repÚblica bolivariana de venezuela definitivo

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA INSTITUTO DE MEJORAMIENTO PROFESIONAL DEL MAGISTERIO UNIVERSIDAD EXPERIMENTAL LIBERTADOR EXTENSIÓN HIGUEROTE MUNICIPIO BRIÓN – ESTADO MIRANDA FORTALECER LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS NIÑOS(AS) Y ADOLESCENTES, DE 7 mo GRADO, SECCIÓN “C”, DE LA U. E. E. “LAS COLONIAS” DEL MUNICIPIO BRIÓN, ESTADO MIRANDA Tutor

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Page 1: REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DEFINITIVO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

INSTITUTO DE MEJORAMIENTO PROFESIONAL DEL MAGISTERIO

UNIVERSIDAD EXPERIMENTAL LIBERTADOR

EXTENSIÓN HIGUEROTE

MUNICIPIO BRIÓN – ESTADO MIRANDA

FORTALECER LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS NIÑOS(AS) Y

ADOLESCENTES, DE 7mo GRADO, SECCIÓN “C”, DE LA U. E. E. “LAS

COLONIAS” DEL MUNICIPIO BRIÓN, ESTADO MIRANDA

Tutor

Autora:Mora Yohana

Tacarigua, Junio de 2012

Page 2: REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DEFINITIVO

ÍNDICE GENERAL

DedicatoriaAgradecimientoResumen

INTRODUCCIÓN

CAPITULO I. EL PROBLEMA

Planteamiento del ProblemaObjetivo GeneralObjetivos EspecíficosJustificación

CAPITULO II. MARCO TEÓRICO

Antecedentes de la InvestigaciónBases TeóricasBases LegalesDefinición de Términos Básicos

CAPITULO III. MARCO METODOLÓGICO

Tipo de InvestigaciónDiseño de la InvestigaciónPoblación y MuestraSistema de VariablesOperacionalización de las VariablesTécnicas e instrumentos de Recolección de Datos Instrumento de Recolección de Datos

CAPITULO IV. ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE LOS RESULTADOS

CAPITULO V. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

ConclusionesRecomendaciones

BIBLIOGRAFÍAANEXOS

Page 3: REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DEFINITIVO

INTRODUCCIÓN

La presente investigación surge como resultado de una inquietud que en los

últimos años ha sido motivo de análisis y discusión en todos los ámbitos del país,

como es la defensa, protección y garantía de los derechos y deberes de niños, niñas y

adolescentes, vinculados estos con el proceso educativo y a la vez con la enseñanza

de los valores fundamentales y los principios rectores de nuestra democracia.

Un niño o niña que no es atendido integralmente, que no ha tenido el afecto de

sus padres, que no ha vivido en un ambiente donde prevalecen los principios

humanos es un niño, niña o adolescente que le están violando los derechos. En este

sentido, es de interés primordial dar a conocer la Ley Orgánica para la Protección del

Niño, Niña o Adolescente, y a la vez, enseñar de manera incipiente a los estudiantes

del 7mo grado, Sección “C”, de Educación Básica, de la Unidad Educativa Estadal

Las Colonias del Municipio Brión, Estado Miranda, que tienen unos derechos y

garantías, así como unos deberes y compromisos que deben cumplir. Todo esto

implica un cambio importante en el desarrollo cognitivo del niño, pues se le está

instruyendo en conocimiento legal anteriormente desconocido para él o ella.

La entrada en vigencia de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del

Adolescente (en lo sucesivo LOPNA), trajo consigo sin lugar a dudas una interesante

perspectiva del estudio de la infancia y de la minoridad en general. Muchas han sido

las discusiones en torno al cambio de orientación respecto de la forma de ver y de

tratar al menor de edad, o como prefieren denominarlo algunos, incluyendo la propia

ley, al tratamiento del “niño, niña o adolescente”.

A través de las siguientes líneas pretendemos pasearnos a grosso modo, por

algunos aspectos que orientan la LOPNA, específicamente el fundamento y los

principios que rigen la misma, así como los derechos y deberes que tal normativa

proyecta a favor de la infancia y la adolescencia.  Para ello dividimos nuestro estudio

en cinco partes: la primera se refiere al fundamento de la protección a la infancia y

adolescencia; en un segundo aspecto tocaremos los principios orientadores del

sistema; como tercer ítem veremos cuáles son los derechos consagrados a favor de los

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menores para seguir inmediatamente con los deberes de los mismos; finalmente como

quinto y último elemento haremos una breve referencia a un punto al que nos hemos

dedicado en otra oportunidad, a saber, a la capacidad procesal del menor de edad. 

Este planteamiento constituye el eje central de este estudio, el cual tiene como

objetivo ofrecer conocimiento para la aplicación de la Ley Orgánica para la

Protección del Niño, Niña y del Adolescente. De allí, la importancia de este taller

como parte de la acción educativa para facilitar y fortalecer el proceso de enseñanza

aprendizaje de los niños, niñas en cuanto a derechos y deberes.

Para ello nos paseamos por la normativa que ampara la infancia y la

adolescencia y por las diversas consideraciones que han realizado los estudiosos de la

materia sobre el tema.

El Capítulo I describe el problema objeto de estudio, define sus objetivos y su

justificación. El Capítulo II contiene basamentos teóricos de carácter documental

bibliográfico sobre el problema de estudio y las bases legales. El Capítulo III señala

la metodología en el estudio, (diseño y tipo de investigación, población y muestra,

técnicas e instrumentos de recolección de datos, validación, confiabilidad,

procedimiento y análisis de datos). El Capítulo IV, se refiere al análisis de la

información o datos. El Capítulo V encierra las Conclusiones y Recomendaciones de

la Investigación, las referencias utilizadas en el estudio y anexos.

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CAPÍTULO I

PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

El hombre día a día trata de llevar un proceso socializador a nivel macro pero el

esfuerzo sigue siendo insuficiente, porque todavía la violencia impera, sufriendo esta

los más pequeños o débiles. La autora considera que en el mundo la agresión contra

de los niños y entre ellos mismos es la más notoria.

La niñez y la adolescencia constituyen una etapa hermosa y fundamental en el

desarrollo del ser humano; de la misma depende el futuro de la persona, porque lo

bueno o lo malo de la personalidad del hombre o de la mujer tiene su cimiente

fundamental en dicho período. Una infancia feliz será el inicio de una vida plena que

se proyectará en todos los niveles; contrariamente, una infancia plagada de miseria y

dolor difícilmente dará lugar a un ser humano apto para enfrentar la vida.

La protección de la infancia y la adolescencia presenta un fundamento de orden

natural, a saber, cuenta si se quiere con un cimiente básicamente iusnaturalista. El

cuidado del ser humano en su etapa primaria y esencial constituye el origen y la causa

de la personalidad y desarrollo del ser humano en una etapa posterior. Es bien sabido

que somos producto de una educación y una historia particular; si al inicio de nuestra

existencia y posteriormente en nuestro desarrollo hacia una etapa adulta contamos

con un ejercicio pleno de derechos y con una existencia digna, seremos adultos sanos

y felices. De manera pues que podemos decir que del presente del niño depende el

futuro del adulto. De allí la imperiosa necesidad de contar con una normativa que

ampare al ser que no ha llegado a la mayoridad y que le permita un ejercicio efectivo

de los derechos consagrados a su favor.

La base normativa que brinde cobijo a los menores de edad ha de ser amplia y

debe ser interpretada en interés del principal sujeto a cuyo favor existen, por ser éste

Page 6: REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DEFINITIVO

el débil de la relación. Es decir, el menor de edad por su delicada situación y por

encontrarse en una posición de desventaja respecto de los llamados a velar por su

protección debe contar con una legislación acorde con sus necesidades que a su vez,

permita un ejercicio pleno de los derechos que la ley y la naturaleza le ofrecen.

Los derechos son un conjunto de normas que permiten regular la convivencia

social y resolver los problemas interpersonales que involucran a los niños y niñas, y

también, “serán reconocidos a todos sin excepción alguna ni distinción o

discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas

o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento u otra

condición”

Teniendo en cuenta el anterior concepto es necesario observar en nuestro

contexto lo que está pasando en cuanto a los derechos, los cuales no siempre son

reconocidos en el aula de clase, y en muchas ocasiones son vulnerados o ignorados

por el afán del docente transmitir contenidos escolares.

Esta situación puede darse debido a que el docente no tiene las herramientas

suficientes para que los niños y niñas se concienticen y conozcan sus derechos; por

consiguiente se hizo necesario conocer cuál es la convivencia, las estrategias,

conocimientos y actitudes que tienen los docentes ante los derechos establecidos en la

Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y adolescentes con el fin de abordar la

problemática de sus derechos y obligaciones en la escuela, el hogar y la comunidad.

Para la Organización Mundial de los Derechos Humanos (2010)… “Los niños

son los que mayormente sufren de violencia…” (pág. 250). Es decir son los infantes

lo que están sujetos a maltratos por parte bien sea de sus padres, familiares y otros,

por lo general esto le crea un trauma psicológico, para Freud (1980…”Los trauma de

la infancia, adolescencia del niño para así crear un mundo, cuya simbiosis permita la

adaptación e incorporación de todos por igual, interpretando las ideas Marxistas se

puede deducir que el bienestar de en común, comienza con el beneficio de la

colectividad, por lo tanto al educar a los niños, niñas, jóvenes y adolescentes bajo un

clímax cordial, podemos garantizar a futuro una sociedad cuya hermandad, equidad

sea la necesaria.

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En Venezuela, los organismos competentes para lograr esa protección de los

niños, niñas, adolescentes han creado la Ley Orgánica para la Protección de los Niños

Niñas y Adolescentes (LOPNNA, 2000). “Cuyo objetivo principal es plasmar los

Derechos y Deberes de los niños…” (pág. 5). Es importante que desde la edad de

Preescolar se les de a conocer sus derechos y deberes, con el fin de hacerlos valer,

ponerlos en práctica y fomentar el ser un buen ciudadano; sin embargo, el Ministerio

del Poder Popular para la Educación (2006), ha llevado talleres a los Centros

Educativos y la Violencia escolar, va en aumento por lo que propuso en el año 2010-

2011, enfocar los proyectos de aprendizajes en la formación de valores y análisis de

la Ley Orgánica para la Protección de los Niños Niñas y Adolescentes (LOPNNA,

2000) para así bajar el índice de Violencia en los centros de enseñanza.

