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30 Gaceta Oficial Nº4661 RESOLUCIÓN N° 201950124314 DEL 27 (DICIEMBRE DE 2019) “Por la cual se adopta el instrumento de planificación complementaria de segundo nivel, Proyecto Urbano Integral del Ámbito Ladera Nororiental” EL ALCALDE DE MEDELLÍN En ejercicio de sus atribuciones conferidas por el numeral 1 y 3 del artículo 315 de la Constitución Política, las legales conferidas en el literal a) numeral 6 y los numerales 1 y 14 del literal d) del artículo 29 de la Ley de la Ley 1551 de 2012 que modifica el artículo 91 de la ley 136 de 1994, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 388 de 1997, Decreto 1077 de 2015 y, en especial las contempladas en los artículos 479 y 480 del Acuerdo Municipal 048 de 2014 y, CONSIDERANDO QUE: 1. El artículo 113 de la Ley 388 de 1997 define las actuaciones urbanas integrales, como el desarrollo de programas y proyectos derivados de las políticas y estrategias contenidas en el plan de ordenamiento territorial de la respectiva entidad municipal o distrital, o de planes parciales formulados de acuerdo con las directrices de tales políticas y estrategias, que para tales efecto, corresponde al definido como instrumento de segundo nivel Proyecto Urbano Integral del Ámbito Ladera según el Acuerdo 48 de 2014. 2. El artículo 454 del Acuerdo Municipal 048 de 2014, “por medio del cual se adopta la revisión y ajuste de largo plazo del Plan de Ordenamiento Territorial de Medellín y se dictan otras disposiciones”, establece los Proyectos Urbanos Integrales del Ámbito Ladera como instrumentos de escala intermedia de segundo nivel de planificación complementaria, generador de norma urbanística, encargado de complementar la planificación del territorio desde una visión integral del desarrollo en la ciudad. 3. El artículo 479 del citado Acuerdo define el Proyecto Urbano Integral del Ámbito Ladera (PUIAL) como un instrumento de planificación complementaria de segundo nivel para el fortalecimiento de los barrios y sus centralidades, que se encuentran por fuera de las Áreas de Intervención Estratégica –AIE- que busca el direccionamiento de las estrategias e intervenciones dirigidas a fortalecer y mejorar las características de las unidades barriales definidas por la división político-administrativa del Municipio, así como planificar de manera simultánea el barrio y la centralidad, cuando sea el caso, en aras de fortalecer la relación armoniosa de la misma con el territorio, al cual sirve de centro funcional o de prestación de servicios directo. Los cuales podrán formularse por iniciativa comunitaria o de la Administración Municipal. 4. Durante los años 2017 y 2018, el Departamento Administrativo de Planeación de Medellín, se dio a la tarea de cumplir el mandato del parágrafo único del artículo 479 del Acuerdo municipal 048 de 2014, en cuanto a la elaboración de una Guía metodológica para la formulación de los Proyectos Urbanos Integrales del Ámbito Ladera, culminada y socializada en septiembre de 2018. Esta Guía identificó cinco (5) áreas definidas como “Zonas de media Ladera heterogéneas, expresadas en el Mapa 1. Modelo de Ocupación, y Mapa 33. Instrumentos de Planificación, ambos protocolizados con el Acuerdo Municipal 048 de 2014, estas áreas ocupan total o parcialmente las Zonas Nororiental, Noroccidental, Suroriental, Suroccidental y el Corregimiento de San Antonio de Prado. Adicionalmente, se encontró que el Ámbito Ladera Nororiental, constituía el ámbito priorizado para desarrollar el primer PUIAL de la ciudad. 5. Para la elaboración de este Proyecto Urbano Integral del Ámbito Ladera Nororiental se adelantaron las fases definidas en el artículo 480 del Acuerdo Municipal 048 de 2014 de la siguiente manera: Fase 1 Diagnóstico participativo. Esta fase se desarrolló en el año 2018, obteniendo como resultado el documento que recoge tanto la labor técnica como del proceso participativo llevado a cabo con la comunidad, y sobre el cual se sustentan las propuestas de intervención para el Ámbito Ladera Nororiental. Fase 2 Formulación participativa. Esta fase se desarrolló en el año 2019, fundamentada en los resultados de la Fase 1 y la materialización de la propuesta de formulación construida con la comunidad. Fase 3 Socialización y Concertación. Se agotó esta fase con el desarrollo del Taller General para el Ámbito Ladera Nororiental llevado a cabo el 24 de agosto de 2019, sobre el cual se soportaron las conclusiones del documento Fase 2. Formulación Participativa. Proyecto Urbano Integral del Ámbito Ladera Nororiental. Igualmente, en cumplimiento de lo dispuesto en Ley 1437 de 2011, artículo 8°, numeral 8° y de la Circular 018 de 2017 de la Secretaría General del Municipio de Medellín, que indican el deber de información al público de los proyectos específicos de regulación, el texto de este decreto se publicó en el portal institucional de la entidad, del 26 al 27 de diciembre de 2019, con el objetivo de recibir observaciones y/o sugerencias de la ciudadanía en general. No se recibieron observaciones ni sugerencias de la ciudadanía. Fase 4 Aprobación. Esta fase se agotará con la adopción de la presente Resolución que tendrá fuerza vinculante para la inversión pública, el programa de planeación y gestión participativa y los planes de desarrollo local, así como de soporte para la revisión y ajuste de mediano plazo del POT y la realización de proyectos e infraestructuras públicas.

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Gaceta Oficial Nº4661

RESOLUCIÓN N° 201950124314 DEL 27(DICIEMBRE DE 2019)

“Por la cual se adopta el instrumento de planificación complementaria de segundo nivel, Proyecto Urbano Integral del Ámbito Ladera Nororiental”

EL ALCALDE DE MEDELLÍN

En ejercicio de sus atribuciones conferidas por el numeral 1 y 3 del artículo 315 de la Constitución Política, las legales conferidas en el literal a) numeral 6 y los numerales 1 y 14 del literal d) del artículo 29 de la Ley de la Ley 1551 de 2012 que modifica el artículo 91 de la ley 136 de 1994, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 388 de 1997, Decreto 1077 de 2015 y, en especial las contempladas en los artículos 479 y 480 del Acuerdo Municipal 048 de 2014 y,

CONSIDERANDO QUE:

1. El artículo 113 de la Ley 388 de 1997 define las actuaciones urbanas integrales, como el desarrollo de programas y proyectos derivados de las políticas y estrategias contenidas en el plan de ordenamiento territorial de la respectiva entidad municipal o distrital, o de planes parciales formulados de acuerdo con las directrices de tales políticas y estrategias, que para tales efecto, corresponde al definido como instrumento de segundo nivel Proyecto Urbano Integral del Ámbito Ladera según el Acuerdo 48 de 2014.

2. El artículo 454 del Acuerdo Municipal 048 de 2014, “por medio del cual se adopta la revisión y ajuste de largo plazo del Plan de Ordenamiento Territorial de Medellín y se dictan otras disposiciones”, establece los Proyectos Urbanos Integrales del Ámbito Ladera como instrumentos de escala intermedia de segundo nivel de planificación complementaria, generador de norma urbanística, encargado de complementar la planificación del territorio desde una visión integral del desarrollo en la ciudad.

3. El artículo 479 del citado Acuerdo define el Proyecto Urbano Integral del Ámbito Ladera (PUIAL) como un instrumento de planificación complementaria de segundo nivel para el fortalecimiento de los barrios y sus centralidades, que se encuentran por fuera de las Áreas de Intervención Estratégica –AIE- que busca el direccionamiento de las estrategias e intervenciones dirigidas a fortalecer y mejorar las características de las unidades barriales definidas por la división político-administrativa del Municipio, así como planificar de manera simultánea el barrio y la centralidad, cuando sea el caso, en aras de fortalecer la relación armoniosa de la misma con el territorio, al cual sirve de centro funcional o de prestación de servicios directo. Los cuales podrán formularse por iniciativa comunitaria o de la Administración Municipal.

4. Durante los años 2017 y 2018, el Departamento Administrativo de Planeación de Medellín, se dio a la tarea de cumplir el mandato del parágrafo único del artículo 479 del Acuerdo municipal 048 de 2014, en cuanto a la

elaboración de una Guía metodológica para la formulación de los Proyectos Urbanos Integrales del Ámbito Ladera, culminada y socializada en septiembre de 2018. Esta Guía identificó cinco (5) áreas definidas como “Zonas de media Ladera heterogéneas, expresadas en el Mapa 1. Modelo de Ocupación, y Mapa 33. Instrumentos de Planificación, ambos protocolizados con el Acuerdo Municipal 048 de 2014, estas áreas ocupan total o parcialmente las Zonas Nororiental, Noroccidental, Suroriental, Suroccidental y el Corregimiento de San Antonio de Prado. Adicionalmente, se encontró que el Ámbito Ladera Nororiental, constituía el ámbito priorizado para desarrollar el primer PUIAL de la ciudad.

5. Para la elaboración de este Proyecto Urbano Integral del Ámbito Ladera Nororiental se adelantaron las fases definidas en el artículo 480 del Acuerdo Municipal 048 de 2014 de la siguiente manera:

Fase 1 Diagnóstico participativo. Esta fase se desarrolló en el año 2018, obteniendo como resultado el documento que recoge tanto la labor técnica como del proceso participativo llevado a cabo con la comunidad, y sobre el cual se sustentan las propuestas de intervención para el Ámbito Ladera Nororiental.

Fase 2 Formulación participativa. Esta fase se desarrolló en el año 2019, fundamentada en los resultados de la Fase 1 y la materialización de la propuesta de formulación construida con la comunidad.

Fase 3 Socialización y Concertación. Se agotó esta fase con el desarrollo del Taller General para el Ámbito Ladera Nororiental llevado a cabo el 24 de agosto de 2019, sobre el cual se soportaron las conclusiones del documento Fase 2. Formulación Participativa. Proyecto Urbano Integral del Ámbito Ladera Nororiental.

Igualmente, en cumplimiento de lo dispuesto en Ley 1437 de 2011, artículo 8°, numeral 8° y de la Circular 018 de 2017 de la Secretaría General del Municipio de Medellín, que indican el deber de información al público de los proyectos específicos de regulación, el texto de este decreto se publicó en el portal institucional de la entidad, del 26 al 27 de diciembre de 2019, con el objetivo de recibir observaciones y/o sugerencias de la ciudadanía en general. No se recibieron observaciones ni sugerencias de la ciudadanía.

Fase 4 Aprobación. Esta fase se agotará con la adopción de la presente Resolución que tendrá fuerza vinculante para la inversión pública, el programa de planeación y gestión participativa y los planes de desarrollo local, así como de soporte para la revisión y ajuste de mediano plazo del POT y la realización de proyectos e infraestructuras públicas.

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Fase 5 Gestión, Seguimiento y Evaluación. El Departamento Administrativo de Planeación llevará a cabo el seguimiento de este plan, en la gestión como en la implementación de la política de responsable mezcla de usos del suelo, en compañía del comité establecido en el artículo 480 del Acuerdo Municipal 048 de 2014.

6. De acuerdo con lo establecido por el literal g) del artículo 4 y el numeral 4 del literal f) del artículo 91 la Ley 136 de 1994; el artículo 2 de la Ley 388 de 1997, la Ley 1707 de 2015, en especial sus literales f) y k) del artículo 89; y los artículos 2, 3 y 14, numerales 14.2, 14.3, y 14.5, del Acuerdo Municipal 28 de 2017 que modifica el Acuerdo 47 de 2007 y actualiza el Sistema Municipal de Participación Ciudadana, se realizaron los procesos participativos con las comunidades integrantes del territorio que planifica el PUIAL Nororiental, a través de las Juntas Administradoras Locales, los Consejos Comunales de Planeación, las organizaciones comunales y las organizaciones de la sociedad civil, en los que se identificaron las necesidades, demandas y requerimientos de la población que habita este territorio, lo que permitió diseñar y priorizar proyectos que satisfacen las necesidades identificadas.

7. El artículo 18 de la ley 388 de 1997 establece que “El programa de ejecución define con carácter obligatorio, las actuaciones sobre el territorio previstas en el plan de ordenamiento, que serán ejecutadas durante el período de la correspondiente administración municipal o distrital, de acuerdo con lo definido en el correspondiente Plan de Desarrollo, señalando las prioridades, la programación de actividades, las entidades responsables y los recursos respectivos. El programa de ejecución se integrará al Plan de Inversiones, de tal manera que conjuntamente con éste será puesto a consideración del concejo por el alcalde, y su vigencia se ajustará a los períodos de las administraciones municipales y distritales (…)”

Que, conforme a lo anterior, y en consonancia con el artículo

480 del Acuerdo municipal 048 de 2014, los programas y proyectos que se desarrollan en el marco de la formulación del Instrumento de planificación complementaria el PUIAL Nororiental, tendrán fuerza vinculante para la inversión pública, el programa de planeación y gestión participativa y los planes de desarrollo local, así como de soporte para la revisión y ajuste de mediano plazo del POT y la realización de proyectos e infraestructuras públicas, complementan el programa de ejecución del Plan de Ordenamiento Territorial por lo que se entienden incorporados al mismo.

En razón de lo expuesto,

RESUELVE:

TITULO I GENERALIDADES

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES DEL PROYECTO URBANO INTEGRAL DEL ÁMBITO LADERA

NORORIENTAL

ARTICULO 1°. ADOPCIÓN. Adóptese el instrumento de planificación complementaria Proyecto Urbano Integral del Ámbito Ladera para la zona Nororiental del municipio de Medellín que abarca porciones de las comunas 1 - Popular, 2 - Santa Cruz, 3 - Manrique, 4 - Aranjuez y 8 – Villa Hermosa.

PARAGRAFO. Hacen parte integrante del Proyecto Urbano Integral del Ámbito Ladera Nororiental, el presente acto administrativo, los documentos técnicos de soporte, titulados Proyecto Urbano Integral del Ámbito Ladera Nororiental. Fase 1. Diagnostico Participativo y Proyecto Urbano Integral del Ámbito Ladera Nororiental. Fase 2. Formulación Participativa, sus anexos y los siguientes mapas:

No. Nombre del Mapa Escala1 Delimitación del área de planificación 1:20.0002 Mejoramiento de Infraestructura para la Movilidad No Motorizada 1:20.0003 Manejo Integral de Residuos Sólidos 1:20.0004 Fortalecimiento de Centralidades 1:20.0005 Fortalecimiento del Transporte 1:20.0006 Generación de Ecoparques de Quebrada 1:20.0007 Consolidación de la Conectividad Ecológica 1:20.0008 Gestión del Riesgo 1:20.0009 Mejoramiento de Infraestructuras de Servicios Públicos 1:20.00010 Redotación de Equipamientos 1:20.00011 Redotación de Espacio Público 1:20.00012 Mejoramiento de Infraestructura para la Movilidad Motorizada 1:20.00013 Fortalecimiento Empresarial 1:20.00014 Reconocimiento del Patrimonio 1:20.00015 Reconversión de Equipamientos 1:20.00016 Titulación de Predios 1:20.000

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ARTÍCULO 2°. OBJETO Y ALCANCE. De conformidad con lo establecido en el artículo 479 del Acuerdo municipal 048 de 2014, el PUIAL Nororiental tiene por objeto reglamentar y definir las intervenciones públicas del territorio conformado por la Ladera Nororiental de Medellín, direccionando estrategias y acciones para superar los déficits en el Sistema Público y Colectivo, así como identificar lotes de oportunidad de titularidad privada para la materialización de acciones de carácter público, tales como la localización de nuevos equipamientos, la priorización en la adquisición de lotes para espacios públicos y consolidación de la Estructura Ecológica Principal, proyectos viales, y procesos de reasentamiento en sitio de vivienda aplicando las disposiciones establecidas en el Acuerdo Municipal 048 de 2014 y su Decreto Reglamentario 0471 de 2018 “Por medio del cual se expiden las normas reglamentarias de detalle aplicables a las actuaciones y procesos de urbanización, parcelación, construcción,

reconocimiento de edificaciones y demás actuaciones en el territorio municipal y se dictan otras disposiciones”.

