republica de nicaragua diario oficial...republica de nicaragua lagacet diario oficial a~o lxv 1...

48
REPUBLICA DE NICARAGUA LAGACET DIARIO OFICIAL LXV 1 Managua, D. N., Viernes 16 de Junio de 1961 SUMARIO PODER EJECUTIVO RF..LACJONES EXTERIORES Págma Convenio Centroamericaru> Sobre Equipa- ración de Gravámenes a la Importación. 1321 MINISTERIO DE ECONOMIA SFJCCION OF. PATENTES OF. NICARAGUA Patentes de Invendón. . . . . . . . . . 1362 Marcas de Fá.briea . . . . . . . . . . . . 1362 SECCION JUDICIAL Remates ........... . Titulos Supletorios . . . . . . Terrenos Munici-pales .... Declaratorias de Herederos .. PODER EJECUTIVO RELACIONES EXTERIORES ANEXO l 1364 1366 1366 1367 Convenio Centroamericano sobre Equiparación de Gravámenes a la Importación Los Gobiernos de las Repúblicas de Guatema- la, El Salvador, Honduras, Nicaragua y Costa Rica, Teniendo en cuenta los compromisos contraí- dos en el Tratado Multilateral de Libre Comer- cio e Integración Económica, suscrito en Tegu- cigalpa el 10 de Junio de 1958, y convencidos de que para perfeccionar la zona centroamericana de libre comercio en un periodo de diez años, con- formll a lo dispuesto en dicho Tratado, es nece- sario equiparar sus respectivos arancelas de Aduana, El señor Presidente de la República de Nicara- gua, al seftor Enrique Delgado, Ministro de Eco- nomla; El señor Presidente de la República de Costa Rica, al señor Alfredo Hernández Volio, Minis- tro de Economia y Hacienda; quienes, después de haberse comunicado sus respectivos Plenos Poderes y de hallarlos en bue- na Y debida forma, convienen en lo siguiente: Capitulo I REGIMEN DE EQUIP ARACION DE ·GRAVAMENES A LA IMPORTACION Articulo 1 Los Estados contratantes convienen en estable- cer una poutica arancelaria común y resuelven constituir un arancel centroamericano de Impor- tación acorde con las necesidades de integración y desarrollo económico de Centro América. Para tal fin, convienen en equiparar los gravá.menes a la importación.en un plazo má.ximo de cinco años a partir de la fecha de entrada en vigencia de este Convenio. Los Estados signatarios mantendrán como ba- se del arancel de aduanas de Importación la No- menclatura Arancelaria Uniforme Centroameri- cana. Articulo 11 Para los efectos de lo establecido en el Articu- lo 1 de este Convenio y en el Articulo IV l;lel Tra- tado Multilateral de Libre Comercio e integra- ción Económica, los Estados contratantes convie- nen en adoptar de inmediato los aforos y la deno- minación arancelaria especificados en la Lista A. Asimismo convienen en un régimen transitorio de excepción para la equiparación progresiva con respecto a los productos incluidos en. la Lista B. Ambas listu forman parte integrante de este Convenio. Articulo 111 Las Partes contratantes, ademá.s de proseguir la equiparación arancelaria de conformidad con el Articulo IV del Tratado Multilateral de Libre Comercio e Integración Económica, y con el ob- jeto de acelerar el establecimiento del arancel centroamericano de importación, se comprometen, con respecto a las adiciones a las Listas A y B, a seguir de preferencia el siguiente orden de prio- ridades: Han decidido celebrar el presente Convenio, a a) cuyo efecto han designado sus respectivos ple- a saber: Productos objeto de Ubre comercio iJUVediato o progresivo de conformidad con tratados bi- laterales de libre comercio suscritos entre las Partes contratantes de este Convenio; El señor Presidente de la República de Gua- temala, al señor Eduardo Rodr,guez Minis- b) tro de Economla; El señor Presidente de la República de El Sal- e) vador, al señor Alfonso Rochac, Ministro de Eco- nomia; El señor Presidente de la República de Hondu- d) ras, al señor Jorge Bueso Arias, Ministro de Eoo- nomia y Hacienda; ' Productos en Centro Amé- rica; Productos importados que puedan ser sus- tltwdos a corto plazo por producción centro- americana; Materias primas, productos intermedios y en- vases, dando prioridad a aquéllos que son ne- cesarios para la producción y venta de los f .·.;: ' (. ' ...

Upload: others

Post on 01-Nov-2020

1 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: REPUBLICA DE NICARAGUA DIARIO OFICIAL...REPUBLICA DE NICARAGUA LAGACET DIARIO OFICIAL A~O LXV 1 Managua, D. N., Viernes 16 de Junio de 1961 SUMARIO PODER EJECUTIVO RF..LACJONES EXTERIORES

REPUBLICA DE NICARAGUA

LAGACET DIARIO OFICIAL

A~O LXV 1 Managua, D. N., Viernes 16 de Junio de 1961

SUMARIO PODER EJECUTIVO

RF..LACJONES EXTERIORES

Págma

Convenio Centroamericaru> Sobre Equipa-ración de Gravámenes a la Importación. 1321

MINISTERIO DE ECONOMIA SFJCCION OF. PATENTES OF. NICARAGUA

Patentes de Invendón. . . . . . . . . . 1362 Marcas de Fá.briea . . . . . . . . . . . . 1362

SECCION JUDICIAL

Remates ........... . Titulos Supletorios . . . . . . Terrenos Munici-pales .... Declaratorias de Herederos ..

PODER EJECUTIVO

RELACIONES EXTERIORES

ANEXO l

1364 1366 1366 1367

Convenio Centroamericano sobre Equiparación de

Gravámenes a la Importación

Los Gobiernos de las Repúblicas de Guatema­la, El Salvador, Honduras, Nicaragua y Costa Rica,

Teniendo en cuenta los compromisos contraí­dos en el Tratado Multilateral de Libre Comer­cio e Integración Económica, suscrito en Tegu­cigalpa el 10 de Junio de 1958, y convencidos de que para perfeccionar la zona centroamericana de libre comercio en un periodo de diez años, con­formll a lo dispuesto en dicho Tratado, es nece­sario equiparar sus respectivos arancelas de Aduana,

El señor Presidente de la República de Nicara­gua, al seftor Enrique Delgado, Ministro de Eco­nomla;

El señor Presidente de la República de Costa Rica, al señor Alfredo Hernández Volio, Minis­tro de Economia y Hacienda;

quienes, después de haberse comunicado sus respectivos Plenos Poderes y de hallarlos en bue­na Y debida forma, convienen en lo siguiente:

Capitulo I

REGIMEN DE EQUIP ARACION DE ·GRAVAMENES A LA IMPORTACION

Articulo 1

Los Estados contratantes convienen en estable­cer una poutica arancelaria común y resuelven constituir un arancel centroamericano de Impor­tación acorde con las necesidades de integración y desarrollo económico de Centro América. Para tal fin, convienen en equiparar los gravá.menes a la importación.en un plazo má.ximo de cinco años a partir de la fecha de entrada en vigencia de este Convenio.

Los Estados signatarios mantendrán como ba­se del arancel de aduanas de Importación la No­menclatura Arancelaria Uniforme Centroameri­cana.

Articulo 11

Para los efectos de lo establecido en el Articu­lo 1 de este Convenio y en el Articulo IV l;lel Tra­tado Multilateral de Libre Comercio e integra­ción Económica, los Estados contratantes convie­nen en adoptar de inmediato los aforos y la deno­minación arancelaria especificados en la Lista A. Asimismo convienen en un régimen transitorio de excepción para la equiparación progresiva con respecto a los productos incluidos en. la Lista B. Ambas listu forman parte integrante de este Convenio.

Articulo 111

Las Partes contratantes, ademá.s de proseguir la equiparación arancelaria de conformidad con el Articulo IV del Tratado Multilateral de Libre Comercio e Integración Económica, y con el ob­jeto de acelerar el establecimiento del arancel centroamericano de importación, se comprometen, con respecto a las adiciones a las Listas A y B, a seguir de preferencia el siguiente orden de prio­ridades:

Han decidido celebrar el presente Convenio, a a) cuyo efecto han designado sus respectivos ple­nlpo~darios, a saber:

Productos objeto de Ubre comercio iJUVediato o progresivo de conformidad con tratados bi­laterales de libre comercio suscritos entre las Partes contratantes de este Convenio; El señor Presidente de la República de Gua­

temala, al señor Eduardo Rodr,guez ~is, Minis- b) tro de Economla;

El señor Presidente de la República de El Sal- e) vador, al señor Alfonso Rochac, Ministro de Eco­nomia;

El señor Presidente de la República de Hondu- d) ras, al señor Jorge Bueso Arias, Ministro de Eoo­nomia y Hacienda;

' Productos manufacturad~ en Centro Amé­rica; Productos importados que puedan ser sus­tltwdos a corto plazo por producción centro­americana; Materias primas, productos intermedios y en­vases, dando prioridad a aquéllos que son ne­cesarios para la producción y venta de los

f .·.;: '

·-~ (.

' ... ~.

Page 2: REPUBLICA DE NICARAGUA DIARIO OFICIAL...REPUBLICA DE NICARAGUA LAGACET DIARIO OFICIAL A~O LXV 1 Managua, D. N., Viernes 16 de Junio de 1961 SUMARIO PODER EJECUTIVO RF..LACJONES EXTERIORES

·~:.;~

1322 LA GACETA-DIARIO OFICIAL -~·· . .t. ,•••17.F.":'7.·~=========~=========================r==========================================

/l.í ', •; tritculos incluidos en los acápites anterio- de este instrumento, y deberán liberarse del com-. !I a •. res} Y. promiso de consolidación adquirido en un plazo

. i • . •, :f ·~ ¡;

* "· ••

~&:"" '""'""'°• no ~Yº' do 1 afto a partir do la focha do dopó-

'

. . i ~ , sito del respectivo instrumento de ratificación de -. • : 1 ' . Articulo IV este Convenio. Asimismo, las partes contratan-

'-:. vl{a )llcanzada la equiparación arancelaria tes se obligan . a no suscribir con otras naciones ~ .... ~~s áí.'lli::ulos comprendidos en los gxupos dEl nuevo.s conv~1os o concesiones arancelarias que

produ<;tOsr a que se hace referencia en el Articu- sean contranos al espiritu y objetivos del pre­lo. anterior, los Estados contratantes se compro- sente Convenio y, en lo particular, a lo previsto 'meten a otorgar a los mismos el libre comercio en este Articulo. multilateral en un plazo máximo de cinco aftos sin rebasar el periodo de diez aftos para perfec~ clonar la zona de libre comercio fijado en el Ar­ticulo I del Tratado Multilateral.

Articulo VIII

Articulo V

Las Partes se comprometen a no imponer ni cobrar,. con .motivo de la importación de los pro­ductos mclmdos en las Listas A y B, ningún otro impuesto fue1 a de los establecidos en este Con­venio. Se adopta como base de valuación de la parte ad valórem, el valor 'cif de importación, y para el componente especlfico las unidades flsi­cas. uniforme que aparecen en las listas A y B.

S~ uno cua~quiera de los Estados signatarios no pudiera supnmir de inmediatO" los derechos con­sulares respecto a los productos incluidos en las Listas A y B, podrá mantenerlos con tal carácter. descontando el valor a que asciendan los mismo~ de la parte ad valórem del gravamen acordad<'. Se entiende por "gravamen acordado": el apli­cable en forma inmediata por todas las Partes· a los productos incluidos en la Lista A; el que to­~ las Partes se comprometen a alcanzar al fi­nalizar el periodo de transición, para los produc­tos incluidos en la Lista B; y los aforos estable­cidos por cualquiera de las Partes para llevar a cabo la equiparación progresiva de los productos incluidos en Ja Lista B y llegar, al finalizar el periodo de transición, al gravamen uniforme por akanzar.

En el caso de aquellos articulos que se equipa­ren a niveles inferiores a los derechos consulares -ya sea en forma inmediata (Lista A) o al fina­lizar el periodo de transición (Lista B)- los Estad~ signatarios no aplicarán para dichos articulos, tales derechos consulares.

Articulo VI

Cuando el gravamen acordado sobre determina­do producto fuere superior al aforo vigente en una o más de las Partes contratantes, éstas aplicarán ~l comer_cio intercentroamericano que no sea ob­Jeto de libre comercio el aforo vigente más bajo. salvo cuando la Comisión Oentroamericana de Comercio acuerde lo contrario.

Los aforos preferenciales que las Partes se comprometen a establecer figuran en la Lista A Y en el Anexo 6 de la Lista B, el cual fonna parte integrante de la misma.

Se entiende por "aforo vigente" la suma de los derechos arancelarios, derechos consulares y otros gravámenes y recargos que inciden sobre la im­portación de los productos incluidos en las Lis­tas A y B al momento de la firma de este Conve­nio. No quedan comprendidas las tasas ni los re­cargos que sean legalmente exigibles en compen­sación de servicios prestados.

Los Estados signata1ios, en .virtud de que este Convenio es de carácter especificamente centro­americano y constituye una de las bases de la unión aduanera de los paises contratantes, convie­nen en mantener la "Cláusula Centroamericana de Excepción" con respecto a terceros paises en lo que se refiere a Ja aplicación del rigimen aran­celario preferencial que establece este Articulo.

Articulo IX

Las Listas anexas a este Convenio serán am­pliadas, por acuerdo entre los Estados contratan­tes, mediante la suscripción de protocolos sucesi­vos y con arreglo a sus respectivos procedimien­tos constitucion~les.

Capitulo II

Comt8fón Centroamericana• de Comercio

Articulo X

Los Estados signatarios acuerdan constituir una Comisión Centroamericana de Comercio integra­da por representantes de cada una de l~s Partes contratantes, la cual se reunirá con la frecuencia que requieren sus labores o cuando lo solicite cualquiera de los Estados contratantes.

La Comisión o cualquiera de sus miembros po­drá viajar libremente en los paises contratantes para estudiar sobre el terreno los asuntos de su incumbencia, y las autoridades de los Estados sig­natarios deberán proporcionarles los informes y facilidades que requiera para el desempetio de sus funciones. · La Comisión tendrá una Secretarla permanen­te, la cual estará a cargo de la Secretaria Gene­ral de la Organización de los Estados Centro­americanos.

Los Estados contratantes convienen en el esta­blecimiento de equivalencias fijas, exclusivamen­te para fines de equiparación, entre las unidades monetarias en que se exprsan los derechos aran­celarios de cada pais y una unidad monetaria co­miln equivalente al dólar de los Estados Unidos. Estas equivalencias, que son las existentes en la fecha de la firm11. de este C(onvenio, quedan esta­blecidas en la siguiente forma: Guatemala, 1 quet­zal; El Salvador, una unidad monetaria equiva­lente al dólar de los Estados Unidos; Honduras, 2 lempiras; Nicaragua, una unidad monetaria equi­valente al dólar de los Estados Unidos, y Costa Rica, 5.67 ó 6.65 colones, segiln las disposiciones cambiarías aplicables al articulo. Si un pais mo­difica la equivalencia de su unidad monetaria con respecto al dólar de Jos Estados Unidos, en rela­ción con los productos incluidos en las Listas A y B, queda comprometido a variar los aforos de in­

. mediato en la proporción necesaria para mante· ner la equiparación. ,

La Comisión adoptará por unanimidad su pro­pio reglamento.

Articulo VII

Las Partes contratantes, con el objeto de ha­cer efectiva la equiparación de gravámenes a la importación, renegociari.n los acuerdos multila­terales o bilaterales que tengan vigentes con pai­ses no signatarios de este Acuerdo que consoli den aforos inferiores a los convenidos por medio

Articulo XI

La Comisión Centroamericana de Comercio tendrá las siguientes funciones:

a) Proponer a las Partes contratantes medidas conducentes al establecimiento del arancel de a~uanas centroamericano a que hace refe­rencia este Convenio;

· .... -~ .

.. -=-'l..

._•,,,

Page 3: REPUBLICA DE NICARAGUA DIARIO OFICIAL...REPUBLICA DE NICARAGUA LAGACET DIARIO OFICIAL A~O LXV 1 Managua, D. N., Viernes 16 de Junio de 1961 SUMARIO PODER EJECUTIVO RF..LACJONES EXTERIORES

' .....

LA GACETA-DIARIS OFICIAL 1323

b)

c)

d)

e)

f)

Estudiar, a sollcitud de uno o más gobiernos, las materias o asuntos relacionados con el desarrollo de la equiparación de aforos y en particular con la aplicación de este Convenio y proponer las medidas que deban adoptarse para resolver los problemas que se susciten; Estudiar las actividades de producción y co­mercio en los Estados signatarios y recomen­dar adiciones a las Listas A y B; Actuar como organismo coordinador de la equiparación de aforos, tomando en cuenta muy particularmente los adelantos que en es­ta materia se· realicen en virtud de tratados bilaterales suscritos entre paises centroame­ricanos, con el fin de proponer a corto plazo gravámenes uniformes y tratar de que sean adoptados por todas -las Partes contratantes. A este respecto, las Partes se comprometen a comunicar a la Comisión los acuerdos bila­terales de equiparación arancelaria en cuan-to éstos fueren negociados; Estudiar los diversos aspectos relacionados con el mantenimiento de Ja uniformidad en la aplicación de la Nomenclatura Arancela­ria Uniforme Centroamericana y proponer a fas Partes contratantes las modificaciones que aconsejen la experiencia y la mayor di­versificación de la p1oducción centroameri­cana; Hacer las gestiones conducentes a establecer y mantener- uniformidad en materia de re­glamentación aduanera.

En el desempefio de sus funciones, la Co­misión aprovechará los estudios y trabajos realizados por otros organismos centroame­ricanos e internacionales.

Capitulo ill

Disposiciones Generales

Articulo XII

Las Partes contratantes convienen en renegoclar a solicitud de cualquiera de ellas, y a través de la Comisión Centroamertcana de Comercio, los gravámenes uniformes acordados y la clasifica­ción arancelaria unificada. La renegoclación que­dará limitada a los productos para los cuales hu­biere sido pedida.

Las decisiones a este respecto deberán ser acor­dadas con el voto unánime de los Estados para los' cuales esté vigente el Convenio. En todo ca­so, cualquier modificación deberá efectuarse a ni­veles uniformes.

Articulo XIII Los Estados signatarios convienen en resolver

fraternalmente, dentro del espiritu de este Con­venio, y por medio de la Comi.slón Centroameri­cana de' Comercio, las diferencias que surgieren sobre la interpretación o aplicación de cualquiera de sus cláusulas. Si no pudieren ponerse de acuer­do, solucionarán las controversias por el arbitra­je. Para integrar el tribunal arbitral, cada una de las Partes contratantes propondrá a la Secre­tarla. General de la Organización de Estados Cen­troamericanos los nombres de tres magistrados de sus respectivas Cortes Supremas de Justicia. De la. lista total de candidatos, el Secretario Ge­neral de la Organización de Estados Centroame­ricanos y los representantes gubernamentales an­te esa Organización escogerán, por sorteo, a cin­co árbitros que integrarán el tribunlll, debiendo ser ca.da uno de ellos de diferente nacionalidad. El laudo del tribunal arbitral será pronunciado con los votos concurrentes "de, por lo menos, tres de sus miembros, y causará efectos de cosa juz­gada para todas las Partes contratantes por lo

que hace a cualquier punto que se resuelva relati­vo a interpretación o aplicación de las cláusulas de este Convenio.

Capitulo IV

™gimen T1'atl.Bftorio

Articulo xrv.. A fin de facilitar la: equiparación de graváme­

nes a la importación en el caso de productos con respecto a los cuales por consideraciones econó­micas, fiscales u otras, no sea posible establecer un aforo uniforme de aplicación inmediata para todas las Partes, los Estados contratantes esta­blecen un régimen transitorio de equiparación progresiva.

Los Estados contratantes convienen en adop­tar. progresivamente respecto de los productos ín~ clu1dos en la Lista B, los gravámenes uniformes que figuran en dicha Lista (Columna I), ajus­tándose cada una de ls.S Partes al plazo (Coluro-. na II), a los aforos inicales (Columna ID). y a la denominación arancelaria que se establecen en la misma.

La primera variación de los aforos inicales se efectuará doce meses después de la fecha de en­trada en vigor de este Convenio y las sucesivas se aplicarán por periodos de doce meses exactos hasta alcanzar el gravamen acordado.

En los anexos 1 a 5 de la LLsta B se estable­cen los aforoa aplicables por las Partes contra­tantes durante cada año del periodo de transición. Dichos anexos forman parte integrante de la Lis­ta B. · .

En el cumplimiento de la equiparación progre: siva, la disminución o aumento anual de aforos que deberá efectuar cada Parte contratante no podrá ser menor al cociente que resulte de divi­dir el monto de la di.9minuclón o del aumento to­tal por efectuar entre el nfunero de afios del pe­riodo de transición. Este compromiso regirá pa­ra los Estados contratantes salvo en la medida en que durante el periodo de transición hubieren efectuado modificaciones anuales mayores que las convenidas.

Este régimen transitorio no excluye la adop­ción inmediata del grav~men uniforme por par­te de un nfunero de paises inferior a la totalidad de los contratantes y, a la vez, el compromiso del pais o paises restantes de alcanzar dicho gra­vamen uniforme mediante una equiparación pro­gresiva.

Al finalizar el régimen de transición para cual­quiera. de los productos o articulos incluidos en la Lista B, éstos pasarán a formar parte auto­mátieamente de la Lista A.

Capitulo V

Disposiciones Finales

Articulo XV

Este Convenio será sometido a ra'tificación en cada Estado de conformidad con las respectivas normas constitucionales y legales, y entrará en vigor en la fecha en que se deposite el tercer ins­trumento de ratificación para los tres primeros depositantees y ¡para los subsiguientes en ~a fecha de depósito de sus respectivos instnunentos de ra­tificación. Su duración será de veinte afios con­tados desde la fecha de su vigencia y se reno­vará, por tácita reconducción, por periodos suce-sivos de diez a..ftos. '

Los Estados contratantes convienen ell que la equiparación arancelaria de los productos inclui­dos en la Lista B deberá completarse al finalizar el periodo de transición que comenzará a regir en la fecha en que el Convenio entre en vigor.

-~

Page 4: REPUBLICA DE NICARAGUA DIARIO OFICIAL...REPUBLICA DE NICARAGUA LAGACET DIARIO OFICIAL A~O LXV 1 Managua, D. N., Viernes 16 de Junio de 1961 SUMARIO PODER EJECUTIVO RF..LACJONES EXTERIORES

r ... .

,

. . ' -

f"'

1324 LA GACETA-DIARIO OFICIAL

Por consiguiente, convienen en efectuar la equi­paración aranclaria progresiva dentro del plazo fijado para completar el periodo de transición, sin variar los aforos para cada afío establecidos en el anexo respectivo de la Lista B, partiendo cada Es­ta.do del nivel que habrllllll alcanzado si hubiese depositado el respectivo instrumento de ratifica­ción a la fecha de entrada en vigor del Convenio.

El presente Convenio podrá ser denunciado por cualquiera de los Estados signatarios con dos afíos de anticipación, por lo menos, a la fecha en que expire el periodo inicial a los periodos sucesivos de vigencia del mismo. La denuncia surtirá efec­tos, para el Estado denunciante, en la fecha en que termine el periodo correspondiente de vigen­cia del Convenio y éste continuará en vigor en­tre las demás Par'l:es en tanto permanezcan ad­~eridas a él por lo menos dos de ellas.

americana que estén comprendidas, a la vez, en el Anexo A del Tratado Multilateral y en las Lis­tas ~ y B de este Convenio.

Articulo transitorio

Los Estados signatarios convienen en que las reuniones de la Comisión Centroamericana de Co­mercio tendrán derecho a asistir en calidad de ob­servadores, con voz pero sin voto, representantes de las Partes para las cuales el Convenio no hu­biere entrado en vigor.

En testimcmto de lo cual, los respectivos pleni­potenciarios firman el presente Convenio en la ciudad de San José, capital de la República de Costa Rica, el primer dia del mes de Septiembre de mil novecientos cincuenta y nueve.

Por el Gobierno de Guatemala: Articulo XVI • - Eduardo Rodríguez Genis

'La Secretaria 'General de la Organización de Ministro de Economta >'Estádos Centroamericanos será la depositaria del 1

•. presente Convenio, del cual enviará copias certi- Por el Gobierno de El Salvador:

Alfonao Rot»iac Ministro de Economla

ficadas a las Cancillerlas de cada uno de los Es­tados contratantes, notificándoles asimismo del depósito de los instrumentos de ratificación co­ri<espondientes, así como de cualquier denuncia que ocurriere en los plazos establecidos al efecto. Por el Gobierno de Honduras.

Jorge Bueso Aríaa Ministro de Economla y Hacienda

I

Al entrar en vigor el Convenio, procederá tam­bién a enviar copia certificada de éste a la Se­cretarla General de las Naciones Unidas> para los fines de registro que sefiala el Articulo 102 de la Carta de las Naciones Unidas. Por el Gobierno de Nicaragua:

Articulo transitorio

En lo que respecta a la aplicación del Articu­lo VIII de este Convenio, las Partes contratante3 acuerdan que los gravámenes preferenciales no serán aplicables a las partidas o subpartidas de la Nomenclatura Arancelaria Uniforme Centro-

-• -

~ ¿&_

Enrique Delgado Ministro de Economla

Por el Gobierno de Costa Rica:

Alfredo Herndndez Volio Ministro de Economla y Hacienda

l

\ 1

-r1

'

':'f

(

( •.• t ..

"

;

1.1·· ~"--,

Page 5: REPUBLICA DE NICARAGUA DIARIO OFICIAL...REPUBLICA DE NICARAGUA LAGACET DIARIO OFICIAL A~O LXV 1 Managua, D. N., Viernes 16 de Junio de 1961 SUMARIO PODER EJECUTIVO RF..LACJONES EXTERIORES

~- !'" .,.~ :' ,---... ,,.,..c-;;as 'Í•l$Jd&JF

-··~~

1'

~ . .a.

LISTA A

EQUIPARACION INMEDIATA DE GRAVAMENES A LA IMPORTACION Not<1 gen.eral

• Los Esta.dos contratantes convienen en adoptar de inmediato el gi;-avamen.uniforme especificado en la columna (l) para las importaciones procedentes de ¡paises no

signatarios, de este Convemdo. Asimismo, establecen los gravámenes preferenciales centroamericanos que se indican en la columna (ll). Los incisos arancelarios mar­

cados con un asterisco se establecen exclusivamente con el fin de asegurar una aplicación uniforme de la Nomenclatura Arancelaria Uinlforme Centroamericana.

(1) (11)

Gra•imenes uniformes GRAVAMENES PREFERENCIALES CENTROAMERICANOS

G111119, 11artlda o subpar- a la lmperlaclh GUATEMALA EL SALVADOR HONDURAS NICARAGUA tltla de la NAUCA e

COSTA RICA

Dt:NOMINACIDN Unidad Inciso arancelarie Especl· Ad••· Es111cl· Ad ta· Especi· Adn- Especl- Ad ta• Especi- Adn· Especl 0 Ad.,..

uniforme . 'fice (D6- lhem fice <Dt· 16m11 fice (D6- lhtm fice (D6. """' fice (D6- """' fice (D6° 16tt• lares (Per lues (Por IUeS (Per lares (Por llftl (Per lues (Par

"' ciente "' ciente "' dente "' cieatie ,., d•ta "' ciente ualllad) cit.) u•ldad) clf.) •nidal!) cit.) U•ldad) cit.) 11111dad) cit.) ualllad) clf.)

Sección O Productos Alimen.ticios

001-01-01 Ganado vacµno de raza fina . . . . . . . . . . . . Cabeza Libre Libl'e 001-02-01 Ganado ovino de raza fina .. '. .. . . . ' .. Cabeza Libre Libre . 001-03-01 Ganado porcino de raza fina . . . . . . . . . . .. . Cabeza Libre Libre 001-04-01 A ves de corral de raza fina . . . . . . .... .. Cabeza -Libre Libre 001-04-02 A ves de corral de raza ordinaria .. . . .. . . Cabeza 0.25 15 001-09-01 · Ganado caprino de raza fina ............ Cabeza Libre Libre

001-09-02 Ganado caprino de raza ordinaria .. . . .. .. Cabeza 1.00 10

001-09-03 Aves de caza .. . . . . .... . . . . . ' ...... Cabeza 0.50 30 001-09-04 Animales vivos destinados principalmente a ' la alimentación n. e. p. . . . . . . . . . . . . . : . . Cabeza 0.50 30

013-02-03 Aves de corral y de caza y toda otra clase de .

carnes, conservadas o preparadas en cualquier forma, con o sin legumbres envasadas her-méticamente .. . . . . . ..... . ' .... . . . .

1>13-02-03-01 Preparaciones cola.das y homogenlzadas para Ja alimentación infantil, en envases de conte-nido neto no mayor de 150 gramos .. . . . . K.B. 0.15 10

013-02-03-09 Los demás . . '. .. . . . . .. . . . . . . . . K.B. 0.75 10

621-01-02 Suero de mantequilla o de queso, ,¡~he descre-meda, leches y cremas agrias .. . ' ' . . ' .. K.B. 0.30 10

023-01-00 . Mantequilla natural de leche de toda clase, en cualquier forma o envase . . . . . . . . . . . . . . K.B. 0.60 10

026-01-00 Miel de abejas y otras mieles naturales .. .. K.B. 1.00 10 031-01-01 Pescado (incluso el pescado ligeramente sala-

do, el pescado comestible que se transporta vi- u: il&.! ,-, vo, y la carne de pescado en estado natural) K.B. 0.40 10 ! .. 031-01-02 Huevos comestibles de pescado .. . . ...... K.B. 1.00 10

;-- ' ~ , '

·:· .j . . ' 1 /·:·.··:·

' ~·.11"'· ' ,.., . ~ , _, Jt ...

~ ... ,,..... ~~ . -~

~-. ..........-..... , 2 H f:~ •, •cit;,, ,·, .,,;, ;,,i¡,'t:~,;i,'7'3r;It .,

~ ·o g ~ 1

~ o

~

11 ~

Page 6: REPUBLICA DE NICARAGUA DIARIO OFICIAL...REPUBLICA DE NICARAGUA LAGACET DIARIO OFICIAL A~O LXV 1 Managua, D. N., Viernes 16 de Junio de 1961 SUMARIO PODER EJECUTIVO RF..LACJONES EXTERIORES

··.~-~,;~':' '.?,,~·:-~" ':'": ,_é:·(~::J!:;<. '········~" .. ~\-· .. :,'"'·: ! .... '1r; ' ,'· ~ 1 • '•' \ . .·~· .,,,., ·····•··t ·¡ ·.~·; .~, .:·', ... ':..'!' .. -·

6nfpe, partida 1 subpar. tida de la NAUCA 1

Inciso arance,arl1 unifoime •

031-01-03 031-02

031-02-01 031-02-02 031-03-01

831-03-02

044-01-00 047-09·00

04 7 -09-00-01 04 7 -09-00-09

051-01-00 051-07-01

051-07-02

051-07·(\3 052-01-00

053-01-01 053-01-02 053-01-03 053-01-04

053-02-00

053-03-01

053-03-03 053-03-03--01

DENOMINACION

Peces para acuario , . . . . . . . . . . . . . . . . . Pescado, incluso carnes y huevos comestibles de pescado seco, salado, ahumado o en salmue­ra, pero sin otra preparación . . . . . . . . Bacalao ......................... . Todos los demás . . . . . . . . . . . . . . . . ·. . . . Crustáceos y moluscos frescos (vivos o muer­tos), refrigerados o congelados . . . . . . , . . . . Crustáceos y molU.\!COEI secos, salados, ah4ma­dos, en salmuera o simplemente cocidos . . . . Maiz sin moler . . . . . . . . . . . . . . Harinas gruesas y finas, de cereales n. e .p .

Harina gruesa y .fina de arroz .. Los demá1 . . . . . . . ... : ...

