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1 REGLAMENTO INTERNO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA PARROQUIAL “NIÑO JESÚS DE PRAGA” AÑO ESCOLAR 2015 INTRODUCCIÓN Que, al 2016 la INSTITUCION EDUCATIVA PARROQUIAL “NIÑO JESUS DE PRAGA”, se constituye como un modelo, eficaz y eficiente en la calidad del servicio educativo, con una moderna infraestructura, con docentes comprometidos, identificados y capacitados, con educandos, solidarios con su región, país; gratos con su familia y preparados para amar y defender los recursos de su localidad, siendo capaces con la práctica de la axiología reparadora, proyectándose a la comunidad con apoyo espiritual, social y cultural. Que, la INSTITUCION EDUCATIVA PARROQUIAL “NIÑO JESUS DE PRAGA”, tiene como Entidad Promotora, al INSTITUTO DE MISIONERAS PARROQUIALES DEL “NIÑO JESÚS DE PRAGA”, es una institución católica parroquial, que responde a las necesidades de la comunidad del Distrito de Castilla, Provincia de Piura, ámbito del Gobierno Regional Piura, impulsando el amor, la vivencia eucarística siguiendo el ejemplo de nuestra fundadora Madre Angélica Recharte Corrales, promoviendo la formación integral en nuestras estudiantes; contribuyendo al desarrollo sostenible de la sociedad a través de la investigación permanente con el apoyo de la ciencia y tecnología, para lograr una formación humana, académica de calidad. El Reglamento Interno es un instrumento de gestión que regula la organización y funcionamiento integral: institucional, pedagógico y administrativo de la INSTITUCION EDUCATIVA PARROQUIAL “NIÑO JESUS DE PRAGA” cuyo promotora o entidad patrocinadora es la CONGREGACIÓN RELIGIOSAS DE “MISIONERAS PARROQUIALES DEL NIÑO JESÚS DE PRAGA”, de conformidad con su Ideario, con las leyes vigentes del Estado Peruano y los principios y normas de la Iglesia Católica y que dispone el cumplimiento de la línea axiológica de nuestro Colegio para facilitar y asegurar el logro de los fines y objetivos. Las disposiciones y contenidos del Reglamento Interno, establecen pautas, criterios y procedimientos de desempeño y de comunicación entre los diferentes miembros de la comunidad educativa y contiene básicamente aquellas que orientan al personal a conocer mejor sus responsabilidades y derechos a fin de lograr su participación comprometida con las tareas educativas y que establezcan las leyes del sector educación. El Reglamento Interno reúne conceptos técnicos acordes con el avance de la pedagogía moderna así como aspectos administrativos de tal manera que el trabajador pueda plasmar el logro de los fines, objetivos y metas propuestas y cumplir en forma eficiente y oportuna las funciones inherentes a su cargo. Cumplir y hacer cumplir el presente reglamento interno es tarea de todos los que tenemos responsabilidad en la conducción y formación de nuestros educandos para garantizar mayores niveles de eficiencia en el cumplimiento de nuestras funciones propias del cargo que desempeñamos. Las disposiciones y contenidos del Reglamento Interno, establecen pautas y procedimientos de comunicación entre los diferentes miembros de la Comunidad Educativa y su cumplimiento es obligatorio para el personal Directivo, Jerárquico, Docente, Administrativo y de Apoyo; estudiantes y padres de Familia de la Institución Educativa. La Directora.

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REGLAMENTO INTERNO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA PARROQUIAL “NIÑO JESÚS DE PRAGA”

AÑO ESCOLAR 2015

INTRODUCCIÓN

Que, al 2016 la INSTITUCION EDUCATIVA PARROQUIAL “NIÑO JESUS DE PRAGA”, se constituye como un modelo, eficaz y eficiente en la calidad del servicio educativo, con una moderna infraestructura, con docentes comprometidos, identificados y capacitados, con educandos, solidarios con su región, país; gratos con su familia y preparados para amar y defender los recursos de su localidad, siendo capaces con la práctica de la axiología reparadora, proyectándose a la comunidad con apoyo espiritual, social y cultural.

Que, la INSTITUCION EDUCATIVA PARROQUIAL “NIÑO JESUS DE PRAGA”, tiene como Entidad Promotora, al INSTITUTO DE MISIONERAS PARROQUIALES DEL “NIÑO JESÚS DE PRAGA”, es una institución católica parroquial, que responde a las necesidades de la comunidad del Distrito de Castilla, Provincia de Piura, ámbito del Gobierno Regional Piura, impulsando el amor, la vivencia eucarística siguiendo el ejemplo de nuestra fundadora Madre Angélica Recharte Corrales, promoviendo la formación integral en nuestras estudiantes; contribuyendo al desarrollo sostenible de la sociedad a través de la investigación permanente con el apoyo de la ciencia y tecnología, para lograr una formación humana, académica de calidad.

El Reglamento Interno es un instrumento de gestión que regula la organización y funcionamiento integral: institucional, pedagógico y administrativo de la INSTITUCION EDUCATIVA PARROQUIAL “NIÑO JESUS DE PRAGA” cuyo promotora o entidad patrocinadora es la CONGREGACIÓN RELIGIOSAS DE “MISIONERAS PARROQUIALES DEL NIÑO JESÚS DE PRAGA”, de conformidad con su Ideario, con las leyes vigentes del Estado Peruano y los principios y normas de la Iglesia Católica y que dispone el cumplimiento de la línea axiológica de nuestro Colegio para facilitar y asegurar el logro de los fines y objetivos.

Las disposiciones y contenidos del Reglamento Interno, establecen pautas, criterios y procedimientos de desempeño y de comunicación entre los diferentes miembros de la comunidad educativa y contiene básicamente aquellas que orientan al personal a conocer mejor sus responsabilidades y derechos a fin de lograr su participación comprometida con las tareas educativas y que establezcan las leyes del sector educación.

El Reglamento Interno reúne conceptos técnicos acordes con el avance de la pedagogía moderna así como aspectos administrativos de tal manera que el trabajador pueda plasmar el logro de los fines, objetivos y metas propuestas y cumplir en forma eficiente y oportuna las funciones inherentes a su cargo.

Cumplir y hacer cumplir el presente reglamento interno es tarea de todos los que tenemos responsabilidad en la conducción y formación de nuestros educandos para garantizar mayores niveles de eficiencia en el cumplimiento de nuestras funciones propias del cargo que desempeñamos.

Las disposiciones y contenidos del Reglamento Interno, establecen pautas y procedimientos de comunicación entre los diferentes miembros de la Comunidad Educativa y su cumplimiento es obligatorio para el personal Directivo, Jerárquico, Docente, Administrativo y de Apoyo; estudiantes y padres de Familia de la Institución Educativa.

La Directora.

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TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

CAPÍTULO I

Contenido y Alcances Art. 01 El presente Reglamento Interno plasma la línea axiológica del Colegio Niño Jesús de Praga en

cuanto a su organización, régimen académico, formativo, laboral, administrativo, económico y de las relaciones institucionales; es un conjunto de disposiciones que definen el funcionamiento interno de la institución para facilitar y asegurar el logro de los objetivos y fines. Además ofrece servicios educativos según los principios doctrinales de la iglesia católica y línea axiológica de la institución promotora.

Art. 02 El presente Reglamento es un instrumento de gestión que contiene normas específicas que conforman pautas de comportamiento interno para cada uno de los miembros de la comunidad educativa incluidos los padres de familia y su cumplimiento es obligatorio. En lo sucesivo a la Institución Educativa Niño Jesús de Praga se le denominará El Colegio.

CAPÍTULO II BASE LEGAL

Art. 03 El Reglamento Interno se sustenta en la siguiente base legal:

1. Constitución Política del Estado Peruano 2. Acuerdo suscrito entre la Santa Sede y el Gobierno Peruano, aprobado por Decreto

Ley23211 y ratificado por Decreto Legislativo Nº626 de fecha 29 de noviembre del 1990 3. Ley General de Educación – Ley N° 28044 y su Reglamento -, aprobado por Decreto

Supremo N° 011-2012-ED 4. Reglamento de Educación Básica Regular, aprobado por Decreto Supremo Nº 5. 013-

2004-ED. 5. Reglamento de Gestión del Sistema Educativo, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-

2005-ED. 6. Ley de Centros Educativos Privados – Ley N° 26549 7. Reglamento de Instituciones Educativas Privadas de Educación Básica y

EducaciónTécnicoProductiva,aprobadoporDecretoSupremoNº009-2006-ED, del 20de abril del año 2006

8. Ley de Promoción de la Inversión en la Educación, Decreto Legislativo Nº 882 y sus Reglamentos

9. Ley de Protección a la Economía Familiar Respecto al Pago de las Pensiones de Enseñanza – Ley N° 27665.

10. Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la calidad educativa, Ley N° 28740 y su reglamento D.S. 018-2007-ED.

11. Ley de Promoción de la Inversión en la Educación, Decreto Legislativo Nº 882 y su Reglamento D.S. Nº 045, 046 y 047-97-EF.