ARTÍCULO 3. ÁMBITO DE APLICACIÓN. El ámbito de aplicación de este instrumento es el territorio conformado por la Ladera Nororiental del municipio de Medellín, integrado por porciones de las comunas 1 - Popular, 2 - Santa Cruz, 3 - Manrique, 4 - Aranjuez y 8 – Villa Hermosa como se expresa en la siguiente tabla y delimitado en el mapa 33 de la cartografía protocolizada del Acuerdo Municipal 048 de 2014 -Plan de Ordenamiento Territorial- en la categoría Proyectos Urbanos Integrales del Ámbito Ladera, y en el mapa No.1 Delimitación del área de planificación, protocolizado en la presente Resolución.

Composición de áreas por Comuna - Ámbito Ladera Nororiental.

ComunasÁrea dentro del Ámbito Ladera Nororiental [m2]

Área dentro del Ámbito Ladera

Nororiental [ha]

Porcentaje de la Comu-na dentro del Ámbito Ladera Nororiental

Porcentaje del Ámbito Ladera

Nororiental

Comuna 1 - Popular 1,472,828 147.3 47.5% 15.2%Comuna 2 - Santa Cruz 1,614,484 161.4 73.5% 16.6%Comuna 3 - Manrique 2,893,263 289.3 56.8% 29.8%Comuna 4 - Aranjuez 2,589,381 258.9 53.0% 26.7%

Comuna 8 - Villa Hermosa 1,132,417 113.2 19.8% 11.7%Total PUIAL 9,702,577 970.3 N/A 100%

Fuente: Departamento Administrativo de Planeación de Medellín (DAPM), 2019.

ARTÍCULO 4. PRINCIPIOS. Conforme al artículo 5 del Acuerdo 048 de 2014, el desarrollo del presente instrumento se enmarca en los siguientes principios.

4.1 La seguridad territorial: Es la garantía de acceso a condiciones adecuadas físicas, económicas y de calidad de vida en general, de quienes habitan el Ámbito Ladera Nororiental. Las intervenciones a efectuarse, se direccionan hacia la implementación de los procesos de conocimiento, reducción y manejo del riesgo y a la consolidación de la Estructura Ecológica Principal (EEP, tanto la prevista desde el POT como complementada con otros elementos que tengan potencial para hacer parte de ella), y su red de conectividad ecológica, como mecanismo para mejorar las condiciones de habitabilidad. Asimismo, este eje rector promueve la reflexión tanto institucional como comunitaria sobre las formas de apropiación del territorio, las lógicas que se movilizan y determinan las mismas, configurando proyectos de origen físico, social y cultural que generen acciones de carácter sistémico

La seguridad territorial también se orienta hacia la superación de aquellas barreras que limitan el acceso a bienes y servicios básicos como la vivienda, la educación, la salud, la cultura, entre otros.

4.2 La equidad territorial: Enfocada a superar las barreras asociadas con los ingresos insuficientes con que la población cuenta, para cubrir las necesidades básicas.

4.3 La identidad y la construcción del tejido social: Con

fundamento en la premisa de que el territorio del Ámbito Ladera Nororiental, ha sido el producto de un proceso de construcción social y colectiva, que dista del enfoque de las intervenciones públicas, las intervenciones a realizarse, parten del reconocimiento de la identidad colectiva, propenden por la reconstrucción de las relaciones entre Estado y Ciudadanía, y fomentan las buenas prácticas a partir de una conciencia profunda que se gesta desde la primera infancia y desde el núcleo familiar y se fortalece durante los años de la educación básica.

ARTÍCULO 5. OBJETIVOS GENERALES. Las intervenciones que se realicen con fundamento en el Proyecto Urbano Integral del Ámbito Ladera Nororiental buscarán el cumplimiento de los siguientes objetivos generales:

5.1 Aportar a la equidad territorial del Ámbito Ladera Nororiental de Medellín, en aras de disminuir la segregación socioespacial y los impactos ambientales que ésta genera, mediante el fortalecimiento del Sistema Público y Colectivo y la implementación de estrategias y políticas socioeconómicas transversales a todo el ámbito.

5.2 Contribuir al adecuado uso y ocupación de los elementos naturales y artificiales en el Ámbito de Ladera Nororiental de Medellín, a partir del fortalecimiento del sentido pertenencia y de la identidad de las comunidades que lo habitan.

5.3 Mejorar la movilidad al interior del Ámbito Ladera Nororiental de Medellín, propendiendo por una accesibilidad

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incluyente, tanto a los servicios urbanos como a los medios de transporte público masivo.

5.4 Implementar mecanismos de gestión interinstitucional para el favorecimiento de la seguridad territorial, propiciando un ambiente socio-natural estable que permita el pleno desarrollo de las capacidades humanas y el fortalecimiento de la integridad y diversidad de los ecosistemas urbanos.

ARTÍCULO 6. OBJETIVOS ESPECÍFICOS. El desarrollo de los objetivos generales se regirá por los siguientes objetivos específicos:

6.1 Mejorar las capacidades de la población a través de una educación para el trabajo que esté acorde con las necesidades del sector productivo de la ciudad y que permita el acceso a mejores empleos y mayores oportunidades laborales.

6.2 Fortalecer la generación de empresas y de empleo de acuerdo con las capacidades de la población, que contribuya al desarrollo económico del territorio.

6.3 Integrar las distintas centralidades localizadas al interior del Ámbito Ladera Nororiental, para consolidar verdaderamente una estructura territorial policéntrica y complementaria, que contribuya así, al mejoramiento de la movilidad hacia otras zonas de la ciudad, reduzca el tráfico vehicular y mejore las condiciones ambientales al minimizar los desplazamientos.

6.4 Promover la localización de usos y actividades económicas diversas y de mayor valor agregado en las centralidades, brindando así a los habitantes una mejor oferta de servicios y puestos de trabajo que eviten la alta dependencia de otras zonas de la ciudad.

6.5 Consolidar un sistema de espacio público accesible y seguro a todos los grupos poblacionales, que favorezca la apropiación y el encuentro ciudadano, y que aporte al fortalecimiento de la estructura ecológica del territorio, considerando no solo la necesidad de aumentar cuantitativamente los espacios públicos efectivos, sino también la cualificación de los existentes en términos ambientales y de infraestructura física.

6.6 Fortalecer el Subsistema de Equipamientos Colectivos garantizando la adecuada accesibilidad a los mismos y mejorando los estándares arquitectónicos mediante actuaciones de mantenimiento, mejoramiento, reubicación y/o repotenciación de los equipamientos existentes, y su cobertura mediante la actuación de generación.

6.7 Fortalecer la identidad, el tejido social y la memoria colectiva para la construcción de territorio, articulando a los actores que inciden en el mismo y a través de la ejecución de programas sociales, culturales y de participación que potencien la co-creación de conocimiento en el Ámbito Ladera Nororiental, frente a la sostenibilidad y apropiación de las intervenciones en el espacio público, los equipamientos, el patrimonio, la vivienda y el medio ambiente urbano.

6.8 Restaurar y fortalecer la Estructura Ecológica Principal (red de conectividad ecológica y retiros de quebradas), como elemento estructurante del territorio definido en el POT y como potencial para la contribución a la mitigación y adaptación frente al cambio climático.

6.9 Definir e implementar un sistema de aprovechamiento de residuos orgánicos, con el fin de lograr una disminución en la generación de dichos residuos y propiciar alternativas para su utilización y transformación.

6.10 Reconocer y fomentar en la comunidad las prácticas y conocimientos colectivos de los recursos naturales y las zonas de riesgo con miras a disminuir los desbalances ambientales (perturbaciones) y/o posibles desastres que generan los vertimientos de aguas residuales, la disposición de escombros sobre los cauces y los asentamientos de vivienda en franjas de retiros hidrológicos y áreas de amenaza.

6.11 Reconocer el derecho a la vivienda como patrimonio sociofamiliar y económico, la pluralidad en las formas de la tenencia y a la permanencia.

6.12 Mejorar las condiciones de movilidad mediante la formulación de soluciones que permitan el control de las problemáticas asociadas a la invasión del espacio público por parte de vehículos motorizados particulares y la eliminación de barreras arquitectónicas que dificultan la movilidad de personas con discapacidad.

6.13 Mejorar las condiciones de seguridad vial, mediante la generación y mantenimiento de infraestructuras que prioricen la seguridad de los actores más vulnerables y la reducción de las velocidades de circulación de los vehículos motorizados.

6.14 Mejorar las condiciones de continuidad y conectividad en la red vial y peatonal, permitiendo a los habitantes acceder con mayor facilidad a los diferentes bienes y servicios, y evitando los extra recorridos al interior del territorio.

ARTÍCULO 7. ESTRATEGIAS. Para el cumplimiento de los objetivos de este instrumento se implementarán las siguientes estrategias:

7.1 Fortalecimiento de los CEDEZOs – Centros de Desarrollo Empresarial Zonales y articulación entre los mismos, las Unidades Productivas locales y los Telecentros Comunitarios, con el fin de potencializar iniciativas de creación, desarrollo y consolidación de microempresas y brindar acompañamiento y seguimiento a los procesos productivos.

7.2 Facilidades en el acceso a créditos con el fin de mejorar la calidad de vida, las condiciones de la vivienda, el desarrollo y crecimiento de las empresas, entre otros.

7.3 Priorización de actuaciones de ampliación y/o mejoramiento de equipamientos existentes, en concordancia con las necesidades específicas de cada barrio y comuna, especialmente en las categorías de los Equipamientos

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Básicos Sociales y Básicos Comunitarios

7.4 Integración en los corredores de transporte que conectan las centralidades en diferentes modos de transporte, implementando rutas circulares entre comunas y aumentando la capacidad del sistema de transporte público colectivo y masivo con el fin de garantizar la movilidad de los habitantes de acuerdo con sus necesidades y que propicie el aumento de viajes realizados en dicho modo

7.5 Mejoramiento del entorno urbano de las centralidades mediante intervenciones de espacio público y/o equipamientos colectivos que potencien su atracción urbana.

7.6 Creación de incentivos tributarios para las iniciativas productivas de mayor valor agregado que empleen mano de obra del sector

7.7 Diseño arquitectónico y urbano de espacios públicos, que faciliten la visibilidad interior-exterior y el control social positivo, garanticen su accesibilidad a las personas con movilidad reducida, utilicen mobiliario y materiales resistentes y de fácil mantenimiento, incorporen criterios bioclimáticos, refuercen el sentido de pertenencia de los habitantes al involucrarlos en su diseño y construcción y prevean la delimitación de áreas donde se permita la integración y regulación de las ventas ambulantes reconociendo su rol dinamizador del entorno urbano y las posibilidades del aprovechamiento económico del espacio público.

7.8 Establecimiento de espacios para la reubicación de los vendedores ambulantes en los lugares de mayor dinámica comercial

7.9 Priorización de actuaciones de generación y/o mejoramiento del subsistema de espacio público en las categorías de mayor valor para el encuentro ciudadano como los parques y las plazas

7.10 Implementación de actuaciones de mejoramiento de las (pocas) zonas verdes recreacionales de gran tamaño que actualmente existen, para convertirlas en espacios públicos de gran calidad y significación urbana

7.11 Generación de nuevos espacios públicos de escala barrial y/o vecinal teniendo en cuenta el alto grado de ocupación del territorio, su fragmentada estructura predial y las dificultades que acarrea el reasentamiento de grandes cantidades de población

7.12 Desarrollo de programas que fortalezcan la inclusión de la población femenina y de las personas mayores en los equipamientos existentes

7.13 Generación de equipamientos zonales para la atención especializada en salud y la Educación Superior

7.14 Desarrollo de programas sociales, culturales y de participación que potencien el patrimonio material e inmaterial del Ámbito Ladera Nororiental, a través de acciones de

reconocimiento, valoración y conservación de la memoria colectiva de los procesos culturales que se dan en este territorio y que consolidan una identidad propia de este lugar

7.15 Consolidación de áreas verdes y configuración de una red de espacio público y de corredores verdes para la movilidad, para el fortalecimiento de la conectividad ecológica y paisajística y en general, de la Estructura Ecológica Principal.

7.16 Realización de campañas para el manejo y aprovechamiento adecuado de residuos orgánicos.

7.17 Identificación, priorización y disposición de sitios para el acopio temporal, el almacenamiento, el reciclaje y adecuado manejo de residuos sólidos domésticos y escombros, de acuerdo con la cantidad y tipo de residuos generados, como respuesta a una gestión integral de residuos que aporte a la disminución de impactos ambientales negativos y que genere alternativas de su aprovechamiento a la comunidad (por ejemplo de tipo alimentario y energético, para la producción de biofertilizantes y comercialización).

7.18 Realización de estudios de riesgo de detalle priorizados desde el POT y desde el PUIAL Nororiental, para la reclasificación de las zonas con condición de riesgo, con miras a la ejecución de las obras de mitigación y la construcción de obras de solución hidráulica, estructural y geotécnica de quebradas.

7.19 Implementación de procesos formativos permanentes de sensibilización y educación que permitan un mejor conocimiento del manejo y uso adecuado de los recursos naturales, socializar los componentes de la Gestión del riesgo de desastres y la difusión de los estudios de detalle en las comunidades más vulnerables

7.20 Implementación de obras de reposición y expansión de las redes de servicios públicos domiciliarios de alcantarillado, acueducto, energía y gas, atendiendo las demandas más sentidas de la comunidad, en aquellos sectores donde las condiciones técnicas lo permitan.

7.21 Reasentamiento de hogares localizados en zonas de alto riesgo no mitigable.

7.22 Reasentamiento de hogares localizados en el espacio público existente y en retiros de quebrada

7.23 Reducción del número de viviendas ilegales, a través de la ejecución de programas de legalización y titulación de bienes en los barrios Popular, Villa del Socorro y Moscú No. 2

7.24 Mejorar la movilidad al interior del Ámbito de Ladera Nororiental de Medellín, propendiendo por una accesibilidad incluyente, tanto a los servicios urbanos como a los medios de transporte público masivo.

