reglamento proyecto socio integrador tecnologico mayo 2012

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGIA DEL ESTADO TRUJILLO REGLAMENTO DE PROYECTO SOCIO-INTEGRADOR/TECNOLÓGICO “Hacia la Universidad Politécnica” VALERA, MARZO 2012 Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria

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Page 1: Reglamento Proyecto Socio Integrador Tecnologico Mayo 2012

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA

INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGIA DEL ESTADO TRUJILLO

REGLAMENTO DE PROYECTO SOCIO-INTEGRADOR/TECNOLÓGICO

“Hacia la Universidad Politécnica”

VALERA, MARZO 2012

Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria

Page 2: Reglamento Proyecto Socio Integrador Tecnologico Mayo 2012

PRESENTACIÓN

La educación es un servicio social de alta prioridad que debe cumplir los fines de

formar las futuras generaciones, conforme a los fundamentos históricos y culturales que

dan fisonomía a la nación. En consideración a esto, sabiendo que un reglamento es una

colección ordenada de reglas o preceptos que, por autoridad competente, se dan para la

ejecución de una ley o para el régimen de una corporación, una institución, una

dependencia o un servicio, las instituciones requieren de criterios que orienten sus

actividades y toma de decisiones. En este sentido, se hace necesaria una legitimidad

basada en parámetros que sirvan como elementos de seguridad para protegernos.

Es por ello, que este reglamento establece las obligaciones y derechos en el

desarrollo de los Proyectos Socio Integradores/Tecnológicos (PSI/T) que tenemos al ser

parte de la comunidad institucional. Lo anterior ha sido el incentivo del grupo que

constituye el Consejo de Investigación y Desarrollo Tecnológico, quién vio la necesidad de

realizar un reglamento que determine las normas y reglas a seguir en el proceso de

desarrollo y evaluación de los PSI/T , orientadas en función de las necesidades y

características de las institución y con base en lo planteado a nivel de la nación para los

nuevos Programas Nacionales de Formación (PNF).

CONSEJO DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO TECNOLÓGICO

Thais Valero

Liz Arandia

Reina Majano

Parmenia Montilla

Isabel Fuenmayor

Xiomara Vitorá

Simón Rangel

Héctor Merlo

Page 3: Reglamento Proyecto Socio Integrador Tecnologico Mayo 2012

Agradecemos majestuosamente a la Comisión que participó en la elaboración

del Reglamento de Proyecto Socio Integrador/Tecnológico

Prof. Bárbara Chacón Prof. Carolina Materan Prof. Donny Araujo Prof. Fabiola Araujo Prof. Francisco Olivares Prof. José Paredes Prof. Liz Arandia Prof. Parmenia Montilla Prof. Pedro Vargas Prof. Reina Majano Prof. Ronelsa Revilla Prof. Thais Valero Prof. Xiomara Vitora

Page 4: Reglamento Proyecto Socio Integrador Tecnologico Mayo 2012

En Consejo Directivo Nº CD ORD-021-11 del IUTET y en fecha

03/10/2011, acuerda luego de revisado el reglamento que rige la

actividad de investigación en el IUTET, aprueba lo siguiente

CAPITULO I

DEL PROYECTO SOCIO-INTEGRADOR/TECNOLÓGICO

Objeto del Reglamento

Artículo 1. El presente reglamento establece las normas y lineamientos que rigen la

formulación, ejecución, supervisión y presentación del Proyecto Socio-

Integrador/Tecnológico para los estudiantes del Programa Nacional de Formación del

Instituto Universitario de Tecnología del Estado Trujillo.

Definición

Artículo 2. El proyecto Socio-Integrador/Tecnológico (PSI/T) constituye el eje transversal

de la formación académica, desarrollado en los cuatro (4) trayectos que conforman el

Programa Nacional de Formación. Los proyectos tienen carácter socio comunitario con el

propósito de dar respuesta o resolver problemas concretos en el ámbito local, regional y

nacional. Basado en una concepción de desarrollo tecnológico, científico, intelectual y

ético que garantice el uso sustentable de los recursos.

Articulo 3. El PSI/T es de carácter obligatorio para optar a las certificaciones y

titulaciones correspondientes al diseño curricular en los diferentes Programas Nacionales

de Formación.

Artículo 4. El proyecto se considera dentro de la actividad de investigación y extensión de

la institución.

Justificación Legal

Artículo 5. El PSI/T constituye el eje transversal del Programa Nacional de Formación, en

correspondencia con la Resolución 2.963 del Ministerio del Poder Popular para la

Educación Superior Gaceta Oficial No. 38.930 de fecha 13 de Mayo del 2.008 y tiene

como finalidad:

Page 5: Reglamento Proyecto Socio Integrador Tecnologico Mayo 2012

1.- La vinculación con las comunidades y ejercicio profesional a lo largo de todo el

trayecto formativo.

2.- La participación activa y comprometida de los estudiantes en los procesos de creación

intelectual y vinculación social relacionados con investigaciones e innovaciones

educativas relacionadas con su perfil profesional.

Ámbito de aplicación

Artículo 6. El proyecto Socio-Integrador/Tecnológico tiene su ámbito de aplicación en el

Estado Trujillo, sin menoscabo de su posible actuación en cualquier área dentro o fuera

del país que lo requiera siempre y cuando exista una justificación por parte de los entes

involucrados en el desarrollo del proyecto.

