reglamento interno y manual de convivencia escolar · derecho a un feriado anual con goce integro...

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REGLAMENTO INTERNO Y MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR A.- ANTECEDENTES GENERALES Nombre del Establecimiento Escuela Esmeralda Rol Base de Datos 000027-2 Sector Urbano Ubicación Población O”Higgins Dirección José Joaquín Vallejos 106 Teléfono 582 231821 Email [email protected] B.- ANTECEDENTES EDUCACIONALES Nivel De Enseñanza -Educación Parvularia 1º Y 2º Nivel De Transición (Pre-Kinder Y Kinder) -General Básica 1º A 8º Tipo De Enseñanza Mixto Decreto Cooperador De La Labor Docente Nº 3 8 2 5 / 1981. Dependencia Servicio Local de Educación Pública Chinchorro Nombre Sostenedor Sr. Miguel Lecaros Sánchez C.- ANTECEDENTES HISTORICOS La Escuela " ESMERALDA ", nace al servicio de la Educación un 21 de Mayo del año 1958 para satisfacer la Necesidad Educativa de los Hijos e Hijas del sector centro de nuestra ciudad. En su comienzo la Escuela se alza en un pequeño salón de material ligero y a través del tiempo fue proyectándose en su Infraestructura, Personal Docente y Asistente de la Educación, hasta contar en la actualidad con 10 salas de clases para impartir una Enseñanza Preescolar y Básica Completa; Pre kínder, Kínder y Primero a Octavo Año de Educación General Básica, además se cuenta con, Laboratorio de Ciencias, Proyecto de Integración, Sala de Enlaces, Biblioteca (CRA) y Programas de Apoyo al Estudiante, Programas Deportivos, Programas de Intervención socio familiar. La Unidad Educativa se encuentra en el sector centro de la ciudad de Arica, en la Población O’Higgins. A contar del Primero de Abril del Año 2005 según Resolución Exenta Nº 338 /2005 ingresa a Jornada Escolar Completa Diurna.

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REGLAMENTO INTERNO Y MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR

A.- ANTECEDENTES GENERALES

Nombre del Establecimiento Escuela Esmeralda

Rol Base de Datos 000027-2

Sector Urbano

Ubicación Población O”Higgins

Dirección José Joaquín Vallejos Nº 106

Teléfono 582 231821

Email [email protected]

B.- ANTECEDENTES EDUCACIONALES

Nivel De Enseñanza -Educación Parvularia

1º Y 2º Nivel De Transición

(Pre-Kinder Y Kinder)

-General Básica

1º A 8º

Tipo De Enseñanza Mixto

Decreto Cooperador De La Labor Docente Nº 3 8 2 5 / 1981.

Dependencia Servicio Local de Educación Pública Chinchorro

Nombre Sostenedor Sr. Miguel Lecaros Sánchez

C.- ANTECEDENTES HISTORICOS

La Escuela " ESMERALDA ", nace al servicio de la Educación un 21 de Mayo del año 1958

para satisfacer la Necesidad Educativa de los Hijos e Hijas del sector centro de nuestra

ciudad.

En su comienzo la Escuela se alza en un pequeño salón de material ligero y a través del

tiempo fue proyectándose en su Infraestructura, Personal Docente y Asistente de la

Educación, hasta contar en la actualidad con 10 salas de clases para impartir una

Enseñanza Preescolar y Básica Completa; Pre kínder, Kínder y Primero a Octavo Año de

Educación General Básica, además se cuenta con, Laboratorio de Ciencias, Proyecto de

Integración, Sala de Enlaces, Biblioteca (CRA) y Programas de Apoyo al Estudiante,

Programas Deportivos, Programas de Intervención socio familiar.

La Unidad Educativa se encuentra en el sector centro de la ciudad de Arica, en la

Población O’Higgins. A contar del Primero de Abril del Año 2005 según Resolución Exenta

Nº 338 /2005 ingresa a Jornada Escolar Completa Diurna.

TITULO I: NORMAS DEL PERSONAL Y ORGANIZACIONES FORMALES.

El presente Reglamento Interno y de Convivencia Escolar se aplicará a todo el personal

docente y no docente y organizaciones formales de la Unidad Educativa, identificada

como Escuela "Esmeralda" y perteneciente al Servicio Local de Educación Pública

Chinchorro (S.L.E.P.)

Este Reglamento Interno y de Convivencia Escolar será obligatorio para los Alumnos;

Personal Docente; Apoderados y Organizaciones Formales en la Unidad Educativa, para lo

cual se entregará para su conocimiento y toma de razón en el momento de la Matrícula y

al inicio de las Actividades Docentes, por parte de la Dirección del Establecimiento.

Además se contará con otros medios para su difusión tales como: El correo de la Escuela

[email protected], Entrega del Documento a cada Profesor (CD), Consejo

General de Profesores; Cuenta Pública; Sala de Enlaces y en Reunión de Padres y

Apoderados.

PÁRRAFO 1º DERECHOS Y DEBERES GENERALES DEL PERSONAL DEL

ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL.

Artículo 1º: Todo el Personal del Establecimiento Educacional Deberá Respetar y

Cumplir las Siguientes Normas:

1. Realizar el trabajo convenido con el fin de lograr que el Establecimiento

pueda cumplir adecuadamente los Fines y Objetivos de la Educación,

especialmente las Jornadas de Trabajo que asigne la Dirección del

Establecimiento, de acuerdo a las necesidades curriculares.

2. Realizar personalmente la labor convenida de acuerdo con las Normas e

Instrucciones del Ministerio de Educación y del Empleador, según

corresponda.

3. Desempeñar su labor con diligencia y colaborar a la mejor marcha del

Proceso Educacional del Establecimiento.

4. Guardar Lealtad y Respeto hacia el Establecimiento donde se desempeña y

hacia el Empleador y sus Representantes.

5. Dar aviso oportuno al Director o a quién corresponda, de su ausencia por

causa justificada.

6. Cumplir con los Sistemas de Controles y Horarios de Entrada y Salida.

7. Mantener sobriedad y corrección en su Presentación Personal y en el

Desempeño de su Función, propias del Personal de un Establecimiento

Educacional.

8. Mantener en todo momento Relaciones Jerárquicas Deferentes entre:

Docentes Directivos; Docentes; Asistentes de la Educación; Alumnos;

Padres y Apoderados.

9. Velar por el interés del Establecimiento, evitando gastos innecesarios,

pérdidas y deterioros, dando aviso oportuno de éstos, al nivel jerárquico

correspondiente.

10. Comunicar, dentro de 48 horas de lo sucedido, todo cambio en los

Antecedentes Personales, para ser anotado en el Contrato de Trabajo,

especialmente el cambio de domicilio y alteraciones en la Jornada de

Trabajo.

11. Prestar colaboración, auxilio y ayuda en caso de siniestro o riesgos en el

Establecimiento.

12. Denunciar los hechos que contravengan la moral y las buenas costumbres.

13. En caso de accidente escolar el profesor jefe o de la asignatura tendrá que

llevar al alumno al Centro Asistencial, comunicando al apoderado o a su

madre o padre, del hecho correspondiente y estampar lo ocurrido en el

Libro de Novedades.

14. Los docentes habilitados conforme a la ley y el personal asistente de la

educación deberán, además, poseer idoneidad moral, entendiéndose por

tal no haber sido condenado por crimen o simple delito de aquellos a que

se refiere el Título VII del Libro II del Código Penal, y, o la ley Nº 20.000,

que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y la ley N° 20.066, que

sanciona la violencia intrafamiliar.

Artículo 2º: Queda Prohibido al Personal del Establecimiento:

1. Faltar al trabajo o abandonarlo en horas de labor, sin causa justificada o sin

debida autorización.

2. Suspender ilegalmente las labores o inducir a tales actividades.

3. Atrasarse reiteradamente en la hora de llegada.

4. Presentarse al trabajo en estado de intemperancia, bajo la influencia del alcohol,

drogas o estupefacientes.

5. Causar daño intencionalmente a las instalaciones del Establecimiento.

6. Introducir bebidas alcohólicas, drogas o estupefaciente al Establecimiento

Educacional, o darles a consumir.

7. Efectuar Comercio dentro del establecimiento sin la debida Autorización de la

Jefatura Superior.

8. Utilizar la Infraestructura del Establecimiento sin Autorización Superior.

9. Otorgar Certificados de Competencia Laboral, facultad que sólo le asiste al

Director del establecimiento.

10. Imponer Castigos Físicos, Psicológicos y Morales a los Alumnos, como también

devolverlos a sus hogares. Además exponer física o a través de medios

tecnológicos a cualquier tipo de abuso sexual.

11. Utilizar lenguaje soez en la Comunidad Escolar.

12. Introducir elementos contundentes (corta pluma, revólver, etc.) que puedan

provocar lesiones a otros.

13. Efectuar comentarios mal intencionado e injustificado que afecten la honra del

personal o de alguno en particular.

14. Hacer proselitismo religioso y/o político al interior del Establecimiento.

Artículo 3º: De la Jornada de Trabajo:

La Jornada Ordinaria de Trabajo Semanal, será la que esté estipulada en el Contrato de

Trabajo, distribuidas ordinariamente desde Lunes a Viernes, no pudiendo ésta exceder

las 44 Horas Cronológicas Semanales. Con todo, las Horas de Trabajo de Permanencia

en el Aula no podrán Exceder las 33 Horas Cronológicas Excluidos los Recreos. El

Horario Restante será destinado a las Labores de: Colaboración; Complementación y

Recreos.

Artículo 4º : De la distribución de la carga horaria

La distribución de la carga horaria de los Docentes y demás Personal del establecimiento,

deberá ser determinada al inicio de todo período escolar por el Director del

Establecimiento y de acuerdo a las instrucciones que imparta la Dirección del Servicio

Local de Educación Pública Chinchorro.

El Establecimiento Educacional permanecerá abierto el tiempo necesario para poder

desarrollar la Jornada de Trabajo.

Artículo 5º: Del Control de la Asistencia:

El Director del Establecimiento Mantendrá un Control de Asistencia tanto para dejar

constancia de la llegada como de salida, en conformidad a lo dispuesto en el Artículo 32º

de la Ley Nº 18.620, Código del Trabajo. Derecho a Indemnización, a menos que pruebe

haber sido contratado en condiciones distintas a las consignadas en el documento

descrito.

El Personal que deba Ausentarse del Establecimiento durante la Jornada de Trabajo,

deberá dejar Constancia en el Libro de Control de Asistencia que al efecto, llevará la

Dirección.

Artículo 6º: Del Feriado Anual:

El Personal del Establecimiento Educacional, con más de un año de servicio tendrá

derecho a un Feriado Anual con Goce integro de Remuneraciones, de acuerdo con las

Normas que al efecto imparta el Ministerio de Educación Pública.

Los períodos en que el Establecimiento Educacional suspenda actividades durante un año

lectivo o las interrumpa por término del Año Escolar, de acuerdo a las disposiciones del

Calendario Escolar Nacional y/o Regional, fijado por el Ministerio de Educación Pública,

darán derecho al Personal Docente a ser remunerado como si estuviera en actividad. Los

demás períodos de suspensión de actividades durante el año escolar respectivo no se

imputarán al feriado anual.

Artículo 7º:

A.- De las Licencias:

Se entiende por Licencia el período en que por razones previstas y protegidas por la Ley y

Legislación Laboral, manteniéndose el vínculo laboral, sin dejar de pertenecer al

Establecimiento Educacional.

Las Licencias son las siguientes:

1) Llamado a Servicio Activo en las Fuerzas Armadas.

2) Licencia por Enfermedad.

3) Licencia de Maternal

B.- De las Licencias por Enfermedad:

El personal del Establecimiento que por Enfermedad estuviere imposibilitado para

concurrir a su trabajo, estará obligado a dar aviso al empleador o a su representante, por

sí o por medio de un tercero, dentro de las 48 horas siguientes de sobrevenida la

enfermedad.

Fuera de Aviso, deberá Certificarse la Veracidad de lo Comunicado, mediante Certificado

Médico y la debida Licencia. El empleador podrá cerciorarse en cualquier momento de la

existencia de la enfermedad. Mientras subsista la enfermedad y durante la Licencia, el

afectado no podrá integrarse a su trabajo.

C.- De las Licencias de Maternidad:

El Personal Femenino tendrá derecho a una Licencia de Maternidad que cubrirá un

período que se iniciará (6) seis semanas antes y terminará (12) doce semanas después

de él, con Derecho a Subsidio que pagará el fondo Nacional de Salud o la Isapre

respectiva, Equivalente a la totalidad de las imposiciones de previsión y descuentos

legales correspondiente.

El plazo anterior podrá variar por causa de enfermedad debidamente comprobada. El

estado de Embarazo deberá comprobarse con Certificado Médico o de Matrona.

Artículo 8º: De los Permisos:

A.- Permiso cuando la Salud de su Hijo Menor de un Año requiera de su presencia en el

hogar y siempre que el hecho se acredite, mediante el Certificado Médico y visto bueno

del servicio que otorga el Subsidio.

Dos porciones de tiempo, que en conjunto no podrán exceder a una hora, que se

consideran trabajo efectivamente para los efectos del pago de las remuneraciones, este

tiempo estará destinado a que la madre de alimento a su hijo.

B.- Se entiende por Permiso a la Autorización que otorga el Empleador o su

representante a un miembro de su personal, para no concurrir a su trabajo o para

ausentarse temporalmente de su lugar de trabajo dentro de la Jornada Laboral.

Los Permisos Con Goce de Remuneraciones podrán concederlos al personal a su cargo el

Director, fraccionando o dando los días en forma continua, cuando circunstancias

especiales lo justifiquen, hasta por seis (6) días hábiles en cada año escolar.

Para los efectos de solicitar Permiso Sin Goce de Remuneraciones el interesado deberá

solicitarlo por escrito, a su Jefe inmediato, quién deberá enviarlo informando al

empleador con una anticipación de a lo menos 48 horas.

En caso de que el Permiso sea ausentarse dentro de la Jornada de trabajo, el Jefe estará

facultado para autorizarlo, pudiendo ser solicitado en forma verbal, para lo cual se dejará

constancia.

Los Permisos no podrán compensarse con horas extraordinarias ni imputarse al feriado

anual.

Artículo 9º: De las Peticiones y Reclamos:

Las Peticiones que deban Formular el Personal se plantearán al Director del

Establecimiento y éste realizará los planteamientos a la Dirección del Servicio Local de

Educación Pública Chinchorro.

A.- Procedimientos Disciplinarios:

La Infracción a las Normas del presente Reglamento Interno y de Convivencia Escolar, el

Director Sancionará al Personal que hubiera incurrido en ella, de acuerdo al siguiente

procedimiento:

➢ La Amonestación podrá ser Verbal o Escrita.

La Amonestación Verbal consiste en una reprensión privada, que puede hacer

personalmente el Director a un miembro del personal del Establecimiento o el superior

jerárquico.

➢ La Amonestación Escrita consiste en una reprensión escrita, dejando constancia

de ello en las Hojas de Vida del personal respectivo.

De repetirse las Faltas, el Director informará a la Superioridad del Servicio adjuntando las

evidencias que corresponda.

Artículo 10º: De las reconsideraciones

El Afectado podrá también solicitar la Reconsideración de la Medida tomada al

empleador, dentro del plazo de cinco días hábiles de su notificación.

El Empleador resolverá esta petición dentro del plazo de 10 días hábiles, si empleador no

resolviere dentro del plazo estipulado, se entenderá rechazada la petición de

reconsideración.

Artículo 11º: De las Subrogancias y Reemplazos:

Subrogancia es el reemplazo automático del Director; Inspectora general, Jefe de la

Unidad Técnica Pedagógica que esté impedido para desempeñar sus funciones por

cualquier causa.

A.- Reemplazo es la sustitución de un Docente de Aula o Asistente de la Educación, por

otro que asume total o parcialmente las funciones.

El reemplazo opera para los cargos en el que el empleador lo estime indispensable, para

la Buena Marcha del Establecimiento Educacional.

B.- Subrogarán al Director; La inspectora General; la Jefe de la Unidad Técnica Pedagógica

y a ésta el Docente que tenga la mayor idoneidad y prestancia dentro del

Establecimiento.

Para estos efectos, todos los años se Confeccionará Listas de Docentes, sólo una, por el

Director de Establecimiento quién enviará al empleador, el que elaborará una Terna de

Subrogancia con Orden de Prelación.

C.- El reemplazo o Subrogancia termina por la concurrencia de cualquiera de las causales

que a continuación se señalan:

1.- Reintegro del reemplazo o subrogado al cargo objeto del reemplazo o subrogancia.

2.- Retorno del reemplazante a su cargo titular.

3.- Nombramiento del reemplazante o subrogante como titular del cargo.

4.- Por designación de otro personal como reemplazante.

5.- Nombramiento de otro personal como titular del cargo reemplazado o subrogado.

6.- Los reemplazos con personal que no se desempeñe en el Establecimiento, se efectuará

en la medida que el empleador lo estime conveniente, para la buena marcha del

Establecimiento.

PÁRRAFO 2º DE LOS OBJETIVOS DEL ESTABLECIMIENTO

Artículo 12º:

A.- El Objetivo del Establecimiento es Impartir Educación Pre Básica y Básica,

conforme a lo establecido en el Decreto Exento Nº 3825 de fecha: 03.09.81 y sus

modificaciones.

B.- El Establecimiento Educacional se inspira en una Concepción Humanista del Hombre,

desde el respeto y conocimiento de su historia, tradiciones y costumbres, y permanente

trabajo formativo integral de fortalecimiento de competencias y valores para

proyectarse a la Educación Media y a la vida ciudadana.

C.-La Unidad Educativa se basa, respeta y cumple con los Principios Específicos,

Objetivos Verticales, Objetivos Transversales y con los Objetivos Específicos que

Orientan la Educación Pre básica y General Básica

PÁRRAFO 3º DE LOS PRINCIPIOS DEL ESTABLECIMIENTO :

La Constitución Política y la Ley General de Educación (Ley 20.370/2009) establecen los

siguientes principios que norman la Política Educacional del Gobierno de Chile.

Artículo 13º: De los Principios Orientadores:

➢ Universalidad y educación permanente: La educación debe estar al alcance de

todas las personas a lo largo de toda la vida.

➢ Calidad de la educación: Todos los alumnos, independientemente de sus

condiciones y circunstancias, deben alcanzar los objetivos generales y los

estándares de aprendizaje que se definan en la forma que establezca la ley.

➢ Equidad: Todos los estudiantes deben tener las mismas oportunidades de recibir

una educación de calidad.

➢ Autonomía: El sistema se basa en el respeto y fomento de la autonomía de los

establecimientos educativos.

➢ Diversidad: Promover y respetar la diversidad de procesos y proyectos

educativos institucionales, así como la diversidad cultural, religiosa y social de los

educandos.

➢ Responsabilidad: Todos los actores del proceso educativo deben cumplir sus

deberes y rendir cuenta pública cuando corresponda.

➢ Participación: Los miembros de la comunidad educativa tienen derecho a ser

informados y a participar en el proceso.

➢ Flexibilidad: El sistema debe permitir la adecuación del proceso a la diversidad de

realidades y proyectos educativos institucionales.

➢ Transparencia: La información del sistema educativo, incluyendo los ingresos,

gastos y resultados académicos, debe estar a disposición de todos los ciudadanos.

➢ Integración: Se propone la incorporación de alumnos de diversas condiciones

sociales, étnicas, religiosas, económicas y culturales.

➢ Sustentabilidad: Fomento al respeto al medio ambiente y el uso racional de los

recursos naturales.

➢ Interculturalidad: El sistema debe reconocer y valorar al individuo en su

especificidad cultural y de origen, considerando su lengua, cosmovisión e historia.

Artículo 14º: De los Principios de Acción:

Los Principios de Acción son:

1) Renovación Continua, no deben regularse y sistematizarse dentro de una sociedad en

plena evolución.

2) Cambio, Planificado, los cambios se deben de realizar de acuerdo a las etapas previstas

en un sistema para toda Planificación

3) Subsidiaridad, el Estado debe reconocer y apoyar la función educativa de la sociedad

en su conjunto, manteniendo sólo el control necesario para la salvaguardia de los

intereses públicos

4) Educación Permanente, es la educación concebida como una actividad que se extiende

a lo largo de la vida de la persona, respondiendo a imperativos y modalidades distintas de

acuerdo con el interés, las actitudes y edad del educando.

Artículo 15º: De la Estructura Organizacional:

El Establecimiento depende directamente del SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA

CHINCHORRO, se encuentra estructurado en distintos Niveles, considerando las

Normativas Legales vigentes al respecto:

a) Un Nivel de Dirección Técnica- Administrativo que comprende:

1.- Director del Establecimiento.

b) Un Nivel de Planificación y Supervisión Técnica que comprende:

1.- Jefe de la Unidad Técnica-Pedagógica.

2.- Encargada de Convivencia Escolar

3.- Asistente Social

4.- Coordinador de Enlace.

5.- Coordinador CRA.

6.- Coordinador Extraescolar

7.- Coordinador P.I.E.

c) Un Nivel de Coordinación

1.- Consejos Técnicos-Pedagógicos

2.- Consejos Administrativos

3.- Consejo Escolar

d) Además el Establecimiento contempla en su Estructura Organizacional, una Unidad de

Apoyo a la Labor Educativa, que es la conformada por Asistentes de la Educación.

Párrafo 4º De las Competencias y Funciones del Personal Docente:

A.- Docente es el Profesor Titulado como tal o autorizado en conformidad a la Ley

“Marco para La Buena Enseñanza” que tiene a su cargo el desempeño de Funciones

Docentes de acuerdo con los Fines y los Objetivos de la Educación del Establecimiento, de

su Curso y Especialidad o Subsector.

B.- En el Establecimiento se distinguen los siguientes Docentes: Docentes Directivos y

Docentes Propiamente tales. Dentro de los primeros tenemos que distinguir las calidades

de : Director ; Inspector General y Jefe de Unidad Técnica Pedagógica.

C.- El Director, es el Docente que como Jefe y Primer Supervisor de la

Unidad Educativa, es el responsable de la Dirección, Organización y Funcionamiento del

mismo, de acuerdo a las Normas Legales Reglamentarias vigentes “Marco Para La Buena

Dirección” y su Cargo se proveerá de Conformidad a la Ley.

Perfil de Competencias Funcionales del Director

1. Responsabilizarse del Funcionamiento y resultado del Establecimiento a cargo. Informando a toda la Comunidad Educativa de los resultados de su gestión.

2. Establecer los referentes estratégicos Institucionales.

3. Seleccionar y Administrar Información relevante, generando un Sistema de Comunicación fluida y eficaz.

4. Propiciar un Clima de Trabajo que Favorezca todas las Relaciones Humanas, para facilitar el aprendizaje organizacional.

5. Generar condiciones institucionales que permitan realizar en forma adecuada la elección, evaluación y desarrollo del Personal del Establecimiento.

6. Gestionar la Organización y participación de los Profesores, Estudiantes y familias con el Entorno del Establecimiento.

7. Articular e Implementar una Planificación Estratégica que sea compartida y apoyada por toda la comunidad educativa y el entorno.

8. Hacer seguimiento del Cumplimiento de las Metas y Objetivos la Institución con el fin de elevar los estándares de logros de los Estudiantes.

9. Implementar estrategias de mejoramiento del Desempeño profesional y humano de los docentes, con el fin de potenciar el proceso de enseñanza y aprendizaje.

10. Organizar los Recursos Físicos y Financieros y apoyar el logro de las metas y prioridades del Establecimiento.

11. Asegurar que la Administración y Control Financiero sean efectivos y faciliten la mejora de los resultados del establecimiento.

12. Comunicar efectivamente las principales actividades del Establecimiento.

13. Participar en actividades formales al interior o exterior del establecimiento en representación de la Institución.

Perfil de Competencias Funcionales de la Inspectora General

El Inspector General, es el Docente que tiene como responsabilidad, velar para que las actividades del establecimiento, se desarrollen en un ámbito, bienestar y sana convivencia. Podrá subrogar en sus funciones a su jefe inmediato, cuando se requiera. A. Corresponde al Inspector General los siguientes deberes generales: 1. Hacer respectar por parte de los diversos estamentos, las disposiciones legales, reglamentarias y de disciplina interna vigentes para la escuela. 2. Proponer anualmente a la Dirección, el proyecto de operaciones para el correspondiente año lectivo en cuanto a horario de la escuela, personal y alumnado; controlar las cargas horarias y otros referidos a la organización material del proceso educativo; mejor empleo de los recursos humanos y materiales; y lograr el mas adecuado ambiente organizativo, y disciplinario y académico de la escuela. 3. Supervisar el correcto cumplimento de los horarios de trabajos y funciones de parte del personal. 4. Asumir carácter de autoridad superior de la escuela en materia de disciplina escolar y relación con el lograr de los educandos. 5. Coordinar las actividades extra-programáticas y que se desarrollen en el plantel. 6. Supervisar el eficiente manejo estadístico de instrumentos de cualquier orden establecidos para el efecto en a cuanto a matricula y asistencia del alumnado. 7. Asumir la subrogación de la Dirección en ausencia de esta, o la delegación de la misma. 8. Asumir las funciones que en forma específica le encomienda el Representante Legal, Dirección o legislación futura. 9. Establecer las modalidades de control y conservación y correcto uso de las dependencias, mobiliario y material pedagógicos.

10. Establecer las modalidades de control y protección de los registros de matrícula, materia y evaluaciones. 11. Brindar a padres, apoderados, guardadores y público en general, por si o el personal de su dependencia, la atención que le sea requerida sobre rendimiento, disciplina u otra materia relacionada con el alumno. 12. Coordinar el uso óptimo del establecimiento y otra que se programen. 13. Controlar el orden, puntualidad y presentación de los alumnos a la entrada, permanencia y salida del establecimiento, y exigir respeto en su convivencia escolar. 14. Programar, coordinar y supervisar las acciones de los docentes y personal auxiliar. B. Corresponde al Inspector General, cumplir los siguientes deberes de organización: 1. Organizar la óptima presentación y aseo del local escolar. 2. Organizar, supervisar y controlar los turnos, formaciones y presentaciones y representaciones del personal de su unidad. 3. Responsabilizarse del proceso en caso de accidentes escolares. 4. Atender alumnos con problemas conductuales y derivados al especialista, cuando corresponda. 5. Asistir a los consejos de Coordinación citados por el Director. C. Corresponde al Inspector General, cumplir los siguientes deberes: 1. Previo conocimiento del Director, vincular el establecimiento con los organismos de la comunidad. 2. Autorizar la salida extraordinaria de algún alumno que lo requiera. 3. Llevar los libros de control de asistencia, libro de salida de alumnos, libro de vida del mismo siendo su responsabilidad que resten al día y bien llevados. 4. Realizar, organizar, supervisar acciones del plan integral de seguridad escolar. 5. Mantener un libro abierto, destinado a registrar las inquietudes, sugerencias y quejas de cualquier miembro de los padres y alumnos que deseen hacer. 6. Llevar un libro de registro de citación de apoderados.

D. Corresponde al Inspector General, cumplir los siguientes deberes de control: 1. Controlar el correcto uso del establecimiento, en las actividades culturales, sociales, deportivas y de bienestar estudiantil. 2. Controlar el cumplimiento de funciones de los Asistentes de la Educación. 3. Le corresponde organizar las reuniones de apoderados mensualmente de acuerdo a las fechas estipuladas en la calendarización entregada por U.T.P. 4. Citar mensualmente a los apoderados de alumnos con alta tasa de inasistencias, atrasos y anotaciones negativas y de hacer firmar los compromisos pertinentes con el objetivo de superar estas irregularidades.

Perfil de Competencias Funcionales de la Unidad Técnica:

Jefe de UTP

1. Coordinar, implementar, evaluar y optimizar el proceso de evaluación de desempeño docente. 2. Supervisar la implementación de los programas en el aula.

3. Supervisar la plena cobertura de los Programas del establecimiento, para el logro de

aprendizajes significativos.

4. Coordinar las actividades curriculares para que se alineen con los Objetivos del PEI.

5. Verificar la aplicación efectiva de las Adecuaciones Curriculares para Estudiantes con

Necesidades Educativas Especiales.

6. Alinear el Currículo con los Valores Declarados en el Proyecto Educativo Institucional.

7. Asegurar la Calidad de las Estrategias Didácticas en el Aula.

8. Asesorar a los profesores en la aplicación de estrategias de manejo grupal que

permitan desarrollar clases efectivas.

9. Diseñar, coordinar, implementar y evaluar proyectos de innovación educativa, los

cuales articulen eficientemente los recursos humanos y materiales para transformar y

mejorar la práctica pedagógica.

10. Organizar las actividades del área, determinando objetivos y metas claras alineadas

con las de la institución.

11. Organizar los recursos, implementando sistemas y procedimientos tendientes a

mejorar el desempeño y los procesos de aprendizaje de Subsectores con los Objetivos del

Proyecto Técnico Pedagógico del Establecimiento y Proyecto de Mejoramiento Educativo.

12. Coordinar las acciones de evaluar, orientar, derivar y hacer seguimiento a los

estudiantes que presentan necesidades educativas especiales, dificultades de

rendimiento o de alguna adaptación escolar.

13. Elaborar y gestionar proyectos de mejoramiento.

14. Asegurar la disponibilidad de recursos pedagógicos a los docentes: Pedagógicos y

Tecnológicos.

15. Coordinar aspectos administrativos y operativos de los sectores para apoyar el

proceso de enseñanza.

16. Ejecutar y Evaluar Proyectos de Vida Saludable, así como de Promoción de Valores

comportamientos que permitan a los estudiantes hacerse cargo de su autocuidado.

17. Coordinar y supervisar el trabajo académico y administrativo de los Profesores Jefes y

de todos los Subsectores, con los Objetivos de la Propuesta Curricular de la Unidad

Educativo.

Perfil de Competencias Funcionales de Profesores.

1. Cumplir el reglamento interno y su jornada laboral. 2. Registrar asistencia diaria, objetivos, contenidos y actividades de cada clase. 3. Realizar las tareas de: registro, ingreso, organización, actualización y entrega de toda la información necesaria y pertinente para el buen desarrollo del proceso curricular. 4. Diseñar la Enseñanza ordenando las Actividades en un plazo determinado, con el fin de alcanzar los objetivos del programa de la asignatura, de acuerdo al nivel en el que trabaja.

