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REPUBLICA DE NICARAGUA AMERICA CENTRAL
LA GACET~ DIARIO OFICIAL Director: ENRIQUE MAR.IN UBAGO
Aamlnlstrador: CLIFFORD C. HOOKER y REYES
Teléfono 23771 Imprenta Naciom3 ¡
A~O LXXVI 1 Managua, D.N., Miércoles 25 de Octubre de 1972 NQ 242
SUMARIO
PODER LEGISLATIVO ASAMlll.U NACIONAL CONmTUYlNTI
Ellgese Magistrado de la Corte Suprema de Justicia . . . . . . . . . . . . . .
Aval del Gobierno a Favor de "The Merban Corporatton" por Préstamo Otorgado al INFONAC . . . . . . . . . . .
Transferencias de Partidas en Ministerio de Educación Pl1bllca . . . . .
PODER EJECUTIVO MINISTERIO DE LA GOBERNACION
Nómbrase Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Amplfase en Presupuesto General de Egresos Partida Para Gastos en Oficina Nacional de Planificación . . .
Apruébanse Contratos para el Suministro de Pla~as y !Calcom~as para Vehlculos Motorizados . . . . •.. . . .
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Contrato No. 138-C Entre Oficina Nacional de Urbanismo y DEPLAN, S. A., Relativo Estudios del Sub-Programa de Planificación Urbana de Managua ............. .
Pdg.
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DIRECCION HNERAL DE ADUANAS
A viso de S~basta en Admlnlstrat;:lón de Aduana de Managua . . . .
MINISTERIO DE E<JONOMIA, INDUSTRIA Y OOMERCIO
Sección de Patentes de Nicaragua
Marcas de Fábrica . . . . . . . . . . . . Patente de Invención . . . . . .
SECCION JUDICIAL
Remates ............. . Titulas Supletorios . . . . . . . . . Donaciones de Solares Municipales .. Venta de Terreno Municipal . . . . . . Arriendos de Terrenos Ejidales . . . . Solicitud de Adopción de Menor Argen-
tina a Cargo del Hogar Temporal Infantil ................. .
Solicitud de Adopción de Rosa Argentina a Cargo del Hogar Temporal Infantil ................. .
Solicitud de Adopción de la Menor Ana Solicitud de Adopción de Menor Isaac
Agustln Méndez T. . . . . . . _. . . . . . cttación a Accionistas de Veterinarios,
S. A .................... . Sentencias de Divorcio . . . . . . Declaratorias de Herederos . . . . Indice de "La Gaceta" (continúa) Indicador de "La Gaceta"
Pdg.
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PODER LEGISLATIVO
Asamblea Nacional Constituyente
Elígese Magistrado de la Corte Suprema de Justicia
LA JUNTA NACIONAL DE GOBIERNO
a los habitantes de la República,
Sabed: Que la Asamblea Nacional Constituyente
de la República de Nicaragua,
ha ordenado lo siguiente:
Decreto N<1 57 La Asamblea Nacional Constituyente
de la República. de Nicaragua,
en usó de sus facultades,
Decreta: Arto. 1" - Háse por electo Magistrado
de la Corte Suprema de Justicia al doctor Alejandro Ba.rberena Pérez, en sustitución del doctor Alejandro Montiel Argüello, quien renunció.
El período del nuevo Magistrado, terminará al mismo tiempo que el de los restantes Megistrados ya electos.
Arto. 2" - El Magistrado electo, doctor Alejandro Barberena Pérez, tomará posesión de su cargo ante el Ministro de la Gobernación.
Arto. 39 - El presente Decreto deberá publicarse en. "La Gaceta", Diario Oficial.
2826 LA GACETA-DIARIO OFICIAL
Dado en el Salón de Sesiones de la Asamblea Nacional Constituyente. -Ma.. nagua, Distrito Nacional, dieciocho de Octubre de mil novecientos setenta y dos. -Pablo Rener, Presidente. - Luis H. Pa.. llais Debayle, Secretario. - Carlos José Solórzano R., Secretario.
Por Tanto: Publíquese. - Casa Presidencial. - Managua, D. N., dieciocho de Octubre de mil novecientos setenta y dos. JUNTA NACIONAL DE GOBIERNO. -(f) R. MARTINEZ L. - (f) F. AGUE· RO. - (f) A. LOVO CORDERO. - Doy fe: (f) C. H. Hüeck, Secretario. - (f) Leandro Marín Abaunza, Ministro de la Gobernación.
Aval del Gobierno a Favor de "The Merban Corporation" por Préstamo Otorgado al INFONAC
"Decreto No. 61. LA ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA,
en uso de sus facultades, Decreta:
Arto. 1o.-Autorízase al Poder Ejecutivo en el ramo de Hacienda y Crédito Público para que por medio del Señor Minia.. tro o el funcionario en quien delegue, suscriba a nombre del Gobierno de la República de Nicaragua Garantía en favor de la firma "The Merban Corporation" de Nueva York, Estados Unidos de América, sobre un préstamo que le otorgará al Instituto de Fomento Nacional (INFONAC) hasta por la suma de Seis Millones de Dólares (US$ 6.000.000.00) de los Estados Unidos de Norteamérica. El plazo del préstamo será de doce años y medio (12 1/2) con un período de gracia de cuatro años y medio ( 4 1/2). La tasa de interés será de dos y medio por ciento (2 1/2%) sobre la tasa del eurodólar, liquidable cada seis meses, más una comisión de servicio del uno y medio por ciento (1 1/2%) y una comisión de compromiso del uno por ciento ( 1 % ) , pagaderas estas dos últimas de una sola vez. La forma de retiro del préstamo será en cuotas de Un Millón Quinientos Mil Dólares (US$ 1.500.000.00) trimestrales a partir de la fecha de vigencia del Contrato hasta completar los Seis Millones de Dólares (US$ 6.000.000.00).
Arto. 2o.-El referido Préstamo será utilizado por el Instituto de Fomento Nacional (INFONAC) para aumentar su Cartera a través de Préstamos en Inversiones en el sector induetrial y agropecuario.
Arto. 3o.-La presente autorización comprende la facultad de firmar todos los documentos que fuere preciso en la tramitación del préstamo referido, y aceptar las cláusulas y condiciones requeridas, asi corno la de incluir en los correspondientes Presupuestos Generales de Ingresos. y Egresos de la República, las cantidades necesarias para el cumplimiento de las obligaciones contraídas en el caso de que el Instituto de Fomento Nacional (INFONAC) no pudiese cumplir con sus obli-gaciones. ·
Arto. 4o.-Este Decreto empezará a regir a partir de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones de la Asamblea Nacional Constituyente. Managua, D. N., dieciocho de octubre de mil novecientos setenta y dos. - (f) Pablo Rener, Presidente. - (f) Luis Pallais Debayle, Secretario. - (f) Carlos José Solórzano Rivas, Secretario.
Por Tanto: Ejecútese. Casci. Presidencial. Managua, D. N., diecinueve de octubre de mil novecientos setenta y dos. -JUNTA NACIONAL DE GOBIERNO. -(f) R. MARTINEZ L. - (f) F. AGUERO. - (f) A. LOVO CORDERO. Doy fe: C. H. Hüeck, Secretario. - (f) César Augusto Borge O., Ministro de Hacienda y C. P. por la Ley".
. Transferencias de Partidas en Ministerio de Educación Pública
"Decreto No. 59. LA ASAMBLEA NACIONAL CONSTI
TUYENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA,
en uso de sus facultades,
Decreta: Arto. lo.-Autoríza.se a la Dirección
General del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, las trans7 ferencias de partidas dentro del Ministerio de Educación Pública que se detallan a continuación : DE: 06-10-02-12-21-35 Construcción y Equipa
miento de Centros Escolares y CUiturales.
10-12 Escuela Normal de Jlnotepe
CONSTRUCCION, ADICIONES Y MEJORAS ~ 200.000.00
Fondos Na-cionales
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A: 06-06-00-21-21 EDUCACION FISICA
32060 CONSTRUCCION, ADICIONES Y MEJORAS CS: 200.000.00
Arto. 2o.-Este Decreto comenzará a regir desde su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones de la Asamblea Nacional Constituyente. Managua, D. N., dieciocho de octubre de mil novecientos setenta y dos. - (f) Pablo Rener, Presidente. - (f) Luis H. Pallais Debayle, Secretario. - (f) Carlos José Solórzano Rivas, Secretario.