Características del PSI/T

Artículo 7. El eje de proyecto se desarrollará con base en las siguientes actividades:

a) La conjunción de saberes, en el que se integra la práctica con las áreas de

conocimiento.

b) La investigación permanente, como vía para identificar y caracterizar los contextos

económicos, tecnológicos, sociales, políticos, culturales, ambientales, geográficos

e históricos a fin de determinar las necesidades e intereses de la comunidad.

c) La planificación integral como herramienta que permitan definir estrategias para

alcanzar el desarrollo de las dimensiones de los saberes.

d) La sistematización basada en la organización de la información en contenidos que

sirven de base para identificar y formular los problemas objeto de resolución a

través de los proyectos.

e) La ejecución, llevada a cabo a través de la construcción de un plan de acción que

los colectivos consideren pertinentes para resolver la problemática.

f) La discusión de experiencias fundamentada en el diálogo de saberes y en la

reflexión colectiva sobre los hallazgos de la investigación, para fortalecer el

desarrollo humano, económico, sustentable y sostenible.

g) La difusión, entendida como la socialización y sistematización de los resultados

para la democratización de los saberes, utilizando la estrategia comunicacional.

h) Cada proyecto Socio Integrador/Tecnológico debe ser desarrollado en función de

las líneas de Investigación de cada programa.

Page 6: Reglamento Proyecto Socio Integrador Tecnologico Mayo 2012

Duración del Proyecto

Articulo 8. Las actividades académicas previstas en el eje proyecto se organizan

conforme a un régimen anual administrado con base en la duración de las actividades

previstas en el plan de estudios de cada programa nacional de formación.

Articulo 9. La Institución debe proporcionar el apoyo logístico (material, técnico y

financiero) a los involucrados en el PSI/T para el desarrollo del mismo, de acuerdo a lo

establecido en el reglamento de subvenciones y dependiendo de la disponibilidad

financiera del Departamento de Investigación de la Institución.

CAPITULO II

ADMINISTRACIÓN DE PSI / T

Disposiciones Generales

El Proyecto de Integración cuya denominación es “Proyecto Socio Integrador

/Tecnológico” (PSI/T) tiene las siguientes características:

Articulo 10. El PSI/T es un eje transversal con carga crediticia, elaborado desde la

realidad y en conjunto con la comunidad, desde lo simple a lo más complejo, tomando en

cuenta lo local, regional y nacional. El proyecto define las Unidades de Formación Integral

que lo circunscriben lo cual permite trabajar interdisciplinariamente, articulando diferentes

Programas de Formación.

Articulo 11. El PSI/T actúa como un eje que organiza la práctica profesional, la

investigación y la integración de saberes.

Articulo 12. El PSI/T tiene un carácter flexible y dinámico. Se inicia en el primer trayecto.

Dependiendo de la magnitud del mismo, este proyecto podrá ser extendido a lo largo de

los siguientes trayectos o cambiar en cada uno de ellos.

Artículo 13. El PSI/T logrará el apoderamiento de los nuevos saberes producto de la

integración de todos los Actores del Proceso Educativo como sujetos activos del nuevo

modelo de producción social con pertinencia en el desarrollo endógeno.

Page 7: Reglamento Proyecto Socio Integrador Tecnologico Mayo 2012

Articulo 14. El PSI/T puede ser realizado por un máximo de dos (2) estudiantes.

Dependiendo de la complejidad del proyecto puede considerarse hasta tres (03)

estudiantes por proyecto.

Articulo 15. De acuerdo al perfil del Programa Nacional de Formación, se aceptan todos

los modelos de investigación para abordar el desarrollo del PSI/T.

Articulo 16. En el desarrollo del Proyecto Socio Integrador/Tecnológico están

involucrados:

a. Coordinador (a) de PSI/T

b. Delegado de PSI/T

c. Docente asesor de PSI/T

d. Tutor Académico de PSI/T

e. Vocero Comunal representante de los usuarios del Producto de PSI/T

f. Estudiantes

Parágrafo único: Se considera que para el acompañamiento del proyecto se asignen

hasta dos (2) profesores asesores del área del proyecto.

Articulo 17. El Comité Técnico de Investigación de cada PNF, está conformado por:

a. Jefe de Departamento

b. Delegado de PSI/T

c. Coordinador(a) de PSI/T por Trayecto

d. Coordinadores de Líneas de Investigación

e. Delegado de la Unidad de Vinculación Socio-Comunitaria (UVSC)

Artículo 18. El Proyecto Socio Integrador/Tecnológico es administrado por el Comité

Técnico de Investigación.

Articulo 19. El Comité Técnico de Investigación para la ejecución del Proyecto Socio

Integrador/Tecnológico debe:

a. Analizar, aprobar y registrar los Proyectos Socio Integradores/Tecnológicos que se

presenten ante el Comité Técnico de cada PNF.

Page 8: Reglamento Proyecto Socio Integrador Tecnologico Mayo 2012

b. Elaborar y proponer las normas y procedimientos para la presentación del

proyecto Socio-Integrador/Tecnológico.

c. Diseñar y promover políticas y estrategias de vinculación con el entorno

comunitario de cada una de las áreas donde funcionen Sedes del IUTET, con la

finalidad de intercambiar experiencias con otras instituciones universitarias y

comunitarias, así como, la integración e interrelación con todos los comités

técnicos de los PNF.

d. Velar por el buen uso de los recursos asignados a los proyectos mediante los

controles de gestión establecidos para tal fin.

e. Velar por el cumplimiento del presente Reglamento, disposiciones y políticas del

Instituto Universitario de Tecnología del Estado Trujillo, aprobado por el Consejo

Directivo sobre el proyecto Socio-Integrador/Tecnológico.

Articulo 20. El delegado de PSI/T será designado por el Consejo de Mención de cada

Departamento Académico, y ejercerá sus funciones durante un periodo de dos años,

pudiendo ser reelegido por un periodo adicional.

Parágrafo único: Para ser delegado del PSI/T ante el CINDET se requiere estar

dedicado activamente a la labor de investigación.