5. Entregar las planificaciones, guías, evaluaciones etc. a la unidad técnico pedagógica, realizando las modificaciones que le son sugeridas y en los plazos establecidos para ello 6. Programar, coordinar y comunicar eficientemente las diversas actividades de todos los Estudiantes de su curso, facilitando su Desarrollo Personal y Académico, en una forma conjunta con los diferentes Apoyos que desarrolla el Establecimiento y en estrecha comunicación con los Padres y Apoderados. 7. Mantener actualizada la información Académica de los estudiantes e informado a todo Equipo Directivo del estado de avance del proceso, tomando decisiones para Mejorar los aprendizajes. 8. Crear un Clima grato de Trabajo y Administrar el espacio y las Relaciones Interpersonales, de modo tal que los estudiantes se sientan motivados e interesados en aprender. 9. Determinar el Nivel de Logros de los Aprendizajes, con el propósito de poder tomar las mejores decisiones que permitan instalar aprendizajes significativos. 10. Analizar la Información y Tomar Decisiones con el fin de mejorar los procesos y todos los resultados. 11. Presentar la información a todos los estudiantes, de manera que les haga sentido, les interese, les sea fácil de recordar y aplicar a situaciones nuevas, logrando un aprendizaje significativo. 12. Reformular constantemente las metodologías de trabajo, con el fin de lograr que los estudiantes aprendan. 13. Generar en los niños y niñas una actitud comprometida con los valores y actividades de la institución. 14. Ejecutar y Evaluar Proyectos de Vida Saludable, así como de Promoción de Valores y comportamientos que permitan a los estudiantes hacerse cargo de su autocuidado. 15. Generar en los Apoderados una Actitud Comprometida con los Valores y Actividades de la Institución. 16. Organizar y Programar Actividades de la Clase de acuerdo, a los Objetivos de los Subsectores.

Perfil de Competencias Funcionales de Educadoras de Párvulo.

1. Cumplir el reglamento interno y su jornada laboral. 2. Registrar asistencia diaria, objetivos, contenidos y actividades de cada clase. 3. Realizar las tareas de: registro, ingreso, organización, actualización y entrega de toda la información necesaria y pertinente para el buen desarrollo del proceso curricular. 4. Diseñar la Enseñanza ordenando las Actividades en un plazo determinado, con el fin de alcanzar los objetivos del programa de la asignatura, de acuerdo al nivel en el que trabaja. 5. Entregar las planificaciones, guías, evaluaciones etc. a la unidad técnico pedagógica, realizando las modificaciones que le son sugeridas y en los plazos establecidos para ello 6. Programar, coordinar y comunicar eficientemente las diversas actividades de todos los Estudiantes de su curso, facilitando su Desarrollo Personal y Académico, en una forma conjunta con los diferentes Apoyos que desarrolla el Establecimiento y en estrecha comunicación con los Padres y Apoderados. 7. Mantener actualizada la información Académica de los estudiantes e informado a todo Equipo Directivo del estado de avance del proceso, tomando decisiones para Mejorar los aprendizajes. 8. Crear un Clima grato de Trabajo y Administrar el espacio y las Relaciones Interpersonales, de modo tal que los estudiantes se sientan motivados e interesados en aprender. 9. Entregar a los niños aseados y alimentados al término de la jornada cautelando la higiene y salud de los mismos. 10. En caso de alguna eventualidad dentro de la sala de clases, ya sea accidente, enfermedad u otro motivo, informar en primer lugar a inspectoría, apoderado, unidad técnica , dirección, etc. Antes de tomar alguna decisión. 11. Entregar a los niños aseados y alimentados al término de la jornada cautelando la higiene y salud de los mismos.

12. Mantener la reserva y confidencialidad frente a las temáticas que involucren a sus

alumnos, sus familias y personal a su cargo, respetando la privacidad de cada uno.

13. Generar en los niños y niñas una actitud comprometida con los valores y actividades de la institución. 14. Ejecutar y Evaluar Proyectos de Vida Saludable, así como de Promoción de Valores y comportamientos que permitan a los estudiantes hacerse cargo de su autocuidado. 15. Generar en los Apoderados una Actitud Comprometida con los Valores y Actividades de la Institución. 16. La Educadora es la profesional responsable del nivel por lo cual ante cualquier situación que suceda y sea comentada por otros profesionales y/o asistentes involucrados con los párvulos es quién debe INFORMAR a los estamentos correspondientes de manera inmediata, respetando el conducto regular.

Perfil de Competencias Funcionales de Técnicos en Atención de Párvulos

1. Cumplir el Reglamento Interno del colegio. 2. Cumplir su jornada de trabajo según contrato. 3. Respetar el rol de cada miembro de la comunidad educativa. 4. Responder correctamente a los padres y apoderados, con un lenguaje adecuado. 5. Apoyar la labor Educativa que realiza la Educadora de párvulos con los niños y niñas a través de las tareas que se le asignen para ello. 6. Mantener la reserva y confidencialidad frente a las temáticas que involucren a sus alumnos, sus familias y pares, respetando la privacidad de cada uno. 7. En el caso de ausentarse la Educadora, la profesional que esté presente deberá asumir el rol de la Educadora y continuar con las actividades calendarizadas, apoyada por la asistente. Si no está presente esta segunda profesional será la asistente quien cubrirá ese puesto hasta que la Escuela cuente con los reemplazos pertinentes en un corto plazo. 8. Cooperar y guiar el trabajo de las actividades de los niños, dentro y fuera del aula (Patio, baños, biblioteca CRA, comedor, etc).

9. Entregar a los niños aseados y alimentados al término de la jornada cautelando la higiene y salud de los mismos. 10. Cumplir y confeccionar materiales y elementos decorativos, entre otros, en forma oportuna, cuando la Educadora lo requiera o el equipo directivo lo solicite, manteniendo un rol activo en ceremonias, actos, actividades institucionales, etc. 11. Mantener el aseo y limpieza de la sala y los espacios comunes. Administrando correctamente los utensilios. Perfil de Competencias Funcionales de Profesores: CRA - Enlaces y Talleres JEC

1. Cumplir el reglamento interno y su jornada laboral. 2. Realizar las tareas de: registro, ingreso, organización, actualización y entrega de toda la información necesaria y pertinente para el buen desarrollo del proceso. 3. Promover el uso dinámico de todos los soportes informativos digitales. 4. Diseñar y ejecutar Proyectos de innovación educativa, que permitan apoyar el Proceso de Enseñanza – Aprendizaje. 5. Organizar los procesos de la Biblioteca de modo tal que permitan a los usuarios el acceso y uso autónomo de la información. 6. Formar a los estudiantes como usuarios autónomos de la Biblioteca. 7. Organizar, promover y liderar actividades, actos y campañas escolares. 8.Programar, coordinar y comunicar eficientemente las diversas actividades de todos los Estudiantes que participen en los talleres, facilitando su Desarrollo Personal y Académico, en una forma conjunta con los diferentes Apoyos que desarrolla el Establecimiento y en estrecha comunicación con los Padres y Apoderados.

Perfil de Competencias Funcionales de Profesores: Integración

1. Evaluar capacidades de aprendizaje y determinar la presencia de dificultades de aprendizaje, su naturaleza y procedimientos de intervención psicopedagógica. 2. Atender estudiantes que presentan diferentes tipos de Necesidades Educativas Especiales y aplicar programas de intervención en conjunto con los profesores de aula. 3. Programar, Coordinar y Comunicar Eficientemente las diversas Actividades de todos los estudiantes del curso, facilitando su Desarrollo Personal y Académico, en conjunto con los diferentes apoyos que presta el establecimiento y en estrecha comunicación con los padres y apoderados. 4. Realizar las tareas de: registro, ingreso, organización, actualización y entrega de toda la información necesaria y pertinente para el buen desarrollo del proceso curricular.

Perfil de Competencias Funcionales del Personal de Servicios Menores

1. Mantener el Aseo y Orden en todas las Dependencias del Establecimiento. 2. Desempeñar cuando proceda, Funciones de Portero del Establecimiento. 3. Retirar, Repartir Mensajes, Comunicaciones y otros similares. 4. Ejecutar Reparaciones, Restauraciones e Instalaciones Menores que se le encomienden. 5. Cuidar y Responsabilizarse del Aseo, Conservación de Herramientas y Maquinarias que se le hubieran asignado. 6. Desempeñar cuando la situación lo amerite, la función de Cuidador Nocturno o Sereno del Establecimiento Educacional. 7. Ejecutar Encargos Debidamente Visados por la Autoridad Respectiva del Establecimiento Educacional.

8. Cumplir Tareas que le encomiende el Director, como la de Impresión de Material Didáctico y otros de análoga naturaleza.

Perfil de Competencias Conductuales de los Directivos Docentes

1. Liderar democráticamente con altas expectativas y respetuoso de la dimensión cultural

y social de la comunidad escolar.

2. Capacitar para mantener una orientación y un Desempeño Profesional que refleje el

esfuerzo por hacer sus tareas con eficiencia y calidad.

3. Articular los recursos personales de los miembros del equipo de trabajo, para que

actúen con eficacia y efectividad en situaciones profesionales, de acuerdo a las Metas del

Establecimiento.

4. Comprometerse en el Cumplimiento de las tareas encomendadas y acorde al Marco de

la Buena Dirección.

5. Generar relaciones que promuevan un ambiente de trabajo en equipo, cordial,

colaborativo y cooperativo.

Perfil de Competencias Conductuales de: Docentes y Profesionales de Apoyo

1. Influir en la Cultura del Establecimiento actuando en forma coherente tanto con los

Valores del Proyecto Educativo Institucional y como los Principios declarados en el

Estatuto Docente.

2. Mantener una orientación y un desempeño profesional que refleje el esfuerzo por

hacer sus tareas con eficiencia y calidad.

3. Descubrir, asimilar y compartir nuevos conocimientos potenciando su desarrollo

personal y profesional.

4. Motivar y comprometer activamente a los estudiantes con su proceso de aprendizaje y

las actividades del Establecimiento.

5. Cumplir y comprometerse con las tareas encomendadas, acorde con el Marco de la

Buena Enseñanza.

6. Generar relaciones que promuevan un ambiente de trabajo cordial, colaborativo y

cooperativo.

7. Facilitar el logro de acuerdos que cuenten con el apoyo y aprobación de todos los

involucrados.

8. Trabajar en forma efectiva y colaborativamente para alcanzar los objetivos de la

Unidad Educativa

9. Realizar oportunamente los ajustes necesarios en los Objetivos y Metas con el fin de

mantener el nivel de eficiencia.

10. Declarar en forma oportuna y con honestidad lo que se piensa y siente cuidando la

relación con los otros.

11. Formular activamente nuevos planteamientos que se adelanten a los cambios del

entorno, tomando decisiones oportunas con criterio propio.

12. Mejorar las prácticas pedagógicas utilizando los variados escenarios, recursos de

aprendizaje y adelantos tecnológicos a su disposición.

PÁRRAFO 5º DE LOS EQUIPOS DE TRABAJO Y CONSEJOS

A.- Del Equipo Directivo y de Gestión:

Artículo 16º:

Estará integrado por: El Director que lo Presidirá; El Jefe de la Unidad Técnica Pedagógica

y la Asistente Social. El Director podrá Incorporar a otros Docentes, cuando la situación lo

amerite.

Artículo 17º:

El Equipo Directivo y de Gestión es el organismo encargado de asesorar a la Dirección en

las siguientes funciones:

a)Programación; Supervisión y Coordinación de las Actividades Generales del Establecimiento. b)Estudio de las Disposiciones del Nivel Central o Regional, para su mejor aplicación. c) Estudio de Iniciativas Creadoras en Beneficio de la Comunidad Escolar

d) Estudio de Problemas de Tipo General que Afecten al Establecimiento. e) Estudio de Evaluaciones Generales y de Evaluaciones Parciales de Interés General. B.- De los Consejos de Profesores.

Artículo 18º:

Los Consejos de Profesores son Organismos Asesores de la Dirección. Estarán Presididos

por el Director, quién podrá delegar funciones en los casos y formas que señale el

presente Reglamento Interno.

Artículo 19º:

Funcionarán los siguientes Tipos de Consejo

➢ Consejo General de Profesores.

➢ Consejo Técnicos y de Equipo de Gestión.

➢ Consejos de Disciplina

Artículo 20º:

Cada Consejo tendrá un Secretario, designado por el Director, quién llevará el Libro de

Actas correspondiente y Formará un Archivo con el Material que Interese al Consejo o se

produzca en él.

Artículo 21º:

Corresponde a los Consejos de Profesores, en términos generales:

Cooperar con la Dirección en el desarrollo de las Actividades Educativas.

a) Promover el Perfeccionamiento Profesional de sus Integrantes.

b) Analizar el Rendimiento de los Alumnos y Recomendar Procedimientos o Normas, para

Contribuir al Mejor Desarrollo del Proceso Educativo.

Artículo 22º:

El Funcionamiento de los Consejos de Profesores, se regirán por las siguientes Disposiciones Generales:

a) Habrá Consejos Ordinarios y Extraordinarios. Los Ordinarios se realizarán en las ocasiones que señale el presente Reglamento Interno. Los Extraordinarios se realizaran por Determinación del Director.

b) Los Consejos se realizarán dentro de las horas normales de actividad del Establecimiento. Sólo en casos excepcionales funcionarán durante el desarrollo de las horas de clases.

c) Los Consejos serán convocados por escrito y en forma oportuna, salvo fuerza mayor.

d) La Asistencia a los Consejos es obligatoria, dentro de la Jornada de Trabajo

Los miembros de los Consejos mantendrán reserva, respecto a las materias que en ellos

se traten.

Artículo 23º:

El Consejo General de Profesores, estará integrado por Todos los Profesores del

Establecimiento.

El Director podrá delegar la Presidencia de este Consejo a su Subrogante Legal.

Artículo 24º:

Se deberá Realizar en forma Ordinaria las siguientes Sesiones

➢ Una, de Organización y Programación General, al Inicio del Año Escolar.

➢ Una, de Programación y Estudio, al iniciarse el Segundo Semestre.

➢ Una, de Evaluación Final, al Término del Año Escolar.

Artículo 25º:

Corresponde al Consejo General de Profesores:

a) Tomar Conocimiento de la Planificación que presenta el Director, estudiarla y proponer

las modificaciones que considere necesarias.

b) Proponer e Impulsar Medidas que Promuevan el Perfeccionamiento del Proceso

Educativo.

c) Estudiar Problemas Especiales de Desadaptación al Medio Escolar de algún Alumno o

de Grupos de Alumnos que produzcan o puedan producir un efecto general y Proponer

Medidas para Darle Solución Adecuada.

C.- De los Consejos Escolares:

Artículo 26º:

a) El Consejo Escolar estará integrado, a lo menos por:

➢ El Director del Establecimiento (que lo presidirá)

➢ El Sostenedor o un Representante Designado por él.

➢ Un Docente elegido por los Profesores del Establecimiento.

➢ Un Representante del Centro de Padres y Centro de Alumnos.

b) El Consejo Escolar tendrá la Función de Escuchar, Acoger y

Responder, desde su rol, a los Estatutos de la Comunidad Escolar. Intercambiar

estamentalmente Materias de Interés Común de la Comunidad Escolar; proponer al

equipo de Gestión necesidades y/o sugerencias a incorporar en Planes de Mejoramiento.

Cautelar el Logro de Compromisos y Metas de gestión.

c) Será Constructor y Corresponsable de los Logros de Aprendizaje y la Calidad de la

Educación que Existe en el Establecimiento Educacional. El Consejo Escolar será el

vehículo para dar a Conocer y Analizar las Inquietudes, Necesidades y Sugerencias de

cada Estamento.

PÁRRAFO 6°: DE LAS ORGANIZACIONES DE PADRES Y APODERADOS

Artículo 27º:

El Centro de Padres y Apoderados es el Organismo Colaborador del Establecimiento

Educacional, para Alcanzar los Objetivos de la Enseñanza Pre- Básica y Básica.

El Centro de Padres es el Organismo que representa a los Padres y Apoderados, ante las

Autoridades del Establecimiento Educacional.

Sus Principales Objetivos Son:

a) Vincular estrechamente el hogar de los alumnos con la Unidad Educativa y propender a

través de sus miembros, a que se mantengan y perfeccionen los hábitos, aptitudes e

ideales que hacen posible su educación.

b) Apoyar la Labor del Establecimiento, interesándose por su Prestigio Moral y

Prosperidad Material.

c) Proponer y Patrocinar antes las Autoridades de la Unidad Educativa, Iniciativas en

Beneficio de la Educación de los Alumnos.

d) Interesar a sus Miembros para dar una Mejor Educación para sus Hijos o Pupilos, y

Capacitarlos para ello, Mediante Actividades Adecuadas de Perfeccionamiento en los

Aspectos Moral; Educacional y Cívico- Social.

e) Orientar sus Recursos Económicos, preferentemente para dotar el Establecimiento de

Material Didáctico necesario para Mejorar la Calidad de la Educación. Para tal efecto la

Directiva del Centro General de Padres, organizará Actividades tendientes a Reunir

Fondos, como también acordará el Pago de Cuotas Mensuales. El Centro General de

Padres se Regirá a lo menos por las siguientes Normas:

➢ Será dirigido por un Directorio Compuesto por tres Personas como Mínimo y el

Director del Establecimiento por derecho propio o las personas que éste designe,

en calidad de Asesor con derecho a voz y voto. Directorio deberá Sesionar,

Ordinariamente a lo menos dos veces al año.

➢ El Directorio se generará directamente en Asamblea General y del mismo modo se

procederá para los efectos de reemplazar a alguno de sus miembros.

➢ El Directorio gestionará su personalidad Jurídica para efecto de presentación de

Proyectos Educativos.

Artículo 28º:

El Sub-Centro de Padres y Apoderados de Curso, es el organismo formado por todos los

apoderados o padres de un mismo curso, cuyo objetivo fundamental es vincular

estrechamente el Hogar con la Unidad Educativa,

Apoyando y Colaborando con el Proceso Enseñanza-Aprendizaje de sus Hijos o Pupilos.

El Sub-Centro de Padres y Apoderados de Curso tendrá un directorio como mínimo de

tres personas, que sesionarán a lo menos una vez al mes, para Ayudar y Apoyar al

Profesor de Curso. Sus miembros acogerán las inquietudes y necesidades de los Padres y

Apoderados y llevarlos a las reuniones del Centro de Padres y Apoderados. Es necesario

que se respete el conducto regular para poder así encontrar las Respuestas y soluciones:

Directiva del Sub Centro del curso – Directiva del Centro de Padres – Dirección del

Establecimiento.

TITULO II : REGLAMENTO CONVIVENCIA ESCOLAR

Artículo 1º : La Unidad Educativa " Escuela Esmeralda" entiende por Convivencia Escolar,

aquel proceso y las formas de interrelación entre los diferentes miembros o estamentos

que conforman nuestro Establecimiento Educacional por lo cual es responsabilidad de

todos los actores que esta Convivencia o estilos de convivencia favorezcan los Procesos

de Aprendizajes de Calidad y al logro de los Objetivos Fundamentales Transversales que

están considerados en nuestro Proyecto Educativo Institucional.

Artículo 2º: La Unidad Educativa es la responsable de los aprendizajes de sus

estudiantes junto a sus Familias, este esfuerzo por hacer de ella una Comunidad de

aprendizaje para la vida, el Reglamento de Convivencia Escolar, será una herramienta que

contribuirá transformar nuestra escuela en un espacio de mutuo aprendizaje, ejerciendo

Habilidades Sociales que favorezcan la Integración entre sus miembros para llegar a ser

ciudadanos participativos en una sociedad pluralista y democrática.

Artículo 3º: El presente Reglamento será obligatorio para los Alumnos , Personal

Docente, Asistentes de Educación , Apoderados y Organizaciones Formales en los

artículos pertinentes, desde el momento que voluntaria y expresamente deciden ingresar

a esta Unidad Educativa. Se entregará para su conocimiento y toma de razón en el

momento de la matrícula y al inicio de las actividades docentes, de parte de la Dirección

(o encargado de Inspectoría). También el Establecimiento contará con otros medios para

la difusión del Manual de Convivencia escolar: Diarios Murales en aula , entrega del

Documento a cada Profesor; Consejo General de Profesores; Cuenta Pública; Sala de

Enlaces y en Reuniones de Padres y Apoderados.

Artículo 4º: El Alumno(a), como Sujeto de Derecho, forma parte de un grupo

estudiantil, como tal deberá asumir su Responsabilidad y valorar su participación,

conformando una atmósfera escolar adecuada. Deberá mantener en todas las

dependencias del colegio, conductas que contribuyan al Respeto de sí mismo y por los

demás, a su participación activa en las actividades de su curso y del colegio, de la

Solidaridad hacia sus semejantes, de la Tolerancia entre sus pares y de la responsabilidad

de sus Deberes escolares y Buen trato entre todos los miembros de la comunidad escolar.

Como fiel Representante de su Escuela deberá ser Leal a los Principios y Objetivos

Educacionales que su Unidad Educativa le ha inculcado, para lo cual deberá demostrar

estas Virtudes en su Familia y su Comunidad.

Artículo 5º: La Comunidad escolar, conformada por Alumnos, Profesores, Asistentes de

la Educación, Padres y Apoderados, deberá mantener en todo momento conductas

Respetuosas, Deferentes y de Tolerancia que promuevan el buen trato y el Respeto a la

Dignidad humana, utilizando el Diálogo como medio de Resolución de Conflictos.

En caso de diferencias de opiniones se utilizarán los Procedimientos que Contempla el

Presente Reglamento Interno y de Convivencia Escolar: Negociación, Mediación y

Arbitraje.

Artículo 6º: Para el logro de los Objetivos Educacionales, todos los miembros de la

Unidad Educativa observarán las siguientes Normas acorde con el Proyecto Educativo

Institucional y los Objetivos Fundamentales Transversales en el cumplimiento de su

Misión Educacional. Así mismo se considerarán estímulos de reconocimiento a quienes

laboren y mejoren en pos de su desarrollo personal y profesional.

A.- DEL ALUMNO Y SU APODERADO.

Artículo 7º: Cada estudiante de la Unidad Educativa debe tener sin excepción un

Apoderado Titular y un Apoderado Suplente, que puede ser el Padre, la Madre, Tutor

Legal o un Tercero, designado por cualquiera de las personas anteriormente nombradas,

quien deberá ser mayor de 18 años de edad.

Artículo 8º: El Apoderado es el Responsable de orientar al estudiante en su

Rendimiento, Comportamiento y Disciplina Escolar.

Deberá asumir las Faltas Graves en los casos de delitos o ilícitos: robos, destrucción de

infraestructura, delitos sexuales, además de la rehabilitación en el consumo de drogas,

abuso o violencia escolar.

Artículo 9º: El Director de la Unidad Educativa o Profesor Jefe podrá Exigir Cambio de

Apoderado, cuando dicha persona no cumpla su Rol en forma adecuada.

Artículo 10º: El Apoderado deberá presentarse al Establecimiento cuando sea citado.

Mantendrá una permanente comunicación con los docentes en instancias de atención de

apoderados y reuniones mensuales con la finalidad de informarse del avance de los

aprendizajes de su pupilo. Además, ante cualquiera dificultad deberá respetar el

conducto regular. En caso de temas pedagógicos: Docente – Unidad Técnica – Dirección y

en caso de situaciones conductuales: Docente – Inspectoría General – Dirección. En

ambos casos, de ser necesario, podrán participar Convivencia de Escolar, Trabajadora

Social y Psicólogo.

B.- DEL ALUMNO Y SU MATRÍCULA.

Artículo 11º: La Matrícula es el Acto Administrativo mediante el cual el Apoderado y el

Alumno Ejercen el Derecho a la Educación. La Unidad Educativa tendrá el Deber

Entregar los Saberes Necesarios de acuerdo a su Edad y Niveles Educativos dispuesto por

el Ministerio de Educación Pública.

En dicho Acto el Apoderado y el Alumno se Comprometen a Acatar las Disposiciones del

Presente Reglamento Interno y de Convivencia Escolar del Establecimiento. :

Corresponde al Director del Establecimiento Autorizar la Matrícula de los Alumnos.

Artículo 12º: La Unidad Educativa como Escuela Inclusiva matriculará a todos los

alumnos que deseen incorporarse al Establecimiento ofreciéndoles la oportunidad de

ingresar desde Pre Kinder hasta el 8º año Básico.

En caso de alumnos con Necesidades Educativas Especiales (NEEP o NEE), se brindarán

los apoyos necesarios a través del Programa de Integración Escolar o Reforzamiento

Educativo.

Artículo 13º: Para alumnas madres y embarazadas, no constituirá un impedimento para

permanecer o ingresar en nuestro establecimiento, recibiendo las facilidades académicas,

de Salud , y de participación en las actividades estudiantiles que corresponda ( Ley

Constitucional Nº 19.688 / 30-082.000 ).

Artículo 14º: El Proceso de Matrícula de Alumnos se efectuará en conformidad a las

Normas e Instrucciones Estipuladas por el Ministerio de Educación Pública y del DAEM.

No Procede Cobro Ni Pago de Derecho de Matrícula.

Artículo 15º: La Condicionalidad o Cambio de Ambiente Pedagógico de un Alumno,

procederá por la reiteración de Faltas Graves a las Normas Establecidas en el Reglamento

de Convivencia Escolar, el cual procederá de acuerdo al Informe emitido por Consejo

General de Profesores y Consejo Escolar.

Artículo 16º: Los Alumnos podrán Trasladarse de Establecimiento, solamente hasta el 31

de Octubre, de acuerdo a la Normativa Legal de Subvenciones.

Artículo 17º: Para Solicitar el Traslado de Establecimiento, se deberá solicitar toda la

documentación pertinente al Profesor Jefe (o encargado de Inspectoría), de acuerdo a las

Normas Vigentes.

Artículo 18º: Las Calificaciones Obtenidas por el Alumno, hasta el momento de su

Traslado o de Ingreso, serán válidas en el Establecimiento de Conformidad a las Normas

Legales Vigentes.

❖ DE LAS NORMAS DE FUNCIONAMIENTO:

A) Del Año Escolar.

Artículo 19º: El Año Escolar Dependerá de la Normativa Fijada por el Ministerio de

Educación Pública, siempre se contará con Vacaciones de Invierno y con un Período de

Finalización del Año Escolar.

Artículo 20º: El Establecimiento Funcionará de Acuerdo al Calendario Escolar Nacional,

Aprobado por el Ministerio de Educación, y por el Calendario Escolar Regional, Estipulado

por la Secretaria Regional Ministerial de Educación.

B) Del Plan Anual.

Artículo 21º: La Dirección del Establecimiento, Asesorada por la Unidad Técnica

Pedagógica y el Cuerpo Docente y el Equipo de Gestión, Elaborará el Proyecto Educativo

Institucional, que se dará a conocer en el Consejo General de Profesores y Reuniones

Técnicas y que estará a Disposición en el Centro de Recursos de Aprendizajes (CRA).

Artículo 22º: El Proyecto Educativo Institucional (PEI), deberá ser consecuente con la

Política Educacional Emanada del Ministerio de Educación, él que se revisará Anualmente

con la Participación de toda la Comunidad Escolar.

C) De los Horarios Escolares.

Artículo 23º: Los Horarios de Clases, se estructurarán con Criterio Pedagógico y de

Conformidad a las Instrucciones Emanadas del Nivel Central y Regional. Deben elaborarse

antes de la iniciación del año lectivo y podrán modificarse durante éste, según lo

determine las Necesidades de la Vida Escolar.

D) De las Clases y Deberes Escolares

Artículo 24º: Las Clases se realizarán según los Horarios Establecidos y no podrán ser

suspendidas, sin previa Autorización de la respectiva Secretaría Regional Ministerial de

Educación de la XV Región Arica Parinacota. No obstante lo expresado en el artículo

precedente en los casos de fuerza mayor, el Director podrá suspender dichas actividades,

comunicando de inmediato a las instancias superiores ( S.L.E.P. y Departamento

Provincial de Educación de Arica – Parinacota).

La Clase es una Instancia en donde se lograrán los Aprendizajes Significativos para los

alumnos por lo cual es necesario contar con un Ambiente Adecuado y de Reflexión. Será

necesario que ésta no sea interrumpida con elementos ajenos a la clase como por

ejemplo: Equipos electrónicos, celulares, juegos de videos y personal ajeno al desarrollo

de la clase.

El alumno debe practicar los Hábitos de Estudio para lo cual tiene el deber de actuar

responsablemente en cuanto a:

✓ Presentar sus tareas oportunamente.

✓ Ejecutar las actividades propias de la clase y seguir instrucciones del docente u

educadora.

✓ Traer sus trabajos en las fechas estipuladas por sus profesores.

✓ Traer diariamente sus útiles escolares y los respectivos textos de estudio de

acuerdo al nivel y horario de clases.

✓ Mantener una Libreta de comunicación

Artículo 25º: El Director podrá autorizar Actividades Escolares fuera del horario de clases,

siempre que éstas se realicen bajo la responsabilidad de los Docentes de la Unidad

Educativa y estén debidamente insertas en las Planificaciones Curriculares.

E) De los Horarios:

Artículo 26º: Los Horarios de Funcionamiento del Establecimiento serán los siguientes:

1º De los Docentes:

El horario de los docentes y administrativos dependerá del contrato anual que se

establezca.

A) De la dirección del servicio: Directivos Docentes y Docente Técnico Pedagógico, Contaran con un contrato de 44 hrs.semanales.

B) Monitoras de Aula SEP: 30 horas semanales C) Monitores de Taller SEP: Las horas serán Asignadas anualmente de acuerdo a las

necesidades y recursos del establecimiento. D) Coordinador PIE: 44 hrs.semanales. E) Especialistas y Docentes PIE: Su Contrato se realizará Anualmente dependiendo

de la Cantidad de Alumnos que requieran Atención. F) Otros Asistentes de la Educación: Su Contrato se Realizara anualmente de acuerdo

a las necesidades del establecimiento 2º De los Alumnos:

Horario de Asistencialidad:

• Desayuno: 07:30 hrs. a 07:55 hrs.

