reglamento interno de seminario

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UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA CENTRO UNIVERSITARIO DE ORIENTE PROFESORADO EN PEDAGOGÌA Y ADMINISTRACIÓN EDUCATIVA PROFESORADO EN PEDAGOGÍA Y CIENCIAS NATURALES SECCIÓN: CHIQUIMULA. REGLAMENTO INTERNO Los estudiantes de Profesorado en Pedagogía y Técnico en Administración educativa. Considerando: Que el propósito del seminario es que el estudiante se aproxime a la elaboración técnica de una tesis universitaria y se familiarice con los problemas afines a la carrera que culmina. Considerando: Que el seminario constituye una investigación colectiva, organizada y sistemática que permite a los estudiantes profundizar ante la problemática que enfrenta el estudiante guatemalteco. Acuerdan Construir el presente reglamente que normará las acciones de los seminaristas de la Carrera de Profesorado en Pedagogía y Administración Educativa de la siguiente manera. CAPÍTULO I OBJETIVOS DEL SEMINARIO Y DEL REGLAMENTO Artículo 1º. Los objetivos del Seminarista son los siguientes. a. Que el estudiante profundice sobre la teoría, los estudios monográficos y las técnicas de investigación educativa,

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Aspectos que se concideran importantes dentro de curso de Seminario, mismos que deben estar presentes en las y los estudiantes de la carrera de PEM y TAE. Son de gran necesidad para determinar y aplicar actitudes responsables, que deben ser ser respetadas para el cumplimiento de las normas de comportamiento adecuado asi las y los demás.

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Page 1: Reglamento Interno de Seminario

UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALACENTRO UNIVERSITARIO DE ORIENTE

PROFESORADO EN PEDAGOGÌA Y ADMINISTRACIÓN EDUCATIVAPROFESORADO EN PEDAGOGÍA Y CIENCIAS NATURALES

SECCIÓN: CHIQUIMULA.

REGLAMENTO INTERNO

Los estudiantes de Profesorado en Pedagogía y Técnico en Administración educativa.

Considerando:

Que el propósito del seminario es que el estudiante se aproxime a la elaboración técnica de una tesis universitaria y se familiarice con los problemas afines a la carrera que culmina.

Considerando:

Que el seminario constituye una investigación colectiva, organizada y sistemática que permite a los estudiantes profundizar ante la problemática que enfrenta el estudiante guatemalteco.

AcuerdanConstruir el presente reglamente que normará las acciones de los seminaristas de la Carrera de Profesorado en Pedagogía y Administración Educativa de la siguiente manera.

CAPÍTULO IOBJETIVOS DEL SEMINARIO Y DEL REGLAMENTO

Artículo 1º. Los objetivos del Seminarista son los siguientes.a. Que el estudiante profundice sobre la teoría, los estudios monográficos y las

técnicas de investigación educativa, que desarrollen su capacidad científica para la investigación de los fenómenos que afectan el proceso educativo.

b. Desarrollar un estudio preliminar que sirva de experiencia al estudiante previo a la elaboración técnica de su tesis universitaria.

c. Sensibilizar al estudiante con la problemática educativa de nuestro país, estimulándolo para que conozca, analice, critique y participe en la búsqueda y ejecución de acciones en pro de la resolución de problemas administrativas.

Page 2: Reglamento Interno de Seminario

Artículo 2º. Los objetivos del reglamento son los siguientes.

a. Normar la organización, ejecución y desarrollo de las diferentes actividades del seminario.

b. Establecer los derechos, obligaciones y responsabilidades de los estudiantes. c. Establecer las sanciones que habrán de aplicar al violarse el presente

reglamento.

CAPÍTULO IIDE LA ORGANIZACIÓN

Artículo 3º. El presente seminario estará integrado por cuatro instancias.a. Asamblea Generalb. Junta Directivac. Asesor de Seminariod. Equipos de Trabajo.

Artículo 4º. Cada una de las anteriores instancias esta integrada de la manera siguiente. a. La Junta Directiva: Son los representantes legales del Seminario Integrado por

el Presidente (a), Secretario (a), el Tesorero (a) y las vocalías.b. Asesor de Seminario: Es la persona encargada de coordinar, orientar,

asesorar y evaluar todas las actividades realizadas por los seminaristas. c. Equipos de Trabajo: Divisiones de la asamblea en pequeños grupos

encargados de cumplir las actividades que se les asignen.d. Asamblea General: Todas las estudiantes inscritas, responsables de acatar lo

establecido en el presente reglamento.