Frutas frescas . . . . . . . . , . . . . . . . . . . . . . . Nueces comestibles (incluso. los cocos frescos). excepto las nueces utilizadas principalmente pa­ra la extracción de aceite, con cáscaras . . . . Nueces comestibles (incluso los cocos frescos), excepto las nueces utilizadas principalmente para la extracción de aceite, sin cáscaras . . . . Raspaduras de coc·o. comestibles . . . . . . . . . . Frutas secas, incl4so las deshidratadas artifi­cialmente, estén o no envasadas herméticamente Aceitunas en enva8es de madera . : . . . . Aceitunas en envases n. e. p ............ . Frutas en alcohol, vinos y licores . ,. . . . . . . . . Frutas congeladas, en salmuera o conservadas en otras formas, n. e. p. . . . . : . . . . . . . . . Frutas, cáscaras de frutas y partes de plantas, desecadas y glaciadas o cristalizadas, con o sin sabor artificial . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Pasta, manteca o mantequilla de cacahuete o mani .............. •· .......... .. Pulpas y .pastas de frutas . . . . . . . . . . . .- ..

Preparaciones coladas y homogeneizadas pa­ra la alimentación, en envases de contenido

Unidad·

K.R.

K.B. K.B.

K.B.

K.B. K.B.

K.B. K.B. K.B.

K.B.

K.B. K.B.

K.B. K.B. K.B. K.B.

K.B.

K.B.

K.B.

},

(1)

Grawámeaes unifomies a la lniporlacl 6n

EsfllCf. A~ wa-fito (Dé. lén!wt

lares (P11r par dento

unidad) df.)

0.25 50

0.15 10 0.40 10

0.50 10

0.50 10 0.08 10 '

0.20 10 0.20 10 0.30 25

0.30 10

0.60 10 0.40 10

0.60 10 0.40 10 0.40 15 1.00 25

0.60 10

0.60 10

0.60 10

WATEMALA

Especf. Ad ta· fice (06. """' lam (P1r

"°' e lea• u•idadl cif.)

! . ~- • . : ¡~:':~'~'./'~::! (~"'ffef~i\W?~. -.· , .. "'"*'

"•·<~· ...

' ·~ C!" [11) ~

ENCIALES CENTROAMERICANOS •• 1':. ~

El. S"ALVAO'l\l!tllf ,,,J,DNDUft'AS u ,NICARAGUA -:-,------~

Esped~ ~Ad ta· Es11tcf· to .Ad Ya· Especl· Ad ta· flco <D'-' •. ltr&,111_.,, Jlc¡i_(.U.. '' 16re111 tlco (06- Hrem

lal'ts "<"" 'l'I' fit ,.ares. (Per leres (l'or par cleatil~'!"''iior ciento par clmte

unidad) dt.) Ynidad) clf.) unl-ad) cit.)

"<

.......... ....J,,J.c..., ... ,.

¡·.·

COSTA RICA

Especi· fice (06.

lares por

unidad)

Ad ta•

"""' (Per cleato

clf.)

.... c.> t,;i O>

~ ~

~ 1 o > ~ o ~

~ t"

¡·

neto no mayor de 150 gramos . . . . . . . . . . K.B. 0.15 10 ,• .....

j..4·· :· -t<: :r:~:~i~~u, ·· · ~- · · · · "·· '· w: •. ~~ /

-.......::..___,.:,,i,_:_.nr ; ... ftd • .,.**co.• -¡l~" •. feMtihrtr ..

1 • 'l; ., .• ,.

.. . . ;J~; :¿::;:;.·1¡: .. ,.jt -~.,:¡¡y'··: -· .. · :t~lii\i " 'l!h réi ••'-:.i"OL..,~ ... ·é- .:.;:o..,_.,;.:

-... ;...,,,,..., . '.

5hit • .. rAArKa;•.¡.;t;f-tFK ..... tieft.:S

., ., t~

\.

~ ...

\ __ __

. --<~

.Zjc ¡,,,~ ·- ·- . • ... .J

Page 7: REPUBLICA DE NICARAGUA DIARIO OFICIAL...REPUBLICA DE NICARAGUA LAGACET DIARIO OFICIAL A~O LXV 1 Managua, D. N., Viernes 16 de Junio de 1961 SUMARIO PODER EJECUTIVO RF..LACJONES EXTERIORES

.f -~:/íll

"

5"1,., ,.rtlda 1 subpar· t1• M la NAUCA 1

DENOMINACION Incisa arucelul1

U11lfwm1

053-03-03-09 053-04-01 053-04-03 054-02-01 055-02-01

055-02-01-01

055-02-01-09

055-04-02 055-04-04

062-01-01 062-01-02

072-02-00 072-03-00

072-03-00-01 072-03-00-02

075-01-00

075-02-01 075-02-02 075-02-03 075-02-04 075-02-05

081-01-00

081-02-00

081-03-00

081-04-00

Los dem>is . . . . . . , . . . . . Jarabes a base de fruta . . . . . . Extractos de frutas . . . . . . . . Frijoles . . . . . . . . . . . . . . . . . . ; . . . Sopas de legumbre\ . . . . . . . . . . . . . .

Preparaciones coladas y bomogenelzadas pa­ra la alimentación Infantil, en envase de con­tenido neto no ;nayor de 150 gramos . . . . . . Los demás (equiparado en forma progresiva, véase la Lista B) . . . . . . . . . . . . . . . . • .

Almidones comestibles de malz ) . . . . . . . . . Papas, frutas y legumbres en forma de harinas y hojuelas . . . . . , . . . . . . ·. . . . . . . . . . . . Chicles y otras gomas de mascas . . . . . . . .

• Confites, bombones, dulces, caramelos y otros similares, confeccionados a base de azúcar y preparados de azúcar, n. e. p. . . . . Cacao en polvo con o sin azúcar . : . . . . . . Manteca y pasta de· cacao . . . . . . . . . . . .

M:anteca de cacao ............. . Pasta da cacao . . . • · . . · . . . . . . . . . . '

Pimienta y pimiento.s molidos, sin moler o pre­parados en otra forma . . . . . ·. . . . . . . Vainilla, excepto en extracto . . . . . . Nuez moscada . . . . . . . . . . . . Canela . . . . . . . . . . . . . . . . : . . . • . . . . • .. Azafrán ................. . Clavos de olor, anls, cominos, hinojo, achiote, jengibre, tomillo y otras especias, n. e. p .. , .. Heno y otros forrajes, verdes y secos (inclusi-ve algarrobas) ... , . . . . . . . ........ . Afrechos, salvadas, harinas gruesas y otros productos secundarios procedentes de la pre­paración de cereales y productos de cereales Tortas y harinas de semillas oleaginosas y otros residuos de aceites vegetales . . . . . . . . . . . . Harina de carne (incluso el residuo de las gra­sas) y harina de pescado . . . . . . . . . . . . . .

...

Unidad

K.B. K.B. K.B., K.B.

-K.B.

K.B. K.B.

K.B. K.B.

K.B. K.B.

K.B. K.B. K.B. K.B. K.B.

K.B.

K.B.

K.B.

K.B.

K.B.

--~.,---- -- '"i

(1)

GratilMenes unHormes 1111 .... .uc1 ..

lsJllCI· Atl ti• fice (Di.1 16tu1

lal'eS (Por

"' cltllta unidad) clf.)

0.70 10 0.55 10 0.50 10 0.10 8

0.15 10

0.40 10

t>.50 - 20 1.00 10

1.20 20 0.60 10

1.00 10 1.00 10

0.40 10 0.60 10 0.50 10 0.55 10 1.5() 15

0.50 10

Libre 10

Libre 15

Libre . 15

Libre 7.

:

(11)

i¡RAVAMENU PREFERENCIALU CENTROAMERICANOS

GUATEMALA

Es,ecl- Atl r&• fice cu. """' ·- (Por

"" deñ Ullltlatl) clf.)

'

EL SALVADOR HONDURAS

Es111CI• Atlll• Es111CI· ..... fice (D6- .... fice (Di • .. ,..

'ª"" ,..., ·- (Por

'" c1 .. t. "" el.te unltlad) clf.) Hltlatl) cit.)

• ~·~ . . ~<,,~

: 'JJ1' ~~!"! ,., ...,.,,, ~ .. ..._____ •·/ ...,. ~· -~/ ..... ~I·

~,;w1;) ;'· •

.lt) '

,: ' ... ·' j¡. ;_

' ;-~-- "~ •

NICARA,UA

Es111CI· Atlra· flc1 (06- 16re•

larws (Por ..... c19h

Ullltlatl) df.)

~-.e-- .... --...i.~- ~ -.~-~·--. Se +e ' t .H'"Y:.éf"Íf~ .......

COSTA RICA

Esl9cf· Atlra• fice (D•· .. ,..

IUI$ (Por ..... clal8

•111111) clf.>

11

~ o > (")

~ > ::ll o o ~

~ t"

.....

·1 ~

Page 8: REPUBLICA DE NICARAGUA DIARIO OFICIAL...REPUBLICA DE NICARAGUA LAGACET DIARIO OFICIAL A~O LXV 1 Managua, D. N., Viernes 16 de Junio de 1961 SUMARIO PODER EJECUTIVO RF..LACJONES EXTERIORES

·,¡. . c¡.;·.·.;·c,Ji;;¿-~~~•"•'. . \~~ , .. ~.lt"."'. _,,,,·::,

' • ! 1: ,, :·:r ,· . :.1 •' \ ""'1'

"' "":\,.

Gn1po, partida t subpar­tlda de la NAUCA o

Inciso arance.ario unlf11me

081-09-01

081-09-02

099-09-01 099-09-03

099-09-03-01

099-09-03-09

099-09-04

D E N 0...M 1 N A C 1 O N

Alimentos para animales mezclados con pro­ductos quimicos y biológicos tales como polvos de huesos, sangre desecada, etc. . . . . . . . . . . Desperdicios alimenticios y alimentos prepa­rados para animales, n. e. p. . . . . . . . . . . . . Vinagres ................ · ....... . Levaduras y fermentos de toda clase, en cual­quier forma, excepto .Jos para uso farmacéuti-co y las enzimas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Levaduras y fermentos naturales, frescos o deshidratados (equiparado en forma progre­siva, véase la Lista B) . . . . . . . . . . . . . . Los demás (incluso levaduras artificiales y polvos para hornear) ............. .

Salsas de todas clases, y otros condimentos si-milares ....................... . . .

Bección i Materiales crudos, no comestibles, excepto com­bustibles

242-01-00 242-09-00

243-01-00 251-01-00 262-05-00

263-03-00

272-01-00 272-02-00

272-04-01 272-04-02 272-06-00 272-07-03

"

. .. .,,., 'l l'. ,

Maderas para pulpa . . . . . . . . . . . . . . . . . . Palos, pilotes, postes y otras maderas en tro­zas, incluso puntales para minas . . . . . . • . Durmientes (traviesas), a;¡errados o no .... Desperdicios de papel y papel usado . . . . . . . . Crines y otros pelos ordinarios (excepto cerdas, que se clasifican en la subparti<ia 291-09-11) Algodón deshilachado, residuos o desechos de algodón, algodón regenerado, sin manufactura ulterior, y borra de algodón . . . . . . . . . . . . Asfalto natural . . . . . . . . . . . . . . . . . . Arena, cascajo y piedra triturada., (incluso cuarzo triturado y macadam alquitranado) Tierras y rocas refractarias . . . . . . . . Caolín y tierras arcillosas, n. e. p. . . . . Azufre sin refinar, en cualquier forma .. Piedra pómez, esmeril, corindón y otros abrasi­vos similares, en su estado natural . • . . . . . .

.. ~.<J.i~~··'-··~ )i.t~' ". j_"t',"•.:.'.i' ·i .

.. ~-:;i.._;.L.a.:..:..~'4 7 ti t ·r· s?rtte · ··

(1)

Gra•imenes unlforlllff 111 lmpgrtacl ..

Unldld Especl·

fice (Dí-lal'ts .....

unltlad)

K.B. Libre

K.B .. Libre K.B. 0.30

K.B. 0.40

K.B. 0.50

K.B. Libre

Pieza Libre Pieza- Libre K.B. Libre

K.B. Libre

K.B. 0.20 K.B. Libre

K.B. Libre K.B. Libre K.B. 0.02 K.B. 0.03

K.B. 0.04

Adn· 16rem (Por

clenb clf.)

10

10 15

10

25

15

25 21) 10

15

10 7

10 7

10 10

10

~

; .. ~· ~-:•,' .. ~:· · · Y,~F·~~{':-·::r '. ,.

... :.

GRAVAMEN ES

GUATEMALA EL SALVADOR DURAS NICARAGUA

Especl. Ad •a· Especi· Ad·ll· Adn· Especl· Ad n· fico (Dó- 16rem fice (Dé- lhem 16rem fice (Dí- lírem

lares (Per la"'s (Por • (Per la Pes (Por por e lento por ciento .. ,. ciente por ctee•

unidad) clf.) unidad) df.) cit.) unidad) clf.)

'l.: ... '

. \ .... ;;;J..kf',, . Qt?;~-;r ·~-· 1. .. {¡~ ...

., .• '¡'-··· .. ~

4T . . , , ,,·;, -· ¡: ~: • .... i ·""f¡ ,.%~:,;re.1 •

COSTA RICA

Especl- Ad •a· fice (Dí· 16rem

lares (Per .... ciento unidad) clf.)

• .,

-~

.... ¡;,,

~

~ ~ g ~

~ ~ o

~ t"'

._t~ ''~'t'J

, .... .-l f~-'~ ~!. ~

Page 9: REPUBLICA DE NICARAGUA DIARIO OFICIAL...REPUBLICA DE NICARAGUA LAGACET DIARIO OFICIAL A~O LXV 1 Managua, D. N., Viernes 16 de Junio de 1961 SUMARIO PODER EJECUTIVO RF..LACJONES EXTERIORES

V.·""!'- ·"".'.lll_,111.-._"!11111911 ____ _ '· r- . -;Ji'A·

'"'""· partida • subpar· tilla de la NAUCA 1

lnclse uance.at11 unifarme

272-08-01'

272-08-02

272-08-03

272-08-04

272-11-01 272-11-02 272-11-03 272-11-04

272-12-00

Z72-13-00

21'l-14-00 272-16-00 272-19-02 272-19-03

272-19-04

272-19-05

272-19-06

281-01-00 282-01-00

... \.

DENDMINACION

Mármol en bloques o planchas, aserrado o no, sin pulir, incluso el mármol en polvo . . . . . . Alabastro en bloques o planchas aserradas o no, sin pulir . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Pizarra en bloques o planchas aserradas o no, no labradas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . otras piedras para construcción y dar dimen­sión, no labradas (rocas calcáreas, n. e. p., gra­nito, pórfido, basalto, piedra arenisca,· etc.) Yeso en su estado natural ....... . Y eso calcinado en poi vo . . . . . . . . . . . . Piedras litográficas en bruto . . . . . . . . . . Otras piedras para usos industriales, n. e. p., (dolomita, piedra caliza y otras piedras de na­turaleza semejante que sirven para la fabrica­ción de cemento, de cal y para usos industria-les) ............ · · · · · · · · · · · · · · ·. · Asbestos y amianto en bruto, lavados o tri-turados .... - ................... . Mica, sin cortar o sin manufacturar, en lámi­nas o en bloques, en pelicula y en fragmentos; desechos de mica, · sin moler Y. molidos Feldespato, espatoflúor y criolita . . . . . . Grafito natural o plombagina . . . . . . . . Tierra de infusorios (v.gr. kieselguhr) .... Azabache, ámbar y espuma de mar, en bruto o simplemente preparados . . . . . . . . . . . . Talco en estado natural o en polvo, excepto pa-ra tocador ..................... . Tierras colorantes, estén o no calcinadas o mez­cladas entre si . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Cuarzo y otros minerales no metálicos,. en bru-to, n. e. p ...................... . Mineral de hierro y sus concentrados . . . . . . Chatarra de hierro o acero (hierro viejo, li­maduras y todos los desperdicios de hierro y acero) ................... .-.

. ~~ ... ~·~.~.. ,;.; ... · ·.,, .. ..,__,,..:..e_.:,;_, - '

U•ldatl

K.B.

K.B.

K.B.

K.B. K.B. K.B. K.B.

K.B.

K.B.

K.B. K.B. K.B. K.B.

K.B.

K.B.

K.B.

K.B. K.B.

K.B.

(1)

5rub11nts u.ifwmu a la lmpertacih

EslH!,I· Adn· ft'8 (D6. """' lalleS (Por

por Cltatl unidad) clf.)

0.03 10

0.05 10

0.(}2 10

0.05 ·10 0.02 10 0.03 10

Libre 10

0.01 10

Libre Libre

Libre 10 Libre 10 Libre 7

.Libre 10

0.40 10

0.03 10

0.02 10

0.01 10 Libre Libre

Libre Libre

-,:;.·· ~--..... -·

-·-.:-----------· ~

(11)

-~ .1¡ :~,~ . ~·

'\·~..:: 5RAVAMENES PREFERENCIALES CENTROAMERICANOS 'i~

·i¡ 5UATEMALA EL SALVADOR HONDURAS

Es111cl- Ad A• Especl· Ad ta· Espec:í- Adn·

"'º 'º'· 16rtm fl'8 (06- """' fl" (06. 16rtm lam (Por la~ (Plf lam (Plf .... clentll ,., dent1 .... ,rento

unidad) 'lf.) unidad) clf.) unidad) clf.)

.. '

.... "'!" •. • ~'L•

'

_,_ ....

NICARAGUA COSTA RICA

Esped· Ad ta· Especf. Ad A· fi" (Oá. 16rtm 11" (06. 16rem

lam (Plf lam (Plf

""' Ciento ""' ,, .... unidad) ,lf.) u•ldad) ,lf,)

,;;,,"!: ~. • ..... .=3f~-<:.::..... .... . .

s: ~

! > " o o '%j .....

~ t"

.... e.o N

"'

.;a

'

~.r. ;-·· iét *--'-.._..:___::::__;__._·--~ ~

Page 10: REPUBLICA DE NICARAGUA DIARIO OFICIAL...REPUBLICA DE NICARAGUA LAGACET DIARIO OFICIAL A~O LXV 1 Managua, D. N., Viernes 16 de Junio de 1961 SUMARIO PODER EJECUTIVO RF..LACJONES EXTERIORES

·,

· .,. ···[.»'! •. ~ 'l'~~~'lf1tlf!._1'" "'°'l1':'t'.I"~·-: •. ~.' ·~~1 ,·~~:-~·,· ~·:.:..::''!·:),'

:, . '·. ·:··~f~'.<'1) "' i .··• ·~?:~,·~~';~~~i{~~~/.

linlpe, partida • subpar· tilla de I• N~CA e

lnclst arancelario unlfoilne

291-01-02 291-01-04 291-01-09

291-09-03

291-09-11

·•.

DENOMINACION

Cuernos ...............•........• Carey .................•........ Huezos, pezuftas, ufías y productos similares, n. e. p ... · ....................... . Plumas en bruto o simplemente limpiadas, pa­ra la fabricación de colchones, almohadas y usos similares . . . .. . . . . . . . . . . . . . . . . Cerdas en bruto .o simplemente preparadas (cerdas de puercos y de ja bailes, cerdas de te· jón y otras cerdas utilizadas en la fabricación de ·cepillos) ......•.......... .' ....

292-02-03 Bálsamos naturales, n. e. p. . . . . . . . . . . . . 292-04-00 Planta.!!, semillas, flores y otras partes de plan­

tas, n. e. p., principalmente para su utilización en medicina o perfumeria (frescas o secas, en­tera5, trituradas, molidas o pulverizadas) ..

292-05-00 Semillas para sembrar, bubos, tubérculos y ri­zomas de plantas productoras de flores o fó­llajes, estacas, esquejes, árboles vivos y otras plantas .................. -· ... .

292-09-01 Extractos vegetales para usos medicinales, blando.s, secos o fluidos . . . . . . . . . . . . . .

292·09-03 Extractos soporiferos vegetales, blandos, secos o fluidos, propios para usos culinarios, para la preparación de jarabes, etc. . . . . . . . . . . . . ·

292-09-04 Extractos vegetales para la manufactura de in· secticidas, fungicidas y similares . . . .

292-09-05 Savias, jugos y extractos vegetales, n. e. p., pectina; agaragar y otros mucilagos y espe­santes naturales .. · . . . . . . . . . . . . . . . .

292-09-06 Algas marinas, kapok, crines vegetales y otras materias vegetales utilizadas principalmente para rellenar o acolchar . . . . . . . • . . . . . .

292-09-07 .· Otras materias vegetales, n. e. p. . . . . . . . .

Sección 4 Aceit~ y manteca de origen animal y vegetal 412-01-00 Aceite de linaza . . . . . ... 412-02-00 Aceite de soya . . . . . . . . . . . .

... f".1'·. " •.· .\·· .. ¡,:.' • ._,-., 1·

;.-.:.· . : ... ._4' .. • ... el r1 -... .,.,..., ~ ...........

-,_.

U al dad

K.B. K.B.

K.B.

K.B.

K.B. K.B.

K.B.

K.B.

K.B.

X.B.

K.B.

K.B.

K.B. K.B.

K.B. K.B.

(1)

6ra1ámenes u•lfermes a la hnperlaclb

ESJIUf· AllR• flco <D•- lhtm

latts (Por per r:l•t.

unidad) df.)

0.15 20 0.15 20

Libre is

1.00 10

,

Libre 10 0.45 10

Libre 20

Libre Libre

Libre 15

0.80 10

Libre Libre

0.15 10

0.10 10 0.15 10

0.03 10 0.20 10

~ .. ..,~~'!19) •... : ... ~ ': ;~t'\..:·t;·. . . ,· '.- ·! ,-..,1 1,

' . ·. . . : .. ;. ~-~~.'. . ~

'I

.(11) GRAVAMENES PREFERENCIALES CENTROAMERICANOS

llUATEMALA EL SALVADOR HONeURAS NICARAGUA

Especl- Alln· Especl· Ad VI• Esll!Dr. .. Ad ra. Especf. Adra· lle. <D•· "ttm fice <D•- Hrem fice ( • Httm flco <D•- lhem

larei (Por lalH (P .. lam (P" lares (Pn par cleat. por cleat1 .... ciente ..., d•t• unidad) clf.) unidad) clf.) unidad) clf.) Wli41ad) df.)

. _r.;.- .

~:.;~·:i· .. & / 1 .'.';~~~.\:·~·.··~, •••. ·• f>' :~~/ ~1111~ ~~,·::) .. " 'i',

. ·-- . . -· ·- . ·t \

' - '¡'-"·· ,fa_,_ ...

-~:..··'"'· •'!-;¡,

'! '~ ... ,.

. : ¡ 'lljt~ ;''<;''· ~-- .· ··1:~····~ ~1 ..• · . . <~¡~'.: . ;. ·~ '

11 ~ COSTA RICA

Especl· Alln· fice <D•· "tt"' lun (Por ..... ciente

unidad) clf.)

11

11

~ ~

~ $ o ~

~ t"

-~

ái'ttlk. .- ·rf"tairtt ue :te ~'"··'á··· ...... z-- 1•

j

Page 11: REPUBLICA DE NICARAGUA DIARIO OFICIAL...REPUBLICA DE NICARAGUA LAGACET DIARIO OFICIAL A~O LXV 1 Managua, D. N., Viernes 16 de Junio de 1961 SUMARIO PODER EJECUTIVO RF..LACJONES EXTERIORES

{ :11' . . . , .. \' ·-.... ~.-~,--:. ~~' .;y_r1JWI': .u .. ' ..

.,

GftltM, partida 1 sub par­tida de I• NAUCA o

inciso aranct.arl1 Uftifetmt

412-03-00 412-04-00 412-05-00 412-06-00 412-08-00 412-11-00 412-12-00 412-19-01 412-19-02 412-19-03 413-01-00 413-03-01 413-04-01 413-04-02 413-04-03

DENOMINACION

Aceite de semilla de algodón Aceite de mani o cacahuate Aceite de oliva ......... . Aceite de palma . . . . . . . . . . . . . . Aceite de almendras de palma Aceite de ricino o castor .. Aceite de tung . . . . . . .. . Aceite de ajonjoli o sésamo Aceite de maiz . . . . . . . . Otros aceites vegetales, n. e . p. Aceites oxidadas, soplados o cocidos Acid:> estéarico (estearina comercial) .. Espermacetil (blanco o esperma de ballena) Cera de abejas . . . . . . . . . . . . . . . . Otras ceras de origen animal o vegetal, n.e.p.

Sección 511-01-08

511-01-08-01 511-01-08-09

511-09-01

5 Prqducto8 Quimicos

511-09-01--01 511-09-01-02 511-09-01-03 511-09:01-09

511-09-29 511-09-29-01

511-09-29-09 512-05-01 512-05-02

531-01-01

,,.

Otros ácidos y anhídridos inorgánicos, n. e. p. Silice . . . . . . . . ·. . . . . . . . . . . . . . . . Los demás .. , ............. 1 ••••

Elementos, incluso los elementos gaseosos com­primidos ·o licuados (excepto los metales indus­triales, clasificados en los capitulas 67 y 68)

Oxigeno ............. . Hidrógeno ............... . Negro de humo . . . . . : .,. , . . . Los demás ............... .

-otros compuestos inorgánioos, n. e. p. Agua oxigenada (excepto la clasifica ble en la subpartida 541-09-05 . , . . . . Los demás ...................... .

Aguarrás o esencia de trementina . . . . . . . . Sulfato de trementina; aceite de madera de pi­no y otros productos análogos obtenidos de la destilación u otro tratamiento de las conüe­ras; aceite de pino y terpino! crudo . . . . . . Indigo o afiil natural o artificial en cualquier forma no :preparados para uso doméstico . , , .

\'.,. ,··

, .,.~ ... , !1"

~:~·~

U al dad

K.B. K.B . K.B. K.B. K.B. K.B. K.B. K.B. K.B. K.B. K.B. K.B. K.B. K.B. K.B.

K.B. K.B.

K.B. J<.B. K.B. K.B.

K.B. K.B. K.B.

K.B.

K.B.

-· -· , . ,.::;;;;;;@Ji :ZJC:! . - • ,, ~JH'tl1l"'lfS '·:.t' . i

(1)

Grar6mtnts u1if9rmes a la lmpartacltn

Es11ecl· fice (D6-

lares ... , unidad)

0.20 • 0.20

0.35 ' 0.20 . 0.20

0.10 0.03 0.25 0.20 0.20 0.03 0 .. 03 0.10 0.75 0.15

0.01 0.01

0.05 0.01

Libre Libre

0.20 Libre

0.10

0.05

Libre

Adra-16rtm (Pot

ciento df.)

10 10 10 10 10 10 10 10 10 10 10 10 10 10 • 10

10 10

15 15

7 10

10 12 10

10

15

. .

'.~:;~i~f }. > 1. ·. g¡fg'ill. ¡::',~~. ~·

;~··· .-~:

GUATEMALA

Especl. ftet (Dé.

lares per

unidad)

0.15 0.15

Ad va-16rem (Par

e lenta cif.)

4 4:

(11) liRAVAMENES PREFERENCIALES CENTROAMERICANOS

EL SALVADOR

Especl· ftc1 CD6-

laffS par

unidad)

0.15 0.15

Adn·

""'m (Per cien ta df.)

4 4:

• ~--

HONDURAS

Especl- Ad va-fice (D6- lbtm

lares (Par ,., ciente uwldad) clf.)

~u 4 ~u 4

.....;,p::;::..

NICARAGUA

Especí- Ad n· !Ice (D6- 16rtm

lares (Per Plf et en to

unidad) df.)

~u 4 ~~ 4

~

' ~

/

- ¡'

COSTA RICA

Especl- Adra-fiCD (0,. 16rem

lares (Per ..., cien ta unidad) clf.)

~~ 4 ~~ 4

r-

" ~ o

" > o ~

~ b ~· •W

~ H o

u o ~ H

~ ~

íl

..... ~ .....

Page 12: REPUBLICA DE NICARAGUA DIARIO OFICIAL...REPUBLICA DE NICARAGUA LAGACET DIARIO OFICIAL A~O LXV 1 Managua, D. N., Viernes 16 de Junio de 1961 SUMARIO PODER EJECUTIVO RF..LACJONES EXTERIORES

\ <1

(1)

Grawilmenes uniformes • '11 l•portu:"• '"'""· partim D subpar·

tlm de la NAUCA • laclst arance.111•

uniforme

DENOMINACION ·unlúd Especl· Ad n·

532-02-01 532-02-02 532-02-08 532-02-04 533-01-01

533-03-04 541-09-08

541-09-08-01

541-09-08-02 541-09-08-03 541-09-08-09

599-03-01 599-04-04

599-04-04-01 599-04-04-09

599-09-04

Extracto de encino Extracto de zumaque .. Acido tánico y taninos . . . . . . Extractos vegetales curtientes, n. e. p. Polvos metálicos para usar como pigmentos, excepto el oro y plata . . . . . . . . . . . . . . . . Tintes preparados para µso doméstico .. Material de curación, medicamentos y produc­tos farmacéuticos, n. e. p. . . . . . . . . . . . .

Algodón absorbente y, gasa, esterilizados (equiparado en forma progresiva, véase la Lista B) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Esparadra¡)o esterilizado . . . . . . . . . . Productos de contraste radiológico, n. e. p. Los demás ................... .

Almidones y féculas no comestibles . . . . Colas y pegamentos de todas clases excepto los preparados a base de caucho . . . . . .

Colas ... • ............. . Los demás ............... .

Alquitrán de madera . . . . . . . . . .

K.B. K.B. K.B. K.B.

K.B. K.B.

K.B. K.B. K.B. K.B.

K.B. K.B. K.B.

Sección 6 AT'ticulos nianufacturados, cT.asificados princi­palmente según el material

612-01-00 Bandas, correas ·de cuero y otros articulos de

621-01-01 621-01-02

621-01-03 621-01-03-01

621-01-03-09

cuero para maquinaria . . . . . . . . . . . . Hilos de caucho recubiertos de textiles .. Soluciones de caucho (excepto barnices o con­teniendo agentes vulcanizadores); adhesivos a base de caucho o que contengan caucho; fibras

K.B. K.B.

e hilos textiles impregnados de caucho . . . . K.B. Material para preparar llantas y cámaras . . . .

Rodaduras de caucho, reforzadas o no, pa-ra reencauchar llantas (v. gr. camel-back) K.B. Los demás (equiparado en forma progresiva, véase la Lista B ) . . . . . . . . . . . . . . . .

fice (D6. laru por

unidad)

Libre Libre Libre Libre

0.05 0.20

0.15 0.30 0.50 0.25

0.10 0.25 0.05

0.05 0.15

0.10

0.05

16rem (Por

cleato clf.)

8 8 8 8

10 15

10 10 10 10

10 10 10

10 10

12

10

~ ~ ~~~--~.·~- ~!Y ·~·•~"fltl!ia ~ .. •: ·.'~.,~ ~ .. -:;1··-1'._. .

.f, ,,

• , • .:;¡,_ ;';·_:

GUATEMALA

Especl- A~ n· flco (D6. 16rem

lares (Por ,ar cien ta

unidad) cit.)

~# "~; ~' ,,, 'itá'iirrm,,. -'--~--- ..

, ... , ..... ª

... ·~""~·\'i "·: :.·:·~:;. .:.· 1

... (11)

. '!,;/ ; .. ~f·· ~~&.~:f:)af

? . . ' ~<~< ~J:·:

GRAVAMENES PREFJ:REHl;IALES CENTROAMERICANOS

COSTA RICA ..

EL SALVADOR -' \.HONDURAS NICARAGUA

Especl· fice (Dt­

la"' por

unidad)

.. ~-

Ad,.. 16rem (Por

cleato tlf.)

.. ,,, ... ,~:.:.: ,.• 1 ,..,

...... ,, ''!-·,: ~.

-~ • -~ "'!"• .

'

•• t

Es cf · Ad n.· -tp, flc '( . •· ;. ltrem

· (Por ~ r ciento

HIA4) cit.)

·1._~'; "' ... • :-- ~ "\·~ .... ··

~

,.

Especl· flco (Dt­

lan.s par

unidad)

..

Ad wa· ltrem (Por

ciento dt.)

,/

Especl· flco (D6.

lares per

unlllad)

,•' f,";'

•(Wlf.iliMf . . ·- . \. . ' . \~

·~··~«';i'I~ ..... ------· .. ,, ....

