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REGLAMENTO TEMPORADA

2013/2014

ASOCIACIÓN FUTBOL-SALA AFICIONADO

REGLAMENTO TEMPORADA

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“ NORTICOD”

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PREÁMBULO

La Asociación de Futbol Sala Aficionado Norticod fue dada de alta en la

Consejería de Educación y Deportes del Gobierno de Canarias, en su Dirección General de Deportes, el 2 de Dic. 1999, dotada con número de registro 3103-673/99 G.

Este Reglamento ha sido elaborado con el paso de los años, intentando que la experiencia adquirida a lo largo de los mismo lo mejore, en pro de un mejor desarrollo de los diferentes campeonatos que se organizan desde la Asociación de Fútbol Sala Aficionado "Norticod", y en colaboración con el Excmo. Ayuntamiento de Icod de los Vinos.

Este articulado pretende servir de marco de referencia para el adecuado desarrollo de la competición, y por tal motivo, el comité organizador, junto con el de competición, tendrán la potestad de resolver todos aquellos aspectos que no vengan reflejados en el mismo, pudiendo llegar incluso a variar añadir o quitar artículos si así lo considerase necesario. Ambos comités ostentarán la interpretación valida y aplicable de los artículos reflejados en el presente reglamento.

Los artículos incluidos en este Reglamento serán objeto de riguroso cumplimiento tanto por parte de los equipos participantes, como de jugadores, árbitros y miembros de los diferentes Comités. El hecho de participar en las diferentes competiciones organizadas por esta asociación significará la aceptación del mismo, por lo que recomendamos la difusión del mismo entre los componentes de los diferentes equipos que participen en dichas competiciones.

Artículo 1.- La Asociación de Fútbol Sala Aficionado "Norticod", con sede en la C/ La

Salud s/n (Polideportivo las Granaderas), con número de CIF G-38571865, en colaboración con el Ayuntamiento de Icod de los Vinos, será la responsable de la organización y gestión de los diferentes campeonatos, torneos y competiciones, siendo la encargada de velar por el cumplimiento de este reglamento a través de sus diferentes comités.

Artículo 2.- Una temporada comprende el Torneo Fiestas del Cristo, Campeonato de

Liga, Torneo San Marcos, Copa Santiago García León “Chaguín” y los encuentros que se pudieran desarrollar con motivo de ocasiones especiales, que así considere la organización.

El número de equipos participantes en esta Asociación será de (33)- treinta y tres equipos.

Artículo 3.-

1. Cada club deberá disponer de un mínimo de 8 (ocho) jugadores para jugar en el campeonato. Estos jugadores tendrán un mínimo de 18 años cumplidos para poder participar en la Competición, lo que será acreditado mediante la

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presentación del original y fotocopia del D.N.I. u otro documento que así lo testifique.

2. El delegado de un equipo será el responsable directo que ostente los poderes del mismo, cara a esta organización, pudiendo decidir, en todo momento, lo que desee hacer con el equipo, siendo la decisión de este la única legitimada. En caso de querer cambiar de delegado el equipo que así lo desee, lo hará con la conformidad del delegado saliente y manifestándolo por escrito ante esta Organización.

3. Todo equipo tiene que tener dado de alta un delegado que lo represente, incluso pudiendo ser jugador.

Artículo 4. - A cada jugador, para poder comenzar a jugar, le será diligenciada una

ficha por el Comité organizador del Campeonato, la cual quedará en poder de éste (comité) con el fin de ser retirada en cualquier momento si hay causas que así lo justifiquen. La misma constará de una foto reciente original y los

datos del participante (Fecha de nacimiento, n° del D.N.I. así como su nombre, apellidos y equipo en el que participa).

Artículo 5.-

1. No podrán participar en las competiciones organizadas por esta Asociación jugadores que se hallen inscritos y disputado encuentros oficiales federados de fútbol once o Fútbol Sala, una vez haya comenzado la Temporada organizada por esta asociación (Art.2). Como excepción a este artículo se establece lo acordado en la reunión de delegados del día 07-10-2011.

En este artículo, cuando se habla de participar en el juego, se dirige únicamente a los jugadores, por lo cual no afecta a delegados, ni entrenadores, ni otros.

2. No podrán participar de ninguna forma y con ningún equipo, las personas que pertenezcan o que hayan participado en la temporada en curso con el colectivo arbitral o con el comité de competición al ser estos los órganos sancionadores.

3. El miembro de algún equipo que participe infringiendo lo recogido en las apartados 1 y 2 de este artículo será sancionado con una temporada de suspensión, y con tres en caso de reincidencia. Esta regla afecta a todos los miembros, es decir jugadores, entrenador o delegado.

Cada equipo velará por cumplir con este artículo, y en caso de incumplirlo, se le aplicará el Artículo 34 de este reglamento.

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Artículo 6.-

La cuota de cada jugador por su participación en el campeonato será de 70€ para los jugadores que NO hayan participado y terminado la

temporada 2012-2013; en caso de haberlo hecho, su cuota será de 50€ que

se abonará en los siguientes plazos:

a. La primera parte de la cuota de la ficha será de 20€ por jugador:

que han de ser abonados en el primer partido a disputar por su equipo en la Copa del Cristo En caso de no haber participado en la Copa del Cristo, tendrá como plazo máximo, antes de la disputa de la 1ª Jornada.

b. La segunda parte de la cuota de la ficha, se hará efectiva en la primera quincena del mes de Diciembre. Siendo esta cuota de

15€ para los jugadores que hayan finalizado la temporada

2012/2013. Y de 20€ para el resto.

c. La tercera parte de la cuota de la ficha, se hará efectiva en la primera quincena del mes de Marzo. Siendo esta cuota de 15€

para los jugadores que hayan finalizado la temporada 2012/2013. Y de 20€ para el resto.

d. SÓLO para aquellos jugadores que NO hayan participado y terminado la temporada 2012-2013, se hará efectiva una cuarta parte de la ficha, que se hará efectiva en la primera quincena del

mes de Mayo, siendo esta cuota de 10€.

