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REPUBLICA DE NICARAGUA AMERICA CENTRAL LA DIARIO OFICIAL Director: ENRIQUE MAR.IN UBAGO Aamlnlstrador: CLIFFORD C. HOOKER y REYES Teléfono 23771 Imprenta Naciom3 ¡ LXXVI 1 Managua, D.N., Miércoles 25 de Octubre de 1972 NQ 242 SUMARIO PODER LEGISLATIVO ASAMlll.U NACIONAL CONmTUYlNTI Ellgese Magistrado de la Corte Supre- ma de Justicia . . . . . . . . . . . . . . Aval del Gobierno a Favor de "The Mer- ban Corporatton" por Préstamo Otor- gado al INFONAC . . . . . . . . . . . Transferencias de Partidas en Minis- terio de Educación Pl1bllca . . . . . PODER EJECUTIVO MINISTERIO DE LA GOBERNACION Nómbrase Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO Amplfase en Presupuesto General de Egresos Partida Para Gastos en Ofi- cina Nacional de Planificación . . . Apruébanse Contratos para el Suminis- tro de y para Vehlculos Motorizados . . . . .. . . . MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Contrato No. 138-C Entre Oficina Na- cional de Urbanismo y DEPLAN, S. A., Relativo Estudios del Sub-Pro- grama de Planificación Urbana de Managua ............. . Pdg. 2825 2826 2826 2827 2827 2828 2828 DIRECCION HNERAL DE ADUANAS A viso de en Admlnlstrat;:lón de Aduana de Managua . . . . MINISTERIO DE E<JONOMIA, INDUSTRIA Y OOMERCIO Sección de Patentes de Nicaragua Marcas de Fábrica . . . . . . . . . . . . Patente de Invención . . . . . . SECCION JUDICIAL Remates ............. . Titulas Supletorios . . . . .. . . . Donaciones de Solares Municipales .. Venta de Terreno Municipal . . . . . . Arriendos de Terrenos Ejidales . . . . Solicitud de Adopción de Menor Argen- tina a Cargo del Hogar Temporal Infantil ................. . Solicitud de Adopción de Rosa Argen- tina a Cargo del Hogar Temporal Infantil ................. . Solicitud de Adopción de la Menor Ana Solicitud de Adopción de Menor Isaac Agustln Méndez T. . . . . . . _. . . . . . cttación a Accionistas de Veterinarios, S. A .................... . Sentencias de Divorcio . . . . . . Declaratorias de Herederos . . . . Indice de "La Gaceta" (continúa) Indicador de "La Gaceta" Pdg. 2836 2836 2836 2836 2837 2837 2838 2838 2838 2839 2839 2839 2839 2839 2839 2840 2840 PODER LEGISLATIVO Asamblea Nacional Constituyente Elígese Magistrado de la Corte Suprema de Justicia LA JUNTA NACIONAL DE GOBIERNO a los habitantes de la República, Sabed: Que la Asamblea Nacional Constituyente de la República de Nicaragua, ha ordenado lo siguiente: Decreto N<1 57 La Asamblea Nacional Constituyente de la República. de Nicaragua, en usó de sus facultades, Decreta: Arto. 1" - Háse por electo Magistrado de la Corte Suprema de Justicia al doc- tor Alejandro Ba.rberena Pérez, en susti- tución del doctor Alejandro Montiel Ar- güello, quien renunció. El período del nuevo Magistrado, ter- minará al mismo tiempo que el de los res- tantes Megistrados ya electos. Arto. 2" - El Magistrado electo, doctor Alejandro Barberena Pérez, tomará pose- sión de su cargo ante el Ministro de la Gobernación. Arto. 39 - El presente Decreto deberá publicarse en. "La Gaceta", Diario Oficial.

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Page 1: REPUBLICA LA DE NICARAGUA AMERICA CENTRAL GACET~...1972/10/25  · ASAMlll.U NACIONAL CONmTUYlNTI Ellgese Magistrado de la Corte Supre ma de Justicia . Aval del Gobierno a Favor de

REPUBLICA DE NICARAGUA AMERICA CENTRAL

LA GACET~ DIARIO OFICIAL Director: ENRIQUE MAR.IN UBAGO

Aamlnlstrador: CLIFFORD C. HOOKER y REYES

Teléfono 23771 Imprenta Naciom3 ¡

A~O LXXVI 1 Managua, D.N., Miércoles 25 de Octubre de 1972 NQ 242

SUMARIO

PODER LEGISLATIVO ASAMlll.U NACIONAL CONmTUYlNTI

Ellgese Magistrado de la Corte Supre­ma de Justicia . . . . . . . . . . . . . .

Aval del Gobierno a Favor de "The Mer­ban Corporatton" por Préstamo Otor­gado al INFONAC . . . . . . . . . . .

Transferencias de Partidas en Minis­terio de Educación Pl1bllca . . . . .

PODER EJECUTIVO MINISTERIO DE LA GOBERNACION

Nómbrase Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores

MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

Amplfase en Presupuesto General de Egresos Partida Para Gastos en Ofi­cina Nacional de Planificación . . .

Apruébanse Contratos para el Suminis­tro de Pla~as y !Calcom~as para Vehlculos Motorizados . . . . •.. . . .

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

Contrato No. 138-C Entre Oficina Na­cional de Urbanismo y DEPLAN, S. A., Relativo Estudios del Sub-Pro­grama de Planificación Urbana de Managua ............. .

Pdg.

2825

2826

2826

2827

2827

2828

2828

DIRECCION HNERAL DE ADUANAS

A viso de S~basta en Admlnlstrat;:lón de Aduana de Managua . . . .

MINISTERIO DE E<JONOMIA, INDUSTRIA Y OOMERCIO

Sección de Patentes de Nicaragua

Marcas de Fábrica . . . . . . . . . . . . Patente de Invención . . . . . .

SECCION JUDICIAL

Remates ............. . Titulas Supletorios . . . . . . . . . Donaciones de Solares Municipales .. Venta de Terreno Municipal . . . . . . Arriendos de Terrenos Ejidales . . . . Solicitud de Adopción de Menor Argen-

tina a Cargo del Hogar Temporal Infantil ................. .

Solicitud de Adopción de Rosa Argen­tina a Cargo del Hogar Temporal Infantil ................. .

Solicitud de Adopción de la Menor Ana Solicitud de Adopción de Menor Isaac

Agustln Méndez T. . . . . . . _. . . . . . cttación a Accionistas de Veterinarios,

S. A .................... . Sentencias de Divorcio . . . . . . Declaratorias de Herederos . . . . Indice de "La Gaceta" (continúa) Indicador de "La Gaceta"

Pdg.

2836

2836 2836

2836 2837 2837 2838 2838

2838

2839 2839

2839

2839 2839 2839 2840 2840

PODER LEGISLATIVO

Asamblea Nacional Constituyente

Elígese Magistrado de la Corte Suprema de Justicia

LA JUNTA NACIONAL DE GOBIERNO

a los habitantes de la República,

Sabed: Que la Asamblea Nacional Constituyente

de la República de Nicaragua,

ha ordenado lo siguiente:

Decreto N<1 57 La Asamblea Nacional Constituyente

de la República. de Nicaragua,

en usó de sus facultades,

Decreta: Arto. 1" - Háse por electo Magistrado

de la Corte Suprema de Justicia al doc­tor Alejandro Ba.rberena Pérez, en susti­tución del doctor Alejandro Montiel Ar­güello, quien renunció.

El período del nuevo Magistrado, ter­minará al mismo tiempo que el de los res­tantes Megistrados ya electos.

Arto. 2" - El Magistrado electo, doctor Alejandro Barberena Pérez, tomará pose­sión de su cargo ante el Ministro de la Gobernación.

Arto. 39 - El presente Decreto deberá publicarse en. "La Gaceta", Diario Oficial.

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2826 LA GACETA-DIARIO OFICIAL

Dado en el Salón de Sesiones de la Asamblea Nacional Constituyente. -Ma.. nagua, Distrito Nacional, dieciocho de Oc­tubre de mil novecientos setenta y dos. -Pablo Rener, Presidente. - Luis H. Pa.. llais Debayle, Secretario. - Carlos José Solórzano R., Secretario.

Por Tanto: Publíquese. - Casa Presi­dencial. - Managua, D. N., dieciocho de Octubre de mil novecientos setenta y dos. JUNTA NACIONAL DE GOBIERNO. -(f) R. MARTINEZ L. - (f) F. AGUE· RO. - (f) A. LOVO CORDERO. - Doy fe: (f) C. H. Hüeck, Secretario. - (f) Leandro Marín Abaunza, Ministro de la Gobernación.

Aval del Gobierno a Favor de "The Merban Corporation" por Préstamo Otorgado al INFONAC

"Decreto No. 61. LA ASAMBLEA NACIONAL CONSTITU­YENTE DE LA REPUBLICA DE NICA­RAGUA,

en uso de sus facultades, Decreta:

Arto. 1o.-Autorízase al Poder Ejecu­tivo en el ramo de Hacienda y Crédito Pú­blico para que por medio del Señor Minia.. tro o el funcionario en quien delegue, sus­criba a nombre del Gobierno de la Repú­blica de Nicaragua Garantía en favor de la firma "The Merban Corporation" de Nueva York, Estados Unidos de América, sobre un préstamo que le otorgará al Ins­tituto de Fomento Nacional (INFONAC) hasta por la suma de Seis Millones de Dó­lares (US$ 6.000.000.00) de los Estados Unidos de Norteamérica. El plazo del préstamo será de doce años y medio (12 1/2) con un período de gracia de cua­tro años y medio ( 4 1/2). La tasa de in­terés será de dos y medio por ciento (2 1/2%) sobre la tasa del eurodólar, li­quidable cada seis meses, más una comi­sión de servicio del uno y medio por cien­to (1 1/2%) y una comisión de compro­miso del uno por ciento ( 1 % ) , pagaderas estas dos últimas de una sola vez. La for­ma de retiro del préstamo será en cuotas de Un Millón Quinientos Mil Dólares (US$ 1.500.000.00) trimestrales a partir de la fecha de vigencia del Contrato hasta completar los Seis Millones de Dólares (US$ 6.000.000.00).