Articulo 21. Son funciones del delegado del PSI/T:

a. Velar por el cumplimiento del presente reglamento, disposiciones y políticas

del IUT aprobado por el Consejo Directivo sobre el Proyecto Socio

Integrador/Tecnológico.

b. Publicar y ofertar a los estudiantes los proyectos aprobados en el comité

técnico del PNF respectivo.

c. Velar por el buen uso de los recursos asignados a la administración de

proyectos mediante los controles de gestión establecidos para tal fin.

d. Llevar el registro de las subvenciones, asistencia a eventos de los profesores

solicitantes adscrito al departamento respectivo.

e. Elaborar el Plan Operativo anual de acuerdo a las metas y objetivos a

desarrollar durante el ejercicio fiscal del Programa Nacional de Formación.

f. Asistir a las reuniones de CINDET

Page 9: Reglamento Proyecto Socio Integrador Tecnologico Mayo 2012

Articulo 22. Se designará un coordinador de PSI/T por cada trayecto en los diferentes

PNF el cual será elegido en Consejo de Mención de cada Departamento Académico y

ejercerá sus funciones durante un periodo de dos años, pudiendo ser reelegido por un

periodo adicional.

Parágrafo único: El coordinador de PSI/T debe ser Docente asesor de la unidad

curricular Proyecto Socio Integrador/Tecnológico del Trayecto correspondiente.

Articulo 23. Son funciones del Coordinador de PSI/T:

a. Coordinar el desarrollo de los PSI/T en cada una de los Programas Nacionales

de Formación al que pertenece conjuntamente con el delegado de PSI/T

b. Coordinar con el delegado de PSI/T los contenidos formativos, diseños,

instrumentación, material didáctico y metodología de la evaluación del

Proyecto.

c. Mantener comunicación permanente con el Departamento, el Comité técnico y

el resto del equipo responsable de los PSI/T adscrito a su programa nacional

de formación.

d. Informarse permanentemente acerca de los proyectos que presenten los

distintos estudiantes; así como los ofertados por Unidad de Vinculación Socio-

Comunitaria, en las áreas cónsonas con los PNF donde hacen vida activa.

e. Publicar y ofertar a los estudiantes los proyectos aprobados por el Comité

Técnico.

f. Solicitar información a los Profesores Asesores sobre los avances de los PSI/T

para ser enviados a la Coordinación de proyectos y mantener actualizada la

base de datos.

g. Convocar periódicamente a reuniones con los Facilitadores del proyecto

Socio-Integrador/Tecnológico para planificar y hacer seguimiento de las

actividades propias de la ejecución del proyecto comunitario.

Articulo 24. Para ejercer la función de Docente asesor de PSI/T, el docente debe ser

Docente del IUTET con perfil profesional en el área del PNF correspondiente.

Page 10: Reglamento Proyecto Socio Integrador Tecnologico Mayo 2012

Artículo 25. Es función del Docente asesor de PSI/T

a. Guiar a los estudiantes en el desarrollo del plan de actividades,

b. Supervisar y evaluar las actividades de avance.

c. Entregar trimestralmente en formato digital los avances de cada PSI/T, de

conformidad con lo establecido por la Coordinación del PSI/T.

d. Convocar periódicamente a reuniones con los tutores del proyecto Socio-

Integrador/Tecnológico para planificar y hacer seguimiento de las actividades

propias de la ejecución del proyecto comunitario.

Articulo 26. El Tutor Académico del PSI/T debe ser el representante Institucional u

Organizacional del área del proyecto y debe cumplir con los siguientes requisitos:

Ser docentes del IUTET con perfil profesional en el PNF respectivo.

Haber sido designado por el Comité Técnico del PNF previa sugerencia de su

nombramiento hecha por el Coordinador del Proyecto Socio-

Integrador/Tecnológico del PNF correspondiente.

Estar adscrito a una línea de investigación con pertinencia en el PSI/T.

Artículo 27. Al Tutor Académico se le debe reconocer las horas dedicadas a la Tutoría

del PSI/T, mediante las resoluciones y constancias respectivas del trabajo realizado para

efecto de su situación laboral

Artículo 28. El Tutor Académico del PSI/T tendrá las siguientes funciones:

a. Guiar y orientar a los estudiantes en el desarrollo del PSI/T, bajo acuerdos con el

Docente asesor.

b. Supervisar y evaluar los avances del plan de actividades del PSI/T.

c. Establecer conjuntamente con los estudiantes un cronograma de trabajo en las

comunidades donde se ejecute el PSI/T.

d. Verificar la estructura y presentación del Informe final de acuerdo con las normas

establecidas en el IUTET.

e. Servir de enlace entre la institución y la comunidad donde se realizará el PSI/T.

f. Certificar y supervisar conjuntamente con el representante de los usuarios del

producto de la comunidad el registro del trabajo de campo de los estudiantes

según lo establecido.

g. Asistir a las reuniones que se convoquen para tratar asuntos inherentes al PSI/T.

Page 11: Reglamento Proyecto Socio Integrador Tecnologico Mayo 2012

h. Remitir informes de avance al Docente asesor sobre el desempeño de los

estudiantes del PSI/T bajo su tutoría.

i. Asesorar como máximo 3 proyectos.

Artículo 29. Para ejercer funciones de Vocero Comunal representante de los usuarios

del Producto de PSI/T, el vocero debe formar parte del Consejo Comunal, Organización

Comunal o Social e Institución pública o Privada en el área del PSI/T.

Artículo 30. El Representante de los Usuarios del producto tendrá las siguientes

funciones:

a. Apoyar a los estudiantes en todo lo concerniente al PSI/T.

b. Establecer el plan de trabajo conjuntamente con el Tutor Académico.

c. Informar, por escrito, al Tutor Académico, cuando le sea requerido o al finalizar el

trabajo de cada equipo, sobre el proyecto que realizan los estudiantes bajo su

responsabilidad.

d. Asistir a las reuniones a las cuales se convoque para tratar los asuntos inherentes

al PSI/T.

e. Evaluar conjuntamente con el Tutor Académico, el informe presentado por los

estudiantes al culminar con el PSI/T.

Artículo 31. Una vez inscrito el PSI/T no se permitirá la realización de cambios de

estudiantes de los equipos, salvo casos excepcionales que serán estudiados por el comité

técnico del PNF respectivo.

Artículo 32. A los efectos de darle continuidad a los proyectos, el Docente-asesor y el

tutor académico de PSI/T preferiblemente debe ser el mismo durante todo el Trayecto.