7.25 Ejercicio de un mayor control por parte de las autoridades competentes para evitar la ocupación temporal

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y/o permanente de áreas públicas.

7.26 Elaboración de un plan para incentivar la generación de establecimientos de parqueo para vehículos particulares y la creación de CLT (Centros Logísticos de Transporte) para los vehículos de transporte público.

7.27 Generación y adecuación de infraestructura para la movilidad peatonal accesible para personas con movilidad reducida y la movilidad en bicicleta que esté acorde con las condiciones físicas del territorio.

7.28 Divulgación e implementación de las políticas consignadas en el Plan de Movilidad Segura de Medellín (PMSM).

7.29 Implementación y fortalecimiento de la integración tarifaria entre el sistema de transporte público masivo y el sistema de transporte público colectivo.

7.30 Articulación de vías y senderos peatonales mediante la identificación de broches viales y peatonales claves, y la generación de un sistema de viaductos y puentes que permitan consolidar corredores viales y peatonales continuos, otorgando permeabilidad a la red y mejorando la conectividad del territorio con el resto de la ciudad.

7.31 Realización de jornadas formativas y de encuentro permanentes entre las instancias y dependencias de la Administración Municipal y los habitantes del ámbito, que fomenten mediante espacios continuos de dialogo e intercambio de percepciones, saberes y conocimientos, la construcción de tejido social e identidad alrededor de los temas de ciudad, comuna y barrio.

ARTICULO 8. PRIORIZACIÓN DE PROYECTOS: Para el cumplimiento de los objetivos, estrategias y principios del Proyecto Urbano Integral del Ámbito Ladera Nororiental, y con base en la puntuación otorgada a las seis (6) variables que componen la Matriz de Priorización de Proyectos y que hace parte integral de la presente Resolución (Anexo 1), a saber: 1) Factores críticos priorizados (FC), 2) Cobertura (CB), 3) Concreción del Modelo de Ocupación del POT (OCU), 4) Incremento en las condiciones de habitabilidad en área de intervención y su entorno (HAB), 5) Nivel de complejidad de gestión (GEST) y 6) Evaluación participativa (PART), y cuya metodología se detalla en el documento titulado Proyecto Urbano Integral del Ámbito Ladera Nororiental. Fase 2. Formulación Participativa, se formulan y priorizan los siguientes proyectos en su orden:

8.1. Mejoramiento de infraestructura para la Movilidad No Motorizada

8.2. Manejo Integral de Residuos Sólidos

8.3. Fortalecimiento de Centralidades

8.4. Fortalecimiento del Transporte

8.5. Generación de Ecoparques de Quebrada

8.6. Consolidación de la Conectividad Ecológica

8.7. Construcción y fortalecimiento del tejido social del territorio y la identidad local (sentido de Pertenencia)

8.8. Gestión del riesgo

8.9. Mejoramiento de infraestructuras de Servicios Públicos

8.10. Redotación de Equipamientos

8.11. Redotación de Espacio Público

8.12. Inserción formal laboral

8.13. Mejoramiento de infraestructura para la Movilidad Motorizada

8.14. Fortalecimiento Empresarial

8.15. Reducción de la brecha de género

8.16. Reconocimiento del Patrimonio

8.17. Reconversión de Equipamientos

8.18. Titulación de predios

PARAGRAFO: En consonancia con los artículos 18 de la Ley 388 de 1997 y 480 del Acuerdo Municipal 048 de 2014, los proyectos que se desarrollan el presente artículo se entienden incorporados al programa de ejecución definido en el Acuerdo 48 de 2014, por medio del cual se revisó y ajustó el largo plazo del Plan de Ordenamiento Territorial del municipio de Medellín.

CAPITULO 2

MEJORAMIENTO DE INFRAESTRUCTURA PARA LA MOVILIDAD NO MOTORIZADA

ARTÍCULO 9. OBJETIVO DEL PROYECTO MEJORAMIENTO DE INFRAESTRUCTURA PARA LA MOVILIDAD NO MOTORIZADA. En cumplimiento del objetivo estratégico número 11 del POT, este proyecto busca mejorar las condiciones de movilidad, accesibilidad y permeabilidad para los modos de transporte no motorizados, permitiendo a los habitantes del Ámbito Ladera Nororiental integrarse mejor con su territorio, garantizando la seguridad en la movilidad de los peatones, e incentivando el uso de la bicicleta como medio de transporte.

PARAGRAFO: La localización y delimitación de las actuaciones asociadas a este proyecto, están contenidas en el mapa 2 protocolizado con la presente Resolución.

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ARTÍCULO 10. ACTUACIONES DEL PROYECTO MEJORAMIENTO DE INFRAESTRUCTURA PARA LA MOVILIDAD NO MOTORIZADA. Para el cumplimiento del objetivo de este proyecto, de acuerdo con las funciones definidas en el Decreto Municipal 883 de 2015, o la norma que lo modifique complemente o sustituya, las dependencias, tales como Departamento Administrativo de Planeación, Secretaría de Infraestructura Física, Secretaría de Movilidad, Secretaría de Medio Ambiente, contando el apoyo de las entidades descentralizadas EDU y AMVA, ejecutarán las siguientes actuaciones:

10.1 Mejoramiento de andenes: consiste en el mejoramiento de la infraestructura existente para la movilidad peatonal. Se incluyen las reconstrucciones de andenes, ampliaciones de andenes, mantenimiento de andenes o adecuaciones para permitir accesibilidad a las personas con discapacidad.

10.2 Generación puentes peatonales: consiste en la construcción de puentes peatonales que permitan superar las barreras naturales presentes en el territorio, sobre diferentes quebradas. Se incluyen, además, puentes peatonales que permitan cruces con mayor seguridad para los peatones.

10.3 Generación de andenes: consiste en la generación de nueva infraestructura para la movilidad peatonal. Se compone principalmente de construcciones de andenes que incluyan adecuaciones para permitir accesibilidad a las personas con discapacidad.

10.4. Generación de ciclorrutas: consiste en la generación de nueva infraestructura para la movilidad en bicicleta. Se compone de construcciones de ciclorrutas en algunos corredores del Ámbito Ladera Nororiental donde se observó potencial para albergar infraestructura de este tipo.

10.5 Generación de corredor verde: consiste en la arborización de algunos corredores de movilidad con el fin de otorgar mayor comodidad al peatón a la hora de caminar, además de aportar en la consolidación de la red de conectividad ecológica y la reducción de la contaminación.

10.6 Mejoramiento de zonas verdes viales: consiste en el mejoramiento de algunas Zonas Verdes Viales, en las que se observó potencial de generar algún tipo de espacio para el disfrute de la comunidad, además de aportar en la consolidación de la red de conectividad ecológica. Se compone de mejoramientos o adecuaciones de estos espacios, dependiendo del estado en el que se encuentren.

10.7 Microzonificación de la movilidad en el Ámbito Ladera Nororiental: consiste en la realización de estudios microzonificados de movilidad peatonal que permitan la generación de proyectos de movilidad al interior de los barrios para mejorar las condiciones de accesibilidad a los servicios de salud, educación y recreación, de la población en condición de discapacidad, niños y personas mayores. Con dichos estudios, se pretende conocer la cantidad aproximada de estas personas en condición especial de vulnerabilidad en sus desplazamientos, además de conocer sus necesidades a la hora de movilizarse.

CAPITULO 3

MANEJO INTEGRAL DE RESIDUOS SÓLIDOS

ARTÍCULO 11. OBJETIVOS DEL PROYECTO MANEJO INTEGRAL DE RESIDUOS SÓLIDOS. En desarrollo de los objetivos estratégicos número 4, 8, 10 y 12 y las apuestas territoriales 1 y 3 del POT y de los objetivos específicos número 2, 9 y 10 del PUIAL Nororiental, este proyecto persigue:

11.1 Generar acciones de aprovechamiento y dotación de valor agregado a los residuos sólidos orgánicos agropecuarios originados en el Ámbito Ladera Nororiental, con énfasis en la Plaza de Mercado de Campo Valdés y la instalación de huertas urbanas en el espacio público –algunas Zonas Verdes Recreacionales- (aprovechamiento alimentario, producción de biofertilizantes, aprovechamiento energético, entre otras) cuyo propósito, es la disminución de dichos residuos en el territorio y la generación de un valor agregado en torno a los mismos.

11.2 Aprovisionar y localizar de contenedores en puntos críticos para Zonas de Difícil Acceso (ZDA) de los vehículos recolectores, para la separación y adecuada disposición de basuras, así como la formalización de sitios de almacenamiento, recuperación y venta de materiales reciclados.

PARÁGRAFO: La localización y delimitación de las actuaciones asociadas a este proyecto, están contenidas en el mapa 3 protocolizado con la presente Resolución.

ARTÍCULO 12. ACTUACIONES DEL PROYECTO MANEJO INTEGRAL DE RESIDUOS SÓLIDOS. Para el cumplimiento del objetivo de este proyecto, de acuerdo con las funciones definidas en el Decreto Municipal 883 de 2015, o la norma que lo modifique complemente o sustituya, las dependencias, tales como Subsecretaría de Servicios Públicos, Secretarías de Infraestructura Física, Medio Ambiente y Desarrollo Económico, contando con el apoyo de entidades descentralizadas como la FAO-UN y Empresas Varias, ejecutarán las siguientes actuaciones:

Mitigación y/o erradicación de puntos críticos de residuos sólidos: Disponer de un modelo de intervención de puntos críticos, que conlleve su mitigación conforme el reconocimiento del estado del punto crítico, la identificación de actores involucrados (de la comunidad e institucionales) y su mantenimiento (definición de actividades coordinadas con la empresa prestadora del servicio de aseo, con intervenciones de tipo físico y social).

Aprovechamiento de residuos sólidos orgánicos agropecuarios: Implementación de una propuesta integral de manejo y aprovechamiento de los residuos sólidos orgánicos agropecuarios generados en la distribución y en los hogares, con especial énfasis en la Plaza de Mercado de Campo Valdés. Incluye disposición de áreas para compostaje, producción de biofertilizantes y/o producción energética.

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Generación equipamiento: Construcción de acopio para residuos sólidos, bajo condiciones técnicas y sanitarias adecuadas que facilite el almacenamiento, clasificación y distribución de dichos residuos, para fines múltiples (reciclaje, comercialización, entre otros).

Formación y capacitación en temas ambientales: Acompañar las actuaciones institucionales con actividades de socialización, difusión y formación, en el marco de la implementación de una de una propuesta integral de manejo y aprovechamiento de los residuos sólidos (orgánicos y reciclables). Incluye capacitaciones y apoyo técnico para la inserción formal laboral en este campo de acción.

CAPITULO 4

FORTALECIMIENTO DE CENTRALIDADES

ARTÍCULO 13. OBJETIVO DEL PROYECTO FORTALECIMIENTO DE CENTRALIDADES. En cumplimiento de los objetivos estratégicos número 1, 2, 3, 5 y 10 del POT, y de los objetivos específicos número 3, 4, 5, 6 y 8 del PUIAL Nororiental, este proyecto busca el fortalecimiento de las centralidades, a través de la generación, mejoramiento, mantenimiento o restitución de espacio público y/o el mantenimiento, ampliación o mejoramiento de equipamientos colectivos y actuaciones relacionadas con la consolidación de la red de conectividad ecológica y la recuperación de las rondas hídricas.

PARAGRAFO: La localización y delimitación de las actuaciones asociadas a este proyecto, están contenidas en el mapa 4 protocolizado con la presente Resolución.

ARTICULO 14. CENTRALIDADES A INTERVENIR. Las centralidades a intervenir dentro del ámbito de aplicación de la presente Resolución, son:

14.1. Centralidad Barrial Popular (Comuna 1)

14.2. Centralidad Barrial Villa Guadalupe (Comuna 1)

14.3. Centralidad Zonal Santo Domingo (Comuna 1)

14.4. Centralidad Vecinal Emergente Popular 2 Parte Alta (Comuna 1)}

14.5. Centralidad Barrial Villa del Socorro (Comuna 2)

14.6. Centralidad Vecinal Emergente Moscú No. 1 (Comuna 2)

14.7. Centralidad Barrial San Blas (Comuna 3)

14.8. Centralidad Barrial Santa Inés (Comuna 3)

14.9. Centralidad Vecinal Emergente Palos Verdes (Comuna 3)

14.10. Centralidad de Ciudad Aranjuez (Comuna 4)

14.11. Centralidad Zonal Campo Valdés -Manrique (Comuna 4)

14.12. Centralidad Barrial Villa Hermosa (Comuna 8)

ARTÍCULO 15. ACTUACIONES DEL PROYECTO FORTALECIMIENTO DE CENTRALIDADES. Para el cumplimiento del objetivo de este proyecto, de acuerdo las funciones definidas en el Decreto Municipal 883 de 2015, o la norma que lo modifique complemente o sustituya, las dependencias y entidades descentralizadas, tales como Secretaría de Medio Ambiente, Secretaría de Infraestructura Física, Secretaría de Educación, Secretaría de Cultura Ciudadana, Secretaría de las Mujeres y Secretaría de Seguridad y Convivencia, contando con el apoyo de la Agencia para la Gestión del Paisaje, el Patrimonio y las alianzas público privadas –APP-, adelantarán las actuaciones descritas en el documento técnico de soporte, titulado Proyecto Urbano Integral del Ámbito Ladera Nororiental. Fase 2. Formulación Participativa, para cada una de las centralidades definidas en el artículo anterior.

CAPITULO 5

FORTALECIMIENTO DEL TRANSPORTE

ARTÍCULO 16. OBJETIVO DEL PROYECTO FORTALECIMIENTO DEL TRANSPORTE. En cumplimiento del objetivo estratégico número 11 del POT, este proyecto busca mejorar las condiciones de movilidad y accesibilidad para el modo de transporte público, permitiendo a los habitantes del Ámbito Ladera Nororiental acceder a la integración tarifaria, desplazarse dentro del territorio con mayor facilidad y comodidad, y accediendo a un territorio regulado en cuanto al parqueo indebido.

PARAGRAFO: La localización y delimitación de las actuaciones asociadas a este proyecto, están contenidas en el mapa 5 protocolizado en la presente Resolución.

A R T Í C U L O 1 7 . A C T U A C I O N E S PA R A E L FORTALECIMIENTO DEL TRANSPORTE. Para el cumplimiento del objetivo de este proyecto, de acuerdo las funciones definidas en el Decreto Municipal 883 de 2015, o la norma que lo modifique complemente o sustituya, las dependencias tales como el Departamento Administrativo de Planeación, Secretaría de Movilidad, Secretaría de Hacienda, contando entidades descentralizadas como el Metro de Medellín y Area Metropolitana del Valle de Aburra –AMVA-, así como con el apoyo de Empresas de Transporte Público, ejecutarán las siguientes actuaciones:

17.1. Control por parte de la autoridad: consiste en el acompañamiento de la autoridad competente para ejercer control sobre ciertos puntos neurálgicos donde el parqueo indebido y la ocupación del espacio público generan congestión vehicular, dificultando de esta forma la normalidad en la movilidad de determinado sector.