Artículo 7.-

1. No podrán inscribirse nuevos jugadores (entendiéndose como nuevos los que no se encuentren este año jugando en ningún equipo inscrito en los campeonatos organizados por la asociación), cuando falte un máximo de cinco jornadas para la finalización del Campeonato de Liga.

2. No se permitirá el paso de jugadores entre los equipos de una misma categoría durante la misma temporada.

3. Únicamente se podrá fichar por equipo y temporada (Campeonato de Liga) un máximo de tres (3) jugadores que hayan participado en la temporada

en curso en una distinta categoría. Y para ello tendrán que obtener la aprobación del equipo de procedencia (su delegado). En el supuesto de que no se tenga en cuenta este requisito y el jugador juegue algún partido con su nuevo equipo, el jugador podrá ser sancionado con una temporada de suspensión y con tres en caso de reincidencia. Para ello únicamente tendrá la facultad de reclamar el Delegado del equipo de procedencia, no siendo

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aceptada dicha reclamación si en el momento de hacerla, el jugador ya ha participado en tres encuentros con su nuevo equipo, tiempo éste en el que prescribe la opción de reclamar.

4. En los torneos por el sistema de eliminatoria, o de liguilla, los equipos podrán inscribir los jugadores que estimen necesarios, teniendo como fecha límite el inicio de cada torneo. Los jugadores de nueva inscripción deberán abonar la parte proporcional de la ficha.

Cada equipo velará por cumplir con este artículo, y en caso de incumplirlo, se le aplicará el Artículo 34 de este reglamento.

Artículo 8. - En los torneos donde se produzcan eliminatorias NO se podrán producir

nuevas altas una vez hayan comenzado éstos.

Artículo 9. - Para poder fichar un jugador se deberá, inexcusablemente, seguir el

siguiente procedimiento:

1. Solicitar en las dependencias del Polideportivo Juan Melchor de la Guardia Baute (LAS GRANADERAS) o en la web de la Asociación, el modelo de ALTAS/BAJAS de jugadores que se encuentra a disposición de los delegados de

los equipos participantes.

2. Las altas de los jugadores deberán estar acompañadas del dorsal que va a lucir en su camiseta e indicar si en su lugar hay que dar o no de baja a otro compañero.

3. Si se tratase de un jugador nuevo (que no haya jugado nunca en esta competición) o un jugador que regresa sin haber jugado un solo partido la temporada anterior, deberá adjuntar junto a la hojilla de solicitud, una fotocopia del D.N.I.

4. Abonar en LA CAIXA los siguientes conceptos:

a. Si el ALTA se produjera en la 1ª vuelta, deberá abonar el 100% de la ficha de acuerdo con los plazos establecidos por la organización.

b. Si el ALTA se produjera en la 2ª vuelta, deberá abonar el 50 % de la ficha de acuerdo con los plazos establecidos por la organización.

5. Una vez cumplimentada la hojilla de inscripción e ingresado los conceptos establecidos, debe adjuntarse ambos documentos e introducirlos en el BUZÓN ubicado en el polideportivo Juan Melchor de la Guardia Baute (LAS GRANADERAS).

6. Una vez examinada la solicitud de alta, y de ser procedente, ésta surtirá efecto justo en la jornada posterior en la que se realizó la solicitud.

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A aquellos delegados que NO cumplan con lo establecido en los puntos

anteriores NO LE SERÁ ADMITIDA LA FICHA DEL JUGADOR. De ninguna

manera se admitirá una ficha que no cumpla con el procedimiento establecido al efecto.

7. Aquel equipo que no solicite la BAJA a un jugador mediante SOLICITUD por escrito, no será aceptada y tendrá que abonar su cuota en el plazo previsto.

Artículo 10.-

1. Para la celebración de un encuentro será necesario que cada equipo presente en el terreno de juego un mínimo de 5 (cinco) jugadores. Todos los jugadores deberán estar bien uniformados, es decir, camiseta, pantalón y medias de cada uno de los jugadores del equipo, deben ser iguales. Si no es así, NO PODRÁN

SER ALINEADO EL/LOS JUGADOR/ES QUE NO CUMPLAN ESTE

REQUISITO.

2. En el caso que se comience un partido y, por cualquier circunstancia, un equipo se quedara con tres jugadores (por expulsiones o lesiones) el partido se suspendería. Si es este equipo el que va ganando o el resultado fuera de empate, el resultado final será de 3-0 a favor del equipo adversario. En caso contrario se mantendrá el resultado que reflejara el marcador en ese momento. En todo caso, el equipo que incurriera en la circunstancia de la suspensión, será sancionado con una multa de 20 €, salvo que a criterio del árbitro o por

petición del equipo adversario se observen circunstancias de simulación u otras causas antideportivas que quedaran reflejadas por escrito, lo cual elevaría la sanción a criterio de la organización.

Artículo 11. - A los equipos que no se presenten (5 jugadores) en el terreno de juego a

la hora señalada para el comienzo del encuentro no le será permitido la disputa del mismo y se contará como incomparecencia.

Artículo 12. - En caso de incomparecencia de algún equipo, el árbitro deberá reflejar

esta incidencia en el acta del encuentro así como los dorsales de aquellos jugadores presentes en la cancha a fin de evitar posibles sanciones.

Artículo 13. –

1. El árbitro es la única persona autorizada para suspender un encuentro. La nueva fecha de celebración será designada por el Comité Organizador una vez haya oído las alegaciones formuladas por el árbitro para decretar esa suspensión. Quedan, por tanto, sin ningún tipo de validez, los acuerdos que puedan tomar los delegados de los equipos contendientes.

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2. El comité organizador estará facultado para aplazar uno o varios encuentros para fechas posteriores para lo cual deberá poner en conocimiento el hecho a los equipos directamente implicados.

Artículo 14. - Sólo se podrá suspender un encuentro en los siguientes casos:

a. Falta o escasez de luz eléctrica (a juicio del árbitro). b. Condiciones meteorológicas especialmente adversas tras acuerdo común entre el

equipo arbitral y respectivos delegados o capitanes. c. Circunstancias de especial gravedad ajenas a los equipos participantes.

Artículo 15. - El Comité organizador establecerá las normas y sorteos correspondientes

para el desarrollo de las diferentes competiciones de la temporada. Una vez establecido el orden de partidos, grupos o calendarios, éstos no podrán ser alterados salvo casos de fuerza mayor.

