el tope con la cerca en las viviendas

    elktrlCO8, llegando al

    intersecoi6n con la CaHe

  • N 24,392 Gaceta Ofkhl, jueves 20 de septiembre de 2Wl

    Camino Weyrauch Local 15.00

    Calle Fergussen Local ,15.00

    Camino Tanques Local 12.50

    Cammo de ) Entrenamiento

    Local 12.50

    ralle hacia y;gar 1 Loca 1250 1

    * A partir del eje de la va a ambos lados.

    Laguna hasta el Edificio No.10

    9.25 m Desde la interseccin con la Via Sturgis, hasta el limite con el polgono patrimonial de la ACP.

    8.25 m Desde la Vla Chagres, hasta el hangar del aeropuerto.

    ARTICULO SEGUNDO: Enviar copia autenticada de esta Resoluci6n a la Autoridad de la Regi6n Interoce&ica y a todas las entidades que en una Q otra forma participan ,coor#nadamente en la aplicaci6n de las normas de desarrollo urbano.

    ARTICULO TERCERO: Esta Resolucin entrar8 a regir a partir de su aprobacin.

    FUNDAMENTO LEGAL: Ley No. 9 de 25 de enero de 1973.

    Dada~en la oludad de Panami, a loa 3 dlaa del mee da Julio ge 2001.

    COMUNIGUESI, NOTIPIGUBSE Y CUMPLA8C

    MIGUEL CARDENAS Mlnlrtro de Vivienda

    GERARDINO BATISTA Viceminlstro~deVlvienda

    RESOLUCION W 133-2001 (De 10 de 911110 de 2001

    Por la cual se modifica la servidumbre de las vas Camino de La Amistad y 4a continuacin de la calle 71-B Oeste ubicadas en rea reverti,da de Ancn, distrito de Panam.

  • 8 Chceta QRcU, Juevw 20 de neptlembre de 2001 No 24,392

    @L MINBTRO DE VIVIENDA, EN USO DE FACULTADES LEGALES,

    CONSIDERANDO

    Que la Autoridad de la RegiOn~ Interocenica someti a consideracin de la Direccin General de Desarrollo Urbano la propuesta de aumentar a 40.00 metros, la servidumbre de la va Camino de la Amistad y de Ia continuacin de la calle 71-B Oeste del Desarrollo El Dorado, ambas vas ubicadas en el rea revertida de Ancn entre el sector Albrook -, Curund y Altos del Chase en el corregimiento de Betania.

    Que es competencia de esta Mlniatario, de conformidad wn (11 Ilteral q articulo segundo del la Ley No 5, de 25 de enero de 1073, levantar, regular y dirigir los planes reguladores, lotifioaciones, ronlflcaciones, urbanizaciones ymapas oficiales, lneas de construcci6n y todos los dem8s asuntos que requiera la planificacin de las ciudades con la coopsracl6n de los Municiplos y otras entidades pblioas.

    Quela ,via Camino de la Amistad tiene asignada unas servidumbre de 30.00 metros mediante la ResoEucibn 7-51 de 25 de marzo de 1891 y que en la aprobaci6n del pwyecto Centro Comercial El Dorado h? estableci la servidumbre de la calle 71-B Oeste en 22.50 metros.

    ,Que en el an8lisis correspondiente efectuado en el Departamento de Planificaci6n Vial de la Direcci6n General de Desarrollo Urbano se recomienda aprobar la modificacin de la servidumbre de, las vas menclonadas.

    Que con fundamento a la anteriormente expuesto.

    RESUELVE

    ARTICULG PRIMERO: Modlficrr la servidumbre de la vfa Camino de la Amlstad de 30.00 metros a 40.00 metros la cual se mantendri &o;rdntrloa con respecto al eje cantral da la rodrduea existente, doblando medlrso 22.60 matror del aje hacia el lado noria do la vla y i7,60 metros hclr el Iado Sur,

  • N 24,392 Gaceta Oficial, jueves 20 de septiembre de 2001 9

    *: ARTICULO SEhJNDO: Modificar la servidumbre de la continuacin de la calle 71-B Oeste entre el ro curund y el Camino de la Amistad de 22.50 metros a 40.00 metros la cual ser excntrica con respecto al eje central de la isleta de la va, debiendo medirse 22.50 metros del eje hacia el noreste de la misma y 17.50 metros hacia el lado suroeste.

    ARTICULO TERCERO: En las vas metkionadas, se mantendr la lnea de construccin a 7.50 metros de la lnea de propiedad en ambos lados. ARTICU&O CUARTO: Enviar copia autenticada de esta Resolucin a la Autoridad de la Regin Interocenica y a todas las entidades que en una u otra forma participan coordinadamente en la aplicacin de las normas de desarrollo urbano.

    ARTICULO QUINTO: Esta Resolucin entrar a regir a partir de su aprobacin.

    FUNDAMENTO LEGAL: Ley N. 9 de 25 de enero de 1973

    Dada en Ir iziudad da Panemb, n los 10 dfar del mes de julio de 2001.

    COMUNIQUBSE, NOTIFIQUESE Y CUMPLASE

    MIOUEL CARDENAS Mlnlotro de Vlvlenda

    QERARDINO BATISTA Vlormlnlrtro de Vlvlsnda

    DIRECCION CIENERAL DE DESARROLLO URBANO REBOLUCION N* 152.2001

    (De 27 de Jubo de 2001

    Por la cual se modifica la Resoluci6n NO 24-94 de 28 de enero de 1994, que

    suspende de manera temporal la aplicacin del Sistema de Bonificacih a los

    proyectos que hayan tenido o no un aumento en su densidad.

    EL MINISTRO DE VIVIENDA, EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,

    CONSIDERANDO:

    Que tin la actualidad, en la ciudad de Panam est vigente la Resolucin

    No 41-92 de 18 de mayo de 1992, la cual establece un Sistema de Bonificacin

    para edificios residenciales de alta densidad de poblacin, cuyo propsito es

    permitir densidades ms altas que las establecidas en los cdigos de zonas

  • theta Oflchl, Juem 20 de ueptlembrr ds 2001 N 24,392

    vlgantr~, como compsn8rclbn a lom proyectoa que dejon mryorer r~prclo~

    Ilhw a IOI rstipulrdoa por II norma respectiva y hrbllitrn erprcor pro uao

    racnrtivo comunal.

    Que mediante la Resolucibn No 24-94 de 28 de enero de 1994 expedida por el

    Ministerio de Vivienda, sa tispenda da manera temporal, la aplicacion del

    Sistema da Bonificacin a los proyectos que hayan tenido o no aumento en su

    densidad y que se desarrollen &n lotes ubicados en ,sectores o corregimientos

    ratonificados, y en lotes que hayan tenido un cambio individual de codigo de

    zona, hasta tanto se mejore la infraestructura de astas reas.

    Que la Resolucion ND 24-94 de 1994,, se expidib de manara temporal, como

    una medida transitoria de que Is apliorcibndel @stema de BoniWXibn rn los,

    proyectos residenciales: de alta densidad no produjera una sobrecarga 8 los

    sistemas de infraestructura y de vialidad da la ciudad de Penama y un

    desmejoramiento da la calidad da vida da la poblacin residente en esta

    ciudad.

    Que la Resolucidn No 24-94 de 1994, tlene como marco de rplicacibn, tanto a

    los lotes 0 fincas, que hayan tenido un cambio iriddividual de &&go da zona, osi

    como a todos los lotes o fincas que se ubiquen dentro de tos sectores o

    corregimientos, rezonificados, lo cual impide que muchos lotes o fincas

    ubicadas dentro de las Sreas rezonificadas que no han recibido un cambio de

    cdigo da zona individual no puedan utilizar el sistema, de bonificacion.

    Que la Direccin General da Desarrollo Urbano da este Ministerio considera

    factible que se restaure la aplicacidn del Sistema de Bonificecidn, en equellos

    lotes o fincas que se ubican en sectores o corregimientos que no han recibido

    un cambio individual de zonificacin, as como en aquellos lotas o fincas que

    hayan recibido un cambio da codigo de zona individual haca mas de cinco (5)

    anos, pero que a la fecha no han sido desarrollados, como una forma de

    promover en la ciudad de Panama nuevos proyectos residenciales que

    generen fuentes de empleo y brinden soluciones habitacionales.

    Que con fundamento en lo anteriormente expuesto;

  • W 24,392 Gaceta Ofldal, jueves 20 de septiembre de 2001

    RESUELVE: .

    11

    ARTICULO PRIMERO: Modificar el Articulo Primero de la Resolucin

    No 24iQ4 de 28 de enero de lQQ4, el cual quedar8 as:

    ARTICULO PRIMERO: Se permitlra la aplicscibn del Sistema de

    Bonificacin en aquellos lotes o fincas que se ubiquen dentro de

    sectores o corregimientos rezonificados y que a la fecha no han

    recibido el beneficio de un cambio ,de c6digo de zona individual.

    Tambien podrn acogerse al Sistema de Bonificacin, los lotes o

    fincas ubicados en Breas zonificadas o rezonificadas que hayan

    recibido un cambio de c6digo de zona individual hace mas de tres

    (3) anos, pero que a la fecha .no han sido desarrollados.

    ARTICULO SEGUNDO: Los proyectos que se rcojan al Sistema de

    Bonificaci6n no podran sobrepasar la densidad del cbdlgo siguiente. Cuando la bonificacibn se aplique al cbdigo de zona RM-3, la densidad que se obtenga no

    podra pasar las 2000 personas por hectarea.