Por Tanto: Ejecútese, Casa Presidencial, Managua, D. N., diecinueve de octubre de mil novecientos setenta y dos. -JUNTA NACIONAL DE GOBIERNO. -(f) R. MARTINEZ L. - (f) F. AGUERO. (f) A. LOVO CORDERO. - Doy fe: C. H. Hüeck, Secretario. - (f) César Augusto Borge C., Ministro de Hacienda y C. P., por la Ley".
PODER EJECUTIVO
Ministerio de la Gobernación
N ómbrase Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores
LA JUNTA NACIONAL DE GOBIERNO,
Acuerda:
Unioo. - Nombrar, a partir de esta misma fecha, Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, al Se. ñor Doctor Alejandro Montiel Argüello, en lugar del señor Doctor Lorenzo Guerre. ro Gutiérrez, que renunció y a quien se le rinden las gracias por los importantes servicios prestados a la Patria.
Este nombramiento afectará a la Partida correspondiente del Presupuesto General de Gastos de la República.
Comuníquese. - Casa Presidencial. -Managua, D. N., 18 de Octubre de 1972.JUNTA NACIONAL DE GOBIERNO .. -(f) R. MARTINEZ L. - (f) F. AGUE. RO. - (f) A. LOVO CORDERO. - Doy fe: (f) C. H. Hüeck, Secretario. - (f) Leandro MarÍtn Abaunza, Ministro de la Gobernación."
Ministerio de Hacienda y Crédito Público
Amplíase en Presupuesto General de Egresos Partida para Gastos
Oficina Nacional de Planificación No. 174
LA JUNTA NACIONAL DE GOBIERNO,
En uso de sus facultades, y
Considerando:
Que el primer párrafo del Arto .. 53 de las Regulaciones Presupuestarias vigentes dispone que: Las dependencias Gubernamentales que por razón de sus operaciones tengan que preparar especies fiscales, vender objetos o prestar servicios podrán solicitar ampliación de las partidas asignadas para cubrir los gastos o trabajos indispensable, cuando aquéllas resultaren insuficientes en relación al producto o ingreso logrado o por lograrse,
Considerando:
Que por Decreto Legislativo No. 1797, publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" No. 82 de 16 de abril de 1971, fue creada la OFICINA NACIONAL DE PLANIFICACION, que está prestando sus servicios técnicos y profesionales a diferentes Organismos y Entes Autónomos del Estado y que funciona adscrita a la Junta Nacional de Gobierno,
Considerando :
Que de acuerdo con la propia Ley Crea. dora, para el financiamiento de los gastos administrativos de la Oficina, recibirá el aporte de estos Organismos Estatales,
Considerando :
Que de este aporte ya fue depositado en la Cuenta No. 1-1 "Fondo General Córdobas" la suma de DOSCIENTOS DIEZ MIL CORDOBAS NETOS ( <$; 210,000.00), según Minuta de Depósito del Banco Central . de 13 de Octubre del año en curso, debidamente registradas por el Tribuna! de Cuentas, conforme los Artos. 8 y 9 de las Regulaciones Presupuestarias vigentes,
Considerando :
Que estos fondos causan una ampliación al Presupuesto General de Egresos vigente, para la posterior atención de los gastos propios de la Oficina Nacional de Planificación,
Con base en el Arto. 53, ya mencionado,
Acuerda:
UNICO: Amplfanse en el Presupuesto General de Egresos vigentet la cantidad de
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DOSCIENTOS DIEZ MIL CORDOBAS NETOS ( CS: 210,000.00) en el Grupo Específico siguiente:
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA, JUNTA NACIONAL DE GOBIERNO Y
JEFATURA SUPREMA DEL EJERCITO
Programa 02-00
Oficina Nacional de Planificación
02-02-00-14-52
11-11 ASIGNACIONES GLOBALES
112 Imprevistos es: 210.000.00
Comuníquese: Casa Presidencial, Managua, Distrito Nacional, a los veinte días del mes de Octubre de mil novecientos setenta y dos. JUNTA NACIONAL DE GOBIERNO. - (f) R. MARTINEZ L. - (f) F. AGUERO. - (f) A. LOVO CORDERO. Doy fe: (f) C. H. Hüeck, Secretario. -(f) Gusta.1J0 Montiel, Ministro de Hacienda y C. P.
Apruébanse Contratos para el Suministro de Placas y Calcomanías
para Vehículos Motorizados "No. 58
LA JUNTA NACIONAL DE GOBIERNO,
en uso de sus facultades,
Acuerda:
Arto. lo.-Apruébase el Contrato suscrito el 4 de octubre corriente por el señor Director General de Ingresos, don Carlos H. Muñiz, y el señor Alcides Alonso Jirón, para el suministro de Seis Mil Doscientos Uno (6.201) pares de placas para vehfoulos a motor, Quinientas (500) placas sencillas para remolques y Cinco Mil Trescientas Cincuenta (5.350) para motocicletas, por un valor total de Cincuenta y Cuatro Mil Setecientos Cincuenta y Seis Córdobas ( CS: 54. 756.00) .
Arto. 2o.-ApruébaEe el Contrato suscrito el 3 de octubre corriente entre el señor Director General de Ingresos, don Carlos H. Muñiz, y el señor Alejandro GonzáIez Geyer, para el suministro de Cincuenta y Tres Mil ( 53.000) pares de calcomanías (stickers) para vehículos motorizados, por un valor total de Treinta y Seis Mil Quinientos Diecisiete Córdobas .... ( es: 36.517 .00) .
Comuníquese y Publiquese. Casa Presidencial. Managua, Distrito Nacional, a los diecinueve días del mes de octubre de mil novecientos setenta y dos. - JUNTA NACIONAL DE GOBIERNO. - (f) R.
MARTINEZL. - (f) F. AGUERO. - (f) A. LOVO CORDERO. Doy fe: (f) C. H. Hüeck, Secretario. - (f) César Augusto Borge C., Ministro de Hacienda y C. P. por la Ley".
Ministerio de Obras Públicas·
Contrato Nq138-C Entre Oficina Nacional de Urbanismo y DEPLAN, S. A. Relativo Estudios del Sub
Programa d~· Planificación urbana de Managua
"No. 138-C.-CONTRATO.
Contrato para la Prestación de Servicios Profesionales de Ingeniería Entre la Oficina Nacional de Urbanismo, Dependencia del Ministerio de Obras Públicas de la República de Nicaragua y DEPLAN, S. A. Desarrollo y Planeación para los Estudios del Sub-Programa de Planificación Urbana del Préstamo BID 261 SF-Nl.
"Nosotros, SALVADOR LOPEZ S., Ingeniero Civil, mayor de edad, casado y de este domicilio, Director de la Oficina Nacional de Urbanismo, Ministerio de Obras Públicas, quien de aquí en adelante se denominará ONU, actuando en nombre y representación de éste, por una parte, y los señores Ingeniero DA VID SERUR, mayor de edad, Ingeniero Civil, casado, con domicilio en la ciudad de México D. F. en su carácter de Gerente y actuando en nomb:r:e y representación de DEPLAN, S. A., -Desarrollo y Planeación- según lo com-
. prueban documentos debidamente legalizados que hemos tenido a la vista, y quienes en adelante se llamarán LOS CONSULTORES, por la otra, deseamos convenir, y en efecto convenimos en las Clausulas, términos y condiciones siguientes·: · · ·
Cláusula I
Autoridad y Responsabilidad
1. DE LOS CONSULTORES
LOS CONSULTORES nombrarán un Representante legal dentro de la República que será el medio de comunicación oficial para todos los efectos legales de este Contrato.
2. DE LA ONU
2 .1. Delegación Ministerial: El Ministerio de Obras Públicas ha designado a la ONU para representarlo en todo lo que se refiere al cumplimiento del presente Contrato.
2 . 2 . El Director de ONU será el Director del Proyecto y nombrará Coor-
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dinadores para la supervisión de la ejecución de los trabajos, aprobación de Técnicos, preparación de programas de trabajo y recomendaciones para ampliaciones técnicas del Proyecto.
Cláusula II Documentos de Contrato
Forman parte del Contrato:
1) El Contrato propiamente.
2) · Los "Términos de Referencia" preparados por ONU con fecha febrero de 1971 y aprobados por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID).
3) Propuesta Técnica presentada por DEPLAN S. A. en febrero de 1972.
4) Carta de Aceptación de Servicios y Honorarios suscrita por ONU el 28 de abril de 1972.
5) Ampliaciones o deducciones contenidas en documentos anexos.
1.
Cláusula m Alcance de los Trabajos
Los CONSULTORES estarán obligados a realizar todas las investigaciones, estudios, diseños de alternativa y recomendaciones ~:ira los Anteproyectos de "VIALIDAD" y de "CAUCES" para la ciudad de Managua de conformidad a la propuesta de prestación de servicios profesionales:
"Sistema Vial y de Tránsito" "Sistema de Protección Pluvial"
preparada por LOS CONSULTORES para la ONU en febrero de 1972 y a la Carta de Aceptación de los Servicios Profesionales y Honorarios suscrita por ONU el 28 de abril de 1972.
