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SEGURIDAD Y

SALUD EN EL TRABAJO

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INDICE

I. RESUMEN EJECUTIVO

II: OBJETIVOS Y ALCANCE A. Objetivos B. Alcance C. Base legal

III. LIDERAZGO, COMPROMISO Y POLITICA DE SEGURIDAD Y SALUD

A. Liderazgo y Compromiso B. Política de Seguridad y Salud.

IV. ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES

A. Funciones y Responsabilidades

V. COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

VI. MAPA DE RIESGO Y REGISTROS

VII. ESTANDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN TODAS LAS ACTIVIDADES

A. Condiciones Ambientales en el lugar de trabajo B. Disposiciones generales de seguridad y salud en el trabajo

VIII. ESTANDARES DE SEGURIDAD EN LAS ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS

IX. ESTANDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO EN

OPERACIONES

X. ENFERMEDADES OCUPACIONALES

XI. EQUIPOS DE PROTECCION PERSONAL

XII. ESTANDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN LOS SERVICIOS Y

ACTIVIDADES CONEXAS.

XIII. ESTANDARES DE CONTROL DE LOS PELIGROS EXISTENTES Y RIESGOS EVALUADOS

XIV. PREPARACION Y RESPUESTA PARA CASOS DE EMERGENCIA

A. Prevención y Protección Contra Incendios B. Protección Contra Incendios

C. Primeros Auxilios

XV. DISPOSICIONES FINALES

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I. RESUMEN EJECUTIVO

La EPS. SEDACUSCO S.A., es una empresa pública de propiedad municipal, que

tiene como actividad principal la prestación de los servicios de saneamiento en la

ciudad de Cusco, y la Localidad de Paucartambo, actualmente cuenta con dos turnos

de trabajo (diurno y nocturno), nuestra sede principal está ubicada en la Av. Anselmo

Álvarez N° 364 del Distrito de Wanchaq, Provincia y Departamento del Cusco.

La EPS. SEDACUSCO S.A., tiene las siguientes sedes:

Centros de Trabajos

• Centro Atención al Cliente, Plaza San Francisco N° 332-336, Cusco.

• Centro Atención al Cliente, Tercer paradero de Ttio S/N, Wanchaq, Cusco.

• Oficina Zonal de Paucartambo, Calle Marcavalle s/n, Paucartambo.

Plantas:

• Planta de Tratamiento de Agua Potable Santa Ana: Calle Andrés Avelino

Cáceres s/n, Cusco.

• Planta de Tratamiento de Aguas Residuales: Prolongación Av. La Cultura

s/n, San Jerónimo, Cusco.

• Planta de Tratamiento de Agua Potable, Barrio Valdivieso Bueno,

Paucartambo.

Sistemas:

• Sistema Vilcanota: Distrito de San Jerónimo

• Sistema Piuray: Distrito de Cusco

• Sistema Salkantay: Distrito de Cusco

• Sistema Jaquira: Distrito de Cusco

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II. OBJETIVOS Y ALCANCE

A. OBJETIVOS

Artículo 1°.- El presente reglamento tiene como objetivos:

a. Establecer normas y disposiciones que deberán ser correctamente aplicadas a fin

de prevenir accidentes propios de la actividad a la que se dedica la empresa.

b. Garantizar las condiciones de seguridad y salvaguardar la vida, salud e

integridad física y el bienestar de los trabajadores (dentro y fuera de la empresa)

y terceros en general que desarrollen su actividad laboral dentro de la empresa,

mediante la prevención y la eliminación de probables causas que ocasionen

accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales.

c. Fomentar la mejora continua de las condiciones de seguridad, salud y medio

ambiente de trabajo, prevenir daños a la salud, a las instalaciones o a los

procesos, en las diferentes actividades ejecutadas facilitando la identificación de

los riesgos existentes, la evaluación, control y corrección de los mismos.

d. Proteger las instalaciones y propiedad de la empresa, con el fin de garantizar la

fuente de trabajo y mejorar la productividad.

e. Promover una cultura de prevención de riesgos laborales en los trabajadores,

contratistas, proveedores y todos aquellos que presten servicios en relación a la

empresa, con la implementación del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en

el Trabajo.

B. ALCANCE

Artículo 2 °.- El presente Reglamento es aplicable a todas las actividades, servicios y

procesos que desarrolla la EPS. SEDACUSCO S.A., en todas sus sedes e

instalaciones distribuidas en las diferentes áreas operativas y administrativas.

El presente Reglamento establece las funciones y responsabilidades relacionadas a

la seguridad y salud en el trabajo que deben cumplir obligatoriamente todos los

trabajadores, contratistas, proveedores, visitantes y otros, cuando se encuentren en

las instalaciones de la empresa.

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C. BASE LEGAL

Artículo 3°.- La Base legal que sustenta el presente reglamento es la siguiente:

a. Constitución Política del Perú de 1993, Artículos 7°, 9º y 59º.

b. Ley N° 26790 del 17.05.97 - Ley de Modernización de la Seguridad Social sus

Concordancias y demás Normas conexas.

c. D.S. Nº 009-97-S.A. del 09.09.97 - Reglamento de la Ley Nº 26790 - Ley de

Modernización de la Seguridad Social en Salud.

d. D.S. Nº 003-98-SA. Del 14.04.98 - Normas Técnicas del Seguro Complementario

de Trabajo de Riesgo.

e. Decreto Supremo Nº 015-2005-SA, Reglamento sobre valores límites permisibles

para Agentes químicos en el ambiente de trabajo.

f. Ley Nº 28806, Ley General de Inspección del Trabajo.

g. Decreto Supremo Nº019-2006-TR, Reglamento de la Ley de Inspección del

Trabajo.

h. Ley Nº 28048, Ley de Protección a favor de la Mujer Gestante.

i. Ley Nº 28518 - Ley sobre Modalidades Formativas Laborales

j. Decreto Supremo Nº 007-2005 Reglamento de la Ley Nº 28518 "Ley sobre

Modalidades Formativas Laborales"

k. Ley Nº 28705 - Ley General para la prevención y control de los riesgos del

consumo del tabaco.

l. Decreto Supremo Nº 015-2008-SA-Aprueban Reglamento de la Ley Nº 28705, Ley

General para la Prevención y Control de los Riesgos del Consumo del Tabaco

m. Ley Nº 29783 - Ley de Seguridad y Salud en el trabajo

n. Decreto Supremo Nº 005-2012-TR, Reglamento de la Ley N° 29783, Ley de

Seguridad y Salud en el Trabajo.

o. Ley 30222, Ley que modifica la Ley 29783, Ley de Seguridad y Salud en el

Trabajo.

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III. LIDERAZGO, COMPROMISO Y POLITICA DE SEGURIDAD Y SALUD

A. LIDERAZGO Y COMPROMISO

Artículo 4°.- La gestión de la seguridad y salud en el trabajo es responsabilidad de

la Alta Dirección, quienes delegan funciones y dan autoridad a las unidades

orgánicas, para llevar a cabo el control eficiente y eficaz de las operaciones, velando

por el cumplimiento de los estándares de seguridad y salud en el trabajo tanto de

nuestros trabajadores, así como también, de los contratistas que operan en conjunto

con la EPS. SEDACUSCO S.A.

B. POLÍTICA DE SEGURIDAD Y SALUD.

Artículo 5.- En la EPS. SEDACUSCO S.A, estamos comprometidos a desarrollar

nuestras actividades, con seguridad, sin exponer a riesgos al personal operativo,

administrativo ni a la población, fomentando una cultura de prevención, mejorando

nuestras prácticas de seguridad, por lo que es nuestro objetivo desarrollar e

implementar un Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo conforme a

las normativas vigentes aplicable al sector público.

La EPS. SEDACUSCO S.A., presta servicios de saneamiento básico con estándares

de calidad internacional, para contribuir con la mejora de la calidad de vida de la

población y del cuidado del medio ambiente, tiene como política de seguridad y salud

en el trabajo:

a. Garantizar la seguridad y salud de nuestros trabajadores, para lo cual fomentara

una cultura de prevención de riesgos laborales, contribuyendo así con el

desarrollo de todo el personal de la EPS SEDACUSCO S.A.

b. Contar con un sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo que permita

la protección de todos los trabajadores de la EPS SEDACUSCO, personal

contratista y público visitante, mediante la prevención, buscando así minimizar las

enfermedades ocupaciones, accidentes e incidentes de trabajo.

c. Brindar de manera permanente capacitaciones, inducciones, entrenamientos en

materia de seguridad y salud en el trabajo a nuestros trabajadores.

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d. Mantener un proceso de mejora continua del desempeño del Sistema de Gestión

de Seguridad y Salud en el Trabajo, mediante la participación de todo el personal

que labora en la EPS SEDACUSCO S.A.

IV. ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES

A. FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES

De la Empresa:

Artículo 6°.- La EPS SEDACUSCO S.A., asume su responsabilidad en la organización

del Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo y garantiza el

cumplimiento de las obligaciones establecidos en el presente Reglamento de

Seguridad y Salud en el Trabajo, para lo cual:

a. La EPS SEDACUSCO S.A establecerá una política de seguridad y salud en el

trabajo y será de cumplimiento de la empresa.

b. La EPS SEDACUSCO S.A., será responsable de la prevención y conservación del

lugar de trabajo, asegurando que esté construido, equipado y dirigido de manera

que suministre una adecuada protección a los trabajadores, contra accidentes que

afecten su vida, salud e integridad física de los mismos.

c. La EPS SEDACUSCO S.A., impartirá a los trabajadores la inducción, capacitación

y entrenamiento en seguridad y salud, brindándoles información sobre medidas

preventivas y de protección aplicables, al puesto de trabajo, o actividad específica

que se le asigne, según la actividad que realice.

También incluirá las capacitaciones al personal sujeto a los regímenes de

intermediación y tercerización, modalidad formativa laboral y los que prestan

servicios de manera independiente, siempre que éstos desarrollen sus actividades

total o parcialmente en las instalaciones de la EPS SEDACUSCO S.A., la

instrucción tratará respecto a los riesgos a que se encuentren expuestos en las

labores que realizan y particularmente aquellos relacionados con el puesto o

función (a efectos de que el trabajador conozca de manera fehaciente los riesgos

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a los que está expuesto y las medidas de prevención y protección que debe

adoptar o exigir al empleador), adoptando las medidas necesarias para evitar

accidentes o enfermedades ocupacionales.

d. La EPS SEDACUSCO S.A., desarrollará acciones de sensibilización, capacitación

y entrenamiento destinados a promover el cumplimiento por los trabajadores de

las normas de seguridad y salud en el trabajo. Las capacitaciones se realizarán

dentro de la jornada de trabajo, sin implicar costo alguno para el trabajador.

e. La EPS SEDACUSCO S.A., proporcionará a sus trabajadores los equipos de

protección personal de acuerdo a la actividad que realicen.

f. Para el caso del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, la EPS

SEDACUSCO S.A., dará facilidades y adoptará medidas adecuadas que aseguren

el funcionamiento efectivo del Comité de Seguridad en el Trabajo, y brindará la

autoridad que requiera para llevar a cabo sus funciones.

g. Para el caso del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, la EPS

SEDACUSCO S.A., garantizará el cumplimiento de los acuerdos adoptados por el

Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, de conformidad con lo previsto en el

artículo 54º del Reglamento de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.

h. La EPS SEDACUSCO S.A., adoptará las medidas necesarias cuando se estime

que las disposiciones o uso de equipos de trabajo, de protección o uniformes del

personal resulten inadecuadas o insuficientes y representen un riesgo para la

seguridad y salud de los trabajadores.

De las responsabilidades de los inmediatos superiores:

Artículo 7°.- Son responsabilidades de los jefes inmediatos superiores que tengan

bajo su dirección, directa o indirectamente, personal a su cargo y encargado de la

realización de actividades ejecución de proyectos o la prestación de servicios, las

siguientes disposiciones:

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a. Asignar oportunamente todos los recursos humanos y materiales necesarios que

sean de su competencia con el fin de implementar la ejecución de las actividades

relacionadas con la seguridad y salud en el trabajo.

b. Liderar y hacer cumplir los contenidos de los programas o planes de seguridad y

salud en el trabajo, y las disposiciones del presente Reglamento, manteniendo un

compromiso visible y sostenido por los objetivos de prevención en seguridad y

salud en el trabajo.

c. Generar, coordinar, concertar y ejecutar las disposiciones o medidas correctivas

que sean necesarias para el mejoramiento continuo del Sistema de Seguridad y

Salud en el Trabajo.