    ARTICULO TERCERO: Enviar copie autenticada de esta Resolucin a la

    Direccibn de Obras y Construcciones del Municipio de Panama, a la Direccibn

    de Administracibn de Obras, Medio Ambiente y DesarrolloUrbano del Municipio

    de San Miguelito, a la Sociedad Panamena de Ingenieros y Arquitectos de

    Panama, a la Cmara Panamefia de la Construcci6n y a las otras autoridades

    pblicas que tienen ingerencia en este tema.

    FUNDAMENTO DE DERECHO,:, ,Ley No 9 de 25 de enero de 1973.

    Dada en le cludad de PanamA, a los 27 dfas del mes de julio del afio dos mil uno (2001).

    CDMUNIQUESE, NOTIFIQUESE Y CUMPLASE

    MIGUEL CARDENAS Mlnlstro deVivlenda

    QERARDINO BATISTA Vlcemlnlstro de Vlvlenda

  • 12 Gaceta Oficial, jueves 20 de qtfembre de 2001

    RESOLUCION N 155-2001 (os 31 da )UliO de 2001

    No 24,392

    Por la cual se establecen nuevas normas de dieefio, relativas a estacionamientos para vehculos en la Repblica de Panama.

    EL IVUNISTRO DE VIVIENDA, EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,

    CON%IzDERANDO :

    Que es competencia de la Direcci6n General de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda, de conformidad con el Captulo III, articulo 7, literal 8 de la Ley No. 9 de 25 de enero de 1973, @oponer norfnas y reglamentaciones sobre desarrollo urbano y vivienda, y aplicar las medidas necesarias para su cumplimiento.

    Pua Ia@ actuales reglamentaciones sobre dimrnriones do lar oapacioo para ~~twia~nrmbnt~s ert&n regulados por la Resoluci&n No 94% ek 28 de julo de 1988 y la Rwoluolbn No Ib843 dr 13 de rapthmbts de lQQ3,1n1baa expedIda por rl Mlnlatrrlo do Vlvlrnda,

    Qur &a ha obwvrdo qur IE@ narmatlvrr kigentra rokr dlmrnWwr da ~rbo~onaml~nto~ on II oludrd da Penrml y Ir8 otnr oludrdn da lar dlfwonter provlnolac dd prl& rctln pfoduolondo una #orla do problema@ on la oludrdrnlr, eor ja que amerita IU ecturllzaoin 0 IncorporrcBn de nuevos aspectos a las ngulrclons8 da srtaclonamlsntor.

    Q,ue la problem&ka de los estkcmemientos en h ciudad de PanamB. y en otros sectores del pals, ha sido estudiada por la Comisi6n Asesora del Ministerio de Vivienda, la Direcci6n de Obras y Construcciones Municipales del Municipio de Pana,ma y los t6cnicos de la Dlrecclbn General de Desarrollo Urbano, con el consenso de que deben actuallzrrw lar norma8 ralatlvas 8 lo6 estacionamientos.

    RESUELVE :

    ARTICULO PRIMERO: Aprobar la siguiente normativa relativa al diseno de estaclonamlentos para vehlculos en la Repblica de PanM\&

    1. Todas lar vlvlendas, edifkior y locrlea que ae conatruyrn,, rwnodalen o IO adlclonen deberin contar oon los espacio8 de etrtsclonamlrntor neooaarlos, @egtin la norma de dorarrollo urbano 0 aqn loa requrrlmlrntos, de rcuwdo al ,uco qw tendrli la rdlflcaol6n.

    2, Sa l ntlrndr por rrtaolonrmlonto,, el rrprolo Ilbn ,quo ea doatina para e&olonrr un rutom&ll, autobu@, ormlbn, motoolclti o ourlqulrt otro modio da transporta hrrrdn,

  • Na 24,392 Gaceta Oflclal, jueves 20 de septiembre de 2001 13

    3. La ,dimensibn mnima para los espaclos destinados para estacionar- sera la siguiente: (ancho x largo)

    a. Autom6viles grandes y pequenos: 2.50 m. X 5.00 m. b. Autos comerciales pequenos: 3.00 m. X 6.00 rn., c. Autos comerciales grandes: 3,OO m X 12.00 m. d. Autos comerciales articulados: 3.00 m X 17.00 m. e. Bus colegial chico: 2.50 m. X 5.00 m. f. Bus colegial grande:, 3.00 m. X 8.00 m. ,g. Buses urbanos, hasta 80 pasajeros: 3.00 m. X Il.00 m. h. Buses Interurbanos, de mas de 80 pasajeros: 3.00 m. X 14.O&W i. Motocicletas: 1 SO m. X 2.50 m.

    4. En los proyectos que se utilicen playas de estacionamientos comunales al aire libre y sin columnas, se aceptara una relacin de 80% de estacionamientos de 2.50 m. X 5.00 m. y un 20% de estacionamientos de 2.25 m. X 4.50 m. En estos.tipos de estacionamientos ai aire libre, se deber sembrar un (1) rbol de sombra por cada 10 estacionamientos o fraccin mayor de 5.

    5. Ningn estacionamiento frente a marginales y vas principales sera menor de 2.50 m. X 5.00 m.

    6. En ,las edificaciones de tipo residencial unifamiliar, bifamiliar y casas en hileras, los accesos a los estacionamientos o garajes sern de 2.50 m. minimo.

    7. En los edificios de apartamentos, comerciales, industriales o institucionales, el ancho mximo de acceso de entrada y salida a los estacionamientos ser de 4.00 m. 6 de 8.00 m. mximo cuando la entrada y salida de los estacionamientos sea combinado.

    8. Los propietarios~ que tengan locales comerciales con playas de estacionamientos frente a vias principales y siempre que las condiciones de topografa lo permitan, deberan construir dichas playas al-mismo nivel de los pavimentos de las playas de estacionamientos colindantes, con la finalidad de formar una via marginal continua. Por ningn motivo, los propietarios de los locales comerciales colocarn obstculos que impidan eI libre trbnsito vehicular por la marginal.

    9. Toda actividad de carga y descarga de cualquier tipo de mercanca que genere un proyecto comercial, industrial o institucional deber efectuarse dentro de la propiedad. En Iguel forma, los proyectos deberan contar con estacionamientos para vehkulos de carga y descarga dentro de los lmites de la propiedad, cuya dimensibn depender8 del tipo de vehiculo comercial que se use. No se permitirn estacionamientos para carga y descarga con acceso directo a las vias y avenidas principales que obstaculicen el libre trnsito por estas vas. Las autoridades competentes velarn para que las actuales actividades de carga y descarga frente a vas principales se desarrollen ,en horarios queno perjudiquen o causen congestion durante las horas de mayor circulacibn vehicular.

    lO.En los proyectos comerciales, industriales o institucionales, al concluir la jornada de trabajo normal, todos los vehculos y camiones de la empresa, ya sean de pasajeros, acarreo o transporte de carga o equipo, debern guardarse dentro de la propiedad.

  • 14 Gweta Ofldal, @avea 20 de wptlembre de 2001 No 24,392 ll. Loa propletrrloa de vehlculor comrrclalea o de tranaporte de paaa]eroa, como

    buses colegialea, buaea de tranaports publico y prlvado y otros, cuando no ertdn prestando aervlclo, deberln guardar el vehlculo dentro de la propl2dad, Se prohlbs eataclonar o guardar ratos vshfculor dentro de la aervldumbre vlel,

    12. En loa estacionamientoa que ae construyan sobre loaas y que tengan columnas, la dimenaibn mlnime establecida se medir8 a partir del espacio libre que queda entre las caras de lea columnas.

    13. Las autoridades municipales no computarn como espacio de estacionamiento, aquellos que an cumpliendo con las din-tensiones, mnimas, carezcan de fcil acceso y maniobra para los vehculos.

    14.Las puerta~s que sirven de entrada a los garajes y estacionamientos debern disefiarse en forma tal que no obstaculicen el libre paso por las aceras o veredas. Las puertas existentes hacia garajes y estacionamientos tendrn que seir modifictidas o permanecer cerradas pera poder cumplir con esta disposici6n urbana; su incumplimiento ser8 sancionado por las autoridades competentes.

    TS,Laa normaa de eataclonamlentoa pan peraonra cm ,dlauprcldrd y/o movilidad reducida, ae regIran por loa Acuerdos Municipales vbentas en esta materia. En laa reas comerciales, los estacionemlentos para diacapacitados #eran de 4.00 m. X 5.00 m y deber8 dejaras un espacio pare la rampa de rEoaao con u,na pendiente no mayor de 12%.

    Id. Loa eataclonamientoa que ab ubiquen dentro de laa aervldumbrea vialea no aeran computados por las autorldades municipales como estacionamientos ouantiflcrblea del proyecto, ,por lo que loa propletsrloa de aatoa proyectoa deberdn habilitar loa estaclantmlentos requeridos dentro de la propiedad.

    17. En casos especiales de que se ubiquen estacionamientos provisionales dentro del rea de servidumbre de una via, se deber solicitar los permisos respectivos a la instituci6n o autoridad competente, y en estos casos, estos estacionamientos debern ser construidos con materiales de fcil remocibn, tales como, adoquines, carpeta asfltica, grama block, y otros, segn IO estime la autoridad competente.