Arto. 2o.-El referido Préstamo será utilizado por el Instituto de Fomento Na­cional (INFONAC) para aumentar su Car­tera a través de Préstamos en Inversiones en el sector induetrial y agropecuario.

Arto. 3o.-La presente autorización com­prende la facultad de firmar todos los do­cumentos que fuere preciso en la trami­tación del préstamo referido, y aceptar las cláusulas y condiciones requeridas, asi co­rno la de incluir en los correspondientes Presupuestos Generales de Ingresos. y Egresos de la República, las cantidades necesarias para el cumplimiento de las obligaciones contraídas en el caso de que el Instituto de Fomento Nacional (INFO­NAC) no pudiese cumplir con sus obli-gaciones. ·

Arto. 4o.-Este Decreto empezará a re­gir a partir de su publicación en "La Ga­ceta", Diario Oficial.

Dado en el Salón de Sesiones de la Asam­blea Nacional Constituyente. Managua, D. N., dieciocho de octubre de mil nove­cientos setenta y dos. - (f) Pablo Rener, Presidente. - (f) Luis Pallais Debayle, Secretario. - (f) Carlos José Solórzano Rivas, Secretario.

Por Tanto: Ejecútese. Casci. Presiden­cial. Managua, D. N., diecinueve de octu­bre de mil novecientos setenta y dos. -JUNTA NACIONAL DE GOBIERNO. -(f) R. MARTINEZ L. - (f) F. AGUE­RO. - (f) A. LOVO CORDERO. Doy fe: C. H. Hüeck, Secretario. - (f) César Au­gusto Borge O., Ministro de Hacienda y C. P. por la Ley".

. Transferencias de Partidas en Ministerio de Educación Pública

"Decreto No. 59. LA ASAMBLEA NACIONAL CONSTI­

TUYENTE DE LA REPUBLICA DE NI­CARAGUA,

en uso de sus facultades,

Decreta: Arto. lo.-Autoríza.se a la Dirección

General del Presupuesto General de Ingre­sos y Egresos de la República, las trans7 ferencias de partidas dentro del Ministe­rio de Educación Pública que se detallan a continuación : DE: 06-10-02-12-21-35 Construcción y Equipa­

miento de Centros Esco­lares y CUiturales.

10-12 Escuela Nor­mal de Jlno­tepe

CONSTRUC­CION, ADI­CIONES Y MEJORAS ~ 200.000.00

Fondos Na-cionales

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LA GACETA-DIARIO OFICIAL 2827

A: 06-06-00-21-21 EDUCACION FISICA

32060 CONSTRUC­CION, ADI­CIONES Y MEJORAS CS: 200.000.00

Arto. 2o.-Este Decreto comenzará a regir desde su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.

Dado en el Salón de Sesiones de la Asam­blea Nacional Constituyente. Managua, D. N., dieciocho de octubre de mil nove­cientos setenta y dos. - (f) Pablo Rener, Presidente. - (f) Luis H. Pallais Debay­le, Secretario. - (f) Carlos José Solórza­no Rivas, Secretario.

Por Tanto: Ejecútese, Casa Presiden­cial, Managua, D. N., diecinueve de octu­bre de mil novecientos setenta y dos. -JUNTA NACIONAL DE GOBIERNO. -(f) R. MARTINEZ L. - (f) F. AGUERO. (f) A. LOVO CORDERO. - Doy fe: C. H. Hüeck, Secretario. - (f) César Augus­to Borge C., Ministro de Hacienda y C. P., por la Ley".

PODER EJECUTIVO

Ministerio de la Gobernación

N ómbrase Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores

LA JUNTA NACIONAL DE GOBIERNO,

Acuerda:

Unioo. - Nombrar, a partir de esta misma fecha, Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, al Se. ñor Doctor Alejandro Montiel Argüello, en lugar del señor Doctor Lorenzo Guerre. ro Gutiérrez, que renunció y a quien se le rinden las gracias por los importantes servicios prestados a la Patria.

Este nombramiento afectará a la Par­tida correspondiente del Presupuesto Ge­neral de Gastos de la República.

Comuníquese. - Casa Presidencial. -Managua, D. N., 18 de Octubre de 1972.­JUNTA NACIONAL DE GOBIERNO .. -(f) R. MARTINEZ L. - (f) F. AGUE. RO. - (f) A. LOVO CORDERO. - Doy fe: (f) C. H. Hüeck, Secretario. - (f) Leandro MarÍtn Abaunza, Ministro de la Gobernación."

Ministerio de Hacienda y Crédito Público

Amplíase en Presupuesto General de Egresos Partida para Gastos

Oficina Nacional de Planificación No. 174

LA JUNTA NACIONAL DE GOBIERNO,

En uso de sus facultades, y

Considerando:

Que el primer párrafo del Arto .. 53 de las Regulaciones Presupuestarias vigentes dispone que: Las dependencias Guberna­mentales que por razón de sus operacio­nes tengan que preparar especies fiscales, vender objetos o prestar servicios podrán solicitar ampliación de las partidas asig­nadas para cubrir los gastos o trabajos indispensable, cuando aquéllas resultaren insuficientes en relación al producto o in­greso logrado o por lograrse,

Considerando:

Que por Decreto Legislativo No. 1797, publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" No. 82 de 16 de abril de 1971, fue creada la OFICINA NACIONAL DE PLANIFI­CACION, que está prestando sus servicios técnicos y profesionales a diferentes Or­ganismos y Entes Autónomos del Estado y que funciona adscrita a la Junta Nacio­nal de Gobierno,

Considerando :

Que de acuerdo con la propia Ley Crea­. dora, para el financiamiento de los gas­tos administrativos de la Oficina, recibirá el aporte de estos Organismos Estatales,

Considerando :

Que de este aporte ya fue depositado en la Cuenta No. 1-1 "Fondo General Córdo­bas" la suma de DOSCIENTOS DIEZ MIL CORDOBAS NETOS ( <$; 210,000.00), se­gún Minuta de Depósito del Banco Central . de 13 de Octubre del año en curso, debida­mente registradas por el Tribuna! de Cuen­tas, conforme los Artos. 8 y 9 de las Re­gulaciones Presupuestarias vigentes,

Considerando :

Que estos fondos causan una ampliación al Presupuesto General de Egresos vigen­te, para la posterior atención de los gas­tos propios de la Oficina Nacional de Pla­nificación,

Con base en el Arto. 53, ya mencionado,

Acuerda:

UNICO: Amplfanse en el Presupuesto General de Egresos vigentet la cantidad de

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2828 LA GACETA-DIARIO OFICIAL

DOSCIENTOS DIEZ MIL CORDOBAS NETOS ( CS: 210,000.00) en el Grupo Espe­cífico siguiente:

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA, JUNTA NACIONAL DE GOBIERNO Y

JEFATURA SUPREMA DEL EJERCITO

Programa 02-00

Oficina Nacional de Planificación

02-02-00-14-52

11-11 ASIGNACIONES GLOBALES

112 Imprevistos es: 210.000.00

Comuníquese: Casa Presidencial, Mana­gua, Distrito Nacional, a los veinte días del mes de Octubre de mil novecientos seten­ta y dos. JUNTA NACIONAL DE GO­BIERNO. - (f) R. MARTINEZ L. - (f) F. AGUERO. - (f) A. LOVO CORDERO. Doy fe: (f) C. H. Hüeck, Secretario. -(f) Gusta.1J0 Montiel, Ministro de Hacien­da y C. P.

Apruébanse Contratos para el Suministro de Placas y Calcomanías

para Vehículos Motorizados "No. 58

LA JUNTA NACIONAL DE GOBIERNO,

en uso de sus facultades,

Acuerda:

Arto. lo.-Apruébase el Contrato sus­crito el 4 de octubre corriente por el se­ñor Director General de Ingresos, don Car­los H. Muñiz, y el señor Alcides Alonso Jirón, para el suministro de Seis Mil Dos­cientos Uno (6.201) pares de placas para vehfoulos a motor, Quinientas (500) pla­cas sencillas para remolques y Cinco Mil Trescientas Cincuenta (5.350) para moto­cicletas, por un valor total de Cincuenta y Cuatro Mil Setecientos Cincuenta y Seis Córdobas ( CS: 54. 756.00) .

Arto. 2o.-ApruébaEe el Contrato sus­crito el 3 de octubre corriente entre el se­ñor Director General de Ingresos, don Car­los H. Muñiz, y el señor Alejandro Gonzá­Iez Geyer, para el suministro de Cincuen­ta y Tres Mil ( 53.000) pares de calcoma­nías (stickers) para vehículos motoriza­dos, por un valor total de Treinta y Seis Mil Quinientos Diecisiete Córdobas .... ( es: 36.517 .00) .