De los trabajadores:

Artículo 8°.- En aplicación del principio de prevención, todo trabajador está obligado a

cumplir las normas contenidas en este Reglamento y otras disposiciones

complementarias, incluyendo al personal sujeto a los regímenes de intermediación y

tercerización, modalidades formativas laborales y los que prestan servicios de manera

independiente, siempre que éstos desarrollen sus actividades total o parcialmente en

las instalaciones de la empresa.

En este sentido, los trabajadores:

a. Harán uso adecuado de todos los resguardos, Equipo de Protección Personal,

dispositivos de seguridad y salud y demás medios suministrados de acuerdo con

lo dispuesto en el presente Reglamento, para su protección o la de terceros.

Asimismo, cumplirán todas las instrucciones de seguridad aprobadas por el

Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo.

b. Deberán informar a su jefe inmediato, y estos a su vez al Comité de Seguridad y

Salud en el Trabajo, de los accidentes e incidentes ocurridos aun cuando estas

puedan ser considerados irrelevantes.

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c. Se abstendrán de intervenir, modificar, desplazar, dañar o destruir los dispositivos

de seguridad o aparatos destinados para su protección y la de terceros; asimismo,

no modificarán los métodos o procedimientos adoptados por la empresa.

d. Mantendrán condiciones de orden y limpieza en todos los lugares y actividades.

e. Se someterán a los exámenes médicos a que estén obligados por norma expresa,

siempre y cuando se garantice la confidencialidad del acto médico.

f. Están prohibidos de efectuar bromas que pongan en riesgo la vida de otro

trabajador y de terceros, los juegos bruscos.

g. Están prohibidos de beber cualquier tipo de bebidas alcohólicas durante la jornada

de trabajo y bajo ninguna circunstancia trabajar bajo el efecto de alcohol o

estupefacientes.

h. Cooperarán y participarán en los procesos de investigación de accidentes de

trabajo, enfermedades ocupacionales, cuando la empresa o autoridades

competentes lo requiera o cuando a su parecer, por los datos que tenga a mano,

considere poder contribuir a esclarecer las investigaciones de seguridad y salud

en el trabajo. Participar en la elección o representación ante el Comité de

Seguridad y Salud en el Trabajo, o cuando se le requiera en programas, sistemas

u otras actividades relacionadas con la prevención de seguridad y salud en el

trabajo que promueva la empresa.

i. Comunicarán todo acto, medida, situación o práctica que ponga o puedan poner

en riesgo la seguridad y salud de los trabajadores, la seguridad de las

instalaciones del centro de labores, debiendo adoptar inmediatamente, de estar a

su alcance, las medidas correctivas del caso.

j. Participarán con seriedad y responsabilidad de los simulacros o prácticas de

emergencia, evacuación y otros, con el objeto de recibir el adiestramiento

necesario para hacer frente a accidentes, desastres o emergencias que pudiera

producirse.

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k. Participarán cuando sea requerido de las reuniones u otras actividades que el

Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo de la EPS SEDACUSCO S.A.

convoque.

De las empresas, entidades públicas o privadas que brindan servicios a la EPS

SEDACUSCO S.A.

Artículo 9°.- Toda empresa especial de servicios, intermediación laboral, contratistas,

subcontratistas y cooperativas de trabajadores deberán garantizar lo siguiente:

a. La coordinación de la gestión en prevención de riesgos laborales.

b. La seguridad y salud de los trabajadores.

c. Contratar y presentar los seguros de acuerdo a ley, por cada trabajador, con

prioridad el SCTR, caso contrario no podrá acceder a la empresa.

d. El cumplimiento de la normativa vigente en materia de seguridad y salud en el

trabajo.

e. Proporcionar a sus trabajadores, los equipos de protección personal (EPP)

adecuados de acuerdo a las labores que desempeñan, a fin de garantizar la

seguridad y salud de sus trabajadores.

f. Capacitar y preparar a sus trabajadores en temas de seguridad y salud en el

trabajo.

g. Cumplir con los lineamientos de seguridad y salud en el trabajo establecido por la

empresa.

h. Notificar en caso de accidente o incidente peligroso al Ministerio de Trabajo y

Promoción del Empleo, conforme a lo dispuesto en la Ley 29783, Ley de

Seguridad y Salud en el Trabajo, ello sin perjuicio de la notificación que también

debe efectuar a la EPS SEDACUSCO S.A.

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PRESIDENTE

SECRETARIO

MIEMBRO MIEMBRO MIEMBRO MIEMBRO

V. COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Organigrama del Comité:

Artículo 10°.- La EPS. SEDACUSCO S.A., cuenta con un Comité de Seguridad y

Salud en el Trabajo, este comité realizará reuniones mensuales debiendo establecer

en un libro de actas para todos los acuerdos adoptados en cada reunión. Así mismo

deberá cumplir con los acuerdos establecidos en los plazos previstos.

La Constitución del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo es de forma bipartita y

paritaria, quienes al ser elegidos y designados asumen responsabilidades y cumplen

funciones según la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Artículo 11°.- El presente organigrama es la representación gráfica de la estructura

orgánica del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo. La empresa adoptará el

siguiente organigrama funcional para el Comité:

ORGANIGRAMA DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Artículo 12°.- El Presidente, será el encargado de presidir y dirigir las reuniones del

Comité y facilitará la aplicación y vigencia de los acuerdos de éste, canalizando el

apoyo de la Dirección de la EPS SEDACUSCO S.A., adicionalmente tienen las

siguientes funciones:

a. Dispone el lugar de la reunión.

b. Programa las reuniones.

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c. Notifica por escrito a los miembros del Comité sobre las reuniones a realizar,

convocándolos por lo menos una vez al mes.

d. Prepara, en coordinación con el secretario y delegados, los temas a tratar en la

reunión.

Artículo 13°.- El Secretario, Estará encargado de las labores administrativas en el

Comité, como tener al día el Libro de Actas y distribuir las copias correspondientes,

cuando no se encuentre el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo sesionando,

será el nexo entre el Presidente de éste y los miembros, aparte de sus funciones.

a. Verifica la asistencia.

b. Toma nota de los temas tratados.

c. Elabora el Acta de reunión y la somete a aprobación del Comité.

d. Lleva el archivo de las actividades desarrolladas por el Comité y suministra la

información que se requiera.

Artículo 14°.- Los Miembros aportarán iniciativas propias y del personal de planta para

ser tratadas en las reuniones y serán los encargados de fomentar y hacer cumplir las

disposiciones y acuerdos tomados por el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Funciones y Responsabilidades del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo

Artículo 15°.- Son funciones del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo:

a. Conocer los documentos e informes relativos a las condiciones de trabajo que

sean necesarios para el cumplimiento de sus funciones, así como los procedentes

de las actividades de servicio de seguridad y salud en el trabajo.

b. Aprobar el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa.

c. Aprobar el programa Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo.

d. Conocer y Aprobar el Programa Anual del servicio de Seguridad y Salud en el

Trabajo.

e. Participar en la elaboración, aprobación, puesta en práctica y evaluación de las

políticas, planes y programas de promoción de la seguridad y salud en el trabajo,

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de la prevención de accidentes y enfermedades ocupacionales.

f. Aprobar el plan anual de capacitación de los trabajadores sobre seguridad y salud

en el trabajo.

g. Promover que todos los nuevos trabajadores que ingresen a trabajar a la EPS

SEDACUSCO S.A reciban inducción y orientación sobre la prevención de riesgos.

h. Vigilar el cumplimiento de la legislación, las normas internas y las especificaciones

técnicas del trabajo relacionadas con la seguridad y salud en el lugar de trabajo

así como el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo.

i. Asegurar que los trabajadores de la empresa conozcan los reglamentos,

instrucciones, especificaciones técnicas de trabajo, y demás materiales escritos o

gráficos relativos a la prevención de riesgos en el lugar de trabajo.

j. Promover el compromiso, la colaboración y la participación de todos los

trabajadores de la empresa en la prevención de los riesgos del trabajo, mediante

la comunicación eficaz, la participación de los trabajadores en la solución de

problemas de seguridad, la inducción, la capacitación, el entrenamiento,

concursos, simulacros, entre otros.

k. Realizar inspecciones periódicas o inopinadas a las instalaciones en las áreas

administrativas, áreas operativas, instalaciones, maquinarias y equipos, a fin de

reforzar la gestión preventiva.

l. Considerar las circunstancias e investigar las causas de todos los incidentes,

accidentes y enfermedades ocupacionales que ocurran en el lugar de trabajo,

emitiendo las recomendaciones respectivas para evitar la repetición de estos.

m. Verificar el cumplimiento y eficacia de sus recomendaciones para evitar la

repetición de los accidentes de trabajo y la ocurrencia de enfermedades

ocupacionales.

n. Hacer recomendaciones apropiadas para el mejoramiento de las condiciones y el

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ambiente de trabajo, velar por que se lleven a cabo las medidas adoptadas y

examinar su eficiencia.

o. Analizar y emitir informes de las estadísticas de los incidentes, accidentes y

enfermedades ocupacionales ocurridas en el lugar de trabajo, cuyo registro y

evaluación deben ser constantemente actualizados.

p. Colaborar con los servicios médicos y de primeros auxilios.

q. Supervisar los servicios de seguridad y salud en el trabajo y la asistencia y

asesoramiento al empleador y al trabajador.

r. Reportar al Gerente General de la empresa la siguiente información:

r.1 El accidente mortal o el incidente peligroso, de manera inmediata.

r.2 La investigación de cada accidente mortal y medidas correctivas adoptadas

dentro de los diez días de ocurrido.

r.3 Las estadísticas trimestrales del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo.

s. Llevar el Libro de Actas y el control del cumplimiento de los acuerdos.

t. Reunirse mensualmente en forma ordinaria para analizar y evaluar el avance de

los objetivos establecidos en el programa anual, y en forma extraordinaria para

analizar accidentes que revistan gravedad o cuando las circunstancias lo exijan.

Artículo 16°.- El Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo aprobará el Programa

Anual de Seguridad y Salud de la EPS SEDACUSCO S.A., este programa deberá

estar en relación a los objetivos contenidos en el presente Reglamento y a otros

elementos que garanticen un trabajo en forma preventiva y sistemática contra los

riesgos existentes en el centro de trabajo.

De igual manera el Comité aprobará el Cronograma del mismo, estableciendo los

mecanismos de seguimiento para el cumplimiento del mismo. La EPS. SEDACUSCO

S.A. prestará todo el apoyo para la elaboración y ejecución del Programa Anual.

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VI. MAPA DE RIESGO Y REGISTROS

A. MAPA DE RIESGOS

Artículo 17°.- El Mapa de Riesgos consiste en una representación gráfica a través de

símbolos de uso general o adoptados, indicando el nivel de exposición ya sea bajo,

mediano o alto, de acuerdo a la información recopilada en archivos y los resultados de

las mediciones es de los factores de riesgos presentes, con el cual se facilita el control

y seguimiento de los mismos, mediante la implantación de programas de prevención.

Los centros de trabajo de la empresa, la oficina central, y obras de la empresa

deberán contar con un mapa de riesgo que permita verificar la exposición a peligros y

riesgos, también deberá contener las señalización correspondiente y las vías de

evacuación en casos de emergencia.

La periodicidad de la formulación del Mapa de Riesgos de cada área o de cada planta,

está en función de factores como el tiempo estimado para el cumplimiento de las

propuestas de mejoras, situaciones críticas, documentación insuficiente,

modificaciones en los procesos, nuevas tecnologías, entre otros.