    18. En los sectores de la ciudad Capital, asi como en las otras ciudades del pas, las vlviendac que ae remodelen pre dearrrollar actividadar comerciales, debern contar con los espacios de,estacionamientos que requiera la actividad dentro de la propiedad.

    IB, Para loa requwimlentos de estacionamientos de un proyecto, de acuerdo al UBO que tendrd la conatruccion, aeguira vigente lo establecido en la Reaolucibn No. 150-83 de 28 de octubre de 1883, harta tanto el Minlaterio de Vivienda presento una nueva trbla de requerimiento8 de eatrcionamientoa.

    A~RTICULO SECUNDO: Para efootoa do, dlaeno de 1aa drara de catroionrmlrntoa y rus dotalloa, formara parto Intagrante da rata Reaoluelbn, el Anexo No 1 qua aa adjunta,

    ARTICULO TERCCRO: Podo proyecto o rntoproyeoto aprobado por laa rutorldadra oompotrntaa, con Iaa normas de aatrclonamlaBaa DRtUlOrOl,

  • No ,24,392 Gaceta Oficial, jueves 20 de septiembre de 2001 15

    seguir8n vigentes hasta la fecha de SU vencimiento. En caso de perder vigan&, deberdn acogerse a las normas estableddes en esta Resoluci6n.

    1.. ARTICULO CUARTO: Durante un plazo de seis (6) meses, a partir de la 1

    vigencia de esta ReeolucMn, los disetYadop% podriin acogerse a las normas de . estacionamientos que estaban vlgentes, al igual que aquellos proyectos que se

    encuentren en trdmites en las oficinas municipales.

    ARTICULO QUINTO: Corresponderi a las autoridades municipales hacer cumplir estas disposiciones sobre estacionamientos.

    :* ARTICULO ,SEXTO: Quedan derogadas la Resolucibn B-66 de 28 de julio de 1986; Resolucin No 16580 de 6 de noviembre de lB66; el primer pkrafo del Artkulo Sexto de la Resolucidn No 188:@3 de 13 de septiembre de 1993, la Resoluclbn No 1032 de 27 de julio de lG7! y cualqu,ier otra disposicin legal que sea contraria a ertL Rerolud6n.

    ARTICULO SEPTIMO: Enviar copla de esta, Resoluci6n a todas las oficinas municipales encargadas de aplicar las normas de desarrollo urbano y a otras entidades que en una v,,ojra fh)rma p~ir$pa&cqordinadamente en la aplicsci6n de

    ,hs riomies de dasarrollo urbaho.

    ARTICULO OCTAVO: La presente Resolucibn entrar en vigencia transcurridos seis (6) meses a partir de su promulgacibn en la Gaceta Oficial.

    FUNDAMENTO LEGAL: Ley No 9 de 26 de enero,,de 1873. . , ,

    Dada en le cludad de, Panamh, a los 31 dias del meo de julio del aiio dos mil uno (2M)1).

    COMUNIQUESE Y CUMPLASE

    MIGUEL CARDENAS Mlnlrtro deVIvienda

    GERARDINO BATISTA Vlcemlnlstro de Vivienda

  • plmLILLm. PETALLES DE ESTAClONAidIENTOS

    K8TAcI0NAMIKNm8 PARALILo AL c DON DI LA8 ACKRAS A LM LINEA8 PROPILDAD 0 AL C~lFlClO,

  • N"24,392 Gaceta Oficial, jueves 20 de septiembre de 2001 17

    AUTORIDAD DE LA REQION INTEROCEANICA CONTRATO DE COMPRAVENTA Ng521-2001

    (De 29 de )unlo de 2001)

    Entre los suscritos, a saber AUGUSTO ELIAS ZAMBRANO ROJAS, varon

    panameilo, mayor de edad, casado, Ingeniero, vecino de esta

    ciudad, portador de la cedula de identidad personal Nmero seis -

    dieciocho - cuatrocientos treinta y ocho (6-18-438), en su

    calidad de Administrador General, a.i. y Representante Legal de

    la A&JTORIDAD DE Lh REGION INTEROCEAUICA, debidamente facultado

    por el Artculo dieciocho (18), numeral ocho (8) de la Ley Nmero

    cinco: (~5) de veinticinco (25) de febrero de mil novecientos

    noventa y tres (1993), modificada por la Ley Nmero siete (7) de

    7 de marzo ,de mil novecientos noventa y cinco (19951, por la

    Resoluci&n de Junta Directiva N0107-96 de 15 de noviembre de

    1996, quien en edalanta 50 denominara IrA AUTORIDAD (VWDPDORA)

    por una parta y por la otra JEBUSA QONEALEE ALONSO, mujer,

    panameRa, mayor de edad, soltera, comerciante, con c6dula de identidad personal Nmero PE -seis - ciento cincuenta y seis (PE-

    6-X6), vecina de esta ciudad, quien en adelante se denominara LA

    COMPRADORA, ha convenido en celebrar, como en efecto celebran, el

    presente Con~trato de Compraventa de: Bien Inmuebl,e sujeto~,a los

    siguientes trminos y condiciones :

    PRIMERA : Facultad de dimpo&in da la finca. LA AUTORIDAD

    (VENDEDORA) declara lo siguiente:

    1) Que 14 NACION es propietaria de la Finca NO161696, i.nscrita al

    Rollo No.23227 Complementario, Documento 1, Seccin,, de Propiedad de la Regin Interocenica ( ARI ) : ,

    Pblico,

    & 1 \,

  • 18 Gaceta Oficial, jueves 20 de septiembre de 2001

    3) Que la ubicacin, linderos generales, medidas, superficie y

    valor, debidamente' refrendado por el Ministerio de Economa y

    Finanzas y la Contraloria General de la Repblica, constan

    inscritos en el Registro Pblico.

    SEGUNDA : Objeto del contrato. Declara ,&A AUTORIDAD (VENDEDORA)

    que en ejercicio de esas facultades, de custodia, administracin,

    concesin o venta que Te ot,orga.l~a: Ley Nmero cinco (5) de

    veinticinco (25) de febrero ,de ,mil novecientos noventa y tres

    (19931, modificada por la Ley .:,Ntime,ro,i,siete (7,) de siete (7) de

    marzo de mil novecientos noventa y, cinco (1995) y sobre la base

    de la Resolucibn Administrativa Bv~05-2001 de iC de abCil d6:

    2001, que raaliz6 la adjudicaoi&l f!finitiva de la Solicitud de

    Pricios N*149-99, en Segunda C,onitocatoria, da en venta real y

    afrctiw a LA COWORADOM, un lota de t@kreno con 81~8 mejoras,

    conrirtrntr on 1a vivienda N@S87, ubiead~ en Balboa,

    Corragimianto da Anedn, Dirtri,t,o y Provincia da Pannml, bisnea

    gur CI describen en Ir Cl~usulr~ Tarcrrrr y Cuarta, lar cuales SI

    ergregan de la Finca NO161696, libre de gravamenes, salvo laa

    restricciones de la Ley y las que consten nnscritas en el

    Registro Pblico, comprometiendose LA AUTORIbAD (VEl?DEDC)RA) al

    saneamiento en caso de eviccin.

    TERCERA: DESCRIPCION DE LA PARCELA VEINTICUATRO (24), UBICADA EN

    ALTOS DE BALBOA. Partiendo del punto localizado ms al Norte de

    la parcela, se contina en ,direccibn Sur, sesenta y cuatro

    grados, treinta y sie,te minutos, cuarenta y dos segundos, Este (S

    64O 31 42 E) y distancia detreinta y un metros con veintitres

    centlmctroa (32.23 m), hasta llegar al d.paenta~punto y colinda

    por este lado con el lote veintitres (23).

    direcci6n Sur, veintitrs grados,

    cj.ncuenta y nueve segundos, Oeste 1 (8 23O 35 59 0)

    de treinta y ocho metros con treinta y

    m) > hasta llegar al riguiente punto.

  • N 24,392 Gaceta Oflcial, jueves 20 de septiembre de 2901 19

    Norte, setenta y tres grados, cuarenta y un minutos,

    nueve segundos, Oeste (N 730 41' 49" 0)

    veinticinco metros con ochenta y cuatro centmetros (25.84 m),

    hasta llegar al criguiente punto y colinda por estos

  • 20 Gaceta Oflclsl, jueves 20 de wptlembre de 2001 N"24,392

    CUARTA: DESCRIPCI&KDE IA VXVIENDA UNIS'AMILIAR NUMlWl &ti "'*'-

    OCXENTA Y SIETE (rvS87), Conata de una (1) planta; con$T##$$p

    con peretles de bloques de ,cemento repellados, piso de concreto

    cubierto con mosaico ,de vinyl, ventanas de vidrio fijo (tipo tolda) y celoslas de vidrio ambas en marcos de aluminio, cielo

    raso de madera machihembrada, techo con estructura de madera y

    cubierta de forro de madera ms felpa.

    Consta de sala - comedor, sala 'familiar, cocina, tres (3) recamaras, dos (2) servicios ,sanitarios, cuarto de empleada,

    lavanderla y un (1) estacionamiento techado; con un rea cerrada

    de conatruccibn da' ciento ',efan,fy y un matror cuadrado8 con

    quincr drclmrtror ctirdre,doa (3,6,1;:1;J',ml) 'y Irrrr rbL@Pte tachade de

    ciento do@ motroe cuadridoq, son trrinta y ocho drcimetror

    cuadra~dor ,(102,38 mZ),

    Cm un dfaa total do cnse'rqi6n 'do doacientoa sesenta y tres

    metros euadradbs con cihW9tlti4 y tres dscimrtros cuadradas

    (263.53 m2).