12. Código de Defensa Del Consumidor, Ley Nº 29571 y normas conexas. 13. Lineamientos de los Centros Educativos de la Congregación Niño Jesús de Praga. 14. Convenio Interinstitucional celebrado entre El Colegio y la Dirección Regional de

Educación de Piura. 15. Proyecto Educativo Institucional del Colegio 16. Plan Anual de Trabajo del Colegio

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CAPÍTULO III

AXIOLOGÍA, FINALIDAD Y PRINCIPIOS Art. 04 El Instituto de Misioneras Parroquiales del Niño Jesús de Praga, Congregación peruana con

personería jurídica, es quien promueve y conduce la Institución Educativa Niño Jesús de Praga, del que es propietaria, compartiendo un Proyecto Común, que se visualiza con la misma misión, visión, valores, lema, perfiles y objetivos, los cuales se van consolidando en la práctica diaria y a la adecuación propia de cada institución, teniendo en cuenta sus características y la zona donde se desarrolla la labor educativa. Así mismo, comparte un Currículo Común Rechartino, acorde con el que propone el Ministerio de Educación, que tiene por finalidad promover el desarrollo de potencialidades, habilidades y destrezas de nuestras estudiantes, teniendo en cuenta las dimensiones cognitiva, afectiva, espiritual, estética, ética y social, generando las bases de una Educación Integral, Pertinente y de Calidad.

Finalmente, por pertenecer a la Red de Misioneras Parroquiales del Niño Jesús de Praga, nos une un solo propósito: FORMAR NIÑAS Y JÓVENES QUE, ASUMIENDO LA ACTITUD DE SERVICIO Y DE IDENTIFICACIÓN CON NUESTRA SOCIEDAD VIVENCIEN LOS VALORES EVANGÉLICOS DE LA VERDAD, JUSTICIA, PAZ Y LIBERTAD, BASADOS EN EL AMOR A JESUS NIÑO, HUMILDE Y POBRE, Y ASÍ DAR “MAYOR GLORIA A DIOS”.

Art. 05 El Colegio sirve a la comunidad castellana y piurana en los niveles de Inicial, Primaria y Secundaria de menores y con diversas actividades de proyección.

Art.06 La sede institucional del Colegio se encuentra ubicada en Av. Progreso N° 747, distrito de Castilla, Provincia y Departamento de Piura.

Art.07 La Axiología del Colegio, se sustenta en los principios fundamentales del mensaje evangélico del magisterio de la Iglesia Católica y la Filosofía de la Escuela Católica y en consecuencia:

a) Afirma la trascendencia del hombre como hijo de Dios y la hermandad entre los hombres en Cristo.

b) Encuentra en el proceso educativo el medio para instaurar una concepción cristiana del mundo.

c) Entiende la educación como un servicio evangelizador que debe concretar en vivencias cristianas y en el compromiso de mejorar la sociedad.

d) Vivencia del Espíritu de Reparación y la Unión Eucarística, porque es la fuente de culminación de toda la predicación evangélica.

Art.08 Para alcanzar la finalidad permanente el Colegio, se propone:

a) Visión más objetiva de la identidad de la institución educativa. b) Coherencia en el quehacer educativo en los tres niveles, en los miembros de la comunidad

en función de una doctrina común. c) Nos ha facilitado una mayor identificación personal con la institución. d) Ayuda a fijar más los objetivos y metas. e) Permite planificar las actividades priorizando por necesidades más urgentes, a mediano

plazo. f) Ha orientado la toma de decisiones. g) En base de reconocimiento de la realidad nos ha permitido tomar medidas correctivas de la

gestión individual y grupal. h) Participación activa consciente y responsable de todos los miembros de la Comunidad

Educativa. i) Permite la modernización y actualización de la institución educativa.

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j) Hacer cumplir la línea axiológica del Colegio. k) Normar la organización y funcionamiento interno de nuestra Institución. l) Normar el régimen disciplinario de los miembros que integran la Comunidad Educativa. m) Delinear la política económica del Colegio. n) Establecer pautas de control y evaluación de las actividades educativas. o) Señalar funciones, responsabilidades y términos de relación de los diferentes órganos así

como miembros de nuestra institución.

CAPÍTULO IV MISIÓN, VISIÓN, IDEARIO

Art. 09 Misión Somos una Comunidad Educativa que desarrolla una formación integral centrada en Jesucristo e inspirada en el Carisma y Espiritualidad de Madre Angélica Recharte, capaz de convivir democráticamente respondiendo a los desafíos del contexto actual.

Somos una Comunidad Educativa que forma personas que logran desarrollar valores y talentos en una perspectiva de excelencia humana, académica y espiritual para amar más amar y servir más servir; orientadas por Jesucristo y su Evangelio e inspiradas en el Carisma y Espiritualidad de Madre Angélica Recharte, capaces de convivir democráticamente respondiendo a los desafíos del contexto actual.

Art. 10 Visión Ser una Comunidad Educativa de excelencia, formadora de líderes cristianos, comprometidos con la sociedad, capaces de discernir y afrontar los retos del mundo actual. Ser una Comunidad Educativa de excelencia, acorde con los principios de Madre Angélica Recharte, formadora de líderes cristianas, que tengan calidad humana, profesional, y vocación social; capaz de discernir y afrontar los retos del mundo actual.

Art. 11 Ideario Nuestro Colegio al darles a conocer su Ideario pretende expresarles su razón de Ser, la Filosofía y los fines propios que justifican su existencia. Los padres que elijan este Colegio para complementar la educación de sus menores hijas, necesariamente deberán compartir este Ideario “Reconocemos y valoramos a la estudiante como eje fundamental de nuestro quehacer educativo por cuanto Dios le ha dotado de bellísimas cualidades que debemos cultivarlas para que ellas logren su fin para el que han sido creadas.

Por tal motivo promovemos y desarrollamos el principio fundamental de la escuela, según nuestra fundadora conocer la verdad y amar el bien, asumiendo una actitud de servicio e identificación con Jesús humilde y pobre, y así dar mayor gloria a Dios.

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Art. 12 I.E.P “NIÑO JESÚS DE PRAGA COMO COMUNIDAD EDUCATIVA.

El Colegio es una comunidad educativa conformada por religiosas del Instituto de Misioneras Parroquiales del Niño Jesús de Praga, profesores y profesoras laicos/as, personal administrativo, personal de apoyo, ex alumnas y estudiantes que buscan su progresiva identificación como Institución dedicada a la formación integral de nuestras estudiantes, de acuerdo con el Sistema Educativo del país y la Axiología del Instituto de MPNJP.

La Comunidad Educativa se compromete a profundizar y actualizar constantemente la teoría y las prácticas educativas, asumiéndolas como un servicio cristiano adaptado tanto a los requerimientos legales como a las exigencias de la Educación del presente siglo. Pertenecer a ella es un honor, pero a la vez, un gran compromiso que implica la aceptación e identificación con el IDEARIO de la Institución Educativa.

Art. 13 I.E.P “NIÑO JESÚS DE PRAGA Y LA FORMACIÓN DE ESTUDIANTES.

Las estudiantes son la razón de ser de la Comunidad Educativa Praguina y las consideramos como forjadoras fundamentales de su formación apoyadas por los demás integrantes que, en un clima de exigencia, amistad, responsabilidad y respeto mutuo contribuimos a consolidar su Educación.

Art. 14 PERFIL DE LA ESTUDIANTE PRAGUINA.

Comprende las siguientes dimensiones: DIMENSION HUMANA DIMENSIÓN ESPIRITUAL DIMENSIÓN SOCIO – AFECTIVA DIMENSION COGNITIVA – ARTISTICA – PSICOMOTRIZ

DIMENSION HUMANA:

Se reconoce como persona e hija de Dios, es consciente de su individualidad, su dignidad y de sus facultades de Inteligencia, voluntad y libertad.

Plantea su proyecto de vida reconociendo su historia personal.

Desarrolla su autoestima, teniendo confianza en sí mismo, respetando y haciéndose respetar.

DIMENSIÓN ESPIRITUAL

Reconoce a Dios como principio y fundamento de su vida.

Se valora como persona creada por Dios a su imagen y semejanza desarrollando con libertad sus talentos recibidos para el servicio de los demás.

Vivencia el carisma y espiritualidad de Madre Angélica, dando Testimonio de su lema: “Amar y más amar, servir y más servir”.

Asume actitudes permanentes de compartir, entrega y servicio a los demás, mostrando una opción por los que menos tienen.

DIMENSIÓN SOCIO – AFECTIVA

Reconoce y acepta sus errores, asumiendo una conducta de cambio.

Controla sus emociones y tiene capacidad de discernir de manera personal y grupal, en la solución de conflictos.

Practica los hábitos de puntualidad, orden, limpieza, urbanidad, democracia y civismo.

Hace buen uso de las TICs como herramientas de estudio, trabajo y sana recreación.

DIMENSION COGNITIVA – ARTISTICA – PSICOMOTRIZ

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Elabora y aplica estrategias para construir conocimientos, solucionar problemas y aprender de manera significativa.

Desarrolla la investigación científica para construir nuevos conocimientos y dar solución a los diferentes problemas y necesidades de su entorno.

Demuestra buen nivel de análisis y síntesis en la comprensión de textos para lograr un pensamiento crítico y reflexivo.

Desarrolla sus potencialidades artísticas valorando su identidad cultural en sus diversas manifestaciones.

Cultiva una vida sana y saludable a través de la práctica del deporte y una adecuada alimentación.

Art.15 I.E.P “NIÑO JESÚS DE PRAGA Y LOS PADRES DE FAMILIA

Los padres de familia al matricular a sus hijas aceptan la orientación axiológica de nuestra Institución Educativa, asumiendo las implicaciones de la educación cristiana que nuestros colegios de la congregación ofrecen. Así mismo, en un clima de confianza, participación y diálogo, apoyan a la Dirección, participando activamente en todas las acciones que permitan lograr la formación integral de sus menores hijas.

Art.16 PERFIL DE PADRES DE FAMILIA.

Los Padres de Familia deben tener en cuenta algunos rasgos importantes en los siguientes aspectos:

DIMENSIÓN HUMANA

Asumen sus deberes como padres y primeros educadores de sus hijas, participando activamente en su educación.