Artículo 33. La unidad curricular del PSI/T se administrará con un número no mayor de

veinticinco (25) estudiantes por sección.

Page 12: Reglamento Proyecto Socio Integrador Tecnologico Mayo 2012

CAPITULO III DE LA VINCULACION DEL PROYECTO SOCIO INTEGRADOR/TECNOLOGICO

Consideraciones Generales

Artículo 34. Se entiende por vinculación toda relación establecida entre el IUTET y la

comunidad, mediante el Proyecto Socio Integrador/Tecnológico donde se generen

beneficios sociales comunes.

Artículo 35. Se entiende por comunidad el espacio universitario, comunidades

organizadas, empresas (públicas, privadas o mixtas), ONG´s, Organizaciones

Gubernamentales y cualquier otro ente que requieran el acompañamiento de la

institución.

Artículo 36. Los Proyectos son unidades curriculares de integración de saberes y

contrastes entre teoría y práctica, vinculada a la producción de bienes o prestación de

servicios, asociados al desarrollo de capacidades, generación de conocimientos,

investigación, innovación, creación artística, desarrollo tecnológico y fortalecimiento del

poder popular.

Artículo 37. El banco de proyectos es una base de datos donde se encuentra la

información relacionada con los proyectos considerados como factibles por cada uno de

los PNF de acuerdo a los saberes fundamentales planteados en sus ejes temáticos con

los ejes socio-comunitarios.

Con los Estudiantes

Artículo 38. Los estudiantes de los Programas Nacionales de Formación (PNF) deben

trascender el espacio universitario para dar respuesta a problemas o necesidades reales

de las comunidades, mediante un proceso bidireccional, integrador, participativo mediante

los Proyectos Socio Integradores/Tecnológicos.

Artículo 39. El Proyecto Socio Integrador/Tecnológico provee al estudiante la oportunidad

del trabajo en equipo y colaboración entre los actores involucrados (Universidad –

Comunidad).

Artículo 40. El Proyecto Socio Integrador/Tecnológico demanda del estudiante la

aplicación de conocimientos interdisciplinarios. Así, el participante puede apreciar la

Page 13: Reglamento Proyecto Socio Integrador Tecnologico Mayo 2012

relación existente entre las diferentes disciplinas en el desarrollo de un proyecto en

particular.

Artículo 41. El Proyecto Socio Integrador/Tecnológico permite la búsqueda de soluciones

abiertas, dando así oportunidad al participante de generar nuevos conocimientos en

nuevos ambientes para el intercambio en y con las comunidades, conociendo y

reconociendo los diferentes escenarios, actores y roles que conducen a la construcción de

productos, bienes o servicios.

Artículo 42. En el desarrollo del Proyecto Socio Integrador/Tecnológico el estudiante

realiza una actividad académica vinculada al PNF, considerando las dimensiones éticas,

políticas, sociales, culturales, tecnológicas, económicas y ambientales.

Con los Profesores(as)/Asesores(as)

Artículo 43. El Proyecto Socio Integrador/Tecnológico permitirá al Profesor(a)/Asesor(a):

a. Integrarse a equipos multidisciplinarios, con sentido de responsabilidad y ética

social, con la finalidad de responder a las necesidades del entorno.

b. Establecer los vínculos necesarios con la comunidad, para garantizar el

seguimiento y prosecución de los proyectos, con el fin de dar respuestas a la

misma.

c. Investigar, implementar, crear o adaptar técnicas novedosas y metodologías de

enseñanza, que permitan activar y modelar el perfil y desempeño del futuro

profesional, con valores éticos, humanistas, de cooperación solidaria y

comprometida con el avance y desarrollo del país.

d. Integrar la docencia, investigación y extensión.

Con el Comité Técnico del PNF

Artículo 44. El comité técnico es el ente encargado de vincular a los estudiantes y tutores

con la Unidad de Vinculación Socio-Comunitaria mediante el banco de proyectos del

respectivo Plan Nacional de Formación.

Artículo 45. El banco de proyectos es actualizado por el Coordinador de Proyecto Socio

Integrador/Tecnológico, con base a los siguientes aspectos:

Page 14: Reglamento Proyecto Socio Integrador Tecnologico Mayo 2012

Parágrafo uno: Cuando se determina la factibilidad del proyecto, la actualización debe

hacerse en un lapso no mayor a ocho (08) días hábiles.

Parágrafo dos: Cuando ocurra cambios debidamente justificados en el desarrollo del

proyecto, la actualización debe ser inmediata.

Parágrafo tres: Al considerar la culminación del proyecto, la actualización debe

realizarse al emitirse la aprobación por parte del comité evaluador, en el lapso

establecido para tal fin.

Artículo 46. Se considera un proyecto pertinente para el PNF aquel que guarde relación

con los ejes de formación profesional y les permita asumir retos en pro de la construcción

de saberes, el aprendizaje de nuevos conceptos, así como la aplicación del conocimiento

adquirido previamente

Artículo 47. El comité técnico de cada PNF es el encargado de determinar la factibilidad

de los proyectos encontrados en el diagnóstico comunitario presentado por los

estudiantes.

Parágrafo uno: El análisis de factibilidad permite generar la oferta de proyectos para

los estudiantes, la cual será dada a conocer a los mismos en un lapso no mayor a

ocho (08) días hábiles luego del inicio del periodo académico siguiente.

Parágrafo dos: En caso de encontrar áreas problema no vinculadas con el PNF

respectivo, el comité técnico estará en la obligación de enviar a la Unidad de

Vinculación Socio-Comunitaria información relacionada con las mismas para ser

procesada en los primeros cinco (05) días hábiles luego de la entrega del diagnóstico.

Con la Unidad de Vinculación Socio-Comunitaria

Artículo 48. La Unidad de Vinculación Socio-Comunitaria es el órgano de enlace entre la

universidad y las comunidades. Esta vinculación se presenta mediante el Proyecto Socio

Integrador/Tecnológico, reflejándose en el Banco de Proyectos de la Institución, el cual es

administrado por la misma.