    C,OLINDANTES: Al Norte, Sur, Este y Oeste con el resto libre del

    lote de terreno sobre la cual esta construida.

    LAI #EJORA ANT=8 DE6CRZTAS TIPMEW v1Q VALOR REFRZWDADO DE TRBINTA

    Y SEIS MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS BALBOAS CON OCHENTA Y NUEVE

    CENTBIMOOB (B/.36,936.,99).

    Deolara LA AUTORIDAD (VBNDEDOBA) y ami lo aomptr LA COUBBADOBA,

    qum l l valor total qmfrmndmdo dml tmrrmno y mijorar antmr

    dmroritom mm dm CIENTO BPSENTA 'I OCBO MIL'CUATROCIENTOS TREINTA Y

    OCIO 8A%WAI CON OCIENTA Y NUEVE CPwdIMO6 (B/.l66,436.B9) n

  • linderos generales, valor inscrito y co

    resulte, una vez se segregue el lote de t

    contrato.

    SEXTA : Precio y forma de pago del bien inmueble.

    AUTORIDAD (VENDEDORA) y as lo acepta LA

    precio de venta del bien inmueble

    Tercera y Cuarta es por la suma de CIENTO SESENTA Y C)CHb l%I,Ii

    CUATROCIENTOS TREINTA Y NUEVE BUBOAS CON NOVENTA Y NUEVE

    CENTSIMOS, (B/ .168,438.99) , moneda de curso legal, cantidad que

    representa la propuesta presentada por LA COMPRADORA, la cual ha

    recibido LA AUTORIDAD (VENDEDORA) a su entera satisfacci6n, segn

    consta en los recibos No3052 de 9 de abril de 2001 y No.3375 de

    21 de mayo de 2001, expedidos por la DireccAn de Fznanzas de LA

    AUTORIDAD DE LA REGION INTEROCEANICA.

    Los pagos y abonos ing,resaran de igual f,orma a la Partida

    Presupuestaria Na 2.1.1.1.02 y no serati devueltos a LA COMPRADORA

    ,c:ie presentarse incumplimiento-en la cobertura total de lo pactado

    por parte de LA COMPRADORA, LA AUTORIDAD (VENDEDORA) retendrA el

    abono ,inicial como indemnizaci6n por ~10s danos y perjuicios

    ocasionados por LA COMPRADORA.

    SEPTIMA : Cueda entendido y convenido entre ias partes

    contratantes, que esta venta incluye todo aquello que de hecho y

    por derecho acceda o forme parte integrante de la finca que

    resulte de la segr,egacin.

    OCTAVA : Destino, del bien. Declara LA AUTORIDAD (VENDEDORA) y

    asi lo acepta LA COMPRADORA que el lote de terreno y sus mejoras,

    que se da en venta a travs de este contrato, ser destinado

    nicamente para vivienda. En el supuesto que LA COMPRRDORA o

    futuros adquirientes varen el uso 0 destino del bien, sin

    permiso previo de LA .AUTORIDAD (VENDEDORA), ello producir la

    nulidad del respec~tivo ~contrato, tal como lo seala el artculo

  • 22 Gaceta QRciaI, Jueves 20 de septiembre de 2001 N 24,392

    treinta y FFatro (34) de la Ley NQmero cinco (5). ,de mil

    novecientos noventa y tres (19931, modificada por la Ley Nmero

    siete (7) de mil novecientos noventa y cinco (1995).

    NOVENA : Responsabilidad por los gastos

    correr con todos los gastos de

    verdes, consumo de energa elctrika, agua, recoleccin de basura ~. \ y dems derechos LI otros servicios pblicos. En el marco de la:s _,',

    regulaciones sobre tratamiento de las aguas

    cargo de LA COMPRADORA el pago de las tasas

    Correr6 tambien con todos los gastos y costos

    de ,la legislacibn fiscal que sean aplicables rl loa Menes,

    inmuebles y los gastos tanto notarialea y rrgiatrales que se produzcan con emotivo del presente contrato de compraventa,

    DBCIMA: AE8POIOIADILIDAD WIEWTAL: U COMPRADORA declara que el

    cumplimiento d,e lo establecido en ,la Ley 4i del 1 de julio de

    1998, General de Ambiente de la Repblica de Panamh, se

    compromete a utilizar el bien inmueble objeto de esta compra,venta

    previniendo el dafio y controlando,la contaminacin ambientai. Por

    10 tanto, si de cualquier forma el. uso aprovechamiento 0

    actividad en el bien inmueble objeto de esta compraventa

    produjere dao al ambien~te o a la salud humana, IA COMPRADORA

    estar obligado a reparar el dafio ,causado, aplicar las medidas de

    prevencin y mitigacin, y asumir los costos correspondientes;

    sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal; o sanciones

    administrativas que procedan por la violacibn de lo dispuesto en

    la Ley 41 de 1 de julio de 1998 antes mencionada.

    Ademas se deberk proteger la fauna y vegetacin de las

    servidumbres pilblicas, Breas verdes urbanas y reas silvestres

    protegidas, las cuales debern ser respetadas y por ningn motivo

    alteradas.

  • No 24,392 Gaceta Oflclol, Juavu 20 de septiembre de 2001 23

    QECIMA PRImAA: BtJJDCI6D DC LA PINCA A LA8 DOMA8 ~SSECIi+ZD ,PARA

    UANTENER EL CARhTRR DE CIUDAD JARDIN: Declara W COMPRADORA que

    conoce que la finca que adquiere por medio de este instrumento

    esta sujeta a las normas Especiales para mantener el carhcter de

    Ciudad Jardn en la Regibn InterbcrAnica, establecidas por el

    Ministqrio de la Vivienda mediante la Resolucibn ntimqro ciqnto

    treinta y nueve --dos mil (139-20001 del ocho (BI de agosto de

    dos mil (2000) y que laa mismas son de

    para todos los propietarios de la tinca 1 I

    DtCIWA SIOMIDA : CAUSAL8S DE ~SOLVCI6N DEL CONT

    Serbn causales de Rssoluci6n Administrativa del prese

    las que seRala el Articulo ciento cuatro (104) de 1

    cincuent8 y seis (56) de veintisiete (27) de dicie

    novecientos, noventa y cinco (1995), modificada por el Decreto Ley

    Nmero siete (7) de dos (2) de julio de mil novecientos noventa y

    siete (1997), as como el incumplimiento de la Clusula Octava y

    el hecho de que la escritura ptiblica de compraventa no pueda ser

    inscrita en ,el Registro ptiblico por causas imputables a LA

    COMPRAoOR& .

    DCIMA TERCERA : EXISTENCIA DE LINEAS SOTERRADAS:

    Declara LA AUTORIDAD (VENDEDORA) y asi lo acepta LR COMPRADORA

    que en el lote de terreno y sus mejoras consistente en la

    vivienda No.557, que forma parte de la Finca N161696, descritos

    en las ClAusulas Tercera y Cuarta de este contrato, existen lneas soterradas consistentes en tuberas de, la conduccin de

    aguas servidas; de agua potable, de aguas pluviales, de

    conduccin de cableado electrice; de cableado de telfonos; a

    las cuales LA COMPRADORA permitir6 el libre acceso de las

    instituciones y personas encargadas de su mantenimiento y

    reparacidn. Adems , declara LA AUTORIDAD (VENDEDORA) y as lo

    acepta LA COMPRADORA, que esta no podr a~lterar ni de ninguna

    forma afectar la existencia y el curso de las lneas a que se

    refiere esta clusula sin la debida aprobaci6n de las

    autoridades correspondientes, en cuyo caso LA COMPRADORA asumir

  • todos los gastou en que se hncurra, De igual manera, la3 partes solicitan al Registro PUblco que 8e haga constar expreeamente

    est clusula como reatriccbn al dominio de la finca que reeulte

    de la segregacibn del lote de terreno y, sus mejoras NO587 que

    por medio de este contrato se vende.

    DCIMA CUARTA : CONEXIN DEL AGUA Y ELECTRICIDAD: Declara y

    acepta LA COMPRADORA que correr por su cuenta la adecuacin de

    instalaciones existentes para suministro de solla ootable a

    un sistema individual. y soterrado de la

    N C! requiere de acuerdo a las normas del

    y Alcenteriladoe Nacienalaa ~Z/SsAN) , 9s le njrmu mrnrrii

    dsciare y acepta qlla correr84 Qor m

    inetelacibn da le infraestructurr al(lctrisa y c!viJ,

    requiar~s gura habi%ita,r la nedicibn da

    nc~nmrde~ a la51 nomas da servicio en

    :,a Empresa dm Diatri~bucidn Elctrica Metro Oeste, S.A. IEDEMEI; .

    ?ara proceder con la adecuacibn e instalacib de los sistemas

    i:~~livl,ozeles domiciliares a que se refiere la presente cl6usula,

    LA COMPRADORA dispondra de un termino m&ximo de treinta ;30!

    dias calendarios contados a partir de la firma del contrato.