• Almuerzo: 12:50 hrs. a 13:30 hrs.

• Colación : 09:30 hrs. a 09:50 hrs. Tercer Servicio./ 11:20 a 11:30 hrs)

Horario de Clases: Horario JEC:

1º Período: 08:00 a 08:45 1º Período: 13:30 a 14:15

2º Período: 08:45 a 09:30 2º Período: 14:15 a 15:00

3º Período: 09:50 a 10:35

4º Período: 10:35 a 11:20

5º Período: 11:30 a 12:15

6º Período: 12:15 a 13:00

Horario de Recreo:

Primer Recreo : 09:30 hrs. a 09:50 hrs.

Segundo Recreo: 11:20 hrs. a 11:30 hrs.

Tercer Recreo : 13:00 hrs. a 13:30 hrs.

Artículo 27º: Cada Profesor desarrollará sus clases de acuerdo a los Programas Vigentes.

Sólo se podrá suspender esta actividad por decisión o autorización del Director. En todo

momento un Profesor deberá quedar a cargo del curso.

Artículo 28º: Los Recreos son períodos cortos ubicados entre las horas de clases, para

Descanso de los Alumnos. En los recintos destinados a recreación habrá Docentes de

Turno que Vigilarán la Seguridad de los Alumnos. Durante los recreos las salas deberán

permanecer vacías, con sus ventanas abiertas y luces apagadas. La limpieza debe ser una

preocupación permanente.

Artículo 29º: La Unidad Educativa debe velar por el Desarrollo Integral de los Estudiantes,

quienes deberán aceptar y Cumplir las Normas estipuladas en el Reglamento Interno y

Manual de Convivencia.

F) De la Asistencia.

Artículo 30º: Los Alumnos Deben Asistir Puntualmente a todas las Clases del Plan de

Estudio del respectivo curso y a toda otra Actividad Escolar Derivada; que sean

previamente citados. El Requisito de Asistencia (85%) está regulado por las Normas de

Evaluación y Promoción Escolar que establece cada año la Unidad Educativa.

Artículo 31º: La Asistencia de los Alumnos a otras Actividades Organizadas por el

Establecimiento, se informará por escrito en la Libreta de Comunicaciones y será

Obligatoria en aquellas situaciones en que la Dirección o el Profesor Jefe así lo determine.

Artículo 32º: La Asistencia a Clases es un Requisito para ser Promovido de Curso y el

porcentaje requerido está establecido en las disposiciones emanadas del Ministerio de

Educación Equivale al 85% de Asistencia.

Artículo 33º: El Subsector de Religión es Optativo; los Apoderados decidirán sobre esta

opción en el momento de la Matrícula en forma escrita.

Artículo 34º: Las Inasistencias Reiteradas Injustificadas, constituyen una Falta Gravísima.

Toda Inasistencia deberá ser justificada oportuna y/o al otro día, Personalmente por el

Apoderado al Profesor(a) Jefe o Inspector.

Artículo 35º: La Inasistencia Injustificada a: Pruebas; Controles; Interrogaciones; Trabajos

Prácticos; etc., Constituye una Falta Gravísima.

En caso de Enfermedad o Motivos Particulares el Apoderado deberá presentarse Previa

Aplicación de la Prueba, a conversar con el profesor a cargo o Jefe de la Unidad Técnico

Pedagógico, para Justificar la Inasistencia. (Ver “Reglamento Interno de Evaluación”).

G) De la Puntualidad.

Artículo 36º: El Alumno deberá llegar Oportunamente a la Escuela y a sus Clases. La

tardanza a clase será tratada primeramente por el profesor de asignatura y profesor jefe

y luego por el encargado de Inspectoría del Establecimiento, quien llevará un control de

atrasos por cursos y por alumnos.

Artículo 37º: El Atraso constituye una Falta Leve y si es Reiterada en una Falta Grave. A

partir del Tercer Atraso Reiterado, el alumno deberá ser Justificado Personalmente por su

Apoderado en Inspectoría.

H) De la Presentación y Salud.

Artículo 38º: El Alumno deberá demostrar en toda circunstancia y lugar una Conducta

Personal Acorde a su Calidad de Estudiante, tanto en su Presentación Personal como en

su Comportamiento, ateniéndose en tales materias a las Normas Impartidas por la

Unidad Educativa y por el Ministerio de Educación.

Artículo 39º: El Alumno deberá asistir diariamente a clases con Uniforme Escolar del

Establecimiento, de no tenerlo, tendrá que usar una vestimenta que sea apropiada, por

un período debidamente convenido entre el apoderado e Inspectoría General.

El uniforme de los varones corresponde a: camisa blanca o polera de la escuela, pantalón

gris, zapatos negros, corbata y chaleco institucional.

El uniforme de las damas corresponde a: blusa blanca o polera de la escuela, falda gris,

zapatos negros, medias blancas, corbata y chaleco institucional.

Cualquier prenda de vestir que complemente el uniforme escolar, deberá ser de color

azul marino.

Artículo 40º: El Alumno debe tener Hábitos de Limpieza y de Orden especialmente en el

uso del pelo corto y limpio; Su vestuario y uniforme bien tenido y los zapatos lustrados.

Su cabello debe estar libre de Pediculosis. La no observancia de estos indicadores es una

Falta Leve, pero que podrá convertirse en Falta Grave si es trasgredida en repetidas

oportunidades. El Alumno que necesite de atención médica, será derivado a un

especialista y tendrá que ser acompañado de su Apoderado

Artículo 41º: En todo momento la Sala de clases debe estar limpia y los bancos

ordenados. Se tendrá especial cuidado en que no haya papeles u otros objetos en el

suelo. Será deber del profesor (a) que termina la clase dejar la sala limpia y ordenada.

Artículo 42º: El alumno debe presentarse a Clases de Educación Física con el Buzo oficial

del Establecimiento y su equipo de gimnasia. Posteriormente debe practicar los hábitos de

limpieza y aseo corporal utilizando sus útiles de aseo y cambiarse ropa para el ingreso a la

siguiente clase.

Artículo 43º: El personal de toda la Unidad Educativa, deberá observar una sobria y

correcta presentación personal, a fin de exigir a los alumnos(as) con plena autoridad el

cumplimiento de las normas anteriormente señaladas.

Artículo 44º: La Presentación Personal y Hábitos de aseo se hace extensiva a los alumnos

que especialmente Almuerzan en la escuela. Deben presentarse con sus útiles de aseo

(Servilleta; Cepillo de Dientes; Toalla) y practicar Normas de Urbanidad y Sana Convivencia

Escolar en el Comedor.

❖ DE LAS NORMAS DE INTERACCION :

Artículo 45: El Alumno deberá observar conductas apropiadas y que no atenten contra

la Moral y las Buenas Costumbres. En caso de problemas emocionales ó de índole

patológico la Escuela sugerirá la intervención o consulta a un especialista o Médico,

respetando el tiempo que dure el tratamiento de recuperación y su reincorporación al

Proceso de Enseñanza - Aprendizaje, para lo cual se entregará un Plan de Trabajo

Indicado por la Unidad Técnico Pedagógico. Los Apoderados Serán Responsables por la

Salud Física; Mental y Emocional de los Alumnos.

Artículo 46º: El Alumno Deberá Respetar las Disposiciones Vigentes sobre Prevención,

Higiene y Seguridad, emitidas por el Ministerio de Educación Pública y Servicio Municipal

de Educación, especialmente en la ejecución de las indicaciones del Plan de Emergencia y

Seguridad Escolar. Los Apoderados cooperarán en las actividades de Prevención de

desastres naturales

❖ DEL CUIDADO DEL ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL:

Artículo 47: Todos los miembros de la Comunidad Escolar tienen el deber de cuidar los

bienes y beneficios del Establecimiento Educacional, Respetar la Propiedad Pública y

Privada.

1. En los Talleres Educativos (JEC).

1.1. Mantener limpia las dependencias.

1.2. Tener los Recursos y materiales indispensable

1.3. Cautelar y mantener en buen estado el mobiliario recibido.

1.4. Respetar los horarios establecidos.

1.5. Calendarizar y Organizar Muestras y Exposiciones.

2. En la Biblioteca o CRA.

2.1. Respetar horarios establecidos.

2.2. Mantener limpia y ordenada la Biblioteca Escolar.

2.3. Cuidar el uso de los textos y libros de consultas.

2.4. Devolver los textos solicitados en los plazos estipulados.

2.5. Contar con un personal idóneo y permanente al cuidado de ésta.

2.6. Mantener orden y disciplina durante el trabajo de investigación.

2.7. Mantener orden y disciplina durante el trabajo de investigación.

2.8. Devolver especies que se han deteriorado o dañado

3. En la Sala de Enlaces.

3.1. Entrar a la Sala de Enlaces sin bebidas o alimentos.

3.2. Ingresar con las manos limpias, para realizar un trabajo prolijo.

3.3. No usar Disquete o CD, que no pertenezcan al Establecimiento.

3.4. Hacer buen uso de los Equipos Computacionales

3.5. Utilizar el Internet para fines educativos según instrucciones del

docente o educadora.

Registrar fecha de uso de dependencias en libro disponible para tal efecto.

Devolver especies que se han deteriorado o dañado.

4. En los Servicios de Higiene, Camarines, Duchas y Comedor.

4.1. Cuidar el mobiliario de las dependencias.

4.2. Colaborar con el Aseo y Ornato.

4.3. Respetar los horarios establecidos.

4.4. Colaborar solidariamente con útiles de Aseo.

4.5. Cancelar los daños ocasionados.

El Alumno que sea sorprendido dañando el Patrimonio y Recursos de la Unidad Educativa,

será sancionado de acuerdo a la Gravedad de los hechos estipulados.

Artículo 48º: La formación integral del alumno(a) exige seguimiento continuo por parte

de los docentes, estimulando sus actitudes positivas y corrigiendo las negativas. Los

docentes registraran anotaciones positivas siempre que la conducta de los estudiantes se

haga merecedora de ellas. Las anotaciones tanto positivas como negativas deben ser

registradas en forma precisa y clara en la hoja de vida de cada alumno(a) del Libro de

clases por : los profesores, Inspectoría, UTP, Asistentes de Educación.

❖ DE LOS PROCEDIMIENTOS DE EVALUACION DE GRADUALIDAD DE LAS

FALTAS:

Artículo 49º: En el presente “Reglamento de Convivencia Escolar”, se han definido

algunos procedimientos que describen los pasos a seguir frente a la transgresión de una

Norma. Nuestro Establecimiento promoverá un sentido Pedagógico y de Justicia frente a

las sanciones disciplinarias, las que deberán cumplirse al interior de nuestro

Establecimiento y sin perjudicar el Proceso Educativo de los estudiantes.

Las conductas negativas son clasificadas según la gravedad de la falta, implicancia en los

hechos, edad y otras variables posibles de ser catalogadas: en leves, graves y gravísimas.

FALTAS LEVES Son faltas consideradas leves, toda acción contraria a la normativa del Presente Reglamento Interno y de Convivencia Escolar, que constituya una acción aislada de molestia o incumplimiento, que no atente contra la integridad de la persona y por tanto no causare, por sí misma, daño de ningún tipo. Ya sea alzar la voz, decir un improperio, dar un portazo, hacer gestos, entre otros. Ejemplos: - Llegar atrasado a clases u otras actividades. - Quedarse fuera de la sala de clases después del toque de la campana. - Presentarse sin uniforme o con uniforme incompleto. - Utilizar aros, colgantes, piercing, collares, pulseras. - No justificar inasistencia a clases o atrasos. - No presentar firmas del apoderado en las circulares o documentos que lo requieran. - Molestar, hacer desorden y/o interrumpir las clases, impidiendo el desarrollo adecuado de ellas. - Ingerir alimentos durante el desarrollo de la clase. - No cumplir con deberes, tareas, requerimientos o compromisos frente al curso o al colegio. - No trabajar en clases. - Discriminación hacia sus compañeros u otro miembro de la comunidad educativa - Asistir a clases sin sus materiales necesarios para la asignatura. - Deambular por el establecimiento sin justificación.

- Usar aparatos electrónicos en clases (teléfono celular, parlantes, pc, otros) - Actitudes leves de desobediencia rebeldía, descortesía o desacato a una orden.

FALTAS GRAVES

Son faltas graves actitudes y comportamientos que atentan contra la integridad física y/o psíquica de otro miembro de la comunidad escolar y del bien común, así como acciones irresponsables y deshonestas que alteren en normal proceso de aprendizaje. - Copiar en pruebas o controles escritos. - Presentar trabajos ajenos como propios para obtener una calificación. - Negarse a dar una prueba, interrogación oral, ejercicio en Ed. Física, no presentar trabajo en alguno de los subsectores. - Reiterar incumplimientos de trabajos para ser evaluados o tareas dadas por el profesor. - Ausentarse de un taller, presentar reiterados incumplimiento de sus deberes escolares. - Hacer la cimarra. - Retirarse del Establecimiento sin autorización de Inspectoría General. - Ser enviado a Inspectoría General por mal comportamiento en clases. - Hacer gestos obscenos con su cuerpo. - Usar vocabulario soez. - Insultar a compañeros. - Faltar reiteradamente a pruebas fijadas sin justificación.

FALTAS GRAVISIMAS

Actitudes y comportamientos que atenten gravemente la integridad física de terceros. - Portar objetos cortantes como cuchillos, u otros objetos dañinos capaces de infringir daños. - Faltar el respeto a: Directivos, Profesores, asistentes de educación, Manipuladoras, Apoderados y entre ellos. - Falsificar firmas o notas. - Intromisión o deterioro en los libros de clases, que son de uso exclusivo de los docentes. - La apropiación indebida de cosas ajenas. -Hurto o robo de propiedad personal o del establecimiento. - El uso y consumo de cigarrillos, bebidas alcohólicas, drogas al interior del establecimiento y en inmediaciones directas. - Agredir a alguno de sus compañeros o personal del establecimiento, con objetos, puños o en forma verbal. - Atentar contra la moral y las buenas costumbres; mostrar partes

íntimas del cuerpo. Tocar partes íntimas a compañeros. - Demostraciones públicas de afecto (alumnos besándose o sentándose en la falda) - Obligar a compañeros a realizar acciones impropias. - Hostigamiento o desafío para pelear. - Hacer uso de Red de Internet para: ofender, amenazar, injuriar o desprestigiar a cualquier integrante de la comunidad escolar, provocando daño moral y/o psicológico al o los afectados. - Hacer uso de matonaje con sus compañeros. - Hacer bullyng o ciberbullying a un compañero - Practicar juegos sexuales. - Ser sorprendido manipulando el libro de clases. - Adulterar y/o ponerse una nota en el libro de clases. - Ser cómplice de adulteración de notas. - Ser cómplice de robos. - Ser cómplice en actos que impliquen violencia escolar y/o matonaje escolar.

ATENUANTES: Se considera circunstancias atenuantes las siguientes:

• El reconocimiento espontáneo de la conducta incorrecta.

• La falta de intencionalidad en el hecho.

• De haber precedido, de parte del ofendido, provocación o amenaza proporcionada la conducta indebida.

• Si ha procurado con esmero reparar el mal causado o impedir sus posteriores consecuencias.

• Irreprochable conducta anterior. AGRAVANTES: Se considera circunstancias agravantes las siguientes:

• La premeditación del hecho.

• Abusar de la relación de poder asociada a su género o de sus fuerzas.

• La reiteración del mismo hecho.

• La reiteración de una falta.

Toda reiteración de una falta agrava la misma, por lo tanto, la reiteración de una falta leve será considerada como grave y la reiteración de una grave será considerada como muy grave. A la luz de estos principios y tomando como referencia lo expresado en el presente título, así como en los anteriores, a continuación se establece una clasificación general de faltas y una secuencia de pasos a seguir que hagan posible una sana convivencia escolar.

Las conductas no previstas que atenten contra los valores enseñados serán también merecedoras de medidas disciplinarias, las cuales serán clasificadas por el (la) profesor (a) que anota la observación de común acuerdo con el (la) encargado (a) de convivencia escolar, siempre velando por el cumplimiento del Proyecto Educativo. APLICACIÓN DE PROCEDIMIENTOS CLAROS Y JUSTOS. Así como se considera el registrar en la hoja de vida del libro de clases, las conductas positivas que merecen ser destacadas y reforzadas, también se llevará un registro de las conductas inadecuadas que deben ser corregidas, las que se clasifican como faltas leves, graves y gravísimas. En el caso de que el alumno/a incurra en cualquier tipo de falta, como medida pedagógica, formativa y desarrolladora, el Profesor debe registrar la conducta inadecuada, además conversar con el Alumno con el fin de que reflexione sobre su comportamiento y las consecuencias de su actuar en sí mismo y en los otros. ❖ DE LAS MEDIDAS REMEDIALES Y SANCIONES.

Los/as alumnos(as) que incurran en las FALTAS indicadas serán sancionados con las siguientes medidas formativas, las que se mencionan en gradualidad a las faltas, y como etapas sucesivas, que se deben ir dando en el proceso de acompañamiento y seguimiento de los alumnos, que presentan problemas en su conducta, disciplina y comportamiento al interior de la escuela. 1. Amonestación verbal: La realizará todo docente o asistente de educación, cuando observe alguna acción que se considera como falta. Junto con amonestarlo se escuchará su versión de los hechos, para luego hacerle ver sus errores y las consecuencias que pudiera ocasionarle en su desempeño académico, personal y/o en su formación Profesional, según la gradualidad de la falta. 2. Amonestación Escrita en hoja de vida: La realizará todo docente cuando la falta sea reiterada o por su gravedad amerite ser registrada como antecedente. Esta se hará en un vocabulario formal, resumido, con lápiz pasta, explicando objetivamente la falta, omitiendo juicios de valor. 3. Envío a Inspectoría general o Convivencia Escolar: Lo realizará todo funcionario, ante faltas cometidas por el alumno, que considere graves para su formación persona lo que vaya en perjuicio directo de otras personas o instalaciones del colegio. En caso de ser necesario se citara al apoderado. 4. Suspensión Temporal de actividades académicas: L a aplicará el inspector general y/o el director del establecimiento educacional. Se entiende por tal, la marginación del alumno de todas las actividades escolares dentro de la escuela, por un plazo que no puede

sobrepasar los cinco días hábiles consecutivos, incluidas todas las actividades normales de la Unidad Educativa. Previa comunicación personal al apoderado. 5. Derivación a Redes de Apoyo y seguimiento: En el caso de los alumnos que presenten reiteradas faltas al Reglamento Interno De Convivencia Escolar se procederá a la derivación de atención por parte Equipos de apoyo multidiciplinarios de la escuela, quienes realizaran intervenciones periódicas tanto individuales como con sus apoderados, las cuales serán respaldadas con diversos medios de verificación. Además de ser necesario se considerará la derivación a redes de apoyo y/o organismo externos perteneciente a la red de protección de la infancia. Para lo anterior debe existir un compromiso por parte del niño o niña y de su familia de colaborar con el proceso de intervención. 6. Calendario de Pruebas: asistencia solo a rendir evaluaciones, como medida en los casos que existan faltas gravísimas que atenten contra la integridad física o psicológica de algún miembro de la comunidad educativa. 7. Cancelación de matrícula o la expulsión (sujeta a Ley de Inclusión N°20.845) sólo podrá adoptarse luego de un procedimiento previo, racional y justo, en el cual será el Director quien adopte la medida de expulsión o cancelación de matrícula. 8. Expulsión: es aquella medida disciplinaria que se aplica durante el transcurso del año y que implica que el alumno/a deja de pertenecer a ese establecimiento, una vez que el proceso de expulsión ha concluido. 9. Cancelación o No Renovación de Matrícula: es aquella medida disciplinaria en la que se da aviso al padre, madre o apoderado de la no continuidad de la matrícula del estudiante para el año siguiente. SOLO PODRÁN APLICARSE:

- Cuando las acciones realizadas afecten gravemente la convivencia escolar - Previa información a los padres y/o apoderados de la conducta del alumno,

advirtiendo de la posible sanción. - Habiendo aplicado medidas de apoyo pedagógico o psicosocial que estén

expresamente establecidas en el reglamento interno, las que deberán ser pertinentes a la entidad y gravedad de la infracción cometida, sin embargo, lo anterior no será aplicable cuando se trate de una conducta que atente directamente contra la integridad física o psicológica de algún miembro de la comunidad escolar o sea constituyente de delito.

- Cuando haya un proceso previo, racional y justo que deberá estar contemplado en el reglamento interno del establecimiento, garantizando el derecho del estudiante afectado y o del apoderado a realizar sus descargos y a solicitar la reconsideración de la medida a través de la instancia de apelación.

- Debemos entender que un hecho afecta gravemente la convivencia escolar cuando éste altera la coexistencia armónica de los miembros de la comunidad educativa, afectando la interrelación positiva entre ellos. No se pueden considerar dentro de esta causal los hechos que implican incumplimientos de determinadas exigencias que solo afectan al alumno, por ejemplo, atrasos o fuga de clases. Asimismo, el hecho de que sea grave significa que no se puede aplicar frente a faltas de carácter

leve, independiente de la reiteración de la conducta, pues la medida debe ser proporcional a la gravedad de la infracción.

- Hechos que atenten directamente contra la integridad física o sicológica de alguno de los miembros de la comunidad educativa: Debemos entender como hechos que justifican la aplicación de alguna de estas medidas, aquellas agresiones físicas y sicológicas que se pueden considerar graves, calificación que se debe ponderar en relación al daño causado a quién fue víctima de la agresión. Para calificar este tipo de hechos se debe tener particularmente presente la definición de acoso escolar del artículo 16 B de la Ley de Violencia Escolar.

CONSIDERACIONES ANTE LAS SANCIONES: El Director no podrá cancelar la matrícula, expulsar o suspender a sus estudiantes por causales que se deriven de su situación socioeconómica o del rendimiento académico, o vinculadas a la presencia de necesidades educativas especiales de carácter permanente y transitorio. DE LAS SANCIONES FORMATIVAS, PROPORCIONALES A LA FALTA

Las sanciones, para ser formativas, reparadoras y efectivas, deben ser coherentes con la falta y se aplicarán dejando la constancia respectiva de la conducta inadecuada, y por otra par te, realizando la reparación acordada, la cual permitirá tomar conciencia de lo realizado, mediante acciones concretas propositivas. 1. Servicio a la comunidad educativa: implica alguna actividad que beneficie a la comunidad educativa a la que pertenece, haciéndose cargo de las consecuencias de sus actos a través del esfuerzo personal. Ejemplos: ordenar o limpiar algún espacio del colegio como patios, pasillos, gimnasio, comedor de estudiantes, su sala; mantener el jardín, ayudar en el recreo a cuidar a los(as) estudiantes de menor edad, ordenar materiales en la biblioteca, laboratorios, entre otros. 2. Ser vicio pedagógico: contempla una acción en el tiempo libre del estudiante que, asesorado por un docente, realiza actividades como: recolectar o elaborar material para estudiantes de cursos inferiores al suyo, ser ayudante de un profesor en la realización de una o más clases, según sus aptitudes, clasificar textos en biblioteca según su contenido, apoyar a estudiantes menores en sus tareas, entre otros. 3. Consideración de instancias reparatorias: Las acciones reparatorias pueden ser variadas, dependiendo del tipo de conflicto, de las características de los(as) estudiantes. Entre otras, se pueden mencionar: OYARZÚN PEÑA a) Medidas de reparación del daño causado: en la resolución, se deberá especificar las medidas de reparación adoptadas a favor del afectado, si hay mérito para ello, así como la forma en que se supervisará su efectivo cumplimiento. El punto de partida de toda medida de reparación es el reconocimiento de haber provocado daño a un tercero, lo que implica una instancia de diálogo mediada por un adulto. La acción reparatoria debe ser

absolutamente voluntaria, ya que la obligatoriedad la hace perder su sentido, el cual es la responsabilización del acto. Las medidas de reparación pueden ir desde las disculpas privadas, públicas, la restitución de un bien, la devolución de un bien y otras, siempre manteniendo el principio de proporcionalidad con el daño causado. b) Servicios en beneficio de la comunidad: Implican la prestación de un servicio a favor de la comunidad que ha sido dañada, manteniendo la proporcionalidad con el daño causado. Estos ser vicios pueden consistir en hermosear dependencias del colegio, arreglar algunos sectores o lugares, asear determinadas salas o similares.

❖ DE LAS MEDIDAS DE CANCELACIÓN DE MATRICULA O EXPULSIÓN:

A) PROCEDIMIENTOS: APLICACIÓN DE LA MEDIDA: De conformidad a lo dispuesto en la ley, solo el Director del establecimiento es quien debe aplicar la medida. Esta decisión, junto a sus fundamentos, deberá ser notificada por escrito al estudiante afectado y a su padre, madre o apoderado. APELACIÓN: El padre, madre o apoderado podrán pedir la reconsideración de la medida dentro de 15 días hábiles contados desde su notificación, ante la misma autoridad, quien resolverá previa consulta al Consejo de Profesores. El Consejo deberá pronunciarse por escrito, debiendo tener a la vista los informes técnicos psicosociales pertinentes y que se encuentren disponibles.

INFORMACIÓN A LA SIE: Si el Director opta por aplicar la medida de expulsión o cancelación de matrícula, deberá informar esa decisión a la Dirección Regional respectiva de la Superintendencia de Educación, dentro del plazo de 5 días hábiles desde que formaliza la decisión, a fin de que ésta revise el cumplimiento del procedimiento. Además, en ese mismo plazo debe notificar al apoderado, por escrito. Sin embargo, el alumno debe continuar asistiendo a clases en tanto no esté afinado todo el procedimiento y no se hayan agotado todas las instancias establecidas en la ley, que incluyen los recursos de reposición y jerárquico, sin perjuicio que en algunos casos se hayan adoptado medidas precautorias debidamente justificadas, como la separación temporal del alumno o la asistencia sólo a rendir evaluaciones. B) DOCUMENTOS MÍNIMOS QUE DEBE PRESENTAR EL ESTABLECIMIENTOA LA SUPERINTENDENCIA DE EDUCACIÓN. 1. Documentos o pruebas que acrediten que el estudiante ha cometido la infracción de la que se le acusa.

2. Reglamento Interno (revisión del reglamento interno para efectos de ver que la medida se encuentre contenida en éste y se haya llevado a cabo el procedimiento establecido y éste no sea contrario a la normativa). 3. Documentos que acrediten haber representado a los padres, madres o apoderados la inconveniencia de las conductas del alumno y la advertencia de la posible aplicación de sanciones. 4. Documentos que acrediten la implementación de medidas de apoyo pedagógico o psicosocial a favor del o la estudiante pertinentes a la entidad y gravedad de la infracción cometida 5. Documentos o pruebas que acrediten que el estudiante no modificó su comportamiento tras haber implementado dichas medidas. 6. Documentos que acrediten las etapas del procedimiento aplicado con el fin de cautelar que se haya respetado el justo y racional proceso, como los descargos de él/la estudiante, la notificación por escrito a él/la estudiante y sus apoderado y la apelación. 7. El informe por escrito del Consejo de Profesores al Director del establecimiento educacional que la ley señala. 8. Todos los antecedentes pertinentes en relación al caso que se desea aportar.

• La resolución resolverá sobre la legalidad de la medida teniendo en consideración el cumplimiento del procedimiento establecido en la ley y será vinculante para los interesados. La Superintendencia podrá declarar el rechazo o la aprobación de la medida. C) DISPOSICIONES FINALES: Toda medida disciplinaria se aplicará con el fin de corregir, educar y formar a nuestros alumnos/as y, así lograr los objetivos propuestos en nuestro Proyecto Educativo (PEI).

• La sanción se aplicará considerando las circunstancias atenuantes y/o agravantes que concurran a configurar las responsabilidades de quienes hayan cometido una falta.

• Todo alumno/a acusado de cometer alguna falta, será escuchado y podrá presentar sus descargos o antecedentes antes de recibir la sanción de los hechos.

• Todo trato deberá privilegiar el diálogo y el respeto, resguardando el bien superior del niño y su dignidad personal.

• Los/as alumnos(as) que presentan actitudes deseables, coherentes con el perfil del alumno/a que queremos formar, serán destacados con una anotación positiva en su hoja de vida consignada por el docente que observe la conducta.

• Del mismo modo cada curso destacará anualmente a los alumnos de mejor rendimiento, mejor conducta, mejor compañero y espíritu de superación.

• Se reconocerá cada mes a un alumno (a) por curso que tengan conductas deseables y calificaciones destacadas, poniéndose en un cuadro de honor.

• Al interior del aula se utilizará técnicas para resolver los conflictos entre los estudiantes tales como arbitraje, negociación, mediación.

• Los alumnos que presenten conductas que están reñidas con los valores que sustentan el P.E.I. se les citará apoderado para informarle la situación el que deberá comprometer un acuerdo escrito ante los directivos de la escuela, comité de convivencia escolar y consejo de profesores.

• Los alumnos/as que presenten problemas de salud y requieran terminar el año escolar antes de que éste haya terminado formalmente, deberán respaldar su solicitud con informe del médico especialista en el área, en los casos de salud mental deberá ser de un psiquiatra; donde especifique el diagnóstico y el requerimiento.

• Los paseos, serán autorizados de acuerdo a la reglamentación de SECREDUC. y Departamento Provincial de Educación.

• La comunidad educativa acreditará anualmente las funciones del encargado/a de convivencia escolar.

• En la sección de la hoja de vida de los alumnos se deben registrar todos los hechos relevantes que ocurran respecto a su comportamiento y desarrollo dentro del establecimiento, en el año lectivo. Es así como se deben registrar: ✓ Anotaciones positivas. ✓ Anotaciones negativas. ✓ Citación de apoderados por temas respecto al alumno/a. ✓ Medidas disciplinarias aplicadas al alumno/a. La hoja de vida es el registro por excelencia para verificar la aplicación y seguimiento del debido proceso, en caso de tomar una medida disciplinaria.

• Si se presentase situaciones de violencia verbal, física y/o psicológica, por parte de cualquier funcionario del establecimiento y/o apoderado, la dirección del colegio realizará una investigación, tomando las medidas correspondientes administrativas y /o judiciales, según corresponda.

• Cualquier situación no prevista en este Reglamento será resuelta por el equipo directivo de la unidad educativa, de acuerdo a la normativa vigente, manteniendo la transparencia y objetividad.