Artículo 49. La culminación o cambio del proyecto debe ser notificado por el comité

técnico del respectivo PNF a la Unidad de Vinculación Socio-Comunitaria a través de la

actualización del banco de datos.

Page 15: Reglamento Proyecto Socio Integrador Tecnologico Mayo 2012

Artículo 50. La Unidad de Vinculación Socio-Comunitaria debe recibir por parte del

Delegado ante la UVSC, un listado de áreas problemas encontradas en los diagnósticos

presentados por los estudiantes con el propósito de generar Proyectos en los PNF con

competencias en los mismos.

CAPITULO IV

DE LA EVALUACIÓN DEL PROYECTO SOCIO INTEGRADOR/TECNOLÓGICO

Articulo 51. El PSI/T se califica de manera cuantitativa de acuerdo a la Gaceta Oficial

No. 39.839, Resolución 2593, Capitulo IV, Artículo 17, al final de cada trayecto, donde

el estudiante debe presentar: un informe oral y escrito de la sistematización del desarrollo

del producto tangible o intangible. Dicho informe debe tener una presentación acorde al

área de la que se trate; incluye un manual de instrucciones, presentación a congresos,

planos, entre otros, y una memoria descriptiva, de acuerdo con el formato de evaluación

del PSI/T.

Artículo 52. El comité técnico del PNF evaluará el desarrollo del PSI/T al final de los

Tramos uno (01) y dos (02) de cada Trayecto.

Articulo 53. El comité evaluador del PSI/T está conformado por:

a. La o el estudiante representante del proyecto

b. Vocero Comunal representante de los usuarios del Producto de PSI/To su

suplente

c. Tutor Académico

d. Docente Asesor

Parágrafo único: la evaluación correspondiente a las y los participantes se ajustará a

una evaluación participativa a través de una autoevaluación y una coevaluación.

Artículo 54. El comité evaluador del PSI/T será designado de la siguiente manera:

a. El Vocero Comunal representante de los usuarios del Producto de PSI/T o su

suplente, por la comunidad beneficiaria desde el inicio del PSI/T.

b. El Tutor Académico, por el Jefe de Departamento

Page 16: Reglamento Proyecto Socio Integrador Tecnologico Mayo 2012

c. Docente asesor, por el comité técnico del PNF desde el inicio del tercer tramo de

cada Trayecto.

Artículo 55. Para la aprobación del PSI/T, las y los estudiantes deben cumplir con los

siguientes requisitos:

a. Presentación del producto, bien o servicio;

b. Presentación del procedimiento o metodología utilizada para la realización del

PSI/T, dependiendo de la naturaleza del PNF;

c. Documentación técnica del producto o servicio conforme a patrones profesionales

apropiados;

d. Memoria descriptiva del proyecto.

Artículo 56. La evaluación del PSI/T se plantea de forma sumativa y formativa para

obtener un resultado cuantitativo en la escala 1 al 20. Asimismo, se debe tomar en

consideración los modelos: co-evaluacion, autoevaluación, heteroevaluación basado en

la Gaceta Oficial Vigente No. 39.839, Resolución 2593, Capitulo I, Articulo 7, sobre

los criterios para evaluar. Para esta decisión se tendrá en consideración la presentación

escrita del trabajo con una valoración del 60% y la presentación oral con 40%, que debe

ser distribuido entre los miembros del comité evaluador para ejecutar el proceso de

evaluación. Para ello, se hará uso de los formatos establecidos (Ver Anexo 2).

Artículo 57. Se considera aprobado el proyecto, cuando el estudiante haya obtenido la

calificación mínima de dieciséis (16) puntos al concluir el proyecto.

Page 17: Reglamento Proyecto Socio Integrador Tecnologico Mayo 2012

CAPITULO V

NORMATIVA PARA LA REALIZACIÓN Y PRESENTACIÓN DEL PROYECTO SOCIO INTEGRADOR/TECNOLÓGICO

Articulo 57. El informe del PSI/T. corregido deberá estar basado en las Normas para la

Elaboración y Presentación del mismo. (Ver anexo 1).

PARÁGRAFO ÚNICO: Lo no contemplado en las referidas normas se regirá por las

Normas APA vigentes.

Articulo 69. Los estudiantes deben entregar en formato digital el Informe de Avance del

PSI/T al comité evaluador al momento de su designación.

Artículo 70. Los estudiantes deben entregar, un (1) ejemplar anillado del Informe final del

PSI/T para la evaluación metodológica por parte del Docente Asesor del PSIT, el cual

revisará el cumplimiento de los requisitos de presentación establecidos en “Las Normas

para la Elaboración y Presentación del PSI/T” quince (15) días hábiles antes de la

presentación.

Articulo 71. El informe final del PSI/T será entregado en formato digital al comité

evaluador quince (15) días hábiles antes de la presentación.

Articulo 72. El comité evaluador tiene un lapso de tres (03) días hábiles para presentar

las sugerencias respectivas a partir del momento de la recepción del documento.

Articulo 73. Los estudiantes tienen un lapso de tres (03) días hábiles para presentar las

correcciones respectivas en formato digital al comité evaluador.

Page 18: Reglamento Proyecto Socio Integrador Tecnologico Mayo 2012

Articulo 74. La exposición de PSI/T se realizará en presencia del comité evaluador

designado por el Comité de Investigación del PNF. (Revisar tiempo destinado para la

exposición)

Articulo 75. Una vez finalizada la exposición del PSI/T, los estudiantes entregarán dos

(02) CD uno para el Departamento Académico y el otro para la comunidad respectiva.

Parágrafo único: El CD debe contener los siguientes archivos: el informe del PSI/T, la

presentación del mismo y el producto final según sea el caso (Software, planos, entre

otros)

Articulo 76. Cualquier publicación, presentación en congresos u otras reuniones públicas

en las cuales se incluyan resultados del PSI/T deberá presentar los nombres de los

estudiantes y del tutor académico en calidad de coautor, haciendo referencia al nombre

de la Institución.