CAPÍTULO IIIDE LAS ATRIBUCIONES

Artículo 5º. Son atribuciones de la Asamblea General y Junta Directivaa. Presidir, preparar y presentarse puntualmente a las sesiones programadas. b. Responsabilizarse de la buena marcha del seminario participado en todas las

actividades programadas colaborando con la asesora de seminario para resolver los problemas referentes al mismo.

c. Velar por el buen funcionamiento y desarrollo de las actividades programadas.d. Conocer, discutir y aprobar los objetivos, hipótesis, conclusiones y

recomendaciones del seminario. e. Proponer y aprobar los gastos que se incurran durante el desarrollo del

seminario.

Page 3: Reglamento Interno de Seminario

f. Proponer y aprobar las cuotas propuestas para sufragar los gastos del seminario.

g. Hacer efectivas las cuotas establecidash. Aprobar el estado general de cuentas.i. Llevar a cabo las actividades que conducen a la impresión y distribución del

informe final del seminario.j. Planificar la presentación del acto de clausura.k. Actitud positiva y tolerante frente a situaciones de criterio personal.

Artículo 6º. Son atribuciones del Presidente (a)a. Dar lectura a fases de la agenda.b. Convocar y presidir sesiones ordinarias y extraordinarias. c. Fiscalizar los ingresos y egresos de los fondos en coordinación con la

tesorería.d. Autorizar los documentos de gastos de ordinarios y extraordinarios

previamente a su pago.e. Cumplir y velar porque se cumpla el presente reglamento al estar aprobado.

Artículo 7º. Son atribuciones de la Secretaria a. Dar lectura al acta de la sesión anterior.b. Asentar actas de la Asamblea General y de las reuniones de la Directiva.c. Recibir, ordenar y archivar los trabajos producidos por los grupos, así como la

reproducción de materiales administrativos.d. Elaborar todo tipo de correspondencia e invitaciones que se requieran en el

desarrollo del seminario.

Artículo 8º. Son atribuciones del Tesorero (a)a. Controlar y manejar las cuotas que se establezcan, así como el registro de los

ingresos y egresos de acuerdo a las necesidades de inversión que el seminario ocasione.

b. Dar a conocer a la general sobre el movimiento financiero y rendir el informe final detallado previa a la cancelación del Seminario, presentado los respectivos comprobantes.

Artículo 9º. El catedrático asesor (a)Tendrá responsabilidades propias a la asistencia técnica, asesoría y evaluación necesaria para la organización, desarrollo y culminación de la actividad.

CAPÍTULO IVRÉGIMEN ECONÓMICO

Page 4: Reglamento Interno de Seminario

Artículo 10º. Para realización del seminario se hace necesario el establecimiento de cuotas para sufragios, gastos en que incurren para la realización del mismo, clasificándose en:

Cuotas OrdinariasLas cuales serán fijadas por los miembros del grupo de seminaristas en Asamblea General de acuerdo al plan establecido previamente por Junta Directiva.

Cuotas ExtraordinariasSerán todas las cuotas que fuese necesario aportar por los miembros del seminario y que no hayan contemplado como cuotas ordinarias, según lo ameriten los gastos imprevistos.

CAPÍTULO VDE LOS INFORMES

Artículo 11º. Se entenderá por informe todo tipo de documento producto de la investigación desarrollada por el grupo. Basándose en el tema que corresponde y a la Problemática establecida como parte impactante dentro de la sociedad.

Artículo 12º. Los documentos que se refieren el presente capítulo serán de dos tipos. Parciales. Serán todos aquellos documentos que se desarrollen previo a un

informe final dentro del proceso de seminario según cronograma que el alumno tiene.

Finales. El que contenga el informe total de la investigación realizada con el desarrollo del método científico, el cual será evaluado el día de la presentación y si el caso lo amerita deben hacerse las correcciones pertinentes.

Artículo 13º. Todo documento parcial o final deberá ser desarrollado con responsabilidad y entregado en la fecha establecida, por el Asesor del Seminario.

Artículo 14º. Los documentos deberán ser entregados al presidente (a) del mismo, en original y copia, digital, renglón abierto y en hojas tamaño carta.

CAPÍTULO VIDE LAS SESIONES

Artículo 15º. Se considera como sesiones del Seminario, las asambleas que se realicen con todo los seminaristas.