Comuníquese y Publiquese. Casa Pre­sidencial. Managua, Distrito Nacional, a los diecinueve días del mes de octubre de mil novecientos setenta y dos. - JUNTA NACIONAL DE GOBIERNO. - (f) R.

MARTINEZL. - (f) F. AGUERO. - (f) A. LOVO CORDERO. Doy fe: (f) C. H. Hüeck, Secretario. - (f) César Augusto Borge C., Ministro de Hacienda y C. P. por la Ley".

Ministerio de Obras Públicas·

Contrato Nq138-C Entre Oficina Nacional de Urbanismo y DEPLAN, S. A. Relativo Estudios del Sub­

Programa d~· Planificación urbana de Managua

"No. 138-C.-CONTRATO.

Contrato para la Prestación de Servicios Profesionales de Ingeniería Entre la Ofici­na Nacional de Urbanismo, Dependencia del Ministerio de Obras Públicas de la Re­pública de Nicaragua y DEPLAN, S. A. Desarrollo y Planeación para los Estu­dios del Sub-Programa de Planificación Ur­bana del Préstamo BID 261 SF-Nl.

"Nosotros, SALVADOR LOPEZ S., In­geniero Civil, mayor de edad, casado y de este domicilio, Director de la Oficina Na­cional de Urbanismo, Ministerio de Obras Públicas, quien de aquí en adelante se de­nominará ONU, actuando en nombre y representación de éste, por una parte, y los señores Ingeniero DA VID SERUR, ma­yor de edad, Ingeniero Civil, casado, con domicilio en la ciudad de México D. F. en su carácter de Gerente y actuando en nom­b:r:e y representación de DEPLAN, S. A., -Desarrollo y Planeación- según lo com-

. prueban documentos debidamente legali­zados que hemos tenido a la vista, y quie­nes en adelante se llamarán LOS CON­SULTORES, por la otra, deseamos conve­nir, y en efecto convenimos en las Clausu­las, términos y condiciones siguientes·: · · ·

Cláusula I

Autoridad y Responsabilidad

1. DE LOS CONSULTORES

LOS CONSULTORES nombrarán un Representante legal dentro de la República que será el medio de co­municación oficial para todos los efectos legales de este Contrato.

2. DE LA ONU

2 .1. Delegación Ministerial: El Ministe­rio de Obras Públicas ha designado a la ONU para representarlo en to­do lo que se refiere al cumplimiento del presente Contrato.

2 . 2 . El Director de ONU será el Direc­tor del Proyecto y nombrará Coor-

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LA GACETA-DIARIO OFICIAL 2829

dinadores para la supervisión de la ejecución de los trabajos, aproba­ción de Técnicos, preparación de pro­gramas de trabajo y recomendacio­nes para ampliaciones técnicas del Proyecto.

Cláusula II Documentos de Contrato

Forman parte del Contrato:

1) El Contrato propiamente.

2) · Los "Términos de Referencia" prepa­rados por ONU con fecha febrero de 1971 y aprobados por el Banco Inte­ramericano de Desarrollo (BID).

3) Propuesta Técnica presentada por DEPLAN S. A. en febrero de 1972.

4) Carta de Aceptación de Servicios y Honorarios suscrita por ONU el 28 de abril de 1972.

5) Ampliaciones o deducciones conteni­das en documentos anexos.

1.

Cláusula m Alcance de los Trabajos

Los CONSULTORES estarán obli­gados a realizar todas las investi­gaciones, estudios, diseños de alter­nativa y recomendaciones ~:ira los Anteproyectos de "VIALIDAD" y de "CAUCES" para la ciudad de Managua de conformidad a la pro­puesta de prestación de servicios profesionales:

"Sistema Vial y de Tránsito" "Sistema de Protección Pluvial"

preparada por LOS CONSULTO­RES para la ONU en febrero de 1972 y a la Carta de Aceptación de los Servicios Profesionales y Hono­rarios suscrita por ONU el 28 de abril de 1972.

2. Los CONSULTORES estarán obli­gados a prestar Asistencia Técni­ca por medio de Consultores indi­viduales en los ramos de Adminis­tración Municipal, Economía Urba­na, Ingeniería Sanitaria u otros necesarios para que la ONU pueda realizar los estudios de:

2 .1. Análisis de la estructura adminis­trativa de ONU.

2. 2. Identificación de. criterios para las políticas relativas a las necesida­des urbanas de Managua y a nivel nacional.

2 . 3. Colaboración en el estudio y pre­paración de un plan de inversiones

y proyectos específicos para el de· sarrollo urbano de Managua y otros municipios.

2 . 4. Análisis de las condiciones de co­mercialización y ubicación de Mer­cados y Terminales de Transporte Colectivo.

2 . 5. Recomendaciones y reorganización de rutas del Sistema de Transporte Colectivo.

2. 6. Estudio .de la recolección de des­perdicios y recolección de desper­dicios y recomendaciones para el sistema de eliminación final de des­perdicios.

2. 7. Código de Edificación - Antepro­yecto de su contenido, alcance y re­ferencia.

2.8. Sistema de Codificación y Nomen­clatura de las ciudades.

l.

2.

Cláusula IV

Plazos de Ejecución

Los CONSULTORES se comprome­ten a iniciar la prestación de sus servicios para la ejecución del pre­sente Contrato dentro de los quin­ce (15) días hábiles siguientes a la fecha de firma del Contrato, y a entregar tota~ente terminados dentro de los alcances comprendi­dos en la Sección I de la Cláusula III todos los estudios, informes y demás documentos en un plazo no mayor de Diez ( 10) meses a par­tir de la fecha de suscripción del presente Contrato.

Para los trabajos descritos en la Sección 2 de la Cláusula III, con­forme al Calendario de Trabajo ela­borado por ONU de acuerdo con Los CONSULTORES.

Cláusula V

Obligaciones y Atribuciones de los Consultores

Para la realización de los trabajos con­tenidos en el presente Contrato, LOS CON­SULTORES se comprometen a:

l. Responsabilidad de Los CON­SULTORES Los CONSULTORES asumirán la plena responsabilidad por la prestación de los servicios de consulta en los trabajos descri­tos en la Sección 1, Cláusula ID, para lo cual harán uso a su leal saber y entender de los mejores principios técnicos de la inge-

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2830 LA GACETA-DIARIO OFICIAL

niería y de los especialistas de mejor nivel en la solución de todos los problemas técnicos que se le planteen o expongan den­tro de los límites de los servi­cios motivo de este Contrato. A Los CONSULTORES corres­ponderá la responsabilidad por los criterios de di~ño que to­mare en la prestación de los ser­vicios de que trate este Contra­to. Los CONSULTORES tra­bajarán en íntimo contacto con Los Coordinadores y demás Agencias Gubernamentales re­lacionadas con el Programa, du­rante la ejecución de los servi­cios específicos cubiertos por este Contrato.

2. Información Complementaria Dentro de los quince (15) días sigui$tes a la suscripción del Contrato Los CONSULTORES deberán someter a la aproba­ción de ONU para los trabajos descritos en la Sección I de la Cláusula ID:

2 . 1. Un Calendario de Trabajo de cada proyecto con fechas esti­madas por servicios parciales.

2. 2. Una Mempria del! procedimien­to que intentan seguir en la eje­cución de los proyectos.

2. 3. Lista del personal técnico y au­xiliar a utilizarse, indicando su ubicación y responsabilidad en el proyecto.

3. Personal, Equipo y Materiales 3 .1. Para la ejecución de los estudios

descritos en la Sección 1, Cláu­sula 111 Los Consultores de­berán:

3 .1.1. Proporcionar por su cuenta to­do el personal técnico y perso­nal auxiliar necesario para com­pletar los estudios dentro del período estipulado.

3 .1. 2. Proporcionar todos los equipos y materiales que sean requeri­dos en la ejecución de los pro­yectos.

3 .1. 3 . Proporcionar por su cuenta to­das las facilidades administrati­vas: local, mobiliario y equipo, contabilidad, y personal auxiliar necesario para el control del proyecto.

3 .1. 4. Costearán por su cuenta los gas­tos de copias, fotografías y la reproducción de toda la infor-

3.1.5.

3.2.

4. 4.1.

4.1.1.

. 4.1.2.

4.2.

5.

mación que sea necesaria en la ejecución del proyecto.

Será el único responsable del cumplimiento de todas las pres­taciones sociales vigentes en Ni­caragua para todo el personal que trabaje en Nicaragua en el proyecto durante el período de vigencia del presente Contrato.

En los estudios de la Sección 2 de la Cláusula 111 en que DE­PLAN facilitará la asistencia técnica por medio de Consulto- '.: ;; res individuales, la ONU esta­rá en la obligación de dar todas las facilidades descritas en los incisos 3.1.5. Los trabajos de Asistencia Técnica serán lleva­dos a cabo indistíntamente en Nicaragua y México como me­jor convenga para los estudios, todo de común acuerdo, ONU y DEPLAN.

Viajes, Transportes y Viáticos Para la ejecución de los estudios descritos en la Sección 1, Cláu­sula 111, Los Consultores:

Costearán por su cuenta todos los gastos de viajes internacio­nales y viáticos de sus expertos y personal auxiliar que tenga que desplazarse a Managua re­lacionados con la ejecución de los trabajos.

Costearán gastos de vtajes y viáticos en Managua, tanto del personal extranjero como del nacional que esté trabajando pa­ra los proyectos.

Para los proyectos descritos en la Sección 2, Cláusula 111 en que únicamente DEPLAN facilitará asistencia técnica por medio de Consultores individuales, todos los costos de viajes y viáticos internacionales, como el trans;. porte y viático local en Mana­gua será por cuenta de ONU. Estos costos estarán regulados ¡x>r una tabla de valores apro­bada por ambas partes y que se anexará al Contrato.

