res teeu-017-2013 convocatoria a elecciones.pdf

Upload: infoteeu

Post on 14-Apr-2018

213 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

  • 7/30/2019 RES TEEU-017-2013 Convocatoria a elecciones.pdf

    1/5

    Ciudad Universitaria Rodrigo FacioParte posterior del Comedor EstudiantilTelefax.: 2511-4630Correo electrnico: [email protected]/[email protected]

    RES. TEEU-017-2013

    Tribunal Electoral Estudiantil Universitario. San Pedro, Montes de Oca, Ciudad Universitaria

    Rodrigo Facio Brenes, a las cero horas con cero minutos del da primero de setiembre del dosmil trece; en cumplimiento de las atribuciones y disposiciones enunciadas en los artculos 73, 77,78, 79, 94, 106, 107, 231, 232, 233, 234, 235, 236, 237, 238, 239, 240, 241, 242, 243 y 245 delEstatuto Orgnico de la Federacin de Estudiantes; 1, 2, 4, 52, 53 y 54 del Reglamento Generalde Elecciones Federativas de la Federacin de Estudiantes;

    DECRETA:Artculo 1.- Se convoca a todas las personas matriculadas como estudiantes regulares para elsegundo ciclo lectivo del ao dos mil trece en la Universidad de Costa Rica segn la informacinsuministrada por la Oficina de Registro e Informacin de la Universidad de Costa Rica para que,en ejercicio del derecho estatutario al sufragio, en votacin directa, universal, secreta y libre;

    asistan a las respectivas mesas receptoras de votos los das jueves diecisiete y viernes dieciochode octubre del ao dos mil trece; con el fin de elegir al Directorio de la Federacin de Estudiantesde la Universidad de Costa Rica y las Representaciones Estudiantiles en el Consejo Universitariopara el perodo estatutario comprendido entre el primero de diciembre del dos mil trece y eltreinta de noviembre del dos mil catorce.

    Artculo 2.- Las elecciones se efectuarn en las Sedes y Recintos Universitarios en el siguientehorario:a) Golfito, jueves desde las ocho horas hasta las dieciocho horas y viernes desde las ocho horashasta las quince horas;b) Gupiles, jueves desde las ocho horas hasta las dieciocho horas y viernes desde las ocho horas

    hasta las dieciocho horas;c) Interuniversitaria de Alajuela, jueves desde las ocho horas hasta las dieciocho horas y viernesdesde las ocho horas hasta las dieciocho horas;d) Liberia, jueves desde las ocho horas hasta las dieciocho horas y viernes desde las ocho horashasta las dieciocho horas;e) Limn, jueves desde las ocho horas hasta las dieciocho horas y viernes desde las ocho horashasta las dieciocho horas;f) Paraso, jueves desde las ocho horas hasta las dieciocho horas y viernes desde las ocho horashasta las diecisis horas;g) Puntarenas, jueves desde las ocho horas hasta las dieciocho horas y viernes desde las ochohoras hasta las dieciocho horas;

    h) Rodrigo Facio Brenes, jueves desde las ocho horas hasta las veinte horas y viernes desde lasocho horas hasta las veinte horas; excepto en las mesas receptoras de votos ubicadas en la Ciudadde la Investigacin y en las Instalaciones Deportivas, cuyo horario ser desde las ocho horashasta las dieciocho horas de ambos das; y la mesa ubicada en Artes Dramticas, desde las ochohoras hasta las diecinueve horas ambos das; i) San Ramn, jueves desde las ocho horas hasta las dieciocho horas y viernes desde las ochohoras hasta las diecinueve horas;

  • 7/30/2019 RES TEEU-017-2013 Convocatoria a elecciones.pdf

    2/5

    Ciudad Universitaria Rodrigo FacioParte posterior del Comedor EstudiantilTelefax.: 2511-4630Correo electrnico: [email protected]/[email protected]

    j) Tacares, jueves desde las ocho horas hasta las diecisiete horas y viernes desde las ocho horashasta las dieciocho horas; y

    k) Turrialba, jueves desde las ocho horas hasta las diecisiete horas y viernes desde las ocho horashasta las diecisiete horas.En la mesa itinerante de los Hospitales, el horario se comunicar oportunamente para cada caso.

    Artculo 3.- En casos justificados, el Tribunal Electoral Estudiantil Universitario podr reducir oampliar del horario de votacin en las juntas que as lo ameriten. Todo cambio deber divulgarseapropiadamente a la Asociacin de Estudiantes de la Escuela, Sede o Recinto correspondiente y alos partidos polticos inscritos. En los das de elecciones se podr cerrar una mesa por causas defuerza mayor.