Artículo 77. Queda entendido que los estudiantes y los tutores académicos del PSI/T al

aceptar este reglamento autorizan a la Institución para utilizar, difundir, publicar, sin

limitación alguna el trabajo que resulta de la elaboración del PSI/T.

Artículo 78. Lo no previsto en la presente normativa será resuelto en el CINDET y

refrendado por el Consejo Directivo.

CAPITULO VI

DISPOSICIONES FINALES

Artículo 79. El presente Reglamento entrará en vigencia a partir de su aprobación por el

Consejo Directivo del IUTET.

Artículo 80. Lo no previsto en este Reglamento será resuelto por el Consejo Directivo,

como suprema autoridad de la Institución, oída la opinión de los Consejos Académicos la

cual no tendrá carácter vinculante.

Page 19: Reglamento Proyecto Socio Integrador Tecnologico Mayo 2012

Artículo 81. Queda derogada cualquier normativa que se oponga o colida con la letra y el

espíritu del presente Reglamento. Dado, sellado y firmado en el Salón de Sesiones del

Consejo Directivo del INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGIA DEL ESTADO

TRUJILLO.

Page 20: Reglamento Proyecto Socio Integrador Tecnologico Mayo 2012

ANEXO 1

Normas para la Elaboración y Presentación del PSI/T

El Proyecto Socio Integrador presenta la siguiente estructura I PARTE. DESCRIPCION DEL PROYECTO 1.- Diagnostico Situacional 1.1. Descripción del Contexto: 1. Razón Social: Nombre de la Organización. 2. Naturaleza de la Organización: Producto y/o Servicio. 3. Localización Geográfica: Estado, Municipio, Parroquia y Dirección. 4. Historia de vida de la Organización: Breve descripción y su proceso 5. Nombre de las Organizaciones vinculadas al Proyecto: Mencionar las organizaciones sociales y no Sociales que caracterizan la comunidad. 1.2. Problemas, Necesidades o Intereses del Contexto: 1. Descripción del diagnóstico situacional. 2. Jerarquización e identificación de las necesidades. 3. Selección de las necesidades. 4. Alternativas de Solución 2.- Justificación e Impacto Social de la alternativa de solución: 2.1. Razones que conllevan a realizar el proyecto: a. Teórico b. Técnico c. Legal d. Participante – Comunidad e. Líneas de Investigación del PNF 2.2. Beneficiarios: Directos e indirectos 3.- Propósitos:

General Específicos

Page 21: Reglamento Proyecto Socio Integrador Tecnologico Mayo 2012

II PARTE PRODUCTO FINAL * Propuesta para la alternativa de solución según la naturaleza de cada carrera

Fundamentación Teórica

Desarrollo de la propuesta

Costos y Plan de financiamiento

Medios de obtención de recursos económicos

Plan de Acción y evaluación (seguimiento y riesgo) del proyecto en Microsoft Proyecto

III PARTE Conclusiones y Recomendaciones IV PARTE Referencias Bibliográficas Anexos

DESCRIPCIÒN DE CADA UNA DE LAS PARTES I PARTE DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO

1. DEL DIAGNÓSTICO SITUACIONAL: El diagnóstico situacional es la fase previa a la formulación o jerarquización de

necesidades o problemas. El mismo implica el reconocimiento, lo más completo

posible, de la situación objeto de estudio. Permite ofrecer vías de solución para

resolver problemas. El objetivo del diagnóstico es el conocimiento de la realidad.

Constituye una de las herramientas teóricas-metodológicas más importantes para llegar al

conocimiento de lo que está ocurriendo en la comunidad u Organización.

Para iniciar la redacción de este aspecto se presentan los elementos que debe

llevar el diagnóstico situacional.

1.1 Descripción del Contexto:

1. Razón Social:

Los participantes inician la redacción identificando la razón social de la

organización, es decir, el nombre que legalmente tiene la comunidad, igualmente,

describirá a qué se dedica la organización, los productos o servicios que genera a nivel

comunal, regional o nacional.

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2. Localización geográfica:

Seguidamente, debe indicar la localización geográfica: Estado, Municipio, Parroquia

y Dirección de la comunidad u organización

3. Historia de vida de la comunidad:

Es importante que los y las participantes expresen en forma breve cuándo fue creada

la comunidad, organización, unidad y/o el departamento, a través de la reseña histórica. Su

extensión no debe ser mayor a dos páginas.

4. Nombre de las Organizaciones vinculadas al proyecto:

Es importante mencionar las organizaciones que brindaron apoyo para la

realización del proyecto, considerando que se trata de construir el tejido social para

vincular a las comunidades con su entorno. Ejemplo: consejos comunales,

asociaciones, escuelas, cooperativas, empresas de producción social, centros de salud,

organismos públicos, empresas públicas, entre otros.

1.2 Problemas, Necesidades o Intereses del Contexto:

1. Descripción del Diagnóstico Situacional:

La descripción del diagnóstico situacional, constituye quizás el elemento más

importante de esta I parte, por cuanto es aquí donde los participantes exponen de

acuerdo a las observaciones realizadas y la aplicación de los instrumentos la realidad

que está afectando a la comunidad. Según Piñango (2005) para obtener el listado de

necesidades o carencias de una comunidad, el investigador puede recurrir a los siguientes

criterios:

• Identificando la ausencia de algo servicios, apoyos, programas, modelos de

comparación.

• Comparando con niveles deseables a raíz de las referencias teóricas, filosóficas o

políticas.

• Consultando a miembros o actores que ejerzan liderazgo en la organización.

• Detectando disfuncionalidades, ausencia de planes, manuales, normativas.

• Por recomendación de expertos o el tutor (a) del proyecto.