Personal

Los Consultores se comprome­ten a someter para aprobación de ONU la lista del personal técnico y auxiliar que utilizará en la ejecución de los proyec­tos debiendo acompañar la ho­ja de vida de cada uno de ellos. ONU se reserva el derecho de

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6.

7. 7.1.

7.2.

8. 8.1.

8.2.

8.3.

8.4.

8.5.

LA GACETA-DIARIO OFICIAL 2831

rechazar los nombres propues­tos si no los considera califi­cados.

Entrenamiento

Los Consultores se comprome­ten a incorporar dentro de su personal técnico y auxiliar a las personas que ONU designe para participar en los proyectos. Co­rrerá por cuenta de ONU los sueldos, prestaciones sociales, gastos de transporte y viáticos de este personal.

Seguro

Los Consultores deberán tomar seguro que cubra accidentes de trabajo para todo el personal nacional y extranjero con per­manencia en Nicaragua y que trabaje en los proyectos.

Serán por cuenta de ONU los se­guros de accidentes de trabajo del personal técnico y auxiliar que trabajen en los proyectos comprendidos en la Sección 2 de la Cláusula m. Informes Los Consultores deberán pre­sentar a ONU informes bimen­suales de los trabajos a más tar­dar diez ( 10) días de la finali­zación del periodo, dando cuen­ta del avance de los estudios e in­vestigaciones, relacionando di­chos informes con el programa de trabajo que se haya conveni- · do. Estos informes se presenta­rán en forma separada cada uno de los estudios.

Los Consultores presentarán un Informe Final por separado, es­tableciendo conclusiones y reco­mendaciones de los estudios y costos comparativos estimados para las diferentes alternativas y etapas.

Los Consultores presentarán una Memoria conteniendo la re­lación de los informes previos, resoluciones importantes duran­te el proceso de los proyectos y las conclusiones y recomenda­ciones finales.

Los Consultores entregarán un (1) juego de planos reproduci­bles de todas las informaciones gratificadas y alternativas ana­lizadas en los estudios.

De todos los informes, memo-

rias y planos, los Consultores suministrarán a ONU treinta ( 30) copias de las cuales tres ( 3) se enviarán al Banco Inter­americano de Desarrollo.

9. 1 mpuestos

Serán por cuenta de los Consul­tores todos los impuestos fisca­les o de cualquier naturaleza que se deriven del presente Contra­to a excepción de los que se de­riven de los trabajos estableci­dos en la Sección 2 de la Clá u­sula III.

10. Permisos y Reglamentos

LoB! Consultores¡ deberán ob~ ner por su cuenta todos los· per­misos y autorizaciones que se requieran en la ejecución de los. trabajos y realizará todos los proyectos de común acuerdo a las leyes y reglamentos que exis­ten en la República.

11. Re,spansabilidad con Terceros Aplicable ~ los Trabajos Com­prendidos en la Sección 1 Oláu-81i!a 111.

Los Consultores serán los úni­cos responsables por daños y perjuicios a terceras personas derivadas de la ejecución del presente Contrato y costearán por su cuenta todos los juicios y demandas por violación a las leyes de la República.

Cláusula VI

Responsabilidad, Obligaciones y Atribuciones de ONU

Responsabilidad de ONU

Para los trabajos descritos en la Sección 2, Cláusula III, la ONU asumirá la res­ponsabilidad en cuanto a los resultados ob­tenidos, en la medida de su participación en cada uno de los estudios.

Será obligación de ONU

1. Proporcionar a los Consultores toda la información necesaria que exista disponible en los archivos de ONU.

2. Revisar con los Consultores los cri­terios de los estudios durante el pro­ceso de ejecución.

3. Designar los Coordinadores que ten­drán bajo su responsabilidad la eje­cución de los proyectos y serán medio de comunicación con Los Consulto­res para todos los aspectos técnicos.

4. Designar oportunamente los expertos

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2832 LA GACETA-DIARIO OFICIAL

especiales que en colaboración con los Coordinadores realizarán las re­visiones periódicas del avance de los proyectos.

5. Obtener la liberación de impuestos de importación para todo el equipo, ma­teriales, libros, informes, planos, es­pecificaciones y documentos de Con­trato que sean requeridos por Los Consultores en el desarrollo de su trabajo en Nicaragua y que sea par­te de los proyectos bajo este Con­trato.

6. Suministrar por cuenta de Los Con­sultores toda la información disponi­ble en el país que sea utilizable en los proyectos descritos en la Sección 1, Cláusula III.

7. Obtener el apoyo de las autoridades locales que permita el desarrollo de los trabajos ininterrumpidamente.

8. Para los proyectos descritos en la Sec­ción 2, Cláusula III, ONU suminis.. trará todas las facilidades de local,

1.1. A la firma del Contrato en córdo­bas el equivalente de . . . . . . . . . .

1.2. Ocho (8) cuotas consecutivas men­suales de US$ 19,500.00 que se pa­garán en Pesos Mexicanos; el equi­valente de US$ 15,000.00, y en Cór­dobas el equivalente de US$ 4,500.00, la primera a partir de sesenta (60) días de firmado el Contrato ..

1. 3. Una cuota final de cancelación al recibir a entera satisfacción certifi­cado por ONU, los estudios objeto

1.4.

2.

de este Contrato ........... .

Esta última cuota se pagará en Pe­sos Mexicanos el equivalente Vein­te Mil Dólares (US$20,000.00), y en Córdobas el equivalente de cua­tro Mil Dólares (US$ 4,000.00). Para fines de adiciones y deduccio­nes se elaborará de común acuerdo, ONU y Los Consultores, una tabla en base a día-hombre y mes-hom­bre y un factor que cubra gastos ad­ministrativos; aprobado este cua­dro, pasará a formar parte del pre­sente Contrato. Los Honorarios y demás gastos que corresponden a la ejecución de la. Sección 2, Cláusula III, serán cu­biertos por el Gobierno de Nicara­gua de conformidad a la autoriza­ción del Ministerio de Hacienda y·

equipo, materiales, servJ.c1os, perso­nal auxiliar y técnico necesario para colaborar con los expertos en la eje­cución de los proyectos.

Cláusula VII Honorarios y Formas de Pago

La ONU conviene en pagar a los Con­sultores en concepto de honorarios por los servicios profesionales a ser prestados, .las cantidades siguientes:

1. Por los servicios descritos en la ·; Sección 1 de la Cláusula III la su­ma global de Doscientos Diez Mil Dólares (US$ 210.000.00) que se­rán pagados de acuerdo al tipo ofi­cial en las $guientes monedas: En Pesos Mexicanos el equivalente a Ciento Cuarenta Mil Dólares .... (US$140.000.00) y en Córdobas el equivalente a Setenta Mil Dólares (US$ 70,000.00).

El monto total de honorarios será cancelado en la siguiente forma:

US$ 30,000.00 (TREINTA MIL DOLA­RES)

US$156,000.00 (CIENTO CINCUENTA Y SEIS MIL DOLARES)

US$ 24,000.00 (VEINTICUATRO MIL DOLARES)

C. P. de la República de Nicara­gua, para dar cumplimiento a la Cláusula 5.08 del Contrato de Prés- . tamo con el Banco Interamericano. Estos pagos se harán en Córdobas y de acuerdo a un honorario mes­hombre y día-hombre que se con­venga para cada Consultor indivi­dual o personal adicional.

2 .1. Estos Honorarios serán reembol­sados mensualmente contra presen­tación de comprobantes respectivos, teniendo en consideración lo dispues­to en la Cláusula X.

Cláusula VIII

Solicitud de Pago

Los Consultores deberán someter a los

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LA GACETA-DIARIO OFICIAL 2833

Coordinadores solicitud en seis (6) copias para cada pago con quince (15) días de anticipación a su vencimiento acompañada del Calendario de Trabajo donde se indi­que el avance en la ejecución realizada entre dos (2) pagos y el avance total a esa fecha de los proyectos del Contrato.

Cláusula IX

Certificados de Pago

Si los Consultores han sometido la so­licitud de pago según se menciona en la Cláusula ánterior, los Coordinadores de­berán no más tarde de la fecha de venci­miento de dicho pago, extender a los Con­sultores una certificación de pago, sea por el monto total solicitado o expresado por escrito las razones para retener parte de dicho monto o no otorgar el certüicado.

Cláusula X

Retención de Pagos

En cada pago la ONU podrá retener un porcentaje o el total de los pagos si a jui­cio de los Coordinadores: 1. El trabajo no avanza conforme el

Calendario aprobado. 2 . Si las recomendaciones de los Coor­

dinadores en las revisiones parciales no han sido incorporadas a la fecha de solicitar los pagos.

3. Si los Consultores utilizan personal no calificado por ONU.

4. Si existe duda razonable de que Los Consultores cumplen con los compro­misos laborales y leyes de la Repú­blica.

Cuando las causas que originan la re­tención hayan sido remediadas a satisfac­ción de ONU en plazo no mayor de quince ( 15) días, se procederá a extender certi­ficado de pago por las retenciones.