B. IMPLEMENTACIÓN DE REGISTROS Y DOCUMENTACIÓN DEL SISTEMA DE

GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Artículo 18°.- Para la evaluación del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el

Trabajo, la EPS. SEDACUSCO S.A. deberá tener los siguientes registros:

a. Registro de accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales, incidentes

peligrosos y otros incidentes, en el que deben constar la investigación y las

medidas correctivas.

b. Registro de exámenes médicos ocupacionales.

c. Registro del monitoreo de agentes físicos, químicos, biológicos, psicosociales y

factores de riesgo disergonómicos.

d. Registro de inspecciones internas de seguridad y salud en el trabajo.

e. Registro de estadísticas de seguridad y salud.

f. Registro de equipos de seguridad o emergencia.

g. Registro de inducción, capacitación, entrenamiento y simulacros de emergencia.

h. Registro de auditorías.

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Los registros a que se refieren los incisos a y b, serán llevados también para los

trabajadores que desarrollen labores de intermediación laboral, así como para los que

prestan servicios de manera independiente, contratistas, subcontratistas o bajo

convenios de modalidades formativas, siempre que las actividades se desarrollen en

cualquiera de las instalaciones de EPS SEDACUSCO S.A.

VII. ESTANDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN TODAS LAS ACTIVIDADES

A. CONDICIONES AMBIENTALES EN EL LUGAR DE TRABAJO.

Artículo 19°.- La EPS SEDACUSCO S.A. asegurará que todos los trabajadores usen

sus equipos de protección personal antes, durante y después de realizar el proceso de

trabajo.

Los supervisores de la EPS SEDACUSCO S.A. serán los responsables de supervisar

y hacer cumplir la normatividad.

Artículo 20°.- Ventilación

a. En los locales de trabajo se mantendrá por medios naturales o artificiales la

renovación adecuada de aire de acuerdo al número de trabajadores y naturaleza

de la labor.

b. Las emanaciones de polvo, gases y otros agentes similares producidos en el

interior de los ambientes, serán extraídos en lo posible del lugar de origen

mediante ventilación natural o artificial, evitando que se expandan en el aire

respirable de la instalación.

a. En los lugares de trabajo en que por la naturaleza del proceso o por razones de

producción sea necesario mantener las ventanas o puertas cerradas durante el

trabajo, se proveerá de un sistema mecánico de ventilación que asegure la

evacuación del aire viciado.

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Artículo 21°.- Temperatura

a. La temperatura en todas las instalaciones de la empresa se mantendrá durante

las horas de labor a un nivel que no sea perjudicial para la salud de los

trabajadores ya sea por medios naturales o artificiales.

b. Temperatura Efectiva (T.E.) es el resultado de la combinación de tres factores:

temperatura del aire, humedad relativa y velocidad del aire. En un solo valor

expresa el grado de confort, El concepto de termo-ambiental se refiere a la

sensación y efecto de calor y frio del cuerpo humano. Las zonas de comodidad o

confort durante el verano presentan una ventilación de temperatura efectiva entre

16 y 24 grados, siendo la temperatura efectiva optima de 22 grados, en invierno

entre 17 y 22 grados de temperatura efectiva óptima.

Artículo 22°.- Iluminación

a. La EPS SEDACUSCO S.A., dotará de una iluminación natural adecuada a todas

sus instalaciones.

b. La iluminación natural será complementada, en aquellos casos donde sea

necesario, con iluminación artificial en cualquier de sus formas, siempre que

ofrezcan garantías de seguridad, no vicie la atmósfera, no ofrezca los peligros de

incendio y no afecte la salud de los trabajadores.

c. Todos los lugares de tránsito en general, tales como pasadizos, gradas, escaleras

vías de evacuación, zonas de carga y descarga y áreas de trabajo, deberán contar

con iluminación segura y apropiada.

d. Las luces se conservarán encendidas siempre que haya personas en los talleres

laboratorios, u oficinas.

e. Los niveles mínimos de iluminación que deben observarse en el lugar de trabajo

son los valores de iluminancias establecidas por la siguiente tabla:

TAREA VISUAL

DEL PUESTO DE TRABAJO

ÁREA DE TRABAJO

(LUX)

En exteriores: distinguir el área de tránsito.

Áreas generales exteriores: patios y estacionamientos

20

En interiores: distinguir el área de tránsito, desplazarse caminando, vigilancia, movimiento de vehículos

Áreas generales interiores: almacenes de poco movimiento, pasillos, escaleras, estacionamientos cubiertos, iluminación de emergencia.

50

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Requerimiento visual simple: inspección visual, recuento de piezas, trabajo en banco y máquina

Áreas de servicios al personal: almacenaje rudo, recepción y despacho, casetas de vigilancia, cuartos de compresores y calderos.

200

Distinción moderada de detalles: ensamble simple, trabajo medio en banco y máquina, inspección simple, empaque y trabajos de oficina.

Talleres: áreas de empaque y ensamble, y oficinas

300

Distinción clara de detalles: maquinado y acabados delicados, ensamble e inspección moderadamente difícil, captura y procesamiento de información, manejo de instrumentos y equipo de laboratorio.

Talleres de precisión: salas de cómputo, áreas de dibujo, laboratorios.

500

Distinción fina de detalles: maquinado de precisión, ensamble e inspección de trabajos delicados, manejo de instrumentos y equipo de precisión, manejo de piezas pequeñas.

Talleres de alta precisión: de pintura y acabado de superficies, y laboratorios de control de calidad.

750

Alta exactitud en la distinción de detalles: Ensamble, proceso e inspección de piezas pequeñas y complejas y acabado con pulidos finos.

Inspección de piezas pequeñas y complejas y acabado con pulidos finos. Áreas de proceso: ensamble e inspección de piezas complejas y acabados con pulido fino.

1000

Alto grado de especialización en la distinción de detalles.

Áreas de proceso de gran exactitud.

2000

(Fuente: R.M.375 – 2008-TR Norma Básica de Ergonomía y de Procedimiento de Evaluación de Riesgo Disergonómicos).

Artículo 23°.- Ruidos

a. Cuando por la naturaleza del trabajo de los equipos se produzcan ruidos

superiores a los límites permisibles, se deberá tratar de controlar en el siguiente

orden:

1. Eliminar o reducir el ruido en su origen

2. Aislar las operaciones ruidosas

3. Utilizar equipos de protección auditiva.

b. Se proporcionará protección auditiva cuando el nivel de ruido en relación al tiempo

de exposición se superior a los siguientes valores:

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Nivel de ruido Tiempo de exposición

80 decibeles 24 horas/día

82 decibeles 16 horas/día

83 decibeles 12 horas/día

85 decibeles 8 horas/día

88 decibeles 4 horas/día

91 decibeles 2 horas/día

94 decibeles 1 horas/día

Fuente: R.M.375 – 2008-TR Norma Básica de Ergonomía y de Procedimiento de Evaluación de Riesgo Disergonómico.

c. No se deberá exponer a ninguna persona a ruido continuo intermitente o de

impacto por encima de un nivel ponderado de 115 DB.

B. DISPOSICIONES GENERALES DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Artículo 24°.- Todos los trabajadores de la Empresa para el desarrollo de sus

actividades deben cumplir estas disposiciones generales.

a. Mantener siempre el orden y limpieza en las áreas y establecimientos de trabajo

de la EPS SEDACUSCO S.A.

b. Mantener libre de obstáculos el acceso a los equipos de emergencia como el

botiquín de primeros auxilios, los extintores, camillas, etc.

c. Si el trabajador no entiende una determinada orden o directiva que su jefe le

encomienda y tenga que ver con la manipulación de elementos que signifiquen

riesgo para la seguridad o salud, este preguntará o solicitará aclaración. No

correrá riesgos innecesarios, ni pondrá en peligro a sus compañeros de trabajo

por acatar una orden de cuyos procedimientos desconoce.

d. Está prohibido durante la jornada de trabajo la posesión de bebidas alcohólicas,

drogas y/o narcóticos en los lugares de trabajo, la detección de estos conllevara al

retiro inmediato de las oficinas, áreas y centros de trabajo de la empresa, así

mismo los trabajadores que presenten síntomas de estar bajo influencia alcohólica

o drogas narcóticas; no serán admitidos en los lugares de trabajo.

e. Está prohibido el consumo de bebidas alcohólicas durante la jornada de trabajo,

esto será sancionado según normativa.

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f. Los trabajadores que se presenten a trabajar en estado de embriaguez o bajo

influencia de drogas narcóticas, serán puestos a disposición de la Oficina de

Servicios de Personal para la verificación de los hechos y fines que estime

pertinentes.

g. Está prohibido ingresar a otras áreas sin autorización; solicitar el permiso

oportuno al jefe, encargado de área y cumplir con los protocolos de seguridad.

h. Mantener los pasadizos, áreas de circulación, áreas de acceso y evacuación libres

de obstáculos, para el libre tránsito de los trabajadores y personas que se

encuentran dentro de las instalaciones.

i. No fumar ni abrir fuego abierto.

j. Está prohibido iniciar pleitos, usar lenguaje incorrecto, crear desorden o confusión

que pueda poner en peligro a otros trabajadores o perjudiquen su desempeño; de

ocurrir los hechos señalados se comunicará a la Oficina de Servicios de Personal

para que tome las medidas del caso.

k. Está prohibido portar aretes, anillos, cadenas, pulseras, audífonos, celulares,

dentro de las áreas de trabajo que impliquen actividades de riesgo y alto riesgo.

l. Terminada la actividad programada, dejar el área de trabajo limpia y ordenada, no

arrumar materias y sobras de materiales en las vías de acceso y escape.

m. Almacenar los materiales de limpieza en los lugares establecidos y señalados.

n. Cumplir y respetar lo indicado en las señales de seguridad que se encuentran

dentro de las áreas de trabajo y locales de la empresa.

o. Está prohibido dormir en el trabajo, estar reclinado (estar con los ojos cerrados o

tapados se considera estar durmiendo) recuerde que en el dormirse o el cerrar los

ojos puede ocasionar un accidente.

p. No se debe correr o saltar en los lugares de trabajo, áreas de trabajo.

q. Todo trabajador que se encuentre enfermo o en estado psíquico anormal tal como

fatiga, somnolencia por descanso insuficiente, depresión anímica y cualquier otra

alteración que conlleve riesgo de accidentes deberá comunicarse con su jefe

inmediato.

r. Durante el desempeño de las labores queda prohibida la lectura de material

extraño, así como escuchar música debido a las distracciones y accidentes que

pueda ocasionar.

s. En el trabajo está prohibido jugar, hacer bromas, luchar o distraer a otro

trabajador.

t. Utilizar los pasamanos cada vez que se transite por una escalera.

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VIII. ESTÁNDARES DE SEGURIDAD EN LAS ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS

Artículo N°25°.- Trabajos en Oficina

Para minimizar o eliminar los riesgos en el lugar de trabajo, se deberá tener en cuenta

que, además de cumplir con los estándares generales, también deberán cumplir con

los siguientes estándares:

a. Usar ropa adecuada, acorde con la naturaleza de su trabajo.

b. Organizar las superficies de trabajo (escritorios, mesas, módulos de cómputo)

para que pueda disponer de una manera cómoda y segura su equipo y otros

elementos de trabajo.

c. Evitar sobrecargar los tomacorrientes utilizando enchufes múltiples u otros

dispositivos eléctricos.

d. Evitar posturas incorrectas como: sentarse sobre una pierna o sentarse con las

piernas cruzadas ni sujetar el auricular del teléfono con el hombro.

e. Desconectar los equipos eléctricos antes de retirarse

f. Evitar colocar en el piso los cables eléctricos o de teléfono sin protección.

g. Guardar en gavetas los lápices afilados, cortapapeles, tijeras, alfileres y otros

objetos punzantes u objetos cortantes.

h. Evitar inclinarse hacia atrás en las sillas.

i. No colocar cerca de los bordes de escritorios o mesas, artefactos como: teléfonos,

máquinas o equipos de oficina.

j. Desconectar los equipos de ventilación, hervidores, máquinas de preparar café

entre otros, al finalizar la jornada de trabajo

k. No colocar materiales u objetos en la parte superior de armarios, archivadores o

muebles, donde sea difícil alcanzarlos.

l. No limpiar las máquinas con líquidos inflamables.

m. Si alguna máquina o equipo eléctrico produce chispas, humo o choque eléctrico,

desconectar e informar rápidamente al área competente.

n. No manipular con las manos húmedas los artefactos eléctricos de limpieza.

o. Está prohibido ingerir alimentos encima de los aparatos eléctricos como las

computadoras, teléfonos, impresoras y otros ubicados en las oficinas.

p. Los archivadores que ya no se utilizan almacenarlos de manera adecuada en la

oficina de archivo central.

q. No dejar las gavetas de los escritorios abiertas, se deberán cerrar inmediatamente

después de haberlas usado.