En el Estado Miranda, Municipio Brión Unidad Educativa Estadal Las Colonias

ubicado en la comunidad de Sotillo, no escapa de está realidad, los discentes, se

agreden e irrespetan mutuamente y en algunos casos a sus profesores, por lo que se

presume que su formación tiene debilidades, por lo tanto se hace indispensable dar a

conocer los derechos y deberes de los niños, niñas y Adolescentes que asisten a esta

institución, por lo que se plantea las siguientes interrogantes:

a) ¿Conocen los alumnos del 7mo grado, Sección “C”, de Educación Básica, de

la Unidad Educativa Estadal Las Colonias del Municipio Brión, Estado Miranda la

Ley Orgánica para la Protección de los Niños Niñas y Adolescentes (LOPNNA,

2000)?; b) ¿Las relaciones interpersonales de los alumnos del 7mo grado, sección “C”

de Educación Básica, de la Unidad Educativa Estadal “Las Colonias” del Municipio

Brión, Estado Miranda son favorables para su rendimiento?; y c) ¿Cómo puede el

conocimiento sobre la Ley Orgánica para la Protección de los Niños Niñas y

Adolescentes (LOPNNA, 2000) mejorar las interacciones entre los alumnos del 7mo

grado, Sección “C” de Educación Básica”, de la Unidad educativa Estadal “Las

Colonias” del Municipio Brión, Estado Miranda?.

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OBJETIVOS DE LA INVESTIGACIÓN

Objetivo General

Analizar a través de talleres los deberes y derechos de los niños, niñas y

adolescentes del 7mo grado, Sección “C” de Educación Básica, de la Unidad

Educativa Estadal “Las Colonias”, ubicada en Sotillo, Municipio Brión, Estado

Miranda establecidos en la Ley Orgánica para la Protección de los Niños Niñas y

Adolescentes (LOPNNA, 2000).

Objetivos Específicos

Difundir los derechos y deberes en los niños, niñas y adolescentes a través de

un espacio ambientado por alumnos del 7mo grado, Sección “C” de Educación

Básica, de la Unidad Educativa Estadal “Las Colonias”, ubicada en Sotillo del

Municipio Brión, Estado Miranda.

Aplicación de Talleres informativos sobre los deberes y derechos de los niños,

niñas y adolescentes a los alumnos del 7mo grado, Sección “C” de Educación Básica,

de la Unidad Educativa Estadal “Las Colonias”, ubicada en Sotillo del Municipio

Brión, Estado Miranda.

Realizar charla con la finalidad de dar a conocer los organismos competentes

garante del cumplimiento de los derechos y deberes de los niños y adolescentes del

7mo grado, sección “C” de la Unidad Educativa Estadal “Las Colonias”, ubicada en

Sotillo, Municipio Brión, Estado Miranda.

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JUSTIFICACIÓN

La relevancia del presente estudio se basa en el conocimiento de los deberes y

derechos de los niños, niñas y adolescentes y los organismos que garantizan el

cumplimiento del mismo. por los alumnos del 7mo grado, sección “C” de Educación

Básica, de la Unidad Educativa Estadal “Las Colonias” del Municipio Brión, Estado

Miranda, a través del mismo se pretende minimizar el índice de violencia que exhiben

estos jóvenes,. Para Gimen (1998)… “La sociabilización de los jóvenes depende de la

educación que se les imparte…” (pág. 305). Es decir, si se les enseña la manera

adecuada de interactuar entre grupos los niños, niñas y adolescentes cambiarán y

mejorarán notablemente su conducta, al hacerlos consciente, reflexionan sobre sus

actos y por ende benefician a la sociedad donde se desenvuelven.

La autora considera que el conocimiento de la Ley orgánica de protección de

Niños, Niñas, Adolescente (LOPNNA), les permite a los jóvenes defender, expresar y

cumplir con sus obligaciones.

El nuevo enfoque de la labor del docente de Educación Primaria, plantea una

acción educativa, comprometida y promotora de iniciativas, que conllevan al uso de

acciones para la capacitación de enseñanzas donde el proceso de adquirir

conocimientos sea una experiencia placentera en el niño o niña.

Asimismo, permite a los padres, madres y representantes obtener nuevos

aprendizajes, entre ellos, los relacionados con el significado y contenido de los

derechos y deberes contenidos en la Ley Orgánica de Protección al Niño, Niña y

Adolescente (LOPNA).

En la actualidad el profesional de la docencia deberá de manera incipiente

formar a los niños y niñas en derechos y deberes, además de hacerlos conscientes que

esta ley los concibe como sujetos sociales de derechos y cumplidores de deberes.

En efecto, este taller servirá a los interesados en el campo educativo y jurídico

un material didáctico para el mejoramiento de la calidad de la educación, puesto que,

relaciona dos aspectos fundamentales haciéndolos operativos y accesibles a una

audiencia no especializada en estos temas.

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Este proyecto es de gran importancia ya que todo el tiempo se está en una

constante reflexión acerca de la calidad de la educación en derechos, por ello se vio la

necesidad de realizar un taller sobre los deberes y derechos establecidos en la Ley

Orgánica para la Protección del niño, niña y adolescente; que posibilite el trabajo de

los docentes para que los conozcan y los trabajen.

Este proyecto le brindará a las escuelas herramientas de trabajo más asequibles

para la realización de propuestas pedagógicas que trabaje con los niños y niñas, desde

el supuesto de que son sujetos activos dentro de la sociedad.

En síntesis, uno de los propósitos de este proyecto es lograr construir un

aprendizaje entre los estudiantes y los maestros de forma lúdica y reflexiva, donde los

niños, niñas y adolescentes interactúen con los demás compañeros teniendo unos

conocimientos básicos sobre sus derechos y deberes como ciudadanos; compartiendo

estos conocimientos con las personas que lo rodean.

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CAPÍTULO II

MARCO TEÓRICO

Antecedentes de la Investigación

La autora Martha Yaneth Villamil Garzón (2011), en su trabajo titulado

“Fortalecimiento de los Valores, Derechos y Deberes en los Niños y Adolescentes

de 6º Grado de la U.E.B. Sifontes I, Parroquia Tumeremo Municipio Sifontes

Estado Bolívar”, para optar al título de Ciencias Jurídicas y Políticas, en la

Universidad de Carabobo, el cual se planteó como objetivo general “Propuesta  de

una Brigada de Protección para la Formación en el Conocimiento de los Derechos y

Deberes del Niño, Niña y Adolescentes que permitan disminuir la violencia de los

estudiantes del Liceo Bolivariano “Andrés Bello”, ubicado en el Municipio los

Guayos del Estado Carabobo”, la investigación esta bajo un enfoque descriptivo de

campo. La autora llegó a la conclusión que viendo que los niños y niñas no tienen

claro sus derechos y deberes, debido a sus preguntas e inquietudes que demuestran ya

sea al elegir su gobierno escolar,  en los juegos y participación en clase surgió la 

necesidades de aclarar y comprometer a los estudiantes en el aprendizaje continuo de

sus propias responsabilidades para así exigir también de los demás. Además como

docentes se hace imprescindible hacer ver en los niños hasta donde van sus derechos

y por qué cumplir deberes, y disminuir la violencia entre los educandos en el aula.

La anterior investigación guarda una estrecha relación con el presente estudio,

ya que ambas persiguen el mismo objetivo, el cual consiste en crearles conciencia a

los alumnos con respecto al respeto y cumplimiento de los deberes y derechos.

Otra investigación que se puede mencionar la autora Angarita Vilma, (2011),

en su trabajo titulado “Propuesta de un Programa de Capacitación sobre los

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derechos y deberes del niño, niña y Adolescentes, dirigido a Padres, Madres y

Representantes del Cuarto Grado, Sección C de la Escuela Primaria Bolivariana

Dr. Julio de armas’’, Parroquia Guadualito, Estado Apure”, para optar al Título de

Ciencias de la Educación.

La presente investigación tuvo como propósito fundamental diseñar un

programa de capacitación sobre los derechos y deberes del niño, niña y del

adolescente a través de un taller, a fin de facilitar el aprendizaje y el manejo sobre su

basamento legal, dicho taller estuvo dirigido a padres, madres y representantes del

Cuarto (4º) Grado, Sección C, de la Escuela Primaria Bolivariana Dr. Julio de

Armas’’ Guasdualito, Municipio Páez del Estado Apure. El estudio se enmarcó

dentro de la modalidad proyecto factible el cual incluye una investigación de campo

de carácter descriptivo. El diseño y valoración del taller a través de juicio de expertos.

El instrumento utilizado fue una encuesta dirigida a padres y representantes para

diagnosticar la necesidad de una capacitación adecuada acerca de los aspectos legales

sobre derechos y deberes del niño, niña y del adolescente, la validez del instrumento

se determinó mediante el criterio de validez de contenidos donde los resultados

evidenciaron que un alto porcentaje de los encuestados presentan necesidad de

obtener esta información, de tal forma que puedan participar activamente con la

institución en el proceso de enseñanza y el aprendizaje de sus hijos e hijas.

El Autor: R.L., “Deberes y Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes en

la formación del conjunto Familiar y Social de Venezuela durante el periodo

2009 a 2010”, y su objetivo general fue Determinar la influencia de los Deberes y

Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes en la formación del conjunto Familiar y

Social de Venezuela durante el periodo 2009 a 2010. La autora tuvo como conclusión

Esta investigación solo esta centrada a la influencia que tiene los deberes y derechos

de los niños niñas y adolescentes en la formación de los grupos familiares como base

de la sociedad Venezolana, tomando como muestra solo un grupo de familias no

mayor de 20, la cual solo reflejara la incidencia de la problemática en el Municipio

Caroni. De tal manera que mediante la investigación seria imposible abarcar todos los

factores que logran afectar a las familias en general nacional y Mundialmente.

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Otro trabajo que se puede mencionar es el de la autora Jazmín Sánchez

Estrada (2009), “Hacia el diseño de la políticas públicas se seguridad escolar, con

enfoques de derechos humanos”. El objetivo general de la presente investigación

está encaminado al análisis del diseño del programa de escuela segura con

perspectiva de los derechos humanos siendo necesario para ello un enfoque teórico –

conceptual.