    Transcurrido dicho termino sin que LA COMPRADORA cumpla con la

    presente obligaci6n, LA AUTORIDAD (MNDEDOPA) solicitara a ?

    autoridad o empresa oorrespondiente, que suspenda el suministro

    de ,los servicios pblicos de agua potable o energa elctrica,

    se,girn sea 01. incumplimiento, sin que, sea nscradirio que le

    comunique previamente a LA COMPRADORA de la medida de corte

    solicitada.

  • DCIMA QUINTA: DAOS Y PERJUICIOS: En caso de incumplimiento del

    contrato, LA AUTORIDAD (VENDEDORA) lo resolver

    administrativamente, en la forma establecida -ir la ley y

    retendr, en concepto de indennkacin, el abono inLcial, por

    los dar.05 y perjuicios ocasionados por LA COMPFiADOFGi. Adems,

    LA AUTORIDAD (VENDEDORA) retendrk el monto correspondiente a ia

    quma que se hubiere producido por consumo de eneryia elBctr~c;l,

    ~;riflarne do ague patwbla y dsmbe gsatQ,s en que ;&.y

    ?~ !] E$

  • 26 Gacha Gflclal, jwver 20 de reptlembra de 2001 N 24,392

    OrdenAmiento Jurldico NAcional , pwticularmontr Ir Ley Na5 de 25 de febrero de 1993,modificada por la Ley ND1 da 7 de marzo de

    1995 y demAe normas rrglAmentAriAs Aplicables de LA AUTORIDAD DE

    IA REQ16D INTEROCEANICA.

    ,DtiCIMA OCTAVA: ACOPZACI6N DE LA MWTA:

    Daclara La COMPBADOBA que ACAptA la venta que le oferta LA

    AUTORIDAD (VWDEDOY) del lote de terreno y auo mejoras N0587,

    que de segrega dr la Finca 16169?, deecritoa en las Cl6usulae

    ,Tercera y Cuarta de este Contrato, en los tbrminos y condiciones ,anteriormente expresadoa. ~-

    DkIbfh NOVENA: TIWBECES FISCALES:

    El presente

    Fiscales de conformidad con lo edtablecido en

    ordinal 9 del Cdigo Fiscal.

    VIGECIMA: IMPUESTO DE TAANSFEI(ENCIA DE BIEN INMUEBLE. ::,,; ,, ;,,,, 0 FC ,;,.I:; ., I, . ,,.\ De conformidad a lo establecido en el Artculo dos (2) de~:+a,I~Le~$.@

    nmero ciento seis (106) de treinta (30) de diciembre de mil

    novecientos setenta y cuatro (1974), el otorgamiento del presente

    contrato no causar8 la obligacibc de pagar el impuesto de

    transferencia de que trata dicha Ley.

    Pera conrtanola se extIende, y firme el p-ente contrato en la ciudad de Panam.4, a los velntlnuavo (29) dina del mor de Junio de dor mil uno ( 2001).

    AUGUSTO ELIAS ZAMBRANO ROJAS LA AUTORIDAD (VENDEDORA)

    JESUSA GONZALEZ ALONSO LA COMPRADORA

    REFRENDO DE LA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA, CIUDAD DE PANAMA, A LOS ONCE (11) DIAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL UNO (2001)

  • Gaceta Oftcld, jueves 20 de septiembre de 2001 27

    MINISTERIO DE QOBIERNOY JUSTICIA DIRECCIN NACIONAL DE AIIIDRACIONY NATURALIZACION

    RESOLUCION Ne 101 (Do 31 da mgorto do 2001)

    LA PRESIDENTA DE LA REPUBLICA, en uso de sus facuhdcs lepIes,

    CONSIDERANDO:

    Que, GAMAL MANNEJJ FAKIH, con nacionalidad COLOMBIANA, mediante apoderado legal. solicita al Organo Ejecutivo, por conducto del Ministerio de Gobierno y Justicia, que se le conceda CARTA DE NATURALEZA, de conformidad con lo que establece el Ordinal Jo. del Articulo JO de la Constitucin Poltica y la Ley 7a. del 14 de marzo de 1980.

    Que ti la solicitud se acompaflan los siguientes documentos:

    e) Cinco DeclPrnciones Extrajudigiaies de tostlgol, mndkh ante el Juzgado Primero del Cimuifo Judicial do Col&, Ramo Civil, donde estnbleeen que conocen a Ir peticionaris y que ha residido sn el palr por mir do ch anoa.

    b) Csrtiflcroh expedida por la Birecoidn Nacional de Migraei6n y Naturalizecih, donde consta que la peticionaria obtuvo Permlro Provirional da Pormansnoir, autorizada mediante Rerolucih No, 2660 del 4 de julio de 1980.

    c) Cirtificacibn expedida por la Subdimcch Nacional de Cedulacih, donde consta que la peti+onaria, obtuvo C&&la de Identidad Perwnal No. E-9883.

    d) Certiticaci6n del Histori,al Policivo y Penal, expedido por el Director General de la Polica Tecnica Judicial,

    e) Certitkado de Buena Salud, expedido por el Dr. Jos6 Reyes Vega.

    f) Fotocopia autenticada del pasaporte; a nombre de la peticionaria, donde se acredita la nacionalidad.

    g) Copia de la Resolucibn No. 308 del 4 de diciembre de 2000, expedida por el Tribunal EldOtUl.

    h) Informe rendido por el Director de Migracion, donde indica que la peticionaria cumple con lo preceptuado en el Articulo 7 de la Ley 7 del 14 de marzo de 1980.

    REF:, GAMAL MANNEH FAIUH NAC: COLOMBIANA CED: E-3-9883

    y en virtud de que se han cumplido todas las disposiciones constitucionales Y kales que rigen sobre la materia.

  • 28 Gaceta Oficlal, Jueves 20 de septiembre de 2001

    RESUELVE

    N 24,392

    EXPEDIR CARTA DE NATURALEZA a favor de GAMAL MANNEH FAKIH.

    REGISTRESE Y COMUNIQUESE

    MIREYA Moscoso Preoldrnta de la RopblIca

    WINSTON SPADAFORA F. Mlnlrtro de GobIorno y Justlcla

    RESOLUCION NP 162 (De 31 de agosto de 2001)

    LA PRESIDENTA DE LA REPUBLICA, en wo de IUI hcrltrdm Iqph,

    CONSIDEBANDOr

    Que, NADIM OHAIS OMAIS, con nacionalidad COLOMBIANA, mediante apoderado legal, sollcita al brgano Ejecutivo, por conducto del MlnisterIo de Gobierno y Justicia, que se le conceda CARTA DE NATURALEZA, de conformidad con lo que establece el Ordinal lo. del Articulo 10 de la Constituci6n Polltica y la Ley 7a. del14 de mano de 1980.

    Que a la solicitud se acompafkm los siguientes documentos:

    a) Cinco Declaraciones Extr+dicialep de testigos, rendidas ante el Juzgado Primero del Ckcuito de Col6n, Ramo Civil, donde establecen que conocen al peticionarlo y que ha residido en el pais por m&s de cinco tios.

    b) Certifkacidn expedida por la Direcci6n Nacional de MigraciQ y Naturalizacibn, donde consta que el peticionario, ,obtuvo Permiso Pmvlsional de Permanencia, autorizada mediante Resoluci6n No.2234 del 18 de junio de 1980.

    c) CertiticacMn expedida por la Subdireccibn Nacional de Cedulacibn, donde consta que el peticionario, obtuvo Cdula de ldeutidad Personal No. E-8-59672.

    d) Certificacin del Historial Policivo y Penal, expedido por el Director General de la Polica T6cnica Judicial.

    e) Certificado de Buena Salud, expedido por el Dr. Elio Arrncha Arrocha.

    f) Fotocopia autenticada del pasaporte, a nombre del peticionarle, donde se acredita la nacionalidad.

    g) Copia de la Resoluci6n No.333 del 27 de diciembre de 2000, expedida por el Tribunal Electoral.

    h) Informe rendido por el Director de Migracin, donde indica que el peticionario cumple con lo preceptuado en el Articulo 7 de la Ley 7 del 14 de marzo de 1980.

  • ~ N'24,392 Gaceta Oflclal, Jwver 20 de eeptlembn de 2001 29

    REF: NADlM oHA15 oh4Als NAC: COLOMMANA CED: E-W%12

    Y en, virtud de que se han cumplido todas las disposiciones constitucionales y legales qw rigen kbm la materia.

    RESUELVE

    EXPEDIR CARTA DE NATURALEZA a favor de NADIM GHAIS OMAIS.

    VIDA OWALDI PROVINOlA dONDIJO YUMOIML DIL DIOTRITO 01 DOQUIRON

    AOUDRDO n 7

    ,ACUERDO

    POR MEDIO DEL CUAL SE ADICIONA AL REGIMEN IMPOSITIVO MUNICIPAL LOS GRAVAMENES DE ALGUNAS ACTIVIDADES LUCRATIVAS DE SERVICIOS.

