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República de Colombia Departamento de Nariño Concejo Municipal Pupiales Nit: 814002033-5 Calle 6 Nº 2-77 Edificio C.A.M Oficina 302 Teléfono: 3207102328 correo: [email protected] PLAN DE ACCIÓN 2020 Elaborado Por: JORGE ARMANDO TAPIA AREVALO Presidente FABIAN MORENO CHAVES Primer Vicepresidente PEDRO ALIRIO BELTRAN Segundo Vicepresidente WILSON ALIRIO OLIVO Secretario Pagador MAURA ESTACIO Secretaria Auxiliar Enero 27 de 2020

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Nit: 814002033-5

Calle 6 Nº 2-77 Edificio C.A.M Oficina 302 Teléfono: 3207102328 correo: [email protected]

PLAN DE ACCIÓN 2020

Elaborado Por:

JORGE ARMANDO TAPIA AREVALO

Presidente

FABIAN MORENO CHAVES

Primer Vicepresidente

PEDRO ALIRIO BELTRAN Segundo Vicepresidente

WILSON ALIRIO OLIVO Secretario Pagador

MAURA ESTACIO Secretaria Auxiliar

Enero 27 de 2020

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PRESENTACIÓN

La Mesa Directiva del Honorable Concejo Municipal de Pupiales, dando cumplimiento al artículo 74 de la ley 1474 de 2011, pone a disposición de la ciudadanía el Plan de Acción del Concejo Municipal que regirá las actuaciones administrativas y presupuestales de la entidad en la vigencia fiscal 2020. El Plan de Acción del Concejo Municipal permite determinar y asignar las tareas a los servidores públicos que integran la corporación, se definen los plazos de tiempo y se calcula el uso de los recursos de que dispone la Corporación para cumplir con sus fines y funciones constitucionales y legales. Mediante el presente documento, la comunidad y los Concejales tendrán acceso a una presentación resumida de las tareas que deben realizarse por ciertas personas que hacen parte del Concejo en un tiempo determinado, utilizando un monto de recursos asignados con el fin de lograr un objetivo dado. Este Plan de Acción es un espacio para discutir qué, cómo, cuándo y con quien se realizan las acciones. Para su elaboración, la Mesa Directiva del Concejo, integrada por el Señor Presidente y los dos Vicepresidentes, adelantó un trabajo en equipo, siendo participe el Secretario Pagador y secretaria Auxiliar de la Corporación, quienes conformaron el Comité de Planeamiento. Este Comité de Planeamiento realizó diferentes reuniones que le permitieron identificar los siguientes elementos constitutivos del Plan:

Qué se quiere alcanzar (objetivo)

Cuánto se quiere lograr (cantidad y calidad)

Cuándo se quiere lograr (en cuánto tiempo)

En dónde se quiere realizar el programa (lugar)

Con quién y con qué se desea lograrlo (personal, recursos financieros)

Cómo saber si se está alcanzando el objetivo (evaluando el proceso) Por esta razón, en el presente Plan de Acción además de contemplar los Objetivos que se pretenderán lograr en la vigencia, también se contemplan el diseño de las estrategias a seguir para lograr esos objetivos. Presidente Concejo Municipal

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CONFORMACIÓN DEL CONCEJO MUNICIPAL

PLENARIA DEL CONCEJO

JORGE ARMANDO TAPIA -PARTIDO CAMBIO RADICAL FABIAN MORENO -PARTIDOALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE PEDRO ALIRIO BELTRAL - PARTIDO DE LA UNIDAD NACIONAL JORGE OLMEDO OLIVA - PARTIDO CAMBIO RADICAL JESUS EMILIO ROSERO - PARTIDO CAMBIO RADICAL MIGUEL ANTONIO CHECA - ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE GUILLERMO BAYARDO USAMAG - ALIANZA SOCIAL INDEPENDIENTE JUAN ARMANDO GUERRERO – PARTIDO CONSERVADOR JESUS ALFREDO GAON - PARTIDO CONSERVADOR LEONARDO OTONIEL LOPEZ - PARTIDO DE LA UNIDAD NACIONAL CARLOS OLIMPO INCHUCHALA - PARTIDO DE LA UNIDAD NACIONAL

MESA DIRECTIVA DEL CONCEJO MUNICIPAL AÑO 2020

JORGE ARMANDO TAPIA AREVALO Presidente

FABIAN MORENO CHAVES Primer vicepresidente

PEDRO ALIRIO BENTRAN GUZMAN Segunda vicepresidente

SECRETARIOS DEL CONCEJO MUNICIPAL

WILSON ALIRIO OLIVO Secretario Pagador

MAURA ELENA ESTACIO Secretaria Auxiliar

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CONTENIDO DEL PLAN DE ACCIÓN