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17.2. Implementación de rutas de transporte: consiste en la implementación de algunas rutas intercomunales que se integran a determinada estación del sistema de transporte masivo, mejorando la integración del territorio y facilitando el transporte de la población hacia distintos equipamientos dentro del Ámbito Ladera Nororiental.

17.3. Integración tarifaria: consiste en la integración tarifaria del sistema de transporte masivo con las rutas de transporte público, es decir, lograr que los usuarios aborden con un mismo tiquete buses de transporte público y algún modo de transporte del sistema METRO. Además, se busca generar una doble integración tarifaria en el sistema de transporte masivo, o sea, ofrecer la posibilidad de cambiar de modo dos veces dentro del sistema METRO. Todo esto, permitiría que los usuarios accedan al transporte de una forma más práctica, económica y eficiente, mejorando su calidad de vida.

17.4. Ajuste de capacidad de transporte: consiste en la revisión de la frecuencia y capacidad de algunas rutas alimentadoras del sistema de transporte masivo, específicamente la ruta alimentadora de Villa Hermosa, ya que la comunidad manifiesta que muchas veces no pueden abordarla debido a la cantidad de usuarios. Esto correspondería a un estudio de oferta y demanda de la ruta de transporte mencionada con el fin de ajustar su frecuencia de acuerdo con las necesidades de los usuarios.

CAPITULO 6

GENERACIÓN DE ECOPARQUES DE QUEBRADA

ARTÍCULO 18. OBJETIVO DEL PROYECTO GENERACIÓN DE ECOPARQUES DE QUEBRADA. En cumplimiento de los objetivos estratégicos número 4 y 5 del POT, este proyecto busca generar, mejorar o restituir el espacio público en las márgenes de quebradas, fortaleciendo la recreación pasiva, la recuperación de las áreas que hacen parte de la Estructura Ecológica Principal y demás temas ambientales relacionados con la conectividad ecológica. Este proyecto se articula con el proyecto denominado Consolidación de la conectividad ecológica.

ARTÍCULO 19. ECOPARQUES DE QUEBRADA PROYECTADOS. Generación de nueve (9) ecoparques de quebrada con influencia en todas las comunas que hacen parte del Ámbito Ladera Nororiental, estos son:

19.1. Ecoparque Quebrada Carevieja / Villa Guadalupe (Comuna 1)

19.2. Ecoparque Quebrada El Aguacatillo (Comuna 1)

19.3. Ecoparque Quebrada El Zancudo / Cañaveral (Comuna 1, Comuna 3 y Comuna 4)

19.4. Ecoparque Quebrada El Míster (Comuna 2)

19.5. Ecoparque Quebrada Blanquizala (Comuna 2)

19.6. Ecoparque Quebrada La Herrera / Granizal (Comuna 2)

19.7. Ecoparque Quebrada La Rosa / Moscú (Comuna 2 y 4)

19.8. Ecoparque Quebrada La Honda (Comuna 3)

19.9. Ecoparque Quebrada La Mansión (Comuna 8).

PARAGRAFO: La localización y delimitación de estos Ecoparques de Quebrada, están contenidas en el mapa 6 protocolizado con la presente Resolución.

ARTÍCULO 20. ACTUACIONES DEL PROYECTO GENERACIÓN DE ECOPARQUES DE QUEBRADA. Sin detrimento de la identificación de otras actuaciones asociadas a este proyecto, para el cumplimiento del objetivo del mismo y, de acuerdo con las funciones definidas en el Decreto Municipal 883 de 2015, o la norma que lo modifique complemente o sustituya, las dependencias tales como, Secretaría de Medio Ambiente, Secretaría de Infraestructura Física, Secretaría de las Mujeres, Secretaria de Cultura Ciudadana y Secretaría de Seguridad y Convivencia, contando con entidades descentralizadas, como el INDER, la Agencia para la Gestión del Paisaje, el Patrimonio y las alianzas público privadas – APP-, ejecutarán las siguientes actuaciones:

20.1. Adquisición de predios para el fortalecimiento de la red de conectividad ecológica: Adquisición de predios que contribuyan con el mejoramiento y consolidación de la red de conectividad ecológica, que además pueden estar articulados con espacio público proyectado y zonas de alto riesgo no mitigable, y que aporten a la conexión de áreas verdes y a la prestación de servicios ambientales. Se presenta para esta actuación su articulación con los ecoparques de las quebradas Carevieja/Villa Guadalupe, La Herrera/Granizal y El Aguacatillo.

20.2. Generación espacio público: Actuación asociada a la generación de los ecoparques de las quebradas Carevieja/Villa Guadalupe, El Míster, La Honda, El Zancudo/Cañaveral, Blanquizala, La Herrera/Granizal.

20.3. Generación y fortalecimiento de corredores ecológicos: Ecoparque de quebrada El Zancudo / Cañaveral, para potenciar zonas verdes asociadas con espacio público de tipo pasivo y con funciones ambientales, desde el análisis además de zonas de amenaza y riesgo existentes en algunos tramos de la quebrada o que puedan evidenciarse a partir de estudios de riesgo de detalle.

20.4. Mejoramiento espacio público: Esta actuación se relaciona con los siguientes ecoparques de quebrada:

20.4.1. Ecoparque Quebrada El Zancudo / Cañaveral: Mejoramiento Teatro al aire libre bajo el puente de la Carrera 42 y La Concha contigua.

20.4.2. Ecoparque Quebrada La Herrera / Granizal (Ecoparque Quebrada La Mansión).

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20.4.3. Ecoparque Quebrada La Mansión.

20.4.4. Ecoparque Quebrada El Aguacatillo: Mejoramiento de las áreas liberadas a partir del reasentamiento de viviendas en el margen de la quebrada por condiciones de riesgo.

20.4.5. Ecoparque Quebrada Carevieja / Villa Guadalupe: Mejoramiento de las áreas liberadas a partir del reasentamiento de viviendas en el margen de la quebrada por condiciones de riesgo.

20.5. Recuperación área verde: Esta actuación supone la recuperación de zonas verdes invadidas principalmente en el margen sur de la Quebrada El Míster, dándole más sección transversal al tramo final del ecoparque planteado sobre dicha quebrada.

20.6. Recuperación de áreas de rondas hídricas: Se relacionan con esta actuación los siguientes ecoparques de quebrada:

20.6.1. Ecoparque Quebrada Carevieja / Villa Guadalupe: Adecuación de áreas de protección a fuentes hídricas con espacios de esparcimiento para la población o zonas verdes que permitan la recuperación del paisaje.

20.6.2. Ecoparque Quebrada Blanquizala: Adecuación de áreas de protección a fuentes hídricas con espacios de esparcimiento para la población o zonas verdes que permitan la recuperación del paisaje.

20.7. Restitución espacio público: Esta actuación se orienta a la recuperación de áreas identificadas como espacio público en el inventario del POT y que en la actualidad no ejercen esta función al estar ocupadas irregularmente. Se relaciona con los siguientes ecoparques de quebrada:

20.7.1. Ecoparque Quebrada El Zancudo / Cañaveral.

20.7.2. Ecoparque Quebrada La Rosa / Moscú.

20.7.3. Ecoparque Quebrada Blanquizala.

CAPITULO 7

CONSOLIDACIÓN DE LA CONECTIVIDAD ECOLÓGICA

ARTÍCULO 21. OBJETIVO DEL PROYECTO CONSOLIDACIÓN DE LA CONECTIVIDAD ECOLÓGICA. En cumplimiento de los objetivos estratégicos número 3 y 5 del POT, y de los objetivos específicos número 5 y 8 del PUIAL Nororiental, este proyecto busca fortalecer las características ecológicas de la red de conectividad definida en el Acuerdo 48 de 2014, Plan de Ordenamiento Territorial y de otras áreas verdes que no hacen parte de los elementos definidos en la Estructura Ecológica Principal (EEP), mejorando en el tiempo, la conexión de áreas verdes que aporten a la prestación de servicios ambientales mediante la articulación del espacio público, las zonas de amenaza y riesgo y las

áreas de rondas hídricas.

PARAGRAFO: La localización y delimitación de las actuaciones asociadas a este proyecto, están contenidas en el mapa 7 protocolizado con la presente Resolución.

ARTÍCULO 22. ACTUACIONES DEL PROYECTO CONSOLIDACIÓN DE LA CONECTIVIDAD ECOLÓGICA. Para el cumplimiento del objetivo de este proyecto, de acuerdo con las funciones definidas en el Decreto Municipal 883 de 2015, las dependencias tales como, Secretaría de Medio Ambiente, Departamento Administrativo de Planeación, Secretaría de Gestión Territorial y Secretaría de Infraestructura Física, contando con las entidades descentralizadas respectivas, ejecutarán las siguientes actuaciones:

22.1. Adquisición de predios para el fortalecimiento de la red de conectividad ecológica: Adquisición de predios que contribuyan con el mejoramiento y consolidación de la red de conectividad ecológica, que además pueden estar articulados con espacio público proyectado y zonas de alto riesgo no mitigable, y que aporten a la conexión de áreas verdes y a la prestación de servicios ambientales. Algunos de los predios, pueden estar asociados con zonas verdes recreacionales y de amenaza media por inundación, que no hacen parte de la EEP definida en el POT, o en superposición con áreas de retiros de quebradas y ecoparques de quebradas como Carevieja/Villa Guadalupe y El Aguacatillo.

Se cuenta con tramos con coberturas vegetales con conjunto de árboles y pastos que pueden ofrecer continuidad a la red de conectividad ecológica, asociados a retiros de quebradas entre las cuales se tienen: Granizal o La Herrera, Carevieja o Villa Guadalupe, El Aguacatillo, La Rosa o Moscú, Cañaveral o El Zancudo (en articulación con el proyecto Generación de Ecoparques de Quebrada), La Bermejala, La Seca (asociados con la actuación generación y fortalecimiento de corredores verdes). Dichos tramos no hacen parte de los elementos de la red de conectividad ecológica establecida en el Plan de Ordenamiento Territorial, y se propenderá por su articulación como complemento a la red ecológica adoptada con el Acuerdo Municipal 048 de 2014.

22.2. Formación y capacitación en temas ambientales: Esta actuación se orienta a todo el Ámbito Ladera Nororiental, dado que corresponde con una actuación de capacitación en temas ambientales y desde la cual resulta relevante la inclusión, principalmente, de colectivos ambientales existentes en el ámbito; así como, de población en edad escolar y de jóvenes en general.

22.2.1. Implementación de una cátedra municipal ambiental orientada sobre la Estructura Ecológica Principal –EEP- de Medellín (continuidad POT): Generar programas de educación formal que incorpore conocimientos y saberes relacionados con la Estructura Ecológica de Medellín.

22.2.2. Promoción de un foro permanente para la construcción colectiva de criterios de conservación y uso sostenible de la Estructura Ecológica Principal –EEP- de Medellín (continuidad POT): Generar espacios ciudadanos que promuevan la apropiación de la EEP.

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22.2.3. Conocimiento, valoración y gestión de la biodiversidad y los servicios ecosistémicos: Implementar la Política de Biodiversidad, Acuerdo Municipal 10 de 2014, a través de la cual se busca promover la investigación y la conservación de la biodiversidad y los servicios ecosistémicos del ámbito o aledaños que puedan contribuir a mejorar la conectividad ecológica de la zona.

22.3. Generación y fortalecimiento de corredores ecológicos: Desarrollo de acciones orientadas a la consolidación de las características ecológicas de la red de conectividad, a través del mejoramiento de las coberturas vegetales asociadas con los elementos de la red de conectividad ecológica, que contribuyan con la conexión de áreas verdes y que aporten a la prestación de servicios ambientales.

22.4. Mejoramiento de zona verde vial: Adecuación y mejoramiento de zonas verdes asociadas al sistema de movilidad, articuladas al espacio público y con potenciales para su articulación como elementos verdes que aporten a funciones ambientales y de conectividad ecológica.

22.5. Recuperación de áreas de rondas hídricas: Adecuación de áreas de protección a fuentes hídricas con espacios de esparcimiento para la población o zonas verdes que permitan la recuperación del paisaje.

CAPITULO 8

CONSTRUCCIÓN Y FORTALECIMIENTO DEL TEJIDO SOCIAL DEL TERRITORIO Y LA IDENTIDAD LOCAL

(SENTIDO DE PERTENENCIA)

ARTÍCULO 23. OBJETIVO DEL PROYECTO CONSTRUCCIÓN Y FORTALECIMIENTO DEL TEJIDO SOCIAL DEL TERRITORIO Y LA IDENTIDAD LOCAL. En cumplimiento de los objetivos estratégicos número 3, 4, 6 8, 9 y 12 del POT, este proyecto busca generar procesos culturales de apropiación del territorio mediante la construcción y atribución colectiva de sentido (tejido social e identidad), alrededor de las trasformaciones espaciales que se ejecuten en el marco del PUIAL Nororiental, no como una gestión social de la obra pública, sino con alcances mayores, autónomos y a la vez transversales respecto a sus objetivos, recursos económicos, humanos y en tiempo, llegando a todos los grupos etarios y organizativos de la ciudadanía alrededor de las intervenciones.

ARTÍCULO 24. ACTUACIONES DEL PROYECTO CONSTRUCCIÓN Y FORTALECIMIENTO DEL TEJIDO SOCIAL DEL TERRITORIO Y LA IDENTIDAD LOCAL. Para el cumplimiento del objetivo de este proyecto, de acuerdo con las funciones definidas en el Decreto Municipal 883 de 2015 o la norma que lo modifique, complemente o sustituya, las dependencias tales como, Secretaría de Cultura Ciudadana, Secretaría de Participación Ciudadana, Secretaría de las Mujeres, Secretaría de Medio Ambiente, Departamento Administrativo de Planeación, Secretaría de Inclusión Social, Familia y Derechos Humanos, Secretaría de Salud, Secretaría de Educación, Secretaría de Control y Gestión Territorial, contando con el apoyo de las entidades

descentralizadas, ejecutarán las siguientes actuaciones:

24.1. Implementación de la cátedra de estudios comunitarios sobre territorio (articulación con organizaciones de base y universidades): Generar un proceso de co-creación de conocimiento institucionalizado por comuna, donde con la participación de universidades, ONGs y otras instituciones que producen conocimiento sobre los territorios, las comunidades se capaciten para realizar estudios sociales, culturales y territoriales sobre sí mismos, favoreciendo por la vía dilógica el rescate de la memoria significativa para la población, el reconocimiento de la interculturalidad por vía del propio conocimiento y finalmente la cualificación de las capacidades de los habitantes para multiplicar, replicar e impulsar la transformación cultural de sus comunidades, con miras a la apropiación sostenible y segura del territorio.