.. :>'. ·~.~ ,,.-..... ~- '· "• ~g(#;;?""'!'[~- ~:-.· .·. · v'ncnret+

Ad wa· ltrem (Por

cl•to clf.)

- ~~'

.... t N

~ ~ @ ~ b > ~ o

~ t"

Page 13: REPUBLICA DE NICARAGUA DIARIO OFICIAL...REPUBLICA DE NICARAGUA LAGACET DIARIO OFICIAL A~O LXV 1 Managua, D. N., Viernes 16 de Junio de 1961 SUMARIO PODER EJECUTIVO RF..LACJONES EXTERIORES

,

&nipe, partida 1 subpar·

tlda de la NAUCA 1

Incisa arancelarl•

unlftrme

621-01-04

621-01-04-01 621-01-04-02

~---· -~-

621-01-04-03 *621-01-04-04 •621-01-04-09

652-01-02

652-01-02-09

661-01-01 661-01-02 661-03-00

661-03-00-01 661-03-00-09

661-09-00

661-09-00-01

661-09-00-02 661-09-00-09

;i.~:r •• ·!·r

DENOMINACION

Caucho natural y caucho vulcanizado o endu­recido, ebonita, en planchas, lá.minas, tubos de toda clase, discos, hilos, cuerdas, trozos, etc.

Tubos y mangueras, con o Si!l sus accesorios Desperdicios (viruta, residuos, polvo y otros desperdicios de caucho endurecido) . . . . . .

Hilos (excepto los i;ecubiertos de textiles) Planchas y láminas (excepto las esponjosas) Los demás .................... ..

Tejidos de algodón crudos (sin blanquear) con peso de 80 gramos o más por metro cuadrado

De má.s de 350 gramos por metro cuadrado (lona) ......... .

Cal viva y cal apagada . . . . . . . . . . . . . . Cal hidráulica . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Piedras para construcción y dar dimensión, y para monumentos, labradas (pulidas, en losas, baldosas, tejas, ladrillos, columnas, balaustra-das, umbrales y en otras formas, para cons-trucción) ................. .

Pizarras y losas de mármol . . . . . . . . . .

Los demás •· ..... .' ............ ..

Materiales de construcción, n. e. p. de asbestos, cemento, yeso, asfalto, fibras vegetales, (in­cluso virutas y serrin}, aglomeradas con ce­mento, yeso, asfalto y otras substancias mi­nerales aglutinantes; mármol granulado, aglo­merado con cemento, y otros minerales no me­tálicos, crudos, incluso sus mezclas, tal como fibrocemento en forma de ladrillos, baldosas, tejas, columnas, tubos y otras formas simi­lares para construcción • . . . . . . . • . . . . .

De fi brocemento ( asbestocemento). Equi­parado en forma progresiva, véase Lista J3)

U•ldad

K.B.

K.B.

K.B.

K.B.

K.B. K.B.

K.B. K.B.

Baldosas asfálticas . . . . . . . . . . . . . . . . K.B.

Los demás . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . K .B.

. ~' ~~;

.1

~----- -..,... ____ _ •

(1) (11)

&ravimeHS uniformes GRAVAMENES PREFERENCIALES CENTROAMERÍCANDS

a la lmportacl 6n

'Especl- Ad n-flce (D6- 16rem l~s (Par por ciente

11111dad) df.)

0.25

0.30

0.25

o.so 0.01 0.01

0.05 0.10

0.10 0.10

10

10

10

10

10 10

10 15

10 10

GUATEMALA

Especf. Ad fl· fice (Dt. 16rem

lares (P1r par cle11te

unidad) clf.)

EL SALVADOR

Especi­flu (D6-

la~s par

unidad)

Ad lll· ltrem (Par

ciento df.)

-... ; ... ~.- ;.·_ ' ,.e

HONDURAS

Especi­fico (Di.

lares par

unidad)

Adn· 16rem (Per

Cltllte clf.)

NICARAGUA

Espul­flu (Dt­

lal'eS por

unidad)

~

. -·

Ad n· 16rem (Par

ciente df.)

'

-"

COSTA RICA

Especl- Ad n.-flca (D6- 16rem

lares (Per par clt11to

unidad) clf.)

-,

..

~--~~~- • :_:- ···,.¡;;,,¡z#~•.!t•' •Cf" ~+-~•·~:

~

~ ~ b ~ .... o o '%J .... ~ t"

1-' e.o ~

----

.. , .. V~ : ~,

' '·il

,~,

i

Page 14: REPUBLICA DE NICARAGUA DIARIO OFICIAL...REPUBLICA DE NICARAGUA LAGACET DIARIO OFICIAL A~O LXV 1 Managua, D. N., Viernes 16 de Junio de 1961 SUMARIO PODER EJECUTIVO RF..LACJONES EXTERIORES

....._

, ... , ·':~~~~ r··r ;.;:lll!J'' :~~;''

:;ni · .. ·l·

. '\·.· . \. ::. '

~~ T{'f:.~r· "''~". .. ¡, ::. .. -;.:. ...

(1)

Gra1imenes unlfonnes

.. _ .. ,. •. _ J','

~~,~~·-·· . ·\. :·~.~ .. ~ ·.·~· ·'. ,\:' . ' .¡'. .·.

~-~~- :_ ~~:: ·. . ;~'::) -<: _:'.~~~ " ' ..

(11) GRAVAMENES PREFERENCIALES CENTROAMERICANOS Gntpo, partida 1 subpar­

tlda de la NAUCA 1

, Inciso aran~lario

uniforme

a~• hnPOrtacl6n GUATEMALA EL SALVADOR HONDURAS NICARAGUA

662-01·00

662-03-00

663-01·00

663-06-02

663-06-03

663-06-04

663-07·00

666-01-00

666-01-00--01 666-01-00·0!:! '

681-01-00

685-01-00

699-21--03

DENOMINACION

Ladrillos, tejas, cañerías y otros productos pa­ra construcción, de barro ordinario o de ar­cilla ordinaria cocida . . , . . . . . . . . . . . . . Ladrillos refractarios y otros materiales re­fractarios para construcción . . . . . . . . . . . . Ruedas y piedras calibradas, naturales o arti­ficiales, para moler, afilar y pulir . . . . . . . . Figuras, estatuas, macetas, floreros y articu­los similares de ornamento y adorno, de ce­mento, concreto, yeso, mármol granulado, aglo­merado con cemento, etc. . . . . . . . • . . . . • . Lana muiera! (rock-wool) y otros compuestos y substancias minerales, n. e. p., aislantes del calor y del sonido, y sus manufacturas, excep­to las para construcción . . . . . . . . . . . . . . Otras manufacturas, n. e. p., de minerales no metálicos .................... · ...• Productos refractarios (v. gr. retortas, criso­les, muflas, toberas, conexiones, soportes, tu­bos, cafterias, láminas y barras); excepto los materiales refractarios para la construcción .. Vajillas y otros articulas domésticos (incluso para hotel y restaurante) y artisticos, n. e. p., fabricados de arcilla cocida ordinaria o de ba-rro ordinario . . . • • . . . . . . . . • . . . .

Vajilla .. '· ................. · •.. Los demás ...•................

Hierro de primera fusión, en lingotes (fundi­ción en bruto o "pig iron") , hierro colado y hierro poroso (esponjoso) incluso el polvo de

U al dad

K.B.

K.B.

K.B.

K.B.

K.B.

K.B.

K.B.

K.B. KB.

Especl· Ad 11-fice (D6- 16rem

lares (Por par cteato

unidad) cit.)

0.05 15

Libre 10

0.03 10

0.50 50

0.03 10

0.50 1 10

0.05 10

0.30 10 1.00 10

hierro y acero . . . . . . . . . • . . . . . . . . . . K.B. Libre Libre • Plomo y aleaciones de plomo, en bruto, inclu-

so aleaciones de plomb para tipos dé imprenta K.B. 0.03 10 Barriles, toneles, tambores y tanques de metal, cuya capacidad no exceda de 500 litros (iclu-so botes para transporte de leche, y los aisla-dos para transporte de helados, etcétera) ...

Especl-fito (D6-

lares per

ualdad)

~ ¡' ··~,\ ~~r ·.---· .,.....,

'.,,.-...,¡,• ·t& · xf~r'b >ir< ·:::.·.:a.6.-.~L • +·:,,.•,. _.;...._ . .w.ar .. ·- ............ , ~- ..... _

Ad ta·

"'"" (Per e lenta

cit.)

Especl-flco (D6-

lares por

unidad)

·. ·,~-

Ad 11- ,. Especf. 16rem , fl~ (D6. (Por :;~ lafes

denta : JIOr ctf.) ualdad)

., ,~;:

....,..¿ ._ ••

- .... ..a:;. tt• . ..-; )#' b &kd

Adll· Especf. Ad n-16rem flco (06. 16rem (Por lares (Por

e lenta ,., cleato clf.) unidad) clf .)

., \

\ ,,~n\;. ' '11'

COSTA RICA

Especl. Ad 11· fito (D6- 16rem

lares (Por "'" cien ta unidad) clf.)

·~ .~·~

t; CA)

ti>-

~ ~ o l".l

~ s

~

"

.

~:~ "' "', ··:rt•'1 ('

_J

Page 15: REPUBLICA DE NICARAGUA DIARIO OFICIAL...REPUBLICA DE NICARAGUA LAGACET DIARIO OFICIAL A~O LXV 1 Managua, D. N., Viernes 16 de Junio de 1961 SUMARIO PODER EJECUTIVO RF..LACJONES EXTERIORES

,. ,. - ¡ ,, • 1 §f ... í . .' r ,, , , .. -~· 'T""- ..... ~ ..... - ... ;'T'f"""'W"'" -- .. --~ ' -· ~'" -........... -··:tii• ..... ,.; ............. ..,,, ·. ,., ~·- v.f'

"

J Crupe, partida 1 subpar· tl~a de la NAUCA 1

Inciso arancelario unlferme

699-21-03-01

- 699-21-03-09 699--21-05

699-22-01

DENOlllNACION

Tarros para transporte de leche, de capaci­dad no menor de 10 litros . . . . . . , . . . . • -Los demás. . . . , . . . • . . . . . . . . . . ·. · .•

Tubos de plomo, esta.iio, aluminio, etc., para envasar pomadas, ungüentos y cremas . . . . . . Cocinas (fogones) , hornos, estufas y calderas para calentar agua, y sus partes . . . .....

Sección 7 Maquinaria y material de transport~ 721-08-01 Instrumentos para medir la -corriente eléctrica,

721-19-02

•721-19-02-01 *721-19-02-02 721-19-02-09

735-09-02

735-09-02-01

735-09-02-09 735-09-03

735-09-03-01 735-09-03-09

tales como voltimetros, a.mperimetros, medi­dores de consumo, etc. . . . . . . . . . . . ... Acumuladores eléctricos, incluso sus placas y cajas . . , , . . . . . . . . . . . , . . . . . . . ..

Acumuladores . . . . . . . . . . ·. . . . , . Placas y rejillas . . . . . . . . • . . . . . . . . . Los demás . . . . . . • . , . . , . . . . , . . -.

Embarcaciones de remo, de vela y otras em­barcaciones menores, sin motor . . . . , . . . . .

Para la industria pesquera y servicios de transporte {de 250 toneladas o menos, de re-gistro bruto) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Los demás . . . . . . . . . . . . . . . . ; . . .

Otros barcos y botes, n. e. p., incluso dragas flotantes .................... .

Para deportes . . . . . . . ·. . . . . . . . . Los demás .......•........

• Becci6n 8 ArtWulos m,anufacturados diversos 821-01-02 Muebles con armazón de madera, tapizados con

cualquier material , . . . . . . . . . . . . . . . . . . 821-09-03 Muebles de bambú, de ca.iia, de junco, de mim­

bre, de plástico y de otras materias, n. e. p. 841-03-04 Ropa exterior de punto de media o de crochet o

confeccionada de punto de media o de crochet, de lana u otros pelos finos de animales, puros o mezclados . . . . . . . . . . . . . . ... . . . . . .

841-07-01 Ropa hecha y prendas de uso personal de cau­cho o de tejidos impermeabilizados . . . . . .

,/

Ualdad

K.B. K.B.

K.B.

K.B.

K.B.

K.B.

K.B. K.B.

K.B. K.B.

K.B.

K.B.

K.B.

K.B.

.¡ . .. -- -~ r: Eliibfir,;,,¡¡¡;, l!I,,,_. ·;,,;;;; .. ,¡' : ... ,,.

(1)

Gruimenes lllllftrmes a la lmpertaclh

Especf. fice <D•-

lates

"" unldall)

Libre 0.05

0.04

0.05

0.05

Libre

Libre ·Libre

Libre Libre

0.90

0.90

8.00

2.00

M,.. 16rem (PW cl•t. df.)

10 10

10

10

10

10

8 30

30 8

30

30

10

15

"

GUATEMALA

Especl- Ad'8· fice (D •• .. ,, ..

lares (Por Po• cleat.

unidad) clf.)

1 '.

' • f/L . i:.~'\J~· t';,,··, ·.,1:.: ~

(11) GRAVAMENES PREFERENCIALES CENTROAMERICANOS

EL SALVADOR HONDURAS NICARAGUA

Especl- Ad'8• Especl- Ad ta· Esped· Ad11· fice <D•- .. ... fice (Dt. 16rem fito (U- 16rem

lares (Per lares (Por larH (Ptr .,., ciente 11111' clent. Poi' ciento unidad) clf.) ualda10 clf.) unidad) clf.)

-- ·-· ·-. ·~ ... ~---.. ~,

't:-"

~~~~ - ll ~' » m) ·~ ~ ~~r ~ .. ~~7· . ::----

'¡~·.· ,.'.::

)

. ~--. ·~ .•. ._ .

COSTA RICA

Especl- Ad ta· fice <D•· 16rem

llftS (Por .,., clellt. ualdad) clf.)

' :!- • -

~ ~ @ ~ b §1 o o l%j .... ~ t"'

.... e.o ~

... ·

' ~} --~ '· ·~ - ,.

·.,t·, ';:~;;

Page 16: REPUBLICA DE NICARAGUA DIARIO OFICIAL...REPUBLICA DE NICARAGUA LAGACET DIARIO OFICIAL A~O LXV 1 Managua, D. N., Viernes 16 de Junio de 1961 SUMARIO PODER EJECUTIVO RF..LACJONES EXTERIORES

ll: \

~ . .

"'

· .• :.: •."'111 :;: .:, ;' ' r.,_.- ~·

GniPO, partida • subpar­tlda de la NAUCA •

lntlso arancelarit uniforme

DENOMINACION

851-03

• 851-03-02 851-03-02-01

851-03-02-09 861-01-07

861-09-05

863-01-00

863-01-00-01

863-01-00-02 •863-01-00-09

891-09-01

891-09-02

891-09-03

891-09-04:

892-01-01

892-02-00 892-03-00

.:: ..

•'*

Calzado de toda clase, manufacturado de ma­terias textiles, excepto el calzado para casa Otro calzado, n.e.p., hecho de materias textiles

Alpargatas y calzado similar, con suela de fibras burdas ......................... . Los demás . . ~ . . _ . . . . . . . . . . . . . . . .

Lentes graduados .de cristal, cuarzo o material plástico, sin montar, para anteojos . . . . . . . . . . Aparato.s, n. e. p., para medir, contar o contro­lar, (taximetros, aparatos contadores y medido­ll"es de gases o liquidos, COIIltadores de revolucio­nes, velocimebos, termostatos no eléctricos, válvulas de presión, niveles para calderas, ni­veles para artesanos, cintas para medir, pl<>-madas, etc.) . . . . . . . . .. . . . .. . . . . . . . . . . . _ . PeUculas cinematográficas impresionadas, es­tén o no reveladas . . . . . . . . . . . . . . . . . _

Peliculas cial.ematográficas impresionadas (filmadas) en Centro América ........ . Educacionales y cientificas . . . . . . . . . . Los denlá.s ................. .

Instrumentos de viento y sus accesorios y re-puestos .......................... . Instrumentos de percusión y sus accesorios y repuestos ........................ . Instrumentos de cuerda (excepto pianos), y sus accesorios y repuestos .. · . . . . . . . . . . . . . . Instrumentos musicales, n. e. p. y sus accE:s0-rios y repuestos (incluso las cajas de música, los pitos, silbatos y otros instrumentos de b<>-

. ca, de llamada y de seftales; metrónomos y diapasones, atriles, etc.) . . . . . . . . . . . . . . . . Libros y folletos impresos, con cualquier en­cuadernación, incluso los atlas . . . . . . . . . . Periódicos y revistas no empastados . . . . . . Música impresa, grabada en relieve o manus­crita, esté o no encuadernada . . . . . . . .

....... ,..., ... ":-~~ ~~' · .. "'''

Unidad

K.B. K.B.

K.B.

K.B.

K.B. K.B.

K.B.

K.B.

K.B.

K.B.

K.B. K.B.

K.B.

:;1

. : ~ .... --~ '. • .T• '~"!9~'11t:.'~> ' ~,' . ~- ). ·. ~-. >J~;i:--·~; .:-, . :;' .. 1_·.,

:.. (1) (11)

GrawámenH ualfttmes GRAVAMENES PRUEW,CIALES CENTROAMERICANOS

a la hn111rtac16• -GUATEMALA NICÁRAGUA EL SALVADOR HONDURAS

Especl- Ad la• Especl· Adra· Especl- Ad wa- .{_ ~;li<r.t.,. Ali n· Especf. Adra· Especl- Ad 11• fico (Dá- 16rem flco (D6. 16rem flco (D6- 1611!• ¡-'lfc11Qj.!lo 16rem flco (Dá- 16rem flco (D6. lire•

lato~ (Por larH (Ptr lal'eS · (Pllf 'f:JJtt¡ (Par lares (Pw lares (Por por cteato 11111' ciento 111• dente : 1111' ctenbl POr tiente por cl .. ta

unidad) clf.) unidad) clf.) unidad) · ·df.) 1 IP!iüll) cif.) unidad) ctf.) unidad) tlf.)

3.00 8.00

1.00

0.05

Libre Libre

Libre

Libre

Libre

Libre

Libre Libre

Libre

l.

10 10

10

15

Libre Libre

15

20

20

20

Libre Libre

Libre

~,,:

-~·:~: ~111~··

... ·..:·:· '• 1

~ ... f . • ~ ... -!~. ~~" . i ., !

~··.,

-. . .. ·-......_-....-.

'¡'-'·. '~-..... _._ .,_

,"'.;:. ·~ . ..,

' .....

..... e;.:>

~

~I ~ (') t_:rj

~ 6 > ::a ...... o o' "'.l ...... (') ......

~

flñ b rih __ --...:.~r,. •.. ___ .. __ • __ .,,, ·....<::...... •. ~--··- -~---·

••-:t

. '

-1 ··.,, .. ·

~J~~~~ ·~··.· ' ' ~ ~

--- -1

.)kl~·

Page 17: REPUBLICA DE NICARAGUA DIARIO OFICIAL...REPUBLICA DE NICARAGUA LAGACET DIARIO OFICIAL A~O LXV 1 Managua, D. N., Viernes 16 de Junio de 1961 SUMARIO PODER EJECUTIVO RF..LACJONES EXTERIORES

~-r"1 ·-~ ..,.,... ----·-..:...,·. -:- :: .. ::'.r'~·. "tf.,,. p ~:..r~ ,,,_,,..,.,....,...

...........

Grupe, partida o subpar­tida d• la NAUCA 1

indSI arance:ari• unlferm•

892-09-02

892-09-02-01 . 892-09-02-09

899-01-03

899-02-00 899-05-02

899-05-02-01

899-05-02-02

899-05-02-09 899-06-00

899-13-05

899-13-05-01 899-13-05-02 899-13-05-09

899-13-06

899-14-01 899-14-02

899-14-03 899-14-06

~.~.~>.:.· ... :t.::.: ..... ~- ,, .

L ... ~\: .,. ... - - ... ;· ...

DENOMINACION

Fotografías y copias fotostáticas n. e. p., lito­graflas, tricromlas, oleografias, cromos y gra­bados, estampas. o dibujos de cualquier tipo, excepto obras de arte . . . . . . . . . . . . . . . .

Copias fotostáticas . . . . . . . . . . . . . . . . Los demás (equiparado en forma progresi­va, véase la Lista B) . . . . . . . . . . . . . . . ;

Comprimidos, pastillas, clavos o mechas fu­mantes, para ahuyentar o ·matar insectos ... Fósforos y cerilla.S, a granel o en empaques .. Botonaduras, gemelos o mancuernillas, bro­ches, gemelos y botones a presión, de todas cla­ses de materiales, excepto metales precios~ y piedras preciosas; formas no terminadas para los mismos . . . . . . . . . . . . . . . . • ' . • . . . .

Formas no terminadas, de metales comunes o materiales ordinarios . . . . . ~· . . . . Broches y botones .a presión y corchetes de macho y hembra ............... : Los demás . . . . . . . . . . . . . . . . · . ~ ..

Articulas n. e. p. tallados en materiales de ori­gen animal, vegetal o mineral (coral, azabache, madreperla, concha nácar, colofonia, espuma de mar, ámbar, marfil, huesos, cuerno, tagua, corozo, carey, etc.) ·~ .•..........•• Cepillos µ. e. p., de materiales de toda clase, excepto alambre . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Nudos y manojos sin montar, para cepillos Cepillos para maquinaria industrial . . . . . . Los demás ..... · ................ .

Escobas y escobillas de toda clase de materia­les, excepto alambre .. ; ..........•... Articulos para tenis, excepto calzado . . . . , .. Articulos para la pesca, excepto las botas, las redes y cordeles o sedales . . . . . . . . . . . . Artículos para golf, excepto calzado . . . . Artículos para basketball, excepto calzado

- ,;

..: .. 1,:~.:...~:·l·i: .. ;,_ ..:..'Xi>'.~ '.~ .. ;'."JL .:~:.

.1:""~. ~. ·.:$·~ ·~--

~·.......-.::--- ·-t .. :~.-~-:~ . ..-:-.. ~.OP .:a---· ~- • -~- ....

(1) • (11)

Gra1imenn uniformes GRAVAMENES PREFERENCIALES CENTROAMERICANOS

Unidad

K.B.

K.B. K.B.

K.B.

K.B. K.B.

·K.B.

K.B. K.B. K.B.

K.B .. K.B.

K.B. K.B. K.B.

a la laiportaclin

Eslll!CI· Ad A· · fice <D•- lirem

lares (Per por ciente

unidad) clf.)

Libre

0.05 4.50

1.00

1.00 2.00

3.00

Libre Libre

1.00

:1..00 1.00

0.35 1.00

Libre

~ ~ .. j":~.'t.

Li!)re

10 10

10

10 20

25

10 10 20

10 10

10 10 10

GUATEMALA NICARAGUA

Especl. Ad R· fice (Dj. lirem

lares (Por por ciente

unidad) clf .)

"!'.! ...... __

..

Espécl· fice (Ol­

lares

""' unidad)

.· ;. ~·.

'i

~

. ~;·~~:::,~:éf~. --~T.~·~}~~'~

·- ·,~-.

A• WI• lfrem (Por

dente clf.)

·-

... ~"t

:r. .•

-~~:· .... -,...-, -:~ f.i:p.•·.:~

COSTA RICA

Espect. flco (06 •.

lares ..., Ulldall)

...

r ··~:

' ~=t ..

Ad H· ...... (Pot

cteni. clf.)

.. :..-·

/

··.

EL SALVADOR

Especl· flco (Dj­

llll'eS por

Ulldad)

..

- \,

....

Ad •a· "'"" (Per ciento cif.)

·/-:,

_,

~ .

HONDURAS

Especl • Ad ta· fico (Dj. lirem

lares (Por per ciento

••ldad) clf .)

.. ~

-~.

·:t~N'Vi?tr

~ ~

~ ~ ~

~ t"

~

~

···.·~·: ;~ ~. :·: •· ....

J." .. :. J

- ,;~

'.<:~ . ,'.:j

.··.~ , :i

. .~ :.;] •,;.

<j

Page 18: REPUBLICA DE NICARAGUA DIARIO OFICIAL...REPUBLICA DE NICARAGUA LAGACET DIARIO OFICIAL A~O LXV 1 Managua, D. N., Viernes 16 de Junio de 1961 SUMARIO PODER EJECUTIVO RF..LACJONES EXTERIORES

ti \

'1_ ••

......::~<

Gnipo, partida e subpar­tlda de la NAUCA

Inciso arancelario uniforme

899-14-07 899-14-08 899-14-09

•.

899-15-02 899-15-02-01 899-n>-02-09

899-99-08 899-99-12

-/

DENOMINACION

Aparatos de toda clase para gimnasia . . . . . . Articulos para boliche, excepto calzado . . . . Articulos para deportes, n. e. p. (para boxeo, badmington, polo, esgrima, hockey, etc., incluso los patines, y sables, espadas y floretes espe­ciales para esgrima), excepto calzado, annas y municiones . . . . . . . . · . . . . . . . . . . ' . . . Juegos de billar y sus accesorios y repuestos

Bolas para billar . . . . . . . . . . . . . . . , .. Los demás .. · ................... .

Peines y peinetas, de toda clase de materiales Maniquíes y otras figuras para sastre; autóma­tas y escenas animadas para vitrinas .. . . . . . \

''

Unidad •

,.,..

K.B. K.B.

K.B.

K.B. K.B. K.B.

K.B. Sección 9 A?Jimales vívos u. e. p., transacciones espe-

921-01-01 921-09-01 921-09-02 921-09-03

'

1

ciales, oro y otros valOll"es Ganado cabaHar de raza fina . . . . . . . . Abejas ..................... . A ves no destinadas a la alimentación .. Animales vivos, n. e. p., no destinados a alimentación . . . . . . . . . . ' . . . . · . . . . . .

(

' .

~~;:_ " ,

.--,.. '-.

. l ~

... ...

Cabeza K.B.

Cabeza la . . Cabeza

-~ -·=--·-....:.. ~----'- ~ ..... __ - - ~e:.~:..;.·.!; 1 · eu:+1Vc·~·-, h • .:.. .• ~-fto.A~

:~·~'..: . "\ .... }i@J_h~lfl."' -~-- -'?.~ . .._,f" '.~ .. :· --~~''.- ~.-~· :··.- .. ,:;, ~'.·

(1)

Gr.námenes unlferines a 1a lmportacl 6n

Especl· fice (06-

tares .... unidad)

Libre Libre

0.10

3.00 1.00 2.00

0.25

Libre Libre

1.00

Libre

Ad n· 16rem (Ptr

clenh clf.)

10 15

25

15 • 25 10

10

Libre Libre

10

15

t

GUATEMALA

Especf. Ad •a· flco (06. 16rem

lares (Ptr .... ciento unidad) clf.)

'

'""

(11) GRAVAMENES PREFEREllCIALES CENTROAMERICANOS

EL SALVADOR (1!1:llONDURAS NICARAGUA

Espetf· fice (06.

lares .... unidad)

j¡f-· ...... Ad n· ~E6ied.· -~ Ad ta· l6re111 · l".JDl. 16rem (Por'. •"lares (Per

ciente "°' ciento · clf.) unidad) clf .)

~.<'.'

'

"

Especf· fice <D6.

larts por

unidad)

' ,,;

\ .

Ad va. 16rem (Ptr

et ente clf.)

I'

COSTA RICA

Especf. Ad ta• flco (06- 16rem

lares (Por par ciento

unidad) clf.)

·-

'"'" ~ ~ 00

~ ~

! ~ o :=J

~

...--

. :'-...; ,f' . :¿ r>u1··

:J __ ' ' ~- if;\~:~~; '

.... ;-~--

'

--~-

"{

' ~~:

' •.i..• t . - .... ~: ........ ~ ... .. "'

~~· .•.. ··. ;_,_' 1 é&iú ·k'·¡¡i)~ t . . ' ha ... 'fr .... -·"~-'"--

Page 19: REPUBLICA DE NICARAGUA DIARIO OFICIAL...REPUBLICA DE NICARAGUA LAGACET DIARIO OFICIAL A~O LXV 1 Managua, D. N., Viernes 16 de Junio de 1961 SUMARIO PODER EJECUTIVO RF..LACJONES EXTERIORES

~T·\ -~ ,..,.. ' #U .. U 1 l'i.. J .,.,-~_..,~ 'JIDl!l"•_ . ...,.w-..:·_, ,,. T-----•

LISTA B

.. ., .... EQUIPARACION PROGRESIVA DE GRAVAMENES A LA IMPORTACION Nota general

Los Estados contratantes convienen en establecer y ·adoptar progresivamente el gravamen uniforme especificado en la columna (1). Dicho gravamen uniforme se

alcanzará al finalizar el periodo de transición que se señala-en la columna (II). Asimismo, acuerdan iniciar la equiparaclón partiendo del aforo que aparece en la

columna (III) y ajustarlo a las variaciones anuales de aumento o disminución que sean .necesarias hasta llegar al gravamen uniforme por alcanza!'. Los aforos.

aplicables durante cada uno de los aflos del periodo de transición aparecen· para cada pais en los anexos 1, 2, 3, 4 y 5 a esta Lista. En el anexo 6 figuran los

afor03 preferenciales centroamericanos', de conformidad con lo dispuesto en el Articule;> VII de este Convenio.

lirupo, partida o subpar­

tlda de la NAUCA o

Inciso arance.arl• unlforNe

DENOMINACION

Sección O Productos alimenticios

013-09-02

013-09-02-01 013-09-02-09

024-01-00 032-01-07

053-03-02 053-04>-02 055-02-01

055-02-01-01

055-02-01-09

091-02-02

Extractos, esen<:ias, sopas, caldos y jugos alimenti<:ios derivados de médula, huesos o carnes de todas clases, en forma líqui­da, sólida, en pasta o en polvo, en cual­quier envase, y otros preparados de carne, n. e. p ........... · · · ·

Sopas liquidas y caldos . . . . Los demás ........... .

Que90 y cuajada de toda clase .. Sopas y caldos de pescado, crustáceos o moluscos ............... . Jaleas y mermeladas de frutas . . . . . . J_µgos de frutas (no fermentadas) : ... Sopas de legumbres . . . . . . . . · . . . .

Preparaciones coladas y homegenizadas para la alimentación infantil, en enva-

• 863 de contenido neto no mayor de 150 gramos (equiparado en forma inme-diata, véase la Lista.A.) ......... . Los demás ................. .

Unidad

/

\ . /

K.B. K.B. K.B.

K.B. K.B. K.B.

K.B.

(1) ,

Gradmenu unlfor· Nes POr alcaazar

(lll

Perlode ~------------- de

Especl· Ad Ja· fice (D6· 16~m

lares (Por por cleote

unidad clf.)

'

0.75 10 1.00 10 0.90 15

0.75 10 0.75 10 o.ro 10

0.75 10

'

lransl· cl6n

,(Aftes)

5 -. 5

2

5 3 5

5

(111)

AFOROS INICIALES DE QUE PARTEN LOS ESTADOS CONTRATANTES

GUATEMALA

Especi. Ad •a· fice (06· lirem

lares (Por per ciento

unidad) clf.)

0.55 20 0.55 20 0.50 10

0.55 20 0.75 10 0.50 10

Q.55 20 ...

EL SALVADOR

Especl· flco (D6-

lares

"'" unidad)

0.4-0 o.45 0.36

0.35 0.40 0.25•

0.35

Ad Ja· lirem (Por

denta clf.)

10 7.5 6.0

10 8 8

10

HONDURAS

Especl • Ad 1a· fice (D6. lirem

laru. (Por 11Gr cl111to

unidad) clf.)

0.75 7 0.75 7

- 0.75 7

0.75 7 1.00 7 0.37 7

0.75 7

NICARAGUA

Especl· Ad 11· fice (D6- li~m

lal'eS (Por por cleal1

unldalj) clf.)

0.50 36 0.50 36 0.75 ~

0.32 ~ 1.00 26 0.40 26

..

0.50 26

COSTA RICA

Especl· Ad 1a· fice (D6. 16rem

lares (Por .,., ciento

unidad) clf.)

1.50 8 1.50 8 1.50 8

0.90 4 0.75 25 0.60 25

uso 8 \

~ C'l > ("') t'l

~

~ ~ o ~

~ t"'

.... 099-09-02

Substitutos de la manteca de cerdó y otras grasas comestibles similares, de origen animal o vegetal, n. e p. . . . . . . Gelatinas comesti:bles, con o sin sabor o color, en cualquier forma . . . . . . . . . .

K.B. 0.50 10 5

5

.0.25 10 0.60

0.30

10

10

0.75 7 0~5 36 0.20 10 11 ~

K.B. 1.00 10 0.50 1() 0.37 7 ~75 41 1.50 4 co

L.

,.

---·----1M·ii:.: ·:~. {

~ ~~- ~ ,. ..

~.:,. . ...-...

~ --"';..___,.......-~ t& - -..... ..,.., • é'ttt'f' ·, "ti'iir ir .:...

·l.· ...... -~-!'

.<. &J'~&- .b ~L-' wii4 • .:...ririft~·· v,.s

·~

·'j

•• \. -:; ~)o

Page 20: REPUBLICA DE NICARAGUA DIARIO OFICIAL...REPUBLICA DE NICARAGUA LAGACET DIARIO OFICIAL A~O LXV 1 Managua, D. N., Viernes 16 de Junio de 1961 SUMARIO PODER EJECUTIVO RF..LACJONES EXTERIORES

·._

'

(ti)

... ~ •, "J -:-::,~ ••

; ' ,,

(111) ,

AFOROS INICIALES DE QUE PARTEN LOS ESTADOS CONTRATANTES

-~'.?,::. 1:·.•:"

.~

GniPO, partida 1 subpar. tlda de la NAUCA 1

(1)

Gravimenes unif11-

M1S 110r alcanzar Perlldo GUATEMALA EL SALVADOR HONDURAS NICARAGUA COSTA RICA

Inciso arance:arto uniforme

099-09-03

099-09-03-01

DENOMINACION

,•

Levaduras y fermentos de toda clase, en · cualquier forma, excepto los para uso farmacéutico y las enzimas . . . .. . . . .

!Levaduras y fermentos naturales, fres-

Unidad

cos o deshidratados ._. . . . . . . . . . . K.B.

099-09-03-09

tj:

Los demás (incluso levaduras artifi-ciales y polvos para momear)' (equi­para.do en forma inmediata, véase la Lista A) ................. .

Secci6.n 1 Bebidas y tabaco

112-03-00 Cervezas y otras bebidas de cereales, fer-

~~~.~~~~ de

Especl· Ad n· traosl-nce <D•- Hn!m tl6n

lares (Per (Aftn) per ciento

unidad clf.)