2. Los CONSULTORES estarán obligados a prestar Asistencia Técnica por medio de Consultores individuales en los ramos de Administración Municipal, Economía Urbana, Ingeniería Sanitaria u otros necesarios para que la ONU pueda realizar los estudios de:
2 .1. Análisis de la estructura administrativa de ONU.
2. 2. Identificación de. criterios para las políticas relativas a las necesidades urbanas de Managua y a nivel nacional.
2 . 3. Colaboración en el estudio y preparación de un plan de inversiones
y proyectos específicos para el de· sarrollo urbano de Managua y otros municipios.
2 . 4. Análisis de las condiciones de comercialización y ubicación de Mercados y Terminales de Transporte Colectivo.
2 . 5. Recomendaciones y reorganización de rutas del Sistema de Transporte Colectivo.
2. 6. Estudio .de la recolección de desperdicios y recolección de desperdicios y recomendaciones para el sistema de eliminación final de desperdicios.
2. 7. Código de Edificación - Anteproyecto de su contenido, alcance y referencia.
2.8. Sistema de Codificación y Nomenclatura de las ciudades.
l.
2.
Cláusula IV
Plazos de Ejecución
Los CONSULTORES se comprometen a iniciar la prestación de sus servicios para la ejecución del presente Contrato dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la fecha de firma del Contrato, y a entregar tota~ente terminados dentro de los alcances comprendidos en la Sección I de la Cláusula III todos los estudios, informes y demás documentos en un plazo no mayor de Diez ( 10) meses a partir de la fecha de suscripción del presente Contrato.
Para los trabajos descritos en la Sección 2 de la Cláusula III, conforme al Calendario de Trabajo elaborado por ONU de acuerdo con Los CONSULTORES.
Cláusula V
Obligaciones y Atribuciones de los Consultores
Para la realización de los trabajos contenidos en el presente Contrato, LOS CONSULTORES se comprometen a:
l. Responsabilidad de Los CONSULTORES Los CONSULTORES asumirán la plena responsabilidad por la prestación de los servicios de consulta en los trabajos descritos en la Sección 1, Cláusula ID, para lo cual harán uso a su leal saber y entender de los mejores principios técnicos de la inge-
2830 LA GACETA-DIARIO OFICIAL
niería y de los especialistas de mejor nivel en la solución de todos los problemas técnicos que se le planteen o expongan dentro de los límites de los servicios motivo de este Contrato. A Los CONSULTORES corresponderá la responsabilidad por los criterios de di~ño que tomare en la prestación de los servicios de que trate este Contrato. Los CONSULTORES trabajarán en íntimo contacto con Los Coordinadores y demás Agencias Gubernamentales relacionadas con el Programa, durante la ejecución de los servicios específicos cubiertos por este Contrato.
2. Información Complementaria Dentro de los quince (15) días sigui$tes a la suscripción del Contrato Los CONSULTORES deberán someter a la aprobación de ONU para los trabajos descritos en la Sección I de la Cláusula ID:
2 . 1. Un Calendario de Trabajo de cada proyecto con fechas estimadas por servicios parciales.
2. 2. Una Mempria del! procedimiento que intentan seguir en la ejecución de los proyectos.
2. 3. Lista del personal técnico y auxiliar a utilizarse, indicando su ubicación y responsabilidad en el proyecto.
3. Personal, Equipo y Materiales 3 .1. Para la ejecución de los estudios
descritos en la Sección 1, Cláusula 111 Los Consultores deberán:
3 .1.1. Proporcionar por su cuenta todo el personal técnico y personal auxiliar necesario para completar los estudios dentro del período estipulado.
3 .1. 2. Proporcionar todos los equipos y materiales que sean requeridos en la ejecución de los proyectos.
3 .1. 3 . Proporcionar por su cuenta todas las facilidades administrativas: local, mobiliario y equipo, contabilidad, y personal auxiliar necesario para el control del proyecto.
3 .1. 4. Costearán por su cuenta los gastos de copias, fotografías y la reproducción de toda la infor-
3.1.5.
3.2.
4. 4.1.
4.1.1.
. 4.1.2.
4.2.
5.
mación que sea necesaria en la ejecución del proyecto.
Será el único responsable del cumplimiento de todas las prestaciones sociales vigentes en Nicaragua para todo el personal que trabaje en Nicaragua en el proyecto durante el período de vigencia del presente Contrato.
En los estudios de la Sección 2 de la Cláusula 111 en que DEPLAN facilitará la asistencia técnica por medio de Consulto- '.: ;; res individuales, la ONU estará en la obligación de dar todas las facilidades descritas en los incisos 3.1.5. Los trabajos de Asistencia Técnica serán llevados a cabo indistíntamente en Nicaragua y México como mejor convenga para los estudios, todo de común acuerdo, ONU y DEPLAN.
Viajes, Transportes y Viáticos Para la ejecución de los estudios descritos en la Sección 1, Cláusula 111, Los Consultores:
Costearán por su cuenta todos los gastos de viajes internacionales y viáticos de sus expertos y personal auxiliar que tenga que desplazarse a Managua relacionados con la ejecución de los trabajos.
Costearán gastos de vtajes y viáticos en Managua, tanto del personal extranjero como del nacional que esté trabajando para los proyectos.
Para los proyectos descritos en la Sección 2, Cláusula 111 en que únicamente DEPLAN facilitará asistencia técnica por medio de Consultores individuales, todos los costos de viajes y viáticos internacionales, como el trans;. porte y viático local en Managua será por cuenta de ONU. Estos costos estarán regulados ¡x>r una tabla de valores aprobada por ambas partes y que se anexará al Contrato.
Personal
Los Consultores se comprometen a someter para aprobación de ONU la lista del personal técnico y auxiliar que utilizará en la ejecución de los proyectos debiendo acompañar la hoja de vida de cada uno de ellos. ONU se reserva el derecho de
6.
7. 7.1.
7.2.
8. 8.1.
8.2.
8.3.
8.4.
8.5.
LA GACETA-DIARIO OFICIAL 2831
rechazar los nombres propuestos si no los considera calificados.
Entrenamiento
Los Consultores se comprometen a incorporar dentro de su personal técnico y auxiliar a las personas que ONU designe para participar en los proyectos. Correrá por cuenta de ONU los sueldos, prestaciones sociales, gastos de transporte y viáticos de este personal.
Seguro
Los Consultores deberán tomar seguro que cubra accidentes de trabajo para todo el personal nacional y extranjero con permanencia en Nicaragua y que trabaje en los proyectos.
Serán por cuenta de ONU los seguros de accidentes de trabajo del personal técnico y auxiliar que trabajen en los proyectos comprendidos en la Sección 2 de la Cláusula m. Informes Los Consultores deberán presentar a ONU informes bimensuales de los trabajos a más tardar diez ( 10) días de la finalización del periodo, dando cuenta del avance de los estudios e investigaciones, relacionando dichos informes con el programa de trabajo que se haya conveni- · do. Estos informes se presentarán en forma separada cada uno de los estudios.
Los Consultores presentarán un Informe Final por separado, estableciendo conclusiones y recomendaciones de los estudios y costos comparativos estimados para las diferentes alternativas y etapas.
Los Consultores presentarán una Memoria conteniendo la relación de los informes previos, resoluciones importantes durante el proceso de los proyectos y las conclusiones y recomendaciones finales.
Los Consultores entregarán un (1) juego de planos reproducibles de todas las informaciones gratificadas y alternativas analizadas en los estudios.
De todos los informes, memo-
rias y planos, los Consultores suministrarán a ONU treinta ( 30) copias de las cuales tres ( 3) se enviarán al Banco Interamericano de Desarrollo.
9. 1 mpuestos
Serán por cuenta de los Consultores todos los impuestos fiscales o de cualquier naturaleza que se deriven del presente Contrato a excepción de los que se deriven de los trabajos establecidos en la Sección 2 de la Clá usula III.
10. Permisos y Reglamentos
LoB! Consultores¡ deberán ob~ ner por su cuenta todos los· permisos y autorizaciones que se requieran en la ejecución de los. trabajos y realizará todos los proyectos de común acuerdo a las leyes y reglamentos que existen en la República.
11. Re,spansabilidad con Terceros Aplicable ~ los Trabajos Comprendidos en la Sección 1 Oláu-81i!a 111.
Los Consultores serán los únicos responsables por daños y perjuicios a terceras personas derivadas de la ejecución del presente Contrato y costearán por su cuenta todos los juicios y demandas por violación a las leyes de la República.