Promueven un ambiente de seguridad, confianza, diálogo, perdón solidaridad y responsabilidad entre los componentes de la comunidad educativa.

Valora a sus hijas brindándoles amor, protección y apoyo constante en su formación.

Conocen el Proyecto Educativo de la Institución, respetándolo e identificándose con él y comprometiéndose en su cumplimiento.

DIMENSION ESPIRITUAL:

Se reconocen hijos (as) de Dios valorando los dones recibidos.

Vivencia los valores cristianos siendo testimonio para sus hijas.

Se identifica y participa de la misión y espiritualidad de las Hermanas

Misioneras Parroquiales del Niño Jesús de Praga.

Practican diariamente en su hogar, momentos de oración y reflexión en familia.

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TÍTULO II DE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

CAPÍTULO I ESTRUCTURA ORGÁNICA

Art.17 El Colegio tiene la siguiente estructura orgánica:

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ORGANIGRAMA DE LA INSTITUCION EDUCATIVA

ENTIDAD PROMOTORA

DIRECCION

ORGANOS DE ASESORAMIENTO ORGANOS DE APOYO

ORGANOS DE

ADMINISTRACION

Consejo

Directivo

Asociación de Ex alumnas ORGANOS DE EJECUCION Asesores

Contable/

Legal/

Espiritual

Consorci

o de

Colegios

Católicos Secretaria Tesorería Jefe de

Abastecimiento

Auxiliares

Área de

Formación

Área

Académica Personal de

Impresione

s

Personal de

Limpieza

Personal de

Seguridad

Sub Directores

Inicial/

Primaria/

Secundaria

Coordinador

Pastoral/

Tutoría TOE

Departamento

Psicológico

Departamento

de Disciplina

Coordinador

de Área Organización

Estudiantil

Tutores

Jefe de

Laboratorio

Profesores

Auxiliares

Municipio escolar Consejo Aula Fiscales

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Art.18 Las funciones y obligaciones del personal están contenidas en el Reglamento de personal Docente y No Docente y en el Manual de Organización y Funciones.

CAPÍTULO II ATRIBUCIONES DE LA PROMOTORÍA Y DIRECCIÓN

Art.19 La Promotoría del Colegio es el Instituto de Misioneras Parroquiales del Niño Jesús de Praga y es

la máxima representante ante el Estado y la Sociedad, de la orientación axiológica, académica y administrativa del Colegio.

Art. 20 Compete a la Congregación, como Promotora del Colegio las atribuciones y responsabilidades siguientes:

a) Determinar la Axiología y Objetivos del Colegio b) Aprobar el régimen económico y Administrar:

Los fondos económicos de acuerdo a las normas específicas.

El uso de los diferentes ambientes del Colegio después de las horas de clase, en coordinación con la Dirección.

El ingreso y egreso del plantel. c) Elaborar, aprobar, ampliar, modificar e interpretar el Reglamento Interno del Colegio, en

coordinación con la Dirección. d) Designar al Director/a y Subdirector/a y solicitar su reconocimiento ante la autoridad

educativa correspondiente. e) Aprobar el Plan Pastoral. f) Cuidar el buen nombre y prestigio de la institución, urgiendo el cumplimiento de los aspectos

académicos y disciplinarios propuestos. g) Apoyar al Director/a en la instalación y desarrollo CONEI y Asociación de Ex alumnas. h) Cautelar el cumplimiento de las disposiciones legales vigentes sobre el régimen económico,

remuneraciones, beneficios sociales, pensiones, becas, contabilidad y otros. i) Percibir como propietario, la renta o contraprestación, por el alquiler y demás servicios que

brinde El Colegio. j) Determinar los descuentos por inasistencia y tardanza del personal docente y administrativo

que contrate. k) Contratar y velar por el personal docente, no docente y de servicios, en coordinación con la

Dirección, sujetándose a las disposiciones y limitaciones que establece la ley laboral.

Art. 21 PERFIL DE LA RELIGIOSA EDUCADORA:

a) Tiene a nuestra fundadora la Madre Angélica Recharte Corrales como, maestra y modelo. b) Es modelo y guía de toda acción educativa en el colegio y la comunidad. c) Asume su vocación con actitud de cambio. d) Escucha y acoge al hermano (a), llevándolo al encuentro con Cristo Eucaristía. Facilita las

relaciones fraternas en la comunidad educativa. e) Es crítica y comprometida con los cambios actuales, según la propuesta de la Educación

reparadora. f) Potencia a la pastoral como eje trasversal y medio de formación de líderes cristianos (as).

Art.22 El Director/a es la máxima autoridad del Colegio. Es el representante legal del mismo y es responsable de la programación, organización, conducción desarrollo, supervisión, evaluación y

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control de todas las acciones técnico-pedagógicas y administrativas de los diferentes servicios que se brindan.

Art. 23 Compete al Director/a del Colegio:

a) Ejecutar la representación legal y administrativa del Colegio. b) Controlar y supervisar las actividades técnico - pedagógicas del Colegio. c) Coordinar la elaboración de la estructura curricular. d) Hacer cumplir el Reglamento Interno y demás normas internas e) Velar por la existencia, regularidad, autenticidad y veracidad de la contabilidad, libros,

documentos y operaciones. f) Velar por la existencia, regularidad, autenticidad y veracidad de los registros y actas de

evaluación. g) Administrar la documentación del Colegio. h) Velar por la existencia de los bienes consignados en los inventarios y el uso de estos. i) Designar y nombrar a los encargados de los diversos organismos. j) Asesorar a los diversos organismos de ejecución y de apoyo. k) Exigir que los servicios educativos estén basados en los principios axiológicos. l) Promover y ejecutar reuniones periódicas con el personal, para la buena marcha del

plantel. m) Autorizar visitas de estudio y excursiones conforme a las normas establecidas. n) Estimular al personal a su cargo, por acciones extraordinarias tanto en el cumplimiento de

sus funciones, como en otras, que beneficien al educando al Colegio y comunidad. o) Contratar personal docente, no docente y de servicios, así como rescindir el vínculo laboral

de acuerdo a la ley, previa coordinación con la promotora. p) Formular, coordinar, ejecutar y evaluar el plan anual de trabajo. q) Organizar y supervisar el proceso de matrícula de las estudiantes, autorizar traslados de

matrícula y emitir resoluciones directorales según el caso si lo requiera. r) Llevar el control de asistencia y puntualidad del personal, otorgando el permiso en caso

debidamente justificado. s) Aplicar las sanciones que establece el Reglamento Interno con participación de la

Promotoría. t) Evaluar el rendimiento del personal del colegio y actualizar la ficha escalafonaria. u) Estimular o sancionar según el caso, a las estudiantes del Colegio, de conformidad a lo

nombrado en el presente reglamento. v) Formular el cuadro y necesidades de bienes y servicios en coordinación con la entidad

promotora.

Art. 24 PERFIL DEL DIRECTOR/A:

a) Crea un clima favorable que facilita el proceso de formación integral y el diálogo democrático según nuestra propuesta educativa.

b) Es modelo de fe y guía de toda la acción educadora. c) Acompaña, supervisa y monitorea adecuadamente todas las actividades del Colegio. d) Promueve la capacitación profesional para brindar un servicio de calidad y excelencia. e) Conduce con eficacia y liderazgo la administración del Colegio. f) Eleva la calidad de nuestro servicio educativo, formando buenas personas y altamente

competentes. g) Promueve la conservación del medio ambiente mediante programas sostenidos que

permitan la creación de una cultura de respeto por el equilibrio ecológico, evidenciada por la higiene y la limpieza personal y del medio natural.

h) Fomenta y desarrolla la creatividad, competitividad y promover la iniciativa innovadora de nuestros docentes y estudiantes, mediante el desarrollo de las capacidades de

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investigación con la finalidad de afianzar nuestro liderazgo en los diferentes aspectos educativos.

Art.25 PERFIL DEL SUBDIRECTOR/A:

a) Dirigir la elaboración de la programación general de estudios de la I.E. y de la metodología, criterios y lineamientos de evaluación de acuerdo a los fundamentos axiológicos y pedagógicos de la institución en los niveles Inicial, Primaria y Secundaria. b) Coordinar la labor conjunta de las áreas académicas y los responsables de ciclos, las acciones de supervisión y control necesarias que aseguren el logro de los aprendizajes proyectados según los objetivos académicos de la institución. c) Proponer al director(a) del colegio todo cuanto proceda en orden al perfeccionamiento humano, científico y pedagógico del docente, actualización del currículo y de los medios educativos. d) Preparar los informes y documentos oficiales que la I.E. debe presentar al órgano intermedio del Ministerio de Educación, en los plazos que corresponden. e) Coordinar con las otras instancias formativas del colegio a fin de conseguir las metas académicas en un esfuerzo conjunto. f) Informar al director(a) del colegio sobre la marcha académica, logros, desafíos y dificultades. g) Articular el trabajo académico de los Coordinadores de Ciclos, Coordinadores de Áreas, Docentes, Auxiliares, las actividades deportivas y los órganos de apoyo académico: talleres, investigación, laboratorios, biblioteca y el programa de recuperación académica.

TÍTULO III DEL RÉGIMEN ACADÉMICO

CAPÍTULO I

De la Organización Del Trabajo Educativo Art.26 De acuerdo al Convenio con el Estado, la Dirección tiene la facultad para determinar las fechas de

iniciación y culminación del año escolar, teniendo en cuenta siempre el cumplimiento del tiempo efectivo mínimo según lo determine el Ministerio de Educación.