0.35 10 5

Etpecl. fice (D6·

lares POr

unidad)

0.35

mentados . . . . . . . . . . . . ·. . . . . . . . K.B. ' 0.70 10 5 1.00

Seoción ! Materiales crudos, no comestibles, excep­to combustibles

.. 292-02-01 Chicle en bruto o simplemente .preparado K.B.

Sección 4 Aceites y mantecas de origen miimaz y vegetal

413-03-02 Acido oleico (oleína comercial), ácido palmitico (palmitina comercial) y otros ácidos grasos . . . . . . . . . . . . . . .. . . . K.B.

4:13-03-03 Aceites ácidos y residuos sólidos proce­dentes de la elaboración de aceites y mantecas . . . . . . . . . . . . . : . . . . . .

Seoción 5 Productos químicos

511-01-02 Acido sulfúrico .....•............ 541-09-08 Material de curación; medicamentos y

productos farmacéuticos, n. e. p. ._. . . . .

541-09-08-01 Algodón absorbente y gasa, esteriliza-dos ... .' ................... .

541-09-08-02 EsparadraPo esterilizado (equipra.do en forma inmediata, véase la Lista A).

541-09-08-03 Productos de contraste radiológico, n. e. p. (equiparados en forma inme­diata, véase la Lista A.) . . ; .

·-, ... ,--~ .. •""l . ._ .. .:..".;·'

. ,·, ~

• • ..Y.~

K.B.

K.B.

K.B. .

• 0.50

0.10

0.10

0.03

0,70

··""~·'· ···-

10 5

10 5

10 5

10 3

10 5

\

0.75

0.10

• 0.10

0.03

0.70

. ¡,,- . . -:~.t...~.:..:.....,_,, ... _., ---..J.-...._ ..... __

;r:

Ad••· 16rem (Per

cltnlo cif.)

10

10

10

10

,,. 10

10

10

'.:·-~;

;r".~~-~.i·

Especl· fice (D•­

laJos POf

unidad)

0.10

0.25

' \ \

0.10

0.09

0.025

0.02

0.20

Ad va· l6n!m (Por

ciento clf.)

6

10

10

6

4

6

6

:. ·- •:

~~.r~./-··

Especl· fico (Dt.

lares par

unidad)

0.03

1.15

0.50

O.O(i

0.05' o';

o.os

0.70

Ad 11-ltrem (Per

ciento clf.)

7

7

7

7

7

7

7

~:_. - .~

.,,,,.

... i

;.~.: ............ oillill .........

Especf. nce (D6-

lan:s ... , unidad)

0.25

0.30

0.30

.... ,.~

o.oz"'

0.10

0.01

0.10

..-.;\'

A~n· l•n!m (Per

cient• ·cif.)

21

H

16

13

16

16

16

Especl­fice <D•·

lin!S par

unidad)

0.39

0.26

0.15

0.16

0.16

0.03

o.is

Ad 1&• 16rem (Por

clat. clf.)

8

20

4

4

4

4'

4

"

... "' "" o

~

~ t

~ o

.~

'