Para lo que es la competición de la Liga, un equipo podrá solicitar el cambio de fecha de un partido haciéndolo cumplimentando debidamente el escrito para tal fin que se encuentra a su disposición en las Granaderas y adjuntando al mismo la cantidad de 10 €, por la realización de diferentes gestiones,

independientemente que sea aceptada o no lo solicitado.

Artículo 16.-

a. Todo partido que antes de iniciarse o que una vez iniciado tenga que ser suspendido por causas como lluvia, falta de luz, lesión del árbitro, u otras causas de fuerza mayor, se continuará otro día a designar por la organización y sólo por el tiempo que faltara del mismo, respetándose el resultado del momento de la suspensión.

b. En la reanudación sólo podrán alinearse los jugadores que constasen como presentes en el acta, el día de la suspensión y no hubiesen sido expulsados en el tiempo ya jugado. Todas estas circunstancias deberán ser reflejadas por el árbitro en el acta del encuentro.

c. Si un jugador fuera sancionado en jornadas posteriores a la correspondiente al partido suspendido, podrá alinearse en la reanudación de este partido si la sanción impuesta no fuera considerada como de MUY GRAVE. La disputa de

un partido suspendido durante el periodo en que un jugador se encuentra sancionado, NO COMPUTARÁ a efectos de descuento de partidos de sanción.

d. Si lo contemplado en este artículo se produce en un torneo eliminatorio, ante la escasez de tiempo, serán los Comités de Competición y de Organización los que decidan al respecto tras escuchar el preceptivo informe arbitral.

e. En el caso de invasión de terreno de juego, si el mismo se produce por personas que se identifican con algún equipo, las sanciones pertinentes recaerían sobre

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dicho equipo, pudiendo ir desde advertencia, multa económica, de acuerdo a la gravedad de los hechos, hasta expulsión de la organización, no reanudándose nunca el partido ya que se le daría por perdido al equipo con el que se han identificado las mismas.

f. En caso de insultos, amenazas de forma reiterada de personas identificadas con algún equipo, será motivo de advertencia, multa económica, de acuerdo a la gravedad de los hechos, hasta expulsión de la organización.

Artículo 17.-

1. En los banquillos para cada equipo, sólo podrán estar los jugadores inscritos en acta, delegado y entrenador. NO PODRÁ SENTARSE NINGUNA OTRA

PERSONA QUE NO PERTENEZCA AL EQUIPO NI ESTÉ INSCRITO EN

ACTA.

2. Los jugadores que se hallen en el banquillo deberán vestir el equipaje completo. Si un jugador se quitara alguna prenda del equipaje (pantalón o camiseta) podrá serle mostrada Tarjeta Amarilla.

3. En ningún caso puede haber en el banquillo un jugador que se encuentre cumpliendo sanción. En caso de que se encuentre algún jugador sancionado en el banquillo, el árbitro lo hará constar en acta.

4. El club infractor en lo que respecta a tener personas no autorizadas en el banquillo, será sancionado económicamente con 3 €; en caso de reincidencia, la

sanción ascenderá a 10 €.

5. Protestas desde el banquillo, sin identificar quién o quiénes fueron, será sancionado económicamente su equipo, a criterio de la Organización, atendiendo a la gravedad de la protesta.

6. Si algún jugador utiliza el espacio ubicado entre la línea de banda y la grada para realizar ejercicios de calentamiento y/o estiramientos, deberá usar una prenda sobre la camiseta del equipaje que se diferencie tanto del suyo propio como del equipaje rival.

RETIRADAS E INCOMPARECENCIAS (Nota: Incluye Art.68)

Artículo 18.-

a. Todo equipo que se retire voluntariamente una vez comenzada la temporada o hecho el sorteo de la misma, perderá todos sus derechos y no podrá recuperar las cuotas presupuestadas.

b. Los jugadores integrantes de dicho equipo no podrán ser alineados por ningún otro club a lo largo de la temporada en vigor.

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c. La asociación Norticod se reserva el derecho a estudiar los casos particulares de jugadores afectados por la retirada de un equipo.

Este tipo de actuaciones también salen afectadas por el Art. 69 de este reglamento.

Artículo 19. - El equipo que no se presente a un partido oficial será sancionado de

acuerdo a lo siguiente:

a. En competición por puntos se le dará el partido como perdido por el resultado técnico de 3-0 (tres a cero) y, además, se le descontarán tres (3) puntos de la clasificación general. Si la incomparecencia se produce a falta de cinco jornadas se le descontará seis (6) puntos.

b. En competiciones por eliminatorias se le considerará perdida la misma por el resultado técnico de 3-0 (tres a cero)

c. En torneos por liguilla, se le dará el partido como perdido por el resultado técnico de 3-0 (tres a cero) y, además, se le descontarán tres (3) puntos de la clasificación general, y no se suman las incomparecencias anteriores.

Artículo 20. - Si la no presentación ocurre con los dos equipos se daría por finalizado

el partido con el resultado técnico de 0-0 (cero a cero) y no sumarían puntos y se le descontarían, a ambos equipos, cuatro puntos de la clasificación general. Si el hecho ocurre en competición por eliminatoria, ésta se le daría por perdida a los dos conjuntos.

Artículo 21. - Para todos los casos recogidos en los Artículos 19 y 20 al equipo o

equipos que se les considere no presentados se les sancionarán, además, con el pago de los costes arbitrales y organizativos (37 €). Dichos costes serán abonados

al Comité de organización según se recoge en el Artículo 50 del presente Reglamento; pasados esos días, si el pago no se ha hecho, el equipo deudor no podrá disputar su encuentro correspondiente a la jornada en curso, por lo que sumaría una nueva incomparecencia.

Artículo 22. –

1. Todo equipo que sume 2 (dos) incomparecencias a lo largo del campeonato de

Liga será sancionado con su expulsión de cualquier torneo organizado por la Asociación.

2. Los jugadores del equipo expulsado no podrán participar en ningún otro equipo o competición hasta la siguiente temporada, salvo en los casos establecidos en los artículos 23 y 24.