Art.27 Las acciones educativas con las estudiantes, se desarrollan acuerdo a la programación dispuesta por la Dirección del Colegio. El año escolar se inicia el 03 de marzo de 2015.

Art.28 El horario de clases es fijado anualmente y es inamovible.

Art.29 La jornada escolar de lunes a viernes es el siguiente:

Inicial: de 8:00am a 12:30am

Primaria: de 1:10 pm a 6:15 pm

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Secundaria: de 7:00am a 1:00 pm

Art. 30 La asistencia puntual al Colegio es obligatoria en todos los días de clases y aquellos que determine la Dirección:

a) En lo referente a los días ordinarios de clase, toda inasistencia de la estudiante deberá ser justificada, según el nivel, por el padre de familia o apoderado debidamente registrado:

- En Inicial: Con el tutor o profesor de aula. - En Primaria: Con la Subdirección y auxiliar, de 2:00 a 4: 00 p.m. - En Secundaria: En la Dirección de Disciplina, de lunes a viernes de 8:00 a 11:00

a.m. - En los tres niveles, si la inasistencia es más de tres días, el padre de familia o

apoderado deberá presentar en mesa de partes una solicitud de justificación de inasistencias y de reconsideración de evaluaciones y otras actividades adjuntando un certificado médico expedido por ESSALUD o MINSA, para ser evaluadas; caso contrario obtendrá nota mínima.

- Las justificaciones por ausencias o tardanzas deben ser entregadas al tutor (a) o al docente de la hora según horario.

- Las justificaciones de inasistencias o tardanzas es de forma personal y sólo lo pueden hacer los PP.FF. La presentación de éstas es obligatoria y debe ser inmediata a la reincorporación a las actividades escolares.

- Si son frecuentes las justificaciones por impuntualidad o inasistencias, serán analizadas semanalmente por los tutores y, según crea conveniente, citará al padre de familia para tratar el caso.

- Las sanciones por inasistencias injustificadas son acumulativas y por bimestre. - En caso de inasistencia o tardanza a actuaciones especiales, actividades en el

Colegio o fuera de la institución, el tutor o tutora tomará en cuenta su participación en la evaluación de conducta.

b) En lo referente a las tardanzas y acuerdo a la norma, el 30% de inasistencias injustificadas durante el año, la estudiante pierde el año escolar por límite de faltas y se le declara RETIRADA sin derecho a evaluaciones.

Art.31 Todo permiso será solicitado en los tres niveles por el padre o madre de familia o el apoderado debidamente registrado a través de mesa de parte.

CAPÍTULO II De la Metodología

Art.32 La Institución Educativa dentro de los principios y valores establecidos en la Constitución, tiene

como principal misión favorecer e impulsar una formación humana integral, que lleve a las niñas y adolescentes a su pleno desarrollo como personas, haciendo de ellas mujeres a imagen de Jesucristo y evangelizadoras de su propia cultura.

Art.33 Los docentes utilizan estrategias metodológicas que permitan en las estudiantes el desarrollo de competencias adicionados con un pensamiento crítico reflexivo.

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CAPÍTULO III Evaluación de los aprendizajes

Art.34 La evaluación de los aprendizajes se realiza en los tres niveles – Inicial, Primaria y Secundaria,

dentro del marco de la Ley General de Educación, diseño curricular nacional (DCN), Marco curricular y Directivas emitidas por el Ministerio de Educación.

Art.35 La evaluación es permanente, se realiza por bimestres los resultados serán considerados como un criterio adicional para la evaluación de cada competencia/capacidad de área.

Art.36 La Institución Educativa establecerá las normas correspondientes y estímulos para las estudiantes destacadas en rendimiento académico y en los casos de rendimiento deficiente de una estudiante, debe asistir al Programa de Procesos Cognitivos que se desarrolla a partir del primer semestre.

Art.37 En los casos que la conducta deficiente de una estudiante lo amerite, podrá condicionarse su permanencia en la Institución Educativa durante el año siguiente, previa firma de un acta de compromiso. Si el caso fuera grave o que la conducta comprometa a la Institución, ésta se reserva el derecho de admisión de matrícula en el año siguiente.

Art.38 Siendo el Colegio una entidad privada, con axiología católica y de acuerdo a la normatividad reconocida por las leyes peruanas, las clases del curso de Religión se imparten en esta línea teológica. Las estudiantes que profesen otra fe, será exonerados del curso de Religión y demás prácticas religiosas, previa solicitud de los padres o apoderados; sin embargo, deberán conducirse con respeto y tolerancia hacia cualquier práctica religiosa que se desarrolle en el Colegio.

Art.39 La participación de la estudiante que representan al Colegio en lo académico, deportivo, artístico y cívico es evaluada en las Áreas correspondientes.

Art.40 Las estudiantes serán permanentemente informadas sobre el proceso de evaluación. Es obligación del profesor comunicar los resultados del proceso evaluativo y su desarrollo de manera oportuna para conocimiento de los padres de familia.

Art.41 La Dirección del Colegio exonerará únicamente el trabajo físico del área de Educación Física, siendo obligatoria la evaluación en el aspecto teórico, de acuerdo a los dispositivos legales vigentes y previa solicitud de los padres y/o apoderados, quienes deben de adjuntar el certificado médico expedido por ESSALUD o MINSA.

TITULO IV DEL REGIMEN FORMATIVO

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES Art.42 Los contenidos académicos, las normas disciplinarias, dentro y fuera del Colegio, así como las

normas de convivencia específicas dentro del aula están orientadas a consolidar en nuestras estudiantes un perfil acorde con el ideario de la Institución Educativa, siendo nuestro lema “AMAR Y MAS AMAR, SERVIR Y MAS SERVIR.

Art.43 La convivencia en el Colegio debe darse en un ambiente de respeto, responsabilidad y disciplina que lleve a las niñas y jóvenes a su pleno desarrollo como personas.

Art.44 Toda estudiante debe ser aseada y estar correctamente uniformada. Teniendo en cuenta:

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a) La asistencia debe ser con el uniforme oficial del Colegio para las clases diarias, desfiles o cuando la Institución lo determine.

b) El uniforme de Educación Física es color azul y blanco, buzola del mismo color y zapatillas blancas de lona. Sólo debe asistir con él los días que tenga clase de Educación Física, danzas, olimpiadas deportivas o cuando lo determine la Dirección.

c) No está permitido el uso de maquillaje, cabello teñido, uñas largas pintadas, pestañas postizas, ni tampoco el uso de ningún tipo de joyas y/o accesorios excepto aretes pequeños (bombitas de color blanco o perla).

Art.45 El Colegio promueve valores y entre ellos el de responsabilidad, por ello es necesario indicar que no se recibirá, durante el horario de clase, ningún trabajo, cuaderno u otros que la estudiante olvide en casa.

Art.46 Durante el recreo las estudiantes deberán bajar a los patios. En las aulas quedarán solamente las responsables de la limpieza. Al toque del timbre de fin de recreo, ninguna estudiante podrá comprar en el kiosko, ni permanecer por los alrededores del mismo, ni en los servicios higiénicos.

Art.47 Las estudiantes deberán observar actitudes de respeto y obediencia, dentro y fuera del Colegio. Asimismo, durante todas las acciones y actividades académicas y extra académicas, evitarán actitudes descorteses, gestos discriminatorios e inmorales.

Art.48 El tutor propiciará una elección justa, respetuosa y responsable poniendo énfasis al cumplimiento del reglamento para la elección de los miembros del consejo de aula. La alcaldesa y regidoras de la Institución y del aula son elegidas en votación directa, secreta y por mayoría relativa. Asumen sus funciones con responsabilidad y confianza contando con el apoyo de sus compañeras y la asesoría del Tutor, Dirección de Disciplina, Asistencia Social, Coordinación de Pastoral y Dirección.

CAPÍTULO II DE LOS DERECHOS, DEBERES Y OBLIGACIONES

Art.49 Toda estudiante tiene los siguientes derechos:

a) Recibir una formación integral en cada grado de estudio, un ambiente que le brinde seguridad moral, física y espiritual.

b) Recibir comprensión permanente y oportuna de parte del docente de acuerdo a sus necesidades.

c) Recibir trato respetuoso a sus iniciativas, expresar libre y creativamente sus ideas para el desarrollo de su personalidad.

d) Recibir la información y orientación académica necesaria que le permita lograr sus capacidades de aprendizaje.

e) Recibir el apoyo psicológico y las orientaciones pertinentes para que pueda superar las dificultades propias de su edad.

f) Ser tratado con dignidad y respeto, sin discriminación alguna. g) Presentar con todo respeto cualquier reclamo u observación que considere conveniente a la

dirección u otros estamentos técnicos pedagógicos dentro de los plazos establecidos. h) Recibir de su profesor (a) de aula o de asignatura las pruebas y trabajos presentados para su

revisión. i) Gozar de un programa de ajuste y reforzamiento académico en el caso que se presenten

desniveles en su aprendizaje. j) Ser evaluado fuera de las fechas de los exámenes bimestrales cuando su inasistencia ha sido

debidamente justificada.

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k) Recibir un proceso de enseñanza-aprendizaje oportuno para su formación integral en cada grado de estudios dentro de un ambiente que le brinde seguridad moral, psicológica, física y espiritual.

l) Recibir comprensión y guía oportuna de parte del profesor de área, tutor, psicólogo, directora, coordinador.

m) Recibir trato respetuoso a sus iniciativas, expresando libre y creativamente sus ideas para el pleno desarrollo de su personalidad.

n) Recibir estímulos por el cumplimiento de sus deberes y obligaciones. o) Recibir la información y orientación académica, psicológica y vocacional oportuna que le

permita lograr los objetivos de aprendizaje y tomar decisiones. p) Los educandos tienen igualdad de oportunidades para representar al colegio y ocupar los

puestos de honor según las tradiciones. q) Ser fiel a sus principios sociales y morales.