Cláusula VI
Responsabilidad, Obligaciones y Atribuciones de ONU
Responsabilidad de ONU
Para los trabajos descritos en la Sección 2, Cláusula III, la ONU asumirá la responsabilidad en cuanto a los resultados obtenidos, en la medida de su participación en cada uno de los estudios.
Será obligación de ONU
1. Proporcionar a los Consultores toda la información necesaria que exista disponible en los archivos de ONU.
2. Revisar con los Consultores los criterios de los estudios durante el proceso de ejecución.
3. Designar los Coordinadores que tendrán bajo su responsabilidad la ejecución de los proyectos y serán medio de comunicación con Los Consultores para todos los aspectos técnicos.
4. Designar oportunamente los expertos
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especiales que en colaboración con los Coordinadores realizarán las revisiones periódicas del avance de los proyectos.
5. Obtener la liberación de impuestos de importación para todo el equipo, materiales, libros, informes, planos, especificaciones y documentos de Contrato que sean requeridos por Los Consultores en el desarrollo de su trabajo en Nicaragua y que sea parte de los proyectos bajo este Contrato.
6. Suministrar por cuenta de Los Consultores toda la información disponible en el país que sea utilizable en los proyectos descritos en la Sección 1, Cláusula III.
7. Obtener el apoyo de las autoridades locales que permita el desarrollo de los trabajos ininterrumpidamente.
8. Para los proyectos descritos en la Sección 2, Cláusula III, ONU suminis.. trará todas las facilidades de local,
1.1. A la firma del Contrato en córdobas el equivalente de . . . . . . . . . .
1.2. Ocho (8) cuotas consecutivas mensuales de US$ 19,500.00 que se pagarán en Pesos Mexicanos; el equivalente de US$ 15,000.00, y en Córdobas el equivalente de US$ 4,500.00, la primera a partir de sesenta (60) días de firmado el Contrato ..
1. 3. Una cuota final de cancelación al recibir a entera satisfacción certificado por ONU, los estudios objeto
1.4.
2.
de este Contrato ........... .
Esta última cuota se pagará en Pesos Mexicanos el equivalente Veinte Mil Dólares (US$20,000.00), y en Córdobas el equivalente de cuatro Mil Dólares (US$ 4,000.00). Para fines de adiciones y deducciones se elaborará de común acuerdo, ONU y Los Consultores, una tabla en base a día-hombre y mes-hombre y un factor que cubra gastos administrativos; aprobado este cuadro, pasará a formar parte del presente Contrato. Los Honorarios y demás gastos que corresponden a la ejecución de la. Sección 2, Cláusula III, serán cubiertos por el Gobierno de Nicaragua de conformidad a la autorización del Ministerio de Hacienda y·
equipo, materiales, servJ.c1os, personal auxiliar y técnico necesario para colaborar con los expertos en la ejecución de los proyectos.
Cláusula VII Honorarios y Formas de Pago
La ONU conviene en pagar a los Consultores en concepto de honorarios por los servicios profesionales a ser prestados, .las cantidades siguientes:
1. Por los servicios descritos en la ·; Sección 1 de la Cláusula III la suma global de Doscientos Diez Mil Dólares (US$ 210.000.00) que serán pagados de acuerdo al tipo oficial en las $guientes monedas: En Pesos Mexicanos el equivalente a Ciento Cuarenta Mil Dólares .... (US$140.000.00) y en Córdobas el equivalente a Setenta Mil Dólares (US$ 70,000.00).
El monto total de honorarios será cancelado en la siguiente forma:
US$ 30,000.00 (TREINTA MIL DOLARES)
US$156,000.00 (CIENTO CINCUENTA Y SEIS MIL DOLARES)
US$ 24,000.00 (VEINTICUATRO MIL DOLARES)
C. P. de la República de Nicaragua, para dar cumplimiento a la Cláusula 5.08 del Contrato de Prés- . tamo con el Banco Interamericano. Estos pagos se harán en Córdobas y de acuerdo a un honorario meshombre y día-hombre que se convenga para cada Consultor individual o personal adicional.
2 .1. Estos Honorarios serán reembolsados mensualmente contra presentación de comprobantes respectivos, teniendo en consideración lo dispuesto en la Cláusula X.
Cláusula VIII
Solicitud de Pago
Los Consultores deberán someter a los
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Coordinadores solicitud en seis (6) copias para cada pago con quince (15) días de anticipación a su vencimiento acompañada del Calendario de Trabajo donde se indique el avance en la ejecución realizada entre dos (2) pagos y el avance total a esa fecha de los proyectos del Contrato.
Cláusula IX
Certificados de Pago
Si los Consultores han sometido la solicitud de pago según se menciona en la Cláusula ánterior, los Coordinadores deberán no más tarde de la fecha de vencimiento de dicho pago, extender a los Consultores una certificación de pago, sea por el monto total solicitado o expresado por escrito las razones para retener parte de dicho monto o no otorgar el certüicado.
Cláusula X
Retención de Pagos
En cada pago la ONU podrá retener un porcentaje o el total de los pagos si a juicio de los Coordinadores: 1. El trabajo no avanza conforme el
Calendario aprobado. 2 . Si las recomendaciones de los Coor
dinadores en las revisiones parciales no han sido incorporadas a la fecha de solicitar los pagos.
3. Si los Consultores utilizan personal no calificado por ONU.
4. Si existe duda razonable de que Los Consultores cumplen con los compromisos laborales y leyes de la República.
Cuando las causas que originan la retención hayan sido remediadas a satisfacción de ONU en plazo no mayor de quince ( 15) días, se procederá a extender certificado de pago por las retenciones.
Cláusula XI Garantía
Los Consultores deberán otorgar a la fecha de suscripción del Contrato a favor del Gobierno de Nicaragua, dos garantías bancarias o de seguro de cualquier institución nicaragüense debidamente autorizadas por la Superintendencia de Bancos: una por la cantidad de Doscientos Sesenta y Seis Mil Córdobas ( ~ 266,000.00) para responder por el adelanto de honorarios y con una duración de diez (10) meses, y la segunda por Cien Mil Córdobas) ..... . ( ~ 100,000.00) para garantizar el fiel cumplimiento de todas las Cláusulas de este Contrato, con una duración hasta el término de vigencia de este Contrato.
Cláusula XII
Disposiciones Resolutorias
1. Se establece que las partes contratantes tienen pleno conocimiento que los servicios de ingeniería establecidos en este Contrato van a ser financiados con los Fondos de un Préstamo del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), y Fondos del Gobierno de Nicaragua. Por tanto, si la provisión de fondos es· suspendida,· o si el trabajo tuviere que suspenderse por caso de fuerza mayor o caso fortuito, acción del Gobierno, crisis internacional, incendios, terremotos, condiciones climatológicas adversas, y otro suceso fuera del control de ONU o de Los Consultores, y si dicha suspensión se volviera permanente o indefinida, ONU y Los Consultores llegarán a un acuerdo para resolver o cambiar el Contrato en la forma que sea razonable para ambas partas pudiendo éstas terminar este Contrato mediante notificación por escrito, al menos sesenta ( 60) días antes de la fecha de terminación especificada en dicha notificación. En tal caso Los Consultores recibirán el pago por todo el trabajo hecho hasta la fecha en que dicha terminación se haga efectiva, la cual será por lo menos sesenta ( 60) días después de haber dado el aviso de la terminación, obligándose Los Consultores a entregar los datos y planos terminados a la fecha en que la terminación se haga efectiva.
Además de las causas establecidas en las leyes de la República de Nicaragua, las partes contratantes podrán pedir la denuncia del Contrato por las siguientes razones especiales: a) ONU podrá hacerlo por abandono in
justificado del trabajo por parte de Los Consultores durante más de cuarenta y cinco ( 45) días consecutivos, cobrando al mismo tiempo los daños y perjuicios causados por tal incumplimiento;
b) Los Consultores podrán hacerlo en caso que ONU demore más de cuarenta y cinco (45) días consecutivos en dar cumplimiento a lo convenido en este Contrato y que ONU rechace a someter cualquier controversia al arbitraje, o de aceptar las decisiones de los árbitros. ONU pagará a Los Consultores todo el trabajo realizado y en concepto de daños perjuicios, una cantidad adecuada.
2834 LA GACETA-DIARIO OFICIAL
Cualquiera de los Contratantes que considere que tiene el derecho de pedir la denuncia del Contrato, deberá comunicarlo asi a la otra parte por medio de una notificación escrita de su intención de resolver dicho Contrato indicando las razones en que se basa. No serán motivo de resolución del Contrato causas fortuitas o de fuerza mayor.