Cláusula XI Garantía

Los Consultores deberán otorgar a la fecha de suscripción del Contrato a favor del Gobierno de Nicaragua, dos garantías bancarias o de seguro de cualquier insti­tución nicaragüense debidamente autori­zadas por la Superintendencia de Bancos: una por la cantidad de Doscientos Sesen­ta y Seis Mil Córdobas ( ~ 266,000.00) para responder por el adelanto de honorarios y con una duración de diez (10) meses, y la segunda por Cien Mil Córdobas) ..... . ( ~ 100,000.00) para garantizar el fiel cumplimiento de todas las Cláusulas de este Contrato, con una duración hasta el término de vigencia de este Contrato.

Cláusula XII

Disposiciones Resolutorias

1. Se establece que las partes contra­tantes tienen pleno conocimiento que los servicios de ingeniería es­tablecidos en este Contrato van a ser financiados con los Fondos de un Préstamo del Banco Interame­ricano de Desarrollo (BID), y Fon­dos del Gobierno de Nicaragua. Por tanto, si la provisión de fondos es· suspendida,· o si el trabajo tuviere que suspenderse por caso de fuerza mayor o caso fortuito, acción del Gobierno, crisis internacional, in­cendios, terremotos, condiciones climatológicas adversas, y otro su­ceso fuera del control de ONU o de Los Consultores, y si dicha suspen­sión se volviera permanente o in­definida, ONU y Los Consultores llegarán a un acuerdo para resolver o cambiar el Contrato en la forma que sea razonable para ambas par­tas pudiendo éstas terminar este Contrato mediante notificación por escrito, al menos sesenta ( 60) días antes de la fecha de terminación es­pecificada en dicha notificación. En tal caso Los Consultores recibirán el pago por todo el trabajo hecho hasta la fecha en que dicha termi­nación se haga efectiva, la cual se­rá por lo menos sesenta ( 60) días después de haber dado el aviso de la terminación, obligándose Los Consultores a entregar los datos y planos terminados a la fecha en que la terminación se haga efectiva.

Además de las causas establecidas en las leyes de la República de Nicaragua, las partes contratantes podrán pedir la denuncia del Contrato por las siguientes razones especiales: a) ONU podrá hacerlo por abandono in­

justificado del trabajo por parte de Los Consultores durante más de cua­renta y cinco ( 45) días consecutivos, cobrando al mismo tiempo los daños y perjuicios causados por tal incumpli­miento;

b) Los Consultores podrán hacerlo en caso que ONU demore más de cuaren­ta y cinco (45) días consecutivos en dar cumplimiento a lo convenido en es­te Contrato y que ONU rechace a so­meter cualquier controversia al arbi­traje, o de aceptar las decisiones de los árbitros. ONU pagará a Los Consultores todo el trabajo realizado y en concepto de daños perjuicios, una cantidad adecuada.

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2834 LA GACETA-DIARIO OFICIAL

Cualquiera de los Contratantes que considere que tiene el derecho de pe­dir la denuncia del Contrato, deberá comunicarlo asi a la otra parte por medio de una notificación escrita de su intención de resolver dicho Con­trato indicando las razones en que se basa. No serán motivo de resolución del Contrato causas fortuitas o de fuerza mayor.

3. Cualquier dificultad, reclamos o con­troversia de carácter técnico que sur­giere entre las partes con motivo de este Contrato, será resuelto por dos árbitros Miembros de la Asociación Nicaragüense de Ingenieros y Arqui­tectos, nombrados uno por cada par­te dentro de quince (15) dias de plan­teado el conflicto y si cualquiera de las partes no lo hiciera lo hará por ella cualquier Juez de Distrito de lo Civil de la ciudad de Managua, a so­licitud de la otra parte dentro de igual término. Lós árbitros nombrados de­berán ser necesariamente Ingenieros o Arquitectos de reconocida probidad, honradez y experiencia.

Si los árbitros estuvieren en discordia, nombrarán un tercero de sus mismas ca­lidades para que la dirima. Si no se pu­sieren de acuerdo con el nombramiento del tercero, éste será designado por el Presi­dente de la Corte Suprema de Justicia.

La resolución de los árbitros o del ter­cero en discordia no admitirá ningún re­curso ordinario ni extraordinario, pues to­dos quedan especial y expresamente re­nunciados.

Los Consultores no causarán retrasos en el trabajo durante el proceso de arbitraje excepto cuando lo convenga con ONU.

Cláusula XIII

Disposickmes Generales

Estas disposiciones son obligatorias tan­to para los Consultores como para ONU:

1. Notificación Escrita

2.

Toda comunicación entre las par· tes contratantes deberán realizar· se por escrito entre los Coordina· dores de ONU y el Representan• te de los Consultores en Nicara­gua.

Aprobaciones

De acuerdo al Calendario de Tra• bajo se establecerán aprobaciones parciales durante el avance de los trabajos. Las revisiones para apro­baciones parciales las realizará ONU dentro de los quince (15)

3.

4.

5.

6.

días siguientes de sometidas y se requerirá un mínimo de 3 aproba­ciones antes de la aprobación de­finitiva que será un plazo no ma­yor de tres ( 3) meses después de la entrega final. Para las aprobacio­nes parciales y definitivas la ONU podrá asesorarse de los técnicos que juzguen adecuados para sus intereses y en beneficio de los proyectos. En caso de que la ONU exceda el plazo de revisión · para dictaminar, reconocerá de común acuerdo con Los Consultores, los"'.· gastos indirectos que se ocasionen.

Modi/icacionea en el Trabajo

Toda observación sugerida por ONU durante el proceso del tra­bajo o durante las aprobaciones preliminares o en la aprobación definitiva deberá ser considerada e incorporada en los estudios sin causar honorarios adicionales a este Contrato, salvo cuando tales observaciones o sugerencias im­plicaran un aumento en los alcan­ces del trabajo establecido en la Sección 1 de la Cláusula m, en cuyo caso se hará una adición del Contrato estableciendo los hono­rarios correspondientes de acuer­do a la tabla a que se refiere el Inc. 4 de la Cláusula VII.

Aceptación final de "los Trabajos

La ONU se reserva el derecho de hacer todas las sugerencias y ob­servaciones necesarias a los pro­yectos presentados por Los Con­sultores como resultado de los es­tudios descritos en este Contrato obligándose los Consultores a ha­cer las modificaciones del caso en los proyectos a satisfacción de ONU. Propiedad de las Informaciones y Documentos de Trabajo

Todas las investigaciones, inf or­maciones, y datos que se recopi­len, serán propiedad de ONU y se­rán entregados a ésta a la termi­nación de los trabajos.

Comprobantes

Antes de la cancelación final la ONU requerirá a Los Consultores certificado de solvencia sobre to­das las obligaciones contraídas con terceros como resultado de la eje­cución de este Contrato o en su defecto Los Consultores certifica­rán notarialmente una declaración de la completa solvencia sobre to-

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7.

8.

9.

10.

11.

12.

1~.1

LA GACETA-DIARIO OFICIAL

das las obligaciones contraídas o derivadas de este Contrato.

Finiquito Al recibir la ONU los estudios a su entera satisfacción y cuando los otros servicios hayan sido com­pletados, al efectuarse el último pago a Los Consultores, este Con­trato se dará automáticamente por terminado, siendo entendido que las partes contratantes deberán a solicitud de cualquiera de ellas, otorgarse un finiquito amplio, des­cargándose recf procamente de to­da clase de responsabilidad prove­niente de la ejecución de este Con­trato. Suspensión Temporal de los Tra­bajos Cuando por causas ajenas a Los Consultores, ONU convenga en suspender temporalmente los tra­bajos, dará aviso inmediato me­diante notificación escrita, en tal caso, Los Consultores recibirán el pago por los trabajos hechos a la fecha en que dicha suspensión se haga efectiva más una compensa­ción por gastos indirectos ra7.<ma-

. bles por los perjuicios ocasiona­dos, y certificadas de acuerdo ONU y Los Consultores.

Sub-Contrato En los casos en que Los Consul­tores tengan necesidad de sub-con­tratar trabajo con alguna otra persona, firma o entes estatales, . sólo podrá hacerlo mediante per­miso escrito que lo autorice para tal efecto, entendiéndose que los costos de dicha sub-contratación serán a cargo exclusivo de Los Consultores.

Mes-hombre - Dia-hombre

Se entiende por mes-hombre y día­hombre la remuneración directa en forma de sueldo que devenga­rán los expertos y personal auxi­liar que suministrarán Ips Con­sultores.

Gastos indirectos Mes-hombre Día-hombre

Comprende prestaciones sociales, (seguro social) , vacasiones anua.­les, permisos por enfermedad, días de asueto, gastos jurídicos y so­bresueldo de la empresa consul­tora. Viajes y Viáticos lnternacimuiles

Se entenderá por gastos de viaje

los precios de los pasajes ida y vuelta Managua-México, en clase económica del personal de Los Consultores directamente emplea­do en el trabajo cubierto por este Contrato.

12. 2 Por viáticos se entiende los gas­tos de subsistencias durante el viaje, exceso de peso de equipaje por efectos personales del perso­nal de Los Consultores que se des­tine para la ejecución de los pro-yectos. ·

13. Imprevistos Se considerarán como imprevistos los costos adicionales en que incu­rran Los Consultores y no contem­plados en este Contrato. Los ·im­previstos requerirán autorización escrita de ONU.

14. Horario de Trabajo

La ONU ejercerá lk coordinación del proyecto y todas las demás facilidades que ofrece a. Los Con­sultores durante el horario hábil de su oficina.

15. Procedencia de los Servicios

Solamente podrán cursarse los ho­norarios convenidos en este Con­trato, siempre que los servicios de los Consultores y de sus asocia­dos, y de los expertos y/ o firmas que sub-contraten prevengan de cualquier país miembro del Ban­co Interamericano de Desarrollo a la fecha de· 1a suscripción del convenio de asistencia técnica ATP/SF-1049 NI entre la Repú­blica de Nicaragua y el Banco In­teramericano de Desarrollo.