La autora Valeria Geremia (2009), en su trabajo titulado “Los derechos

humanos del niño en el sistema jurídico mexicano”, El derecho internacional de

los derechos humanos es un ramo del derecho internacional dirigido a la protección

de la persona en contra de actos del Estado y de particulares que lesionan los valores

fundamentales. Eso consiste en un conjunto de tratados, declaraciones y principios

que comprometen a los Estados a respetar los derechos humanos reconocidos

universalmente. Todos los tratados internacionales imponen obligaciones jurídicas a

los Estados que los ratificaron y se rigen por las condiciones establecidas en la

Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados. La autora sacó como

conclusión Al ratificar la Convención sobre los Derechos del Niño, los Estados Partes

y con ellos todas sus articulaciones y dependencias a todos los niveles - se someten a

la obligación de tomar medidas legislativas y las que sean necesarias para

implementar los derechos contenidos en ese tratado, así como armonizar las normas

internas con las normas de la Convención. El marco legal tiene una relevancia

fundamental, aun cuando se reconoce que la simple adopción de una ley no es

garantía de respeto de los derechos de la infancia, por lo que se requieren medidas

adicionales para hacer realidad todos los derechos establecidos en la Convención para

toda la diversidad de niños y niñas.

Esta investigación guarda estrecha relación con la presente investigación, ya

que las autoras persiguen es dar a conocer y cumplir los deberes y derechos de los

niños a través de talleres y charlas educativas, y dinámicas grupales donde se

evidencien el respeto a las normas.

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BASES TEÓRICAS

Fundamento de la protección a la infancia y adolescencia

Nuestro ordenamiento jurídico consagra una protección legal a favor de la

minoridad que se proyecta en la Constitución, en la Convención sobre los Derechos

del Niño, en la LOPNA y en otros instrumentos. Ya la Constitución de 1961 contenía

normas protectoras de la infancia, específicamente en su artículo 75 aludía al derecho

de todo niño de conocer a sus padres y el deber de estos de brindarles asistencia y

protección. Dicho artículo también se refería a la protección contra el abandono y el

abuso de la infancia y la juventud, amparaba la protección legal y preveía la

intervención subsdiaria del Estado en el cuidado del menor. La Constitución de la

República Bolivariana de Venezuela consagra una norma semejante en su artículo 75,

aunque con variaciones en su redacción que pretenden ser consecuentes con los

cambios que apareja la Ley Orgánica para la Protección de los Niños Niñas y

Adolescentes (LOPNNA, 2000). . Dicha norma señala:

“El Estado protegerá a las familias como asociación natural de la sociedad y como el espacio fundamental para el desarrollo integral de las personas. Las relaciones familiares se basan en la igualdad de derechos y deberes, la solidaridad, el esfuerzo común, la comprensión mutua y el respeto recíproco entre sus integrantes. El Estado garantizará protección a la madre, al padre o a quienes ejerzan la jefatura de la familia.

Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a vivir, ser criados o criadas y a

desarrollarse en el seno de su familia de origen. Cuando ello sea imposible o contrario

a su interés superior, tendrán derecho a una familia sustituta, de conformidad con la

ley. La adopción tiene efectos similares a la filiación y se establece siempre en

beneficio del adoptado o la adoptada, de conformidad con la ley. La adopción

internacional es subsidiaria de la nacional.”

Sin embargo, la redacción del artículo 75 de la Constitución de 1961 en nuestro

criterio era más acertada por cuanto consagraba una protección genérica a favor de la

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infancia y la juventud sin hacer referencia como su norma equivalente en la nueva

Constitución a supuestos particulares que son objeto de regulación legal, como es el

caso de la familia sustituta. El artículo 78 de la Constitución de 1.999 en el mismo

sentido consagra una norma general también protectora de los niños, niñas y

adolescentes y señala los principios que los amparan y los cuales son desarrollados

por la Ley Orgánica para la Protección de los Niños Niñas y Adolescentes

(LOPNNA).

Por su parte, el artículo 79 de nuestra Carta Magna (tal disposición refiere: “Los

jóvenes y las jóvenes tienen el derecho y el deber de ser sujetos activos del proceso

de desarrollo. El Estado, con la participación solidaria de las familias y la sociedad,

creará oportunidades para estimular su tránsito productivo hacia la vida adulta y, en

particular, para la capacitación y el acceso al primer empleo, de conformidad con la

ley”) contiene una disposición dirigida a la juventud, que podríamos calificar como el

derecho-deber de la misma de participar en el desarrollo.

El niño como sujeto de derechos

Actualmente se habla de los derechos de las niñas y los niños con una cierta

naturalidad, aunque no haya una resistencia conceptual al admitirlo, en el fondo

muchos de una manera indefinida, aun siguen preguntándose ¿si los niños realmente

tienen derechos? ¿Cuáles son estos? ¿Cómo se ha llegado a ello?, ¿por qué deben

tenerlos?, si pueden ejercitarlos. Entre otros.

Después de haberse reconocido la Declaración de los Derechos del Niño, el 20

de Noviembre de 1989 la Asamblea General aprueba la Convención sobre los

Derechos del Niño “Es el primer instrumento internacional jurídicamente vinculante

que incorpora toda la gama de derechos humanos: civiles, culturales, económicos,

políticos y sociales”. (Disponible en URL: http://www.unicef.org/spanish/crc/,

UNICEF, citado el 20 de Octubre del 2009)

Esta declaración consta de 54 artículos en los cuales están explicados

claramente los derechos y deberes de infancia en el mundo, permitiendo de esta

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manera que la sociedad en general tenga en cuenta que los niños y niñas no solo son

protegidos por sus familia si no que cuentan con el apoyo de instituciones y de la ley,

que permiten garantizar una mejor calidad de vida.

En el contexto actual Venezuela reconoce los Derechos de niños, niñas y

adolescentes, los cuales han permitido a través del tiempo evolucionar y hacer parte

de los acuerdos que se han establecido a nivel mundial “El Art.10 de la LOPNNA

establece que “todos los niños y adolescentes son sujetos de derechos” y el art. 13

eiusdem consagra lo relativo al ejercicio progresivo de los mismos. En este aspecto la

Exposición de Motivos de la LOPNNA antes de hacer referencia a las cuatro

categorías de derechos que amparan a la infancia, señala lo siguiente:

“La nueva doctrina convierte las necesidades de niños y adolescentes en derechos civiles, culturales, económicos, políticos y sociales, así como garantiza para los adolescentes en conflicto con la ley penal, una justicia que respete los mismos derechos procesales consagrados para los adultos.

En el marco de esta nueva concepción jurídica y social se atribuyen derechos específicos a los niños y adolescentes pero no derechos especiales excluyentes. La especificidad implica reforzar los derechos otorgados a los seres humanos de cualquier edad, adecuándolos a los niños y adolescentes como sujetos en formación. Asimismo se amplían para ellos una serie de nuevos derechos que antes solo se reconocían a los mayores de edad, por ejemplo: el derecho a la libertad de opinión, la participación, asociación, a la seguridad social, entre otros.”

En base a esto, la propia ley y cierto sector de la doctrina ha señalado que con la

entrada en vigencia de la LOPNNA el niño y adolescente “se ha convertido en sujeto

de derecho”. El citado artículo 78 de la Constitución de la República Bolivariana de

Venezuela refiere que “Los niños, niñas y adolescentes son sujetos plenos de derecho

y estarán protegidos por la legislación...”.

A tal efecto vale aclarar que la nueva normativa no tiene el don de convertir al

menor en virtud de la doctrina de la protección integral en “sujeto de derecho”. Esto

porque en la doctrina jurídica la expresión “sujeto de derecho” se utiliza como

sinónimo de “persona” y todo ser humano que nace vivo y respira es persona, o lo

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que es lo mismo, sujeto de derecho. El niño o adolescente, es decir, el menor de edad,

siempre ha sido “sujeto de derecho”, sencillamente porque es persona.

En nuestro País los derechos de los niños y niñas son entendidos como un

medio de protección que garantice el cumplimiento de las necesidades básicas de los

niños y niñas para vivir dignamente como seres humanos, sin importar distinción

alguna de raza sexo, color, idioma, religión, posición economía entre otras. Teniendo

presente las declaraciones de derechos humanos acerca de la libertad y la igualdad de

los individuos sin importar su raza, condición social, religión y edad, y que el niño, la

niña y los adolescentes, debido a su inmadurez física y mental, necesitan protección y

cuidados especiales para el desarrollo armonioso de su personalidad, la convención

reúne en un solo texto el conjunto de normas y leyes que deben llevarse a cabo para el

armonioso cumplimiento de los derechos. Los cuales se pueden agrupar en tres

categorías: prestación, protección y participación.

Diferencias entre niño, niña y adolescente.

Es la primera vez que se establece en una ley la diferencia entre niño, niña y

adolescente. Niño o Niña es toda persona con menos de doce años de edad.

Adolescente es toda persona con edades comprendidas entre los doce y los dieciocho

años. Estas precisiones son muy importantes porque influyen en la asignación de

responsabilidades de los niños, niñas y adolescentes de acuerdo con los límites

establecidos por la propia ley.

El rol fundamental de la familia

La Exposición de Motivos de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños

Niñas y Adolescentes (LOPNNA) indica que la Convención sobre los Derechos del

Niño en su preámbulo expresamente se refiere al importante papel de la familia en la

garantía de los Derechos del Niño (se indica: “el niño, para el pleno y armonioso

desarrollo de su personalidad, debe crecer en el seno de la familia, en un ambiente de

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felicidad, amor y comprensión). Este principio -a decir de la Ley- genera cambios

fundamentales en las políticas sociales dirigidas a la infancia y a la adolescencia (se

agrega: “Tradicionalmente, en América Latina, se han aplicado medidas de

internamiento en instituciones como si fuesen medidas de protección. Con la

adopción del nuevo paradigma se privilegia la familia como el medio natural y

primario donde se garantiza el desarrollo y la protección del niño y del adolescente.

Los padres son los principales responsables de cuidarlos y educarlos. A tal efecto, el

Estado debe brindar a la familia la ayuda necesaria para poder asumir plenamente sus

responsabilidades. Apoyando a la familia se estará apoyando al niño”).

Y se indica en la citada Exposición de Motivos:

“Este principio obliga al Estado a evitar medidas que separen al niño de su familia, entendida en su sentido más amplio. Ante cualquier circunstancia, se debe tomar en cuenta primero la familia, luego los parientes más cercanos y sólo en casos excepcionales se aplicarán medidas como colocación en hogares sustitutos o adopción y, en último caso, su colocación en entidades de atención.”