    Artculo 4.- Los puestos por elegir en la papeleta de Directorio de la Federacin de Estudiantes

    de la Universidad de Costa Rica son:a) Presidencia;b) Vicepresidencia;c) Secretara General;d) Secretara de Administracin, Planificacin y Presupuesto;e) Secretara de Comunicacin e Informacin;h) Secretara de Sedes Regionales;f) dos SuplenciasEsta eleccin se realizar en papeleta nica con nminas cerradas de nmero igual al de PartidosPolticos debidamente inscritos en el Tribunal.

    Artculo 5.- La eleccin de los Representantes Estudiantiles en el Consejo Universitario se haren papeleta separada, confeccionada para tal efecto. Los puestos por elegir sern dos propietarioscon sus respectivos suplentes.

    Artculo 6.- Los requisitos para optar a las candidaturas son:a) ser estudiante federado;b) ser estudiante regular, segn lo establecido en el Estatuto Orgnico de la Universidad de CostaRica;c) ser mayor de edad;d) no desempear puestos administrativos o docentes en la Universidad de Costa Rica, salvo elcaso de estudiantes que estn nombrados en horas asistente o estudiante;

    e) tener un promedio ponderado en su expediente acadmico no menor de siete;f)para ocupar el cargo de Secretara de Sedes Regionales, se debe ser estudiante regular de SedeRegional;g) no desempear cargos en rganos federativos, juntas directivas ni representaciones en elConsejo Superior Estudiantil o tribunales; yh) cualquier otro que el Estatuto Orgnico de la Federacin y el Reglamento General deelecciones indiquen.

  • 7/30/2019 RES TEEU-017-2013 Convocatoria a elecciones.pdf

    3/5

    Ciudad Universitaria Rodrigo FacioParte posterior del Comedor EstudiantilTelefax.: 2511-4630Correo electrnico: [email protected]/[email protected]

    Artculo 7.- Cualquier estudiante con deseos de formar parte en una nmina de candidatos para

    las presentes elecciones federativas y ejerza al mismo tiempo algn cargo de representacinestudiantil, deber renunciar a este ltimo de forma expresa antes de inscribir su candidatura. Deesto dar noticia al Tribunal mediante la remisin de una copia de la carta de dimisin al puesto.

    Artculo 8.- La designacin de candidaturas a los puestos del Directorio de la Federacin yRepresentantes Estudiantiles propietarios y suplentes en el Consejo Universitario la harninternamente los partidos polticos inscritos.

    Artculo 9.- El plazo para la inscripcin de candidaturas en este rgano Electoral inicia el lunesdos de setiembre y finaliza el viernes trece de setiembre del ao en curso en horario desde lasnueve horas hasta las diecisis horas cada da (en das hbiles).

    Artculo 10.- Las solicitudes de inscripcin de partidos debern contener, adems de lo sealadoanteriormente, los siguientes datos:a) nombre de la agrupacin poltica;b) emblema o divisa que lo distingue; no se permite el uso de los smbolos nacionales niuniversitarios;c) colores que lo distinguen en un mximo de tres; no se permite el uso de los colores principalesde la Universidad de Costa Rica establecidos en el Manual de Identidad Visual de la Universidadde Costa Rica; la combinacin de colores que representen partidos polticos a nivel nacional; loscolores patrios ni los que distingan al Tribunal;d) formularios de inscripcin completados por las personas candidatas a los puestos de eleccin;

    e) documentos solicitados como requisitos para inscripcin de candidaturas;f) formularios de inscripcin completados por las personas designadas para la fiscala general,fiscala general suplente, jefatura de campaa y subjefatura de campaa;g) copia del plan de gobierno;h) el respaldo de no menos del diez por ciento del total del padrn electoral;i) cualquier otra disposicin que establezca el Estatuto Orgnico de la Federacin de Estudiantesde la Universidad de Costa Rica, el Reglamento General de Elecciones Federativas, losReglamentos Autnomos del Tribunal, la Convocatoria de Elecciones y acuerdos del Tribunal.

    Artculo 11.- Las solicitudes de inscripcin de candidaturas debern contener, adems de losealado anteriormente, los siguientes datos:

    a) nombre completo de la persona candidata;b)puesto que ocupa en la papeleta;c) nmero de cdula de identidad;d) nmero de carn universitario;e) fotocopia de la cdula de identidad;f) fotografa en formato digital estilo pasaporte;

  • 7/30/2019 RES TEEU-017-2013 Convocatoria a elecciones.pdf

    4/5

    Ciudad Universitaria Rodrigo FacioParte posterior del Comedor EstudiantilTelefax.: 2511-4630Correo electrnico: [email protected]/[email protected]

    g) copia del expediente acadmico que emite la oficina de Registro e Informacin, el cualcontenga el promedio ponderado;

    h) carta de aceptacin a la candidatura firmada por cada persona candidata por puesto.

    Artculo 12.- La solicitud de inscripcin de grupos polticos y candidaturas para el presenteproceso electoral ser recibida del nueve al trece de setiembre del presente ao en el pret il de laEscuela de Estudios Generales de las ocho a las diecisis horas con previa cita, confirmada almenos con veinticuatro horas de antelacin; en caso de no pactar cita el Tribunal no seresponsabiliza de la no entrega de los materiales.