1. Reseña Historia

2. Visión

3. Misión

4. Valores

5. Diagnóstico

6. Objetivos

6.1. Políticas de Calidad

6.2. Objetivos de Calidad

6.3. Objetivos Específicos

7. Organigrama del Concejo

8. Plan de Acción y Plan Estratégico

8.1 Plan Estratégico

8.2 Proyección comunitaria

8.3 Fortalecimiento Institucional

8.4 Agenda Institucional

9 Presupuesto del Concejo

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1. RESEÑA HISTORICA DE LOS CONCEJOS MUNICIPALES

La pérdida de nuestras propias raíces, como consecuencia de la Conquista sobre el pueblo indígena y la invasión y destrucción de su cultura, ha hecho que la definición histórica de la institucionalidad Colombiana se remita a la historia y evolución de otra cultura, la de los colonizadores, una cultura que en principio no nos pertenece pero que fue implantada a nuestros pueblos indígenas, quienes tenían una concepción del mundo completamente distinta a los modos culturales, políticos y administrativos que existían en la Corona Española. Al respecto escribió el Dr. Diego Salazar: “entre nosotros, la sociedad chibcha y la conocida como macro chibcha, presentan una elevada cultura; su religión, sus conceptos sociales, sus valores culturales, la organización de su sociedad son sumamente interesantes y si se hubieran precisado, complementado y elaborado más sus normas, hubiéramos poseído un derecho más auténtico y quizá más importante, con una personalidad más definida dentro del concierto de los pueblos” (SALAZAR Diego Renato, Historia Constitucional de Colombia. Bogotá, Librería Jurídica, 1979, p. 3.) Sin embargo la historia fue otra, por eso los Concejos Municipales de Colombia tienen sus antecedentes históricos en los Cabildos de España, a raíz de la Política de población que emprendieron los reyes Católicos cuando Cristóbal Colón empezaba su segundo viaje hacia América. El propósito de la Corona era el de estimular e institucionalizar una especie de autoridad local con el fin de apoyarse en ella en la lucha contra la invasión musulmana y la colonización de los territorios conquistados al Islam. De esta forma se llegó a consolidar un código colonial de población que contenía instrucciones para los descubridores, conquistadores y misioneros, sobre el modo para fundar y organizar pueblos. Según el autor Augusto Hernández Becerra, en la época Colonial “el Viejo Régimen Municipal Castellano decaía ya en España cuando se trasplantó al Nuevo Mundo, pero aquí creció con personalidad propia y vigor sorprendente. El Cabildo jugó un papel tan destacado como en el antiguo municipio de Castilla, en defensa de la autonomía local y como contrapeso frente al poder aristocrático y burocrático tanto de la localidad como de la corona. Sin embargo, a partir de 1580 comienza la decadencia gradual del Cabildo, en lo cual tuvieron que ver fenómenos como el perfeccionamiento de la administración colonial (legislación, virreinatos, audiencias), la intrusión de gobernadores y audiencias en la vida capitular, el nombramiento de corregidores por el rey para presidir los cabildos, la pobreza de los presupuestos municipales que en muchos de sus arbitrios rentísticos dependían de “la misericordia del rey”, acceso a los cabildos de funcionarios nombrados por el rey, como el alférez real y el alguacil mayor, intromisiones de los oficiales de Hacienda (contadores, factores, veedores, tesoreros).” Como se dijo, el órgano básico de administración municipal para la época fue el Cabildo y entre sus miembros principales se encontraban el alférez real, los alcaldes, generalmente en número de dos; el alguacil mayor y los regidores, cuyo número oscilaba según la importancia de la población entre 6 y 12, siendo a veces sólo 4 y en ocasiones hasta 24. Esta especie de cuerpo colegiado tenía la función de administrar un determinado territorio en todos los aspectos propios de la vida social. Sus Sesiones podían ser “cerradas” cuando solo se reunían los miembros del Cabildo y “abiertas” cuando además de los miembros concurrían vecinos y ciudadanos a debatir asuntos de interés general.