El artículo 5 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños Niñas y

Adolescentes (LOPNNA) se refiere a que la familia -como es obvio- es la responsable

fundamental del menor. Prevé la norma:

La familia es responsable, de forma prioritaria, inmediatamente e indeclinable, de asegurar a los niño y adolescentes el ejercicio y disfrute pleno y efectivo de sus derechos y garantías. El padre y la madre tienen responsabilidades y obligaciones comunes e iguales en lo que respecta al cuidado, desarrollo y educación integral de sus hijos. El Estado debe asegurar políticas, programas y asistencia apropiada para que la familia pueda asumir adecuadamente esta responsabilidad, y para que los padres y las madres asuman, en igualdad de condiciones, sus responsabilidades y obligaciones.

Así pues, como indicamos la intervención del Estado en esta materia es

excepcional y subsidiaria. Este solo interviene en casos extremos donde no sea

posible brindarle al niño o adolescente el cobijo de sus familiares, teniendo en cuenta

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primero los más cercanos, a saber, la familia propiamente dicha y en defecto de ésta,

los parientes más cercanos. A falta de éstos es que se pensará en la posibilidad de la

familia sustituta o la adopción, y a su vez igualmente a falta de tales posibilidades, en

última instancia intervendrá el Estado a través de las entidades de atención.

Apreciamos pues que la familia es la principal encargada de velar por el

bienestar y cuidado del menor; nadie mejor que esta para tal tarea, por ser los padres,

los protectores naturales del niño. A falta de la misma, acudimos a los familiares o

parientes cercanos, respecto de los cuales si bien no se plantea un vínculo tan fuerte

como el de los progenitores, se supone que se ven inspirados por el afecto natural que

une la sangre. Posteriormente a falta de parientes, debemos pasearnos por la

posibilidad de terceros que puedan asumir el cuidado del menor (ello a los fines de

ser consecuentes con la “participación” a la que nos referimos supra N° 2.4), para que

finalmente en defecto de estos y como última posibilidad entre el Estado a velar por

quien no tiene a su favor personas naturales dispuestas a participar en su cuidado.

La intervención de la familia en la personalidad del niño no tiene si quiera

discusión pues no cabe duda que somos producto de los que nos enseñaron nuestros

progenitores. Es tan importante la educación familiar que ella marcará en forma

radical el desarrollo del menor y generalmente los abusos que puedan cometer la

familia o los progenitores en la protección del menor serán difícilmente borrados de

la vida de éste y poco útil será en este sentido la intervención del juez o la previsión

de la propia ley. En efecto, hay daños que escapan del control legal y probablemente

sean fatales y poco controlados por los órganos de protección del menor. Somos

producto de la educación que recibimos: solo un medio social y familiar de armonía

puede ser capaz de crear padres que puedan transmitir a sus hijos una educación que

los convierta en personas plenas y felices.

La escuela y los derechos de los niños

Podríamos empezar por decir que: “El espacio de la escuela, es uno de los más

importantes en la formación de niños, niñas y adolescentes; es, junto con el familiar,

Page 20: REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DEFINITIVO

fundamental para la socialización y aprendizaje; es donde se debe educar para una

vida en democracia. La escuela está llamada a cumplir este rol, es un lugar

privilegiado para aprender no sólo conceptos esenciales sobre derechos y deberes,

sino la manera de ejercerlos.”

La Institución escolar cumple diferentes tareas que se desprenden del contexto

político-social en el que emerge. Según Díaz 1.990, el lema de la revolución francesa:

libertad, fraternidad e igualdad. Estas banderas de lucha que emergen en el proceso de

conquista del poder, se expresan en la búsqueda de una institución (la escuela), que

democratice el acceso al saber, que “legitime “ la igualdad de oportunidades que

existen en un sistema social, que coloque los valores de lo “colectivo” por encima de

los intereses privados. Las ideas de enseñanza colectiva, enseñanza para todos, están

presentes en los inicios de la conformación de una nueva pedagogía”

Retomando a Díaz (1.990), la escuela debe basarse en la construcción de las

habilidades y virtudes de la democracia entre los sujetos participantes de una

sociedad que generan normas de convivencia, logrando construir el concepto de

formación ciudadana. Entendiendo este concepto como una práctica social que tiende

a la participación y cooperación de los actores educativos; concepto que hoy en día es

de vital importancia en una sociedad donde constantemente se vulneran los derechos

de los niños. (pag. 36).

Y es la sociedad el medio apropiado para que ellos empiecen a apropiarse de

cada uno de sus derechos y a su vez la comunidad educativa se constituyan en un

ámbito escolar, donde se regulan las acciones de todos sus miembros. De esta forma,

se podrá resolver los conflictos de manera pacífica por medio del diálogo, la

cooperación, la ayuda mutua y la solidaridad.

En este orden de ideas, la escuela es la responsable de la educación del

ciudadano, en la que debe orientarse a formar subjetividades democráticas y a

fortalecer los espacios escolares, desarrollando en los educandos autonomía y juicio

político que permita la participación activa tanto en la comunidad escolar como en

otros escenarios.

Page 21: REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DEFINITIVO

Entonces, la escuela como institución social “permite no sólo la adquisición de

los conocimientos esenciales sobre la sociedad y la mejor forma de participar en ella

(aprender a vivir consigo mismo, con los demás y con la naturaleza), sino que exige

también la adquisición de aquellos conocimientos y estrategias de transformación, de

conducirse por nuevos valores, socialmente construidos, que respondan con

creatividad a las nuevas problemáticas planteadas en el presente y en el futuro”.

Según lo anterior, los sujetos utilizan los conocimientos adquiridos en la

escuela de forma crítica, reflexiva y creativa para transformar su entorno, logrando

mejorar la sociedad, enfrentando problemas, situaciones y garantizando la

participación y la convivencia armónica. Mecanismos que utiliza la escuela para

garantizar los derechos de los niños.

Así pues, la escuela debe garantizar el derecho a la educación, pero siendo esta

una visión integral, debe estar pendiente además de todos los aspectos relacionados

con el niño, como las cuestiones referidas a la salud, la identidad y la familia, entre

muchos otros ejes que deben atenderse en la protección hacia los derechos.

Por ello, es necesario que la escuela construya una cultura en la democracia,

formando futuros estudiantes que analicen, entiendan, creen espacios de participación

ofreciendo la posibilidad de relacionarse con una normatividad institucionalizada en

la que se especifican sus derechos y deberes. Problemáticas de respeto o vulneración

hacia los derechos del niño.

Una de las funciones principales de la escuela es la construcción de ciudadanía,

de la que mucho se habla, pero a la hora de que los sujetos obtengan oportunidades

para ejercer sus derechos, reconocidos por las leyes vigentes, aún falta mucho por

hacer, porque ser ciudadano significa ejercer con libertad los derechos.

En nuestro país constantemente se habla de derechos humanos, pero el tema no

es conocido o trabajado a cabalidad en la escuela, ya que no hay un diseño curricular

en la formación de docentes con respecto a ese tema, ni mucho menos un ejercicio

pleno dentro de las instituciones educativas. Estos derechos no se ven en la práctica

entre el director y los docentes, los docentes y el estudiante.

Page 22: REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DEFINITIVO

Por ello, según Cabezudo (2.006) la educación en derechos humanos no solo

debe ser un rol del docente sino de toda la sociedad, en donde se genere una

concientización de lo que es un derecho, qué derechos debemos tener, como hacer

para respetarlos por el estado, porque “educación para derechos humanos implica eso,

conocimiento de los derechos que tengo, conocimiento que yo tengo mecanismos de

defensa, de ponerme en mi lugar y poner en su lugar a los demás cuando se produce

la violación”.

Para lograr lo anterior, es necesario hacer algunas distinciones fundamentales.

En primer lugar, el docente debe asumir responsabilidades en su papel de educador

brindando los garantes para ese derecho fundamental. En segundo lugar, tener en

cuenta que los niños tienen los mismos derechos, sea la condición y las características

que se traten. En tercer lugar, replantear las prácticas institucionales, en especial el rol

del docente y la función que desempeña la escuela. Y por último, no solo hablar de

derechos sino de deberes, haciendo referencia para el primero a los organismos de

protección de los derechos, activando así las redes inter-institucionales necesarias

para responder a situaciones no específicas de la escuela, aunque surjan de este

escenario.

Derechos de los menores

Los derechos son un conjunto de normas que permiten regular la convivencia

social y resolver los problemas interpersonales que involucran a los niños y niñas, y

también, “serán reconocidos a todos sin excepción alguna ni distinción o

discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas

o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento u otra

condición”

Los derechos de la infancia y la adolescencia son un reflejo de los derechos de

la persona en general, existiendo sin embargo, cierta categoría de ellos que requieren

una protección particular dado el carácter vulnerable del menor de edad.

Page 23: REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DEFINITIVO

Diversos instrumentos jurídicos están dirigidos a la protección de la infancia y

la adolescencia: la Convención sobre los Derechos del Niño, la Declaración de los

Derechos del Niño, la LOPNNA, la Constitución, etc. Como indicamos el

fundamento de orden natural de protección a la infancia se proyecta en las normas de

nuestro ordenamiento.

Estos derechos se pueden enunciar de la siguiente manera:

El derecho a vivir.-

Derecho a la integridad física.-

Disposición del cuerpo.-

El derecho a la identidad.-

El derecho al atributo del nombre civil.

El derecho a ser inscrito en el registro del estado civil.

Derecho a la libertad.

Derecho al honor.

Derecho a la privacidad.

Derecho a la intimidad.

Autodeterminación informativa.

La imagen.

Voz.

Derecho a ser criados en una familia.

Derecho del niño de relacionarse con sus padres.

Otros derechos.-

Deberes de los menores

El término deberes hace referencia a las actividades, actos y circunstancias que

implican una determinada obligación moral o ética. Generalmente, los deberes se

relacionan con determinadas actitudes que todos los seres humanos,

independientemente de su origen, etnia, edad o condiciones de vida están obligados a

cumplir a modo de asegurar al resto de la humanidad la posibilidad de vivir en paz,

Page 24: REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DEFINITIVO

dignidad y con ciertas comodidades. Los deberes son, entonces, uno de los puntos

más importantes de todos los sistemas de leyes y de constituciones nacionales porque

tienen que ver con lograr formas comunitarias y sociedades más equilibradas en

donde todos acceden del mismo modo a sus derechos.

El término deberes hace referencia a las actividades, actos y circunstancias que

implican una determinada obligación moral o ética. Generalmente, los deberes se

relacionan con determinadas actitudes que todos los seres humanos,

independientemente de su origen, etnia, edad o condiciones de vida están obligados a

cumplir a modo de asegurar al resto de la humanidad la posibilidad de vivir en paz,

dignidad y con ciertas comodidades. Los deberes son, entonces, uno de los puntos

más importantes de todos los sistemas de leyes y de constituciones nacionales porque

tienen que ver con lograr formas comunitarias y sociedades más equilibradas en

donde todos acceden del mismo modo a sus derechos.