3. Los jugadores que no comparecieron en los dos partidos señalados como incomparecencias, NO, podrán volver a participar en temporadas posteriores coincidiendo más de dos en otro equipo (sea nuevo o alguno ya creado).

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Artículo 23. - Si un equipo es expulsado de la Competición por acumular su segunda

incomparecencia, sus jugadores quedarán de acuerdo a lo siguiente:

1. Los jugadores que figuren en el acta de las dos incomparecencias quedarán sin sanción alguna. En caso de encontrarse algún jugador cumpliendo una sanción el día de la incomparecencia, su ausencia NO será contabilizada como tal.

2. Los jugadores que NO figuren en alguna de las actas de las incomparecencias sufrirán una multa individual de 10 €.

3. Los jugadores que no figuren en ninguna de las dos actas como presentes en el encuentro serán sancionados con multa 20 €.

Artículo 24. - Los jugadores afectados por los Arts. 22 y 23 podrán alegar ante los

Comités de Organización y de Competición las causas que motivaron su incomparecencia mediante documento acreditativo (certificado médico, de la empresa...) en un plazo no superior a 10 (diez) días contados a partir del día siguiente de la incomparecencia (la presentación de cualquier documento que justifique su ausencia el día del encuentro no querrá decir que queda sin sanción hasta que su alegación no la estudie el comité de competición).

Artículo. 25. –

1. El equipo que se retire de la cancha de juego durante la celebración de un encuentro o se niegue a jugar el mismo será sancionado con la pérdida del partido por el resultado técnico de 3-0 (tres a cero) y perdida de tres puntos. En el caso de eliminatorias se le dará por perdida, siendo calificada tales acciones a todos los efectos como Incomparecencia a efectos del equipo.

En el caso de abandonar la cancha una vez iniciado el encuentro, el árbitro del partido deberá redactar un informe donde conste todo lo sucedido además, de que jugadores se encontraban ese día, (jugando o en el banquillo), y quienes decidieron irse, para así poder aplicar las sanciones individuales de acuerdo a su actuación.

2. Al mismo tiempo, en ambos casos, deberá abonar los costes arbitrales y organizativos. Y una multa individual, a estudiar por el comité, a los jugadores que realicen tal acción.

3. De la misma forma, si algún jugador es expulsado por el árbitro y se niega a salir del terreno de juego o banquillo, y el árbitro tiene que suspender el encuentro por dicha causa, el equipo será sancionado con idéntico castigo al que se contempla en el párrafo anterior.

4. Este tipo de actuaciones también salen afectadas por el Art. 69 de este reglamento.

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Artículo 26. - A efectos a establecer las clasificaciones cuando un equipo se retire o

sea expulsado de la Competición se aplicará lo siguiente:

1. Si esto sucede en la primera vuelta del Campeonato de Liga, se restarán puntos y goles a los equipos que ya hubiesen jugado contra el conjunto retirado aunque hubiesen ganado, empatado o perdido. De la misma forma se procederá con los goles marcados por cada jugador.

2. Si la retirada o la expulsión se produce en la segunda vuelta, todos los partidos que se hayan disputado o se tengan que disputar, se darán por perdidos por el resultado técnico de 3-0, sumando los equipos que se deban enfrentar al equipo retirado o expulsado, 3 puntos en la clasificación general más los tres goles contemplados en este artículo, manteniendo todos los datos de la primera vuelta.

3. Las tarjetas mostradas en dichos encuentros seguirán teniendo validez al considerarse actitudes disciplinarias.

4. Los encuentros que tendrían que disputarse contra el equipo o equipos descalificados no se contabilizarán a efectos de sanciones, ya que, al aplicar los apartados anteriores, se entiende como si estos conjuntos no hubiesen existido.

Artículo 27. - El equipo que no sufrague las sanciones establecidas en los plazos

señalados será expulsado de la Competición, no pudiendo participar en ningún torneo de esta organización en lo que restase de temporada. Si ello sucede con algún jugador, éste no podrá participar hasta que no sufrague dicha sanción.

SANCIONES A JUGADORES

Artículo 28. - Todo equipo o jugador podrá ser sancionado en cualquier momento por

incumplimiento de las Normas y Artículo de la Reglamentación cuando el Comité de Competición o el Organizador estimen que hay motivos suficientes para llevar a cabo tal determinación.

Artículo 29.-

1. Todas las sanciones que dicte el Comité de Competición podrán ser apeladas por los equipos afectados ante el Comité de Apelación, en un plazo de 72 horas después de haberse publicado el fallo de las mismas.

2. El Comité de Apelación, órgano que tendrá la obligación de estudiar el

recurso presentado, si el mismo se admite a trámite, para confirmar o revocar la primera sanción.

3. El Comité de Apelación estará compuesto por los siguientes miembros:

a. Presidente y Secretario de la Asociación.

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b. Un representante del comité arbitral.

c. Presidente de Comité de Competición.

4. El fallo del Comité de Competición, en todo caso, tendrá que ser cumplido hasta que se confirme o revoque por el Comité de Apelación.

5. El Comité de Apelación deberá pronunciarse ante cada recurso presentado ratificando o no la sanción impuesta en primer término. Valorando para ello toda la documentación y pruebas aportadas que originaron la sanción, así como escritos y actuaciones sucedidas a posteriori.

6. El recurso presentado, que deberá estar dirigido a la atención del Comité de Apelación, contendrá los siguientes datos:

a. Nombre del delegado o entrenador que lo presenta.

b. Nombre del equipo.

c. Fecha del encuentro afectado y equipos participantes.

d. Nombre del jugador sancionado por el que se realiza la reclamación.

e. Contenido y argumento de la reclamación.

f. Fecha y firma del delegado o entrenador.

Artículo 30. - El árbitro y mesa del partido a la hora de reflejar alguna incidencia del

partido se considerarán iguales; esto quiere decir que a efectos del Comité, el Arbitro y el Mesa se considerarán lo mismo, bajo los mismos términos.

Artículo 31. - Las faltas serán de carácter leve, grave o muy grave.

Artículo 32. - Las sanciones que podrán imponerse con arreglo al Reglamento son:

• Multa.

• Amonestación.