~

-~"· ~ .,:~ .. ~ .;.~

<:-'Ir•;

~~~

Page 21: REPUBLICA DE NICARAGUA DIARIO OFICIAL...REPUBLICA DE NICARAGUA LAGACET DIARIO OFICIAL A~O LXV 1 Managua, D. N., Viernes 16 de Junio de 1961 SUMARIO PODER EJECUTIVO RF..LACJONES EXTERIORES

__... ' ...... 3 .... ~ .......... - .•• ,. ,,,,.--.;".._'llt';--~-.

--~

Cn1111. partida 1 subpar· llda de I• NAUCA a

Inciso arancelarl1

unlfo1me

541-09-08-09

599-04-03

599-09-05

Sección 6

621-01-03

621-01-03-01

621-01-03-09

631-02-00

631-02-00-01

631-02-00-09 655-09-01

655-09-01-01 .655-09-01-09

661-09-00

661-09-00-01

L

DENOMINACION Unidad

Los demás (equiparados en forma ·in-. mediata, véase la Lista A) . . . . . . . •

Gelatinas ·para uso industrial, ex.cepto las endurecidas químicamente . . . . . . . . . . K.B. Colofonia. . . . . . . . " . . . . . . . . , . . K.B.

Artículos manufacturad-Os, clasificad-Os principalmente segú•n el material ·

Material para reparar llantas y cáma-ras ....... : .............. .. r ..

Rodaduras de caucho, reforzadas o no, para reencauchar llantas (v. gr. camel­back), (equiparado en forma inmedia­ta, véase la Lista A) . . . . . . . . . . . . Los demás .. .. , . .. .. .. .. .. ..

Maderas terciadas (triplay) inoluso ma­deras cubiertas con chapa . " . . . .

Maderas en chapas sobrepuestas (ply-wood) ..••......•....... Los demás ....... .' ...... · ..

Algodón aplanchado (guata), incluso el algodón para rellenos y el algodón absor­bente no esterilizado . . . . . . . ; ..

Algodón absorbente no esterilizado .. Los demás . . .. . . . . . · . . ,. . . . . . . .

Materiales de construcción, n. e. p. de asbestos, cemento, yeso, •asfalto, fibras vegetales (incluso virutas y aserri:a) aglomeradas con cemento, yeso, asfalto to y otras substancias minerales agluti­nantes; mármol granulado aglomerado oon cemento, y otros minerales no metáli­cos, crudos, incluso sus mezclas, tal como fibrocemento en forma de aadrillos, bal­dosas, tejas, columnas, tubos y otras for­mas similares para construcción . . . .

De fibrocemento (asbestocemento) ..

·~l·

K.B.

.K.B. K.B.

K.B. K.B.

K.B.

--~~·-·-"""''/' .- ·.<"~ ;. ,. ~·""?P.""'"!111•---------¡J: --·

\~ :.:,r:~~~-.~~;-

(1)

~ Gra1Amenes unifer·

mes per •ltanzar

Especí· Ad 11· fice <D•· lhem

laH!S (POf par cleato

unidad clf.)

~10 10 ~15 ' 15

0.20 ·10

0.15 20 0.15 20

0.60 10

(11)

Peri Ido GUATEMALA • tnnsl· Especl· cl6n fice (Dj.

(Aftes) lar'H

"" ~nidatl)

5 Libre 3 0.02

2 0.20

5 0.15 5 0.15

5 0.60

Ad va· 16rem (Per

cl1111to cit.)

10 12

.10

2-0 20

10 0.60 10 • ---6:·- _ _o,60 10

20

i•

, . ._,,_ ·~-:...0..· .. ,

·: 1

' 1

(111) i ' AFOROS APLICABLES DURANTE EL PERIODO DE TRANSICION

EL SALVADOR

Especl· flco (D6-

lares POf

unidad)

0.10 -0.05

0.20

0.003 0.025

0.15 0.20

0.05

'

Ad ta· lheM (Per

ciento cit.)

6 10

10

10 10

6 10

10

HONDURAS

Especl· Ad••· fice (D6. lirem

lans (Ptr por - clent.

unidad)

0.12 0.10

cit.)

'l 7

Libre 7

Libre 97 Libre 97

'.

0.20 10 Libre 29· .

(

Libre 22

_,~;;;1;,;.;,,,.·,;r;~.-~­.~~~ ' - ..

- ._:

NICARAGUA

Especl· neo <D•-·

.. lall!S por

unidad)

0.30 0.01

-';. ~-

0.10

0.10 0.10

0.20 0.20

0.01 ·'

Ad va· 16rem (Par

dente cit.)

16 16

16

31 31

16 16

31

COSTA RICA

Especl· Ad11· fice (D6· 16re•

latts (Ptr por ciente

ualdad) cit.)

-~

0.38 20 ·0.02

0.11 4

0.15 20 0.15 20

0.18 4 0.15 4 .

0.02 4

_·-_;

~ > . . • '

__ ,~·.'5 ~- dJXW'tt · ttffláfü -'O • •

~ o

1 §

~

~ CA) ~ ~

~;.' . =--~ ... •

~

. ··t .. ·_;!··

·y,1 ·~

•..; !.·

...

Page 22: REPUBLICA DE NICARAGUA DIARIO OFICIAL...REPUBLICA DE NICARAGUA LAGACET DIARIO OFICIAL A~O LXV 1 Managua, D. N., Viernes 16 de Junio de 1961 SUMARIO PODER EJECUTIVO RF..LACJONES EXTERIORES

'<~~.¡-· -: .... :~>"·::..~.~':® .. ·~:~ ·:C-,· ;·~

. si

liNPt, partida • subJlar· tlda d~ la NAUCA 1

OENOMINACION laclso arancelari1 unlf9'mt

661-09-00-02 Baldosas asfálticas (equiparado en fbr-ma inmediata, véase la Lista A) . . . .

661-09-00-09 Los demás {equiparado en forma lnme-diata, véase la Lista A) . . . . . . . . . .

699-21-06 Cajas, botes y _otros envases análogos, n. e. p., de metales o sus aleaciones (hojala-ta, etc.) ......................

699-21-06-01 Envases desarmados . . . . . . . . . . . . . 699-21-06-09 Los demás ....................

8ecc1ón 8 Artículos manufacturadAJs diversos

~- ¡. 1:~ __. r~:

851-04-00

851-04-00-01 851-04-00-09

892-09-02

892-09-02-01

892-09-02-09 899-05-01

800-14-04

899-14-05

k~ ;, ÁM-~·~· 'f:..!:-.... , ·'l?' ..

-.L.,_,

Calzado de toda clase de caucho, incluso los chanclos o zapatones y las chinelas de caucho . . . . . . . . . . . . . . 1

• • • • • •

Botas altas ; . . . . . . . . . . . . . . . . . Los demás ....................

Fotografias y -copias fotostáticas, n.e.p.; litografías, tricomias, oleografias, ero-mos y grabados, estampas o dibujos de cualquier tipo, excepto obras de arte ..

Copias fotostáticas { equi.parado en for-ma inmedita, véase la ·Lista A) ...... Los demás .... : . ..............

Botones de toda clase, excepto de metales preciosos y piedras .preciosas; foi:mas sin terminar para botones .. .. . . . . . . . . Artículos para baseba)) y softball, excep-to calzado ...................... Articulos para football, incluso para foot-baLI americano {excepto calzado y cas-cos) .. .. . . . . . . . . . . . . . .......

;¡i:. ··,,¡.

-'" . '-..,;,...'

~ .A :·-~.Ji~ '· ,,,,. .. -- '

/-- ... ~. - ~~:.¿,.

':·!":~.~;;;: •• '•,\>¡ ,. "'.i;.:ntJ%frl%; '7- - • ~· .... ~~~:: . --~-~-

(1) HI)• ' .. (111)

11 * Graw;imenes unlfor• AFOROS INICIALES DE QUE PARTEN LOS ESTADOS CONTRATANTES mes llOI .alc<inzar Perltdo GUATEMALA EL SALVADOR HONDURAS NICARAGUA COSTA RICA

Unidad ,.. d•'-Especl·. Ad ••~: • .~nsl~ ., ~specl·, AdYI· lspecl· Ad va-

flco (bd·. 16reilt cí6n . llCD (06· 16rem fice (06- 16rem lat~ · (Por ~ños>i.. laret . (Por lares (hr PO• ciento ,'f.¿ : . : . ~or ciente Ptl ciento

unidad • clf .), ':. • ~ Ullidad) df.) unidad) df.)

~---- ,"-- .. "' ..... -. • • ... - .. ~.s .• -:_;-- t t._· ..,

K.B. 0.10 10 5 0.10 10 0.06 10 K.B. 0.20 10 5 0.20 10 0.06 10

---

K.B. 5.00 10 5 5.00 10 0.50 10 K.B. 5.00 10 5 5.00 10 3.50 10

- '

K.B. 1.20 30 5 0.60 20 0.80 6

!K.B. 0.80 20 5 0.50 10 0.60 ' 10 ' K.B. 0.20 10 2 0.20 10 0.05 10

-K.B. Libre 25 5 Libre 25 0.025 6

,,

_,. --~--.-

-. ,. -:~~~·· .)~~i~:~:'; ~ .Q.

-'"':.,

... ; ..... ~.~ f\= •

......·'-'··~. ~

---""- ... _...:-..t...!.:;.·~-- A&" •• ::....-· - .-- ............ .:"..-·'- ..- .. - ~

Es11tcl· fiCD (06.

lares Ptr

unidad)

0.05 0.05

'

1.75 1.75

' '

1.00

0.50

-0.50

0.50

-

A•n· Especf. Ad 11· Especl· 16re111 flco (06- ~6rem fice (D6. (Por lares (Por lares

CIMto per cl1ato Ptr cit.) unlllad) clf.) unidad)

::.

7 0.10 16 Libre 7 0.10 16 0.23

7 0.80 31 0.75 7 0.80 31 5.00 .

~

~

7 1.40 16 2.25

7 0.70 31 1.50.

7 0.20 16 0.09

7 .0.20 16 1.50

'

·~......;. ~

.

·~.

~'·':fl1· .. -y

Ad n.· 16rem (Por

ctenlll clf.)

10 ~. 4 º• ~

l:'j

~ 1

10 o 10 ~ s

15

~

~ 10

4

r 4

1

-.

l f:

Page 23: REPUBLICA DE NICARAGUA DIARIO OFICIAL...REPUBLICA DE NICARAGUA LAGACET DIARIO OFICIAL A~O LXV 1 Managua, D. N., Viernes 16 de Junio de 1961 SUMARIO PODER EJECUTIVO RF..LACJONES EXTERIORES

J •. ...........-··-":·r. ~ -.----~~ ---7

l. <~iti~:·~ o·w

..,.

~

..-/

"{' ·~~:

\ ~

Anexo 1 de Ja Lista B

Nota general

La República de Guatemala, con el fin de modificar el aforo inicial indicado en la (columna III de la Lista B) y llegar al gravamen uniforme acordado (co­lwnna I de la Lista B) en el periodo de transición establecido (columna II de la Lista B) convieiie en aplicar, en cada uno de los años de transición, los aforos que en este· anexo se indican.

Srupe, 111rthla • sub111r· tlda de la NAUCA t

lnclse 1rancelarl1 unlf1nne

DENOMINACION Unidad

Beicción O Productos alimenticios 013-09-02 Extractos, esencias, sopas, caldos y jugos ali­

menticios derivados de médula, huesos o car­nes de toda.s clases, en forma liquida, sólida, en pasta o en polvo, en cualquier envase, y otros

013-09-02-01 013-09-02-09

024-01-00 032-01-07

053-03-02 053-04-02 055-02-01

055-02-01-01

055-02-01-09

091-02-02 /

099-09-02

099-09-03

099-09-03-01

preparados de carne, n. e. p. . . . . . . . . Sopas liquidas y caldos . • . . . . . . . . Los demás . . . . . . . . . . .'; . . . .

Queso y cuajada de toda clase . . . . . . Sopas y caldos ae pescado, crustáceos o mo-luscos ................. . Jaleas y mermeladas de frutas ......... . Jugos de frutas (no fermentados) ....... . Sopas de legumbres . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Preparaciones coladas y homogeneizadas pa­ra la alimentación infantil, en envases de contenido neto no mayor de 150 gramos equiparado en forma inmediata, véase la Lis-ta A) ......... , . , . , .......... . Los demás ................... .

Sustitutos de la manteca de cerdo y otras gra­sas comestibles similares, de origen animal o

K.B. K.B. K.B.

K.B. K.B. K.B.

K.B.

vegetal, n. e. p. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . K.B. Gelatinas comestibles, con o sin sabor o color, en cualquier forma . . . . . . . . . . . . . .. . . . . K.B. Levaduras y fermentos de toda clase, en cual-quier forma, excepto los para uso farmacéu-tico y las enzimas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Levaduras y fermentos naturales, frescos o deshidratados . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . K.B.

'· . f

AFOROS APLICABLES DURANTE EL PERIODO DE TRANSICION

PRIMER ANO SEGUNDO AllO

Especlflc1 (06111'115

par unido)

0.55 0.55 0.50

0.55 0.75 0.50

0.55

0.25

0.50

0.35

All nl6rem (P1rcleata

clf.)

20 20 10

20 10 10

20

\

'

Especfflc1 (D 61ares

par unidad)

0.62 0.65 0.70

0.62 -0.75

0.50

0.62

10 0.30

10 0.60

10 0.35

Ad valtrem (Porclent.

clf.)

15 20 15

15 10 10

15

10

10

10

TERCER AllO

Especlfl .. (D61ares

par unidad)

0.70 0.75 0.70

0.70 0.75 0.50

0.70

0.35 ¡

0.70

0.35

Ad val6rem

(P11cleah clf.)

10 20 15

10 10 10

10

10

10

10

- "'Ji~ _;·;~•t:.~ •:f;: -~'.~:,~: .. : ·-'

_.._ ·~

CUARTO AllO

Especifico (D61ares

Pll unldl,d)

0.72 0.85 0.70

0.72 0.75 0.50

0.72

0.40

0.80

0._35

:~;~

All nltre111 (Perclento

clf.)

10 15 15

10 10 10

10

10

~10

10

QUINTO AllO

Especlflce (D61ares

'""' unidad)

,,.

0.74 o.oo· 0.70

0.74 0.75 0.50

0.74

0.45

0.90

Ot

...

Ad wal6rem

(Porcleat1 clf.)

10 10 15

10 10 10

10

10

10

S&'O

t" >

~ Q ~ b > ~

~ t"

¡...¿ w .. w

;.r--""~ -

Page 24: REPUBLICA DE NICARAGUA DIARIO OFICIAL...REPUBLICA DE NICARAGUA LAGACET DIARIO OFICIAL A~O LXV 1 Managua, D. N., Viernes 16 de Junio de 1961 SUMARIO PODER EJECUTIVO RF..LACJONES EXTERIORES

"• •,

.-,

• ··~· ,.¡·~·

·.::";;.:::!:

Grupo, partida o subpar. tlda de la NAUCA o

lnclse anncelarle unlferme

099-09-03-09

DENOMIN.~CION

Los demás (incluso ievaduras artificiales y polvos para hornear), (equiparado en for-ma inmediata, véase la Lista A) . . . . . . . .

Sección 1 Bebida8 y tabaco . 112-03-00 Cervezas y otras hedidas de cereales, fermen-

tados ......•..... · •. · ............ 8ecci6ri S Materiales· cntdo8, no comestibles, excepto

combustibles . 292-02-01 Chicle en bruto o simplemente preparado . . . .

Sección 4 Aceites y mantecas de origen animal y ,vegetal 413-03-02 Acido oleico ( oleina comercial) , ácido palmi-

tiQO (palmitina.comereial) y otros ácidos grasos 413-03-03 Aceites ácidos y residuos sólidos procedentes

de la elaboración de aceites y 1J18.Dtecas . . . . Sección 5 Productios químicos

511-01-02 Acido sulfúrico . . . . . . · . . . ~ . ·: ·. . . e; • • • , 541-09-08 Material de curación, medica~ntos y produc-

tos farmacéuticos, n. e. p. : ~ . . . . - . . . . .. . . . 5tl-09-08-01 Algodón absorbente y gasa, esterilizados .. 541-09-08-02 Esparadrapo esterilizado (equiparado en for-

ma inmediata, véase la Lista A) . : .... · .. 541-09-08-03 Productos de contraste radiológico, n .. e. p.

equiparados de inmediato, véase la Lista A) 541-09-08-09 Los demás (equiparados en forma inmediata,

véase la Liáta A) . . . . . . . . . . . . . . . . 599-04-03 Gelatinas para usos industriales, excepto las

endureddá.s quimicamente . . . . . . . . • . . . , . 599-09-05 Colofonia .. . . . . . . .. . . . . .. . . . . . .

Sección 6 Artfculos manufacturados, clasificados princi-palment~' según el material

621-01-03 ' Material para reparar llantas y cámaras . . . • 621-01-03-01 .Rodaduras de caucho, reforzadas a no, para

reencauchar llantas (.v. gr; camel-back), <(equiparado en forma inmediata, véase la Lista A) .... ................. .-

,t ... --

...aliliili .• . --..

· ..... , ./' , ~-:~-{~~~~ ·-' ·.· . ,

.. • •

AFOROS APLICABLES DURANTE EL PERIODO DE TRANSICION

PRIMER AliO SEGUNDO ARO. TERCER AAO Unidad

K.B.

'

K.B.

K.B.

K.B.

K.B.

K.B.

K.B. K.B.

Especifico (Dfü.iiqs

por unidad)·

-

1.00

0.75

0.10

0.10

0.03

0.70

·-. .,

'

Libre 0.02

.:/.···· .-..

. , . .

·"'

Ad oal6rem (Porclento

cif.)

"'

10

10

-10

10

10

lQ

,. . \ -

10 12

i

Especifico (061am ,., unidad)

·. 0.94

0.70

0.10

0.10

0.03

0.70

. . 0.02 0.03

.. '

. . . . . . ' '.. . . \¡;': ·: . ~~· ' ·;~ . . ---.~-~c...~ ___ .... -. ....... _ ............... _ ....

.• -..f-i'i-a··~· i~ · , ;• Í k _.-.¡¿g:\m~ "ri

Ad tal6rem (Porclento

df.)

¡ .

10 -

10

10

10

10

10

lÓ 13

.

; .. ~--•

Especfllce (D61ares ... , unidad)

.. l. 1 ... -.-

0.88

0.65

. 0.10

0.10

0.03

0.70

, ., 0.04 0.05 .

k ••

!

.. .·:: J'

Ad oal6re111

(Perciento clf.)

10

-10

10

10

10

10

·,

10 15

..

___ _.___...,. __ .

' ,.\_:

......s ••

..

< • - ;,, ... '"'ifS leí· btr#·:':-~-··· ·

CUARTO ARO

Especlflce (D61ates

par • unidad)

0.82

0.60

0.10

0.10

0.03

0.70

Ad walírem (Porclenl1

ctt:)

10

. 10

'

10

10

.10

10

·:.·.· .. ~ 1

~ ..... ~- .. ...- .

.. 0.06 • .10 O.OG 15

'' ' · .. '\ .. .... .:: ..

.. ': .. ': . .

\

. .. ;.

QUINTO A!IO

Especlflce (D61ares

por unidad)

0.76

0.55

0.10

0.10

:··0.03

0.70

0.08 0.05

-- ~ .....

\

Ad oal6rem

(Porcltt1t1 clf.)

• .

10

10

10

10

10

10

-,.

10 15

k ··-- ··:'its"{ e;·.('··• n ...

:lof"·--.;..

~ n.)~ .:;-.o·

¡....

ff ""'

~ o >

~ 6 ~ ..... o o '%j ..... . o ¡; t"'

11 1

~ .·. ~ .• -,j

7~ .. ; ;~;.~

J. ..

~ .

Page 25: REPUBLICA DE NICARAGUA DIARIO OFICIAL...REPUBLICA DE NICARAGUA LAGACET DIARIO OFICIAL A~O LXV 1 Managua, D. N., Viernes 16 de Junio de 1961 SUMARIO PODER EJECUTIVO RF..LACJONES EXTERIORES

·.'i- :~ me a :·.:. ·~··; --------- .,·--; --·\ """""ft'!""-~--:-~-·-r "::----,,.~~;¡ .: .. ~-~---:

lirupo, partida t subpar· tlda de 11 NAUCA t

Inciso arancelari• unifarm•

621-01-03-09 631-02-00

631-02-00-01 63:r-02-()().09

655-09-01

655-09-01-01 655-09-01-09

661-09-00

661-09-00-01 661·09-00-02

661·09-00-09

699-21:06

699-21-06-01 699-21-06-09

DENOMINACION

Los denlás ... , ............... . Maderas tereiadas (triplay), induso maderas cubiertas de chrupa . . . . . . . . . . . . . . . ...

Maderas en chap8.9 sobrepuestas (pywood) · Los demás ....... .- ........... ,

Algodón aplanchado (guata) , incluso el algo­dón para rellenos y el algodón ab.sorbente no esterilizado . . . . . . . . .,. . . . . . . . . . : ..

Algodón absorbente, no esterilizado . . . . . • Los demás .............. · ..... .

Materiales de conStrucción,. n. e. p., de. asbes­to, cemento, yeso, asfalto, fibras vegetales (in­cluso virutas y asen1n), aglomeradas con ce­mento, yeso, asfalto y otras substancias mine­rales aglutinantes; nlárna.ol granulado, aglome­rado con cementos y otros minerales no metá­licos, ·crudos, incluso sus mezclas, tal como fi­brocemento, en formas de ladrillos, baldosas, tejas, columnas, tubos y otras formas simila­res para construcción . . . . . . . . . . . . . . . .

De fibrocemento (asbestocemento) ..... . Baldosa asfálticas (equiparado en ·forma in­mediata, véase la Lista A) . . . . . . . . . . . . Los demás (equiparado· en forma inmediata, véase la ~ista A) . . . . , . . . . . . . . . . . . .

Cajas, botes y otros envases análogos, n. e. p., de ·metales o sus aleaciones (hojalata, etc.) . ,.

Envases desarmados ....... . Los demás ................. .

·· Sección 8 Artfculos' manufacturados diversos 851-04-00 Calzado de toda: clase de caucho, incluso los

851-Ó4-00-01 851-04-00-09 •.

892-09-02

ohariclos o zapatones y las chinelas de caucho Botas altas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

"Los demás ...... · ................. . Fotografias y copias fotostáticas, n. e. p., lito­grafias, tricrornias, oleografias, cromos y gra­bados, -estampas o dibujos de cualquier tipo. excepto obras de arte : ; . . . . . '. . . . . • . • •

.· !-., .

~ ¡-:

, :,¡ ..

::.-f :~·-

dU -·

•J'." _ .... _.u~-. .:--

1,..

AFOROS APLICABLES DURANTE EL PERIODO DE TRANSICION

PRIMER AliO SEGUNDO AAO TERCER AllO CUARTO AllO QUINTO Alio·

U•ldad. ' • Especifico Ad Especifico Ad Especfflct Ad Especiflc• · Ad Especifico Ali (Dil.,_ nl6rem (D6l1res nlírem (Dilares nlórem (Dólares waUrem (Pilares nlórem

per (Perclent1 per · (Parcluto pu (P11cleato P•ll (Perclentl por (Porclentt unidad) clf.) 11nldad) df.) u.ldad) clf.) unidad) clf.) unidad) clf.)

K.B. 0.20

K.B. 0.15 K.B. 0.15

K.B. 0.60 K.B. 0.60

.--~ :."".'".-~.

K.B. 0.10

K.B. ' . 0.10 K.B. 0.20

10

10 10

10 10

20

10 10

K.B. K.B.

5.00 10 5.00 10

~&_,;·.~jteia&ti't'c

0.20

0.15 0.15

.....

0.60 0.60

0.08

. "·

0.10 0.20

5.00 .. 5".00

10

10 10

• 10 10

. ~ ( -- \ :---·.

: .:· --

16

10 10

10 10

··"'"·

0.20

0.15 0.15

' 0.60 0.60

0.06

0.10 0.20

5.00 5.00

., 10

10 10

10 10

12

10· 10

10 10

·, ···¡¡¡;--.-e~"' . ~·t¡.i~,,, ~ \J.~,i 4;~--,

- .,,, .. ., ,\::.

..,._.;:, .. ... - !... . ·-···

.~, '..•e:::- Cb .:A:¡g,..,_··-riC r ··- _. _

0.20

0.15 0.15

0.60 0.60

0.06

0.10 0.20

5.00 5.00

10

10 10

10 10

12

10 10

10 10

:.,;;,;

0.20

0.15 0.15

.....

0.60 0.60

'I

0.06,

~l ; ...

0.10 0.20

5.00 5.00

,-;·;?\-w;,.;f #Péwa

10

10 10

10 . 10

12

10 10

10 10

~ o ~ ~

~ s

~

..... ~ Cll

~.-~ 1 ,. •••• J! . ~'JI

:<".I . :-·>~

,1

'

.i

Page 26: REPUBLICA DE NICARAGUA DIARIO OFICIAL...REPUBLICA DE NICARAGUA LAGACET DIARIO OFICIAL A~O LXV 1 Managua, D. N., Viernes 16 de Junio de 1961 SUMARIO PODER EJECUTIVO RF..LACJONES EXTERIORES

>,

' lirupe, partida 1 subpar­tlda de la NAUCA 1

l•clst 1rancelart1 unlf1rme

892-09-02-01

892-09-02-09 899-05·01

899-14-04 899-14-05

'

_, ~ .'ftt· "#'":Tl"~·"J .... _. .......... ··'·

-\

, DENOMINACION

Copias fotostáticas (equiparado en forma in· mediata, véase la Lista A) . . . . . . . . . . Los demás . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ; ..

Botones de todas clases, excepto de metales pre~ ciosos y pidras preciosas; formas sin terminar para botones . . . . . . . . . ·. . . . . . . . . . . . . Articulos ¡para baseball y softball . . . . . . . . Artfculos para football, incluso para football americano (excepto calzado y cascos) . . . . . .

)

,/

• PRIMER AllO Unidad

Especifico Ad (D61&1'11S n"rem .,., (Porclente unidad) cif.)

' K.B. 0.60 20

K.B. 0.50 10 K.B. 0.20 10

K.B. Libre 25

Anexo 2 de la Lista B

Nota general

~~·):#. PI•

~~ '. .· ·"ii ~-!'_.t

i t~?z.:t .· ~r ·• ,,,._ ·- ~ ... ~ra. . . ~-. -

AFOROS APLICABLES D11RA-~TE El ºPERIODO DE TRANSICION

SEGUNDO AllO •-. •;". TERCER AAO : "'• ...

CUARTO AllO

Especlflce Ad Especifice Ad Especiflct Ad 1 (Dflans .... ,. .. (D61ans nl6nm (D61ans 'ª"nm ,., (Ptrcloto ... , (Porclento "'' (Porclento unidad) df.) unidad) cH.) unidlUI) clf ,)

' • 0.72 22 0.84 24 0.00 26

0.56 12 0.62 14 0.68 16 0.20 10 0.20 10 0.20 10

'Libre 25 Libre 25 Libre 25

QUINTO AllO

Especlflct All (D61ares .... rem .,., (P1rclenlo unidad) cif.)

~

1.08 28.

0.74 18 0.20 10

Libre 25

La República de El Salvador, con el fin de hiodüicar el aforo iniciad indica.do en la columna (Ill:). de la Lista B y llegar al gravamen uniforme acordado (columna I de la lista B) en el periodo de transición establecido (columna II en la Lista B) conviene en aplicar en cada uno de Jos años del periodo de transición, los aforos que en este anexo se i™1ican.

lirupe, partida 1 subpar· tida de la NAUCA 1

inclse arancelart1 unlftrme

DENOMINACION

86CCMn O Productos alimenticios 013-09-02 Extractos, esencias~ sopas, caldos y jugos ali-

menticios dertvados de médula, huesos o car-nes de todas clases, en forma llquida, sólida,

013-09-02-01

en p~ta o en polvo, en cualquier envase, y otros preparados de carne, n. e. p. . . . . . . . .

Sopas liquid~ y caldos . . . . . . . . . . . . . .· 013-09-02-09 Los demás ......................

*024-01-00 Queso y cuajada de toda clase . . . . . . . . . . 032-01-07 Sopas y caldos de pescado, crustáceos o mo-

luscos .........•......... , .......

Unidad

K.B. K.B. K.B. K.B.

K.B.

PRIMER AllO

Es11ttlflct Ad (D61ans .... ,. .. "' (Pon:lent1

unidad) df.)

0.40 10 0.40 10 0.45 7.5 0.36 6.0

0.35 10

AFOROS APLICABLES DURANTE EL PERIODO DE TRANSICION

SEGUND8 AllO TERCER AfilO CUARTO AllO QUINTO AllO

Especifico Ad EsPtClfict Ad Especifico Ad Especlfl(I Ad (D61ans 11l6rem (D61ans llll6mi! (D61ans 1116nm (D61ates 11Hrem ... , (P1n:iote ... , (Porcienlo por (Pon:lento ,., (P1n:lente unidad) df.) ualllad) cH.) uaidad) df.) unidad) clf.)

0.47 10 0.54 10 0.61 10 0.68 10 0.47 10 0.54 10 0.61 10 0.68 10 0.56 8 0.67 8.5 0.78 9 0.89 •9,5 0.47 7 ; 0.58 8 0.69 9 0.80 10

-~

0.45 10 0.50 10 0.60 10 0.70 10

~.( " .. .,,.

\,

.\ ____ - ... -- . ---;- :, t 'r~·-- ,'.:

-" ,.;"'\.:,-l..

~,. .. ;;:-.-4'!fi»·<¿4 .... - ~

¡..¿

"' "" Q>

~ ~

~ . ª o ~

~

)'

---~

' ;!·

. .l 'I .. ,)

.··-~

Page 27: REPUBLICA DE NICARAGUA DIARIO OFICIAL...REPUBLICA DE NICARAGUA LAGACET DIARIO OFICIAL A~O LXV 1 Managua, D. N., Viernes 16 de Junio de 1961 SUMARIO PODER EJECUTIVO RF..LACJONES EXTERIORES

-:r '

GftlPO, partida 1 subpar· tlda de la NAUCA o DENOMINACION Unidad

Inciso arancelarlo unlfotme .

053-03-02 Jaleas y mermeladas de frutas .... .. .... K.B. 053-04-02 Jugos de frutas (no fermentados) ........ K.B. 055-02-01 Sopas de legumbres . . . . . . . . . . . . . . . . . .

055-02-01-01 Preparaciones coladas y homogeneizadas pa-ra la alimentación infantil, en envases de con-tenido neto no mayor de 150 gramos ( equi-parado en forma inmediata, véase la Lista A)

055-02-01-09 Los demás ................ ...... K.B. 091-02-02 Substitutos de la manteca de cerdo y otras

grasas comestibles similares, de origen ani-mal o vegetal, n. e. p. . . . . . . . . . . . . . . . . K.B.

099-09-02 Gelatinas comestibles, con o sin sabor o color, en cualquier forma . . . . . . . . . . . . . . . . . . K.B.

099-09-03 Levaduras y fermentos de toda clase, en cual-quier forma, excepto los para uso faimacéu-tico y las enzimas . . . . . . . . . . . . . . . . . .

099-09-03-01 Levaduras y fermentos naturales, frescos o deshidratados . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . K.B.

099-09-03-09 Los demás (incluso levaduras artificiales y polvos· para hornear), (equiparado en forma inmediata., véase la Lista A) . . • . . . . . . .

Sección 1 Bebidas y tabaco

112-03-00 Cervezas y otras hedidas de cereales, fermen-tados ...... .......... . . . . . . . . . . K.B.

Sección s Materiales 'crudos, no comestibles, excepto com-bustibles

292-02-01 Chicle en bruto o simplemente preparado • • • . K.B.

' Sección .+ Aceites y mantecas de origen animal y vegetal 413-03-02 Acido oleico (oleina comercial), ácido palmitico

palmitina comercial) y otros ácidos grasos .• K.B.

413-03-03 Aceites ácidos y residuos sólidos procedentes de la· elaboración de aceites y mantecas . . . . K.B.

Seccl6n 5 Productos químicos

511-01-02 Acido sulfúrico .. - K.B. ................... 541-09-08 Material de curación, medieamentos y produc-

tos farmacéuticGS, n. e. p . .. .. .. .. .. .. .. -

"-.· ¡.

.. __ ,_..., ..........

..,,. ·~~~;~< .•. JW -=- . ............ ....... ·- ... ,-.-~-- ,

'

PRIMER .Ali!O 1

ESPKffiu Ad (D61aies lllbt111 ... , (,.rclento unidad) cif.)

0.40 8 0.25 8

0.35 10

0.60 10

0.30 10

0.10 6

0.25 10

0.10 10

0.09 6

0.025 4

0.02 6

-·-. .Al!"'.°

.....,...-.:r,· .•.

AFOROS APLICf\.BLES DURANTE EL PERIODO DE TRANSICION

SEGUNDO AllO TERCER AfiiO CUARTO AllO QUINTO AllO

Especifica Ad Especifico Ad Especifico Ad Especffico Ad (D61am tal6rem (Dí lares nl6rem (D61ares nl6rem (D61ares walírem .... (Porcltnto por (Porcltnto "' .(Porclento por (Porclent1 unidad) clf.) unidad) clf.) unidad) ctf.) unidad) clf.)

0.50 • 8 0.55 9 0.60 9.5 070 9.6 0.30 8.4 0.35 8.8 0.40 9.2 0.45 9.6

0.43 10 0.51 10 0.59 10 0.67 10

0.58 10 0.56 10 0.54 10 0.52 10

0.44 10 0.58 10 0.72 10 0.86 10

0.15 '6.8 0.20 7.6 0.25 8.4 0.30 9.2

0.34 1-0 0.43 10 0.52 10 0.61 10

0.18 10 0.26 10 0.34 10 0.42 10

0.08 7.8 0.07 9.6 0.06 11.4 0.05 13

0.03 6 o.o.s.i· ::-..--:_8.5 0.04 10.5 0.045 13

0.025 e{(;•°TJ·~~<, \{).025 8.4 0.03 9.2 ~

! b..:. - ~~\. ,

·,~.- ::·.:.-·, ........ ... yr .......... _ ...... ~··· -\'·/~:. ··::~· /

'¡~·. ,.\_;:

, ...;;,:..,;. ... 1 t. .;.,.

, ...

11 1 ._21

~

~ >i

t ~ s o

~

11 ~ 11 ~

Page 28: REPUBLICA DE NICARAGUA DIARIO OFICIAL...REPUBLICA DE NICARAGUA LAGACET DIARIO OFICIAL A~O LXV 1 Managua, D. N., Viernes 16 de Junio de 1961 SUMARIO PODER EJECUTIVO RF..LACJONES EXTERIORES

... .. ... _ .... -~

. -·?·

-·~"

'·, ~ liini,., 1111rtlda • wb1111r·

llda 111 la NAUCA 1 ''! lnclst arancel1rl1 DENOllllNACION

unlf1111!1

541-09-08-01 Algodón absorbente y gasa, esterilizados 541-09-08-02 Esparadrapo esteriliza.do (equiparado en for­

ma inmediata, véase la Lista A) . . . . . . . . 541-09-08-03 Productos de contraste radiológico, n. e. p.

(equiparados de inmediato, véase la Lista A) 541-09-08-09 Los demás (equiparados en fonna inmediata,

véa.se la Lista A) . . . . . . . • • . . . . ...

Unidad

K.B.

599-04-03 Gelatinas para usos industriales, 'excepto las endurecidas qufmicamente . . • . . . . . . . . . K.B.

599-09-05 Colofonia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . -:- . K.B. Sección 6 Artfculoa manu/acturado8, cla8i/icado8 princt­

paltnente 8egún el material 621-01-03 Material para. reparar llantas y cámaras ....

621-01-03-01 Rodaduras de caucho, reforzadas o no, ·pa-ra reencauchar llantas (v. gr. camel-back),

. (equiparado en forma inmediata, váase la ~·\ Lista A) . . . . . . . . . . . • . . . . . . • • · .• 621-01-03-09 :.¡; Los demás . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

631-02-00 • • Maderas terciadas (triplay), incluso maderas cubi&rtas de chapa . . . . . . . . . . . . . . . . . . 631·02-00-01 Maderas en chapas sobrepuestas (plywood)

~ , 631-02-00-09 Los demás . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . · · 655-09-01 Algodón aplanchado (guata), incluso el algo­dón para rellenos y el algodón absorbente no esteriliza.do . . . . · . . . . . . . . . . . . . . . . • . . .

655-09-01·01 Algodón absorbente, no esterilizado ..... . 65:S-09-01-09 Los detnás. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

661-09-00 Materiales de construcción, n.e.p., de asbestos, cemento, yeso, asfalto, fibras vegetales (inclu-so virutas y serrín) aglomeradas con cemento, yeso, asfalto y otras substancias minerales aglu­tinantes; mármol granulado,· aglomerad() con cemento y otros minerales no metá.11.oos, crudos, incluso sus mezclas, tal como fibrocemento, en forma de ladrillos, baldosas, tejas, columnas, tu-bos y otras formas similares para construcción.

K.B.

K.B. K.~.

K.B. K.B.

661-09-00·01 De fibrocemento (asbestocemento) . . . . . . K.B. 661-09-00-02 Baldosas asfá.Iticas (equipara.do en lforma in--· mediata, véase 18. Lista A) .....•

~~·-;~~¡:.:,' . .• :.J._.._. ........

--~~· , ~~.

~:>·

'fr • . . :·u : '. ·~ : :~·-·

~- ;,¡.r.4" ,, ... ,'{.

PRIMER Aillll

Especlflce (D61a,._

"" unidad)

0.20

0.10 0.05

0.20

0.003 0.0.25

0.15 0.20

0.05

Ad · ral6rem (PIRIMto

clf.)

6

6 10

,·. -·

-10

10 10

6 10

10

-:. )\ _;.

~~;·.:' t{§& h±t :~·~.... .... t dth<d .. l"~ñ?1•&4·7t $

.. ~\·-~~:.-'-

.... -.... ~ ... .,7'.~~: .. , .... Íf

/ r· ... ' .·:·;. •i.' \,;_

/l /

AfOROS APLICABLES DURA ..

"'·

SEGUNDO AAO ':. '· CUARTO AAO QUINTO AAO

Es.-clflc• (D6111ts .. , unidad)

0.30

0.10 0.05

0'.20

0.03 0.05

0.24 0.28

0.05

All 'EspÍclflu · t{i- Ad ral6rem (D 6.la~t¡S (l '- waUrem (Porcle11te par • (Perclento

'

df.)

6.8

6.8 11

10

12 12

6.8 lO

!

10

u1ldad) clf.)

0.40 7.6

0.10 7.6 o.05 12

0.20 10

0.06 14 0.08 14

·0.33 7.6 0.36 10

....

0.05 10

Eslleclflco (D611res ... , unidad)

0.50

0.10 0.05

0.20

0.09 0.11

0.42 0.44

0.05

Ad val he• (Perclente

clf.)

8.4

8.4 13

10

16 16

8.4 10

10

Es11KlllCO (D6111t1

"' ••ldad)

0.60

0.10 0.05

0.20

0.12 0.13

0.51 0.52

0.05

,J!J.; ...... • , .

t«~·,~-,,;iJ/11:,Á!/J;' ;;.~,-d •. V ·

'· j-, ~·r . .,.

"J~·'j--·~;- .. ~ .. ~ ."')1,.

'&",,,".•. f"fflffJf .... ~

'r~·. 3::

........ ~ .. ~ te... -... ~-.~.

All ralirem

<P1rcleat1 clf.)

9.2

9.2 14

10

18 18

9.2 10

10

. ....

.... ~

~ ¡;)

~ ~ 1 l

~ .. ,

s §

~ 1

..~

'"

l . .;:¡

~ ---- ·---··

Page 29: REPUBLICA DE NICARAGUA DIARIO OFICIAL...REPUBLICA DE NICARAGUA LAGACET DIARIO OFICIAL A~O LXV 1 Managua, D. N., Viernes 16 de Junio de 1961 SUMARIO PODER EJECUTIVO RF..LACJONES EXTERIORES

.. r ~-~;.· .. ·

... ..-J't"""IF 4LJlllliR • . . ~""' ~-;.;;a~T~i~~···· -·~ . ...-

Gn111t1, partida o subpar­t!da de la NAUCA o

tnclso aranc•iarl• • unlhlrm•

661-09-00-09

699-21-06

699-21-06-01 699-21-06-09

DENOMINACION

Los demás (equiparado en forma inmediata, véase la Lista A) . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Cajas, botes y otros envases análogos, n.e.p. de metales o sus aleaciones (hojalata, etc.) .. Envases desarmados . . . . . . . . : . . . . .

Los demás. . . . , . . . . . . . . . . . . . . .

Sección 8 Artfculos manufacturados diversos 851-04-00 Calza.do de toda clase de caucho, incluso los

851-04-00-01 851-04-00-09

892-09-02

892-09-02-01

892-09-02-09 899-05-01

899-14-04 899-14-05

chanclos o zapatones y las chinelas ·de caucho. Botas Altas ..................... . Los denuts . .. . . . . .. .. . . . . . . . . . . . .

Fotografias y copias fotostáticas n.e.p.; litogra­' fias, tricomias, oleografias, cromos y grabados,

estampas o dibujos de cual<¡uier Upo, excepto obras de arte . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Copias fotostáticas ( equi[>arado en forma in­mediata, véase la Lista A) . . . . . . .· . . . Los denuts.. .. .. .. .. .. .. .. . . .. ..

Botones de todas clases, excepto de metales preciosos y piedras preciosas; formas sin termi-nar para .botones ................... . Articulos para baseball y sof.tball . . . . Articulos para football, incluso para football americano ( excepto calzado y cascos)

~

....

/

<· ~:..... ..... '.'4-----=·-·-- -·····-· -·-· .......__.._ . .Mt ... __ .. ..:..• __ ~J.· ••• ' -~ - ...., •- .. •,.... •• r00~ --- •

-··~ ... ~--~-. .J.'·.--:·.:!•:-..-..;~: .. ."""'°:"'-·A ·-----~-

~· .... '~ .

Unidatl

K.B. K.B.

K.B. K.B.

K.B.

K.B. K.B.

K.B.

- . ·¡

PRIMER AlllO

Especiflu Ad (D 61ares wal6rem

PO• (Porclente unidad) ·clf.)

0.06 0.06

0.50 3.50

0.80

0.60 0.05

0.025

10 10

10 10

6

.'7'· 10 10

6

:.,*.; • ¡ ¡q····,.··-~····-·· "

AFOROS APLICABLES DURANTE EL PERIODO DE TRANSICION

SEGUNDO AlllO TERCER AlllD CUARTO AlllO

Especlflce (D61ares ,., unidad)

0.07 0.09

1.40 3.80

0.90

0.64 0.08

0.02

..

Ad Especiflce valir•m (061ares

(Porclt•lo POI clf.) ' unidad)

10 10

10 10

11

12 10

10

"

0.08 0.12

2.30 4.10

1.00

0.68 0.11

0.015

e'

Ad •altrem

(Portltnb clf.)

. "

10 10

10 10

15

14 10

14.

Específic• Ad (D61am ral6rem

PO• (Parcltnta uaidad) cif.)

0.09 0.15

3.20 4.40

1.05

0.72 0.14

0.01

10 10

10 10

20

16 10

17

.. ~:~··,: . · .. ~f~¡< _.::~f.~i:L;'~,~: "~··;::jj;.·. ::?-. '~··.:.'1:·.J.. . ~i.i'-~:,i:,~~~---._JMí.··-'1-~·i·~~ · ... , .... : ...... · .· ·~" ··. •r•,. ' . . .. j·

; ... '!'-.· 3 .. ~

'

· ... _ -QUINTO AlllO

Especifico (Dtlares

Po• unidad)

0.095 0.18

4.10 4.70

.- 1.12

0.76 0.17

0.05

Ad waltrtm

(Percl .. te clf.)

10 · 10

10 10

25

18 10

21

• .'.i. ~~ "• .- .. "'- .. -:.r- -.~tJ: ·-1<--- '

• - r.. ¿\H .. "« ri&Td'ri%&'ffif'1tWl __ . ~~-~-.. ~:;. •. ·- 'u··e

. fó1' '

~ ~ ~ ~ 6 ~ o o :=a

~

... t-) ,¡:,. <¡)

~

Page 30: REPUBLICA DE NICARAGUA DIARIO OFICIAL...REPUBLICA DE NICARAGUA LAGACET DIARIO OFICIAL A~O LXV 1 Managua, D. N., Viernes 16 de Junio de 1961 SUMARIO PODER EJECUTIVO RF..LACJONES EXTERIORES

~gf4tY"'~~~;;:_,..:,., ; :: ::.. ~,..:.~ .. --~ .. 1~,A_r:· -.-~· -

_·. ' ·: \ • 4-.- ... ~:' ··_ . ,-

:·'· . . "!-~~:.~:-•1?·'..; .. ·~·~·~~~~~7:.·:~~~~~~ J· -~· -~~· ·• ~>;;_· .. ·, l'"<'."f'. ~L ·. Riá::~ .....:.-

. ' ~. ~-' _, ~- ·~.i.'- ' ,, ': \

. '

\ ·¡ .. 1

'.~ '.\ Anexo 3 de la Lista B

Nota general

La República de Honduras, con el fin de mOOifica.r el aforo inicial indicado en la co lum.na (III) de la Lista B y llegar al gravamen uniforme acordado (columma ·I de la Lista B) en el periodo de transición establecido (columna II de la Lista B) ccmv iene en aiplicar en ca.da uno de los aftos del periodo de transición, los aforos que en este anexo se indican. -

'"'"· partida D subpar· llda de la NAUCA 1

Inciso arancelario· uniforme

'

DENOMINACION

Sección O Productos alimenticios

013-09-02 Extractos, esencias, sopas, caldos y jugos ali­menticios derivados de médula, huesos o carnes de toda clases, en forma liquida, sólida, en pasta o en polvo, en cualquier envase, y otros prepa-

013-09-02-01 013-09-02-09

024-01-00 032-01-07

053-03-02 053-04-02 055-02-01

055-02-01-01

055-02-01-09 091-02--02

099-09-02

099-09-03

099-09-03-01

~.:_. ,.·. ~'~-­•

rados de canne, n. e. p. . . . . . . . . Sopas liquidas y caldos . . . . . . . . . . Los demás ...................... .

Queso y cuajada de toda clase . . . . . . . . . . . . (_Sopas y cald_os de pescado, crustáceos o molus-

cos ........ • ................. . Jaleas y mermeladas de frutas .. Jugos de frutas (no fermentados) .•... Sopas de legumbres . . . . . . . . . . . .

Preparaciones coladas y homogeneizadas pa­ra la alimentación infantil, ep. envases de contenido neto no mayor de 150 gramos ( equi­parado en forma inmediata, véase la Lis-ta A) ...................... .. Los demás ...................... .

Substitutos de la manteca de cerdo y otras gra­sas comestibles similares, de origen animal o vegetal, n. e. p. . . . . . . . • . . . . . . . . . . . . Gelatinas comestibles, con o sin sabor o éo­lor, en cualquier forma , . . . . . . . . . . . . . Levaduras y fermentos de toda clase, en cual­quier ·forma, excepto los para uso farmacéu­tico y las enzimas . . . . . .• . . . . . . . . . . . . . . 'Levaduras y fermentos naturales, frescos o deshidratados . . . . . . . . . . . . . . . . . .

• 1

11

Unidad

K.B. K.B. K.B.

K.B. K.B. K.B.

K.B.

K.B.

K.B.

K.B.

PRIMER AÑO

Especlflce (D61ares

por unidad)

0.75 0.75 0.75

0.75 1.00 ~.37

0.75

0.75

0.37

0.03

/

Ad nl6rem (Porclenw

clf.)

7 7 7

7 7 7

7

7

7

7

\ ..

~~.:; ~~·~lfr~;·~·-i ~ »'

AFOROS APLICABLES DURANTE EL PERIODO DE TRANSICION

SEGUNDO AAO

Especlflc• (D61ares

pOI unidad)

0.75 0.80 0.90.

0.75 0.90 0.40

0.75

0.70

0.50

0.10

Ad nltrem

(Porclllllo clf.)

10 10 15

10 10

8

10

·;.·

8

8

8

~ ... ~.

'

TERCER AliO

Especifica (D61ares

por unidad)

0.75 0.85 0.90

0.75 0.80 0.42

0.75

0.65

0.65

0.15

-·~ ;

'

Ad valtrem

(Ptrclentt clf.)

10 ~ 10

15

10 10

9

10 '

9

10

10

'.f:ij:". ;!~~~~>:A,' / .•¡'

,i_;:. ...

...... ~

CUARTO AAO

Especifico Ad (D61ares nltrem

p0r (Porcleni. unidad) clf.)

0.75 0.90 0.90

0.75 0.75 0.45

0.75

0.60

0.80

0.22

10 10 15

10 10 • 10

10

10

10

10

QUINTO AAO

Especlflce (D61arn ..., unidad)

,_

0.75 0.95 0.90

0.75 0.75 0.48

0.75

0.55.

0.90

0.28

Ad , ....... <Perclenta

clf.)

10

\ 10 15

10 10 10

10

10

10

10

/

\ "" ~ ..

.•

··y.¡_p~~s~ ....... , ....

¡.... w

.8

~ ~

~ b > ~ o "':! ~

~ t"

·'

,·_;.

Page 31: REPUBLICA DE NICARAGUA DIARIO OFICIAL...REPUBLICA DE NICARAGUA LAGACET DIARIO OFICIAL A~O LXV 1 Managua, D. N., Viernes 16 de Junio de 1961 SUMARIO PODER EJECUTIVO RF..LACJONES EXTERIORES

:.,,...~.

-..........:...._

............. "!11!111 .. lll!!Jl'!I' .................. ~~~~~~· --~·· -, ZA ·._.f-)il ._r..> .:WZ ·" -'I ''-1>··:.~ .... - ~~.-~·"'Wfl!"·JZ! a .~

' ~ \ ,•

AFOROS APLICABLES DURANTE EL PERIODO DE TRANSICION

Gnip0, partida • subpar· PRIMER AÑO SEGUNDO AllO TERCER AliO CUARTO AllO QUINTO AllO tlda * la NAUCA o D E N O M 1 N A C 1 O N Ualdad

lnclse arancelarl• Especlflce Ad Especifica Ad Especifico Ad Especifico .Ad Especffln Ad uniforme '· (D61a1ills . nl6rem (D61ares nl6rem (D61ares 1al6fftll (D61aru nlhem (D61ares nl6rem p0r (Pon:l•to p0r (Pon:l111t1 por (Perclento par (Pon:lenl• par (ParcleRll

unidad) clf.) unidad) clf.) unidad) clf.) unidad) clf.)> unidad) clf.) 1

099-09-03-09 Los demás (incluso levaduras artificiales y polvos para hornear), (equiparado en for-ma inmediata, véase la Lista A) . . . . . , . . . ,

Sección 1 Bebidas y tabaco - ,.. 112-03-00 Cervezas y otras bebidas de cereales, fermen-

tados . . . . .. . . .. . . .. . . .. . . .. . . .. K.B. 1.15 7 1.05 8 0.95 8 0.85 9 0.75 - 9 Sección ! Materiales crudos, no ~1>mestibles, excepto com- ~

bus ti bles 292-02-01 Chicle en bruto o simplemente preparado . . . . K.B. 0.50 7 0.50 10 0.50 10 0.50 10 0.50 10 ~

Sección 4 Aceites y maiitecas de origen animal y vegetal Q 413-0:t-02 Acido oleico (oleína comercial), ácido palmf- 1 • ..:¡ tico (palmitina comercial) y otros ácidos grasos K.B. 0.05 7 0.06 10 0.07 9 0.08 10 0.09 10 > 413~03-03 Aceites ácidos y residuos sólidos procedentes de • 1 la elaboración de aceites y mantecas' . . . . . . K.B. 0.05 7 0.06 8 0.07 9 0.08 10 0.09 10 ~

Sección 5 Productos qufmicos !:ti 511-01-02 Acido sulfúrico . . , . . . . . . . . . . . . . K.B. 0.08 7 0.03 10 0.03 10 0.03 10 '0.03 10 0 541-09-08 Material de curación, medicamentos y produc- f

tos farmacéuticos, n. e. p. . . . . . . . . . . . . . . ~ 541-09-08-01 Algodón absorbente y gasa, esterilizados ... , K.B. O.~O 7 0.70 1-0 0.70 10 0.70 10 0.70 10 ;:=; 541-09-08-02 Esparadrapo esterilizado (equiparado en for- [;

ma inmediata, véase la Lista A) . . . . . . . . \ t" 541-09-08-03 Productos de contraste radiológico, n. e. p.

(equiparados de inmediato, véase la Lista A) 541-09-08-09 Los demás (equiparados en forma inmediata, ··

véase la Lista A) . . . . . . . . . . . . . . . .. . . 599-04-03' Gelatinas para usos industriales, excepto las

endurecidas quimicamente . . . . . . . . . . . . K.B. 0.12 7 0.10 10 0.10 10 0.10 10 0.10 10 599-09-05 Colofonia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . K.B. 0.10 ' 7 O.O§ 10 0.06 12 0.05 - 15 • 0.05 15

Sección 6 Arttculos manufacturados, claSificados. princi- • palme,nte según el material

621-01-03 Material para reparar llantas y cámaras • . . . 621-01-03-01 Rodaduras de caucho, reforzadas o no, para • ,. 1

reencauchar llantas (v. gr. camel~baick), • " ' 1

i:q~tfª.r~~~ e~.r~~~-i~~e~~~~· ~~ª~~ 1~ ~1.~ • 11 ~ 621-01-03-09 Los demás . . . . .'. . . . . . . •. . . . . . . . . . K.B. Libre 1 0.10 8 0.20 10 0.20 10 .. 0.20 10

.;·., - ' ~ . ..:,,,.. --~ :.~ ..:~~- -•''·.-,:..

··,_,:.i}:;;i, -·:r~ . .__ , ............. .:.~~- -~~··:-- -~·liir.:-

¡-

~~- ~ ' ..

. ....,;:.. .. ti/' ··s~:-. ,.··-~;;,:~~ ~ ,ctt::i:.' .• .r..:..Mu t.,: _J¡....;. nñiies- ti" a ,; ºti*e r ..,_. o··&·

¡..; .... !'111"'!.--

_I";

Page 32: REPUBLICA DE NICARAGUA DIARIO OFICIAL...REPUBLICA DE NICARAGUA LAGACET DIARIO OFICIAL A~O LXV 1 Managua, D. N., Viernes 16 de Junio de 1961 SUMARIO PODER EJECUTIVO RF..LACJONES EXTERIORES

.:~

lit...~. ": ~

--·'"

:~~~-; ~·--~-:·,~. ~ ·~

'.> ......

GniPI, iprtlda 1 subpar. tlda •e la NAUCA 1

·' lncls1 arancelario

unllon11e

631-02-00

631-02-00-01 631-02-00-09

655-09-01

655-09-01-01 655-09-01-09

661-09-00

661-09-00-01 661-09-00-02

661-09-00-09

699-21-06

699-21-06-01 699-21-06-09

' DENOMINACION

Maderas terciadas (tri play), incluso maderas cubiertas de chapa .. . . . . . . . . . . . . . . . ·· :

Unidad

Maderas en chapas sobrepuestas (plywood) K.B. Los demás . . . . . . . ~ . . . . . . . . . . . . . . KB.

Algodón aplanchado (guata), incluso el algo­dón para rellenos y el algodón absorbente no esterilizado : . . , . . . . . .. • . . . . . . . ; . . . .

Algodón absorbente, no· esterilizado.. . . . . K.B. Los demás . . . ·: . . . . ·. . . . . . . . . . . . . . · K.B.

Materiales de construcción, n. e. p., de asbestos, cemento, yeso, asfalto, fibras vegetales, (inclu­so virutas y aserrln), agl.pmeradas con cemen­to, yeso, asfalto y otras subtancias minerales aglutinantes; mármol granulado, aglomerado con cemento y otros minerales no metálicos, crudos, incluso sus mezclas, tal como fibroce­mento, en forma de ladrillos, baldosas, tejas, columnas, tubos y otras formas similares para construcción . . . . . . . .;· . . . . . . . . . . . . . .

De fibroceniento (asbestocemento) . . . . . . K.B. Baldosas asfálticas (equiparado en forma in­mediata, véase la Lista A) . . .- . . . . . . . .. . Los demás (equiparado en forma inmediata, véase la Lista A) . . . . . . . . . : . . ; . , .

Cajas, botes y otro.s envases análogos, n. e. p., de metales o sus aleaciones (hojalata, etc) ..

Envases desarmados . . . . . . . . . . . . . . . . K.B. Los demás . . . . . . . . . . , . . . . . . . . . . . K.B.

Sección 8 Artículos manufacturados diversos 851-04-00 ·Calzado de toda clase de caucho, incluso los

chanclos o zaipatones y las chinelas de caucho 851-04-00-01 Botas altas . . . . . . . .. . . . . . . 851-04-00-09

892-09-02

·\,..'i>

Los demás .............. · ..... . Fotografias y copias fotostátiaas, n. e. p.; li­tografías, tricromias, oleografías, cromos y grabados, estampas o dibujos de cualquier ti­po, excepto obras de arte . . . .

~.·,_

.

' i'b-f'·..r-~~:~ .·

·' .••

·' . ... ~ ~ -.__~:.~

;,

. ;.

K.B. K.B.

..

PRIMEll AllO

Especifico (D61a,._

por anidad)

A• val6rem

(Porclent1 clf .)

.,~ ~'

Libre Libre

0.20 Libre

Libre

0.05 0.05

1.75 ·,

1.75

97 97

. 10·

' .-

29

22

7 7

7 7

J;·

1 ~y.

1 ~·· .. · ..

~··

AFOROS APLICABLES DURANTE EL PERIODO DE TRANSICl8N .,

SEGUNDO AAO TERCER AllO CUARTO AllD QUINTO AAO

Especlflc• (D61am

P1r unidad) ·

0.03 0.03

0.28 0.12

0.02

0.05 0.10

:;t ..

2.50 2.50

Atl ~ . Especifico val•rem (D•lares

Ad 1al6re111 (l'llCIHW

df.)

Especlflc1 (O.lares

Plf ' unidad)

( Perclente par

Ad val•rem (PllltleRta

clf.)

Especifice (D•lares

par unldatl)

' ;

.. f:

80 80

10 25

16

10 10

8 8

'¡'-!'•.·

-._. 0.06 0.06

0.36 0.24

O.M

0.08 9.15

3.25 3.25

.. - • .... w .... o.._~ ...... ,,

/·~

.. - ~

clf.) • unidad)

65 65

10 20

10

• 10 10

8 8

0:09 0.00

0.44 "·. 0.36

0.05

0.10 0.20

4.00-4..00

··~'

50 50 ;-,

10 15

10

10 10

10 10

0.12 Q .• 12

' 0.52 . ~ 0.48

' -. "

0.05

0.10 0.20

4.50 4.50

.;;:8~ ..

: ~~~~~~;:;;;~~~-. . ·;i;t~· .·,;.·::>-~~·.s: ·,.. .,:~. :t ·.;:'\i-~, ~~(i .. ;~ . ·I' '"'..

. ~ ',.:~ •• ;;f.'¿~:i' • ¡jf¡¡:,f¡-?;lili~, • ••• ,..;,:· :

..

·,

Ad val•rem

(l'orclent1 clf.)

35 35

10 10

10

10 10

10 10

...... c.> C1 N

t" ;¡... o ~ ~ ~ ~ o o

~ ~

.t

.1

..

·. :\:.i,~ .::f:'J.l . , r1

1 (:

Page 33: REPUBLICA DE NICARAGUA DIARIO OFICIAL...REPUBLICA DE NICARAGUA LAGACET DIARIO OFICIAL A~O LXV 1 Managua, D. N., Viernes 16 de Junio de 1961 SUMARIO PODER EJECUTIVO RF..LACJONES EXTERIORES

"'-º ,,,.- ..• \

:· ....

' 4.?R• A ~--· ··-,f-" ... ...,,.,_ ·:~t~l"'•p~:; ,. ·--::~;-.. ~ .... ~ ª' •i#,- . b 4 ~.é?'? p ' ·~.......,,._.-r-.

Gnipe, partida ·o subpar· tida de la NAUCA o

incisp arancelario uniforme

892-09-02-01 .

899-09-02-09 899-05-01-

' 899-14-04 899-14-05

"

~

-DENOMINACION

. Copias fotostáticas (equiparado e~ forma in· mediata, véase la Lista A) ·.. . . ". : ... .

· LOs demás .... .- .• . 1 .. .... ·· .... : ... . Botones de todas clase,5, excepto de metales preciosos y piedras precii>sas; formas sin _ter­minar para botones . . · . ; . . . . . . . . . . . . Artículos p~ra basebau' y softball . . : , .• " . Articuios para football, · iriciu'so para football americano (excepto calzado- y cascos)

.. .; ,_,··~

-.... _,. ..

Unidad

.. ,K.B. .,

K~Br K.B.

K.B.

. ~

PRIMER All'l

Especifico (Ddla1n1

per unidad)

1.00

Q.50 ·o.so

0.50

Ad •al6tem

(Porclento clf,)

7

7 ~ 7

7

J Anexo 4 de la Lista B

Nota general

• t'

AFOROS APLICABLES DURANTE EL PERIODO DE TRANSICION j;

SEGUNDO 'AÑO

Especfllco (D61ai'ts

por unidad)

1.05

0.55 0.35

0.40

Ad val6rem (Porclento

clf.)

10

10 8

10

TERCER AllO

Especifico Ad (D 61arts val6rem

por - . (Porclento unidad) clf.)

1.10 15

0.65 15 0.20 10

I

0.30 15

·'

CUARTO AfiO

Especfllco (D61ms

por unidad)

1.15

. 0.70 0.20

0.20

Ad walóreM (Pq¡'ciento

tif.)

20

20 10

15

QUINTO Ai'lO

Específico (Oíla.'iS

par unidad)

1.20

... 0.75 0.20

0.10 -·

Ad valárem

(Porciento clf.)

25

20

1,

r 11

.r( ..

¡¡ t" !>

20 Y' I' 0

=1~

10

·' ~:. ~

i~

'>

La República de Nicaragua, con el fin de modüicar el aforo inicial indicado en la columna (Ill) de la Letra B y llegar al gravamen acordado (columna I de ·la Lista B) en el periodo de transición establecido (columna II de la Lista B)- conviene en aplicar en cada uno de los a!\os· del perlado de transición, los aforos -que en este

~ ~ 1

, > . :i:i 15 ~ (J ¡;

anexo. se indican.

Grupa, partida • subpar- . tida lle la NAUCA 1

l•CiSI arancelarle uniforme

...

DENOMINACION

Sección O Productos aliment~s 013-09-62 Extractos, esencias, sopas, caldos y jugos ali­

menticios derivados de médula, huesos o carnes de todas dases, en forma liquida, sólida, en pas­ta o en polvo, en cualquier envase, ·y otros pre­parados de ca.me, n. e. p. . ; . . • . . . . . . . . .

./

Unidad

013-09-02-01 Sopas líquidas y caldos . ~ . . . . . . . . . . . . . K.B. 013-09-02-09 Los demás. . . . . : . . . . . . . . . . . . . . . . . K.B.

024-01-00 Queso y cuajada de toda clase . . . . K.B.

PRIMER AÑO

Especifico Ad (Délai'tS H16n!m

por (Potclt!fltl anidad) clf.)

0.50 36 0.50 36 0.75 46.

AF"OROS APLICABLES DURANTE EL PERIODO DE TRANSICION

t" SEGUNDO AflO TERCER AllO CUARTO AllO QUINTO AllO

Especlnco Ali Especlflc1 Ad Especifico Ad Especifico Ad (D61arn 'ª"'"' ID61aru 1aldrem (D61arH ••l6rem (Dílarts _ 11Urem

per (Ptrclenta por (P1tclent1 "' IPerclento por (Porclentt unidad) ctf.) unidad) clf.) unidad) ctf.) llllidad) clf.)

11'

-¡¡:

.. 0.55 30 0.60 25 0.65 20 0.70 15 ¡; """ 0.60 30 0.70 25 o.so 20 0.90 15 r ~ 083 31 0.90 15 0.90 0.90 Í5

:w 15 ..

. ~ . ·• ~:, . -:'. ... ·¡ ;._.

~ . ..

1 ·.,: .,5~·4 •. . .. l •

__.~.J_.;._..__.:..._. __ .. ----~ -~1 --~-'-- :~~~;~li~~t.2'. <

-... ~

·~-!'· ·: ........ ~:i:~-~.z.:~'. ..... ~:-"

·'-~ ·,Y:

;,... . - .• ~ -i;

-~t;.,¿e~·-: .. ~-.;,;:: ·.-,

....._____ .. :J.L"·---- . , .. tcttrr a~#tt.t ·ar

......... ~ : .

..

1 ~;::·

.-:~1 j

- ·~ .... :.

1

Page 34: REPUBLICA DE NICARAGUA DIARIO OFICIAL...REPUBLICA DE NICARAGUA LAGACET DIARIO OFICIAL A~O LXV 1 Managua, D. N., Viernes 16 de Junio de 1961 SUMARIO PODER EJECUTIVO RF..LACJONES EXTERIORES

··.~;~~~· ·.::,· • • -·:·;,¡.~'"~~~ - "'" ?f)"'f"'"'"i'-:<:'._

~ .. ·~.,; .. _, '

1 ' ..

-, , _ .. -' AFOROS APLICA,LES DURANTE EL PERIODO DE TRANSICION

Gn.pe, partida • subpar­tlda • la NAUCA o

Inciso aranceiarto uniforme

032-01-07

053-03-02 053-04-02 055-02-01

055-02-01-01

055-02-01-09 091-02-02

099-09-02

099-09-03 /

099-09-03-01

099-09-03-09

Sección 1 112-03-00

' Sección ll

292-02-01

Sección 4 413-03-02

413-03-03

.. DENOMINACION

Sopas y ca.Idos de pei!Cado, crustáceos o molus-cos ............................. . Jaleas y mermeladas de frutas . . . . . . . . . . Jugos de f_rutas (no fermentados) . . . . . . . . Sopas de legumbres ' .. -. . . . . . . . . . . . . . . .

Preparaciones coladas y homogeneizadas para la alimentación infantil, en envases de conte­nido neto no mayor de 150 gramos (equipa­tado en forma inmediata, véase la Lista A.) . Los demás_, . . . . .. ... .. .. .. . . .. ..

Substitutos de la manteca de cerdo y otras g:ra­sas comestibles similares, de origen amdmal o vegetal, n.e.p. : . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Gelatinas comestibles, con o sin sa~ o color,

•en cualquier forma. . . . . . . . . . . . . . . . . . Levadurás y fermentos de toda· clase, en cual­quier forma, excepto los para uso farmacéu­tico y las enzimas . . . . . . . . . ,. . . . . . . . • . ,

Levaduras y fermentos naturales, frescos o deshidratados . . -. . . . . . . . . . . . . . . . . . Los demás (incluso levaduras artificiales y polvos para hornear), (equiparados en for-ma ,Íllimediata, véase la Lista A.) . . . . . . . .

Bebidas y tabacb Cerveza y otras bebidas de cereales, fermenta-dos .... ·: ................... .

Materiales crudos, 11<> comestibles, excepto combustibles Chicle en bruto o simplemente .preparado : .

Aceites y mantecas de oriegen animal y vegetal Acido oleico (oleína comercial), ácido pa.lmitico (palmitina comercial) y otros ácidos g:rasos .. Aceites ácidos y residuos sóliáos ,procedentes de la elaboración de aceites y mantecas . . . . . .

Sección 5 Productos químicos

Unidad. ,.

'K.B. K.B. K.B.

K.B.

K.B.

K.B.

K.B.

K.B.

K.E.

K.B.

K.B.

511-01-02 Acido sulfúrico .... •• •• •• •• .,,1 K.B.

.. \ '-..

PRIMER AÑO

Especfflct (D61ares

POr unidad)

0.32 1.00 0.40

0.50

0.25

0.75

0.25

0.30

0.30

0.02

0.10

0.01

·t

Ad wal6rem (Porclento

clf.)

46 26 26

26

36

41

21

41

16

16

16

16

_,,._ -----¡- __________ ,_, __ _, _____ .._ ...,____ -- --- ..___ ... ~- ---•.J ___ --..'.:~· ~··---i.....s_,¡._._ ..... _

SEGUNDO ~ÑO

Especlflc1 (D61ares

per unidad)

0.40 0.92 0.42

0.55

0.30

0.80

0.27

0.38

0.34

0.03

0.09

0.02

Ad ral6rem

(Perclent1 clf .)

38 20 22

22

30

34

lS

34

H

15

15

14

;~~--

"

TERCER AÑO CUARTO AÑO QUINTO AÑO

Especlflce <D61ares

per unidad)

..

0.49 0.84 0.44

0.60

0.35

0.85

0.2~

0.46

0.38

0.03

O.O&

0.03

#--,~~~;-:,.,;·

Ad wal6rem

(Porcient1 elf.)

31 15 19

19

25

28

16

28

13

15

15

12

EspeclflCI <D61ares

111r unidad)

0.59 0.75 0.46

0.65

0.40

0.90

0.31

0.54

0.42

º-~

0.07

0.03

.-.... ":.?:..__ · .. ·'·! .. "•

.......,_,...--.,_.

Ad • Especifico ra16rem (D61ares

(Porclento por df.) unidad)

24 10 16

16

20

22

14

22

12

15

15

10

0.66 11.75 0.48

0.70

0.45

0.95

0.33

0.62

~.46

º-~

0.06

0.03

Ad ral6rem

(Porclent1 clf.)

17 10 13

13

Hi

16

12

•16

11

15

15

10

.... c.)

~

~ ~ (j l".l

f > :n o ' o '%j .... ~ t"

4 ~4

Page 35: REPUBLICA DE NICARAGUA DIARIO OFICIAL...REPUBLICA DE NICARAGUA LAGACET DIARIO OFICIAL A~O LXV 1 Managua, D. N., Viernes 16 de Junio de 1961 SUMARIO PODER EJECUTIVO RF..LACJONES EXTERIORES

~--· ')#lii:flllT-.."" ' ~

'"'"· 11artida • sull,u· tilla le h NAUCA e DENOMINACION

laclw uancel•ri• uallorme

541-09-08

Ml-09-08-01 541-09-08-02

Ml-09-08-03

541-09-08-09

599-04-03

Material de curación, medicamentos y produc­tol!! farmacéuticos, n. e. p. . . . . . . . . . . . . . .

Algodón absorbente y gasa, esterili218.dos .. EsparadraPo esterilizado (equiparado en for­ma inmediata, véase la Lista A) . . . . . . . . Productos de contraste radiológico, n. e. p. ( equi·pados de inmediato, véase la Lista A) . Los demás (equiparados en fomna inmediata, véase la Lista A) • . . . . . . . . . . . . . • . . .

~atinas para usos industriales, excepto las endurecidas quimicamente . . . . . . . . . , . . . .

599-09-05 Colofonia . . . . . . . . . . ·. . . . . . . . . . . . . . . ,

Sección 6 Articulo8 11UJ/Jlufacturadas, clasi/icaoos prmcl­

621-01-03 62l-01-03-01

621-01-03-09 631-02-00

631-02-00-01 631-02-00-09

655-09-01

655-09-01-01 655-09-01-09

661-09-00

~·---

palmente según el material Material para reparar llantas y cámaras . . . .

Rodaduras de caucho, reforzadas o no, para reencaucllar llantas (v. gr. camel-back), ( equi:parado en forma inmediata, véase la Lis-Ita A) ......................... .. Los demás .................... ..

Maderas terciadas ( triplay), incluso maderas cubiertas de chapa . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Maderas en chapas sobre.puestas (plywood). Los demás ............ · ......... .

Algodón aplanchado (guata), incluso el &lgodón para rellenos y el algodón absorbente no este-rilizado ........................ ..

Algodón absorbente, no esterilizado . . . . . . Los demás . . . . . . . . . ! . . . . . ,. . . . • . .

Materiales de construcción, n. e. p., .de asbes­tos, cemento, yeso, asfalto, fibras vegetales (incluso virutas y serrín) aglomeradas con ce­mento, yeso, asfalto y otras substancias mine­rales aglutinantes; mármol granulado, aglome­rado con cemento y otros minerales !l10 metá­licos, crudos, incluso sus mezclas, tal como fi­brocemento, en. forma de ladrillos, baldosas, te­jas, columnas, tubos y otras formas similares

. para construcción . . . . • . . . • • • • • • • • • •

\

Unldd

K.B.

!K.B. K.B.

K.B.

K.B. K.B.

K.B. K.B.

..

,-

..,.

PRIMER AliO

Especfflce Ad (D6l111ls , .. , ....

.... e·~·"' ~\'"ll'if~'PP""~••l!!~··iiQ~l!lt!I!•""'••---· · .,.. 4.J#OU:.W.,.. •p

AFOROS APLICABLES DURANTE EL l'ERIODO DE TRANSICION

SEGUNDO ARO TERCER ARO . CUARTO AliO

Ad Es11tclflct Ad Especlflc• Especlflct Ad (D61ares 1al6rem (D61arn 1al6rem (D611r1s .. , ..... .., (l'trclente .... (Ptrclentt ,., (l'orcientt ,., (Ptrclentt

~ clf.)

0.10 16

0.30 16 0.01 16

. 0.10 16

0.10 31 0.10 31

0.20 16 0.20 16

unlud)

0.22

0.26 0.02

0.15

0.11. 0.11

0.28 0.28

df.)

14

H 15

12

29 29

14 14

unidad)

0.34

0.22 0.03

0.20 •

. ¡ 0.12 0.12

0.36 0.36

.~ /Jf..~r-~~\ . ~~,. > ') ~·\'-. ":.'

-r '-.W .~: 6'" ~- f

"'. Á.+/ ~-! -·

clf.)

13

13 •· 15

10 .

27 27

13 13

unidad)

0.46

0.18 0.05

0.20

0.13 0.13

'

O.H 0.44

AA'.-~ ;_~ .. --

' .,. ., ,'\--

. ~.::-·"·

clf.)

12

12 15

10

25 25

12 12

. iit:a&~*'¡· 1 fo ......... ..ü:,..l!~ . .. ~Mis~.- ,-.k110· ... iitk .

QUINTO AliO

Esp1clllct Ad (D61arn 1al6rem .... (Ptrclento unidad)

0.158

0.14 o.os-

0.20

0.14 0.14

0.52 0.52

clf .)

11

11 15

10

22 22

11 11

~ o > n l".l . ..,

1> b

1

r

> ~ .... o o ~ .... ~ t"'

.... c.> g:

1 -~·

':.-4 ~

'

I . .

Page 36: REPUBLICA DE NICARAGUA DIARIO OFICIAL...REPUBLICA DE NICARAGUA LAGACET DIARIO OFICIAL A~O LXV 1 Managua, D. N., Viernes 16 de Junio de 1961 SUMARIO PODER EJECUTIVO RF..LACJONES EXTERIORES

Cn1119, llU'liA • 1ubpar­tllla de la NAUCA 1

l•cist arance;arl• UBlflllllt

661-09-00-01 661-09-00-02

661-09-00-09

699-21-06

699-21-06-01 699-21-06-09

DENOMINACION

De fibrocemento (asl;Jestocemento) ..... . Baldosas asfáltfoas (equiparado en forma in­mediata, véase la Lista A) . . . . . . . . . . . . . Los demás (equiparado en forma inmediata, véase la Lista A) . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Cajas, botes y otros envases. análogos, n. e. p., de metales o sus aleaciones (hojalata, et.e.)

Envases desarmados . . . . . . . . . . . . . . • . Los demás . . .. . . . . • . . . . . . . . . : . . . .

Unidad

. K.B.

K.B. K.B.

PRIMER AliO

Especlflet (D61aru

por unidad)

0.01

0.10 0.10

Ad ral6rem (Porclent1

clf.)

31

. 16 16

Sección 8 Artíe!do8 manufactttrados divers08 851-04-00 Calzado de toda clase de caucho, incluso los

851-04-00-01 851-04-00-09

892-09-02

892-09-02-01

892-09-02-09 899-05-01

899-14-04 899-14-05

~'.. ~.1i.·.

__.___..i.-l~-

chanclos o zapatones y las chinelas de caucho Botas altas ...................... . Los demás . . . . . . : . . . . . . . . . . . . . . .

Fotografias y copias totostáticas, n. e. p.: lito­grafias, tricromlas, oleografias, cromos y gra· bados, estampas o dibujos de cu.lquier tipo, excepto obras de arte; .............. .

Copias fotostáticas (equiparado en forma in­mediata, véase la Lista A) . . . . .. . . . . . . . Los demás ....... , ............. .

Botones de todas clases, excepto de metales pre­ciosos y piedras preciosas; formas sin termi­nar para botones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Articulos para baseball y softball . . . . :·. . . Artículos para football, incluso para football americano (excepto calzado y cascos) ..... .

., .... --

·..,: •'

. . .

K.B. K.B.

K.B.

K.B. K.B.

K.B.

0.80 0.80

1.40

0.70 0.20

0.20

31 31

16

31 16

16

-~··c .. l • ~ . 1"1 .• ·•. ·• ••

. ,,'.:/ .. ;" · .. f;j·~:~,· ·... ,J· • - ~·,~-. Jit'?f. ;~ ... ,,.,. .. ~ :". -. . , 'nf' teil ""* \o . . ---~ ·;· - •I l'Wi ...................

oHo, w, ., 0

"Ooi ;i!l·ii·'.~;;,:14'., -

·~

.~---~-.>~· : e; :: : -::--~ · ·· ... ,/· "" ~

"' N

. ,.AFOR.OS,~l~DURANTE EL PERIODO DE TRANSICION

J'Y-: r-... .-. .. ~ ',

•:.·~:,~t- .·· ~;~·:_~.:~~~:·~~·~ .. ·; . ~ ..... ... .. ' . ·-~-\'.

~-

SE.GUNDO .ARO••"" JERCER ARO CUARTO ARO QUINTO ARO 11 i Especifico ,.., Ad • EsPKlflce (D61am ·< nl6rtdi '. (D6111'H

por unidad)

-0.02

0.10 0.12

1.64 1.64

1.36

0.72 0.20

0.16

(Porclente clf.)

24

15 H

26 26

18

28 13

17

par u•idall)

0.03

0.10 0.14

2.48 2.48

1.32

0.74 0.20

0.12

.$; ~· ··_ ~1: ~~·.\ t

·-~;¡-.~·-:-.. ··..;...· --:~,r_.,..::j. < -

-~~f!~1: ,;- 1 '""'!;,.•;. --.

1

~r-~\/~-~

"' 1116re111 (l'ercltalo

clf.)

17

14 . 13

22 22

. 21

26 10

19

· .. /..;.,¡

.. 'Jit l°'.'

.. -~-~ ...

Especlffct (D611ru

par unidad)·

0.05

0.10 '0.16

3.32 . 3.32

J.28

0.76 0.20

0.1)8

Ad ral6r1111

(P1rciOt1le cif.)

10

12 12

18 18

24

24 10

21

....

Especfflet (D611rts

"'' 1111ldld)

0.05

0.10 0.18

4.16 4.16

1.24

o.78 0.20

0.04

f :~_ :~ .. .. i~'.Hh ... : -~·-:~~: :;_:, .. :;:.:;ff'.~.~~?f;· 1, . · .. ~fíí~¡ ~ •I• ~~ ""~·. '/. ."l~-~l ·"'.··e-: • .. t • ..... ~N •' • -- ....

...

Ad ral6rem

(P1rcient1 clf.)

10

11 11

14 14

27

22 10

23

§

ij ~ 11

íl. J 1

1 1

~ 1 .,

J·:.r-z:~ • '¡'!"·. ' ,.\:

·-=···· - .>' :.:-:· - ·, " j • .·. fr: "/'~}:~·>".. . . . · .;..: ~ .. ·." -... "· ''"!' ..... ~· ·'iJt.,..-,.., .. ;.,. ..,.,... j f ; f":. ~:#e ... 'rt ¿;.:9iff#¡Y;f;f !$8$-··: e i•ti'd*k'° t • e ~t -"9..:-.~~--

Page 37: REPUBLICA DE NICARAGUA DIARIO OFICIAL...REPUBLICA DE NICARAGUA LAGACET DIARIO OFICIAL A~O LXV 1 Managua, D. N., Viernes 16 de Junio de 1961 SUMARIO PODER EJECUTIVO RF..LACJONES EXTERIORES

....._

-- -. ·K~'"~"- ,,.... . : ~ -- - -y-a •- .··-y .•· '1!' . 1 · ~ · ·v~ · . ~ · .. ' .. _. -;-~. --:.

.... Anexo 5 de la Lista B

Nota General

La Rep(lblica de Costa Rica, con el fin de modificar el aforo inicial indicado en la columna {III) de la Lista By llegar al gru"&.men acordado (colwnna I de la Lista B) ~· el periodo de transición establecido (columna II de la Lista B) conviene en· aplicar en cada uno de los añ0& del periodo de transición, 1-0s aforos que en este &JllelCO se indican.

~' Partida ll Sli"9r· lllla llt la NAUCA e

• lllclM .,_celarle un!fwme

DENOMINACION U•iad

PRIMER MIO.

Especlfice A~ (D61ares 'ª""m .... (Porclentt uniud) clf.)

AFOROS APLICABLES DURANTE EL PERIODO DE TRANSICION

SEGUllOO AllO TERCER All'O CUARTO Ai.o QUINTO AilO

Espulfice Ad Especifico Ad Especiflce Ad EspecifK. A~ (D61arn 'ª"""' (D61ares nl6rem (Délares nl6rem (Dílares raltrem

per (Ptrclente por (Porcient. ..., IPorclmte .... (Ptrciento 1111ldad) clf.) unidad) clf.) u•idad) cif.) ••idad) clf.)

-11 Bección o Productos alimen.ticioB

1113·0~' - Extractos, esencias, sopas, caldos y jugos ali· menticios derivadOB' de médula, huesos o car­nes de todas clases, en forma líquida, i:¡ólida, en pasta o en polvo, en cualquier envase, y otros

tl3--09-02-0l 013.--09--02-09

04--01-00 t32-0t~C'T"'

, . :,

153-03-02. 953-M--02 855--02--01

055-02-01..01

055.-02-01-09' til-02-02

ti9-09--02

999-09-03•.

preparados de carne, n. e. p. Sopas líquidas y caldos . . . . . . . . Los demás ................ .

Queso y cuajada de toda clase . . . • . . Sopas y caldos de pescado, crustáceos o mo-luscos .. · .... ; ................... .. Jaleas y mermeladas de frutas'. .. . Jugos de frutas (no fermentados) .. Sopas de .legumbres ..... · ._ ..... ·,.

Preparaciones coladas y homogeneizadas pa­ra alimentación infantil, en envases de con­tenido neto no mayor de 150 gramos ( equi­parado en forma inmediata, véase la Lista A) Los demá.s . . . . . . · . . . . ; . . . . . . . . . . . .

Substitutos de la manteca de cerdo y otras gra-sas comestibles similares, cte•origen animal o vegetal, n. e. p. . . . . . . . . "·. ; · · . . . .- · · ·· . Gelatinas comestibles. con o sin sabor o color, en cualquier forma . . . . • . . . . . . . . . . . . . Levaduras y fermentos de toda clase, en cual­quier forma, excepto los para uso farmacéuti-co y las enzima.s . .. . . . . . . . 1 ·• . • • • • • • •

K.B. K.B. K.B.

K.B. K.B. K.B.

K.B.

K.B.

K.B.

099-(19-03-01 Levadl,iras y fermentos naturales, frescos o deshidratados .. _ . . . . . . . . . . . ·- . . . . . ;, K.B.

,._ ,.

~-. ., ~ ..

