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Reglamento Interno: Normas de convivencia escolar 2019 Escuela República de Austria 2019

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  • ReglamentoInterno:Normasdeconvivenciaescolar2019

    EscuelaRepúblicadeAustria

    2019

  • procedimientos y apelación frente a medida disciplinaria de expulsión o cancelación de matrícula.

    Previo al inicio del procedimiento de expulsión o de cancelación de matrícula, la directora de la Escuela República de Austria deberá presentar a los padres, madres o apoderados, las inconveniencias de las conductas del estudiante, advirtiendo la posible aplicación de estas sanciones, habiendo implementado a favor del estudiante las medidas de apoyo pedagógico o psicosocial que estén expresamente establecidas en el presente reglamento interno. La decisión de expulsar o cancelar la matrícula a un estudiante sólo podrá ser adoptada por la Directora de la Escuela República de Austria junto a los fundamentos de la conducta inconveniente del estudiante y se informará mediante notificación al estudiante a los padres, madres y o apoderados quienes podrán solicitar la reconsideración de la medida dentro de quince días desde recibida la notificación, esta reconsideración deberá ser por escrito y entregada a la Directora del establecimiento, la Directora resolverá previa consulta al consejo de profesores consignado en el acta de consejo. Será la directora quien resuelva la situación y tome las medidas conforme a garantizar el bien superior del estudiante y vele por la salud física y mental de los integrantes de la Unidad Educativa. Una vez que se haya adoptado la medida de expulsión o cancelación de matrícula de un estudiante de la Escuela República de Austria, la directora informará a la Superintendencia de educación en un plazo de 5 días hábiles a fin de que este revise el cumplimiento del procedimiento contemplado para este tipo de medidas. Corresponderá al Ministerio de Educación velar por la reubicación del estudiante afectado por la resolución y adoptar las medidas de apoyo necesarias. El Ministerio contará con todos los antecedentes pedagógicos que requiera del establecimiento para garantizar la continuidad de estudios del menor.