• Suspensión temporal.

• Inhabilitación a perpetuidad.

Artículo 33. –

1. Todos los encuentros oficiales se computarán a efectos del cumplimiento de las sanciones.

a.- Las tarjetas rojas mostradas en la liga y que conlleven partidos de suspensión deberán cumplirse los mismos, en la liga, siempre y cuando queden jornadas suficientes para poder cumplir con la sanción, en caso contrario será el comité de competición cuando haga público la sanción, quien dictamine la forma de cumplir la sanción.

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b.-Para las tarjetas rojas mostradas en los torneos eliminatorios que acarreé partido/s de sanción, lo harán en el siguiente torneo eliminatorio que dispute, siempre y cuando la sanción impuesta no sea superior a tres encuentros. En tal caso será el comité de competición quien dictamine la forma de cumplir la sanción.

2. En las competiciones de carácter eliminatorio, aquellos jugadores que por serle mostrada una doble tarjeta amarilla o alcancen el ciclo de sanción y no pudieran cumplirlo por ser su equipo eliminado o acabarse el torneo, y deban cumplir un partido de sanción, lo harán en el siguiente torneo eliminatorio que dispute.

Artículo. 34. - Cuando un equipo alinee indebidamente a un jugador se le dará el

partido perdido por el resultado técnico de 3-0 (tres acero) y se le descontarán tres (3) puntos de la clasificación general. Para este hecho no haría falta una reclamación de otros equipos sino una denuncia por parte del Comité de Organización. Este punto afecta a los jugadores que se encuentren cumpliendo sanción, en el caso de alguna suplantación de personalidad o no cumpla con el Art. 5.

Artículo 35. - El jugador que sea expulsado por doble tarjeta amarilla en un

encuentro de liga, lo que implicaría la roja, no será sancionado, pero estas tarjetas se acumularían a las del ciclo en que esté el jugador. En torneos de carácter eliminatorio, si un jugador ve dos tarjetas amarillas en un mismo encuentro, implicaría un partido de sanción.

Artículo. 36. - Como medida preventiva, cualquier jugador expulsado con tarjeta

roja directa, tendrá una suspensión cautelar de un (1) partido hasta que el Comité de Competición dictamine la sanción que estime oportuna.

Artículo 37. - Cualquier jugador podrá incorporarse al terreno de juego después de

iniciado el partido si, previamente, ha sido incluido en el acta del mismo. Para incorporarse al banquillo deberá pedir permiso al árbitro del encuentro. En caso de no estar incluido en acta, el árbitro o mesa de la contienda deberá reflejar el hecho en el acta del enfrentamiento. Si esto ocurriera se investigarían las causas de la no inclusión y se tomarían las medidas oportunas con el culpable/s (jugador y equipo) de tal negligencia, que podrían ir desde sanción económica hasta sanción de partidos y pérdida de puntos.

Artículo 38. - El jugador que, a través de manifestaciones públicas vierta conceptos o

expresiones desconsideradas y/u ofensivas hacia personas o entidades integradas en la Organización o Comité de Competición del campeonato o que por medio de expresiones ponga en duda la honestidad de dichos órganos, podrá ser castigado de acuerdo a la gravedad de los hechos, desde la suspensión temporal (de dos a seis meses) y multa; hasta la expulsión de la asociación. Para este

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hecho bastaría con que algún miembro de la organización o comité de competición denuncie tal acción.

Artículo 39. - Se sancionará con 1 (un) partido de suspensión al jugador que:

a) Acumule 4 (cuatro) tarjetas amarillas en el primer ciclo; 3 (tres), en el segundo; 2 (dos) en el tercero y a partir de este 1 (un) partido de sanción por cada tarjeta amarilla.

b) Una vez agotado los tres primeros ciclos, en el cuarto y a partir de este, la multa económica sería el doble.

c) Abandone la cancha de juego por no estar de acuerdo con las decisiones arbitrales. Si en ese acto de abandonar la cancha lo hace con gestos insultos y otras, esta sanción se podrá sumar a las otras que le apliquen de acuerdo a otras registradas en este articulado y que estén de acuerdo a su actuación.

d) Al que gesticule ostensiblemente con brazos manos u otras expresiones en señal de desacuerdo hacia el árbitro o hacia un contrario. También puede ser sancionada esta acción en base al Art. 47.

e) Se niegue a abandonar la cancha una vez es expulsado. Si el árbitro tiene que suspender el partido por tal motivo, al equipo que pertenezca el jugador se le aplicará el Artículo 25 de este Reglamento. Este partido de

sanción se sumaría a la sanción por la cual fue expulsado. Este apartado del Artículo se podrá aplicar a las personas que se encuentren arrestadas en el momento del partido y que, incluso, podrían estar presenciando el encuentro desde la grada.

f) El jugador que juegue con otro número distinto al que está inscrito. Este hecho no afecta para nada el partido que dispute en tal condición (la primera vez será advertencia; la segunda, suspensión).

g) El jugador que en algún momento dé algún golpe de carácter leve a un contrario sin estar el balón en juego. Este punto se aplicará siempre y cuando el árbitro NO considere tal hecho como una agresión.

h) El jugador que golpee algún material de las instalaciones.

i) El participante cuya actitud y comportamiento no corresponda con lo que debe de ser una cita deportiva

j) Aquel participante que se dirija al equipo contrario o público haciendo gestos o palabras no deportivos a la hora de marcar o celebrar un gol.

k) Aquel miembro de un equipo que abra la puerta o entre en la caseta arbitral sin previamente pedir permiso.