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En 1810, época de la República, los Cabildos de la Nueva Granada, quienes habían emprendido el proceso de emancipación, se independizaron de España a raíz de las reformas implementadas por Carlos III, quienes, según el autor Luis Villar Borda (VILLAR BORDA Luis, Democracia Municipal. Madrid, Taravilla, 1984), consideraron menguada la autonomía de los Cabildos. Autores como Enrique Tamayo Borrero, sostienen que las reformas de Carlos III promovieron la apertura democrática para la designación de los miembros del Cabildo, la creación del cargo de Personero y la fiscalización de la Hacienda Municipal. (TAMAYO BORRERO, Enrique, Administración Municipal Colombiana, 2ª ed. ESAP, 1988, p. 25) Lo cierto es que, sin lugar a dudas, la amenaza que sintieron los oligarcas y aristócratas miembros del Cabildo, de perder el poder y la dominación que tenían sobre el pueblo y los recursos, fue razón que dio impulso al proceso de independencia, no por ser inconvenientes las reformas de Carlos III, sino por ir en contra de los intereses personales de los Cabildantes de la época. Con la oposición de las colonias americanas a la dependencia de las metrópolis Europeas, empieza a vivirse un proceso constitucional en distintas regiones de nuestro territorio. La Constitución de 1821 adoptó para el Estado la forma unitaria centralizada, al igual que las constituciones de 1830, 1832 y 1843. Se puede reconocer en aquellas constituciones principios que propendían por el respeto de los derechos humanos y de las libertades públicas, sin embargo acabaron con la autonomía lograda por los municipios durante el proceso de independencia. Solo hasta 1848 con la Ley de junio 3 se empezó a rescatar libertades municipales y a recuperar autonomía que habían perdido. Con la Constitución Federalista de 1853 se fortaleció el poder y la autonomía de las provincias al punto de que empezaron a promulgar sus propias constituciones, determinando su organización y administración, sin embargo fracasó en su propósito por integrar dos formas de Estado completamente opuestos, como es el Centralismo y el Federalismo, por lo que ha su corta duración vino un proceso de organización territorial hasta 1863, año en que se promulgó la Constitución de Rionegro. Esta Carta Constitucional se caracterizó por proclamar un sistema enteramente federal; a juicio de algunos autores, «[…] este período de la vida municipal, es de los más significativos en nuestra cultura política, infortunadamente su efimeridad no le permitió proyectar con eficacia su profundidad social e ideológica. […]’». (SANTOFIMIO, Jaime Orlando, Bases constitucionales del Régimen Municipal. Bogotá, Universidad Externado de Colombia, 1993, p. 57.) El periodo Federalista imperó desde 1843 hasta 1886, año en que expidió la Constitución Centralista de 1886 como respuesta a lo que se consideró el colapso del Federalismo por los constantes levantamientos contra el Gobierno Central por considerar que estaban violando el principio de la no injerencia, al tratar de inmiscuirse en los asuntos locales. La Constitución Unitaria y Centralista de 1886 se redactó con fundamento en la tesis del presidente Rafael Núñez quien consideraba que la mejor forma de Estado es el Centralismo Político y la Descentralización Administrativa. El Dr. Augusto Hernández resume las consecuencias de la Constitución de 1886 en las provincias y municipios así:”Los Estados soberanos perdieron sus atributos políticos y su patrimonio público. Las autoridades del Poder Ejecutivo Departamental y Municipal serán en adelante nombradas por el Gobierno Nacional y solo tendrán competencias administrativas reglamentadas por la ley. La capacidad impositiva pasó a ser monopolio del Congreso,

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que con el tiempo transferirá a las asambleas departamentales y concejos municipales la administración de algunos impuestos para la subsistencia seccional y local.” Vale decir que con la Constitución de 1886 se crearon como tal los concejos municipales y se abrió la posibilidad de que los cabildantes fueran elegidos popularmente, pero con facultades muy limitadas como la de votar los tributos conforme a la Ley. Disponía el artículo 198 de esta Carta Política que “en cada Distrito municipal habrá una Corporación popular que se designará con el nombre de Consejo Municipal.” Siendo la primera vez que en la historia Institucional de Colombia se uso la expresión “consejo municipal” pero escrita con “s”. En el año de 1945, finalizando el segundo gobierno del presidente Alfonso López Pumarejo, se llevó a cabo una reforma que revisó la organización del Estado y modificó el Régimen Departamental y Municipal, en cuanto a la creación de Departamentos, la clasificación de los municipios, la validez y presunción de legalidad de los acuerdos municipales. Para finalizar con los antecedentes de los Concejos Municipales en este periodo, citaré al autor Wilson Herrera Llanos quien resume el proceso de fortalecimiento de los municipios a partir de 1984 así: “debemos reseñar el proceso de fortalecimiento municipal, iniciado con las leyes 14 de 1983, 50 de 1984 y la 55 de 1985, que trataron, respectivamente, sobre fortalecimiento de los fiscos municipales, funcionamiento del presupuesto público y ordenamiento de las finanzas del Estado, proceso que vino a culminar con la expedición del acto legislativo N° 01 de enero 9 de 1986, relativo a la elección popular de alcaldes y consultas populares, ampliamente desarrollado por las leyes 11 de 1986, sobre estatuto básico de la administración municipal, desarrollado por el decreto 1333 de 1986; la ley 12 de ese mismo año, sobre Cesión del Impuesto del Valor Agregado (IVA); la ley 78 de 1986, sobre desarrollo de la elección popular de alcaldes, debidamente complementada por la 49 de 1987 y, finalmente, las leyes 77, 78, 80 y 81 de 1987, que desarrollaron el estatuto de la descentralización según el traslado de los diversos servicios públicos, inspección y vigilancia de la urbanización y construcción, el transporte urbano municipal y funciones especiales conjuntas del Instituto de Bienestar Familiar y los municipios.” (HERRERA Llanos, Wilson, Régimen Municipal en Colombia, Revista de Derecho, Universidad del Norte, 2002.) Con las reformas anteriores se pretendió consolidar el principio de la descentralización territorial y la participación de todos los ciudadanos en la conformación del poder político, dando paso al proceso de reforma constitucional que culminó con la expedición de la Constitución Política de 1991, que, aunque mantuvo una estructura unitaria para el Estado, proclamó al municipio como entidad fundamental de la organización territorial y le traslado mayores funciones y competencias. La Corte Constitucional describe los cambios traídos por la Constitución de 1991 así:

“Es indiscutible que la Constitución de 1991 realizó fundamentales cambios que responden a una concepción más democrática y descentralizada, orientada al perfeccionamiento de la autonomía de las entidades territoriales, a fin de lograr una mayor eficiencia en el funcionamiento del Estado. En este sentido, debe recordar la Corte que así como paralelamente a la consagración de la elección popular de alcaldes adoptada en la reforma constitucional de 1986, se amplió en la de 1991 el período de los alcaldes, se consolidó la elección popular de gobernadores, se fijaron los mecanismos locales de participación ciudadana, se incrementaron las transferencias hacia municipios, distritos y departamentos, modificándose los criterios para su distribución, se

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ampliaron los distintos tipos de entidades territoriales, se consignaron algunas innovaciones en lo concerniente a los planes de desarrollo y al régimen de la planeación, derivadas de un enfoque integral que se apoya en la consideración básica de la finalidad del Estado social de derecho como República unitaria, que avanza hacia un esquema institucional, con formas de participación más democráticas.”

Sin embargo, el esfuerzo que realizó la constituyente de 1991 por fortalecer la descentralización territorial no fue suficiente, la Constitución de 1991 no reformó al municipio, solo ratificó las transformaciones de la década que le antecedió, dando paso a una relativa descentralización y a una autonomía que ha tenido que irse aclarando y ratificando por la Corte Constitucional, a raíz de las múltiples interpretaciones que se da a las Leyes que desarrollan este principio constitucional. Se destaca el incremento de las atribuciones dadas a los Concejos Municipales tanto en la Constitución de 1991 como en las reformas que han incrementado y fortalecido el papel de los Concejos Municipales1, definiéndolos como una Corporación Político-Administrativa, y encargándole el ejercicio del Control Político sobre la Administración Municipal.

1 Acto Legislativo 01 de 2007, Articulo 6.

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2. VISIÓN DEL CONCEJO MUNICIPAL

El concejo Municipal de Pupiales, es un órgano coadministrador de elección popular, de carácter deliberante y decisorio; cuya función es la de ejercer el Control Político, fijar las prioridades y directrices para el desarrollo integral del Municipio. Nuestro propósito es cooperar en la construcción del colectivo humano, basado en los principios de la transparencia, la solidaridad, la ética y el respeto al patrimonio público; promover y apoyar las iniciativas del Ejecutivo Municipal, de las organizaciones sociales de base y de la comunidad en general permitiendo formar una nueva dinámica del desarrollo regional, participativo, sostenible en armonía con la naturaleza; en el fiel cumplimiento de la Constitución y de la Ley.

3. MISIÓN DEL CONCEJO MUNICIPAL

El Concejo Municipal de Pupiales, mantendrá su posición de liderazgo en la moderna gerencia pública, con amplia participación ciudadana y equidad de género, promoviendo el control político y social, acorde con la Constitución y la Ley, como herramienta de participación democrática; para que el Municipio de Pupiales, sea próspero en lo económico, equitativo en lo social; con identidad cultural y creación literaria; bases para alcanzar el bienestar integral de los Pupialeños.

4. VALORES DEL CONCEJO MUNICIPAL

SOLIDARIDAD: Es actuar en unión, sintiendo como propias las causas, intereses y responsabilidades de otros, de manera desinteresada y oportuna, expresando un alto grado de integración, estabilidad interna, adhesión ilimitada y total a una causa, situación o circunstancia, lo que implica asumir y compartir por ella beneficios y riesgos.

RESPONSABILIDAD: Es la capacidad de reconocer y aceptar las consecuencias de las decisiones tomadas libremente. Es la obligación moral por cumplir con el deber asignado, aportando lo mejor de sí mismo.

TOLERANCIA: Aceptar y respetar las actitudes y comportamientos individuales, sociales o institucionales, entendiendo las diferentes opiniones y posiciones de cada uno, aun cuando no se compartan.

RESPETO: Es el valor fundamental para la convivencia social. Respetar es estimar y considerar los derechos propios de los demás, valorando las cualidades de los otros y el medio que nos rodea.

COMPROMISO: Participar de manera responsable, eficiente y activa en el logro de la misión corporativa, entregando lo mejor de sí mismo.

TRANSPARENCIA: Cumplimiento de los deberes y obligaciones de los empleados públicos del Concejo a los que se ha comprometido con la institución y la sociedad.

HONESTIDAD: Es el valor que mueve al hombre a actuar con rectitud, honradez y veracidad en todos y cada uno de los actos de la vida, a proceder de acuerdo con reglas y valores aceptados por la sociedad como buenos principios.

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DIÁLOGO: Este valor nos permite entre los seres humanos el encuentro para la búsqueda de la verdad y la solución a los conflictos. También es un procedimiento para aprender a escuchar y entender al otro.

SERVICIO A LA COMUNIDAD: Es contribuir a mejorar la calidad de vida de los habitantes del Municipio de Pupiales, atendiendo a todos los ciudadanos con respeto, diligencia e igualdad de condiciones.

EFECTIVIDAD: Ser efectivo significa el logro de los objetivos o de la misión de la entidad de forma eficiente y eficaz, con la mayor calidad, bajo el mejor método, al menor costo y en el menor tiempo posible.