Art.50 Los deberes y obligaciones que tienen las estudiantes para con el Colegio y personas que la conforman hacen de ellas personas de bien, por eso debe: a) Vivenciar los valores del marco doctrinal del Colegio y cumplir las normas axiológicas y

principios establecidos por la iglesia y la Promotora. b) Colaborar gustosamente con los docentes y compañeras en la práctica de palabras, modales

y formas de expresión que le permitan alcanzar un nivel cultural óptimo. c) Mantener buen trato y respetar de palabra y obra a todos los miembros del Colegio,

basándose en el respeto, la confianza y el diálogo sincero y comprensivo. d) Respetarse a sí misma y a los demás, comportándose adecuadamente dentro y fuera del

Colegio, procurando el decoro y prestigio de su persona, su familia y su Colegio. e) Aceptar las designaciones de sus profesores y/o compañeras, con actitud de servicio y

procurar ser fiel a esta confianza. f) Inspirar su relación con sus compañeras en la sencillez, la ayuda y el perdón evitando que sus

palabras, gestos o escritos puedan herir la susceptibilidad de los demás. g) Lograr un excelente rendimiento académico por su propio esfuerzo y capacidad,

sometiéndose con honradez a las prescripciones académicas y de evaluación, evitando el plagio.

h) Demostrar respeto a los símbolos patrios, entonar con fervor el himno Nacional, el Himno a Castilla y el Himno a Nuestra Alma Mater.

i) Representar al Colegio con lealtad, dando testimonio de la formación que recibe y del amor cristiano que vivencia.

j) Colaborar con la higiene ambiental de la Institución; no arrojar papeles, realizar pintas o ensuciar las instalaciones y/ o mobiliario.

k) Asumir con responsabilidad el uso de todos los bienes del Colegio como si fueran suyos. En caso de ser deteriorados se deben reparar.

l) Respetar los bienes ajenos. m) Respetar las Normas de Convivencia acordadas en el aula, aceptando los estímulos y sanciones

establecidas por ellas mismas. n) Recordar que debe guardar orden y silencio en:

Charlas, discursos, orientaciones, y disposiciones durante las formaciones.

Los salones de clase, biblioteca y lugares afines para atender, estudiar y trabajar.

La capilla y oratorio para poder orar y reflexionar. o) Asumir que su primera obligación de domingos es dar gracias a Dios, participando en la Santa

Misa. p) Colaborar con el mantenimiento del ambiente familiar cristiano del Colegio, cultivando la

oración, participando libre y responsablemente en la recepción de los sacramentos y

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esforzándose por conocer a Cristo, a la Virgen María, a los Santos y a todos los hombres que han participado en la personalidad histórica de nuestra Patria.

q) Aceptar con hidalguía y espiritual disciplina los consejos, reprensiones y medidas correctivas que impongan sus superiores.

r) Evitar protagonizar escándalos públicos usando el uniforme escolar dentro y fuera de la institución.

s) Asistir correctamente uniformada a la hora indicada y con sus trabajos y útiles escolares en orden.

t) Entregar a quien corresponda, las justificaciones de las inasistencias que manden sus padres. u) Poner en conocimiento de sus padres toda la información emitida por la Institución

adjuntándola en su agenda. v) Acudir a quien corresponde y en el momento oportuno si tiene que formular alguna queja o

sugerencia. w) Portar diaria y obligatoriamente la agenda institucional debidamente forrada y firmada.

Art.51 Toda la acción altruista, esfuerzo en el trabajo, puntualidad, honradez, disciplina y todo aquello que contribuya en bien de la comunidad, constituye mérito en beneficio de la estudiante.

Art.52 Además del Horario de Clases, se programan en el Colegio actividades de participación de la estudiante y/o padres de familia. En ellas están obligados a participar cuando tengan una invitación expresa del personal de la institución educativa, a través de una circular o esquela.

Art.53 Son actividades extra curriculares de participación obligatoria: a) Ejercicios espirituales, convivencias y jornadas. b) Celebración eucarística mensual, por festividades religiosas y/o acontecimientos

importantes. c) Campañas de ayuda a la comunidad. d) Proyectos de Evangelización. e) Colectas y/o campañas de difusión a la comunidad. f) Festividades deportivas y/o artísticas. g) Visita de estudios a los museos y lugares históricos.

Art.54 Está prohibido para las estudiantes:

a) Protagonizar comportamientos escandalosos o inadecuados, dentro o fuera del Colegio o hacer uso de sobrenombres, frases en doble sentido o de un vocabulario inapropiado o soez.

b) Llevar al Colegio sin autorización: revistas, periódicos, radios, celulares, reproductores, portátiles, tabletas, equipos electrónicos.

c) No llevar a la Institución bajo ninguna circunstancia elevadas cantidades de dinero, objetos punzo cortantes, bebidas alcohólicas, o sustancias alucinógenas, u otros objetos o sustancias que perturben o causen daño.

d) Asistir a la institución con síntomas de haber ingerido alcohol u otras sustancias tóxicas. e) Portar, vender y/o consumir drogas dentro de la institución. f) Manifestar expresiones políticas o dedicarse a ella. g) Expresar ideologías que atenten contra la Doctrina de la Iglesia Católica o la deontología

expresada en la Constitución Política del Perú. h) Falsificar la firma del padre o apoderado o adulterar los calificativos de la tarjeta de

evaluación. i) Salir del aula o del Colegio, sin la autorización correspondiente, durante las clases u horario

escolar. j) Permanecer en el aula en horas de recreo y en momentos de formación, salvo casos

excepcionales debidamente autorizados o ingresar a otras aulas u oficinas del Colegio sin la autorización correspondiente

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k) Promover rifas, colectas u otras actividades, sin la debida autorización de la Dirección. l) Participar sin permiso en reuniones o competencias que alteren el normal desenvolvimiento

del Colegio. m) Usar el nombre del Colegio para fines que no son de competencia o atribuirse su

representación sin autorización expresa de la Dirección. n) Hacer inscripciones en las paredes, puertas, mobiliario y pisos. o) Faltar a las normas de cortesía y a las buenas costumbres. p) Destruir cuadernos, libros y otros materiales. q) Arrojar objetos como motas, tizas o desechos al piso o alguna persona, ocasionando

desorden y falta de respeto r) Participar en juegos de invite o apuestas de cualquier tipo. s) Promover firmas de actas, memoriales o peticiones a favor o en contra de profesores o sobre

asuntos que comprometen su comportamiento. t) Retener o no entregar oportunamente las comunicaciones o circulares que envía el colegio

a los padres de familia. u) Injuriar, calumniar o agredir física o verbalmente a sus compañeras de estudio u otras

personas. v) Asistir al colegio estando enfermas.

w) Utilizar los servicios higiénicos como sitios de juego o de conversación. x) Asistir a las academias particulares de los profesores de nuestra Institución. y) Hacer mal uso de las redes sociales en agravio de terceras personas. z) Otras faltas que a juicio de los directivos o docentes merezcan sanción.

CAPITULO III

DE LOS ESTÍMULOS

Art.55 Son estímulos las acciones realizadas por la autoridad del Colegio para reconocer, reforzar y motivar las conductas positivas significativas que las estudiantes desarrollan en diferentes aspectos de su formación.

Art. 56 Las estudiantes se hacen acreedores a estímulos de carácter personal o grupal por acciones extraordinarias, las realizaciones en bien de su prójimo, de la Institución Educativa, de la comunidad y de la nación.

Art.57 Los estímulos que con carácter personal entrega la Institución Educativa son:

a) Diploma de Excelencia a la estudiante que logra el más alto puntaje de aprovechamiento dentro de la promoción de secundaria.

b) Diploma de Mérito, por haber logrado los tres primeros puestos en su respectivo grado en el nivel secundaria.

c) Mención honrosa a las estudiantes que durante el año escolar sobresalgan en actitudes significativas positivas y que hayan vivenciando valores y virtudes humano – cristianas.

d) Resolución de felicitación a deportistas destacas, y que han obtenido premios para la institución en actividades deportivas

CAPITULO IV

DE LAS FALTAS

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Art.58 Se entiende por falta grave aquella conducta negativa realizada por la estudiante que lesione su propia integridad, la de sus compañeras, la de cualquier miembro del Colegio y/o el prestigio del Colegio.

Art.59 Se consideran faltas graves: a) La realización de cualquier acto de insubordinación. b) El rechazo sistemático a la axiología del Colegio o realización de cualquier acto que signifique

desacato o irreverencia a los valores que propugna el Colegio o el Proyecto Educativo Institucional.

c) Realización de actos que atenten contra la moral. d) Ingresar al Colegio bebidas alcohólicas o cualquier tipo de psicoalucinógenos o sustancias

prohibidas. e) Reincidencia en tardanzas y/o inasistencias injustificadas. f) Falta de interés para mejorar el comportamiento escolar. g) Sustraer la copia de los exámenes o evaluaciones. h) Suplantación de exámenes. i) Abandonar el Colegio sin autorización o no llegar a él, habiendo salido de casa con ese fin. j) No asistir a clase u otra actividad estando en el Colegio; negarse a representar al Colegio en

actividades académicas, culturales, cívicas, artísticas y deportivas. k) Faltar el respeto – física, verbal, psicológicamente a cualquier miembro del Colegio; levantar

falsos testimonios a través de cualquier medio de comunicación (Facebook, email, twitter, etc.)-, contra cualquier miembro del Colegio; así como, realizar cualquier acto de violencia y/o acoso escolar (hostigamiento, intimidación, insultos, Bull ying, ciberbullying, etc.), conducta que se agravará si se actúa de manera grupal.

l) Huir de su hogar, más aún si incita a otras compañeras a cometer esta falta, exponiendo la integridad física y moral propia o de otras.

m) Usar el nombre del Colegio en actividades no autorizadas por la Dirección. n) Apropiarse de bienes ajenos. o) Portar, ingerir y/o comercializar bebidas alcohólicas, drogas o cualquier sustancia prohibida

dentro o fuera del Colegio. p) Realización de cualquier falta a la honestidad, como copiar en exámenes, falsificar firmas,

alterar notas u otros documentos, retener comunicados y citaciones.