Cláusula XIV

Jurisdicción Nicaragüense

Las partes contratantes convienen en es­tar sujeta a la. jurisdicción de las autori­dades de la República de Nicaragua en to~ dos los asuntos relacionados a la ejecución desarrollo y cumplimiento de este Contrat¿ Y ~e ~~ inc'!IDbencias legales, ya que la obhgac1on e interpretación de dicho Con­trato estarán reglamentados por las Le­r~ de l~ República de Nicaragua. El idioma oficial a utilizarse en todas las co­municaciones, informes y documentos de Contrato será el idioma Español.

Cláusula XV

Final Este Contrato entrará en vigencia a la

fecha de la firma por las partes intere­sadas.

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2836 LA GACETA-DIARIO OFICIAL

En fe de lo cual firmamos seis tantos del mismo Contrato, cada uno de los cua­les será considerado como original, en la ciudad de Managua, Distrito Nacional, a los once días del mes de agosto de mil no­vecientos setenta y dos. - SALVADOR LO PEZ S. (Salvador L6pez S.) Oficina Nacional de Urbanismo. - D. SERUR. (David Serur). - DEPLAN S. A. Desa­rrollo y Planeación. LA JUNTA NACIONAL DE GOBIERNO,

Acuerda: Aprobar el Contrato No. 138-C que an­

tecede, suscrito a los once dias del mes de octubre del corriente año, entre el Señor Ingeniero Salvador López S. Director de la Oficina Nacional de Urbanismo, Depen­dencia del Ministerio de Obras Públicas y el Ing. David Serur, en nombre y repre­sentación de DEPLAN, S. A. (Desarrollo y Planeación de la ciudad de México) . Pa­ra los estudios del Sub-Programa de Pla­nificación Urbana de Managua.

Comuníquese y Publíquese. Managua, D. N., octubre 10 de 1972 . ..__ LA JUNTA NACIONAL DE GOBIERNO. - (f) R. MARTINEZ L. - (f) F. AGUERO R. -(f) A. LOVO CORDERO. Doy fe: C. Ii. Hüeck, Secretario. - (f) Cristóbal Ruga­ma Núñez, Ministro de Obras Públicas.

Dirección General de Aduanas · ·

Aviso de Subasta en Administración de Aduana de Managua

Reg: O, - 6841 - 21 - X - 72 L A las nueve de la mañana del día vier­

nes tres de Noviembre del corriente año, en el local de la Bodega de la Administra.. ción de Aduana de Managua, serán ven­didos en pública subasta 223 lotes de mer. cancías -abandonadas y caídas en oomi. so-- de diferentes clases. Las personas in­teresadas en participar en la Subasta pue. den obtener en la Dirección General de Aduanas, o en la Administración de Adua­na de Managua, la lista detallada de las mercancías que se rematarán, con indica­ción del precio base de cada lote.

Managua, D. N., Octubre 19 de 1972.

Felipe Rodríguez Serrano, Director General de Aduanas

Ministerio de Economía, Industria y Comercio

SECCION DE PATENTES DE NICARAGUA

Marcas de Fábrica Reg. 4062 - R/F 311086 - Cf 45.00

sun Electric Corporatlon mediante apoderado solicita registro marca:

Clase (24) Opónganse.

"SU N''

Registro Propiedad Industrial. - Managua, die­ciséis Octubre 1972. - Mariana Slinchez de Aros­tegui, Registrador. - Urlel Silva T., Secretarlo.

1 1

Reg. 4086 - _ R/F 310204 - Cf 45.00 José Alexan~er· Arlas, mediante apoderado so­

licita registro marca: "SAPOLIO NOVO"

Clase (4) Opónganse. , ... Registro Propiedad Industrial. - Managua,.,.,·

nueve octubre 1972. - Yolanda Garcia Rocha, Registrador. - Urlel Silva T., Secretarlo.

3 1

Patente de Invención Reg. 4067 - R/F 311078 - ~ 45.00

Por Acuerdo Ministerial de fecha once de Octu­bre de mil novecientos setenta y dos, obtuvo pa­tente de invención por diez años, la siguiente fir­ma con su respectivo invento:

E. Merck Aktiengesellschaft: PROCEDIMIENTO PARA LA PREPARACION DE AGENTES PARA EL TRATAMIENTO DE

LA PIEL ANTES DEL AFEITADO Conforme Arts. 10, Incs. 2 y 3) Ley del 14 de

octubre de 1899 y Arto. 4 Ley de 30 de julio de 1926.

Registro de la Propiedad Industrial. Mana­gua, D. N., diecisiete de Octubre de mil novecien­tos setenta y dos. - Mariana Sánchez de Aroste­gul, Registrador. _,__ Urlel Silva T., Secretario.

1

SECCION JUDICIAL

Remates Reg. No. 4027 - R/F 310616 - Valor Cf 30.00

Comp. R/F 310641 - Valor Cf 15.00 Comp. R/F 314999 - Valor Cf 45.00

Cuatro tarde trelntluno octubre actual, Local Juzgado, venderé.se al martillo: MANTENEDORA CHAMPION, pintada amarillo rótulo Fanta; Re­loj Invicta de pulsera, faja negra, pulsera oro, tejido chino dije circular dllimetro moneda vein­ticinco centavos.

Exfbense Oficina Dr. Antonio Lacayo Fiallos, de Vigil & Caligaris media abajo. ·

Conley &: G<>lns Cla Ltda. ejecutan Mercedes González Lejarza.

Da.do J'uzgado Segundo Local Civil Managua, diecisiete octubre mil novecientos setentldós. -MF. Matus - YamU Hanón, Srlo.

3 2

Reg. No. 4065 - B/U 285631 - Valor Cf 90.00 Tres tarde siete noviembre este afio, remata­

rase urbana Ciudad Darlo treinta por treinta va­ras Undante: Oriente, Occidente y Norte, Leo­narda viuda de Tórrez y Sur, Concepción de Tórrez.

Avalii.o: Un mil córdobas. Ejecución: Patricio Vega Vega contra Pastora

Alemlin Chavarria. Oyense posturas. Ju:agado Local Civil. Matagalpa, catorce oc-

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LA GACETA-DIARIO OFICIAL 2837

tubre mil novecientos setentidós. zo M., Secretario.

Orlando Ri-

3 2

Reg. No. 4066 - B/U 285630 - Valor cf 90.00 Cuatro tarde seis noviembre este af1o rema­

taráse rústica Peñas Blancas ciento cincuenta manzanas, lindante: Oriente, Alfonso Blandón¡ Occidente, Macario Cruz; Norte, Heliodoro Mon­tenegro; Sur, Ignacio Pérez.

Avalúo: Un mil córdobas. Ejecución: Rosa Emllla Valle Rodrfguez con­

tra Cristóbal Flores Picado. Oyense posturas. Juzgado Local Civil, Matagalpa, nueve octu­

bre mil novecientos setentidós. - Orlando Ri­zo M., Secretario.

3 2

Reg. No. 4064 - B/U 285783 - Valor CS 90.00 Tres tarde nueve noviembre, subastará.se rús·

tica en Saiz, Matlguás, ciento veinte manzanas con mejoras, llndante : Oriente, Etanislao Alar­cón; Occidente, Julio Tlnoco; Norte, Luis Fell­pe Tlnoco; Sur, Bartola Castro.

Base: Dos mll. Ejecuta: Teodoro Tlnoco a Amoldo Zeledón. Ju~ado Local. Matagalpa.. octubre dieciséis

setentidós. - O. Rizo, Secretario. s 2

Títulos Supletorios Reg. 4074 - B/U 38398 - Cf 45.00

Moisés Acosta Mora sollcita supletorio predio rústico esta comprensión: Norte, Rogello Potos­me; Sur, Ronald Castillo; Oriente, Rosa A. Cruz y Rosa Acosta; Poniente, Moisés Acosta Mora.

Opónganse. Juzgado Local Civil Nandaime, agosto quince

de setentidós. - Carlos A. Palacios C., Srlo. 3 1

Reg. No. 4075 - B/U 235382 - Valor Cf 45.00 Juliana Cruz sollcita supletorio urbano, Undan­

te: Oriente, Estela Obando; Occidente, José Mai­rena, Calle; Norte, Victoria Blandón; Sur, Paz Fajardo, calle.

Opónganse. Juzgado Local Trinidad, catorce Junio mil no­

vecientos setentidós. '- G. Tórrez G., Srio. 3 l·

Reg. 4077 - B/U 290051 - CS: 45.00 Humberto Vlisquez, solicita supletorio cuaren­

tiséis manzanas, San Lucas; Norte, Sur, Ramona Mancebo; Oriente, Antonio Velázquez; Occiden­te, Auxiliadora de Silva.

Opónganse. Juzgado Distrito Somoto, diez y· ocho Octubre

mil novecientos setentldós. - Osear Blanco. -Efralm Espinoza., Secretario.

3 1

Reg. 4085 - B/U 294837 - Cf 45.00 José Romero Olivares, solicita supletorio seis

manzanas comarca Rancherfa . Undante: Norte, Oriente, Simón Cano; Sur, Poniente, Juan de Dios Zavala.