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r. No sobrecargar los estabilizadores con demasiados enchufes.

s. Solicitar ayuda en caso de mover equipos o muebles pesados.

t. Utilizar escaleras para acceder a archivadores o información que se encuentre

ubicado en alturas considerables.

u. El trabajador es responsable del cuidado de los bienes y recursos que le son

confiados para el desarrollo de su trabajo.

v. Respetar la señalización.

Artículo 26°.- Trabajo en atención al cliente

Para minimizar o eliminar los riesgos en el lugar de trabajo se deberá tener en cuenta

que, además de cumplir con los estándares generales, también deberán cumplir con

los siguientes estándares:

a. Siempre adopte posturas correctas, de modo que no se sienta incomodo al

momento de realizar sus actividades.

b. En lo posible no exhiba objetos valiosos, como celulares, equipos electrónicos,

bolsos y carteras, manténgalos guardados mientras no se utilicen.

c. Mantenga la distancia apropiada con la persona que atiende.

d. Mantenga cerrada gavetas, casilleros y todo mobiliario utilizado para el resguardo

de los objetos personales.

e. No deje solo el puesto de trabajo.

f. En caso de ingresar al centro de trabajo equipos de su propiedad de gran valor

como: computador portátil, equipos electrónicos, etc., comunique al personal

correspondiente.

g. Comunique al personal correspondiente la presencia de personal ajeno a la

institución que ingrese a áreas no permitidas.

h. Comunique la presencia de roedores, arácnidos o cualquier tipo de animal o

insecto dentro del área de trabajo.

i. Esté alerta de cualquier persona sospechosa, comunique su presencia al personal

de Seguridad.

Para el manejo de cargas y levantamiento de pesos se deberá seguir los

siguientes pasos:

• Adoptar posiciones de seguridad cuando se requiera levantar objetos, ubicarse

frente al objeto que se desea levantar con los pies ligeramente separados uno

delante del otro, inclinar levemente la cabeza, flexionada las rodillas y

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manteniendo la espalda recta. Coger firmemente el objeto utilizando ambas

manos, finalmente acercar al cuerpo y levantar efectuando la mayor fuerza con

las piernas.

• Solicitar ayuda cuando se requiera alzar desde el piso a los que la persona no se

encuentra acostumbrado levantar

• No levantar objetos desde el piso estando sentados, procure levantarlos y adoptar

la postura adecuada y segura que se describió anteriormente.

Para trabajos en computadora deberá tener en cuenta:

• Los equipos deben tener condiciones de movilidad suficiente para permitir el

ajuste hacia el trabajador.

• Las pantallas deben tener protección contra reflejos, parpadeos y

deslumbramientos.

• Deberán tener regulación en altura y ángulos de giro.

• La pantalla debe ser ubicada de tal forma que la parte superior de la pantalla se

encuentre ubicada a la misma altura que los ojos, dado que lo óptimo es mirar

hacia abajo en vez que hacia arriba.

• La pantalla se colocará a una distancia no superior del alcance de los brazos,

antebrazos y manos extendidas, tomada cuando la espalda está apoyada en el

respaldar de la silla. De esta manera se evita el flexo extensión del tronco.

• El teclado debe ser independiente y tener la movilidad que permita al trabajador

adaptarse a las tareas a realizar, debe estar en el mismo plano que el ratón para

evitar el flexo extensión del codo.

• Proporcionar un apoyo adecuado para los documentos (atril), que podrá ajustarse

y proporcionar una buena postura, evitando el frecuente movimiento del cuello y la

fatiga visual.

Adaptación de posturas durante el uso de computadoras:

• Los hombros deben estar relajados

• Los codos a la altura del teclado y próximos al cuerpo.

• Las muñecas rectas

• La cabeza derecha y en posición equilibrada.

• Espalda apoyada en el respaldo de la silla.

• Evitar la presión de las piernas sobre el borde anterior del asiento.

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• Los pies firmemente apoyados

No está permitido

• Fumar o prender fuego en los interiores de las oficinas.

• Generar exceso de ruido que perturben las actividades de las demás personas.

• La reparación de máquinas o artefactos de uso administrativo deteriorados.

Orden y limpieza y para ello se debe de:

• Mantener aseado y ordenado su sitio de trabajo

• Revisar periódicamente el área de trabajo, evaluar la existencia de materiales

inservibles o en desuso y proceder a desecharles.

Es importante para reducir los riesgos derivados de la electricidad las siguientes

normas de seguridad:

• Abstenerse de usar equipos eléctricos defectuosos o con arreglos improvisados

• Asegurarse que las instalaciones y conexiones eléctricas se encuentren en buen

estado.

• Las conexiones eléctricas de la computadora, deberán estar ordenadas,

protegidas y aseguradas.

• Tenga presente dejar desconectados los equipos eléctricos de la oficina cuando

esta va permanecer por un largo tiempo cerrada.

• Informe de cualquier avería o condición peligrosa que se presente en máquinas o

equipos, puede desencadenar accidentes o emergencias.

IX. ESTANDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO EN

OPERACIONES

Artículo 27°.- Trabajos en el área de mantenimiento

Para minimizar o eliminar los riesgos en el lugar de trabajo se deberá tener en cuenta

que, además de cumplir con los estándares generales, también deberán cumplir con

los siguientes estándares:

a. Cumplir con la charla de seguridad y salud en el trabajo de una duración máxima

de 10 minutos en forma diaria, acordando posteriormente sus trabajos

programados del día con el jefe de área respectivamente.

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b. Todos los trabajadores deben haber recibido la capacitación necesaria para

ejecutar la labor.

c. Al iniciar su jornada laboral verifique que las herramientas, equipos, y EPPs

estén completos y en buen estado.

d. Si está programado trabajos en altura o trabajos en espacios confinados (entrar

a buzones de desagüe, zanjas, cámaras) se debe verificar que los elementos del

sistema de protección contra caídas y los equipos de protección personal estén

completos y en buen estado.

e. Retírese anillos, reloj, pulseras, cadenas ya que podría ocasionar accidentes en la

manipulación de herramientas y equipos.

f. Si entra a un buzón de desagüe, cámaras o zanjas de más de 1.5m. de

profundidad, colóquese el arnés de cuerpo completo y los equipos de protección

contra caída. Solicite a su compañero que inspeccione.

g. Use casco con barbiquejo, gafas con filtro UV, guantes de protección, tapones de

oído si es necesario ropa de trabajo y calzado punta de acero.

h. Delimite el área de trabajo

i. Al empezar a hacer las zanjas se tiene que coordinar previamente evitando así

golpes entre compañeros.

j. Al hacer zanjas de más de 1.50m de profundidad, es obligatorio el entibado, la

distancia será acorde a la magnitud de la zanja, también es obligatorio colocar un

vigía capacitado en la parte superior de la zanja.

k. En la actividad de desatoro de desagües es indispensable que los trabajadores

usen los respiradores con doble filtro, botas punta de acero y guantes de nitrilo

(evitando el contacto con aguas residuales).

Artículo 28°.- Trabajos en el área de conexiones nuevas de agua y desagüe

Para minimizar o eliminar los riesgos en el lugar de trabajo se deberá tener en cuenta

que, además de cumplir con los estándares generales, también deberán cumplir con

los siguientes estándares:

a. Al inicio de la actividad cumplir con una charla de seguridad y salud en el trabajo

de una duración máxima de 10 minutos de forma diaria, acordando posteriormente

sus trabajos programados del día con el jefe de área respectivamente.

b. Todos los trabajadores deben haber recibido la capacitación necesaria para

ejecutar la labor.

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c. Al iniciar su jornada laboral verifique que las herramientas, equipos y EPPs estén

completos y en buen estado.

d. Si está programado trabajos en altura y/o trabajos en espacios confinados

(zanjas) se debe verificar que los elementos del sistema de protección contra

caídas y los equipos de protección personal estén completos y en buen estado.

e. Retírese anillos, reloj, pulseras, cadenas ya que podría ocasionar accidentes en la

manipulación de herramientas y equipos.

f. Use casco con barbiquejo, gafas con filtro UV, guantes de protección (badana y

nitrilo), tapones de oído si es necesario ropa de trabajo y calzado punta de acero.

g. Al transportar sus materiales y equipos, en su vehículo, se debe tener en cuenta

que el apilado debe de ser el óptimo, evitando así la caída de objetos y ocasionar

accidentes a los transeúntes.

h. Al bajar los materiales del vehículo que lleva sus materiales se debe señalizar el

área de descargue, así como también se debe evitar cargar pesos excesivos de

manera individual.

i. Delimite el área de trabajo con cintas de seguridad sean amarillas y rojas, si se

está trabajando en una vía de alto tránsito de debe colocar conos de seguridad,

mallas y señaléticas informativas.

j. Al empezar a hacer las zanjas se tiene que coordinar y comunicar previamente

evitando así golpes entre compañeros.

k. Al romper el concreto, se debe usar de manera obligatoria los lentes de seguridad,

ya que las partículas proyectadas pueden impactar en los ojos causando daños.

l. Los cinceles deben de estar afilados, evitando algún tipo de accidente en el

impacto con el combo o en todo caso el uso adecuado de un roto martillo.

m. Al hacer zanjas de más de 1.5m de profundidad, colóquese el arnés de cuerpo

completo y los equipos de protección contra caída. Solicite a su compañero que

inspeccione.

n. Al hacer zanjas de más de 1.50 m de profundidad es obligatorio el entibado, la

distancia será acorde a la magnitud de la zanja, también es obligatorio colocar un

vigía capacitado en la parte superior de la zanja.

o. En la actividad de colocado de cajas de agua o desagüe se tiene que trabajar de

manera conjunta entre los trabajadores ya que al cargar estas cajas estamos

ocasionando sobrepeso a nivel de la columna.

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Artículo 29°.- Trabajos en el área de lavado de reservorio

Para minimizar o eliminar los riesgos en el lugar de trabajo se deberá tener en cuenta

que, además de cumplir con los estándares generales, también deberán cumplir con

los siguientes estándares:

a. Dar inicio con una charla de seguridad y salud en el trabajo de una duración

máxima de 10 minutos en forma diaria, acordando posteriormente sus trabajos

programados del día con el jefe de área respectivamente.

b. Todos los trabajadores deben haber recibido la capacitación necesaria para

ejecutar su actividad.

c. Al iniciar su jornada laboral verifique que las herramientas, equipos y EPPs estén

completos y en buen estado.

d. Se debe verificar que los elementos del sistema de protección contra caídas y los

equipos de protección personal estén completos y en buen estado.

e. Retírese anillos, reloj, pulseras, cadenas ya que podría ocasionar accidentes en la

manipulación de herramientas y equipos.

f. Todo personal que realice esta actividad, deberá estar con todos los equipos de

protección personal (mascaras con canister, traje tybex, respiradores con doble

filtro, casco con barbiquejo, gafas con filtro UV, guantes de protección (nitrilo),

tapones de oído y botas punta de acero).

g. Al empezar el trabajo se cierra la llave de agua que permite en ingreso hacia el

reservorio, esto siempre supervisado por el jefe inmediato.

h. Se usará el cloro como agente desinfectante proveniente de un clorógeno cuyo

tenor en cloro activo se conozca. Estos productos tienen acción bactericida,

funguicida y alguicida, para ello los respiradores son totalmente obligatorios, así

como también evitar el contacto con dicho agente.

i. Se deberá verificar el buen estado de las escaleras a usar, para limpiar las

paredes del reservorio.

j. Está prohibido ingerir alimentos dentro de los reservorios.

k. No se puede jugar ni hacer bromas de ningún tipo mientras se hace la limpieza del

reservorio.