    El Concejo Municipal dle Distrito de Boquer6n en LIBO de BUB facultadsm lagales y,

    CONBIDERANDO

    1. Qu8 al txaarr~ 'una ,crviridn integral da nuartro Regimh Imgoeitivo vigente pudimo comprobar la exclusi4n de algunas actividadee que son materia de gravdmenes;

    2. Que al obligacibn dar1 Terorero velar por el incremento de loe ingreoor : y lae Flnanzam Municipalea: ,

    3. Que eegbn lo estatuido an el numeral 8 del Articulo 17 de le Lay 106 de ~1973 reformada por la Lay 52 de 1984, BI competenah do loo Consejo8 Muniaipslrr rrteblecar impualtor, contribucionrr, derochor y tamam de conformidad con lar Loyert

    4. QUI cl Artaulo 3 da la Lry NO,?j del 30 dr junio da 1999, que farntb al rrticula 3 de $8, Ley No.?b. da 1996, rri lofrcultrr

    A C U II B, AI

  • 30 Gaceta Oflclal, Juever 20 de aeptlembre de 2001 N 24,392

    1.1.2.5.30 A. La propaganda en las cabinas telefdnicae que identifiquen la empresa que presta el servicio de la telefonla utilizando el logo de 1s empresa o cualquier otro tipo de avieo pagar4 B/.5.00 por cada cabina por mes o fraccihn del mes.

    ,B. LOS tableros con anuncios publicitarios ubicados en aervidumbres pagarbn B/.S.OO por metro cuadrado por mes o fraccibn de mes.

    C. La Publicidad en tableros en terrenos privados pagaran B/.30.00 por mes o fraccin de mes.

    D. LOS anuncios ubicados en la fachada de edificios y locales de servicios Publico6 de B/.lS.OO por mes o fraccion de mes y hasta B/.150.00.

    ARTICULO SEGUNDO: Enviar copia de este Acuerdo al Alcalde Municipal para sus efectos, Auditor y Tesorero MUnicipal para sus conocimientos. *

    :COMUNIQUESE Y CUMPLASE, ,,

    Dado en la sala de sesiones ~Be'lConcejo Municipal del Distrito de Boquercn a los 17,,dler del mes de julio del 2001.

    H.R. LEONRL CABALLERO Preddente

    ANAYANEI CORTE6 N. Becretrrlr

    ALCALDlfA MURPCBPAL DEL Di-Sf'RR'LTO DE BOQU5RO!!.- Boqusrbn, d$eo$e$ete

    (17) de julrlo clel Il08 mC1 umo (2OOl).-

    SaRC(jI(;ADO PARA VODOS SUS EFECWS LBCALBS.-

    Dado en la Atcaldrla Mu?u+Jc$pa~Z fiel Drietr%to de Boqeterh, a 1.2~

    &

  • No 24,392 Gaceta Oficial. jueves 30 de septiembre de 2001 31

    EL CONSEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CHEPO En uso de sus facultades legales

    CONSIDERANDO:

    Que es potestad de los Municipios, conforme a lo dispuesto en la Ley 106 de 8 de octubre de 1973, sobre RCgimen Municipal, reformada por la Ley 52 de 12 de diciembre de 1984. promulgada en la Gaceta Oficial No.20214 de 29 de diciembre de 1984, Capitulo III Impuestos y Contribuciones Art. 74 y 75 numeral 21 fijar impuestos a todas las actividades industriales, comerciales o lucrativas de cualquier clase que se realicen en el distrito.

    Que la mayor parte de Iris construcciones y.rcconstruccioncs dc carrctcras, caminos y cnllcs dentro del distrito se inician sin el permiso y los requisitos necesarios.

    Que es necesario reglamentar tdda construccin que concierne a este tipo de actividad dentro del Disttito de Chepo.

    9 ACUERDA:

    Artlculo~Primcrw: Cobrase 01 impuerlo de eonrtrucciQ y reconrtrucci6n de cerretera, camlnclr, eelle8, pirtu de eterriuje y otros el uno por ciento (Ioh)

    , sobre el corito totel de Ir obra,

    Artloulo sc~undo: Toda oonrtwolh o noonwucoith d6 cerretere~, ceminor, ,oalles, pirtar da atonl~e y om quo 18 iniolon ~ln IU wrpou~lvo punnln~, no ranoonr do conformidad con lo quo ortnhlcco ul houurdo Municipal No.63 de 17 de octubre de 1995 (M$iman Impotltlvo),

    Erte Aweido rige a &ir de s~i&ic)n. ~ Artkulo Tercero:

    Dado en el Diatrito de Chepo, a los veinticuatro (24) @ns del mes de julio de dos mil uno (2001).

    COMUNiQUESE Y CMPLASE:

    H,Pl, OLhWO JAVIER BARRIOI PChA Prddent~ del Oonerjo Munlolpel

    TADEO VALENCIA MADRID Beorrtarlo del Conrr(o Munlolprl

    REPUBLICAY PROVINGIA ,DE PANAMA ALCALQIA tWNICIPAL OaL DIITRITO DE CHCPO Nola (d) de rgoeto de doe mll uno (2001)

    APROBADO: PUsLlQuw Y tJECUTB%6:

    5kALVABO A. DE CON V. ALCALDE MUNICIPAL

    SRA. MARIELA FLAAUTT SRIA. QENCRAL

  • 32 Gaceta Oficial, jueves 20 de septiembre de 2001 N 24,392

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  • 34 Gaceta Ofldal, jueves 20 de septiembre de 2001 N 24,392

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  • 38 Gaceta Oflcial, jueves 20 de septiembre de 2001 N 24,392

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  • 42 Gaceta Oficial, Jueves i0 de septiembre & 2001 N 24,392

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  • 44, Gaceta Oflclal, jueves 20 de septiembre de 2001 No 24,392

  • N 24,392 Oacota Oflcirl, juevu 20 de eeptlembre de 201 4s

    AVISO Para cumplir con lo establecido en el Artculo 777 del Ministerio Comercio, infort3 que he,vendido al seflor KUAN KENT CHONG WONG, var6n. Danameno.

    AVISO, Para cumplir con lo establecldo en el Artculo 777 del Cdigo Ministerio

    del

    Comercio, infort% oue he comorado a

    2001. Isabel Marla Lam

    Ckdul2!-769-

    L-476-276-57 Primera publicaci6n

    Panam, 17 de septiembre de

    AVISO Para dar

    L-476-21 B-63 Primera publicacin -

    AVISO gi le;teAyiRd;z;

    CASTILLO, varn, panameilo, mayor de edad, portador de la cddula de Identidad personal NP 0-308-407, en

    LAVANDERIA SPRING, ubicado

    en el corregimiento de Bethania, Va Simbn Bollvar, calle Camino Real de Bethania, edificio Sagrado Corazn de Jess, planta baja de la ciudad de Panama; con el fin de constitulrla en pgrsona Jurdica a

    sociedad

    L-476.290-07 Primera publlcacibn

    EDICTO EtiLAZATORIO

    EDICTO EMPL;z;;ORIO

    El suscrito Alcalde Municipal

    ,Di.strito de Sa: Miguelito, por medio del presente Edicto:

    EMPLAZA A: MUAfEN~fON~cLJ

    generales y

    paradero desconocidos, para aue dentro del tbrmino de diez (10) dlas, contados a partir de la ltima publicacin de este Edicto en un diario de le localidad, comparezca a eeta Alcaldla personalmente 0

    !$~der%%dic$

    nofensor de -.. Ausente con quien cn continuara la FFamitaci6n del juicio hasta su terminacin. Por lo tanto se fija el presente edicto en IU ar visible de esta SI Icada, hoy y copia del mism,o,se gEne a,adlsposlclbn

    parte interesada para SU

    F ublicacin. anam LICD$R~BEN

    CAMPOS G: Alcal~c~onic~pal

    AL I&ES 8

    Secretarlo General L-476-277-70 Unica publiceci6rr

    EDICTOS AGRARIOS

    ALCALDIA MUNICIPAL

    MuntctPal det D8trto PUINTKRO BARBA,

    DtSfRltO da Pas*, por esta vardn, panameno.

    Pes6. ha solicitado a

    medio al pUbllco; este Municipio de Municipal ed]udlcabla

    DE PEBE dentro doi Area

    HACE SABER: mayar de edad. con Pes, se le entienda urbnna

    EDICTO NP 14 cddula de Identidad Ttulo de Plopiedad del

    Que al seflOr LUB personal NQ 6-se- an Compra definitiva El Suecrlto Atcatde E 9 t K fl A N 810, y residsncia a,,

    cc:iegimiento de

    sobre un solar Pese, Cabecera, el

  • 46 Gaceta Oficial, jueves 20 de septiembre de 2001 N-24,392

    cual tiene una capacidad superficiaria de DGSCIENTOS SESENTA Y, UNO METROS CUADRAPOS CON C l N C 0 DECIMETROS (0 Has + 261.05 mts. 2), comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Clementino FernBndez y B.D.A. SUR: Calle La Industria. ESTE: Santiago Urea. OESTE: Luis Esteban Quintero Poveda. Para que sirva de formal notifIcac& a fin de que aquel que

    considere i$udlcado oon la presente sollcltud, haga valer sus derechos en tiempo oportuno, se file el presente EDICTO en un lugar visible de este Despacho por el tkmino de ocho (8) dlas hhbiles, tal como lo dispone el articulo 16 del acuerdo i 6~del 30 de sepiembrede 1977, ademAs se le entregarn sendas copias al interesado para que lo haga publicar por una (1) vez en la Gaceta Oficial, y por tres (3) veces seguldps en un peridico de la localidad.