Manual de Convivencia Escolar

La educación, en el amplio sentido de la palabra, es el principal instrumento para la construcción de una cultura de paz, de la buena y sana convivencia. Los elementos claves son el aprendizaje y la práctica de la no violencia activa: el diálogo, la tolerancia, la solidaridad, el respeto de los derechos humanos y la búsqueda permanente de la justicia.

La convivencia en sí es un aprendizaje que debe incluir la capacidad de vivir juntos en colaboración, desarrollando diversas estrategias para la resolución no violenta de los conflictos, a través de la comunicación, el autocontrol, la asertividad, la empatía y los protocolos establecidos en el reglamento interno.

En el entendido de que a convivir se aprende, y se aprende en cada espacio en que se comparte la vida con otros, el colegio es un lugar predilecto para ello. Esta función socializadora del espacio escolar se manifiesta en todas las interacciones cotidianas entre sus miembros.

El ingreso de los niños al colegio coincide en gran medida con el inicio del proceso de socialización, en el que el niño y la niña descubren que el mundo de los padres no es el único y comienza a interiorizar la realidad social basada en instituciones. Este proceso de interiorización significa para el niño asumir roles y también sus normas.

Siendo la convivencia escolar el resultado de la relación entre todos los miembros de la comunidad educativa, se convierte esta en un factor de bienestar para las personas y grupos humanos, porque desde esa base se construyen la ciudadanía, el capital humano social y el entendimiento entre los pueblos.

El presente Manual de Convivencia es el producto de un proceso de reflexión, en el cual participó y colaboró toda la comunidad educativa, con el fin de lograr su legitimidad y compromiso en cuanto a las normas establecidas, los criterios y procedimientos para abordar los conflictos y la definición de sanciones, teniendo como principio, lo formativo ante lo punitivo.

Misión de la Escuela

La Escuela Esmeralda, en conjunto con la familia fortalece en todos sus estudiantes las

competencias cognitivas y sociales que promueven un desarrollo integral para su

prosecución de estudios de manera exitosa

Perfil del Estudiante De La Escuela Esmeralda

El Perfil del Estudiante de la Escuela Esmeralda comprende: Área Académica; Área Valórica, de Convivencia Escolar y Habilidades Sociales; y Área de Sentido de Pertenencia.

Área Académica

Características ¿Cómo se expresa?

Preocupación por aprender y superarse académicamente

Asiste a las evaluaciones, cumple a tiempo con trabajos, consulta dudas de contenidos pedagógicos a sus profesores/as, se muestra interesado en clases, cumple con sus compromisos académicos, y utiliza todos los recursos disponibles para ello: docentes, asistentes, recursos bibliográficos, didácticos, CRA, y TIC.

Participación activa en clases y en áreas de interés

Aporta positivamente, opina, consulta, y propone en clases. Participa en talleres y actividades extracurriculares y consulta por la realización de otras actividades en sus temas de interés

Conocimiento de sí mismo con foco a lo académico

Identifica y reconoce sus características, expectativas, preferencias y potencialidades académicas.

Creatividad Se esfuerza por desarrollar la capacidad de crear, imaginar, abstraer. Además, argumenta y propone ideas originales e

innovadoras.

Claridad en metas académicas

Identifica sus propias expectativas y objetivos en cuanto al perfeccionamiento y continuidad de estudios y actúa en función de ello.

Área Valórica, de Convivencia Escolar y Habilidades sociales

Características ¿Cómo se expresa?

Desarrollo como persona íntegra (físico, social, ético, afectivo)

Demuestra buenas relaciones interpersonales. Se interesa y participa en actividades culturales, artísticas, académicas, de organización, de cuidado al medioambiente y/o deportivas. Desarrolla la autonomía en la disciplina: es capaz de autorregularse y ser asertivo en su actuar.

Respeto para con autoridades y/o adultos

Demuestra buenas relaciones, buen trato, utiliza un lenguaje adecuado (no vulgar) con docentes, asistentes de la educación, directivos, apoderados, y toda la comunidad escolar. Además, acepta los reglamentos de la escuela y usa los conductos regulares.

Reconocimiento y respeto por la diversidad en todas sus dimensiones

Respeta las diferencias e incorpora a su grupo a personas sin discriminar por género, etnias y culturas, religiones, edad, contextos socioeconómicos, aspectos físicos, discapacidades, gustos o preferencias.

Respeto, tolerancia, y empatía con sus pares

Demuestra buenas relaciones, buen trato con sus compañeras y compañeros, acepta la diversidad, comparte, y es capaz de resolver conflictos de forma pacífica y de considerar otras miradas.

Respeto y cuidado con el entorno natural y social

Mantiene limpio y ordenado los espacios físicos donde se desenvuelve en el colegio. Conoce la importancia del cuidado del medioambiente y lo demuestra. Respeta todo su entorno: personas, ciudad, plantas, y animales.

Solidaridad y colaboración Ayuda a docentes, asistentes y a sus pares, y se interesa por compartir con la comunidad educativa

Capacidad crítica y reflexiva Demuestra su creatividad, propone cambios, fundamenta, emite juicios, e interviene con respeto, reconociendo la diversidad de opiniones. Practica además la autocrítica

través de la reflexión de su actuar.

Participación y democracia

Se muestra consiente de la importancia de la participación con sentido ciudadano y practica la pluralidad de perspectivas. Participa en el proceso eleccionario del Centro General de Estudiantes, respeta sus resultados, conoce a su órgano representante y, de ser necesario, colabora con éste en actividades con impacto positivo en su estamento y en el establecimiento. Participa en desfiles, actividades de representación de su estamento o del colegio, en eventos solidarios, y en la organización del estamento de estudiantes a nivel curso y/o escuela. Además, respeta la toma democrática de decisiones, y por ende, reconoce los resultados de la mayoría en su grupo o en otros contextos donde se desenvuelve.

Área de Sentido de Pertenencia

Características ¿Cómo se expresa?

Respeto por la Escuela e identificación con su cultura

Cuida la imagen institucional de la escuela y no la denosta a través de diferentes medios (verbalmente, visualmente, o a través de redes sociales virtuales). Es respetuoso en los actos, escucha con atención en ellos, usa su uniforme completo, y representa a la cuando se requiere

Conocimiento y práctica de valores y principios de la Escuela

Es respetuoso, responsable en sus acciones, practica la democracia y reconoce y se enriquece de la diversidad, es socialmente activo, se muestra comprometido con la comunidad y se desarrolla como una persona autónoma.

CONVIVENCIA ESCOLAR

La convivencia escolar es el conjunto de las interacciones y relaciones que se producen

entre todos los actores de la comunidad (estudiantes, docentes, asistentes de la

educación, directivos, padres, madres y apoderados y sostenedor), abarcando no solo

aquellas entre individuos, sino también las que se producen entre los grupos, equipos,

cursos y organizaciones internas que forman parte de la institución. Incluye también la

relación de la comunidad escolar con las organizaciones del entorno en el que se

encuentra inserta.

A) Objetivos Formativos

✓ Reconocer, exaltar y defender el valor supremo de la vida.

✓ Actuar conforme a los derechos universales de las personas.

✓ Reconocer y promover la dignidad humana.

✓ Valorar el aprendizaje como valor humanización y desarrollo personal permanente.

✓ Actuar con sentido de justicia, verdad y con claros ideales de solidaridad,

generosidad y afecto por el prójimo.

✓ Respetar las diversidades y buscar el diálogo como punto de consenso y superación de las diferencias.

B) Criterios Orientadores

- La COMUNIDAD EDUCATIVA en su conjunto no puede estar ausente en la búsqueda de

nuevas formas de convivencia social.

- Debe estar consciente que las normas y los reglamentos disciplinarios son la cara visible

de cómo enfrenta la convivencia social escolar.

-Que las normativas y reglamentaciones deben apoyar el desarrollo de un sujeto pleno en

una convivencia armónica con los demás.

-Que debe permitir la participación activa de sus miembros en la construcción de una

sociedad sustentada en deberes y derechos.

-Debe permitir el desarrollo de la autonomía, sin desconocer la autonomía de los otros.

-Que debe crear las condiciones para que la libertad de pensamiento, de opinión de

decisión y de acción se funde en los propios saberes, valores y creencias.

- Que debe ayudar a construir una normativa de convivencia que valore el diálogo y la

deliberación responsable de las partes.

Principios de la Convivencia

C) PRINCIPIOS BASICOS DE LA CONVIVENCIA. La Institución Educativa adopta los siete principios básicos de la convivencia de la ONU y son:

1. Aprender a no agredir al congénere: base de todo modelo de convivencia social. El hombre debe aprender a convertir la fuerza de la agresividad en fuerza para el amor y no para la muerte.

2. Aprender a comunicarse. Base de la autoformación personal grupal. La convivencia social requiere aprender a conversar porque es a través de la conversación que aprendemos a expresarnos, coincidir, discrepar y comprometernos.

3. Aprender a interactuar. Base de los modelos de interacción social. Si me acerco a los otros, reconozco y acepto sus opiniones, aprendo a convivir.

4. Aprender a decidir en grupo supone aprender a sobrevivir y a proyectarse, y estos propósitos fundamentales del hombre no son posibles si no se aprende a concertar con los otros.

5. Aprender a cuidarse. Base de los modelos y seguridad social. Aprender a cuidar el bienestar físico y psicológico de sí mismo y de los otros es una forma de expresar amor a la vida.

6. Aprender a cuidar el entorno: fundamento de la supervivencia. La convivencia social es posible si aceptamos que somos parte de la naturaleza y del universo, pero que en ningún momento somos superiores. No somos los “amos de la naturaleza”.

7. Aprender a valorar el saber cultural y académico, base de la evolución social y cultural. El ser humano evoluciona a medida que su cultura evoluciona

Todos los Actores de la Comunidad Educativa son sujetos de derecho

1. Los niños, niñas y jóvenes son sujetos de derecho

2. La educación como pleno desarrollo de la persona

3. Convivencia democrática y construcción de ciudadanía en la

institución escolar

4. Convivencia escolar : un ámbito de consistencia ética

5. Respeto y protección a la vida privada y pública y a la honra de la

persona y su familia

6. Igualdad de oportunidades para niños y niñas, mujeres y hombres

7. Las normas de Convivencia : un encuentro entre el derecho y la

ética

D) Marco Legal e Institucional en el cual se basan estos Principios rectores

• La Constitución Política de la República de Chile,

• Declaración Universal de los Derechos Humanos,

• Convención sobre los Derechos del Niño

• Ley General de Educación Nº 20.370

• Ley indígena Nº 19.253 de 1993.

• Decretos Supremos de Educación, N° 240 del 1999 y N° 220 de 1998, en lo

que respecta a los Objetivos Fundamentales Transversales,

• Instructivo presidencial sobre participación ciudadana,

• Política de Participación de Padres, Madres y Apoderados en el sistema

educativo. Mineduc. 2000,

• Derecho a la Educación y Convivencia Escolar, Mineduc, 2001.

• Ley 19.779/ 2001. Modificación 24 Nov. 2005 Ley 20077.Normas VIH. SIDA

• Ley Nº 20.084. Ley de responsabilidad Penal de los adolescentes por

infracciones a la Ley penal.

• Ley constitucional Nº 19.688. Sobre adolescentes embarazadas.

• Ley 19.927. 2004. Delitos Sexuales.

• Ley Nº 20.000. Drogas y Tráfico de estupefacientes.

• Ley Nº 19.925/ 19 Enero 2004. Sobre expendio o consumo de bebidas

alcohólicas.

• Ley SEP Nº 20.248

E) La Participación de Actores Educativos para la buena Convivencia Escolar

✓ La Dirección y su Equipo Directivo

✓ Los Docentes y Asistentes de la Educación

✓ Los Estudiantes

✓ Los Padres, Madres y Apoderados

✓ Redes de Apoyo: Consultorio, SERNAM, PDI, Carabineros, SENAME, Ministerio

Público, Previene, Hospital ( UNACESS).etc.

PERFIL DEL ENCARGADO DE CONVIVENCIA ESCOLAR:

El Encargado de Convivencia Escolar debe contar con experiencia y/o formación en el

ámbito pedagógico, el área de convivencia escolar y resolución pacífica de conflictos, y/o

experiencia en mediación escolar.

El Encargado de Convivencia Escolar debe conocer y comprender el enfoque formativo

de la Convivencia Escolar planteado en la Política Nacional de Convivencia Escolar, así

como la normativa que la define o la regula, y los instrumentos administrativos de gestión

que permiten su implementación. Además, debe mantener una mirada objetiva de las

situaciones planteadas en torno a la Convivencia Escolar que permita esclarecer

situaciones de conflicto de la manera más adecuada y favorable al Clima del

establecimiento.

Es fundamental que el Encargado de Convivencia Escolar cuente con el respaldo del

equipo directivo y con un equipo de trabajo con el que pueda discutir y en quien delegar

tareas; estas condiciones determinan, en gran medida, la consistencia y la continuidad de

las medidas implementadas.

SON DEBERES DEL ENCARGADO DE CONVIVENCIA ESCOLAR:

➢ Promover la participación de los diferentes estamentos de la comunidad

educativa en el Consejo Escolar.

➢ Promover el trabajo colaborativo en torno a la Convivencia Escolar en el

Consejo Escolar.

➢ Disponer la implementación de las medidas sobre Convivencia Escolar.

➢ Elaborar el Plan de acción sobre Convivencia Escolar.,

➢ Coordinar iniciativas de capacitación sobre promoción de la buena

convivencia y manejo de situaciones de conflicto, entre los diversos

estamentos de la comunidad educativa.

➢ Promover el trabajo colaborativo entre los actores de la comunidad

educativa en la elaboración, implementación y difusión de políticas de

prevención, medidas pedagógicas y disciplinarias que fomenten la buena

convivencia.

➢ Aplicar Protocolos de acción frente a situaciones de violencia y/o a acoso

escolar de acuerdo a la Ley de Violencia Escolar N° 20.536 y Reglamento

interno y de Convivencia Escolar del Establecimiento.

PROCEDIMIENTOS

A.- Procedimiento frente a: ASISTENCIA - INASISTENCIA A CLASES Y EVENTOS

Acciones Responsables Supervisión

a) Control diario de la asistencia y atrasos

en el primer periodo de la jornada de

mañana y tarde.

Educadora

Profesor(a) Jefe I

Ciclo

Profesor(a) de

Asignatura

Profesor(a) de

Taller

Director Equipo Directivo

b) Justificar por escrito la primera

inasistencia

Apoderado Inspectoría

General

c) Con dos o más días de inasistencias

presentación del apoderado

Apoderado Inspectoría

General

d) Inasistencias reiteradas que afecten la

promoción escolar será motivos de

entrevistas programadas por los

involucrados.

Educadora

Profesor(a) Jefe

Apoderado

Educadora

Profesor(a)

Jefe

e) En caso de no asistir el apoderado y no de razones por escrito o vía telefónica el alumno(a) no podrá ingresar al aula hasta que su apoderado se presente personalmente. Se avisará además a las

Redes de apoyo (Profesor a domicilio,

carabineros o instituciones de protección

de menores)

Educadora

Profesor(a) Jefe

Apoderado

Inspectoría

B.- Procedimiento frente a: PRESENTACIÓN PERSONAL Y SALUD INTEGRAL

Acciones Responsables Supervisión

a) Control diario de la higiene personal y vestuario escolar: uniforme y equipo educación física.

Apoderado, Educadora

Profesor(a) Jefe o de sub

sector, Profesor(a)

Educación Física

Equipo

Directivo

b) Solicitar plazo para uso de vestuario alternativo al uniforme escolar

Apoderado Inspectoría

c) Uso inadecuado de objetos

(maquillaje, pintura en las uñas,

tintura en el cabello, aro, piercing)

que no correspondan al uniforme

escolar por primera vez será

amonestado oralmente, la segunda

vez consignado en hoja de vida.

Educadora Profesores de asignatura Profesores Jefes

Equipo

Directivo

Profesores

Jefes

Educadoras

d) Reiterado Uso inadecuado de objetos que no correspondan al uniforme escolar serán colocados en

custodia en Inspectoría y con citación

al apoderado para el día siguiente.

Docentes derivan casos a

Inspectoría y convivencia

para citar al apoderado.

Equipo

Directivo

Profesores

Jefes

C.- Procedimiento frente a: DISCIPLINA - CONDUCTAS INAPROPIADAS QUE ATENTAN A

LA CONVIVENCIA EN EL AULA Y A LA SEGURIDAD ESCOLAR

e) Falta de Hábitos de aseo se

comunicará por escrito al apoderado.

Docentes y Educadoras citan

a los apoderados

Directivos

Profesores jefes

f) Reiteración de la Falta de aseo,

pediculosis, sarna y enfermedades

serán motivo de entrevistas

personales.

Docentes derivan casos a Inspectoría y Dupla psicosocial Citación al

apoderado por parte del

Docente o Directivos

Directivos

Profesores jefes

g) La falta de autocuidado personal que atente a la salud de la comunidad escolar será motivo de receso escolar por 3 días o hasta que el especialista entregue certificado de alta o tratamiento del estudiante

Apoderado entrega

Certificado de Consultorio o Médico personal.

Equipo

Directivo

Profesores

Jefes

Educadoras

Acciones Responsables Supervisión

a) La sala de clases es un lugar de

trabajo personal y colectivo, debe

haber orden, tranquilidad y además

sea un ambiente escolar propicio que

promueva aprendizajes significativos.

Educadoras

Docentes

Directivos

b) Interrupción de clases con

amonestación verbal y dos

observaciones al libro de clases por el

mismo docente

Citación y atención al

apoderado a cargo del

profesor(a) de asignatura.

Registrar entrevista en

libro de clases.

Inspectoría

Profesor de Subsector

c) Interrupción de clases que dañan

la integridad física y psicológica de los

pares, con observación al libro e

informe al apoderado.

Citación y Atención al apoderado a cargo del docente involucrado. Registrar entrevista en libro de clases. Pacto de

compromiso

Inspectoría

d) 2º Interrupción de clases que

dañan la integridad física y

psicológica de los pares, con

observación al libro e informe al

apoderado.

Citación y atención al apoderado a cargo del docente. Con informe a Inspectoría. Informe de

condicionalidad y

Observación durante una

semana con carpeta tutoría.

Inspectoría

e) 3º Interrupción de clases que

dañan la integridad física y

psicológica de los pares, con

observación al libro e informe al

apoderado.

Citación al apoderado a cargo del docente , Inspectoría y profesor Jefe. 2º Informe de condicionalidad con

suspensión en ambiente

alterno durante una

semana. Profesores

entregan Trabajos a realizar

por el alumno(a)

Inspectoría

UTP Asistente

social.

f) 4º Interrupción de clases que dañan

la integridad física y psicológica de los

pares, con observación al libro e

informe al apoderado.

Citación al apoderado a cargo

del docente , Inspectoría y

profesor Jefe 3º Informe de

condicionalidad con

Suspensión a su hogar con Plan de Trabajo durante 3 días

Inspectoría UTP

Asistente social

g) 5º Interrupción de clases que

dañan la integridad física y

psicológica de los pares, con

observación al libro e informe al

apoderado.

Citación al apoderado a cargo del docente , Inspectoría y profesor Jefe 4º Informe derivación a un establecimiento alterno de acuerdo al Consejo de Profesores del curso.

Dirección Consejo de Profesores

D.- Procedimiento frente a: TAREAS, TRABAJOS, PRUEBAS, INTERROGACIONES Y MATERIALES DE ESTUDIO

Acciones Responsables Supervisión

a) Los alumnos(as) deben ser

evaluados en las fechas

programadas según calendario de

evaluación mensual.

Profesor(a) Jefe –

Profesor(a) de Asignatura,

Educadora

UTP

b) Los alumnos (as) que, con

motivo justificado no se

presentaran a la prueba serán

evaluados posteriormente, previa

entrega de nuevo calendario, con un

máximo de una semana después de

su reintegro a clases.

Profesor(a) Jefe –

Profesor(a) de Asignatura,

Educadora- Apoderado

UTP

c) Los alumnos (as) que sin motivo

justificado no se presentan a una

prueba serán evaluados en la clase

siguiente de la asignatura.

Profesor de asignatura

UTP

d)El profesor(a) deberá consignar en

el Libro de clases las calificaciones

con un máximo de 15 días a partir

del momento de su realización

Profesor(a) Jefe –

Profesor(a) de Asignatura.

UTP

h) Conductas inapropiadas en Recreo,

Comedor, Patio, baños que atentan a

la seguridad de la comunidad escolar

y cuidado de las dependencias de la

escuela.

Docentes de Turno y

Asistentes de Educación

derivan casos a inspectoría.

Citación al Apoderado

Inspectoría

e) Los alumnos (as) deberán cumplir

con sus tareas, trabajos y deben

asistir al establecimiento con todos

los materiales, útiles escolares,

libros, cuadernos necesarios que se

le soliciten en los subsectores de

aprendizaje.

Profesor(a) Jefe –

Profesor(a) de Asignatura,

Educadora- Apoderados

Profesor(a)

Jefe

f) Los alumnos(as) que no cumplan

en dos oportunidades con sus

tareas, trabajos o se presenten al

establecimientos sin materiales

injustificadamente, se informará por

escrito al apoderado y se

consignará en el libro del curso

Inspector - Profesor(a) Jefe

– Profesor(a) de Asignatura,

Educadora-Alumno (a) -

Apoderados

Inspectoría Profesor(a)

Jefe

g) Los alumnos (as) que por tercera oportunidad no se presentan con sus tareas, trabajos o se presentan sin materiales deberán ser citados a una entrevista con sus apoderados para que ayuden a garantizar la costumbre de los hábitos de estudio y su participación en apoyar el trabajo escolar desde su hogar.

Inspector - Profesor(a) Jefe

– Profesor(a) de Asignatura,

Educadora-Alumno (a) -

Apoderados

Inspectoría Profesor(a) Jefe

Educadora

Asistente social.

E.- Procedimiento frente a: CONSUMO Y TRÁFICO DE SUSTANCIAS ILÍCITAS

Acciones Responsables Supervisión

a.-Se prohíbe el ingreso , consumo y

tráfico de tabaco, alcohol y drogas en

el interior y exterior próximo a la

escuela.

Comunidad Escolar

Director

b) Se realizará la denuncia ente el

ministerio público, carabineros,

investigaciones o tribunales con

competencia penal, quienes

entregarán las sanciones pertinentes

a los involucrados en ilícitos según

corresponda.

Profesor(a) Jefe – Educadora Profesor de Sub sectores

Asistentes de Educación

Apoderados

Estudiantes

Director

c) Estudiantes u otros involucrados se derivarán a Redes de apoyo competente ( consultorio, hospital, previene, etc.) quedando con

condicionalidad de matrícula.

Profesor(a) Jefe –

Educadora

Profesor de Sub sectores

Asistentes de Educación

Apoderados

Estudiantes

Inspectoría

UTP

Asistente social.

e) Los estudiantes asistirán a talleres de prevención con docentes y especialistas sobre la temática , en especial con los Programas de Prevención de Conace. “ Continuo preventivo”

Profesor(a) Jefe – Educadora Profesor de Sub sectores

Asistentes de Educación

Apoderados -Estudiantes

UTP

d) Alumnos (as) que no continuaran

con su tratamiento con los

especialistas respectivos de las Redes

de apoyo serán sancionados con la

caducación de su matrícula.

Profesor(a) Jefe –

Educadora

Profesor de Sub sectores

Asistentes de Educación

Apoderados

Estudiantes

Director

Consejo

Profesores

Consejo

Escolar

F.- Procedimiento frente a: BULLYING, CIBERBULLYING Y ABUSO SEXUAL

Acciones Responsables Supervisión

a.- Las dependencias de la escuela

serán espacios de reflexión y

aprendizajes por lo que se prohíbe la

violencia en todas sus expresiones y

el abuso sexual de todo tipo.

Comunidad Escolar

Director

G.- Procedimiento frente a: CUMPLIMIENTO DE LABORES Y COMPORTAMIENTO

b) Se realizará la denuncia ente el

ministerio público, carabineros,

investigaciones o tribunales con

competencia penal, quienes

entregarán las sanciones pertinentes

a los involucrados en ilícitos según

corresponda.

Profesor(a) Jefe – Educadora Profesor de Sub sectores

Asistentes de Educación

Apoderados

Estudiantes

Director

c) Estudiantes u otros involucrados se derivarán a Redes de apoyo competentes (consultorio, hospital, Senda previene, etc.) quedando con condicionalidad de matrícula.

Profesor(a) Jefe –

Educadora

Profesor de Sub sectores

Asistentes de Educación

Apoderados

Estudiantes

Inspectoría

UTP

Asistente social.

e) Los estudiantes asistirán a Talleres de prevención con docentes y especialistas sobre la temática para desarrollar Técnicas de Resolución de Conflicto, Autoestima, Sexualidad y Afectividad.

Profesor(a) Jefe –

Educadora

Profesor de Sub sectores

Asistentes de Educación

Apoderados

Estudiantes

UTP

d) Alumnos (as) que no continuaran

con su tratamiento con los

especialistas respectivos de las Redes

de apoyo serán sancionados con la

caducación de su matrícula.

Profesor(a) Jefe –

Educadora

Profesor de Sub sectores

Asistentes de Educación

Apoderados

Estudiantes

Director

Consejo

Profesores

Consejo

Escolar

Acciones Responsables Supervisión

H.- PROCEDIMIENTOS Procedimiento frente a: RELACIONES ENTRE FUNCIONARIOS Y

APODERADOS

Acciones Responsables Supervisión

a) Los estudiantes deben demostrar en toda circunstancia y lugar una conducta personal acorde a su calidad de estudiante. Se registraran observaciones positivas en el libro de clases

Profesor (a) jefe

Alumno(a)

Educadora

Dirección

Inspectoría

b) El docente o educadora según pauta de comportamiento del alumno(a) designará a los tres mejores que se destaquen en su comportamiento los que serán estimulados en el primer acto del mes siguiente y será consignado en el cuadro de honor del establecimiento.

Profesor (a) jefe

Alumno(a)

Educadora

Convivencia

escolar

UTP

Asistente social.

c) Los estudiantes que se destaquen

por cumplimiento de metas en el

subsector de Lenguaje y Matemática

se les entregarán estímulos en un

acto de premiación

Profesor (a) jefe

Alumno(a)

Educadora

Monitores

UTP

Profesor

asignatura

d) Los Estudiantes que durante sus 10 años de permanencia en la Educación Pre Básica y Básica hayan estado en la Escuela se les premiará con un Diploma de Lealtad en una Ceremonia al Final del Año

Profesor (a) jefe

Alumno(a)

Dirección

e) Los 5 mejores estudiantes de

Octavo Año se les premiará en la

Ceremonia de Licenciatura.

Profesor (a) jefe

Alumno(a)

Centro de

Padres – Ex

alumnos

a) Mantener una constante

comunicación entre docentes ,

apoderados sobre el avance de los

aprendizajes y conducta.

Profesores

Educadoras – Asistentes de educación Apoderados

Dirección

b) Profesor Jefe – Educadora y Apoderados tendrán una reunión programada mensual. Toda citación es obligatoria

Profesor Jefe- Educadora

Apoderados

Asistente social.

b) Profesor Jefe –Profesores de

asignaturas, Educadora, especialistas

y Apoderados podrán reunirse en

forma semanal en horario asignado y

acordado para tal efecto.

Profesor Jefe- Educadora

Docentes asignaturas,

especialistas Apoderados

UTP

Asistente social.

c) En caso de entrevistas por

comportamientos inadecuados,

desorden, indisciplina, liderazgo

negativo, vocabulario y modales

inadecuados, el alumno(a) y

apoderado deberán firmar un

compromiso para un cambio de

actitud u otra medida disciplinaria

contemplada en el Reglamento de

Convivencia.

Profesor Jefe- Educadora

Docentes asignaturas, dupla

psicosocial, Apoderados

Inspectoría

Dirección

d) En caso de accidente escolar se notificará a los Apoderados del hecho correspondiente

Profesor Jefe- Educadora

Apoderados- inspectoria

Inspectoría

Convivencia

escolar

e) Se deberá mantener permanentemente relaciones jerárquicas deferentes y cordiales con los Directivos, Profesores Jefes ,Docentes, Educadoras, Asistentes de la Educación, Administrativos, Apoderados y Alumnos (as)

Profesor Jefe- Educadora

Docentes asignaturas,

especialistas Apoderados

Inspectoría

Dirección

Convivencia

escolar

f) Todo el personal tendrá la

oportunidad de comunicar por escrito

los desacuerdos o denuncias que

atenten contra la convivencia en el

recinto. ( Libro de denuncias)

Profesor Jefe- Educadora

Docentes asignaturas, especialistas Asistentes , Apoderados

Inspectoría

Dirección

Convivencia

escolar

g) La comunidad escolar tendrá la

oportunidad de expresar sus

desacuerdos en forma oral y

actuando en forma responsable y

respetuosa.

Profesor Jefe- Educadora

Docentes asignaturas, especialistas Asistentes, Apoderados

Dirección

h) El personal y apoderados que

ponen en peligro la integridad física y

mental de los miembros de la

comunidad escolar serán

denunciados ante la Superioridad del

Servicio , Ministerio Público e

Instituciones policiales.

Profesor Jefe- Educadora

Docentes asignaturas, especialistas Asistentes, Apoderados

Inspectoría

Dirección

Convivencia

escolar

ACCIONES PARA EL ABORDAJE Y ATENCION DE ACCIDENTES ESCOLARES

Salud y Seguridad Estudiantil, Atención de Accidentes (ver Protocolo de Acción)

NORMA PROCEDIMIENTO SANCION FORMATIVA

Cuando se produce algún accidente en la Escuela, el estudiante afectado debe recibir la ayuda de forma inmediata y dependiendo de la gravedad de la situación es trasladado al servicio de urgencia del hospital.

Es necesario que el apoderado de cada estudiante, procure velar que la asistencia de su pupilo sea en las mejores condiciones de salud, libre de pediculosis y cualquier otra enfermedad.

Es de responsabilidad de los

apoderados dejar constancia

en el establecimiento si su

pupilo sufre de alguna

patología permanente o

transitoria de la cual la

Escuela debe estar enterada.