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Artículo 30°.- Manejo de sustancias peligrosas

a. El uso de los materiales peligrosos o sustancias químicas deberá cumplir con los

requerimientos del fabricante del producto y tener en cuenta las especificaciones

de la Hoja de Datos de Seguridad de Materiales (MSDS) correspondientes.

b. Elaborar las especificaciones técnicas de los materiales y sustancias químicas

peligrosas a utilizar en sus procesos considerando para su selección aquellos que

por sus características fisicoquímicas no representan peligro a la salud.

c. Considerar en las especificaciones técnicas las medidas de seguridad que deben

adoptar el proveedor en el transporte interno de los materiales y sustancias

químicas peligrosas en las instalaciones de la EPS SEDACUSCO S.A.

d. Considerar en las especificaciones técnicas la entrega de las hojas de datos de

seguridad y materiales de los productos a ser adquiridos los mismo que deben

estar escritos en castellano, así como la capacitación a los trabajadores con

relación a los riesgos y medidas de seguridad (transporte, manipulación y

almacenamiento) de las sustancias químicas peligrosas que por sus

características físico químicas pueden causar daños significativos a la salud.

e. Mantener actualizado un inventario de sustancias químicas

f. Asegurar que los materiales y sustancias químicas peligrosas cuenten con hojas

de datos de seguridad de materiales, se encuentren en el lugar donde se realiza

las actividades, ser de conocimiento de los trabajadores, para que aplique las

medidas de seguridad durante la utilización del producto.

g. Los equipos responsables deben tener capacidad de respuesta frente a una

situación de emergencia (derrame, fuga, explosión).

h. Asegurarse de que todos los materiales y sustancias químicas peligrosas estén

adecuadamente etiquetados antes de: almacenarlos, usarlos, despacharlos o

transportarlos.

i. Usar los equipos de protección personal indicados durante la manipulación y uso

de materiales y sustancias químicas peligrosas

j. Inspeccionar las instalaciones de almacenamiento de materiales y químicos

peligrosos y verificar que cuenten con hoja de datos de seguridad del material en

el área donde se realiza el trabajo.

k. Asegurar que los trabajadores identifiquen los peligros y riesgos a los que están

expuestos durante la manipulación y uso de materiales y sustancias químicas

peligrosas.

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l. Realizar la inspección de la implementación de las medidas de seguridad en: el

almacenamiento, manipulación y traslado y las condiciones en las que se

encuentran las sustancias químicas y materiales peligrosas, así como del uso

correcto de EPP (equipo de protección personal) y EPC (equipo de protección

colectiva).

m. No manipular, trabajar ni utilizar ningún químico peligroso si no tiene la

capacitación adecuada.

Artículo 31°.- Laboratorios y almacenamiento de productos químicos

a. Las hojas de datos de seguridad de material (MSDS) del producto químico

utilizado en el laboratorio, deben estar disponibles en un lugar visible debiéndose

identificar la toxicidad y riesgos de todos los compuestos químicos con los que se

trabaja.

b. Durante la jornada de trabajo en el laboratorio, el trabajador debe estar provisto

de mandil lentes de seguridad, cuando existe riesgo de salpicadura y guantes de

seguridad y de diferente tipo para manipular productos químicos corrosivos o

materiales calientes

c. Mantener solo el material requerido para la sesión sobre la mesa de trabajo.

d. Los frascos de reactivos deberán permanecer en lugares indicados para tal fin.

e. Los objetos personales o innecesarios deben guardarse o colocarse fuera o lejos

del área de trabajo.

f. Para manejar reactivos se deberá leer previamente sus frases R (riesgos a los

que pueden ser expuestos) a S (medidas de previsión para contrarrestar el riesgo)

g. Todo reactivo deberá estar debidamente clasificado y el lugar de almacenamiento

estará debidamente refutado indicando los reactivos que son nocivos para la salud

de las personas.

h. No tocar los productos químicos con las manos, usar papel espátulas

i. Los frascos de los reactivos deben cerrarse inmediatamente después de su uso

durante su utilización las tapas o tapones deberán colocarse siempre boca arriba

sobre la mesa

j. Al derrame de reactivo deberá limpiarse inmediatamente dejando el lugar limpio

k. Prever la posible generación de gases producto de la reacción con otros

materiales debiendo usar los equipos de protección necesario para esta actividad

l. Culminando el uso del mechero deberán cerciorarse del cierre completo de la

válvula de gas completando esta actividad con el cierre de la válvula general

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m. Cuando se trabaja con gases a temperatura ambiente o por calentamiento dichas

tareas se deberán realizarse haciendo uso de la campana extractora.

n. Al traspasar y almacenar soluciones los recipientes utilizados deberán limpiarse

previamente eliminando cualquier residuo y etiqueta anterior debiendo rotular el

envase con las características de su nuevo contenido.

o. Al concluir el laboratorio, lavarse las manos andes de comer y beber.

p. Los laboratorios deben contar con lavaojos y los trabajadores deben conocer su

ubicación, así como de la ducha, extintor y salida para casos de emergencia.

Artículo 32°.- Advertencias en laboratorio

a. Nunca se deben manipular productos o disolventes inflamables en las

proximidades de llamas.

b. Nunca se deberá pipetear con la boca, en el caso de que se deba desarrollar esta

actividad se succionaran empleando pipetas y bombillas de mano.

c. Nunca calentar enérgicamente una disolución, la ebullición debe ser siempre de

manera lenta

d. Está prohibido fumar, beber o comer en el laboratorio

e. No llevarse nada a la boca como materiales de laboratorio si algún reactivo es

accidentalmente ingerido, ese deberá comunicar inmediatamente al responsable

f. Por ninguna razón se retirarán reactivos o materiales fuera del laboratorio sin

autorización del responsable

g. En la difusión de ácidos nunca añadir agua al acido, se deberá añadir lentamente

acido al agua.

h. Las heridas y quemaduras deben ser tratadas inmediatamente. En el caso de

salpicaduras de ácidos sobre la piel lavar inmediatamente con abundante agua.

Es conveniente retirar la ropa para evitar que el producto químico quede atrapado

en la misma.

Artículo 33°.- Al momento de calentar o destilar se deberá tener en cuenta lo

siguiente:

a. Los recipientes calientes deben manipularse con cuidado, para la manipulación y

extracción de materiales o recipientes, de hornos y estufas deberán utilizarse

pinzas y guantes.

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b. Cuando se calientan los líquidos, evitar que la posible proyección alcance a

cualquier persona o reactivo incompatible .Al calentar una solución en un tubo de

ensayo debe hacerse bajo el nivel del líquido y constantemente agitando. No debe

apuntarse con el tubo al compañero o a sí mismo, pues puede proyectarse.

c. Al calentar vidrio, dejar enfriar antes de cogerlo .Colocar sobre un material

térmicamente aislante.

Artículo 34°. Uso de escaleras.

Los Trabajadores que empleen estos equipos deben tener en cuenta lo siguiente:

a. La selección del tipo y uso de escaleras portátiles deberá realizarse por el

responsable del trabajo a ejecutarse, estas escaleras deberán estar construidas

con peldaños y puntos de apoyo antideslizantes.

b. Las escaleras deben mantenerse libres de aceite, grasa u otro elemento que

favorezca el deslizamiento.

c. Al subir o bajar por una escalera el trabajador no debe tener nada en las manos y

use siempre ambas manos.

d. Subir y bajar los peldaños de las escaleras de uno en uno.

e. Las escaleras deben inspeccionarse antes de ser usadas, (usar largueros de una

sola pieza, sin nudos y los peldaños deben estar embutidos).

f. No están permitidas las escaleras de fabricación improvisada (escaleras

artesanales).

g. Debe asegurarse que toda escalera no sea conductora de corriente eléctrica.

h. Solo está permitido un colaborador por escalera.

i. No deben cortarse por piezas las escaleras individuales para obtener tramos más

largos o para crear de esa manera una escalera “extensible”.

j. Las escaleras de tijera deben estar abiertas completamente y con el brazo de

unión completamente extendido.

k. Nunca use una escalera de tijera como una escalera lineal.

Artículo 35°.- Herramientas portátiles eléctricas

Se debe de tener en cuenta lo siguiente:

a. Los enchufes y cables eléctricos deben ser inspeccionados periódicamente.

b. Se debe evitar poner las máquinas de funcionamiento eléctrico sobre lugares

húmedos.

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c. Durante el uso de estas herramientas se debe usar el equipo de protección

personal de acuerdo al riesgo que exista.

SEGURIDAD EN EL ALMACENAMIENTO

Artículo 36°. Condiciones Generales

a. No se debe fumar en los almacenes o lugares que contengan sustancias químicas

o gases nocivos (cloro, solventes, ácidos, entre otros).

b. Cuando levante un objeto, hágalo doblando sus rodillas, si el material es muy

pesado o voluminoso para ser manipulado por una sola persona, se debe solicitar

ayuda.

c. No dejar tablas en el suelo con las puntas de los clavos hacia arriba, estos

deberán sacarse o doblarse.

d. Se tendrá especial cuidado con el almacenamiento de las herramientas con filos y

puntas agudas, con el fin de evitar lesiones al personal.

e. Al almacenar objetos pesados, ubicarlos en lugares bajos, caso contrario

amarrarlos o acuñarlo para evitar deslizamientos o caídas.

f. Cuando los operarios transporten al hombro tablones, tuberías, vigas, entre otros,

emplear el mismo hombro y mantener el mismo paso, así mismo la descarga se

realizara a una sola voz.

g. El libre tránsito en los pasillos.

h. Los materiales no serán apilados contra tabiques o paredes de los edificios, a

menos que se compruebe que dichos tabiques o paredes son de suficiente

resistencia para soportar la presión.

i. Los materiales no serán apilados a una altura tal que pueda causar la

inestabilidad de la pila.

j. Cuando manipule materiales ásperos, duros o astillosos que puedan ocasionarle

cortes o pinchaduras en las manos, use guantes apropiados.

k. Para el almacenamiento, se debe de tener en cuenta lo siguiente:

k.1. No obstaculizar el acceso a los equipos de primeros auxilios, puertas, pasillos

y demás vías de evacuación.

k.2. Cuando se almacene materiales pesados, se debe tener en cuenta que los

pisos inferiores sean más resistentes para soportar la carga.

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k.3. Al momento de almacenar se tendrá en cuenta el tamaño del almacén, la

cantidad máxima que puede contener y la cantidad de materiales con la que

cuenta en ese momento.

k.4. El apilamiento se realiza en forma vertical siguiendo un orden horizontal, de

acuerdo a la cantidad, tamaño, peso y volumen de los materiales.

k.5. Almacenar correctamente para evitar los riesgos de accidentes debidos al

paso de trabajadores y carretillas.

k.6. Los pasillos tiene que estar suficientemente anchos para dejar paso a

personas evitando los riesgos de accidentes debido al paso de trabajadores

k.7. Siempre solicite ayuda para transportar las cargas pesadas.

k.8. Empuje las cargas en vez de jalarlas.

k.9. Levante una carga, donde el esfuerzo lo realicen con las piernas y no con la

espalda.

Artículo 37°. Líquidos inflamables

a. Si durante el almacenamiento o transporte de materiales o sustancias inflamables

se produce un derrame, se deberá limpiar inmediatamente con la seguridad del

caso, utilizando paños absorbentes de ser necesario.

b. Los materiales combustibles que se mantengan en el lugar deben ser únicamente

los necesarios para el trabajo que se está realizando.

c. En los lugares de trabajo se dispondrá de la cantidad mínima de líquidos

inflamables, necesarios para un día de trabajo.

d. Los materiales inflamables y de combustión rápida deberán ser almacenados solo

en lugares designados y seguros, lejos de fuentes de calor o ignición donde

hayan elementos o equipos para la extinción de incendios.

e. El transporte de líquido inflamable debe ser en recipientes cerrados y rotulados.

Artículo 38°. Gases Comprimidos

a. Los cilindros que contengan gases comprimidos, pueden ser depositados al aire

libre, adecuadamente protegidos contra los cambios excesivos de temperatura,

los rayos directos del sol y la humedad.

b. Dichos cilindros deberán estar almacenados dentro de las instalaciones y tener

una adecuada ventilación.

c. No se depositaran gases comprimidos cerca de sustancias inflamables.