24.2. Cátedra escolar “mi cuadra, mi barrio, mi ciudad”: Entablar un diálogo permanente y de co-construcción colectiva de conocimientos e información con niños, niñas y jóvenes de las instituciones educativas de Preescolar a 11°, a través de un plan de estudios anual que contemple el conocimiento sobre el Plan de Ordenamiento Territorial, Plan Municipal del Gestión del Riesgo y otros aspectos relacionados con el desarrollo físico espacial de su barrio, su comuna y la ciudad, empleando metodologías vivenciales y lúdicas, que acerquen a la población escolar al conocimiento crítico sobre su territorio. Los insumos recogidos por los facilitadores de este espacio serán utilizados en cada una de las herramientas de planificación e intervenciones urbanas que se generen.

24.3. Reconocimiento del patrimonio cultural inmaterial del ámbito desde una perspectiva intercultural: Realizar estudios de corte etnográfico que permitan identificar los hitos del patrimonio cultural inmaterial de los enclaves culturales existentes en el Ámbito Ladera Nororiental que contribuyan a construir una perspectiva intercultural de la ciudad y sirva de insumo para la generación de intervenciones respetuosas del patrimonio cultural inmaterial con asiento en el espacio del ámbito. Este estudio es de gran relevancia en procesos de reasentamiento de población del Ámbito Ladera Nororiental.

24.4. Un ámbito para vivir y mostrar (identificación de rutas y lugares de sentido en la media ladera nororiental y turismo urbano): Marcar a través del arte y con señalética hitos reconocidos (edificaciones, miradores, rutas camineras, espacios de sentido para la comunidad) que permitan la atribución de valor público a los espacios asociados con la memoria colectiva, es decir, que sean grandes evocadores de hechos, imágenes o experiencias representativas, susceptibles de seducir y convocar a visitantes, en este sentido este proyecto constituye una posibilidad para generar actividades turísticas, donde el valor para transitar por el ámbito sean los procesos históricos y sociales del mismo.

24.5. Vivamos y compartamos el territorio (recorridos socio-culturales interinstitucionales por el ámbito): Esta actuación requiere de políticas institucionales de relacionamiento con la población del Ámbito Ladera Nororiental y consiste en la realización continua y sistemática de recorridos territoriales continuos entre pobladores de diferentes grupos organizados o institucionales y funcionarios

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de la Administración Municipal en los que se promueva el intercambio de conocimientos y percepciones sobre el territorio. Esta actuación además servirá para articular las otras propuestas educativas y formativas planteadas para el ámbito.

24.6. Plan padrino de quebradas y zonas verdes: Vincular a todos los actores del Ámbito Ladera Nororiental como padrinos y madrinas de todos los elementos ambientales del mismo. Con esta iniciativa los habitantes del ámbito se vincularán en forma directa o indirecta por medio de actividades como protección y mantenimiento de glorietas, separadores de calzadas, espacios verdes y quebradas.

PARAGRAFO: Estas actuaciones incentivarán la construcción de conocimiento popular y técnico acerca del territorio y usufructuarlo en la generación de valores agregados culturales y productivos. Cada una de las actuaciones, aunque autónomas, serán aprovechadas para la reflexión y la participación de la ciudadanía alrededor de las obras de infraestructura que se proyecten dentro del PUIAL Nororiental.

CAPITULO 9

GESTIÓN DEL RIESGO

ARTÍCULO 25. OBJETIVO DEL PROYECTO GESTIÓN DEL RIESGO. En cumplimiento de los objetivos estratégicos número 3, 4, 6 y 8 del POT, este proyecto busca generar procesos desde el conocimiento y la reducción del riesgo, enfocado en crear buenas condiciones de habitabilidad para los pobladores y a subsanar déficits en los subsistemas urbanos, fortaleciendo las capacidades comunitarias, como de actores públicos y privados frente a escenarios de riesgo priorizados para el Ámbito Ladera Nororiental, para los cuales la población no solo debe estar preparada sino consciente de las medidas preventivas.

PARAGRAFO: La localización y delimitación de las actuaciones asociadas a este proyecto, están contenidas en el mapa 8 protocolizado en la presente Resolución.

ARTÍCULO 26. ACTUACIONES DEL PROYECTO GESTIÓN DEL RIESGO. Para el cumplimiento del objetivo de este proyecto, de acuerdo con las funciones definidas en el Decreto Municipal 883 de 2015, o la norma que lo modifique, complemente o sustituya, las dependencias y entidades descentralizadas, tales como Departamento Administrativo de Gestión del Riesgo y Desastres (DAGRD), Secretaría de Educación, Departamento Administrativo de Planeación, Secretaría de Comunicaciones, Instituto Social de Hábitat y Vivienda de Medellín (ISVIMED), quienes ejecutarán las siguientes actuaciones:

26.1. Adecuación estructural de viviendas incluidas en el programa de mejoramiento integral de barrios: Realizar la adecuación estructural de viviendas incluidas en el Programa de Mejoramiento Integral de Barrios, aplica para todo el Ámbito Ladera Nororiental.

26.2. Análisis de la vulnerabilidad sísmica de las

edificaciones indispensables que prestan servicios sociales básicos: Evaluación de la vulnerabilidad sísmica de las edificaciones indispensables y de atención a la comunidad, con el fin identificar las estructuras que deben ser intervenidas y reforzadas (hospitales, centros educativos, estaciones de bomberos, etc.). Se plantea la actuación como de aplicabilidad para todo el Ámbito Ladera Nororiental.

Las edificaciones indispensables corresponden a aquellas destinadas para la atención a la comunidad, las cuales deben funcionar durante y después de un sismo; su operación no puede ser trasladada de manera inmediata a un lugar alterno. Para el Ámbito Ladera Nororiental se tienen asociadas dichas edificaciones a Equipamientos Básicos Sociales que corresponden con: Equipamientos de Educación (Instituciones Educativas y Colegios de básica primaria y secundaria), Equipamientos de Salud (Centros de Salud, Unidad Hospitalaria “Hermenegildo de Fex” - Manrique – Metrosalud, Unidad Hospitalaria - Hospital Infantil Concejo de Medellín - Aranjuez – Metrosalud, Clínica El Rosario); así como, el Equipamiento de Prevención y Atención de Desastres (Estación de Bomberos Campo Valdés y Defensa Civil Colombiana –Seccional Antioquia).

26.3. Aseguramiento y transferencia del riesgo: Realizar el aseguramiento y transferencia del riesgo, mediante la constitución de pólizas colectivas de aseguramiento de viviendas, equipamientos comunitarios esenciales, edificaciones indispensables y de atención a la comunidad, con el fin de contar con recursos económicos en el momento en que se presente un desastre y se puedan cubrir total o parcialmente las perdidas. De aplicabilidad para todo el todo el Ámbito Ladera Nororiental.

Esta actuación podrá ser implementada a escala de ciudad, donde los estratos más altos asumen el aseguramiento de un porcentaje de las viviendas en riesgo, las más vulnerables de la misma. Entre tanto para el tema de los equipamientos y edificaciones indispensables se puede dar a través de Alianzas Público Privadas (APP).

26.4. Estudios de riesgo de detalle por movimientos en masa, inundaciones y avenidas torrenciales: Ejecución progresiva de los estudios de riesgo de detalle por movimientos en masa, inundaciones y avenidas torrenciales, para las áreas o polígonos identificados desde el POT con condiciones de riesgo: 0104-1/0104-2/0104-6/0104-3/0104-4/0104-5/0108-4/0107-1/0107-2/0107-3/0107-4/0103-2/0103-6/0103-7/0103-9/0103-12/0103-13/0103-1/0103-16/0103-15/, Comuna 1 – Popular.

Realización de estudios geotécnicos, hidrológicos e hidráulicos de detalle en las zonas de alto riesgo no mitigables, identificadas y clasificadas en el Acuerdo municipal 48 de 2014 –POT- y en aquellas áreas que se categoricen como tal, producto de la ejecución de los estudios de riesgo de detalle. Se asocian los siguientes polígonos dispuestos en el POT: 0105-2/0105-3/0105-4/0101-4/0104-7, Comuna 1 – Popular.

26.5. Estudios geológicos, geomorfológicos y geotécnicos para la extensión y restitución de redes de servicios

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públicos: realización de estudios geológicos, geomorfológicos y geotécnicos, independientemente del nivel de amenaza, que identifiquen todos aquellos procesos morfodinámicos en la faja del corredor de los proyectos de extensión de redes de servicios públicos en el Ámbito Ladera Nororiental y en su área de influencia inmediata, y que den cuenta de las alteraciones del entorno natural asociados a movimientos de tierra o excavaciones, que puedan comprometer la estabilidad del terreno por donde se tiene proyectado su extensión y la existencia de materiales no competentes (llenos heterogéneos).

26.6. Formación y capacitación en gestión del riesgo: Además del proyecto de Construcción y fortalecimiento del tejido social del territorio y la identidad territorial local (Sentido de pertenencia), todas las intervenciones en esta área generarán procesos en este sentido, dado que la gestión del riesgo es un campo del conocimiento socio-ambiental que será incorporado a las prácticas cotidianas, a las producciones culturales del territorio, por lo que no es sólo una tarea trasversal, sino también sectorial y multidimensional que aglutinará a todos los actores del territorio. Cada acción generada desde intervenciones puntuales en gestión del riesgo, complementará los procesos formativos llevados a cabo en el proyecto de manera trasversal.

Desde la actuación de formación y capacitación en gestión del riesgo, se llevarán a cabo las siguientes intervenciones:

26.6.1. Formación y capacitación en gestión del riesgo a partir de los tres procesos (conocimiento, reducción y manejo). Fortalecimiento de las capacidades comunitarias, de los actores institucionales públicos y privados para la Gestión de Riesgo de Desastres (GRD) frente a los escenarios de riesgo priorizados para el ámbito (planificación de la contingencia Servicios Públicos Domiciliarios (SPD), capacitación, Comité Comunitarios de Gestión de Riesgo de Desastres (CCGRD)).

26.6.2. Creación de programas de capacitación en medidas de prevención y preparación ante movimientos en masa, inundaciones, avenidas torrenciales, sismos, incendios de coberturas vegetales, etc., dirigidos a la población y líderes comunales y organizaciones de base. Fortalecimiento de las capacidades comunitarias, de los actores institucionales públicos y privados para la Gestión del Riesgo de Desastres (GRD) frente a los escenarios de riesgo priorizados para el ámbito (planificación de la contingencia para Servicios Públicos Domiciliarios (SPD), capacitación, Comité Comunitarios de Gestión de Riesgo de Desastres (CCGRD).

26.6.3. Efectuar capacitación pública en métodos constructivos de vivienda. Fortalecimiento de las capacidades comunitarias, de los actores institucionales públicos y privados para la Gestión del Riesgo de Desastres –GRD- frente a los escenarios de riesgo priorizados para el ámbito (planificación de la contingencia para Servicios Públicos Domiciliarios –SPD-, capacitación, Comité Comunitarios de Gestión de Riesgo de Desastres (CCGRD)

26.6.4. Realizar e implementar planes de contingencia para los servicios públicos, como respuesta a potenciales situaciones de emergencias y desastres. Fortalecimiento de

las capacidades comunitarias, de los actores institucionales públicos y privados para la Gestión del Riesgo de Desastres (GRD) frente a los escenarios de riesgo priorizados para el ámbito (planificación de la contingencia para Servicios Públicos Domiciliarios (SPD), capacitación, Comité Comunitarios de Gestión de Riesgo de Desastres (CCGRD).

26.6.5. Promover la participación comunitaria en la toma de decisiones en cuanto a planes, programas o proyectos relacionados con la gestión del riesgo para dichas comunidades.

26.6.6. Realizar la conformación de los comités barriales y comunales para la gestión del riesgo de desastres. Fortalecimiento de las capacidades comunitarias, de los actores institucionales públicos y privados para la Gestión del Riesgo de Desastres (GRD) frente a los escenarios de riesgo priorizados para el ámbito (planificación de la contingencia para Servicios Públicos Domiciliarios (SPD), capacitación, Comité Comunitarios de Gestión de Riesgo de Desastres (CCGRD).

26.6.7. Escuela Institucional para la resiliencia territorial: Acompañar con actividades de socialización, difusión y formación las actuaciones institucionales en el marco del Ordenamiento Territorial y la Gestión del Riesgo de Desastres (GRD). Propondrá también una formación continua, flexible y con adaptabilidad a los habitantes de las zonas con condición de riesgo, en estos dos campos y se construirán planes comunitarios o sectoriales de Gestión del Riesgo de Desastres (GRD).

26.7. Fortalecimiento institucional de los comités barriales y comunales de gestión del riesgo de desastres: Promover el fortalecimiento institucional de los comités barriales y comunales de gestión del riesgo de desastres, así como el fortalecimiento de las capacidades comunitarias, de los actores institucionales públicos y privados para la Gestión del Riesgo de Desastres (GRD) frente a los escenarios de riesgo priorizados para el ámbito (planificación de la contingencia para Servicios Públicos Domiciliarios (SPD), capacitación, Comité Comunitarios de Gestión de Riesgo de Desastres (CCGRD). Dicha actuación es de aplicabilidad en todo el Ámbito Ladera Nororiental.

26.8. Generación de incentivos tributarios: Proporcionar incentivos tributarios para reforzamiento estructural y cumplimiento de las normas de sismoresistencia vigente para edificaciones construidas antes de 1998. Aplicable en todo el Ámbito Ladera Nororiental.

Previo al otorgamiento de incentivos tributarios para el reforzamiento en referencia, surtir el proceso de divulgación con la comunidad sobre el procedimiento a establecerse para tal fin y los requisitos que se deberán cumplir para acceder al incentivo tributario, dentro los cuales la localización de las edificaciones se constituye en uno de los relevantes para tal fin de reconocimiento. Así mismo, desde las curadurías urbanas contar con el respectivo reporte asociado con la intervención propuesta para los fines pertinentes sobre las edificaciones asociadas.

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En todo caso, contar con la debida gestión y trabajo interinstitucional para análisis sobre la pertinencia, alcance y viabilidad técnica, económica y jurídica relacionada con la propuesta de actuación desde la gestión del riesgo de Generación de incentivos tributarios.

26.9. Generación equipamiento: Generar espacios para la reunión de los Comités Comunitarios de Gestión de Riesgo de Desastres (CCGRD), de manera independiente o al interior de otros equipamientos colectivos.

26.10. Generación espacio público: Adecuación como espacio público de las áreas libres resultantes de actuaciones de la Gestión Integral del Riesgo como obras de mitigación, reasentamientos de familias, etc., y tiene aplicabilidad en todo el Ámbito Ladera Nororiental.

Se dirigirán a la generación de espacios para el encuentro, el descanso y la contemplación del paisaje, es decir que generen actividad a su interior para que desestimule su apropiación para la ocupación indebida con viviendas y se direccionarán a promover la presencia y actividad de los adultos y personas mayores, en las diferentes comunas.