Para detectar las necesidades, los y las participantes pueden utilizar diversas

técnicas e instrumentos: la técnica de la observación, en cuyo caso se requiere

Page 23: Reglamento Proyecto Socio Integrador Tecnologico Mayo 2012

utilizar instrumentos como la lista de cotejo, lista de verificación o escala de estimación.

La encuesta como técnica en la que se podrán utilizar el cuestionario, la entrevista,

inventarios entre otros. También puede aplicar la matriz FODA, diagrama de causa- efecto

o cualquier instrumento diseñado por los participantes.

1. Jerarquización y Selección de Necesidades:

Una vez que los participantes aplicaron los instrumentos de recolección de

información, deben redactar los principales resultados obtenidos, y cuáles son las

necesidades o problemas más relevantes que pueden ser canalizadas con el

desarrollo del proyecto, es importante que los participantes del proyecto entiendan que

no se trata de resolver todos los posibles problemas que manifiesta la comunidad como:

ausencia de servicios intereses personales o situación de la infraestructura, en cuyo caso

escapa al investigador, sino que, debe limitarse únicamente a aquellos problemas que

como participante de los PNF puede abordar.

2. Selección del Problema o Necesidad:

Producto de los resultados reportados, de acuerdo a la opinión del representante de la

comunidad y del tutor(a) académico, los participantes seleccionan el problema o

necesidad, de acuerdo a algunos criterios como: el tiempo que tiene la necesidad en la

comunidad, la proporción de personas que padecen o expresan la necesidad, el tiempo

requerido para resolverla, el interés o motivación y las expectativas personales/grupales.

3. Alternativas de Solución:

En este aspecto el estudiante identifica y justifica, cuál es la alternativa más

viable para resolver y satisfacer las necesidades de la comunidad, para ello, los y las

participantes deben contemplar su viabilidad, formulando algunas preguntas como:

Es posible la instrumentación de la alternativa desde el punto de vista de los

recursos? (Físicos, financieros, talento humano, de tiempo), la alternativa seleccionada

permite lograr el objetivo del proyecto.

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2. JUSTIFICACIÓN E IMPACTO SOCIAL

2.1. Razones que Conllevan a realizar el proyecto:

En los trabajos de investigación de cualquier naturaleza, la justificación,

importancia e impacto social, representa el pensamiento del autor y comprende las

razones por las cuales se realiza la investigación

a. Desde el punto de vista teórico y sus aportes al conocimiento:

Este tipo de razón está relacionada con los aportes que el proyecto brinda a la

disciplina en la cual se inserta el PNF y las contribuciones de ésta a otras

investigaciones que se realicen en el área.

b. Desde el punto de vista técnico - ámbito de acción:

Las razones técnicas están vinculadas directamente con el “hacer de los y las

participantes” en el contexto donde se desarrolló el proyecto. En tal sentido, este

aspecto se ve reflejado a través de las actividades, productos o servicios generados

por los y las participantes en la comunidad u organización.

c. Desde la razón legal:

Este aspecto resalta la importancia de los aspectos legales (Constitución, Leyes,

Ordenanzas, Reglamentos) para reafirmar la relevancia de la problemática

investigada o la propuesta presentada y que requiere de un soporte jurídico para darle

viabilidad a los planteamientos expresados.

d. Desde el Contexto Participante – Comunidad:

En esta razón, los y las participantes exponen sus vivencias y experiencias en la

comunidad para resolver los problemas y los cambios producidos con el proyecto

presentado.

e. Vinculación del Proyecto con el Plan de Desarrollo Económico, Líneas

de Investigación de los PNF y la Transversalidad : Finalmente, los y las participantes

deben consultar las políticas y estrategias que contempla el Plan de Desarrollo

Económico y Social de la Nación 2007-2013, así como la transversalidad con el eje

proyecto, socio crítico y profesional.

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2.2. Beneficiarios:

En este punto los y las participantes expresan el número de sujetos miembros de la

comunidad que se beneficiará con el proyecto desarrollado: (directos e indirectos).

3. PROPÓSITOS:

Los objetivos del proyecto constituyen el alcance o lo que se desea lograr con el

proyecto, orientan las líneas de acción que se han de seguir, sirven para situar el problema

planteado dentro de determinados límites.

General:

El objetivo general es el fin último de la investigación y se formula atendiendo al

propósito global del estudio, está relacionado con el título del proyecto.

Específicos:

Los objetivos específicos están relacionados con el objetivo general y constituyen

el desglose de lo que se realiza en el proyecto para alcanzar el objetivo general.

II PARTE

PRODUCTO O SERVICIO

La IV parte del proyecto refleja la propuesta de alternativa de solución, es una

presentación libre donde los participantes presentan productos o servicios de una manera

creativa y haciendo uso de las herramientas de los aprendizajes obtenidos en las

unidades curriculares.

Propuesta para la alternativa de solución según la naturaleza de cada carrera

Fundamentación Teórica

Desarrollo de la propuesta

Costos y Plan de financiamiento

Medios de obtención de recursos económicos

Plan de Acción y evaluación (seguimiento y riesgo) del proyecto en Microsoft Proyect

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III PARTE

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

Conclusiones:

Las conclusiones muestran de manera clara y precisa los alcances del proyecto,

deben referirse y estar en concordancia con los objetivos planteados, las teorías

consultadas producto de la revisión bibliográfica, así como las experiencias vividas

y tareas cumplidas en el desarrollo del proyecto por los y las participantes

Recomendaciones:

Se realizan sobre la base de las conclusiones de la investigación, en este punto los y

las participantes pueden hacer sugerencias a nivel de la comunidad, institución y reflejar la

relevancia de la propuesta (producto o servicio).

IV PARTE

REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS

ANEXOS

Elementos a Desarrollar:

Cintillo de la Institución Logo del IUTET Logo de la empresa o comunidad Preliminares Nombre del Programa Nacional de Formación

Título del Proyecto

Nombre de los Participantes

Nombre del Tutor y Asesor

Constancia de validación del PSI/T por el tutor y asesor y la comunidad participante /

Fecha de Presentación

Índice General

Índice de Cuadros

Índice de Gráficos

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LA PORTADA La portada constituye la presentación de los datos que identifican la Institución, el título del proyecto, datos de los tutores, los y las participantes, la misma debe cumplir con las siguientes normas:

Cintillo de la Institución.