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d. Se instalaran por lo menos un extintor de capacidad apropiado de gas carbónico

o PQS, como medida de prevención para extinguir cualquier conato de incendio,

en el almacenaje de cilindros o botellas con gases inflamables. Deberá colocarse

en un lugar visible con tarjeta que señale la fecha de carga y recarga e

instrucción de su operación.

e. El número de cilindros almacenados será tan pequeño como sea factible.

f. Se almacenarán por separados según el tipo de gas.

g. Estarán asegurados a la pared o columnas mediante cadenas para evitar caídas

de cilindros.

h. Es prohibido fumar en los locales de almacenamiento de cilindros que contengan

gases comprimidos, aun si están vacíos.

SEGURIDAD EN TALLERES

Artículo 39°.- Generalidades

a. En el caso de talleres, mantener limpio y señalizado el área de trabajo, mantener

el orden y la limpieza.

b. Al terminar las actividades laborales las herramientas y útiles de trabajo, se

deberán recoger, limpiar y guardar en las zonas de almacenamiento destinadas.

c. Solo el personal autorizado realizará sus actividades laborales en los talleres,

debiendo utilizar ropa de trabajo, zapatos de seguridad y otros de acuerdo a los

riesgos que se encuentren expuestos y los que se determinan específicamente

en los carteles y señales de talleres y laboratorios.

d. Los trabajadores no ingresaran a los talleres con accesorios personales que

puedan comprender riesgos de accidentes mecánicos, químicos o por fuego,

como son anillos, pulseras, collares y gorros.

e. Los trabajadores deben mantener siempre atentos y observadores del entorno en

que realizan su actividad laboral, los laboratorios y talleres deben ser lugares

seguros para trabajar.

f. Mantener siempre limpias, libres de obstáculos y debidamente señalizadas las

zonas de tránsito.

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Artículo 40°.- Operación de equipos pesados.

a. Solo se podrá operar la maquinaria pesada previa autorización del responsable,

quien garantizara que la persona que realizara la operación, se encuentre

capacitada.

b. Los trabajadores deberán ser capacitados en el trabajo alrededor del equipo

pesado y manteniéndose en un lugar seguro.

c. Antes de iniciar las actividades se deberá observar que ninguna persona ajena a

la actividad se encuentre cercana al área de trabajo.

d. Establecer medio de comunicación, el grupo de trabajo deberá utilizar señales

comunes.

e. Salir del equipo despacio. Nunca saltar para subir o bajar. Se deberá utilizar la

regla de tres puntos de contacto al subir o bajar del equipo pesado, significa que

ambos pies y una mano o ambas manos y un pie se encontraran siempre en

contacto con las escaleras del equipo.

f. Es de vital importancia seguir permanentemente todas las normas, reglamentos y

procedimientos de seguridad cuando se opera o trabaja cerca del equipo pesado.

Artículo 41°.- Taller de soldadura.

a. Toda área donde se realice trabajos de soldadura deberá estar libre de materiales

inflamables.

b. Durante las actividades de soldadura se debe asegurar la extracción de gases y

humos generados. Se debe mantener la llama, las partículas candentes y la

escoria, lejos de cilindros, mangueras y recipientes que contengan líquidos

inflamables.

c. Toda persona que realice trabajos de soldadura o corte oxiacetilénico, deberá

usar lentes de seguridad y equipos de protección necesarios.

d. Los cables de soldadura eléctrica y las mangueras de soldadura oxiacetilénica no

deben cruzarse en áreas de circulación peatonal, equipos o materiales móviles.

Artículo 42°.- Soldadura con arco eléctrico.

Se observarán todas las medidas de seguridad en el manejo de la corriente eléctrica y

no se realizará ningún ajuste de corriente mientras se mantenga el arco.

a. Las personas que laboren en este taller estarán protegidos durante su labor con

protección visual adecuado, tales como máscara protectora para soldadura

(pantalla de vidrio # 12), lentes de seguridad para soldadura, guantes de cuero,

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respirador o mascarilla para humos metálicos, zapatos de seguridad con puntera

reforzada, mandil y vestimenta de material incombustible.

b. El área de soldadura de arco eléctrico deberá estar aislada visualmente del resto

del ambiente.

c. El personal que realice una operación de esmerilado de piezas deberá usar

caretas de protección.

d. El responsable del área, verificará contar con los recursos necesarios para

prevenir posible amagos de incendio.

e. Siempre se mantendrá como mínimo un extintor muy cerca al área donde se

suelda.

Artículo 43°.- Esmeriles.

a. Las piedras de amolar deben ser revisadas exhaustivamente antes de su montaje,

ya que pueden presentar rajaduras provenientes de las fábricas o durante su

transporte.

b. Centrar y ajustar correctamente la piedra de amolar antes de poner en

funcionamiento el esmeril.

c. Usar la piedra de amolar recomendada para el material a trabajar.

d. Los cojinetes del árbol deben estar engrasados para evitar una elevación de

temperatura de los mismos que, transmitido a la piedra podría ocasionar su rotura

por dilatación .Por la misma razón no conviene presionar excesivamente la pieza

que se trabaja contra la piedra de amolar.

e. Usar las piedras de amolar de acuerdo a la velocidad especificada.

f. Todo esmeril debe contar con los siguientes dispositivos de seguridad :

f.1. Guarda de protección en el punto de operación para evitar que las partículas

o los trozos desprendidos de las piedras de amolar, en caso de rotura,

alcancen a los operarios.

f.2. Visor transparente e inastillable de policarbonato de alta densidad para

proteger los ojos del operador contra las partículas proyectadas durante el

trabajo.

f.3. Un dispositivo (barra de apoyo) que permita apoyar la herramienta o pieza

que se está trabajando.

g. Durante la operación de esmerilado los trabajadores deberán usar anteojos de

protección y encima careta transparente contra partículas, inclusive si los

esmeriles están previstos de visor de protección.

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h. El circuito de alimentación eléctrica debe estar protegido por fusibles térmicos

exclusivos para el esmeril.

SEÑALIZACIÓN CON DISPOSITIVOS DE CONTROL DE TRANSITO

Artículo 44°.- Señalización con dispositivo de control de tránsito:

Cuando se ejecutan trabajos en zona urbana o rural, con el fin de prevenir accidentes

de tránsito que pudieran causar daño a los trabajadores y / o equipos de la empresa

se usaran según sea el caso:

a. Tranqueras

b. Señales preventivas (Despacio obras y hombres trabajando).

c. Lamparines

d. Banderines

Tranqueras.

• Las tranqueras son elementos de carácter preventivo, que se colocarán cuando se

desea cerrar o desviar el tránsito en un tramo de vía, durante los trabajos en zona

urbana y / o rural.

• Las tranqueras se instalarán de acuerdo a lo indicado en la cartilla para la

Señalización y el Control de Tránsito en Zonas Urbanas y Rurales, y de acuerdo a

las normas que emita el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

• Las tranqueras serán retiradas de las zonas de trabajo durante las noches, a fin

de evitar que sean robadas, cuando el personal haya terminado su jornada de

trabajo, dejando en su reemplazo los mecheros que sean necesarios además de

la señal preventiva: “Hombres Trabajando”.

• En los trabajos de gran magnitud que involucran un peligro inminente y sea

necesario utilizar equipos completos, se considerará la factibilidad de

permanencia del personal para su vigilancia durante la noche o cuando no haya

trabajadores laborando.

Señales Preventivas.

• Señales preventivas son aquellas que tienen por objeto advertir a los conductores,

la existencia y naturaleza de un peligro en las vías, y son de dos clases :

a. Despacio

b. Hombres trabajando

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• Estas señales deben colocarse de forma que pueden ser fácilmente visibles para

que los conductores puedan recibir el mensaje con la debida anticipación.

Lamparines.

• Los lamparines se usarán exclusivamente en los trabajos de noche o cuando la

visibilidad sea escasa, por ejemplo en un túnel o cuando hay neblina densa, con el

fin de advertir a los conductores de las obstrucciones y peligros en la vía.

• Los lamparines, debido a que son portátiles y manuales se usarán en reemplazo

de los banderines para desviar el transito durante las noches, si el caso así lo

requiere.

Banderines.

• Son dispositivos de señalamiento a mano, que deben usarse para controlar el

tránsito en las áreas de trabajo de gran envergadura, durante las horas diarias.

• El señalero se ubicará a una distancia tal que sea claramente visible a unos 200m.

y estará precedido por señales preventivas.

X. ENFERMEDADES OCUPACIONALES

a. Una enfermedad ocupacional es todo estado patológico que tenga su origen en el

desarrollo de actividades del trabajo o medio en que el trabajador se ve obligado a

prestar sus servicios.

b. Las enfermedades ocupacionales son aquellas consideradas en la normatividad

nacional o aquellas que se ajustan a la definición legal y serán notificadas al

Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y al Ministerio de Salud, por el

centro médico asistencial público o privado, dentro del plazo establecido por las

autoridades competentes, una vez conocido el diagnostico.

Artículo 45º.- Prevención de enfermedades en el trabajo

a. La EPS SEDACUSCO S.A. efectuará las gestiones para realizar exámenes

médicos periódicos a sus trabajadores con la finalidad de detectar patologías

ocupacionales y fomentar así mismo una cultura de prevención.

b. La empresa así mismo, deberá gestionar exámenes médicos previos al ingreso

del trabajador y de retiro al tratarse de trabajares eventuales; en caso de

trabajadores permanentes las evaluaciones médico ocupacionales se realizará

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según legislación nacional de seguridad y salud vigente, con la finalidad de

determinar el estado de salud al momento del ingreso a ocupar un puesto de

trabajo y detectar enfermedades ocupacionales o secuelas de accidentes de

trabajo producto del trabajo realizado respectivamente.

Artículo 46º.- Condiciones laborales de mujeres en estado gestante.

a. Las trabajadoras mujeres de la empresa, que se encuentren en estado gestante y

de lactancia; no deberán realizar ninguna labor que involucre exposiciones a

riesgos que pongan en peligro el desarrollo del feto y del recién nacido.

b. Las trabajadoras mujeres deberán comunicar su condición de gestante a su

superior inmediato para que éste tome las medidas preventivas necesarias.

XI. EQUIPOS DE PROTECCION PERSONAL

Artículo 47°.- Ropa de trabajo

a. Todo trabajador directo y contratista que esté sometido a determinados riesgos,

deberá obligatoriamente contar con ropa de trabajo y equipos de protección

adecuados.

b. El uso de arneses de seguridad, será obligatorio cuando se desarrollen trabajos

por encima del 1.80 m. de altura, sobre el nivel de piso. Los arneses de seguridad

usados en la EPS SEDACUSCO S.A., deberán contar con aprobación de la norma

ANSI Z359.1.

c. Los arneses de seguridad y sus conectores serán examinados a intervalos

frecuentes para identificar cortes, rasguños, desgaste. Las partes defectuosas

serán reemplazadas de ser posible, de lo contrario se dispondrá el recambio del

equipo de protección.

Artículo 48°.- Protección a la cabeza.

a. Toda persona que ingrese a áreas donde existan cargas suspendidas o riesgo de

caída de objetos, están obligados a ingresar con casco, el cual cumplirá con

normas nacionales e internacionales.

b. Para determinar si un casco ha sido probado, deberá contar con el sello de los

estándares aplicados durante el mismo e incluirá denominación y clase.

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Artículo 49°.- Protección de la Vista.

a. Las personas que realicen labores que pueden producir proyección de partículas

estarán provistas de lentes con lunas resistentes a cada tipo de impacto y que

cumplan con los requisitos de la autoridad competente.

b. Los lentes protectores para operaciones donde se pueda producir gases con

emanaciones peligrosas, así como exista el riesgo e salpicadura de sustancias

que pueden dañar los ojos, serán de materiales flexibles, resistentes a dichas

exposiciones y no deberán tener aberturas de ventilación.

c. El uso y tipo de protectores, estará de acuerdo con la clase de operación que se

realice. En este sentido ,su empleo será obligatorio en las siguientes operaciones :

c.1. Uso de esmeriles, deberán usar lentes contra impacto o caretas faciales o

caretas de esmerilar.

c.2. Para la limpieza de superficies metálicas deberá usarse lentes contra impacto

y salpicadura.

c.3. En soldadura eléctrica cuando estén expuestos a los rayos de arco eléctrico

deberán usar caretas para soldar.

c.4. Manipulación de ácidos, compuestos cáusticos, cal o productos químicos

similares, se usaran lentes de seguridad.