Art.60 El personal del Colegio está obligado a informar por escrito a la Dirección o a la Dirección de Disciplina, de cualquier acto de indisciplina dentro o fuera de ella, en las que incurran las estudiantes.

CAPITULO V

DE LAS ACCIONES CORRECTIVAS

Art.61 El Colegio aplicará a las estudiantes las acciones correctivas frente al incumplimiento de sus deberes, con la finalidad de corregir su comportamiento, promover la práctica de virtudes y valores, y velar por el mantenimiento del orden necesario para el cumplimiento de sus fines educativos.

Art.62 Las acciones correctivas se aplicarán según la gravedad y reiteración de la falta, y son: a) Amonestación verbal b) Amonestación escrita y Firma de carta de compromiso y conducta B c) Firma de Acta de Compromiso de Condición de Matrícula y conducta C d) Suspensión temporal de 3 a 15 días d) Separación definitiva.

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Adicionalmente, en las sanciones a), b) y c) se podrá condicionar la nota de conducta o la matrícula en el siguiente año escolar, si el comportamiento es irregular o la naturaleza de la falta lo amerite.

Art.63 La evaluación de la conducta es cualitativa. La nota mínima requerida para la matrícula en la Institución Educativa es A. El tutor es el responsable de calificar la nota de conducta, teniendo en cuenta los indicadores y lo estipulado en los artículos 50,51 y 54 en coordinación con la Dirección de Disciplina.

Art.64 Las acciones correctivas por falta grave son analizadas y dispuestas por la Dirección y el Consejo Directivo, previo informe escrito de la Dirección de Disciplina.

Art.65 Los casos no contemplados en el presente Reglamento, serán solucionados por la Dirección y el Consejo Directivo.

TITULO V

DEL RÉGIMEN ADMINISTRATIVO Y ECONÓMICO

CAPITULO I DE LA MATRÍCULA

Art.66 La matrícula es un contrato implícito entre el Colegio y el padre de familia, por año de duración. Esta se compromete a brindar una educación de calidad en ese lapso de acuerdo a su axiología. El padre de familia por el hecho de matricular a su hija, acepta el Reglamento Interno, las Normas específicas existentes, la Espiritualidad cristiana y católica, y se compromete al pago de los derechos, cuotas y pensiones estipuladas que son, anticipadamente, de su conocimiento.

Por ser una Institución parroquial, el contrato de matrícula es libre por ambas partes, por ello, tanto el padre de familia como el Colegio, pueden dejar de formalizar la matrícula, para el año siguiente, si estiman tener razones para ello.

Art.67 La matrícula queda formalizada cuando se haya abonado el íntegro de ella y las cuotas correspondientes que la Dirección disponga cada año de acuerdo a las necesidades de la Institución.

Art.68 En los casos que la conducta deficiente de una estudiante lo amerite, podrá condicionarse su permanencia en el Colegio durante el año siguiente, previa firma de un acta de compromiso. Si el caso fuera grave o que la conducta comprometa al Colegio, éste se reserva el derecho de admisión de matrícula en el año siguiente.

Art.69 El Colegio podrá condicionar la matrícula previa firma del acta de compromiso si las estudiantes mantienen conducta deficiente.

Art.70 El Colegio se reserva el derecho de aceptar o negar la vacante en el año siguiente a las estudiantes que:

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a) Mantengan durante el año conducta irregular, independientemente de su desempeño

académico. b) Realicen cualquier acto de conducta que ponga en peligro su integridad física, moral o

espiritual que comprometa a sus compañeras o al Colegio. c) Soliciten reingreso teniendo antecedentes disciplinarios. d) Cuyos padres no asistan puntualmente a las citaciones y entrega de boletas de notas. e) Que adeuden tres o más meses de pensión de enseñanza, pensiones del año anterior o

matrícula. f) Cuyos padres realicen denuncias falsas y mal intencionadas que atenten contra la honorabilidad

del Colegio, Promotora, Dirección, personal de la comunidad y estudiantes. g) Ser repitentes por segunda vez.

Art.71 Es competencia de la Dirección aprobar la Nómina de Matrícula y señalar el número de vacantes

por sección, de acuerdo con la política de la Promotoría.

CAPITULO II DE LAS PENSIONES

Art.72 El pago de las pensiones observa lo siguiente:

a) Los padres de familia deben abonar en forma puntual la pensión. Ello permite al Colegio cumplir sus obligaciones con su personal, así mismo gestionar e invertir en las mejoras de la infraestructura de nuestro colegio que redunda en beneficio de nuestras estudiantes.

b) Según lo estipulado en la normatividad vigente, el Colegio tiene la facultad de no entregar los documentos de las calificaciones y/o retener los certificados de estudios correspondientes a los meses o periodos no cancelados.

c) Si finalizado el año escolar y el PP.FF. adeuda dos o más pensiones no podrá matricularse al grado inmediato superior.

d) Durante el año se cancelarán en total, diez pensiones de marzo a diciembre, por mensualidad de enseñanza, en cualquier sucursal de la CAJA PIURA. El incumplimiento del pago de las pensiones de enseñanza, a partir del 2º día hábil del mes siguiente da lugar a un interés moratorio de S/ 0.10 céntimos por cada día.

e) Toda atención en Secretaría y Tesorería es por la mañana de 7:30 a 2:30 p.m., para los tres niveles.

Art.73 Los montos de la matrícula y las pensiones para cada año serán comunicados a los padres de

familia al finalizar el año escolar y se establecerán de acuerdo a la realidad socio económico del distrito.

CAPITULO III DE LAS PROMOCIONES ESCOLARES

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Art. 74 Pertenecen a la promoción todas las estudiantes que están matriculadas en el quinto año de secundaria, quienes serán asesoradas por una tutora o tutor.

Art. 75 Son fines de la promoción: - Promover la formación de los valores en todos los eventos autorizados por la Dirección. - Velar por el buen nombre y prestigio del Colegio. - Promover la fraternidad entre estudiantes, padres de familia, religiosa, docente y personal del

Colegio. - Organizar acciones de proyección social con criterio formativo de apertura a la comunidad

(acciones solidarias a los pobres, ancianos, enfermos mentales, animadoras como catequistas, promotoras de alfabetización y otros).

Art. 76 El nombre de la Promoción es el mismo del colegio y se agrega el año actual. Art.77 Se formará un comité central de la promoción que está integrado por los presidentes(as) de los

comités de aula de cada sección de quinto de secundaria junto a todos los tutores de las secciones que conforman la promoción, quienes en conjunto elaborarán el proyecto promocional. Los fondos que se obtengan serán ahorrados en una entidad bancaria con la firma mancomunada de la coordinadora de tutores y el presidente(a) de padres de familia del comité central.

Art. 78 Son actividades de la promoción: - Retiro espiritual de tres días. - Colaborar activamente a favor de las misiones. - Evangelización y catequesis en movimiento juvenil del plantel. - Los padres de familia apoyarán como única opción la Fiesta Promocional.

Art. 79 La Promoción de secundaria se regirán por las disposiciones de la Dirección quien delega a un

equipo de asesoramiento a la promoción. Concluida la gestión del comité de promoción, este deberá rendir cuentas a la Dirección del Colegio, justificando con documentos sustenta torios sus ingresos y egresos.

TITULO VI

DE LOS ÓRGANOS DE APOYO

CAPÍTULO I DE LOS PADRES DE FAMILIA

Art 80 Son derechos de los Padres de Familia:

a) Proponer estímulos para los estudiantes, personal docente y administrativo que logren un desempeño destacado en el Colegio.

b) Brindar información y rendir cuenta documentada a los integrantes de la Asociación de Padres de Familia.

c) Participar a través de sus representantes, en el Consejo Educativo Institucional. d) Conocer y participar de la axiología del Colegio, de la forma de cómo se realiza la formación

integral de sus hijas, de las disposiciones legales educativas vigente y del Proyecto Educativo. e) Ser acogido y escuchado oportunamente. f) Ser informado sobre el proceso educativo de sus hijas.

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CAPÍTULO II

PERFIL DE LOS PADRES

Art. 81 Será apoderado por derecho propio el padre o madre de familia; salvo que tenga tutor legal registrado en la Hoja de Reserva de Matrícula. En casos justificados, la Dirección podrá aceptar como apoderado a una persona autorizada notarialmente por los padres o el tutor legal; asimismo, si el caso lo requiere se podrá solicitar un cambio de apoderado. No podrá ser apoderado un menor de edad ni actuar en representación del apoderado oficial.