Logo del IUTET y la empresa o comunidad Nombre del Programa Nacional de Formación.

• Título del Proyecto. • Nombres de los y las participantes • Nombre de los tutores y asesores. • Fecha de entrega.

El Título: Para su formulación se utiliza entre 15 y 20 palabras y debe explicar por sí mismo la temática seleccionada, debe precisar en la medida de lo posible lugar y ubicación del espacio temporal, evitar las negaciones y afirmaciones en el título. DE LAS PÁGINAS PRELIMINARES Las páginas preliminares están conformadas por el índice general, índice especial para cuadros y gráficos (opcional de acuerdo al tipo de proyecto desarrollado) y resumen del proyecto. El Índice General: El índice refleja los títulos y subtítulos que contempla el proyecto. También le permite al lector ubicar, de acuerdo a la página, el contenido que desea leer. El Índice de Cuadros:

De acuerdo a las características de las especialidades y la naturaleza del proyecto,

el participante puede incorporar un índice aparte con el contenido y N° de página

donde se localizan las tablas o cuadros utilizados durante el proceso de recolección de

datos.

El Índice de Gráficos:

Este aspecto al igual que el índice de cuadros permite organizar y presentar de una

manera más fácil al lector el contenido y la localización de los gráficos que se

incorporan en el informe final del proyecto. Ejemplo: diagramas, esquemas, mapa,

flujogramas de procesos, entre otros.

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Memoria Descriptiva:

Constituye una síntesis del proyecto desarrollado. El objetivo es que el lector se

informe a nivel general sobre la temática o problema investigado.

La redacción no debe exceder de (300) palabras.

El texto se escribe a un solo espacio, sin sangría, ni punto y aparte.

REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS:

Las referencias constituyen la lista de documentos consultados que han sido citados

en el contenido del trabajo, (libros, revistas, manuales, leyes, material en formato

electrónico)

ANEXOS:

Los anexos son materiales complementarios que se incorporan al proyecto, se

colocan en cada página numerada al final de las referencias bibliográficas

ASPECTOS FORMALES PARA LA PRESENTACION DEL INFORME FINAL Forma y Estilo 1. El proyecto puede ser presentado en formato electrónico, CD-Rom, e impreso según requerimientos del Tutor(a) y la comunidad. 2. Los participantes deben entregar dos ejemplares en formato electrónico: uno para el departamento y otro para la comunidad respectiva. 3. El papel a utilizar, para el formato impreso, debe ser tipo bond blanco tamaño carta, base 20. 4. El texto se escribirá con letra 12 pts, preferiblemente debe ser Arial o Time New Roman. 5. Se puede utilizar letra cursiva solo para realzar los títulos y alguna información cuando sea apropiado 6. Los márgenes a usar serán: 4 cm. de margen izquierdo, para permitir la encuadernación y 3 cm. Por los lados; derecho, superior e inferior de la página. 7. Se dejarán cinco (5) espacios en el margen derecho de la primera línea de cada párrafo y ambos márgenes en cada línea de las citas textuales largas, para aquellas que pasen de 40 palabras. 8. El texto y los títulos de varias líneas se escribirán con interlineado de espacio y medio. Se utilizará espacios sencillos entre líneas para la trascripción de las citas textuales de 40 palabras o más, las referencias, el resumen y opcionalmente en los anexos, no se dejará espaciado adicional entre los párrafos del texto. El espaciado triple se utilizará después de los títulos de cada parte, antes y después del encabezamiento, cuadros, gráficos, que se presentan entre párrafos de texto 9.- En la primera página de cada parte, arriba y al centro, se presenta la misma con la palabra PARTE y el número romano que indica el orden (I,II,III,IV), debajo centrado de cada parte se escribirá el título en letras mayúsculas. 10.- Separación de 6 pts entre párrafos y 1.5 entre líneas

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12. Las páginas preliminares se enumerarán con cifras romanas minúsculas, en forma consecutiva en el margen inferior, comenzando con la portada, (se cuenta pero no se le coloca el número) el índice le corresponde el ( ii ) Índice de cuadros,( iii) Índice de gráficos (iv) y el resumen (v). 13. Todas las páginas del texto se enumeran con números arábicos, comenzando con la página que identifica la I PARTE hasta incluir los anexos, gráficos y cuadros igualmente centrados en el margen inferior. 14. Cada cuadro o gráfico debe presentar en la parte superior del mismo, el número y el título que lo identifique, ejemplo Cuadro 1 , estos títulos deberán alinearse al borde del margen izquierdo (sin guardar sangría), en la parte inferior del cuadro o gráfico se identifica la fuente de donde fue extraído: por ejemplo equipo investigador, o autor, ciudad y año. Los gráficos a diferencia de los cuadros, llevan en la parte inferior de los mismos la correspondiente denominación, así Gráfico 1. El Lenguaje y Estilo: En cuanto al lenguaje y estilo, se deben contemplar algunas recomendaciones como son las siguientes: emplear un lenguaje formal como corresponde de acuerdo a la especialidad, simple y directo, evitando en lo posible el uso de expresiones poco usuales, retóricas o ambiguas, también el exceso de citas textuales, el texto debe redactarse en tercera persona evitando la utilización de pronombres personales: yo, tu, nosotros, mi, nuestros, o vuestros. Cuando los y las participantes consideren conveniente resaltar sus aportes o las actividades cumplidas en la ejecución del proyecto, puede utilizar la expresión: los y las participantes. No deben utilizarse abreviaturas en la redacción. Se pueden utilizar siglas para referirse a organismos, instrumentos o variables que se nombren repetidamente siempre y cuando facilitan la comprensión de las ideas expuestas.