Artículo 50°.- Protección de los oídos.

a. Las personas expuestas a ruido intenso y prolongado deberán usar protección

auditiva.

b. Los tapones de oído u orejeras, serán limpiados frecuentemente a menos que

sean descartables.

c. No deberán ser transferidos de un usuario a otro.

d. Cuando los dispositivos para la protección de los oídos no se usen, deberán

conservarse en recipientes cerrados, protegiéndolos contra daños mecánicos y

contaminación por aceite, grasa u otras sustancias.

e. La protección para los oídos estará disponible en las áreas donde se exige su uso.

Artículo 51°.- Protección de las manos y brazos.

a. Cuando se seleccionen guantes, se deberán tomar en consideración los riesgos a

los cuales el usuario para estar expuesto y a la necesidad del movimiento libre de

los dedos.

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b. No usarán guantes las personas que operen máquinas o equipos con partes en

movimiento tales como engranajes o partes similares que pueden presentar riesgo

de atrapamiento de la mano.

c. Los guantes y mangas protectoras para las personas ocupadas en trabajos

eléctricos, serán confeccionados de material apropiado conforme a las normas de

resistencia dieléctrica .De ser necesario deberá combinarse guantes de caucho

cubriéndolos con guantes de cuero.

d. Los guantes para personas que manipulen sustancias corrosivas, tales como

ácidos o cáusticos, serán guantes de nitrilo, neopreno, caucho natural, caucho

sintético o películas plásticas flexibles y su resistencia a la corrosión se ajustara a

las normas aceptadas por la autoridad competente.

Artículo 52°.- Protección de los pies y las piernas.

a. El trabajador evitará usar zapatos o botas de cuero cuando trabaje con químicos

cáusticos, ya que estas sustancias pueden destruir el cuero.

b. El calzado de seguridad deberá contar con aprobación de normas establecidas

por la autoridad competente.

c. En las operaciones de apilamiento, donde se manipule material pesado, o exista

el riesgo de impacto con materiales punzo cortantes el calzado de seguridad

deberá contar con puntera reforzada para protección de los pies.

d. Para trabajos con energía eléctrica se usará botas o zapatos de seguridad con

planta aislante dieléctrica y sin metal.

e. Para todo trabajo en húmedo, el calzado a usar serán las botas de jebe, PVC o

nitrilo.

Artículo 53°.- Protección Respiratoria.

a. Toda persona que se encuentre expuesta frecuentemente a la generación de

gases, humos, vapores o polvos, y la posibilidad de lesión o de deterioro dela

salud, se deberá contar con máscaras o respiradores que le brinde protección

respiratoria de acuerdo a la naturaleza de la sustancia química al que se está

expuesto.

b. Los trabajadores deberán recibir instrucciones acerca del uso de los equipos de

protección respiratoria al empezar a utilizar.

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XII. ESTANDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN LOS SERVICIOS Y

ACTIVIDADES CONEXAS.

Artículo 54°.- Orden y Limpieza

El mantenimiento de las oficinas de Atención al Cliente, sucursales, edificios, áreas de

producción, plantas e instalaciones en general de la EPS. SEDACUSCO S.A., deberá

efectuarse teniendo en consideración las siguientes medidas de seguridad:

a. Todos los accesos, pasillos y pisos deben estar siempre libres de aceites, grasas,

agua y toda clase de obstáculos a fin de facilitar el desplazamiento seguro de los

clientes y de los empleados y funcionarios en sus tareas normales y/o

emergencias.

b. Todo almacenamiento se debe realizar en los lugares autorizados. Los materiales

inservibles deben ser retirados de los lugares de trabajo. Todo material reutilizable

debe depositarse de forma clasificada en el lugar correspondiente; el material

desechable deberá ser eliminado.

c. Los almacenes deben contar con suficientes pasillos para permitir el fácil acceso a

todo el material en los estantes o en el patio.

d. Separar todo aquello que es innecesario de los materiales o sustancias que serán

útiles tanto en las funciones de oficina como las de producción.

e. Arreglar o componer los desperfectos de las maquinarias o la infraestructura en

caso lo requiera.

f. Ordenar de tal manera que se evite el maltrato y sea fácilmente disponible cuando

se requiera de los materiales brindados por la empresa.

g. Limpiar correctamente el área de trabajo, no tener basura, polvo ni apilamiento de

papeles en los pasillos.

Artículo 55°.- Accidentes de Trabajo

a. Se considera Accidente de Trabajo a toda lesión orgánica o funcional que en

forma violenta o repentina sufran los trabajadores, debido a causas externas o al

esfuerzo realizado por ésta y que origine una reducción temporal o permanente en

su capacidad de trabajo o produzca su fallecimiento.

b. Del mismo modo, se considerará accidente de trabajo:

• El que sobrevenga al trabajador en la ejecución de órdenes del empleador, aun

fuera del lugar y las horas de trabajo.

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• El que sobrevenga antes, durante y en las interrupciones del trabajo, si el

trabajador se hallase por razón de sus obligaciones laborales, en el lugar de

trabajo de las oficinas de la EPS. SEDACUSCO S.A.

• El que sobrevenga por acción de tercera persona o por acción del empleador o

del trabajador durante la ejecución del trabajo.

c. De igual forma, todo el accidente deberá ser informado por escrito al Ministerio de

Trabajo, en el plazo máximo de veinticuatro (24) horas de producido el accidente,

precisando los daños a los trabajadores, los hechos acontecidos y los resultados

de la investigación practicada.

d. El Supervisor o responsable del área, llenará el formato “Investigación de

Accidentes / Incidentes”, por todo lo ocurrido en su área, aun cuando este no haya

dado por resultado una lesión, en un plazo máximo de 24 horas, luego de

producido el accidente, para obtener información relacionada con los actos y

condiciones inseguras.

e. Las investigaciones de un accidente o de alguna ocurrencia tendrán como fin

determinar las responsabilidades y descubrir las prácticas y condiciones

peligrosas existentes, a fin de que aquellos otros accidentes que puedan llegar a

pasar por causas similares sean prevenidos.

f. El análisis de los datos obtenidos servirá para suministrar la información necesaria

para el adiestramiento del personal, poniendo elementos o zonas riesgosas e

indicando las precauciones que deben tomarse, así como la protección específica

que requiere cada operación.

SEÑALES DE SEGURIDAD Y PRIMEROS AUXILIOS

Artículo 56°.- El objeto de las señales de seguridad es hacer conocer con la mayor

rapidez posible, la posibilidad de accidente y el tipo de accidente y la existencia de

circunstancias particulares.

a. Dimensiones de las señales de seguridad

• Las señales de seguridad serán tan grandes como sea posible y su tamaño

será congruente con el lugar en que se colocan. En todos los casos el símbolo

de seguridad, debe ser identificado desde una distancia segura.

• Las dimensiones de las señales de seguridad son las siguientes:

- Círculo: 20cm. de diámetro.

- Cuadrado: 20cm. de lado.

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- Rectángulo: 20cm. de altura y 30 cm. de base.

- Triángulo equilátero: 20 cm. de lado.

Estas dimensiones pueden multiplicarse por las series siguientes: 1.25, 1.75, 2,

2.25, 2.5, y 3.5, según sea necesario ampliar el tamaño.

b. Aplicación de los colores y símbolos en las señales de seguridad

• Las señales de prohibición tienen como color de fondo blanco, la corona

circular y la barra transversal son rojos, el símbolo de seguridad negro y se

ubica al centro y no se superpone a la barra transversal, el color rojo cubre

como mínimo el 35% del área de la señal.

• Las señales de advertencia tienen como color de fondo el amarillo, la banda

triangular negra, el símbolo de seguridad negro ubicado en el centro, el color

amarillo debe cubrir como mínimo el 50% de área de la señal.

• Las señales de obligatoriedad tendrán un color de fondo azul, la banda circular

es blanca, el símbolo de seguridad es blanco y debe estar ubicado en el centro,

el color azul cubre como mínimo el 50% del área de la señal.

• Las señales informativas se deben ubicar en equipos de seguridad en general,

rutas de escape, etc. Las formas de las señales informativas deben ser

cuadradas o rectangulares, según convengan a la ubicación del símbolo de

seguridad o el texto. El símbolo de seguridad es blanco, el color de fondo es

verde y debe cubrir como mínimo el 50% del área de la señal.

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Artículo 57º.- Primeros auxilios

a. Generalmente el principal objetivo de los primeros auxilios es evitar por todos los

medios posibles la muerte o la invalidez de la persona accidentada. Otros de los

objetivos principales es brindar un auxilio a la persona accidentada, mientras se

espera la llegada del médico o se le trastada a un hospital.

b. Botiquín de primeros auxilios, la entidad abastecerá de manera que haya siempre

un stock permanente de los siguientes medicamentos y materiales en el Botiquín:

• Instrumentos: Tijeras, pinzas, navaja u hoja de afeitar, termómetro bucal,

torniquetes, etc.

• Vendas: Gasa esterilizada, rollo de tela adhesiva o esparadrapo, caja de cintas,

paquetes de algodón absorbente, etc.

• Drogas: Agua oxigenada, yodo, mercurio, cromo, picratos de butesin, jabón

germicida, 02 Paquetes de guantes quirúrgico, además deberán contar con:

01 Frascos de yodo povidona 120 ml. solución antiséptico

01 Frasco de alcohol mediano 250 ml. 05 paquetes de gasas esterilizadas

de 10 cm. x 10 cm.

08 Paquetes de apósitos

01 Rollo de esparadrapo 5 cm. x 4.5 Mts.

02 Rollo de venda elástica de 3 pulg. x 5 Mts.

02 Rollo de venda elástica de 4 pulg. x 5 Mts.

01 Paquete de algodón x 100 gr.

01 Venda triangular

10 Paletas baja lengua (para entablillado de dedos)

01 Frasco de solución de cloruro de sodio al 9/1000 x 1 ft. (para lavado de

heridas)

02 Paquetes de gasa tipo jelonet (para quemaduras)

02 Frascos de colirio de 10 ml.

01 Tijera punta roma

01 Pinza

01 Camilla rígida

01 Frazada.

Artículo 58°.- Notificación de incidentes y accidentes de trabajo, el procedimiento para

la notificación de accidentes es el siguiente:

a. La ocurrencia de un accidente de trabajo debe ser comunicado inmediatamente a

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la Jefatura de Personal de la empresa.

b. La Jefatura de Personal llenará el registro de “Accidentes de trabajo”,

describiendo los hechos y las causas que originaron su ocurrencia, (aun cuando

éste no haya significado un accidente grave que involucre lesión o daño; la

finalidad es identificar las actividades o condiciones que no se encuentren de

acuerdo al estándar), elevándolo en el día al Comité de Seguridad y Salud en el

Trabajo de la empresa.

c. La jefatura de la Oficina de Servicios de Personal; será la encargada de notificar a

la autoridad competente de la ocurrencia del accidente en las siguientes

circunstancias:

• En el caso que el accidente involucre atención médica, comunicará el Centro

Médico Asistencial de la jurisdicción, donde el trabajador es atendido.

• Para el caso de accidentes de trabajo mortales lo notificará al Ministerio de

Trabajo y Promoción del Empleo, en un plazo de 24 horas de ocurrido el

hecho, utilizando el formulario correspondiente: Accidentes de trabajo o vía

intranet al sitio de la página web: www.trabajo.gob.pe.

• Cuando sea un incidente peligroso que ponga en riesgo la salud y la

integridad física del trabajador lo notificará al Ministerio de Trabajo y

Promoción del Empleo, en un plazo de 24 horas de ocurrido el hecho,

utilizando el formulario correspondiente: Aviso de incidente peligroso

(Resolución Ministerial N° 050-2012-TR).

d. Para aquellos incidentes laborales que no estén incluidos en ninguna de los casos

anteriormente citados lo realizará dentro de los diez (10) días naturales del mes

siguiente, utilizando el formulario “Aviso de Incidente Común”.