Deberes de los niños y adolescentes”; el Art. 93 de la LOPNNA, que establece

los siguientes:

“Todos los niños y adolescentes tienen los siguientes deberes:

Honrar a la patria y a sus símbolos

Respetar, cumplir y obedecer todas las disposiciones del ordenamiento

jurídico y las órdenes legítimas que en la esfera de sus atribuciones, dicten los

órganos del poder público;

Respetar los derechos y garantías de las demás personas;

Honrar, respetar y obedecer a sus padres, representantes o responsables,

siempre que sus ordenes no violen sus derechos y garantías o contravengan al

ordenamiento jurídico.

Ejercer y defender activamente sus derechos

Cumplir sus obligaciones en materia de educación

Respetar la diversidad de conciencia, pensamiento, religión y culturas

Conservar el medio ambiente

Cualquier otro deber que sea establecido en la ley.

Page 25: REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DEFINITIVO

Así por ejemplo, podrán existir derechos a favor de terceros que pueda o deba

cumplir el menor de edad si se dan los presupuestos legales. Ejemplo de ello podría

constituirla la obligación de alimentos que es recíproca y es perpetua, y a la cual

quedaría obligado el niño o adolescente si se llenan los extremos legales. La

obligación de alimentos supone el parentesco, la capacidad económica del obligado y

el estado de necesidad del requirente. Si pensamos en un supuesto excepcional donde

el progenitor sea quien se encuentre en estado de necesidad y el menor cuente con los

medios de fortuna necesarios que denoten su capacidad económica, éste debe socorrer

a su padre en cumplimiento de la obligación de alimentos. Podríamos igualmente

referirnos a los deberes del menor trabajador.

De manera pues que la capacidad de obrar no afecta la esfera de la

personalidad, que a su vez supone derechos y deberes. El niño o el adolescente es una

sujeto de derecho con toda la plenitud que despliega su capacidad de goce y en

consecuencia, tendrá deberes que “deberá” ejercer conforme a su condición persona.

Bases Legales.

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Gaceta Oficial de la

República Bolivariana de Venezuela. Nro. 36860. Diciembre 30, 1999.

El marco legal que soporta esta investigación se encuentra en primera instancia

en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999), En su capítulo

III. De los derechos civiles. Establece en su artículo 102 señala: La educación es un

derecho humano y un deber social, fundamenta, es democrática gratuita y obligatoria.

El estado asumirá como función indeclinable y de máximo interés en todos sus

niveles y modalidades, y como instrumento del conocimiento científico, humanístico

y tecnológico al servicio de la sociedad. La educación es un servicio público y está

fundamentado en el respeto a todas las corrientes del pensamiento, con la finalidad de

desarrollar el potencial creativo de cada ser humano y el pleno ejercicio de su

personalidad en una sociedad democrática basada en la valoración ética, el trabajo y

Page 26: REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DEFINITIVO

en la participación activa, consciente y solidaria en los procesos de transformación

social consustanciados con los valores de la identidad nacional, y con una visión

latinoamericana y universal.

Este artículo indica que todos los individuos tienen derecho a recibir una

educación, además cada uno de éstos debe velar como un deber y fundamento para

que se defienda así dentro de una sociedad determinada, igualmente señala que la

educación debe ser gratis, y que cada persona debe sentirla como una obligación, ya

que a través de ésta puede actuar y recorrer con más fuerza, una sociedad en la cual se

pone en manifiesto el potencial creativo del ser humano.

Además, la Ley Orgánica de Educación en su artículo 13 indica: se promoverá

la participación de la familia de la comunidad y de todas las instituciones en el

proceso educativo.

Este artículo hace hincapié en que la familia es el primer agente socializador, de

influencia y de responsabilidad permanente, más allá de ingreso del alumno a la

escuela, la familia genera dinámica que se refleja en comportamientos que influyen

en la actuación del alumno en la escuela.

Así mismo, el Artículo 21, establece la finalidad de contribuir a la formación

integral del educando mediante el desarrollo de sus destrezas, y su capacidad

científico-técnica, humanística y artística, cumplir funciones de exploración,

estimular el desarrollo del saber, y desarrollar la capacidad del ser de cada individuo,

de acuerdo con sus aptitudes.

Este artículo establece la formación integral del educando, tomando en cuenta

sus destrezas, habilidades y capacidades, ésta ha de girar entorno al desarrollo

integral de la personalidad de los y las educando desarrollo que se da sobre cuatro

aprendizajes fundamentales: Aprender a crear, aprender a convivir y participar,

aprender a valorar y aprender a reflexionar.

Así mismo la tabla de los derechos del niño y niña en su artículo 5º destaca: Las

obligaciones generales en la familia… la familia es responsable de forma prioritaria,

inmediata e indeclinable, de asegurar a los niños y adolescentes el ejercicio y disfrute

pleno y efectivo de sus derechos y garantías. El padre y la madre tienen

Page 27: REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DEFINITIVO

responsabilidades y obligaciones comunes e iguales en lo que respecta al cuidado,

desarrollo y educación de sus hijos.

Este artículo hace referencia a la igualdad de responsabilidad del padre y la

madre en el cuidado y protección del niño, niñas y los adolescentes.

En su artículo 32; el cual menciona el derecho a la integridad personal. Este

derecho comprende la integridad física, psíquica y moral.

El mismo se refiere al cuidado integral al que tienen derecho todos los niños y

niñas en su aspecto físico, psíquico y moral.

También en el artículo 38 señala: La prohibición de la esclavitud, servidumbre

trabajo forzoso. Ningún niño, niña o adolescente podrá ser sometido a cualquier

forma de esclavitud, servidumbre o trabajo forzoso.

Este quiere decir que ningún niño debe ser sometido a trabajos forzados no

acorde con su edad y mucho menos a servidumbre o esclavitud.

Como también en el artículo 93 establece los deberes de los niños, niñas y

adolescentes, el cual menciona que: Todos los niños, niñas y adolescentes, Tienen los

siguientes deberes:

Respetar los derechos y garantías de las demás personas.

Honrar, respetar y obedecer a su padre, madre, representante o responsables,

siempre que sus órdenes no violen sus derechos y garantías o contravengan al

ordenamiento jurídico.

Cumplir sus obligaciones en materia de educación.

Cualquier otro deber que sea establecido en la ley.

Page 28: REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DEFINITIVO

TÉRMINOS BÁSICOS.

Adolescente: Es el ser humano en la etapa comprendida desde la pubertad hasta

los 19 años aproximadamente.

Artículo: Cada uno de los escritos de mayor extensión que se insertan en los

periódicos u otras publicaciones análogas.

Capacitación: Es la acción y efecto de capacitar.

Comunicación: Es la acción y efecto de comunicar o comunicarse.

Consejo: Parecer o dictamen que se da o toma para hacer o no hacer algo.

Cumplimiento: Perfección en el modo de obrar o de hacer algo.

Deber: Estar obligado a algo por la ley divina, natural o positiva.

Derecho: Beneficios que goza el individuo y que se complementan una vez que

se han cumplido los deberes.

Diseño: Concepción original de un objeto u obra destinados a la producción en

serie.

Educación: Crianza, enseñanza y doctrina que se da a los niños y a los jóvenes.

Facilitador: Persona que se desempeña como instructor u orientador en una

actividad.

Familia: Grupo que se considera como el núcleo vital para la reproducción y

preservación de la sociedad.

Formación: Es la Acción y efecto de formar o formarse

Jornada: Tiempo de duración del trabajo diario

LOPNA: Ley Orgánica de Protección del Niño y Adolescente.

Madre: Hembra que ha parido, respecto de su hijo o hijos.

Niño: El ser humano en la etapa comprendida desde el nacimiento hasta la

pubertad.

Orientación: Proceso de ayuda al individuo para conocerse así mismo y

conocer el medio social, lograr su máxima ordenación interna y la mejor contribución

a la sociedad.

Padre: Varón o macho que ha engendrado, respecto de sus hijos.

Page 29: REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DEFINITIVO

Programa: Actividad organizada que se prolonga en el tiempo, con la finalidad

de conseguir unos objetivos, que cuenta además con un sistema de gestión y

financiamiento y que se dirige a un grupo completo de individuos.

Representante: Persona que representa a un ausente, cuerpo o comunidad.

Sociedad: Agrupación natural o pactada de personas, que constituyen unidad

distinta de cada uno de sus individuos, con el fin de cumplir, mediante la mutua

cooperación, todos o alguno de los fines de la vida.

Variable: Características o atributos que puede tomar diferentes valores o

expresarse en categoría dicho de otro modo que puede ser medida, alterada o

controlada.

Page 30: REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DEFINITIVO

CAPÍTULO III

MARCO METODOLÓGICO

Diseño de la investigación

Es de suma importancia en el proceso de investigación, que los hechos y las

relaciones que se establecen tengan un grado de veracidad y confiabilidad, ya que la

metodología se debe definir con el propósito de guiar paso a paso la investigación.

El mundo de la investigación es, por sobre cualquier consideración, una

actividad de creación, es por ello el cambio que se genera en la actividad científica,

modificando así la rutina de hacer siempre lo mismo de la misma manera. De esta

manera se aprovecha el abanico de posibilidades que hoy día se presentan en las

ciencias humanas.

Balestrini Acuña (2001), define el diseño de la investigación como: “El plan

global estratégico que integran de un modo coherente y adecuadamente correcto,

técnicas de recolección de datos a utilizar, analizar de manera clara y no ambigua los

contenidos con los cuales lograra los objetivos propuestos de la investigación”. (p.65)

Por su parte Altuve y Rivas (1998) asegura que el diseño de una investigación,

“… es una estrategia general que adopta el investigador como forma de abordar un

problema determinado, que permite identificar los pasos que deben seguir para

efectuar su estudio” (p. 231). Para ello, el trabajo se enmarcó dentro de una

investigación interpretativa, descriptiva, de campo, la cual dará lugar a una propuesta

de un curso defensa personal como combatiente individual para el personal de cadetes

de la Academia Militar del Ejército Bolivariano.

Respecto a la investigación cualitativa, Meneses (2.004) indica que “la ciencia

social es futo del conocimiento conseguido y aceptado por el hombre por medio de

Page 31: REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DEFINITIVO

procesos de reflexión, sistematización y rigor realizado con la finalidad de interpretar

y comprender la realidad” (p. 224).