Opónganse. Juzgado Civil Distrito. Chinandega., Octubre

diecinueve, mil novecientos setentldós. - Con­cepción de Rodrfguez, Secretaria. -

3 1

Reg. 4095 - R/F 107120 - lf 90.00 Francisco Ugarte Barraza solicita Titulo Su­

pletorio finca ochentlséls manzanas jurisdicción San Miguellto, llndante: Norte, Arles Lacayo y Julio Joaquln Gutlérrez, camino enmedio; Sur, Luis Reyes Orozco, camino enmedio y Rafael Fle­tes Rlos; Este, Julio Joaquln Gutiérrez y Rosa Martinez de Bricef!.o; y Oeste, Esteban Robles y. Luis Reyes Orozco, camino enmedio.

Opónganse. Juzgado Distrito. San Carlos, veintisiete Sep­

tiembre mil novecientos setentidós. - Manuel Castrlllo Gámez. - Ronaldo Montiel, Srio.

3 1

Reg. 4094 - R/F 107121 - 1$: 90.00 Rafael Fletes Rlos solicita Titulo Supletorio

finca· cien manzanas jurisdicción San Miguelito, llndante; Norte, Rosa Martlnez de Briceño; Sur, camino real de San Mlgueiito a Macho del Coyol; Este, Anselmo Ruiz Robleto; y Oeste, Francisco Ugarte Barraza.

Opónganse. Juzgado Distrito. San Carlos, siete octubre mil

novecientos setentidós. - Manuel Castrillo Gá­mez. - Ronaldo Montiel, Srio.

3 1

Reg. 4088 - B/U 290054 - 1$: 45.00 Ramona Mancebo, solicita Supletorio Cincuenta

manzanas San Lucas: Norte, Esperanza Mayor­ga; Sur, Occidente, Humberto Vásquez; Oriente, Antonio Vellizquez.

Opónganse. · Juzgado Distrito Somoto, dieciocho Octubre mil

novecientos setentidós. - Osear Blanco. - Efraim Espinoza, Secretario.

3 1

Donaciones de Solares Municipales Reg .. No. 3921 - R/F 123316 - Valor 4! 45.00

Horacio Fernlindez Quintan1lla, solicita Dona­ción solar urbano. Lindante: Oriente, Rio Coco; Occidente, carretera; Norte, camino al Rio Coco; Sur, Maria Tomasa Florlán.

Opónganse. Alcaldia Municipal. Telpaneca, Octubre cuatro,

mil novecientos setentldóa. - Guillermo Valleclllo D., Secretario.

3 2

Reg. No. 3861 - B/U 230776 - Valor C$ 45.00 Laureano Pizarra solicita terreno propiedad

Alejandro Guzmán, Sur; Propiedad Adolfo Mo­rice, Oriente y Poniente; Propiedad Pedro Men­doza, Norte.

Concejo Municipal. San Juan Sur, veintitrés de septiembre mil novecientos setentidós. - Ale-· jandro Guzmán B., Secretario.

3 3

Reg. No. 8862 - B/U 230775 - Valor 4: 45.00 Eduviges vda. de Plzarro sollcita terreno rús­

tico, linda: Norte, Maria Pizarro, Sur, Pedro Mendoza; Este, carretera; Oeste, Pedro Mert­doza.

Opónganse. Concejo Municipal. San Juan Sur, veintidós

septiembre mil novecientos setentidós. Ale-jandro Guzmán, Secretarlo.

3 3

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2838 LA GACETA-DIARIO OFICIAL

Reg. No. 3863 - B/U 230774 - Valor lf 45.00 Juana vda. de Vega, solicita terreno rustico,

linda: Norte, Cementerio; Sur, Las Delicias; Es­te, Calle; Oeste, Las Delicias.

Concejo Municipal. San Juan Sur, veintidós septiembre mil novecientos setentidós. - Alejan-dro Guzmán B., Secretario. 3 3

Reg. No. 3864 - B/U 230773 - Valor lf 45.00 Pedro Mendoza, solicita terreno linda: Norte,

terrenos Miguel Guzmán; Sur, terrenos Sllverio Plzarro; Oriente, terrenos Josefa Serrano; Oeste, terrenos segün acuerdo arrendamiento.

Concejo Municipal San Juan Sur, veintidós sep­tiembre mil novecientos setentidós. - Alejandro Guzmán, Secretario.

3 3

Reg. No. 3865 - B/U 230732 - Valor lf 45.00 Carmela Chavarria, solicita terreno linda:

Norte, avenida Cementerio; Sur, terrenos Leóni­das Sandino; Oriente, terrenos Juana Herrera; Occidente, terrenos Carlos Holmann.

Concejo Municipal. San Juan Sur, veintidós septiembre mil novecientos setentidós. - Ale­jandro Guzmán B., Secretario.

3 3

Reg. No. 3866 - B/U 230734 - Valor lf 45.00 Santiago Urbina Serrano, solicita terreno, lin­

da: Norte, Roberto Oonzález; Sur, Mercedes Mendoza; Este, La Unión General Rodríguez So­moza; Oeste, carretera.

Concejo Municipal. San Juan Sur, veintitrés septiembre mil novecientos setentidós. - Ale­jandro Guzmán B., Secretario.

3 3

Reg. No. 3867 - B/U 230777 - Valar lf 45.00 Bemabela Bustos de Ortiz, solicita supletorio

terreno rostlco linda: Norte, Luis Calero; Sur y Oriente, Vlctorlno Bustos; Poniente, Tortuga.

Opónganse. Juzgado Local. San Juan Sur, veintiséis sep­

tiembre mil novecientos i<etentldós. - Alejandro Guzmán, Secretarlo. ·

3 3 .

Reg. No. 3868 - B/U 230733 - Valor lf 4:5.00 Marta.na de Cano, solicita terreno rustico, lin­

da: Norte, terreno Alejandro Guzmán; Sur, te­rreno Adolfo Morice; Oriente y Poniente, Pro­piedad Pedro Mendoza..

Concejo Municipal. San Juan Sur, veintitrés septiembre mil novecientos setentldós. - Ale­jandro Guzmán, Secretarlo.

a a Reg. No. 3869 - B/U 230730 - Valor lf 45.00

José Manuel Gutiérrez, solicita terreno, linda: Norte, terrenos Adolfo Morlce; Sur, predio Ma­ria de Castillo; Oriente, terrenos Adolfo Morice; Poniente, carretera. ·

Concejo Municipal San Juan Sur, veintidós sep­tiembre mil novecientos setentidós. - Alejandro Guzmán, Secretarlo.

3 3

Reg. No. 3870 - B/U 230731 - Valor lf 45.00 Federico Herrera, solicita terreno, linda: Nor­

te, terrenos Max Carcache; Sur, terrenos Leóni­das Sandlno; Oriente, terrenos Ella Herrera; Po­niente, Paula Emllia Herrera.

Concejo Municipal San Juan Sur, veintidós septiembre mil novecientOR setentidós. - Ale­jandro Guzmán, Secretarlo.

3 3

Reg. No. 3871 - B/U 230772 - Valor lf 45.00 Cándida Palma Cano, solicita rustico linda)

Norte, Marta de Castillo; Sur, Socorro Cerda; Oriente, Adolfo Morice; Poniente, ejidos San Juan Sur.

Concejo Municipal. San Juan del Sur, veinti­trés septiembre mil novecientos setentldós. -Alejandro Guzmán, Secretario. .

3 3

Venta de Terreno Municipal Reg. No. 4040 - R/F 310861 - Valor lf · 4:5.00

Gyula Plnkes; Lazlo Gevurtz solicitan predio, linda: Noreste, Francisco Mollna; Noroeste, Los;-.' Herrera; Sureste, Martha Urcuyo; Suroeste, ae: , .. rardo Pravla.

Opónganse. Concejo Municipal. San Juan Su~ dieciséis

octubre, mil novecientos setentidós. Alejan-dro Guzmán, Secretarlo.

3 2

Arriendos de Terrenos Ejidales

Reg. No. 3857 - B/U 2030:50 - Valor lf 45.00 Esteban Vilchez, Emillano González, Cruz Vil.

chez de Martlnez, solicitan arrendamiento, cham­boroto, esta jurisdicción, llnda: Norte, Reinerlo Esplnoza; Sur, Matllde Vásquez; Oriente, Máxi­mo Vllchez; Occidente, Bertha Ramlrez.

Opónganse. Somoto, veintinueve septiembre 1972. Ben-

jamln Valerlano Garcla, Secretarlo. 3 2

Reg. No. 3962 - R/F 249868 - Valor Cf 90.00 Mariano Vllchez Martinez, solicita arriendo de

predio ejidal rural que linda: Norte, propiedad de Hilarlo Barriento; M:arcelino Betanco; Sur, Dámaso Sánchez Arce y Juan Ponce Ruiz; Orlen-

· te, Ramona Moneada y Santos Mondragón; Oc­cidente, Abel Vilchez Pinel.

San Pedro de Potrero Grande, septiembre tre­ce de mil novecientos 11etentidós. - J. Ramón La.tnez A., Alcalde Municipal.

a 2

Reg. 4087 - B/U 202380 - CS: 45.00 Balbino Cruz Martinez, solicita arrendamiento

treinta manzanas, ejidales esta jurisdicción, lin­dantes 1 Norte, Balblno Cruz, Zacartas Agullar; Sur, Luis Arteaga; Oriente, Maria Amador, Oc~ cidente, Balbino Cruz.