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5. DIAGNOSTICO DEL CONCEJO El Comité de Planeamiento integrado por la Mesa Directiva y el Secretario Pagador y Auxiliar, se reunieron para analizar el Concejo Municipal, su funcionamiento Interno e Imagen Institucional y encontró las siguientes deficiencias:

El Reglamento Interno que rige al Concejo Municipal se encuentra desactualizado y no especifica claramente los procedimientos que se deben seguir para situaciones particulares y específicas que se pueden presentar al interior de la Corporación, adicionalmente hace falta ajustar el reglamento a la Ley 1551 de 2012.

El Concejo Municipal necesita actualizar las tablas de retención documental de acuerdo a la Ley de Archivo, para la organización y la identificación de nuevos documentos y procesos que se generan en la Corporación.

El Concejo Municipal necesita actualizar el manual de procesos y procedimientos

El Concejo Municipal no cuenta con servicios de asesorías ni está afiliado a una entidad que funcione como Unidad de Apoyo Normativo para la Corporación. El Concejo Municipal no ha ofrecido capacitación a los Concejales y Secretarios del Concejo.

No se están realizando los Cabildos Abiertos Municipales que dispone la Ley.

El Concejo no tiene sistema de transcripción de actas por dictado por voz para agilizar la elaboración de las Actas.

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6. OBJETIVOS

6.1 POLITICAS DE CALIDAD Son Políticas de Calidad del Concejo Municipal las siguientes.

Posibilitar la intervención ciudadana fomentando los mecanismos de participación establecidos en la Constitución y la Ley y propiciando la realización de los Cabildos Abiertos.

Ejercer el Control Político a la Administración Municipal, Entes Descentralizados, las Empresas de Servicios Públicos y a los Contratistas.

Contribuir a la solución y satisfacción de las necesidades básicas de la comunidad mediante la generación de Acuerdos que permitan el cumplimiento del Plan de Desarrollo Municipal acorde con las metas del milenio.

Adelantar acciones eficientes, eficaces y efectivas, ajustadas al marco legal, al bien general y mejoramiento continuo de los Procesos.

Implementar, desarrollar y garantizar la actualización de la estrategia de Gobierno en Línea, mediante la modernización tecnológica, capacitación y formación de los Concejales y el Secretario del Concejo, a fin de generar una cultura proactiva del uso de los medios electrónicos de información al servicio del desarrollo social y el mejoramiento de la calidad de vida de la comunidad.

6.2 OBJETIVOS DE CALIDAD

Implementar sistema tecnológico de comunicación en el Concejo Municipal,

MECI.

Desarrollar mecanismos eficaces que aseguren la satisfacción de los usuarios y demás partes interesadas, así como los legales y reglamentarios aplicables a la Corporación, por ejemplo rendición de cuentas e informes de gestión anuales.

Documentar e implementar procedimientos participativos y efectivos que

aseguren el mejoramiento continuo del Sistema de Gestión Integral y sus procesos.

Velar por la objetividad, transparencia y efectividad de los procesos de

desarrollo y cualificación de las competencias de su talento humano.

Gestionar de manera eficiente y oportuna los recursos de infraestructura y de ambiente de trabajo necesarios para la prestación de los servicios y la gestión de los procesos internos.

Posibilitar el desarrollo de la comunidad a través de la toma de decisiones

ajustadas a la ley, que propendan por el bien general.

Promover los mecanismos de participación comunitaria mediante audiencias públicas, cabildos abiertos y espacios de intervención ciudadana para conocer sus expectativas y satisfacer sus necesidades.

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Propiciar la consecución de los recursos necesarios y su utilización eficiente, eficaz y efectiva para velar por el oportuno desarrollo del Municipio.

Desarrollar mecanismos de mejoramiento continuo que faciliten la gestión del

Concejo Municipal.

Ejercer oportuno y eficiente control político a los servidores públicos en relación con su desempeño público y administrativo.

6.3 OBJETIVOS ESPECIFICOS

Implementar tecnologías de la información en el Concejo Municipal, la logística para los procesos de aseguramiento documental de las sesiones, procesos y procedimientos llevados a cabo.

Mejorar las condiciones ambientales, logísticas y locativas de las instalaciones

del Concejo Municipal.

Ejecutar acciones que garanticen la actualización de la información, acerca de los trámites y servicios que presta la Administración Municipal a la comunidad y a los diferentes actores del desarrollo local, facilitar el acceso de la ciudadanía a la información que le permita saber cómo puede participar e incidir en las decisiones de la Administración Municipal, con el fin de lograr una legitima Gobernabilidad por el progreso del municipio.

Solicitarle al Ministerio de la Tecnología y las Comunicaciones que certifique al

Concejo Municipal y secretario, para el manejo de las Tecnologías de la Información y Comunicación - TICS.

Gestionar ante la Alcaldía, Gobernación y Entidades Gubernamentales, para

acceder a los recursos financieros con el fin de implementar y adecuar tecnológica y logísticamente el Concejo Municipal.

Implementar procesos que integren a la comunidad al reconocimiento de la

calidad del Concejo Municipal. Contratar o afiliar a la Corporación a una entidad que preste los servicios de

Unidad de Apoyo Normativo de conformidad con el artículo 78 de la Ley 617 de 2000.