Fandos (2003) señala que este tipo de investigación se “sostiene que la

explicación causal en el dominio de la vida social no puede basarse exclusivamente

en las semejanzas observadas en conductas anteriores y subyacentes” (p. 296). Es por

ello, que se ha utilizado la estadística para analizar las opiniones de los sujetos

involucrados.

De acuerdo a lo antes expuesto, los diseños de investigación se definen en

función de los objetivos establecidos en el estudio, es importante señalar que no

existe un solo tipo o diseño o modelo de diseño a utilizar para todas la

investigaciones. Cada investigación, contiene en si misma, un nivel de especificidad,

que puede orientarse hacia la exploración, la descripción, la experimentación o hacia

una propuesta operativa factible.

Se selecciono el estudio de caso como estrategia de investigación cualitativa

definida por Rodríguez y otros (1999) como “la selección de un escenario desde el

cual se intenta recoger información pertinente para dar respuesta a las cuestiones de la

investigación” (p. 91). Como en efecto sucedió con la selección de los alumnos del

Séptimo Grado Sección “C” de la Unidad Educativa Estadal “Las Colonias”, ubicada

en Sotillo Municipio Brión del Estado Miranda.

Ello ha implicado la medición de variables cuyas descripciones se asumen

como correspondientes al estado de las cosas y se fundamentan en la teoría de las

probabilidades. A tal fin, para describir los resultados se empleó la estadística

descriptiva, que de acuerdo con Mason y Lind (1.998) “son procedimientos

estadísticos que sirven para organizar y resumir conjuntos de datos numéricos” (p. 7)

Tal y como señala Ferreres (1.997) el diseño de la investigación ha de servir al

investigador para concretar sus elementos, analizar la factibilidad de cada uno de los

temas que formaran parte de los capítulos de dicho estudio. No obstante, también se

utiliza para delimitar inicialmente la investigación, paso relevante para obtener el

éxito deseado. Por supuesto, vale acotar que dicho diseño es flexible, porque un

Page 32: REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DEFINITIVO

diseño no puede permanecer estático, ya que durante la evolución de la investigación

puede variar en función de las acciones que se llevan a cabo.

A través del diseño de la investigación, se desarrolla el plan de acción a seguir

durante la ejecución de la misma, además, en él se encuentran implícitas las líneas a

seguir para la obtener un resultado. Sin embargo, como se mencionó anteriormente

éste es flexible ya que debe incorporar los factores que emergen en cada una de sus

fases y deben ser relevantes para alcanzar los objetivos deseados. De no ser así, los

resultados que se obtienen podrían ser inapropiados con el contexto.

Tipo de investigación

El proyecto se da en el marco de la Investigación descriptiva, la cual consistió

en llegar a conocer las situaciones, costumbres y actitudes predominantes a través de

la descripción exacta de las actividades, objetos, procesos y personas. Su meta no se

limita a la recolección de datos, sino a la predicción e identificación de las relaciones

que existen entre dos o más hechos. Los investigadores no son meros tabuladores,

sino que recogen los datos sobre la base de una hipótesis o teoría, exponen y resumen

la información de manera cuidadosa y luego analizan minuciosamente los resultados,

a fin de extraer generalizaciones significativas que contribuyan al conocimiento.

A tal efecto, Danhke (citado por Hernández, Fernández y Baptista, 2003),

señala que “los estudios descriptivos buscan especificar las propiedades, las

características y los perfiles importantes de personas, grupos, comunidades o

cualquier otro fenómeno que se someta a un análisis” (p. 117). En definitiva permiten

medir la información recolectada para luego describir, analizar e interpretar

sistemáticamente las características del fenómeno estudiado con base en la realidad

del escenario planteado. Para Tamayo (1998) la investigación descriptiva:

“Comprende la descripción, registro, análisis e interpretación de la naturaleza actual, composición o procesos de los fenómenos. El enfoque que se hace sobre conclusiones es dominante, o como una persona, grupo o cosa, conduce a funciones en el presente. La investigación descriptiva

Page 33: REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DEFINITIVO

trabaja sobre las realidades de los hechos y sus características fundamentales es de presentarnos una interpretación correcta”. (p. 54)

En el presente estudio se describieron los conocimientos y concepciones que

tienen los niños y niñas de la Unidad Educativa Estadal Liceo Las Colonias sobre los

derechos y deberes de la niñez establecidos en la Ley Orgánica para la Protección del

Niño, Niña y Adolescente (LOPNNA) con el fin de adquirir herramientas para la

elaboración del taller; y así obtener como resultado el conocimiento de sus deberes y

derechos establecidos en la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y

Adolescentes en la comunidad, escuela y en el hogar.

Todo ello requirió previamente de un diagnóstico que nos ha permitido detectar

en forma clara y objetiva distintos problemas, con el propósito de describirlos,

interpretarlos, entender su naturaleza y explicar sus causas y efectos. De ahí que, en

función de los objetivos, el estudio tenga un carácter descriptivo. Luego se

seleccionaron a los sujetos de la investigación a los que se les aplicó el instrumento

previamente validado por expertos.

Esta caracterización de los sujetos de investigación estuvo apoyada en un

estudio de campo basado en las necesidades que los niños, niñas y adolescentes del

7mo grado, Sección “C” de Educación Básica, de la Unidad Educativa Estadal “Las

Colonias” tienen con respecto al conocimiento de sus deberes y derechos establecidos

en la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente (LOPNNA), al

obtener esas apreciaciones de la realidad del contexto donde desarrollan su trabajo.

La Universidad Pedagógica Experimental Libertador, (UPEL, 2003), en el Manual de

Trabajos de Grado de Especialización y Maestría y Tesis Doctorales define a este tipo

de investigación:

“Se entiende por Investigación de Campo, el análisis sistemático de problemas en la realidad, con el propósito bien sea de describirlos, interpretarlos, entender su naturaleza y factores constituyentes, explicar sus causas y efectos o predecir su ocurrencia, haciendo uso de métodos característicos de cualquiera de los paradigmas o enfoques de investigación conocidos o en desarrollo. Los datos de interés son

Page 34: REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DEFINITIVO

recogidos en forma directa de la realidad; en éste sentido se trata de investigaciones a partir de datos originales o primarios…” (p. 14).

Es por eso que la presente investigación mantiene un diseño de campo, debido a

que los datos se obtuvieron directamente de la realidad, a través de técnicas que

garantizaron un nivel de confianza en los resultados obtenidos en el estudio de la

situación de los derechos de los menores de la U. E.E. “Las Colonias”, ubicada en

Sotillo, Municipio Brión, Estado Miranda. Esta información se obtendrá por medio de

encuestas aplicadas a la población en estudio y a los informantes claves que dominan

el tema de lo que son los deberes y derechos establecidos en la Ley Orgánica para la

Protección del Niño, Niña y Adolescentes.

Para la realización de esta investigación se siguieron las siguientes estrategias

metodológicas: se realizaron visitas a la institución, llegando de acuerdo con la

docente del 7mo grado “C”, acondicionar un espacio en la institución donde se

realizará debates con los estudiantes. Igualmente se realizarán charlas y talleres

acerca de los deberes y derechos de los niños, niñas y adolescentes, para crear

conciencia y dar a respetar dichas normas.

Cabe mencionar que los métodos para la recolección de la información esta

basado en observaciones directas e lluvias de ideas a través del conversatorio

realizado con la docente, los alumnos y la bachiller ejecutora del proyecto.

Población y muestra

Población

En cuanto a la población, autores como Tamayo 81998) la define como “… la

totalidad del fenómeno a estudiar, en donde las unidades de población poseen una

característica común, la cual se estudia y da origen a los datos de la investigación”.

(p. 114). Para Balestrini (1998) representa “… un conjunto finito o infinito de

personas, cosas o elementos que presentan características comunes con el fenómeno

que se investiga (p. 210).

Page 35: REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DEFINITIVO

Asimismo, Tamayo (2004), la población “Es la totalidad del fenómeno a

estudiar en donde las unidades de estudio poseen una característica común, la cual

estudia y da origen a los datos de la investigación” (p.176). Mientras que para Selltiz

(citado por Hernández y otros, 2003) “la población es el conjunto de todos los casos

que concuerdan con una serie de especificaciones” (p.303).

Ahora bien, en las ciencias sociales se han generalizado las investigaciones a

través del estudio de muestras tomadas de las poblaciones en estudio, con el fin de

generalizar los resultados a estas últimas; es decir, estudiar un subconjunto de la

población a inferir a ésta los resultados obtenidos.

Tomando en cuenta, esta conceptuación las unidades de investigación o

población objeto de estudio está conformada por los Veinticinco (25) alumnos

pertenecientes al Séptimo (7mo) Grado, Sección ‘’C’’ de la U.E. “Las Colonias”,

ubicada en el Municipio Brión, Estado Miranda; y apoyándonos en las afirmaciones

de Hernández, Fernández y Baptista (2003), “… la selección de elementos depende

del criterio del investigador” (p.231)

Muestra

De acuerdo a Arias (2006), quien afirma que: “Cuando por diversas razones

resulta imposible abarcar la totalidad de los elementos que conforman la población

accesible, se recurre a la selección de una muestra” (p. 83) y teniendo claro que:

La muestra es una parte de la población, o sea un número de individuos u objetos seleccionados científicamente, cada uno de los cuales es un elemento del universo. La muestra es obtenida con el fin de investigar, a partir del conocimiento de sus características particulares, las propiedades de una población. (Balestrini, 2006, p.141)

En la presente investigación, se estudiará el total de la población por lo cual no

se hará necesario recurrir a la extracción de una muestra representativa. Arias (2006)

explica que: “Para seleccionar la muestra se utiliza una técnica o procedimiento

denominado muestreo”. Éste los subdivide en dos tipos básicos: probabilísticas o

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aleatorios y no probabilísticas. Dentro del muestreo probabilístico o aleatorio,

encontramos el Muestreo Estratificado, el cual Arias (2006) establece que “consiste

en dividir la población en subconjuntos cuyos elementos posean características

comunes, es decir, estratos homogéneos en su interior. Posteriormente se hace la

escogencia al azar en cada estrato”. (p. 84)

De haber sido necesario se hubiese adoptado ésta técnica porque con la misma

se podría presentar una parte de la totalidad de los Alféreces, asegurándonos que la

misma resultará lo suficientemente representativa para la población.