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Artículo 40. - Se sancionará con 2 (dos) partidos a aquellos jugadores que:

a) Inciten, provoquen o alienten a otros contra el árbitro, otro jugador o cualquier autoridad deportiva. Si consiguieran su propósito la sanción (creando un ambiente antideportivo) se duplicaría. El árbitro debe manifestar estas incidencias en el acta del encuentro o en informe aparte.

b) Intente agredir a un contrario sin llegar a consumarlo por voluntad propia. Si es detenido por otras personas la sanción se elevaría a criterio del comité de Competición, teniendo como referencia el acta y/o informe arbitral.

c) Emplee el juego peligroso sin originar lesión, lo que haría constar el árbitro en el acta del encuentro o informe aparte. También este tipo de juego puede ser sancionado de acuerdo al Art.42-a.

d) Golpee algún material con el que cuenta el árbitro o mesa del partido, para el correcto arbitraje del mismo.

e) Juegue estando arrestado. Si el jugador o equipo es reincidente en este aspecto, la sanción a jugador o jugadores afectados se elevaría a 6 (seis) encuentros.

f) El que estando el balón en juego lo golpee con la única intención de protesta hacia el árbitro, equipo contrario, sus compañeros, o publico. Con el objetivo de golpear con el balón a alguien de los mencionados. Si se consigue el objetivo de golpearle con el balón a alguien la sanción se elevara de tres a diez partidos, dependiendo la gravedad de los hechos.

g) Sea reincidente en los apartados c), d), e), f), g) h),i) y j) del Artículo anterior.

Artículo 41. - Se sancionará con 3 (tres) partidos a los que sean reincidente en los

apartados a), b), c) y e) del Artículo anterior.

Artículo 42. - Se sancionará de 4 (cuatro) a 10 (diez) partidos a los que:

a) Emplee juego peligroso con dependencia de lo que haga constar el árbitro en el acta o informe del encuentro (hubo intencionalidad, hay o no hay opción al balón, originó lesión,...). Se ruega al árbitro que lo especifique claramente.

b) Sea reincidente en el Artículo anterior.

De forma obligatoria para aplicar este artículo debe existir informe arbitral aparte del acta del encuentro

Artículo 43. - Repeler una agresión se sancionará hasta 15 (quince) partidos

dependiendo la gravedad de los hechos.

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De forma obligatoria para aplicar este artículo debe existir informe arbitral aparte del acta del encuentro.

Artículo 44. -. Se suspenderá de 10 (diez) hasta 25 (veinticinco) partidos,

dependiendo la gravedad de los hechos, que dictaminara el comité de competición, una vez examinada toda la documentación y pruebas aportadas, a quienes:

a) Intente agredir al árbitro amenazándole o empujándole.

b) Cometa una agresión sobre un contrario o miembro de su mismo equipo.

En este punto hay que señalar que se aplicará igualmente la sanción a cualquier jugador que cometa tal hecho en las instalaciones deportivas o en un radio aproximado, con independencia de sí ha jugado o no. Bastaría únicamente que esté inscrito en uno de los equipos que vayan a jugar o hayan terminado de jugar su encuentro.

De forma obligatoria para aplicar este artículo debe existir informe arbitral aparte del acta del encuentro

Artículo 45. - Será sancionado a perpetuidad:

a) El jugador que cometa cualquier tipo de agresión física contra la persona del árbitro o cualquier persona relacionada con las organizaciones del campeonato.

b) El jugador que sea reincidente en el Artículo 44 b).

Artículo 46. - Los encuentros de sanción se cumplirán contra los equipos rivales de la

jornada posterior a la sanción; es decir, que si un jugador es arrestado en una determinada jornada, y su equipo, por cualquier circunstancia, no disputa el encuentro de la jornada siguiente, el citado jugador no podrá jugar en la nueva fecha que designe la Organización.

Artículo 47. - PROTESTAS, GESTOS, AMENAZAS E INSULTOS.

1. Estas acciones vendrán clasificadas en tres grados: Leve, Grave y Muy Grave, siendo tipificada en el acta del partido por el árbitro del mismo, y se clasifican sobre la base del número de veces que se le haya dicho o hecho. Se sancionarán de la siguiente forma:

a. Leve: Un Partido

b. Grave: Dos partidos

c. Muy Grave: Tres Partidos o más dependiendo de la gravedad de los hechos.

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2. Cada vez que un jugador reincida en algún punto de éstos, se le irá sumando un partido, excepto en el leve, que se aplicará siempre la misma, es decir, un partido.

Artículo 48. – Podrá ser sancionado por el Comité de Competición u Organizador

cualquier jugador o equipo, que se dirija por escrito, una protesta de forma no correcta. Dejando entrever deshonestidad en el cumplimiento de sus actuaciones. La sanción la aplicaría el Comité de Competición junto con el Comité Organizador e ira adaptada a la gravedad de lo manifestado, gravedad que calificaran ambos comités.

Artículo 49. - Todo miembro de algún equipo podrá ser sancionado por alguno de los

artículos recogidos en este reglamento una vez se haga constar en acta por parte del árbitro del partido, con independencia de que esté jugando su equipo o no. Se diferencia el hecho de que si su equipo no está jugando, o dicho jugador no se encuentra jugando, la cuantía sería del doble establecido, siendo el equipo el que tendrá que hacer frente a tal hecho. Se considera que está jugando aunque en ese momento esté en el banquillo.

Artículo 50. - Todas las sanciones deportivas llevan consigo una sanción económica.

Las sanciones deportivas tendrán la siguiente cuantía económica:

a. Tarjeta amarilla 1 €

b. Tarjeta roja directa - 5 € si se trata de lances antideportivos o ajenos al juego.

- 3 € si se trata de lances normales del juego (infracciones),

no recogidas en el anterior.

c. Partido de arresto 2 €

d. Incomparecencia Costes de arbitraje y organizativos (37 €)

SANCIONES ECONOMICAS

Artículo 51. – Las sanciones económicas tanto individuales como colectivamente

recaerán sobre el equipo. Lo que quiere decir que para la organización y a efectos económicos será el equipo sobre quien recaiga la sanción con independencia de su forma de funcionar internamente con el jugador/es sancionado/s.

Para el cobro de las sanciones económicas se procederá de la siguiente forma:

Cada cierto tiempo, o a la finalización de cada torneo, por parte de la organización del campeonato, se pasará una nota a los delegados de equipo comunicándoles la suma total de las sanciones de sus jugadores. Estos delegados

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tendrán un plazo estipulado por la organización (que constará en la nota) para efectuar el pago de dichas sanciones.

Dicho pago se deberá de hacer al completo de la suma total que indica la nota que pasa la Organización. Contemplándose como única excepción de que un jugador quiera abandonar al equipo donde fue sancionado para lo cual podrá abonar la sanción de forma individual y con ello evitar posible sanciones sobre él.