Miembro de la comunidad educativa, evaluará la situación de accidente.

Si el accidente ocurre en la sala de clases, el profesor debe evaluar la situación y solicitar ayuda a cualquier miembro de la comunidad educativa.

Accidente de gravedad, realizar las acciones indicadas en el protocolo.

Si algún estudiante asiste con pediculosis a la Escuela, se debe llamar a su apoderado para darle a conocer la situación y tratar de ayudar a resolver mediante derivación al consultorio que corresponda.

Realizar monitoreo por parte de la Asistente Social de la Escuela, en el domicilio del estudiante, con la finalidad de supervisar que el estudiante reciba el tratamiento adecuado.

Si es que el apoderado no resuelve la situación del estudiante, se puede tomar la medida de suspensión de clases, previa autorización de la Directora de la Escuela.

*Decreto Supremo 313/72, Seguro de Accidentes Escolares Ley 16.744

DE LAS SALIDAD PEDAGOGICAS

Salidas Pedagógicas:

NORMA PROCEDIMIENTO SANCION FORMATIVA

El Profesor Jefe debe solicitar de manera oportuna el permiso correspondiente a la Dirección de la Escuela, para que esta a su vez haga los trámites correspondientes, es importante que siempre, los Profesores Jefes, resguarden de entregar la autorización a los apoderados de manera oportuna para que estos sean devueltos por ellos a la Escuela.

La autorización debe contener los siguientes aspectos como mínimo:

- Profesor responsable

- Fecha

- Hora de salida y regreso

- Nómina de los alumnos

- Medio de trasporte

- Autorización escrita del apoderado.

Los Profesores encargados de la salida deben seguir el siguiente procedimiento:

Tomar las medidas necesarias para salidas a terreno (ver protocolo de acción de salidas pedagógicas)

La actividad extramuros se acompaña de la presencia del inspector de patio o monitor de aula para reforzar la disciplina y seguridad del grupo curso, con la finalidad de prevenir imprevistos y apoyar en lo que se necesite.

El apoderado tomará conocimiento de la actividad tres días antes, comprometiéndose a que su pupilo cumpla con los siguientes deberes:

- Comportamiento apropiado.

Cuidar el lugar de visita sin incurrir en destrozos y acciones que ayuden a deteriorar o destrucción del lugar de visita.

- El apoderado que no desee

que su pupilo no participe,

debe informarlo por

escrito.

El no cumplimiento con el

procedimiento de la

norma así como el

procedimiento del

“Protocolo de Acción”,

lleva a considerar la

suspensión de la salida

del grupo curso o en su

defecto del estudiante

que no cumpla con lo

solicitado al apoderado.

DE LA VIOLENCIA ESCOLAR ENTRE PARES

Violencia Escolar entre Pares, Acoso Escolar y/o Abuso Escolar:

NORMA PROCEDIMIENTO SANCIÒN FORMATIVA

Los estudiantes de la Escuela Esmeralda, deben mostrar un comportamiento que asegure la buena convivencia.

Los estudiantes que acosen o molesten sistemáticamente (Bullying) a algún compañero por motivos tales como:

- Apariencia Física

- Comportamiento

- Características personales, entre otras.

Todos los miembros de la comunidad educativa tienen la responsabilidad de estar atentos a cualquier tipo de acoso o agresión física de algún estudiante de la Escuela.

Cuando lo anterior ocurra, debe informar inmediatamente al Encargado de Convivencia Escolar de la Escuela, con la finalidad de tomar las medidas indicadas en los Protocolos que

corresponden a esta

temática

Las sanciones en primera instancia siempre serán formativas, las cuales están indicadas en el Protocolo de Acción.

Cuando exista la comprobación de una conducta reiterada por segunda vez se cita al apoderado titular y se entrevistará con el Encargado de Convivencia, para una eventual suspensión de clases.

De forma de agresiones físicas o verbales, de forma directa o a través de medios indirectos tales como internet provocando la marginación del o la estudiante.

Los Encargados de

convivencia deben realizar

las acciones necesarias

para resolver dicho

problema, siendo los

parámetros del

Protocolo de acción

Cuando exista la

comprobación de una

conducta reiterada por

tercera vez, se cita al

apoderado y se deja a

disposición de la Dirección

del Establecimiento para

una eventual

condicionalidad de la

matrícula.

Toda agresión física y/o verbal a Profesores, Asistente de la Educación, Docentes Directivos, se considera una falta Gravísima.

Se constata en el libro de

clases, se cita al

apoderado para informar

la situación, junto al

Encargado de Convivencia

Escolar.

Se suspende por tres días y se hace firmar una carta de compromiso, si esta situación se repite se expulsa del establecimiento.

DE LA VIOLENCIA DE LOS SIGUIENTES ROLES

Violencia entre Miembros de la Unidad Educativa:

NORMA PROCEDIMIENTO SANCION FORMATIVA

Todos los miembros de la Escuela Esmeralda deben mostrar un comportamiento que asegure la buena convivencia.

Cada miembro de la Unidad

Educativa debe ser

respetuoso y no realizar

ningún acto de violencia, de

ningún tipo tales como:

- Apariencia física. -

Comportamiento.

- Características personales, entre otras.

- De forma de agresiones físicas o verbales

- De forma directa o a través de medios indirectos tales como internet

- Provocando la marginación de uno u otro miembro de la Unidad Educativa.

Todos los miembros de la Comunidad Educativa tienen la responsabilidad de velar por el respeto y adecuada conducta entre sus compañeros y padres y/o apoderados.

Si algún miembro de la unidad educativa actuase en falta con otro miembro de la unidad educativa, este hecho debe ser informado inmediatamente a los encargados de convivencia de la Escuela, con la finalidad de tomar las medidas indicadas en los protocolos que corresponden a esta temática. Los Encargados de

convivencia deben realizar

las acciones necesarias para

resolver dicho problema,

siendo los parámetros del

protocolo de Acción.

Las sanciones en primera instancia siempre serán formativas, las cuales están indicadas en el protocolo de Acción.

Cuando exista la comprobación de un hecho o conducta el cual comprenda agresión verbal o física, el miembro de la unidad educativa será sancionado por escrito, siendo esta una amonestación.

Cuando exista la

comprobación de una

conducta reiterada, se

notificará al Departamento

de Educación para que este

estamento tome las medidas

respectivas al caso.

Toda agresión física y/o

verbal entre los miembros de

la Unidad Educativa, se

considera una falta

GRAVISIMA.

Se constata en el libro de Convivencia Escolar, se notifica al Departamento de Educación Municipal y se realiza la denuncia al organismo respectivo.

En el caso de algún miembro de la unidad educativa, se pone a disposición del DAEM.

En el caso de ser algún padre y/o apoderado que realice esta acción, se solicita que otro adulto responsable, asuma como apoderado.

PROTOCÓLOS DE ACCION PROTOCOLO DE COMPORTAMIENTOS GENERALES

DEBERES Y VALORES:

DEBER: Comportamiento respetuoso.

VALORES ASOCIADOS: Respeto-Tolerancia

TIPO DE FALTA: Grave

Descripción de faltas al deber de un comportamiento

respetuoso a) Son Faltas Graves:

1) Utilizar un lenguaje con palabras hirientes, groseras, con sobrenombres

entre otros, en el trato con sus profesores, con sus pares y con cualquier

persona que trabaje en la Escuela, dentro o fuera de la sala de clases.

2) Tener un comportamiento intolerante, poco solidario e irrespetuoso con sus

iguales, miembros de la comunidad educativa o ajena a ella.

3) No comunicar al profesor, a la Directora, cuando percibe que un estudiante

o él mismo entrase en conflicto con sus iguales.

4) Plantear sus argumentos irrespetuosamente en las instancias

correspondientes y sin respetar el conducto regular correspondiente.

5) Demostrar poca honestidad en relación con la propiedad ajena, sea de

cualquier miembro de la comunidad educativa o fuera de ella.

6) Demostrar una conducta que carece de honestidad en el cumplimiento de

sus deberes, tareas y/o evaluaciones escolares sin apegarse a los valores

sostenidos por el establecimiento.

7) Evitar la entrega, a la autoridad pertinente de la Escuela, de todo objeto

ajeno que se encuentra en la sala o algún espacio de la escuela.

8) Interviene rayando o alterando algún texto o documentos de la Escuela, en

especial, el libro de clases, carpetas y cualquier otro documento de uso

exclusivo de profesores o personal administrativo.

9) No velar por la seguridad personal y colectiva, exponiéndose a situaciones de riesgo.

10) No acatar las normas de seguridad establecidas y participar

desordenadamente en los operativos de seguridad escolar.

11) Expresar abiertamente expresiones amorosas con connotación sexual.

PROTOCOLO DE VIOLENCIA ESCOLAR ENTRE PARES

Protocolo de Comportamientos

Generales

DEBERES Y VALORES:

DEBER: Comportamiento respetuoso.

VALORES ASOCIADOS: Respeto-Tolerancia

TIPO DE FALTA: Grave

Definición de Violencia Escolar: Es todo acto de agresión u hostigamiento que es

realizado por estudiantes que atentan en contra de otros estudiantes, valiéndose

de una situación de superioridad o de indefensión de la víctima, que le provoque

maltrato, humillación o temor fundado de verse expuesta a un mal, siendo de

carácter grave. Este acto agresivo puede ser cometido por un solo estudiante o

por el grupo, y puede ser dentro como fuera del establecimiento educacional.

Entre otras faltas en este ámbito:

1) Proferir insultos o disparates, hacer gestos groseros o amenazantes u

ofender a cualquier miembro de la comunidad educativa.

2) Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un estudiante o

de cualquier otro miembro de la comunidad educativa.

3) Agredir verbal o psicológicamente a cualquier miembro de la comunidad

educativa.

4) Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de

un estudiante u otro miembro de la comunidad educativa (por ejemplo,

utilizar sobrenombres hirientes, mofarse de características físicas, etc.).

5) Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su

condición social, situación económica, religión, pensamiento político o

filosófico, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual,

discapacidad, defectos físicos o cualquier otra circunstancia.

6) Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un estudiante o a cualquier otro integrante de la comunidad educativa a través de chats, mensajes de texto,

correos electrónicos, foros, servidores que almacenan videos o fotografías,

sitios webs, teléfonos o cualquier otro medio tecnológico, virtual o

electrónico.

7) Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier conducta de

maltrato escolar.

8) Realizar acosos o ataques de connotación sexual, aun cuando no sean

constitutivos de delito.

Procedimientos Formativos:

a) Intención Formativa: El comportamiento de los estudiantes debe estar

regido por el respeto y por ello deben quedar excluidas las conductas

que atenten contra la dignidad del ser humano y que se aparten de los

valores que imparte la Escuela y que siempre hay que brindarles a otros.

El trato cortés no puede estar limitado a la relación profesor-estudiante

que se produce en el momento de la clase, debe ser una práctica

permanente expresada en todo momento y lugar, hacia todo tipo de

personas, dentro y fuera de la institución.

b) Tipo de Falta Grave: Son aquellas actitudes y comportamientos que

atenten contra la integridad física y psicológica de un integrante de la

comunidad educativa (entre pares y alumnos y adultos), los bienes

muebles o inmuebles de la institución, así como acciones deshonestas

que atenten contra los valores que promueve la Escuela.

PROCEDIMIENTOS A SEGUIR SEGÚN FALTA GRAVE

Por primera y segunda vez:

Fase 1: Detección de la falta y citación al apoderado

1) El miembro de la unidad educativa que observe el hecho, o el mismo

afectado, comunica oralmente al Profesor Jefe, Encargado de Convivencia.

2) El Profesor Jefe y el Encargado de Convivencia, registran el hecho en el libro

de clases y en hoja de observaciones de estudiante causante del hecho y del

estudiante dañado.

3) El Profesor Jefe cita al apoderado del estudiante causante del daño y del

estudiante dañado, a través de una comunicación en la libreta de

comunicaciones y registra la citación en la hoja de observaciones

respectivas.

4) Si no hay respuesta de parte del apoderado se debe designar una dupla de

profesionales, para realizar visita domiciliaria.

Fase 2: Conversación con apoderado y estudiante

1) El Profesor Jefe y Encargado de Convivencia conversan con el apoderado y estudiante causante del daño para conocer las causas y circunstancias del

hecho considerado como falta grave.

2) El Profesor Jefe y Encargado de Convivencia conversan con el apoderado y

estudiante dañado para conocer las causas y circunstancias del hecho

considerado como falta grave.

3) Registran de manera objetiva los aspectos centrales de cada una de las

reuniones.

4) Los apoderados de cada uno de los estudiantes involucrados firman registro

de la reunión con el compromiso de apoyar las medidas formativas que se

decidan aplicar.

Fase 3: Determinación de las medidas formativas

1) El Encargado de Convivencia y el Profesor Jefe, generalizarán la información

recogida y valoran la situación. Para ello, se deberá tener en cuenta las

circunstancias del momento de los hechos, la edad y las características

personales, familiares o sociales de los estudiantes involucrados.

2) Determinación de las medidas formativas por parte del Encargado de

Convivencia y el Profesor Jefe.

3) Comunicación de medidas formativas para el estudiante a las autoridades

directivas técnicas, al consejo de profesores y al apoderado por parte del

Profesor Jefe y/o Encargado de Convivencia de la Escuela.

Fase 4: Trabajo de apoyo al estudiante

1) Elaboración de un plan de acción común de apoyo al estudiante con medidas

formativas por parte del Profesor Jefe, el Equipo Directivo y el Encargado de

Convivencia.

2) Las medidas formativas deben orientarse a ayudar al estudiante a reconocer

la falta y sus razones a través de diversas técnicas basadas en un diálogo

constructivo y resolución pacífica de conflictos.

3) Si fuese pertinente a que voluntariamente decida disculparse y/o compense

con una acción concreta a la persona dañada o al objeto dañado. Así

también, deriva a los especialistas que corresponda.

4) Elaboración de bitácora que registre los procedimientos y evolución del caso

por parte del Encargado de Convivencia.

5) Monitoreo del proceso por parte del Profesor Jefe y Encargado de

Convivencia.

Fase 5: Informe Final

1) Elaboración de un informe final con los resultados del procedimiento de

aplicación de medidas formativas, de apoyo al estudiante por parte del

Encargado de Convivencia.

2) Entrega de informe final a las autoridades Directivas Técnicas, al consejo de

Profesores y al Profesor Jefe por pate del Encargado de Convivencia de la

Escuela.

3) Las autoridades Directivas y el Profesor Jefe resuelven la situación final del

estudiante, sí el hecho lo ameritase podría ocasionar su condicionalidad y

comunicar al Encargado de Convivencia.

Fase 6: Cierre del Protocolo

1) El Encargado de Convivencia comunica el resultado final del procedimiento

formativo al consejo de Profesores y Consejo Escolar.

2) El Profesor Jefe y el Encargado de Convivencia comunican al apoderado el

resultado final del procedimiento formativo.

3) El Profesor Jefe, archiva el informe final y resolución final, si existiese, en

carpeta de antecedentes del estudiante.

1) DETECCION DE LA FALTA Miembros de la Comunidad Educativa

2) CONVERSACION CON ESTUDIANTE Y APODERADO

Profesor Jefe y Encargado de Convivencia

3) DETERMINACION DE MEDIDAS FORMATIVAS Profesor Jefe y Encargado de Convivencia

4) TRABAJO DE APOYO A ESTUDIANTE Profesor Jefe y Encargado de Convivencia

5) MONITOREO Profesor Jefe y Encargado de Convivencia

6) ELABORACIÓN DE BITACORA Autoridades Directivas y Encargado de Convivencia

7) ELABORACION Y ENTREGA DE INFORME FINAL Autoridades Directivas Técnicas, Profesor Jefe y Encargado de Convivencia

8) CIERRE DE PROTOCOLO Profesor Jefe y Encargado de Convivencia

PROTOCOLO DE VIOLENCIA ENTRE LOS SIGUIENTES ROLES

a) Miembro de la Unidad Educativa a un alumno o apoderados

b) Apoderado a miembro de la Unidad Educativa.

c) Entre los miembros de la Unidad Educativa.

Deber : Comportamiento respetuoso Valores asociados : Respeto – Tolerancia Tipo de falta : Grave

a) Miembro de la Unidad Educativa a un alumno o apoderado:

Tipo de falta: Toda agresión física o verbal desde un Profesor, Asistente de la Educación,

Docente directivo, a un Alumno o Apoderado.

Procedimiento:

1) El miembro de la unidad educativa que observa el hecho, o el mismo

afectado, comunica oralmente a la Orientadora o Encargado de Convivencia.

2) La orientadora cuando tome conocimiento del hecho, debe informar

oralmente a la Directora del establecimiento.

3) Cuando la Directora del establecimiento, toma conocimiento del hecho,

convoca a un miembro del comité de convivencia, el cuál cumple la función

de Ministro de Fé y se reúne con cada uno de los involucrados por separado

y así conocer ambas versiones, las partes pueden exponer los hechos y

mostrar las evidencias que den a conocer los hechos por los que se han visto

afectados.

4) Las versiones serán firmadas por las partes presentes. Si alguna de las partes

no firma se consigna en el libro de actas.

5) Posteriormente se reunirá con ambas partes y el comité de convivencia, para

invitar a una reunión o mesa de diálogo. La cual debe ser realizada

inmediatamente, con la finalidad de dar tiempo a la reflexión de las partes.

6) Si la Directora evalúa la situación y considera la necesidad de la presencia de

un Ministro de Fé externo, puede solicitarlo a la Superintendencia de

Educación, el cual debe asistir a la reunión o mesa de diálogo.

7) En la reunión o mesa de diálogo, se tomarán conocimientos de los hechos de

ambas partes y serán consignadas en un libro de actas, el cual será firmado

por todas las partes que asistan a dicha reunión o mesa de diálogo.

8) Esta acta será leída al final de la reunión o mesa de diálogo y deben firmar

todos los asistentes.

9) Si alguno de los asistentes se niega a firmar, se consigna en la hoja de firmas

y en el libro de actas.

Medidas Formativas y/o Sanción:

1) Cuando exista la voluntad de las partes se solicita que se pidan las disculpas

del caso.

2) El agresor debe asistir a 4 sesiones de un taller de resolución pacífica de

conflictos con dos miembros del comité de convivencia.

3) Si no se llega a un acuerdo entre las partes. La Directora debe seguir el

conducto regular que establece la ley 20.536 de Violencia Escolar e informar

a instancias superiores.

Elaboración de un Informe Final:

1) Terminado el taller de resolución pacífica de conflictos. El comité de

convivencia elabora un informe final y se entrega a la Directora del

establecimiento.

2) Si las partes o una de ella no llega a acuerdo, los miembros del comité de

convivencia deben realizar un informe y entregarlo a la Dirección de la

Escuela.

3) La Directora del establecimiento de no llegar a acuerdo entre las partes debe

informar inmediatamente a instancias superiores, para llegar a una

resolución final.

b) Apoderado a Miembro de la Unidad Educativa

Tipo de falta: Toda agresión física o verbal desde un apoderado a un Profesor, asistente

de la Educación, Docente Directivo.

Procedimiento:

1) El afectado realiza la denuncia directamente con la Directora del

establecimiento, la cual convoca a un miembro del comité de convivencia,

estos en su conjunto se entrevistarán de forma individual con las partes

involucradas, para así conocer los hechos.

2) Cuando se trate de alguna agresión física se dará a conocer a las autoridades

competentes para la toma de decisiones.

3) Si la situación lo amerita se realiza una reunión con ambas partes o una mesa

de diálogo. Si la Directora del establecimiento y en conjunto con el comité de

convivencia solicita un Ministro de Fé externo a la Superintendencia de

Educación.

4) La finalidad de esta reunión o mesa de diálogo es lograr una mediación entre

ambas partes, las cuales se espera que puedan flexibilizar en su postura y

que reflexionen de la importancia de la resolución pacífica de conflictos.

Medidas Formativas y/o Sanción:

1) Si el apoderado agresor no llega a acuerdo con el afectado, la sanción está

referida a que el apoderado debe delegar en un tercero su rol de apoderado,

con el fin de ejercer su función en futuras acciones.

2) Ambas partes aun cuando lleguen a un acuerdo deben asistir a un taller de 4

sesiones, el cual tendrá componentes formativos de resolución pacífica de

conflictos, los cuales serán realizados por dos miembros del comité de

convivencia.

Elaboración de un Informe Final:

1) Terminado el taller de resolución pacífica de conflictos. Los miembros del

comité de convivencia elaboran un informe final y se entrega a la Directora

del establecimiento.

2) Si las partes o una de ellas no llega a acuerdo en la reunión o mesa de

diálogo, el comité de convivencia realiza un informe y lo entrega a la

Dirección de la Escuela.

3) La Directora de la Escuela, debe recopilar todos los antecedentes e informar

a instancias superiores para tomar una resolución final.

c) Entre los Miembros de la Unidad Educativa:

Tipo de falta: Toda agresión física o verbal entre miembros de la Unidad Educativa.

Procedimiento:

1) Las partes involucradas deben intentar solucionar el hecho primero entre

ellos, reflexionando sobre lo sucedido, para lograr un acuerdo entre las

partes sin involucrar a terceros.

2) Cuando se trate de agresión física entre los miembros de la Unidad

Educativa, se debe poner en conocimiento inmediatamente a la Directora

del establecimiento, la cual pondrá en conocimiento a las autoridades

competentes para que siga el conducto regular de una investigación con

personas externas.

3) Cuando se trate de una situación que se pueda solucionar al interior del

establecimiento y que requiera mediar un tercero, una de las partes o ambas

partes deben poner en conocimiento de los hechos a un miembro del comité

de Convivencia Escolar, el cual informará a la Dirección de la Escuela.

4) La Directora del establecimiento evaluará la situación y solicitará la presencia

de uno de los miembros del comité de convivencia, el cumple las funciones

de Ministro de Fé y tomará acta de la reunión, la cual se lee al final de la

misma y firman las partes asistentes. Si la Directora evalúa que esto no es

necesario, la reunión se realiza sin un tercero y sin firmar acta. La entrevista

se realizará con cada miembro por separado para conocer las versiones de

los hechos.

5) Cuando la Directora lo designe solicitará que ambas partes estén presentes y

se realizará una reunión o mesa de diálogo para lograr una mediación entre

ambas partes, las cuales se espera que puedan flexibilizar en su postura y

que reflexionen de la reunión o mesa de diálogo a un miembro del comité de

convivencia, este cumplirá la función de Ministro de Fé en la reunión.

6) Se tomará acta de lo sucedido y todas las partes presentes firman, si uno de

los miembros afectados no quiere firmar, se consigna en el libro de actas.

Medidas Formativas y/o Sanción:

1) Cuando se trate de alguna agresión física se dará a conocer a las autoridades

competentes para la toma de decisiones.

2) Ambas partes aún cuando lleguen a un acuerdo deben asistir a un taller

formativo de resolución pacífica de conflictos, el cuál será realizado por dos

miembros del comité de convivencia. El taller será realizado en 4 sesiones.

Elaboración de un Informe Final:

1) Terminando el taller de resolución pacífica de conflictos, el comité de

convivencia elabora un informe final y se entrega a la Directora del

establecimiento.

2) Cuando una o las partes no lleguen a acuerdo, la Directora del

establecimiento tiene la obligación de dar a conocer los hechos a las

autoridades superiores y adjuntar toda la información recopilada del hecho

ocurrido en el establecimiento.

FUNCIONES DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

DETECCION DE LA FALTA Afectado o Miembro de la Comunidad Educativa

CONVERSACION CON LAS PARTES

INVOLUCRADAS

Directora y/o miembro del Comité de

Convivencia

DETERMINACIÓN DE MEDIDAS FORMATIVAS Directora y Comité de Convivencia

ELABORACION Y ENTREGA DE INFORME FINAL Miembros del Comité de Convivencia

CIERRE DEL PROTOCOLO Directora

PROTOCOLO SOBRE EL CUIDADO DE LA NATURALEZA, INFRAESTRUCTURA Y

EQUIPOS TECNOLÓGICOS

Deber y Valores

DEBER: Relacionados con el cuidado y protección de la naturaleza y de bienes.

VALORES ASOCIADOS: Respeto-Responsabilidad-Honestidad-Servicio-Cuidado del

Entorno y la Naturaleza.

TIPO DE FALTA: Grave.

Descripción de las Faltas al Cuidado de la Naturaleza y Bienes de la Escuela

Son faltas Graves:

1) Demostrar una actitud poco respetuosa hacia la naturaleza, dañando

plantas, árboles y otras especies.

2) Manifestar conducta despreocupada hacia la mantención de la limpieza de

los espacios de la Escuela, salas, patios, baños, dejando basura donde no

corresponde. Rayar paredes, baños, bancos, rejas, romper vidrios, no

cooperar en la mantención de la limpieza y la hermosura de los espacios.

3) Dañar objetos de la Escuela, ya sea interruptores, chapas, ampolletas,

manillas, etc.

4) Omisión cuando es testigo de hechos que deterioran lo existente en la

Escuela.

5) Utilizar los equipos disponibles para propósitos no educativos sin la

autorización del profesor respectivo.

6) Hacer uso de los equipos en los horarios no establecidos, no cumpliendo

con las disposiciones y recomendaciones indicadas para su buen uso por

parte de las personas encargadas.

7) Exhibir videos, CD, de su propiedad sin la previa autorización del profesor a

cargo.

8) Hacer uso de libros de texto y material didáctico sin cuidarlos,

escribiéndolos o rayándolos innecesariamente.

9) No cumplir con la responsabilidad de llevar los textos, materiales didácticos

a su lugar de origen.

10) No cumplir con reparar o reponer material de un compañero cuando haya

reconocido que lo ha dañado intencionalmente.

11) Insistir en traer a la escuela materiales no solicitados.

12) El uso de teléfonos celular, MP3, MP4, grabar en la sala de clases, baños,

duchas.

Procedimientos Formativos para las faltas

Intención Formativa: El mantener un espacio grato y limpio es un esfuerzo comprado de

la comunidad educativa, por ello es importante promover el desarrollo en los y las

estudiantes, actitudes y habilidades de cuidado y respeto por la naturaleza, los equipos y

materiales para la enseñanza-aprendizaje así como los bienes muebles e inmuebles.

Tipo de Falta: Grave

“Son aquellas actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad

física y psicológica de un integrante de la comunidad educativa (entre pares, y entre

estudiantes y adultos), los bienes muebles e inmuebles de la institución, así como

acciones deshonestas que atenten contra los valores que imparten la escuela”.

Procedimiento a Seguir según Falta Grave

a) POR PRIMERA Y SEGUNDA VEZ

Fase 1: Detección de la falta y conversación con el estudiante

1) El miembro de la unidad educativa que observe el hecho, o el mismo

afectado, comunica oralmente al Profesor Jefe, Encargado de Convivencia o

Inspector general.

2) El Profesor Jefe, Inspector General o Encargado de Convivencia registran el

hecho en el libro de clases y en hoja de observaciones del estudiante

causante del hecho.

3) El profesor Jefe cita al apoderado del estudiante causante del daño a través

de una comunicación en la libreta de comunicaciones y registra la citación en

la hoja de observaciones respectivas.

4) Si no hay respuesta de parte del apoderado, se debe designar una dupla de

profesionales, para realizar la visita domiciliaria.

Fase 2: Conversación con apoderado y estudiante

1) El Profesor Jefe, Encargado de Convivencia Escolar y/o Inspectora general,

conversan con el apoderado y estudiante causante del daño, para conocer

las causas y circunstancias del hecho considerando como falta grave.

2) Registrar de manera objetiva los aspectos centrales de cada una de las

reuniones.

3) El apoderado de cada uno de los estudiantes involucrados firma registro de

la entrevista con el compromiso de apoyar las medidas formativas que se

decidan aplicar.

Fase 3: Determinación de las medidas formativas:

1) El Encargado de Convivencia, Profesor Jefe, analizan la información recogida

y valoran la situación. Para ello, se deberá tener en cuenta las circunstancias

del momento de los hechos, la edad y las características personales,

familiares o sociales de los estudiantes involucrados.

2) Determinación de medidas formativas de apoyo al estudiante causante. Por

parte del Encargado de Convivencia, Profesor Jefe.

3) Comunicación de las medidas formativas de apoyo para los estudiantes

involucrados, al Consejo de Profesores y a los respectivos apoderados por

parte del Encargado de Convivencia y Profesor Jefe.

Fase 4: Trabajo de apoyo al estudiante

1) Las medidas formativas deben orientarse a ayudar al estudiante causante

del daño a reconocer la falta y sus razones a través de diversas técnicas

basadas en un diálogo constructivo y resolución pacífica de conflictos. Si

fuese pertinente, orientarlo a que voluntariamente decida disculparse y/o

compensar con una acción concreta al objeto dañado. Así también derivar a

especialistas cuando corresponda.

2) Elaboración de una bitácora que registre los procedimientos y evolución del

caso por parte del encargado de Convivencia y/o Inspector General.

Monitoreo del proceso por parte del Encargado de Convivencia, Inspector

general o Profesor Jefe.

Fase 5: Informe Final y cierre del protocolo

1) Elaboración de un informe final con los resultados del procedimiento de

aplicación de medidas formativas de apoyo al estudiante por parte del

Encargado de Convivencia.

2) Entrega del informe a las autoridades Directivas Técnicas, al Profesor Jefe,

por parte del Encargado de Convivencia.