Artículo 16º. Se considera en el seminario dos tipos de sesiones.

Page 5: Reglamento Interno de Seminario

Ordinarias. las que se lleva a cabo en días hábiles de clase, con horario asignado y con todo el grupo de seminaristas inscritos en el curso de seminario, donde se recibirán las instrucciones, orientaciones y correcciones de los trabajos presentados.

Extraordinarios. Las que el grupo de seminaristas considere necesarias, las que se calificarán de acuerdo con el reporte del Coordinador de grupo y se realizarán en horarios fuera de las sesiones ordinarias.

Artículo 17º. El equipo de trabajo, realizará sesiones según las necesidades y obligaciones que el seminario impone.

CAPÍTULO VIIDE LA DISCIPLINA

Artículo 18º. La disciplina es parte fundamental de todo reglamento y su principal objetivo es lograr que el estudiante debidamente inscrito, respete las normas y principios, acepte las sanciones que se establecen en los siguientes artículos.

Artículo 19º. Todo estudiante debe ser miembro activo del desarrollo del seminario de lo contrario quedará fuera del mismo.

Artículo 20º. Todo estudiante deberá respetar las decisiones unánimes o por mayoría absoluta.

Artículo 21º. Todo seminarista deberá ser puntual en todas las sesiones que le correspondan, principalmente en su asistencia, salvo casos extremos debidamente comprobados.

Artículo 22º. Todos los seminaristas tendrán la obligación de permanecer en la sede o lugar de reunión en el horario establecido participando activamente en las sesiones ordinarias de la clase.

Artículo 23º. Si los objetivos de la sesión no fuesen alcanzados en el tiempo establecido la reunión se extenderá en común acuerdo, según lo amerite el caso.

Artículo 24º. Una vez iniciada la sesión ordinaria de clase, nadie puede salir del lugar de reunión, salvo casos extremos, será el vocal I de Junta Directiva quien autorice la salida.

Artículo 25º. La Junta Directiva de seminario, a través del vocal I sancionará a cualquiera de los integrantes por las siguientes razones:

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Se entenderá por llegada tarde el ingreso a la reunión 10 minutos después de la hora establecida, con una sanción económica que se discutirá y se establecerá en Asamblea General la cual quedará asentada en acta. Acumulación de dos llegadas tarde se tomará como una ausencia. El retirarse antes que finalicen las actividades y reuniones programadas sin

previa autorización del presidente (a), con el visto bueno del asesor del seminario.

A la acumulación de dos ausencias injustificadas a las asambleas generales o reuniones grupales se procederá a la expulsión total de seminario.

Únicamente el catedrático asesor decidirá el seguimiento del o los seminaristas después de una falta a la moral, agresión física o verbal contra la directiva, coordinador de grupo o compañeras de asamblea o cualquier otra persona involucrada en el seminario.

El curso de seminario no tiene derecho a recuperarse y tendrá que cursarse nuevamente.

Artículo 26º. El catedrático asesor del seminario, sancionará con amonestación verbal o pública para incorporación de nombres en trabajos y en tareas asignadas de seminaristas que no han participado en las actividades asignadas y plagian dicha tarea.

Artículo 27º. El presidente (a) de la Junta Directiva sancionará al integrante de grupo por incumplimiento en la entrega de los informes en el tiempo establecido, previo informe del coordinador del grupo como consideren conveniente.

CAPÍTULO VIIIINFORME FINAL

Artículo 28º. El informe será preparado en forma grupal de acuerdo al reglamento respectivo ordenado y avalado por la Junta Directiva del grupo y asesorado por el catedrático del curso.

Artículo 29º. El informe final deberá ser impreso con el trabajo grupal y financiado por la Directiva General de las aportaciones de cada miembro del grupo del Seminario.

Artículo 30º. El informe final deberá ser presentado por la Asamblea General a la autoridades e invitados especiales, como un acto de culminación de una actividad y en un lugar acorde a la calidad académica de los seminaristas y de acuerdo al cronograma establecido previamente por el catedrático asesor, el cual debe ser de la siguiente manera:

Original para el Catedrático Asesor.

Page 7: Reglamento Interno de Seminario

Una copia para cada uno de la terna evaluadora. Copia para el padrino o padrinos si el grupo decidiera nombrar. Y su respectiva copia en digital para cada miembro del grupo.