En el caso de que algún equipo no abone las sanciones económicas establecidas en el plazo señalado por la organización será expulsado de la Asociación sin perjuicio de las sanciones individuales que puedan recaer sobre los integrantes del equipo. En el caso de que algún jugador abandone un equipo y no pague la sanción económica impuesta en su día a la organización, la sanción la deberá abonar el equipo, y al jugador en cuestión se le multiplicara la sanción por cinco veces su valor.

Artículo 52. - Para el proceso sancionador de cada jugador se abrirá un expediente

que incluirá los siguientes documentos: el acta del partido y/o informe arbitral, recurso del equipo afectado, aclaración del árbitro y respuesta final del comité.

El recurso del equipo o jugador afectado únicamente ha de llevar la defensa de su actuación/es sin entrar en valoraciones ni juicios de ningún tipo y siempre en los términos correctos y de acatamiento de las decisiones tomadas y a tomar por el órgano al que se dirige y organización. En caso de no cumplir con estos requisitos el Comité de Competición rechazara el recurso sin siquiera pronunciarse ni valorarlo.

Si el recurso se excede en lo expuesto en el párrafo anterior podríamos pasar a enmarcarlo en el Art. 48 de este reglamento.

Dicho expediente de sanción se podrá solicitar por escrito para ser visto, (nunca se entregará copia).

Artículo 53. - El trofeo a la DEPORTIVIDAD JUAN MELCHOR DE LA GUARDIA

BAUTE constará de dos trofeos (uno por categoría) que será entregado a

aquellos equipos que menos puntos de media contabilice a lo largo de la COMPETICIÓN DE LIGA de acuerdo al siguiente baremo:

� Tarjeta amarilla 2 puntos por cada una.

� Tarjeta roja directa 5 puntos por cada una.

� Incomparecencia 20 puntos por cada una.

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� Partido de arresto 5 puntos por cada uno.

Para hallar la media de puntos se dividirá el total de puntos por el número de partidos disputados.

En los trofeos se señalará quien es al ganador de la deportividad y quien es el segundo con independencia de la categoría.

SERÁ PENALIZADO LOS EQUIPO QUE COMETAN EN LOS DIFERENTES

TORNEOS (Torneo Fiestas del Cristo, Torneo Fiestas de San Marcos y Copa

Santiago García León “Chaguín”), SANCIONES que se recojan en el art. 50

b). así como las INCOMPARECENCIAS.

Artículo 54. - Para la toma de sus decisiones el Comité de Competición tendrá en

cuenta los siguientes documentos:

a. El acta del encuentro, como documento necesario e ineludible.

b. Informe del Comité de Organización o del árbitro, si lo hubiere.

c. Las alegaciones de los interesados a que el siguiente Artículo se refiere.

Artículo 55. –

1. Cuando en el transcurso de un encuentro hayan ocurrido incidentes de carácter grave, los interesados podrán formular ante el comité de Competición, de forma escrita, sus manifestaciones con relación al contenido del acta del encuentro o con otros hechos referentes al mismo que estimasen conveniente. Tal derecho deberá ejercitarse con un máximo de quince (15) días después de disputado el encuentro, para lo que se le entregará el documento al representante del Comité Organizador.

2. Transcurrido el plazo sin que ello se hubiera producido se considerará fuera de plazo el derecho a recurso. Este punto afecta a los acontecimientos que se den en el encuentro por acciones del juego.

3. Para las acciones que se den por el no cumplimiento de los artículos de reglamento, no habría plazo para denunciar sino que esta podría hacerse en cualquier momento, es decir que solo prescribiría el hecho a denunciar al finalizar la temporada (Ejemplos de esto es suplantadores de personalidad, jugadores federados, etc.).

Artículo 56. - El Comité de Competición hará público, después de cada una de sus

reuniones, los nombres de los sancionados, la penalidad impuesta y las causas del castigo.

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Artículo. 57. - Todas las sanciones que dicte el Comité de Competición podrán ser

apeladas por los equipos en un plazo de 72 horas después de haberse publicado el fallo de las mismas. Este recurso será estudiado por el Comité de Apelación para revocar o confirmar la primera sanción. El procedimiento sancionador está establecido en el artículo 29.

Artículo 58. - En ningún caso, la presentación de un recurso suspenderá el

cumplimiento de la sanción impuesta en tanto se resuelva la alegación

Artículo 59.- En el supuesto de que algún jugador/equipo incumpla lo establecido en

el artículo anterior se estará a lo establecido en el artículo 34

Artículo 60. - El simple hecho de pertenecer a esta organización implica la total

aceptación del presente Reglamento así como las decisiones del Comité de Organización y de Competición.

Artículo 61. - A fin de evitar malos entendidos y complicaciones posteriores se ruega a

todos los delegados den la máxima difusión de esta normativa entre todos sus jugadores.

Artículo 62. - La competición de liga se disputará bajo el sistema de todos contra

todos a doble vuelta.

Artículo 63. - El sistema de puntuación será:

� Partido ganado 3 puntos.

� Partido empatado 1 punto.

� Partido perdido 0 puntos.

Artículo 64. - En caso de igualdad a puntos la clasificación se establecerá de acuerdo

a los siguientes criterios:

a) Si la igualdad a puntos es entre dos equipos se aplicará:

• Gol average particular entre ambos.

• Diferencia de goles.

• Mayor cantidad de goles marcados.

• Partido de desempate en el que se aplicarían las normas válidas para una final de un torneo por eliminatorias.

b) Si la igualdad a puntos es entre tres o más equipos:

• Mayor cantidad de puntos entre los encuentros disputados entre ellos.

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• Mayor diferencia de goles.

• Mayor cantidad de goles marcado.

• Disputa de una liguilla entre los equipos implicados.

Artículo 65. - Se establecen los siguientes trofeos:

� Campeón, Subcampeón y 3º clasificado de la Liga.

� Campeón y Subcampeón de los torneos de eliminatoria.

� Jugador máximo goleador y equipo menos goleado.

� Trofeo a la Deportividad JUAN MELCHOR DE LA GUARDIA BAUTE, uno

por categoría distinguiéndose el más deportivo de todos los participantes.