26.11. Generación y fortalecimiento de corredores ecológicos: A partir de esta actuación para el Ámbito Ladera Nororiental, se contemplan las siguientes acciones:

26.11.1. Proyecto “Las quebradas recuperan su cauce”: Realizar mantenimiento preventivo de los cauces de las quebradas y de estructuras hidráulicas.

26.11.2. Programar la reforestación y/o revegetalización de las márgenes de quebradas que no se encuentren ocupadas con viviendas, mediante la siembra de especies arbóreas adecuadas.

26.12. Identificación de puntos críticos por inestabilidad (movimiento en masa) e inundación para su adecuado manejo o estudio: Realizar la identificación de puntos críticos en el Ámbito Ladera Nororiental, con el fin de tomar las medidas necesarias para su intervención o elaboración de estudios que permitan determinar las acciones necesarias para su mitigación.

26.13. Identificación, priorización y ejecución de obras de repotenciación de edificaciones indispensables que presten servicios sociales básicos: Después de los análisis de vulnerabilidad de las estructuras, y garantizando que su localización sea la adecuada, repotenciar estructuras y adaptarlas a las normas sismorresistentes, con prioridad en los equipamientos de prevención y atención de desastres, luego los equipamientos definidos como vitales y finalmente los de soporte a la vida urbana.

Para el Ámbito Ladera Nororiental se tienen asociadas a dichas edificaciones a Equipamientos Básicos Sociales que corresponden con: Equipamientos de Educación (Instituciones Educativas y Colegios de básica primaria y secundaria), Equipamientos de Salud (Centros de Salud, Unidad Hospitalaria “Hermenegildo de Fex” - Manrique –

Metrosalud, Unidad Hospitalaria - Hospital Infantil Concejo de Medellín - Aranjuez – Metrosalud, Clínica El Rosario); así como, el Equipamiento de Prevención y Atención de Desastres (Estación de Bomberos Campo Valdés y Defensa Civil Colombiana –Seccional Antioquia).

26.14. Implementación de medidas correctivas y prospectivas, estructurales y no estructurales para la reducción del riesgo, derivadas de los estudios de riesgo de detalle: diseño y construcción de obras hidráulicas, reasentamiento de hogares – viviendas, implementación del Plan de Emergencias y Contingencias y simulacros de evacuación de edificaciones públicas y privadas, generación de planes y medidas de riesgo tecnológico, monitoreo y alerta temprana comunitario e institucional, inventario de asentamientos humanos localizados en las zonas de alto riesgo no mitigable, construcción de obras geotécnicas y de mitigación, y mitigación de zonas amenaza y riesgo.

26.14.1 Mantenimiento preventivo de los sistemas de drenaje y subdrenaje de la red vial, zonas verdes, taludes, espacios públicos y de las obras de estabilización construidas: Programar el mantenimiento preventivo y planificado de los sistemas de drenaje y subdrenaje de la red vial (sumideros, cunetas, filtros), zonas verdes, taludes, espacio público y de las obras de estabilización construidas en todo el Ámbito Ladera Nororiental.

26.14.2 Mitigación y/o erradicación de puntos críticos de residuos sólidos: Realizar vigilancia y control del manejo de los residuos sólidos (basuras y escombros) dado que la generación, el manejo y disposición inadecuados de dichos residuos se constituye para el Ámbito Ladera Nororiental en una de las principales problemáticas de tipo ambiental. Identificación de puntos críticos asociados con la disposición y manejo inadecuado de residuos sólidos, para su apropiada intervención y consiguiente mitigación conforme los resultados de estudios que puedan requerirse para tal fin. Así mismo, es fundamental la identificación de los actores comunitarios e institucionales involucrados, con el fin de complementar procesos formativos de manera trasversal en el Ámbito Ladera Nororiental.

26.14.3 Titulación de predios: Realizar la titulación de predios y el reconocimiento de edificaciones (vivienda) que no se encuentran en zonas de alto riesgo no mitigables, zonas con condiciones de riesgo, amenaza alta por movimientos en masa, inundaciones y avenidas torrenciales o en suelos de protección, y sean considerados urbanizables. Esta actuación se plantea para las Comunas 1 – Popular (barrio Moscú No. 2) y Comuna 2 – Santa Cruz (barrio Villa del Socorro) y constituye básicamente, el proyecto estratégico que lleva el mismo nombre.

CAPITULO 10

MEJORAMIENTO DE INFRAESTRUCTURAS DE SERVICIOS PÚBLICOS

ARTÍCULO 27. OBJETIVOS DEL PROYECTO MEJORAMIENTO DE INFRAESTRUCTURAS DE SERVICIOS PÚBLICOS. En cumplimiento de los objetivos

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estratégicos número 2, 4 y 12 y la apuesta territorial 1 del POT, y del objetivo específico número 10 del PUIAL Nororiental, este proyecto busca:

27.1 Subsanar los déficits que tienen algunos hogares y/o sectores del Ámbito Ladera Nororiental en materia de servicios públicos domiciliarios (acueducto, alcantarillado, energía y gas), entendiendo estos, como determinantes fundamentales en las condiciones calidad de vida de los habitantes.

27.2 Ampliar la capacidad de los tanques de almacenamiento y abastecimiento de agua potable Berlín, La Piñuela y Manrique (Batallón), con el fin de habilitar los suelos de renovación urbana que componen el Área de Intervención Estratégica (AIE) MEDRío Norte, la cual cuenta con un Macroproyecto Urbano formulado y adoptado mediante Decreto municipal 2077 de 2015 y que, en cumplimiento de las previsiones del Plan de Ordenamiento Territorial, deberá alojar las mayores densidades habitacionales permitidas para la ciudad.

PARAGRAFO: La localización y delimitación de las actuaciones asociadas a este proyecto, están contenidas en el mapa 9 protocolizado con la presente Resolución.

ARTÍCULO 28. ACTUACIONES DEL PROYECTO MEJORAMIENTO DE INFRAESTRUCTURAS DE SERVICIOS PÚBLICOS. Para el cumplimiento del objetivo de este proyecto, de acuerdo con las funciones definidas en el Decreto Municipal 883 de 2015, o la norma que lo modifique, comlemente sustituya, las dependencias tales como, Secretaría de Medio Ambiente, Secretaría Infraestructura Física, Subsecretaría de Servicios Públicos, contando con entidades descentralizadas como AMVA y EPM, ejecutarán las siguientes actuaciones:

28.1. Instalación de infraestructura asociada con el servicio público de alcantarillado: Esta actuación abarca una serie de intervenciones relacionadas con el mejoramiento y la habilitación de alcantarillados convencionales a través de la empresa prestadora en el Suelo Urbano, para la disposición de vertimientos de aguas residuales. Incluye además, la ampliación de la cobertura del servicio, dada la deficiente o nula prestación de dicho servicio en sectores de retiros de quebradas y en desarrollos habitacionales de crecimiento espontaneo que conllevan a la contaminación del recurso hídrico.

28.2. Reposición y mejoramiento de las infraestructuras de servicios públicos: Esta actuación agrupa intervenciones para el mejoramiento y/o dotación de servicios públicos de energía, gas y reposición de redes de acueducto.

28.3. Ampliación de capacidad de almacenamiento y bombeo en tanque de agua: Corresponde a las intervenciones a realizarse en los tres (3) Tanques existentes en el Ámbito Ladera Nororiental que no cuentan con UVAs implementadas, con el propósito de ampliar la capacidad de almacenamiento y bombeo de los mismos, a fin de garantizar el abastecimiento de los nuevos desarrollos inmobiliarios a tener lugar con la ejecución de los planes parciales que componen el Macroproyecto RíoNorte (AIE colindante al

ámbito). Esta actuación se desarrollará en articulación con el proyecto Reconversión de Equipamientos, adoptado con la presente Resolución.

28.4. Articulación de programas-proyectos-intervenciones de acueducto y alcantarillado -EPM.: Actuación que agrupa las intervenciones futuras que EPM tiene previstas en inversiones en redes, correspondientes a dos (2) programas: Distribución Secundaria Pequeños tramos y Construcción y reparación de redes de alcantarillado.

CAPITULO 11

REDOTACIÓN DE EQUIPAMIENTOS

ARTÍCULO 29. OBJETIVOS DEL PROYECTO REDOTACIÓN DE EQUIPAMIENTOS. En cumplimiento del objetivo estratégico número 1 del POT, este proyecto busca:

29.1 Mejorar la cobertura de la infraestructura de Equipamientos Colectivos en todas las comunas del Ámbito Ladera Nororiental, a través de la generación de equipamientos nuevos de acuerdo con las tipologías que tengan un nivel dotacional bajo.

29.2 Mejorar los estándares arquitectónicos de los Equipamientos Colectivos existentes mediante actuaciones de mantenimiento, mejoramiento y ampliación, según los resultados del diagnóstico.

PARAGRAFO: La localización y delimitación de las actuaciones asociadas a este proyecto, están contenidas en el mapa 10 protocolizado con la presente Resolución.

ARTÍCULO 30. ACTUACIONES DEL PROYECTO REDOTACIÓN DE EQUIPAMIENTOS. Para el cumplimiento del objetivo de este proyecto, de acuerdo con las funciones definidas en el Decreto Municipal 883 de 2015, o la norma que lo modifique, complemente o sustituya, las dependencias tales como, Secretaría de Educación, Secretaría de Participación Ciudadana, Secretaría de Cultura Ciudadana, Secretaría de Inclusión Social, Familia y Derechos Humanos, Secretaría de Salud, Secretaría de las Mujeres, Subsecretaría de Espacio Público de la Secretaria de Seguridad y Convivencia, Secretaría de Medio Ambiente y Secretaría de Infraestructura Física, contando con el apoyo de entidades descentralizadas como el INDER y la Agencia para la Gestión del Paisaje, el Patrimonio y las Alianzas Público Privadas –APP-, ejecutarán las siguientes actuaciones:

30.1. Generación equipamiento: busca el mejoramiento del cubrimiento del Subsistema de Equipamientos Colectivos en el Ámbito Ladera Nororiental. Para la realización del listado de actuaciones necesarias de generación por tipología de equipamiento en cada comuna, se tuvieron en cuenta los indicadores que evalúan la dotación de cada una de las tipologías de acuerdo con su jerarquía en el territorio y la población potencial, y así se identificaron aquellos equipamientos que tienen una presencia nula en cada comuna o que tienen una dotación muy baja en correspondencia con la población objetivo.

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30.2. Mantenimiento equipamiento: orientada a la ejecución de acciones y proyectos de restauración, restitución o recuperación del equipamiento con procesos de deterioro, bien sea por cambio de uso, alteración de las densidades poblacionales, alteración de la intensidad de uso o impacto por obras de desarrollo físico.

30.3. Mejoramiento equipamiento: Se refiere a la consolidación y preservación del equipamiento, en aquellas áreas donde este atributo presenta buenas condiciones físicas y funcionales.

30.4. Ampliación equipamiento: orientada a la ejecución de acciones y proyectos de adicción a las construcciones existentes con el fin de garantizar una adecuada cobertura del servicio según los requerimientos de las proyecciones poblacionales o del déficit en cuanto a cobertura encontrado.

CAPITULO 12

REDOTACIÓN DE ESPACIO PÚBLICO

ARTÍCULO 31. OBJETIVO DEL PROYECTO REDOTACIÓN DE ESPACIO PÚBLICO. En cumplimiento del objetivo estratégico número 5 del POT, y del objetivo específico número 5 del PUIAL Nororiental, este proyecto busca definir actuaciones de generación, mejoramiento y restitución de espacios públicos de escala vecinal y barrial al interior de los barrios, diferenciándose así de otros proyectos que también plantean actuaciones de espacio público como Fortalecimiento de Centralidades, Reconversión de Equipamientos, y Generación de Ecoparques de Quebrada. La implementación de estas intervenciones de infraestructura física se articula con una serie de actuaciones de índole social y económica que buscan fomentar el sentido de pertenencia y cuidado de las comunidades por los sistemas públicos.

PARAGRAFO: La localización y delimitación de las actuaciones asociadas a este proyecto, están contenidas en el mapa 11 protocolizado con la presente Resolución.

ARTÍCULO 32. ACTUACIONES DEL PROYECTO REDOTACIÓN DE ESPACIO PÚBLICO. Para el cumplimiento del objetivo de este proyecto, de acuerdo con las funciones definidas en el Decreto Municipal 883 de 2015, o la norma que lo modifique, complemente o sustituya, las dependencias tales como, Secretaría de Medio Ambiente, Secretaría de Infraestructura Física, Secretaría de Cultura Ciudadana, Secretaria de las Mujeres, Secretaría de Seguridad y Convivencia, contando con el apoyo de entidades descentralizadas como la Agencia para la Gestión del Paisaje, el Patrimonio y las Alianzas Público Privadas –APP- , ejecutarán las siguientes actuaciones:

32.1. Generación de espacio público: creación de alternativas de proximidad a las necesidades de espacio público de los habitantes del territorio. Se localizan principalmente en la Comuna 8 (4 de 5), ya que en esta comuna se encontraron mayores oportunidades de intervención sin producir reasentamientos considerables.

32.2. Mejoramiento de espacio público: consiste en aprovechar espacios públicos preexistentes para su repotenciamiento como parques recreativos en los barrios Playón de Los Comuneros en Comuna 2, La Salle y Versalles No.1 en Comuna 3, Berlín en Comuna 4 y La Ladera en Comuna 8.

32.3. Restitución de espacio público: restitución de un espacio público ocupado por un privado en las cercanías del Batallón Girardot, en el barrio La Mansión. Este espacio será aprovechado con la función de huerta urbana, por un mayor número de personas y en el largo plazo, convertirse en un nuevo acceso peatonal desde la carrera 41 al área del batallón (una vez intervenido).

32.4. Formación y capacitación en temas de ordenamiento territorial: busca articular la participación de los pobladores aledaños o beneficiarios de las intervenciones públicas, en este caso específico de espacio público, en todo el proceso de formulación, ejecución y mantenimiento de estas.

Está compuesta de actividades sistemáticas de recreación de los espacios existentes y futuros, donde se recojan los valores, símbolos e imaginarios que reflejen la cultura de las comunidades locales, y donde además se haga un seguimiento a las obras y se implementen acciones colectivas para su mantenimiento, esto con el propósito de influir y/o motivar a las personas a comprometerse con su entorno cotidiano.

CAPITULO 13

INSERCIÓN FORMAL LABORAL

ARTÍCULO 33. OBJETIVOS DEL PROYECTO INSERCIÓN FORMAL LABORAL. En cumplimiento del objetivo estratégico número 1 del POT, este proyecto busca:

33.1 Establecer condiciones que permitan disminuir el desempleo, a través del mejoramiento de las capacidades de la población de acuerdo con las necesidades del sector productivo, resaltando la importancia del trabajo formal y creando una cultura de aporte a las pensiones; para lo cual procura por el mejoramiento de espacios dentro del territorio para este fin.