Opóngase. Palaca,gUlna, 17 octubre 1972. - Efraim Mora­

les Ca.seo, Srlo. Mpal 3 1

SOLICITUD DE ADOPCION DE MENOR ARGENTINA A CARGO DEL HOGAR

TEMPORAL INFANTIL

Reg. No. 3911 - R/F 306023 - Valor CS: 4:5.00 Humberto Rlvas, Rosa de Rlvas, solicitan auto­

rización judicial para adoptar menor Argentina, expósita, bajo guarda Hogar Temporal Infantil.

Interesados opónganse. Juzgado Segundo Civil Distrito. Managua, sep-

1 tiembre treinta, mil noveciento setentidós. - Ri­cardo Duarte, Juei:. - Luis Meléndez.

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LA GACETA-DIARIO OFICIAL 2839

SOLICITUD DE ADOPCION DE ROSA ARGENTINA A CARGO DEL HOGAR

TEMPORAL INFANTIL

Reg. No. 3938 - R/F 306673 - Valor CS: 90.00 Milo Burge y Fabiola Eugarrios de Burge so­

licitan autorización judicial para adoptar a la menor Rosa Argentina de cinco meses de edad a ca11go del Hogar Temporal Infantil.

Oposición interesados término legal. Juzgado Segundo Civil del Distrito. Managua,

D. N., cinco de octubre de mi novecientos se­tentldós. - R. Duarte. -

3 2

SOLICITUD DE ADOPCION DE LA MENOR ANA

Reg. No. 3971 - R/F 307280 - Valor CS: 90.00 Julián Jerónimo Lacayo y Rosa Elisa Gurdián

de Le.cayo, mayores de edad, casados y de este domicilio solicitan adopción de la menor Ana.

Interesados opónganse. Dado en el Juzgado Tercero Clvll del Distrito.

- Managua, once octubre mil novecientos se­tentidós. - Guillermo ArgUello Poessy, Juez Tercero Civil Distrito Managua. - Mario Bar­quero, Secretario.

s 2

SOLICITUD DE ADOPCION DE MENOR ISAAC AGUSTIN MENDEZ T.

Reg. No. 3767 - R/F 2M063 - Valor CS: 135.00 Isaac Herrera Arrieta, setentidós aflos edad,

casado, hacendado este domicilio, solicita adop­tar menor Isaac Agustin Méndez Tljerino, na­cido esta ciudad, cuatro mafiana diecinueve agos­to mil novecientos sesentinueve, hijo del Seflor Silvio Méndez Navarrete estudiante y su esposa J eanine Tljerino de Méndez.

Quien quiera oponerse, hágalo dentro término publicaciones que será por tres veces con tnter­vales de ocho dtas.

Dado Juzgado Civil Distrito. Matagalpa, vein­tisiete septiembre mil novecientos setentldós. -Myriam Vanegas de Parajón . ....,.. Julio C. Men­doza, Srio.

3 3

CITACION A ACCIONISTAS DE VETERINARIOS, S. A.

Reg. 4090 - R/F 315057 - CS: 30.00 VETERINARIOS, S. A. Cita acciontstas para

Junta General Extraordinaria 4 p.m. 14 de No­viembre en Casa del Ganadero, desarrollará.se si­guiente agenda:

1.-Estado Financiero - Informe, balance y re-soluciones. ·

2.-Elección del Consejo de Directores. 3.-Consideración sobre el tratamiento finan­

ciero a los accionistas que h!ln suplido di­nero a la Compafifa.

Managua, D. N., 23 de Octubre de 1972. - José Wong Valle, Secretario.

1

Sentencias de Divorcio Reg. O, - 6840 - 20 - X - 72 L

Por sentencia 9:15 a. m. de 10 de Oc.. tubre 1972, declaróse disuelto matrimonio de Orlando Octavio Sevilla Chévez - Vil­ma del Socorro Amaya Argüello.

Sala Civil Corte .Aipelaciones Masaya.­Alfonso Oviedo Reyes Cogorno, Secreta. rio.

1

Reg. 4084 - B/U 285634 - <$: 15.00

Por sentencia 8 a. m. 6 Junio 1972, de.· claróse .disuelto matrimonio Dr. Donald Duarte Mendieta y Rosario de Fátima. Es­pinosa, dictada Sala Sivil Corte Apelacio­nes Matagalpa. - Míriam Espinosa, Se­cretaria.

1

Reg. 4089 - B/U 285638 - ($: 15.00 Por sentencia 9 :30 a. m. dieciséis Oc.

tubre 1972, declaróse disuelto matrimonio Ramón Toruño Amador y Maria Eisa Es­pinosa, dictada Sala Civil Corte Apelacio­nes Matagalpa. - Míriam Espinosa, Secre. taria.

1

Reg. 4092 - RIF 314982 - 4: 15.00

Por sentencia uno de Septiembre 1971, declaróse disuelto el matrimonio de Hen. ry Suárez López y Mireya García Sánchez, dictada Sala Civil Corte Apelaciones .de Masaya. - Fanor Hispano Téllez Matus, Secretario.

1

Reg. 4093 - R/F 314977 - CS: 15.00

Por sentencia 9:00 a.m. de 9 de Octubre 1972, declaróse disuelto matrimonio de Víctór Manuel Rocha Rivas - Rosemary Zambrana Salmerón.

Sala Civil, Corte Apelaciones Masaya.­Alfonso Oviedo Reyes Cogorno, Secreta-rio.

1

Declaratorias de Herederos Reg. 4083 - R/F 253995 - et 15.00 Pedro Barraza Vega, solicita decláresele

heredero Sucesión su madre Matilde Ba­rraza.

Opónganse.

Juzgado Civil Distrito. Granada, ocho Junio mil novecientos setentidós. - Nor­man Guerrero Mena, Srio.

1

Reg. 4073 - B/U 303388 - CS: 15.00 Marcial Baltodano Mendieta, solicita de.

cláresele heredero bienes, derechos, accio­nes dejados por Enrique del Carmen Bal. todano Mendieta.

Opóngase, quien se crea con derecho.

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28{0 LA GACETA-DIARIO OFICIAL

Juzgado Civ.il Distrito. Diriamba, dieci­siete Octubre mil novecientos setentidós. - Sergio Miranda G., Srio.

1

Reg. 4080 - B/U 292768 - <$: 15.00

Luciano Rodolfo Pineda, unión herma­nos, solicita decláreseles herederos bienes, derechos, acciones dejara María Alicia Pineda Blanco.

Opónganse. Juzgado Civil Distrito. León, nueve Oe­

tubre mil novecientos setentidós. - Er-nesto Gutiérrez, Srio.

1

Reg. 4091 - R/F 294814 - ~ 45.00 Hilda Reyes de Warner, por lo que ha..

ce cuarta conyugal, solicita declárense úni­cos y universales herederos en unión de sus hijos Roberto Antonio y Helem War­ner Reyes, bienes al morir dejó su espo­so Edgar Elssas Warner, consistente: so­lar situado Corinto, lindante: Norte, An­drea Membreño; Sur, Alejandro Salinas; Oriente, Pedro Jarquín; Poniente, Ana Ja. coba Rodríguez. Dos acciones Compañía Eléctrica Corinto. ~t~sados opónganse.

Juzgado Civil Distrito. Chinandega, OC­tubre catorce, mil novecientos setentidós. - Concepción de Rodríguez, Secretaria.

1

Reg. 3176 - BIU 210058 - ~ 45.00 Comp.-($ 15.00

Inés J osef ana Tórrez Ortiz de Meza unión hermanos Gabriel, Juan José, Juan de Jesús Tórrez Paredes y sobrinos Efraín Tórrez Pérez en defecto de su padre Efrain . Tórrez Ortiz, Enemesio, Tomás Adán, Ma'." ría Luisa, Clementina, Juan Francisco, AuJ ·ic

ra Alicia, Miguel Angel, Julio y Ernesto Mejía Tórrez en defecto de su madre Lau­ra Tórrez de Mejfa, solicita decláreseles herederos de todos los bienes, derechos y acciones al morir dejara su madre Anto­nia Tórrez Jarquín, consistentes: a) Fin­ca San José, ocho manzanas extensión; b) Finca de tres manzanas extensión; c) Finca cinco y media manzanas, todas ubi­cadas Comarca San José a dos leguas al Oriente esta ciudad.

Interesados opónganse.

Juzgado Civil del Distrito. Chinandega, Agosto nueve, mil novecientos setenta y dos. - Concepción de Rodríguez, Secre-taria. 1

INDICE DE "l...A GACETA"

(Continúa)

LETRA "D"

DECRETOS:

.MINISTERIO DE HACIENDA

DECRETO NP S-E DE AGOSTO f0/55

Derechos Aduaneros de Artículos que provengan de cier-

Gaceta NP . Fecha

tos países . . . . . . ·. . . . . . : . . . . . . . . . . . . . . . N9 226 Octubre 5/55

DECRETO N~ 5-E DE SEPTIEMBRE 9/55

Ratificase el Decreto N., 3 de Agosto 20/55 relativo al Gravamen sobre cierta Sub.Partida .... . . . . . . . . . . N9 226 Octubre -5/55

DECRETO NP 8-E DE SEPTIEMBRE 26155

Gravamen sobre automóviles introducidos al país por personas que permanecieron fuera del país por lo me.

6155 nos por dos años . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . NY 227 Octubre

DECRETO N9 28-E DE DICIEMBRE 11155

Préstamo de US$3.000,000.00 a la Empresa del Ferroca. rril del Pacífico de Nicaragua . . . . . . . . . . . . . . N41 289 Dic. 20155

(Continuará)

INDICADOR DE "LA GACE'rA" SE PuBLICA LOS DIAS LUNES