3. Cualquier dificultad, reclamos o controversia de carácter técnico que surgiere entre las partes con motivo de este Contrato, será resuelto por dos árbitros Miembros de la Asociación Nicaragüense de Ingenieros y Arquitectos, nombrados uno por cada parte dentro de quince (15) dias de planteado el conflicto y si cualquiera de las partes no lo hiciera lo hará por ella cualquier Juez de Distrito de lo Civil de la ciudad de Managua, a solicitud de la otra parte dentro de igual término. Lós árbitros nombrados deberán ser necesariamente Ingenieros o Arquitectos de reconocida probidad, honradez y experiencia.
Si los árbitros estuvieren en discordia, nombrarán un tercero de sus mismas calidades para que la dirima. Si no se pusieren de acuerdo con el nombramiento del tercero, éste será designado por el Presidente de la Corte Suprema de Justicia.
La resolución de los árbitros o del tercero en discordia no admitirá ningún recurso ordinario ni extraordinario, pues todos quedan especial y expresamente renunciados.
Los Consultores no causarán retrasos en el trabajo durante el proceso de arbitraje excepto cuando lo convenga con ONU.
Cláusula XIII
Disposickmes Generales
Estas disposiciones son obligatorias tanto para los Consultores como para ONU:
1. Notificación Escrita
2.
Toda comunicación entre las par· tes contratantes deberán realizar· se por escrito entre los Coordina· dores de ONU y el Representan• te de los Consultores en Nicaragua.
Aprobaciones
De acuerdo al Calendario de Tra• bajo se establecerán aprobaciones parciales durante el avance de los trabajos. Las revisiones para aprobaciones parciales las realizará ONU dentro de los quince (15)
3.
4.
5.
6.
días siguientes de sometidas y se requerirá un mínimo de 3 aprobaciones antes de la aprobación definitiva que será un plazo no mayor de tres ( 3) meses después de la entrega final. Para las aprobaciones parciales y definitivas la ONU podrá asesorarse de los técnicos que juzguen adecuados para sus intereses y en beneficio de los proyectos. En caso de que la ONU exceda el plazo de revisión · para dictaminar, reconocerá de común acuerdo con Los Consultores, los"'.· gastos indirectos que se ocasionen.
Modi/icacionea en el Trabajo
Toda observación sugerida por ONU durante el proceso del trabajo o durante las aprobaciones preliminares o en la aprobación definitiva deberá ser considerada e incorporada en los estudios sin causar honorarios adicionales a este Contrato, salvo cuando tales observaciones o sugerencias implicaran un aumento en los alcances del trabajo establecido en la Sección 1 de la Cláusula m, en cuyo caso se hará una adición del Contrato estableciendo los honorarios correspondientes de acuerdo a la tabla a que se refiere el Inc. 4 de la Cláusula VII.
Aceptación final de "los Trabajos
La ONU se reserva el derecho de hacer todas las sugerencias y observaciones necesarias a los proyectos presentados por Los Consultores como resultado de los estudios descritos en este Contrato obligándose los Consultores a hacer las modificaciones del caso en los proyectos a satisfacción de ONU. Propiedad de las Informaciones y Documentos de Trabajo
Todas las investigaciones, inf ormaciones, y datos que se recopilen, serán propiedad de ONU y serán entregados a ésta a la terminación de los trabajos.
Comprobantes
Antes de la cancelación final la ONU requerirá a Los Consultores certificado de solvencia sobre todas las obligaciones contraídas con terceros como resultado de la ejecución de este Contrato o en su defecto Los Consultores certificarán notarialmente una declaración de la completa solvencia sobre to-
7.
8.
9.
10.
11.
12.
1~.1
LA GACETA-DIARIO OFICIAL
das las obligaciones contraídas o derivadas de este Contrato.
Finiquito Al recibir la ONU los estudios a su entera satisfacción y cuando los otros servicios hayan sido completados, al efectuarse el último pago a Los Consultores, este Contrato se dará automáticamente por terminado, siendo entendido que las partes contratantes deberán a solicitud de cualquiera de ellas, otorgarse un finiquito amplio, descargándose recf procamente de toda clase de responsabilidad proveniente de la ejecución de este Contrato. Suspensión Temporal de los Trabajos Cuando por causas ajenas a Los Consultores, ONU convenga en suspender temporalmente los trabajos, dará aviso inmediato mediante notificación escrita, en tal caso, Los Consultores recibirán el pago por los trabajos hechos a la fecha en que dicha suspensión se haga efectiva más una compensación por gastos indirectos ra7.<ma-
. bles por los perjuicios ocasionados, y certificadas de acuerdo ONU y Los Consultores.
Sub-Contrato En los casos en que Los Consultores tengan necesidad de sub-contratar trabajo con alguna otra persona, firma o entes estatales, . sólo podrá hacerlo mediante permiso escrito que lo autorice para tal efecto, entendiéndose que los costos de dicha sub-contratación serán a cargo exclusivo de Los Consultores.
Mes-hombre - Dia-hombre
Se entiende por mes-hombre y díahombre la remuneración directa en forma de sueldo que devengarán los expertos y personal auxiliar que suministrarán Ips Consultores.
Gastos indirectos Mes-hombre Día-hombre
Comprende prestaciones sociales, (seguro social) , vacasiones anua.les, permisos por enfermedad, días de asueto, gastos jurídicos y sobresueldo de la empresa consultora. Viajes y Viáticos lnternacimuiles
Se entenderá por gastos de viaje
los precios de los pasajes ida y vuelta Managua-México, en clase económica del personal de Los Consultores directamente empleado en el trabajo cubierto por este Contrato.
12. 2 Por viáticos se entiende los gastos de subsistencias durante el viaje, exceso de peso de equipaje por efectos personales del personal de Los Consultores que se destine para la ejecución de los pro-yectos. ·
13. Imprevistos Se considerarán como imprevistos los costos adicionales en que incurran Los Consultores y no contemplados en este Contrato. Los ·imprevistos requerirán autorización escrita de ONU.
14. Horario de Trabajo
La ONU ejercerá lk coordinación del proyecto y todas las demás facilidades que ofrece a. Los Consultores durante el horario hábil de su oficina.
15. Procedencia de los Servicios
Solamente podrán cursarse los honorarios convenidos en este Contrato, siempre que los servicios de los Consultores y de sus asociados, y de los expertos y/ o firmas que sub-contraten prevengan de cualquier país miembro del Banco Interamericano de Desarrollo a la fecha de· 1a suscripción del convenio de asistencia técnica ATP/SF-1049 NI entre la República de Nicaragua y el Banco Interamericano de Desarrollo.
Cláusula XIV
Jurisdicción Nicaragüense
Las partes contratantes convienen en estar sujeta a la. jurisdicción de las autoridades de la República de Nicaragua en to~ dos los asuntos relacionados a la ejecución desarrollo y cumplimiento de este Contrat¿ Y ~e ~~ inc'!IDbencias legales, ya que la obhgac1on e interpretación de dicho Contrato estarán reglamentados por las Ler~ de l~ República de Nicaragua. El idioma oficial a utilizarse en todas las comunicaciones, informes y documentos de Contrato será el idioma Español.
Cláusula XV
Final Este Contrato entrará en vigencia a la
fecha de la firma por las partes interesadas.
2836 LA GACETA-DIARIO OFICIAL
En fe de lo cual firmamos seis tantos del mismo Contrato, cada uno de los cuales será considerado como original, en la ciudad de Managua, Distrito Nacional, a los once días del mes de agosto de mil novecientos setenta y dos. - SALVADOR LO PEZ S. (Salvador L6pez S.) Oficina Nacional de Urbanismo. - D. SERUR. (David Serur). - DEPLAN S. A. Desarrollo y Planeación. LA JUNTA NACIONAL DE GOBIERNO,
Acuerda: Aprobar el Contrato No. 138-C que an
tecede, suscrito a los once dias del mes de octubre del corriente año, entre el Señor Ingeniero Salvador López S. Director de la Oficina Nacional de Urbanismo, Dependencia del Ministerio de Obras Públicas y el Ing. David Serur, en nombre y representación de DEPLAN, S. A. (Desarrollo y Planeación de la ciudad de México) . Para los estudios del Sub-Programa de Planificación Urbana de Managua.
Comuníquese y Publíquese. Managua, D. N., octubre 10 de 1972 . ..__ LA JUNTA NACIONAL DE GOBIERNO. - (f) R. MARTINEZ L. - (f) F. AGUERO R. -(f) A. LOVO CORDERO. Doy fe: C. Ii. Hüeck, Secretario. - (f) Cristóbal Rugama Núñez, Ministro de Obras Públicas.