Artículo 59º.- Investigación de incidentes y accidentes

a. El Comité y Sub Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo deberá realizar la

investigación de los incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades

ocupacionales. (Art. 42º del Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo –

Decreto Supremo N° 005-2012-TR).

b. Las investigaciones de incidentes de trabajo debe consignar la siguiente

información: (Resolución Ministerial N° 050-2013-TR)

1. Datos del personal que interviene en investigación.

2. Datos del lugar de trabajo de la entidad.

3. Datos del trabajador accidentado.

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4. Descripción del accidente/incidente.

5. Causas del accidente/incidente.

6. Acciones correctivas/preventivas.

c. Cuando la autoridad competente lo crea necesario realizará, investigaciones de

accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales o incidentes de trabajo para

lo cual estarán presentes tanto representantes del empleador como de los

trabajadores.

XIII. ESTANDARES DE CONTROL DE LOS PELIGROS EXISTENTES Y RIESGOS

EVALUADOS

Artículo 60°.- El Jefe de Seguridad y Salud, llevará cuadros estadísticos de los

incidentes, accidentes y enfermedades ocupacionales que se susciten en la EPS.

SEDACUSCO S.A., y donde se vean afectados los trabajadores, con la finalidad de

tener un registro actualizado para poder tomar medidas preventivas y correctivas así

como la realización de campañas informativas y educativas sobre los accidentes,

incidentes o enfermedades ocupacionales.

Artículo 61°.- Trabajos en áreas productivas y mantenimiento

El desarrollo de las actividades en las diversas áreas productivas se realizará

siguiendo los lineamientos contenidos en el presente Reglamento Interno de

Seguridad y Salud en el Trabajo, a fin de que los riesgos se vean minimizados, se

ejecuten acciones preventivas y correctivas, con la participación del Comité de

Seguridad y Salud en el Trabajo, los jefes de área y los trabajadores en general

(incluyendo a los de servicios ya sean contratistas o subcontratistas), para ello se han

normado los siguientes procedimientos:

a. Se deben mantener el área de trabajo limpio, ordenado y en lo posible libre de

materiales combustibles y líquidos inflamables.

b. Informar al Jefe de Área sobre cualquier equipo eléctrico defectuoso. La

reparación de las máquinas debe ser realizada por personal especializado.

c. En las zonas de trabajo donde los equipos generen ruidos por encima de 85 DB,

es obligatorio el uso de equipo de protección auditiva (audífonos), los cuales se

emplearán mientras el trabajador se encuentre expuesto al ruido. Los elementos

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de protección auditiva será siempre de uso individual y deberán ser reemplazados

de acuerdo a las indicaciones técnicas de cada equipo.

d. El trabajador que maneje alguna máquina, aplicará lo establecido para cada caso,

en el presente reglamento de seguridad y salud en el trabajo, artículos 23º al 29º,

en lo que corresponda al desempeño de su labor.

e. El trabajador deberá conocer el significado de la señalización presente en todas

las instalaciones de la empresa y seguir las indicaciones de estas. Debe conocer

también las zonas de seguridad, escaleras o rutas de escape.

f. Terminada la jornada de trabajo se apagara todo equipo eléctrico, el trabajador

deberá dejar su área de trabajo limpia y ordenada.

g. El trabajador a cargo del manejo de máquinas ejecutará lo siguiente: Al terminar

de usar su equipo pulsar los botones de apagado y desconectar la electricidad;

limpiar el área de residuos y ordenar los insumos sobrantes; reportar cualquier

anomalía de su equipo y cumplir con lo establecido para cada máquina.

h. Los jefes de cada área serán responsables de verificar que antes de iniciar una

labor se capacite de manera adecuada y suficiente tanto sobre cómo utilizar la

maquinaria o herramientas de trabajo, como sobre capacitación respecto del uso

adecuado de su Equipo de Protección Personal.

Artículo 62°.- Cables de electricidad

En la EPS SEDACUSCO S.A., el cableado se encuentra protegido adecuadamente

por canaletas para proteger a sus trabajadores de cualquier amenaza eléctrica para

sus trabajadores.

XIV. PREPARACION Y RESPUESTA PARA CASOS DE EMERGENCIA

A. PREVENCION Y PROTECCION CONTRA INCENDIOS

Artículo 63°.- Prevención de Incendios

a. Todos los locales de la EPS SEDACUSCO S.A. estarán provistos de suficiente

equipo para la extinción de incendios que se adapte a los riesgos particulares que

estos presentan; las personas entrenadas en el uso correcto de estos equipos se

hallarán presentes durante todos los períodos normales de trabajo.

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b. El Equipo y las instalaciones que presenten grandes riesgos de incendio deberán

ser construidos e instalados, siempre que sea factible, de manera que sea fácil

aislarlos en casos de incendio.

Artículo 64°.- Pasillos y Pasadizos

En los lugares de trabajo, el ancho de los pasillos entre muebles, instalaciones, rumas

de materiales y maquinas no será menor de noventa (90) cm., según el Reglamento

Nacional de Construcciones, las inspecciones para determinar el cumplimiento de la

norma estarán dirigidas por el Área de Mantenimiento y Administración.

Artículo 65°.- Escaleras, Puertas y Salidas

a. Los accesos a las escaleras que pueden ser usadas como medios de salida,

serán marcados (señalizados), de tal modo que la dirección de egreso hacia la

calle o punto de reunión sean claros.

b. Las puertas de salida se colocarán de tal manera que sean fácilmente visibles y

no se permitirán obstrucciones que interfieran el acceso o la visibilidad de las

mismas, siendo oportunamente señalizados de acuerdo con la Norma Técnica.

c. Las salidas estarán instaladas en número suficiente y dispuestas de tal manera

que las personas ocupadas en los lugares de trabajo puedan abandonarlas

inmediatamente, con toda seguridad, en caso de emergencia.

B. PROTECCION CONTRA INCENDIOS

Artículo 66°.- El fuego es la oxidación rápida de un material combustible, que produce

desprendimiento de luz y calor, pudiendo iniciarse por la interacción de tres elementos:

oxigeno, combustible y calor. La ausencia de uno de los elementos mencionados

evitará que se inicie el fuego.

Los incendios se clasifican de acuerdo al tipo de material combustible que arde:

• Incendio Clase A: son fuegos que se producen en materiales combustibles

sólidos, tales como: madera, papel, papel cartón, tela, etc.

• Incendio Clase B: son fuegos producidos por líquidos inflamables tales como

gasolina, aceite, pintura, solvente, etc.

• Incendio Clase C: Son fuegos producidos en equipos eléctricos como motores,

interruptores, aerostatos, etc.

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• Incendio de Clase D: Son producidos por metales combustibles como Aluminio,

Titanio, Magnesio, Circonio y sus aleaciones; Sodio, Litio, Potasio Metálicos y

otros.

• Incendio de Clase K: Son producidos por las grasa vegetales y animales.

Artículo 67°.- Cualquier trabajador de la EPS SEDACUSCO S.A., que detecte un

incendio, deberá proceder de la forma siguiente:

a. Dar la alarma interna al área de Seguridad.

b. Comunicar a los integrantes de la brigada contra incendios (la cual será formada

de acuerdo al sector correspondiente).

c. Seguir las indicaciones de las brigadas correspondientes.

d. De ser necesario y con orden del Jefe de la Brigada del sector, se dispondrá

evacuar el área de manera ordenada con dirección a la puerta de salida más

cercana.

Artículo 68°.- Consideraciones generales importantes:

a. La mejor forma de combatir incendios es evitando que estos se produzcan.

b. Mantener el área de trabajo limpia, ordenada y en lo posible libre de materiales

combustibles y líquidos inflamables.

c. No obstruir las puertas, vías de acceso o pasadizos, con materiales que puedan

dificultar la libre circulación de las personas.

d. Informar a su superior sobre cualquier equipo electrónico defectuoso.

e. Familiarizarse con la ubicación y forma de uso de los extintores y grifos contra

incendios.

f. En caso de incendio de equipos electrónicos desconectar el fluido eléctrico. No

usar agua ni extintores que lo contengan si no se ha cortado la energía eléctrica.

g. La operación de emplear un extintor dura muy poco tiempo; por consiguiente,

utilícelo bien, acérquese lo más que se pueda, dirigir el chorro a la base de las

llamas, no desperdiciar el contenido.

h. Obedecer los avisos de seguridad y familiarícese con los principios fundamentales

de primeros auxilios.

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Artículo 69°.- Agua, abastecimiento uso y de equipo

La EPS SEDACUSCO S.A., colocará las bombas para incendios, las cuales estarán

situadas y protegidas de tal modo que no se interrumpa su funcionamiento cuando se

produzca un incendio.

a. La EPS SEDACUSCO S.A., colocará los grifos contra incendios de manera que

estos sean de fácil acceso y estarán conservados y mantenidos en buenas

condiciones de funcionamiento.

b. En los incendios de tipo B y C, no se utilizará el agua para combatirlos,

debiéndose usar otros medios de extinción adecuados.

Artículo 70°.- Extintores Portátiles

La EPS SEDACUSCO S.A., garantizará que sus instalaciones cuenten con extintores

adecuados a cada tipo de incendio que pueda ocurrir, considerando la naturaleza de

los procesos y operaciones. Tener en cuenta los siguientes aspectos:

a. Los aparatos portátiles contra incendios, serán inspeccionados por lo menos una

vez por mes y serán recargados cuando concluya su tiempo de vigencia o se haya

utilizado parte de la carga.

b. Todos los extintores deberán colocarse en lugares visibles, de fácil acceso; los

que pesen menos de 18 Kg., serán ubicados a una altura máxima de 1.50 mts.

medidos del suelo a la parte superior del extintor.

c. Cuando ocurran incendios que implican equipos eléctricos, los extintores para

combatirlos serán de polvo químico seco; en caso de que el incendio sea en el

centro de cómputo, laboratorios o implique equipos sofisticados, utilizarán los

extintores de gas carbónico (CO2), para su extinción.

Artículo 71°.- Sistemas de alarmas y simulacros de incendios

a. En la EPS. SEDACUSCO S.A., se realizarán ejercicios de modo que se simulen

las condiciones de un incendio, además se adiestrará a las brigadas en el empleo

de los extintores portátiles, evacuación y primeros auxilios e inundación. El

programa anual de instrucciones y prácticas de seguridad industrial se iniciará

desde el mes de enero de cada año.

b. En casos de evacuación, el personal deberá seguir la señalización indicada como

SALIDA.

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Artículo 72°.- Eliminación de desperdicios

a. No está permitido que se acumulen en el piso desperdicios de material inflamable,

los cuales serán destruidos o acumulados separadamente de otros desperdicios.

b. Se dispondrá de recipientes para recoger inmediatamente los trapos saturados de

aceite, pintura u otros materiales combustibles, sujeto a combustión espontánea,

en los lugares de trabajo donde estos se produzcan.

c. Diariamente el encargado de limpieza recolectará los recipientes de basura de

cada ambiente, colocándolos en un lugar determinado para ser erradicados de la

empresa.

XV. DISPOSICIONES FINALES

Artículo 73°.- Todas las disposiciones que no estén previstas de manera expresa en

el presente Reglamento, se regirán por las disposiciones que al respecto dicte la EPS

SEDACUSCO S.A, en el legítimo ejercicio de sus derechos dentro del régimen de

facultades que le acuerda el ordenamiento legal vigente, y por la legislación laboral

vigente referida a la materia.

Artículo 74°.- Para que se logre una aplicación óptima de las diversas disposiciones

del presente Reglamento, la EPS SEDACUSCO S.A. emitirá, a medida que las

necesidades lo requieran, procedimientos, instructivos, formatos y documentos

complementarios que indiquen claramente la manera de darle cumplimiento.

Artículo 75°.- Todo trabajador recibirá una copia del presente Reglamento de

Seguridad y Salud en el Trabajo, con el fin de que conozca sus derechos y

obligaciones, comprometiéndose a cumplir todas las normas del mismo.