    Artculo 13.- No se admitir ninguna renuncia a la candidatura despus de la declaratoria enfirme de la inscripcin. De presentarse antes de ese plazo, deber ser acompaada por surespectiva sustitucin, so pena de inadmisibilidad, salvo en casos en que medien motivos de

    fuerza mayor. A criterio del Tribunal, ser posible la posterior sustitucin del candidato quehubiere dimitido, incluso, con la posibilidad de abrir un perodo extraordinario de inscripcinpara ese nico propsito.

    Artculo 14.- El perodo de propaganda electoral iniciar el mircoles dos de octubre a las cerohoras y concluir el dieciocho del mismo mes a las veinte horas; esta materia estar regida por lasdisposiciones especiales que hayan sido dictadas por este Tribunal y las normas electorales engeneral; as como la normativa universitaria para estas actividades.

    Artculo 15.- El Tribunal destinar equitativamente a todos los partidos hasta un mximo deveinte por ciento del fondo transitorio de trabajo para financiamiento de su propaganda, lo cual se

    regir segn lo establecido en el Manual Interno de Tesorera del Tribunal.

    Artculo 16.- Durante los das de eleccin, se permitir la distribucin de afiches, distintivos ydesplegables como medios de propaganda o bien, cualquier otro medio de difusin que elTribunal autorice expresamente y en lugares autorizados por las Unidades Acadmicas.

    Artculo 17.- Quedar totalmente prohibido hacer propaganda, ya sea de manera oral o con losmedios impresos, en las filas de las mesas de votacin. Adems, el Tribunal definir un permetroalrededor de las mesas en el cual tampoco se podr hacer propaganda. Los delegados del Tribunalestarn autorizados para reportar esta conducta, con aplicacin de multa inmediata.

    Artculo 18.- Cada agrupacin poltica tiene derecho a inscribir un mximo de seis fiscales demesa por cada mesa receptora de votos. Todas las solicitudes de inscripcin de fiscales debernpresentarse en los formularios elaborados por el Tribunal y; adems, debern presentar lafotocopia de la cdula de identidad y del informe de matrcula de cada uno. La inscripcin defiscales de mesa iniciar desde el momento en que la agrupacin poltica sea aceptada paraparticipar en la contienda electoral y concluir el da previo al inicio de la campaa electoral.

  • 7/30/2019 RES TEEU-017-2013 Convocatoria a elecciones.pdf

    5/5

    Ciudad Universitaria Rodrigo FacioParte posterior del Comedor EstudiantilTelefax.: 2511-4630Correo electrnico: [email protected]/[email protected]

    Artculo 19.- La declaratoria oficial de eleccin se realizar una vez finalizado el escrutiniodefinitivo de votos, el veinticinco de octubre del ao en curso y quedar en firme una vez

    transcurrido el plazo recursivo previsto; o en su defecto resueltas todas la impugnaciones que entiempo hubieren sido presentadas.

    Artculo 20.- Durante el mes de octubre, este Tribunal no fiscalizar Asambleas de ningn tipo nirealizar trmites administrativos.

    Artculo 21.- El presente proceso electoral se regir por esta Convocatoria, las normasestablecidas en el Reglamento Interno, los Reglamentos Autnomos del Tribunal, el ReglamentoGeneral de Elecciones Federativas, el Estatuto Orgnico de la Federacin de Estudiantes de laUniversidad de Costa Rica, el Reglamento de Orden y Disciplina de los Estudiantes de laUniversidad de Costa Rica, el Reglamento sobre el uso de Propaganda, Divulgacin y Otras

    Actividades Estudiantiles; as como cualquier otra disposicin aceptada y/o emanada por elTribunal.

    Dado en la Ciudad Universitaria Rodrigo Facio Brenes, San Pedro Montes de Oca, el

    primer da del mes de setiembre del ao dos mil trece a las cero horas.

    Karol Barboza ArrietaPresidenta

    Jess Guzmn Castillo Zaynab Gonzlez PorrasVicepresidente Administrativo Vicepresidenta Electoral

    Beatriz Badilla Calvo Vernica Fernndez VillalobosSecretaria Tesorera

    Rebeca Crdoba Zumbado Johanna Oviedo MoraProsecretaria Vocal de Intermediacin con Sedes

    Valery Barboza Hernndez Gustavo Godnez UlloaFiscal Vocal del Ejercicio Econmico

    C.c:Dr. Henning Jensen Pennington, RectorDr. Ismael Mazn Gonzlez, Director Consejo UniversitarioLicda. Carmen Cubero, Presidenta Tribunal Electoral UniversitarioM.Sc. Ruth De la Asuncin Romero, Vicerrectora de Vida EstudiantilSr. Juan Camilo Saldarriaga, Presidente Directorio FEUCR