FUNCIONES DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

DETECCION DE LA FALTA Miembro de la Comunidad Educativa

CONVERSACION CON ESTUDIANTE Y APODERADO Profesor Jefe - Encargado de Convivencia

DETERMINACION DE MEDIDAS FORMATIVAS Profesor Jefe - Encargado de Convivencia

TRABAJO DE APOYO A ESTUDIANTE Profesor Jefe - Encargado de Convivencia

MONITOREO Profesor Jefe - Encargado de Convivencia

ELABORACION DE BITÁCORA Profesor Jefe - Encargado de Convivencia

ELABORACIÓN Y ENTREGA DE INFORME FINAL Profesor Jefe - Encargado de Convivencia

CIERRE DE PROTOCOLO Profesor Jefe - Encargado de Convivencia

PROTOCOLO PARA PREVENCIÓN Y ACTUACIÓN ANTE SITUACIONES DE MALTRATO INFANTIL Y /O CONNOTACIÓN SEXUAL DENTRO DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

Protección de los derechos de los niños(as) y adolescentes, desde la entrada en vigencia en Chile de los mandatos establecidos en la “Conversión sobre los Derechos del Niño”. El Estado de Chile ha promulgado una serie de normas orientadas al cumplimiento progresivo de esta obligación. Como establecimiento debemos garantizar estos derechos, por lo que hemos considerado necesario abordar la temática de maltrato infantil y definir los procedimientos internos, en caso de enfrentarnos a cualquier tipo de maltrato. El objetivo principal del presente protocolo de actuación será prevenir y dar cumplimiento a los procedimientos establecidos para las diferentes situaciones de maltrato infantil que pudiesen presentarse, a través de una actuación coordinada y eficaz de los distintos estamentos de nuestra comunidad educativa. De este modo, se busca garantizar estándares mínimos en la detección y actuación frente a estas situaciones, como a su vez, brindar herramientas necesarias para que nuestra comunidad pueda actuar a tiempo y de manera adecuada en el trato diario con nuestros estudiantes. 1.- Marco Normativo de referencia: ¿Qué entenderemos por maltrato infantil? La Convención de los Derechos de los Niños de las Naciones Unidas en su Artículo 19, se refiere al maltrato infantil, como: “toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligentes, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual, mientras el niño se encuentre bajo la custodia de los padres, de un representante legal o de cualquier otra persona que lo tenga a su cargo”. De acuerdo a la Ley de Menores, N° 16.618, podemos definir el Maltrato Infantil como: “una acción u omisión que produzca menoscabo en la salud física o psíquica de los menores”. Todos los tipos de maltrato infantil constituyen vulneración a los derechos del niño que están consagrados como ley desde el año 1990 en Chile, a través de la ratificación de la Convención Internacional de los Derechos del Niño. 2.- Tipos y formas de Maltrato infantil: ➢ Maltrato físico:

Es cualquier acción no accidental por parte de los padres, madres o cuidadores(as) que provoque daño físico, sea causal de enfermedad en el niño(a) o lo ponga en grave riesgo de padecerla. ➢ Maltrato emocional o psicológico:

Es el hostigamiento verbal habitual por medio de insultos, críticas, descréditos, ridiculizaciones, así como indiferencia y el rechazo explícito o implícito hacia el niño, niña o adolescente. También se incluye el rechazo, el aislamiento, aterrorizar a los niños o niñas, ignorarlos y corromperlos. ➢ Abandono y Negligencia:

Se refiere a situaciones en que los padres, madres o cuidadores/as, estando en condiciones de hacerlo, no dan el cuidado y la protección tanto física como sicológica que los niños y niñas necesitan para su desarrollo. El cuidado infantil implica satisfacer diversos ámbitos como el afecto, la alimentación, la estimulación, la educación, la recreación, la salud, el aseo, etc. ➢ Abuso Sexual:

El Abuso Sexual Infantil ocurre cuando un adulto o alguien mayor que un niño o niña, abusa del poder, relación de apego o autoridad sobre él o ella y/o se aprovecha de la confianza y respeto para hacerlo participar en actividades sexuales que el niño o niña no comprende y para las cuales es incapaz de dar su consentimiento informado, aun cuando el niño o niña se dé cuenta de la connotación que tiene la actividad. La Ley señala que una agresión sexual en menores es cualquier conducta de tipo sexual que se realice con un niño o niña, menor de edad, esto incluye las siguientes situaciones, que pueden ser desarrolladas en forma conjunta, sólo una o varias. Pueden ser efectuadas en episodio único, en repetidas ocasiones o hasta en forma crónica por muchos años. Artículo 162° Deber denunciar y la sanción en caso de incumplimiento al no llevarlo a cabo. Párrafo 1°, Obligación de denunciar: Tanto la Ley de Menores como el Código Procesal Penal, establecen la obligación para los funcionarios(as) públicos, directores(as) de establecimientos educacionales, inspectores, profesores(as) y asistentes de la educación de DENUNCIAR HECHOS CON CARACTERÍSTICAS DE MALTRATO INFANTIL O CUALQUIER OTRO DELITO que afectare a los alumnos o que hubiere tenido lugar en el establecimiento (Art. 175 Código Procesal Penal). Dicha obligación debe ser cumplida dentro de las 24 horas siguientes a las que se tuvo conocimiento de los hechos, sancionándose su Incumplimiento (Art. 176 CPP). Por su parte, la Ley N° 19.968 que crea los tribunales de Familia, plantea que será este tribunal el que abordará los hechos en los cuales aparezcan vulnerados los derechos de los niños y niñas, así como también las causas relativas a maltrato infantil, no constitutivos de delito, por ejemplo, abandono o negligencia grave y reiterada por parte del apoderado que afecte al menor. Cuando los hechos revistan carácter de delito, como el caso de abusos sexuales, deberán ser denunciados directamente ante el Ministerio Público, Carabineros de Chile o Policía de Investigaciones. No obstante, frente a cualquier duda respecto a sí los hechos revisten o no carácter de delito, los antecedentes del caso deberán ser presentados, directamente ante el Tribunal de Familia en un plazo de 24 hrs., quienes adoptarán inmediatamente las medidas de protección o cautelares para proteger la integridad de los menores que correspondan o en casos calificados derivarán la denuncia ante los organismos antes mencionados Párrafo 2°: Incumplimiento de la obligación de denunciar: El Art. 177 del Código Procesal Penal establece que las personas indicadas en el Art. 175,

que omitieren hacer la denuncia que en él se prescribe, incurrirán en la pena prevista en el Art. 494 del Código Penal, que establece que sufrirán la pena de multa de 1 a 4 UTM. En casos extremos, puede ocurrir que, por callar, ignorar o desentenderse ante hechos que pudieren constituir un delito, estemos convirtiéndonos en encubridores de un delito. La ley considera a los docentes como encargados de la educación y el bienestar de los alumnos cuando estos se encuentran en las aulas, y, por lo tanto, son merecedores de la confianza de los menores y de sus padres. Es en ese papel que un menor puede eventualmente recurrir a un docente a expresar lo que le ocurre o pueden llegar a nuestro conocimiento hechos que revistan características de delito o maltrato infantil, por lo cual, estamos obligados a poner especial atención frente a hechos de esta naturaleza. Artículo 163°; Protocolo de actuación en los distintos casos de maltrato infantil, como educadores y miembros de una comunidad educativa, es posible que podamos tomar conocimiento de una sospecha o certeza de alumnos que puedan estar pasando por una situación de maltrato infantil. Es por este motivo que se establece un protocolo de actuación para enfrentar las distintas situaciones de maltrato anteriormente mencionadas. Debemos tener presente que los organismos competentes para conocer de las denuncias que deban efectuarse serán el Tribunal de Familia, y para el caso que los hechos revistan caracteres de delito, el Ministerio Público, Carabineros de Chile o Policía de Investigaciones. Protocolo de actuación en caso de sospecha o develación directa de maltrato físico, emocional o psicológico, abandono o negligencia y abuso sexual: Cualquier miembro de la comunidad educativa (alumnado, profesorado, familias, personal no docente) que tenga conocimiento de una situación de maltrato infantil, o considere la existencia de indicios razonables, tiene la obligación de ponerla inmediatamente en conocimiento de directivos, encargados de convivencia escolar o psicólogo. Una vez que el Establecimiento tome conocimiento se actuará, dependiendo del caso, según los siguientes protocolos:

- Protocolo en caso de sospecha de Maltrato Infantil por parte de un familiar o persona externa a la escuela.

- Protocolo en caso de develación directa de Maltrato Infantil por parte de un familiar o persona externa a la escuela.

- Protocolo en caso de sospecha de develación directa de Maltrato Infantil por parte de otro alumno, profesor u otro funcionario del establecimiento.

- Protocolo especial para casos de ausentismo escolar o ausencias injustificadas.

Protocolo en caso de sospecha de maltrato infantil por parte de un familiar o persona externa a la escuela: Si un estudiante presenta signos, emocionales o conductuales que hacen pensar que pueda ser víctima de maltrato o abuso sexual, se debe poner en conocimiento al departamento de Convivencia Escolar La Encargada de Convivencia Escolar o en su ausencia el Psicólogo(a) informará la situación al equipo directivo del establecimiento. La dupla psicosocial y la encargada de Convivencia Escolar, recopilarán antecedentes suficientes del caso, para determinar si efectivamente existen sospechas fundadas de algún tipo de maltrato hacia el niño(a), dentro de las primeras 24 horas. En caso que no se encuentre el Director de Convivencia Escolar o Psicólogo en el Establecimiento en ese momento, será la Dirección de la escuela quien asignará al responsable que deberá realizar el procedimiento de recopilación de antecedentes. En caso que se descarte la sospecha o certeza del maltrato, se deberá: Citar a los apoderados del alumno(a) para informarle sobre los antecedentes que efectuarían a su hijo. Determinar en conjunto con los padres y/o apoderados la posible derivación a especialista externo. Realizar acompañamiento y seguimiento del menor por parte de la Educadora y Psicólogo. Informar a Equipo Directivo del establecimiento. Si se confirma que hay antecedentes confiables de abuso o maltrato de un estudiante por parte de personas externas a la escuela se deberá: Informar a Directivos del Establecimiento. En caso de que la sospecha recaiga sobre el padre, la madre o tutor; se procederá inmediatamente a poner los antecedentes a disposición del Tribunal de Familia, bajo ninguna circunstancia se debe citar a los posibles agresores. En caso de que la sospecha recaiga sobre una persona externa al hogar, familia (que no sea padre, madre o tutor) se citará al apoderado para comunicarle la situación que afecta a su hijo e informarle que el Establecimiento tiene la obligación legal de informar a la autoridad para que se investigue el hecho (denunciar) dentro de las 24 horas desde que se conocieron los hechos. En caso de que no se evidencie claramente, si el agresor es un familiar o una persona externa al hogar, se procederá inmediatamente a denunciar ante el organismo que corresponda dependiendo de si el hecho reviste o no caracteres de delito y según las

indicaciones previamente señaladas. Protocolo en caso de develación directa de maltrato infantil por parte de un familiar o persona externa a la escuela: Si un docente o funcionario recibe el relato de un alumno que devele que ha sido maltratado o abusado sexualmente por una persona externa a la escuela, debe comunicar la situación inmediatamente a la encargada de Convivencia Escolar. La encargada de Convivencia Escolar informará la situación a los Directivos del establecimiento. En este caso no se debe volver a entrevistar al alumno, para evitar la re victimización. Será el docente y/o funcionario que recibió el relato, en conjunto con el Psicólogo(a) los que deban emitir el informe que posteriormente anexará la Dirección del establecimiento la denuncia. En caso de agresión física: En caso de que el alumno tenga signos visibles de agresión, se deberá constatar lesiones en el servicio médico asistencial que le corresponde. El alumno será acompañado por la persona a quien le confidenció el hecho o por un Inspector(a). Si el agresor resultara ser el padre o tutor; se procederá, una vez realizada la constatación de lesiones, a efectuar la denuncia ante el Ministerio Público, Carabineros de Chile o Policía de Investigaciones. En caso que el agresor resulte ser una persona externa al hogar, familia (que no sea padre, madre o tutor) se citará al apoderado para comunicarle la situación que afecta a su hijo(a) e informarle que de acuerdo a obligación legal del Establecimiento debe poner los antecedentes a disposición de la autoridad dentro de las 24 horas desde conocidos los hechos. Develación directa de terceros: En caso que los padres o tutor del menor hayan recibido una develación directa de maltrato del mismo y lo reporta al establecimiento, el establecimiento de igual forma, tendrá la obligación de denunciar dentro de las 24 horas siguientes en que se tomó conocimiento de los hechos, ya que el artículo 175 del Código Procesal Penal establece claramente que el deber de denunciar recae sobre directores, inspectores y profesores, respecto a hechos que revistan el carácter de delitos que afecten a los alumnos o que hubieren tenido lugar en el establecimiento. Para evitar caer en incumplimiento legal, en aquellos casos en que padres o tutor del menor hayan previamente efectuado la denuncia ante el Organismo competente, una vez informado y analizado el caso por Directivos, será necesario solicitar a los padres o tutor los datos del organismo donde se efectuó la denuncia y número otorgado a la misma, para acercarnos a aquél dentro de las 24 horas siguientes para completarla, es decir, entregar

cualquier otro antecedente a la autoridad del que pudiésemos estar en conocimiento. En el caso que la develación del ilícito se realizare a un tercero, sea éste un par del niño, niña o adolescentes, entiéndase, a un compañero de curso, a un compañero de escuela, se le debe contener emocionalmente, valorar la iniciativa de dar a conocer lo que le sucede a su amigo o compañero, se le debe eximir de culpa y responsabilidad, es necesario explicarle los límites de la confidencialidad, la cual es necesaria romper en caso de hechos que atenten contra la integridad y bienestar y finalmente, se debe sensibilizar respecto del rol de la unidad educativa, en su calidad de agentes con posibilidad de brindar ayuda a los niños, niñas o adolescentes.

El comité de Convivencia Escolar, recopilará antecedentes suficientes del caso, para determinar si efectivamente existe sospecha fundada de algún tipo de maltrato hacia el niño(a), dentro de las primeras 24 horas.

Protocolo en caso de sospecha o develación directa de maltrato infantil por parte de otro alumno, profesor u otro funcionario del establecimiento. Si un docente o funcionario recibe el relato de un alumno(a) que devele que ha sido maltratado o abusado sexualmente por una persona interna al colegio, o si un estudiante presenta signos físicos, emocionales o conductuales que hacen pensar que pueda ser víctima de maltrato o abuso sexual de parte de otro alumno, profesor o funcionario del establecimiento, se debe poner en conocimiento inmediato a la encargada de Convivencia Escolar. La encargada de Convivencia Escolar, informará la situación a los Directivos del establecimiento. En caso que la encargada de Convivencia Escolar no se encuentre en el establecimiento, la dirección determinará quién deberá realizar el procedimiento de recopilación de antecedentes. En caso de existencia de lesiones, se deberán constatar en el servicio médico asistencial que le corresponde. El alumno será acompañado por la persona a quien le confidenció el hecho o un inspector(a). Si se confirma que hay antecedentes confiables y suficientes de abuso o maltrato de un estudiante por parte de las personas referidas se deberá. Informar a los Directivos. En caso que se vincule como presunto ofensor a un funcionamiento de la escuela o Profesor, por la gravedad del hecho, como medida de prevención, se deberá disponer la separación del eventual responsable de su función directa con los menores, trasladándolo inmediata, pero temporalmente a otras labores. Esta medida tiende no sólo a proteger a

los menores sino también al denunciado(a), en tanto se clarifiquen los hechos. En caso que el sindicado como eventual responsable sea un alumno, se tomarán inmediatamente las medidas para evitar contacto con la eventual víctima. Se citará inmediatamente a ambos apoderados para comunicarles la situación que afecta a sus pupilos e informarles que el Establecimiento tiene la obligación legal de poner los antecedentes en conocimiento y a disposición de la autoridad dentro de las 24 horas siguientes desde que se conocieron los hechos. A su vez, en casos calificados se presentará una solicitud inmediata de medida cautelar o de protección ante el Tribunal de Familia, quien será el responsable de autorizar medidas como la suspensión del supuesto agresor o de establecer cualquier otra medida conducente a la protección de la víctima y menores involucrados. Para el caso excepcional que, por el horario y día en que sucedieron los hechos, el Tribunal de Familia se encuentre fuera de horario de funcionamiento, en caso urgentes se podrá adoptar -previo análisis de Directivos la medida de suspensión temporal de los menores involucrados, procurando no afectar los derechos de éstos, evitando sobreexponerlos y solicitar de forma inmediata o lo antes posible la ratificación de la medida por el Tribunal de Familia. En relación a lo expuesto anteriormente se sugiere al personal que labora en este Establecimiento Educacional no caer en las siguientes acciones para malos entendidos. Tomar a un alumno(a) de alguna parte de su cuerpo para conducirlo a un lugar determinado. Utilizar la voz agresivamente para hacer llamado de atención al alumno(a). Ridiculizar al alumno(a) frente a sus compañeros o en lugares públicos. Llamar al alumno(a) por apodos o sobrenombres/o tratarlo de mentiroso o sobrenombres Protocolo especial para casos de ausentismo escolar o ausencias injustificadas. La prevención y control del ausentismo y del abandono escolar injustificados constituyen un ámbito de actuación fundamental en el marco de nuestro modelo, ya que representan factores que dificultan el pleno desarrollo de nuestros estudiantes y podrían potencialmente vulnerar su derecho a la educación, por lo cual, se hace necesaria la detección de aquellas situaciones en que se aprecia irregularidad en la escolarización, poniendo en marcha medidas destinadas a su corrección, según se indica a continuación. ➢ En caso de inasistencias reiteradas e injustificadas del alumno(a) la educadora

deberá citar al apoderado para solicitar mayores antecedentes que puedan estar afectando al alumno o familia.

➢ En caso que el alumno(a) continúe sin asistir a clases en forma injustificada o con

ausencias reiteradas, la educadora deberá informar de la situación a la Trabajadora Social, la cual realizará una visita domiciliaria y de no encontrarse el apoderado se le citará al establecimiento para analizar la situación personal, escolar y familiar del alumno(a) con el fin de determinar las acciones a seguir.

➢ Si la familia tiene un viaje planificado durante el año escolar deberá informarlo a la

Educadora y en Inspectoría General para considerar las inasistencias. Además deberá hacerse responsable de los vacíos pedagógicos y/o curriculares provocados por la ausencia a clases y seguir los lineamientos dados desde Unidad Técnica para completar vacíos y/o evaluaciones. Esto será de exclusiva responsabilidad de los padres del menor.

Medidas de seguridad y apoyo al estudiante y comunidad escolar.

a) Incremento de las medidas de vigilancia (asistentes de la educación),

intervención de mediadores, colaboración de compañeros previamente

formados para acompañar a la víctima, sobre todo en momentos de

mayor riesgo (entradas, pasillos, salidas) solicitud colaboración familiar.

b) Tratamiento especializado el que debe ser otorgado por equipos

especializados del sistema de salud, de las unidades de atención de

víctimas de delitos violentos, de los proyectos especializados en la

atención al maltrato infantil del Servicio Nacional de Menores y ONG,

entre otros.

c) Aplicación de estrategias específicas de desarrollo emocional,

habilidades sociales y ayuda personal. (dupla psicosocial)

d) Las medidas de apoyo a la comunidad deben estar orientadas a mejorar

la convivencia escolar con acciones inmediatas de contención y de

prevención (talleres y charlas) y deberá tener como referencia el Plan de

Acción de Convivencia de la Escuela. (dupla psicosocial y encargado de

convivencia)

e) Elaboración de una bitácora que registre los procedimientos y evolución

del caso por parte del Profesor Jefe y Encargado de Convivencia.

f) Monitoreo del proceso por parte del Encargado de Convivencia y

Profesor Jefe.

PROTOCOLO RETIRO DEL ESTABLECIMIENTO Y/O ACTIVIDAD EXTRAESCOLAR

PROGRAMADA

Deber y Valores

DEBER: Retiro del establecimiento y de actividades extraescolares programadas, con la

debida autorización de Directora.

VALORES ASOCIADOS: Respeto – Responsabilidad – Honestidad.

TIPO DE FALTA: Leve – Grave

Descripción de Faltas al Deber Relacionado con Retiro y Actividad Extraescolar

Son Faltas:

1) Intentar retirarse del establecimiento sin haber cumplido con el

procedimiento administrativo estipulado.

2) Que el apoderado no justifique debidamente causal del retiro del

establecimiento.

3) Que el apoderado no estipule con quien o de qué forma se retire el

estudiante del establecimiento.

Es una Falta Grave:

Retirarse del establecimiento sin autorización de la Inspectora General de la escuela.

Procedimientos Administrativos:

Retiro del Establecimiento Previo a la Jornada de Término:

1) Apoderado deberá justificar por escrito vía agenda las causales, la hora y el

medio por el cual se retira el estudiante (con familiar, transporte escolar,

solo entre otros), de los contrarios, deberá asistir personalmente al

establecimiento y justificar.

2) Estudiante deberá mostrar a profesor a cargo del curso, la justificación del

retiro.

3) Profesor a cargo, deberá autorizar a estudiante para acudir con la inspectora.

4) La Inspectora general revisará el justificativo y entregará papeleta de

autorización para retiro del establecimiento previo al término de la jornada

escolar.

5) Estudiante deberá dirigirse nuevamente a la sala de clases, retirar sus

pertenencias y mostrar al profesor a cargo la papeleta de autorización.

6) Profesor a cargo deberá registrar en hoja de asistencia del estudiante,

consignando la hora de retiro.

7) Estudiante deberá concurrir a secretaria permanecer ahí hasta su retiro por

el apoderado o suplente autorizado.

8) El apoderado deberá ser registrado en el libro de salida de alumnos

(secretaria)

Retiro de Alguna Actividad Extraescolar Programadas:

1) El apoderado tomará conocimiento de la actividad programada fuera del

establecimiento.

2) El apoderado autoriza por escrito dicha actividad con la firma

correspondiente.

3) El profesor solicitará a Dirección 10 días antes la autorización para la salida a

terreno.

4) El Director solicitará a Deprov., la salida a terreno a dichos cursos.

5) Una vez recibida la autorización, los profesores deberán dejar la lista de los

alumnos y las autorizaciones de los apoderados a UTP y/o Encargado de

Subvención.

Retiro del Establecimiento sin Autorización Respectiva:

1) Miembro de la comunidad educativa que detecte la falta deberá dar aviso a

la Inspectora General, Encargado de Convivencia y/o Profesor Jefe.

2) Inspectora General y/o Profesor Jefe, conversará con el estudiante

involucrado, indagando en las causas de su actuar.

3) Profesor Jefe, deberá registrar situación en hoja de observaciones del

estudiante.

4) Estudiante deberá reintegrarse a clases.

5) Profesor Jefe citará a apoderado vía libreta de comunicaciones.

6) Profesor Jefe y/o Encargado de Convivencia, se entrevistarán con apoderado,

informando sobre la situación ocurrida y el procedimiento a seguir, además

de solicitar su apoyo frente a las medidas que se implementará.

PROTOCOLO DE ACCION PARA ABORDAJE Y ATENCIÓN DE ACCIDENTES ESCOLARES

DEBER: Informar la ocurrencia de un accidente y actuar según procedimiento

VALORES ASOCIADOS: Respeto-Responsabilidad-Honestidad-Servicio.

Ante la ocurrencia de un accidente escolar, el Estado de Chile cuenta con un seguro de accidentes escolares, que cubre a todos los estudiantes como se señala a continuación. Beneficiarios: son beneficiarios los y las estudiantes que tengan la calidad de alumnos regulares de establecimientos subvencionados o particulares, del nivel de transición de la educación parvularia, de enseñanza básica, media, técnico profesional, universitario, institutos profesionales, centros de formación técnica dependientes del Estado o reconocidos por él. Denuncia del accidente: se efectúa en el servicio de salud público, por medio del Formulario de Declaración Individual de Accidente Escolar. Es preciso señalar, que un accidente escolar se puede producir en cualquier horario de la jornada escolar, así también puede producirse durante el desarrollo de academias, salidas a terreno o en el trayecto de entrada o salida del establecimiento

1.- Durante la Jornada Escolar: A1. Persona que haya sido testigo del accidente deberá prestar ayuda e informar de manera inmediata a alguna persona adulta que se encuentre cercano (asistente, inspector, profesor, etc.). Si el accidente ocurre en la sala de clases será obligación del profesional a cargo informar la situación y dejar en constancia de lo sucedido en la hoja de vida del libro de clases. A2 El Inspector, profesor o adulto que atienda la situación de accidente, deberá estimar según la gravedad de éste, si la atención del alumno(a) se realizará en el lugar, enfermería, si se debe trasladar al servicio de urgencia o solicitar una ambulancia. A3. Todo accidente escolar, sin importar su gravedad Inspectoría deberá informar al apoderado por medio de los canales de comunicación que establece la escuela y registrar en la bitácora de accidentes escolares los hechos acontecidos. A4. En caso que se requiera una atención más especializada, será responsabilidad de Inspectoría comunicarse con la familia del alumno a fin de que sean ellos los quienes procedan o autoricen el traslado a un centro asistencial.

A5. Si la gravedad de la emergencia lo justifica o los padres no fueran ubicados, la escuela hará el traslado inmediato a la Urgencia del Hospital Dr. Juan Noé C. El alumno será acompañado por un funcionario del establecimiento y no lo abandonará hasta que sus padres o familia se hagan presentes en el servicio de urgencias. A6. Si terminada la atención en el servicio de urgencias los padres o familia del alumno no se presentan o no son ubicados, el funcionario(a) del establecimiento que acompañe al menor deberá comunicar al plan cuadrante de carabineros que la escuela trasladará al alumno(a) hasta su domicilio. A7. Toda situación de accidente calificado y con traslado a Urgencias, deberá cursar Formulario de Accidente Escolar, debiendo ser firmado por el apoderado. A8. Es responsabilidad de los alumnos y de los padres proporcionar la información necesaria por el Servicio de Primeros Auxilios al momento de requerir atención. A9. Es responsabilidad de los padres entregar al momento de la matrícula informar toda patología histórica o vigente (historial médico del alumno). 2.- Durante la el Desarrollo de Salidas a Terreno: Ante cualquier accidente que ocurra fuera de las instalaciones del establecimiento y que requieran de una atención más especializada (traslado a Urgencias) el protocolo de actuación indica lo siguiente: B1. Será obligación del encargado de la Salida a Terreno comunicar lo sucedido al establecimiento (Inspectoría General), quién en forma inmediata lo comunicará al apoderado o familia con la finalidad de requerir su presencia en el Servicio de Urgencia. B2 El establecimiento enviará a un funcionario al servicio de urgencias con el formulario de accidente escolar, con el propósito de facilitar su atención en el servicio de urgencia y además de hacer contacto con la familia o apoderado citado al lugar. B3 Si el apoderado o familia no se hace presente en el servicio de urgencia se procederá a lo que indica el punto A6. La denuncia del accidente escolar deberá efectuarse en el formulario Declaración Individual de Accidentes escolares, aprobado por el Servicio Nacional de Salud, form.207 d. Se llenarán 5 formularios los cuales se presentarán al centro Asistencial para su debida firma y luego se distribuirán de la siguiente forma: Dos copias quedan en el Centro Asistencial Una copia queda en la escuela Una copia al apoderado Una copia queda disponible para Jefatura Provincial de Educación Rechazo de la ficha de accidente escolar. En caso que el apoderado no considere la ficha de accidente escolar, ya que tiene convenio con instituciones privadas y/o afines, se deberá consignar en el libro de accidentes escolares.

*El establecimiento deberá tener registro de contactos con redes asistenciales cercanas

al establecimiento (Encargado, Dirección, número telefónico, entre otros).

Funciones de los Miembros de la Comunidad Educativa

DETECCION DEL ACCIDENTE Miembro de la comunidad Educativa

APOYO AL ESTUDIANTE ACCIDENTADO Profesor Jefe - Encargado de Convivencia –Asistentes de la Educación

COMUNICACIÓN A PROFESOR JEFE Encargado de Convivencia

COMUNICACIÓN A APODERADO Inspectoría

REGISTRO EN HOJA DE OBSERVACIONES Profesor Jefe-Encargado de Convivencia

REGISTRO BITACORA DE ACCIDENTES Inspectoría

COORDINAR TRASLADO A RECINTO

ASISTENCIAL

Inspectoría – Encargado de Convivencia

COMPAÑÍA DURANTE EL INGRESO AL RECINTO

ASISTENCIAL

Asistente de la educación - Apoderado

PROTOCOLO SOBRE LA OCURRENCIA DE DELITOS

Descripción de los Delitos:

a) Definición de Delito: En términos generales son actos que lesionan algún

bien jurídico determinado, existiendo una sanción a imponer a quién los

efectúa. Por ejemplo, en los delitos de carácter sexual los bienes jurídicos

lesionados son la

Libertad Sexual y la Indemnidad Sexual

b) Son delitos:

1.- provocar lesiones y/o amenazas a algún miembro de la unidad educativa.

2.- Robar o hurtar especies del establecimiento y/o de algún miembro de la

comunidad educativa.

3.- Portar armas.

4.- Tenencia ilegal de armas.

5.- Tráfico de sustancias ilícitas.

6.- Delitos con connotación sexual.

7.- Producción y distribución de material pornográfico.

8.- Otros constitutivos de delito.

“Previo a la aplicación de este protocolo, se deberá tener la certeza que el hecho

constatado configura un delito”.

Procedimientos Administrativos:

Según lo establece el código penal en su artículo 175, el Director (a) de la unidad

educativa y profesores tienen la obligación de denunciar cualquier acción u omisión que

revista de carácter de delito y que afecte a un miembro de la comunidad educativa o que

hubiere tenido lugar en el establecimiento.

Para cumplir con lo anterior se deben realizar los siguientes procedimientos:

1.- cuando las autoridades del establecimiento educacional tomen conocimiento de este

tipo de hecho, que tiene carácter de delito, es necesario que cuenten con la mayor

cantidad de antecedentes que permitan fundamentar la denuncia.

2.- Comunicar de manera inmediata este tipo de hecho a las autoridades superiores del

DAEM, en el caso de tratarse de un delito MUY GRAVE.

3.- Realizar la denuncia a Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones, Fiscalía del

Ministerio Público o Tribunales Competentes, dentro de un plazo de 24 horas desde que

se tome conocimiento del hecho, según el artículo 176 del Código Procesal Penal, por

parte de la Directora, Encargado de Convivencia o Profesor Jefe.

4.- Se comunica el hecho al apoderado del o la estudiante involucrado en el acto delictivo

por parte de la Directora de la Escuela.

5.- Se comunica el hecho al Departamento Provincial de Educación o a la

Superintendencia de Educación.

6.- Se deberá siempre resguardar la identidad del reclamante y no se podrá imponer una

sanción disciplinaria en su contra basada únicamente en el mérito de su reclamo.

7.- Mientras se estén llevando a cabo las indagaciones aclaratorias y el discernimiento de

las medidas correspondientes, se asegurará a todas las partes la mayor confidencialidad,

privacidad y respeto por su dignidad y honra.