Actualizar el Reglamento Interno del Concejo Municipal y adecuar sus disposiciones a los últimos cambios normativos, garantizando el cumplimiento de la Ley de Bancadas y el correcto trámite de los proyectos de Acuerdo que se sometan a consideración de la Corporación.

Aplicar el MECI y la Ley de Archivo a fin de rendir los informes de ley correspondientes al Departamento Administrativo de la Función Pública y el Archivo General de la Nación.

Mantener actualizadas las publicaciones de la Gaceta del Concejo Municipal y disponer su difusión a la comunidad.

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7. ORGANIGRAMA DEL CONCEJO

PLENARIA DEL CONCEJO (11 CONCEJALES)

MESA DIRECTIVA

PRIMER VICEPRESIDENTE

PRESIDENCIA SEGUNDO VICEPRESIDENTE

Comisión Segunda Permanente de Gobierno

Comisión primera permanente de Plan de

Desarrollo

Comisión Tercera Permanente de

Presupuesto

Secretario Pagador

Secretaria Auxiliar

COMISIONES PERMANENTES

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8. PLAN DE ACCIÓN Y PLAN ESTRATEGICO

8.1 PLAN ESTRATEGICO Y PLAN DE ACCION AÑO 2020.

En el plan estratégico y plan de acción de la vigencia 2020 se planteó las necesidades que el Concejo Municipal de Pupiales tiene proyectado para fortalecer la Corporación; buscando capacitación en los diferentes campos de su competencia, adoptando políticas, planes y proyectos que mejoren el bienestar general de la corporación y de la comunidad. Estudiar, analizar y aprobar en primer y segundo debate los proyectos de acuerdo presentados al Concejo, que sean procedentes conforme a la ley y que estén en beneficio de la comunidad. Ejercer el control político y social, acorde con la Constitución y la Ley a la Administración Municipal; fiscalizar la actividad del poder para evitar sus abusos y contribuir a la óptima gestión del bien común y utilización de los recursos públicos. De conformidad con los textos constitucionales y legales corresponde al Concejo Municipal ejercer un control político sobre la administración pública y que tiende a comprobar el buen funcionamiento de la administración central y descentralizada, la Personería, las empresas de servicios públicos domiciliarios, la Estación de Policía; la motivación de los actos de sus autoridades y la realización de la gestión encomendada; bases para alcanzar el bienestar integral de los Pupialeños.

8.2 PROYECCIÓN COMUNITARIA

El compromiso asumido por cada uno de los once concejales al momento de presentar su nombre como candidato(a) al Concejo Municipal, básicamente se debió haber centrado en el discurso de tender puentes entre la Comunidad y la Administración Municipal. No se deben desconocer las limitaciones que como Concejales la legislación ha puesto, aunado de ser un Concejo que funciona con recursos logísticos y económicos muy limitados, sin embargo, se deben realizar esfuerzos conjuntos con otras entidades a fin de entablar alianzas estratégicas que permitan dar soluciones puntuales a las necesidades manifestadas por quienes se acercan a la Corporación. Mantener la identidad como Concejo Municipal. Sumado a ello, se debe fortalecer la estrategia en los medios de comunicación a fin de dar a conocer los proyectos aprobados en la corporación, su alcance y los beneficios. El Concejo es Mi Municipio: El papel que desarrolla el Concejo debe ser más protagónico, obviamente dentro de los parámetros constitucionales que el rol lo permite, sin embargo, se debe designar una Comisión que realice un monitoreo permanente a las necesidades que son expresadas por las comunidades y quizá puedan ser resueltas mediante Proyectos de Acuerdo o iniciativas desde el Concejo Municipal. Concejo en las aulas: Parte de la estrategia para llegar a las comunidades y reivindicar el nombre de la Política, además de legitimar las instituciones y poder encontrar espacios para el diálogo con la comunidad, especialmente aquellos que serán los ciudadanos del mañana con pleno goce de sus derechos políticos, es mediante la propuesta “CONCEJO EN LAS AULAS”, un espacio de encuentro de los concejales con los Alumnos de las Instituciones Educativas del Municipio.