~~~~::;;¡~\;. '.

. ,• .. -~- - .-;:> --. ~ •;.. -- ..

. ~~~~~-~~-~~ckj¡51_

1.50 1.50· 1.50

0.90 0.75 0.60

1.50

0.20

1.5()

0.39

_ ......... _ ...... ·.,:: .... ·¡-Íli,~ .. "' ......... ;.. _.:~~:tt- ;' .---.~·.:-·¡~: . ....

8 8 8

4 25 25

8

10

4 _,;

. - .. · .. :\.

8 '·'

. ......

,;-

~ o

11 > (".) l:i:J

~ 1.35 9 1.20 . 10 1.05 10 0.90 10

11 ~ 1.40 9 1.30 10 1.20 10 1.10 10 1.20 12 0.90 15 0.90 15 0.90 Hi

0.87 6 0.84 7 O.Sl 8 . 0.78 9

11; 0.75 20 0.75 15 O.TIS 10 0.75 10 0.58 22 0.56

. 19 O.M 16 0.52 13

~ t"

"'.

1.35 9 1.20. 10 1.00 10 0.90 10

0.26 10 0.32 10 0.38 10 0.'4 10

1.40. 6 1.30 7 1.2Q 8 1.10 9

11 ..... c.> tll

0.37 10 0.36 10 0.35 io 0.3ó 10 " ...:¡

-._: --. ;, ~ifi4 '.. ~~:-~?~i;~tii:i4;0;.~~;~, ~-~"~·- -···

'¡~·

- . ~ . ....___ . ,,,

, ........ -

;~ ~. lo ....

J.

Page 38: REPUBLICA DE NICARAGUA DIARIO OFICIAL...REPUBLICA DE NICARAGUA LAGACET DIARIO OFICIAL A~O LXV 1 Managua, D. N., Viernes 16 de Junio de 1961 SUMARIO PODER EJECUTIVO RF..LACJONES EXTERIORES

>" ··~·:>• ., ~ ·- .

' •

' s ...... ""1lda 1 subpar- .... PRIMER AllO tia* la NAUCA 1

DENOMINAC~ON - Unidad ~ arancelario Especifico Ad ... ,,,,,..

• (Délares walírem

'"" 1P1rcfent1 unidad) cit.)

099-09-03-09 Los demás (incluso levaduras artificiales y polvos para hornear), ( eq.uipA.rado en forma inmediata, véase la Lista A ) . . . , , . , , , .

Sección 1 Bebidas y tabaco 112-03-()0 Cervezas y otras bebidas de cereales, fermen-

tados .. · .... .. ·'" ..... ' ....... . . . . K.B. 0.26 .20 Sección t Materiale., crud-08, no comestibles, ff;Xeepto com-

bustibles \ 292-02-01 Chicle en bruto o simplemente preparado .. · .. K.B. 0.15 4

Secci6n 4 Aoeites y mantecas de origen animal y vegetal 413-03-02 Aeido oleico ( oleina comercial), ácido palmitl-

co (palmltlna comercial), y otros ácidos grasos K.B. 0.16 4 413..()3~03 Aceites ácidos y residuos sólidos procedentes de la elaboración de aceites y mantecas . , . . . . K.B. 0.16 4

Sección S Productos químicos . -/ 511-01-02 Acid9 sulfúrico .. .. . . . . . . . . . . . . . . K.B. 0.03 4 541-09-()8 Material de curación, medicamentos y produc-

tos farmacéuticos, n. e. p. . . . . . . . . . . . . . .. 1 541-09-08-01 Algodón absorbente !n• esterilizados ... 0.18 4 K.B. 541-09-08-02 Esparadrapo esterili o (equiparado en for-ma inmediata, véase la Lista A) .. . . . . . . . 541-09-08-03 Productos de contraste radiológico, n. e. p.

641-09-08-09 (equiparados de inmediato, véa.se la Lista A) Los demás (equiparados en forma inmediata, véase la Lista A) ..... •. ' . . . . . . . . ' G99-04-03 Gelatinas para usoS' industriales, excepto las en-

durecldas químicamente . . . . ..... . . . . . . K.B. 0.38 20 699-09-05 Colofonia .. ...................... K.B. 0.02 • Becció1i 6 Artículos manufacturados, c"la:tificados princi-palmente según el material

;..621-01-03 Material para reparar llantas y cámaras . . . . 621.:01-03-01 Rodaduras de caucho, reforzadas o no, para ..... reencauchar llantas (v. gr. camel-back),

(equiparado en forma Inmediata, véase la Lista A) .. . . ' . . ' . . . . . ... .. . . . .

_.. l' . ....,... ........ _ ) '·· W.f.E!F c:<tl Pi ;::WWW .. ...-,,_~--,<·.:-.·:- - . •

.. ..; .

-

.

,--; .. -:~~ -~-,~ . .......... '

. . , .

• "'

AFoiis Al'LICABLES DURANTE EL l'ERIODO DE TRANSICION

11 ~ SE&UNDO uo.· TERCER AllO CUARTO AllO QUINTO AAO

Es11Hftlc1 Ad Especlfict Ad Es11tclflu A• Especlflce A• <D•lares nl•rem (D•tam ........ (Délam val6re11 (Délares n¡jrem ... , (Perclenlo por (l'lldent. "' (Porclenu ... , (P1rclent1 unidad) cit.) uniád) cit.) UAidad) cit.) unidad) cit.)

.... 0.35 18 O.H 16 0.53 14 0.62 12

f; 0.22 6 0.29 7 0.36 8 0.43 9 ~ . - g .

~ 0.14 6 0.13 7 0.12 8 0.11 9 1 • t:1 0.14 6 0.13 7 0.12 8 0.11 9 !;! ::ti

0.03 6 0.03 8 0.03 .....

10 0.03 10 o o '%j 0.29 6 0.40 7 0.50 8 0.60 9 .....

~ t"'

0.32 18 0.26 16 0.20 14 0.15 12 o.os 8. 0.04 12 0.05 15 0.05 15

11 1 ~ 1

/

- ·-'t·- -' ~~:-

...,.. ) f~-~: •

.. ........

\1

Page 39: REPUBLICA DE NICARAGUA DIARIO OFICIAL...REPUBLICA DE NICARAGUA LAGACET DIARIO OFICIAL A~O LXV 1 Managua, D. N., Viernes 16 de Junio de 1961 SUMARIO PODER EJECUTIVO RF..LACJONES EXTERIORES

'

-.._.,_,'--

• 1 •r

--~

"tiNpe, '8fllda t Sllbpar­tlá lle la NAUCA 1

·. · . ., .. ;,,,~ '.:--t

PRIMER AllO Unidad

e º* '-:-"' -,..._---=--~-., . . ' . ...

AFOROS APLICABL[S DURANTE El PUIGDO DE TRANSICION

SEGUNDO AllO TERCER AllO CUARTO AÑO QUINTO AAO

lncfse ~rancelarto imlforme

DENOMINACION

'' Especiflct Ad Especifico Ad Especlflce Ad Especlflce Ad Es..,clfict Ad (D61arH 'ª"""' (D61ares valirem (D61am nlhem ID61am nli,_ (D61ares nl6rt111

''" (Porclento por (Porclenl• Por (Porclenlt 111r (P1rcienl1 Por (Ptrclento unidad) clf.) unidad) clf.) unidad) clf.) unidad) cif.) unidad) rif.)