8.- Portería no debe permitir el ingreso, ni entregar información a medios de

comunicación ni a personas ajenas a la Unidad Educativa sin la autorización expresa de la

dirección.

FUNCIONES DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

DETECCION DE LA FALTA

Miembros de la Comunidad Educativa

COMUNICACIÓN A AUTORIDADES

SUPERIORES DAEM

Directora

DENUNCIA AUTORIDADES POLICIALES

Directora y Trabajadora Social

COMUNICACIÓN AL APODERADO

Directora y Trabajadora Social

COMUNICACIÓN A AUTORIDADES DEL

MINISTERIO DE EDUCACION

Directora y Trabajadora Social

Procedimientos Formativos:

1.- INTENCION FORMATIVA

Frente a una situación de ocurrencia de delito, las autoridades del

establecimiento educacional se deben preocupar, además de informar a la

comunidad educativa, de aplicar los procedimientos de las medidas formativas y de

contención tanto del estudiante afectado como del causante.

2.- TIPO DE FALTA: Muy Grave

Definición: “Son aquellas actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad

física y psicológica de un integrante de la comunidad educativa (entre pares y entre

estudiante y adulto), de manera sostenida en el tiempo. Así también, conductas

tipificadas como delito”.

Procedimientos Según Faltas Muy Graves:

Fase 1: Detección de la falta y citación al apoderado:

1) El miembro de la unidad educativa que observe el hecho o el mismo

afectado comunica oralmente al Profesor Jefe, Encargado de Convivencia o

Trabajadora Social.

2) Quien reciba la denuncia debe informar inmediatamente a la Directora de la

Escuela y ésta comunicar de manera inmediata a las autoridades superiores

del DAEM.

3) El Profesor Jefe y Encargado de Convivencia, registra el hecho en la hoja de

observaciones del estudiante causante del hecho y del estudiante dañado si

corresponde.

4) El profesor Jefe cita al apoderado del o los involucrados a través de una

comunicación en la libreta de comunicaciones y registra la citación en la hoja

de observaciones respectivas. Si no hay respuesta de parte del apoderado se

debe designar una dupla de profesionales, para realizar visita domiciliaria.

Fase 2: Conversación con el apoderado y estudiante:

1) El Profesor Jefe, Encargado de Convivencia y Trabajadora Social, conversan

con el apoderado y estudiante causante del delito para conocer las causas y

circunstancias de su conducta delictual, hecho considerado como falta muy

grave.

2) El Profesor Jefe, Encargado de Convivencia y Trabajadora Social, conversan

con el apoderado y estudiante dañado si corresponde, para conocer las

causas y circunstancias del hecho delictual.

3) El apoderado de cada uno de los estudiantes involucrados firma el registro

de la reunión con el compromiso de poyar las medidas formativas que se

decidan aplicar.

Fase 3: Determinación de las medidas formativas y de contención (según corresponda):

El Encargado de Convivencia, Profesor Jefe y Trabajadora Social analizan la

información recogida y valoran la situación. Para ello, se deberá tener en cuenta las

circunstancias del momento de los hechos, la edad y las características personales,

familiares o sociales de los estudiantes involucrados. Determinación:

a) Medidas formativas de apoyo al estudiante causante.

b) Medidas de apoyo y seguridad al estudiante dañado si corresponde.

c) Medidas de contención y prevención a la comunidad educativa, por parte del

Encargado de Convivencia, Profesor Jefe y Trabajadora Social.

d) Comunicación de las medidas formativas a las autoridades directivas técnicas,

al consejo de profesores y a los respectivos apoderados de los estudiantes

involucrados (causante del daño y dañado si corresponde), por parte del

Encargado de Convivencia, Profesor Jefe y/o Trabajadora Social. El apoderado

de cada uno de los estudiantes debe firmar su compromiso.

Fase 4: Trabajo de apoyo a estudiante y comunidad (según corresponda)

1) Elaboración de un plan de acción común de apoyo al estudiante con medidas

formativas por parte de la Trabajadora Social, Encargado de Convivencia y

Profesor Jefe.

2) Las medidas formativas deben orientarse a ayudar al estudiante causante a

reconocer la falta y sus razones a través de diversas técnicas basadas en un

diálogo constructivo y resolución pacífica de conflictos. Si fuese pertinente

orientarlo a que voluntariamente decida disculparse y/o compensar con una

acción concreta a la persona dañada o al objeto dañado. Así también, a los

especialistas que corresponda.

3) Las medidas de seguridad y de apoyo al estudiante afectado, deben estar

orientadas a protegerlo y darle seguridad, algunas medidas pueden ser:

a)Incremento de las medidas: el incremento de las medidas de vigilancia,

vigilancia específica del estudiante agresor, reorganización de los horarios

del profesorado para la atención específica del estudiante afectado,

intervención de mediadores, colaboración de compañeros previamente

formados para acompañar a la víctima, sobre todo en momentos de mayor

riesgo (entradas, salidas, pasillos).

4) Las medidas de apoyo a la comunidad deben estar orientadas a mejorar la

convivencia escolar con acciones inmediatas de contención y reparación.

5) Elaboración de una bitácora que registre los procedimientos y evolución del

caso por parte del Encargado de Convivencia y/o Trabajadora Social.

6) Monitoreo del proceso por parte del Encargado de Convivencia y Profesor

Jefe.

Fase 5: Informe Final:

1) Elaboración de un informe final con los resultados del procedimiento de la

aplicación de medidas de apoyo, tanto al estudiante causante como al

estudiante afectado si corresponde, así las de apoyo a la comunidad por

parte del Encargado de Convivencia y Trabajadora Social.

2) Entrega del informe final a las autoridades directivas técnicas, por parte del

Encargado de Convivencia y Trabajadora Social.

3) Determinación por parte de las autoridades directivas, de la situación final

del estudiante afectado y del estudiante causante, si el hecho lo ameritase

podría significarle a este último su condicionalidad o cancelación de la

matrícula.

Fase 6: Cierre del Protocolo:

1) El Profesor Jefe comunica a los apoderados y estudiantes involucrados el

resultado final del procedimiento formativo.

2) El Encargado de Convivencia archiva el informe final y resolución final, sí

existiese, en carpeta de antecedentes del estudiante causante y del afectado

si corresponde.

FUNCIONES DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

DETECCION DE LA FALTA

Miembros de la Comunidad Educativa

CONVERSACION CON ESTUDIANTE Y

APODERADO

Profesor Jefe- Encargado de

Convivencia-Trabajadora Social

DETERMINACION DE MEDIDAS

FORMATIVAS

Profesor Jefe- Encargado de

Convivencia-Trabajadora Social

TRABAJO DE APOYO A ESTUDIANTE

Profesor Jefe-Encargado de Convivencia

MONITOREO Profesor Jefe-Encargado de Convivencia

ELABORACION DE BITÁCORA

Trabajadora Social-Encargado de

Convivencia

ELABORACION Y ENTREGA DE

INFORME FINAL

Trabajadora Social-Encargado de

Convivencia-Profesor Jefe-Autoridades

Directivas Técnicas

CIERRE DE PROTOCOLO

Profesor Jefe-Encargado de Convivencia

PROTOCOLO PORTE, CONSUMO Y SOSPECHA DE DROGAS (LICITAS E ILICITAS) DENTRO

DEL ESTABLECIMIENTO Y/O VISTIENDO EL UNIFORME ESCOLAR

Equipo de Prevención: Estará conformado por los siguientes personas: Encargado de

Convivencia, Dupla Psicosocial y Profesor Jefe.

Son Faltas Muy Graves:

1) Portar drogas licitas e ilícitas al asistir al establecimiento o en actividad

extraescolar programada.

2) Consumir drogas licitas e ilícitas dentro del establecimiento o en actividad

extraescolar programada.

3) Consumir drogas licitas e ilícitas vistiendo el uniforme escolar.

Procedimiento Administrativo:

a) EN CASO DE PORTE, CONSUMO Y/O TRÁFICO DE DROGAS LÍCITAS E

ILÍCITAS Y ALCOHOL DENTRO DEL ESTABLECIMIENTO

1) Miembros de la comunidad educativa que detecte la falta dará aviso al

Encargado de Convivencia, Profesora Jefe y Dupla Psicosocial.

2) Las personas mencionadas anteriormente, deben informar al Encargado

de Convivencia, quien a su vez se encargará de registrar en el libro

correspondiente.

3) Profesor Jefe deberá registrar falta en hoja de observaciones de

estudiante y citará vía libreta de comunicaciones al apoderado.

4) Profesor Jefe debe coordinar horario para entrevista con el apoderado.

5) Encargado de Convivencia, Profesor Jefe y Dupla Psicosocial se

entrevistarán con el estudiante y apoderado y registrarán puntos

tratados en la reunión en hoja de observaciones del estudiante.

6) Apoderado y estudiante deberán firmar compromisos acordados.

7) En los casos que estén relacionados con micro-tráfico o tráfico de

drogas, la Directora dará cuenta a las autoridades pertinentes.

b) EN CASO DE PORTE, CONSUMO Y/O TRÁFICO VISTIENDO EL UNIFORME

ESCOLAR

1) Quien detecte la falta dará aviso al Encargado de Convivencia, Profesor

Jefe y Dupla psicosocial.

2) Profesor Jefe, Dupla psicosocial y el Encargado de Convivencia deberán

acercarse a los estudiantes y corroborar la situación.

3) Profesor Jefe deberá registrar falta en hoja de observaciones del

estudiante y citará vía libreta de comunicaciones al apoderado.

4) Encargado de Convivencia, Profesor Jefe y Dupla psicosocial se

entrevistarán con el estudiante y apoderado, y registrarán puntos

tratados en la reunión en hoja de observaciones del estudiante.

5) Apoderado y estudiante deberán firmar compromisos acordados.

6) En el caso que estén relacionados con micro-tráfico o tráfico de drogas,

la Directora dará cuenta a las autoridades pertinentes debido al delito

que se esté cometiendo.

PROCEDIMIENTOS FORMATIVOS

a) Intención Formativa: El consumo de sustancias licitas e ilícitas, no

solo provocan daños a la salud, sino que a su vez atentan contra los

valores que promueven la Escuela. Por esto se promueve el

autocuidado en todos los miembros de la comunidad educativa.

b) Tipo de Falta Muy Grave: “Son aquellas actitudes y comportamientos

que atenten contra la integridad física y psicológica de un integrante

de la comunidad educativa (entre pares y entre estudiante y adulto),

de manera sostenida en el tiempo. Así también, conductas tipificadas

como delito, y comportamientos que infrinjan principios

fundamentales de que promueve la Escuela Esmeralda.

c) Por Primera y Segunda Vez

Fase 1: Detección de la falta y citación al apoderado:

1) El miembro de la unidad educativa que observe el hecho o el mismo

afectado comunica oralmente al Profesor Jefe, Encargado de Convivencia o

Dupla psicosocial.

2) Quien reciba la denuncia debe informar inmediatamente a la Directora de la

Escuela y ésta comunicar de manera inmediata a las autoridades superiores

del DAEM.

3) El Profesor Jefe y Encargado de Convivencia, registra el hecho en la hoja de

observaciones del estudiante causante del hecho y del estudiante dañado si

corresponde.

4) El profesor Jefe cita al apoderado del o los involucrados a través de una

comunicación en la libreta de comunicaciones y registra la citación en la hoja

de observaciones respectivas. Si no hay respuesta de parte del apoderado se

debe designar una dupla de profesionales, para realizar visita domiciliaria.

Fase 2: Conversación con el apoderado y estudiante:

1) El Profesor Jefe, Encargado de Convivencia y Dupla psicosocial, conversan

con el apoderado y estudiante causante del delito para conocer las causas y

circunstancias de su conducta delictual, hecho considerado como falta muy

grave.

2) El Profesor Jefe, Encargado de Convivencia y Dupla psicosocial, conversan

con el apoderado y estudiante dañado si corresponde, para conocer las

causas y circunstancias del hecho delictual.

3) El apoderado de cada uno de los estudiantes involucrados firma el registro

de la reunión con el compromiso de poyar las medidas formativas que se

decidan aplicar.

Fase 3: Determinación de las medidas formativas y de contención (según corresponda):

El Encargado de Convivencia, Profesor Jefe y Dupla psicosocial analizan la

información recogida y valoran la situación. Para ello, se deberá tener en cuenta las

circunstancias del momento de los hechos, la edad y las características personales,

familiares o sociales de los estudiantes involucrados.

Determinación:

a) Medidas formativas de apoyo al estudiante causante.

b) Medidas de apoyo y seguridad al estudiante dañado si corresponde.

c) Medidas de contención y prevención a la comunidad educativa, por parte del

Encargado de Convivencia, Profesor Jefe y Dupla psicosocial.

d) Comunicación de las medidas formativas a las autoridades directivas

técnicas, al consejo de profesores y a los respectivos apoderados de los

estudiantes involucrados (causante del daño y dañado si corresponde), por

parte del Encargado de Convivencia, Profesor Jefe y/o Dupla psicosocial. El

apoderado de cada uno de los estudiantes debe firmar su compromiso.

Fase 4: Trabajo de apoyo a estudiante y comunidad (según corresponda)

1) Elaboración de un plan de acción común de apoyo al estudiante con medidas

formativas por parte de la, Dupla psicosocial Encargado de Convivencia y

Profesor Jefe.

2) Las medidas formativas deben orientarse a ayudar al estudiante causante a

reconocer la falta y sus razones a través de diversas técnicas basadas en un

diálogo constructivo y resolución pacífica de conflictos. Si fuese pertinente

orientarlo a que voluntariamente decida disculparse y/o compensar con una

acción concreta a la persona dañada o al objeto dañado. Así también, a los

especialistas que corresponda.

3) Las medidas de seguridad y de apoyo al estudiante afectado, si lo hubiese,

deben estar orientadas a protegerlo y darle seguridad, algunas medidas

pueden ser el incremento de las medidas de vigilancia, vigilancia específica

del estudiante agresor, reorganización de los horarios del profesorado para

la atención específica del estudiante afectado, intervención de mediadores,

colaboración de compañeros previamente formados para acompañar a la

víctima, sobre todo en momentos de mayor riesgo (entradas, salidas,

pasillos).

4) Las medidas de apoyo a la comunidad deben estar orientadas a mejorar la

convivencia escolar con acciones inmediatas de contención y reparación.

5) Elaboración de una bitácora que registre los procedimientos y evolución del

caso por parte del Encargado de Convivencia y/o Dupla psicosocial.

6) Monitoreo del proceso por parte del Encargado de Convivencia y Profesor

Jefe.

Fase 5: Informe Final:

1) Elaboración de un informe final con los resultados del procedimiento de la

aplicación de medidas de apoyo, tanto al estudiante causante como al

estudiante afectado si corresponde, así las de apoyo a la comunidad por

parte del Encargado de Convivencia y Dupla psicosocial .

2) Entrega del informe final a las autoridades directivas técnicas, por parte del

Encargado de Convivencia y Dupla psicosocial.

3) Determinación por parte de las autoridades directivas, de la situación final

del estudiante afectado y del estudiante causante, si el hecho lo ameritase

podría significarle a este último su condicionalidad o cancelación de la

matrícula.

Fase 6: Cierre del Protocolo:

1) El Profesor Jefe comunica a los apoderados y estudiantes involucrados el

resultado final del procedimiento formativo.

2) El Encargado de Convivencia archiva el informe final y resolución final, sí

existiese, en carpeta de antecedentes del estudiante causante y del afectado

si corresponde.

FUNCIONES DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

DETECCION DE LA FALTA

Miembros de la Comunidad Educativa

CONVERSACION CON ESTUDIANTE Y

APODERADO

Profesor Jefe- Encargado de Convivencia-

Dupla psicosocial

DETERMINACION DE MEDIDAS

FORMATIVAS

Profesor Jefe- Encargado de Convivencia-

Dupla psicosocial

TRABAJO DE APOYO A ESTUDIANTE

Profesor Jefe-Encargado de Convivencia

MONITOREO Profesor Jefe-Encargado de Convivencia

ELABORACION DE BITÁCORA

Dupla psicosocial -Encargado de Convivencia

ELABORACION Y ENTREGA DE

INFORME FINAL

Dupla psicosocial -Encargado de Convivencia-

Profesor Jefe-Autoridades Directivas Técnicas

CIERRE DE PROTOCOLO

Profesor Jefe-Encargado de Convivencia

ABORDAJE DE LOS CASOS DE CONSUMO DE ALCOHOL Y DROGAS

Propiciar la detección precoz del consumo Manifestar el compromiso con el tipo de

intervención acordada

- A través del auto reporte o auto selección del propio estudiante. -A través de entrevista de control del Profesor Jefe, asociadas a problemas de desempeño y comportamiento escolar, a solicitud de la familia. -De la aplicación de instrumentos específicos (tamizaje a tiempo). En el contexto de actividades de programas de prevención u otras actividades de los estudiantes. - Realizar entrevistas de acogida inicial. -Al profesor Jefe se canalizará la primera información y realizará una entrevista personal con el estudiante, de tal manera de recoger información y abordar el tema. -De la entrevista, puede concluir que el caso no amerita realizar otras acciones o que son suficientes las orientaciones que entregó. -En caso de ser necesario, se referirá el caso a la Trabajadora Social, quien realizará entrevistas que permitan la identificación de los hábitos y tipos de consumo, así como los alcances y consecuencias que he tenido. -La Dupla psicosocial tendrá una reunión de intercambio de información y coordinación con el Profesor Jefe. -La Dupla psicosocial realizará entrevista con el apoderado. Posteriormente elaborará un perfil del caso, con considera el nivel de consumo, los problemas anexos y los factores de riesgo y factores protectores con los que cuenta el estudiante. Finalmente informará al Profesor Jefe y a la Directora.

Se realizará una reunión entre el Director,

Dupla psicosocial, Profesor Jefe, Encargado

de Convivencia, Estudiante y familia para

unificar un relato común de los hechos,

acoger comprensivamente la necesidad de

intervenir y acordar medidas al respecto.

De acuerdo a los antecedentes, se identificará el perfil y nivel de consumo, así como las problemáticas anexas, proponiéndose alternativas a seguir. Estas alternativas serán proporcionales al problema.

El estudiante, la familia y el representante

de la Escuela, deberán expresar

explícitamente su voluntad y compromiso

con la intervención que sea necesaria

realizar, de acuerdo al perfil y nivel.

PROTOCOLO CONDICION DE EMBARAZO Y MATERNIDAD

MARCO LEGAL

El embarazo y la maternidad no pueden constituir impedimento para

ingresar y permanecer en los establecimientos educacionales los que deberán

otorgar facilidades para cada caso (ley Nº18.962, art.2º inciso tercero y final).

Dichas facilidades, así como el derecho a ingresar y a permanecer en la educación

básica y media, están reglamentadas en el Decreto Nº79 de marzo del 2004 que

regula el estatuto de las alumnas en situación de embarazo y maternidad. (el

colegio puede ser sancionado vía proceso LICE hasta con una multa de 50 UTM sí

infringe la normativa anterior).

DEBERES DE LA ESTUDIANTE EN CONDICION DE EMBARAZO O

MATERNIDAD

1) Debe informar su condición a su Profesor Jefe, Trabajadora Social o

Dirección, presentando un certificado médico que acredite su condición.

2) Debe comprometerse a cumplir con sus deberes escolares.

3) Presentar los certificados médicos de controles mensuales de su

embarazo o de los controles médicos del bebé.

4) Justificar las inasistencias por problemas de salud, tanto del bebé como

de la madre, con los respectivos certificados médicos.

5) Informar la fecha del parto para programar las actividades académicas.

NOTA: El estudiante que será padre o lo es deberá informar a la Escuela para tener las

facilidades de permisos para asistir a los controles médicos de la futura madre o del bebé.

DEBERES DE LA ESCUELA CON LAS ESTUDIANTES EN CONDICIONES DE MATERNIDAD

O EMBARAZADAS

1) En el caso de existir embarazo adolescente se procederá según normativa

vigente y siempre en consulta con los padres o tutores y en común acuerdo

se buscarán las garantías de salud, cuidado y continuidad de estudios,

otorgando todas las facilidades para el caso.

2) Dar todas las facilidades académicas para ingresar y permanecer en la

Escuela.

3) No discriminar a estas estudiantes, mediante cambio de establecimiento o

expulsión, cancelación de matrícula, negación de matrícula, suspensión u

otra similar.

4) Mantener a la estudiante en la misma jornada y curso, salvo que ella

exprese lo contrario, lo que debe ser avalado por un profesional

competente.

5) Respetar su condición por parte de las autoridades y personal de la Escuela.

6) Respetar el derecho a asistir a clases durante todo el embarazo y a retomar

sus estudios después del parto. La decisión de dejar de asistir los últimos

meses del embarazo o postergar la vuelta a clases después del parto

depende exclusivamente de las indicaciones médicas orientadas a velar por

la salud de la joven y del bebé.

7) Otorgarles las facilidades necesarias para que asistan a sus controles

médicos prenatales y postnatales, así como a los que requiere su hija/o.

8) Permitirles adecuar el uniforme a sus condiciones de embarazo y lactancia.

9) Permitir hacer uso de seguro escolar.

10) Facilitar su participación en las organizaciones estudiantiles, actividades

extra programáticas realizadas al interior o exterior de la Escuela, así como

en las ceremonias donde participan sus compañeros de Escuela, excepto si

hay contraindicaciones específicas del médico.

11) Permitirles asistir a clases de Educación Física en forma regular, pudiendo

ser evaluada de forma diferencial o ser eximidas en los casos que por

razones de salud así proceda.

12) Respetar la eximición de las estudiantes que hayan sido madres de las clases

de Educación Física hasta el término del puerperio. Así mismo, en casos

calificados podrán ser eximidas por recomendación de su médico tratante.

13) Evaluarlas según los procedimientos de evaluación establecidos por la

Escuela, sin perjuicios que los docentes directivos les otorguen facilidades

académicas y un calendario flexible que resguarde su derecho a la

educación. Podrán brindarles apoyo pedagógico especial mediante un

sistema de tutorías realizadas por los docentes y en los que podrán

cooperar sus compañeros de clases.

14) Otorgarles todas las facilidades para compatibilizar su condición de

estudiante y de madres durante el periodo de lactancia.

15) Si el papá del bebé es estudiante del establecimiento escolar, también a él

se le dará las facilidades necesarias para cumplir con su rol paterno.

PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS:

Fase 1: Comunicación a la Escuela:

1) La estudiante comunica su condición de maternidad o de embarazo a su

Profesor Jefe o a la Trabajadora Social.

2) El Profesor Jefe y/o Trabajadora Social, comunican esta situación a las

autoridades directivas técnicas y al Encargado de Convivencia.

Fase 2: Citación al apoderado y conversación:

1) El Profesor Jefe, Trabajadora Social y/o Encargado de Convivencia cita al

apoderado de la estudiante en condición de maternidad o embarazada a

través de la libreta de comunicaciones y registra la citación en la hoja de

observaciones de la estudiante.

2) El Profesor Jefe registra los aspectos importantes de la situación de la

estudiante embarazada, tales como: estado de salud, meses de embarazo,

fecha de posible parto y solicita certificado médico. De la misma manera

para la estudiante en condiciones de maternidad: edad, y estado de salud

del bebé, controles médicos, etc.

3) El apoderado firma los compromisos para que la estudiante continúe

asistiendo a la Escuela, excepto tenga limitaciones que deben ser certificadas

por el especialista pertinente.

4) Los acuerdos y compromisos se archivan en la carpeta de antecedentes de la

estudiante por parte del Profesor Jefe, Encargado de Convivencia y/o

Trabajadora Social.

Fase 3: Determinación de un plan académico para la estudiante:

1) El Profesor Jefe y Encargado de Convivencia, analizan la información

recogida y valoran la situación.

2) Elaboración de una programación del trabajo escolar así como de los

procesos evaluativos para la alumna embarazada que le permita asistir de

manera normal a la Escuela y cumplir, hasta que el médico tratante

determine, con las actividades, clases de las distintas asignaturas,

participación de las actividades extraescolares y/o por parte del Encargado

de Convivencia, Profesor Jefe y Trabajadora Social.

3) Elaboración y entrega de una programación de trabajo escolar así como de

los procesos evaluativos para la estudiante en condición de maternidad a las

autoridades directivas técnicas, consejo de profesores y consejo escolar por

parte del Encargado de Convivencia, Trabajadora Social y Profesor Jefe.

Fase 4: Elaboración de bitácora y monitoreo:

1) Elaboración de una bitácora que registre el proceso de las alumnas tanto en

maternidad como embarazada, por parte de la Trabajadora Social o

Encargado de Convivencia.

2) Monitoreo del proceso por parte de la Trabajadora Social, Profesor Jefe o

Encargado de Convivencia.

Fase 5: informe final y cierre de protocolo:

1) Elaboración de un informe final cuando se haya cumplido el periodo

establecido y ajusta a la norma para apoyar a las alumnas en maternidad y

embarazadas por parte del Encargado de Convivencia y/u Trabajadora Social.

2) Entrega del informe final a las autoridades directivas técnicas, al profesor

jefe, al consejo de profesores y al apoderado por parte de la trabajadora

Social y/o Encargado de Convivencia.

3) Profesor Jefe archiva informe final en carpeta de antecedentes de la

estudiante.

FUNCIONES DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

COMUNICACIÓN A DIRECCION

Estudiante-Profesor Jefe

CONVERSACION CON ESTUDINATE Y

APODERADO

Profesor Jefe- Encargado de

Convivencia-Trabajadora Social

DETERMINACIÓN PLAN ACADEMICO

Profesor Jefe- Encargado de

Convivencia-Trabajadora Social

ELABORACION DE BITACORA Y

MONITOREO

Profesor Jefe-Encargado de

Convivencia-Trabajadora Social

INFORME FINAL Y CIERRE DE

PROTOCOLO

Profesor Jefe-Encargado de Convivencia-

Trabajadora Social

PROTOCOLO DE ACTUACION FRENTE A DETECCIÓN DE VULNERACIÓN DE DERECHOS DE ESTUDIANTES

La escuela Esmeralda adscribe a los mandatos establecidos en la “Convención de los Derechos del Niño”, siendo como establecimiento, garantes de derechos, por lo que hemos asumido definir, en el presente documento, los protocolos de actuación frente a las tres temáticas más frecuentes de vulneración de los derechos de los estudiantes: ➢ Maltrato físico

➢ Maltrato emocional

➢ Abandono o negligencia

➢ Abuso sexual infantil CONCEPTOS GENERALES A continuación se definirán los principales conceptos relativos al maltrato infantil y la vulneración de los derechos de los niños. Maltrato Infantil: La convención de los Derechos de los Niños de las Naciones Unidas en su artículo 19, se refiere al maltrato infantil, como: “Toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual, mientras el niño se encuentre bajo la tutela de sus padres, de un representante legal o de cualquier otra persona que lo tenga a su cargo”. De acuerdo a la Ley de Menores, N°16.618, podemos definir el maltrato infantil como: “Una acción u omisión que produzca menoscabo en la salud física o psíquica de los menores”. Todos los tipos de maltratos constituyen una vulneración a los derechos del niño, los cuales están consagrados como Ley desde el año 1990 en Chile, a través de la ratificación de la Convención Internacional de los Derechos del Niño. Es así como se hacen diferencias según el tipo de vulneración de derechos: • Maltrato físico: Es cualquier acción no accidental por parte de los padres, madres o cuidadores (as) que provoque daño físico, sea causal de enfermedad en el niño(a) o lo ponga en grave riesgo de padecerla. Esta puede manifestarse a través de moretones, cortes y/o quemaduras, especialmente si estudiante no es capaz de explicar adecuadamente su(s) causa(s). Esto puede aparecer en patrones distintivos, tales como marcas por agarrar o coger al estudiante con fuerza, marcas de mordeduras humanas, quemaduras de cigarrillos o impresiones de otros instrumentos. Además es frecuente que los menores presenten miedo de volver a casa o miedo del padre/madre, y temor ante la posibilidad de que se cite a apoderados para informar de la situación del menor en la escuela.

• Maltrato emocional o psicológico: El hostigamiento verbal habitual por medio de insultos, críticas, descréditos, ridiculizaciones, así como la indiferencia y el rechazo explícito o implícito hacia el niño (a) o adolescente. Esto puede manifestarse a través de conductas del estudiante tales como comportamiento destructivo, agresivo o disruptivo o tener un patrón de comportamiento pasivo, aislado o sin emoción. A la vez se pueden apreciar labilidad emocional, la que se detecta debido a reacciones emocionales desproporcionales a los estímulos del ambiente por parte del estudiante.