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Lo anterior se hará realidad, logrando la participación activa de los concejales que de manera voluntaria se deseen unir a la propuesta en distintas comisiones que se repartirán por las distintas Instituciones de la ciudad y entablarán encuentros con los alumnos para que compartan su experiencia como Concejales, expliquen cómo funciona el Concejo, escuchen a los alumnos, sus inquietudes y propuestas. Adicionalmente esta iniciativa podrá estar acompañada de los líderes de las comunidades para que se puedan conocer todas y cada una de las inquietudes de los sectores urbano y rural del municipio. Concejo en el campo: A pesar de ser un municipio pequeño, no debemos desconocer su vocación agropecuaria, de hecho, el 80% del territorio está constituido por el sector rural y la importancia radica básicamente en aspectos como la competitividad del sector productivo, el cual debe estar acorde con el de los municipios con los cuales se conurba y específicamente con la Agenda Interna. Por ello el Concejo, debe descentralizarse y llevar la Administración al sector rural el cual nutre la ciudad y le da vida, es así como se debe pensar en sus necesidades, generar propuestas y acompañarlo con soluciones y el Concejo será el canalizador de dichas acciones a favor de nuestros campesinos, teniendo como punto de partida la participación voluntaria de los Concejales. 8.3. FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL Existen diversos mecanismos para poder fortalecer la imagen del Concejo Municipal, a pesar de las limitaciones básicamente de recursos económicos, serán las alianzas con otras entidades las que permitirán optimizar estos alcances, buscando la formación de los Concejales, abiertos a la veeduría pública y buscando el mejoramiento en infraestructura, tecnología y del talento humano y finalmente mejorar la difusión de las acciones del Concejo. a. Encuentro de los Concejos Municipales: Se hace necesario para el desarrollo de la región, buscar la unidad y construcción de Agendas comunes con los Concejos Municipales de la región, temas como Acueducto, Competitividad, Movilidad, Medio Ambiente, Salud, deben ser trabajados conjuntamente a fin de lograr mejores resultados, buscando el acompañamiento de las Alcaldías y desarrollando diálogos regionales permanentes para sentar posiciones de los Concejos Municipales respecto a los distintos temas de desarrollo, a su vez se debe buscar un mayor liderazgo en otros espacios institucionales. b. Concejo Abierto: De un lado se debe trazar una estrategia de comunicaciones, que permita de manera organizada dar a conocer las ejecutorias del Concejo Municipal, por ello se aspira contar con un “Boletín Informativo” semanal dando a conocer las actividades desarrolladas por la Corporación, sus alcances y proyecciones. Con dicha publicación se recuperará la posibilidad de poder ejercer por parte de la Comunidad una veeduría permanente a los Concejales, además del link del Concejo Municipal en la página web del Municipio. c. Talento Humano e infraestructura: Se debe mantener un constante proceso de formación a fin de mejorar las capacidades de los Concejales, ello se logrará procurando alianzas con las Universidades de la región, manteniendo un grupo humano calificado que permita estar a tono con la actualidad en materia social, política y económica. Adicionalmente, se debe iniciar un proceso de análisis para liderar el mejoramiento de las condiciones actuales de los concejales en materia de seguridad

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social, seguridad personal y garantías a sus derechos, temas concentrados en las agendas de organizaciones como FENACON, La Organización de Líderes Territoriales para el Desarrollo, ESAP, CONFENACON. En materia de tecnología e infraestructura, se debe tener especial cuidado en el manejo de los recursos, a fin de encontrar soluciones y equilibrio entre las necesidades reales y los recursos económicos con los que se cuentan. El Archivo del Concejo Municipal será manejado acorde con la Ley General de Archivística, para ello se iniciará una etapa de diagnóstico, formación e implementación de las técnicas de Archivo para poder obtener un visto bueno por parte del Archivo General de la Nación y culminar con nuestro propósito de tener al 100% el proceso de archivo en la Corporación. El perfil y el ambiente laboral de quienes trabajan y prestan sus servicios a esta corporación, deben ser una prioridad, ellos constituyen un pilar en la labor del Concejo, es así como el respeto y la mejora en sus condiciones, serán base de la relación de esta Mesa Directiva con los funcionarios, adicionalmente se harán las gestiones para poder contar con un plan de mitigación del riesgo en caso de accidentes y otros fenómenos naturales o terroristas, y procesos de formación en relaciones personales y convivencia. 8.4. AGENDA INSTITUCIONAL Grandes retos se presentan para el Concejo Municipal, además de los Proyectos de Acuerdo que comúnmente son pasados desde la Administración Municipal o por iniciativa propia de los Concejales o de la comunidad a través de estos. Se debe incluir diversos temas como son la competitividad del Municipio para la reactivación económica, la protección infantil y el acompañamiento minucioso a los indicadores del Plan de Desarrollo Municipal, a fin de hacer realidad los ejercicios de control político.

LINEAS ESTRATEGICAS – METAS - INDICADORES

Línea estratégica Proyección Comunitaria

Objetivo

Acercar la Corporación a las instancias escolares del Municipio, mediante diálogos participativos en áreas como la democracia, el liderazgo y los espacios de participación ciudadana.

Proyecto Concejo en las Aulas

Vigencia 2020

Actividad Meta Indicador

Visitar diferentes Instituciones Educativas del municipio para que los Concejales de Pupiales, puedan

Visitar diferentes Instituciones Educativas a fin de conocer la problemática de estos y participar en diálogos con los estudiantes.

Nº Jóvenes sensibilizados / Nº Colegios visitados.

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interactuar con los jóvenes en aspectos de la democracia.

Línea estratégica Proyección Comunitaria

Objetivo

Acercar y encontrar alternativas de solución por parte del Concejo Municipal y la Administración Municipal de Pupiales, hacia los diferentes pobladores del sector rural del Municipio de Pupiales.

Proyecto Concejo en el campo

Vigencia 2020

Actividad Meta Indicador

Desarrollar sesiones

periódicas del Concejo de

Pupiales, teniendo como tema las

veredas del Municipio de

Pupiales

Tender puentes de comunicación entre la Administración Municipal y la comunidad del sector rural.