Art. 82 Son deberes y compromisos de los Padres de Familia:

a) Conocer, respetar y cumplir el Reglamento Interno del Colegio y velar para que su hija cumpla con las disposiciones contenidas en él.

b) Respetar el compromiso firmado con el Colegio en relación a los principios que lo sustentan. c) Asistir puntualmente a las reuniones convocadas por Colegio, el Comité de Aula, y Escuela de

Padres. d) Revisar y firmar diariamente el Cuaderno de Control. e) Recoger puntualmente en el horario y fecha indicada el Informe Académico de la estudiante f) Respetar el horario de atención a los padres, no interrumpir las clases, salvo emergencias o

citaciones. g) Enviar a su hija correctamente uniformada y aseada, portando únicamente los materiales

educativos para el desarrollo de su aprendizaje. h) Aceptar la retención de los objetos o vestimentas no autorizados que porte su hija. i) Respetar el horario de ingreso y salida. Si su hija llega después de la hora establecida asume

la responsabilidad de su seguridad física y moral. j) Recomendar a su hija la conservación de la infraestructura y mobiliario; en caso de deterioro

asume la responsabilidad de pagar y/o reparar los daños ocasionados por su hija. k) Aconsejar y orientar a su hija a mantener un buen comportamiento frente a las Autoridades,

profesores, Auxiliares, Personal de Servicio y estudiantes, y en caso de comisión de una falta asume y respeta la sanción que le pudiera corresponder.

l) Asumir su responsabilidad frente a cualquier conducta externa provocada por su hija y que vaya en desmedro de su persona y de los principios del Colegio.

m) Justificar sus inasistencias y tardanzas al día siguiente de producida, para tal fin deberá asistir al Colegio. En casos muy excepcionales se puede aceptar justificación por escrito o por teléfono.

n) Mantener comunicación permanente con el tutor/a de su hija. o) Abordar en el Colegio los asuntos académicos y administrativos relacionados con su menor

hija, comprometiéndose a no visitar los domicilios de los profesores o a realizar llamadas telefónicas por dichos motivos. Los profesores tienen la obligación de comunicar de inmediato a la Dirección del colegio si ello ocurre.

p) Evitar contratar los servicios de los profesores para el dictado de clases particulares de nivelación o preparación.

q) Evitar llevar loncheras, útiles escolares y otros durante las horas de clase y/o recreos. g) Cumplir estrictamente los compromisos adquiridos en las diferentes actividades del Colegio.

Participar activamente en el proceso educativo de sus hijas.

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h) Colaborar en las actividades educativas que ejecuta el Colegio fomentando las buenas relaciones humanas entre los integrantes de la comunidad educativa y promoviendo un clima institucional favorable para el aprendizaje.

i) Cooperar con el Colegio para salvaguardar la seguridad e integridad física de las estudiantes.

r) Velar por la mejora de los servicios, infraestructura, equipamiento, mobiliario escolar y materiales, tanto educativos como lúdicos.

CAPÍTULO III DE LA PARTICIPACIÓN DE LOS PADRES DE FAMILIA EN LA ELECCIÓN DE

TEXTOS ESCOLARES LEY Nº 29839 QUE MODIFICA LA LEY Nº 29694

Art. 83 Es derecho de los padres de familia y de las alumnas adquirir textos escolares en las mejores condiciones de calidad, precio y de varios usos, dentro de los criterios pedagógicos e indicadores de calidad de los textos escolares de la educación básica emitidos por el Ministerio de Educación y que se registran el Observatorio Nacional de Textos Escolares. En ese sentido: a) Está prohibido obligar a las estudiantes o a los padres de familia a adquirir textos escolares

nuevos o de primer uso o que estén diseñados para un solo uso. b) Las estudiantes y los padres de familia tienen derecho de adquirir y utilizar textos de segundo

uso como fuente de consulta o material de estudio y de trabajo. El Colegio se compromete a promover el intercambio de materiales educativos e implementa un banco de libros a fin de proteger la economía de los padres de familia.

c) Las editoriales que se dedican a la venta de textos escolares están obligadas a registrarse en el Observatorio Nacional de Textos Escolares y a señalar directamente el precio final de los textos escolares y la variación de estos mediante un sistema aplicativo implementado por el Ministerio de Educación, que es responsable de la confiabilidad, veracidad y vigencia de la información registrada.

Art.84 Los docentes, en coordinación con el Director/a, presentan a los padres de familia, de ser posible, por lo menos tres propuestas del texto de cada área curricular que cumplan con los criterios pedagógicos e indicadores de calidad establecidos por el Ministerio de Educación, lo cual constará debidamente en actas.

La recomendación que efectúe el Colegio para la adquisición de textos escolares, se realiza sin que medie beneficio económico directo o indirecto para el Colegio, sus promotores, directivos o docentes.

Para este efecto, el Colegio convoca a los comités de aula o a las asociaciones de padres de familia y, además, puede solicitar la presencia de un representante de la unidad de gestión educativa local en calidad de observador.

TITULO VII CAPITULO I

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PERFIL DEL PERSONAL DOCENTE, NO DOCENTE, DE APOYO

Art.85 La comunidad de Docentes y no Docentes y Personal de Apoyo del Colegio está conformada por el personal contratado por el Colegio para quienes rige el régimen laboral aplicable a la función privada, regulada por el decreto Legislativo Nº 728, normas conexas; y, por el personal nombrado o contratado por el Estado para quienes rige el régimen laboral público, regulado en la Ley del Profesorado y normas conexas.

Art.86 El Docente y el administrativo es amable, cordial y servicial, brinda un ambiente acogedor al personal docente, padres de familia y estudiantes en general.

CAPITULO II DEL REGISTRO Y CONTROL DE ASISTENCIA

Art. 87 La asistencia y puntualidad está sujeto a R.M. Nº 574 ED. “Reglamento de control de asistencia y permanencia del Personal del sector Educación”. Al respecto se precisa lo siguiente:

a) Es responsabilidad y constituye uno de los deberes del trabajador, concurrir diariamente observando los horarios establecidos, quedando obligado a registrar su asistencia tanto al ingreso como a la salida del Colegio.

b) El personal que se retira de la institución en comisión de servicio, lo hará con la correspondiente papeleta autorizada por el Director.

c) El personal Docente y administrativo registrará en el sistema su ingreso. d) El responsable del control de puntualidad y asistencia del Personal Docente de los tres niveles;

Personal Administrativo y Personal No Magisterial será designado por el Director. e) El responsable del control de la asistencia debe remitir mensualmente a la Dirección un informe

sobre el récord de inasistencias y tardanzas. f) El colegio calificara la inasistencia o ausencia del trabajador como justificada o injustificada, de

acuerdo con las pruebas que el propio trabajador aporte ante cada situación concreta en la forma y plazos señalados por la ley, siendo obligación del trabajador aportar dichas pruebas a la mayor brevedad.

g) La calificación de una ausencia como justificada o injustificada tendrá efectos para la aplicación de sanciones disciplinarias para determinar la procedencia o improcedencia del pago de la remuneración, del goce vacacional y de otros beneficios laborables aplicables.

h) Si algún trabajador nota algún error al registrar su entrada y salida, debe dar cuenta inmediata al responsable del control designado por la Dirección.

CAPITULO III

DE LAS TARDANZAS Y LA TOLERANCIA

Art.88 La tardanza en el ingreso al Colegio que se produce después de la hora establecida, está sujeta a las siguientes disposiciones:

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a) El personal que labora por horas no tiene tolerancia al ingreso. b) El uso de la tolerancia debe responder a ocasiones excepcionales, especiales y esporádicas que

respondan a situaciones imprevisibles, no pudiendo convertirse en costumbre por el uso cotidiano o entenderse como una extensión de la hora de ingreso.

c) Las tardanzas que registra un trabajador será acumulada en el cómputo mensual y su total será descontado de su haber que corresponda.

d) El trabajador que incurra en tardanzas se hará acreedor a las sanciones que el Colegio y los dispositivos legales establezcan.

e) Si después de las llamadas de atención verbal y/o escrita por tardanzas reiteradas, el trabajador no cumple con el horario establecido se le declara en actitud de rebeldía y se somete a las medidas que establece la Ley.

CAPITULO IV DE LAS INASISTENCIAS

Art. 89 Se considerará inasistencia en los siguientes casos:

- La no concurrencia al trabajo o habiendo concurrido no desempeña su función - El retiro antes de la hora de salida sin justificación alguna. - La omisión del registro, al ingreso o a la salida, sin justificación. - El ingreso, excediendo el término de la tolerancia.

Art.90 Toda inasistencia debe ser inmediatamente justificada por escrito y con documentos probatorios idóneos que fundamenten su no concurrencia a laborar. Los trabajadores que por razones de enfermedad se encuentren impedidos de concurrir a laborar, están obligados a comunicar a la Dirección del Colegio al término de ingreso del mismo día. Las tardanzas e inasistencias injustificadas no dan lugar a los descuentos correspondientes, y son consideradas como falta de carácter disciplinario, sujetas a sanciones dispuestas por ley.

Art.91 Las inasistencias que pueden ocasionarse por las siguientes causas son declaradas inasistencias justificadas: - Por motivos de salud del trabajador. - Por citación expresa judicial o policial.

Art.92 Las inasistencias justificadas, declaradas como procedentes por parte de la Dirección, ocasionan el pago de las remuneraciones con excepción de los permisos por asuntos particulares. Mientras que las inasistencias injustificadas son descontadas de estas mismas remuneraciones.

Art. 93 Las tareas o labores no realizadas por inasistencia, obligatoriamente serán recuperadas en horarios que no interfieran con las labores programadas.

CAPITULO V DE LOS PERMISOS

Art. 94 El permiso es la autorización que otorga el Director al trabajador para dejar de asistir o ausentarse del local escolar por horas durante la jornada de labor diaria y se formalizan mediante la “Papeleta de Permiso”. Se solicita por escrito y con 24 horas de anticipación.