Una vez definida la población, se procedió a seleccionar a los sujetos para

obtener la información necesaria que permita desarrollar el estudio, de manera que los

resultados sean validos, la muestra fue seleccionada de forma intencional basada

fundamentalmente en el 100% de la población total ya que es una muestra accesible y

puede arrojar resultados fidedignos para el trabajo llevado a cabo.

Sistema de Variables

Para Bernal (2006:285), el sistema de variables “consiste en el desglosamiento

de las variables, en aspectos sencillos, que permiten la mayor aproximación para

poder medirla”, estas se agrupan en las llamadas, dimensiones, las cuales tienen por

objeto la representación del área del conocimiento que íntegra la variable, las mismas

representan un componente significativo con relativa autonomía y del que se derivan

un agregado de elementos llamados indicadores.

Mientras que Bernal (2006:286), señala que “conceptualizar una variable es

definirla, para clarificar qué se entiende por ella y operacionalizarla significa, traducir

las variables a indicadores que son aspectos o situaciones específicas de los

fenómenos”.

Así mismo, Bavaresco (1996), se refiere a las variables cómo: “Las diferentes

condiciones, cualidades características o modalidades que asumen los objetos en

estudio desde el inicio de la investigación. Constituyen la imagen inicial del concepto

dado dentro del marco” (p. 76). A tal efecto, se establecen la siguiente variables e

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indicadores que se conceptualizan más adelante. Otro elemento que se definirá en esta

investigación fueron los indicadores, que como señala Altuve (1.990) “son una

definición que asigna significado a una construcción conceptual de la variable, al

especificar actividades u operaciones necesarias para medirlas” (p. 1)

Obtener mayores resultados con la mínima inversión”, a través de: Utilización

efectiva de los recursos propios y los créditos otorgados por las instituciones

financieras, concentración de capitales colocados en segmentos especialmente

estudiados y controlados del mercado, contribución a una mayor formación del

ahorro a través de campañas de promoción entre los asociados, estímulo a la

creatividad y seguimiento de los proyectos de desarrollo empresarial a través de

métodos directos de control de gestión o indirectos por medio de auditorias.

A continuación reseñamos un cuadro que recoge y relaciona distintos elementos

de la investigación a partir de su propósito general

Cuadro N° 1. Sistema de Variables

Objetivo Específico Variable Definición de Variable

Difundir los derechos y deberes en los niños, niñas y adolescentes a través de un espacio ambientado por alumnos del 7mo grado, Sección “C” de Educación Básica, de la Unidad Educativa Estadal “Las Colonias” Ubicada en Sotillo del Municipio Brión, Estado Miranda.

Los deberes y derechos de los niños, niñas y adolescentes a través de un espacio ambientado por los alumnos 7mo grado, sección “C” de Educación Básica, de la Unidad Educativa Estadal “Las Colonias” ubicada en Sotillo, Municipio Brión, Estado Miranda.

Son libertades individuales o sociales garantizados por la máxima ley, con el fin de brindar protección y seguridad a todos los ciudadanos. Y son reglas, leyes y normas que regulan nuestra convivencia en la sociedad.

Aplicación de Talleres sobre los deberes y derechos de los niños, niñas y adolescentes de los alumnos del 7mo grado, Sección “C” de Educación Básica, de la Unidad

Talleres sobre los derechos y deberes del 7mo grado, sección “C” de Educación Básica, de la Unidad Educativa Estadal “Las Colonias” ubicada en Sotillo, Municipio Brión,

Es una metodología de trabajo en la que se integran la teoría y la práctica. Se caracteriza por la investigación, el descubrimiento científico y el trabajo en equipo que,

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Educativa Estadal “Las Colonias”, ubicada en Sotillo del Municipio Brión, Estado Miranda.

Estado Miranda. en su aspecto externo, se distingue por el acopio (en forma sistematizada) de material especializado acorde con el tema tratado teniendo como fin la elaboración de un producto tangible.

Realizar charla con la finalidad de dar a conocer los organismos competentes garante del cumplimiento de los derechos y deberes de los niños y adolescentes del 7mo grado, sección “C” de Educación Básica, de la Unidad Educativa Estadal “Las Colonias” ubicada en Sotillo, Municipio Brión, Estado Miranda.

Charlas con la finalidad de dar a conocer los organismo competentes garante del cumplimiento de los derechos y deberes del 7mo grado, sección “C” de Educación Básica, de la Unidad Educativa Estadal “Las Colonias” ubicada en Sotillo, Municipio Brión, Estado Miranda.

Son una opción informal y ofrece toda suerte de interactividad y participación entre público.

Operacionalización de las Variables

Después de definir las variables y con el propósito de elaborar los instrumentos,

se procedió a su operacionalización. La operacionalización supone seleccionar

indicadores contenidos en las variables, de acuerdo con el significado que se le ha

otorgado a través de la definición de las dimensiones.

Por lo general la operacionalización de la variable representa el desglosamiento

de la misma en elementos más específicos y sencillos que permiten mayor precisión

para medirla, estos elementos se describen como dimensiones e indicadores y en

algunos casos se incluyen los subindicadores. Las dimensiones son el área o el campo

del conocimiento que integran la variable y de las cuales se desprenden los

indicadores.

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Los indicadores son como las vías, las señales de que la dimensión está

presente, se está cumpliendo. Ellos permiten el desglosamiento de cada variable a

través del estudio de una manera profunda.

Es bueno señalar, que tanto las dimensiones como los indicadores, a pesar de

ser elementos que están intrínsicamente ligados a la variable, el investigador debe

seleccionar de ellos, los que más se adecuen al fenómeno o problema que se investiga

y al enfoque que en el estudio se le da. Esta parte es importante, ya que define y

delinea los aspectos teóricos conceptuales que se deben tomar en cuenta, tanto en el

desarrollo del marco teórico como en el metodológico.

Cuadro Nº 2. Operacionalización de las Variables

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Técnicas e instrumentos de Recoleccion de Datos

A sabiendas de que toda investigación de campo debe fundamentarse en datos

precisos, sistemáticamente bien organizados y verificables recolectados desde el

mismo lugar donde ocurren los hechos, se hace necesario el uso de técnicas e

instrumentos de investigación a lo cual según Arias (2006):

Una vez efectuada la operacionalización de las variables y definidos los indicadores, es hora de selección las técnicas instrumentos de recolección de datos pertinentes para verificar las hipótesis o responder las interrogantes formuladas. Todo en correspondencia con el problema, los objetivos y el diseño de investigación (p. 67)

La información requerida para desarrollar esta investigación, fue recabada a

través de una encuesta, que en opinión de Arias, F, (2006) es una de las técnicas más

utilizada en la investigación de campo. Y en este caso consiste en la recolección de

información estandarizada, a partir de las unidades que componen la población. Se

aplicó a los trabajadores que conforman la muestra, a través de un cuestionario que se

elaboró como instrumento, el cual, para Sánchez, T, (1989), consiste en “una serie de

preguntas con la finalidad de obtener información interna y colectiva que sirve de

base a la investigación, ajustándose a una disciplina” (p.122). El mismo, contiene 05

ítems, con los que se midieron los diferentes indicadores que representan las variables

que se estudian en esta investigación.

Se empleó una escala nominal tipo Líkert, de tal manera que cada ítem consta

de varias categorías de respuestas, tales como: Si y No. De acuerdo con Hernández, R

y otros (op. cit)), la escala Líkert consiste en “un conjunto de ítems presentado en

forma de afirmaciones o juicios ante los cuales se pide reacción de los sujetos o los

que se administra” (p. 261).

Se fijó como criterio de análisis, que si el promedio de los porcentajes de las

categorías Si supera el 50%, la respuesta se considera favorable al ítem en cuestión;

mientras que el porcentaje de respuesta de la categoría No, cuando superen el 50%,

indican que la respuesta es desfavorable.

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Instrumento de Recolección de Datos

Hernández, Fernández y Baptista (Ob. Cit) define el instrumento como “…

aquel que registra datos observables que representan verdaderamente a los conceptos

o variables que el investigador tiene en mente” (p. 242). Se infiere que, el instrumento

debe acercar más al investigador a la realidad de los sujetos; es decir, aporta la mayor

posibilidad a la representación fiel de las variables a estudiar.

Para Hernández S. y otros (2006), recolectar datos implica un plan detallado de

procedimientos que conduzcan a reunir datos con un propósito específico y ello

implica determinar las fuentes donde se obtienen los datos y los medios o métodos, es

decir, elegir uno o varios métodos y definir los procedimientos a utilizar en la

recolección de datos.

En nuestro caso utilizamos la técnica de la encuesta, bajo la modalidad de

cuestionario como instrumento de registro elaborado a partir de las realizadas por

Henríquez. En opinión de Briones (1995) la encuesta es: “técnicas que encierran un

conjunto de recursos destinados a recoger, proponer y analizar informaciones que se

dan en unidades y en personas de un colectivo determinado… para lo cual hace uso

de un cuestionario u otro tipo de instrumento” (p. 51).

Para Fidias (2006) “El cuestionario es la modalidad de encuesta que se realiza

de forma escrita mediante un instrumento o formato en papel contentivo de una serie

de preguntas. Se le denomina cuestionario autoadministrado porque debe ser llenado

por el encuestado, sin intervención del encuestador”. (p. 75)

Para dicha recogida se diseño un cuestionario a partir de los realizados por

Henríquez (2011), Jiménez (2003) y Fandos (2003)

Cuadro Nº 1. Selección del Instrumento en la investigación

Instrumento Informante Criterios Criterios Generales

Encuesta(6 ítems)

Niños, Niñas y Adolescentes del

7mo Grado, Sección “C” de la U.E.E “Las

Colonias”

Obtener información de un gran número

de Alumnos.Tratamiento sencillo

de los datos

Posibilidades del Investigador.Bajo Costo Económico

Aplicación SencillaFuente: La Autora (2012)

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De esta manera el cuestionario, por medio de preguntas cerradas que

establezcan previamente las opciones de respuesta, se logrará indagar acerca del

conocimiento sobre los deberes y derechos establecidos en la Ley Orgánica para la

Protección del Niño, Niña y Adolescente (LOPNNA) se refiere

Para tal fin, se plantearon tres actividades vinculadas en tres sí:

- El seleccionar un instrumento de medición.

- Obtener las informaciones de las variables que son de interés.

- Preparar las mediciones obtenidas para que puedan ser objeto de análisis.