·--~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~....;;.-----

621-01-03-09 655-09-01

6M-09-0l-01 / SM-09•01-09

661-09-00

1

661-09-00-01 661-09-00-02

661-09-00-09

699-21-06

699-21-06-01 699-21-06-09

Los demás ..... . Algodón aplanchado (guata), incluso el algodón para rellenos y el algodón absorbente no es-terilizado ................. .

K.B. 0.11

Algodón absorbente, no esterilizado . . . . . . K.B. 0.18 Los demás . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . K.B. 0.15

Materiales de construcción, n. e. p., de asbes­tos, cemento, yeso, asfalto, fibras vegetales

· (incluso virutas y aserrin) aglomeradas co¡i cemento, yeso, asfalto y otras substancias mi­nerales aglutinantes; mármol granulado, aglo­merado con cemento y otros minerales no me­tálicos, crudos, incluso sus mezclas, tal como fibrocemento, en forma de ladrillos, baldosas, tejas, columnas, tubos y otras formas simila­res para construcción . . . . . . . . . . . . . . . .

De fibrocemento (asbestocemento) . . . . . . K.B. ' 0.02 Baldosas asfálticas (equiparado en forma in-mediata, véase la Lista A) . . . . . . . . . . . . Los demás (equiparado en forma inmedia.ta, véase la Lista A) . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Cajas, botes y otros envases análogns, n. e. p., de metales o sus aleacione~ (hojalata, etc.)

Envases desarmados ...... ~· ..... . Los demás ..................... .

K.B. K.B.

Libre 0.23

Sección 8 A'rtfculos nianufacturados diverso.'l .

851-04-00 Calzado de toda clase de caucho, incluso los

851-04-00-01 851-04-00-09

892-00-02

chanclos o zapatones y las chinelas de caucho Botas altas .. . . .. . - .. .. . . .. .. ". . Los demás ..................... .

Fotografias y copias fotostáticas, n. e. p., lito­grafías, tricromías, oleografías, cromos y gra­bados, estampas o dibujos de' cualquier tipo, excepto obras de arte . . . . . . . . . . . . . . . .

K.B. K.B.

0.75 5.00

J

4

4 4

4

10 4

10 10

0.14

027 0.24

0.03

6

6 6

6

0.17

0.36 0.33

0.04

0.04 0.02 0.22

10 6 • 0.21

1.60 10

- • ~-10 ~~· v:-;. 11 c..:.:~

2.45 5.00

~ ,.~ ~;--.; .. \· • ll!j ~· »' ') I ~q\ • • ~1· :a·'i .., l'fi.

f>" • f 1'

'f ~· ·"/

8

7 7

8

lÓ 7

10 10

~'l!,f ., ~..:.JJt..· .. ·~~~

_.,,_.

. ) .

0.20

O.H 0.42

0.05

0.06 Ó.2()

3.30 5.00

, .

10

8 8

10

10 8

10 10

,_;

0.20

0.52 0.51

0.05

0.08 0.20

4.15 5.00•

10

9

9

lQ_

10 9

10 10

...:...,_~. ~ ' 7 te 1 mt'énf •. . z ... e ? et f ~·

-~'ji --....... ,.~~:.··

~ Q > (') l:i:J

·~ ~

~

.... e.o <:lt tQ

·~ ' ·:.. ..

Page 40: REPUBLICA DE NICARAGUA DIARIO OFICIAL...REPUBLICA DE NICARAGUA LAGACET DIARIO OFICIAL A~O LXV 1 Managua, D. N., Viernes 16 de Junio de 1961 SUMARIO PODER EJECUTIVO RF..LACJONES EXTERIORES

--7 ~(" ,_··r~· :r-~~~~ct·: ..

-Grupe, ,attida t subpar­tl• llt 11 NAUCA o

l11Cls. arucelario . untronne

,

... DENOMINACION

.. . ' -.. ~-,--··:--:

."': .. -_.

·"

-~ ~ ... __._

·. ~Vi;,­

"fi:: -· :1

-'

·t,...;~

·.r·}'' .,_ ... · .... . ' •: ..

PRIMER Afj0

Es11Uiflu Ad ( D 6 la.. val 6 rem

POr ( Porclentt

.<.,..;. . ·h·1;\::l,¿,

""

'···

-

'.S.- . : ·- -S··· .. ~::

\ '':- . ....-.~ ·.'~'1-.,, .".. --1+· \ "P¡"»._· ~. •' .... .;._ JI

-.:::'..L;~ n·~; i· ,. ..

TERCER AAO

E111teífice • Ad <D61ares valérom

par (Porclento

CUARTO AlilO

.:J"1:f'.' A •

..... (. .· .. ,.

.--~ : ... ·- . ; .... ' <"" ·' ~~:

.',•

.......

QUINTO AlilO ~

892-09-02-01

892-09-02-09 899-05--0l.

' Copias fotostáticas (equiparado en forma in:

uoidad) clf.) por

unidad) unidad) . clf.)

E111tcifico (O"ares

por unidad)

Ad tal•rem (Porclento

clf .)

Espedfico (D.,a1u

per unidad)

··· 11

899-H-()4 89{!-H.J()O

mediata, véase Ja Lista A) ..... _. . . . . . . . Los demás . .. . . . . . . . . . : . . . .. ·. . . . · .. Botones de todas clases, excepto de metales pre­ciesos y piedras preciosas; formas sin termi­nar para botones . . . . . . . . . . . . · . . . . . . Artlculos para baseball y softball . . . . . . . . Artlculos para football, incluso para football americano (excepto calzado. y cascos) . . . .

'·' ..... :

K.B.

K.B. K.B.

K.B.

2.25.. 15

1.50 10 0.09 4

2.00

1.36 p.1:5

18

12 7

1.80 21

1.22 14 0.20 10

·,."!:

1.50 4 1.20 9 . 0.90

1.60

1.08 0.20

24

16 10

• .1.40

0.94 0.20

27

18 10

21 -============:=::========-==============;;:z:;:::============================== .. ·.., ..

"•.;

Anexo 6 de la Lista · B* Gravamen preferencial centroamericano aplicable a las mercanc1a.s sujetas a la equtparación progresiva.

...

.·.· li111Pt, ""'1ida a suhar· ~lü dt la NAUCA

f1clse 11111ncelario unlferme

.¡· '"

.•. ··:,: /:~ : '.-~ -~ ~\ '

'.• ·-;:~>.;. , ... _

. •; ... ~,.

,.

,,4·--~-...

,· .. . ' .. ;. '· _..DEHOMINACION

'· : .:!¿_ ..

:~~·· .· "r

,'

..... .. / . .. ·¡

to .. :'. .. r,,·

. ·. .>·

·: .

'~

', . ...

. ' . . ' ·~==========="'===========~========::x::;;========z=:==:::::::==========:::;::==:;;:::;:;:::~

Unidad

GUATEMALA

Especf. Ad va; fice (D6- terem

lares (Por. 11or cllftto ·

unidad) cif.)

r,}:/~.' :, .... .r

:•,.

·:.· .;.,_ .. ~ .. -

._.·

GRAVAMENES PREFERENCIALES CENTRAOMERICANOS EL SALVADOR

EstMci· fito <Dé· , .. ~­

por t.11na~1

·-;'-

Adra­lírem {Por

ciente •cif.)

: .. ·

HONDURAS

Especf. fico (Dó­

lares por

11,nldad)

Ad Ya­lírem (Per

ciente clf.)

'~r ..lil"; ·-< l!o ..

?.. .•

NICARAGUA

Especl· lico (D6-

lares POr

unidad)

-.

Adra­lórem (Por

ciento clf.)

...

COSTA RICA .•

·, Especl­fice (Ol­

lares .

-"-

""' . unidad)

·,, ~ .. f. '·

• ~ ... !"

.¡ ·•

Ad va­ljrem (Por

ciento cif.)

*NOTA EDITORI\L, El Convenio·prevé en su ar~~culo X.IV gravámeries preferencia les aplicables a'mereat1JCl8..i·SUjel!e.s a equipar~ción .pr1>gresiva, razón por la cual este anexo !onna parte del cuerpo del Convenio, En Ja Sexta Reunión, sin embargo, no se acordaron grav,menes -prefer•mciales ·para nlngún. producto, <!_entro de este grupo.

~ ·: ... ., .. · • • ·./1. ~-. " ..

·~·,,.: .·,;

51 J l Ü! ;' . .--.----

~.·-. ;'.:.•

ír 111_ ~~&,i:..: ,,.. ·. ,_ .. ~ ... ~ -- - :• . ·>; ~,_·-i:~-:~- ·... . ........

r:f;;v · ·""" ..... ' ... E

·' .

~·~ .•.. ; i·-

' ,.·.

.,j$:e · h"~ "~;! ·~.--.~~-;;-

. ¿,~~~~Jl:Ji~iJ -w~, ,,_

. . ......_ __

' • -.- ~- .lí

.:" ..... · • ~'-"· t

.:.::$. :. .··.o;·-·

.. ··'..._:'!;

.. f·

,' .....

" .

·~"'!'

-~

~ t.".!

f ./;

~·· ~

i:!l o o ~ ~-

--~---'

_.. . .._ ....

..

::,¡

. -~

... :-.!1 : . ~; . ,

1

Page 41: REPUBLICA DE NICARAGUA DIARIO OFICIAL...REPUBLICA DE NICARAGUA LAGACET DIARIO OFICIAL A~O LXV 1 Managua, D. N., Viernes 16 de Junio de 1961 SUMARIO PODER EJECUTIVO RF..LACJONES EXTERIORES

1.··

..

....

.,, •. .,. """':; 4'' 1

LA GACETA-D~IO OFICIAL 1361

ANEXO. II cha de depósito; de sus. respectivos instrumentos • de ratificación. Su duración será de veinte afíQs

PROTOCOLO AL CONVENIO CENTRO- contados desde la fecha de su vigencia y se re-AMERICANO SOBRE EQUI.PARACION DE novará por tácita reconducción, por periodos su-

.·. GRAVAMENES A LA IMPORTACIO.r< cesivos de diez afíos.

Preferencia Arancelaria Centroamericana El presente Prot~olo podrá ser denunciado por Los Gobiernos de las Repúblicas de Guatema- cualquiera de los Estados signatarios con dos afíos

la, El Salvador, Honduras, Nicaragua y Costa de anticipación, por lo menos,· a la fecha en que Rica, expire el periodo fhicial o los periodos sucesivos

Tenietldo en cuenta que los Estados contra- de vigencia del mismo. La denuncia surtirá efec-tos, para el Estado denunciante, en la fecha en

tantes han susctlto el Convenio Centroamericano que termine el periodo correspondiente de. vigen­sobre Equiparación de Gravámenes a la Importa- cía del Protocolo y éste continuará en vigor en­ción, cuya finalidad es promover el libre comercio tre las demás Paites -en tanto permanezcan adhe-cn Centro América, Y ' ridas a él por lo· menos dos de ellas ..

Oonue11,<.:idos de que el establecimiento de una preferencia arancelaria centroamericana conduci- Artículo IV rá a un incremento del comercio entre ellos y es- Le. ratificación de este Protocolo es indepen-timulan!' la creación de nuevas actividades pro- diente de la ratificación del Convenio Centroame­ductivas, . ricano sobre ·Equiparación de Gravámenes a la Hm~ decidido celebrar el presente Protocolo, a Importación suscrito en esta misma fecha entre las

cuyo efecto han designado sus respectivos pleni- Partes cootr~tantes,· y. la denuncia de este instru- • potenciarlos, ª·saber: \ mento es también independiente de la denuncia

El seftor Presidente de la República de Guate· del mencionado Convenio. mala, al seft.or Eduardo Rodríguez Genia, Ministro Artfcttlo V l'lc Economfa; •

El señor Presidente de la República de El Sal· La Secretaria General de la Organización de vador, al sefior Alf<ntM Rochác, Ministro de Eco~ Estados Centroamericanos será la depositarla del nomfa; presente Protocolo, del cual enviará copias certi­

El sefior Presidente de la República de Hondu- ficadás a las Cancillerias de cada urto de los Es­ras, al señor Jorge Bueso Aria8, Ministro de Eco- tad08 contratantes, notificándoles ashrlismo del nomfa y Hacienda; - depósito de los instrumentos de ratificación co­

El seflor Presidente de la República de 'Nicara- rrespondl~ntes, asf como. de cualquier 'denU111Cia gua, al seflor Enrique Delgado, Ministro de Eco- ·que ocurriere en los plazos establecidos al efecto. nomia; . . Al entrar en vigor el ProtOCQlo, procederá tam­

•bién a enviar copia certificada d~ éste a la Se­EI seflor· Presldente .. de la República de Co~ta cretaria General de las Naciones Unidas, para

Rica, al señor AlfrtSdo Hcrnámlt<,z: Volío, Ministro '1os fines de registro que seflala el Articulo 102 de Econonú~ y Hacienda; . . • • . de la Carta de las Naciones .Unidas.

·quienes, después de hab-erse comunicado .sus ·res- ' En tcstinwnio de lo· cual, Jos respectivos pleni­pectivos Plenos Poderes y de hallarlos en J:mena Y potenciarlos firman el presente Convenio' en la debida fol'mll• convienen en lo .siguiente: ciudad de San José, capital de la República de

Artículo 1 •'

Los Estados c.Ontratantes éonvi~nen en otor­garse, a partir de la fecha de entrada en vigor. de este Protocolo, una ,preferencia arancelaria de veinte por c;:iento con respecto a la importación de 'll'Oductoe naturales y artfculos manufacturad06 n ellos. La· reducción -se aplicará sobre el mon­t total de. impuestos a ·la importación, oompren­d•ndo loe derechos arancelarios, derechos consu­lai.s, y demás .. recargos y gravámenes. . ,;

'- . ' Artkoulo 11

· Lo.Estados ,signatarios convienen en mantener la "C'Usula Centroamericana -de Excepción" res.­pecto lla aplicación de la preferencia arancelaria ,establet.¡a en el Articulo anterior.

Artfculo 111

Costa Rica, el primer dta del mes de septiembre de· mil novecientos cincuenta y nueve.

Por el Gobierno de Guatemala:

Eti1uirdo Rodriguez Genis Ministro de Econom.ia

Por el GQbiemo de El Salvador: ,

Alfonso Rochac Ministro de· Economia

Por el Gobierno de Honduras:

Jorge Bueso Arias Ministro de E,:conomia y Hacienda

Por el Gobierno de Nicaragua:

E·nrique Delgado Ministro de Economia

Este Pt.-0eolo será sometido a ratificación en. cada Estal de conformidad con las respectivas n~nna:s cor.itucionales y legales, y entrará en vigor en la tha en que se deposite el tercer ins-· ·Por el Gobierno de Costa Rica: trumento de tificación para loa tres prlmeroa Alfredo Henui.,ldez V.olio ratlficantes Y ·e.ra los aub~iguientes en Ja fe- ~-Ministro de Economia y Hacienda.

.. · ... . .

;¡.

\ > .\

. " .·: \

,\ '. \ .... ,

'-· •. ·\

.. · . ,, ·~ .

•. r • .. ·

.. ¡

l .. \ .... ·\ '.·•

..... -;... • . . ·, ".;. ! .

t ' ! '•

··¡, .. t . -:"~

.. ·¡

Page 42: REPUBLICA DE NICARAGUA DIARIO OFICIAL...REPUBLICA DE NICARAGUA LAGACET DIARIO OFICIAL A~O LXV 1 Managua, D. N., Viernes 16 de Junio de 1961 SUMARIO PODER EJECUTIVO RF..LACJONES EXTERIORES

• 1362 LA OACETA-DIARIO OPICIAL

Mlnleterlo de Economla

PATENTES DE INVENCION

N9 25659-B/U N9 198068-~ 6.60 Montec1tlnl, Socleta Oenerale Per l'lndu1tria Mi­

neraria e Chimica, de Milán, Italia, mediante apo­derados Caldera & Compañia Limitada., de este domicilio, 1ollclta concesión de Patente de Inven­ción, •obre 1u Invento consi1tente en:

Método para estabilizar polimeros oleimicos

Oyenae oposiciones término legal. Mlni1terlo de Economla.-Oflclna de Patentea,­

Managua, D. N., veinte de Mayo de mil novecientos 1e1enta.-J. Bendaña S., Comisionado de Patentes.

' 3 2

N9 25658-B/U N9 198068-4 6.90 Aziende Colorl Nazlonall Affini Acna S. P. A.,

domiciliada en 18, Vra f. Turati, Milán, Italia, me­diante apoderado• Caldera & Compañfa Ltda, de este domicilio, 1oliclta concesión de Patente1 de In· venclón, sobre 1u invento con1l1tente en:

Procedimiento ·par'a teñir materiales poliolefinicos y colorantes para

_, llevarlo a cabo Oyen1e opo1iclone1 término legal. • Ministerio de Economra.-Managua, D.N., veinte

de Mayo de mil noveciento1 sesenta.-). Bendaila S., Comi1lon~do de Patentes.

3 2

N9 25661.&..B/U N9 198068-IJ 6.50 Azlende Colorl Nazionall Afflnl Acna S. P. A., de

Turatl, Milán, Italia, mediante apoderado• Caldera y ,Compailfa Ltd., de este domicilio, 1olicitan con­cesión 1obre su Invento conalstente en:

Procedimiento para teñir ·materiales sintéticos

Oyenae opo1lciones término legal. Ministerio de Economla.-Oficina de Patentes.-­

Managua, D. N., uno de Junto de mil novecientos 1esent1.-J. Bendaña S., Comisionado de Patentes dé Nicaragua. .

' 3 2 '

·1-

N9. 25657-B/U N9. 198068- t 6.90 Montecatlnl Societá Oenerale per l'lnduslrla Ml­

nerarla e Chlmka, de Milán, Italia, mediante apode· rado1 Caldera y Compaftfa Ltda., de este domicilio, solicitan concesión 1obre 10 Invento consistente en:

Procedimiento para preparar fibras a base de poliolefioas que tienen re­ceptividad mejorada para los tintes Oyen1e oposiciones término legal. Mtnilterlo de Economra -Oficina de Patrnte•.­

Mana~u1, D. N., uno de Junio tfe mil novecientos 1e1enta.-j. Bendaila S., Comisionado de Patentes de Mcaragua.

1 3 2

N9, 25519-B/U No.-197980- t 7.35 E110 Research and Engineering Company, de la

ciudad de Eliubeth, Estado .de New Jersey, E1ta­do1 Unidos d" ~mérlca, mediante apoderado Hen­ry Caldera Pallaia, Agente de Marc11 de fábrica y Patentes de Invención, y de este domicilio, solicita concesión de patentes de Invención, 1obre 1u laven· to con1l1tente ea:

\ . "Destilacj6n inlf'grada por hidroafi·

naci6n de destilado intermedio" Oyense oposiciones término legal. Mini1terio de Economra.-Oflclna de Patentes.­

Manag\ls, D. N., velntidó1 de Agoato de mil nove­cientos sesenta.-Jullán Bendafta S., Coml1lonado de Patentes de Nicaragua. 3 2

N9 25250-B/U Nr 197981-CS 7.44 The Norwlch Pharmaca Company, de la ciudad

de Norwlch, Ellado de New York, E1tados Unido• de América, mediante apoderado Henry Caldera Pallai1, Agente de Marc11 de fábrica y Patentes de Invención, de este domicilio, 1ollclta concesión de derecho• de patentes de Invención sobre 1u Invento con1iltente en:

Método y procedimiento para preparar ó-(5-Nitro-2

Furil) Azanracilo Oyenae opo1lclones término legal. Minl1terlo de Economla.-Managua, D. N., sei1

de Marzo de mil noveciento1 sesenta y uno.-Jullán Bend,1ila S., Comi1ionado de Patenteil de Nicaragua,

3 1

• N9 25521-8/U N9 197982-· 7.45 Soclete des U1inea Chemique1 Rhone-Poulenc, de

la ciudad de Parra, República de franela, mediante apoderado Henry Caldera Pal11h, Agente de Mar­cas de fábrica y Patentes de Invención, de este domicilio, 1oliclta concesión de derecho• de patente de invención 1obre 1u Invento consistente en:

Procedimiento de preparaci6n dé nuevos derivados arsenicales,

(Caso SC 1799) Oyense opo1iclones término legal. , Minl1terlo de EconomlL-Managua, D.N., 1ei1

de Marzo de mil noveciento1 sesenta y uno.-Testado -el-no vale.-jullán Bendafta S., Comisionado de Patentes de Nicaragua. • 3 J

' MARCAS DE FABRICA No. 25534-8/U No. 198005-4 7.10

Merck 8' Co, lnc., de Rahway, E1ta,do de New Jeney, Estados Unido1 de América, mediante apo­derado Henry Caldera Pallai1, Agente de Marc11 d fábrica y Patentes de Invención, de este domicm solicita regiatro esta marca de fábrica y comercio

AMBITROP Pa;a: Preparacionee Medicinales, Claae 9, Pro­

ductoa Medicinales y farmacéuticos). · Oyenae oposiclone1 término legal. Mini1terlo de E.conomra. Managua., D. ft>'lela de

Marzo de mil noveclento1 aeeenta y uno - Benda· i\a S., Comisionado de Patentu de Nicas'0•·

3

No. 25536-B/U No. 198005-' 6.90 Sandoz S. A. (Sandoz Ud.), de Ba•iª• Sulu, me·

diante apoderado Henry Caldera Pa'"• A~ente de Muc11 de fá 'trlca y Patentes de In ación,. de e.te domicilio, solicita registro eatas mca de fabrica y comercio:

SANDQ;AL OCT APR!SSIN

Para· Preparaciones farm.!ullcaa, Cl11e 9, (Pro­ducto•

0

Medlclnales y Farniutlcoa). Oyense opo1iclones tér7'0 legal.

1

{: '•.

t

j:. ";.

...

-?\ !

. • . ,t: . 1 f -~ i

·] .}. ~

-. J~ ~t- r i 1

-

Page 43: REPUBLICA DE NICARAGUA DIARIO OFICIAL...REPUBLICA DE NICARAGUA LAGACET DIARIO OFICIAL A~O LXV 1 Managua, D. N., Viernes 16 de Junio de 1961 SUMARIO PODER EJECUTIVO RF..LACJONES EXTERIORES

------ ca M.5%.i

LA OACETA-OIARIO OflCtAL 1363

Mini1terio de Economía. Managua, D.N., cuatro 1 Oyense opo1lclonu término leR'al. de Marzo de mil noveciento1 aeaenta y uno.-j. Ben- Ministerio de Economra. Managua, D. N, aei1 daña S., Comisionado de Patentea de Nicaragua. de Marzo de mil novecientos sesenta y uno. - J.

3 1 Bendaña S., Comi1ionado de Patentes de Nicaragua.

N9 25548-B/U N9 198006-· 19.16 Latam S. A., de la ciudad de Carac11, Venezuela,

mediante apoderado Henry Caldera Pallai1, A~ente de Marcaa de fábrica y Patentes de invención, de este domicilio, 10Iicita regiltro eata marca de fábrl· ca y comercio:

para: Cosméticos, perfumea y preparacionea pa · ra el tocador, Clase 7, (Co1métlco1, perfumu y pre paraclonu para el tocador).

Oyenae opo1icionea término legal. Mini1terio de Economra.-Managua, D.N., veinti·

aiete de Febrero de mil noveclento1 .eaenta y uno. -julián Bendai'la S., Comiaionado de Patentei de Nicaragua.

3 1

N9 25551-B/U N9 198006-C 22.12 AJS Helleaens, de Copenhagen, Dinamarca, me­

diante apoderado Henry Caldera Pallai1, Agente de Mucaa de fábrica y Patentea de Invención. de e1te

·domicilio, 1ollclta regl1tro uta marca de fábrica y comercio:

para: Pi111 1ec11,~ acumuladorea y baterf11 y otros artrculo1 eléctrico• comprendidos en la Cl111! 24, (Aparato1, máqulnn y acceaorios eléctrlcoa).

Oyenae oposiciones término legal. Minl1terio de Econom(a.-Managua, D.N., quince

de febrero de mil novecientos sesenta y uno.-J Ben· dafta S., Comisionado de Palentu de Nicaragua.

3 1

No. 25535-B/U No. 198005~. 7.15 C. H. Boeh•inger Sohn, de l11gelhPim Sobrtl! el

Rhein, República federal de Alemania, mediante apoderado Hrnry Caldera Pallala, Agente de Marc11 de Fábrica y Patentes de Invención, de e1te domicl· lio, aolicita registro eata marca de fábrica y co­mercio:

LACALUT Para: Prrducto1 Comprendido• en la Clase 9,

(Prodactoa Medlclnale1 y farmacéatlcoa).

3 1

No. 25537-8/U No. 198005-4 7.45 Revlon, lnc., de New Vork, Estado• Unido• de

Amérlc1, medi1nte apoderado Henry Caldera Pa­llait, Agente de Marcat de Fábrica y Patentea de Invención, de este domicilio, 1oliclta registro esta marca de fábrica y comercio:

1

COLOR UP Para: Todos 101 producto• comprendido• en la

Clue 7, (Cosméllco1, Pe¡fumes y Preparaclonea para el Tocador). Especialmente Incluyendo cre­ma de enjuague colorante.

t Oyente opo1iclonea término legal. Mini1terlo de Economra. Managua. D. N., cuatro

de Marzo de mil noveclento1 aesenta y uno.-j. Bendaña S .. Coml1ionado de Patentea de Nicaragua.

3 1

N9 25549-B/U N9 198006-4 26.00 Max Factor & Co., de 101 Angelu, Estado de Ca·

lifornlo, Estado• Unldn1 de América, mediante apoderado Henry Caldera Pallals, Agente de Mar­c11 de Fábrica y Patente1 de Invención, de eate do­mlcillo, solicita reghtro esta marca de fábrica Y comercio:

para: Locionea de tocador, refrescantea de la piel, perfumu, coloniat y agu11 de tocador, polvo1 para la cara y el cuerpo, maquillaje en forma de putllla, Uquido y de crema, lápicu labiales y colo· rete, cosméticos y preparaciones de tocador para los ojo1, crem11 de lfmpleza y para la piel, bate de maquillaje, champu1 y preparaciones de tocador pa· ra el pelo, locionea para el pelo, tónicos para el pelo, tintes para el pelo y enjuagues para el pelo, prepa­raciones de tocador para manicura, aceitea de b1fto, crem11, locionrs y polvos de afeitar, dentffrico1, ant'itran1pirantt1, depll•t'lflo1 y deaodorantea del cuerpo, Cl11e 7, (Co1métlco1, perfumea y prepara-clone• para el tocador). •

Oyente opcslcionea término legal, MiniBterio de Economla.-Managua, D. N., quin.

ce de Febrero de mil novecientos sesenta y uno.-j. Bendafta S., Comisionado de Patentes de Nlcaragu11.

3 1

. N9 25552-8/U N9 198006-· 19.20 Ralpb Picciotto y Compañia Limitada, de Guate­

mala, República de 01111emala, mediante apodera· do Henr)' Caldua PaJlai1, A¡ente de Marc11 de

Page 44: REPUBLICA DE NICARAGUA DIARIO OFICIAL...REPUBLICA DE NICARAGUA LAGACET DIARIO OFICIAL A~O LXV 1 Managua, D. N., Viernes 16 de Junio de 1961 SUMARIO PODER EJECUTIVO RF..LACJONES EXTERIORES

1364 ·LA OACl!TA-DIARIO OFICIAL

Fábrica y Patente• de Invención, de este domicilio, aollcita registro eata marca de fábrica y comercio:

VdG-PON6 llM<:AllU.-

para: Alimentos y su1 ingredientes y goma de marcar, Clue 49, (Alimento1 y 1u1 ingredlentea).

Oyenae opo1iclone1 término legal. Miniaterlo de Economía.-Managua, D. N., velntl·

aiete de Febrero de mil novecientos seaenta y uno.-J. Bendai'la S., Comi1ionado de Patentes de Nicaragua.

3 1

SECCION JUDICIAL REMATES

N9 25981-B/U N9 183930-· 6.40 Once maftana velntldo1 de loa corrientes, vende·

ráae al martillo este Juzgado, tractor de oruga color ¡amarillo, marca Caterpillar, D-4, número 6U-7055 . .r " uclón: Solón Campos Urtecbo contra Ro·

• . Cilonty. ., o ~z~do del Trabajo.-Diriamba, 1iete de ·• de tnit-.nQ'vecientoa aeaentluno.-Rodolfo Gar­

·"'.'-,,:

' Juei del Trabajo.-C. Mendleta, Srio. • ~- 3 3 .,..· ....

\• ' ... '

N9 25986-B/U N9 202585- (J 9.92 Once y media de la mañana del tunea veintiseia

de junio corriente, 1ub11tará&e en este Juzgado 11-guientea fiac11 rú1ticas: &)-propiedad agrícola de diez manzanu de extensión, ubicada en el sitio Lo• C11til101, comarca de La Ceiba eata juri1dicción, lindante: oriente, C1yetaao Cárcamo; poniente, Jesú1 León; norte, Jesú1 Cárcamo; y sur, fermina Cárcamo; b)-propiedad de veinte manzan11, ubi­cada en el mismo sitio y lindante: oriente, Juan Pablo Mayorga; poniente, fermina Cárcamo; norte, Juliana Cárcamo; y aur, coa francisco Cárcamo hijo; y c)-propíedad de veinticinco manzanaa de extensión, cercada una parte con alambre de púas y otra con pii'luela, lindante: oriente y 1ur, terre­nos de La Concepción; poniente, encajonada en medio, Cayetano Cárcamo y Carmen Cárcamo.

Ejecuta: Dr. Luis Mayorga Delgado a Cayetauo Cárcamo Maradiags.

811e po1turH: Velntl1iete Mil Quinientos Cór­dobu.

Dado Juzgado Dhtrito Clvil.-León, Junio uno de mil uo~ecicntos ae1entiuno.-R. Uacar Santo•, Srlo.

33

N9 25972-B/U N9 211435-t 12.40 A laa cinco de la tarde del dfa veintiaiete de Junio

del año en curso, 1uba1taráae al mejor po1tor 101 si­guiente• inmuebles: a) -la sexta parte lote terreno rú1tlco, compuesto cuatro manzan11 y cinco mil •e· tecientoa noventa y ocho vara• cuadrada•, con eato1 llodero1; aode, aucealón Juliáa Cardoza y José

Adán Guerra Cole; eate, carretera a Dlrlamba en­medio, terrenos de Carlos Mollna Raqlfrez y JoaE Adán Guerra Cole; aur, terrenos de Joaé Adán Guerra Cole¡ y oeate, lote terreno José Adán Guerra Cole¡ y b)-lote de terreno de cuatro manzanH y aeta mil ciento ci~cuenta y 1el1 varH cuadradu, que linda 11f: norte, 1ucealón de Julián Cardoza¡ sur, camino público, terreno de José Adán Guerra¡ eate, terreno José Adán Guerra Cole, carretera a Dlriamba; y oeste, terreno Elisa viuda de Ra1kosky, Igualmente la aexta parte. E1to1 terrenos eatán situados 1obre la carretera a Diriamba comarca de Aaente.

Ejecución de: Abelardo Enrfquez Mora & Ofella Suárez de Mollna.

Avalúo: Cincuenta Mil Córdobu. Oyen1e po1tura1 legalea. Dado Juzgado 2o. de lo Civil del Dlatrito.-Mana·

gua, D. N., nueve de Junio de mil novecientos ae­aenta y uno. Las cinco de la tarde.-S. Martrnez R. Juez 2o. de lo Civil del Diatrlto.-José Alej. Sali­nas C., Secretarlo.

3 3

N9 25959-B/lJ N9 211433-· 7.70 Cuatro tarde veintinueve de Junio corriente al'lo,

local eate De1pacho venderáae al martillo Motoci· cleta marca Triunfo, Modelo 3TA, Twenty One, dos Cilindros, 350 ce., 18 1/2 HP, ·color cele1te, a1lento doble, motor No. 3oA-H-15463, No. Hl5463.

Ejecuta: Julio César Martfaez Abarca contra lg. nacio Solfa fonseca y Llllyam de Colaton.