Dirección General de Aduanas · ·
Aviso de Subasta en Administración de Aduana de Managua
Reg: O, - 6841 - 21 - X - 72 L A las nueve de la mañana del día vier
nes tres de Noviembre del corriente año, en el local de la Bodega de la Administra.. ción de Aduana de Managua, serán vendidos en pública subasta 223 lotes de mer. cancías -abandonadas y caídas en oomi. so-- de diferentes clases. Las personas interesadas en participar en la Subasta pue. den obtener en la Dirección General de Aduanas, o en la Administración de Aduana de Managua, la lista detallada de las mercancías que se rematarán, con indicación del precio base de cada lote.
Managua, D. N., Octubre 19 de 1972.
Felipe Rodríguez Serrano, Director General de Aduanas
Ministerio de Economía, Industria y Comercio
SECCION DE PATENTES DE NICARAGUA
Marcas de Fábrica Reg. 4062 - R/F 311086 - Cf 45.00
sun Electric Corporatlon mediante apoderado solicita registro marca:
Clase (24) Opónganse.
"SU N''
Registro Propiedad Industrial. - Managua, dieciséis Octubre 1972. - Mariana Slinchez de Arostegui, Registrador. - Urlel Silva T., Secretarlo.
1 1
Reg. 4086 - _ R/F 310204 - Cf 45.00 José Alexan~er· Arlas, mediante apoderado so
licita registro marca: "SAPOLIO NOVO"
Clase (4) Opónganse. , ... Registro Propiedad Industrial. - Managua,.,.,·
nueve octubre 1972. - Yolanda Garcia Rocha, Registrador. - Urlel Silva T., Secretarlo.
3 1
Patente de Invención Reg. 4067 - R/F 311078 - ~ 45.00
Por Acuerdo Ministerial de fecha once de Octubre de mil novecientos setenta y dos, obtuvo patente de invención por diez años, la siguiente firma con su respectivo invento:
E. Merck Aktiengesellschaft: PROCEDIMIENTO PARA LA PREPARACION DE AGENTES PARA EL TRATAMIENTO DE
LA PIEL ANTES DEL AFEITADO Conforme Arts. 10, Incs. 2 y 3) Ley del 14 de
octubre de 1899 y Arto. 4 Ley de 30 de julio de 1926.
Registro de la Propiedad Industrial. Managua, D. N., diecisiete de Octubre de mil novecientos setenta y dos. - Mariana Sánchez de Arostegul, Registrador. _,__ Urlel Silva T., Secretario.
1
SECCION JUDICIAL
Remates Reg. No. 4027 - R/F 310616 - Valor Cf 30.00
Comp. R/F 310641 - Valor Cf 15.00 Comp. R/F 314999 - Valor Cf 45.00
Cuatro tarde trelntluno octubre actual, Local Juzgado, venderé.se al martillo: MANTENEDORA CHAMPION, pintada amarillo rótulo Fanta; Reloj Invicta de pulsera, faja negra, pulsera oro, tejido chino dije circular dllimetro moneda veinticinco centavos.
Exfbense Oficina Dr. Antonio Lacayo Fiallos, de Vigil & Caligaris media abajo. ·
Conley &: G<>lns Cla Ltda. ejecutan Mercedes González Lejarza.
Da.do J'uzgado Segundo Local Civil Managua, diecisiete octubre mil novecientos setentldós. -MF. Matus - YamU Hanón, Srlo.
3 2
Reg. No. 4065 - B/U 285631 - Valor Cf 90.00 Tres tarde siete noviembre este afio, remata
rase urbana Ciudad Darlo treinta por treinta varas Undante: Oriente, Occidente y Norte, Leonarda viuda de Tórrez y Sur, Concepción de Tórrez.
Avalii.o: Un mil córdobas. Ejecución: Patricio Vega Vega contra Pastora
Alemlin Chavarria. Oyense posturas. Ju:agado Local Civil. Matagalpa, catorce oc-
LA GACETA-DIARIO OFICIAL 2837
tubre mil novecientos setentidós. zo M., Secretario.
Orlando Ri-
3 2
Reg. No. 4066 - B/U 285630 - Valor cf 90.00 Cuatro tarde seis noviembre este af1o rema
taráse rústica Peñas Blancas ciento cincuenta manzanas, lindante: Oriente, Alfonso Blandón¡ Occidente, Macario Cruz; Norte, Heliodoro Montenegro; Sur, Ignacio Pérez.
Avalúo: Un mil córdobas. Ejecución: Rosa Emllla Valle Rodrfguez con
tra Cristóbal Flores Picado. Oyense posturas. Juzgado Local Civil, Matagalpa, nueve octu
bre mil novecientos setentidós. - Orlando Rizo M., Secretario.
3 2
Reg. No. 4064 - B/U 285783 - Valor CS 90.00 Tres tarde nueve noviembre, subastará.se rús·
tica en Saiz, Matlguás, ciento veinte manzanas con mejoras, llndante : Oriente, Etanislao Alarcón; Occidente, Julio Tlnoco; Norte, Luis Fellpe Tlnoco; Sur, Bartola Castro.
Base: Dos mll. Ejecuta: Teodoro Tlnoco a Amoldo Zeledón. Ju~ado Local. Matagalpa.. octubre dieciséis
setentidós. - O. Rizo, Secretario. s 2
Títulos Supletorios Reg. 4074 - B/U 38398 - Cf 45.00
Moisés Acosta Mora sollcita supletorio predio rústico esta comprensión: Norte, Rogello Potosme; Sur, Ronald Castillo; Oriente, Rosa A. Cruz y Rosa Acosta; Poniente, Moisés Acosta Mora.
Opónganse. Juzgado Local Civil Nandaime, agosto quince
de setentidós. - Carlos A. Palacios C., Srlo. 3 1
Reg. No. 4075 - B/U 235382 - Valor Cf 45.00 Juliana Cruz sollcita supletorio urbano, Undan
te: Oriente, Estela Obando; Occidente, José Mairena, Calle; Norte, Victoria Blandón; Sur, Paz Fajardo, calle.
Opónganse. Juzgado Local Trinidad, catorce Junio mil no
vecientos setentidós. '- G. Tórrez G., Srio. 3 l·
Reg. 4077 - B/U 290051 - CS: 45.00 Humberto Vlisquez, solicita supletorio cuaren
tiséis manzanas, San Lucas; Norte, Sur, Ramona Mancebo; Oriente, Antonio Velázquez; Occidente, Auxiliadora de Silva.
Opónganse. Juzgado Distrito Somoto, diez y· ocho Octubre
mil novecientos setentldós. - Osear Blanco. -Efralm Espinoza., Secretario.
3 1
Reg. 4085 - B/U 294837 - Cf 45.00 José Romero Olivares, solicita supletorio seis
manzanas comarca Rancherfa . Undante: Norte, Oriente, Simón Cano; Sur, Poniente, Juan de Dios Zavala.
Opónganse. Juzgado Civil Distrito. Chinandega., Octubre
diecinueve, mil novecientos setentldós. - Concepción de Rodrfguez, Secretaria. -
3 1
Reg. 4095 - R/F 107120 - lf 90.00 Francisco Ugarte Barraza solicita Titulo Su
pletorio finca ochentlséls manzanas jurisdicción San Miguellto, llndante: Norte, Arles Lacayo y Julio Joaquln Gutlérrez, camino enmedio; Sur, Luis Reyes Orozco, camino enmedio y Rafael Fletes Rlos; Este, Julio Joaquln Gutiérrez y Rosa Martinez de Bricef!.o; y Oeste, Esteban Robles y. Luis Reyes Orozco, camino enmedio.
Opónganse. Juzgado Distrito. San Carlos, veintisiete Sep
tiembre mil novecientos setentidós. - Manuel Castrlllo Gámez. - Ronaldo Montiel, Srio.
3 1
Reg. 4094 - R/F 107121 - 1$: 90.00 Rafael Fletes Rlos solicita Titulo Supletorio
finca· cien manzanas jurisdicción San Miguelito, llndante; Norte, Rosa Martlnez de Briceño; Sur, camino real de San Mlgueiito a Macho del Coyol; Este, Anselmo Ruiz Robleto; y Oeste, Francisco Ugarte Barraza.
Opónganse. Juzgado Distrito. San Carlos, siete octubre mil
novecientos setentidós. - Manuel Castrillo Gámez. - Ronaldo Montiel, Srio.