� Mejor jugador de la temporada.

Artículo 66. - Cada equipo, para poder participar en el Campeonato de Liga deberá

abonar al comienzo de la temporada y en la fecha establecida por la organización una fianza de 100 €, que será devuelta al final de temporada si no es expulsado por

dos incomparecencias u otros motivos. Y siempre y cuando no tenga ninguna deuda con la Organización el equipo (individual o colectivamente).

La cantidad de dinero abonada en concepto de fianza del equipo se PERDERÁ, aparte de por las circunstancias establecidas en este Reglamento

(incomparecencias o expulsión del equipo de la asociación), si no se cumplen con los siguientes requisitos:

• Para poder reclamar la devolución de la fianza los equipos que estén en la 1ª Categoría, debe hacer oficial su negativa a continuar la siguiente

temporada, notificándolo a la Organización por escrito, como mínimo seis jornadas antes de la finalización de la Liga, ya que con ello se contará como un equipo descendido directo, es decir, a todos los efectos, en ese momento constaría como equipo de 2ª Categoría, para la

siguiente temporada, disminuyendo el número de equipos a descender. Si el número de equipos que deseen abandonar es superior al número de equipos previsto para el descenso, solamente tendrán derecho al abono, los primeros que lo soliciten, hasta cubrir el número de equipos previsto para el descenso, teniendo en cuenta el orden (fecha) en el que presentan escrito de renuncia.

• Para poder reclamar la devolución de la fianza los equipos de la 2ª

Categoría, donde se incluyen los del apartado anterior, (es decir, los

renunciantes de 1ª Categoría), debe hacer oficial su negativa a continuar

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la siguiente temporada, notificándolo a la organización por escrito, como mínimo seis jornadas antes de la finalización de la Liga.

• Una vez cumplidos los pasos anteriormente citados para todos los casos, le será devuelta la fianza, una vez se cubra el cupo abandonado por ellos para alcanzar la cifra de 28 equipos y previo abono de fianza del nuevo equipo. En caso de no entrar equipos nuevos, se perderá la fianza.

Artículo 67. - El Comité de Organización tendrá potestad para solucionar y legislar,

sobre la marcha, cualquier problema que pudiera surgir a lo largo de la temporada y que, por cualquier motivo, no esté recogido específicamente a lo largo de este articulado. La misma medida ya se especifica en el párrafo segundo del

preámbulo de este Reglamento.

Artículo 68. –

1. Si un equipo de cualquiera de las dos categorías es expulsado por doble incomparecencia, se retira o no desea participar en la siguiente temporada, dejará plaza libre en segunda categoría, la cual sería ocupada atendiendo a las peticiones que, por escrito, se efectúen ante la organización.

Se tendrá en cuenta para estos equipos que quedan expuestos a quedarse sin cupo una vez establecido en asamblea, el número de equipos para el comienzo de la nueva temporada ya que tendrán prioridad para ocupar alguna de las plazas vacantes los equipos de nueva inscripción.

2. El Delegado del equipo expulsado no podrá volver a ejercer nunca como tal, (delegado), en ningún otro equipo nuevo o veterano en temporadas posteriores.

3. La Directiva de la Asociación Norticod se reserva el derecho a aceptar o no las solicitudes presentadas para participar en las competiciones organizadas por ésta.

Artículo 69. – Cualquier equipo que sea expulsado de la Competición o abandone la

misma sin terminar el campeonato perderá la fianza fijada a principio de temporada. Sin perjuicio de las sanciones individuales que deberán recaer sobre los miembros del equipo.

ASCENSOS, DESCENSOS y DETERMINACION CATEGORÍA

Artículo 70.-

Una vez finalizada una temporada y al comienzo de la siguiente los criterios para establecer la categoría que corresponda a cada equipo será el siguiente.

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1º Todo equipo de nueva inscripción entrara en la segunda categoría. También se considerara equipos de nueva inscripción los equipos que hayan sido expulsados del campeonato que lo hayan abandonado en ediciones anteriores siempre y cuando hayan cumplido con las sanciones impuestas en su día, en caso contrario no podrán participar.

2º El número de ascensos y descensos quedara determinado por el número de equipos participantes para la temporada a iniciar ya que hay que tener en cuenta el número de equipos retirados en la temporada finalizada. Así como el cupo de equipos aprobado por la asamblea de delegados.

3º En el supuesto de que se comience la temporada con el mismo número de equipos que la temporada anterior BAJARAN TRES equipos de la PRIMERA categoría, atendiendo para ello primero las plazas que han dejado los equipos que hayan abandonado o hayan sido expulsados y posteriormente la clasificación final en la tabla, es decir los tres últimos comenzando por el de menor puntuación. SUBEN A PRIMERA DE FORMA OBLIGATORIA LOS TRES PRIMEROS de la posición final en la tabla, de la temporada anterior en la categoría inferior.

4º En el caso de disminuir o aumentar el número total de equipos de una temporada a otra:

• En el caso de que tuviesen que subir alguno más de los tres obligados, se invitara de acuerdo nuevamente al orden de clasificación de la temporada anterior, para lo que el primer invitado a ascender será el clasificado en cuarta posición de la segunda categoría pudiendo rechazar este la invitación pasando al quinto y así hasta el último.

• En el caso de que todos los equipos del cuarto clasificado para abajo renuncien a ascender, el clasificado en cuarta posición estará obligado a hacerlo, luego el quinto y así hasta establecer el número determinado.

• En el caso de disminución de número total de equipos con respecto a la temporada anterior, el numero de ascendidos variaría de tres a dos. Reduciéndose más si la disminución es considerable.

• Si la disminución fuera muy elevada podría suprimirse la categoría inferior.

5º Ningún equipo podrá renunciar a subir de Categoría si así le corresponde por lo explicado anteriormente en caso de negarse perderían su plaza en beneficio de un nuevo equipo.

6º Si un equipo renunciase al ascenso que le corresponde podrán comenzar la temporada en la categoría más baja pero no podrán jugar más de cuatro jugadores que hayan formado parte del equipo en la temporada anterior.

Icod de los Vinos, a 2 de Septiembre de 2013