33.2 Conectar la oferta y la demanda de empleo mediante una plataforma, logrando una articulación interinstitucional entre establecimientos educativos y el sector productivo, contribuyendo de manera indirecta, al crecimiento del sector productivo, al contar con una oferta laboral más preparada para los desafíos actuales, promoviendo la innovación y la gestión tecnológica dentro de las empresas.

PARAGRAFO: Este proyecto se articula con el proyecto de Reducción de la brecha de género, y presenta especial énfasis en las personas en situación de discapacidad y los jóvenes vulnerables que no trabajan, no estudian y que tienen pocas oportunidades de ingresar al mercado laboral.

ARTÍCULO 34. ACTUACIONES DEL PROYECTO

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INSERCIÓN FORMAL LABORAL. Para el cumplimiento del objetivo de este proyecto, de acuerdo con las funciones definidas en el Decreto Municipal 883 de 2015, o la norma que lo modifique, complemente o sustituya, las dependencias tales como, Secretaría de Desarrollo Económico, Secretaría de las Mujeres, Secretaría de Hacienda, contando con el apoyo de las entidades descentralizadas, como Sapiencia, quienes ejecutarán las siguientes actuaciones:

34.1. Mejoramiento de equipamientos colectivos y de espacio público: organizar y mejorar espacios para realizar encuentros y actividades de formación laboral para las comunidades. Esta actuación, se desarrolla con mayor precisión en los proyectos Redotación de Equipamientos, Reconversión de Equipamientos y Redotación de Espacio Público.

34.2. Formación y capacitación para el trabajo: Creación de programas de capacitación para el trabajo que permitan mejorar las habilidades de la población y de esta manera, el acceso a mejores empleos. Además de generar programas de educación financiera, los cuales se enseñarán desde una edad temprana, con el fin de crear una cultura de aporte a las pensiones y resaltar la importancia del trabajo formal.

34.3. Creación de un observatorio de empleo: que permita gestionar la información de quienes se encuentren buscando trabajo y de aquellos que necesiten fuerza laboral. La construcción y gestión de la información servirá para que las empresas del sector empleen mano de obra del lugar donde se encuentran y así, contribuyan al desarrollo económico del Ámbito Ladera Nororiental.

34.4. Articulación con el sector productivo, la educación superior y la educación para el trabajo: Crear alianzas entre las empresas, las instituciones de educación superior y las de educación para el trabajo para que, de manera articulada, se creen proyectos que estén dentro de los sectores económicos más importantes de la ciudad, que aporten al crecimiento y desarrollo del sector productivo, promoviendo diferentes tipos de innovación y de gestión tecnológica y, que, al mismo tiempo, beneficien a los egresados de estas instituciones, al vincularlos laboralmente a dichas empresas.

34.5. Generación de incentivos tributarios: para el sector productivo que contrate a mujeres, personas en situación de discapacidad y jóvenes recién egresados de las distintas modalidades académicas, tales como deducciones del impuesto a la renta, beneficios en la contratación con el Estado, prelación en el otorgamiento de créditos de organismos estatales para la realización de contratos con enfoque de género, con personas en situación de discapacidad y/o jóvenes vulnerables.

En el parágrafo 4 del artículo 288 del Acuerdo Municipal 066 de 2017, por medio del cual se expide la normativa sustantiva aplicable a los tributos vigentes en el Municipio de Medellín, se menciona que las empresas nuevas que desarrollen las actividades objeto del beneficio tributario de clúster, que vinculen formalmente jóvenes entre los 18 y 26 años, podrán descontarse adicionalmente del impuesto de Industria y Comercio, el 100% de lo correspondiente al

pago de los parafiscales de dichos trabajadores, durante el término de la exención que les fue concedida.

Respecto a la contratación de personas en situación de discapacidad, el artículo 277, afirma que los contribuyentes del impuesto de Industria y Comercio que empleen personal discapacitado, residenciados en el Municipio de Medellín, podrán descontar de su base gravable anual, una suma equivalente 100% del valor de los pagos efectuados a estas personas en el respectivo período gravable.

34.6. Acompañamiento y apoyo a las mujeres, a las personas en situación de discapacidad y/o los jóvenes que deseen emprender una actividad productiva: Desde los CEDEZOs se puede brindar especial atención y apoyo a mujeres, personas en situación de discapacidad y jóvenes que busquen crear empresa, brindando orientaciones y asesorías de acuerdo a los sectores económicos estratégicos de la ciudad, dar capacitaciones buscando crear competencias empresariales y generar conexiones para la apertura de mercados.

Esta actuación está articulada al proyecto de Reducción de la brecha de género, al tener como uno de sus grupos sociales de mayor énfasis, a las mujeres, aportando así, al aumento de sus oportunidades laborales y de ingresos y de paso, a la reducción de la inequidad con respecto a los hombres.

CAPITULO 14

MEJORAMIENTO DE INFRAESTRUCTURA PARA LA MOVILIDAD MOTORIZADA

ARTÍCULO 35. OBJETIVO DEL PROYECTO MEJORAMIENTO DE INFRAESTRUCTURA PARA LA MOVILIDAD MOTORIZADA. En cumplimiento del objetivo estratégico número 11 del POT, este proyecto busca mejorar las condiciones de movilidad, accesibilidad y permeabilidad para los modos de transporte motorizados, permitiendo a los habitantes del Ámbito Ladera Nororiental integrarse mejor con su territorio, disminuyendo tiempos y distancias de viaje, otorgando mejor accesibilidad a los diferentes equipamientos presentes dentro del ámbito y permitiendo que el transporte público pueda operar de manera adecuada.

PARAGRAFO: La localización y delimitación de las actuaciones asociadas a este proyecto, están contenidas en el mapa 12 protocolizado con la presente Resolución.

ARTÍCULO 36. ACTUACIONES DEL PROYECTO MEJORAMIENTO DE INFRAESTRUCTURA PARA LA MOVILIDAD MOTORIZADA. Para el cumplimiento del objetivo de este proyecto, de acuerdo con las funciones definidas en el Decreto Municipal 883 de 2015, o la norma que lo modifique, complemente o sustituya, las dependencias tales como, Departamento Administrativo de Planeación, Secretaría de Infraestructura Física, Secretaría de Movilidad, contando con el apoyo de las entidades descentralizadas como Empresa de Desarrollo Urbano –EDU- y Área Metropolitana del Valle de Aburrá –AMVA-, ejecutarán las siguientes actuaciones:

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36.1. Ampliación vial: consiste en la ampliación de algunos corredores existentes para la movilidad motorizada. Algunas de ellas se asocian a proyectos viales vigentes, mientras que otras han sido identificadas desde el diagnóstico técnico como susceptibles de ser ampliadas por diferentes necesidades.

36.2. Generación vial: construcción de vías para generar continuidad. Pueden llamarse también broches viales y permiten que una vía tenga continuidad entre dos (2) puntos donde actualmente no la hay.

36.3. Generación de viaductos: construcción de puentes vehiculares o viaductos que permitan superar las barreras naturales presentes en el territorio, sobre diferentes quebradas.

36.4. Mejoramiento vial: consiste en el mejoramiento de la infraestructura existente para la movilidad motorizada. Se incluyen las reconstrucciones viales, repavimentaciones y mantenimientos viales.

36.5. Señalización y elementos de seguridad vial: consiste en la instalación de elementos de seguridad vial en puntos de alta accidentalidad, además de incluir señalización vertical y horizontal en dichos puntos u otros diferentes.

36.6. Generación de equipamientos de transporte: consiste en la construcción de Centros Logísticos de Transporte y/o Depósitos de buses o vehículos de transporte público, lo cual permitirá reducir los impactos de la problemática de parqueo indebido en vía pública de estos vehículos.

36.7. Generación de parqueaderos: consiste en la adecuación de parqueaderos públicos aumentando su capacidad, mediante la generación de incentivos para propiciar la inversión por parte de los propietarios, con el fin de evitar el parqueo indebido en vía pública y superar el déficit de parqueaderos privados que actualmente se presenta, debido a la tipología de viviendas que históricamente se han desarrollado en esta zona de la ciudad, sumado a las mayores facilidades para acceder a vehículos particulares de los últimos años.

36.8. Generación de paradero: generación de infraestructura de parada de transporte público con el fin de otorgar comodidad, seguridad y confort a los usuarios de dicho modo de transporte.

CAPITULO 15

FORTALECIMIENTO EMPRESARIAL

ARTÍCULO 37. OBJETIVO DEL PROYECTO FORTALECIMIENTO EMPRESARIAL. En cumplimiento del objetivo estratégico número 10 del POT, y los objetivos específicos número 2, 3, 4 y 9 del PUIAL Nororiental, este proyecto busca fortalecer el ecosistema del emprendimiento, fomentando la economía solidaria, a través de la potencialización de iniciativas de creación, desarrollo y consolidación de microempresas y un acompañamiento y seguimiento a los procesos productivos existentes y a los

nuevos, en articulación con el programa de la FAO-UN de seguridad alimentaria.

PARAGRAFO 1: la actuación Mejoramiento de equipamientos colectivos y de espacio público adoptada en el proyecto de Inserción formal laboral, contribuye al fortalecimiento empresarial del sector comercio, en cuanto a organizar el territorio con respecto a las ventas ambulantes ubicadas en los parques de Villa Hermosa y Gaitán de la Comuna 3 – Manrique.

PARAGRAFO 2: La localización y delimitación de las actuaciones asociadas a este proyecto, están contenidas en el mapa 13 protocolizado con la presente Resolución.

ARTÍCULO 38. ACTUACIÓN DEL PROYECTO FORTALECIMIENTO EMPRESARIAL. Para el cumplimiento del objetivo de este proyecto, de acuerdo con las funciones definidas en el Decreto Municipal 883 de 2015, o la norma que lo modifique, complemente o sustituya, las dependencias tales como, Secretaría de Desarrollo Económico, Subsecretaría de Espacio Público de la Secretaria de Seguridad y Convivencia, contando con el apoyo de entidades descentralizadas como la Organización de las Naciones Unidas para la alimentación y la Agricultura (FAO-UN), ejecutarán la siguiente actuación:

Articulación interinstitucional y fortalecimiento de dichas instituciones que permita la consolidación y/o la generación de empresas: Fortalecimiento y articulación de los CEDEZOs de Santo Domingo Savio y de Manrique con las Unidades Productivas locales y el Telecentro Comunitario de Manrique y, a partir de éstos, brindar apoyo a la creación y consolidación de las empresas, mediante medidas como la facilidad del acceso al crédito de los proyectos con mayor impacto social y/o a través de la creación de empresas a partir del aprovechamiento y transformación de los residuos orgánicos, entre otras iniciativas y aprovechando la existencia en el país, de entidades dedicadas a prestar microcréditos para personas con un nulo o bajo historial crediticio y cuya fuente de ingresos no es constante, que exigen pocos requisitos.

CAPITULO 16

REDUCCIÓN DE LA BRECHA DE GÉNERO

ARTÍCULO 39. OBJETIVOS DEL PROYECTO REDUCCIÓN DE LA BRECHA DE GÉNERO. En cumplimiento del objetivo estratégico número 1 y 4 del POT, y el objetivo específico número 6 del PUIAL Nororiental, este proyecto busca:

39.1 Incrementar las oportunidades laborales y el ingreso de las mujeres, aumentando su cualificación para el trabajo, generando incentivos tributarios para las empresas e instituciones públicas que contraten hombres y mujeres con salarios dignos, en igual proporción y les ofrezcan los mismos beneficios, facilitando el acceso al crédito para el desarrollo de actividades productivas y realizando campañas de sensibilización que procuren la igualdad de oportunidades en las empresas y una correcta utilización del espacio y transporte público, donde se brinde respeto a las mujeres y a las niñas.

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39.2 Disminuir las barreras para acceder al empleo y al estudio, a través de la generación de territorios seguros libres de acoso sexual y cualquier forma de violencia, para el acceso con tranquilidad al trabajo y/o instituciones educativas y la reducción de las cargas del hogar, tales como el cuidado del mismo y de las personas dependientes, equilibrándolas con los demás integrantes, creando políticas que involucren espacios en los lugares de trabajo para el cuidado de dichas personas y el fomento de hogares donde se brinde un buen cuidado de niños, personas mayores y/o familiares enfermos y, de esta manera, las mujeres puedan realizar sus actividades laborales con más tranquilidad, participando con mayor tiempo y mejores condiciones laborales en el mercado de trabajo.

ARTÍCULO 40. ACTUACIONES DEL PROYECTO REDUCCIÓN DE LA BRECHA DE GÉNERO. Para el cumplimiento del objetivo de este proyecto, de acuerdo con las funciones definidas en el Decreto Municipal 883 de 2015, o la norma que lo modifique, complemente o sustituya, las dependencias tales como, Secretaría de Desarrollo Económico, Secretaría de Hacienda y Secretaría de las Mujeres, contando con el apoyo de entidades descentralizadas, ejecutarán las siguientes actuaciones:

40.1. Generación de incentivos tributarios: Creación de beneficios tributarios para las empresas e instituciones públicas que contraten hombres y mujeres con salarios dignos, en igual proporción e iguales beneficios, tales como: deducciones del impuesto a la renta, beneficios en la contratación con el Estado, prelación en el otorgamiento de créditos de organismos estatales para la realización de contratos con enfoque de género.

40.2. Inclusión de las mujeres adultas mayores en el desarrollo territorial: Aprovechar los equipamientos colectivos existentes, como los CEDEZOs de Santo Domingo Savio y de Manrique, el Telecentro comunitario de Manrique y las instituciones educativas presentes en el Ámbito Ladera Nororiental, para el desarrollo de las capacidades intelectuales y productivas de la mujer mayor, encaminado a mejorar su calidad de vida con el acceso a formación, fuentes de ingresos para su manutención y a una ágil atención en salud, teniendo en cuenta que será un porcentaje importante de la población del ámbito, debido al envejecimiento poblacional de los últimos años.

40.3. Transversalización de la equidad de género: consiste en sensibilizar a instancias públicas y privadas sobre las desigualdades de género que afectan a las mujeres, con el fin de transformar imaginarios, estereotipos y obstáculos institucionales y estructurales para el acceso pleno a los derechos, logrando así, el mejoramiento de la condición y posición de las mujeres, a partir de un trabajo de coordinación e incidencia que genere acciones para promover su empoderamiento, en beneficio de la igualdad de género, buscando el acceso oportuno a sus derechos, el aumento y cualificación de su participación en los escenarios laborales.

40.4. Territorios seguros para las mujeres y las niñas: consiste en implementar estrategias y acciones de seguridad integral y procesos para la resignificación y apropiación para el encuentro ciudadano, que permita a las niñas y a

las mujeres disfrutar de espacios seguros y moverse con tranquilidad hacia sus lugares de estudio y/o trabajo; a través de la promoción de factores protectores que velan por la apropiación del espacio público. Se promueve la recuperación física, paisajística, de movilidad, ornato e iluminación como parte de la seguridad territorial.