    LIBRADO ORIEL VEGA

    Alcalde Interino de PesB

    CARMEN GOVEA DE AGUIRRE

    Secretaria. de la Alcaldla

    L-476-307-99 Unica publicacin

    REPUBLICA DE PANAMA MINISTERIO

    DE DESARROLLO

    AGROPECUARIO DIRECCION NACIONAL

    DE REFORMA AGRARIA REGION 5

    PANAMA OESTE EDICTO N* 157-

    DRA-2001 El suscrito Funcionario Sustanciador de la Dlrecci6n Nacional de Reforma Agraria del Ministerio de D e s a r r o I I o Agropecuario, en la Provincia de Panam,

    HACE SABER: Que el seiior (a) VICTORINO ULISES QUIROS MOSQUERA, vecino del Correglmlentode San Francisco, Distrito de PanamA, portador de la c6dula de Identldad personal NP 8-410-760, ha sollcltado a la Dlreccl6n de Reforma Agraria medlante solicitud NP 8-5-158. 2000, segn plano aprobado NQ 809., 0315343 la adjudicaci6n a ttulo oneroso de una parcela de tierra Baldia Nacional adjudicable, con una superficie de 0 Has + 7210.37 M2., ubicada en la localidad de Mara Vicenta,, Correglmlento de El Higo, Distrito de San Carlos, Provincia de Panama, comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Carretera de tosca de 15.00 mts. hacia MaraVicenta y hacie Loma Palogavia. SUR: Cristln Snchez Munoz, servidumbre de 5.00 mts. hacia otras fincas. ESTE: Adelino Sdnchez Pinto y

    carretera de tosca de 15.00 mts. Hacia Marla Vicenta. OESTE: Esterneira de Rodrguez. Para los efectos legales se fija este Edicto en lugar visible de este despacho en la Alcaldia del Distrito de San Carlos o en la corregidurla de El Higo y copias del mismo se entregarn al interesado para que los haga publicar en los rganos de publicidad correspondientes, tal como lo ordena el artculo 108 del Cdigo Agrario. Este Edicto tend,r& una vigencia de qulnoe (15) dlas a pertlr de la ltima publlcaclbn. Dado en Caplra a los 9 dles del mes de Julio de 2001. YAHIRA RIVERA M. Secretarla Ad-Hoo ING. RICARDO A.

    HALPHEN R. Funcionarlo

    Sustanciador L-475-242-81 Unica Publicacin R

    REPUBLICA DE PANAMA MINISTERIO

    DE DESARROLLO AGROPECUARIO

    DIRECCION NACIONAL

    DE REFORMA AGRARIA REGION 5

    PANAMA OESTE EDICTO NP 163-

    DRA-2001 El suscrito Funcionario Sustanciador de la Direccin Nacional de Reforma Agraria del Ministerio de Desarrollo Agropecuario, en la Provincia de PanamA,

    HACE SABER: $fD;l sefior (a)

    INES MARTINEZ DE CHUNG - RAFAEL ANTONIO CHUNG MARTINEZ ROBERTO CARLOi CHUNG MARTINEZ, vecino del Corregimiento de Bethania, Distrito de PanamA, portador de la &dula de identidad personal NP 2-106- 2499; 9-211-423, 8. 707-717, ha solicitado a la Direccin de Reforma Agraria mediante solicitud NP 8-5-l 277- 2000, segn plano aprobado NQ 1304- 0515328 la adjudlcacl6n a titulo oneroso de una parcela de tlerra Baldla ,Naclonal adjudlcable; pon una superflcle de 1 Has t 1796.79 M2., ubloada en la localldad de ChlcA, Corregimiento de ChicA Distrito de Chame, Provincia de PanamA, comprendido dentro de los slgulentes linderos: NORTE: Camino de 12.00 mts. hacia otros lotes y a ChicA. SUR: Juan Elmer Vargas Morales. ESTE: Callej6n de 8.00 mts. hacia otros lotes y ,servidumbre de 5.00 mts. OESTE: Bartolom6 Menchaca y Cecilia Aguila de De Len. Para los efectos legales se fija este Edicto en lugarvisible de este despacho en la Alcaldla del Distrito de Chame o en la corregidurla de Chic y copias del mismo se entregarn al interesado para que los haga publicar en los 6,rganos de ,.

    correspondientes, tal como lo ordena el artculo 108 del Caigo Agrario. Este Edicto tendr una vigencia de quince (15) dlas a partir de la ltima publicacin. Dado en Capira a los ll dias del mes de julio de 2001.

    GLORIA E. SANCHEZ

    Secretaria Ad-Hoc ING. RICARDO A.

    HALPHEN R. Funcionario

    Sustanciador L-475-243-62 Unica Publicaci6n R

    REPUBLICA DE PANAMA MINISTERIO

    DE DESARROLLO AGROPECUARIO

    DIRECCION NACIONAL

    DE REFORMA AGRARIA REGION 5

    PANAMA OESTE EDICTO NQ 166.

    DRA-2001 El suscrito Funcionario Sustanciador de la Direccin Nacional de Reforma Agraria del Ministerio de Desarrollo Agropecuario, en la Provincia de PanamA, \ HACE SABER: Que el seor (a) CAMILO PINTO NUIEZ GLORIELA PINT: VIUDA DE JIMENEZ, vecino del Corregimiento de Amelia Denis de Icaza, Distrito de San Miguelito, portador de la c6dula de identidad personal NP B-201- 1080,8-206-937, ha solicitado a la Direccin de Reforma Agraria

  • modlantr aoiloltud Ns ,8-B-1237.2000, ,rrgtin plano aprobado NP 004.04. 115239 Ia edjudloaolbn a tftulo oneroso de una parcela de tierra :Baldla Naclonel adjudloable, con una supertioie de 0 Has + 1734.78 MZ., ubicada en la localidad de Los Pozos, Corregitiiento de Cabuya, Distrito de Chame, Provincia de Panaml, comprendido dentro de loe elguienter llnderom: NORTE: Joai Irabol Ramos. SUR: Carrotire de arfalto haoir Is Intaramrrlcana y ha& La Laguna. kX~; Jo14 leabel

    OESTi: Joti, laabrl Ramos.

    Para 101 atrotoB logrlee 80 flJ@ eeto Edloto on lugar vlelble de rete deapaoho en la Alcaldla del Dlstrito ,de ~Chama 0 en la corregldurla de Cabuya y coplas del mismo se entregarAn al interesado para que los haga publicar en los rganos de publlcldad correspondientes, tal como lo ordena el articulo 108 del COdigo Agrario. Este Edloto tendrA~ une vlgencle de qulnoe (15) dlas a partir de la ltima publicaci6n. Dado en Cepira a los 16 dlas del mes de julio de 2001.

    GLORIA E. SANCHEZ

    Secretaria Ad-Hoc ING. RICARDO A.

    HALPHEN R. Funolonarlo

    Sustanolador L-475-248-38 Unlca Publloaolbn R

    REPUBLICA DE PANAMA MINISTERIO

    DE DESARROLLO AGROPECUARIO

    DIRECCION NACIONAL

    DE REFORMA AGRARIA REGION 5

    PANAMA OESTE EDICTO NP 167.

    DRA-2001 El suecrlto Funcionario Sustanciador de la Direccin Nwional de Reforma Agra& drl Ministerio d$ Desarrolla Agrapecuario, en IB CbW/lncir do PWlMTt4,

    HACE SABER: Que al mor (11 coakw GARCIA QUZMAN, vecltw dol Correglmlento de Cabuye, DlWlto de Chame, portador de la oldulr de Identlded prrtonal NP E-8& 781, ha aollcltado a k Dlreccl6n de Reforma Agrarle rnedlante aollcltud Na 8-5-444-99, segn plano aprobado N* 804-04;14663 la ad)udlcacl6n a titulo onero,so de una parcela de tierra Baldia Nacional adludicable, con una superficie de 1 Has + ,2334.78 M2., ubloedr en II loorlldrd de El Barrero, Corregimiento de Cabuya, Distrito de Chame, Provincia de PanamA, comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Camlno hacia El Salado y a Cabuya. SUR: Terreno de Cosme Qarofa QuzmAn. ESTE: Camlno hada

    otme lotes. OESTE: Terreno de Cosme Qarolr QuzmAn. Para los efectos legalea ae fija cote Edicto en lugar visible de este despacho en la Alcaldia del Distrito de ArraiJOn o en la corregldurla de Nuevo Emperador y copia del mismo se entregarAn al interesado para que los haga publicar en los 6rganos de publicidad correspondientes, tal Eomo lo ordene el artltulo 108 del Cbdlgo Agrario. Bate Edloto tendr0 una vlpnolr de quince (16) din a prftir dr l@ Oltlmr publlaroibn, Dado en Capln l loe 16 dfar del mee da Julio de 2001.

    QLORIA E. SANCHEZ

    Secreterle Ad-Hoc INQ. RICARDO A.

    HALPHEN R. Funclonarlo

    Swtandlador L-475.24520 unlca Publicaci6n R

    REPUBLICA DE PANAMA MINISTERIO

    DE DESARROLLO AGROPECUARIO

    DIRECCION NACIONAL .