Además, dicho instrumento debe poseer una serie de condiciones para que sea

adecuado para recoger la información necesaria del estudio, y cumpla con las

exigencias requeridas, tales como:

- Definición estricta y concreta de los objetivos elegidos

- Indicación de las condiciones en los que se recogerá la información

- Posibilidad de un tratamiento cuantitativo

- Validez y fiabilidad

El uso de este instrumento guarda una estrecha relación con el paradigma sobre

el cual se enmarca esta investigación por cuanto el cuestionario se utiliza

generalmente para describir situaciones reales a partir de variables eminentemente de

carácter cuantitativo, susceptibles de ser medidas y descritas objetivamente.

Para Bacells (1994) el cuestionario es: “… una lista o un repertorio de

preguntas, debidamente estructuradas, dirigidas a una persona que debe contestar,

relativas a un objeto de la investigación con el fin de obtener datos” (p. 195).

También Tejada (1995) lo define como el “conjunto de preguntas o ítems acerca de

un problema determinado, objeto propio de la investigación, cuyas respuestas se han

de contestar por escrito” (p.11)

Es importante destacar que como todo instrumento posee sus ventajas y sus

desventajas. En cuanto a las primeras que ofrece este instrumento, Tejada (1.995)

indica que se obtiene información de un gran número de personas y ceñida al objeto

de investigación, es poco ambiguo y permite un tratamiento de los datos sencillo y es

útil para contrastar informaciones. En cuanto a sus desventajas señala las siguientes:

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poca flexibilidad, información escueta que no permite el seguimiento, porcentaje de

respuestas bajo y riesgos en la distribución.

Para nosotros sus ventajas dieron motivos necesarios para seleccionar el

cuestionario, cumpliendo la función de enlace entre los objetivos de la investigación y

la realidad de la población a la cual se seleccionó para tal fin.

Los ítems presentados son preguntas concretas sobre la realidad objeto de

estudio. Se redactaron de manera sencilla para que no existiera ningún tipo de

ambigüedad y el encuestado pudiera responderlas de manera sincera y clara, de forma

que puedan ser analizadas, tabuladas e interpretadas con facilidad. De hecho

Namakforoosh (1999) indica que “El diseño de cuestionarios es un arte no una

ciencia” (p. 176). Señalando que se mejora a medida que se pone en práctica, por

cuanto se aprende a evitar las preguntas ambiguas y las que insinúan la respuesta

cuando ya se posee cierta experiencia en la elaboración de dicho instrumento. En

definitiva, la encuesta es la traducción de los objetivos de la investigación a preguntas

específicas.

La creación de las dimensiones del instrumento se basó en función de los

objetivos específicos que se persiguen en la investigación. Se seleccionaron los ítems

que tenían relación directa con cada uno de los indicadores para así obtener una

primera versión del cuestionario. En esta primera versión se tomaron en cuenta las

recomendaciones a las cuales hace alusión Rodríguez y Otros (1996):

- Orden de Dificultad: de lo más simple a lo más complejo

- Preguntas concretas, evitar la ambigüedad

- Fáciles de entender

- Lenguaje claro y sencillo.

Validez y Confiabilidad del Instrumento

Todo instrumento de recolección de datos debe resumir dos requisitos

esenciales: validez y confiabilidad. Con la validez se determina la revisión de la

presentación del contenido, el contraste de los indicadores con los ítems que miden

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las variables correspondientes. Se estima la validez como el hecho de que una prueba

sea de tal manera concebida, elaborada y aplicada y que mida lo que se propone

medir.

Tejada (1995) expresa la validez como: “… el grado de precisión con que el test

utilizado mide realmente lo que está destinado a medir” (p. 26). Es decir, la validez se

considera como un conjunto específico en el sentido que se refiere a un propósito

especial y a un determinado grupo de sujetos.

Recomienda constatar la validez del instrumento desde 3 aspectos:

- El contenido

- El criterio

- El constructo.

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CAPÍTULO IV

ANÁLISIS Y DISCUSIÓN DE LOS RESULTADOS

Ítem Nº 1. ¿Sabes cuáles son tus deberes establecidos en la Ley Orgánica para la

protección del niño, niña y adolescente (LOPNNA)?

Cuadro Nº 1

Ítem F1 %SI 05 17

NO 20 83Total 30 100%

Análisis:

Según los resultados obtenidos en la encuesta aplicada a discentes del 7mo

Grado Sección C, de la U.E.E. “Las Colonias”, podemos evidenciar que el 83% no

conoce cuales son sus deberes como ciudadanos establecidos en la Ley Orgánica de

Protección al Niño, Niña y Adolescente (LOPNNA).

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Ítem Nº 2. ¿Sabes cuáles son tus derechos establecidos en la Ley Orgánica para la

protección del niño, niña y adolescente (LOPNNA)?

Cuadro Nº 2

Ítem F1 %

SI 08 27

NO 17 73

Total 30 100%

Análisis:

En este item, los resultados indican que el 73% de los individuos encuestados

desconocen los derechos establecidos en la Ley Orgánica de Protección al Niño, Niña

y Adolescente (LOPNNA).

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Ítem Nº 3

¿Asistirías a charlas o talleres informativos sobre los Deberes y Derechos

establecidos en la Ley Orgánica de Protección al Niño, Niña y Adolescente

(LOPNNA)

?

Cuadro Nº

Ítem F1 %

SI 25 0

NO 0 100

Total 30 100%

Análisis:

En este ítem el 100% de los encuestados manifestaron que si asistirían a charlas

o talleres referente al tema de los Deberes y Derechos de los Niños Niñas y

Adolescentes establecidos en la LOPNNA.

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Ítem Nº 4 ¿Conoces algún mecanismo de protección para defender tus derechos ?

Cuadro Nº

Ítem F1 %SI 5 0

NO 20 100Total 30 100%

Análisis:

Luego de aplicado los instrumentos, los resultados indican que el 83 % de los

individuos encuestados declararon que no conocen los mecanismos de protección

para defender sus derechos.

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Ítem Nº 8

¿Quién crees que el encargado de defender los derechos de los niños, niñas y

adolescentes?

Cuadro Nº 8

Ítem F1 %Escuela 7 27%Familia 10 40%

LOPNNA 8 33%Total 30 100%

Análisis:

Según los resultados obtenidos, el 40% manifestó que el encargado de defender

los derechos de los niños, niñas y adolescentes es la familia, un 27% dice que es la

escuela y el 33% restante que es la LOPNNA.

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CONCLUSIÓN

Cada persona es única, pues la historia familiar, su cultura, las experiencias, los

intereses y las aptitudes los moldean. Cada individuo tiene el derecho a ser como es y

de sentirse orgulloso de sí mismo, debido a esto es importante que disfrute de muchas

formas de expresar su individualidad.

No obstante, todo ciudadano venezolano tiene una serie de Derechos

consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así como

los órganos que se encargan de canalizar o de hacerlos cumplir, pero muchas veces, o

la mayoría de las veces, los venezolanos no conocen sus derechos, y por esta razón

son victimas de atropellos y violaciones a su dignidad como personas. Es importante

tener presente que así como las personas tienen Derechos también tienen Deberes que

corresponden cumplir. Pero resulta que esa serie de derechos no están consagrados de

forma expresa en algún texto legal, y si es difícil el acceso al conocimiento de los

Derechos entonces es aun más difícil el conocimiento de los Deberes. Sin embargo, y

como establece el Código Civil Venezolano en su artículo 1º "La ignorancia de la Ley

no excusa de su cumplimiento", por lo tanto, es sumamente necesario conocer los

Deberes y Derechos inherentes a los ciudadanos.

La LOPNA representó una gran oportunidad para ampliar el espectro de

protección a favor de la infancia y la adolescencia. A poco tiempo de su entrada en

vigencia, la realidad práctica en que sigue estando “el menor” hace dudar si el

problema o la solución está en la ley o se requiere algo más que una reforma

legislativa para lograr una efectiva protección de los menores de edad. Podemos

precisar ciertas consideraciones terminológicas que en nuestro criterio entremezclan

lo que debe ser objetivo primordial de una ley con imprecisiones técnicas; podemos

tratar de explicar los principios que orientan la reforma y sin embargo, igualmente

sentimos que por sí solos son insuficientes, porque la ley requiere ser acompañada de

un verdadero cambio que exceda lo jurídico.

Ya se trate de una verdadera novedad legislativa o de un simple cambio de

términos y figuras, lo cierto es que las bases fundamentales de protección a la

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infancia, con sus aciertos y errores están dadas y cuentan con un marco jurídico. La

carencia de protección a la infancia y a la adolescencia en nuestro país no será

imputable a la falta de normativa jurídica. Los derechos y los deberes; ambos asuntos

son indivisibles. Es como si describiéramos una moneda, ella tiene dos caras y

aunque son dos lados separados, a la vez son una unidad. Pues así son los derechos y

deberes; uno solo.

La LOPNA es la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente,

la cual se rige por una serie de artículos, en donde se expresan los derechos y deberes

de los niños, niñas y adolescentes.

Ésta ley contiene normas de más amplio alcance, garantista y novedosa. Se

encuentra plasmada en hojas, lo cual no significa que dicha ley sea aplicada en la

actualidad, a pesar que, haciendo un análisis de ella, es evidente la importancia y el

gran aporte que tendría, de ser aplicada, para nuestra sociedad.

Por lo tanto se queda a reflexión, qué imprescindible es aplicar todas y cada una

de estas leyes, para la obtención y mejora del significado de "calidad de vida".

Este proyecto tiene como finalidad principal dar a conocer y hacer cumplir los

deberes y derechos de los niños, niñas y adolescentes a los alumnos del 7mo grado,

sección”, ya que son quebrantados por el desconocimiento que tiene de los mismos,

las charlas educativas está enfocada en conocer todos los aspectos legales y sociales

de los mismos.

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RECOMENDACIONES

Se le a las instituciones educativas realizar proyectos donde se evidencien los

deberes y derechos del niño, niña y adolescentes.

Realizar charlas y talleres educativos en donde el educando adquiera

conocimientos para ser un ser social, activo, reflexivo y protagónico en una sociedad

digna.

En cuanto a los alumnos se le recomienda realizar lectura acerca de los deberes

y derechos de los niños, niñas y adolescentes para que pongan en práctica y lo hagan

respetar.

Los Organismos tales como la LOPNNA, Defensoría Municipal de los niños,

niñas y adolescente dictar talleres y hacer dinámicas referentes a los deberes y

derechos, ya que en su mayoría son quebrantados los deberes.

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