Las horas no trabajadas por permiso deben ser compensadas después de la jornada laboral.

Art. 95 Se autorizan permisos por los siguientes motivos:

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- Por lactancia. - Por Capacitación o Estudios Superiores. - Por salud.

CAPITULO V DE LAS LICENCIAS

Art. 96 Las licencias son autorizaciones que se conceden al trabajador para no asistir al Colegio por un

periodo determinado de tiempo y se conceden a solicitud de la parte interesada, dirigida al Director/a, quien se pronuncia mediante Resolución Directoral debidamente motivada. Para hacer uso de la licencia, no bastará con la presentación de la solicitud, se requerirá la expedición de la Resolución autoritativa; sin embargo, si las circunstancias del caso hacen imprescindible el alejamiento del trabajador antes de dicha expedición, la autorización que se conceda quedará señalada en la solicitud presentada, previo informe del jefe inmediato del trabajador. Si el trabajador llegase a ausentarse sin contar con la debida autorización, incurre en abandono de trabajo y será sancionado de acuerdo a Ley. El trabajador autorizado para hacer uso de la licencia, antes de ausentarse realizará la entrega del cargo al jefe inmediato o al trabajador que éste designe para su reemplazo.

Art. 97 Los trabajadores tienen derecho a licencias con percepción de remuneraciones conforme a las

disposiciones pertinentes, en los siguientes casos: - Por maternidad, enfermedad, accidentes o siniestros, según lo establecido por el régimen

de Seguridad Social. - Por citación expresa judicial, policial y militar. - Para asumir la representación del Perú en eventos internacionales.

Art. 98 Las licencias sin goce de remuneraciones son: - Por motivos particulares. - Por capacitación no oficializada. - Por desempeño en cargos civiles.

Art. 99 Las licencias por cuenta del periodo vacacional son: - Por matrimonio. - Por enfermedad grave del cónyuge, padres e hijos.

TÍTULO VIII

DEL PROCESO DE ADMISIÓN Y PERMANENCIA

CAPITULO I DE LA ADMISIÓN DE ESTUDIANTES NUEVAS

Art.100 Los Padres de Familia que deseen integrarse y formar parte de la Comunidad Educativa, a fin de recibir nuestro servicio educativo deberán cumplir con los siguientes requisitos:

a) Solicitar y completar la ficha de admisión. b) Pagar el derecho de inscripción. c) Partida de Nacimiento original. d) Copia de D.N.I. e) 04 fotografías actualizadas tamaño carné a color. f) Copia de la Tarjeta de Vacunación (para alumnos de Inicial) g) Constancia de no adeudo de la Institución Educativa de procedencia.

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h) Certificado de Conducta de la Institución Educativa de procedencia (indispensable). i) Archivos personales (certificados de estudio, ficha de matrícula, etc.). Estos documentos deben

adjuntarse al expediente cuando la estudiante es ingresante en nuestro colegio.

CAPITULO II DE LA BUENA CONVIVENCIA SIN VIOLENCIA

Art.101 Es responsabilidad del Consejo Directivo diagnosticar, prevenir, evitar, sancionar y erradicar la

violencia, el hostigamiento y la intimidación entre los escolares de la Institución Educativa ; asimismo acuerda las sanciones que correspondan y elabora el Plan de Sana Convivencia y Disciplina Escolar.

Art.102 Constituyen mecanismos para diagnosticar, prevenir, evitar, sancionar y erradicar la violencia, el

hostigamiento, la instigación y cualquier acto considerado como acoso entre las estudiantes, los siguientes: a) Prohibir el acceso de las alumnas, docentes, no docentes y personal de apoyo a páginas

web de contenido pornográfico y a cualquier otra forma de comunicación en red de igual contenido en los centros de cómputo de formación del Colegio, debiendo el responsable tomar las medidas necesarias; bajo responsabilidad.

b) Es obligación de los docentes y los miembros del Personal Auxiliar del Colegio detectar, atender y denunciar de inmediato a los estamentos correspondientes los hechos de violencia, intimidación, hostigamiento, discriminación, difamación y cualquier otra manipulación que constituya acoso entre estudiantes.

c) Prohibir que a través de medios telefónicos, electrónicos o informáticos, se comentan actos que constituyan acoso escolar; de ser el caso se debe poner en conocimiento dentro de los dos días siguientes y se debe resolver en un plazo máximo de 7 días y además se procederá conforme a lo estipulado en la Ley N° 29719.

d) Implementar un libro de Registro de Incidencias en el que deben constar las denuncias por actos de violencia y acoso entre estudiantes siendo el responsable de dicho registró el Director/a.

e) El área de Psicología programará Talleres de difusión dirigidos a alumnas, docentes, administrativos y Padres de Familia, sobre el acoso escolar, debiendo informar a la Dirección en forma mensual sobre las incidencias que se puedan presentar.

f) La Institución Educativa a través del Consejo Directivo y, el área de Psicología, establecen mecanismos para diagnosticar, prevenir, evitar, sancionar y erradicar la violencia, el hostigamiento, la intimidación y cualquier acto considerado como acoso entre las alumnas.

CAPITULO III DE LA PROTECCIÓN DE LA ESTUDIANTE EMBARAZADA

Art.103 La Institución Educativa garantiza la continuación de la educación de la estudiante que se presuma está embarazada, de tal forma que no se interrumpa su proceso de formación; por tanto, queda prohibido expulsar o limitar de algún modo el acceso al régimen escolar de las estudiantes embarazadas o madres, cuidando en todo momento mientras se desarrolla sus clases de proteger su salud y contingencias que se puedan presentar.

Art. 104 De ser el caso en forma voluntaria la estudiante a petición de sus señores padres, podrá dejar de concurrir a sus clases normales; sin perjuicio de que por cualquier medio de parte de los docentes, compañeras de estudios, etc. continúe sus estudios en su domicilio, pudiendo

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concurrir al Institución Educativa sólo para ser evaluada y una vez concluido su descanso post parto sí lo considera puede retornar a continuar con el proceso educativo.

CAPITULO IV DE LAS DISPOSICIONES DEL INDECOPI

Art.105 La Institución Educativa reconoce que:

a) No se puede condicionar la atención de los reclamos formulados por los usuarios del servicio o condicionar la evaluación de las estudiantes, o contemplar como sanción la suspensión del servicio educativo por falta de pago de pensiones.

b) No se puede obligar al padre de familia al pago de sumas o recargos por conceptos diferentes a las pensiones, cuota de ingreso o matrícula, excepto en los casos en los que se cuente con autorización del Ministerio de Educación.

c) Está prohibido efectuar el cobro de una o más pensiones mensuales adelantadas; salvo que éstas sean voluntarias en los meses de julio y diciembre que el Institución Educativa asume obligaciones de pagar doble remuneración a sus trabajadores.

d) No está permitido condicionar la inscripción y/o matrícula al pago de contribuciones denominadas “voluntarias”.

e) No se puede obligar a los padres de familia a presentar el total de útiles escolares al inicio del año.

f) Está prohibido obligar a los padres de familia adquirir uniformes y/o materiales o útiles educativos en el mismo Institución Educativa o establecimientos señalados con exclusividad escolar. Asimismo el Colegio no puede obligar a los padres de familia a la adquisición de seguro escolar.

Art.106 El Colegio aplicará las siguientes medidas cuando se presenten problemas en el cumplimiento de las obligaciones de pago de pensiones:

a) No incluir en los documentos de evaluación las calificaciones obtenidas por las estudiantes en los periodos no cancelados.

b) Retener los certificados de estudios correspondientes a los periodos no cancelados. c) No ratificar la matrícula de la alumna para el año siguiente, en los casos en los cuales no

se ha cumplido con pagar las pensiones devengadas en forma puntual y/o haya incumplido el acuerdo para regularizar la deuda pendiente de cancelación.

d) No expedir la constancia de no adeudo de pensiones devengadas.

Art.107 El Colegio cuenta con un Libro de Reclamaciones en el que cualquier Padre de Familia y/o Apoderado, pueda formular su reclamo entendido como la expresión de insatisfacción o disconformidad respecto de la atención brindada tanto en lo pedagógico como en lo administrativo. Dicho Libro de Reclamaciones de naturaleza física está a cargo de la Srta. Elizabeth Chávez Ato, quien se desempeña como secretaria de Dirección y será responsable la custodia del indicado libro y de atender las quejas o reclamos; bajo su responsabilidad.

TITULO IX DE LAS RELACIONES CON LA IGLESIA Y EL CONSORCIO DE CENTROS

EDUCATIVOS CATÓLICOS DEL PERÚ Art.108 El Colegio se integra al Plan de Pastoral de la Iglesia asume las indicaciones y orientaciones de

la Jerarquía de la Iglesia Católica.

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Art.109 El Colegio está afiliado al Consorcio de Centros Educativos Católicos del Perú. Regional Piura-Tumbes, entidad con la que coordina los aspectos deontológicos, axiológicos, pedagógicos y administrativos.

Art.110 El Colegio participa en las actividades educativas, culturales y deportivas que promueven la Municipalidad, Organizaciones e Instituciones y las promovidas por el Ministerio de Educación. La participación no interfiere el normal desarrollo de las actividades académicas del Institución Educativa.

TITULO X DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

Primera: La interpretación del Reglamento Interno es atribución de la Dirección en coordinación con la

Promotoría, ante cualquier vacío o implicancia que contenga. Segunda: El presente Reglamento Interno entrará en vigencia al día siguiente de su aprobación. Tercera: El presente Reglamento está sujeto a cualquier modificación que suponga ajuste a las Leyes

Laborales, Educativas, Magisteriales y/o del Proyecto Educativo.