3 1
Reg. 4088 - B/U 290054 - 1$: 45.00 Ramona Mancebo, solicita Supletorio Cincuenta
manzanas San Lucas: Norte, Esperanza Mayorga; Sur, Occidente, Humberto Vásquez; Oriente, Antonio Vellizquez.
Opónganse. · Juzgado Distrito Somoto, dieciocho Octubre mil
novecientos setentidós. - Osear Blanco. - Efraim Espinoza, Secretario.
3 1
Donaciones de Solares Municipales Reg .. No. 3921 - R/F 123316 - Valor 4! 45.00
Horacio Fernlindez Quintan1lla, solicita Donación solar urbano. Lindante: Oriente, Rio Coco; Occidente, carretera; Norte, camino al Rio Coco; Sur, Maria Tomasa Florlán.
Opónganse. Alcaldia Municipal. Telpaneca, Octubre cuatro,
mil novecientos setentldóa. - Guillermo Valleclllo D., Secretario.
3 2
Reg. No. 3861 - B/U 230776 - Valor C$ 45.00 Laureano Pizarra solicita terreno propiedad
Alejandro Guzmán, Sur; Propiedad Adolfo Morice, Oriente y Poniente; Propiedad Pedro Mendoza, Norte.
Concejo Municipal. San Juan Sur, veintitrés de septiembre mil novecientos setentidós. - Ale-· jandro Guzmán B., Secretario.
3 3
Reg. No. 8862 - B/U 230775 - Valor 4: 45.00 Eduviges vda. de Plzarro sollcita terreno rús
tico, linda: Norte, Maria Pizarro, Sur, Pedro Mendoza; Este, carretera; Oeste, Pedro Mertdoza.
Opónganse. Concejo Municipal. San Juan Sur, veintidós
septiembre mil novecientos setentidós. Ale-jandro Guzmán, Secretarlo.
3 3
2838 LA GACETA-DIARIO OFICIAL
Reg. No. 3863 - B/U 230774 - Valor lf 45.00 Juana vda. de Vega, solicita terreno rustico,
linda: Norte, Cementerio; Sur, Las Delicias; Este, Calle; Oeste, Las Delicias.
Concejo Municipal. San Juan Sur, veintidós septiembre mil novecientos setentidós. - Alejan-dro Guzmán B., Secretario. 3 3
Reg. No. 3864 - B/U 230773 - Valor lf 45.00 Pedro Mendoza, solicita terreno linda: Norte,
terrenos Miguel Guzmán; Sur, terrenos Sllverio Plzarro; Oriente, terrenos Josefa Serrano; Oeste, terrenos segün acuerdo arrendamiento.
Concejo Municipal San Juan Sur, veintidós septiembre mil novecientos setentidós. - Alejandro Guzmán, Secretario.
3 3
Reg. No. 3865 - B/U 230732 - Valor lf 45.00 Carmela Chavarria, solicita terreno linda:
Norte, avenida Cementerio; Sur, terrenos Leónidas Sandino; Oriente, terrenos Juana Herrera; Occidente, terrenos Carlos Holmann.
Concejo Municipal. San Juan Sur, veintidós septiembre mil novecientos setentidós. - Alejandro Guzmán B., Secretario.
3 3
Reg. No. 3866 - B/U 230734 - Valor lf 45.00 Santiago Urbina Serrano, solicita terreno, lin
da: Norte, Roberto Oonzález; Sur, Mercedes Mendoza; Este, La Unión General Rodríguez Somoza; Oeste, carretera.
Concejo Municipal. San Juan Sur, veintitrés septiembre mil novecientos setentidós. - Alejandro Guzmán B., Secretario.
3 3
Reg. No. 3867 - B/U 230777 - Valar lf 45.00 Bemabela Bustos de Ortiz, solicita supletorio
terreno rostlco linda: Norte, Luis Calero; Sur y Oriente, Vlctorlno Bustos; Poniente, Tortuga.
Opónganse. Juzgado Local. San Juan Sur, veintiséis sep
tiembre mil novecientos i<etentldós. - Alejandro Guzmán, Secretarlo. ·
3 3 .
Reg. No. 3868 - B/U 230733 - Valor lf 4:5.00 Marta.na de Cano, solicita terreno rustico, lin
da: Norte, terreno Alejandro Guzmán; Sur, terreno Adolfo Morice; Oriente y Poniente, Propiedad Pedro Mendoza..
Concejo Municipal. San Juan Sur, veintitrés septiembre mil novecientos setentldós. - Alejandro Guzmán, Secretarlo.
a a Reg. No. 3869 - B/U 230730 - Valor lf 45.00
José Manuel Gutiérrez, solicita terreno, linda: Norte, terrenos Adolfo Morlce; Sur, predio Maria de Castillo; Oriente, terrenos Adolfo Morice; Poniente, carretera. ·
Concejo Municipal San Juan Sur, veintidós septiembre mil novecientos setentidós. - Alejandro Guzmán, Secretarlo.
3 3
Reg. No. 3870 - B/U 230731 - Valor lf 45.00 Federico Herrera, solicita terreno, linda: Nor
te, terrenos Max Carcache; Sur, terrenos Leónidas Sandlno; Oriente, terrenos Ella Herrera; Poniente, Paula Emllia Herrera.
Concejo Municipal San Juan Sur, veintidós septiembre mil novecientOR setentidós. - Alejandro Guzmán, Secretarlo.
3 3
Reg. No. 3871 - B/U 230772 - Valor lf 45.00 Cándida Palma Cano, solicita rustico linda)
Norte, Marta de Castillo; Sur, Socorro Cerda; Oriente, Adolfo Morice; Poniente, ejidos San Juan Sur.
Concejo Municipal. San Juan del Sur, veintitrés septiembre mil novecientos setentldós. -Alejandro Guzmán, Secretario. .
3 3
Venta de Terreno Municipal Reg. No. 4040 - R/F 310861 - Valor lf · 4:5.00
Gyula Plnkes; Lazlo Gevurtz solicitan predio, linda: Noreste, Francisco Mollna; Noroeste, Los;-.' Herrera; Sureste, Martha Urcuyo; Suroeste, ae: , .. rardo Pravla.
Opónganse. Concejo Municipal. San Juan Su~ dieciséis
octubre, mil novecientos setentidós. Alejan-dro Guzmán, Secretarlo.
3 2
Arriendos de Terrenos Ejidales
Reg. No. 3857 - B/U 2030:50 - Valor lf 45.00 Esteban Vilchez, Emillano González, Cruz Vil.
chez de Martlnez, solicitan arrendamiento, chamboroto, esta jurisdicción, llnda: Norte, Reinerlo Esplnoza; Sur, Matllde Vásquez; Oriente, Máximo Vllchez; Occidente, Bertha Ramlrez.
Opónganse. Somoto, veintinueve septiembre 1972. Ben-
jamln Valerlano Garcla, Secretarlo. 3 2
Reg. No. 3962 - R/F 249868 - Valor Cf 90.00 Mariano Vllchez Martinez, solicita arriendo de
predio ejidal rural que linda: Norte, propiedad de Hilarlo Barriento; M:arcelino Betanco; Sur, Dámaso Sánchez Arce y Juan Ponce Ruiz; Orlen-
· te, Ramona Moneada y Santos Mondragón; Occidente, Abel Vilchez Pinel.
San Pedro de Potrero Grande, septiembre trece de mil novecientos 11etentidós. - J. Ramón La.tnez A., Alcalde Municipal.
a 2
Reg. 4087 - B/U 202380 - CS: 45.00 Balbino Cruz Martinez, solicita arrendamiento
treinta manzanas, ejidales esta jurisdicción, lindantes 1 Norte, Balblno Cruz, Zacartas Agullar; Sur, Luis Arteaga; Oriente, Maria Amador, Oc~ cidente, Balbino Cruz.
Opóngase. Palaca,gUlna, 17 octubre 1972. - Efraim Mora
les Ca.seo, Srlo. Mpal 3 1
SOLICITUD DE ADOPCION DE MENOR ARGENTINA A CARGO DEL HOGAR
TEMPORAL INFANTIL
Reg. No. 3911 - R/F 306023 - Valor CS: 4:5.00 Humberto Rlvas, Rosa de Rlvas, solicitan auto
rización judicial para adoptar menor Argentina, expósita, bajo guarda Hogar Temporal Infantil.
Interesados opónganse. Juzgado Segundo Civil Distrito. Managua, sep-
1 tiembre treinta, mil noveciento setentidós. - Ricardo Duarte, Juei:. - Luis Meléndez.