CAPÍTULO IXIMPREVISTOS

Artículo 31º. Se considera imprevistos todos aquellos casos que necesitan someterse a discusión, y que por su naturaleza extraordinaria no está contemplado y normado en este reglamento. Caracteriza a un imprevisto una situación no clara o de conflicto entre las reglas de este seminario y la situación imperante en el día en que se vaya a tratar. Todo caso que se salga de la definición de extraordinario y pase a lo cotidiano o usual ya no se considera imprevisto.

Artículo 32º. Para tratar casos imprevistos que se hayan planteado se dará prioridad a los problemas de tesorería y respecto a la organización del seminario.

Artículo 33º. Todo caso imprevisto deberá ser discutido con el catedrático asesor de seminario y Junta Directiva como imprevisto del día.

CAPÍTULO XDE LA EVALUACION

Artículo 34º. La evaluación durante el desarrollo del seminario será realizada por el catedrático asesor y las personas que éste delegue y que concluye con la presentación del informe del seminario.

Artículo 35º. La evaluación a que se somete cada alumno inscrito en el curso de seminario, tendrá la forma que el catedrático considere pertinente incluyendo

a. Asistenciab. Realización de tareasc. Participación en clase d. Orden personal y actitud democrática en las discusionese. Registros personales y archivos personalesf. Colaboración espontánea o cuando sea necesariog. Cualquier otra actividad evaluativo que el catedrático asigne

Artículo 36º. Las actividades en las que no esté presente el catedrático asesor, pueden ser evaluadas convenientemente por el presidente (a) de la Junta Directiva, tendrá un instrumento o instrumentos de evaluación cuando las actividades así lo requieren, como listas de cotejo, fichas de observación o registros de inasistencia o faltas, entre otros..

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Artículo 37º. Toda actividad debe tener instrucciones claras, un plazo establecido de duración y verificación.

Artículo 38º. El archivo personal del alumno de seminario consiste en:a. Constancia de asistencia y tareas asignadas por el coordinador de grupo y

firmada por el catedrático asesor. b. Documentos y datos referidos al seminario. c. Cronograma, planes de trabajo, guías de estudio y copias de instrumentos

aplicados durante el proceso. d. Trabajos e informes de tareas individuales. e. Todo otro documento destina al archivo por su valor didáctico o intelectual,

que así considere necesario el catedrático asesor.

Este archivo formará parte indispensable de la evaluación final. El alumno queda obligado a presentarlo con fecha establecida, para su revisión previamente a su aceptación final por el catedrático asesor.

Artículo 39º. Las actividades no pueden ser reprogramadas ya que previamente y con suficiente antelación el estudiante cuenta con el cronograma.

Artículo 40º. La auto evaluación de la Junta Directiva y del catedrático asesor por los alumnos se establecerá al final del seminario como una aportación al mejoramiento del mismo en ningún caso el seminario debe tener cariz político, sectario o vindicativo por parte de los alumnos, quienes se sujetarán a sanción en caso de abusar de sus funciones como evaluadores del curso. La evaluación se hará de acuerdo con la programación del curso.

Artículo 41º. La evaluación será acumulativa dando como resultado Aprobado o No Aprobado con los resultados dados por cada uno de los participantes en la misma.

La presentación personal de los seminaristas en la entrega del informe final estará acorde a la carrera y grado académico que este ostenta. Todo el financiamiento del empastado del informe se hará en forma grupal.

CAPÍTULO XIDE LAS DISPOSICIONES

GENERALES

Artículo 42º. Cada seminarista deberá tener copia de este reglamento para su conocimiento y cumplimiento.

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Artículo 43º. Toda situación no prevista en este reglamento, será resuelto por la Junta Directiva con el visto bueno del catedrático asesor. Artículo 44º. El presente reglamento entrará en vigor inmediatamente, al momento de ser divulgado por el catedrático asesor, conocido por la Junta Directiva y grupo de seminaristas participantes finalizará cuando concluya el curso conforme a la programación.

Artículo 45º. La Junta Directiva también se conformará con vocalías, con un ordenamiento de primero a cuarto, tomando las funciones de cualquier otro miembro en ausencia temporal o definitiva de uno de éstos.

El presente Reglamento entra en vigencia a partir del 16 de enero de dos mil dieciséis y su vigencia termina cuando el Seminario de finalice. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Chiquimula, 16 de enero 2016.

Nombres de miembras de la Junta Directiva

Lic. Delfido Geovany Marroquín.Asesor del Curso.