relacion arrendaticia willian cariaco
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RELACION ARRENDATICIA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAUNIVERSIDAD FERMIN TORO
DECANATO DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICASESCUELA DE DERECHO
BARQUISIMETO- ESTADO LARA
Participante:William CariacoC.I.V-13.643.578
RELACION ARRENDATICIA
Concepto:
“Es todo vinculo de derecho entre dos o más personas, o entre una de ellas al menos y una cosa corporal o incorporal, con trascendencia en el ordenamiento vigente”. Es decir que es la conexión existente entre el Arrendador, Arrendatario y los demás elementos conexos que originan la existencia de una unión perfecta
Su objeto:
Establecer un régimen jurídico especial que vaya dirigido a arrendamiento de inmuebles urbanos y suburbanos, que su fin sea viviendas El legislador implementa dicha norma con el fin de solventar la crisis en cuanto a la materia de viviendas y que hoy en día se hace difícil el adquirir la misma, por ende el legislador en miras de garantizar una vivienda digna crea dicha ley con dicha razón de ser
RELACION ARRENDATICIA
Ley
En Venezuela La Relación Arrendaticia esta regulada por la Ley para la Regularización y control de los Arrendamientos y Viviendas, tutelándose por los principios Constitucionales de Justicia Social , igualdad, equidad, solidaridad , corresponsabilidad, progresividad transparencia, sostenibilidad y participación a fines de asegurar el desarrollo humano integral , a consolidación de la familia la comunidad
Ley para la Regularización y control de los Arrendamientos
RELACION ARRENDATICIAEXCLUSIONES
El Artículo 6°. Describe de modo detallado los aspectos que quedan fuera del ámbito de aplicación de esta Ley para la Regularización y control de los Arrendamientos y Viviendas
Terrenos Urbanos y Suburbanos no edificados
Las Fincas Rurales
Los fondos de comercios
Los Hoteles, moteles hosterías, paradores turísticos inmuebles destinadas a temporadas vacacionales o recreacionales y demás establecimientos de alojamientos turísticos los cuales estén sujetos a regímenes especiales siempre que acrediten su registro ante la autoridad competente
RELACION ARRENDATICIA
Exclusión y FIJACION DEL CANON DE ARRENDAMIENTO
Artículo 10. Quedan excluidos del régimen de esta Ley, a los efectos de la fijación de los cánones de arrendamiento, los inmuebles pertenecientes a la República, a los estados, a los municipios y a los órganos y entes públicos que determine expresamente el Ejecutivo Nacional, salvo en aquellos casos en los cuales, con motivo de las actividades que se desarrollen en tales inmuebles, los indicados órganos y entes actúen en función jurídico-privada.
Prohibiciones expresas
Prohibición de decretar medidas cautelares Artículo 11. Queda prohibido expresamente dictar medidas cautelares de secuestro sobre inmuebles destinados a vivienda, incluyendo la de los trabajadores y trabajadoras residenciales, pensiones o habitaciones que se constituyan en el hogar de personas y familias.
RELACION ARRENDATICIA
sunaviSuperintendencia nacional de arrendamientos de viviendas
Es un Órgano Rector que lleva a cabo funciones administrativas en materia inquilinaria funciones con competencia exclusiva del Poder Ejecutivo Nacional, las cuales se ejercerán a través del Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de hábitat y vivienda
RELACION ARRENDATICIAOBLIGACIONES DE LOS
ARRENDADORESArtículo 22. Los arrendadores deberán remitir a la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Vivienda, los datos que sean requeridos a los efectos del Registro Nacional de Arrendamiento de Vivienda.