    DE REFORMA AGRARIA REGION 5

    PANAMA OESTE EDICTO NP 180-

    DRA-2001 El suscrito Funcionario Sustanciador de la Direccibn Nacional de Reforma Agrarie, en la Provincia de PanamA,

    HACE SABER: Que el seflor (a)

    CIIVCRA, veolno (a) de Bda. El Nazareno, drl Correglmlento de Quadalupe, D!rtrlto de PanamA, portador de la oOdula de Identidad personal N08-23-303, ha solicitado a la Direccin de Reforma Agraria mediante solicitud NP 8-5-235-88 del 25 de marzo de 19g8, segn plano aprobado NP 804-O& 5327 la adjudicacin a titulo oneroso de una parcela de tierra patrimonial ed)udlcable, con una @.~~etflcie de 0 Haa + 1734.36 M2., quo forma parte de le flnom NP 17363, Inwlta al tomo 433, follo 8, de propledrd del Minirtsrio da DrrarroIIo Apmpeourrlo, El terreno eetd ublcado en la looalldad de Calle Ira. Sur, Altoe DDE Campana, Correglmlento de ChlcB, Distrito de Chame Provincia de PanamA, oomprendldo dentro de los siguientes Ilnderos: - NORTE: Calle Cordlllere hacia Calle la. Sur y a otros lotes. SUR: Ezeauiel Rloo adano. ESTE: Servidumbre de 3 mis. a Ojo de Agua y hacia Calle I. su: OESTE: Ilka Victoria Qreetr. Para los efectos legales se fija este Edicto en lugar visible de este despacho en la Alcalda del Distrito de Chame o en la oorregldurla de ChloA y ooplr del mlemo ee ALBA -~~. sorregaran al

    Intererado para que los haga publloar en los 6rganoe de publloldad correepondlentea, tal como lo ordena il artkulo 108 del C6digo Agrario. Este Edicto tendr8 tina vigencia de quince (15) dks a partir de la ltima publicacin. Dado en Capira a los 10 dias del mes de julio de 2001. YAHIRA RIVERA M. Secretaria Ad-Hoc ING. RICARDO A.

    HALPHEN R. Funcionario

    Sustanolador L-475-732-30 Unioa Publioaolbn R

    REPUBLICA DE PANAMA MINIBTERIO

    DE DESARROLLO AQROPECUARIO

    DIRECCION NACIONAL

    DE REFORMA AQRARIA REQlON 5

    PANAMA OESTE EDICTO Nn 161.

    DRA-2001 El suscrito Funclonarlo Sustenclador de la Direccibn Nacional de Reforma Agraria, en la Provincia de Panamd,

    HACE SABER: Que el oonor (a) JUVENIL ANTONIO TEJADA QUINTERO vecino (a) de Santa Cruz, del Corregimiento de Bejuco, Die(rlto de Chame, portador da la cdula de identldad personal N* 7-45- 808. ha solicitado a la Direcci6n de Reforma Agraria medlante rolloltud NP 8-141.82 del 28 de mayo de 2001, srgdn I I ..-

  • 83-02-10217 la .ad]udloaolbn a tftulo oneroso de una parcela de tierra patrlmonlal adjudicable, con une supefficle de 47 Has + 5835.53 M2., que forma parte de la finca Np 33908, inscrita al tomo 828, folio 289, de gropIedad del Mlnlsterlo de Desarrollo Agropecuerlo. El terreno est8 ubicado en la localldad de Santa Cruz, Cormglmlento de Bejuco, Dlstrlto de Chame Provlncla de PanamB, comprendldo dentro de los elgulentrr

    Ilnderos: NORTE* A6entomlrnto Li Creata y crmlno a Santa Cruz y a otms flnoae. SUR: Aeentamlento La Cresta. ESTE: Asetamlento La Cresta. OESTE: Camino a Santa Cruz y a otras flnoas, Qda. Mona, Asentamlento La Cresta. Para los efectos legales se fIla este Edicto en lugar visible de este despacho en la Aloaldla del Dlstrlto de Chame 0 en la corregldurla de Bejuco y Copia del mismo se entregarhn al interesado para que los haga publicar en los 6rganos de publicidad correspondientes, tal como lo ordena el artrculo 108 del Cdigo Agrario. Este Edicto tendr8, una vigencia de quince (15) dias a partir de la ltima publicaci6n. Dado en Capira a los lo das del mes de

    YAHIRA RIVERA M. SeorotarIa Ad-l-loa INQ. RICARDO A.

    HALPHEN R. Funolonarlo

    Sustanclador L-475-242-99 Unlca Publicacl6n R

    julio de 2001.

    REPUBLICA DE PANAMA MINISTERIO

    DE DESARROLLO AQROPECUARIO

    DIRECCION NACIONAL

    DE REFORMA AGRARIA REGION 5

    PANAMA OESTE EDICTO Ne 188.

    DRA-2001 El sueorlto Funclonarlo Surtanolador de la Dlreocl6n Naolonal de ReWma Agmrk, en la Provlnola de PanamA,

    HACE SABER: Que el 5efior (a) StMON TORtStO,

    3tdEUp~lION AGUILAR JENCt ATORId DE MUSOLF, veolno (a) de Sajallcw, del Correglmlento de SaJallces, Dlstrlto de Chame, portador: de la tidula de identldad personal N9-88-523, e-120-1457, ,9-lO& 1391. ha solicltado a la Direccin de Reforma Agraria mediante solicitud NP 8-5-441-88 del 8 de julio de 1998, segn plano aprobado NP 80410-15375 la adjudicaci6n a tftulo oneroso de una parcela de tierra p a t r i m 0 n,i a I adjudicable. con una superficie de 1 Has + 7,158.78 M2., que forma parte de la finca N* 33724, Inscrita al tomo 824

    48 Gace@ Oflclal, jueves 20 de septiembre de 2001 N 24,392 follo 92 de propledad del Mlnlaterlo de D esa r r o,l I o Agropeouarlo. El terreno est8. ubicado en la localldad de Sajallces, Correglmlento de Sajallces, Dlstrlto de Chame Provinola de Panami, comprendldo dentro de los slgulentes Ilnderos: NORTE: Calle de tlerra a El PeAbn y hacia C.I..A., JosB Merla Concepolbn. SUR: Terrenos naolonales y camlno a otros lotes y flncas. ESTE: JosB ,Marle Concepcldn quebrada Sajalleea.Y OESTE: Vilma B. de Rodrfguoz y oamlno hacia El PeIIbn, Pera los efecto0 legalee se flJa este Edlcto en lugar vlslble de este derpaoho en la Alcaldla del DIatrIto de Chame o en la corregldurla de SaJallces y copla del mlsmo se entregarn al interesado para que los haga publicar en los 6rganos de publloldad correspondlentes, ta, como lo ordena el articulo 108 del C6digo Agrarlo. Este Edlcto tendr8 una vigencia de quince (15) dlas a partir da la ltima publlcaoln. Dado en Capira a los 17dlas del mes de julio de 2001.

    GLORIA E. SANCHEZ

    Secretaria Ad-Hoc ING. RICARDO A.

    HALPHEN R. Funcionario

    Sustanciador L-475-243-38 Unica Publicacifin R

    EDICTO Nn 79 DIRECCION

    DE INGENIERIA MUNICIPAL

    DE LA CHORRERA SECCION

    DE CATASTRO Alcaldla Munlclpal de La Chorrera. La Suscrita Alcaldesa del Dlstrlto de La Chorrera.

    HACE SABER: Que~ el senor (a) YESENIA MARIA MONRROY GUERRA, panamena, mayor de edad, Estudiante Unlversldad, con dlrecclbn en.. el Correglmlento de Guadalupe, Barrlada La Pesa Ceea NQ fu- 7 de la Calle El PedregO60, con o8dula de klentldad personal NP 8-514. 84, en au proplo nombre 0 representaolbn de su propla persona ha sollcitado a este Despacho que se le adludlque aTItulo de Plena Propledad, en conceptode venta de un lote de terreno Municipal Urbano, localizado en el lugar denomlnado Calla El Pedregoso, de la Barriada La Pesa, Corregimiento Guadalupe, donde se llevar a cabo una construccl6n distingulda, con el nmero - y cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE: Resto de la Finca 9535 Tomo 297, Folio 472, propiedad del Municipio de La Chorrera con 30.00 Mts. SUR: Resto de la Finca 9535Tomo 297, Folio 472, propiedad del Municipio de La Chorrera con 30.00

    !kE: Calle El Pedmgo60 con 20.00 Mts. OESTE: Resto de la Flnca 9535Tomo 297, Folio 472, propledad del Municipio de La Chorrera con 20.00 MtS. Area total del terreno, seiscientos metros cuadrados (800.00 Mts.2): Con base 8 lo que dlspone el Artloulo 14 del Acuerdo Municipal NP ll del 8 de marzo de 1989, se flJa el presente Edicto en un lugar vlslble al lote de terreno sollcltado, por el Wmlno de DIEZ (10) das, para que dentro de dicho plazo o t6rmlno pueda oponerre la (0) persona que ee enouentran afeotadas. Entrdguensele, rendae coplas del presente Edlcto al Interesado para su publlcacl6n por una sola vez en un perl6dlco de gran clrculacl6n y en la Gaceta Oflcial. La Chorrera, 28 de abril de dos mil uno.

    La Alcaldesa SRA. LIBERTAD

    BRENDA DE ICAZA A.

    Jefe de la Seccl6n de Catastro (FDO.) SRA. CORALIA B.

    DE ITURRALDE Es fiel copia de su original. La Chorrera, velnti&is (28) de abril e de dos mil uno.

    SRA. CORALIA B. DE ITURRALDE

    Jefe de la Seccin de Catastro Municipal

    L-478-285-48 Unica publicaci6n