3 2
LA GACETA-DIARIO OFICIAL 2839
SOLICITUD DE ADOPCION DE ROSA ARGENTINA A CARGO DEL HOGAR
TEMPORAL INFANTIL
Reg. No. 3938 - R/F 306673 - Valor CS: 90.00 Milo Burge y Fabiola Eugarrios de Burge so
licitan autorización judicial para adoptar a la menor Rosa Argentina de cinco meses de edad a ca11go del Hogar Temporal Infantil.
Oposición interesados término legal. Juzgado Segundo Civil del Distrito. Managua,
D. N., cinco de octubre de mi novecientos setentldós. - R. Duarte. -
3 2
SOLICITUD DE ADOPCION DE LA MENOR ANA
Reg. No. 3971 - R/F 307280 - Valor CS: 90.00 Julián Jerónimo Lacayo y Rosa Elisa Gurdián
de Le.cayo, mayores de edad, casados y de este domicilio solicitan adopción de la menor Ana.
Interesados opónganse. Dado en el Juzgado Tercero Clvll del Distrito.
- Managua, once octubre mil novecientos setentidós. - Guillermo ArgUello Poessy, Juez Tercero Civil Distrito Managua. - Mario Barquero, Secretario.
s 2
SOLICITUD DE ADOPCION DE MENOR ISAAC AGUSTIN MENDEZ T.
Reg. No. 3767 - R/F 2M063 - Valor CS: 135.00 Isaac Herrera Arrieta, setentidós aflos edad,
casado, hacendado este domicilio, solicita adoptar menor Isaac Agustin Méndez Tljerino, nacido esta ciudad, cuatro mafiana diecinueve agosto mil novecientos sesentinueve, hijo del Seflor Silvio Méndez Navarrete estudiante y su esposa J eanine Tljerino de Méndez.
Quien quiera oponerse, hágalo dentro término publicaciones que será por tres veces con tntervales de ocho dtas.
Dado Juzgado Civil Distrito. Matagalpa, veintisiete septiembre mil novecientos setentldós. -Myriam Vanegas de Parajón . ....,.. Julio C. Mendoza, Srio.
3 3
CITACION A ACCIONISTAS DE VETERINARIOS, S. A.
Reg. 4090 - R/F 315057 - CS: 30.00 VETERINARIOS, S. A. Cita acciontstas para
Junta General Extraordinaria 4 p.m. 14 de Noviembre en Casa del Ganadero, desarrollará.se siguiente agenda:
1.-Estado Financiero - Informe, balance y re-soluciones. ·
2.-Elección del Consejo de Directores. 3.-Consideración sobre el tratamiento finan
ciero a los accionistas que h!ln suplido dinero a la Compafifa.
Managua, D. N., 23 de Octubre de 1972. - José Wong Valle, Secretario.
1
Sentencias de Divorcio Reg. O, - 6840 - 20 - X - 72 L
Por sentencia 9:15 a. m. de 10 de Oc.. tubre 1972, declaróse disuelto matrimonio de Orlando Octavio Sevilla Chévez - Vilma del Socorro Amaya Argüello.
Sala Civil Corte .Aipelaciones Masaya.Alfonso Oviedo Reyes Cogorno, Secreta. rio.
1
Reg. 4084 - B/U 285634 - <$: 15.00
Por sentencia 8 a. m. 6 Junio 1972, de.· claróse .disuelto matrimonio Dr. Donald Duarte Mendieta y Rosario de Fátima. Espinosa, dictada Sala Sivil Corte Apelaciones Matagalpa. - Míriam Espinosa, Secretaria.
1
Reg. 4089 - B/U 285638 - ($: 15.00 Por sentencia 9 :30 a. m. dieciséis Oc.
tubre 1972, declaróse disuelto matrimonio Ramón Toruño Amador y Maria Eisa Espinosa, dictada Sala Civil Corte Apelaciones Matagalpa. - Míriam Espinosa, Secre. taria.
1
Reg. 4092 - RIF 314982 - 4: 15.00
Por sentencia uno de Septiembre 1971, declaróse disuelto el matrimonio de Hen. ry Suárez López y Mireya García Sánchez, dictada Sala Civil Corte Apelaciones .de Masaya. - Fanor Hispano Téllez Matus, Secretario.
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Reg. 4093 - R/F 314977 - CS: 15.00
Por sentencia 9:00 a.m. de 9 de Octubre 1972, declaróse disuelto matrimonio de Víctór Manuel Rocha Rivas - Rosemary Zambrana Salmerón.
Sala Civil, Corte Apelaciones Masaya.Alfonso Oviedo Reyes Cogorno, Secreta-rio.
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Declaratorias de Herederos Reg. 4083 - R/F 253995 - et 15.00 Pedro Barraza Vega, solicita decláresele
heredero Sucesión su madre Matilde Barraza.
Opónganse.
Juzgado Civil Distrito. Granada, ocho Junio mil novecientos setentidós. - Norman Guerrero Mena, Srio.
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Reg. 4073 - B/U 303388 - CS: 15.00 Marcial Baltodano Mendieta, solicita de.
cláresele heredero bienes, derechos, acciones dejados por Enrique del Carmen Bal. todano Mendieta.
Opóngase, quien se crea con derecho.
28{0 LA GACETA-DIARIO OFICIAL
Juzgado Civ.il Distrito. Diriamba, diecisiete Octubre mil novecientos setentidós. - Sergio Miranda G., Srio.
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Reg. 4080 - B/U 292768 - <$: 15.00
Luciano Rodolfo Pineda, unión hermanos, solicita decláreseles herederos bienes, derechos, acciones dejara María Alicia Pineda Blanco.
Opónganse. Juzgado Civil Distrito. León, nueve Oe
tubre mil novecientos setentidós. - Er-nesto Gutiérrez, Srio.
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Reg. 4091 - R/F 294814 - ~ 45.00 Hilda Reyes de Warner, por lo que ha..
ce cuarta conyugal, solicita declárense únicos y universales herederos en unión de sus hijos Roberto Antonio y Helem Warner Reyes, bienes al morir dejó su esposo Edgar Elssas Warner, consistente: solar situado Corinto, lindante: Norte, Andrea Membreño; Sur, Alejandro Salinas; Oriente, Pedro Jarquín; Poniente, Ana Ja. coba Rodríguez. Dos acciones Compañía Eléctrica Corinto. ~t~sados opónganse.
Juzgado Civil Distrito. Chinandega, OCtubre catorce, mil novecientos setentidós. - Concepción de Rodríguez, Secretaria.
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Reg. 3176 - BIU 210058 - ~ 45.00 Comp.-($ 15.00
Inés J osef ana Tórrez Ortiz de Meza unión hermanos Gabriel, Juan José, Juan de Jesús Tórrez Paredes y sobrinos Efraín Tórrez Pérez en defecto de su padre Efrain . Tórrez Ortiz, Enemesio, Tomás Adán, Ma'." ría Luisa, Clementina, Juan Francisco, AuJ ·ic
ra Alicia, Miguel Angel, Julio y Ernesto Mejía Tórrez en defecto de su madre Laura Tórrez de Mejfa, solicita decláreseles herederos de todos los bienes, derechos y acciones al morir dejara su madre Antonia Tórrez Jarquín, consistentes: a) Finca San José, ocho manzanas extensión; b) Finca de tres manzanas extensión; c) Finca cinco y media manzanas, todas ubicadas Comarca San José a dos leguas al Oriente esta ciudad.
Interesados opónganse.
Juzgado Civil del Distrito. Chinandega, Agosto nueve, mil novecientos setenta y dos. - Concepción de Rodríguez, Secre-taria. 1
INDICE DE "l...A GACETA"
(Continúa)
LETRA "D"
DECRETOS:
.MINISTERIO DE HACIENDA
DECRETO NP S-E DE AGOSTO f0/55
Derechos Aduaneros de Artículos que provengan de cier-
Gaceta NP . Fecha
tos países . . . . . . ·. . . . . . : . . . . . . . . . . . . . . . N9 226 Octubre 5/55
DECRETO N~ 5-E DE SEPTIEMBRE 9/55
Ratificase el Decreto N., 3 de Agosto 20/55 relativo al Gravamen sobre cierta Sub.Partida .... . . . . . . . . . . N9 226 Octubre -5/55
DECRETO NP 8-E DE SEPTIEMBRE 26155
Gravamen sobre automóviles introducidos al país por personas que permanecieron fuera del país por lo me.
6155 nos por dos años . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . NY 227 Octubre
DECRETO N9 28-E DE DICIEMBRE 11155
Préstamo de US$3.000,000.00 a la Empresa del Ferroca. rril del Pacífico de Nicaragua . . . . . . . . . . . . . . N41 289 Dic. 20155
(Continuará)
INDICADOR DE "LA GACE'rA" SE PuBLICA LOS DIAS LUNES