Dado en el Juzgado Segundo Civil de Dlatrlto a 111 dos y treinta nünutoa de la tarde del alete de Junio de mil nove-cientos 1eaenta y 1100.-Salvador Martlnei Rodríguez, juez.-jo1é Alejandro Salln11, Secretarlo.

3 1

N9 25933-8/U N9 211423-CS 10.40 Once de la mailana próximo día veintinueve de

junio de mil novecientos aeaenta y uno, en el local de este Juzgado 1ubaataráae lote de terreno 11luado en el sitio e Loa Potreros de Nueatra Sei'lora del Pe­dernal., en jurladlcclón del pueblo de San Miguell­to, Departamento tle Río San juan, con una exten­i1ión de tres caballerfaa de tierra, medida moderna, comprendido dentro de 101 alguieutea lindero• ge­neralea: norte, rfo de Tepenaguazapa; sur, el E1-tero El Cam11tro; oriente, monlafta Inculta¡ y po· niente, hacienda El Pedernal.

Ejecución: Banco ,Nacional de Nicaragua va. Arles Manuel Lacayo Me Rea.

Base del remate: Diez Mil Córdoba1. Oyense posturu que cubran principal, lntere1ea,

costas y gaatoa. Dado en el Juzgado Primero para lo Civil del

Distrito de Managua, a 111 diez y media de la ma­ftana del dfa velntinneve de Mayo de mil novecien­toa aeaenta y uno.-Carlo1 Callejaa Moreira, Juez Primero de lo Civil del Oiatrlto de Managua.-S. Delgadlllo F., Secretarlo.

3 1

N9 25906-B/U N9 165518- 4· 6.88 Once maftana lreinta Junio próximo 1ub11t1ráae

este Juzgado fincaa rúatlcas juriadtcción Tola; una veinte manzana•, limitada: Oriente, Ponl ·ate, Pedro Hurtado; Norte, Tomata Palma; Sur Alejan­drino García BustoL Otra dieciocho manzanas y media, limitada: Oriente, Pedro Hurtado; Poniente, Norte, Agueda Palma de Obando¡ Sur, Pedro Hur­tado.-Ejecución: Cario• Acevedo Qulróz contra Alejandrino Oarcfa Bultoa.-Baae: Seis Mil Do1-ciento1 Córdoba1.-Secretarfa juz¡rado Civil Oiatrl­to.-Rivu, velntitrea Mayo mil novecleoto1 1eaen­lluoo,-Mol1é1 S. Cole.

3 1

~-11 .ii~u·;.;;

'',,,;- !:.· . ~."{ . ,.._:;. -

:· ,,

' "

·. ~,

Page 45: REPUBLICA DE NICARAGUA DIARIO OFICIAL...REPUBLICA DE NICARAGUA LAGACET DIARIO OFICIAL A~O LXV 1 Managua, D. N., Viernes 16 de Junio de 1961 SUMARIO PODER EJECUTIVO RF..LACJONES EXTERIORES

1

N9 25919-:B/U N9 211413-4 8 00 Once y media de la mai\ana, viernes treinta de

junio corriente, 1ubastará1e en este Juzgado ca11 y 1olar ubicado en el barrio de San juan Bautista de esta ciudad, siendo la casa en forma de cai\ón, cu­bierta de tejas, parada 1obre horcones y enladrillada con ladrillo de cemento, y lindante: Oriente, Con­c1p~ón Zavala, calle en medio; Poniente, Simón Narváez; Norte, Alejandro jarquln, y Sur, Agustln Valladarea.-8ase posturas: Nueve Mil Quinientos Noventa y Cinco Córdoba1.-Ejecut1: Leticia Ca­brera Fonseca a Eva Delgado de 8aldizón.

Dado juzgado Distrito Civil.-León,' junio tres de mil novecientos aesentluno.-R. 01car Santos M. Secretario.

3 1

Np 25930-8/U N9 211420-CJ 6.fJ5 Diez mai'lana treinta junio corriente ai\o, local

este juzgado subastaráae predio rústico, comarca Cai'la Castilla, 1el1 manzan11, cultivada cbagüite y árbolet fruiales, linda: oriente, Dolores Lacayo de Castillo; poniente, C•mlla Casco¡ norte, Eulallo Ló· pez; 1ut, Camila Casco.

Ejecución: Perfecta Duarte de Orozco contra juan López Márquez y Petrona Segura de López.

BHe rema!e: Cnatro Mil Córdobas. juzgado Civil Dlstrlto.-Or1n1da, seis junio mil

novecientos aeaenta y uno.-fdmundo Matus M., Sri o.

3 1

N9 25954-8/U N9 211432-* 11.00 Diez de la mai'lana cuatro de julio de mil nove­

clento1 sesenta y uno, aacarase a 1ub11ta finca ur­b1na 1ituada en el barrio Monaei\or Lezcano, de esta ciudad, entre la quinta y sexta calle y veintio­cho y veintinueve avenida Sur-Oeste de diez varu de frente de Sur a Norte por veinte varas de fondo de Oriente a Occidente, con casa conatrulda, den· tro de 101 1igulente11 linderos: Norte, lote prometl· do vender a Antonio Cardoza; Sur, Sexta Calle Sur· oeste; oriente, 28 avenida Suroeste y Occidente, lote prometido vender a Maria de jesús Oarcfa; e lnscrl· ta con el número treinta mil cuatrocientos ochenta y nueve, folio ciento ve!ntisei•, del Tomo Cuadra­centé1lmo décimo noveno, 11lento segundo, Sec· clón de Derecho• Reales Registro Público este De· parta mento.

. • Local: juzgado Primero Civil del Di1trito. Demandante: Compañia Nacional de Seguros de

Nicaragua. Demandado: Mercedes Morales fuentes y Silvio

Turcio1 Ramfrez. Base Subasta: 4 27.140.00. Dado en el juzg1do Primero Civil del Di1trito.­

Managua, uno de junio de mil novecientas sesenta y uno.-Enmendado-julio-Vale.-Carlos Callejas Moreira, juez.-Salvador Delgadlllo M., Srio.

3 1 '·

N9 25987-B/U N9 192856-CJ 7.40 Tres tarde veintiocho: ju11io corriente ai\o, local

este Juzgado aubastaráse mejor postor finca rústica ubicada cfl Mojón• e1ta jurisdicción, dieciocho manzanae, conteniendo como dos manzanas y me­dia reg:idfo, estos linderos: oriente, Servando He,­rrera; occidente, 1uceslón Petrona Hernández; nor· te, Santiago Rodríguez; y 1ur, Modesto López.

Ejecución: Edmundo López a Leocadio Hernán· dez Méndez.

B11e remate: Mil Córdoba1. Oyense po1tura1 legales. juzgado Local Civll.-Jinotega, junio mil nove­

ciento11e1entluno.-f. Zamora.-R. Rivera R., Srio, 3 1

;-'93-7_~· ......

N9 25973-8/U N9 211436- CJ 12.70 Nueve antemeridianas treinta de junio corciente,

subastaránse loa alguientea lotes a1!: a)-lote de veln~lcinco m1nzanu de superficie, limitado a1I: oriente, Ceferino Oonzález y Eustaquio Delgadillo; poniente, Oerónlmo Delgadillo; norte, Ramiro Al· varez; y 1ur, Pedro Oonzález; b)-lote de quince manzanH de superficie, limitado as!: oriente, Pe­dro M.atamoros; poniente, Ramiro Alvarez: norte, franc11co Amador; y sur, Ceferino Oonzález; c)­lote de do• manzanas de auperflcie, limitado as!: oriente, Pedro Matamoro1 y camino al Ojo de Agua enmedio; poniente, Pedro Matamoros; norte Pedro Oonzález; y sur, 8enlclo Oonzález; d)_:.lote' de me· dia manzana, limitado: oriente, Pedro Matamoro1· poniente, caserfo de La La~una y la lgle1la· norte' Demetrio Sequeira; y 1ur, Panteón del caserr~ de L~ Laguna; y e)-lote compue1to de tres cuarto• de man~ana, limlt.a_do: oriente,. Pedro ~atamoros y csmmo enmed10; poniente, Cementerio al caserlo y Plazoleta de por medio; norte y 1ur, Teófilo Polan· co. Que todoa 101 lotea antes mencionados, e1tán situados en la comarca de La Laguna jurisdicción de San Lorenzo, de e1te Departamento.

Ejecuta: · Lauro Oonzález Delgadlllo a Vlctor Oonzález ·

Avalúo: Qulniento1 Córdobas. Secretarla juzgado Local.-Boaco, tres de junto

de mil novecientos sesenta y uno. - Correg1do1-fram:isco-or{ente-valen. - Teatado1-1-d-r-d-a-ve­d-r-d-r-no vale.- Mb corregldo-treinta-vale.-NI· casio Montlel Z., Secretario.

3 1

N9 25980-B/U N9 211441-CJ 8.00 Cuatro cincuenticlnco minutos viernes treinta ju­

nio corriente, local Cite Despacho subastaráse solar situado suroeste e1ta ciudad, de dieciocho varas y veinticinco centésimas de varas por rumbo• oriental y occidental y cuarenta varas rumbos norte y sur esto• lindero•: norte, Josefa Sandoval; sur, José Luis Barillas; oriente, avenida enmedlo, bloque nú· mero M.; occidente, Alta Oracia. Inscrita No 36.678 tomo 496, follo• 119/20, asiento 2o. • '

Ejecución: Donato Saballos contra Wllmer Wataon.

Base subasta: Tres Mil Seteclento1 Veinte Cór­dobas.

Oyenae posturas legales. Dado juzgado 2o. Civil Distrlto.-Managua, sei1

junio mi~ noveclento1 aeeentiuno.-S. Martrnez R.­jo1é Ale]. Salinas C., Srlo •

3 1

N9 25988-8/U N9 192857-CJ 7.40 Tres tarde treinta corriente, local eue juzgado au.

bastaráse mejor postor finca rústica ubicada Los Chagüitea esta jurlacllcción, nueve y media manza­nae, cercada alambre y pledru, e1to1 linderoa: nor­te, Ag!11trn Blandón; sur, camino e_nmedlo, Agustín Blandon; oriente, Agustrn Blandon; sur, Agu1trn Blandón y Rafael Cutellón.

Base remate: . Mil Córdobas. Oyense poaturas le2ale1. Ejecución: Gonzalo Outiérrez Oadea a Rosa

Blandón de Outiérrez. juzgado Local Civil.-Jlnotega, junio uno mil no­

vecientos aesentiuno.-Enmendado-noveclentos­vale.-E. Zamora.-R. Rivera R.; Srlo.

3 l

N9 26009-8/U N9 211444-· 8.75 Cinco de la tarde treinta corriente, subastaráae

mejor postor casa y solar situados kilómetro tree y medio carretera norte, •urbanización Santa Clara• No. 139, el terreno mide diez varas frente, por treln· ta fondo y la casa diez por doce, con1trucción blo­ques, techo zinc, l1drillo1 cemento, pozo, 1umide­ro, todo dentro 1iguiente1 lindero•: norte Adelina Hernández; 1ur, Oermán Ortlz; este, Guillermo

•'

... ,

' . ' i ;, ] ., l i

Page 46: REPUBLICA DE NICARAGUA DIARIO OFICIAL...REPUBLICA DE NICARAGUA LAGACET DIARIO OFICIAL A~O LXV 1 Managua, D. N., Viernes 16 de Junio de 1961 SUMARIO PODER EJECUTIVO RF..LACJONES EXTERIORES

>

1366 LA OACl!TA-DIARIO OPICIAL

Fernández; oeste, avenida en medio, Raúl CernL Base subasta: Nueve Mil Noveclento1 Veinte

Córdobas. Ejecución: Velba de Barker contra Salda Cane-

lo de Roa. Oyenae po1tur11 legales. , Suba.ta dectuará1e: Local este Juzgado. Dado juzgado Segundo Civil del Dlatrlto.-Mana·

gna, D. N., aiete de junio de mil noveclentoa aescn­ta y uno.-Salvador Martínez Rodrlguez.-joaé Alej Salinas C., Secretario. •

' 3 1

TITULOS SUPLETORIOS N9 25774-8/U N9 178640-CS 7.40

Luz Quintero, aollclta Titulo Supletorio linea ur· bana, cantón Veracruz cata ciudad, linda y mide: oriente, hoy Candelaria Herrera, veinticuatro varas; poniente, hoy Manuel Ruiz, cincuenta varas, calle¡ norte, hoy Maria Téllez y Jo1é Arias Veláaquez, ca· lle, cincuenta y cuatro varas¡ aur, hoy Luda Florea Larios, treinta y aiete var11.

Húbola de: Manuel Ruiz Roddguez. Citado Sindico Municipal Especifico. Quien créaae con derecho, opóngase legalmente. Juzgado Local Civi1.-M11atepe1 veintiuno Enero

mil novecientoa aescnta y uno.-Camilo An~valo O. -Cario• B. Rulz O., Srlo.

3 3

N9 25786-8/U N9 165376-· 5.52 Luisa Meza de juárez, solicita Título Supletorio

finca urbana 1lta orillas Moyogalpa, eate Departa· mento, linda: oriente, jolé Ana Monticl; poniente, Oran Lago; norte, Dioni1io Hernándcz; sur, Ange­lina Romero.

Opo1lclones término legal. Secretarla juzgado Civil D11trlto.-Rlvas1 veinti­

cuatro Enero mil novecientos 1caentluno.-Antonlo Luna, Secretario.

33

N9 25317-8/U N9 139070-· 4.68 Ro11 Oal.tán Salin11, solicita Titulo Supletorio ur·

bana, lindante: oriente, Con1tantino Putoy¡ po­niente, jaiclnto E1cobar; norte, Narciso Putoy; 1ur, Norberto Mercado.

Oponerae término le¡¡:al. juzgado Civil Di1trlto.-Ma11ya1 veintiuno Enero

mal novecientos 1csentiuno.-Carlo1 Martlnez L. 3 3

No 25490-8/U N9 183112-· 5.40 Jo1é Córdoba Urey, pide Trtulo Supletorio 1olar

urb1no altuado cata ciudad, barrio L'a Libertad, lln· dante: norte, Maria El11 De1hon; 1ur, franclaco Cácere1; oriente, Maria El11 Dcshon; poniente. Do­minga Rcyca.

Opónganse legalmente. • juzgado Local Clvil.-Chlnandega, quince febre­

ro mil noveciento1 1e1entluno.-M. Pércz jarquln, Secretarlo. · 3 3

N9 25746-8/U N9 146960-4 6.00 Angela López, solicita Trtulo Supletorio casa y

solar cata ciudad, quince var11 norte, treinta 1ur, cuarenta oriente y poniente, lindero•: oriente y

• norte, Rlo Sauce; poniente, Rita Mendoza; 1ur1 lné1 8. de Castillo.

Do1ciento1 Córdob11. Opóngan1e: • Sauce, veinticuatro de Marzo de mil novecicnto1

aescntiuno.-L. Valladare1 M., Secretario. 3 3

te, propiedad Asceaclón Ramlrez; occidente, proph! dad Femando, Antonio y Marta Rcye1; norte, pro­piedad Vlctor Reye1 y Félix C11co; 1ur1 Enrique Hurtado.

'lntere11do1 opónganse. Dado Juzgado Civil del Diatrlto.-Somoto, velntl·

cuatro Marzo mil novcclcnto1 scscntiuno.-Efralm E1plnoza P., Secretario. 3 3

Nó 25398-8/U N9 163056-· 6.60 Alejandro Moneada Alegria, 10liclt1 Titulo Suple·

torio de cerramiento ubicado 1ltlo Apacorral uta juriadicción, como cien m1nzan11 cabida, cercado con alambre, contiene potreros, huerta, casita em­palencada, lindante: oriente, occidente y 1ur, Da­niel Moneada; norte, jo1é Rugama.

Valór11c prenotado inmueble: 001 Mil Córdob11. Oycac opo1iclón término legal. Dado juzgado Civil del Distrito. - E1tell1 ocho

Abril mil novecientoa sesenta y uno ..... o. Outlérrez. -Calh:to Outlérrei 8., Secretario.

3 1 '

NQ 25399-8/U N9 163066-CS 7.20 Servando Rizo Cordero, aoliclta Titulo Supletorio

eerramcnto ubicado aitlo Llcoroy, juriadicclón La Trinidad, como diez y nueve manz1n11 y media, cercado alambre, piedra, naturales, contiene potre­ro11 huerta• agricultar, caaa hlbltaclón, lindante: oriente, José David Zamora; occidente, Oumercln· da Cordero viuda de Rizo, Fidel y Paator Vllchez; norte, jU1tlno Herrera y Servando Rizo Cordero; y 1ur1 Fidel y Pastor Vflchez. ·

Opónganac término legal. juz¡ado Civil del Di1trlto.-E1tcU1 ocho de Abril

1961.-Calixto Outlérrez 8., Srio. • 3 1

TERRENOS MUNICIPALES

N9 25837-8/U Np 140683-· 8.20 Tcodora Hernándcz, 1ollcita arriendo 1ofar Mu

nicipal, donde tiene su caaa habitación 1ltuado •l!I Tamarindo• 1uburbio1 de esta ciudad, mide parte oricntal actenfüiete varaa largo, veinte varas ancho lado norte, co•tado occidental cincuenta varas lar­go, aur cuarenta y ocho var11 ancho, actualmente 1ln cercas, limitado con cstoa li11dero1: oriente y aur, propledadea de laa aei'lorit11 Valle, callcjonca de por medio; norte, Inculto; occidente, propiedad Antonio Castillo, callejón de por medio.

Quien ae crea tener igual o mejor derecho, pre-, 1énteac termino legal.

Alcaldia Municlpal.-Cludad Darlo, diez y 1lete de Mayo de mil novecientos 1e1enta y uno • ..,...Lul1 Bermúdez A.-fauatino Vallcjo1, Srio.

Ea conforme.-fan1tino Vallejos, Secretarlo. 3 1

N9 25911-8/U N9 164866-· 7.65 Ramón Qulroz Rod rfguez, mayor de edalf, '1udo,

de1lazador, 1ollcit1 donación 1olar Municipal don• de tiene edificada de1de hace diez ailoa 1u ca11 de habitación, el cual mide diecl1cl1 v1r111le cite a oeste y treintltrea varas y una tercia de norte a aur, lindante aaí: oriente, aolar Municipal; occidente, camino al rlo llamado •El Tempiaque•; norte, c111 Cándida Qulroz, calle enmedio¡ y aur, casa Raatro Público. ·

El que créaac con derecho, preaéntesc cata Oflci· na término ley. ,

Alcaldla Municipal.-Teu1tepc1 Depto, Boaco, dleclaletc Mayo de mil novecientos acacntiano.­William Deering O., Alcalde Munlclpal,-J. Cas­tillo P.

3 1

N9 25771-8/U N9 172069-$ 6.20 N9 25877-8/U N9 172196-CS 9.08 juan Blál Martrnez, solicita Titulo Supletorio fin- lrma Urblna de Moralea, mayor edad, eate doml-

ca rúatlca juriadicción Lu Sabanas, lindante: orlen· cilio, aoliclta donación 1ol1r 11tuado oriente cata

·'Vf "'· ¡

.1

·_t

-f ,.i

Page 47: REPUBLICA DE NICARAGUA DIARIO OFICIAL...REPUBLICA DE NICARAGUA LAGACET DIARIO OFICIAL A~O LXV 1 Managua, D. N., Viernes 16 de Junio de 1961 SUMARIO PODER EJECUTIVO RF..LACJONES EXTERIORES

¡; •

'(

LA OACE.T A-DIARIO OFICIAL 1367

eludid, m~de c1torce viru frente, ~or trelnt1icu1t~o jesús Largaespada; norte, el suscrito, y sur, fondo, teniendo 1demb ~n1 c111 b1b1taclón d cafton Pablo Corea. ludica también como herede· doce varas frente, por ae11 ancho, con comedor ochQ e h Ot'I" d 1 C V varas largo por cuatro 1ncho más un1 mediaRa ocho ro_ a sus ermanos 1 1a e armen ega, varas largo', cuatro ancho, 'parada 1obre horconea, Ana Oenoveva Martínez, José Cruz Martf· forrado con tabl11 y l1drlllo cuarterón, teja de zinc, nez, Luisa Amanda Martfnez, Manuel Martí· pl10 natural, limitado: norte, c11a Y aolar Marfa nea Rodrfguez Noel Isidro Norori José An· Blandón de Urblna; 1ur, c11a y aolar juan Ramón 1 M 1 1 M r d 1 A '1 M lzaguirre; y eate, 1olar juan Ramón lzaRulrre¡ y ge art .nez Y . ar a e os nge es artí· oeate, medi1ndo calle, casa y 1olar María francisca ez. Quien quiera oponerse hágalo en el Román. .' término de ley. - Carlos Callejas M., juez

Quien " con1ldere con derecho, opóngase terml· Primero de lo Civil del Distrito Managua.-no 1eg1I. C A R O S ·

Alc1ldfa Munlclp1l.-Somoto, diez y ocho de Ma· · • eyes •1 no. yo mil noveclentoa 1eaentluno.-Edmundo fl1llo1 Plnell, Alcalde Munlcipal.-juan A. Aguller1, Srio.

3 1

N9 25969-B/U N9 020193-Cf 7.04 Zenalda Matu1 de Aguado,' denuncia arrendar

mil o meno• cinco heetáre11 terreno ejldal comar­ca Llano Los Pedros, cercada alambre de púu cul­tlV1da con zacate artificial y árbolea frutalet, eatoa linderoa: norte y oriente• arriendo 1 de Humberto Lazo; 1ur, arriendo de Ramón Matu1; y poniente, arriendo Pedro López RodrfgueL

Oyese oposición quien deaee. Alcaldf1 Muaicipal. San Pedro de Lóvago, ma­

yo veintinueve de mil novecientos seaentiuno.­Porflrlo Fonaeca.-Ante mf, Srio.-josé Luis Ma· tus L.

I 3 1 . No. 25968-B/U-No. 172275-4 8 92

Oilberto Caldera Raudes, 4bogado y Notario de eata ciudad, 101icit1 arrendamiento de un lote de terreno ejidal 11tu1do en el Valle de Sant1 ROia de eata jurladicclón como de veinticuatro hectáreas de cabida limitado por el norte, con propiedades de Elfu Miranda, Joaé Marra Mejía y Macario del mismo 1pellldo mediando un callejón; aur, propie­dad de Alfredo Dfaz Muftoz y Alejandro Pérez, me· dlando camino real que conduda eata ciudad; orien· te, propiedad de don jOlé Marfa y jo1eflna Guzmán· y occidente, J>ropled1d de la 1ucealón de Aguatru Mejía y Valentrn PéreL ' -

Quien crea tener derecho, opóngase en el térmi­no de ley.

Alcaldía Municipal. Somoto, treinta y uno de mayo de mil novecientos seaenta y uno.-fdmundo flallo1 Pinel, Alcalde Municipal.-juan Antonio Aguller11 Srlo. 3 1

1

No. 25957-B/U No. 198985-CS 2.88 Manuela Tardencilla O., pide declárese

heredero a su hijo f élix Alberto Pizarra, en unión de flavia félida Pizarro, de tos bienes, derechos y acciones que a su muerte dejó don Sauto& Pizarra Ouatuco.

Interesados opónganse. 1Juzgado Civil Distrito.

nio dos, mil novecientos Riveralainez, Sría.

Chinandega, Ju· sesentiuno.-Lea

1

No. 25956-B/U No. 198987-<i 3.60 julio Armando Romero Sequeira, pide de·

cláresele herederos en unión de sus herma­nos, de su padre, Pedro Romero Uriarte, bie. nes consisten: la parte indivisa que le corres· ponde al causante como heredero de su di· funta madre de una casa y solar, en Barrio El Calvario, esta ciudad; lindante: oriente, calle en medio, Humberto Meza; occidente, José Antonio Ocafta; norte, Luciano Espino· za; sur, . calle en medio, Bernarda viuda de Altamirano.

Interesados opónganse. juzgado Civil Distrito. Chinandega, Ju·

nio dos, mil novecientos sesentiuno. - Lea Riveralainez, Sria. 1

Declaratorias de Herederos

No. 25952 · B/U-No. 211430-<i 6.10

No. 25966-B/U No. 202706-<i 4.20 1 Clementina Loáisiga, solicita decláresela

f ernando Martfnez, mayor de edad, casa· do, carpintero y de este domicilio solicita declaratoria de herederos de su padre José de la Cruz Martínez.

Bienes: predio urbano en el Barrio de la Penitenciaria de esta ciudad que mide once varas y tres cuartas de otra por treinta y cin· co varas y nueve pulgadas defondo; linde· ros: oriente, Adelina fonseca v. de Marif· nez; occidente, Ana, Maria de los Angeles, José de la Cruz Martínez y otros; norte, lrma de Ram(rez; y sur, Octava Calle Sur Este.

Dos predios rústicos sobre el camino de Bolas, de tres manzanas y media cada uno; linderos: el primero, oriente, julio Bahalcke, camino ~n medio; poniente, jesús Largaes­pada; norte, Matea Martinez; y sur, Eloisa Martinez. El segundo: oriente, julio Bahalc­ke, camino en medio¡ poniente, Sucesión

heredera en bienes, derechos y acciones, de su madre Carlota Loáisiga.

Interesados opónganse. juzgado Civil Distrito. León, seis junio

mil novecientos sesentiuno. - J. R. Saborio E., Srio. 1

No. 25989-B/U No. 80096-<i 3.10 1 Pedro Sequeira Ramírez, solicita decláre·

sele heredero unión hermanos, José lnoren­te, José Abel, Aurora, Josefa, Corina y Car· men Sequeira Ramirez, bienes su padre Abel Sequeira, consistentes unos derechos tierra sitio comunero San Pablo esta jurisdicción.

Quien tenga derechos, preséntese. _ Dado juzgado Distrito. Acoyapa, uno

junio mil novecientos sesentiuno.-L. A. Ou· tiérrez M., Srio.

1

;'j

Page 48: REPUBLICA DE NICARAGUA DIARIO OFICIAL...REPUBLICA DE NICARAGUA LAGACET DIARIO OFICIAL A~O LXV 1 Managua, D. N., Viernes 16 de Junio de 1961 SUMARIO PODER EJECUTIVO RF..LACJONES EXTERIORES

1368 LA OACl!TA-DIARIO Of'ICIAL

No. 25990-B/U No. 178642-4 3.30 Pía Aguirre, solicita decláresele heredero

su hijo Benigno Bias Aguirre, parte indivisa finca rústica' jurisdicción La Concepción, es· te Distrito judicial, como un tercio manza· na, limitada: oriente, Leopoldo Rosales; po­niente, Arnulfo López; norte, Antenor Mon· terrey; sur~ camino.

Intervención Representante del Ministerio Público.

Oyese oposición. juzgado Civil Distrito.-Masatepe, veinti·

cinco Mayo mil novecientos sesenta y uno. Dr. Roberto Rosales M.-Carlos B. Rufz O., Sri o. 1

No. 25996-8/U No. 18442-4 4.20 José Domingo Páramo Pravia, mayor edad,

soltero, agricultor, vecino ciudad Santa Te· resa, pide sea declarado heredero en unión hermanos Lázaro Ramón, Concepción de María, Eduardo de los Reyes y Casta Juana, Páramo Pravia, mayores edad, domicilio Santa Teresa, agricultores, varones; oficios domésticos las mujeres; de los bienes, dere· chos y acciones que dejó al morir su difunto padre Domingo Páramo, quien fue mayor edad, viudo, agricultor, vecino Santa Teresa.

Bienes sucesión, finca rústica siete man· zanas cabida jurisdicción Santa Teresa, ins· crita Registro Público Departamento Carazo.

Quien tenga derecho, opóngase térmi.no No. 25991-B/U No. 187392-i 4,15 legal. _ Carmela Miranda T~llez, solicita decláre- juzgado Civil Distrito. jinotepe, do> de

sele heredera única, bienes, derechos y ac· junio mil novecientos sesenta y uno.-F. ciones que a su muerte dejó su hermana le· Campos Tercero.-Leonidas Sánchez Srlo. gUima Priciliana ~Oómez, sin perju1c10 de ' quien tenga igual o mejor derecho. BieJ!eS: L' A G A e E T Aª, Un solar medianero, hacia el occidente de esta ciudad en el barrio de La Cruz Verde; linderos: oriente, solar baldfo, primera calle norte de por medio; sur, solar baldfo; orien· te, solar y casa de Oilberto Ouadamuz; y poniente, el pozo del Pilón ..

Opóngase término legal. Dado juzgado de lo Civil del Distrito.

Juigalpa, veintinueve de Mayo de mil nove· cientos sesenta y uno.-Mariano Pérez D. M. A. Oalarza, Srio. ~ ·

Es conforme,..,...M. A. Oalarza, Srlo. 1

No. 25992-B/U-No. 204133--<i 3.12 Candelario Mena,. solicita declárese here·

dero su 'madre Carmela Mena, unión herma· nos: jacinto, José Maria y Carmela Mena; bienes: Rústica; lindante: oriente, Sara Ti· noco; poniente, Sara Tinoco; norte, Vicente Rappacioli; sur, Vicenta Miranda; derechos y acciones.

Oponerse. término legal. Juzgado Civil Distrito. Masaya, diez y

nueve Mayo mil novecientos sesentiuno.­Carlos Martínez L., Srio. .. 1

No. 25993-B/U No. 204128-<i 3.18 Petronila López, solicita decláresele herede· ra su padre legftimo Agustfn López, unión hermanos: Estebana, Segunda, Pastor, Car· los, José, Rosa, Ofelia y Teófilo López; bie· nes, urbana: poniente, Luis López; ponien te, Ubalda Chacón; norte, Leonza Montoya; sur, Luis Cano.

Oponerse término legal. juzgado Civil del Distrito. Masaya, diez

y nueve Mayo mil novecientos sesentiuno. Carlos Martf nez L., Sri o.

1

DIARIO OFICIAL DEL OOBll!RNO DE NICARAOÚA

Se publica todo• los díu, excepto 101 fe1tivo1. OFICINA V ARCHIVO

Imprenta Naclon·al-Teléfono Np 37-71, Apartado Número 86.

Valot de la Suscripción Para la República:

Número del dla CS 0.30 Por trimestre .. 4 15.00 Número rHrasado e 0.30 Por Seme1tre. . e 25.00 Por me1 . • • . • • • • e 5.00 Por ailo ••••••• e 45.00

Para el Exterior: Por seme1tre USS 6.00 • Por afto. • • • • e 11.00

Por la publicación de cli1é1, tre1 córdobas, por ca· da pulgada cuadrada de una hasta tre1 Inserciones,

Por la publicación de avisos, edictos, carteles y demáa documento• que 1e publiquen de cualquier claae que 1ean, 1ei1 centavoa de córdoba por cada una de las primeras cincuenta patabraa y dos cen­tavo• de córdobaa por cada una de IH excedentes· alempre que la publicación 1e haga una vez o po; la primera vez. Por 111 publicaclone1 1iguientea 1e cobrará la mitad del valor de la primera.

Toda publicación que se haga debe de enviarse a esta oficina una copla aolamente, con 1u respectiva Boleta Unica. •

Por un~ página, Sesenta Córdobas, la primera vez lae 1lgulente1 por cada vez, la mitad de ese valor.

Los pago• anteriorea eerán hechos por medio de boleta única de entero. flta boleta se a tquirirá en la ciudad de Managua, en la Dirección de •La Ga­ceta•, y en 111 demás partea de la República en lu Adminl1traclone1 de Rentas o Agencias fiscales, si se tratare de edlcto1, avl101 o carteles cuyo valor ae calcula por palabras, y en las Admlnistracione1 de Renta• en loa demál CUOI.

Adquirida por el interesado la boleta únfca de entero, la autoridad que ordene 101 aviso1, edlcto1 o cartele1 los remitirá junto con la boleta a la .Dlrec· ci6n de cLa Oaceta• para IU debida publicación 1iempre que la boleta cité de acuerdo con la Tarifa. En otro• ca101, el lntereudo presentará o remitir' a Dirección de •La 9acetaa la publicación que de­le& hacer acompailada de la boleta reapectlvL.

·-

.-.:·.·~