Nº sesiones / Nº proposiciones aprobadas

Línea estratégica Fortalecimiento Institucional

Objetivo Establecer un diálogo permanente con los Concejos de los Municipios de la región.

Proyecto Encuentro de los Concejos Municipales

Vigencia 2020

Actividad Meta Indicador

Llevar a cabo eventos de encuentros para la construcción de agendas regionales y debatir temas

en torno a los procesos de desarrollo de los municipios

Contar con una Agenda de los

Concejos Municipales de la

región y un encuentro con los

Concejales de otros municipios

Nº Concejales participantes / Nº encuentro realizados

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para intercambiar experiencias

Línea estratégica Fortalecimiento Institucional

Objetivo

Difundir a medios de comunicación y comunidad en general de las ejecutorias del Concejo Municipal de Pupiales y monitorear constantemente la ejecución del Plan de Acción.

Proyecto Concejo Abierto

Vigencia 2020

Actividad Meta Indicador

Institucionalizar un informativo trimestral que

de la mano con el informe de la

Presidencia, de a conocer a la comunidad

los logros de la Corporación.

Publicación de cuatro informativos en el año sobre las gestiones y alcances de la Corporación.

Nº publicaciones

Línea estratégica Fortalecimiento Institucional

Objetivo

Mejorar las condiciones de los Concejales y funcionarios en materia de infraestructura, capacitación y tecnología y con los actores que interactúan con el Concejo de Pupiales.

Proyecto Talento Humano e Infraestructura

Vigencia 2020

Actividad Meta Indicador

Capacitar a los Concejales y sus funcionarios, en diferentes temas

atinentes a su labor.

Dictar talleres, capacitaciones y conferencias de la mano con distintas instituciones en temas atinentes a la Corporación.

Nº capacitaciones dictadas / Nº participantes

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Mejorar los tiempos en la redacción de las actas y su aprobación.

Disminuir en la mitad los tiempos de redacción y aprobación de las actas emanadas de la Corporación.

Nº actas redactadas y aprobadas / Nº actas pendientes

Mejorar los procesos de recepción de correspondencia y archivística.

Capacitación del personal en manejo de Archivo según la Ley General de Archivo, mejorar en la recepción y despacho de correspondencia y constitución del Comité de Archivo.

Nº Capacitaciones / Nº Participantes Comité

de archivo implementado

Monitoreo de la Metodología Estándar de Control Interno (MECI) en la Corporación.

Continuar con la implementación del MECI y su aplicación además del monitoreo para buscar la mejora interna

Porcentaje alcanzado

Mejoramiento de la planta física del Concejo de Pupiales.

Llevar a cabo las obras necesarias a fin de mejorar las instalaciones.

Informes de gestión

Dotación tecnológico Adquisición de equipos de computo

Nº Concejales / Nº de equipos instalados y

funcionando

Implementación de un sistema de sonido de tecnología de punta para la sala de plenarias.

Gestionar los recursos necesarios para instalar un equipo de sonido y grabación de las sesiones acorde con las necesidades de la Corporación.

Informes de gestión

Línea estratégica Agenda Institucional

Objetivo Debatir y aprobar los proyectos de acuerdo presentados a la Corporación Concejo Municipal de Pupiales

Proyecto Concejo Municipal de Pupiales

Vigencia 2020

Actividad Meta Indicador

Conformar comisiones accidentales que permitan encontrar soluciones a los diferentes problemas presentados por la comunidad.

Implementar comisiones accidentales que permitan encontrar soluciones a los problemas presentados por la ciudadanía.

Nº Comisiones conformadas / Nº de proposiciones presentadas

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Desarrollar las labores de control político propias del Concejo Municipal.

Citar a los diferentes funcionarios de la Administración Municipal para ejercer labores de Control Político

Nº sesiones de control político / Nº funcionarios asistentes.

Medir la asistencia de los Concejales a los diferentes debates.

Participación de todos los concejales de Pupiales en los debates de los distintos proyectos de acuerdo

Nº debates citados / Nº concejales asistentes

Debate y aprobación de los proyectos de acuerdos presentados a la Corporación.

Lograr el debate y la aprobación de los proyectos de acuerdo presentados al Concejo de Pupiales.

Nº proyectos presentados / Nº proyectos aprobados.

El presente Plan de Acción rige a partir de la fecha de su expedición y será publicado para conocimiento de la ciudadanía en la página web www.pupiales-narino.gov.co/- concejo. Dado en el Recinto del Honorable Concejo Municipal de Pupiales, Nariño, a los veintisiete días del mes de Enero de dos mil veinte (2020)

ORIGINAL FIRMADO

JORGE ARMANDO TAPIA AREVALO Presidente

ORIGINAL FIRMADO

FABIAN MORENO CHAVES

Primer Vicepresidente

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PEDRO ALIRIO BELTRAN Segundo Vicepresidente

ORIGINAL FIRMADO

WILSON ALIVO PATIÑO

Secretario Pagador

ORIGINAL FIRMADO

MAURA ESTACIO Secretaria Auxiliar