• Abandono y negligencia: Se refiere a situaciones en que los padres, madres o cuidadores (as) estando en condiciones de hacerlo no dan el cuidado y protección tanto física como psicológica que los niños y niñas necesitan para su desarrollo. El abandono y la negligencia se manifiesta por ejemplo a través de la mala nutrición, apatía o fatiga constante del menor, conductas tales como robar o suplicar por comida, notoria falta de cuidado personal (mala higiene personal, ropas rotas y/o sucias), falta de atención a necesidades de optometría (lentes), odontológicas (dientes) u otras necesidades médicas, ausencia o tardanza frecuente en la escuela y desatención inadecuada o falta de supervisión de un niño(a). • Abuso sexual: El abuso sexual infantil ocurre cuando un adulto, o alguien mayor que un niño, abusa del poder, relación de apego o autoridad, que tiene sobre él o ella y/o se aprovecha de la confianza y/o respeto para hacerlo participar de actividades sexualizadas que el niño (a) no comprende y para las cuales es incapaz de dar su consentimiento. PROCEDIMIENTOS DE ACCIÓN – PROTOCOLO ANTE CASOS DE DETECCIÓN DE VULNERACIÓN DE DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES: El presente protocolo debe ser de conocimiento de toda la comunidad Escolar: Docentes, apoderados, directivos, centro de estudiantes, y estudiantes en general. Ya que esta es la única manera de actuar adecuadamente frente a la vulneración de derechos de algún estudiante del establecimiento, ya que la detección de dicha situación puede ser realizada por cualquier miembro de la comunidad. Por lo que es necesario que toda la comunidad educativa, y especialmente el cuerpo docente considere: 1. Es así como cualquier miembro de la comunidad educativa que tenga conocimiento de una situación vulneración de derechos o considere la existencia de indicios claros, tiene la obligación de dar a conocer esta situación de manera inmediata al director de ciclo correspondiente del estudiante. Es necesario además guardar confidencialidad sobre la situación, para de esta forma resguardar la intimidad del estudiante afectado. 2. Posterior a esto, el equipo de gestión (inspectora, encargada de convivencia escolar y dupla psicosocial) deberá realizar una indagación acerca de los antecedentes que existen

en torno al caso, por medio de entrevistas con profesor jefe, con el estudiante y citaciones a los respectivos apoderados. Estas entrevistas deben ser debidamente registradas, siendo las entrevistas con apoderados documentadas en el libro de entrevistas con la respectiva firma del apoderado. Es importante en este punto escuchar respetuosamente el relato del estudiante que refiera haber sido maltratado, acosado o abusado/a sexualmente. Registrar el relato espontáneo del niño, niña y/o adolescente: transcribir textualmente sus palabras y especificar las circunstancias en las que realiza el relato. De igual forma es necesario registrar todos aquellos datos e informaciones que puedan ser relevantes en la determinación de las características del caso de manera lo más objetiva posible y sin emitir juicios de valor. 3. Se comunicarán los resultados de la investigación a la directora del establecimiento, y se tomará la decisión de acuerdo a los resultados de la investigación. 4. En caso de ser necesario, se realizarán las derivaciones o denuncias a las instituciones pertinentes al caso. Ya sea tribunales de familia, Oficina de Protección de Derechos de la Infancia de la comuna, derivación a programas ambulatorios SENAME, centros de salud mental u otra. 5. Se comunicará la resolución y los pasos a seguir según el caso a los apoderados del estudiante, salvo si se valora que dicha información pone en riesgo la integridad del estudiante (abuso sexual intrafamiliar, maltrato físico grave…). En estos casos debe comunicarse la situación a las instituciones pertinentes. 6. El psicólogo sep es la responsable de realizar seguimiento de la situación, ya sea con apoderados y/o con institución a la cual se haya derivado al estudiante. MEDIDAS DE APOYO PEDAGÓGICO Nuestro establecimiento educacional realiza las siguientes acciones con carácter preventivo y promocional de la salud mental, para detectar situaciones de vulneración de derechos y potenciar los factores protectores de la salud mental de los estudiantes y sus familias: - Capacitaciones y facilitación de instancias formativas para el cuerpo docente y para docente del establecimiento en detección de situaciones de vulneración de derechos de menores, y primera acogida.

- Facilitación de espacios pedagógicos en los cuales se aborden temáticas tales como detección de violencia, derechos de los niños, sana convivencia entre pares. Estas instancias se concentran especialmente en las asignaturas de orientación, instancias de consejos de curso y de a través de los objetivos de aprendizaje transversales.

PROTOCOLO DE ACCIÓN EN CASO DE BULLYING O ACOSO ESCOLAR

I. Introducción La sana convivencia escolar es un derecho y un deber que tienen todos los miembros de la comunidad educativa, cuyo fundamento principal es la dignidad de las personas, donde se cultiva la buena convivencia social, afectiva, responsable y tolerante que promueve el entendimiento entre las personas que la constituyen promoviendo los valores universales como: amor, respeto, honestidad, solidaridad y responsabilidad. La Escuela Esmeralda cumpliendo con la normativa legal de la Ley Nº 20.536 Sobre Violencia Escolar contra el bullying, que persigue atender situaciones de acoso y violencia escolar (intimidación, matonaje, exclusión, amenazas y discriminación en sus formas físicas, relacional y ciberbullying) ha desarrollado el presente protocolo para abordar esta problemática. La prevención y abordaje del bullying comienza por reconocer el problema y sus consecuencias, atendiendo la recuperación tanto del que comete la agresión como de la víctima. II. Definición Bullying (o acoso escolar) es una conducta intencionada, repetida e injustificada de maltrato que realiza uno o varios sujetos en contra de una(s) víctima(s), provocándole graves efectos físicos y/o psicológicos. Se presenta a través de cualquier palabra, mirada, gesto o acto que hiere el cuerpo, sentimientos o propiedad de un estudiante. - Es un comportamiento agresivo de menoscabo, solapado, silencioso y escondido, y en algunos casos anónimos.

- Se instala en una relación interpersonal asimétrica de poder.

- Es recurrente durante un período de tiempo, intencionado y sistemático. - Puede ser una dinámica individual o grupal realizada en forma directa o indirecta (desde maltrato verbal, físico, hasta ciberbullying). III. Plan de acción frente a las situaciones de bullying El protocolo considera las siguientes acciones: Evaluar la información: - Averiguar, entrevistar y recopilar información por parte del encargado de Convivencia Escolar, directivos, profesor jefe y cuerpo docente. - Registrar la información en la ficha del estudiante. - Informar a los organismos pertinentes de la situación y de las acciones a tomar, si lo amerita.

a) Estrategias:

- Aplicar protocolo por parte del equipo de Convivencia Escolar una vez confirmada la situación de bullying.

- Informar al resto de los profesores de la situación.

b) Acogida y protección de los afectados:

- Acogida a los afectados, dejando claramente establecido que la escuela no ampara ni permite estas conductas y que serán protegidos.

- Conversar con los involucrados durante la jornada escolar para recabar información.

- Contactar inmediatamente a los padres y/o apoderados del alumno afectado para comunicarles que se está tratando el problema y que se les mantendrá informados.

c) Entrevista con agresor o agresores:

- Conversar con el agresor para informarse de la situación desde su punto de vista y evaluar el grado de conciencia respecto a lo sucedido.

- Clarificar que la escuela NO acepta ni ampara situaciones de agresiones, malos tratos, etc.

- Informar a los involucrados de las consecuencias de sus acciones.

d) Reportar y determinar medidas a tomar frente a la situación ocurrida:

- Decidir las sanciones y medidas reparatorias por parte del Comité de Convivencia Escolar, basados en el Manual de Convivencia.

e) Informar de los hechos a los apoderados:

- Citar, por separado, a una entrevista con inspectoría general o el encargado de Convivencia Escolar a los apoderados del o los afectados y del agresor o agresores, para comunicar la situación ocurrida.

- Informar acerca de las sanciones y reparaciones que el estudiante agresor debe realizar.

- Solicitar la intervención de un especialista para ayudar efectivamente a los estudiantes involucrados

- Dejar en claro a los padres que la escuela NO acepta ni ampara situaciones de agresiones por muy menores que estas se estimen.

- Informar a los apoderados de las sanciones que se aplicarán con el objetivo de que el estudiante reflexione acerca de su conducta negativa y logre un cambio positivo.

- Solicitar a los apoderados que conversen con sus hijos sobre el tema y les hagan ver la gravedad de lo ocurrido y la importancia de establecer buenas relaciones con los demás aportando a una buena convivencia en comunidad.

- Registrar y firmar entrevista con los padres. f) Aplicación de sanciones y seguimiento de la situación:

- Aplicar las sanciones manteniendo supervisión y seguimiento de ellas.

- Mantener seguimiento de los estudiantes involucrados en la situación, por parte de profesores e inspectores, mientras permanezcan en la jornada escolar y extra escolar.

- Mantener seguimiento de los apoderados involucrados en la situación para reportar la actitud después de lo sucedido y evaluar si están llevando a cabo el compromiso adquirido.

- Mantener entrevista periódica con los estudiantes involucrados.

- Mantener seguimiento de tratamientos de los estudiantes involucrados con especialista en caso que corresponda.

- Desarrollar una unidad de Orientación para sensibilizar y modificar conductas de bullying en los cursos afectados, tomando en consideración los grados de ansiedad de la víctima. IV. Criterios generales en caso de bullying a) Sanciones y medidas remediales en el caso de los agresores: Las sanciones por bullying serán aplicadas de acuerdo a la gravedad de la situación. 1. Advertencia escrita al o los agresores registrada en su hoja de vida.

2. Frente a una reiteración de la conducta se condicionará la matricula o se podrá cancelar esta.

3. Se promoverá con los estudiantes la toma de conciencia de sus acciones y las consecuencias que ellas podrían llegar a tener, tanto para los afectados como para los agresores.

4. Reparación del daño causado a través de las actividades previamente determinadas, de acuerdo a la gravedad y edad del estudiante (reponer objeto roto o dañado, u otras conductas reparatorias).

5. Se derivará para atención de apoyo con profesional en caso que la situación lo amerite. En el caso de no cumplir con la derivación, el colegio se reserva el derecho de renovar la matrícula.

6. Cancelación de matrícula para el estudiante que persiste en conductas agresoras, a pesar de haber recibido tratamiento y/o apoyo necesarios.

b) Medidas remediales en caso de la víctima (afectado):

1. Resaltar lo importante y positivo que es informar y conversar la situación que lo aflige.

2. Dar seguridad y acogida a la víctima.

3. Se entregará apoyo a través de: - Encargado de Comité de Convivencia Escolar. .

- Profesor jefe.

- Compañeros de curso.

- Derivación a profesional según sea el caso. c) Procedimientos de información:

1. Frente a una situación de bullying el profesor jefe o persona informada de la situación actuará inmediatamente de acuerdo al Plan de Acción de este protocolo. 2. El Encargado de Convivencia Escolar y/o directivos debe comunicarse a la brevedad con los apoderados de los estudiantes involucrados solicitando su colaboración y confianza asegurándoles que la escuela está abordando la situación y que les mantendrá informado de los procesos. 3. Tratar el tema con confidencialidad, cuidando en extremo la sobre exposición de los involucrados.

4. Actuar con prudencia y ecuanimidad, ajustándose estrictamente a los hechos ocurridos.

5. Al término del año escolar se evaluará si la situación fue superada o no por las partes y se tomarán las medidas remediales para el próximo año. V. Medidas preventivas - Realizar un diagnóstico a los estudiantes, para medir el nivel de violencia escolar en los distintos cursos y niveles escolares.

- Informar a los profesores, inspectores, auxiliares y administrativos del diagnóstico realizado a los estudiantes.

- Incorporar esta temática (protocolos) en plan de inducción al personal nuevo.

- Informar los contenidos de protocolos al Centro General de Padres y mediante el profesor jefe a los apoderados.

- Entrevistas del profesor jefe con los estudiantes con la temática del bullying.

- Permanencia constante de profesores, inspectores de turno de patio en los recreos, para observar comportamiento de los estudiantes y maneras de relacionarse.

- Fomentar los valores de la buena convivencia en jornadas de reflexión y articulación, acordes al Proyecto Educativo Institucional.

- Fomentar el trabajo colaborativo, la tolerancia y el respeto en las actividades programáticas y extra programáticas.

- Registrar explícitamente las consecuencias y sanciones asociadas a las conductas de bullying (Manual de Convivencia).

- Fomentar los buenos modales como una forma de generar un clima favorable (saludo, despedida, por favor, permiso, gracias, etc.)

- Reforzar conductas positivas más que resaltar las negativas.

- Incorporar los valores que promueven la buena convivencia como contenido transversal en las planificaciones de las diferentes asignaturas, intencionando el trabajo formativo de desarrollo de valores y actitudes del PEI.

ANEXO Consideraciones importantes respecto del bullying: - Debe existir un hostigador y hostigado. - El bullying es en contra de una persona concreta y no contra un grupo. Si fuera así, sería considerado una pelea de pandillas. - Generalmente es un grupo el que ejerce el hostigamiento, dirigido por un líder quien idea las acciones, aunque no sea el que las ejecuta. - Tiene que haber desbalance de poder o de fuerza. - El hostigamiento tienen que ser repetido y sostenido en el tiempo. - Una pelea ocasional o por un tema puntual no es considerado bullying. - Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros o amenazantes u ofender reiteradamente a uno de sus pares. - Hostigar física, virtual, psicológica y/o verbalmente (oral o escrita) en forma reiterada por un periodo prolongado. Algunos tipos de Bullying: 1. Bloqueo Social: agrupa las acciones de acoso escolar que buscan bloquear socialmente a la víctima. Todas ellas buscan el aislamiento social y su marginación impuesta por estas conductas de bloqueo. Son ejemplos: - Las prohibiciones de jugar en un grupo, de hablar o comunicar con otros, o de que nadie hable o se relacione con él, pues son indicadores que apuntan un intento por parte de otros de quebrar la red social de apoyos del niño. Se incluye dentro de este grupo de acciones el involucrarse con la víctima para hacerle llorar. Esta conducta busca presentar al niño socialmente, entre el grupo de iguales, como alguien flojo, indigno, débil, indefenso, estúpido, etc. De todas las modalidades de acoso escolar es la más difícil de combatir en la medida que es una acción muy frecuentemente invisible y que no deja huella. El propio niño no identifica más que el hecho de que nadie le habla o de que nadie quiere estar con él o de que los demás le excluyen sistemáticamente de los juegos. 2. Hostigamiento: agrupa a aquellas conductas de acoso escolar que consisten en acciones de hostigamiento y acoso psicológico que manifiestan desprecio, falta de respeto y desconsideración por la dignidad del niño. La ridiculización, la burla, el menosprecio, los apodos, crueldad, la manifestación gestual del desprecio, la imitación burlesca son los indicadores de esta escala.

3.- Manipulación social: Agrupa aquellas conductas de acoso escolar que pretenden distorsionar la imagen social del niño o niña e indisponer a otros contra él. Con ellas se trata de presentar una imagen negativa, distorsionada y cargada negativamente de la víctima. 4.- Coacción: Agrupa aquellas conductas de acoso escolar que pretenden que la víctima realice acciones contra su voluntad. Mediante estas conductas quienes acosan al niño pretenden ejercer un dominio y un sometimiento total de su voluntad. 5.- Exclusión social: Agrupa las conductas de acoso escolar que buscan excluir de la participación al niño acosado. El “tú no”, es el centro de estas conductas con las que el grupo que acosa segrega socialmente al niño (tratarlo como si no existiera, aislarlo, impedir su expresión e impedir su participación en juegos). 6.- Intimidación: Agrupa aquellas conductas de acoso escolar que persiguen amilanar, amedrentar, apocar o consumir emocionalmente al niño mediante una acción intimidatoria como amenaza, hostigamiento físico intimidatorio, acoso a la salida de la escuela. 7.- Agresión: La agresión es un ataque no provocado producto de la práctica o del hábito de ser agresivo. Es una conducta hostil o destructiva cuya finalidad es provocar un daño a otro. 8.- Amenaza a la integridad: Agrupa las conductas de acoso escolar que buscan atemorizar mediante las amenazas contra la integridad física del niño o de su familia, o mediante la extorsión.

PROTOCOLO DE ACCION ANTE CIBERBULLYNG

Deber : Comportamiento respetuoso Valor asociado : Respeto – Tolerancia Tipo de falta : Grave

DEFINICIÓN: es el uso de los medios telemáticos (internet, telefonía móvil y videojuegos

online principalmente) para ejercer el acoso psicológico.

El ciberbullyng se manifiesta cuando un niño o joven es molestado, amenazado, acosado,

humillado, avergonzado o abusado por otro niño o joven, a través de internet o cualquier

medio electrónico como computadores, teléfonos móviles u otros dispositivos.

Descripción de la falta:

➢ Envío constante y repetido de mensajes crueles, viciosos o amenazantes a través

de redes sociales.

➢ Organizar concursos de votaciones que promuevan la “marcada” de una persona

por un aspecto negativo de ella, “voten I LIKE quienes encuentran gorda a …”

➢ Colgar en internet una imagen comprometida con datos delicados, cosas que

pueden perjudicar o avergonzar a la víctima y darlo a conocer en su entorno de

relaciones.

➢ Creación o utilización de sitios webs, portales de Internet u otras plataformas

tecnológicas o virtuales, con el propósito deliberado y directo de insultar, denostar

o atacar a una persona. Como por ejemplo, publicar en Internet secretos,

información o imágenes (reales o trucadas), con el objetivo de avergonzar,

humillar o denigrar la honra de ésta.

➢ Utilizar una foto de la víctima en una web donde se trata de votar a la persona más

fea, a la menos inteligente y cargarle puntos o votos para que aparezca en los

primeros lugares.

➢ Suplantar la identidad un o una estudiante, creando un perfil falso en redes

sociales u otros servicios webs, donde se escriben, a modo de confesiones,

opiniones infundadas o de manera irrespetuosa respecto a una persona o un grupo

en particular.

➢ Intencionalmente excluir a alguien de un grupo en línea. (Whatsapp, Instagram,

Facebook u otra red social)

➢ Happy-slapping: La acción de grabar, filmar o registrar agresiones y/o actos de

violencia física, normalmente en el ámbito escolar, mediante teléfonos celulares,

cámaras webs u otros aparatos o tecnologías, difundiendo tales agresiones para

que circulen por la red o publicándolos en portales de Internet o servidores para

videos

➢ Dejar comentarios ofensivos en foros o participar agresivamente en chats

haciéndose pasar por la victima de manera que las reacciones vayan

posteriormente dirigidas a quien ha sufrido la usurpación de personalidad.

➢ Usurpar su clave de correo electrónico y/o cambiarla de forma que su legítimo

propietario no lo pueda consultar, leer los mensajes violando su intimidad.

➢ Hacer circular rumores en los cuales a la víctima se le suponga un comportamiento

reprochable, ofensivo o desleal, de forma que sean otros quienes, sin poner en

duda lo que leen, ejerzan sus propias formas de represalia o acoso.

Reporte de situación: Cualquier miembro de la comunidad educativa sean apoderados,

estudiantes, profesionales y asistentes de la educación así como equipo directivo y

docente que estén en conocimiento o manejen las faltas o situaciones mencionadas.

Como requisito para activar este protocolo se requiere de la evidencia física. Es muy

importante mantener las pruebas de los correos ofensivos, los mensajes de texto y las

conversaciones en la red.

Procedimiento:

1.- Será el Encargado de Convivencia Escolar quien acogerá el reporte de la situación por

posible ciberbullyng por parte del profesor jefe, inspectoría, apoderado, etc. (cualquier

miembro de la comunidad educativa), entregando evidencia de lo sucedido.

2.- El encargado de convivencia entrevistará al estudiante bajo el posible fenómeno de

acoso escolar para indagar hechos ocurridos, temporalidad de los eventos, lugares de

desarrollo, consecuencias para el afectado y actores involucrados en el fenómeno y

apoderados para activación formal de protocolo, además de poder recabar otros medios

de prueba.

3.- Coordinación de entrevistas a estudiantes identificados como promotores o

reforzadores de posible fenómeno de acoso escolar y observadores con profesionales de

apoyo, psicólogo e inspectoría.

4.- Coordinación de entrevistas apoderado de estudiante o estudiantes identificados

como promotores o reforzadores de posible fenómeno de ciberbullying, dejando registro

escrito y firmado de ellas.

3.- Se citará al apoderado de la víctima para informar el tema, dejando registro escrito y

firmado de la toma de conocimiento de lo acontecido.

MEDIDAS FORMATIVAS Y/O SANCION A:

A) Quien realiza la agresión en una primera instancia.

- Se comunicara a la familia sobre los hechos en una entrevista personal donde estará

presente el alumno agresor.

- El agresor deberá pedir disculpas a quien agredió.

- El agresor firmará un compromiso de participación en actividades que apunten a mejorar

su conducta.

- Se aplicará condicionalidad de la matricula al agresor.

- Se solicitará evaluación o apoyo psicológico externo del agresor (si fuese necesario).

B) Si el alumno (a) incurre nuevamente en un hecho de ciberbullyng.

- Se comunicará a la familia sobre los hechos en una entrevista personal donde estará

presente el alumno.

- La directora del establecimiento junto con el equipo directivo y comité de convivencia

evaluara el CAP.

- Dependiendo de la gravedad se dará aviso a la PDI, a modo de realizar una denuncia.

MEDIDAS DE CONTENCIÓN, REPARACIÓN Y/O DE APOYO A LA VICTIMA

El comité de convivencia escolar coordinara entrevista con los apoderados de los

victimarios con la finalidad de informar sobre la situación en la que se vio involucrado su

pupilo.

La escuela ofrecerá a la familia a través de especialistas ya sea internos o externos, acerca

de pautas relacionadas con las actitudes que el alumno afectado debe adoptar para

afrontar de manera adecuada el problema.

Todos los estudiantes involucrados se encontraran en seguimiento de caso por parte de la

dupla psicosocial para poder monitorear como sigue la relación y si llegasen a ocurrir

nuevos episodios. El seguimiento tiene una lógica de acompañamiento y reforzamiento

para los estudiantes en su desarrollo formativo, así como también de poder pesquisar

ciertas necesidades de los estudiantes.

Será el comité de convivencia el encargado de supervisar las acciones reparatorias,

formativas y complementarias conforme a integrar, favorecer, resguardar y restablecer

un sano nivel de convivencia entre los alumnos/as involucrados/as en la situación de

acoso escolar.

Elaboración de un Informe Final:

1.- El encargado de convivencia elabora un informe final con los resultados del

procedimiento de aplicación de medidas e intervenciones.

2.- Entrega del informe a las autoridades directivas técnicas, al profesor jefe, por parte del

encargado de convivencia.

FUNCIONES DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

DETECCION DE LA FALTA Afectado u otro miembro de la

Comunidad Educativa

CONVERSACION CON LAS PARTES

INVOLUCRADAS

Directora y/o Encargado de convivencia

DETERMINACIÓN DE MEDIDAS

FORMATIVAS

Directora y Encargado de convivencia

EJECUCIÓN DE MEDIDAS

REPARATORIAS

Dupla psicosocial- Comité de

convivencia- Asesoría externa

ELABORACION Y ENTREGA DE INFORME

FINAL

Encargado de Convivencia

CIERRE DEL PROTOCOLO Directora

MECANISMOS DE GESTION COLABORATIVO DE CONFLICTOS INTERNOS

La Escuela Esmeralda busca favorecer la resolución pacífica de conflictos y contribuir a la calidad educativa, es por ello que incorpora como mecanismo de resolución de conflictos “la mediación”.

La mediación cumple un rol fundamental para los distintos actores de la comunidad educativa, ya que instala la posibilidad de negociación en ambientes de respeto, inclusión y buen trato; relevando la comunicación como pilar para lograr entre los involucrados acuerdos, soluciones, reconstrucción de vínculos y reparación en caso de ser necesario sin establecer sanciones ni culpables.

❖ Definición: La mediación es un procedimiento colaborativo de gestión de conflictos, en el que un tercero imparcial, denominado “mediador” es el responsable de generar las condiciones, de acuerdo a las características de cada situación, genera condiciones para que los participantes encuentren formas de comunicación, y construyan voluntariamente, acuerdos apropiados y consensuados, en función de sus mutuos intereses y necesidades..

❖ Objetivos:

1.- Fomentar la comunicación constructiva entre las partes evitando que los conflictos escalen en su intensidad

2.- Lograr acuerdos, reconstruir vínculos y asumir compromisos de forma voluntaria entre las partes involucradas.

❖ Principios de la mediación

• Voluntariedad: El reclamado puede aceptar o no ser parte de un proceso de mediación. Asimismo cualquiera de las partes podrá, en todo momento, expresar su voluntad de no perseverar en el procedimiento, el que se dará por terminado, dejándose constancia en acta de dicha circunstancia, la que deberá ser firmada por las partes y el mediador.

• Igualdad: Para que pueda ser aplicado este procedimiento, las partes deberán encontrarse en igualdad de condiciones para adoptar acuerdos.

• Celeridad: El procedimiento de mediación se impulsará de oficio en todos sus trámites. El mediador y los funcionarios públicos que de cualquier modo

intervengan en él, deberán actuar por propia iniciativa, salvo respecto de las actuaciones que correspondan a las partes.

• Confidencialidad: El mediador deberá guardar reserva de todo lo escuchado o

visto durante el proceso de mediación y estará amparado por el secreto profesional.

• Imparcialidad: El mediador debe actuar con objetividad, cuidando de no favorecer o privilegiar a una parte en perjuicio de la otra.

• Probidad: Consiste en observar una conducta intachable y desarrollar un

desempeño honesto y leal de la función del mediador.

❖ ¿Qué conflictos se pueden mediar?

• Controversias entre padres, madres y apoderados, y autoridades del establecimiento relacionados con: – Necesidades específicas del estudiante. – Problemas disciplinarios. – Participación de padres, madres y apoderados. – Abordaje de situaciones de maltrato. ❖ Conflictos o controversias que no se pueden resolver a través del proceso de

mediación:

• Materias técnico – pedagógicas. • Infracciones a la normativa educacional. • Incumplimiento laboral.

❖ MECANISMOS COLABORATIVOS DE ABORDAJE DE CONFLICTOS…

a) Entre estudiantes b) Entre funcionarios del establecimiento y estudiantes. c) Entre funcionarios del establecimiento y padres, madres y/o apoderados

a) De la mediación entre estudiantes.

1.- Ante una situación de conflicto, el inspector general o el encargado de convivencia actuara de mediador. El profesor podrá estar presente para aportar antecedentes. Se deberá establecer en un informe, los antecedentes del conflicto, el relato de los

involucrados, los antecedentes que aporte el profesor, los acuerdos y compromisos establecidos. Los involucrados firman informe de mediación.

2. Se coordinara entrevista con los apoderados de los estudiantes involucrados, para informar de la mediación realizada. 3. Se realizara un seguimiento (inspectoría- comité de convivencia) a los estudiantes involucrados para poder monitorear como sigue la relación y el cumplimiento de los acuerdos establecidos para garantizar la buena convivencia. Ante una situación de conflicto de complejidad, la mediación se realizara en presencia de

los padres o apoderados de los alumnos involucrados.

b) De la mediación entre funcionarios del establecimiento y estudiantes.

1.- Ante una situación de conflicto, el inspector general o el encargado de convivencia

actuara de mediador. El profesor podrá estar presente para aportar antecedentes, en

caso que éste no fuera el funcionario involucrado. Se deberá establecer en un informe, los

antecedentes del conflicto, el relato de los involucrados, los antecedentes que aporte el

profesor, los acuerdos y compromisos establecidos. Los involucrados firman informe de

mediación.

2. Se coordinara entrevista con el apoderado del estudiante(es) involucrado, para

informar de la mediación realizada.

3. Se realizaran entrevistas posteriores (inspectoría- comité de convivencia) a los

involucrados en el conflicto para poder monitorear como sigue la relación y el

cumplimiento de los acuerdos establecidos para garantizar la buena convivencia.

Ante una situación de conflicto de complejidad, la mediación se realizara en presencia de

los padres o apoderados del alumno (os) involucrado.

c) Entre funcionarios del establecimiento y padres, madres y/o apoderados.

1.- Ante una situación de conflicto, inspectoría general o la encargada de convivencia

actuara de mediador. Se deberá establecer en un informe, los antecedentes del conflicto,

el relato de los involucrados, los acuerdos y compromisos establecidos. Los involucrados

firman informe de mediación.

2. Se realizaran entrevistas posteriores (inspectoría- comité de convivencia) a los

involucrados en el conflicto para poder monitorear como sigue la relación y el

cumplimiento de los acuerdos establecidos para garantizar la buena convivencia.

Ante una situación de conflicto de complejidad, la mediación se podrá realizar con un

mediador externo si las partes lo solicitan.

LA PARTICIPACIÓN EN ESTA INSTANCIA SERÁ DE CARÁCTER VOLUNTARIO PARA LOS INVOLUCRADOS EN EL CONFLICTO. ASÍ, CUALQUIERA DE LAS PARTES PODRÁ, EN TODO

MOMENTO, EXPRESAR SU VOLUNTAD DE NO PERSEVERAR EN EL PROCEDIMIENTO, EL QUE SE DARÁ POR TERMINADO, DEJÁNDOSE CONSTANCIA DE DICHA CIRCUNSTANCIA.

COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR

El “Comité de Convivencia Escolar” tiene como finalidad proponer políticas de

prevención y desarrollo de una sana convivencia al interior del establecimiento. Su tarea

estará enfocada a favorecer un clima sano y armónico entre todos los integrantes de la

comunidad escolar.

La buena convivencia entre todos los miembros de la comunidad escolar es una condición

indispensable para el sano desarrollo de la personalidad de los alumnos y para un

adecuado aprendizaje de los mismos. La escuela debe garantizar la sana convivencia

entre todos sus miembros en todo momento.

I.- Objetivos:

1.- Estimular y canalizar la participación de la comunidad educativa en Proyecto

Educativo del Establecimiento.

2.- Promover la buena convivencia escolar en todos sus aspectos.

3.- Prevenir toda forma de violencia física o psicológica, agresiones u hostigamientos

entre miembros de la comunidad educativa.

II.- Funciones del Comité de Convivencia Escolar

• Promover acciones, medidas, estrategias y procedimientos que favorezcan la

convivencia escolar dentro del establecimiento.

• Proponer acciones de prevención de la violencia escolar en el establecimiento.

• Sugerir campañas de sensibilización, difusión de las normativas, protocolos y

actividades que permiten prevenir la ocurrencia de faltas que faciliten el

desarrollo de una buena y sana convivencia entre los miembros de la comunidad

escolar.

• Sugerir e implementar, jornadas de reflexión, programas de capacitación y

acciones de reconocimiento a aquellas actitudes, conductas y prácticas que

favorecen la buena convivencia o prevengan el maltrato en general.

• Motivar y sugerir la formación y capacitación de profesores, personal, apoderados

y alumnos del colegio en estrategias que favorezcan las relaciones interpersonales

armónicas y resolución pacífica de los conflictos.

• Participar en la elaboración, actualización y difusión del Reglamento Interno de

Convivencia Escolar, de acuerdo a los principios educativos contenidos en el

Proyecto de Establecimiento.

• Promover salidas pedagógicas en las que el aspecto de convivencia social

constituya un objetivo central y complementario a lo pedagógico.

NOMBRE RUT CARGO

Bernardita Olmos Ríos. 15.005.333-1 Encargada de Convivencia

Escolar

Elizabeth Hidalgo Figueroa. 10.967.893-7 Trabajadora Social

Elena Villarroel Mardesic 7.249.708-2 Inspectora General

Roberto Quiroga Huarachi. 7.180.318-4 Inspector de patio

Verónica Brito Opazo. 6.931.289-6 Inspector de patio

Sebastián Guiza Hernández 17.552.535-1 Psicólogo sep