40.5. Promoción de la economía del cuidado: a través de la sensibilización y concientización de la comunidad, que busque acabar con los estereotipos alrededor de las cargas del hogar que recaen en las mujeres, en las que se incluye el cuidado de los hijos, personas mayores y/o familiares enfermos y, de la educación que se les da a los niños y niñas con respecto a las carreras que deben o no elegir de acuerdo con su género, ya que la brecha salarial se incrementa en los cargos más altos (gerencia de áreas o equivalentes), en los que las mujeres presentan una baja participación con respecto a los hombres.

Además, esta actuación incluye la capacitación en los hogares para que los hombres se involucren más en el cuidado de los niños, ancianos y/o familiares enfermos, sensibilización sobre la importancia de distribuir los tiempos dedicados al cuidado en el hogar; incentivos tributarios, como los mencionados en la primera actuación, para crear una política que involucre espacios en los lugares de trabajo para el cuidado de los niños y el fomento de hogares donde se brinde un buen cuidado de personas dependientes.

40.6. Mejoramiento de la cualificación personal de las mujeres: a través de formación para el trabajo y/o educación superior, utilizando equipamientos existentes como las instituciones educativas, los CEDEZOs de Santo Domingo Savio y de Manrique, que permita aumentar sus oportunidades de acceso al empleo y mejorar sus ingresos, contribuyendo así, a la disminución de la brecha en ingresos y empleo, con respecto a los hombres y al desarrollo económico, al impactar en la disminución del desempleo en el Ámbito Ladera Nororiental.

40.7. Fácil acceso al crédito a las mujeres para el desarrollo de actividades productivas: Generar conexiones con instituciones financieras como el Banco de las Oportunidades y Banco Mundo Mujer, con el fin de brindar a las mujeres, alternativas de financiación para el desarrollo de actividades productivas, de una manera más fácil y sencilla, mediante créditos que puedan amortizarse en cuotas y tiempos flexibles, facilitando así la generación de ingresos y el mejoramiento de su calidad de vida; con una mayor atención en las mujeres pertenecientes a los estratos socioeconómicos 1, 2 y 3, en las mujeres jóvenes y/o en situación de discapacidad.

En este sentido, la Secretaría de las Mujeres de Medellín cuenta con el programa Ruta de Autonomía Económica, con especial énfasis en el acceso a servicios financieros para mujeres de los estratos 1 y 2.

CAPITULO 17

RECONOCIMIENTO DEL PATRIMONIO

ARTÍCULO 41. OBJETIVO PROYECTO RECONOCIMIENTO

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DEL PATRIMONIO. En cumplimiento del objetivo estratégico número 8 y 9 del POT, y el objetivo específico número 7 del PUIAL Nororiental, este proyecto busca promover la conservación del patrimonio urbano del Ámbito Ladera Nororiental como capital social, cultural y económico, más allá de la conservación del entorno físico, involucrando los procesos inmateriales que suceden allí y generando procesos de apropiación y valoración social de los elementos que constituyen la base de la identidad de los habitantes de este territorio.

PARAGRAFO: La localización y delimitación de las actuaciones asociadas a este proyecto, están contenidas en el mapa 14 protocolizado con la presente Resolución.

ARTÍCULO 42. ACTUACIONES DEL PROYECTO RECONOCIMIENTO DEL PATRIMONIO. Para el cumplimiento del objetivo de este proyecto, de acuerdo con las funciones definidas en el Decreto Municipal 883 de 2015, o la norma que lo modifique, complemente o sustituya, las dependencias tales como, Secretaría de Participación Ciudadana, Subsecretaría de Espacio Público, Secretaría de Cultura Ciudadana, Secretaría de Educación y Departamento Administrativo de Planeación, contando con el apoyo de entidades descentralizadas como Sapiencia y Museo Casa de la Memoria, ejecutarán las siguientes actuaciones:

42.1. Programa de reconocimiento del patrimonio cultural material e inmaterial asociado a los espacios culturales: comprende los sitios considerados sagrados o valorados como referentes culturales e hitos de la memoria ciudadana. Se implementará un programa de reconocimiento del patrimonio cultural inmaterial asociado a los espacios culturales, compuesto por todas aquellas manifestaciones o prácticas culturales que la comunidad considere como parte de su vida y de su historia y que, por su continuidad en el tiempo, se convierten en fundamento de su identidad.

42.2. Programa de reconocimiento de los conocimientos y técnicas tradicionales asociadas al hábitat: Conocimientos, técnicas y eventos tradicionales relacionados con la construcción de la vivienda y las prácticas culturales asociadas a la vida doméstica. Una de las prácticas más características que han hecho parte de la construcción colectiva de estos territorios es el “Convite” forma de colaboración comunitaria temporal que ha permitido organizar el trabajo en equipo de los habitantes de la zona para emprender proyectos específicos de construcción, sean construcciones de casas particulares o de iglesias, colegios, escaleras, calles, acueductos comunitarios, entre otros.

Este programa busca identificar las técnicas tradicionales asociadas al hábitat que han participado en la construcción y desarrollo de este sector, a través de un programa que vincule a la comunidad en un ejercicio de reconocimiento de estas técnicas, en el que se recupere la memoria de los pobladores, con recorridos, talleres, ejercicios de cartografía social, entre otros.

42.3. Gestión de reconocimiento de edificaciones con valor patrimonial que están en la Lista Indicativa de Candidatos a Bienes de Interés Cultural -LICBIC- para ser

declaradas BIC municipal: gestionar la declaratoria de los elementos que están en la Lista Indicativa de Candidatos a Bienes de Interés Cultural (LICBIC), a través de la elaboración de las fichas de reconocimiento que el Ministerio de Cultura exige para aprobar el acto administrativo de declaratoria como Bienes de Interés Cultural (BIC).

CAPITULO 18

RECONVERSIÓN DE EQUIPAMIENTOS

ARTÍCULO 43. OBJETIVO DEL PROYECTO RECONVERSIÓN DE EQUIPAMIENTOS. En cumplimiento del objetivo estratégico número 1 y 5 del POT, este proyecto busca reconvertir equipamientos existentes que tienen el potencial de mantener sus funciones actuales y además albergar nuevas dotaciones colectivas y espacios públicos, permitiendo albergar nuevos usos dotacionales y de espacio público, aprovechando al máximo sus áreas de suelo y sus localizaciones estratégicas, sin el trámite de adquisición de nuevos lotes.

PARAGRAFO: La localización y delimitación de las actuaciones asociadas a este proyecto, están contenidas en el mapa 15 protocolizado con la presente Resolución.

ARTÍCULO 44. ACTUACIONES DEL PROYECTO RECONVERSIÓN DE EQUIPAMIENTOS. Para el cumplimiento del objetivo de este proyecto, de acuerdo con las funciones definidas en el Decreto Municipal 883 de 2015, o la norma que lo modifique, complemente o sustituya, las dependencias tales como, Secretaría de Medio Ambiente, Secretaría de Infraestructura Física, Secretaría de Cultura Ciudadana, Secretaría de las Mujeres y Secretaría de Seguridad y Convivencia, contando con el apoyo de entidades descentralizadas como el INDER y la Agencia para la Gestión del Paisaje, el Patrimonio y las Alianzas Público Privadas – APP-, ejecutarán las siguientes actuaciones:

44.1. Generación de espacio público: encaminada al aprovechamiento del suelo de los cinco (5) equipamientos referenciados en este proyecto, permitiendo mejorar de manera contundente el espacio público en los barrios y comunas donde se localizan, no solo en términos cuantitativos sino también cualitativos.

44.2. Mejoramiento de espacio público: enfocada en las áreas libres de la Plaza de Mercado Campo Valdés y la Unidad Deportiva Brasilia a fin de articular mejor ambos espacios y reforzar desde el espacio público, la intervención planteada para la plaza, convirtiendo a este espacio en una alternativa de esparcimiento para la Comuna ante los marcados déficits que presenta.

44.3. Mejoramiento de equipamiento: orientada a la ejecución de acciones y proyectos de restauración, restitución o recuperación del equipamiento y a la inclusión de nuevas tipologías de equipamientos colectivos identificadas en la Fase 1 Diagnóstico Participativo, como prioritarias de acuerdo con su localización para mejorar la cobertura y que sean compatibles con los equipamientos existentes.

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CAPITULO 19

TITULACIÓN DE PREDIOS

ARTÍCULO 45. OBJETIVO DEL PROYECTO TITULACIÓN DE PREDIOS. En cumplimiento del objetivo estratégico número 1 y 6 del POT, este proyecto busca formular proyectos de legalización y titulación de bienes que contemplan la asesoría y el acompañamiento para facilitarle a la población la obtención del título gratuito de los predios donde están ubicadas sus viviendas en predios del Municipio de Medellín y la regularización en la tenencia de equipamientos colectivos que presentan inconsistencias de titulación.

PARAGRAFO: La localización y delimitación de las actuaciones asociadas a este proyecto, están contenidas en el mapa 16 protocolizado con la presente Resolución.

ARTÍCULO 46. ACTUACIONES DEL PROYECTO TITULACIÓN DE PREDIOS. Para el cumplimiento del objetivo de este proyecto, de acuerdo con las funciones definidas en el Decreto Municipal 883 de 2015, o la norma que lo modifique, complemente o sustituya, las dependencias tales como, la Secretaría de Suministros y Servicios contando con el apoyo de entidades descentralizadas como el Instituto Social de Vivienda y Hábitat de Medellín (lSVIMED), ejecutarán las siguientes actuaciones:

46.1. Titulación de predios Barrio Moscú No. 2 (Comuna 1): titulación de las viviendas localizadas en el lote catastral que figura como bien de uso público en el inventario de Activos Fijos (2018), localizado en el barrio Moscú No. 2 cuyo origen corresponde con un lote de mayor extensión propiedad de Jesusita Vallejo de Mora Vásquez adquirido por CORVIDE en 1993, y cedido al Municipio de Medellín en el año 2007 en marco del proceso liquidatorio de dicha entidad. Este sector fue identificado en el Plan de Legalización y Regularización Nororiental parte baja para ser objeto de un proceso de legalización y titulación, proceso que no se ha concluido. El número de viviendas ubicadas en este lote, según las instalaciones de energía residencial de EPM a 2018 son 729 viviendas.

46.2. Titulación de predios Barrio Villa del Socorro (Comuna 2): titulación de las viviendas localizadas en el barrio Villa del Socorro, el cual está registrado como un solo predio en la categoría de Bienes de uso público. El número de viviendas ubicadas en este lote, según las instalaciones de energía residencial de EPM a 2018 son 5.005 viviendas.

46.3. Regularización en la tenencia de Equipamientos Colectivos (Comuna 2): consiste en resolver la situación jurídica de los 14 equipamientos localizados en el barrio Villa del Socorro.

CAPITULO 20

VEEDURÍA PARA LA GESTIÓN E IMPLEMENTACIÓN DEL PUIAL NORORIENTAL

ARTÍCULO 47. CREACIÓN DE LA VEEDURIA CIUDADANA.

En consonancia con el artículo 3 de la ley 850 de 2003, las veedurías ciudadanas para el PUIAL Nororiental podrán crearse así:

47.1. Por iniciativa de los ciudadanos interesados en ejercer la función de vigilancia de la gestión pública.

47.2. Por las organizaciones civiles constituidas de acuerdo con la Ley y que deciden vigilar la gestión pública.

Parágrafo: En ambos casos los veedores se eligen en forma democrática, para lo cual dejan constancia en un documento o acta de constitución. La inscripción de este documento se realizará ante las personerías municipales o ante la Cámara de Comercio de Medellín, quienes llevan registro público de las veedurías inscritas en la jurisdicción.

ARTÍCULO 48. FUNCIONES DE LA VEEDURIA. Acorde con el artículo 15 de la ley 850 de 2003, son funciones de la Veeduría del PUIAL Nororiental., entre otras, las siguientes:

48.1. Vigilar que los recursos se usen según las normas, planes, programas, proyectos y contratos destinados de manera específica a la implementación del PUIAL Nororiental.

48.2. Velar por que las acciones del Municipio sean pertinentes, oportunas, lícitas y ajustadas a lo determinado por el presente acto o a lo dispuesto en el Plan de Ordenamiento Territorial.

48.3. Conocer las normas, planes, programas, proyectos y contratos, así como el grado de avance real en la gestión de todos ellos.

48.4. Estudiar y analizar los argumentos, explicaciones, razones e informaciones recibidas de la administración municipal.

48.5. Presentar informes, denuncias, demandas y acciones escritas a las autoridades competentes para controlarlas, agotadas las vías directas de entendimiento con la controversia que se genere con el PUIAL Nororiental, su aplicación o ejecución.

PARAGRAFO: Para el ejercicio de las anteriores funciones, la Veeduría podrá dictar su propio Reglamento sin que el mismo otorgue funciones distintas o adicionales a las aquí previstas.

CAPITULO 21

DISPOSICIONES FINALES

ARTÍCULO 49. VIGENCIA PARA LA EJECUCIÓN DE LOS PROYECTOS. En el marco de la vigencia de mediano y largo plazo del Plan de Ordenamiento Territorial, conforme al Acuerdo Municipal 048 de 2014, todos los proyectos del PUIAL Nororiental tendrán una vigencia máxima para su ejecución de ocho (8) años.

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ARTÍCULO 50. FINANCIACIÓN. Los planes, programas y proyectos definidos en el PUIAL Nororiental se presentarán para su incorporación en los Planes de Desarrollo de cada período y se determinarán los programas y proyectos con sus respectivas metas de tal modo que correspondan con los lineamientos, objetivos y estrategias de la presente Resolución.

Los montos correspondientes a las inversiones anuales para cada programa o proyecto se definirán en el Plan de Desarrollo correspondiente, acudiendo a diferentes formas de financiación tales como: presupuesto ordinario del Municipio, Presupuesto Participativo, recursos de cooperación nacional e internacional, donaciones, regalías, y convenios con sectores públicos y privados, entre otros.

ARTICULO 51. RESPONSABLES DEL SISTEMA DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN. En concordancia con el artículo 480 del Acuerdo Municipal 048 de 2014,

el Departamento Administrativo de Planeación hará el seguimiento a la implementación del presente instrumento y registrarán sus avances en el informe de seguimiento al Plan de Ordenamiento Territorial.

ARTÍCULO 52. PREVALENCIA NORMATIVA. En concordancia con los artículos 479 y 480 del Acuerdo Municipal 048 de 2014, para el desarrollo urbanístico y constructivo del área de planificación, priman las disposiciones que se describen y reglamentan en la presente Resolución y en las normas de superior jerarquía. En los aspectos que no estén reglamentados, aplicará lo establecido en el Acuerdo Municipal 048 de 2014 y las normas que lo reglamenten, modifiquen, complementen o sustituyan.

ARTÍCULO 53. VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial del Municipio de Medellín y tendrá una vigencia ocho (8) años correspondientes con las vigencias de mediano y largo plazo del Plan de Ordenamiento Territorial.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Medellín a los __ días de diciembre 2019

FEDERICO GUTIÉRREZ ZULUAGA

Alcalde de Medellín

ANA CATHALINA OCHOA YEPES

Directora Departamento Administrativo de Planeación